reglamento interno colegio tÉcnico profesional san … · 2021. 6. 2. · colegio técnico...

86
REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN RAMÓN – LA CISTERNA. 2018 - 2021

Upload: others

Post on 12-Aug-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN RAMÓN – LA CISTERNA.

2018 - 2021

Page 2: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 2

ÍNDICE

I. PRESENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO. 4

II. INTRODUCCIÓN. 5

III. JORNADA ESCOLAR. 5

IV. MARCO LEGAL DEL REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIAESCOLAR: 6

V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES. 7 1. Derechos de Estudiantes. 7 2. DEBERES DE ESTUDIANTES. 7 3. DERECHOS DE PADRES, MADRES Y APODERADAS/OS. 8 4. Deberes de Padres, Madres y Apoderadas/os. 8 5. Derechos de Docentes. 8 6. Deberes de Docentes. 9 7. Derechos de Directivos. 9 8. Deberes de Directivos. 9 9. Derechos de Asistentes de la Educación. 10 10. Deberes de Asistentes de la Educación. 10

VI. ORGANIGRAMA, ROLES Y FUNCIONES. 11 11. Organigrama del Establecimiento. 11

12. Roles y Funciones. 12 A.- Consejo Escolar. 12 B.- Equipo Directivo. 12 C.- Jefe Especialidad y Departamento. 13 D.- Encargada del CRA. 13 E.- Encargado de Laboratorio. 14 G.- Docentes. 14 I.- Inspectoría General. 15 J.- Inspector/a. 16 K.- Auxiliares. 17 L.- Nochero 18 M.- Encargado/a Convivencia Escolar. 18 N.- Psicóloga. 18 Ñ.- Portero. 19 O.- Estudiantes. 19 P.- Centro de Estudiantes. 19 Q.- Padres, Madres y Apoderados. 20 R.- Centro de Padres y Apoderados. 20

VII. REGULACIONES. 20 13. Proceso de Admisión y Matrícula. 21 14. Trabajo en Aula. 22 15. Clases de Religión. 22 16. Clases de Educación Física. 22 17. Conducto Regular del Establecimiento. 23 18. Calendario Escolar y Suspensión de Clases. 23

Page 3: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3

19. Asistencia, atrasos y retiro de estudiantes. 23 20. Recreos y Espacios Comunes. 24 21. Higiene y cuidado del mobiliario e infraestructura. 24 22. Servicio de Alimentación. 24 23. Relaciones Afectivas en el Establecimiento. 24 24. Uniforme Escolar y Estética Personal. 24 25. Relación entre la familia y la escuela. 25 26. Actividades extra-programáticas y actos cívicos. 26

27. Salidas pedagógicas. 26 28. Reconocimientos y Premiaciones. 27 29. Procedimiento en caso de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres. 27

30. Acompañamiento a estudiantes y derivación a especialistas. 28 31. Estrategias de Prevención. 28

a. Prevención de la vulneración de derechos de estudiantes. 28 b. Prevención del consumo de alcohol y drogas. 28 c. Prevención de agresiones sexuales. 29

32. Protocolo en caso de Accidente Escolar. 29

VIII. PARTICIPACIÓN DE LOS ACTORES ESCOLARES. 30

33. Centro de Estudiantes. 30 34. Centro General de Apoderadas/os. 30 35. Consejo de Profesores/as y/o Reflexiones Pedagógicas. 30 36. Consejo Escolar. 30

IX. FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO. 32 37. Faltas. 34 38. Abordaje de la Indisciplina y Debido Proceso. 35 39. Medidas Formativas y Sanciones. 37 40. Medidas Excepcionales. 39 41. Estrategias de Resolución Alternativa de Conflictos (ERAC). 40

X. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN. 40 42. Protocolos de Actuación Frente a Vulneración de Derechos de Estudiantes. 40 43. Protocolo de Actuación en caso de Situaciones de Maltrato, Violencia o Acoso Escolar. 41 44. Protocolo de Actuación en caso de Violencia entre Miembros de la Comunidad Educativa. 42 45. Protocolo de Actuación en caso de Violencia de un Adulto/a hacia un/a Estudiante. 43 46. Protocolo de Actuación en caso de Maltrato Infantil, y/o Abuso Sexual Infantil o Estupro. 44 47. Protocolo de Actuación en caso de Consumo de Alcohol y Drogas en el Establecimiento. 46

XI. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2018. 47

XII. PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR. 59

48. Metodología AIDEP. 60 49. Operación de Seguridad. 63 50. Alerta O Alarma. 73

51. Evaluación. 75 52. Programa de Desarrollo de La Seguridad. 76

XIII. ACTUALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO. 76

Page 4: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 4

I. PRESENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.

RBD: 26384-2

Nivel de Enseñanza: Enseñanza Media Técnico Profesional.

Régimen de Jornada: Jornada escolar completa

N° de Cursos: Cinco (5)

Dependencia: Particular subvencionado

Dirección: Alejandro Vial #8791

Comuna: La Cisterna

Teléfono: 942427854

Correo electrónico: [email protected]

Director/a: Jorge Ardemagni

Visión del Establecimiento.

Anhelamos ser una comunidad educativa preocupada por la formación personal de cada estudiante, donde sus egresados destaquen por sus competencias y proactividad, compromiso con la sociedad, sentido democrático, con el propósito de desarrollar su espíritu de superación y emprendimiento.

Misión del Establecimiento.

Nuestro colegio busca formar técnicos profesionales capaces de insertarse en la sociedad de manera responsable, participativa y democrática. Desarrollamos competencias de emprendimiento, empleabilidad y continuidad de estudios, mediante la formación personalizada y de altas expectativas, para que cada estudiante logre su proyecto de vida y alcance la movilidad social.

Page 5: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 5

II. INTRODUCCIÓN.

Cada establecimiento educacional debe contar con un reglamento interno que estructura y norma su funcionamiento. Este Reglamento establece las regulaciones que enmarcan la forma de relacionarse al interior de la comunidad educativa. En este Reglamento se establecen los derechos y deberes de cada actor escolar (estudiantes, docentes, directivos, asistentes de la educación y apoderadas/os), así como las funciones que desempeña cada funcionario/a en el establecimiento. También detalla las situaciones que constituyen faltas, sus respectivas medidas disciplinarias y procedimientos que resguarden el debido proceso. Además, explicita las regulaciones y protocolos de acción para el correcto funcionamiento del establecimiento.

La convivencia escolar es el conjunto de relaciones sociales que se desarrollan al interior de la comunidad educativa, es decir, es la forma de tratarse que mantienen estudiantes, docentes, directivos, apoderadas/os y asistentes de la educación. “La convivencia escolar se entiende, por tanto, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo, que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese establecimiento”1.

III. JORNADA ESCOLAR.

JORNADA ESCOLAR.

Horario de Clases:

Entrada Salida

8:30 Lunes a Jueves 16:30 Viernes 14:00

Recreos: 1 De: 10:00 Hasta:10:15

2 De: 11:45 Hasta: 12:00

Hora de Almuerzo: De: 13:30 Hasta: 14:15

*Nota: repetir tabla en caso de tener horarios diferenciados por ciclos.

1 Ministerio de Educación, “Política Nacional de Convivencia Escolar”, MINEDUC, Santiago, 2015, Pág. 25

Page 6: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 6

IV. MARCO LEGAL DEL REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

El Reglamento Interno y de Convivencia Escolar se fundamenta en el siguiente marco legal:

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 1948. 2. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989. 3. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. 4. Constitución Política de la República de Chile. 1980. 5. Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009. 6. Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004. 7. Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con Discapacidad. Chile, 2010. 8. Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011. 9. Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Chile, 2011. 10. Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012. 11. Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015. 12. Ley N° 20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes. Chile, 2005. 13. Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile, 2005. 14. Ley N° 19.925 Bebidas Alcohólicas; Consumo de Alcohol. Chile, 2004. 15. Ley N° 19.253 Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas. Chile, 1993. 16. Ley N° 19.070 Estatuto de los Profesionales de la Educación. Chile, 1991. 17. Ley N° 20.105 Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Chile, 2013. 18. Ley N° 20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la Posesión de Material Pornográfico

Infantil. Chile, 2005. 19. D.F.L. N°2 Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Chile, 1998. 20. Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres. MINEDUC, Chile, 2004. 21. Decreto N°50 Norma Centro de estudiantes. MINEDUC, Chile, 1990. 22. Decreto N°24 Reglamento Consejos Escolares. MINEDUC, Chile, 2005. 23. Decreto N°565 Reglamento de Centro General de Padres, Madres y Apoderados. MINEDUC, Chile, 1990. 24. Decreto N°924 Reglamenta Clases de Religión. MINEDUC, Chile, 1983. 25. Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009. 26. Decreto N°170 Sobre Necesidades Educativas Especiales. MINEDUC, Chile, 2010. 27. Decreto N° 313 Incluye a los y las Estudiantes en Seguro de Accidentes. 28. Decreto N°256 Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para enseñanza básica

y media. MINEDUC, Chile, 2009. 29. Circular N° 1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares, Superintendencia

de Educación, Chile, 2014. 30. Circular N° 482 sobre Reglamentos Internos, Superintendencia de Educación, Chile, 2018.

Page 7: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 7

V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES.

1. Derechos de Estudiantes. a) Derecho a una educación integral, inclusiva y de calidad. (D. Universal, Constitución, LGE, L. Inclusión). b) Derecho a que se respete su integridad física y moral. (LGE). c) Derecho a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. (LGE). d) Derecho a participar en la toma de decisiones que les afecte de acuerdo a su rol (D° del Niño/a). e) Derecho a no ser discriminado/a arbitrariamente. (D. Universal, D° del Niño/a, Constitución). f) Derecho a utilizar la infraestructura y materiales del establecimiento para fines pedagógicos. (LGE). g) Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. (D. Universal, Constitución, LGE). h) Derecho a la libertad de reunión y de asociación autónoma. (D. Universal, Constitución, LGE, L. Inclusión). i) Derecho a elegir representantes y ser elegido/a como representante de sus pares. (D. Universal, Constitución). j) Derecho a acceder oportunamente a la información institucional. (L. Transparencia). k) Derecho a la libertad de opinión y de expresión. (D. Universal, Constitución, LGE). l) Derecho de presentar peticiones a la autoridad y denunciar irregularidades. (Constitución). m) Derecho a un debido proceso y defensa. (Constitución). n) Derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre. (D. Universal). o) Derecho a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento. (LGE). p) Derecho a que se respeten las tradiciones y costumbres de los lugares en los que residen. (L. Inclusión). q) Derecho a la protección de la salud. (Constitución). r) Derecho a ser beneficiario del seguro de accidentes escolares. s) Derecho a la seguridad social (becas de alimentación, programas de apoyo u otros beneficios). (Constitución). t) Derecho a ser atendida/o y evaluado/a de acuerdo sus necesidades educativas especiales. (LGE). u) Derecho a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente. (LGE). v) Derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones en un plazo predeterminado. (Reglamento de Evaluación). w) Derecho a repetir curso en el mismo establecimiento a lo menos en una oportunidad en la enseñanza básica y

una vez en la enseñanza media. (LGE). x) Derecho de las estudiantes embarazadas y madres a continuar sus estudios normalmente u optar a adecuaciones

curriculares y horarios específicos. y) Derecho a eximirse de religión, es decir, a no participar de dichas clases por objeción de conciencia.

2. DEBERES DE ESTUDIANTES. a) Debe asistir a clases y cumplir con los horarios de la jornada escolar. (LGE). b) Debe estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades. (LGE). c) Desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase. d) Debe entregar oportunamente los trabajos y demás evaluaciones de cada asignatura. e) Debe informar a su apoderada/o sobre sus resultados académicos y registros disciplinarios. f) Debe colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar. (LGE). g) Debe cuidar la infraestructura del establecimiento educacional. (LGE). h) Debe brindar un trato digno y respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa. (LGE). i) Debe presentarse con el uniforme escolar establecido y una higiene personal adecuada. j) Debe conocer y respetar el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno. (LGE). k) Debe contar con una apoderada/o mayor de 18 años. l) Debe responsabilizarse por los objetos de valor que trae al establecimiento.

Page 8: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 8

3. DERECHOS DE PADRES, MADRES Y APODERADAS/OS. a) Derecho a participar activamente del proceso educativo de sus pupilos/as. (LGE). b) Derecho a ser informados sobre el proceso pedagógico de sus pupilos/as. (LGE). c) Derecho a ser informado sobre el funcionamiento del establecimiento. (LGE). d) Derecho a ser escuchados/as por las autoridades del establecimiento. (LGE). e) Derecho a participar en la toma de decisiones que les afecte de acuerdo a su rol (LGE). f) Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. (D. Universal, Constitución). g) Derecho a la libertad de reunión y de asociación autónoma. (D. Universal, Constitución, L. Inclusión). h) Derecho a elegir representantes y ser elegido/a como representante de sus pares. (D. Universal, Constitución). i) Derecho a acceder oportunamente a la información institucional. (L. Transparencia). j) Derecho a la libertad de opinión y de expresión. (D. Universal, Constitución). k) Derecho de presentar peticiones a la autoridad y denunciar irregularidades. (Constitución). l) Derecho a no ser discriminado/a arbitrariamente. (D. Universal, Constitución). m) Derecho a un debido proceso y defensa. (Constitución).

4. Deberes de Padres, Madres y Apoderadas/os. a) Debe educar a sus pupilos/as. (LGE, L. Inclusión). b) Debe apoyar los procesos educativos que desarrollan en el establecimiento. (LGE, L. Inclusión). c) Debe conocer los resultados académicos y registros disciplinarios de su pupilo/a. d) Debe cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional. (LGE, L. Inclusión). e) Debe brindar un trato digno y respetuoso a todos los integrantes de la comunidad escolar. (LGE, L. Inclusión). f) Debe asistir a las reuniones de apoderadas/os y otras citaciones que realice el establecimiento. g) Debe responder económicamente por los daños que ocasione su pupilo/a en el establecimiento. h) Debe preocuparse de la puntualidad y presentación personal de su pupila/o. i) Debe justificar las inasistencias y/o atrasos de su pupilo/a. j) Debe informar al establecimiento sobre temas de salud, contacto familiar, temas judiciales de su pupilo/a. k) Debe conocer y respetar el Proyecto Educativo y Reglamento Interno del establecimiento. (LGE). l) Debe responsabilizarse por los objetos de valor que su pupilo lleva al establecimiento.

5. Derechos de Docentes. a) Derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. (LGE). b) Derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral. (LGE). c) Derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento. (LGE). d) Derecho a participar en la toma de decisiones que les afecte de acuerdo a su rol. (LGE, L Calidad y E.). e) Derecho a autonomía técnico pedagógica en el desarrollo de sus clases. (E. Docente). f) Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional y/o laboral. g) Derecho a tomar medidas administrativas y disciplinarias para imponer el orden en la sala de clases. (L. Calidad

y E.). h) Derecho a ser consultados/as por dirección en la evaluación del desempeño de su función. (L. Calidad y E.). i) Derecho a recibir apoyo de parte del equipo técnico y directivo del establecimiento. (E. Docente). j) Derecho a ser consultados/as por dirección sobre los planes de mejoramiento. (L. Calidad y E.). k) Derecho a no ser discriminado/a arbitrariamente. (D. Universal, Constitución). l) Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. (D. Universal, Constitución). m) Derecho a la libertad de reunión y de asociación autónoma. (D. Universal, Constitución, L. Inclusión). n) Derecho a elegir representantes y ser elegido/a como representante de sus pares. (D. Universal, Constitución).

Page 9: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 9

o) Derecho a acceder oportunamente a la información institucional. (L. Transparencia). p) Derecho a la libertad de opinión y de expresión. (D. Universal, Constitución). q) Derecho de presentar peticiones a la autoridad y denunciar irregularidades. (Constitución). r) Derecho a un debido proceso y defensa. (Constitución). s) Derecho de sindicarse en los casos y forma que señale la ley. (Constitución).

6. Deberes de Docentes. a) Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes. b) Debe ejercer la función docente en forma idónea y responsable. (LGE). c) Debe conocer su rol y funciones al interior de la comunidad escolar. (E. Docente, C. Laboral). d) Debe diagnosticar, planificar, ejecutar y evaluar los procesos de aprendizaje de las y los estudiantes. (E.

Docente). e) Debe orientar vocacionalmente a sus estudiantes cuando corresponda. (LGE). f) Debe actualizar constantemente sus conocimientos. (LGE). g) Debe evaluarse periódicamente. (LGE). h) Debe investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares. (LGE). i) Debe brindar un trato digno y respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa. (LGE). j) Debe valorar al estudiante en su condición de persona, respetando y aceptando en todo momento sus

características individuales, y sus necesidades educativas. k) Debe respetar los horarios de su jornada laboral y en la toma de cursos. (E. Docente, C. Laboral). l) Debe entregar los resultados de las evaluaciones en un plazo predeterminado. (Reglamento de Evaluación). m) Debe conocer y respetar el Proyecto Educativo y Reglamento Interno del establecimiento. (LGE).

7. Derechos de Directivos. a) Derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. (LGE). b) Derecho a organizar, supervisar y evaluar el trabajo de docentes y asistentes. (L. Calidad y E.). c) Derecho a participar en la toma de decisiones que les afecte de acuerdo a su rol (LGE, L Calidad y E.). d) Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional y/o laboral. e) Derecho a no ser discriminado/a arbitrariamente. (D. Universal, Constitución). f) Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. (D. Universal, Constitución). g) Derecho a la libertad de reunión y de asociación autónoma. (D. Universal, Constitución, L. Inclusión). h) Derecho a elegir representantes y ser elegido/a como representante de sus pares. (D. Universal, Constitución). i) Derecho a acceder oportunamente a la información institucional. (L. Transparencia). j) Derecho a la libertad de opinión y de expresión. (D. Universal, Constitución). k) Derecho de presentar peticiones a la autoridad y denunciar irregularidades. (Constitución). l) Derecho a un debido proceso y defensa. (Constitución). m) Derecho de sindicarse en los casos y forma que señale la ley. (Constitución). n) Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa el establecimiento.

8. Deberes de Directivos. a) Debe desarrollar las políticas educacionales emanadas desde el Ministerio de Educación, La Agencia de

Calidad y la Superintendencia de Educación. b) Debe liderar el establecimiento a su cargo. (LGE). c) Debe conocer su rol y funciones al interior de la comunidad escolar. (E. Docente, C. Laboral). d) Debe formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del establecimiento. (E. Docente).

Page 10: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 10

e) Debe organizar y orientar las instancias de trabajo técnico pedagógico. (E. Docente). f) Debe organizar y supervisar el trabajo de docentes y asistentes de la educación. (E. Docente). g) Debe gestionar administrativamente el establecimiento educacional. (E. Docente). h) Debe adoptar las medidas necesarias para que las y los apoderadas/os reciban regularmente información sobre

el funcionamiento del establecimiento y el progreso de sus pupilas/os. (E. Docente). i) Debe desarrollarse profesionalmente. (LGE). j) Debe promover en los docentes el desarrollo profesional. (LGE). k) Debe realizar apoyo en el aula. (LGE). l) Debe brindar un trato digno y respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa. (LGE). m) Debe denunciar los delitos que afecten a la comunidad educativa. (C. Procesal Penal). n) Debe conocer, respetar y conducir el Proyecto Educativo y Reglamento Interno del establecimiento. (LGE). o) Debe preparar y rendir cuenta pública de las acciones realizadas por la comunidad educativa cada año lectivo. p) Debe integrar el Consejo Escolar. q) Debe respetar la confidencialidad frente a los integrantes de la comunidad escolar.

9. Derechos de Asistentes de la Educación. a) Derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. (LGE, L. Calidad y E.). b) Derecho a que se respete su integridad física y moral. (LGE, L. Calidad y E.). c) Derecho a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar. (LGE). d) Derecho a participar de las instancias colegiadas del establecimiento. (LGE, L. Calidad y E.). e) Derecho a participar en la toma de decisiones que les afecte de acuerdo a su rol (LEG, L Calidad y E.). f) Derecho a recibir apoyo de parte del equipo técnico y directivo del establecimiento. (L. Calidad y E). g) Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional y/o laboral. h) Derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento. (LGE). i) Derecho a no ser discriminado/a arbitrariamente. (D. Universal, Constitución). j) Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. (D. Universal, Constitución). k) Derecho a la libertad de reunión y de asociación autónoma. (D. Universal, Constitución, L. Inclusión). l) Derecho a elegir representantes y ser elegido/a como representante de sus pares. (D. Universal, Constitución). m) Derecho a acceder oportunamente a la información institucional. (L. Transparencia). n) Derecho a la libertad de opinión y de expresión. (D. Universal, Constitución). o) Derecho de presentar peticiones a la autoridad y denunciar irregularidades. (Constitución). p) Derecho a un debido proceso y defensa. (Constitución).

q) Derecho de sindicarse en los casos y forma que señale la ley. (Constitución).

10. Deberes de Asistentes de la Educación. a) Debe ejercer su función en forma idónea y responsable, de acuerdo a las tareas entregadas por la jefatura del

establecimiento asignada. (LGE). b) Debe conocer su rol y funciones al interior de la comunidad escolar. (E. Docente, C. Laboral). c) Debe respetar las normas del establecimiento. (LGE). d) Debe brindar un trato digno y respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa, orientando conductas

y actitudes adecuadas en los estudiantes. (LGE). e) Debe conocer y respetar el Proyecto Educativo y Reglamento Interno del establecimiento. (LGE). f) Debe respetar los horarios de su jornada laboral para la cual fue contratado. (E. Docente, C. Laboral).

Page 11: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 11

VI. ORGANIGRAMA, ROLES Y FUNCIONES. 11. Organigrama del Establecimiento.

Page 12: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 12

12. Roles y Funciones.

A.- Equipo Directivo.

Desarrollar las Políticas Educacionales emanadas desde el Ministerio de Educación, la Agencia de Calidad y

la Superintendencia de Educación.

Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la Administración Educacional, prevaleciendo lo pedagógico sobre lo administrativo.

Determinar los objetivos propios del establecimiento considerando su pertinencia, relevancia y valor.

Participar en el Consejo General de Profesores y en todos aquellos consejos y reuniones organizadas por la unidad educativa.

Participar del comité de seguridad.

Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

Procurar un clima organizacional que estimule el logro de los objetivos del establecimiento.

Cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones vigentes del presente reglamento.

Determinar el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento con la participación de la comunidad educativa.

Proponer la estructura organizativa más adecuada para el establecimiento tanto en lo administrativo como en lo técnico pedagógico, salvaguardando los niveles de dirección, planificación, ejecución, control y evaluación.

Propiciar un sano ambiente educativo en el establecimiento que estimule el crecimiento personal y el logro de los objetivos del plantel.

Administrar, organizar, supervisar y evaluar las diferentes funciones del personal respecto de sus deberes.

Administrar y cuidar el buen uso y mantenimiento del inmueble, sus dependencias, mobiliario y especies.

Preparar y rendir la cuenta pública de las acciones realizadas por su Comunidad Educativa cada año lectivo.

Integrar el consejo escolar.

Velar por el prestigio del establecimiento y asumir su representación, promocionando la imagen de éste en todas las organizaciones cívicas, profesionales y culturales.

Planificar, organizar, orientar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las actividades de los distintos estamentos.

Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal, siempre que no entorpezca la marcha normal del establecimiento.

Atender casos calificados, las situaciones y problemas de alumnos, apoderados, personal del plantel y otros, previa constatación de la acción ejercida por las instancias anteriores al respecto (profesor de asignatura, profesor jefe, jefe técnico, inspectoría y comité de convivencia).

Desarrollar las tareas entregadas por la jefatura correspondientes (Mineduc, sostenedor, equipos de trabajo, etc.)

Informar, a la comunidad escolar, en forma permanente y oportuna, de todas las acciones, actividades, horarios, etc., necesarias para el buen funcionamiento del establecimiento y que requieran los integrantes de la comunidad escolar.

Respetar la confidencialidad frente a los integrantes de la comunidad escolar.

Page 13: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 13

B.- Secretaria de Dirección.

Organizar, mantener archivos y registros actualizados.

Atender público, proporcionando informaciones y documentación, cuando proceda.

Atender consultas y recados telefónicos, registrando la información recibida.

Transcribir toda la documentación oficial del Colegio.

Encargarse de la recepción y despacho de la correspondencia oficial del colegio, manteniendo la debida discreción en asuntos reservado confidenciales o secretos.

Responsabilizarse de la mantención y cautela de los archivos con documentación oficial del colegio.

Recepcionar, registrar y enviar licencias médicas del personal a oficina central.

Velar por la mantención, orden e higiene de la oficina a la cual pertenece.

Cuidar los bienes del establecimiento.

Realizar actividades solicitadas por la Dirección.

Participar en todos los eventos culturales, recreativos, tecnológicos, salidas a terreno y ceremonias realizadas por la unidad educativa.

Mantener una presentación personal acorde al cargo, uso obligatorio de delantal.

Conocer el Proyecto Educativo, Reglamento Interno y Proyecto de Mejoramiento Educativo del

Establecimiento.

C.- Encargado de Práctica y Titulación.

Al realizar el procedimiento de práctica profesional, elaborar plan de aprendizaje en conjunto con el estudiante

de acuerdo a sus logros académicos técnico-profesional, en el plan de aprendizaje se debe consignar:

Áreas de competencia y perfil de egreso de la especialidad.

Tareas y actividades que se espera que el alumno(a) desarrolle en la empresa.

Indicadores para cada una de las tareas y actividades.

Tareas relacionadas con el perfil de egreso (competencias específicas).

Duración de la práctica profesional en la empresa, expresadas en horas cronológicas y de acuerdo a las horas pedagógicas, debidamente calendarizadas.

Elaborar procedimientos de supervisión y registro del proceso de la práctica profesional, que debe indicar:

Número de visitas del profesor tutor (mínimo 2).

Número de reuniones con el Maestro Guía del Centro de Práctica.

Número de reuniones con el Maestro Guía con los estudiantes en práctica.

Número de informes de supervisión considerando particularmente los períodos de vacaciones escolares.

Realizar 2 supervisiones como mínimo en terreno.

Velar el cumplimiento del plan de aprendizaje y plan de rotación.

Velar por la seguridad del alumno tanto emocional como física.

Mantener contacto con el practicante atendiendo sus necesidades y/o consultas relacionadas con la práctica.

Mantener contacto con la empresa vía telefónica y/o vía correo electrónico.

D.- Encargada del CRA. Organizar, clasificar, registrar y mantener el material bibliográfico, documentos y publicaciones periódicas con

que cuenta el establecimiento para consulta de Docentes y alumnos.

Atender a los usuarios en forma atenta y expedita, orientándolos en la ubicación y manejo del material de

consulta que se le solicite, de acuerdo a un “Reglamento de Prestaciones” que cautele la conservación de

Page 14: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 14

libros y materiales, su adecuado uso, plazos y condiciones a los que se deben atender los beneficiarios de

este servicio escolar.

Realizar los fichajes técnicos que correspondan del material a su cargo.

Llevar un registro minucioso de los textos y publicaciones que se le entreguen por donación o adquisición de

parte del establecimiento, así como aquellos que propongan dar de baja por su estado de deterioro.

Llevar listado de obras básicas y de uso más frecuente por profesores y alumnos para sugerir incremento del

número de ejemplares si fuere necesario.

Pegar tapas, caratular, forrar y encuadernar, cuando sea posible, textos que a pesar de su desgaste pueden

seguir siendo aprovechados por los usuarios.

Organizar horarios racionales de atención, de acuerdo con Inspectoría General y Unidad Técnico Pedagógica.

Promover todo tipo de actividades y campañas que permitan incentivar los hábitos de lectura de los alumnos.

Proponer listado de adquisiciones y tomar iniciativas para obtener textos por vía de donaciones, campañas e intercambios con instituciones afines.

Velar por una adecuada actitud de los usuarios en las dependencias de biblioteca, conservando el orden, aseo y respeto de los alumnos.

Proponer la reproducción de materiales interesantes y de difícil acceso.

Promover la realización de actividades culturales, proyecciones y exposiciones en la Biblioteca, informando permanente y adecuadamente a la comunidad escolar de ellas.

Confeccionar catálogos de consulta, manuales y documentos que orienten a los alumnos en su desempeño

en la Biblioteca.

Archivar investigaciones y trabajos destacados de alumnos y docentes, así como libretos, publicaciones

internas y discursos de actos trascendentes de la comunidad escolar.

Mantener actualizado inventario del material existente por ejemplo: libros, CD, DVD, material didáctico y otros.

Recepción y distribución de textos escolares a los alumnos.

Las demás funciones que le encomiende el Director del Establecimiento, relacionadas con su labor.

E.- Encargado de Laboratorio. Velar y encargarse de la mantención del aseo y orden del Laboratorio.

Mantener en buen estado los equipos, instrumentos, herramientas, máquinas y materiales.

Mantener el inventario que se le entrega al tomar el cargo.

Mantener actualizado el inventario informando a la Dirección de la escuela el deterioro y/o pérdidas de

material o equipo.

Al ingresar el curso al Laboratorio de computación entregará los materiales e instrumentos previa autorización

del Docente.

Controlar diariamente la entrega de materiales, instrumentos, herramientas y máquinas llevando registro de

lo solicitado.

Mantener a la vista los horarios de los cursos y Profesores que ocupan el laboratorio.

Ayudar a la formación técnica del alumno/a apoyando constantemente el trabajo que realiza el Docente.

Recibir a los alumnos/as, observando al final de la clase que todo esté en orden y comunicando de inmediato

cualquier anomalía que se produzca.

Durante el desarrollo de las clases debe ayudar al profesor a cuidar de la disciplina y logro de los objetivos

propuestos.

Informar sobre situaciones de riesgos en la seguridad de las personas y de los implementos del Laboratorio

a Dirección.

Page 15: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 15

Estar a cargo del acceso y buen funcionamiento de las plataformas digitales, externas y ministeriales.

Otras funciones que le encomiende el Director/a y /o Representante Legal o Sostenedor, de acuerdo a sus

funciones y contrato de trabajo.

Realizar reparaciones menores que permitan un óptimo uso de la tecnología disponible en el establecimiento.

G.- Docentes. Reconocer en los niños y jóvenes la capacidad de hacerse responsables de sus propios actos, considerando

sus ritmos individuales y de desarrollo.

Difundir la normativa del Reglamento Interno.

Generar canales de comunicación rápidos y efectivos con los estudiantes y sus familias.

Contemplar derechos y deberes en el presente reglamento.

Velar por la correcta aplicación del presente reglamento.

Estimular la asistencia y puntualidad de los alumnos.

Estimular la formación de hábitos esenciales para una sana convivencia.

Resaltar los logros positivos del educando y su grupo.

Fomentar constantemente la participación activa de los diferentes miembros de la comunidad.

Atender formalmente a los diversos integrantes de la comunidad.

Valorar al estudiante en su condición de persona respetando y aceptando en todo momento sus características individuales y sus necesidades educativas.

Contribuir al cuidado y buen mantenimiento de los bienes del establecimiento.

Atenerse a los plazos indicados por equipo directivo para la entrega de documentos y materiales solicitados, si se han dado los tiempos necesarios.

Cumplir con sus obligaciones laborales de acuerdo al contrato establecido.

Permanecer con sus alumnos/as en sus horas de clases.

Realizar las planificaciones de clases acordadas con la jefatura técnica.

Preparar material pedagógico para sus alumnos, de acuerdo a su planificación.

Realizar en sus cursos prácticas de seguridad escolar, para casos de emergencia, de acuerdo al comité de seguridad.

Realizar labores lectivas y no lectivas que le sean asignadas en su horario, de acuerdo a la ley 20.903.

Los profesores jefes cumplen además de las anteriores funciones, las siguientes:

Buscar soluciones a las diferentes problemáticas que se presentan en su curso.

Llevar un seguimiento de los procesos realizados con estudiantes que presentan dificultades de aprendizaje, y/o problemas actitudinales, y/o asistencia (derivación, entrevistas con alumnos y/o apoderados, otros).

Realizar y asesorar las reuniones de padres y apoderados.

Realizar entrevistas a los apoderados y registrar su asistencia, la temática tratada, los acuerdos y compromisos adquiridos.

Llevar registro en plataforma www.napsis.cl de las notas de su curso.

Confeccionar y firmar los certificados e informes de desarrollo personal y social.

Acompañar a su curso, dentro del horario laboral, en actividades oficiales organizadas por el establecimiento.

Planificar junto a la psicóloga el proceso de orientación educacional y vocacional en el que se desarrollan las actividades educativas del grupo curso.

Asesorar el consejo de curso.

Mantener informados a los padres y apoderados acerca de la situación académica y disciplinaria de los estudiantes.

Ser el nexo entre el grupo curso y el equipo directivo.

Los profesores de taller, además de las funciones comunes de los docentes cumplen con las siguientes tareas:

Page 16: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 16

Llevar registro de autorizaciones de apoderados, asistencia y actividades realizadas en los talleres en archivador destinado para este fin.

Entregar evaluación del taller, antes del término del año lectivo, a la coordinación de talleres, utilizando para esto diversas técnicas de recopilación de información como encuestas, cuadros de rendimiento, etc.

I.- Inspectoría General. Informar verbalmente, o por escrito cuando corresponda y en forma periódica al Director/a sobre el

funcionamiento de las diferentes unidades del establecimiento.

Constatar el funcionamiento administrativo del establecimiento respecto al cumplimiento de horario del

personal.

Controlar el régimen disciplinario del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad, asistencia y respeto a todos

los miembros de la comunidad.

Orientar y controlar periódicamente el normal uso del libro de clases.

Programar y coordinar las labores de los Asistentes de Educación, distribuyendo y fiscalizando el

cumplimiento de las tareas propias de su función.

Fijar los turnos de auxiliares de acuerdo a las necesidades del establecimiento comunicando al Director/a las

decisiones adoptadas al respecto y controlando su cumplimiento.

Llevar los registros y libros que exige la normativa, así como lo que le encomiende el Director/a, siendo su

responsabilidad que estén al día y bien llevados.

Autorizar la salida extra-ordinaria de los alumnos/as.

Atender y fiscalizar bajo su personal responsabilidad, la admisión y matrícula de alumnos/as, cerciorándose

de la autenticidad de los documentos.

Formar parte de los Consejos que le competen.

Constatar la revisión diaria del aseo de todas las dependencias del establecimiento, formulando las

observaciones que procedan al Director/a, según los informes que reciba del personal a su cargo.

Fiscalizar el aseo y cuidado de las dependencias del sector que se le ha confiado; con este objeto deberá

hacer al inicio, cambio y término de jornada, una revisión total de su sector, utilizando su respectivo inventario.

Llevar libros y registros, estadísticas, planillas y demás archivos que se le sean encomendados; revisará libros

de clases para verificar en ellos las correspondientes firmas de los Docentes y la correcta toma de asistencia

de los alumnos.

Representar al Director/a ante los Padres y Apoderados para informarles en casos especiales sobre la vida

escolar del educando y para lo cual hará mantener al día los registros individuales correspondientes.

Velar por la conservación del edificio, mobiliario y materiales de enseñanza, administrando y organizando su

mejor preservación.

Elaborar, en conjunto con el Director, los horarios de clases y tiempo no lectivo de los Docentes.

Llevar el control diario de asistencia de los alumnos/as, supervisando que dicha información se encuentre

actualizada en las plataformas de SIGE y NAPSIS.

Mantener actualizado el ingreso o retiro de alumnos de las nóminas y registros del establecimiento.

Visar todo ingreso o retiro de estudiantes siguiendo los protocolos correspondientes.

Velar por el cumplimiento del debido proceso previo a la aplicación de cualquier medida disciplinaria.

Vincular y representar al establecimiento educacional con los organismos de la comunidad, previo

conocimiento del Director.

Page 17: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 17

J.- Inspector/a. Informar verbalmente, o por escrito cuando corresponda y en forma periódica a Inspectoría General sobre el

funcionamiento de las diferentes unidades del establecimiento.

Responder por el grupo de curso que se le asigne, velando por la asistencia y solucionando los problemas

que detecte en el alumnado, de acuerdo a su ámbito de acción.

Vigilar el comportamiento y orden del alumnado en la formación, salas de estudio, talleres, patios y otras

dependencias, así como en toda actuación escolar de los educandos, de los que será responsable directo,

según distribución de turnos, jornadas y sectores.

Permanecer en el Establecimiento durante los turnos que se le fijen, colaborando en el funcionamiento de

grupos de trabajo que se le entreguen a su cargo.

Colaborar con los Profesores en las actividades extraescolares, de acuerdo con sus especiales actitudes e

intereses y ayudando a ejercer el control de estas actividades cuando le soliciten.

Coordinar procedimientos y uniformar criterios sobre aplicación del Reglamento Interno de los alumnos, de

acuerdo a las normas impartidas por Inspectoría General.

Controlar la asistencia, atrasos, certificados médicos y justificaciones de los alumnos, informando al Profesor

Jefe respectivo y llevando además, un archivo de tales certificados.

Mantener permanente contacto con el Inspector General, a quién deberá informar de sus actividades

habituales y de las actividades extra-escolares que se le hayan asignado.

Fiscalizar permanentemente la correcta presentación personal de los alumnos, inculcando este hábito a través

del propio ejemplo.

Realizar labores de consejería con los alumnos, incentivándolos para que incorporen valores individuales y

sociales en su desempeño estudiantil, para lo cual se asesorará en los Profesores Jefes y Psicóloga.

Llevar registro de asistencia y atrasos en plataforma NAPSIS.

Velar por el cumplimiento del debido proceso previo a la aplicación de cualquier medida disciplinaria.

Velar por el cumplimiento del reglamento interno, y promover el conocimiento de este, entre de los

estudiantes.

Autorizar la salida del establecimiento de un alumno previa firma de registro de salida presencial del

apoderado.

Autorizar la salida de un curso previa autorización de inspectoría general.

K.- Auxiliares. Mantener aseo y orden de las distintas dependencias.

Ejecutar reparaciones y restauraciones menores que se le encomienden.

Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de máquinas y materiales que se le asignen.

Vigilar la seguridad e higiene de los alumnos.

Orientar conductas y actitudes adecuadas en los alumnos.

Mantener una comunicación permanente con Inspectoría General respecto de las actuaciones de los alumnos/as.

Mantener una comunicación permanente con Inspectoría General respecto de situaciones cotidianas relacionadas a su cargo

Informan verbalmente de las novedades a sus superiores.

Desarrollar las tareas entregadas por la jefatura del establecimiento.

Page 18: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 18

Desempeñar cuando proceda y por turnos funciones de portería del establecimiento, controlando la entrada y salida de los alumnos/as y recepción en general.

Efectuar las tareas correspondientes, en eventos y actividades, organizadas por el establecimiento.

L.- Nochero. Realizar rondas cada una hora por las dependencias del establecimiento, registrando en bitácora las

novedades.

Informar eventualidades y anomalías en su turno.

Informar a carabineros de eventuales situaciones de riesgo para las eventuales instalaciones de la escuela.

Entregar informes diarios de lo acontecido en la noche.

Las demás funciones que le encomiende el Empleador (Representante Legal y Sostenedor), y/o el Director

del Establecimiento, relacionadas con su labor.

M.- Encargado/a Convivencia Escolar.

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del

maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia

escolar.

Requerir a la Dirección, a los profesores (profesor jefe o de asignatura) o a quien corresponda, informes,

reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar del establecimiento.

Informar de situaciones relevantes relativas a la convivencia escolar, al profesor jefe y al consejo de

profesores.

Participar de los Consejos correspondientes a su función.

Diseñar y conducir la ejecución del Plan de Gestión en Convivencia Escolar y Plan de Formación.

N.- Psicóloga.

Acompañamiento profesional a estudiantes detectados con necesidades educativas especiales.

Diseño e implementación de estrategia de intervención.

Retroalimentación a los apoderados acerca de los procesos de diagnóstico e intervención de sus pupilos.

Derivar a otros profesionales y/o redes a los estudiantes con dificultades que no son de competencia de la unidad escolar.

Realizar seguimiento de los estudiantes derivados a otros profesionales externos, tales como: psicólogo clínico, neurólogo, psicopedagogo, etc.

Talleres orientados a la comunidad escolar abordando temáticas de desarrollo personal y social: Autoestima académica y motivación escolar, clima de convivencia escolar, participación y formación ciudadana y hábitos de vida saludable.

Participar en los consejos escolares, técnicos y de evaluación.

Supervisar y evaluar el proceso, la ejecución y el seguimiento de los distintos programas de orientación educacional y vocacional de los estudiantes por curso.

Programas las actividades de las escuelas para padres junto a UTP y/o encargada de convivencia escolar.

Elaborar una planificación escolar anual con las actividades a realizar durante el año, enmarcada en las acciones del PME en las áreas de convivencia escolar y gestión pedagógica.

Page 19: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 19

Mantener una comunicación permanente con Inspectoría General y encargada de convivencia escolar respecto de situaciones cotidianas relacionadas a su cargo.

Ñ.- Portero.

Controlar la entrada y salida de los alumnos.

Llevar un registro de los hechos trascendentales de la vida escolar en libro de novedades.

Desarrollar las tareas entregadas por la jefatura del establecimiento.

Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de máquinas que se le asignen.

Vigilar la seguridad de los alumnos.

Orientar conductas y actitudes adecuadas de los alumnos a su cargo.

Mantener una comunicación permanente con Inspectoría General respecto de situaciones cotidianas relacionadas a su cargo

O.- Estudiantes.

Participar activamente de su proceso de formación.

Participar activamente en el proceso de enseñanza – aprendizaje.

Preservar, cuidar y mantener en buen estado los bienes, enseres y equipos del establecimiento.

Conocer el reglamento interno.

Adoptar un comportamiento adecuado de acuerdo al presente reglamento interno y PEI del establecimiento, de tal manera que deje en alto el buen nombre de la institución.

Proceder con honradez y veracidad.

Abordar la solución de conflictos a través del diálogo.

Conocer y participar de las actividades culturales y educacionales del establecimiento.

Trabajar en forma responsable en actividades escolares.

Organizarse, y contar con un representante de su curso, para realizar actividades complementarias a su

educación formal.

Rendir evaluaciones de acuerdo a la reglamentación del manual de evaluaciones del establecimiento.

P.- Centro de Estudiantes. La constitución, funcionamiento y facultades del Centro de Estudiantes se regirán por las normas establecidas en el Decreto N°524 MINEDUC, Chile, 1990, “Reglamento general de organización y funcionamiento de los centros de alumnos de los establecimientos educacionales segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza media, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación”, y las modificaciones del Decreto N° 50 del año 2006, ambos textos del MINEDUC. De acuerdo a estos “el Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza media, de cada establecimiento educacional. Su finalidad es servir a sus miembros como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. En ningún establecimiento se podrá negar la constitución y funcionamiento de un Centro de Alumnos”.

Q.- Padres, Madres y Apoderados. Conocer y adherir al Proyecto Educativo Institucional y al Reglamento Interno del establecimiento.

Respetar a las autoridades del establecimiento educacional y en general a la comunidad educativa.

Colaborar activamente en la educación de sus pupilos/as.

Participar en forma activa y constructiva a través de los diferentes canales establecidos.

Organizarse y contar con un representante de su curso, para realizar actividades complementarias de apoyo a la educación de su pupilo.

Enviar a clases a su pupilo constantemente.

Page 20: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 20

Motivar a su pupilo a respetar la puntualidad en el ingreso a clases.

Respetar los canales y conductos de comunicación del establecimiento.

Responsabilizarse por los objetos de valor que su pupilo lleva al establecimiento.

Responsabilizarse por la correcta presentación personal e higiene de su pupilo.

Asistir a las reuniones de apoderados fijadas e informadas con anterioridad.

Asistir a las citaciones de apoderado enviada por diversos representantes del establecimiento.

Supervisar el correcto ejercicio de su pupilo en trabajos, actividades y evaluaciones de la institución.

Respetar la normativa de la institución y las posibles sanciones al vulnerar sus requerimientos.

Ratificar la recepción de documentos enviados por el establecimiento.

Justificar las inasistencias y atrasos de su pupilo.

Proveer a su pupilo útiles escolares solicitados por la institución.

Velar por el bienestar físico y emocional de su pupilo.

R.- Centro de Padres y Apoderados. De acuerdo al Decreto N° 565 del año 1990, del MINEDUC, “los Centros de Padres y Apoderados, en adelante Centros de Padres, son organismos que comparten y colaboran en los propósitos educativos y sociales de los establecimientos educacionales de que forma parte. Los Centros de Padres orientarán sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas que competen exclusivamente al establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar”.

En su funcionamiento, el Centro de Padres puede considerar las siguientes instancias:

Asamblea General de Apoderadas/os.

Directiva del centro de apoderadas/os.

Directivas de cada curso o subcentro.

VII. REGULACIONES.

13. Proceso de Admisión y Matrícula.

A partir del año 2016 nuestro colegio se adhirió al régimen de gratuidad, lo que significa que somos un establecimiento particular subvencionado pero sin cobro de derecho de escolaridad (mensualidad).

El establecimiento educacional no selecciona estudiantes, por lo que todos/as serán matriculados/as hasta abarcar las vacantes disponibles.

Durante el mes de octubre se realizará la ratificación de matrícula de alumnos antiguos mediante circular que deberá ser firmada por el apoderado/a. Luego de este proceso de ratificación de matrícula se establecerá el número de cupos disponibles para estudiantes nuevos en cada nivel. Los cupos disponibles serán informados anualmente a fines del mes de octubre.

La incorporación de estudiantes nuevos a la comunidad educativa se realiza a través de un acto formal de matrícula, nuestro establecimiento ha definido el siguiente procedimiento:

a) La matrícula deberá ser realizada por el padre, madre y/o apoderado del estudiante de manera presencial en el establecimiento.

Page 21: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 21

b) Debe presentar el certificado de nacimiento correspondiente, informe parcial de notas e informe de personalidad. En ningún caso esta información será usada para indagar en el rendimiento académico pasado o potencial del estudiante, ni menos para obtener antecedentes económicos de la familia para devenir alguna selección.

c) Al momento de la matrícula se deberá llenar la ficha de matrícula con los datos solicitados.

d) Al momento de la matrícula el apoderado recibirá copia íntegra del Proyecto Educativo y Reglamento Interno de nuestro colegio.

e) Una vez completados los cupos disponibles se dará por terminado el proceso de matrícula directa.

Frente a la posibilidad de que la cantidad de postulantes supere al número de vacantes disponibles, se considerarán los siguientes criterios de prioridad (en orden sucesivo):

a) Alumno antiguo. b) Hijo/a de funcionario/a del establecimiento. c) Tener hermano/a en el establecimiento. d) Orden de llegada.

f) El listado de estudiantes matriculados/as será publicado oportunamente en una pizarra en el hall central del establecimiento, así como en la página web www.tecnicosanramon.cl

g) Se creará una lista de espera, por orden de llegada, para aquellos/as estudiantes que no alcancen cupos.

h) En ninguna etapa del proceso de matrícula se tomarán pruebas de selección y el proceso no tendrá costo para el apoderado.

i) En el mes de Marzo se efectuará una reunión con todos los apoderados nuevos donde se explicará en detalle el Proyecto Educativo, Reglamento Interno y Protocolos de actuación de nuestro colegio. En dicha reunión se firmará una carta de adhesión a estos documentos y se espera generar compromiso por parte de la familia a los valores, misión, sellos educativos y visión institucional.

14. Trabajo en Aula. El desarrollo de aprendizajes se basa en la relación estudiante-docente y será responsabilidad de la o el docente establecer las metodologías, desarrollar la planificación y diseñar las evaluaciones pertinentes de acuerdo a los lineamientos de las bases curriculares vigentes y los lineamientos de la Unidad Técnico Pedagógica del establecimiento, para el logro de los objetivos de cada nivel de enseñanza y asignatura. Las y los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas, con una disposición favorable al desarrollo de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas, no entorpeciendo el clima de clase o el trabajo escolar de sus compañeros/as.

La convivencia escolar al interior de la sala de clases es monitoreada en todo momento por la o el docente que está a cargo del curso, quien debe velar por el cumplimiento del presente reglamento interno y por los principios y orientaciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Durante el desarrollo de las clases, tanto estudiantes como profesores/as no podrán ingerir alimentos, utilizar su teléfono móvil (excepto para fines educativos), dormir o dedicarse a otras labores que no correspondan con el desarrollo de la asignatura respectiva.

Las y los estudiantes que deseen ir al baño o deban retirarse de la sala de clases por algún motivo justificado, deben avisar dicha situación al docente o inspector/a que se encuentre en ese momento.

Page 22: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 22

El uso de instrumentos tecnológicos, tanto para estudiantes, profesores/as, directivos o asistentes de la educación, sólo será permitido fuera del horario de clases, con la sola excepción de que sea necesario para el desarrollo de alguna actividad pedagógica o administrativa del establecimiento. El colegio no se hará responsable de la pérdida o daño de instrumentos tecnológicos de uso personal.

De acuerdo a la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, “los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar”.

El aseo de la salas de clases es una de las funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

15. Clases de Religión. De acuerdo al Artículo 3° del Decreto N° 924 de 1983 del MINEDUC, “las clases de Religión deberán ofrecerse en todos los establecimientos educacionales del país, con carácter de optativas para el alumno y la familia. Los padres o apoderados deberán manifestar por escrito, en el momento de matricular a sus hijos o pupilos, si desean o no la enseñanza de religión, señalando si optan por un credo determinado o si no desean que su hijo o pupilo curse clases de religión”.

16. Clases de Educación Física.

Todas/os las y los estudiantes participarán de las clases de Educación Física, aunque se podrán realizar adecuaciones curriculares ante la imposibilidad de algún estudiante de someterse a exigencias físicas. Dicho impedimento deberá ser justificado debida y oportunamente a través de la certificación de un especialista.

17. Conducto Regular del Establecimiento. Para canalizar las inquietudes, dudas y reclamos de cualquier miembro de la comunidad educativa, el establecimiento establece el siguiente conducto regular de acuerdo al ámbito requerido:

Ámbito Pedagógico: Ante cualquiera de las situación referida al proceso de enseñanza, evaluación o respecto de cuestiones curriculares las instancias a las que se debe acudir son:

a) Profesor/a de asignatura. b) Profesor/a jefe/a. c) Jefe de especialidad. d) Jefe/a de la Unidad Técnico Pedagógica. e) Director/a.

Ámbito de Convivencia Escolar: Ante cualquier situación que afecte las relaciones interpersonales o la seguridad de un miembro de la comunidad, las instancias a las que se debe acudir son:

a) Profesor de asignatura. b) Profesor/a Jefe/a. c) Inspector/a. d) Inspector/a General. e) Encargado/a de Convivencia Escolar. f) Director/a y Consejo Escolar.

Page 23: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 23

18. Calendario Escolar y Suspensión de Clases. Cada año, el establecimiento definirá un Calendario Escolar que contempla el inicio y el término del año lectivo, de cada semestre, así como también los distintos periodos de vacaciones y las efemérides de cada año. Este Calendario adecúa las indicaciones del Ministerio de Educación a la realidad propia del establecimiento.

Las clases se desarrollarán de acuerdo al calendario escolar y al horario establecido en el presente reglamento, salvo que por motivo de fuerza mayor, el establecimiento deba suspender las actividades lectivas, por ejemplo por corte de agua, problemas graves de infraestructura, siniestros u otros. Esta situación será avisada a través de medios digitales oficiales del establecimiento y/o circular. También se suspenderá clases, cuando la autoridad nacional así lo determine, lo que es avisado a través de los medios de comunicación.

19. Asistencia, atrasos y retiro de estudiantes. Las y los estudiantes deben asistir regular y puntualmente a clases de acuerdo al horario establecido para el inicio de la jornada y de cada clase en particular. El llegar atrasado/a constituye una falta, que debe ser registrada en el libro de atrasos del establecimiento, aplicándose la sanción respectiva. Los atrasos en ningún caso podrán ser sancionados con la prohibición del ingreso al establecimiento educacional.

Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular, presentando un argumento que justifique dicho retiro y dejando constancia en el registro de salida.

20. Recreos y Espacios Comunes. El recreo es el tiempo de descanso y esparcimiento para estudiantes y docentes dentro de la escuela, siendo función de inspectores/as velar por la seguridad y buena convivencia de estudiantes y la comunidad en general. Las y los docentes deben velar por el cumplimiento de esta disposición, no utilizando el recreo para tareas lectivas. En ningún caso, las y los estudiantes deben ser castigados con la pérdida del recreo como sanción disciplinaria, entendiendo que el recreo es un aspecto relevante para su formación. Al finalizar el recreo, estudiantes y docentes deben ingresar rápidamente a sus salas de clases, evitando retrasos innecesarios (compras en el kiosco, idas al baño, etc.).

El aseo de los patios, baños y pasillos del establecimiento es una de las funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

21. Higiene y cuidado del mobiliario e infraestructura. El aseo de las salas de clases, patios, baños y pasillos del establecimiento es una de las funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

El aseo regular de las salas y oficinas se realiza diariamente al término de cada jornada, mientras que el aseo de los baños y patio del establecimiento, se realiza después de cada recreo. El establecimiento es sanitizado y desratizado al menos una vez al año.

22. Servicio de Alimentación. El establecimiento cuenta con servicio de alimentación (desayuno, almuerzo y tercera colación), proporcionado por la JUNAEB disponible para las y los estudiantes que poseen la condición de vulnerabilidad social, la cual es informada por JUNAEB.

Page 24: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 24

23. Relaciones Afectivas en el Establecimiento. Todos los miembros de la comunidad educativa pueden mantener y desarrollar relaciones afectivas con sus pares. Sin embargo, las manifestaciones públicas de dichas relaciones están reguladas por el presente reglamento para mantener un ambiente de respeto y resguardar las diferentes sensibilidades. En este sentido, quedan absolutamente prohibidas las caricias eróticas, besos efusivos, sentarse en las piernas del otro o cualquier otra conducta de connotación sexual.

24. Uniforme Escolar y Estética Personal. De acuerdo al Decreto Nº 215 del año 2009 del Ministerio de Educación, “los establecimientos educacionales en acuerdo con el Centro General de Apoderadas/os, el Consejo de Profesores/as y previa consulta al Centro de Estudiantes y al Comité de Seguridad Escolar, podrán establecer el uso obligatorio del uniforme escolar”. Este uniforme está compuesto por las siguientes prendas:

Hombre Mujer

Pantalón gris corte tradicional. Jumper escocés (entre el 01 de Mayo al 31 de

Agosto podrán asistir a clases con pantalón azul, corte tradicional.)

En invierno, camisa blanca con corbata oficial del colegio

En invierno, blusa blanca con corbata oficial del colegio.

En verano, polera blanca oficial del colegio. En verano, polera blanca oficial del colegio.

Calcetines grises o azules. Calcetas o pantys azul.

Chaleco o polar azul Chaleco o polar azul.

Parka negra o azul marino sin estampados. Parka negra o azul marino sin estampado.

Calzado negro escolar Calzado negro escolar.

Delantal blanco para la especialidad de laboratorio químico.

Delantal blanco para la especialidad de Laboratorio Químico.

Para la clase de educación física la vestimenta debe ser la siguiente:

Para la clase de educación física la vestimenta debe ser la siguiente:

Buzo oficial del colegio. Buzo oficial del colegio.

Short (solo dentro de las horas de educación física). Calza azul o negra (sólo dentro de las horas de

educación física).

Polera de educación física oficial del colegio. Polera de educación física oficial del colegio

Según el mismo Decreto, “los directores y directoras de los establecimientos educacionales por razones de excepción y debidamente justificadas por los padres o apoderados, podrán eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o parcial del uniforme escolar señalado en el artículo del presente decreto. En ningún caso, el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de ingresar al establecimiento educacional”.

La presentación personal, tanto de las y los estudiantes como de los demás miembros de la comunidad educativa, estará basada en la higiene personal.

Page 25: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 25

25. Relación entre la familia y el establecimiento. Todo/a estudiante debe contar con una apoderada/o debidamente oficializado al momento de la matrícula. El o la apoderada/o entregará al establecimiento datos de contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico, entre otros. De acuerdo al Ordinario N° 027 del año 2016 de la Superintendencia de Educación, “los establecimientos educacionales deben garantizar en su reglamento interno el ejercicio pleno de los derechos de los apoderados que consagra la LGE y toda normativa aplicable, por tanto ninguno de estos derechos puede ser restringido ni limitados por decisiones de naturaleza administrativa”.

Reuniones de apoderadas/os: Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los aprendizajes de las y los estudiantes, abarcando tanto lo académico como la convivencia escolar. Las reuniones tendrán una periodicidad mínima de dos meses, en horarios que potencien la participación activa de la mayoría de las y los apoderadas/os. Estas deberán ser planificadas y calendarizadas al comienzo del año escolar, siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la apoderada/o con una semana de anticipación a su fecha de realización. Las apoderadas/os que no pudiesen asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en horarios de atención de apoderadas/os establecidos por la o el profesor/a jefe correspondiente, en la semana siguiente a la fecha en que se efectuó la reunión.

Citaciones al apoderada/o: Las y los docentes, directivos y profesionales que se desempeñen en el establecimiento, podrán citar al apoderada/o para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia de algún estudiante. Estas, deberán ser comunicadas por escrito a través de una comunicación y/o telefónicamente.

Las citaciones serán realizadas en los horarios de atención establecidas por la persona que cursa la citación, y dejar el correspondiente registro de la entrevista en la carpeta de atención de apoderados.

Listas de útiles: De acuerdo a la Circular N° 01 (Versión 04) de la Superintendencia de Educación, “Los establecimientos podrán solicitar una lista de útiles escolares, sin que esta obligue o induzca a los padres y apoderados a comprar determinadas marcas de útiles, o adquirir las listas en determinadas empresas o locales comerciales. No se pueden incluir en las listas de útiles escolares, materiales de oficina (resmas de papel, plumones de pizarra, tintas de impresión, etc.), ni materiales de limpieza o de higiene (papel higiénico, toallas de papel, cera, cloro, jabón, etc.). Los establecimientos subvencionados deberán velar para que la solicitudes de útiles no afecten el derecho a la educación de los alumnos, por lo que la falta de ellos no puede acarrear la expulsión de clases”.

26. Actividades extra-programáticas y actos cívicos. Se entiende como actividad extra-programática toda actividad no lectiva realizada en horario de clases o fuera de él. Estas actividades deben responder a los intereses y necesidades de las y los estudiantes. La participación y asistencia a estas actividades tienen un carácter voluntario, y no incidirá en la evaluación de ninguna asignatura. Toda actividad extraprogramática debe ser planificada y supervisada por un/a adulto/a, sea éste directivo/a, docente, asistente de la educación, apoderada/o u otro/a profesional externo/a de apoyo. En nuestro colegio, los talleres extra-programáticos corresponden a talleres deportivos, artísticos, culturales y de reforzamiento educativo. Todos se realizan en horario después de la jornada escolar

Se entenderá por acto cívico o ceremonia, la actividad cuyo objetivo es conmemorar o celebrar alguna fecha, desarrollar una temática de interés para la comunidad o el reconocimiento de logros y resultados de algún miembro de la comunidad educativa.

Page 26: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 26

27. Salidas pedagógicas. Una salida pedagógica es una actividad de aprendizaje desarrollada fuera del establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de una o varias asignaturas. Se desarrollan en horario de clases y deben contar siempre con la supervisión de un/a docente o directivo a cargo. En el caso de las salidas pedagógicas, se requerirá cumplir los siguientes pasos:

a) El o la docente responsable debe informar por escrito según formato del Departamento Provincial de Educación a la Unidad Técnico Pedagógica, quién corroborará su pertinencia curricular.

b) Una vez validada la pertinencia curricular se informará al Director, quién deberá presentar la programación

detallada de la actividad con 15 días hábiles de anticipación al Departamento Provincial de Educación.

c) El día de la actividad, las y los estudiantes deberán presentar una autorización firmada por su respectivo apoderada/o que explícitamente les autorice para ser parte de la salida pedagógica.

d) Las y los estudiantes que no cumplan con la autorización de su apoderado/a, no podrán realizar la salida

pedagógica debiendo permanecer en el establecimiento, realizando actividades lectivas supervisadas por la UTP.

e) El profesor/a responsable acompañará la salida pedagógica y deberá cumplir con la normativa exigida tanto

por la institución a visitar como por el Departamento Provincial de Educación respecto a la cantidad de adultos por estudiantes que deben acompañar la salida, quienes podrán ser funcionarios/as del establecimiento y/o apoderadas/os.

f) Cuando proceda, la dirección del establecimiento gestionará la contratación del bus. Se deberá dejar copia

en dirección de los siguientes documentos: Revisión técnica al día, número de patente, datos del chofer y cautelar el buen estado del bus.

28. Reconocimientos y Premiaciones. A fin de año se reconocerá en un acto cívico a los estudiantes que se hayan destacado durante el año con los siguientes reconocimientos: - Mejor rendimiento (por curso).

Durante la licenciatura de 4to Medio se entregarán los siguientes reconocimientos:

- Perfil de especialidad. - Alumno integral. - Mejor rendimiento de la promoción. - Premio a la superación.

29. Procedimiento en caso de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres. Las estudiantes embarazadas y/o madres tienen derecho a continuar sus estudios y es responsabilidad del establecimiento educacional realizar las siguientes acciones:

1. Las estudiantes embarazadas y/o madres deberán presentar en la Unidad Técnico Pedagógica e Inspectoría un certificado médico que acredite su estado, tras lo cual seguirán contando con los mismos derechos que todas/os las y los estudiantes del establecimiento.

Page 27: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 27

2. El establecimiento educacional deberá llevar una carpeta con todos y cada uno de los casos de las estudiantes embarazadas, madres, o padres estudiantes que tengan parejas con esta situación y que requieran gozar del beneficio parental, debidamente certificado. Este registro será para consignar los trabajos, entrega de materiales y evaluaciones que deban realizar estos estudiantes.

3. El Jefe de Unidad Técnico Pedagógica o bien el Inspector General, podrán nombrar al profesor jefe del curso de la estudiante como profesor guía, para coordinar todas las actividades pedagógicas y entrega de material que deban desarrollar las estudiantes que se encuentren en estos casos.

En el evento que el profesor jefe por motivos de salud o fuerza mayor se ausente temporalmente o no pueda continuar con el proceso que le fue asignado, será reemplazado por otro de los docentes que realicen clases al respectivo curso.

4. Las estudiantes embarazadas, madres y padres tendrán todas las facilidades horarias para asistir a controles médicos propios del embarazo y/o del lactante. Para lo cual, el o la estudiante o su apoderada/o deberá informar previamente los horarios programados de los diferentes controles médicos.

5. Las estudiantes embarazadas y/o madres tienen derecho a ser evaluadas diferenciadamente de acuerdo a

su condición médica y a recibir adecuaciones curriculares y administrativas que faciliten su maternidad, las que deben ser acordadas caso a caso y registradas en un acta especial para ello.

6. Las estudiantes embarazadas o madres podrán solicitar, sólo por recomendación médica debidamente

certificada medidas administrativas como acortamiento de jornadas, término anticipado del año escolar o flexibilizar el porcentaje mínimo de asistencia para aprobar el curso respectivo. Estas medidas nunca serán impuestas por el establecimiento.

7. Las estudiantes embarazadas podrán flexibilizar el uso del uniforme escolar definido en este Reglamento,

poniendo énfasis en su propia comodidad y cuidado del proceso de embarazo.

8. Las estudiantes madres podrán disponer del tiempo apropiado y un lugar tranquilo donde amamantar a sus bebes, pudiendo ser una de las oficinas del establecimiento.

30. Acompañamiento a estudiantes y derivación a especialistas. El establecimiento cuenta con un profesional especialista psicólogo/a quién atiende a los estudiantes derivados por el Profesor Jefe o el Equipo de Convivencia Escolar. También cuenta con redes de apoyo externo para posibles derivaciones que permitan la atención médica, psicológica, judicial y/o de asistencia social de las y los estudiantes. Estas derivaciones son de carácter voluntario y deben contar con el consentimiento de las y los apoderadas/os respectivos.

31. Estrategias de Prevención. El establecimiento educacional, asumiendo un rol formativo en la convivencia escolar, desarrolla cada año, estrategias de prevención a través de un Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, frente a las siguientes tres situaciones:

a. Prevención de la vulneración de derechos de estudiantes. - Reflexión con el equipo educativo en consejos de profesores. - Trabajo pedagógico en hora de orientación. - Gestión de redes de apoyo y posible derivación de caso.

Page 28: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 28

b. Prevención del consumo de alcohol y drogas.

- Reflexión con el equipo educativo en consejos de profesores. - Trabajo pedagógico en hora de orientación. - Gestión de redes de apoyo y posible derivación de caso.

c. Prevención de agresiones sexuales. - Reflexión con el equipo educativo en consejos de profesores. - Trabajo pedagógico en hora de orientación. - Gestión de redes de apoyo y posible derivación de caso.

32. Protocolo en caso de Accidente Escolar. De acuerdo al Decreto N° 313-1973 del Ministerio de Educación, accidente escolar es “toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte. Se considerarán también como accidente del trabajo, los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo, el lugar donde realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en el trayecto directo entre estos últimos lugares. Exceptúense los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con los estudios o práctica educacional o profesional y los producidos intencionalmente por la víctima”.

El Seguro Escolar protege a todos/as los alumnos/as regulares de establecimientos educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación según ley 16.744, de cualquier nivel de enseñanza hasta la entera recuperación o mientras subsisten los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar accidentes

escolares de las o los estudiantes. Responsable: Funcionario/a que observe el caso o reciba la denuncia.

b) La persona que haya observado un accidente debe informar inmediatamente a Inspectoría General, quien deberá

informar a la Dirección del establecimiento. Responsable: Funcionario/a que observe el accidente.

c) Informar de inmediato a los padres y/o apoderados/as de la ocurrencia del accidente.

Responsable: Inspectoría General.

d) En caso de considerarse necesario y de acuerdo a la evaluación de las lesiones, debe trasladarse al estudiante al Servicio de Urgencia de Salud Pública más cercano al Establecimiento, adoptando todas las medidas preventivas de acuerdo a la gravedad de las lesiones. El Seguro Escolar no opera en la Salud Privada. Responsable: Dependiendo de la complejidad de la lesión se espera al apoderado/a, de lo contrario, un Directivo Docente traslada al estudiante al servicio de urgencia.

e) El o la Inspector/a General deberá completar la Declaración de Accidente Escolar en quintuplicado, la que debe

ser firmada y timbrada por el Director/a o el mismo Inspector/a General, dentro de las 24 horas. Dicho documento corresponde a la denuncia del Accidente Escolar. Siempre debe quedar una copia en poder del apoderado/a del estudiante, en caso que sea necesaria la continuidad de la atención, esta copia debe estar timbrada por el Centro de Salud donde se atienda al menor. Responsable: Director/a del Establecimiento.

Page 29: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 29

f) Si se trata de un Accidente Escolar de Trayecto u ocurrido en un Centro de Práctica, el Establecimiento inmediatamente de conocida la ocurrencia de éste, debe entregar a los padres y apoderados/as la Declaración Individual de Accidente Escolar para la atención médica del estudiante. Para acreditar el accidente servirá el parte de carabineros o la declaración de testigos. Responsable: Estudiante y Apoderado/a.

Si se trata de un Accidente Escolar ocurrido en un Centro de Práctica, el Centro de Práctica deberá completar el formulario de Accidente Escolar, previamente firmado por la Dirección del Establecimiento.

g) En caso de la NO aplicación del Seguro Escolar de Accidente se deberá recopilar los antecedentes y

presentarlos a la Seremi de Educación y Dirección del Centro de Salud donde fue derivado para atención. Responsable: Apoderado/a.

h) Informar a apoderados/as de los estudiantes accidentados los beneficios del seguro escolar y efectuar

seguimiento hasta la total recuperación. Responsable: Funcionario/a del establecimiento designado/a.

VIII. PARTICIPACIÓN DE LOS ACTORES ESCOLARES. En el establecimiento educacional se consideran las siguientes instancias formales de participación:

33. Centro de Estudiantes. De acuerdo al Decreto N° 524 del año 1990 y las modificaciones del Decreto N° 50 del año 2006, ambos textos del MINEDUC, “el Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica y enseñanza media, de cada establecimiento educacional. Su finalidad es servir a sus miembros como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. En ningún establecimiento se podrá negar la constitución y funcionamiento de un Centro de Alumnos”. Siguiendo al mismo decreto, el Centro de Estudiantes “tendrá asesores pertenecientes al cuerpo docente del establecimiento para orientar el desarrollo de sus actividades y para relacionarlo con el mismo”.

34. Centro General de Apoderadas/os. De acuerdo al Decreto N° 565 del año 1990, del MINEDUC, “los Centros de Padres y Apoderados, en adelante Centros de Padres, son organismos que comparten y colaboran en los propósitos educativos y sociales de los establecimientos educacionales de que forma parte. Los Centros de Padres orientarán sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas que competen exclusivamente al establecimiento, promoverán la solidaridad, la cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del establecimiento y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar”.

El Centro de Apoderadas/os contará con un/a asesor/a para facilitar el desarrollo de sus actividades y gestionar una buena comunicación con Dirección y el establecimiento en general. En su funcionamiento, el Centro de Apoderadas/os puede considerar las siguientes instancias:

Asamblea General de Apoderadas/os.

Directiva del centro de apoderadas/os.

Directivas de cada curso o subcentro.

El Decreto también señala que “los Centros de Padres que desearen obtener personalidad jurídica, se constituirán de acuerdo a las normas señaladas en el Título XXXIII del Libro I del Código Civil”. Finalmente, “La Dirección del establecimiento educacional deberá facilitar al Centro de Padres el uso del local para sus reuniones y asambleas las que no podrán interferir en el desarrollo regular de clases”.

Page 30: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 30

35. Consejo de Profesores/as y/o Reflexiones Pedagógicas. De acuerdo al Artículo 15 de la ley Nº 19.070 Estatuto Docente “en los establecimientos educacionales habrá Consejos de Profesores u organismos equivalentes integrados por personal docente directivo, técnico-pedagógico y docente”. Esta instancia en materias técnico-pedagógicas (orientación educacional, vocacional, supervisión pedagógica, planificación curricular, evaluación del aprendizaje, investigación pedagógica, coordinación de procesos de perfeccionamiento docente, entre otras)2 tendrá carácter resolutivo en conformidad al proyecto educativo del establecimiento y su reglamento interno.

36. Consejo Escolar. De acuerdo al Artículo 15° de la Ley N° 20.370 General de Educación, “en cada establecimiento subvencionado o que recibe aportes del Estado deberá existir un Consejo Escolar. Dicha instancia tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias”. De acuerdo al Decreto N° 24 del año 2005 y sus modificaciones incorporadas a través del Decreto N° 19 del año 2016, ambos documentos del MINEDUC, el Consejo Escolar debe estar integrado a lo menos por:

El o la Director/a del establecimiento (quien presidirá el Consejo).

Un/a representante de la entidad sostenedora.

Un/a Docente elegido/a por sus pares.

Un/a asistente de la educación elegido/a por sus pares.

El o la presidente/a del Centro General de Apoderadas/os.

El o la presidente/a del Centro de Estudiantes.

Siguiendo el mismo Decreto, el Consejo Escolar sesionará al menos cuatro veces en meses distintos del año escolar respectivo y su quórum mínimo de funcionamiento será la mayoría simple de sus miembros. La Dirección del establecimiento “deberá mantener a disposición de los integrantes del Consejo Escolar, los antecedentes necesarios para que éstos puedan participar de manera informada y activa en las materias de su competencia… En ningún caso el sostenedor podrá impedir o dificultar la constitución del Consejo Escolar, ni obstaculizar, de cualquier modo, su funcionamiento regular”. También se establece que el Consejo Escolar debe ser informado sobre:

Logros de aprendizaje de las y los estudiantes.

Fiscalización de la Superintendencia de Educación.

El estado financiero del establecimiento.

Actualizaciones del Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno del establecimiento.

Diseño e implementación del Plan de Mejoramiento Educativo.

Diseño e implementación del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar.

Page 31: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 31

IX. FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO.

37. Faltas.

En el presente documento se han establecido diversas normas y deberes relacionados con la convivencia escolar, el no respeto a estos acuerdos constituye una falta. El establecimiento considera la siguiente graduación de faltas:

a. FALTAS LEVES: Acciones de responsabilidad individual que quebrantan normativas del establecimiento y que no afectan a otros miembros de la comunidad educativa.

b. FALTAS GRAVES: Acciones individuales o colectivas que quebrantan normativas internas del establecimiento, que afecten a otros miembros de la comunidad educativa y/o deterioren intencionalmente la infraestructura o materiales del establecimiento.

c. FALTAS GRAVÍSIMAS: Acciones individuales o colectivas que quebranten normativas internas del establecimiento y afectan directamente la integridad de otros miembros de la comunidad escolar. También aquellas acciones que constituyan delito.

A continuación se detallan las acciones que constituyen falta, su graduación y respectivas medidas formativas y sanciones:

Page 32: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

33 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

FALTA. GRADUACIÓN. MEDIDA FORMATIVA O SANCIÓN

01. Presentar atrasos o inasistencias injustificadas a clases. Leve.

- Diálogo Formativo. - Acción de reparación. - Trabajo Académico. - Servicio Comunitario. - Anotación Negativa.

02. Presentarse sin útiles o materiales de trabajo solicitados con anticipación. Leve.

03. No desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase Leve.

04. No informar a su apoderada/o sobre resultados académicos y registros disciplinarios enviados por el establecimiento.

Leve.

05. Asistir al establecimiento sin el uniforme escolar respectivo o con una higiene inadecuada. Leve.

06. Utilización de lenguaje vulgar al interior del establecimiento. Leve.

07. Utilizar en clases aparatos electrónicos que afecten las actividades lectivas. Leve.

08. Ensuciar la sala de clases u otras dependencias del establecimiento. Leve.

09. Comercializar productos al interior del establecimiento educacional. Leve.

10. No entregar oportunamente trabajos o evaluaciones en alguna asignatura. Leve.

11. Consumir pornografía al interior del establecimiento. Grave.

- Diálogo Formativo. - Acción de reparación. - Trabajo Académico. - Servicio Comunitario. - Resolución Alternativa de Conflictos. - Anotación Negativa. - Suspensión por 1 a 5 días.

12. Copiar durante pruebas o evaluaciones. Grave.

13. Adulterar documentos del establecimiento o la firma de su apoderada/o. Grave.

14. Utilizar el logo o nombre de la institución para crear espacios o páginas digitales sin autorización del establecimiento.

Grave.

15. Interrumpir el desarrollo de las clases (considerando la edad de las y los estudiantes). Grave.

16. Realizar la cimarra o fugarse de clases. Grave.

17. Realizar prácticas sexuales o caricias eróticas al interior del establecimiento. Grave.

18. Deteriorar de forma intencional materiales, mobiliario o infraestructura del establecimiento. Grave.

19. Agredir verbalmente a otro miembro de la comunidad escolar. Grave.

20. Practicar matonaje escolar a otros/as estudiantes. Gravísima.

- Diálogo Formativo. - Acción de reparación. - Resolución Alternativa de Conflictos. - Anotación Negativa. - Suspensión por 1 a 5 días. - Condicionalidad de Matrícula. - Cancelación de matrícula. - Expulsión.

21. Agredir físicamente a otro miembro de la comunidad escolar. Gravísima.

22. Realizar actos de discriminación al interior de la comunidad educativa. Gravísima.

23. Utilizar elementos tecnológicos como medio para ofender, amenazar, hostigar o amedrentar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Gravísima

24. Inducir a miembros de la comunidad educativa a ejercer actos denigrantes o deshonrosos, violando su libertad individual.

Gravísima

Page 33: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

34 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

25. Consumir cigarrillos, alcohol o drogas en el establecimiento. Gravísima.

26. Portar armas al interior del establecimiento. Gravísima. - Expulsión. - Denuncia a Carabineros, PDI, OPD y/o Tribunales.

27. Cometer acciones que constituyan delito (robos, tráfico de drogas, abuso sexual, etc.). Gravísima.

Page 34: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

35 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

38. Abordaje de la Indisciplina y Debido Proceso.

El abordaje de situaciones que constituyan falta se desarrolla a través de las instancias formales del establecimiento, dando cumplimiento al debido proceso, es decir, un procedimiento racional y equitativo al momento de impartir justicia al interior de la comunidad educativa. Esto pues según el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”. En este sentido, el debido proceso al interior del establecimiento educacional debe contemplar los siguientes pasos:

a. Prexistencia de la Norma: Sólo se puede sancionar hechos y situaciones que estén explícitamente definidas como falta en el presente manual de convivencia. De acuerdo el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”.

b. Detección: Todos/as las y los docentes, directivos y asistentes de la educación del establecimiento estarán

atentos/as a situaciones que constituyan falta por parte de las y los estudiantes, ya sea a través de la observación directa o la recepción de denuncias. En el caso de personal administrativo o de servicios menores, estos deberán derivar el caso inmediatamente al docente o inspector/a a cargo de las o los estudiantes involucrados/as o algún directivo del establecimiento. El docente, inspector/a o directivo que observe la falta o reciba la denuncia deberá categorizar la gravedad de la situación de acuerdo a lo que establece este manual. En este momento del proceso se categorizan hechos y acciones no estableciéndose aún responsabilidades individuales ni culpabilidades.

c. Imparcialidad: El procedimiento de abordaje de las faltas debe ser realizado por docentes, directivos y/o

asistentes de la educación definidos previamente para los distintos tipos de situaciones de acuerdo a su gravedad. Además, es fundamental que la persona que aborde una falta no esté involucrada directamente en lo sucedido ya sea cómo víctima o agresor. Específicamente los distintos tipos de faltas serán abordadas por:

Las FALTAS LEVES serán abordadas por cualquier DOCENTE, DIRECTIVO O INSPECTOR/A que tenga conocimiento de lo sucedido siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos.

Las FALTAS GRAVES serán abordadas exclusivamente por INSPECTORÍA GENERAL salvo en situaciones en que el Inspector/a General del establecimiento esté directamente involucrado/a, caso en el cual la situación será abordada por Dirección.

Las FALTAS GRAVÍSIMAS serán abordadas exclusivamente por INSPECTORÍA GENERAL salvo en situaciones en que el Inspector/a General del establecimiento esté directamente involucrado/a, caso en el cual la situación será abordada por Dirección. Al inicio del abordaje de faltas gravísimas, el o la Inspector/a General debe avisar formalmente a la Dirección del establecimiento los hechos acontecidos y los pasos y plazos que establece este manual para indagar en la situación y establecer responsabilidades.

d. Presunción de Inocencia: Ningún miembro de la comunidad educativa puede ser considerado/a culpable ni ser

sancionado hasta cumplir con todos los pasos del debido proceso, es decir, hasta desarrollar un procedimiento racional y justo. No se podrá aplicar medidas formativas ni sanciones hasta desarrollar los pasos aquí descritos. Sin embargo, si en el momento de la detección una falta es catalogada como “Gravísima”, de acuerdo a la ley N° 21.128 Art. 1. N° 3 “El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley”.

Page 35: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

36 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

e. Notificación a las/os involucradas/os: Todas las personas que están siendo consideradas en el abordaje de una situación específica o en el proceso investigativo de una falta deben saberlo explícitamente, siendo responsabilidad de la persona que guía en el procedimiento avisarles formalmente, dejando constancia escrita de esto. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por alumno, donde se registraran todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo… Cabe destacar que este es el único registro valido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. En la hoja de vida de las y los estudiantes se debe registrar si están involucrados/as en alguna situación que constituya falta y posteriormente al proceso indagatorio, la determinación de sus responsabilidades y la aplicación de medidas formativas y/o sanciones.

f. Notificación a Apoderadas/os: En el caso de FALTAS GRAVES o FALTAS GRAVÍMAS se debe solicitar una

reunión entre Inspectoría General y el apoderada/o de las y los estudiantes involucradas/os para informarle sobre la situación que se está investigando y en la que su pupilo/a se encuentra involucrado/a. El objetivo es informar al apoderada/o de los hechos y elaborar conjuntamente una estrategia de abordaje de la situación. Este procedimiento no es excluyente a que otro/a funcionario/a del establecimiento cite al apoderada/o de un estudiante por otros motivos.

g. Establecimiento de Plazos: Al momento de iniciar los procesos de investigación de responsabilidades frente a la ocurrencia de faltas, es necesario considerar la existencia de plazos máximos para el desarrollo de las indagatorias. Estos plazos son:

En el caso de FALTAS LEVES, el plazo máximo será de UN DÍA hábil.

En el caso de FALTAS GRAVES, el plazo máximo será de TRES DÍAS hábiles.

En el caso de FALTAS GRAVISÍMAS, el plazo máximo será de CINCO DÍAS hábiles.

De acuerdo a la Ley N° 21.128 Art. 1. N° 3 “En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la

medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva

notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido

proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre otros.

Contra la resolución que imponga el procedimiento…se podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del

plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa

consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida

reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La imposición de la

medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el procedimiento se

imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la expulsión o la cancelación de la matrícula”.

h. Derecho a Defensa: De acuerdo al Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda persona tiene derecho a defensa”, por lo que todas las personas involucradas o sindicadas en la ocurrencia de una falta tendrán derecho a ser escuchados/as, presentar sus descargos, argumentos y pruebas que permitan aclarar los hechos o su responsabilidad en las situaciones que se investigan.

i. Proporcionalidad de Sanciones: El presente manual de convivencia establece distintas medidas formativas y

sanciones aplicables a distintos tipos de faltas. Esta diferenciación resguarda la proporcionalidad entre las acciones de abordaje institucional y la gravedad de los hechos o conductas que se abordan. Se busca aplicar medidas y sanciones que estén directamente vinculadas a las faltas cometidas. En el caso de faltas gravísimas, el o la Inspector/a General debe avisar formalmente a la Dirección del establecimiento las conclusiones del

Page 36: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

37 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

proceso indagatorio para acordar conjuntamente la aplicación de sanciones o la realización de denuncias.

j. Monitoreo: Cualquier aplicación de medidas formativas o sanciones en el establecimiento requiere establecer explícitamente los plazos de su ejecución, definiendo además la persona que será responsable de su supervisión. En el caso de las medidas formativas, se debe considerar plazos que racionalmente permitan su realización y cumplimiento así como también deberá quedar registrado en la hoja de vida de cada estudiante involucrado/a (libro de clases) los resultados de su ejecución. En el caso de las sanciones de suspensión, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y expulsión, su aplicación debe ser posterior al plazo que este manual o la legislación vigente establece para que el o la estudiante y/o su apoderado pueda apelar a la sanción y se concluya con todos los pasos del debido proceso.

k. Derecho de Apelación: Toda aplicación de medidas formativas o sanciones puede ser apelada por el o la

estudiante o su apoderada/o en caso de considerarlas injustas, desproporcionales o que a su juicio existan fallas en los procedimientos desarrollados por el establecimiento. La instancia de apelación para todas las medidas formativas y para las sanciones de anotación negativa, citación al apoderada/o y suspensión de clases es el Encargado/a de Convivencia Escolar. La apelación podrá realizarse personalmente por el o la estudiante o su apoderada/o, así como también por escrito en caso que el apoderada/o no pueda asistir oportunamente al establecimiento. El plazo para la apelación será de un día hábil. En el caso de las sanciones “Cancelación de Matrícula” y “Expulsión”, la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, establece que el apoderada/o del estudiante sancionado/a podrá “pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante (el Director/a), quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento descrito en los párrafos anteriores. "El Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, velará por la reubicación del estudiante sancionado, en establecimientos que cuenten con profesionales que presten apoyo psicosocial, y adoptará las medidas para su adecuada inserción en la comunidad escolar. Además, informará de cada procedimiento sancionatorio que derive en una expulsión, a la Defensoría de los Derechos de la Niñez, cuando se trate de menores de edad."1

l. Derivación: En el caso de FALTAS GRAVES y FALTAS GRAVÍSIMAS, además de la aplicación de medidas formativas y/o sanciones, las y los estudiantes involucrados/as podrán ser derivados al Equipo de Convivencia Escolar del establecimiento. Este equipo será liderado por el o la Encargado/a o de Convivencias Escolar, quien convocará al equipo y presentará el caso, siendo además conformado por la psicóloga del establecimiento. Si la situación lo amerita se podrá incluir al profesor/a jefe/a respectivo u otras personas de acuerdo a cada situación. Entre las acciones que debe realizar este equipo figuran:

Recolectar antecedentes y analizar el caso.

Definir y ejecutar un plan de apoyo pedagógico y socioafectivo en un plazo definido.

Evaluar el plan de apoyo.

m. Denuncia de Delitos: En el caso de situaciones que constituyan posibles delitos, de acuerdo al Artículo 175° de la Ley N° 19.696 o Código Procesal Penal, “Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, estarán obligados a denunciar los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento”. Esta Ley establece en términos jerárquicos la responsabilidad de realizar las denuncias respectivas, recayendo en el Director/a la primera responsabilidad al respecto.

1 Ley N° 21.128 Art. 1. N° 4.

Page 37: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

38 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

39. Medidas Formativas y Sanciones. Frente a la ocurrencia de alguna de las situaciones consideradas como FALTA en este manual, y tras haber cumplido el debido proceso definido en este documento, el establecimiento aplicará alguna de las siguientes medidas formativas o sanciones.

Una MEDIDA FORMATIVA es una acción institucional de abordaje de una falta, que busca la reparación del daño y el aprendizaje de las y los afectados/as. En el establecimiento existen cinco tipos de medidas formativas:

a. Diálogo Formativo: Conversación entre un docente, directivo o inspector/a y las o los estudiantes que han cometido una acción considerada falta por este manual. Esta conversación puede desarrollarse individualmente con cada estudiante o colectivamente con todas/os las y los estudiantes involucrados en alguna falta. El objetivo de la conversación es reflexionar sobre la falta cometida y sus consecuencias, así como también, elaborar acuerdos explícitos de cambio de conducta por parte de las y los estudiantes involucrados/as.

b. Acción de Reparación: “Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un agresor puede tener con

la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño”2. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as:

Pedir disculpas privadas o públicas.

Reponer artículos dañados o perdidos.

Acompañar o facilitar alguna actividad de la persona agredida.

c. Trabajo Académico: Acciones individuales o colectivas de investigación y reflexión sobre algún tema referido directamente a la falta cometida. Estos trabajos deben tener un plazo especificado, pero no tener incidencia en las notas de ninguna asignatura:

Confección de afiches o diarios murales sobre algún tema.

Presentaciones o disertaciones sobre algún tema en su curso o en otros cursos.

Trabajos de investigación o expresión artísticos relacionados con la falta.

d. Servicio Comunitario: Acciones individuales o colectivas que beneficien una parte o la totalidad de la comunidad escolar. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida, desarrollarse por un tiempo determinado y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as.

Cooperar con el aseo u ornato de alguna dependencia del establecimiento.

Reposición o reparación de infraestructura o materiales del establecimiento.

Cooperar con el orden y atención de la biblioteca o CRA.

Cooperar con las actividades lectivas o no lectivas de algún/a docente.

Cooperar con el trabajo administrativo de algún/a directivo o asistente de la educación.

Dirigir durante los recreos actividades recreativas con otros/as estudiantes.

Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos, poesías, teatros, debates, u otros) de acuerdo a la falta.

e. Resolución alternativa de conflictos: Instancia formal de diálogo entre quienes mantiene un conflicto con la intención de construir acuerdos sobre la forma de relacionarse. Esta medida debe ser aplicada exclusivamente por personas (adultos/as o estudiantes) que tengan capacitación en estas estrategias y su aplicación es excluyente con la aplicación de sanciones (ver protocolo específico en este manual). Entre estas estrategias se puede señalar:

2 Ministerio de Educación, “Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de Convivencia

Escolar”, MINEDUC, Santiago, 2011, Pág. 13.

Page 38: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

39 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Mediación.

Negociación.

Arbitraje.

Por su parte, una SANCIÓN es la “pena que una ley o un reglamento establece para sus infractores”3. En el establecimiento educacional existen seis sanciones:

a. Anotación Negativa: Observación escrita de algún hecho o conducta realizado por un estudiante que se considere como falta según este manual de convivencia. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por alumno, donde se registraran todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo… Cabe destacar que este es el único registro valido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. Su aplicación debe ser informada inmediatamente al estudiante sancionado/a, así como también será informada a su apoderada/o durante la próxima reunión de apoderadas/os o citación formal que se le haga al establecimiento. Las anotaciones negativas deben ser redactadas de manera simple y clara, describiendo hechos y acciones que constituyan falta, evitando las opiniones o juicios de valor de quien registra.

b. Suspensión: Prohibición de ingreso al establecimiento educacional que se le aplica a un/a estudiante por un

periodo determinado. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la suspensión no puede aplicarse por periodos que superen los cinco días hábiles, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual periodo”. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. Tendrá derecho a recibir los materiales o beneficios que el establecimiento haya entregado durante su ausencia.

c. Condicionalidad de Matrícula: Acto preventivo a la cancelación de matrícula que establece un compromiso de

cambio de conducta por parte del estudiante, el que de no ser cumplido puede conllevar la salida del estudiante de la comunidad educativa para el año lectivo siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del Director/a del establecimiento y sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual, en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una medida disciplinaria y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que estén consideradas como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser revisada al final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”.

d. Cancelación de Matrícula: Sanción que implica la no continuidad en el establecimiento educacional de un/a estudiante para el año escolar siguiente a la aplicación de esta medida. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

e. Expulsión: Sanción máxima del establecimiento que conlleva la cancelación inmediata de la matrícula a un/a

3 Real Academia de la Lengua Española, http://dle.rae.es/?id=XBPPICw, revisado el 16 de junio de 2016.

Page 39: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

40 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

estudiante. A través de este acto, el o la estudiante deja de ser parte de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

40. Medidas Excepcionales. De acuerdo al ordinario N° 476 de la Superintendencia de Educación se podrá “aplicar medidas como, suspensiones indefinidas, reducciones de jornada escolar o asistencia a solo rendir evaluaciones si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de la comunidad educativa lo que deberá ser debidamente acreditado”.

41. Estrategias de Resolución Alternativa de Conflictos (ERAC). El establecimiento implementa la mediación de conflictos como mecanismo alternativo para resolver los conflictos entre estudiantes. Por lo que cualquier docente, directivo o asistente de la educación, podrán derivar estudiantes que mantengan un conflicto a un proceso de este tipo. La mediación es una conversación entre las o los estudiantes que tienen el conflicto y una dupla de mediadores/as que puede estar conformada por un docente con algún integrante del Equipo de Convivencia Escolar (Inspectora o Psicóloga), y/o estudiantes especialmente capacitados/as para desarrollar este rol. La conversación busca establecer acuerdos que permitan un mejor trato y superar el conflicto respectivo.

La participación de las y los estudiantes en una mediación constituye un acto voluntario que da cuenta del interés de las y los involucrados por solucionar su conflicto. La comunidad educativa respalda este procedimiento, respetando los acuerdos a que lleguen los involucrados en un proceso de mediación y no aplicando sanciones adicionales por las faltas relacionadas directamente por el conflicto derivado a mediación. El proceso de mediación es una estrategia institucional del establecimiento, por lo que se deberá dejar constancia en la hoja de vida del estudiante, en el libro de clases, con la fecha y situación que ameritó la derivación y posteriormente, se registrará si hubo un resultado positivo o negativo de dicha mediación. En dichos registros no se detallarán los acuerdos alcanzados en la mediación respectiva. Si las o los estudiantes mediados/as establecen y cumplen sus acuerdos, el conflicto se dará por superado, sin que se les aplique ninguna sanción disciplinaria al respecto. Sin embargo, si el procedimiento fracasa o los acuerdos establecidos no son respetados, las y los involucrados/as serán sancionados de acuerdo a lo establecido por este manual en su capítulo de faltas y sanciones.

X. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.

42. Protocolos de Actuación Frente a Vulneración de Derechos de Estudiantes. Según la Política Nacional de Convivencia Escolar, “la escuela/liceo tiene el deber de resguardar los derechos y propiciar las posibilidades reales de ejercicio de ellos”, por lo que cualquier vulneración de los derechos de las y los estudiantes será abordada de acuerdo al siguiente procedimiento de acción:

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar o recibir

denuncias sobre posibles vulneraciones de derechos de las y los estudiantes.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente al Inspector/a General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

Page 40: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

41 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

c) El o la Inspector/a General o Encargado/a de Convivencia Escolar informará inmediatamente a el/la Director/a del establecimiento, la denuncia recibida o los hechos observados.

d) El o la Inspector/a General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar llevará adelante una investigación sobre

la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

a. Entrevistar separadamente a cada una de las partes involucradas.

b. Revisar la hoja de vida (libro de clases) de las y los estudiantes involucrados/as. c. Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, docentes, asistentes de la educación, otros/as

estudiantes, etc.).

d. Citar a las y los apoderadas/os para informarles del proceso investigativo.

e) El proceso investigativo se deberá llevar a cabo en no más de 5 días hábiles desde el momento que se recibe la denuncia. Al finalizar este plazo el o la Inspector/a General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar deberá presentar un informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados.

f) Es obligación del establecimiento resguardar la intimidad e identidad del estudiante en todo momento,

permitiendo que este se encuentre siempre acompañado, si es necesario por sus padres, sin exponer su experiencia frente al resto de la comunidad educativa, ni interrogarlo ni indagar de manera inoportuna sobre los hechos, evitando su revictimización.

g) Si la investigación confirma la denuncia recibida:

a. Dirección aplicará las sanciones que establece este reglamento para estos casos. b. Se definirá y ejecutará un plan de acompañamiento pedagógico y/o psicosocial con las y los

estudiantes involucrados según sea el caso, a cargo del encargada/o de convivencia escolar. Estas medidas se deben adoptar teniendo en consideración la edad y el grado de madurez, así como el desarrollo emocional y las características personales de los estudiantes.

h) Cuando existan adultos involucrados en los hechos, se deberán establecer medidas protectoras destinadas a resguardar la integridad de los estudiantes, las que deberán ser aplicadas según la gravedad del caso4. Las medidas que se deben contemplar son: la separación del eventual responsable de su función directa con los estudiantes, pudiendo derivarlo a otras labores o funciones fuera del aula, y/o derivar al afectado y su familia a algún organismo de la red de derivación idóneo a la intervención.

i) En caso de que la acusación incluya un delito, el/la Director/a del establecimiento deberá realizar la denuncia respectiva en Carabineros, PDI, OPD y/o tribunales, dentro de las 24 horas de conocido el hecho.

j) Si una o ambas partes involucradas, no está de acuerdo con las medidas o sanciones aplicadas, podrá ejercer

su derecho de apelación ante la Dirección del establecimiento según se establece en el presente reglamento. En caso que alguna de las partes involucradas sienta que se han vulnerado sus derechos, puede acudir a la Superintendencia de Educación Escolar y/o la instancia judicial pertinente.

k) Finalmente, el ejercicio y protección de los derechos que se hayan vulnerado, será abordado pedagógicamente por las y los docentes en los momentos de orientación, consejo de curso o alguna asignatura a fin,

4 Lo señalado se entenderá sin perjuicio de la presunción de inocencia y de lo dispuesto en el Dictamen N 471, del 27

de Enero del 2017, de la Dirección del Trabajo, conforme al cual sólo será procedente suspender de sus funciones al

profesional de la educación de un establecimiento, una vez que se decrete en su contra la medida cautelar de prisión

preventiva, no bastando la sola denuncia ante la fiscalía.

Page 41: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

42 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel donde se detectó el caso. Este abordaje se realizará de manera despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado.

43. Protocolo de Actuación en caso de Situaciones de Maltrato, Violencia o Acoso Escolar. De acuerdo a la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, se entenderá por Acoso Escolar “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizado fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otros estudiantes, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”.

i) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar o recibir

denuncias sobre acoso escolar entre estudiantes.

j) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente a Inspectoría General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

k) El o la Inspector/a General o Encargado/a de Convivencia Escolar informará inmediatamente a el/la Director/a

del establecimiento, la denuncia recibida o los hechos observados.

l) Inspectoría General o Encargado/a de Convivencia Escolar llevará adelante una investigación sobre la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

Entrevistar separadamente a cada una de las partes involucradas.

Revisar la hoja de vida (libro de clases) de las y los estudiantes involucrados/as.

Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, orientador/a, asistentes de la educación, otros/as estudiantes, etc.).

Citar a las y los apoderadas/os para informarles el proceso investigativo. El proceso investigativo se deberá llevar a cabo en no más de 3 días hábiles desde el momento que se recibe la denuncia. Al finalizar este plazo el o la Inspector/a General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar deberá presentar un informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados.

m) Si la investigación confirma la denuncia recibida:

Inspectoría aplicará las sanciones que establece este reglamento para estos casos.

Se definirá y ejecutará un plan de acompañamiento y/o intervención con la psicóloga del establecimiento con las y los estudiantes involucrados según sea el caso, a cargo del equipo de convivencia escolar.

n) En caso de que la acusación incluya un delito, el/la Director/a del establecimiento deberá realizar la denuncia

respectiva en Carabineros, PDI, OPD y/o tribunales, dentro de las 24 horas de conocido el hecho.

o) Si una o ambas partes involucradas, no está de acuerdo con las medidas o sanciones aplicadas, podrá ejercer su derecho de apelación ante la Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento según se establece en el presente manual. En caso que alguna de las partes involucradas sienta que se han vulnerado sus derechos, puede acudir a la Superintendencia de Educación Escolar y/o la instancia judicial pertinente.

p) Finalmente, el acoso escolar será abordado pedagógicamente por las y los docentes en los momentos de

orientación, consejo de curso o alguna asignatura a fin, generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel donde se detectó el caso. Este abordaje se realizará de manera despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado.

44. Protocolo en Caso de Maltrato o Violencia Entre Miembros de la Comunidad Educativa.

Page 42: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

43 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

La convivencia escolar es el conjunto de relaciones entre todos los actores de una comunidad educativa, por lo que también existe la posibilidad de conflicto y violencia, física o psicológica, manifestada a través de cualquier medio, material o digital, entre distintos estamentos (entre estudiantes; entre estudiantes y padres, madres y/o apoderados; entre funcionarios del establecimiento y estudiantes; o entre funcionarios del establecimiento y padres, madres y/o apoderados), por lo que cualquier situación de este tipo será abordada de acuerdo al siguiente procedimiento de acción:

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar o

recibir denuncias sobre casos de maltrato o violencia entre miembros de la comunidad educativa.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente a Inspectoría General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

c) El o la Inspector/a General o Encargado/a de Convivencia Escolar informará inmediatamente a el/la

Director/a del establecimiento, la denuncia recibida o los hechos observados.

d) Inspectoría General o Encargado/a de Convivencia Escolar llevará adelante una investigación sobre la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

a. Entrevistar separadamente a cada una de las partes involucradas.

b. Revisar la hoja de vida (libro de clases) si hubiera estudiantes involucrados/as. c. Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, orientador/a, asistentes de la educación,

otros/as estudiantes, etc.).

d. Si hubiese estudiantes y/o apoderados involucrados/as. Citar a las y los apoderadas/os para

informarles del proceso investigativo.

e) Si en el momento de recibida la denuncia la falta es catalogada como “Gravísima”, de acuerdo a la ley N°

21.128 Art. 1. N° 3 “El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el

procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento

educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en los

reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o

cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley”.

f) Al finalizar el proceso investigativo, Inspectoría General deberá presentar un informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados.

g) Si la investigación confirma la denuncia recibida:

a. Inspectoría aplicará las sanciones que establece este reglamento para estos casos.5 b. Se definirá y ejecutará un plan de acompañamiento pedagógico y/o psicosocial con las y los

estudiantes involucrados según sea el caso, supervisado por la o el encargada/o de convivencia escolar. Se deberá poner énfasis en el desarrollo de habilidades protectoras, como el autocontrol, la resolución de problemas y la autoestima, de manera de disminuir los factores de riesgo como la depresión.

c. En caso de los estudiantes, el acompañamiento podrá ser realizado mediante derivación a un programa de protección de derechos de infancia si fuera necesario, sobre todo para el adecuado manejo ante situaciones de intento suicida o suicidio de algún miembro de la comunidad educativa. En el caso de adultos involucrados (madres, padre o funcionario) se sugiere la

5 Ver capítulo IX de este Reglamento Interno, “Faltas y Abordaje Disciplinario”.

Page 43: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

44 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

derivación del caso a la red de salud.

h) En caso de que la acusación incluya un delito, el/la Director/a del establecimiento deberá realizar la denuncia respectiva en Carabineros, PDI, OPD y/o tribunales, dentro de las 24 horas de conocido el hecho.

i) Si una o ambas partes involucradas, no está de acuerdo con las medidas o sanciones aplicadas, podrá

ejercer su derecho de apelación ante la o el Director/a del establecimiento según se establece en el presente reglamento. En caso que alguna de las partes involucradas sienta que se han vulnerado sus derechos, puede acudir a la Superintendencia de Educación Escolar y/o la Corte de Apelaciones de Santiago.

j) Finalmente, el maltrato o violencia entre miembros de la comunidad educativa, será abordado

pedagógicamente por las y los docentes en los momentos de orientación, reunión de padres y apoderados, consejo de curso o alguna asignatura a fin, generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel donde se detectó el caso. Este abordaje se realizará de manera despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado.

45. Protocolo de Actuación en caso de Violencia de un Adulto/a hacia un/a Estudiante. La convivencia escolar es el conjunto de relaciones entre todos los actores de una comunidad educativa, por lo que también existe la posibilidad de conflicto y violencia entre distintos estamentos, por lo que cualquier situación de este tipo será abordada de acuerdo al siguiente procedimiento de acción:

a) Todos/as los docentes, asistentes de la educación, apoderados, estudiantes y directivos del establecimiento

estarán atentos/as para detectar casos o recibir denuncias sobre violencia por parte de un/a adulto/a hacia un/a estudiante.

b) Cuando un/a docente, asistente de la educación y/o directivo detecte algún caso o reciba una denuncia de este

tipo, deberá avisar inmediatamente a la Dirección del establecimiento.

c) La Dirección del establecimiento deberá informar a los apoderados/as del o los estudiantes, del caso detectado o denuncia recibida.

d) Una vez recibida la denuncia, la Dirección del establecimiento reunirá los antecedentes pertinentes a cada caso,

entre los que no puede faltar:

Testimonio de cada estudiante involucrado/a a través de una conversación privada y confidencial.

Testimonio de quien detectó el caso o recibió la denuncia.

Testimonio del docente, asistente de la educación y/o directivo denunciado/a.

Testimonio de otros/as involucrados o testigos (otros estudiantes, apoderados, etc.)

e) Si la investigación confirma la denuncia recibida: En los casos que el adulto sea parte de la planta de personal del establecimiento, se podrán aplicar las siguientes medidas:

Acciones de Reparación:

Pedir disculpas privadas o públicas.

Acompañar o facilitar alguna actividad de la persona agredida.

Page 44: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

45 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Amonestación verbal y/o por escrito (el cual se deberá archivar en la “CARPETA DE CASOS” con las que cuenta el establecimiento).

Informar a oficina de recursos humanos los resultados de la investigación.

Utilizar una estrategia de codocencia en los cursos de los estudiantes involucrados, pudiendo extenderse a todos los cursos donde ejerza sus funciones docentes.

Poner a disposición de recursos humanos el cargo (funcionario).

Se definirá y ejecutará un plan de acompañamiento y/o intervención con la psicóloga a las y los estudiantes involucrados según sea el caso, a cargo del equipo de convivencia escolar.

Si los antecedentes recolectados lo ameritan, la Dirección del establecimiento efectuará las denuncias respectivas en la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia (OPD), carabineros o PDI.Independiente del proceso indagatorio llevado a cabo por el establecimiento, el apoderado, padre y /o madre cuenta con el derecho de realizar la denuncia ante la superintendencia de educación, carabineros o PDI.

46. Protocolo de Actuación en caso de Maltrato Infantil, y/o Abuso Sexual Infantil o Estupro.

De acuerdo a la Convención sobre los Derechos del Niño/a, el maltrato infantil es “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. Frente a estos casos, la función del establecimiento educacional NO ES INVESTIGAR EL DELITO NI RECOPILAR PRUEBAS SOBRE LOS HECHOS, sino actuar oportunamente para proteger al estudiante, denunciar los hechos y/o realizar la derivación pertinente. Tanto la investigación como el proceso de reparación están a cargo de otros organismos e instituciones especializadas.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar o recibir denuncias sobre maltrato infantil y/o abuso sexual infantil. Frente a estas situaciones, se debe tener siempre presente NO emitir juicios ni atribuir responsabilidades.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente a la Dirección del

establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

c) El o la Director/a del establecimiento deberá realizar la denuncia respectiva, idealmente en la 48° Comisaría de Menores y Familia de Carabineros de Chile, dentro de las 24 horas de conocido el hecho.

d) La Dirección del establecimiento instruirá al Encargado/a de Convivencia Escolar que realice las siguientes acciones: 1. Poner en conocimiento al profesor o profesora jefe que el estudiante está siendo apoyado o apoyada por

una situación particular sin dar mayores detalles.

2. Poner en conocimiento al apoderado de la situación de denuncia, salvo que se sospeche que éste podría

tener participación en la situación.

3. En caso de existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito, evitar manipular y

Page 45: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

46 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

guardarlos en una bolsa de papel.

4. En caso de que se estime que el niño o la niña, adolescente se encuentre en situación de riesgo, esto deberá

ser informado de inmediato a la fiscalía, de forma que adopten las medidas de protección al menor.

5. Con el o la estudiante que podría estar siendo víctima de un delito deberá:

Escucharlo y contenerlo en un contexto de resguardo y protección.

Escucharlo sin cuestionar o confrontar su versión del hecho.

Evitar emitir juicios sobre la persona o situación que lo afecta.

Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido o en su posible evitación.

Manejar de manera restringida la información evitando la estigmatización y victimización secundaria.

Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, psicóloga, asistentes de la educación, etc.).

Coordinar con la psicóloga la emisión de un informe del o la estudiante. Todos los antecedentes recolectados serán manejados con reserva, protegiendo la intimidad y privacidad del o la involucrado/a.

e) En el caso que el o la estudiante presente señales físicas del maltrato o abuso, debe ser trasladado

inmediatamente al Servicio de Salud de Urgencia o al Servicio Médico Legal. En estos mismos lugares se podrá interponer la denuncia ante el funcionario de Carabineros destinado en el recinto asistencial. Se debe actuar como si se tratara de un accidente escolar, no se requiere de la autorización de la familia, aunque ésta debe ser informada una vez detectada la situación.

f) La psicóloga del establecimiento deberá:

Escuchar y contener al estudiante en un contexto resguardado y protegido, sin confrontar su versión.

En el caso de abuso sexual, NO se deberá solicitar un nuevo relato de los hechos.

Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la estigmatización y victimización secundaria.

Monitorear periódicamente el estado emocional y asistencia a clases del o la estudiante.

Informar de manera escrita el estado del caso a la Dirección del establecimiento.

Este acompañamiento debe ser mantenido hasta que obtenga atención reparatoria especializada. Responsable: Psicóloga del establecimiento.

g) El o la Director/a del establecimiento en el momento de comunicarle lo sucedido al apoderada/o del o la estudiante involucrado/a, debe estar acompañado/a por un/a psicólogo/a, y realizar acciones de contención de ser necesario.

Que no hacer ante este tipo de casos.

Una investigación sobre lo sucedido que pretenda recabar antecedentes “objetivos” o que acrediten el

hecho, cuestión que corresponde de forma exclusiva al fiscal.

Un enfrentamiento o careo con el posible agresor, otros adultos, u otros niños o niñas agredidos.

Poner en entredicho la credibilidad de lo develado intentando confirmar la información aportada por el niño o

la niña.

Presionar al niño o a la niña para que conteste preguntas o aclare información.

47. Protocolo de Actuación en caso de Consumo de Alcohol y Drogas en el Establecimiento.

Page 46: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

47 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

a) Todas/os las y los docentes, directivos y asistentes de la educación estarán atentos/as para detectar o recibir denuncias sobre consumo de drogas de los/las estudiantes.

b) La persona que haya observado el caso o recibido la denuncia debe informar inmediatamente a Inspectoría General y/o Equipo de Convivencia Escolar del establecimiento, dejando constancia escrita del caso.

c) El o la Inspector/a General o Encargado/a de Convivencia Escolar informará inmediatamente a el/la Director/a del

establecimiento, la denuncia recibida o los hechos observados.

d) Inspectoría General o Encargado/a de Convivencia Escolar llevará adelante una investigación sobre la denuncia, considerando al menos los siguientes pasos:

Entrevistar a las o los estudiantes involucrados/as.

Revisar la hoja de vida (libro de clases) de las y los estudiantes involucrados/as.

Solicitar información a terceros (profesor/a jefe/a, orientador/a, asistentes de la educación, otros/as estudiantes, etc.).

Citar a las y los apoderadas/os para informarles del proceso investigativo.

El proceso investigativo se deberá llevar a cabo en no más de 3 días hábiles desde el momento que se recibe la denuncia. Al finalizar este plazo el o la Inspector/a General y/o la Encargado/a de Convivencia Escolar deberá presentar un informe a Dirección con el cierre del proceso y sus resultados.

e) Si la investigación confirma la denuncia recibida:

Inspectoría aplicará las sanciones que establece este reglamento para estos casos.

Se definirá y ejecutará un plan de acompañamiento y/o intervención con la psicóloga con las y los estudiantes involucrados según sea el caso, a cargo del encargada/o de convivencia escolar. Es necesario señalar que tanto la aceptación como negación de la derivación a especialistas debe ser autorizada por escrito por el o la apoderada/o del estudiante respectivo y quedar registrada en la hoja de vida del libro de clases.

f) En caso de que la acusación incluya un delito, el/la Director/a del establecimiento deberá realizar la denuncia respectiva en Carabineros, PDI, OPD y/o tribunales, previo conocimiento y presencia del apoderado en el establecimiento, dentro de las 24 horas de conocido el hecho.

g) El Equipo de Convivencia Escolar realizará entrevistas en profundidad que permita caracterizar el consumo, así

como también, información relevante a nivel familiar y social.

h) El o la Encargado/a de Convivencia Escolar en conjunto con la psicóloga, citará al apoderada/o para informarles la situación y acordar un procedimiento a seguir al interior del establecimiento y/o derivaciones a las redes de apoyo externa (Consultorio, Centro de Salud Familiar u otro). En caso de consumo Abusivo o Dependiente, se debe informar que el Programa AUGE o GES cubre su tratamiento. Es fundamental que quede un registro por escrito de estos acuerdos y se realizará seguimiento mensual con el organismo al cual se derivó.

i) Se informará al/la Director/a la situación del estudiante y el plan de acción diseñado, manteniendo siempre la confidencialidad y reserva de los antecedentes, para efectos de brindar un apoyo real al estudiante y su familia y la contención que sea necesaria.

j) Se adoptarán medidas tendientes a garantizar la permanencia del estudiante con problemas de consumo en el

sistema escolar:

Mantener matricula mientras se lleve a cabo el plan de intervención.

Otorgar facilidades para la asistencia al proceso terapéutico u otra acción contemplada.

Solicitar informes periódicos de evolución del tratamiento.

Page 47: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

48 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

k) Finalmente, el consumo de drogas y/o alcohol será abordado pedagógicamente por las y los docentes en los momentos de orientación, consejo de curso o alguna asignatura a fin, generando reflexión y aprendizajes colectivos con el curso y/o nivel donde se detectó el consumo de drogas. Este abordaje se realizará de manera despersonalizada, es decir, sin hacer mención específica al caso detectado.

XI. Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2018.

Considerando:

Que, el Ministerio de Educación, tiene como propósito dar mayor flexibilidad al sistema educacional en la conducción del proceso educativo,

Que, se faculta a los establecimientos educacionales para que, dentro de un marco reglamentario mínimo

que no pueda contravenir, tomen las decisiones adecuadas, considerando su propia realidad curricular,

en materias referidas al proceso de evaluación del aprendizaje de las alumnas y alumnos;

Que, al haberse puesto en vigencia los Decretos Supremos de educación N° 220/1998 para la enseñanza

media y N° 254 /2009 para las asignaturas básicas de 1° a 4° medio y ambos para todas las

especialidades Técnico Profesional, con sus correspondientes modificaciones, que establece objetivos

fundamentales y contenidos mínimos obligatorios; implican cambios significativos en el planteamiento y

desarrollo curricular del proceso educativo; lo que hace necesario un reglamento de evaluación y

promoción de niñas y niños, concordante con los nuevos lineamientos curriculares para esta enseñanza;

Que, en concordancia con lo estipulado por el Ministerio de Educación, se iniciará su aplicación en 1er.

Año de Enseñanza Media a partir del año 1999, para continuar aplicándose en el resto de los niveles

medios gradualmente hasta terminar con 4°medio en el año 2002, como lo estipula el Decreto Supremo

de Educación N° 40/1996.

Que, a partir del año 2016, se incorporan las nuevas Bases Curriculares para la educación media, formación diferenciada Técnico profesional, regida por el decreto 452 /2013.

Que, el presente reglamento de evaluación y promoción escolar del Colegio Técnico Profesional “San Ramón La Cisterna”, para aplicación de los Decretos de Evaluación Exentos, 112/1999 para la enseñanza media (1°y 2° años) y 83/2001 para 3° y 4° año de E. Media; ambas modalidades; está estructurada sobre la base de la opinión del Consejo General de Profesores, en lo que respecta a la planificación del proceso de evaluación y los aspectos administrativos complementarios.

Que es preciso establecer mecanismos de detección oportuna de los déficit de aprendizaje que pudieran

presentar en cada curso, los alumnos de 1° y 2° Medio, para lo cual los establecimientos educacionales

deberán entregarles todo el apoyo pedagógico que requieran y que les permita continuar con una base

sólida en el curso superior.

Visto lo dispuesto de los Decretos Exentos de Evaluación y Promoción Escolar del Ministerio de Educación

Pública, expuesto anteriormente, El Colegio Técnico Profesional “San Ramón La Cisterna”, en su modalidad

de Educación Media Técnica Profesional, establece su reglamento de evaluación y promoción escolar.

Page 48: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

49 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

PARRAFO 1

“De las Disposiciones Generales”

Fundamentos:

Para el Colegio Técnico Profesional “San Ramón La Cisterna”, el proceso de evaluación se entenderá como la

acción curricular destinada a obtener evidencias que permitan juzgar el grado de logro de los objetivos de

aprendizaje y no sólo una acción destinada a calificar y asignar notas. La información recogida será la base

para tomar decisiones relativas a: metodología, estrategias, material y recursos didácticos, hábitos de estudio,

etc., pretendiendo así mejorar la calidad y optimización del proceso enseñanza aprendizaje.

ARTICULO 1: El presente reglamento deberá informarse a los padres, apoderados y alumnos (as)

durante el primer mes de clases (Marzo).

ARTICULO 2: En la evaluación y promoción de los alumnos y alumnas se considerarán las asignaturas, módulos y actividades de aprendizaje, de los respectivos Planes de Estudio vigentes.

ARTICULO 3: Criterios de evaluación

El criterio de evaluación que se aplicará en el establecimiento será mixto y flexible referido tanto a norma como a criterio. Este último sólo para evaluaciones formativas y/o de proceso, ya que las notas semestrales y anuales deben ser con promedio aritmético, de 1° a 4° año de enseñanza media.

ARTICULO 4 Reforzamiento

Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje deberán realizarse actividades de reforzamiento permanente (al término o durante cada Unidad de Aprendizaje), con el fin de atender las dificultades que presentan los alumnos y alumnas. Asimismo deberán desarrollarse otras actividades para atender a los intereses de alumnos más Aventajados, a través de guías complementarias u otros.

ARTICULO 5 Evaluación

diferenciada

a.- En cuanto a los alumnos y alumnas que acrediten documentadamente tener dificultades de aprendizaje, detectadas por un Psicopedagogo o Educador Diferencial, serán evaluados en forma diferenciada, siguiendo las orientaciones específicas de dichos profesionales. b.- Cada profesor jefe con el apoyo de la Unidad Técnica informará a los profesores de asignatura sobre quienes tienen este beneficio y cómo se aplicará, dependiendo de la dificultad y del nivel que cursen. c.- Dicho beneficio se otorgará a los alumnos y alumnas de 1° y 2° año de E. Media. No obstante, esta condición se exceptúa en los niveles de 3° y 4° medio Técnico Profesional, niveles en los cuales se aplicará sólo en casos de excepción, decidida por Dirección y el Consejo de Profesores.

d.- En caso, que aun solicitado, no se acrediten documentadamente las dificultades de aprendizaje, la Dirección y Unidad Técnica del Establecimiento, decidirán la forma de evaluación de los estudiantes, luego de recoger información con los docentes de aula y comunicándosele al alumno, apoderado y consejo de profesores.

Page 49: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

50 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

El presente artículo se complementa con el artículo N° 11. e.- Respecto de otras Necesidades Educativas Especiales se pronunciará la Dirección en conjunto con el Consejo de profesores.

ARTÍCULO 6 a.- Las Unidades de Aprendizaje a tratar e n cada curso, con sus Unidades de respectivos aprendizajes esperados o contenidos y período de duración, Aprendizaje deberán darse a conocer a los alumnos y alumnas, al inicio de cada

unidad. b.- De esto debe dejarse constancia en el cuaderno de los alumnos y alumnas y libro de clases; además de entregar en UTP dichas Unidades, antes de iniciarla.

PARRAFO 2 “De la Evaluación”

ARTÍCULO 7 Los alumnos y alumnas serán evaluados semestralmente, tiempo en que los docentes

deberán aplicar estrategias pedagógicas adecuadas, para que estos logren un rendimiento óptimo, teniendo presente el considerar la evaluación como una continuidad y parte del proceso Enseñanza-Aprendizaje y no como algo aislado.

ARTÍCULO 8 El proceso evaluativo cumplirá un rol diagnóstico, un rol formativo y un rol sumativo. Al inicio del año escolar se administrará una evaluación diagnóstica-sumativa, sobre la base de un período de nivelación que no se prolongue más de un mes, cuyos resultados se expresarán en términos de dominio (D) y no dominio (ND) y en cifra, correspondiendo a la primera evaluación del 1er. Semestre, registrada en el libro de clases.

Durante el desarrollo de cada unidad de aprendizaje se administrarán evaluaciones formativas y métodos alternativos de aprendizaje, con la finalidad que todos los alumnos(as) logren los aprendizajes esperados.

Las evaluaciones formativas permitirán la administración de las evaluaciones sumativas y su correspondiente y obligatorio plan remedial de reforzamiento.

ARTÍCULO 9 Tipos de

evaluación

El profesor/a deberá preocuparse de administrar diversos tipos de evaluación, dependiendo de los contenidos a evaluar y las metodologías utilizadas para el logro de los aprendizajes esperados, entre los cuales destacamos: pruebas de desarrollo, pruebas objetivas, trabajos de investigación, trabajos prácticos, análisis de casos, proyectos, disertaciones, salidas a terreno, guías, autoevaluaciones, coevaluaciones, pruebas de análisis, trabajos individuales y grupales, dramatizaciones, coreografías, trabajos de destrezas, entre otros. La administración de estos tipos de evaluación, además de informárseles a los estudiantes, deben ser consignadas en el libro de clases, en las columnas correspondientes, (registro de contenidos y hoja de registro de notas), indicando obligatoriamente, la fecha y

Page 50: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

51 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

contenidos que se evalúan y la lista de cotejo, escala de apreciación, rúbrica, etc. cuando lo amerite. Por ejemplo: trabajos de investigación, trabajos prácticos, cuadernos, exposiciones, etc.

ARTÍCULO 10 Informes

El profesor jefe entregará a los señores padres y/o apoderados, un informe de rendimiento escolar en cada una de las asignaturas del Plan de estudio, de las alumnas y alumnos, en forma parcial, semestral y final en reuniones de apoderados. Además, un informe de desarrollo personal y social, si fuese solicitado por el apoderado donde se registrará el logro de los objetivos fundamentales transversales en conceptos de acuerdo a la siguiente escala: Siempre (S), Generalmente (G), A veces (AV) y Nunca (N). Además de incorporar las observaciones que estén registradas en la hoja de vida del libro de clases, en forma resumida.

ARTÍCULO 11 Eximiciones

El Director del establecimiento educacional, previo informe técnico pedagógico, podrá eximir de una asignatura, sub-sector o actividad contemplada en el plan de estudio, a los alumnos de 1º a 4º medio que acrediten tener dificultad de aprendizaje, problemas de salud u otros motivos debidamente fundamentados por un especialista (psicopedagogo, educador diferencial, profesional de la salud que corresponda). En ningún caso esta exención podrá referirse a las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemática. Los alumnos de enseñanza media técnico profesional no podrán ser eximidos de ningún módulo o asignatura de la especialidad que estudian. Dicha eximición no releva al alumno de asistir obligatoriamente de oyente a la clase en cuestión, y mantener una conducta acorde a ésta. En cuanto a la asignatura de Educación Física o Entrenamiento de la Condición Física, dicha exención será sólo en lo referente a la actividad física, pero no a la evaluación, la cual se deberá obtener a través de uno o varios trabajos teóricos dados por el profesor de la asignatura, que será desarrollado en biblioteca u otro lugar designado por el profesor, durante la clase correspondiente. Además, deberá asignársele el tiempo necesario para exponer dicho trabajo a sus compañeros. Él procedimiento para solicitar exención deberá realizarlo el apoderado según el conducto regular: Unidad Técnica Pedagógica. El colegio se reserva el derecho de solicitar otros informes para ratificar lo anterior. La U.T.P del colegio, una vez analizados los antecedentes, remitirá al apoderado copia del documento interno en el cual se deja expresa constancia de la aceptación o rechazo de la solicitud presentada e informará al profesor jefe, de la asignatura correspondiente y Consejo de Profesores. El plazo para presentar la solicitud de eximición no debe pasar del mes de mayo, a no ser que la condición se presente en forma posterior. En casos debidamente calificados la Dirección Provincial correspondiente, podrá conceder la exención de una segunda asignatura o actividad. Trámite que deberá iniciar el apoderado en el colegio.

Page 51: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

52 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

ARTÍCULO 12 Pruebas coef.

2 y reforzamiento

Los instrumentos evaluativos sumativos de preponderancia, (coef. 1, coef. 2, exámenes, etc.) deben ser comentados y aprobados por la Unidad Técnico Pedagógica antes de su aplicación (Firma, fecha y timbre de UTP). Los instrumentos coef. 2 deberán estar estructurados con un mínimo de 30 preguntas de selección múltiple y/o única, la cual debe llevar una lectura para comprensión lectora y a lo menos una pregunta de desarrollo que requiera argumentación o resolución de problemas. En el caso de la prueba de Lenguaje este debe llevar a lo menos 4 tipos de textos. Toda prueba corregida y calificada, debe ser revisada con los estudiantes para que éstos puedan corregir sus errores y si el profesor lo estima conveniente, el alumno o alumna deberá traerla firmada por el apoderado. En el caso de las evaluaciones coeficiente 2 de cada semestre, el profesor deberá, luego de analizar dicha prueba, entregar a cada estudiante una guía de reforzamiento con los aprendizajes más débiles detectados, con el fin de fortalecer el aprendizaje.

ARTÍCULO 13 En situaciones calificadas alumnos y alumnas podrán obtener su promedio semestral y anual con la evaluación del 70 % de las notas del año. Por ejemplo, estudiantes trasladados con régimen trimestral, casos de enfermedad, servicio militar, situación de embarazo, ingreso tardío, etc. Todos estos casos especiales, se resolverán según antecedentes y procedimiento entre Profesor Jefe, UTP y apoderado, informando a Dirección y Consejo de Profesores de su resolución. Inspectoría deberá informar y entregar antecedentes a UTP, de los alumnos matriculados en situaciones similares, cuyas notas del colegio de procedencia se escribirán en las respectivas asignaturas inmediatamente formalizada la matrícula.

PARRAFO 3

“De las Calificaciones”

ARTÍCULO 14 La calificación mínima de aprobación en cada una de las asignaturas o módulos, es de 4.0 (cuatro), con una exigencia de un 60%. En caso que el profesor lo estime, esta exigencia podrá reducirse hasta un 50%.

ARTÍCULO 15 Escala de notas

Los alumnos y alumnas serán calificados en toda las asignaturas de los planes de estudio con escala numérica de 2,0 a 7,0 hasta con un decimal. El docente deberá administrar las remediales necesarias para la superación de las calificaciones insuficientes si sobrepasan el 25%. Se exceptúan de esta norma los alumnos que entreguen su instrumento de evaluación en blanco, sin respuesta alguna, o se nieguen a realizar la evaluación ya sea teórica o práctica; en dicha situación la evaluación será de 1,5. El profesor deberá, además, registrar la observación en el Libro de Clases (Observaciones del Alumno).

Page 52: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

53 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

ARTÍCULO 16 Evaluación trabajos de investigación o

similares

Los trabajos de investigación, prácticos o similares a realizar por los estudiantes, deberán especificar claramente en la lista de cotejo, escala de apreciación, rúbrica u otra similar, el puntaje asignado a cada variable, dándose a conocer a los estudiantes, antes de iniciarlo.

ARTÍCULO 17 Evaluación en

ausencia

Los alumnos y alumnas no podrán evaluarse en ausencia mas, ante la no presentación oportuna y legalmente justificada de trabajos, pruebas o similares, previamente avisadas, la nota máxima será 5,0. Sólo se podrá evaluar con nota mínima (1.5), en una segunda fecha dada por el profesor y no respetada por los estudiantes; situación que debe quedar registrada en el libro de clases (en observaciones). El profesor podrá solicitar trabajos, realizaciones de pruebas u otros, a partir del día siguiente de la ausencia del alumno(a), si ésta no está justificada debidamente.

ARTÍCULO 18 Aproximaciones

Deberán aproximarse a la décima superior, los promedios semestrales, anuales generales y ponderaciones de exámenes. Ej.: 5.55 = 5.6; 5.54 = 5.5.

ARTÍCULO 19 Anulación de calificaciones

Las calificaciones antes mencionadas sólo se utilizarán para calificar aspectos que corresponden a niveles de rendimiento académico. En caso de incumplimiento de esta disposición el Director del establecimiento dispondrá la anulación de las calificaciones asignadas, previo informe de UTP.

ARTÍCULO 20 Mínimo y

máximo de calificaciones

a.- En el transcurso de cada semestre el profesor registrará un máximo de 12 calificaciones parciales de las cuales una (1) tendrá un coeficiente dos (2), y un mínimo según se detalla a continuación: + Asignaturas con 1 o 2 horas: 4 calificaciones parciales + Asignaturas con 3 o 4 horas: 5 calificaciones parciales + Asignaturas con 5 o más horas: 6 calificaciones parciales Atendiendo a los criterios de evaluación utilizados, los alumnos y alumnas no necesariamente deben tener la misma cantidad de calificaciones en una asignatura, o módulo. b.- Además, si tuviese más de las evaluaciones mínimas y una asistencia superior al 90%, el profesor eliminará la nota más deficiente de cada semestre si el alumno así lo solicita. Este beneficio lo podrá requerir el alumno por medio de su profesor/a jefe/a, al profesor de la asignatura en cuestión, y dejará registro en hoja de observaciones. El alumno lo podrá solicitar una vez por semestre, en una asignatura o módulo, con excepción de las evaluaciones coef. 2, exámenes y las evaluaciones interdisciplinarias (día del libro, fiestas patrias u otra).

ARTÍCULO 21 No podrán realizarse en un mismo día más de 2 evaluaciones coef. 1, o una coef. 1 más una coef. 2. En el caso de las evaluaciones finales de proceso, éstas si podrán recepcionarse el mismo día. Además, no podrán realizarse nuevas pruebas si aún no se encuentran registradas en el libro de clases y en conocimiento de los escolares las calificaciones de pruebas anteriores. Cada docente tendrá como plazo dos semanas para el registro de las evaluaciones Realizadas en el libro de clases.

Page 53: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

54 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

ARTÍCULO 22 Más del 25% insuficiente

a.- Sólo podrán registrarse evaluaciones que no excedan el 25% de notas insuficientes. b.- Analizada la situación con UTP. y/o el Jefe de Departamento, con el fin de buscar y aplicar las remediales correspondientes para el logro de los aprendizajes de los alumnos, (retroalimentación de aprendizajes esperados no logrados, cambio de metodología u otros). c.- Si luego de analizada la situación, UTP autoriza el registro de

evaluaciones con más del 25% de insuficientes, deberá quedar redactado un documento escrito, firmado por, UTP, el profesor de asignatura y el profesor jefe, la redacción debe incluir las causas y al menos 2 acciones remediales previas a la autorización y quedar registrado en Observaciones del Libro de Clases. Tanto el Profesor Jefe como el Jefe de Departamento o Profesor de asignatura, deberán velar por el cumplimiento de todas estas disposiciones, en apoyo a la Unidad Técnica y a los derechos y deberes de los alumnos y alumnas.

ARTÍCULO 23 Copia en pruebas

Si el alumno o alumna es sorprendido en actitud deshonesta (copiando) durante la

realizacióndeunaevaluación,éstaseleretirará ysele aplicará una segunda evaluación, a la

brevedadposible,con escalade 1,5 a 4,0 indicandolaobservación correspondiente enlibro

de clases por falta de honestidad.

ARTÍCULO 24 La asignatura de religión, por tener carácter de optativo se evaluará y Asignaturas de registrará en el libro de clases en cifras y conceptos (MB, B, S, I). Esta

Religión y calificación no incidirá en la promoción (Decreto 924/84), no obstante, Orientación Deberán ser registradas en actas y en cualquier informe Educacional.

Sin embargo, de acuerdo al Consejo de Profesores, el promedio de cada semestre será registrado en las siguientes asignaturas fundamentales: Historia, Lenguaje, Inglés, Artes. en primero medio; Matemática y Ciencias en segundo medio. Esta calificación no podrá ser eliminada a petición del alumno según lo que se indica en el artículo 20 y es adicional a la cantidad de calificaciones mínimas. La asignatura de Orientación, por acuerdo del Consejo de Profesores consignará notas cuyo promedio semestral se reflejará en las asignaturas de: Ciencias Naturales, Tecnología, y Educación Física y se evaluará y registrará en el libro de clases en cifras y conceptos al final de cada semestre (MB, B, S, I).

ARTÍCULO 25 a.- Todos los alumnos de 1º a 4º Año de Enseñanza Media rendirán, Pruebas coef. 2 en cada período, una Prueba Semestral coeficiente dos (2) que

medirá los Aprendizajes Esperados más relevantes de cada Semestre, en los subsectores de las Áreas Científico – Humanista, Artística y Tecnológica. b.- En 3º y 4º medio la evaluación coeficiente 2, correspondiente a los Módulos de cada especialidad, se realizará sólo durante el 1er. Semestre; correspondiendo al 2do. semestre el examen integrado, con ponderación de 30%.

Page 54: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

55 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

c.- Para las pruebas coeficiente 2 de ambos semestres, cada profesor deberá entregar, tanto a los alumnos como a UTP., los aprendizajes esperados a evaluar con a lo menos tres semanas de anticipación y desarrollar una retroalimentación con los mismos. d.- Los alumnos que presenten un promedio 6.0 y/o superior en el Plan de Formación General, podrán eximirse de rendir las pruebas Semestrales en el 1° y 2° semestre, cada profesor de asignatura deberá informar a UTP antes de la confección de las listas de

distribución de alumnos para rendir dichas pruebas, solo por el año 2018 con el mínimo de notas requeridas por la asignatura.

ARTÍCULO 26 Las evaluaciones integradas que se desprendan de Proyectos y/o actividades planificadas como “Día del Libro”, Fiestas Patrias u otras y que involucren varias asignaturas y/o módulos deberán tener presente que:

- El profesor o profesores coordinadores de la actividad, deberán informar al Consejo de Profesores la forma de evaluación con su correspondiente Lista de Cotejo o similar.

- No podrá excederse de una evaluación integrada al semestre. - La calificación será registrada por el profesor jefe en todas las asignaturas y

módulos del plan de estudio. - Se considerará como una nota parcial a todos los módulos de la especialidad,

las evaluaciones del “Proceso de Entrevistas de selección de personal” que se les realizan a los estudiantes en el Plan de Formación Técnico profesional.

- Las evaluaciones a que haya lugar, deberán sumarse a las mínimas que correspondan por Asignatura o Módulo.

- El coeficiente de estas evaluaciones será uno (1).

PÁRRAFO 4

“De los Exámenes”

ARTÍCULO 27 Todos los alumnos y alumnas de enseñanza media Técnico Profesional (3° y 4° E.M.), rendirán un examen integrado que será evaluado en los módulos Técnico Profesional, con una ponderación del 30% anual. Las consideraciones de dicho examen deberán estar por escrito y en conocimiento de los educandos, a lo menos con un mes de antelación, con todas las indicaciones al respecto, tanto de la ejecución y presentación propiamente tal, como de la evaluación. (rubricas, pautas de evaluación, etc.)

ARTÍCULO 28 Los exámenes se realizarán dentro del período curricular fijado en el calendario escolar y de acuerdo a las fechas emanadas de la Unidad Técnica del establecimiento en conjunto con el Depto. T/P.

ARTÍCULO 29 Ante la ausencia de un alumno (a) a los exámenes, se procederá de la misma forma a lo señalado en el artículo 17, teniendo presente que la fecha para cerrar definitivamente situaciones pendientes, no puede sobrepasar el período de desarrollo curricular.

Page 55: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

56 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

PARRAFO 5

“De la Promoción”

ARTÍCULO 30 Para la promoción de los alumnos y alumnas de 1° a 4° año de Enseñanza Media, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas, módulos de aprendizaje, de los diferentes planes de estudio y la asistencia a clases: 1. Respecto del logro de los objetivos:

A) Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieren aprobado todas las asignatura o módulos de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

Page 56: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

57 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

B) Serán promovidos los alumnos y alumnas de 1° a 4°año de enseñanza media, que no hubieren aprobado una asignatura o módulo de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado C) Igualmente serán promovidos los alumnos y alumnas de 1° a 4° año de enseñanza media, que no hubiesen aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidos los no aprobados. D) Serán promovidos los alumnos de 3º y 4º medio del Área Técnico Profesional que hayan cumplido con lo establecido en las letras A, B y C y además hayan cumplido con el requisito de rendir su “examen integrado”. En casos debidamente justificados, la situación será evaluada por dirección, UTP y docentes del área Técnico Profesional.

No obstante, lo establecido en párrafo anterior, si entre las dos asignaturas de aprendizaje no aprobados se encuentran las asignaturas de aprendizaje de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemáticas, los alumnos (as), de 3° y 4° año medio, ambas modalidades, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto de este promedio se considerará la calificación de las asignaturas no aprobadas.

Aquellos alumnos que teniendo uno o dos insuficientes y se encuentren en situación de repitencia limítrofe debido a su bajo promedio, podrán solicitar formalmente a Unidad Técnica y Consejo de Profesores, una evaluación especial en las asignaturas reprobadas, siempre y cuando su asistencia sea mayor al 85% y su promedio sea 4.4 con un insuficiente y 4.9 con dos insuficientes. Se adjunta formulario de apelación (plazo una semana después del término del año lectivo). Se considerará como situación limítrofe un promedio 5,4, en los niveles de 3° y 4° medio, siempre y cuando esté asociado a un promedio insuficiente en el Plan de Formación General y/o las asignaturas de matemática y lenguaje.

2. Respecto a la Asistencia

Para ser promovidos los alumnos y alumnas deberán asistir, a lo menos, al 85%

de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se

considerará como asistencia regular la participación de los alumnos (as) de

Enseñanza Media Técnico Profesional en las actividades de aprendizaje

realizadas en las empresas. Asimismo, se considerará como tal la participación de

alumnos de enseñanza media, ambas modalidades, en eventos nacionales e

internacionales en el área del deporte, la cultura, las ciencias y las artes.

No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento y el profesor jefe podrán

autorizar la promoción de los alumnos en la enseñanza media (1° a 4°) con menos del 85% de asistencia; esta autorización deberá ser

Page 57: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

58 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

refrendada por el consejo de profesores, al cual deberá asistir el profesor de los educandos en cuestión, (último Consejo de Evaluación), con toda la información posible sobre las ausencias de los alumnos y solicitud de apelación de asistencia del apoderado.

ARTÍCULO 31 Deberán repetir curso los estudiantes de 1° a 4° año de enseñanza media que no

cumplan con los requisitos de promoción establecidos para ellos, en el artículo 30.

ARTÍCULO 32 La situación final de promoción de alumnos (as) deberá quedar resuelta al término

del año escolar correspondiente. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento

educacional entregará a todos los alumnos (as) un certificado anual de estudios que

indique los sectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones

obtenidas y la situación final correspondiente.

Los alumnos y alumnas que por diversas razones no den término al proceso de

evaluación normalmente, la dirección del establecimiento y jefatura técnica deberán

resolver, previo estudio de antecedentes entregados por el profesor jefe, antes de

finalizar el año lectivo correspondiente.

Párrafo 6

De las asignaturas incorporados en JEC y otras situaciones especiales

ARTÍCULO 33 Las asignaturas incorporadas en Jec, y que se han asignado desde las horas de libre disposición, se evaluarán como se indica:

Taller de Integración: Este subsector forma parte del Plan de Estudio, con carácter

de obligatorio, por tanto su evaluación incide en la promoción. El taller, en sus

distintas propuestas pedagógicas, estará enfocado a desarrollar en los jóvenes

habilidades sociales tales como trabajo en equipo, participación ciudadana, toma de

decisiones, autonomía y potenciar valores de responsabilidad, tolerancia,

solidaridad, fraternidad, etc.

Tendrá una duración semestral y estará enfocado a áreas cómo: artística, deportiva,

cultural, informática, recreativa, ecológica, de nivelación, etc. Entre las evaluaciones

que se registrarán, en cada uno de ellos, deberá ir una dirigida a la asistencia y otra

a la responsabilidad o participación del alumno en el Taller correspondiente; las

restantes serán determinadas por cada docente.

ARTÍCULO 34 a.- Cada vez que un alumno o alumna se encuentre en situación especial, por la cual

requerirá de un tratamiento diferente en cuanto a normas académicas, llámese

salud, embarazos, u otras, deberá comunicarlo lo antes posible a UTP, tanto

alumno(a) como

apoderado, con el fin de indicarles los lineamientos a seguir, de

Page 58: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

acuerdo a los protocolos correspondientes.

b.- En caso contrario el Colegio no se dará por enterado y en lo que respecta a

evaluación y asistencia, se procederá normalmente, según párrafo 1, 2, 3, 4, 5,6.

Se anexa protocolo de evaluación para casos especiales. Que Considera en especial las ausencias prolongadas con el propósito de evitar la deserción escolar.

ARTÍCULO 35 Cada año el consejo de profesores, revisará el presente Manual para efectuar las

modificaciones a que haya lugar.

ARTÍCULO 36 Cualquier situación no prevista en el presente Manual, será analizada y determinada

por la Dirección con apoyo de la Unidad Técnica y el Equipo de Gestión, notificando

al Consejo de

Profesores.

Page 59: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 59

XII. PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR.

INTRODUCCIÓN

El presente documento busca entregar las herramientas pertinentes y necesarias para enfrentar distintos riesgos que se pueden ocasionar dentro del establecimiento, para esto se conocerán los objetivos y procedimientos específicos que se deben llevar a cabo en caso de evacuación por diversas causas o emergencias que se presenten. También se establecerán las zonas de seguridad, programas de trabajo y responsables en cada uno de los procedimientos que se realicen dentro del establecimiento. OBJETIVO PROPORCIONAR A LA COMUNIDAD ESCOLAR PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA SEGURIDAD DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO PARA SER UN APORTE SUSTANTIVO A LA FORMACIÓN DE UNA CULTURA PREVENTIVA DE RIESGOS. ANTECEDENTES GENERALES El colegio técnico profesional san ramón la cisterna, fue fundado el año 2008 con el nombre de liceo técnico particular san ramón, contaba con 12 cursos con una matrícula de alumnos superior a los 450 alumnos en total. A fines del año 2008, fue reconocido por el ministerio de educación, cambiando el nombre a Colegio Técnico Profesional San Ramón La Cisterna, mediante a resolución 4515 del año 2008. Actualmente posee una matricula de 145 alumnos y cuenta con 8 salas de clases, 4 laboratorios, un casino. El sistema de clases es de jornada completa, con horarios de 08:30 a 16:30 HRS La planta docente se conforma de 10 docentes y 10 asistentes de la educación.

COMITÉ DE SEGURIDAD COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL “SAN RAMÓN - LA CISTERNA”

El comité de seguridad estará constituido por diversos integrantes de la comunidad educativa los cuales deberán participar activamente de cada uno de los programas implementados en el establecimiento en función de la seguridad. DIRECTOR ESCUELA. Jorge Ardemagni 225967849 COORDINADOR DE SEGURIDAD. Ginette Altamirano 225967849 REPRESENTANTE PROFESORES: Luis Silva 225967849 REPRESENTANTE CENTRO GENERAL DE PADRES: Lilian Cortez

Page 60: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 60

REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS: Michel Aranguiz REPRESENTANTES DE LAS UNIDADES DE: Carabineros: Sargento Giovanni Alarcón (10° comisaría de La Cisterna) REPRESENTANTES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN: Evelyn Díaz Meléndez 225967849

METODOLOGÍA AIDEP RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO ANÁLISIS HISTÓRICO El establecimiento con sus 11 años de vida, ha procurado siempre poseer una cultura de prevención de riesgos constantes. Para esto se ha realizado siempre operaciones de seguridad dentro del establecimiento tratando de realizar evacuación rápida de las diversas dependencias. Sin embargo, se han realizado evaluaciones de riesgo de las dependencias del patio en las que hemos encontrado elementos que tiene que ser mejorados.

1. Sectores donde no se encontraban las señalizaciones de las vías de evacuación

pertinentes del establecimiento.

2. Atochamiento de alumnos que dificultaban el acceso a las zonas de seguridad

establecidas por el comité de seguridad.

3. La falta de compromiso de docentes y alumnos al ejecutar plan de evacuación.

4. Los extintores y red húmeda no se encuentran en su ubicación señalada dentro del plano.

Cambio de Mangueras de la red húmeda

INVESTIGACIÓN EN TERRENO

Una vez detectado los Riesgos del establecimiento se realizó la siguiente evaluación de los elementos existentes dentro del establecimiento.

RIESGOS DETECTADOS DENTRO DE LA ESCUELA

Tipo de Riesgo

Lugar Solución

Sectores en donde no se encontraban las señalizaciones de las vías de evacuación pertinentes del establecimiento.

Murallas y

pasillos

Se solicitaron señalizaciones en la ACHS y estamos a la espera de la recepción para ser colocados.

Atochamiento

de alumnos

que

dificultaban el

acceso a las

zonas de

Escaleras

Instrucción a alumnos y profesores para optimizar el descenso con el fin de

Page 61: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 61

seguridad

establecidas

por el comité

de seguridad.

facilitar pasó a zonas de seguridad.

Los extintores y red húmeda no se encuentran en su ubicación señalada dentro del plano. Cambio de Mangueras de la red húmeda.

Pasillos Los extintores son ubicados donde corresponde uno en cada planta.

RIESGOS DETECTADOS POR TRABAJAR

Tipo de Riesgo Tipo de Riesgo

Tipo de Riesgo

Vidrio rotos Salas de

clases

Ok

Acceso de puerta, aldabas para mayor seguridad de pertenecías a alumnos.

Salas de

clases

Ok

Piso Baños y sala de clases del Establecimiento.

Baños varones

y damas. Sala de clases

Ok

Señalización de Zonas de Seguridad y ubicación dentro de estas zonas de cada uno de los cursos.

Patio Ok

Rejas de contención al salir de la escuela

Exterior (berma)

del portón

de salida

Ok

Ingreso de perros callejeros a nuestro establecimiento al horario de ingreso o salida del establecimiento.

Portón de

entrada.

Mayor resguardo por parte de Asistentes Ed.

Cambio y Sala de Se solicitaron,

Page 62: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 62

reposición de cortinas en sala de clases, deterioradas por mal uso o fatiga de material.

clases llegaron 15 y fueron instaladas en sala de computación de las especialidades, el resto estamos a la espera para reponer.

DISCUSIÓN Y ANÁLISIS Dentro de las necesidades y priorización de la minimización de estos riesgos hemos desarrollado los siguientes campos de acción para cada uno de los riesgos detectados.

ACCIONES PARA SOLUCIÓN DE FACTORES DE RIESGO

RIESGOS ACCIÓN

Vidrio rotos Solicitud de recursos para cambio de vidrio.

Acceso de puerta, aldabas para mayor seguridad de pertenecías a alumnos.

Recursos para la compra de materiales e instalación.

Piso Baños, salas del Establecimiento.

Se solicitará recursos al sostenedor del establecimiento para la compra e instalación de cerámicas d las salas de clases.

Señalización de Zonas de Seguridad y ubicación dentro de estas zonas de cada uno de los cursos.

Comité paritario se encargará de la demarcación de las zonas de seguridad del establecimiento.

Rejas de contención al salir de la escuela

Colegio solicita el recurso requerido mediante una carta a la Municipalidad.

Page 63: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 63

OPERACIÓN DE SEGURIDAD

PLAN DE EVACUACION DE ALUMNOS (INSTRUCTIVO) Se expone brevemente sobre la actuación que se espera de cada uno de nosotros ante las prácticas de la operación Cooper.

Ejecución de las prácticas evacuativas:

1. Al sonar el timbre en forma intermitente, indica el inicio del siniestro, el profesor alertara a los alumnos y luego continuara con un timbre continúo indicando la duración de este.

2. En caso de sismo de gran magnitud (corte de energía), el mismo siniestro avisara a la comunidad escolar. En caso de aviso de bombas, explosiones, incendios el timbre debe ser accionado.

3. El alumno que está más cerca de la puerta de la sala procederá a abrir lo más rápido posible y volverá a formar el triángulo de vida. El resto del alumnado dejaran en forma inmediata la labor que están realizando y formaran el triángulo de vida.

4. Al término del timbre continuo, los alumnos deberán esperar las instrucciones del profesor a cargo.

5. El profesor saldrá de la sala y verificara que los alumnos pueden salir sin problemas.

6. Una vez verificado, el profesor ordenara la evacuación inmediata a los alumnos hacia la zona de seguridad o emergencia.

7. Los alumnos se dirigirán al lugar asignado en la zona de seguridad (que estará señalizada en el extremo superior derecho del pizarrón) y lo deberá hacer con paso rápido y sin hablar, gritar o correr.

8. Si los alumnos se encuentran sin la presencia del profesor, El presidente de curso hará la función de profesor a cargo del aula de clases.

9. Si el alumno se encuentra en recreo, debe dirigirse inmediatamente hacia el lugar asignado de la zona de seguridad que corresponda a su curso.

10. Una vez en la zona de seguridad se sentarán en el lugar asignado en silencio, alejándose de las paredes.

11. El profesor verificara (pasar lista) que todos los alumnos que tiene a su cargo se encuentran en la zona de seguridad en forma ordenada y controlada junto a ellos.

12. Una vez revisado el establecimiento por el comité de seguridad escolar, los encargados indicaran a los profesores el ingreso nuevamente a las aulas, para la continuación de sus actividades.

PLAN DE EVACUACIÓN (DOCENTES)

COMUNIDAD ESCOLAR Se expone brevemente el nuevo procedimiento a seguir en el operativo de evacuación Cooper.

Ejecución del procedimiento:

1. El profesor jefe deberá practicar mínimo una vez cada 2 mes (6 veces al año), el instructivo del plan de evacuación (equivalente a 10 minutos), en el horario de consejo de curso junto a sus alumnos a cargo.

Page 64: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 64

2. Esta práctica debe realizarse tanto en el interior y exterior de la sala. Tomando como si cada ensayo fuese real.

3. En la sala de clases debe permanecer a la vista el instructivo de evacuación y diagrama de evacuación del piso correspondiente, esto debe ser lo más cercano a la puerta de acceso de la sala, con el fin que los alumnos lo vean en forma constante.

4. En caso que el docente considere que la sala es insegura en el transcurso de un sismo (desprendimiento de cemento, etc.), este debe dirigirse a la zona de seguridad del 1° piso. (Z-S)

5. En caso de accidente e incidente tanto para el alumno como docente, debe ser trasladado de inmediato a Inspectoría, Unidad técnica o Dirección, quienes tomaran las acciones a seguir con el apoderado.

PLAN DE EVACUACIÓN (PERSONAL COLEGIO) COMUNIDAD ESCOLAR

Se expone brevemente sobre la actuación que se espera de cada uno de nosotros ante las prácticas de la operación Cooper.

Ejecución de las prácticas evacuativas:

1. Al sonar el timbre en forma intermitente, indica el inicio del siniestro, luego continuara con un timbre continúo indicando la duración de este, todo el personal del establecimiento (interno y externo) buscara el triángulo de vida más cercano.

2. Al término del timbre continuo, se debe dirigir hacia la zona de seguridad o emergencia.

3. En el caso del personal administrativo y directivos docentes deberán apoyar el orden de los alumnos en la zona de seguridad en la parte posterior de la formación, para así manejar en forma segura y ordenada la evacuación de los alumnos a la zona de emergencia cuando sea requerida.

4. En el caso del portero o la encargada del quiosco debe dirigirse al portón trasero y sacar el candado para abrirlo en caso que se deba evacuar hacia la zona de emergencia.

5. En el caso del personal auxiliar deberán cortar el gas y dirigirse hacia la zona de seguridad a apoyar la evacuación de los alumnos en caso de ser requerida.

6. En el caso del personal de casino, deberán cortar el gas de la cocina y dirigirse hacia la zona asignada en la zona de seguridad o emergencia.

7. En el caso del personal de inspectoría deberán cortar la energía eléctrica y dirigirse hacia la zona de seguridad a apoyar la evacuación de los alumnos en caso de ser requerida

PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE O INCIDENTE (ALUMNOS) Se expone brevemente sobre la actuación que se espera de cada uno de nosotros ante un accidente o incidente dentro del establecimiento.

Ejecución de las prácticas evacuativas:

1. Al ocurrir un incidente o accidente a un alumno, el profesor, enviara al presidente de curso a alertar a la dirección.

Page 65: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 65

2. El director, se dirigirá donde ocurrió el incidente o accidente y evaluara la situación.

3. El director llamara al apoderado, para el traslado del afectado, si es muy grave, el alumno será trasladado al servicio de salud más cercano y el apoderado se reunirá con ellos allá.

4. El director entrevistara al afectado y llenara los documentos del seguro escolar para ser atendido en el servicio de salud más cercano.

5. El alumno afectado una vez atendido, hará llegar al establecimiento licencia médica (si es extendida) o llamara para informar situación.

PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE O INCIDENTE

(TRABAJADORES DEL COLEGIO) Se expone brevemente sobre la actuación que se espera de cada uno de nosotros ante un accidente o incidente dentro del establecimiento.

Ejecución de las prácticas evacuativas:

1. Al ocurrir un incidente o accidente a un profesor o asistente de la educación, el presidente de curso alertara al profesor que se encuentra en la sala contigua y a continuación a dirección.

2. En caso que el profesor o asistente de a educación se encuentren en el patio, cualquier alumno deberá dar aviso a la primera autoridad que encuentre.

3. El director, se dirigirá donde ocurrió el incidente o accidente y evaluara la situación.

4. El director llamara a la ACHS, para el traslado, en ambulancia al afectado.

5. El director entrevistara al afectado y llenara los documentos para ser atendido en la ACHS.

6. Una vez llegada la ambulancia el afectado será trasladado hacia la ACHS, si así lo determina el paramédico.

7. El profesor afectado una vez atendido, hará llegar al establecimiento licencia médica (si es extendida) o llamara para informar situación.

Page 66: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

DIAGRAMAS DE EVACUACION

Dirección

Casino

Cocina

Administrativos + Portería

PLAN DE EVACUACION PRIMER PISO

Ascensor

Baños Baños Baños Hall

ZONA DE SEGURIDAD

PATIO CENTRAL

Portón

Escale

ras

Escale

ras

prim

ero

A

(Z

8)

Seg

un

do

A

(Z6)

cu

arto

B

(Z5)

Tercero

A

(Z

4)

co

cin

a (

Z3)

cu

arto

C

(Z7)

(Z16)

(Z17)

(Z18)

(Z19)

vis

itas (Z

20)

(Z15)

Page 67: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

PLAN DE EVACUACION SEGUNDO PISO

Biblioteca

Sala de profesores

Ascensor

Sala vacía Primero medio A Segundo medio ASala computación

especialidad

ZONA DE SEGURIDAD

PATIO CENTRAL

Escale

ras

Escale

ras

Portón

ZONA DE

SEGURIDAD 2º PISO

pri

mero

A

(Z8)

Seg

un

do

A

(Z6)

cu

art

o B

(Z5)

Terc

ero

A (

Z4)

co

cin

a (

Z3)

cu

art

o C

(Z7)

(Z16)

(Z17)

(Z18)

(Z19)

vis

itas (Z

20)

(Z15)

PLAN DE EVACUACION TERCER PISO

Ascensor

Sala vacía Sala vacía Sala de computación enlace Sala vacía

Baños

Sala vacia

Tercero medio B

ZONA DE SEGURIDAD

PATIO CENTRAL

Escale

ras

Escale

ras

ZONA DE

SEGURIDAD 3º PISO

Portón

pri

mero

A

(Z8)

Seg

un

do

A

(Z6)

cu

art

o B

(Z5)

Terc

ero

A (

Z4)

co

cin

a (

Z3)

cu

art

o C

(Z7)

(Z16)

(Z17)

(Z18)

(Z19)

vis

itas (Z

20)

(Z15)

Page 68: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

68 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

PLAN DE EVACUACION CUARTO PISO

Ascensor

Sala vacia Sala vacia Laboratorio Químico Cuarto medio C

Laboratorio de

Administración

Tercero medio A

prim

ero

A

(Z

8)

Seg

un

do

A

(Z6)

cu

arto

B

(Z5)

Tercero

A

(Z

4)

ZONA DE SEGURIDAD

PATIO CENTRALco

cin

a (

Z3)

cu

arto

C

(Z7)

(Z16)

(Z17)

(Z18)

(Z19)

vis

itas (Z

20)

Escale

ras

Escale

ras

ZONA DE

SEGURIDAD 4º PISO

Portón

(Z15)

Page 69: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

69 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

PLAN DE EVACUACION PRIMER PISO ZONA DE EMERGENCIAFUERA DE LAS DEPENDENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO

Cocina

Casino

Ascensor

Baños Baños Baños Hall Dirección

Portón

Escale

ras

Escale

ras

prim

ero

A

(Z

8)

Seg

un

do

A

(Z6)

cu

arto

B

(Z5)

Tercero

A

(Z

4)

co

cin

a (

Z3)

cu

arto

C

(Z7)

(Z16)

(Z17)

(Z18)

(Z19)

vis

itas (Z

20)

(Z15)

Page 70: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

70 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

ALERTA O ALARMA

La Alerta Interna será siempre realizada por el Inspector del establecimiento el cual lo hará en primera instancia mediante el timbre en forma intermitente. Las Alertas Externas: serán entregadas por personas ajenas al establecimiento, ya sea, radio, televisión, prensa local: Estas alertas podrán ser por intensas lluvias, fuertes vientos, manifestaciones violentas cerca del establecimiento. Las Alertas de Origen natural: Se evaluarán según veracidad de la información, y el establecimiento activará la alarma para aplicar acciones de respuesta.

COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN

La cadena de información se manejará de la siguiente forma.

Unidades Fonos Dirección

Director Alejandro Vial 8791

Unidades de Bomberos

132

Unidades de Carabineros

133 95293489 (Plan Cuadrante)

Gran Avenida 8099

Centro General de Padres

Alejandro Vial 8791

La información interna será manejada dentro del Plan de Seguridad.

Microzonificación de Riesgos y Recursos.

Inventario de recursos.

Listas de Asistencia

Nómina de Teléfonos

Registro de actividades no lectivas.

Formatos de Funcionamiento.

La información externa esta figura en el mapa de Microzonificación de Riesgos. En los que figurarán las zonas seguras que se encuentran fuera del establecimiento y condiciones en que se encuentra el entorno.

Page 71: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

71 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

NÓMINA DE GRUPOS DE TRABAJO INTERNO Y EXTERNO

PARTICIPANTES

Nombres Teléfonos Dirección

Jorge Ardemagni

Alejandro Vial 8791

Víctor Rodríguez

63525041 Alejandro Vial 8791

Evelyn Díaz 83001045 Alejandro Vial 8791

Vanessa Latorre

92876932 Alejandro Vial 8791

Ginette Altamirano

50003400 Alejandro Vial 8791

COORDINACIÓN

Para realizar las acciones pertinentes en situación de emergencia se definirán los roles y Mandos a llevar a cabo.

Roles y Funciones en Emergencia

Nombres Rol Funciones

Jorge Ardemagni

Director Coordinación General

Inspectoría General

Alarma Interna Posición de Seguridad

Dar la alarma de evacuación.

Evelyn Díaz Posición de Seguridad Escala.

Resguardar la seguridad de alumnos en evacuación.

Vanessa Latorre

Comunicación y cadenas de información.

Llamado a Participantes del Comité de Seguridad en emergencia.

Asistentes de a educación (auxiliares)

Trabajo de Vías de Evacuación

Abrir portón trasero.

Page 72: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

72 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Profesores en Aula

Seguridad Resguardar la Salida de Todos los alumnos en orden con el libro de clases del curso.

Vanessa Latorre

Botiquín de Curaciones

Sacar dicho botiquín de la de Inspectoría a formación.

EVALUACIÓN

Tipo de Emergencia: las emergencias serán clasificadas según el fenómeno adverso que la

produjo y se tomaran acciones y recursos a destinar.

Daños: Se deberá realizar una evaluación primeramente de lesionados o heridos por el

fenómeno o efectos ocasionados por la emergencia.

Necesidades: Éstas se darán según el fenómeno de la emergencia, lo que apunta a la

demanda de las personas que estén afectadas.

Capacidad: Es la posibilidad de respuesta de la institución ante una emergencia para esto de

deberá recurrir a los recursos disponibles internos y externos que proporcionan

fundamentalmente los organismos de respuesta primaria.

DECISIONES Las decisiones se realizarán de acuerdo a los daños producidos por la emergencia, aquí se deberá resolver situaciones como:

Lugar de atención de personas.

Reubicación de personas afectadas.

Reasignación de recursos.

Suspensión o reinicio de clases según la contingencia.

Page 73: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

73 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

EVALUACIÓN SECUNDARIA Tiene por finalidad obtener más antecedentes según el fenómeno adverso enfrentado por la comunidad educativa. Aquí se realizará una evaluación de infraestructura y de su entorno, además se diagnosticará el sistema de comunicaciones y transporte desde y hacia al establecimiento. READECUACIÓN DEL PLAN Instancia de recopilación de informes para efectuar las medidas correctivas pertinentes de acuerdo a errores cometidos en los procedimientos realizados. Análisis y recomendaciones: Estas recomendaciones o proposiciones pueden venir por parte del comité o de integrantes externos del comité de seguridad como carabineros, bomberos, salud y otros). CRONOGRAMA Este programa de seguridad deberá ser realizado en forma mensual. El responsable de llevarlas a cabo será el monitor de seguridad del comité. El protocolo de trabajo será el siguiente:

Las Prácticas serán realizadas como mínimo una vez al mes.

Las Prácticas deberán quedar registradas en los libros especialmente para dichas labores. Con las firmas y tiempos pertinentes. PROGRAMA DE DESARROLLO DE LA SEGURIDAD OBJETIVO: Conocer potenciales sucesos a ocurrir y delinear posibilidades de actuación ante fenómenos u emergencias. Contenido: Emergencias: Incendio, Sismo, Terremoto, Bombas, Explosiones. Actividades: Invitar a integrantes de la red de seguridad del establecimiento para realizar una charla con respectos al fundamento y forma de actuar ante estas situaciones. Recursos: Sala y material didáctico informativo en función de estas situaciones. Que sea entregado a docentes y alumnos. Evaluación: Está actividad se deberá realizar de forma anual donde participe el Comité de Seguridad en especial por los integrantes de la comunidad educativa.

Page 74: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

74 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

XIII. ACTUALIZACIÓN Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO.

El Reglamento Interno de Convivencia Escolar del Colegio, podrá ser revisado todos los años en función de los cambios a la legislación vigente, pero su actualización completa deberá ser fruto de un proceso participativo de todos los miembros de la comunidad escolar al menos cada cuatro años. Este proceso deber contemplar momentos de reflexión de cada uno de los actores escolares, utilizando para ello, el consejo de profesores/as, la hora de consejo de curso u orientación, las reuniones de apoderadas/os u otras instancias convocadas especialmente para este efecto. El o la encargado/a de convivencia escolar coordinará y gestionará la realización de estos espacios reflexivos y velará por mantener el presente documento actualizado y acorde a la normativa legal vigente.

Finalmente, de acuerdo al Ordinario N° 476 de la Superintendencia de Educación, este “reglamento interno y sus modificaciones deberán estar publicados en el sitio Web del establecimiento educacional y estar disponible en dicho recinto para los estudiantes, padres, madres y apoderados. Además, deberá ser informado y notificado a los padres, madres y apoderados, para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula”.

Page 75: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

75 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

ANEXO TEMPORAL AL REGLAMENTO INTERNO CLASES PRESENCIALES EN CONTEXTO DE PANDEMIA.

Las clases presenciales son irremplazables para el logro de los aprendizajes que las y los estudiantes deben desarrollar en cada curso y asignatura, constituyen la instancia formativa clave para el desarrollo de los conocimientos, habilidades y actitudes definidas como centrales para la vida. Es por esto, que cumpliendo con las indicaciones del Ministerio de Salud y Ministerio de Educación, el establecimiento ha decidido retomar las actividades presenciales en el contexto de pandemia de COVID 19. Para esto, se ha definido el siguiente Anexo Temporal al Reglamento Interno, que tendrá vigencia hasta que la autoridad pertinente anuncie el fin de la emergencia sanitaria.

1. Horario de Clases. Durante el periodo de pandemia, el establecimiento ha definido el siguiente horario de clases para los distintos cursos:

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

08:40 a

08:55

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocial Apoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

08:55 a

09:40Artes Visuales Matematicas Matematicas Ciencias Naturales Ingles

08:40 a

09:20

09:40 a

10:25

Educación

tecnologica

Historia y

geografiaIngles Matematicas Matematicas

09:20 a

10:00

10:25 a

10:35Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10:00 a

10:10

10:35 a

11:20Educacion Fisica Lenguaje Lenguaje Lenguaje Lenguaje

10:10 a

10:50

11:20 a

12:05Ciencias Naturales Ingles Ciencias Naturales Historia y geografia

Distribución Horaria Clases Presenciales Primero Medio

Almuerzo profesores 12:10 a 12:55 horas

GRUPO A

Page 76: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

76 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

13:00 a

13:15

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

13:15 a

14:00Artes Visuales Matematicas Matematicas Ciencias Naturales Ingles

11:20 a

12:00

14:00 a

14:45

Educación

tecnologica

Historia y

geografiaIngles Matematicas Matematicas

12:00 a

12:40

14:45 a

14:55Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

12:40 a

12:50

14:55 a

15:40Educacion Fisica Lenguaje Lenguaje Lenguaje Lenguaje

12:50 a

13:30

15:40 a

16:25Ciencias Naturales Ingles Ciencias Naturales Historia y geografia

GRUPO B

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

08:40 a

08:55

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

08:55 a

09:40Lenguaje Historia y geografia Lenguaje Matematicas Matematicas

08:40 a

09:20

09:40 a

10:25Educacion Fisica Matematicas Matematicas Lenguaje Ingles

09:20 a

10:00

10:25 a

10:35Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10:00 a

10:10

10:35 a

11:20Artes Visuales Ingles Ciencias Naturales Historia y geografia Ciencias Naturales

10:10 a

10:50

11:20 a

12:05

Educación

tecnologicaLenguaje Ingles Ciencias Naturales

Distribución Horaria Clases Presenciales Segundo Medio

Almuerzo profesores 12:10 a 12:55 horas

GRUPO A

Page 77: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

77 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

13:00 a

13:15

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

13:15 a

14:00Lenguaje Matematicas Matematicas Matematicas Matematicas

11:20 a

12:00

14:00 a

14:45Educacion Fisica Historia y geografia Lenguaje Ingles Lenguaje

12:00 a

12:40

14:45 a

14:55Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

12:40 a

12:50

14:55 a

15:40Artes Visuales Ingles Ciencias Naturales Historia y geografia Ciencias Naturales

12:50 a

13:30

15:40 a

16:25

Educación

tecnologicaLenguaje Ingles Ciencias Naturales

GRUPO B

Distribución Horaria Clases Presenciales tercero Medio Administración

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

08:40 a

08:55

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

08:55 a

09:40Educacion Fisica Lenguaje

Modulos TP Atencion

de Clientes

Modulos TP

Utilizacion de

informacion Contable

Modulos TP Gestión

Comercial Tributaria

08:40 a

09:20

09:40 a

10:25

Ciencias para la

Ciudadania

Modulos TP

Organización de

Oficinas

Modulos TP

Utilizacion de

informacion Contable

FilosofiaModulos TP Gestión

Comercial Tributaria

09:20 a

10:00

10:25 a

10:35Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10:00 a

10:10

10:35 a

11:20Ingles

Educacion

ciudadana

Modulos TP Atencion

de Clientes

Modulos TP

Procesos

Administrativos

Modulos TP Procesos

Administrativos

10:10 a

10:50

11:20 a

12:05

Modulos TP

Aplicaciones

Informaticas para la

Gestión

Administrativa

Matematicas Lenguaje Matematicas

GRUPO A

Almuerzo profesores 12:10 a 12:55 horas

Page 78: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

78 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

13:00 a

13:15

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

13:15 a

14:00Educacion Fisica Lenguaje

Modulos TP Atencion

de Clientes

Modulos TP

Utilizacion de

informacion Contable

Modulos TP Gestión

Comercial Tributaria

11:20 a

12:00

14:00 a

14:45

Ciencias para la

Ciudadania

Modulos TP

Organización de

Oficinas

Modulos TP

Utilizacion de

informacion Contable

FilosofiaModulos TP Gestión

Comercial Tributaria12:00 a

12:40

14:45 a

14:55Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

12:40 a

12:50

14:55 a

15:40Ingles

Educacion

ciudadana

Modulos TP Atencion

de Clientes

Modulos TP

Procesos

Administrativos

Modulos TP Procesos

Administrativos

12:50 a

13:30

15:40 a

16:25

Modulos TP

Aplicaciones

Informaticas para la

Gestión

Administrativa

Matematicas Lenguaje Matematicas

GRUPO B

Distribución Horaria Clases Presenciales Tercero Medio Química

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

08:40 a

08:55

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocial Apoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

08:55 a

09:40

Modulos TP

Manejo y

Almacenamiento

Seguro de Materiales

(Jorge)

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Educacion Fisica Filosofia Lenguaje08:40 a

09:20

09:40 a

10:25Lenguaje

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Educacion ciudadana

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)

09:20 a

10:00

10:25 a

10:35Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10:00 a

10:10

10:35 a

11:20

Ciencias para la

CiudadaniaMatematicas Ingles

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)

10:10 a

10:50

11:20 a

12:05

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

Matematicas

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

GRUPO A

Almuerzo profesores 12:10 a 12:55 horas

Page 79: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

79 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

13:00 a

13:15

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

13:15 a

14:00

Modulos TP

Manejo y

Almacenamiento

Seguro de Materiales

(Jorge)

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Educacion Fisica Filosofia Lenguaje11:20 a

12:00

14:00 a

14:45Lenguaje

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Modulos TP

Tecnicas, Procesos y

Equipos de

Laboratorio

Educacion ciudadana

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)12:00 a

12:40

14:45 a

14:55Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

12:40 a

12:50

14:55 a

15:40

Ciencias para la

CiudadaniaMatematicas Ingles

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)

Modulos TP

Cuidado del

Medioambiente y

Tratamiento de

Residuos (Jorge)

12:50 a

13:30

15:40 a

16:25

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

Matematicas

Modulos TP

Fabricación de

Productos

Industriales (Jorge)

GRUPO B

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

08:40 a

08:55

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocial Apoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

08:55 a

09:40

Modulos TP Toma de

muestras

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

(Jorge)

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

Educacion

ciudadana

Modulos TP Técnicas

de Análisis

Instrumental

08:40 a

09:20

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

10:25 a

10:35Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

10:00 a

10:10

10:35 a

11:20Lenguaje

Ciencias para la

CiudadaniaMatematicas Filosofia Matematicas

10:10 a

10:50

11:20 a

12:05 Ingles

Modulos TP

Mantenimiento de

equipos de

Laboratorio

Educacion Fisica Lenguaje

Modulos TP Técnicas

de Análisis

Instrumental

09:20 a

10:00

Distribución Horaria Clases Presenciales Cuarto Medio Química

Modulos TP

Emprendimiento y

Empleabilidad (Paula)

09:40 a

10:25

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

(Jorge)

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

Almuerzo profesores 12:10 a 12:55 horas

GRUPO A

Page 80: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

80 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Horario Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Horario

13:00 a

13:15

Apoyo

socioemocial

Apoyo

socioemocialApoyo socioemocial

Apoyo

socioemocial

13:15 a

14:00

Modulos TP Toma de

muestras

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

(Jorge)

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

Educacion

ciudadana

Modulos TP Técnicas

de Análisis

Instrumental

11:20 a

12:00

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

14:45 a

14:55Recreo Recreo Recreo Recreo Recreo

12:40 a

12:50

14:55 a

15:40Lenguaje

Ciencias para la

CiudadaniaMatematicas Filosofia Matematicas

12:50 a

13:30

15:40 a

16:25 Ingles

Modulos TP

Mantenimiento de

equipos de

Laboratorio

Educacion Fisica Lenguaje

GRUPO B

14:00 a

14:45

Modulos TP

Emprendimiento y

Empleabilidad (Paula)

Modulos TP

Preparación de

Muestras Para

Análisis Orgánico

(Jorge)

Modulos TP

Técnicas de Análisis

Físico-Químico

(Jorge)

Modulos TP Técnicas

de Análisis

Instrumental

12:00 a

12:40

Page 81: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

81 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

2. Asistencia a Clases. La asistencia a clases se considerará de carácter mixto (presencial y virtual). El establecimiento llevará registro de la asistencia diaria de cada estudiante (pasará lista todos los días). De igual forma, estarán momentáneamente impedidos de asistir a clases las y los estudiantes que estén en proceso de recuperación de COVID-19 (con o sin síntomas) o que vivan o hayan tenido contacto directo con personas contagiadas. En el caso de estudiantes contagiados, este impedimento durará hasta que obtengan el alta médica debidamente certificada por el servicio de salud respectivo, mientras que si se trata de haber tenido contacto directo, este impedimento se extenderá durante los días de aislamiento que recomienden las autoridades sanitarias. Las y los estudiantes que momentáneamente estén impedidos de asistir a clases, contaran con un plan de acompañamiento y el monitoreo directo por parte del profesor/a jefe del curso respectivo para desarrollar los aprendizajes esperados. Sin embargo, es necesario señalar que el éxito de este Plan, dependerá en gran medida de la comunicación que se logre establecer entre el Colegio y la familia del estudiante, así como del compromiso del propio estudiante con su proceso de aprendizaje.

3. Presentación Personal y Mascarilla.

Dada las condiciones en que nos hemos visto enfrentados durante esta pandemia y los problemas socioeconómicos que se han generados, nuestro establecimiento educacional ha decidido que el uso del uniforme escolar sea de carácter voluntario, sin que ello signifique gastos adicionales para las familias, por lo que durante el 2021 los estudiantes que no cuenten con su uniforme podrán asistir con la polera institucional y pantalón de buzo azul marino, en caso de que no tenga el del colegio. Además el uso de la mascarilla es obligatorio durante la jornada escolar.

4. Ingreso al Establecimiento. El ingreso al establecimiento se realizará en los horarios definidos para cada curso, con el fin de evitar aglomeraciones en los accesos y cercanías del Colegio. En el acceso al establecimiento, se realizará un control de temperatura a cada estudiante y solo podrán ingresar a clases quienes registren hasta 37,8°. Si algún estudiante presenta una temperatura mayor, se activará el protocolo. Una vez realizado el control de temperatura, las y los estudiantes se dirigirán inmediatamente a sus salas para el inicio de las actividades pedagógicas. En todo momento se deberá mantener una distancia mínima de un metro entre las personas. Quedan prohibidos los saludos de beso, abrazos, apretones de mano o cualquier otro contacto físico entre las personas. Cada Estudiantes deberá usar alcohol gel antes de entrar a la sala de clases.

5. Actividades de Aula. Las actividades de aula serán monitoreadas por las y los docentes respectivos, quienes velaran por la mantención de las medidas preventivas establecidas en este Reglamento tales como el distanciamiento social mínimo de un metro, prohibición del contacto físico y el correcto uso de la mascarilla personal. El establecimiento ha definido para cada una de las salas de clases, un aforo o capacidad máxima de personas que pueden permanecer en su interior, esto con el fin de permitir el apropiado distanciamiento social entre estudiantes y docentes. Las salas cuentan con demarcaciones visibles que permiten asignar de manera segura lugares apropiados de trabajo para cada estudiante.

Page 82: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

82 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

Durante el desarrollo de las clases, queda prohibido el intercambio de útiles escolares entre estudiantes y toda necesidad de algún material por parte de algún/a estudiante deberá ser comunicado al profesor/a para que este resuelva la situación. Al finalizar cada clase, el docente respectivo será el encargado/a de abrir las puertas y ventanas de cada sala para permitir su correcta ventilación. Las y los auxiliares de servicio serán responsables de realizar la limpieza y desinfección de las superficies al finalizar cada jornada (mañana y tarde).

6. Recreos, Uso del Baño y Almuerzo. Como es habitual, los diferentes bloques de clases están divididos por momentos de recreo en que las y los estudiantes deben salir de sus salas para que estas sean ventiladas y permanecer en el patio del establecimiento. Durante los recreos, las y los estudiantes pueden conversar o jugar entre sí, pero siempre manteniendo el correcto uso de la mascarilla personal y una distancia mínima de un metro entre las personas. En el caso de estudiantes que traen colación al establecimiento, se solicita que su consumo sea individual y manteniendo las normas de higiene. El recreo también es el momento en que las y los estudiantes acuden al baño, por lo que el establecimiento ha definido la capacidad máxima de personas o aforo que permite mantener el distanciamiento mínimo de un metro entre las personas. Para controlar el acceso a los servicios higiénicos, habrá un/a asistente de la educación en el acceso de cada baño, controlando que no se produzcan aglomeraciones y se cumplan las medidas preventivas ya especificadas (mascarilla y distanciamiento mínimo de 1 metro). En cada uno de los recreos, las y los estudiantes deberán lavar sus manos con agua y jabón o en su defecto, limpiarlas utilizando alcohol gel. Los servicios de alimentación otorgados por la JUNAEB serán implementados manteniendo todas las medidas de seguridad establecidas, por lo que se asignará horarios diferenciados para cada curso y demarcación del comedor para establecer claramente espacios apropiados a cada estudiante que respeten el distanciamiento mínimo de un metro entre las personas.

7. Faltas. A las faltas ya establecidas en el Reglamento Interno del establecimiento, mientras dure la situación de pandemia se agregaran las siguientes acciones consideradas como faltas:

FALTA GRAVEDAD SANCIÓN

1. No respetar medidas de prevención tales como el correcto uso de la mascarilla, el distanciamiento mínimo de un metro entre las personas, control de temperatura al ingresar al establecimiento, lavado de manos en cada recreo o compartir implementos de uso personal.

Leve -Dialogo Formativo -Acción de Reparación -Citación de Apoderado

2. No informar al establecimiento sobre personas contagiadas en el grupo familiar o en las casas de las y los estudiantes.

Grave

-Dialogo Formativo -Acción de Reparación -Citación de Apoderado -Suspensión hasta que acredite que esta de alta, o hasta terminar cuarentena preventiva.

3. Toser o estornudar directamente hacia otro miembro de la comunidad educativa.

Gravísima Dialogo Formativo -Acción de Reparación

Page 83: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

83 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

-Citación de Apoderado -Suspensión por 5 Días.

ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO

El Colegio Técnico Profesional San Ramón La cisterna, asume lo declarado en el decreto 67/2018 que la repitencia se produce cuando un estudiante no supera satisfactoriamente un curso escolar y debido a ello se ve obligado a repetir curso nuevamente. En este escenario, el colegio proveerá medidas de acompañamiento pedagógico a aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción o que presentan una calificación que pone en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso o nivel siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia. Dicho análisis deberá ser basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado. Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico (Coordinadora Pedagógica), en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado por cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año. b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los de su curso y las consecuencias que

ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender su situación de la o el estudiante y que

ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral, considerando los siguientes criterios para la promoción o repitencia de una o un estudiante:

d) Si el estudiante es repitente (ya que este factor representa un riesgo de deserción escolar) - adaptación a la repitencia (ya que repitencia está ligada a la desmotivación y desgano por estudio) - informes de personalidad. -edad del estudiante. - consideraciones de origen familiar. El contenido de este informe será consignado en la hoja de vida la o el estudiante.

e) Recopilación de informes médicos y/o derivaciones realizadas. Las medidas en el plan de acompañamiento deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado. (Artículo 12 decreto 67/2018). Este acompañamiento pedagógico incluye el compromiso y el apoyo de los padres y/o apoderados durante todo el año escolar.

Page 84: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

84 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

PROTOCOLO PARA ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO

El equipo interdisciplinario del establecimiento está compuesto por los siguientes profesionales asociados a las distintas áreas: psicóloga, profesores de asignatura y profesores jefes. Áreas: Coordinación Pedagógica (UTP), Equipo de Apoyo (Psicóloga) y Convivencia escolar

La derivación para el acompañamiento pedagógico se realizará a través, de los siguientes pasos:

1. La detección puede ser por el Diagnóstico Integral de Aprendizajes, profesores jefes, Profesores de asignaturas, repitencia o por la solicitud de un apoderado o estudiante.

2. Elaborar Plan de acompañamiento pedagógico por profesor jefe, profesor de asignatura, psicóloga y convivencia escolar.

3. Entrevista con apoderado y se solicita autorización para implementación del plan como lo exige el decreto 67/18, además se pedirá certificado de un especialista (ficha derivación)

4. Ya con la autorización del apoderado y con el ficha llenada por el especialista médico. El profesor jefe junto con la psicóloga se reúnen con el estudiante y se explica el trabajo a seguir en pro de su aprendizaje y bienestar socioemocional

5. Implementación del plan de acompañamiento 6. Seguimiento y monitoreo de las acciones en forma constante, del compromiso y del aprendizaje del estudiante, por

parte del profesor jefe y psicóloga para evaluar su desarrollo o evolución durante el plan de acompañamiento. 7. La decisión final de promoción o repitencia será informada al apoderado y al estudiante antes de finalizar el año

escolar.

Page 85: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

85 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

SOLICITUD DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA 2019

Para realizar la solicitud de Evaluación Diferenciada, se requiere completar correctamente el siguiente formulario, y con

ello, adjuntar informe vigente y certificado de médico especialista de acuerdo al manual de Apoyo a la Diversidad.

Con fecha _________________ certifico atender a: _____________________________________________________

Estudiante del curso _________________ del Colegio Técnico profesional san Ramón la Cisterna. A quien se le ha

diagnosticado: _________________________________________________________________________ Por lo tanto,

solicito aplicar Evaluación Diferenciada en la(s) siguiente(s) asignatura(s).

Cursos 1° y 2° Medio

N° Nombre de Asignatura Marque con una X

1 Lenguaje y comunicación

2 Idioma extranjero ingles

3 Matemáticas

4 Historia y geografía y ciencias sociales

5 Biología

6 Química

7 Física

8 Artes Visuales

9 Educación Tecnológica

10 Educación Física

RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

_______________________________________________________________

Page 86: REGLAMENTO INTERNO COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SAN … · 2021. 6. 2. · Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno. 3 19. Asistencia, atrasos y retiro

86 Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna. Reglamento Interno.

LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA GENERAL CONSISTIRÁ EN:

Revisar pruebas y trabajos junto con el alumno(a) con el fin de señalar errores y confusiones de manera constructiva.

Hacerlo corregir siempre su trabajo antes de entregarlo.

Reforzar instrucciones escritas con instrucciones verbales con refuerzo positivo.

Dar tiempo adicional para la realización de pruebas (15 minutos). NOTA: De ser necesario, sólo en casos excepcionales, el colegio podrá determinar otros apoyos a los estudiantes.

INFORMACIÓN DEL TRATAMIENTO DEL/ LA ESTUDIANTE

Recibirá apoyo farmacológico: SI________ NO _________

¿Cuál o cuáles? (dosis) _____________________________________________________________________

Se realizará reevaluación del Especialista en el mes de: __________________________________________

El tratamiento indicado rige desde: _____________________________a ___________________________

¿Se realizará derivación a otro Especialista? ¿Cuál?:_____________________________________________

Especialista que informa:

Nombre: _________________________________________________

Especialidad:_____________________________________________

Teléfono: _______________________________

Email: _______________________________ Fecha: ______________

Firma y Timbre Especialista

(OBLIGATORIO)