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1 REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESÚS DE PRAGA” AÑO ESCOLAR - 2016

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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESÚS DE

PRAGA” AÑO ESCOLAR - 2016

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INTRODUCCIÓN

Que, al 2016 la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESÜS DE PRAGA, se constituye como un modelo, eficaz y eficiente en la calidad del servicio educativo, con una infraestructura muy bien cuidada; con docentes comprometidos, identificados y capacitados; con educandos solidarios con su región y país, gratos con su familia y preparados para amar y defender los recursos de su localidad, siendo capaces con la práctica de la axiología reparadora, proyectándose a la comunidad con apoyo espiritual, social y cultural.

Que, la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESUS DE PRAGA, tiene como Entidad Promotora, al INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL “NIÑO JESÚS DE PRAGA”, que es una institución católica parroquial, que responde a las necesidades de la comunidad del Distrito de Castilla, Provincia de Piura, ámbito del Gobierno Regional Piura; impulsando el amor, la vivencia eucarística y siguiendo el ejemplo de nuestra fundadora Madre Angélica Recharte Corrales. Promueve la formación integral en nuestras estudiantes y contribuyendo al desarrollo sostenible de la sociedad, a través de la investigación permanente con el apoyo de la ciencia y tecnología, para lograr una formación humana, académica de calidad.

El Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento institucional, pedagógico y administrativo y la línea axiológica de la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL NIÑO JESUS DE PRAGA, de conformidad con el Ideario del INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL NIÑO JESÚS DE PRAGA, con las leyes vigentes del Estado Peruano y los principios y normas de la Iglesia Católica.

Las disposiciones y contenidos del Reglamento Interno, establecen pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa y contiene básicamente aquellas que orientan al personal a conocer mejor sus responsabilidades y derechos, a fin de lograr su participación comprometida con las tareas educativas y que establezcan las leyes del sector educación.

El Reglamento Interno reúne conceptos técnicos acordes con el avance de la pedagogía moderna, así como, aspectos administrativos de tal manera que el trabajador pueda plasmar el logro de los fines, objetivos y metas propuestas y cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones inherentes a su cargo.

Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno, es tarea del personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de Apoyo, Estudiantes y Padres de Familia de la Institución Educativa, para garantizar mayores niveles de eficiencia en los objetivos y fines trazados. La Directora.

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TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

CONTENIDO Y ALCANCES Art. 01 El presente Reglamento Interno plasma la línea axiológica del Colegio Niño Jesús de Praga, en cuanto a su organización, régimen académico,

formativo, laboral, administrativo, económico y de las relaciones institucionales. Es un conjunto de disposiciones que definen el funcionamiento interno de la institución para facilitar y asegurar el logro de los objetivos y fines.

Art. 02 El presente Reglamento es un instrumento de gestión que contiene normas específicas, que conforman pautas de comportamiento interno para cada uno de los miembros de la comunidad educativa incluidos los padres de familia y su cumplimiento es obligatorio. En lo sucesivo a la Institución Educativa Niño Jesús de Praga se le denominará el Colegio.

CAPÍTULO II BASE LEGAL

Art. 03 | Base Legal.-

El Reglamento Interno se sustenta en la siguiente base legal: 1. Constitución Política del Estado Peruano. 2. Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Peruano, aprobado por Decreto Ley N° 23211 y ratificado por Decreto Legislativo Nº

626. 3. Ley General de Educación – Ley N° 28044 - y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED. 4. Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2004-ED. 5. Reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED. 6. Ley de Centros Educativos Privados – Ley N° 26549- 7. Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo

Nº 009-2006-ED.

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8. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus Reglamentos. 9. Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza – Ley N° 27665. 10. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa, Ley N° 28740 y su reglamento D.S. 018-

2007-ED. 11. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y su Reglamento D.S. Nº 045, 046 y 047-97-EF. 12. Código de Defensa Del Consumidor, Ley Nº 29571 y normas conexas. 13. Lineamientos de los Centros Educativos de la Congregación Niño Jesús de Praga. 14. Convenio Interinstitucional celebrado entre El Colegio y la Dirección Regional de Educación de Piura. 15. Proyecto Educativo Institucional del Colegio. 16. Plan Anual de Trabajo del Colegio.

CAPÍTULO III AXIOLOGÍA, FINALIDAD Y PRINCIPIOS

Art. 04 El Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga.-

El Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, es una congregación peruana con personería jurídica y es quien promueve y conduce la Institución Educativa Niño Jesús de Praga, del que es propietaria; compartiendo un Proyecto Común, que se visualiza con la misma misión, visión, valores, lema, perfiles y objetivos, los cuales se van consolidando en la práctica diaria y a la adecuación propia de cada institución, teniendo en cuenta sus características y la zona donde se desarrolla la labor educativa. Así mismo, comparte un Currículo Común Rechartino, acorde con el que propone el Ministerio de Educación, que tiene por finalidad promover el desarrollo de potencialidades, habilidades y destrezas de nuestras estudiantes, teniendo en cuenta las dimensiones cognitiva, afectiva, espiritual, estética, ética y social, generando las bases de una Educación Integral, Pertinente y de Calidad. Finalmente, por pertenecer a la Red de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, nos une un solo propósito: FORMAR NIÑAS Y JÓVENES QUE ASUMIENDO LA ACTITUD DE SERVICIO Y DE IDENTIFICACIÓN CON NUESTRA SOCIEDAD, VIVENCIEN LOS VALORES EVANGÉLICOS DE LA VERDAD, JUSTICIA, PAZ Y LIBERTAD, BASADOS EN EL AMOR A JESÚS NIÑO, HUMILDE Y POBRE, Y ASÍ DAR “MAYOR GLORIA A DIOS”.

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Art. 05 El Colegio sirve a la comunidad castellana y piurana en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria de menores y con diversas actividades de proyección.

Art.06 La sede institucional del Colegio se encuentra ubicada en Av. Progreso N° 747, distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura.

Art.07 Axiología.- La Axiología del Colegio, se sustenta en los principios fundamentales del mensaje evangélico del magisterio de la Iglesia Católica y la Filosofía de la Escuela Católica y en consecuencia:

a) Afirma la trascendencia del hombre como hijo de Dios y la hermandad entre los hombres en Cristo. b) Encuentra en el proceso educativo el medio para instaurar una concepción cristiana del mundo. c) Entiende la educación como un servicio evangelizador que debe concretar en vivencias cristianas y en el compromiso de mejorar la

sociedad. d) Vivencia del Espíritu de Reparación y la Unión Eucarística, porque es la fuente de culminación de toda la predicación evangélica.

Art.08 Para alcanzar la finalidad permanente el Colegio, se propone:

a) Tener una visión más objetiva de su identidad. b) Actuar con coherencia en el quehacer educativo en los tres niveles y con los miembros de la comunidad, en función de una doctrina

común. c) Fortalecer una mayor identificación personal de sus miembros. d) Fijar objetivos y metas realizables. e) Planificar y priorizar las actividades más urgentes a mediano plazo. f) Orientar la toma de decisiones. g) Modernizarse y actualizarse permanentemente. h) Cumplir fielmente su línea axiológica. i) Normar su organización y funcionamiento interno. j) Normar el régimen disciplinario de los miembros que integran la Comunidad Educativa. k) Delinear su política económica. l) Establecer la organización, ejecución y evaluación de las actividades educativas.

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m) Establecer funciones, responsabilidades y términos de relación con diferentes órganos; así como, entre sus miembros.

CAPÍTULO IV MISIÓN, VISIÓN, IDEARIO

Art. 09 Misión.-

Somos una Comunidad Educativa que desarrolla una formación integral centrada en Jesucristo e inspirada en el Carisma y Espiritualidad de Madre Angélica Recharte, capaz de convivir democráticamente respondiendo a los desafíos del contexto actual.

Art. 10 Visión.- Ser una Comunidad Educativa de excelencia, formadora de líderes cristianos, comprometidos con la sociedad, capaces de discernir y afrontar los retos del mundo actual.

Art. 11 Ideario.-

Nuestro Colegio al darles a conocer su Ideario, pretende expresarles su razón de Ser, la Filosofía y los fines propios que justifican su existencia. Los padres que elijan este Colegio para complementar la educación de sus menores hijas, necesariamente deberán compartir este Ideario: “Reconocemos y valoramos a la estudiante como eje fundamental de nuestro quehacer educativo, por cuanto Dios le ha dotado de bellísimas cualidades que debemos cultivarlas para que ellas logren su fin para el que han sido creadas”.

Por tal motivo, promovemos y desarrollamos el principio fundamental de la escuela, según nuestra fundadora, conocer la verdad y amar el bien, asumiendo una actitud de servicio e identificación con Jesús humilde y pobre y así dar mayor gloria a Dios.

Art. 12 I.E.P Niño Jesús de Praga como Comunidad Educativa.-

El Colegio es una comunidad educativa conformada por religiosas del Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, profesores/as laicos/as, personal administrativo, personal de apoyo, ex alumnas y estudiantes que buscan su progresiva identificación como

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Institución dedicada a la formación integral de nuestras estudiantes, de acuerdo con el Sistema Educativo del país y la Axiología del Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga. La Comunidad Educativa se compromete a profundizar y actualizar constantemente la teoría y las prácticas educativas, asumiéndolas como un servicio cristiano adaptado tanto a los requerimientos legales como a las exigencias de la Educación del presente siglo. Pertenecer a ella es un honor, pero a la vez, un gran compromiso que implica la aceptación e identificación con el IDEARIO de la Institución Educativa.

Art. 13 I.E.P Niño Jesús De Praga y la formación de las Estudiantes.- Las estudiantes son la razón de ser de la Comunidad Educativa Praguina y las consideramos protagonistas de su formación, apoyadas por los demás integrantes que dentro de un clima de exigencia, amistad, responsabilidad y respeto mutuo contribuimos a consolidar su educación.

Art. 14 Perfil de la Estudiante Praguina.-

El perfil de la estudiante praguina comprende las siguientes dimensiones: DIMENSIÓN HUMANA, DIMENSIÓN ESPIRITUAL, DIMENSIÓN SOCIO – AFECTIVA y DIMENSIÓN COGNITIVA – ARTÍSTICA – PSICOMOTRIZ.

DIMENSION HUMANA:

Se reconoce como persona e hija de Dios, es consciente de su individualidad, su dignidad y de sus facultades de inteligencia, voluntad y libertad.

Tiene un proyecto de vida reconociendo su historia personal.

Desarrolla su autoestima, teniendo confianza en sí misma, respetando y haciéndose respetar.

DIMENSIÓN ESPIRITUAL:

Reconoce a Dios como principio y fundamento de su vida.

Se valora como persona creada por Dios a su imagen y semejanza desarrollando con libertad sus talentos recibidos para el servicio de los demás.

Vivencia el carisma y espiritualidad de la Madre Angélica, dando Testimonio de su lema: “Amar y más amar, servir y más servir”.

Asume actitudes permanentes de compartir, entrega y servicio a los demás, mostrando una opción por los que menos tienen.

DIMENSIÓN SOCIO – AFECTIVA:

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Reconoce y acepta sus errores, asumiendo una conducta de cambio.

Controla sus emociones y tiene capacidad de discernir de manera personal y grupal, en la solución de conflictos.

Practica los hábitos de puntualidad, orden, limpieza, urbanidad, democracia y civismo.

Hace buen uso de las TICs como herramientas de estudio, trabajo y sana recreación.

DIMENSIÓN COGNITIVA – ARTÍSTICA – PSICOMOTRIZ

Elabora y aplica estrategias para construir conocimientos, solucionar problemas y aprender de manera significativa.

Desarrolla la investigación científica para construir nuevos conocimientos y dar solución a los diferentes problemas y necesidades de su entorno.

Demuestra buen nivel de análisis y síntesis en la comprensión de textos para lograr un pensamiento crítico y reflexivo.

Desarrolla sus potencialidades artísticas valorando su identidad cultural en sus diversas manifestaciones.

Cultiva una vida sana y saludable a través de la práctica del deporte y una adecuada alimentación.

Art.15 I.E.P Niño Jesús De Praga y os Padres De Familia.- Los padres de familia al matricular a sus hijas aceptan la orientación axiológica del Colegio, asumiendo las implicaciones de la educación cristiana que nuestros colegios de la Congregación ofrecen. Así mismo, en un clima de confianza, colaboración y diálogo, apoyan a la Dirección, participando activamente en todas las acciones que permitan lograr la formación integral de sus menores hijas.

Art.16 Perfil de los Padres de Familia.-

Los Padres de Familia deben tener en cuenta algunos rasgos importantes en los siguientes aspectos: DIMENSIÓN HUMANA.-

Asumen sus deberes como padres y primeros educadores de sus hijas, participando activamente en su educación.

Promueven un ambiente de seguridad, confianza, diálogo, perdón solidaridad y responsabilidad entre los componentes de la comunidad educativa.

Valoran a sus hijas brindándoles amor, protección y apoyo constante en su formación.

Conocen el Proyecto Educativo de la Institución, respetándolo e identificándose con él y comprometiéndose en su cumplimiento.

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DIMENSIÓN ESPIRITUAL:

Se reconocen hijos /as de Dios valorando los dones recibidos.

Vivencian los valores cristianos siendo testimonio para sus hijas.

Se identifican y participan de la misión y espiritualidad de las Hermanas Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga.

Fortalecen su fe a través de la oración.

TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPÍTULO I

ESTRUCTURA ORGÁNICA Art.17 El Colegio tiene la siguiente estructura orgánica: ORGANIGRAMA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

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Coord. Académicos

Tutores

Jefe de

Laboratorio

ENTIDAD PROMOTORA

DIRECCION ORGANO DE APOYO ORGANOS DE ASESORAMIENTO

ADMINISTRACION

Consejo Directivo

Comité de aula de Padres de familia

Red de Colegios Rechartinos

Consorcio de Colegios Católicos

Secretaria

Tesorería P. impresiones

P. de Limpieza

Aux. Contabilidad

SUB DIRECCIÓN INICIAL-

PRIMARIA-SECUNDARIA

Auxiliares de Educación

Oficinista 1

Asesoría Legal

Asesoramiento espiritual Biblioteca

Oficinista 2

Jardinería

Portería

DEPARTAMENTO DE

PASTORAL

Coord. Disciplina Psicología Coord. tutoría

Auxiliar de enfermería

II Ciclo -Inicial C.T.A V Ciclo-5°-6°

Asesoramiento contable

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CAPÍTULO II ATRIBUCIONES DE LA PROMOTORÍA Y DIRECCIÓN

Art.18 La Promotora.-

La Promotoría del Colegio es el Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga y es la máxima representante ante el Estado y la Sociedad, de la orientación axiológica, académica y administrativa del Colegio.

Art.19 Atribuciones y responsabilidades de la Promotora.- Compete a la Congregación como Promotora del Colegio, las atribuciones y responsabilidades siguientes: a) Determinar la axiología y objetivos del Colegio b) Aprobar el régimen económico y administrar:

Los fondos económicos de acuerdo a las normas específicas.

El uso de los diferentes ambientes del Colegio después de las horas de clase, en coordinación con la Dirección.

El ingreso y egreso del plantel. c) Elaborar, aprobar, ampliar, modificar e interpretar el Reglamento Interno del Colegio, en coordinación con la Dirección. d) Designar al Director/a y Subdirector/a y solicitar su reconocimiento ante la autoridad educativa correspondiente. e) Velar por la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la contabilidad, libros, documentos y operaciones. f) Aprobar el Plan Pastoral. g) Velar por la existencia de los bienes consignados en los inventarios y el uso de estos. h) Cuidar el buen nombre y prestigio del Colegio, urgiendo el cumplimiento de los aspectos académicos y disciplinarios propuestos. i) Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre el régimen económico, remuneraciones, beneficios sociales,

pensiones, becas, contabilidad y otros. j) Percibir como propietaria, la renta o contraprestación, por el alquiler y demás servicios que brinde el Colegio. k) Determinar los descuentos por inasistencia y tardanza del personal docente y administrativo que contrate la I.E. l) Contratar y velar por el personal docente, no docente y de servicios, en coordinación con la Dirección, sujetándose a las disposiciones

y limitaciones que establece la ley laboral.

Profesores

Municipio escolar

Consejo de aula

Auxiliar de Laboratorio.

III Ciclo- 1° -2°

Matemática

IV Ciclo -3°-4°

Ciencias Sociales

Cursos

Formativos

Comunicación e

Inglés

Inglésn

ESTUDIANTES

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Art. 20 El Director/a.- El Director/a es la máxima autoridad del Colegio. Es el representante legal del mismo y es responsable de la programación, organización, conducción desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones técnico-pedagógicas y administrativas de los diferentes servicios que se brindan.

Art. 21 Funciones del Director/a: Compete al Director/a del Colegio:

a) Ejecutar la representación legal y administrativa del Colegio. b) Controlar y supervisar las actividades técnico - pedagógicas del Colegio. c) Coordinar la elaboración de la estructura curricular. d) Hacer cumplir el Reglamento Interno y demás normas internas e) Velar por la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de los registros y actas de evaluación. f) Administrar la documentación del Colegio. g) Designar y nombrar a los encargados de los diversos organismos. h) Asesorar a los diversos organismos de ejecución y de apoyo. i) Exigir que los servicios educativos estén basados en los principios axiológicos. j) Promover y ejecutar reuniones periódicas con el personal, para la buena marcha del plantel. k) Autorizar visitas de estudio y excursiones conforme a las normas establecidas. l) Estimular al personal a su cargo, por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus funciones, como en otras, que

beneficien al educando al Colegio y comunidad. m) Contratar personal docente, no docente y de servicios, así como rescindir el vínculo laboral de acuerdo a la ley, previa coordinación

con la Promotora. n) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo. o) Organizar y supervisar el proceso de matrícula de las estudiantes, autorizar traslados de matrícula y emitir resoluciones directorales

según el caso si lo requiera. p) Llevar el control de asistencia y puntualidad del personal, otorgando el permiso en caso debidamente justificado. q) Aplicar las sanciones que establece el Reglamento Interno con participación de la Promotora. r) Evaluar el rendimiento del personal del colegio y actualizar la ficha escalafonaria. s) Estimular o sancionar según el caso, a las estudiantes del Colegio, de conformidad a lo nombrado en el presente reglamento.

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t) Formular el cuadro y necesidades de bienes y servicios en coordinación con la entidad Promotora.

Art.22 El Subdirector/a.- El/a Subdirector es docente que sigue en jerarquía a la directora, está encargada del área técnico pedagógica en el nivel educativo que se

desenvuelve. Existen dos subdirectoras una del Nivel Secundaria y otra encargada de los niveles Primaria e Inicial. Art.23 Funciones del/a Subdirector/a.-

a) Dirigir la elaboración de la programación general de estudios del Colegio y de la metodología, criterios y lineamientos de evaluación de acuerdo a los fundamentos axiológicos y pedagógicos del Colegio en los niveles Inicial, Primaria y Secundaria.

b) Coordinar la labor conjunta de las áreas académicas y los responsables de ciclos, las acciones de supervisión, monitoreo, acompañamiento y control necesarias, que aseguren el logro de los aprendizajes proyectados según los objetivos académicos del Colegio.

c) Proponer al director/a del Colegio, todo cuanto proceda en orden al perfeccionamiento humano, científico y pedagógico del docente, actualización del currículo y de los medios educativos.

d) Preparar los informes y documentos oficiales que el Colegio debe presentar al órgano intermedio del Ministerio de Educación, en los plazos que corresponden.

e) Coordinar con las otras instancias formativas del Colegio, a fin de conseguir las metas académicas en un esfuerzo conjunto. f) Informar al director/a del Colegio sobre la marcha académica, logros, desafíos y dificultades. g) Articular el trabajo académico de los Coordinadores de Ciclos, Coordinadores de Áreas, Docentes, Auxiliares, las actividades

deportivas y los órganos de apoyo académico: talleres, investigación, laboratorios, biblioteca y el programa de recuperación académica.

TÍTULO III

DEL RÉGIMEN ACADÉMICO

CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

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Art.24 De acuerdo al Convenio con el Estado, la Dirección tiene la facultad para determinar las fechas de iniciación y culminación del año escolar, teniendo en cuenta siempre el cumplimiento del tiempo efectivo mínimo según lo determine el Ministerio de Educación.

Art.25 Las acciones educativas con las estudiantes, se desarrollan de acuerdo a la programación dispuesta por la Dirección del Colegio en coordinación con la DREP. El año escolar se inicia el 07 de marzo de 2016.

Art.26 La jornada escolar y horario de clase.- La jornada escolar de lunes a viernes es la siguiente:

Inicial : de 8:00am a 12:30am.

Primaria : de 1:10 pm a 6:15 pm

Secundaria : de 7:00am a 1:00 pm . Art.27 El horario de clases es fijado anualmente y es inamovible. Art.28 De la asistencia y tardanzas.-

La asistencia puntual al Colegio es obligatoria en todos los días de clases y aquellos que determine la Dirección: a) En lo referente a los días ordinarios de clase, toda inasistencia de la estudiante deberá ser justificada, según el nivel, por el padre de

familia o apoderado debidamente registrado y se deberá tener en cuenta las siguientes reglas: - Las inasistencias se justifican:

En el nivel Inicial: Con el tutor o profesor de aula.

En el nivel Primaria: área de disciplina, de 2:00 a 4: 00 p.m.

En el nivel Secundaria: En la Dirección de Disciplina, de lunes a viernes de 8:00 a 10:30 am. - En los tres niveles, si la inasistencia es más de tres días, el padre de familia o apoderado deberá presentar en mesa de partes una

solicitud de justificación de inasistencias y de reconsideración de evaluaciones y otras actividades, adjuntando un certificado médico expedido por ESSALUD o MINSA, para ser evaluadas; caso contrario obtendrá nota mínima.

- Las justificaciones por ausencias o tardanzas deben ser entregadas al tutor /a o al docente según horario. Se registrarán en su agenda y en un cuaderno por la asistente de turno para informar al padre de familia.

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- Las justificaciones de inasistencias o tardanzas son personales y sólo las puede hacer el padre de familia o apoderado. La presentación de éstas son obligatorias y debe hacerse inmediatamente después de la reincorporación a las actividades escolares.

- Si son frecuentes las justificaciones por impuntualidad o inasistencias, serán analizadas semanalmente por los tutores y, según crea conveniente, se considerará como falta grave que amerita una acción correctiva.

- Las sanciones por inasistencias injustificadas son acumulativas y por bimestre. - En caso de inasistencia o tardanza a actuaciones especiales, actividades en El Colegio o fuera de la institución, el tutor o tutora

tomará en cuenta su participación en la evaluación de conducta. b) En lo referente a las tardanzas, el 30% de inasistencias injustificadas durante el año, la estudiante pierde el año escolar por límite de

faltas y se le declara RETIRADA sin derecho a evaluaciones.

Art.29 De los permisos.- Los permisos que impliquen ausencia de la estudiante por más de dos días, serán solicitados en los tres niveles, por el padre de familia o el apoderado debidamente registrado a través de mesa de parte. En el nivel inicial, la auxiliar entregará a la niña al padre de familia o apoderado en caso el permiso sea concedido.

CAPÍTULO II

PROGRAMACIÓN CURRICULAR Art.30 El Colegio dentro de los principios y valores establecidos en la Constitución, tiene como principal misión favorecer e impulsar una formación

humana integral, que lleve a las niñas y adolescentes a su pleno desarrollo como personas, haciendo de ellas mujeres a imagen de Jesucristo y evangelizadoras de su propia cultura.

Art.31 Nuestra institución forma parte del Proyecto de las Comunidades Educativas Rechartinas, que comprende la interacción del aspecto académico y formativo en los niveles de inicial, primaria y secundaria. Los docentes utilizan estrategias metodológicas que permitan en las estudiantes el desarrollo de competencias teniendo en cuenta sus diferentes ritmos y estilos de aprendizaje.

Art. 32 La Programación Curricular comprende la Programación Anual y las programaciones de corto alcance y sesiones de aprendizaje, su elaboración es responsabilidad del personal docente en coordinación con los subdirectores de cada nivel.

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CAPÍTULO III EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

Art.33 La evaluación de los aprendizajes se realiza en los tres niveles – Inicial, Primaria y Secundaria, dentro del marco de la Ley de la Reforma

Magisterial, Diseño Curricular Nacional (DCN), Marco Curricular y Directivas emitidas por el Ministerio de Educación.

Art. 34 DE LA EVALUACIÓN PARA LAS ESTUDIANTES DEL NIVEL INICIAL:

a) De la escala de calificación

La escala de calificación del nivel de Educación Inicial de la EBR es literal y descriptiva y es con la que nuestra institución educativa evalúa.

LITERAL DESCRIPTIVA

A Logro previsto Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes en el tiempo programado

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b) La calificación bimestral del área o taller curricular

El calificativo de período en cada área se obtiene analizando la tendencia progresiva del estudiante hacia el logro de los aprendizajes previstos.

c) La calificación anual del área o taller curricular

El calificativo anual del área, considerando que la evaluación es un proceso, es el mismo que obtuvo el estudiante en dicha área en el último período

(bimestre).

d) De la evaluación del área de Comunicación Integral

En la lengua materna se evalúa el desarrollo de la oralidad, comprensión y expresión de textos lingüísticos y la producción de textos de acuerdo a

su nivel, así como la expresión de otros lenguajes.

Promoción al grado superior:

Todas las estudiantes son promovidas sin excepción. Los que no hayan cursado educación Inicial, podrán acceder al Primer Grado de Educación primaria

siempre que tengan la edad requerida, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

REPITENCIA No hay repitencia en el nivel Inicial. Art.35 : DE LA EVALUACIÓN EN EL NIVEL PRIMARIA

a) De la escala de calificación

Nuestra institución educativa evalúa con La escala de calificación del nivel de Educación Primaria de la EBR la cuas es literal y descriptiva.

B En proceso Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo

C En inicio Cuando el estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo con su ritmo y estilo de aprendizaje

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b) La

calificación

bimestral del

área o taller

curricular

El calificativo de

período en cada

área se obtiene

analizando la

tendencia progresiva del estudiante hacia el logro de los aprendizajes previstos.

c) La calificación anual del área o taller curricular

LITERAL DESCRIPTIVA

AD Logro destacado Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos, demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas la

A Logro previsto Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes en el tiempo programado

B En proceso Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo

C

En inicio Cuando el estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo con su ritmo y estilo de aprendizaje

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El calificativo anual del área, considerando que la evaluación es un proceso, es el mismo que obtuvo el estudiante en dicha área en el último período

(bimestre).

d) De la evaluación del área de Comunicación Integral

En la lengua materna se evalúa el desarrollo de la oralidad, comprensión y expresión de textos lingüísticos y la producción de textos de acuerdo a su

nivel, así como la expresión de otros lenguajes.

e) Todas las áreas curriculares

Las diversas áreas curriculares e incluidos los talleres que se crean como parte de las horas de libre disponibilidad se evalúan y califican de la misma

manera antes detallada (AD, A,B, C.)

f) De la evaluación de áreas o talleres curriculares

En las áreas o talleres curriculares correspondientes a las horas de libre disponibilidad los resultados de la evaluación del aprendizaje se anotan en el

“Registro de evaluación de los aprendizajes” y en el “Informe sobre mis progresos”, bajo el rubro de área / talleres curriculares de libre disponibilidad.

g) De Los Requisitos De Promoción, Repitencia, Y Recuperación De La Evaluación

PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR

a. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma automática.

b. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte de las

horas de libre disponibilidad.

c. Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación Integral, Lógico Matemática y como

mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

d. Los estudiantes de 5º y 6º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación Integral, Lógico Matemática, Personal Social y

Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

REPITENCIA

a. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas

curriculares: Lógico Matemática y Comunicación Integral.

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RECUPERACIÓN

a. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos

tal como lo disponen los incisos b, c, ó d de promoción del grado superior.

Art.36: DE LA EVALUACIÖN EN EL NIVEL SECUNDARIA

Se considera en la evaluación de los aprendizajes de las estudiantes de Educación Secundaria las siguientes condiciones:

a) La escala de calificación es vigesimal siendo 11 la nota mínima aprobatoria.

b) La Evaluación es bimestral, para lo cual se hace la entrega de Hojas informativas en cada bimestre según cronograma establecido y publicado en

la Agenda Escolar Praguina.

c) El taller de Danza para el cual se le ha asignado una hora de libre disponibilidad según el Plan de Estudios 2016, es considerado dentro del Area

curricular de Arte y por lo tanto su calificación se promediará con la misma.

d) Siendo nuestra I.E. una entidad privada, con axiología católica y de acuerdo a a la normatividad reconocida por las leyes peruanas, las clases del

área de Religión se imparten en esta línea teológica. Las estudiantes que profesen otra fe, serán exoneradas del Area de Religión y demás

prácticas religiosas, previa solicitud de los padres de Familia o apoderados, y durante el tiempo asignado a las mismas, las estudiantes podrán

asistir a biblioteca a realizar actividades afines a sus deberes escolares. Asimismo, las estudiantes exoneradas deberán conducirse con respeto y

tolerancia hacia cualquier práctica religiosa que se desarrolle en al I.E.

e) Las áreas curriculares de Arte y Educación para el Trabajo están organizadas por semestre, según la especialidad como se indica:

- Educación Artística: Música y Artes Plásticas

- Educación para el Trabajo: Formación laboral y Computación

De esta manera las estudiantes son evaluadas por cada docente según la especialidad, y al término del año tendrán una sola calificación del

área respectiva.

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f) Una estudiante será promovida al grado inmediato superior:

- Cuando al término del año escolar, aprueba todas las áreas curriculares de la EBR consideradas en el Plan de Estudios, y si tuviera, el área

curricular pendiente de subsanación (curso a cargo)

- Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica (PRP) o la Evaluación de Recuperación programada según Rol de Exámenes

previamente publicado, aprueba todas las áreas curriculares o desaprueban un área curricular.

g) Una estudiante repite el año/grado:

- Cuando al finalizar el año escolar, desaprueba cuatro o más áreas curriculares.

- Cuando al finalizar el año escolar tiene tres áreas curriculares desaprobadas más un área curricular pendiente de subsanación.

- Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación, desaprueban dos o más áreas curriculares.

h) Pueden participar del Programa de Recuperación Pedagógica, las estudiantes que hayan desaprobado una, dos o tres áreas curriculares, incluida

el área curricular pendiente de subsanación. Las estudiantes deberán aprobar todas las áreas curriculares o dejar pendiente sólo una (curso a

cargo), la misma que deberá ser evaluada en el mes de agosto del año lectivo en curso.

Las deudas por pensiones de estudios, no imposibilita al Padre de Familia, después de la Clausura del año escolar, informarse de los resultados

de desempeño de su hija o calificaciones, de tal modo que si tuviere áreas curriculares desaprobadas, pueda la estudiante participar del

Programa de Recuperación Pedagógica o de la Evaluación de Recuperación, considerando los cronogramas ya establecidos y que son dados a

conocer en la documentación que se les proporciona al término del año escolar.

Art.37 Exoneración del Curso de Religión.-

Siendo el Colegio una entidad privada, con axiología católica y de acuerdo a la normatividad reconocida por las leyes peruanas, las clases del curso de Religión se imparten en esta línea teológica. Las estudiantes que profesen otra fe, serán exoneradas del curso de Religión y demás prácticas religiosas, previa solicitud de los padres o apoderados; sin embargo, deberán conducirse con respeto y tolerancia hacia cualquier práctica religiosa que se desarrolle en el Colegio.

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Art.38 Exoneración del Curso de Educación Física.- La Dirección de El Colegio exonerará únicamente el trabajo físico del área de Educación Física, siendo obligatoria la evaluación en el aspecto teórico, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y previa solicitud de los padres y/o apoderados, quienes deben de adjuntar el certificado médico expedido por ESSALUD o MINSA.

Art.39 La participación de la estudiante que representan al Colegio en lo académico, deportivo, artístico y cívico es evaluada en las áreas correspondientes.

Art.40 Las estudiantes serán permanentemente informadas sobre el proceso de evaluación. Es obligación del profesor/a comunicar los resultados del proceso evaluativo y su desarrollo de manera oportuna para conocimiento del padre de familia.

CAPITULO IV NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS

Art. 41 Las evaluaciones.-

a) Las Evaluaciones Bimestrales son establecidas por la Sub Dirección respectiva; las demás evaluaciones se realizarán según el cronograma programado por los profesores responsables del área o grado.

b) Cada profesor impartirá las indicaciones necesarias en cada examen y de acuerdo al área que corresponda. c) La estudiante que llegue tarde a la evaluación requerirá autorización de la Coordinadora de Disciplina para rendirlo, sin que tenga

derecho a más tiempo, salvo que exista debida justificación. d) La copia o fraude en las evaluaciones, debidamente comprobados implicarán la anulación de la evaluación y corresponderá nota cero.

Art. 42 Postergación o adelanto de las evaluaciones.-

a) La postergación o adelanto de las evaluaciones sólo procede ante situaciones debidamente justificadas y debe ser presentada con la inmediatez y oportunidad necesaria.

b) El padre de familia o apoderado deberá presentar la solicitud de postergación o adelanto de evaluaciones a la Subdirección del Nivel que corresponda, quien brindará respuesta por escrito, indicando la fecha en que se reprogramará la misma en caso de ser procedente la solicitud.

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Art. 43 Rectificación de Notas .- Una estudiante puede solicitar la rectificación de notas si el docente se ha equivocado en colocar su promedio bimestral en la boleta de

evaluaciones. Para ello, debe dirigir su solicitud a la Subdirección respectiva adjuntando copias de las pruebas, trabajos y exámenes que avalen el pedido.

Art.44 Constancias y otros documentos académicos.-

El Director/a del Colegio es la única autoridad autorizada para expedir las constancias y otros documentos académicos, previa solicitud de los padres de familia o apoderados ante la Secretaría del Colegio.

CAPÍTULO V

DE LA ELECCIÓN DE TEXTOS ESCOLARES Art.45 Es derecho de los padres de familia y de las estudiantes adquirir textos escolares en las mejores condiciones de calidad, precio y de varios

usos, dentro de los criterios pedagógicos e indicadores de calidad de los textos escolares de la educación básica emitidos por el Ministerio de Educación y que se registran en el Observatorio Nacional de Textos Escolares. En ese sentido: a) Está prohibido obligar a las estudiantes o a los padres de familia a adquirir textos escolares nuevos o de primer uso o que estén

diseñados para un sólo uso. b) Las estudiantes y los padres de familia tienen derecho de adquirir y utilizar textos de segundo uso como fuente de consulta o material

de estudio y de trabajo. El Colegio se compromete a promover el intercambio de materiales educativos e implementar un banco de libros a fin de proteger la economía de los padres de familia.

c) Las editoriales que se dedican a la venta de textos escolares están obligadas a registrarse en el Observatorio Nacional de Textos Escolares y a señalar directamente el precio final de los textos escolares y la variación de estos mediante un sistema aplicativo implementado por el Ministerio de Educación, que es responsable de la confiabilidad, veracidad y vigencia de la información registrada.

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Art.46 Los docentes, en coordinación con el Director/a, presentan a los padres de familia, de ser posible, por lo menos tres propuestas del texto de cada área curricular que cumplan con los criterios pedagógicos e indicadores de calidad establecidos por el Ministerio de Educación, lo cual constará debidamente en actas. La recomendación que efectúe el Colegio para la adquisición de textos escolares, se realiza sin que medie beneficio económico directo o indirecto para el Colegio, sus promotores, directivos o docentes. Para este efecto, el Colegio convoca a los comités de aula o a las asociaciones de padres de familia y, además, puede solicitar la presencia de un representante de la unidad de gestión educativa local en calidad de observador.

TITULO IV

DEL REGIMEN FORMATIVO

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art.47 Los contenidos académicos, las normas disciplinarias, dentro y fuera del Colegio; así como, los acuerdos de convivencia específicas dentro

del aula, están orientadas a consolidar en nuestras estudiantes un perfil acorde con el ideario del Colegio, siendo nuestro lema “AMAR Y MÁS AMAR, SERVIR Y MÁS SERVIR.

Art.48 La convivencia en el Colegio debe darse en un ambiente de respeto, responsabilidad y disciplina, que lleve a las niñas y jóvenes a su pleno desarrollo como personas.

Art.49 Toda estudiante debe estar aseada y correctamente uniformada. Teniendo en cuenta que: a) La asistencia debe ser con el uniforme oficial del Colegio para las clases diarias, desfiles o cuando el Colegio lo determine. b) El uniforme de Educación Física es de color azul y blanco, buzola del mismo color y zapatillas blancas de lona. Sólo debe asistir con él

los días que tenga clase de educación física, danzas, olimpiadas deportivas o cuando lo determine la Dirección. c) No está permitido el uso de maquillaje, cabello teñido, uñas largas pintadas, pestañas postizas, ni tampoco el uso de ningún tipo de

joyas y/o accesorios.

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Art.50 El Colegio promueve valores y entre ellos la responsabilidad, por eso, es necesario indicar que no se recibirá, durante el horario de clase, ningún trabajo, cuaderno u otros objetos que la estudiante olvide en casa.

Art.51 Durante el recreo las estudiantes del nivel secundaria deberán bajar a los patios. En las aulas quedarán solamente las responsables de la limpieza según el cronograma establecido. Al toque del timbre de fin de recreo, todas las estudiantes deberán permanecer dentro del aula de clase.

Art.52 Las estudiantes deberán observar actitudes de respeto y obediencia, dentro y fuera del Colegio. Asimismo, durante todas las acciones y

actividades académicas y extra académicas, evitarán actitudes descorteses, gestos discriminatorios e inmorales.

CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES

Art.53 Derechos de la Estudiante.-

Toda estudiante tiene los siguientes derechos: a) Recibir una formación integral en cada grado de estudio y en un ambiente que le brinde seguridad moral, física y espiritual. b) Recibir trato respetuoso a sus iniciativas, expresar libre y creativamente sus ideas para el desarrollo de su personalidad. c) Recibir la información y orientación académica necesaria que le permita lograr sus capacidades de aprendizaje. d) Recibir el apoyo psicológico y las orientaciones pertinentes para que pueda superar las dificultades propias de su edad. e) Ser tratada con dignidad y respeto, sin discriminación alguna. f) Presentar con todo respeto cualquier reclamo u observación que considere conveniente, a la Dirección u otros estamentos técnicos

pedagógicos dentro de los plazos establecidos. g) Recibir de su profesor/a de aula o de área académica, las pruebas y trabajos presentados. h) Gozar de un programa de ajuste y reforzamiento académico en el caso que se presenten desniveles en su aprendizaje. i) Ser evaluado fuera de las fechas de los exámenes bimestrales cuando su inasistencia ha sido debidamente justificada. j) Recibir una formación integral en cada grado de estudios, dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral, psicológica, física y

espiritual. k) Recibir estímulos por el cumplimiento de sus deberes y obligaciones.

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l) Recibir la información y orientación académica, psicológica y vocacional oportuna que le permita lograr los objetivos de aprendizaje y tomar decisiones.

m) Las estudiantes tienen igualdad de oportunidades para representar al Colegio y ocupar los puestos de honor. Art. 54 Deberes de la Estudiante.-

Los deberes y obligaciones que tienen las estudiantes para con el Colegio y personas que la conforman hacen de ellas personas de bien, por eso debe: a) Vivenciar los valores del marco doctrinal del Colegio y cumplir las normas axiológicas y principios establecidos por la Iglesia Católica y

la Promotora. b) Colaborar gustosamente con los docentes y compañeras en la práctica de palabras, modales y formas de expresión que le permitan

alcanzar un nivel cultural óptimo. c) Mantener buen trato y respetar de palabra y obra a todos los miembros del Colegio, basándose en el respeto, la confianza y el

diálogo sincero y comprensivo. d) Respetarse a sí misma y a los demás, comportándose adecuadamente dentro y fuera del Colegio, procurando el decoro y prestigio de

su persona, su familia y su Colegio. e) Aceptar las designaciones de sus profesores(as) y/o compañeras, con actitud de servicio y procurar ser fiel a esta confianza. f) Lograr aprendizajes por su propio esfuerzo y capacidad, sometiéndose con honradez a las prescripciones académicas y de evaluación,

evitando el plagio. g) Demostrar respeto a los símbolos patrios, entonar con fervor el Himno Nacional, el Himno a Castilla y el Himno a Nuestra Alma Mater. h) Representar al Colegio con lealtad, dando testimonio de la formación que recibe y del amor cristiano que vivencia. i) Colaborar con la higiene ambiental del Colegio, no arrojar papeles, realizar pintas o ensuciar las instalaciones y/ o mobiliario. j) Asumir con responsabilidad el uso de todos los bienes del Colegio como si fueran suyos. En caso de ser deteriorados se deben reparar

y/ o reponer. k) Respetar los acuerdos de convivencia establecidos en el aula, aceptando los estímulos y acciones reparadoras. l) Recordar que debe guardar la compostura correcta en las diversas actividades y ambientes como: Charlas, discursos, orientaciones,

durante las formaciones, las aulas de clase, biblioteca y la capilla. m) Vestir el uniforme escolar con decencia dentro y fuera del Colegio. n) Asistir correctamente uniformada a la hora indicada y con sus trabajos y útiles escolares en orden.

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o) Poner en conocimiento de sus padres toda la información emitida por el Colegio adjuntándola en su agenda. p) Seguir el conducto regular y acudir a quien corresponda y en el momento oportuno si tiene que formular alguna queja o sugerencia. q) Portar diaria y obligatoriamente la agenda institucional debidamente forrada y firmada.

Art.55 Toda la acción altruista, esfuerzo en el trabajo, puntualidad, honradez, disciplina y todo aquello que contribuya en bien de la comunidad, constituye mérito en beneficio de la estudiante.

Art.56 Las estudiantes están obligadas a participar durante el horario de clases y en las actividades que programe el Colegio, cuando tengan una invitación expresa del personal través de una circular o esquela u otro medio de comunicación.

Art.57 Actividades extracurriculares de asistencia obligatoria.- Son actividades extracurriculares de participación obligatoria para las estudiantes:

a) Ejercicios espirituales, convivencias y jornadas. b) Celebración eucarística mensual, por festividades religiosas y/o acontecimientos importantes. c) Campañas de ayuda a la comunidad. d) Proyectos de Evangelización. e) Colectas y/o campañas de difusión a la comunidad. f) Actividades deportivas y/o artísticas. g) Visita de estudios a los museos y lugares históricos. h) Las demás que la Dirección señale.

Art.58 Prohibiciones.-

Está prohibido a las estudiantes: a) Protagonizar comportamientos escandalosos o inadecuados, dentro o fuera del Colegio o hacer uso de sobrenombres, frases en

doble sentido o de un vocabulario inapropiado o soez. b) Llevar al Colegio sin autorización: revistas, periódicos, radios, celulares, reproductores, portátiles, tabletas, equipos electrónicos.

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c) Portar en el Colegio, bajo ninguna circunstancia, elevadas cantidades de dinero, objetos punzo cortantes, bebidas alcohólicas, o sustancias alucinógenas u otros objetos o sustancias que perturben o causen daño.

d) Asistir al Colegio con síntomas de haber ingerido alcohol u otras sustancias tóxicas. e) Portar, vender y/o consumir drogas dentro del Colegio. f) Manifestar expresiones políticas o dedicarse a ella. g) Expresar ideologías que atenten contra la Doctrina de la Iglesia Católica o la deontología expresada en la Constitución Política del

Perú. h) Falsificar la firma del padre o apoderado o adulterar los calificativos de la tarjeta de evaluación. i) Salir del aula o del Colegio, sin la autorización correspondiente, durante las clases u horario escolar. j) Promover actividades con fines económicos, sin la debida autorización de la Dirección. k) Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren el normal desenvolvimiento de las actividades académicas. l) Usar el nombre del Colegio o atribuirse su representación sin autorización expresa de la Dirección.

m) Hacer inscripciones en las paredes, puertas, mobiliario y pisos. n) Faltar a las normas de cortesía y a las buenas costumbres. o) Fomentar el desorden arrojando objetos diversos, así como deteriorar algún bien ajeno. p) Participar en juegos de invite a las apuestas de cualquier tipo. q) Promover firmas de actas, memoriales o peticiones a favor o en contra de profesores o sobre asuntos que comprometen su

comportamiento. r) Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones o circulares que envía El Colegio a los padres de familia. s) Injuriar, calumniar o agredir física o verbalmente a sus compañeras de estudio u otras personas. t) Promover o participar en cualquier forma de acoso escolar entre las estudiantes. u) Asistir al Colegio estando enfermas. v) Utilizar los servicios higiénicos como sitios de juego o de conversación.

w) Hacer mal uso de las redes sociales en agravio de terceras personas.

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CAPITULO III

DEL PROCESO DISCIPLINARIO

Art.59 La falta disciplinaria.- La falta disciplinaria es toda acción u omisión de la estudiante que sea contraria a sus obligaciones, deberes y demás disposiciones reguladas en el presente Reglamento, o que se impartan por las autoridades del Colegio. La falta disciplinaria se califica en falta leve y falta grave y se sanciona a través del procedimiento disciplinario.

Art. 60 Falta grave.-

Falta grave es aquella conducta negativa realizada por la estudiante, que lesione su propia integridad, la de sus compañeras, la de cualquier miembro del Colegio y/o el prestigio de éste.

Art. 61 Se consideran faltas graves.-

a) El rechazo sistemático a la axiología del Colegio o realización de cualquier acto que signifique desacato o irreverencia a los valores que promueve.

b) Realización de actos que atenten contra la moral. c) Ingresar, consumir y comercializar dentro y fuera del Colegio, vistiendo el uniforme escolar bebidas alcohólicas o cualquier tipo de

psico alucinógenos psicoactivos o sustancias prohibidas. d) Reincidencia en tardanzas y/o inasistencias injustificadas. e) Suplantar, sustraer la copia de los exámenes o evaluaciones. f) Abandonar el Colegio sin autorización o no llegar a él, habiendo salido de casa con ese fin. g) No asistir a clase u otra actividad estando en el Colegio; negarse a representar al Colegio en actividades académicas, culturales,

cívicas, artísticas y deportivas.

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h) Faltar el respeto – física, verbal, psicológicamente, levantar falsos testimonios realizar cualquier acto de violencia y/o acoso a través de cualquier medio de comunicación (Facebook, e mail, twitter, etc.)-, contra cualquier miembro del Colegio; conducta que se agravará si se actúa de manera grupal.

i) Huir de su hogar, más aún si incita a otras compañeras a cometer esta falta, exponiendo la integridad física y moral propia o ajena. j) Apropiarse de los bienes ajenos. k) Portar dispositivos electrónicos sin haberlos reportado a la coordinación de disciplina

Art.62 Falta Leve.-

Constituye Falta Leve cualquier incumplimiento por parte de las estudiantes, de las disposiciones del presente Reglamento o de las disposiciones que impartan las autoridades del Colegio, que no constituyan falta grave.

Art.63 El personal del Colegio está obligado a informar por escrito a la Coordinación de Disciplina, de cualquier acto de indisciplina que manifieste

la estudiante dentro El Colegio o fuera de éste vistiendo el uniforme escolar.

CAPITULO IV DE LOS ESTÍMULOS, DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS Y SANCIONES

Art.64 Los Estímulos.- Son estímulos las acciones realizadas por la autoridad del Colegio para reconocer, reforzar y motivar las conductas positivas y significativas que las estudiantes desarrollan en diferentes aspectos de su formación. Los estímulos pueden ser de manera verbal, escrita o material.

Art.65 Los estímulos que con carácter personal entrega El Colegio son:

a) Diploma de Excelencia a la estudiante que logra el más alto puntaje de aprovechamiento durante los cinco años del Nivel Secundaria. b) Diploma de Mérito, a las estudiantes que obtengan los tres primeros puestos en su respectivo grado, en el nivel secundaria. c) Mención honrosa a las estudiantes que durante el año escolar sobresalgan en actitudes significativas positivas y que hayan

vivenciando valores y virtudes humano – cristianas. d) Resolución de felicitación a deportistas destacadas y que han obtenido premios para El Colegio en diferentes actividades deportivas.

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e) Mención honrosa a las ocho estudiantes de los niveles de inicial y de primaria, que hayan destacado en su respectivo grado (dos por cada sección en el nivel primaria).

Art.66 Las medidas educativas.- Las medidas educativas son las acciones eminentemente persuasivas que realiza el Colegio con la finalidad de lograr que las estudiantes asuman la responsabilidad de su comportamiento y reorienten su actuación.

Art. 67 Se consideran medidas educativas:

a) El diálogo del profesor o tutor con la estudiante. b) El diálogo del Coordinador/a de Disciplina con la estudiante. c) El diálogo de la Coordinadora Espiritual con la estudiante. d) La imposición de tareas especiales que ayudan a la estudiante a internalizar su falta y a asumir su responsabilidad. e) El diálogo con los padres de familia. f) Atención psicopedagógico.

Art.68 Las medidas correctivas.-

Las medidas correctivas son las acciones que aplica el Colegio a las alumnas, con la finalidad de moldear el comportamiento, promover la práctica de virtudes y valores y velar por el mantenimiento del orden que se requiere para el cumplimiento de sus fines educativos.

Art.69 Medidas correctivas por comisión de falta leve.-

Las medidas correctivas por la comisión de falta leve son las siguientes y serán analizadas y dispuestas por el Profesor/a y/o Tutor/a: a) Amonestación verbal. b) Anotación en la agenda. c) Amonestación escrita d) Imposición de tareas especiales.

Art.70 Medidas correctivas por comisión de falta grave.-

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Las medidas correctivas por la comisión de falta grave son las siguientes y serán analizadas y dispuestas por el Consejo Directivo y el Tutor/a, previo informe escrito de la Coordinación de Disciplina: a) Amonestación escrita, firma de Carta de Compromiso y Conducta B. b) Firma de Acta de Compromiso, Condición de Matrícula y Conducta C. c) Suspensión temporal de 3 a 15 días. d) Separación definitiva.

Art.71 La Carta de Compromiso.- La Carta de Compromiso es suscrita por la estudiante en presencia de sus padres y en ella consta su compromiso expreso de mejorar su

comportamiento y no volver a incurrir en falta; así como, cualquier otro compromiso que sea necesario adoptar de acuerdo con la naturaleza de la falta.

Art.72 La Condición de Matrícula.-

La Condición de Matrícula es la oportunidad que brinda el Colegio a la estudiante de continuar sus estudios, siempre y cuando mejore su comportamiento o rendimiento académico, caso contrario pierde definitivamente su vacante para el siguiente año escolar.

Art.73 La evaluación de la conducta es cualitativa y la aplicación de la medida correctiva se efectúa teniendo presente los siguientes aspectos:

a) Circunstancias y forma en que se cometió la falta. b) La reiterencia de la falta. c) La concurrencia de varias faltas. d) La participación de una o más alumnas en la comisión de la falta. e) El agravio que causa la falta.

Art.74 El Tutor/a es el responsable de calificar la nota de conducta, teniendo en cuenta los indicadores y lo estipulado en el presente reglamento

en concordancia con la Coordinación de Disciplina. Art.75 Los casos no contemplados en el presente Reglamento, serán solucionados por el Consejo Directivo.

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Art 76 La Coordinación de Disciplina retendrá los dispositivos electrónicos que no hayan sido reportados y procederá a devolverlos en presencia del padre de familia.

Art.77 Reconsideración de las Medidas Correctivas: La estudiante, sus padres o apoderados puede solicitar la reconsideración de una medida correctiva, excepto la de separación definitiva, para ello deberán dirigirse en primera instancia al Profesor o Tutor que la impuso o al Coordinador de Disciplina y en última instancia al Director/a. La decisión del Director/a es inapelable.

CAPÍTULO V

DE LAS PROMOCIONES ESCOLARES Art. 78 Pertenecen a la promoción todas las estudiantes que están matriculadas en el quinto año de secundaria, quienes serán asesoradas por un

tutor/a.

Art. 79 Son fines de la promoción: - Promover la formación de los valores en todos los eventos autorizados por la Dirección. - Velar por el buen nombre y prestigio del Colegio. - Promover el compañerismo y respeto entre alumnas, padres de familia, religiosas, docente y personal administrativo del Colegio. - Organizar acciones de proyección social con criterio formativo de apertura a la comunidad (acciones solidarias a los pobres, ancianos,

enfermos mentales, animadoras como catequistas, promotoras de alfabetización y otros). - Manifestar la gratitud y colaboración hacia el Colegio, evidenciándose con un obsequio.

Art. 80 El nombre de la Promoción es el mismo del Colegio y se agrega el año actual. Art.81 Se formará un comité central de la promoción que está integrado por los presidentes/as de los comités de aula de cada sección de quinto de

secundaria junto a todos/as los/as tutores/as de las secciones que conforman la promoción, quienes en conjunto elaborarán el proyecto

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promocional. Los fondos que se obtengan serán ahorrados en una entidad bancaria con la firma mancomunada de la coordinadora de tutores/as y el presidente/a de padres de familia del comité central.

Art. 82 Son actividades de la promoción: - Retiro espiritual de tres días. - Evangelización y catequesis en movimiento juvenil del Colegio - La fiesta promocional.

Art.83 La Promoción de secundaria se regirá por las disposiciones de la Dirección, quien designa a un equipo de asesoramiento. Concluida la

gestión del comité de promoción, este deberá rendir cuentas a la Dirección del Colegio, justificando con documentos sustentatorios sus ingresos y egresos.

CAPÍTULO VI DE LA PROTECCIÓN CONTRA EL ACOSO ESCOLAR

Art.84 El acoso entre estudiantes (Bullying) es una forma extrema de maltrato físico, psicológico o cibernético que de manera intencional y

reiterada ejerce una o un grupo de estudiantes en agravio de otra u otras estudiantes, con el objetivo de intimidarla o excluirla. El acoso escolar atenta contra la dignidad de las estudiantes y contraviene sus derechos.

Art.85 Es responsabilidad del Consejo Directivo diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación

entre las estudiantes del Colegio; asimismo, le corresponde la elaboración del Plan de Sana Convivencia y Disciplina Escolar. Es obligación del personal jerárquico, docente, administrativo y padres de familia o apoderados, detectar, atender y denunciar de inmediato a los estamentos correspondientes, los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manipulación que constituya acoso entre alumnas.

Art.86 Como medidas preventivas del acoso escolar el Colegio:

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a) Prohíbe el acceso de las estudiantes, docentes, no docentes y personal de apoyo a páginas web de contenido pornográfico o cualquier otra forma de comunicación en red de contenido violento, en los centros de cómputo de formación del Colegio, debiendo el responsable tomar las medidas necesarias; bajo responsabilidad.

b) Atiende de manera prioritaria las ocurrencias registradas en el libro de Registro de Incidencias de Acoso Escolar, en el que deben constar las denuncias y cualquier incidente que reporte actos de violencia y acoso entre alumnas, siendo el responsable de dicho registro el Director/a.

c) Dispone la programación por parte del Área de Psicología, de talleres de difusión dirigidos a estudiantes, docentes, administrativos y padres de familia, sobre el acoso escolar, debiendo informar a la Dirección en forma mensual sobre las incidencias que se puedan presentar.

CAPÍTULO VII

DE LA PROTECCIÓN DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA Art.87 El Colegio garantiza la continuación de la educación de la estudiante que se presuma está embarazada, de tal forma que no se interrumpa

su proceso de formación; por tanto, queda prohibido expulsar o limitar de algún modo el acceso al régimen escolar de las estudiantes embarazadas o madres, cuidando en todo momento mientras se desarrolla sus clases de proteger su salud y contingencias que se puedan presentar.

Art.88 De ser el caso en forma voluntaria la estudiante a petición de sus señores padres, podrá dejar de concurrir a sus clases normales; sin

perjuicio de que por cualquier medio de parte de los docentes, compañeras de estudios, etc. continúe sus estudios en su domicilio, pudiendo concurrir Colegio sólo para ser evaluada y una vez concluido su descanso post parto, si lo considera puede retornar a continuar con el proceso educativo.

CAPÍTULOVII

DE LA PROTECCIÓN A LA EXPOSICIÓN PROLONGADA A LA RADIACIÓN SOLAR

Art.89 La exposición prolongada a la radicación solar es perjudicial para la salud y genera un mayor riesgo para el cáncer a la piel, por ello se dispone el

uso obligatorio de bloqueadores solares y se impulsa el uso de sombreros o gorras durante el tiempo que se permanezca expuesto al sol.

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TITULO V

DE LOS ÓRGANOS ESTUDIANTILES Y DE APOYO

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art.90 Los/as profesores/as y tutores/as propiciarán una participación activa de las estudiantes y de los padres de familia o apoderados, en los

diferentes órganos estudiantiles y órganos de apoyo, velando por una elección justa, respetuosa y responsable de sus miembros.

Art.91 Los órganos estudiantiles del Colegio son: a) El Municipio o Consejo Escolar. b) El Comité de Aula. Las funciones de sus miembros y la forma de elegirlos están normado en el Reglamento de los Órganos Estudiantiles.

Art.92 El Comité de Padres de Familia es el órgano de Apoyo del Colegio.

CAPÍTULO II

DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art.93 El Consejo o Municipio Escolar es el órgano de participación de las estudiantes de Inicial, Primaria y Secundaria, indicado en el Proyecto Educativo Institucional. Participa en la gestión educativa, como un ente dinamizador de las relaciones entre estudiantes, personal docente y padres de familia. Asimismo, planifica y ejecuta actividades e interviene en la toma de decisiones.

Art.94 El Consejo o Municipio escolar está conformado por la Alcaldesa, la Teniente Alcaldesa, una Regidora de educación, cultura, recreación y

deporte; una Regidora de salud y ambiente; una Regidora de emprendimiento y actividades productivas; una Regidora de derechos del niño, niña y adolecente y una Regidora de comunicación y tecnologías de la información y una de Regidora de pastoral.

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CAPÍTULO III DEL COMITÉ DE AULA

Art.95 El Comité de Aula es el órgano de participación de las estudiantes que pertenecen a la misma sección y que contribuyen con la organización

y ejecución de actividades académicas, pastorales y de disciplina en coordinación estrecha con su tutor(a).

Art.96 El Comité de Aula está conformado por la Alcaldesa, una Regidora de salud y medio ambiente, una Regidora de Pastoral, una Regidora de los derechos del niño, una Regidora de Servicios y una Regidora de cultura y deportes y una regidora de Pastoral.

CAPÍTULO IV COMITÉ DE PADRES DE FAMILIA

Art.97 El Comité de Padres de Familia está constituido por los padres o apoderados de las estudiantes matriculadas en el Colegio, ellos son

elegidos en la primera reunión de Padres en su aula. Está constituido por un presidente/a, un secretario/a y un vocal. Art.98 Los Comités de Aula de cada sección, son órganos de participación y apoyo a las actividades del Tutor(a) o Profesor(a) de aula, el mismo que

hace las veces de asesor. No es autónomo y depende jerárquicamente de la Dirección del Colegio. Art.99 Funciones de los Comités de Aula.-

Los comités de aula tienen las siguientes funciones: a) Participar y colaborar en las actividades de formación espiritual, cultural y cívica que promueva el Colegio, a fin de mejorar los niveles

de desarrollo personal de las estudiantes. b) Apoyar al profesor/a o tutor/a en las actividades que programe el Colegio durante el año escolar, sin interferir en los aspectos

técnicos pedagógicos y respetando siempre su autonomía. c) Colaborar con las actividades que realice el Colegio.

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Art.100 El estilo de trabajo del Comité tendrá siempre en cuenta las exigencias técnicas pedagógicas y el Reglamento Interno del Colegio, considerando que el Comité es un órgano de apoyo y colaboración y no un órgano de control y fiscalización.

Art.101 Los Comités de Aula son asesorados por el Profesor(a) o Tutor(a) de cada sección, quien tiene la función de trabajar en coordinación con la

Dirección y Coordinación de Disciplina y colabora en las actividades de disciplina a programarse durante el año.

Art.102 Para ser miembro del Comité de Aula se debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser padres de familia o apoderado de una alumna del Colegio. b) Tener Identificación con el Colegio. c) Tener disposición de trabajar en coordinación con el Profesor /a o el Tutor/a de aula. d) Ser responsables, trabajadores y coherentes especialmente en su vida cristiana.

TITULO VI

DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO ACADÉMICO

CAPITULO I DE LA ADMISIÓN

Art. 103 Del proceso de Admisión.-

Los Padres de Familia que deseen integrarse y formar parte de nuestra Comunidad Educativa, a fin de recibir nuestro servicio educativo para sus hijas, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitar y completar la ficha de admisión. b) Pagar el derecho de inscripción. c) Presentar los siguientes documentos:

- Partida de Nacimiento original. - Copia del D.N.I. - 04 fotografías actualizadas tamaño carné a color.

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- Copia de la Tarjeta de Vacunación (para estudiantes de Inicial). - Constancia de no adeudo de la Institución Educativa de procedencia. - Certificado de Conducta de la Institución Educativa de procedencia con calificación A. (indispensable).

d) Cuando la estudiante haya sido debidamente admitida, deberá adjuntar adicionalmente archivos personales (certificados de estudio, ficha de matrícula, etc.).

Art.104 Los padres de familia o apoderados reconocen y aceptan que el Colegio tiene una axiología cristiana católica y se compromete a respetar sus

principios.

CAPITULO II DE LA MATRÍCULA

Art.105 Del proceso de matrícula.-

La matrícula es un contrato implícito entre el Colegio y el padre de familia, por un año de duración, en el que éste se compromete a brindar una educación de calidad y de acuerdo a su axiología. El padre de familia por el hecho de matricular a su hija, acepta el Reglamento Interno, las Normas específicas existentes, la Espiritualidad cristiana y católica, y se compromete al pago de los derechos, cuotas y pensiones estipuladas que, anticipadamente, son de su conocimiento. Por ser una Institución parroquial, el contrato de matrícula es libre por ambas partes, por ello, tanto el padre de familia como el Colegio, pueden dejar de formalizar la matrícula, para el año siguiente, si estiman tener razones para ello.

Art.106 Es competencia de la Dirección aprobar la Nómina de Matrícula y señalar e informar oportunamente, el número de vacantes por sección, de acuerdo con la política de la Promotora; así como, la fecha límite de inscripción para las estudiantes nuevas.

Art.107 La matrícula se realiza durante las fechas señaladas por el Colegio, debe ser pagada íntegramente en una sola cuota y queda formalizada cuando se haya presentado ante Secretaría la documentación requerida.

Art.108 En los casos que la conducta deficiente de una estudiante lo amerite, podrá condicionarse su permanencia en el Colegio durante el año siguiente, previa firma de un acta de compromiso.

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Art.109 El Colegio se reserva el derecho de aceptar o negar la matrícula en el año siguiente a las estudiantes que: a) Mantengan durante el año conducta irregular, independientemente de su desempeño académico. b) Realicen cualquier acto de conducta que ponga en peligro su integridad física, moral o espiritual que comprometa a sus compañeras o

al Colegio. c) Soliciten reingreso teniendo antecedentes disciplinarios. d) Cuyos padres no asistan puntualmente a las citaciones y entrega de boletas de notas. e) Adeuden tres o más meses de pensión de enseñanza del año anterior o matrícula. f) Cuyos padres realicen denuncias falsas y mal intencionadas que atenten contra la honorabilidad del Colegio, Promotora, Dirección,

personal de la comunidad y estudiantes. g) Repitan por segunda vez.

CAPÍTULO III

DE LOS TRASLADOS

Art.110 Del proceso de Traslados.- Los traslados se realizan únicamente por la persona responsable de la matrícula, cumpliendo los siguientes requisitos: a) No tener deuda con el Colegio. b) Presentar la constancia de vacante. c) Presentar el formato de solicitud para el trámite de traslado. d) Realizar el pago de certificado de estudios y ficha de Siagie.

TÍTULO VII DEL REGIMEN ECONÓMICO

CAPÍTULO I

DE LAS PENSIONES

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Art.111 El Colegio informará a los padres de familia al finalizar el año escolar, sobre el monto de la matrícula, el monto y número de pensiones de

enseñanza y sobre la cuota de ingreso para alumnas nuevas que regirán en el siguiente año, los cuales se establecerán de acuerdo a la realidad socio económico del distrito.

Art.112 La cuota de matrícula.- La cuota de la matrícula no excederá el monto de la pensión de enseñanza y no está condicionada al pago de las aportaciones voluntarias.

Art.113 La cuota de ingreso.- La cuota de ingreso se paga una sola vez al momento de ingresar las estudiantes nuevas, sin derecho a devolución o cambio.

Art.114 Pensiones de enseñanza.- El pago de las pensiones se rige por las siguientes reglas: a) Los padres de familia deben abonar en forma puntual la pensión. Ello permite al Colegio cumplir las obligaciones con su personal, así

mismo gestionar e invertir en las mejoras de la infraestructura del Colegio que redunda en beneficio de nuestras estudiantes. b) Si finalizado el año escolar y el padre de familia adeuda dos o más pensiones no procederá la matrícula de la estudiante al grado

inmediato superior. c) Durante el año se cancelarán en total, diez pensiones de enseñanza, de marzo a diciembre, en cualquier sucursal de la CAJA PIURA. El

incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza, a partir del segundo día hábil del mes siguiente da lugar a un interés moratorio legal.

d) Toda atención en Secretaría y Tesorería, relacionada con el pago de la pensión de enseñanza se realiza en el horario de 7:30 a.m. a 12:30 p.m., para los tres niveles.

Art. 115 El Colegio aplicará las siguientes medidas cuando se presenten problemas en el cumplimiento de las obligaciones de pago de pensiones:

a) No incluir en los documentos de evaluación las calificaciones obtenidas por las estudiantes en los periodos no cancelados. b) Retener los certificados de estudios y otros documentos académicos correspondientes a los periodos no cancelados. c) No ratificar la matrícula de la estudiante para el año siguiente, en los casos en los cuales no se ha cumplido con pagar las pensiones

devengadas en forma puntual y/o haya incumplido el acuerdo para regularizar la deuda pendiente de cancelación.

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d) No expedir la constancia de no adeudo de pensiones devengadas.

CAPÍTULO II DE LAS BECAS

Art.116 Las becas son un beneficio económico que otorga el Colegio en situaciones de extrema gravedad y consiste en la exoneración total o parcial

de las pensiones de enseñanza.

Art.117 La concesión de becas es una facultad del Colegio y se rige por las siguientes reglas: a) Los padres de familia o apoderados deberán presentar a la Dirección del Colegio, una solicitud debidamente sustentada con los

documentos necesarios, detallando los motivos de la solicitud y si requieren exoneración total o parcial. b) La decisión que adopte la Dirección del Colegio es inapelable. c) El otorgamiento de la beca NO incluye la cuota de matrícula.

TÍTULO VIII DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

CAPÍTULO I

DISPOCISIONES GENERALES

Art.118 Será apoderado por derecho propio el padre o madre de familia; salvo que tenga tutor legal registrado en la Hoja de Reserva de Matrícula. En casos justificados, la Dirección podrá aceptar como apoderado a una persona autorizada notarialmente por los padres o el tutor legal; asimismo, si el caso lo requiere se podrá solicitar un cambio de apoderado. No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del apoderado oficial.

Art.119 Los padres de familia o apoderados se relacionan activamente en el quehacer educativo de su hija y se conduce con respeto hacia todo la

comunidad educativa del Colegio, siguiendo los procedimientos establecidos. Procuran participar en las diversas actividades educativas

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diseñadas especialmente para ellos, como una forma de participar en el proceso educativo de sus hijas, como por ejemplo Escuela para padres, Catequesis familiar, Jornadas para padres, etc.

CAPÍTULO II

DE LOS DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

Art.120 Los Padres de Familia o Apoderados tienen derecho a: a) Conocer y participar de la axiología del Colegio, de la forma de cómo se realiza la formación integral de sus hijas, de las disposiciones

legales educativas vigentes y del Proyecto Educativo. b) Ser informado sobre el proceso educativo de su hija. c) Ser acogido y escuchado oportunamente. d) Participar a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional e) Proponer estímulos para las estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en el Colegio. f) Brindar información y rendir cuenta documentada a los integrantes de los comités de aula.

CAPÍTULO III DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

Art. 121 Son deberes y compromisos de los Padres de Familia o Apoderados:

a) Participar activamente en el proceso educativo de sus hijas y colaborar en la educación integral de sus hijas, apoyando y participando en las diversas actividades que realiza el Colegio.

b) Conocer, respetar y cumplir el Reglamento Interno del Colegio y velar para que su hija cumpla con las disposiciones contenidas en él. c) Respetar el compromiso firmado con el Colegio en relación a los principios que lo sustentan. d) Asistir puntual y obligatoriamente a las reuniones convocadas por Colegio, el Comité de Aula, y Escuela de Padres, entre otras. e) Revisar y firmar diariamente de manera obligatoria la agenda institucional. f) Recoger puntualmente en el horario y fecha indicada el Informe Académico de la estudiante. g) Respetar el horario de atención a los padres, no interrumpir las clases, salvo emergencias o citaciones.

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h) Enviar a su hija correctamente uniformada y aseada, portando únicamente los materiales educativos para el desarrollo de su aprendizaje.

i) Aceptar la retención de los objetos (celulares, laptos, etc.) o vestimentas no autorizados que porte su hija, para ser entregados el último mes del año escolar.

j) Respetar el horario de ingreso y salida. Si su hija llega después de la hora establecida asume la responsabilidad de su seguridad física y moral.

k) Asumir con responsabilidad los daños ocasionados por su hija en la infraestructura y mobiliario reponiéndolos o reparándolo según corresponda.

l) Aconsejar y orientar a su hija a mantener un buen comportamiento frente a las autoridades, profesores, auxiliares, personal de servicio y estudiantes y en caso de omisión de una falta asume y respeta la sanción que le pudiera corresponder.

m) Asumir su responsabilidad frente a cualquier conducta externa provocada por su hija y que vaya en desmedro de su persona y de los principios del Colegio.

n) Justificar las inasistencias y tardanza de su hija, siguiendo los lineamientos establecidos en el presente reglamento; para tal fin deberá asistir al Colegio, sólo en casos muy excepcionales se puede aceptar justificación por teléfono.

o) Mantener comunicación permanente con el tutor/a de su hija. p) Abordar en el Colegio los asuntos académicos y administrativos relacionados con su menor hija, comprometiéndose a no visitar los

domicilios de los profesores, a realizar llamadas telefónicas por dichos motivos o efectuar reclamaciones fuera del conducto regular. Los profesores tienen la obligación de comunicar de inmediato a la Dirección del colegio si ello ocurre.

q) Evitar contratar los servicios de los profesores para el dictado de clases particulares de nivelación o preparación. r) No entregar al Colegio ningún material u objeto olvidado en casa por su hija, una vez iniciadas las clases. g) Cumplir estrictamente los compromisos adquiridos en las diferentes actividades del Colegio. h) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta el Colegio fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la

comunidad educativa y promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje. i) Cooperar con el Colegio para salvaguardar la seguridad e integridad física de las estudiantes. j) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.

Art.122 Faltas graves.-

Se consideran faltas graves de los Padres de Familia o Apoderados:

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a) Agredir física o verbalmente a las estudiantes en defensa de sus hijas. b) No asistir en un 60% a las charlas de Padres de Familia programadas por el Colegio. c) No justificar las inasistencias y tardanzas de sus hijas. d) Asistir con la vestimenta inapropiada a las instalaciones del Colegio. e) Agredir verbalmente al personal que labora en el Colegio o expresarse negativamente en redes sociales u otros medios.

Art.123 El incumplimiento reiterado de las obligaciones de los padres de familia o apoderados o la comisión de falta grave, será sancionado por la Dirección, pudiendo incluso condicionar la matrícula de su hija o hijas.

TITULO IX

DEL REGIMEN LABORAL Y FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE, NO DOCENTE Y DE APOYO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Art.124 La comunidad de Docentes y no Docentes y Personal de Apoyo del Colegio, está conformada por el personal contratado por el Colegio para

quienes rige el régimen laboral aplicable a la función privada, regulada por el decreto Legislativo Nº 728 y normas conexas; y, por el personal nombrado o contratado por el Estado, para quienes rige el régimen laboral público, regulado en la Ley del Profesorado y normas conexas.

Art.125 Las normas que correspondan al presente Titulo están contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo del Colegio y en el Manual de Organización y Funciones del Colegio.

Art.126 El personal Docente y no Docente y de Apoyo del Colegio, es amable, cordial y servicial con todos los integrantes de la comunidad educativa del Colegio. TÍTULO X

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

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CAPÍTULO I

DE LAS RELACIONES CON LA IGESIA, CONSORCIO DE COLEGIOS CATÓLICOS Y OTRAS INSTITUCIONES.

Art. 127 El Colegio se integra al Plan de Pastoral de la Iglesia asume las indicaciones y orientaciones de la Jerarquía de la Iglesia Católica. Art.128 El Colegio está afiliado al Consorcio de Centros Educativos Católicos del Perú. Regional Piura-Tumbes, entidad con la que coordina los

aspectos deontológicos, axiológicos, pedagógicos y administrativos.

Art.129 El Colegio participa en las actividades educativas, culturales y deportivas que promueven el Gobierno Regional, las Municipalidades, Consorcio de Colegios Católicos, Organizaciones e Instituciones y las promovidas por el Ministerio de Educación. La participación no interfiere el normal desarrollo de las actividades académicas del Institución Educativa.

CAPÍTULO II DE LAS DISPOSICIONES DEL INDECOPI

Art.130 El Colegio reconoce los derechos de los padres de familia y apoderados como consumidores del servicio educativo, es por ello que ratifica

que: a) No se puede condicionar la atención de los reclamos formulados por los usuarios del servicio o condicionar la evaluación de las

estudiantes, o contemplar como sanción la suspensión del servicio educativo por falta de pago de pensiones. b) No se puede obligar al padre de familia al pago de sumas o recargos por conceptos diferentes a las pensiones, cuota de ingreso o

matrícula, excepto en los casos en los que se cuente con autorización del Ministerio de Educación. c) Está prohibido efectuar el cobro de una o más pensiones mensuales adelantadas; salvo que éstas sean voluntarias en los meses de

julio y diciembre que el Institución Educativa asume obligaciones de pagar doble remuneración a sus trabajadores. d) No está permitido condicionar la inscripción y/o matrícula al pago de contribuciones denominadas “voluntarias”. e) No se puede obligar a los padres de familia a presentar el total de útiles escolares al inicio del año.

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f) Está prohibido obligar a los padres de familia adquirir uniformes y/o materiales o útiles educativos en el mismo Institución Educativa o establecimientos señalados con exclusividad escolar. Asimismo el Colegio no puede obligar a los padres de familia a la adquisición de seguro escolar.

Art.131 El Colegio cuenta con un Libro de Reclamaciones en el que cualquier Padre de Familia o Apoderado, pueda formular su reclamo entendido como la expresión de insatisfacción o disconformidad respecto de la atención brindada, tanto en lo pedagógico como en lo administrativo. Dicho Libro de Reclamaciones de naturaleza física está a cargo de la Srta. Elizabeth Chávez Ato, quien se desempeña como secretaria de Dirección y será responsable de su custodia y de atender las quejas o reclamos.

TITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera: La interpretación del Reglamento Interno es atribución de la Dirección del Colegio, en coordinación con la Promotora, ante cualquier vacío o

implicancia que contenga. Segunda: El presente Reglamento Interno entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Tercera: El presente Reglamento está sujeto a cualquier modificación que suponga ajuste a las Leyes Laborales, Educativas, Magisteriales y/o del

Proyecto Educativo.