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REGLAMENTO INTERNO AÑO 2018
A.- Normas de Funcionamiento:
1.- Del Horario de Clases:
El Establecimiento funcionará con una jornada de trabajo:
a) Horario de Clase: 1º a 8º Año
Hora Inicio Término
1° 08: 30 09:15
2° 09:15 10:00
Recreo 10:00 10:15
3° 10:15 11:00
4° 11:00 11:45
Recreo 11:45 12:00
5° 12:00 12:45
6° 12:45 13:30
7° 13:30 14:15
b).- Horario de Pre Kinder
Horas Actividades
8.45 a 9.00 hrs Recepción
9.00 a 9.20 hrs Saludo Inicial. Rutina
9.20 a 9.40 hrs Actividad Variable 1
9:40 a 10.00 hrs Desayuno y hábitos de higiene
10.00 a 10.30 hrs Hora del Cuento
10.30 a 11.00 hrs Actividad Variable 2
11.00 a 11.15 hrs Actividad Recreativa
11:15 a 12.45 hrs Actividad Variable 3
12.45 a 13:00 hrs Baño
13:00 a 13.20 hrs. Almuerzo
13.20 a 13.30 hrs. Despedida
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c).- Plan de Estudio: Distribución Horas/Asignaturas
Asignaturas
Plan de Estudios
1°
N°
Hrs
2°
N°
Hrs
3°
N°
Hrs
4°
N°
Hrs
5°
N°
Hrs
6°
N°
Hrs
7°
N°
Hrs
8°
N°
Hrs
Lenguaje y Comunicación 8 8 8 8 6 6 7 7
Idioma Extranjero Ingles 2 2 2 2 3 3 3 3
Educación Matemática 6 6 6 6 6 6 7 7
Ciencias Naturales 3 3 3 3 3 3 4 4
Historia, Geografía y Ciencias
Sociales
3 3 3 3 4 4 4 4
Educación Tecnológica 1 1 1 1 1 1 1 1
Artes Visuales 2 2 2 2 1 1 1 1
Artes Musicales 1 1 1 1 1 1 1 1
Educación Física 3 3 3 3 2 2 2 2
Orientación 1 1 1 1 1 1 1 1
Religión 2 2 2 2 2 2 2 2
Sub Total Horas
32
32
32
32
30
30
33
33
II. Articulados Relevantes del Calendario Escolar Regional 2018.-
Artículo 2º: El año escolar 2018, se extenderá desde el 01 de Marzo hasta el 31 de
Diciembre (artículo 23. D.S. 453/91)
Articulo 3º: El año escolar 2018 comprenderá las siguientes etapas en las fechas que se
indican:
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN REGIMEN SEMESTRAL
Actividades Tiempo en el año…. Fechas
Ingreso docente …………….. Jueves 01 de Marzo
Reflexión sobre inclusión,
análisis Decreto 83/2015 y Organización , Planificación
curricular 1er semestre
docentes y asistentes de la
educación
2 días
Jueves 01 y Viernes 02 de Marzo
Inicio Año Lectivo …….. Lunes 05 de Marzo
Primera Jornada de
Socialización PEI/PME elaborado
1 día
Miércoles 25 de Abril
Primera Jornada de
difusión del MBE
actualizado y nuevo MBE de
la Educación Parvulario
1 día
Miércoles 30 de Mayo
Periodo de Evaluación 1 día Viernes 13 /07 y Viernes
21 / 12
Vacaciones 2 semanas Martes 17 al viernes 27 de
Julio
Organización y Planificación
2ºsemestre
1 día Lunes 30/ 07
Segunda Jornada de
Evaluación PEI/PME
1 día Primer día hábil una vez
finalizado el año lectivo.
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Articulo 4º: Duración del año Lectivo
Establecimientos que no están en régimen de jornada Escolar Completa
Nivel Nº Horas semanales Nº Semanas Fecha de termino
E. Parvularia
NT1 – NT2
NT1 : 22,30
NT2: 21
40 21.12.2018
E. Básica
1º a 4º
5º y 6º
32
30
40
40
21.12.2018
21.12.2018
E. Básica
7º y 8º
33 40 21.12.2018
III.- Reuniones de microcentros
Las reuniones de microcentros se realizarán en la ultima semana de cada mes, en el
horario de las 16:00 a 18:00 hrs con la siguiente distribución:
Lunes Martes Miércoles Jueves
Pre Kinder, Kinder y 6º año
1ero y 4to año 2º, 3er año 5º, 7º y 8º
Por respeto hacia los demás, el horario se cumplirá rigurosamente, el inicio como
también horario el termino, por lo que se esperará solo 10 minutos para el ingreso de
apoderados y no se permitirá abandonar una reunión para asistir a otra, para ello se
permitirá :
- Nombrar apoderado suplente, lo que deberá comunicar en Inspectoria
- Si el apoderado por su horario de trabajo no puede llegar a la hora a su reunión ,
debe comunicarse con su Profesor jefe para que de aviso a Secretaria y pueda
ingresar mas allá de los 10 minutos permitidos.
TITULO 1
De las inasistencias, permisos y representaciones del Establecimiento:
Artículo 1°
- La Asistencia a la Escuela es obligatoria desde el primer día hasta el último día de
clases, conforme a la programación y a lo establecido por la Autoridad (Ministerio de
Educación. Cabe señalar que los Certificados Médicos verifican la causal de la
inasistencia, pero sigue siendo inasistencia. Por lo tanto, los apoderados deben de formar
el hábito de no faltar a clases y abstenerse de solicitar permisos especiales, situaciones
frente a las cuales la Escuela será rigurosamente estricta.
Artículo 2°
- La inasistencia del alumno a clases deberá ser justificada por el apoderado
personalmente o bien por la presentación de un certificado médico, en Inspectoría.
Artículo 3º
Los Estudiantes desde Pre- Kinder a 2° año, contarán con transporte escolar quedando
establecido que es solo de acercamiento , no puerta a puerta, por lo que será de
responsabilidad del apoderado, estar atento al recorrido al inicio del año escolar para
organizarse en la espera del bus y esperar a su hijo o hija a la bajada del transporte, para
recibirlo de lo contrario y por su seguridad , el estudiante volverá a la escuela y su
apoderado tendrá que retirarlo en el Establecimiento.
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Los Estudiantes de 5° a 8° contarán con trasporte escolar de acercamiento solo para
quienes tengan domicilio fuera del sector de Cosmito, (la población San Francisco, Villa
Concepción, La Greda, etc)
Artículo 4°
- El alumno que ingrese a la escuela con más de 15’ de retraso al inicio de la jornada de
clases pasará a justificarse a Inspectoría , donde se le entregará un pase para poder
ingresar a la clase
Artículo 5°
- Reiterados (3) atrasos darán origen a la citación del apoderado a Inspectorìa, lo que
influirá en la evaluación de la Responsabilidad en su Informe de Personalidad
Artículo 6°
- El/la Estudiante que necesite retirarse durante la jornada de clases por motivos
personales, (enfermedad, problemas de comportamiento, Artículo 45º del pte
reglamento Interno) solo el apoderado podrá retirarlo(a), dejando registrado su nombre y
su Rut en inspectoría.
Artículo 7°
- Los alumnos que representen al Establecimiento en alguna competencia, paseos, actos o
exposiciones deberán tener la autorización por escrito de su apoderado con 24 horas
antes a través del profesor jefe o de asignatura, las que quedarán en la Dirección, en
caso contrario, no podrá salir del Establecimiento.
- Para garantizar la participación del 100% de los/las estudiantes en las salidas a terreno,
los/las estudiantes de comportamientos inadecuados deberán salir acompañados por su
apoderado titular o suplente.
Artículo 8º
- Los/las estudiantes que deban representar a su Establecimiento en cualquier evento deberán hacerlo correctamente presentados/as, en caso contrario no podrá
salir del Establecimiento.
TITULO 2
De la Presentación Personal y uso del uniforme escolar
Artículo 9°
- El uniforme de la Escuela para:
- Los alumnos de Pre- Kinder a 2º año usarán solo buzo deportivo y su delantal
Institucional con zapatillas, el Establecimiento proporcionará el buzo y su delantal.
- Los alumnos de 3eros a 8º año
Niñas: Falda plisada escocesa (azul y gris), blusa, corbata institucional, swater
Institucional y blazer, zapato negro, calcetas azules o gris. Buzo deportivo de la Escuela
solo para las clases de Educación Física o para alguna presentación especial que lo
requiera.
Niños: Pantalón gris, camisa, corbata institucional, swater institucional, zapato negro,
calcetas azules o gris. Buzo deportivo de la Escuela solo para las clases de Educación
Física o para alguna presentación especial que lo requiera.
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Los alumnos de 1º a 4º año usarán delantal institucional azul rey con amarillo oro.
Los alumnos de 5º a 8º año, usarán delantal blanco.
El Establecimiento proporcionará cada dos años a todos sus alumnos y alumnas desde
3eros a 8º año, el Blazer azul marino y la corbata institucional
Nota:
Existirá plena libertad para el apoderado donde adquiera el uniforme, solo deberá ajustarse a los colores y modelo Institucional
El uniforme es obligatorio según acuerdo de reunión de trabajo de apoderados en la
reformulación del presente reglamento, avisando en Dirección el no cumplimento para
fijar un plazo para su adquisición.
- El largo de la falda de las niñas será en forma obligatoria sobre la rodilla. (Se
ruega marcar con su nombre cada pieza de su uniforme, como cada útil escolar).
- En Actividades oficiales de representación (Actos comunales, desfiles, plaza pedagógica, debates, etc), el Establecimiento seleccionará una brigada de no más de
80 alumnos desde 4° a 8° año, bajo los criterios de sana convivencia, disciplina y
presentación personal.
Artículo 10º:
No se aceptarán en la presentación personal de los/las estudiantes: vestuario de otros
colores, uñas pintadas, aros, pircing, cabello largo en los niños, cortes de fantasía,
zapatillas de colores.
Artículo 11°
- Por higiene, los niños deberán presentarse con su pelo corto y las niñas con el pelo
tomado.
Artículo 12°
- Cuidar su presentación personal, permanentemente manteniendo el orden y limpieza de
su uniforme como de su persona.
Artículo 13°
- Los/las estudiantes que presenten pediculosis, sarna o cualquier enfermedad
infectocontagiosa, debe hacerse uso de Licencia Médica y volver a clases cuando sea
dado de alta.
TÍTULO 3
De requerimientos escolares específicos:
Artículo 14°
- El/la estudiante deberá cumplir con los trabajos escolares, llámese: investigaciones,
tareas, materiales, pruebas, etc. En los plazos acordados.
El no cumplimiento con esta norma, el profesor dará una nueva fecha, pero la escala de
evaluación solo será del 2.0 al 5.0
Ningún trabajo práctico de Educación Tecnológica o Artes Visuales podrá venir terminado
de casa. Solo se evaluarán los trabajos hechos en clases.
- En caso que el incumplimiento sea por enfermedad, la escala de notas será la normal, es decir del 2.0 al 7.0; siempre y cuando justifique con certificado
médico.
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Articulo 15º
- El/la estudiante que entregue su prueba en blanco y se resista responder, el profesor
citará a su apoderado, para comprometer una nueva fecha, realizando su prueba en
Dirección
TÍTULO 4°
Del uso de aparatos o artefactos personales que puedan interrumpir el trabajo
pedagógico en el aula.
Artículo 16°
- La escuela no se responsabilizará por artefactos o aparatos que no tengan incidencia en
lo pedagógico, como: celulares, joyas, dinero, etc.
Todo objeto que sea utilizado en clases para distraer será requisado por el profesor y
entregado a su apoderado.
TÍTULO 5°
Del cuidado de la Estructura y equipamiento del Establecimiento:
Artículo 17°
- El/la estudiante debe reponer todo daño causado en mobiliario y estructura de la
Escuela, ya sea integrando su valor o reponiéndolo.
Artículo 18°
- El/la estudiante deberá cuidar de la Infraestructura y equipamiento del
Establecimiento, integrando permanentemente comisiones de aseo, orden y limpieza de
los espacios que ocupe, especialmente los estudiantes de 5º a 8º año
Artículo 19°
- El material y todas las dependencias de la Escuela están para el beneficio de todos, por
tanto debe ser mantenido y cuidado por todos.
TÍTULO 6
De la continuidad de estudios de estudiantes embarazadas y estudiantes en
situación de riesgo:
Artículo 20°
- La estudiante embarazada se le atenderá en forma normal, estimulándola otorgando las
facilidades académicas del caso, para que cumpla con todas las exigencias y terminar con
su proceso escolar.
Artículo 21°
- Todo el personal del Establecimiento respetará su condición.
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TÍTULO 7
De la notificación por escrito
Artículo 22°
- El/la estudiante debe contar obligatoriamente, con una agenda escolar o en su defecto
un cuaderno exclusivo que preste dicha función. Será el nexo entre la familia y la
Escuela.
Artículo 23°
- El apoderado y el profesor registrarán su firma en cada notificación y tomarán
conocimiento.
Artículo 24º
- En caso de ser citado, deberá concurrir al Establecimiento el día y a la hora indicada.
Artículo 25º
- Por dictamen de la Superintendencia de Educación, será necesario contar con un fono
de emergencia y con correo electrónico, para comunicarse la Escuela con la familia en
caso de emergencia.
En caso de cambio de número, el apoderado tiene el deber de dar aviso en inspectoría.
TÍTULO 8
De la relación entre el Establecimiento y los apoderados
Artículo 26°
- Integración de los apoderados en diversas actividades organizadas de la Escuela: actos,
preparación de material y de colaboración del aprendizaje de sus niños (as), participación
activa al interior de su curso, participación en talleres existentes, microcentros, etc.
Artículo 27°
- Cada apoderado tendrá al año al menos dos veces entrevista personal con su profesor(a)
jefe. Para entrevistas personales, apoderado - profesor; el apoderado deberá respetar el
horario de atención que tiene cada profesor para atención de apoderados, horario que se
dará en la primera reunión de microcentros, publicándose en el fichero de la escuela.
Artículo 28°
- Teniendo presente que el proceso que viven los alumnos al interior de la sala de clases
es serio y delicado, los Padres no podrán ingresar a la sala de clases para consultas,
porque distraen el trabajo de los niños.
Artículo 28°
- Las entrevistas de los apoderados con los profesores se registrarán en el Libro de clases
.Artículo 29º
- El apoderado tendrá derecho a nombrar un apoderado suplente, quién se registrará en inspectoría.
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TÍTULO 9
De la difusión del Reglamento Interno
Artículo 30°
- Es derecho del apoderado y deber de la Escuela, entregar el reglamento Interno del
Establecimiento en el momento de la matrícula o al inicio del año escolar.
Artículo 31°
- En el año escolar siguiente, se analizará nuevamente en la primera reunión de
microcentros.
Artículo 32°
-Se trabajará, con los/las estudiantes durante el mes de Marzo en el período de
Organización.
TÍTULO 10
De los estímulos
Artículo 33°
Alumnos:
- Se destacarán semestralmente los alumnos con mejor promedio, mayor esfuerzo y de mejor convivencia
- Se destacará anualmente al curso que demuestre una mejor convivencia y
asistencia
- Se destacará anualmente al curso que mantenga el mejor ambiente en su sala de
clases, referido a limpieza, orden, ambiente acogedor y alegre.
Artículo 34 °
Apoderados:
- El Consejo de Profesores elegirá en el mes de Noviembre al mejor apoderado del
Establecimiento. - Se destacará anualmente al curso con mejor asistencia en reuniones de
microcentros.
- Se destacarán en el mes de Noviembre a 40 apoderados, que sean ejemplos de
una sana convivencia , compromiso y participación.
TÍTULO 11
De los Apoderados
Artículo 35°
- Constituye un deber de los Padres y Apoderados educar a su hijo (a) en los valores que
promueve el Establecimiento: “serán motivo de atención y especial dedicación en el
Establecimiento: la formación personal, social y ética, fortaleciendo permanentemente, el
respeto mutuo, la responsabilidad, la solidaridad , generosidad , la honestidad, esfuerzo
y esperanza, valores plasmados en nuestro PEI
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Artículo 36°
- La Escuela mantendrá contacto permanente con el hogar, a través de comunicaciones,
circulares e informativos y entrevistas.
Artículo 37°
- Los apoderados deben buscar solución a sus problemas e inquietudes dentro del
Establecimiento (Docentes, Dirección). La Escuela acoge y busca solución a los problemas
e inquietudes que se presenten en términos apropiados y constructivos.
Artículo 38°
- Al interior de la Escuela, ningún apoderado tiene derecho a llamar la Atención a un
estudiante, (al menos que sea su propio hijo(a)) como tampoco al personal que labora en
el Establecimiento ya sea Docente o no Docente el camino es: presentar el caso en la
Dirección para dar una solución eficaz a la situación dada.
Artículo 39°
- El/la estudiante recibirá :
3 cuadernos de matemáticas College: 2 para Lenguaje y comunicación ( Dictado y
Producción de textos) y 1 cuaderno de matemática College para el desarrollo de
habilidades matemáticas, ( resolución de problemas)los que quedarán en el EE.,
textos de estudio en forma gratuita y materiales para sus clases Técnico-
Artísticas, por lo que el apoderado debe estar permanentemente al tanto del
trabajo que su hijo desarrolla en el Establecimiento, debiendo apoyar el cuidado
que el alumno debe tener con sus útiles de estudios, herramientas fundamentales
para el aprendizaje y manifestación concreta del estado de su trabajo.
Artículo 40°
El apoderado tiene el derecho a estar informado de los avances de sus hijos (as), a través
de:
- Las reuniones de microcentros, que se realizarán cada mes - La entrevista personal a lo menos una vez en el semestre, que se coordinará con
los docentes o dirección de acuerdo a los horarios disponibles para estos efectos.
Artículo 41°
- El apoderado debe comprometerse a que su hijo(a) cumpla con el Plan Lector del Establecimiento, acompañándole en su Lectura, cuyas evaluaciones se realizarán
inmediatamente terminado el mes de lectura y monitoreada por el Equipo de
Técnico del Establecimiento.
Para ello cuenta con todos los libros necesarios en la biblioteca del
Establecimiento.
Artículo 42º
- El periodo del Plan Lector es el siguiente: 1er semestre: Abril, Mayo y Junio/ 2º
semestre: Agosto, Septiembre y Octubre
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-
TÍTULO 12
De Registros y Disciplina
Artículo 43°
- El apoderado deberá firmar el registro de salida, cuando sea necesario retirar a su hijo
del Establecimiento
Artículo 44°
- El Apoderado apoyará siempre las exigencias del Establecimiento y contribuirá para que
su hijo responda con docilidad.
NORMAS DE CONVIVENCIA
Mejorar la convivencia social en nuestra escuela significa asegurar relaciones
respetuosas entre los miembros de la comunidad educativa y superar las prácticas
discriminatorias, significa aprender y enseñar a los alumnos y alumnas a
desenvolverse en una institucionalidad normada por reglas de colaboración,
resolviendo los conflictos de manera justa y formativa.
Estamos trabajando por la formación de personas autónomas, respetuosas,
solidarias y participativas, personas con valores y habilidades que les permitan
convivir integradamente en la sociedad de hoy.
La sana convivencia es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el
respeto que éstas se deben.
El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los
integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan
una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca
la prevención de toda clase de violencia y agresión.
Artículo 1º.- Derechos y Deberes de la comunidad educativa
DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
1. Deberes de los Estudiantes:
a) En relación al aprendizaje:
Ser estudiantes proactivos, es decir, poner atención en clases, estudiar y
esforzarse por alcanzar el desarrollo máximo de sus capacidades, activos, de
iniciativa y de interés por saber y conocer.
Con conciencia ecológica y valores conservacionistas de respeto y amor a la
naturaleza.
Integradas con el mundo actual, con competencias en el uso de la tecnología de la
Información y la Comunicación.
Participar de los talleres extra programáticos y actividades disponibles en el
Establecimiento con responsabilidad, alegría y entusiasmo.
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b) En relación al trato con los integrantes de la comunidad educativa:
Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio hacia el otro, y siempre
utilizar el diálogo como primera herramienta para potenciar las buenas relaciones
que son el piso base para la buena convivencia.
Capaces de aceptarse a sí mismo con sus virtudes y defectos, perfeccionando las
primeras y superando las segundas.
Capaces de resolver sus conflictos mediante el diálogo, aprendiendo a escuchar y
a colocarse en el lugar del otro
Dar cuenta de una actitud colaborativa con los distintos integrantes de la
comunidad, a fin de facilitar los procesos educativos personales y de sus pares.
Ser honesto consigo mismo y con la comunidad educativa, reconociendo los
errores y las malas elecciones, aceptando la responsabilidad y consecuencias de
esas acciones.
Capaces de tener una escala de valores bien definida: respetuosa de los derechos
humanos, veraz, solidaria, generosa, tolerante, responsable y autónoma
c) En relación a la presentación:
El estudiante debe ingresar al colegio respetando los horarios establecidos en el mismo.
Usar el uniforme del colegio, el que se ajustará a la normativa interna del establecimiento. En términos generales deberá hacer uso de: delantal o cotona,
zapato escolar (no zapatilla) y cuando tengan clases de Educación Física hacer uso
del buzo del colegio.
Portar la agenda escolar a diario.
Los estudiantes deberán presentarse todas las mañanas limpios y bien peinados, los varones afeitados y el pelo corto, parejo.
Los estudiantes deberán mantener su rostro y pelo sin maquillaje y/o tinturas.
Los estudiantes no usarán accesorios (por ejemplo aretes o piercing).
d) En relación a los bienes materiales:
Cuidar la infraestructura del establecimiento, como por ejemplo el mobiliario, el material didáctico, los libros de biblioteca, los materiales de laboratorio, como
asimismo, la prohibición de rayar o estropear murallas, puertas, ventanas,
escritorios, etc.
En caso de que un estudiante cause perjuicios en la infraestructura del establecimiento deberá su apoderado ser responsable económicamente y proceder
a reparar el daño, o el monto en dinero de dicha reparación.
2. Derechos de los estudiantes:
a) En relación al aprendizaje
Recibir educación en un ambiente de sana convivencia.
Ser reconocido, valorado y estimulado por las conductas positivas logradas en su desempeño escolar, lo que quedará registrado en su hoja de vida e informe de
personalidad.
Ser atendido en sus dificultades de carácter académico por el Profesor Jefe, Orientación, Subdirección y/o profesionales en general, según la naturaleza de la
situación. Lo cual será informado personalmente al apoderado.
A ser evaluados justa y oportunamente.
Conocer los objetivos que se propone lograr el profesor en cada subsector y/o
determinada unidad.
Derecho a conocer sus calificaciones en un plazo no mayor de 10 días hábiles
desde la fecha de aplicación del instrumento evaluativo.
Participar de las distintas actividades de carácter formativo y recreativo del
establecimiento.
b) En relación al trato con los integrantes de la comunidad educativa:
Que se les respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o de maltratos psicológicos y físicos, de parte de
toda la comunidad educativa.
Los estudiantes tendrán derecho a que se les respete en su diversidad, entendida como su ideología, credo, cultura, acorde a la normativa vigente (Derechos
Humanos, Convención de los Derechos del Niño, Ley de Violencia Intrafamiliar).
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Ser escuchado y recibir respuesta, individualmente o en grupo, en cada una de las instancias de interacción con profesores, administrativos u otros miembros del personal del establecimiento.
Ser atendido en las necesidades educativas especiales, si las hubiese, de acuerdo a las capacidades y profesionales competentes al área especial existentes en el
establecimiento y recibir una derivación oportuna en caso que requiera apoyo especializado, las sugerencias de derivación serán dadas personalmente al
apoderado quien debe comprometerse a gestionar dicha derivación, este
compromiso quedará plasmado en la hoja de vida del alumno.
A partir del segundo ciclo de Enseñanza Básica, los estudiantes tienen derecho a participar y ser representados por el Centro de Estudiantes de su colegio, de
acuerdo a los estatutos del mismo.
c) En relación a la presentación escolar:
A recibir un trato respetuoso y digno en la revisión de su presentación personal al colegio.
d) En relación a los bienes materiales:
Tiene derecho a utilizar la infraestructura y servicios del colegio como por ejemplo:
casinos, patio, baños, biblioteca, etc. todo ello de acuerdo a las normas internas del establecimiento.
A educarse en un colegio en buenas condiciones de funcionamiento, aseo y orden. 3. Deberes de Padres y Apoderados:
a) En relación al aprendizaje:
Participar en todos los procesos de aprendizaje en que se requiera su colaboración, tanto dentro como fuera del colegio, lo cual implica entre otros
ayudarlo en las tareas, promover lectura y estudio.
Velar por que el estudiante cuente con un espacio adecuado para el desarrollo de sus procesos de aprendizaje fuera del establecimiento.
Proveer de los materiales solicitados por el establecimiento, en caso de no contar con los medios económicos para ello, deberá previamente dar cuenta de esta
situación al funcionario que la Dirección del establecimiento determine.
Respetar la planificación y metodología técnica pedagógica, sin intervenir en ello.
Acoger y gestionar toda sugerencia de derivación externa realizada desde el establecimiento.
Asistir a las charlas que el colegio realice para padres y apoderados, y en caso extraordinario de no poder asistir, deberá enviar a otro adulto en su
representación con poder simple.
b) En relación a los integrantes de la comunidad educativa
Tratar con respeto a todo integrante de la comunidad educativa.
Firmar y atender toda comunicación enviada por la Dirección o profesorado del establecimiento y acudir a las citaciones que reciba de éstos.
Respetar el horario de atención, por cuanto el profesor no está autorizado para atenderlo en el horario en que debe impartir clases frente al curso.
Abstenerse de todo proselitismo política o religioso, es decir, intentar y esforzarse activamente por convertir a una o varias personas a una determinada causa.
c) En relación a la presentación
Al momento de la matrícula, se debe adquirir reglamento Interno, donde se precisa el uniforme del Establecimiento y lugares donde se confecciona.
Ocuparse que su hijo o hija, cumpla con la presentación que identifica al Establecimiento ( Reglamento Interno)
Con el objeto de otorgar un razonable grado de seguridad en el ingreso de personas, todo padre y/o apoderado que asista al establecimiento debe. Respetar
señalética y espacios autorizados para el ingreso o permanencia de apoderados.
4. Derechos de Padres y Apoderados
a) En relación al aprendizaje:
A recibir un reporte mensual del estado de los procesos de aprendizaje de su estudiante (en reunión de apoderados )
A ser atendido en entrevista personalizada por el Profesor Jefe una vez al semestre.
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Recibir orientación y apoyo para cumplir en buena forma, su misión como padres.
A solicitar por escrito a través de la Agenda Institucional y con la debida anticipación una entrevista con cualquier docente o miembro del Equipo Directivo,
cuando lo estime necesario.
Recibir un servicio educacional adecuado y conforme a los Planes y Programas establecidos por el Ministerio de Educación.
b) En relación al trato con los integrantes de la comunidad educativa:
Integrar y participar en el Centro de Padres y Apoderados del curso de su estudiante y en el Centro General de Padres y Apoderados del Establecimiento y en general participar en cualquier actividad para padres y apoderados que realice
el establecimiento.
Presentar respetuosamente inquietudes fundamentadas en relación a sus derechos y los de su estudiante.
c) En relación a la presentación:
A recibir un trato respetuoso y digno ante cualquier observación de su presentación al colegio.
El apoderado podrá contar con un apoderado suplente, que apoye su rol. Éste debe ser debidamente identificado por la comunidad educativa.
5. Personal del Colegio
5.1 Docentes:
a) Deberes del personal docente:
Debe ingresar al colegio e iniciar su hora de clases cumpliendo con los horarios
establecidos.
Debe presentarse hacia la comunidad educativa con el debido respeto, tanto en
su presentación personal como en su trato.
Siempre impartir enseñanza de calidad, enseñar de la mejor manera posible,
haciendo lo que sea necesario para que nuestros estudiantes aprendan.
Siempre estar disponibles en los horarios de atención establecidos para atender
las preocupaciones de los estudiantes, padres y colegas.
Proteger la seguridad, los intereses y derechos de todos los estudiantes.
Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente de igual modo debe investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada
nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas
de estudio.
Orientar vocacionalmente a sus estudiantes cuando corresponda.
Corregir las conductas inadecuadas de los estudiantes con estrategias que respeten su dignidad evitando la descalificación y la exposición pública de sus
dificultades.
Realizar tutorías académicas a los estudiantes y alumnas con mayores
dificultades.
Actuar conforme a todos los deberes consagrados en la Ley General de Educación, su
contrato de trabajo , el Reglamento Interno y Normas de Convivencia, etc.
b) Derechos del Personal Docente:
A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando,
además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su
trabajo.
A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa.
A ser evaluado constantemente para mejorar sus prácticas profesionales.
5.2 Asistentes de la Educación:
a) Deberes de los asistentes de la educación:
Ejercer su función en forma idónea y responsable.
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan.
Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.
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Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
Adherir y actuar conforme al PEI.
b) Derechos de los asistentes de la educación:
A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
A que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.
A recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.
A participar de las instancias colegiadas de ésta.
A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
5.3 Equipo Directivo:
a) Deberes del Directivo:
Liderar el establecimiento a su cargo sobre la base de sus responsabilidades y
propender a elevar la calidad de éste.
Desarrollarse profesionalmente
Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento
de sus metas educativas.
Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conduce.
Deberá realizar supervisión pedagógica en el aula.
A conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirige.
b) Derechos del Directivo:
A que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.
A recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.
A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
Los derechos y deberes se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las funciones y
responsabilidades delegadas por el sostenedor según corresponda.
1.1.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una
sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y
la tolerancia.
1.2.- Los miembros de la comunidad educativa tiene derecho a desarrollarse en un
ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que
dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a
denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de
sus derechos.
Artículo 2º:- Comité de Sana Convivencia Escolar
2.1.- El Establecimiento tendrá un comité de Sana convivencia escolar, el que estará
integrado por:
a).- La Dirección
b).- Orientadora del Establecimiento
c).- Presidente del Centro de Alumnos
d).- Presidente del Centro General de Padres y Apoderados
e).- Un asistente de la Educación que será elegido por sorteo cada año.
f).- Coordinadora de Convivencia Escolar
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2.2.- El comité de sana Convivencia Escolar tendrá las siguientes atribuciones:
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.
Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del Establecimiento.
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad escolar acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y
de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar
Designar a uno o más encargado de convivencia escolar.
Conocer los informes e investigaciones presentados por el encargado de convivencia escolar.
Artículo 3º: Definición de maltrato escolar.
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o
psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o
cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
1.- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad
física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;
2.- Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o
3.- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
3.1.- Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes
conductas:
• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa;
• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno
u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas, etc.);
• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia;
• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de
la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o
cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar;
• Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de
delito;
• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o
contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya
hecho uso de ellos; o
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• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias
ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o
en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.
Artículo 4º:.- Medidas y Sanciones Disciplinarias.
4.1.- Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia
escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes
medidas o sanciones disciplinarias:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
b) Diálogo grupal reflexivo;
c) Amonestación verbal;
d) Amonestación por escrito;
e) Comunicación al apoderado;
f) Citación al apoderado;
h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas,
las drogas o sustancias ilícitas;
g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,
educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar);
h) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo
escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores,
mantención del orden y la limpieza del Establecimiento entre otras iniciativas;
i) Suspensión temporal;
j) Condicionalidad de la matrícula del alumno;
k) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o
l) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad,
debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas
anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas
respectivas
4.2.- Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas
contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.
4.3.- Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves
se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la
prohibición de ingreso al establecimiento
4.4.- TIPIFICACION Y CLASIFICACION DE LAS FALTAS
Se entiende por falta disciplinaria el incumplimiento de un deber contraído con
anterioridad, consigo mismo, y con la comunidad educativa. Entorpecer el ambiente de
orden, respeto, responsabilidad y armonía necesarios para el crecimiento y desarrollo
integral del educando.
Las faltas disciplinarias se pueden tipificar como Leves, Graves, y Gravísimas en atención
a su naturaleza, características, circunstancias del hecho, a los motivos determinantes y
a los antecedentes personales.
FALTAS LEVES
Se considerarán Faltas Leves: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, o
manifiesten un incumplimiento de normas, sin involucrar daño físico o psicológico a otros
miembros de la Comunidad.
Faltas Leves:
- Presentarse con uniforme descuidado, incompleto o sin buzo cuando corresponda.
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- Presentarse con maquillaje o accesorios que no correspondan al uniforme.
- Presentarse sin agenda escolar.
- Consumir alimentos o bebidas en clases.
- No traer comunicaciones firmadas.
- Ingresar tardíamente a clases.
- Presentarse sin útiles correspondiente a la asignatura.
- Presentarse sin justificativo por inasistencia a clases o pruebas.
- No traer sus tareas y/o trabajos en forma oportuna.
- No traer pruebas, ya calificadas por el docente, firmadas por el apoderado, cuando el
profesor o la profesora lo requiera.
- Interrumpir reiteradamente la clase con chistes, conversaciones fuera de contexto,
recepción o llamadas por celular, entre otros.
Procedimientos y Medidas Disciplinarias:
Los procedimientos y medidas disciplinarias correspondientes se aplicarán en forma
progresiva, según la situación del seguimiento orientador del(a) alumno(a) y la gravedad
de la falta cometida.
– Amonestación verbal y dialogo con el(la) alumno(a).
– Anotación en la hoja de vida.
– Comunicación escrita al apoderado(a).
– Citación al apoderado.
FALTAS GRAVES
Se considerarán Faltas Graves: Aquellas actitudes y comportamientos que atenten
contra la integridad psicológica y física de otro miembro de la Comunidad Educativa,
y del bien común; así como acciones deshonestas e irrespetuosas que afecten
la convivencia, o el buen desempeño escolar, a través de actos de irresponsabilidad, violencia o falta de ética.
Faltas Graves:
1. - La reiteración de las faltas leves. 2. - Dañar materiales del Centro de Recursos para el Aprendizaje (CRA), laboratorios, salas
3. de música o artes, materiales deportivos, otras dependencias, así como también artículos
4. personales de miembros de la Comunidad Educativa.
5. - Comercializar productos u objetos personales con fines de lucro particular o de beneficio
6. personal.
7. - Rayar mesas, paredes, sillas, estantes, ropas o diarios murales. 8. - Copiar en pruebas, trabajos u otro tipo de evaluación o ser sorprendido(a)
9. con cualquier instrumento de copia.
10. - Presentar como propios trabajos ajenos, ya sea de un compañero(a) o bien
11. tratándose de información adquirida desde internet sin ser procesada por el(la)
12. alumno(a) e incurriendo en la copia. 13. - No entregar prueba ya realizada.
14. - Rehusarse a trabajar en clases.
15. - Abandonar la clase, el taller u otro recinto de trabajo escolar sin autorización del
16. profesor o la profesora.
17. - No ingresar a clases estando dentro del Establecimiento, sin justificación.
18. - Interrumpir la clase de manera reiterada en forma violenta e irrespetuosa. 19. - No ingresar al Establecimiento habiendo salido de su casa en dirección a éste (Cimarra).
20. - Abandonar el Colegio sin autorización, durante la jornada escolar.
21. - Falta de respeto o de cortesía hacia los miembros de la Comunidad Educativa por cualquier
22. medio, de manera verbal, escrita, telefónica o a través de las redes sociales.
23. - Participar en una acción individual y/o colectiva, de agresión física o psicológica 24. contra compañeros(as) o cualquier miembro de la Comunidad Educativa, en forma oral,
25. gestual, virtual, escrita y/o a través de internet dentro o fuera del recinto escolar.
26. - Omitir información necesaria para esclarecer hechos que dañan moral o físicamente a las
27. personas o a la vida y organización de la Comunidad Escolar.
28. - Usar celulares y equipos electrónicos durante la realización de actividades
29. académicas, sin autorización del(la) profesor(a) a cargo.
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Procedimientos:
Frente a una falta grave se procederá a realizar lo siguiente:
Amonestación verbal,
Registro en el libro de clases, comunicación y citación al apoderado por parte del
profesor jefe y equipos asesores, según corresponda.
Medidas Disciplinarias:
Las medidas disciplinarias correspondientes se aplicarán progresivamente, según la
situación del seguimiento orientador del(la) alumno(a) y la gravedad de la falta cometida.
1.- Carta de amonestación dirigida al apoderado(a).
2.- Suspensión de clases por un día.
3.- Carta de compromiso.
4.- Suspensión de actividades extra programáticas:- Celebraciones, Salidas pedagógicas,
culturales y/o recreativas
FALTAS GRAVÍSIMAS
Se considerarán Faltas Gravísimas: Aquellas actitudes y comportamientos que atenten
contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la Comunidad Educativa,
agresiones sostenidas en el tiempo y/o conductas tipificadas como delito.
Faltas Gravísimas: (No Delitos)
1. - Reiteración de faltas graves.
2. - Transgredir la intimidad o manifestar alguna forma de discriminación de cualquier miembro
3. de la Comunidad Educativa.
4. - Saltar rejas, muros o inmediaciones para salir o ingresar al Colegio. 5. - Invadir y/o revisar pertenencias de cualquier persona, sin su autorización (mochilas,
6. carteras, casilleros, otros).
7. - Engañar o mentir a un(a) profesor(a) o a cualquier persona de la Comunidad Educativa.
8. - Coludirse deliberadamente para transgredir el Proyecto Educativo Institucional, el
9. Reglamento Interno de Convivencia Escolar y/o Manual de Evaluación.
10. - Promover comentarios malintencionados, discusiones innecesarias, amenazas, 11. descalificaciones gestuales, verbales o escritas en diferentes instancias: reuniones de curso,
12. pasillos, convivencias, encuentros informales u otras.
13. - Promover y/o participar en actividades no autorizadas por la Dirección del Colegio,
14. dentro del Establecimiento o fuera de él, con uniforme escolar, durante todo el año, y
15. que interfieran en el normal desarrollo de las actividades de la Comunidad educativa. 16. - Toda agresión, acoso o ataque de connotación sexual, aunque no sea constitutivo de delito.
Procedimientos:
Frente a una falta gravísima, que no constituya delito, se procederá a realizar lo siguiente:
Amonestación verbal,
Registro en el libro de clases, proceso de investigación (entrevista individuales o grupales,
alumnos y/o apoderados, según corresponda), comunicación, citación al apoderado y
notificación de la medida disciplinaria correspondiente.
Medidas Disciplinarias:
Las medidas disciplinarias correspondientes se aplicarán progresivamente, según la
situación del seguimiento orientador del alumno y la gravedad de la falta cometida.
1.- Suspensión de clases por una semana.
2.- Suspensión de actividades extra programáticas: Celebraciones, Jornadas de cierre de ciclo o
de año escolar; salidas pedagógicas, culturales y/o recreativas.
3.- Condicionalidad.
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4.- No renovación de la matrícula.
Faltas Gravísimas: (Delitos)
1. Promover pornografía al interior y fuera del Establecimiento en cualquiera de sus
2. formas: oral, gestual, virtual, escrita y/o a través de internet.
3. - Portar, tener o usar cadenas, cuchillos, todo tipo de elemento cortante, punzante
4. o contundente, armas y/o artículos explosivos o cualquier otro objeto peligroso que sea, 5. o pueda ser, considerado como un arma que pueda atentar contra la seguridad
6. de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o pongan en riesgo su propia integridad
7. física.
8. - Consumir o portar drogas dentro del Establecimiento o en actividades escolares
9. desarrolladas fuera del Colegio.
10. - Promover o inducir el consumo de drogas dentro del Establecimiento o en actividades 11. escolares desarrolladas fuera del Colegio.
12. - Vender drogas y/o promover su compra dentro del Establecimiento o en actividades
13. escolares desarrolladas fuera del Colegio.
14.
15. - Fumar tabaco, consumir o portar bebidas alcohólicas dentro del Establecimiento, en 16. actividades escolares desarrolladas fuera del Colegio o con uniforme escolar, fuera de este.
17. - Vender bebidas alcohólicas dentro del Establecimiento o en actividades escolares
18. desarrolladas fuera del Colegio.
19. - Participar en riñas, golpizas o actividades violentas dentro y fuera del recinto escolar.
20. - Robar o hurtar material pedagógico (pruebas, libros de clases, material del CRA, otros),
21. tecnológico o de cualquier material de propiedad del Colegio. 22. - Amenazar, golpear, insultar o calumniar a un miembro de la Comunidad Escolar, en
23. forma verbal, gestual, telefónica o a través de redes sociales.
24. - Hacer uso de internet para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un alumno(a)
25. o cualquier otro integrante de la Comunidad Escolar, así como para exhibir o difundir
26. cualquiera de estas conductas, ya sea mediante chats, blogs, fotologs, y todo tipo 27. de mensajes, videos, fotografías, etc, en redes sociales o medios tecnológicos.
28. - Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, ofender o burlarse reiteradamente
29. de un alumno(a) u otro miembro de la Institución, o realizar un acto discriminatorio en su
30. contra, ya sea por su condición social, pensamiento político o filosófico, raza, ascendencia
31. étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia.
32. - Adulterar documentos oficiales del Colegio: libros de clases, pruebas, notas, promedios, 33. citaciones, comunicaciones y otros.
34. - Realizar conducta(s) de acoso y/o abuso de connotación sexual, efectuadas en un episodio
35. único o en forma reiterada.
- Se entiende por acoso sexual cualquier conducta de tipo sexual que otra persona
- realiza con un niño, niña o adolescente menor de edad.
Hablamos de abuso sexual cuando quien lo comete es una persona cinco años mayor que
el niño o niña; en este caso, el abuso también puede ser perpetrado por adolescentes
o niños mayores.
1. - Manifestar cualquier tipo de actitud discriminatoria, por medio de palabras, acciones, 2. medios virtuales u otros, con el objetivo de denostar y segregar a cualquier miembro
3. de la Comunidad Educativa, haciendo alusión a su orientación sexual, etnia, género,
4. creencias religiosas o políticas, nivel socioeconómico, etc.
Procedimientos:
-Toda falta gravísima, que constituya delito, amerita condicionalidad el siguiente proceso: -Amonestación verbal,
-Registro en el libro de clases, comunicación al apoderado y denuncia, por parte de la
Dirección, al organismo correspondiente.
-Citación al apoderado y suspensión durante el proceso de investigación.
-Derivación al comité de convivencia escolar y acompañamiento del proceso por el departamento de orientación para definir las medidas pedagógicas, actos reparatorios y/o apoyo externo
necesario.
-Entrevista a los padres para notificar y dar a conocer el resultado de la investigación y
la medida disciplinaria correspondiente.
Medidas Disciplinarias:
1.- Suspensión de actividades extra programáticas: Celebraciones, Jornadas de cierre de ciclo o
de año escolar; salidas pedagógicas, culturales y/o recreativas.
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3.- Suspensión de clases, por el resto del año escolar, con derecho a rendir evaluaciones
calendarizadas por el Establecimiento.
4.- No renovación de matrícula.
5.- Cancelación inmediata de matrícula.
6.- Cierre anticipado del año escolar.
1. Se hace mención solo de algunos indicadores para mejor comprensión de éstos, por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa, entendiendo que juntos
trabajamos por vivir el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, en el marco valórico
de la Institución y con el clima educativo señalado por el PEI.
2. Cualquier situación que no esté contemplada en el presente Reglamento y que afecte
o quiebre la sana convivencia, será materia de estudio por parte del Comité de Convivencia Escolar liderado por la persona Encargada de Convivencia del Colegio, por el
Equipo de Convivencia Escolar y finalmente por el Consejo de Profesores para aportar los
elementos que permitan la resolución del conflicto, se defina la sanción y se decida lo
definitivo por parte de la Dirección del Establecimiento.
3. Una vez notificada la sanción, el alumno y/o apoderado podrá apelar a través de una
carta dirigida a la Dirección del Colegio y entregada en secretaría en un plazo de tres días hábiles.
La respuesta a esa apelación se realizará dentro de los cinco días hábiles, a contar de la
fecha de recepción dela carta.
DEL COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR
La Convivencia Escolar requiere, para su aprendizaje, una gestión que debe ser
intencionada, acompañada y liderada, en forma específica, para lograr avances
significativos, en un contexto agresivo y desafiante que es importante tener en cuenta. Considerando lo anteriormente señalado, se constituye un Equipo que vele por la
Convivencia armónica dentro del Colegio, para favorecer los aprendizajes en un clima
propicio para el desarrollo integral de cada estudiante.
Este Comité para la Buena Convivencia Escolar, en nuestro Centro Educativo estará
formado por:
Encargada de Convivencia Escolar,
Directora del Colegio,
Un(a) docente,
dos representantes de los alumnos,
dos representantes de los Padres y Apoderados,
un representante del estamento de Auxiliares y Administrativos.
Este Comité sesionará periódicamente y se articulará con los otros equipos que fortalecen
la Seguridad y la Convivencia dentro del Colegio.
Para asegurar la mediación y la aplicación de sanciones, respaldadas pedagógicamente, el Equipo Directivo define que la persona Encargada de Convivencia Escolar, en nuestro
Centro Educativo, sea una persona del Departamento de Orientación.
Roles y funciones de la persona Encargada de Convivencia Escolar
La persona Encargada de Convivencia Escolar será responsable de confeccionar el Plan de Acción para poner en práctica las recomendaciones del Consejo Escolar y del Comité
de Buena Convivencia escolar, tendientes a mejorarla y/o fortalecerla.
DE LOS PADRES Y APODERADOS
Con el fin de mantener la alianza familia-colegio, al servicio de la formación de cada
niño, niña y joven en una relación educadora adecuada, cordial y facilitadora del
acompañamiento y seguimiento orientador, se hace necesario explicitar los derechos y deberes de los Padres y Apoderados, que han optado por adherir a nuestro Proyecto
Educativo Institucional.
1. El apoderado que adhiere al PEI tiene derecho a:
21
1. Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad
educativa.
2. Ser atendido por el personal Directivo, Docente y Administrativo del colegio en los
horarios establecidos para ese fin, respetando adecuadamente los conductos regulares.
3. Recibir la información académica o formativa, aclarar dudas, resolver inquietudes,
presentar reclamos justificados por escrito y bajo firma personal, de forma respetuosa. 4. Participar en todas las actividades programadas para las familias de la Comunidad
Educativa.
5. Recibir orientación y apoyo para desarrollar su rol de padre, madre y apoderado.
6. Postular a Beca para su hijo(a) o pupilo(a)
7. Apelar, formal y respetuosamente, frente a alguna decisión o sanción a su pupilo(a) que no considere adecuada.
8. Participar en la conformación del Centro General de Padres y Apoderados y en el
subcentro de su curso.
9. Recibir la formación catequística para la preparación sacramental de su hijo(a).
10. Recibir documento síntesis del PEI, el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y el
Manual de Evaluación del Colegio.
El apoderado que adhiere al PEI se compromete a:
1. Mantener una relación educadora positiva, respetuosa, de colaboración y apoyo, con la
Dirección del Establecimiento, docentes, apoderados, alumnos(as) y todo miembro de la
Comunidad Escolar. Cuando esta relación educadora no se cumpla en los términos
expresados, se citará a entrevista solicitando cambio de actitud. Si no se restauran las
relaciones de respeto, se solicitará cambio de apoderado.
2. Conocer, respetar y cumplir el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y el Manual de Evaluación del Establecimiento.
3. Fomentar los valores en la formación y orientación de su hijo(a), siguiendo los
lineamientos del PEI.
4. Asistir puntualmente a todas las reuniones de padres y apoderados, citaciones de los
profesores jefes o profesores de asignatura o directivos docentes; registrando su cumplimiento y presencia mediante su firma en la lista de asistencia o registro de
entrevista.
5. Establecer relaciones personales entre apoderados dentro de los cánones valóricos que el
Proyecto Educativo Institucional busca preservar.
6. No filmar, fotografiar o grabar entrevistas, conversaciones, situaciones o personas, en
cualquier actividad educativa, que afecte la dignidad de integrantes de nuestra comunidad y/o los valores que sustentan el PEI.
7. Promover en la Comunidad Educativa, especialmente al interior de su curso, un ambiente
formativo, educado, respetuoso, tolerante y de crecimiento comunitario.
8. No promover ni participar en comentarios malintencionados, discusiones innecesarias,
amenazas, descalificaciones gestuales, agresiones físicas y/o psicológicas, verbales o escritas hacia alumnos (as), padres, directivos, docentes, asistentes de la educación,
personal auxiliar y administrativo del Establecimiento, en: reuniones de curso,
conversaciones de pasillo, convivencias, encuentros informales o a través de Internet.
9. Acoger y considerar las sugerencias del Establecimiento, en orden a solucionar
dificultades específicas para favorecer el desarrollo integral del alumno(a), confiando en
los procesos formativos y de acompañamiento orientador que se realizan. 10. Acoger y respetar el registro escrito de la síntesis recogida por la(s) persona(s) que hayan
conducido la entrevista, entendiendo que este documento forma parte del
acompañamiento del alumno(a) y su seguimiento orientador.
11.Fomentar y apoyar la participación de su hijo(a) en actividades, académicas,
Culturales, artísticas y deportivas que ayuden en su formación integral.
12.Respetar los acuerdos tomados dentro de las reuniones de apoderados, dirigidas por el
profesor o profesora jefe y la Directiva de Curso, respetando los conductos regulares.
13.Responsabilizarse que el alumno(a) asista diariamente al Establecimiento y a la
totalidad de la jornada, y se presente:
14. Fomentar y modelar con el ejemplo la vivencia de normas de urbanidad y buenas costumbres en su hijo(a), de modo que orienten un buen manejo de las relaciones
interpersonales en la Escuela; manteniendo con todos los miembros de la comunidad
educativa una relación positiva, honesta, transparente y cordial, basada en el respeto
mutuo.
15. Cumplir con responsabilidad los compromisos adquiridos al firmar el Contrato
Educacional 2017. 16. Cuidar el bienestar físico, espiritual, moral y social de sus hijo(a) y compañeros(as) en los
eventos sociales, recreativos, culturales, deportivos, programados dentro y fuera del
Establecimiento.
22
17. Velar por el buen desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, actuando con transparencia y evitando críticas o comentarios malintencionados y destructivos en forma
verbal, gestual, escrita o virtual, desprestigiando a la Institución , especialmente si no se
ha hecho uso de los canales y conductos ofrecidos para el diálogo, la participación y la
comunión.
18. Cuidar el vocabulario y las maneras de relacionarse dentro del Establecimiento y en sus
alrededores, recordando que somos formadores de todos los alumnos(as) y en todos los espacios.
19. Informar, oportunamente, al profesor jefe cualquier situación de conflicto que aqueje a su
hijo(a) o al curso a que pertenece y no intervenir directa y personalmente, en la resolución
de éste.
20. Comunicar a su profesor(a) jefe o Inspector, la inasistencia del alumno(a) a clases u otra actividad escolar, por escrito o presentar certificado médico, según corresponda.
21. No interrumpir las actividades de aprendizaje de su hijo(a) con llamadas de celular en
horario escolar y canalizar las emergencias insalvables, a través de la Secretaría del
Establecimiento.
22. Respetar los Criterios y Normas establecidas por la Escuela en relación a: paseos de
curso, salidas culturales y solidaria, académicas, deportivas, finalización de Educación Básica, fiestas de finalización y eventos programados de acuerdo con el estilo de nuestra
Comunidad Educativa, y cuidando cada etapa de la vida escolar.
23. Acatar, formal y respetuosamente, alguna decisión o medida disciplinaria aplicada a su
pupilo(a),de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar. Sin
menoscabar suderecho a apelación. 24. Asistir al Colegio, para efectuar el retiro de su pupilo(a) en un horario anticipado al
término de la jornada, en situaciones de emergencia que lo ameriten y dejando registro de
su firma en el libro asignado a este fin, en recepción.
Artículo 5º.- Del uso de técnicas para resolver los conflictos
La escuela será un espacio de formación para la convivencia donde las personas
deben sentirse escuchadas, protegidas, acogidas y partícipe de una comunidad que
se construye-.
El Establecimiento promoverá las siguientes técnicas en la resolución de conflictos:
- Mediación escolar
- Negociación
- Promoción del diálogo como estrategia para enfrentar y manejar los conflictos y
problemas.
- Promoción de estilos de convivencia sana y de calidad.
Artículo 6º:.- Protocolo de actuación.
6.1.- Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento
de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor
confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
6.2.- De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los
instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de
cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la
investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
6.3.- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las
decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
ARTÍCULO 7°. Deber de protección.
7.1.- Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e
información durante todo el proceso.
7.2.- Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá
otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar
normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
ARTÍCULO 8°. Notificación a los apoderados.
23
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus
padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo,
pero deberá quedar constancia de ella.
ARTÍCULO 9º. Investigación.
9.1.- El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los
reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo
cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
9.2.- Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación,
el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar,
para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su
aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
10°. Citación a entrevista.
10.1.- Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o
quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del
estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal
finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo
de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
10.2.- En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la
indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un
período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se
dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
10.3.- Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán
presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un
profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
ARTÍCULO 11°. Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una
sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los
fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a
todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar.
ARTÍCULO 12°. Medidas de reparación.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del
afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales
medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento
de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.
A través de su firma, el apoderado acepta todas y cada una de las normas establecidas en
el presente reglamento
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Firma del Apoderado
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