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    REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARA DE RELACIONES EXTERIORES

    Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 8 de enero de 2009

    TEXTO VIGENTEltima reforma publicada DOF 30-09-2013

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia

    de la Repblica.FELIPE DE JESS CALDERN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio

    de la facultad que me confiere el artculo 89, fraccin I, de la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos y con fundamento en lo dispuesto en los artculos 17, 18, 26 y 28 de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

    REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARA DE RELACIONES EXTERIORES

    CAPTULO I

    De la Competencia y Organizacin de la Secretara

    ARTCULO 1. La Secretara tiene a su cargo las atribuciones y el despacho de los asuntos queexpresamente le encomiendan la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgnica dela Administracin Pblica Federal, la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Ley sobre la Celebracin

    de Tratados, la Ley de Cooperacin Internacional para el Desarrollo y otras leyes, as como los reglamentos,decretos, acuerdos y rdenes relativos que expida el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    ARTCULO 2.Corresponde a la Secretara:

    I. Ejecutar la poltica exterior de Mxico;

    II. Promover, propiciar y coordinar las acciones en el exterior de las dependencias y entidades de laAdministracin Pblica Federal, de conformidad con las atribuciones que a cada una de ellas corresponda;

    III. Dirigir el Servicio Exterior Mexicano;

    IV. Intervenir en toda clase de tratados, acuerdos y convenciones de los que el pas sea parte, y

    V. Supervisar el cumplimiento de los objetivos consignados en el Programa de Cooperacin Internacionalpara el Desarrollo.

    ARTCULO 3. La Secretara realizar sus actividades en forma programada. Para tal efecto, en cadaprograma se precisar la participacin que corresponda a las unidades administrativas de la Secretara, susrganos desconcentrados y las representaciones diplomticas y consulares, tomando en cuenta loslineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y las polticas, prioridades y modalidades que para el logro deobjetivos y metas dicte el Titular del Ejecutivo Federal.

    ARTCULO 4. Las representaciones de Mxico en el exterior dependern administrativamente de laSecretara en trminos de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y de su Reglamento. Los titulares elaborarnen coordinacin con las subsecretaras sus programas de trabajo y el presupuesto necesario para suejecucin; asimismo, sern responsables de cumplir con los objetivos y programas de trabajo que seestablezcan y de la aplicacin de los recursos que les sean autorizados.

    Las representaciones administrarn los recursos humanos, materiales, financieros e informticos que lessean asignados, de conformidad con los lineamientos que en el mbito de su competencia emitan las

    direcciones generales de la Oficiala Mayor.

    ARTCULO 5.Al frente de la Secretara de Relaciones Exteriores habr un Secretario del Despacho, titularde la misma quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliar de las unidadesadministrativas siguientes:

    A) Subsecretara de Relaciones Exteriores;

    B) Subsecretara para Amrica del Norte;

    C) Subsecretara para Amrica Latina y el Caribe;

    D) Subsecretara para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos;

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    E) Oficiala Mayor;

    F) Derogado.

    G) Consultora Jurdica;

    H) Direcciones Generales:

    I. De Protocolo;

    II. De Coordinacin Poltica;III. De Comunicacin Social;

    IV. Para frica y Medio Oriente;

    V. Para Asia-Pacfico;

    VI. Para Europa;

    VII. Para Amrica del Norte;

    VII bis.De Asuntos Especiales;

    VIII. De Proteccin a Mexicanos en el Exterior;

    IX. De Servicios Consulares;

    X. Del Proyecto de Integracin y Desarrollo de Mesoamrica;

    XI. Para Amrica Latina y el Caribe;

    XII. De Organismos y Mecanismos Regionales Americanos;

    XIII. Para Temas Globales;

    XIV. Para la Organizacin de las Naciones Unidas;

    XV. De Derechos Humanos y Democracia;

    XVI. De Vinculacin con las Organizaciones de la Sociedad Civil;

    XVII. Del Servicio Exterior y de Recursos Humanos;

    XVIII. De Programacin, Organizacin y Presupuesto;

    XIX. De Asuntos Jurdicos;

    XX. De Bienes Inmuebles y Recursos Materiales;

    XXI. De Delegaciones;

    XXII. De Tecnologas de Informacin e Innovacin;

    XXIII. De Cooperacin Educativa y Cultural;

    XXIV. Derogada.

    XXV. De Cooperacin y Promocin Econmica Internacional;

    XXVI. De Cooperacin y Relaciones Econmicas Bilaterales;

    XXVII. De Cooperacin Tcnica y Cientfica, y

    XXVIII. Del Acervo Histrico Diplomtico.

    I) rganos Administrativos Desconcentrados:

    I. Derogada.

    II. El Instituto Matas Romero;

    III. El Instituto de los Mexicanos en el Exterior, y

    IV. La Agencia Mexicana de Cooperacin Internacional para el Desarrollo.

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    J) Las Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de Lmites y Aguas:

    I. Entre Mxico y Estados Unidos, y

    II. Entre Mxico y Guatemala, y entre Mxico y Belize.

    K) Las Delegaciones.

    L) La Secretara contar con un rgano Interno de Control, que se regir conforme al artculo 52 de

    este Reglamento.CAPTULO II

    De las facultades del Secretario

    ARTCULO 6.El trmite y la resolucin de los asuntos de la competencia de la Secretara correspondenoriginalmente al Secretario. ste, para la mejor distribucin y el desarrollo del trabajo, podr delegarfacultades en servidores pblicos subalternos. Los acuerdos de delegacin de facultades debern serpublicados en el Diario Oficial de la Federacin y ser compilados en los manuales de organizacin y deprocedimientos de la Secretara.

    La delegacin de facultades a que se refiere el prrafo anterior y la asignacin de stas a los servidorespblicos de las unidades administrativas de la Secretara, establecidas en el presente Reglamento, noimpedirn al Secretario el ejercicio directo de tales facultades.

    El Secretario contar con una coordinacin administrativa, con el objeto de atender las necesidades de

    recursos presupuestales, humanos y materiales de las unidades administrativas de su adscripcin.

    ARTCULO 7.El Secretario tendr las siguientes facultades no delegables:

    I. Ejecutar la poltica exterior de conformidad con los principios establecidos en la Constitucin Poltica delos Estados Unidos Mexicanos y los lineamientos que para tal efecto dicte el Presidente de la Repblica;

    II. Planear, coordinar, ejecutar y evaluar, en los trminos de la legislacin aplicable, la poltica exterior quedesarrolla la Secretara y el Servicio Exterior Mexicano, para lo cual proceder de conformidad con las metas,objetivos y directrices que determine el Presidente de la Repblica;

    III. Coordinar las relaciones econmicas y de cooperacin de Mxico con el exterior y conducir las tareasde promocin econmica, comercial, de inversiones y turstica a travs de las representaciones diplomticasy consulares;

    IV. Asistir al Presidente de la Repblica en el manejo de las relaciones exteriores, as como desempear

    las comisiones y funciones especiales que ste le confiera;V. Someter al acuerdo del Presidente de la Repblica, e informarle sobre el desarrollo de los asuntos

    encomendados a la Secretara;

    VI. Representar al Presidente de la Repblica en las controversias constitucionales y acciones deinconstitucionalidad a que se refiere el artculo 105 de la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artculo 105 de la Constitucin Poltica de losEstados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal, pudiendo sersuplido de conformidad con lo dispuesto en el artculo 53 del presente Reglamento;

    VII. Asistir a las reuniones convocadas por el Presidente de la Repblica de conformidad con lo dispuestopor los artculos 6o. y 7o. de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal;

    VIII. Elevar a la consideracin del Presidente de la Repblica proyectos de leyes, reglamentos, decretos,acuerdos y rdenes sobre asuntos que sean de la competencia de la Secretara, a travs de la Consejera

    Jurdica del Ejecutivo Federal, en trminos del artculo 43, fracciones II, III y IV de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica Federal;

    IX. Refrendar, para su validez y observancia constitucionales, los reglamentos, decretos y acuerdosexpedidos por el Presidente de la Repblica cuando tengan relacin con los asuntos que competen a laSecretara, en trminos de lo dispuesto por el artculo 13 de la Ley Orgnica de la Administracin PblicaFederal;

    X. Autorizar con su firma las resoluciones a que se refiere el artculo 30 de la Ley de ExtradicinInternacional; as como resolver las solicitudes de entrega temporal, reextradicin y consentimiento a laexcepcin al Principio de Especialidad, previstas en los tratados y convenios suscritos por Mxico sobre lamateria;

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    XI. Dar cuenta al Congreso de la Unin del estado que guarda la Secretara y comparecer ante cualquierade las Cmaras cuando para ello sea requerido, en cumplimiento a lo establecido en el artculo 23 de la LeyOrgnica de la Administracin Pblica Federal;

    XII. Acordar las acciones necesarias para la aplicacin de los programas nacionales en el mbito de lapoltica exterior y las correspondientes al cumplimiento de los compromisos internacionales de Mxico, encoordinacin con las dependencias competentes del Ejecutivo Federal y sus rganos desconcentrados;

    XIII. Autorizar la apertura o cierre de oficinas estatales y municipales de enlace, a propuesta del Oficial

    Mayor, de comn acuerdo con los gobiernos respectivos;XIV. Formular la parte que corresponda a la Secretara del Informe Presidencial, as como el Informe de

    Labores de la dependencia;

    XV. Autorizar la apertura, cierre o redefinicin de competencias de las representaciones de Mxico en elexterior a propuesta del Subsecretario correspondiente a la regin geogrfica de que se trate e instruir larealizacin de los trmites administrativos necesarios al Oficial Mayor;

    XV bis.Expedir, a propuesta del Subsecretario de la regin geogrfica que corresponda, los acuerdos deexencin del pago de derechos por la expedicin de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros, enconsideracin a aspectos de reciprocidad internacional o en forma unilateral, con el fin de estimular el turismoy los intercambios comerciales o culturales, cuando se estime conveniente;

    XVI. Acordar los nombramientos del personal de la Secretara y del Servicio Exterior Mexicano, as comosus traslados y ordenar al Oficial Mayor su expedicin y la realizacin de los trmites necesarios para su

    cumplimiento;XVII. Designar y, en su caso, remover a las autoridades centrales y ejecutoras en los tratados o convenios

    internacionales, competencia de la Secretara;

    XVIII. Acordar con los servidores pblicos de la Secretara los asuntos que les haya encomendado;

    XIX. Aprobar la organizacin y funcionamiento de la Secretara y adscribir orgnicamente las unidadesadministrativas a que se refiere este Reglamento, e informar al Presidente de la Repblica sobre las medidasque adopte al respecto;

    XX. Presidir en su caso, las comisiones que sean necesarias para el buen funcionamiento de la Secretaray designar a sus miembros, as como establecer las unidades de coordinacin, asesora y apoyo tcnico querequiera el funcionamiento administrativo de la misma;

    XX bis. Presidir el Consejo Consultivo de la Agencia Mexicana de Cooperacin Internacional para elDesarrollo;

    XX ter. Proponer al Presidente de la Repblica el nombramiento del Director Ejecutivo de la AgenciaMexicana de Cooperacin Internacional para el Desarrollo, en trminos de la Ley de CooperacinInternacional para el Desarrollo;

    XXI. Aprobar y ordenar la publicacin, en el Diario Oficial de la Federacin, del Manual General deOrganizacin, as como aprobar y expedir los dems manuales de organizacin, de procedimientos y deservicios necesarios para el buen funcionamiento de la Secretara;

    XXII. Aprobar los programas de trabajo de la Secretara y el proyecto de presupuesto de egresoscorrespondiente y, en su caso, sus modificaciones;

    XXIII. Resolver los procedimientos de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los dems procedimientosy recursos administrativos que se promuevan ante la Secretara;

    XXIV. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretacin y aplicacin de este Reglamento,

    y de los casos no previstos en el mismo correspondientes a las actividades de la Secretara, yXXV. Ejercer las dems atribuciones que con el carcter de no delegables le confieren expresamente otras

    disposiciones legales y el Titular del Ejecutivo Federal.

    CAPTULO III

    De las atribuciones de los Subsecretarios

    ARTCULO 8. Al frente de cada una de las Subsecretaras habr un Subsecretario, quien tendr lasatribuciones siguientes:

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    I. Acordar con el Secretario, el despacho de los asuntos de las unidades administrativas que ste adscribaorgnicamente bajo su responsabilidad;

    II. Desempear las funciones y comisiones que el Secretario le encomiende y delegue, y mantenerloinformado sobre el desarrollo de las mismas;

    III. Representar a la Secretara en los actos que el Secretario determine y participar, en su caso, en foros yeventos nacionales e internacionales en asuntos relativos a las materias competencia de las unidadesadministrativas bajo su responsabilidad;

    IV. Vigilar el estricto cumplimiento de las normas legales y disposiciones administrativas en todos losasuntos de su competencia;

    V. Dictar las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de las unidades administrativas a su cargo,as como controlar y evaluar el trabajo y los resultados de las actividades de las mismas;

    VI. Designar al servidor pblico encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto sedesigna al servidor pblico correspondiente, en el caso de las vacantes de los titulares de las unidadesadministrativas de su adscripcin;

    VII. Formular el anteproyecto de programa-presupuesto de la Subsecretara a su cargo, en coordinacincon la Direccin General de Programacin, Organizacin y Presupuesto, y de conformidad con lasdisposiciones legales aplicables;

    VIII. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aqullos que le sean sealadospor delegacin o le correspondan por suplencia;

    IX. Autorizar por escrito a las unidades administrativas que se le adscriban, la celebracin de convenios,bases de colaboracin y contratos que impliquen obligaciones patrimoniales a cargo de la Secretara,previamente a su formalizacin;

    X. Suscribir, conforme al mbito de sus respectivas competencias los convenios, bases de colaboracin ycontratos que celebre la Secretara, siempre que no impliquen obligaciones patrimoniales a cargo de sta, obien, cuando afecten exclusivamente los presupuestos de programas especficos a cargo de las unidadesadministrativas de su adscripcin;

    XI. Coordinar las acciones en el exterior de las dependencias y entidades gubernamentales yproporcionarles la cooperacin, informacin y opiniones que soliciten, de conformidad con las instruccionesque emita el Secretario;

    XII. Emitir instrucciones sobre asuntos de su competencia a los titulares de las representacionesdiplomticas y consulares de Mxico en el exterior o a los servidores pblicos que los suplan durante susausencias;

    XII bis. Autorizar la salida del personal del Servicio Exterior Mexicano y de sus dependientes econmicosdel pas en el que se encuentren adscritos, con cargo al presupuesto de la Secretara, en casos fortuitos o defuerza mayor ocasionados por fenmenos naturales o antropognicos;

    XIII. Expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en sus archivos, a peticin delMinisterio Pblico, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia desolicitudes de acceso a la informacin;

    XIV. Proponer al Secretario, la apertura, cierre, o redefinicin de las misiones diplomticas y oficinasconsulares de Mxico en el exterior, del mbito de su competencia;

    XV. Proponer al Secretario, la apertura, cierre, o redefinicin de Consulados Honorarios, y elnombramiento y trmino de funciones de los Cnsules y Vicecnsules Honorarios de Mxico, del mbito de su

    competencia, yXVI. Ejercer las dems atribuciones que le confieran las disposiciones legales aplicables y el Secretario

    dentro del marco de su competencia, as como las que corresponden a las unidades administrativas que se leadscriban.

    Cada una de la Subsecretaras contar con una coordinacin administrativa, con el objeto de atender lasnecesidades de recursos presupuestales, humanos y materiales de las unidades administrativas de suadscripcin. La coordinacin administrativa de la Subsecretara para Asuntos Multilaterales y DerechosHumanos atender los asuntos en la materia de la Consultora Jurdica.

    ARTCULO 9. Al Subsecretario para Amrica del Norte le corresponder, adems de las funcionessealadas en el artculo anterior, coordinar las funciones de la Seccin Mexicana de la Comisin Internacional

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    de Lmites y Aguas entre Mxico y Estados Unidos, as como emitir lineamientos sobre asuntos polticosbilaterales en materia de lmites y aguas internacionales, por s o por conducto de la Direccin General paraAmrica del Norte.

    ARTCULO 10. Al Subsecretario para Amrica Latina y el Caribe le corresponder, adems de lasfunciones sealadas en el artculo 8, coordinar las funciones de la Seccin Mexicana de las ComisionesInternacionales de Lmites y Aguas entre Mxico y Guatemala y entre Mxico y Belize, as como emitirlineamientos sobre asuntos polticos bilaterales en materia de lmites y aguas internacionales.

    CAPTULO IVDe las atribuciones del Oficial Mayor

    ARTCULO 11. Al frente de la Oficiala Mayor habr un Oficial Mayor, quien tendr las atribucionessiguientes:

    I. Dirigir las polticas, normas, sistemas y procedimientos administrativos para la organizacin yfuncionamiento de la Secretara y para la gestin de los recursos humanos, financieros, materiales,informticos, as como las que correspondan a las unidades administrativas que tenga adscritas y darleseguimiento a su observancia;

    II. Dictar las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de las unidades administrativas a su cargo,as como controlar y evaluar el trabajo y los resultados de las actividades de las mismas;

    III. Designar al servidor pblico encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto se

    designa al servidor pblico correspondiente, en el caso de las vacantes de los titulares de las unidadesadministrativas que le sean adscritas;

    IV. Dirigir la planeacin y administracin de los recursos humanos, materiales, financieros e informticosde la Secretara, as como establecer las normas, polticas, lineamientos, sistemas y procedimientos para suadministracin racional y eficiente, con excepcin de aquellas que por ley deba emitir el Secretario;

    V. Desempear las funciones y comisiones que el Secretario le encomiende o delegue, y mantenerloinformado sobre el desarrollo de las mismas;

    VI. Representar a la Secretara en los actos que el Secretario determine;

    VII. Atender las necesidades administrativas de las distintas unidades de la Secretara, de acuerdo con laspolticas generales fijadas por el Secretario y la normatividad aplicable, en coordinacin con los titulares delas unidades administrativas;

    VIII. Emitir instrucciones sobre asuntos de su competencia a los titulares de las representaciones

    diplomticas y consulares de Mxico en el exterior;

    IX. Asesorar a los titulares de las unidades administrativas de la Secretara en la forma de establecer susobjetivos y llevar a cabo las acciones preventivas que permitan determinar inconsistencias, problemas deoperacin o aplicacin de la normatividad, y cuyos sealamientos contribuyan a corregir, retroalimentar ymejorar su operacin;

    X. Presidir los comits de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; de Obras Pblicas y ServiciosRelacionados con las Mismas; de Bienes Muebles, de Mejora Regulatoria Interna y la Unidad Interna deProteccin Civil de la Secretara;

    XI. Promover ante las unidades administrativas de la Secretara la atencin de los requerimientosformulados por los rganos fiscalizadores en todo lo relacionado con la administracin de los recursos;

    XII. Coordinar las acciones relacionadas con el cumplimiento de los compromisos que asuma la Secretara

    en materia de transparencia y combate a la corrupcin al interior de la misma;XIII. Instruir a las unidades administrativas adscritas a la Oficiala Mayor para que establezcan y difundan

    los lineamientos normativos que regulen las materias de su competencia;

    XIV. Supervisar los asuntos jurdicos de las unidades administrativas bajo su adscripcin en la Secretara;

    XV. Registrar y archivar un ejemplar de los instrumentos jurdicos que sean de su competencia; as comoexpedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en sus archivos, a peticin delMinisterio Pblico, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia desolicitudes de acceso a la informacin;

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    XVI. Dirigir la elaboracin del anteproyecto de programa-presupuesto de la Secretara y someterlo a laconsideracin del Secretario, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

    XVII. Dar seguimiento a los avances en el cumplimiento de los programas, as como al ejercicio delpresupuesto autorizado a la Secretara;

    XVIII. Coordinar la elaboracin de la Cuenta de la Hacienda Pblica Federal de la Secretara y presentarlaa la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

    XVIII bis. Formular todo tipo de consultas en materia fiscal y presupuestal, a la Secretara de Hacienda yCrdito Pblico, as como a cualquier otra autoridad de carcter fiscal;

    XIX. Ejercer las facultades y cumplir con las obligaciones a que se refiere el artculo 69-D de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo;

    XX. Proponer al Secretario y, en su caso, dictar las medidas tcnicas y administrativas que se estimenconvenientes para el mejor funcionamiento y organizacin de la Secretara, incluyendo las modificaciones querequiera la estructura de la dependencia, as como controlar y evaluar el trabajo y los resultados de lasactividades de las mismas, en cuanto a la gestin de calidad y eficiencia en materia de recursos de laSecretara;

    XXI. Dirigir las relaciones laborales de la Secretara, as como promover la capacitacin y actualizacin dela estructura ocupacional de la Secretara;

    XXII. Participar en la Comisin de Personal del Servicio Exterior Mexicano e informarle de las condiciones

    del propio servicio, para efecto de que se consideren en los casos de ingreso, capacitacin, cambios,promocin, medidas disciplinarias y prestaciones;

    XXIII. Expedir, por orden del Secretario, los nombramientos del Servicio Exterior Mexicano y del personalde la Secretara comisionado en el extranjero, as como sus traslados, realizando los trmites administrativosnecesarios para su cumplimiento, y autenticar las firmas de dichos servidores pblicos;

    XXIV. Expedir los nombramientos del personal de la Secretara;

    XXV. Dirigir la planeacin y administracin de los recursos materiales promoviendo lo necesario para elcontrol y mantenimiento de stos, as como el buen uso y servicio de los bienes muebles y de los inmueblesdestinados a la Secretara en el mbito central, desconcentrado y representaciones de Mxico en el exterior;

    XXVI. Suscribir los contratos, convenios y acuerdos relativos al ejercicio de sus atribuciones, y queimpliquen obligaciones patrimoniales con cargo a la Secretara; as como los dems documentosque impliquen actos de administracin, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, contando con el

    dictamen favorable de la Direccin General de Asuntos Jurdicos, debiendo constar en ellos la firma devalidacin del titular de la unidad administrativa responsable de su instrumentacin y del Director Generalde Bienes Inmuebles y Recursos Materiales;

    XXVI bis. Resolver los procedimientos de rescisin de contratos, en trminos de la normatividad aplicableen la materia;

    XXVII. Preservar el patrimonio artstico de la Federacin que se encuentre bajo resguardo de laSecretara;

    XXVIII. Dirigir la poltica de techo nico de las representaciones de nuestro pas en el extranjero, paralograr el mejor uso y aprovechamiento de los inmuebles ubicados fuera del territorio nacional, de conformidadcon las disposiciones jurdicas aplicables;

    XXIX. Fijar los lineamientos administrativos que regulen la expedicin de pasaportes; as como autorizar,con su firma, los pasaportes diplomticos y oficiales;

    XXX. Dirigir y controlar el desempeo y gestin administrativa de las Delegaciones de la Secretara;

    XXXI. Someter a consideracin del Secretario la apertura o cierre de oficinas estatales y municipales deenlace, con la justificacin que para tal efecto prepare la Direccin General de Delegaciones;

    XXXII. Regular y autorizar, previamente a su difusin electrnica, el modelo y los temas de la pgina deInternet de la Secretara, as como los de las unidades administrativas, incluidas las representaciones en elexterior, verificando que las mismas cumplan con las disposiciones legales aplicables; as como autorizar elPrograma Anual de Desarrollo Informtico y de Comunicaciones de la Secretara, y dems disposiciones de

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    carcter administrativo que permitan homogeneizar los criterios de operacin de las unidades administrativasubicadas en el territorio nacional y en el exterior, y

    XXXIII. Ejercer las dems atribuciones que le confieran otras disposiciones legales y administrativas, y elSecretario, dentro del marco de su competencia, as como las que correspondan a las unidadesadministrativas que se le adscriban.

    La Oficiala Mayor contar con una coordinacin administrativa, con el objeto de atender las necesidadesde recursos presupuestales, humanos y materiales de las unidades administrativas de su adscripcin, as

    como del rgano Interno de Control en la Secretara.

    CAPTULO V

    (Derogado)

    ARTCULO 12.Derogado.

    CAPTULO VI

    De las Atribuciones de la Consultora Jurdica

    ARTCULO 13. Al frente de la Consultora Jurdica habr un Consultor Jurdico, quien tendr lasatribuciones siguientes:

    I. Acordar con el Secretario el despacho de los asuntos de las unidades administrativas que ste adscribaorgnicamente bajo su responsabilidad, as como desempear las funciones y comisiones que el propio

    Secretario le delegue o encomiende, y mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas;II. Asesorar al Secretario sobre asuntos de derecho internacional pblico y privado, as como en derecho

    extranjero;

    III. Proponer al Secretario las medidas conducentes para la adecuada participacin de Mxico en los forosinternacionales correspondientes y en las conferencias sobre codificacin y desarrollo progresivo del derechointernacional pblico y privado, as como formular y coordinar con las unidades administrativas competentes,tanto de la Secretara, como de otras dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, lasposiciones sobre asuntos jurdicos que regirn la participacin de Mxico en dichos foros;

    IV. Coordinar la intervencin y defensa del gobierno de Mxico o de cualquiera de sus entidades en litigioso procedimientos ante tribunales extranjeros, as como representar al Estado mexicano en aquelloslitigios o procedimientos ante tribunales internacionales;

    V. Participar, proponer y coordinar la formulacin de opiniones y comentarios que sea conveniente hacer

    llegar a tribunales internacionales o extranjeros para la defensa de los intereses de Mxico y de susnacionales;

    VI. Mantenerse enterado y apoyar jurdicamente a las dependencias y entidades de la AdministracinPblica Federal que as lo soliciten en los litigios de los que sean parte ante tribunales extranjeros;

    VII. Realizar, en coordinacin con la Direccin General de Asuntos Jurdicos y otras dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal competentes, los trmites necesarios para la recuperacin debienes arqueolgicos, artsticos y culturales que se localicen en el extranjero y que hayan salido ilcitamentedel territorio nacional;

    VIII. Brindar apoyo jurdico a la Direccin General de Proteccin a Mexicanos en el Exterior,en la defensade los mexicanos en el extranjero;

    IX. Brindar apoyo jurdico a la Direccin General de Servicios Consulares, en materia de documentacin

    consular;X. Elaborar los dictmenes y resolver las consultas que sobre derecho internacional pblico y privado,

    o extranjero, le requiera el Secretario o le soliciten otras reas de la Secretara;

    XI. Opinar sobre los convenios, acuerdos y contratos, en los que se aplique el derecho extranjero o secelebren en el extranjero, a ser suscritos por el Secretario, por otras reas de la Secretara o por lasrepresentaciones de Mxico en el exterior, cuando as lo soliciten;

    XII. Tomar las medidas conducentes para el cumplimiento de la Ley sobre la Celebracin de Tratados;

    XIII. Opinar sobre la procedencia de suscribir tratados, participar en su negociacin y, en su caso, tramitarlos plenos poderes correspondientes para la suscripcin de los mismos;

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    XIV. Opinar sobre la conveniencia de modificar, terminar o denunciar tratados internacionales y realizar lostrmites y gestiones apropiados para dar cumplimiento a los requisitos constitucionales para la entrada envigor, modificacin, terminacin o denuncia de stos, de conformidad con lo que establezca la legislacinaplicable;

    XV. Mantener el registro de los tratados internacionales celebrados por Mxico, as como de susmodificaciones, terminaciones o denuncias, y de los acuerdos interinstitucionales en el mbito internacionalcelebrados por las dependencias o entidades de la Administracin Pblica Federal, as como por los

    gobiernos de los estados y municipios;XVI. Formular los dictmenes correspondientes sobre la procedencia de acuerdos interinstitucionales en el

    mbito internacional que pretendan suscribir las dependencias y entidades de la Administracin PblicaFederal, as como los gobiernos de los estados y municipios;

    XVII. Cumplir con los compromisos derivados de tratados internacionales, cuando haya sido designadacomo autoridad ejecutora;

    XVIII. Emitir, para efectos administrativos, las interpretaciones de los tratados de los que Mxico sea parte;

    XIX. Vigilar y dar seguimiento a la instrumentacin jurdica de los compromisos derivados de tratadosinternacionales y coadyuvar con otras reas de la Secretara y las dependencias y entidades de laAdministracin Pblica Federal en la armonizacin de la legislacin nacional que facilite el cumplimiento detales compromisos;

    XX. Expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en sus archivos, a peticin delMinisterio Pblico, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia desolicitudes de acceso a la informacin;

    XXI. Proporcionar la informacin de tratados que le sea requerida, de conformidad con las disposicionesaplicables y los lineamientos que establezca el Secretario;

    XXII. Asistir a la Direccin General de Protocolo en la atencin de los asuntos jurdicos que involucren alas misiones o funcionarios diplomticos, consulares o de organismos e instituciones internacionalesacreditados ante el gobierno de Mxico;

    XXIII. Coordinar con instituciones nacionales y extranjeras la formacin y especializacin de funcionariosde la Secretara en las reas de derecho internacional pblico, privado y extranjero en coordinacin con lasreas competentes de la Secretara;

    XXIV. Llevar a cabo seminarios y talleres de difusin en materia de derecho internacional pblico

    y privado;XXV. Custodiar y utilizar el Gran Sello de la Nacin;

    XXVI. Atender las consultas que la Direccin General de Asuntos Jurdicos formule en materia decooperacin jurdica internacional;

    XXVII. Presidir el Comit de Informacin de la Secretara establecido de conformidad con la Ley Federalde Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica Gubernamental, su Reglamento y los Lineamientos en lamateria;

    XXVIII. Coordinar las labores de las unidades administrativas a su cargo, dictando las medidas necesariaspara su mejor funcionamiento, as como coordinarse, en su caso, con las dems reas de la Secretara;

    XXIX. Dictar las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de las unidades administrativas a sucargo, as como controlar y evaluar el trabajo y los resultados de las actividades de las mismas;

    XXX. Designar al servidor pblico encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto sedesigna al servidor pblico correspondiente, en el caso de las vacantes del titular de las unidadesadministrativas que le sean adscritas;

    XXXI. Proponer el ingreso, promocin, licencia y la terminacin laboral del personal adscrito, as como lade extender autorizaciones a que tenga derecho su personal, de conformidad con las disposiciones legalesaplicables;

    XXXII. Formular el anteproyecto de programa-presupuesto de la Consultora Jurdica, en coordinacin conla Direccin General de Programacin, Organizacin y Presupuesto, de conformidad con las disposicionesaplicables, y

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    XXXIII. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    El Consultor Jurdico, para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliar del Consultor Jurdico Adjunto A,del Consultor Jurdico Adjunto B, de los Directores de Litigios I y II, de los Directores de Tratados I, II y III, ascomo de los Directores de Derecho Internacional I, II y III, del Director Jurdico de Acceso a la Informacin, yde las dems Subdirecciones correspondientes a cada una de las Direcciones de rea.

    CAPTULO VII

    De las Atribuciones de los Directores Generales

    ARTCULO 14. Al frente de cada una de las Direcciones Generales habr un Director General, quien,auxiliado por los Directores Generales Adjuntos, Directores de rea, Subdirectores y Jefes de Departamento,tendr las atribuciones comunes siguientes:

    I. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeo de las labores encomendadasa la Direccin General a su cargo;

    II. Acordar con su superior jerrquico la atencin, estudio y resolucin de los asuntos que seancompetencia de la Direccin General a su cargo;

    III. Formular los dictmenes, opiniones e informes que les sean solicitados por las diferentes UnidadesAdministrativas de la Secretara y por las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal,conforme al mbito de sus respectivas competencias;

    IV. Formular el anteproyecto de programa-presupuesto de la Direccin General a su cargo, encoordinacin con la Direccin General de Programacin, Organizacin y Presupuesto, y de conformidad conlas disposiciones aplicables;

    V. Coordinar sus actividades con las dems Direcciones Generales o unidades administrativas, cuando asse requiera, para el mejor funcionamiento de la Secretara, para asegurar el desarrollo de posicionesconsistentes en los mbitos bilateral y multilateral, as como para promover la interlocucin poltica, la imageny el perfil econmico de Mxico en el exterior;

    VI. Firmar y notificar, por conducto del servidor pblico que comisione, los oficios de trmite, las notasdiplomticas dirigidas a las representaciones extranjeras acreditadas en Mxico, as como las resoluciones yacuerdos de la autoridad superior cuando as se le ordene o delegue y aqullos que emitan de conformidadcon las facultades que les correspondan;

    VII. Proponer el ingreso, promocin, licencia y la terminacin de la relacin laboral del personal adscrito ala Direccin General a su cargo, as como extender las autorizaciones a que tenga derecho el personal, deconformidad con lo previsto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, las disposicionespresupuestarias y las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretara;

    VIII. Elaborar y mantener actualizados, en coordinacin con la Direccin General de Programacin,Organizacin y Presupuesto, los manuales de organizacin y procedimientos, de la Direccin Generala su cargo;

    IX. Participar en las comisiones, comits u otros cuerpos colegiados cuando as se establezca por ley, losealen disposiciones aplicables o lo disponga el Secretario, con la personalidad que en cada caso seadeterminada;

    X. Proporcionar la informacin y la colaboracin que les sea requerida por otras unidades administrativasde la Secretara o por otras dependencias o entidades de la Administracin Pblica Federal, dentro del mbito

    de sus atribuciones, de conformidad con las disposiciones aplicables y los lineamientos que para tal efectoestablezca el Secretario;

    XI. Participar en la negociacin y, cuando corresponda, segn sus atribuciones especficas, en lapromocin, actualizacin y seguimiento de los tratados y acuerdos interinstitucionales, con el apoyo de lasunidades administrativas competentes de la Secretara, as como de otras dependencias gubernamentales;

    XII. Autorizar, instruir y vigilar el ejercicio del presupuesto asignado a la Direccin General a su cargo, deconformidad con las disposiciones legales aplicables;

    XIII. Participar en seminarios, conferencias, simposios, coloquios y congresos sobre temas de sucompetencia;

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    XIV. Verificar, en coordinacin con la Direccin General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, quelos convenios, contratos y pedidos que la Secretara celebre con arrendadores, contratistas, proveedores yprestadores de servicios, que sean administrados por la direccin general, sean cumplidos en los trminospactados o fijados;

    XV. Validar las facturas que presenten los contratistas, proveedores y prestadores de servicios a laSecretara, por haber recibido los bienes y servicios conforme a lo pactado, a efecto de que se gestionen lospagos correspondientes ante la Direccin General de Programacin, Organizacin y Presupuesto;

    XVI. Elaborar con la antelacin suficiente, la justificacin de la contratacin que se pretenda,proporcionando a la Direccin General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales los insumoscorrespondientes, que servirn de base para dictar el fallo respectivo y participar en todos los actosrelacionados en los procedimientos de contratacin y los posteriores que deriven de ellos;

    XVII. Gestionar ante la Direccin General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales con la antelacinsuficiente, los trmites necesarios para la prrroga de los contratos o pedidos y, la entrega de cualquier tipode bienes o prestacin de servicios, en los que sea la unidad requirente o administradora, debiendoproporcionar la justificacin correspondiente;

    XVIII. Elaborar propuestas para crear, reorganizar o suprimir unidades de la Direccin General a su cargo,someterlas a consideracin de su superior jerrquico y presentarlas a la Direccin General del ServicioExterior y de Recursos Humanos, de conformidad con las disposiciones aplicables;

    XIX. Rendir los informes que en materia de su competencia le requiera la Comisin Nacional de Derechos

    Humanos y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacin, o cualquier otra autoridad;XX. Expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en sus archivos, a peticin del

    Ministerio Pblico, autoridades jurisdiccionales, administrativas y del trabajo, o bien, cuando sean materia desolicitudes de acceso a la informacin, y

    XXI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que les encomiende el Secretario o su superiorjerrquico.

    ARTCULO 15.Corresponde a la Direccin General de Protocolo:

    I. Vigilar y ser el conducto para la aplicacin de las disposiciones relativas a las inmunidades y privilegiosde las misiones diplomticas y consulares acreditadas en Mxico, as como de su personal, y hacer valer, ensu caso, las reciprocidades que procedan;

    II. Vigilar y ser el conducto para la aplicacin de las disposiciones relativas a las inmunidades y privilegios

    de los organismos internacionales con sede o representacin en Mxico, basados en los acuerdos de sedecorrespondientes;

    III. Ser el conducto para transmitir a las autoridades competentes, a solicitud de las representacionesextranjeras, la exencin de pago de impuestos de los inmuebles de su propiedad, as como fabricar, custodiary asignar las placas de circulacin para vehculos de las embajadas, consulados y organismos internacionalesy de sus funcionarios acreditados;

    IV. Ser el conducto para transmitir los requerimientos de franquicias de importacin y exportacin demenajes de casa y vehculos de los funcionarios y personal tcnico administrativo de las embajadas,consulados y organismos internacionales con sede o representacin en Mxico;

    V. Mantener un registro del trato que reciben las representaciones de Mxico en el exterior para efectos deaplicar un trato recproco;

    VI. Acreditar a los funcionarios y personal tcnico administrativo adscritos a las embajadas, consulados yorganismos internacionales con sede o representacin en Mxico, as como expedirles la documentacin deidentidad y otorgar las visas correspondientes;

    VII. Revocar visas a los miembros del cuerpo diplomtico y consular acreditado ante el gobierno deMxico, a peticin de las representaciones extranjeras y de acuerdo con la normatividad vigente;

    VIII. Apoyar a la Direccin General de Coordinacin Poltica, en su trato con las representacionesextranjeras acreditadas en Mxico y las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal y losgobiernos de las entidades federativas y municipios;

    IX. Publicar los directorios del cuerpo diplomtico y consular y de los organismos internacionales conrepresentacin o sede en Mxico;

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    X. Elaborar, para firma del Presidente de la Repblica y del Secretario, el Exequtur que se otorga a loscnsules generales y cnsules honorarios a fin de que puedan cumplir con sus funciones, as como lasautorizaciones definitivas y las cancelaciones correspondientes;

    XI. Tramitar la publicacin en el Diario Oficial de la Federacin del Exequtur y de las AutorizacionesDefinitivas y Cancelaciones en trminos de la legislacin aplicable;

    XII. Expedir los permisos a que se refieren las fracciones II, III y IV del apartado C) del artculo 37 de laConstitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos;

    Fraccin reformada DOF 30-09-13

    XIII. Tramitar ante la Secretara de la Defensa Nacional, la autorizacin de los permisos de importacin yportacin de armas de fuego para personal de seguridad extranjeros, con base en el principio de reciprocidad;

    XIV. Participar en la coordinacin de los viajes del Presidente de la Repblica y los del Secretario alextranjero, as como en aquellos eventos internacionales que se realicen en Mxico y donde tambinparticipen;

    XV. Coadyuvar en la elaboracin de visitas oficiales a Mxico de los jefes de Estado y de Gobierno y lostitulares de Relaciones Exteriores de otros pases;

    XVI. Instrumentar lineamientos protocolarios aplicables a las particularidades de las visitas de Estadoy de Gobierno;

    XVII. Cuidar el oportuno envo de mensajes de carcter protocolario a jefes de Estado y de Gobierno;

    XVIII. Llevar el control de las nminas de gabinete de los pases con los que Mxico mantiene relacionesdiplomticas;

    XIX. Organizar y atender los actos a los que asistan los cuerpos diplomtico y consular, representantes deorganismos internacionales y dignatarios extranjeros;

    XX. Organizar y participar en las ceremonias de presentacin de cartas credenciales y copias, ante elPresidente de la Repblica y el Secretario, respectivamente;

    XXI. Asesorar sobre temas de ceremonial mexicano a diferentes instancias de la Administracin PblicaFederal y de los gobiernos estatales que lo soliciten;

    XXII. Proponer y tramitar la entrega de condecoraciones de la Orden Mexicana del guila Azteca adiplomticos acreditados en Mxico y a personalidades extranjeras, llevando el registro correspondiente;

    XXIII. Resguardar las existencias y el buen estado de las joyas de la Orden Mexicana del guila Azteca;

    XXIV. Fungir como secretario del Consejo de la Orden Mexicana del guila Azteca;

    XXV. Coordinar el resguardo y la entrega de la Insignia Benito Jurez al Mrito Internacional;

    XXVI. Utilizar el Gran Sello de la Nacin;

    XXVII. Registrar y legalizar las patentes y despachos de ascenso y retiro de los integrantes de las FuerzasArmadas de Mxico;

    XXVIII. Coordinar y apoyar la preparacin de reuniones que se efecten en el rea de Conferencias de laSecretara, y

    XXIX. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 16.Corresponde a la Direccin General de Coordinacin Poltica:

    I. Coadyuvar en coordinacin con la Secretara de Gobernacin, en las acciones que correspondan al

    Ejecutivo Federal que sean competencia de la Secretara, en sus relaciones con el Poder Legislativo,en especial:

    a) La aprobacin de instrumentos jurdicos internacionales por parte del Senado de la Repblica;

    b) El proceso de ratificacin, ya sea por el Senado de la Repblica, o por la Comisin Permanente, de losnombramientos de agentes diplomticos, y

    c) Los informes o las solicitudes de permiso a la Cmara de Senadores o, en su caso, a la ComisinPermanente, que prev el artculo 88 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, para que elPresidente de la Repblica pueda ausentarse del territorio nacional.

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    II. Actuar como instancia de apoyo en las comparecencias y presentaciones del Secretario y de otrosservidores pblicos de la Secretara ante el Poder Legislativo, en coordinacin con la Secretara deGobernacin;

    III. Atender en coordinacin con la Secretara de Gobernacin, las solicitudes de informacin sobre lostemas y acciones de poltica exterior que formulen a la Secretara, los miembros del Poder Legislativo, PoderJudicial, las legislaturas locales, gobiernos estatales y municipales, as como las organizaciones polticas;

    IV. Dar seguimiento a las disposiciones legislativas relativas a la poltica exterior y, con la colaboracin de

    las reas de la Secretara, responder los puntos de acuerdo presentados y aprobados por el Senado de laRepblica, la Cmara de Diputados y las Legislaturas Estatales, en coordinacin con la Secretara deGobernacin;

    V. Apoyar, en coordinacin con la Secretara de Gobernacin, a las delegaciones de legisladores, tantofederales como de las entidades federativas, que realicen visitas o giras oficiales al extranjero, as como a lasdelegaciones de legisladores extranjeros que realicen visitas o giras oficiales a nuestro pas, mediante elsuministro de informacin y la integracin de agendas de trabajo;

    VI. Proponer, con el apoyo de las representaciones de Mxico en el exterior y las reas competentes de laSecretara, las agendas de trabajo para las giras oficiales que realicen en el extranjero mandatarios yfuncionarios estatales y municipales del pas, as como durante las visitas que stos reciban de autoridadesextranjeras;

    VII. Fijar los lineamientos que permitan el establecimiento de mecanismos de coordinacin entre la

    Secretara y las oficinas que manejan asuntos internacionales en las entidades federativas, en los municipios,en las organizaciones polticas y en las asociaciones de gobiernos estatales y municipales en el pas;

    VIII. Coordinar con las reas competentes de la Secretara, la atencin de las solicitudes de gobiernosextranjeros y sus representantes, para establecer vnculos con los gobiernos de las entidades federativas y delos municipios;

    IX. Derogada;

    Fraccin derogada DOF 30-09-13

    X. Promover y apoyar, en coordinacin con la Direccin General de Protocolo, lasactividades del CuerpoDiplomtico en las entidades federativas y municipios;

    XI. Propiciar, en coordinacin con la Consultora Jurdica, la suscripcin de Acuerdos de Hermanamiento eInterinstitucionales entre los gobiernos de las entidades federativas y municipios con rganos

    gubernamentales extranjeros y organismos internacionales, as como darles seguimiento y apoyar suinstrumentacin, de conformidad con las disposiciones aplicables;

    XII. Atender, en coordinacin con las reas competentes de la Secretara, las solicitudes de informacinque sobre poltica exterior y mecanismos de cooperacin internacional descentralizada formulen los gobiernosde las entidades federativas y municipios, as como difundir su contenido a stos;

    XIII. Promover, en coordinacin con las reas competentes de la Secretara, la realizacin de eventosencaminados al estudio, difusin y comprensin de la poltica exterior mexicana, principalmente entre gruposacadmicos, polticos, sociales y empresariales de los estados y municipios del pas;

    XIV. Recabar la informacin estatal y municipal que involucre la imagen y operacin de la Secretara;

    XV. Participar, en coordinacin con las autoridades competentes de la Secretara, en la formulacin ynegociacin de programas de cooperacin internacional con las entidades federativas y municipios;

    XVI. Coadyuvar, en coordinacin con las unidades administrativas de la Secretara y con lasrepresentaciones de Mxico en el exterior, a una mayor participacin de los gobiernos de los estados y de losmunicipios en las acciones de poltica exterior del pas, y

    XVII. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 17.Corresponde a la Direccin General de Comunicacin Social:

    I. Captar, sistematizar, analizar y evaluar informacin concerniente a Mxico originada en fuentesnacionales e internacionales, a fin de brindar apoyo a las distintas unidades administrativas, funcionarios yempleados de la Secretara y a otras dependencias gubernamentales;

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    II. Establecer mecanismos de coordinacin con las dependencias y entidades de la Administracin PblicaFederal a fin de coadyuvar en las actividades de difusin de informacin y promocin en el exterior;

    III. Elaborar el programa de comunicacin social de la Secretara en concordancia con los lineamientosque para ese efecto marque la Secretara de Gobernacin;

    IV. Mantener relacin permanente con los medios informativos nacionales e internacionales, y difundir atravs de ellos la poltica exterior mexicana, as como los objetivos, programas y acciones de la Secretara;

    V. Analizar y evaluar el flujo de informacin sobre acontecimientos nacionales e internacionales eidentificar tendencias de comunicacin en los medios;

    VI. Dar seguimiento, analizar y evaluar el trato que se d a la Secretara en los medios nacionales einternacionales de informacin, a fin de detectar eventos que puedan repercutir desfavorablemente sobre sulabor e imagen y realizar acciones preventivas o campaas para evitar la desinformacin;

    VII. Coordinar la realizacin de encuestas y sondeos de opinin respecto a las actividades de laSecretara;

    VIII. Crear archivos temticos de informacin generada en los medios de comunicacin, sobre eventosactuales en el mbito nacional e internacional;

    IX. Conservar y actualizar el archivo de comunicados e informacin oficial que difunda la Secretara;

    X. Preservar y actualizar el archivo fotogrfico y de video de las actividades relevantes de la Secretara;

    XI. Operar como enlace para el intercambio de informacin con otras dependencias gubernamentales enlos temas de su competencia;

    XII. Distribuir material seleccionado de las principales publicaciones nacionales e internacionales entre lasdiversas reas de la Secretara;

    XIII. Desarrollar actividades, programas y sistemas destinados a promover y fortalecer la presencia de laSecretara en el mbito nacional y la imagen de Mxico en el exterior;

    XIV. Elaborar y distribuir permanentemente a las representaciones de Mxico en el exterior y a lasunidades administrativas de la Secretara informacin sobre los programas y actividades del gobierno deMxico y los sucesos relevantes de la vida nacional;

    XV. Coordinar las actividades y atender las necesidades de los agregados de prensa en lasrepresentaciones diplomticas y consulares, y

    XVI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 18.Corresponde a la Direccin General para frica y Medio Oriente:

    I. Presentar opciones de poltica exterior y participar en la planeacin, el diseo, la ejecuciny la evaluacin de los programas de accin internacional, especficos para los pases y organizaciones de laregin, as como para la regin en su conjunto, a corto, mediano y largo plazo, basndose en los lineamientosgenerales de poltica exterior;

    II. Impulsar y dar seguimiento desde la perspectiva poltica, al conjunto de asuntos del inters para Mxicocon los pases y organizaciones de la regin;

    III. Elaborar anlisis e informes polticos, as como formular opiniones de poltica bilateral y multilateral conlos pases y organizaciones de la regin;

    IV. Coadyuvar con las dependencias gubernamentales y las unidades administrativas competentes,

    cuando as le sea solicitado, en la promocin, actualizacin y seguimiento del marco jurdico que norme lasrelaciones de Mxico con los pases y organizaciones de la regin;

    V. Contribuir, cuando as sea solicitado por las reas competentes de la Secretara, a la formulacin depolticas de cooperacin bilateral y regional sobre temas de la nueva agenda multilateral;

    VI. Coordinar la recopilacin y anlisis de informacin sobre la situacin interna y posicin internacional delos pases de la regin, generar opciones de poltica exterior y en su caso, transmitirla a otras dependenciasy entidades de la Administracin Pblica Federal, as como a otras instancias nacionales;

    VII. Emitir instrucciones sobre asuntos de su competencia a los titulares de las representacionesdiplomticas y consulares de Mxico en el exterior;

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    VIII. Proponer la apertura o cierre de las misiones diplomticas y representaciones consulares, as como ladefinicin de concurrencias, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes;

    IX. Evaluar el cumplimiento de las instrucciones transmitidas a las misiones diplomticas de Mxico en laregin sobre poltica exterior o programas de accin, proponiendo los ajustes que sean aconsejables deacuerdo con las circunstancias y los objetivos de poltica exterior;

    X. Coordinar, en consulta con las unidades administrativas de la Secretara con competencia en los temasde que se trate, la conduccin de las relaciones polticas bilaterales de Mxico con los pases y

    organizaciones de su competencia, a travs de la atencin oportuna de los asuntos que le formulen lasrepresentaciones de los gobiernos acreditados ante el gobierno de Mxico;

    XI. Planear, programar, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la concertacin,preparacin, realizacin y seguimiento, desde la perspectiva poltica, de las visitas de alto nivel, encoordinacin con las unidades administrativas competentes de la Secretara y de las dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal;

    XII. Planear, preparar, organizar, dirigir y dar seguimiento a las reuniones que en materia de consultaspolticas gubernamentales y reuniones binacionales que se realicen con los pases y organizaciones de lacompetencia de la regin, en coordinacin con las unidades administrativas competentes;

    XIII. Tramitar ante las dependencias y entidades competentes de la Administracin Pblica Federal encoordinacin con la Direccin General de Protocolo, los permisos de trnsito o visita para buques de armadasextranjeras y, a su vez, los permisos ante los gobiernos extranjeros que la Armada de Mxico requiera para el

    mismo objeto. Asimismo, gestionar los permisos de sobrevuelo y aterrizaje para aeronaves oficialesmexicanas, as como los correspondientes a las aeronaves oficiales extranjeras que lo requieran;

    XIV. Participar, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes de la Secretara, en laelaboracin de evaluaciones sobre la organizacin interna de las representaciones diplomticas y consularesde Mxico en el exterior, para atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos humanosy financieros;

    XV. Desarrollar el dilogo poltico y dar seguimiento a la evolucin de los acontecimientos en los pases defrica y de Medio Oriente, as como de las subregiones de Asia Sudoccidental, que comprende la PennsulaArbiga, Iraq e Irn, y de Asia Central, incluyendo adems Pakistn. Asimismo, atender la relacin deMxico, en su dimensin poltica, con los diversos foros regionales y subregionales como la Unin Africana, laComunidad Econmica de Estados de frica Occidental y con la Liga de los Estados rabes, en coordinacincon las unidades administrativas de la Secretara y las dependencias de la Administracin Pblica Federalcompetentes, y

    XVI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 19.Corresponde a la Direccin General para Asia-Pacfico:

    I. Presentar opciones de poltica exterior y participar en la planeacin, el diseo, la ejecucin yla evaluacin de los programas de accin internacional, especficos para los pases y organizaciones de laregin, as como para la regin en su conjunto, a corto, mediano y largo plazo, basndose en los lineamientosgenerales de poltica exterior;

    II. Impulsar y dar seguimiento desde la perspectiva poltica, al conjunto de asuntos del inters para Mxicocon los pases y organizaciones de la regin;

    III. Elaborar anlisis e informes polticos, as como formular opiniones de poltica bilateral y multilateral conlos pases y organizaciones de la regin;

    IV. Coadyuvar con las dependencias gubernamentales y las unidades administrativas competentes,cuando as le sea solicitado, en la promocin, actualizacin y seguimiento del marco jurdico que norme lasrelaciones de Mxico con los pases y organizaciones de la regin;

    V. Contribuir, cuando as sea solicitado por las reas competentes de la Secretara, a la formulacin depolticas de cooperacin bilateral y regional sobre temas de la nueva agenda multilateral;

    VI. Coordinar la recopilacin y anlisis de informacin sobre la situacin interna y posicin internacional delos pases de la regin, generar opciones de poltica exterior y, en su caso, transmitirla a otras dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal, as como a otras instancias nacionales;

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    VII. Emitir instrucciones sobre asuntos de su competencia a los titulares de las representacionesdiplomticas y consulares de Mxico en el exterior;

    VIII. Proponer la apertura o cierre de las misiones diplomticas y representaciones consulares, as como ladefinicin de concurrencias, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes;

    IX. Evaluar el cumplimiento de las instrucciones transmitidas a las misiones diplomticas de Mxico en laregin sobre poltica exterior o programas de accin, proponiendo los ajustes que sean aconsejables deacuerdo con las circunstancias y los objetivos de poltica exterior;

    X. Coordinar, en consulta con las unidades administrativas de la Secretara con competencia en los temasde que se trate, la conduccin de las relaciones polticas bilaterales de Mxico con los pases yorganizaciones de su competencia, a travs de la atencin oportuna de los asuntos que le formulen lasrepresentaciones de los gobiernos acreditados ante el gobierno de Mxico;

    XI. Planear, programar, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la concertacin,preparacin, realizacin y seguimiento, desde la perspectiva poltica, de las visitas de alto nivel, encoordinacin con las unidades administrativas competentes de la Secretara y de las dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal;

    XII. Planear, preparar, organizar, dirigir y dar seguimiento a las reuniones que en materia de consultaspolticas gubernamentales y reuniones binacionales que se realicen con los pases y organizaciones de lacompetencia de la regin, en coordinacin con las unidades administrativas competentes;

    XIII. Tramitar ante las dependencias y entidades competentes de la Administracin Pblica Federal encoordinacin con la Direccin General de Protocolo, los permisos de trnsito o visita para buques de armadasextranjeras y, a su vez, los permisos ante los gobiernos extranjeros que la Armada de Mxico requiera para elmismo objeto. Asimismo, gestionar los permisos de sobrevuelo y aterrizaje para aeronaves oficialesmexicanas, as como los correspondientes a las aeronaves oficiales extranjeras que lo requieran;

    XIV. Participar, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes de la Secretara, en laelaboracin de evaluaciones sobre la organizacin interna de las representaciones diplomticas y consularesde Mxico en el exterior, para atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos humanosy financieros;

    XV. Desarrollar el dilogo poltico y dar seguimiento a la evolucin de los acontecimientos en los pasesdel subcontinente indio, con excepcin de Pakistn; las naciones del noreste y sureste de Asia, as como lasnaciones insulares del Pacfico Sur. De igual forma le corresponde fomentar el dilogo poltico con los pasesde la regin en el marco de su participacin en los foros y organismos regionales, as como el seguimiento delos asuntos relacionados con la participacin de Mxico en el Foro de Cooperacin Amrica Latina-Asia delEste, el Foro de Cooperacin Econmica Asia-Pacfico y el Consejo de Cooperacin Econmica del Pacfico,as como de los diversos foros regionales y subregionales de Asia-Pacfico, y

    XVI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 20.Corresponde a la Direccin General para Europa:

    I. Presentar opciones de poltica exterior y participar en la planeacin, el diseo, la ejecucin y laevaluacin de los programas de accin internacional, especficos para los pases y organizaciones dela regin, as como para la regin en su conjunto, a corto, mediano y largo plazo, basndose en loslineamientos generales de poltica exterior;

    II. Impulsar y dar seguimiento desde la perspectiva poltica, al conjunto de asuntos del inters para Mxico

    con los pases y organizaciones de la regin;III. Elaborar anlisis e informes polticos, as como formular opiniones de poltica bilateral y multilateral con

    los pases y organizaciones de la regin;

    IV. Coadyuvar con las dependencias gubernamentales y las unidades administrativas competentes,cuando as le sea solicitado, en la promocin, actualizacin y seguimiento del marco jurdico que norme lasrelaciones de Mxico con los pases y organizaciones de la regin;

    V. Contribuir, cuando as sea solicitado por las reas competentes de la Secretara, a la formulacin depolticas de cooperacin bilateral y regional sobre temas de la nueva agenda multilateral;

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    VI. Coordinar la recopilacin y anlisis de informacin sobre la situacin interna y posicin internacional delos pases de la regin, generar opciones de poltica exterior y en su caso, transmitirla a otras dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal, as como a otras instancias nacionales;

    VII. Emitir instrucciones sobre asuntos de su competencia a los titulares de las representacionesdiplomticas y consulares de Mxico en el exterior;

    VIII. Proponer la apertura o cierre de las misiones diplomticas y representaciones consulares, as como ladefinicin de concurrencias, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes;

    IX. Evaluar sistemticamente la aplicacin de las directrices e instrucciones transmitidas a las misionesdiplomticas de Mxico en la regin sobre poltica exterior o programas de accin, proponiendo los ajustesque sean aconsejables de acuerdo con las circunstancias y las necesidades de poltica exterior;

    X. Coordinar, en consulta con las unidades administrativas de la Secretara con competencia en los temasde que se trate, la conduccin de las relaciones polticas bilaterales de Mxico con los pases yorganizaciones de su competencia, a travs de la atencin oportuna de los asuntos que le formulen lasrepresentaciones de los gobiernos acreditados ante el gobierno de Mxico;

    XI. Planear, programar, desarrollar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la concertacin,preparacin, realizacin y seguimiento, desde la perspectiva poltica, de las visitas de alto nivel, encoordinacin con las unidades administrativas competentes de la Secretara y de las dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal;

    XII. Planear, preparar, organizar, dirigir y dar seguimiento a las reuniones que en materia de consultaspolticas gubernamentales y reuniones binacionales que se realicen con los pases y organizaciones de lacompetencia de la regin, en coordinacin con las unidades administrativas competentes;

    XIII. Tramitar ante las dependencias y entidades competentes de la Administracin Pblica Federal encoordinacin con la Direccin General de Protocolo, los permisos de trnsito o visita para buques de armadasextranjeras y, a su vez, los permisos ante los gobiernos extranjeros que la Armada de Mxico requiera para elmismo objeto. Asimismo, gestionar los permisos de sobrevuelo y aterrizaje para aeronaves oficialesmexicanas, as como los correspondientes a las aeronaves oficiales extranjeras que lo requieran;

    XIV. Participar, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes de la Secretara, en laelaboracin de evaluaciones sobre la organizacin interna de las representaciones diplomticas y consularesde Mxico en el exterior, para atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos humanosy financieros;

    XV. Desarrollar el dilogo poltico y dar seguimiento a la evolucin de los acontecimientos con lasinstituciones de la Unin Europea y sus pases miembros; asimismo, atender la participacin de Mxico comoObservador Permanente del Consejo de Europa en su dimensin poltica, en coordinacin con las unidadesadministrativas de la Secretara y las dependencias de la Administracin Pblica Federal competentes, y

    XVI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 21.Corresponde a la Direccin General para Amrica del Norte:

    I. Presentar opciones de poltica exterior y participar en la planeacin, el diseo, la ejecucin y laevaluacin de los programas de accin internacional, especficos para los pases y organizaciones dela regin, as como para la regin en su conjunto, a corto, mediano y largo plazo, basndose en loslineamientos generales de poltica exterior;

    II. Impulsar y dar seguimiento desde la perspectiva poltica, al conjunto de asuntos del inters para Mxico

    con los pases y organizaciones de la regin;

    III. Elaborar anlisis e informes polticos, para la formulacin de la poltica bilateral y multilateral con lasregiones del rea;

    IV. Coadyuvar con las dependencias gubernamentales y las unidades administrativas competentes de laSecretara, a la promocin, actualizacin y seguimiento del marco jurdico que norme las relaciones de Mxicocon los pases y organizaciones de la regin;

    V. Contribuir, cuando as sea solicitado por las reas competentes de la Secretara, a la formulacin depolticas de cooperacin bilateral y regional sobre temas de la nueva agenda multilateral y participar en lanegociacin de acuerdos bilaterales y regionales relacionados con dichos temas;

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    VI. Coordinar la recopilacin y anlisis de informacin sobre la situacin interna y posicin internacional delos pases de la regin, generar opciones de poltica exterior y en su caso, transmitirla a otras dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal, as como a otras instancias nacionales;

    VII. Servir de conducto institucional para transmitir instrucciones sobre asuntos de poltica bilateral a lostitulares de las representaciones diplomticas y consulares;

    VIII. Proponer la apertura o cierre, as como la definicin de concurrencias de las misiones diplomticasy representaciones consulares, en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes;

    IX. Evaluar sistemticamente la aplicacin de las directrices e instrucciones transmitidas a las misionesdiplomticas de Mxico en la regin sobre poltica exterior o programas de accin, proponiendo los ajustesque sean aconsejables de acuerdo con las circunstancias y las necesidades de poltica exterior;

    X. Coordinar, en consulta con las unidades administrativas de la Secretara con competencia en los temasde que se trate, la conduccin de las relaciones polticas bilaterales de Mxico con los pases yorganizaciones de su competencia, a travs de la atencin oportuna de los asuntos que le formulen lasrepresentaciones de los gobiernos acreditados ante el gobierno de Mxico;

    XI. Planear, programar, desarrollar y evaluar las actividades relacionadas con la concertacin,preparacin, realizacin y seguimiento de las visitas de alto nivel, en coordinacin con las unidadesadministrativas competentes de la Secretara y de las dependencias y entidades de la AdministracinPblica Federal;

    XII. Planear, preparar, organizar, dirigir y dar seguimiento a las reuniones de consultas polticasgubernamentales y reuniones binacionales que se realicen con los pases y organizaciones de la competenciade la regin, en coordinacin con las unidades administrativas competentes;

    XIII. Tramitar ante las dependencias y entidades competentes de la Administracin Pblica Federal, lospermisos de trnsito o visita para buques de las armadas extranjeras que correspondan a la regin y, a suvez, los permisos ante los gobiernos extranjeros que la Armada de Mxico requiera para el mismo objeto.Asimismo, gestionar los permisos de sobrevuelo y aterrizaje para aeronaves oficiales mexicanas, as como loscorrespondientes a las aeronaves oficiales de los pases de la regin que lo requieran;

    XIV. Opinar sobre los permisos que soliciten los gobiernos de Estados Unidos de Amrica y Canad a laDireccin General de Cooperacin Tcnica y Cientfica, para la realizacin de toda clase de investigacionescientficas y de colectas en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de Mxico;

    XV. Participar, cuando se le requiera y en coordinacin con las unidades administrativas correspondientes

    de la Secretara, en la elaboracin de evaluaciones sobre la organizacin interna de las representacionesdiplomticas y consulares de Mxico en la regin, para atender sus necesidades y requerimientos en materiade recursos humanos y financieros;

    XVI. Promover la aplicacin y cumplimiento de los tratados de lmites y aprovechamientos de las aguas delos ros internacionales en la frontera norte;

    XVII. Supervisar, en coordinacin con la Subsecretara para Amrica del Norte, las labores de la SeccinMexicana de la Comisin Internacional de Lmites y Aguas entre Mxico y Estados Unidos;

    XVIII. Participar en la elaboracin de los lineamientos sobre asuntos polticos bilaterales en materia delmites y aguas internacionales y ser el conducto institucional para transmitir instrucciones de esa naturaleza ala Seccin Mexicana de la Comisin Internacional de Lmites y Aguas entre Mxico y Estados Unidos;

    XIX. Participar, y coordinar con otras dependencias y niveles de gobierno, en la formulacin de polticas decooperacin fronteriza, incluyendo la seguridad y desarrollo de infraestructura en la frontera norte, as comoen la negociacin de acuerdos bilaterales y regionales en la materia;

    XX. Participar en la formulacin de polticas, normas y acuerdos relacionados con los recursostransfronterizos del subsuelo y los fondos marinos compartidos con naciones vecinas, con el fin de garantizarsu aprovechamiento equitativo y eficiente, en beneficio del desarrollo nacional;

    XXI. Dirigir, planear, supervisar y, en su caso, ejecutar, conjuntamente con las dependencias y entidadescompetentes de la Administracin Pblica Federal, las acciones que deriven de los mecanismos decooperacin existentes y futuros entre Mxico y Canad, y Mxico y Estados Unidos de Amrica, as comoevaluar los avances y resultados de esas iniciativas;

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    XXII. Coordinar y convocar los trabajos intersecretariales con dependencias del Ejecutivo Federalcompetentes y otros niveles de gobierno para el desarrollo de proyectos, construccin y modificacin deinfraestructura fronteriza con implicacin en las relaciones bilaterales con Estados Unidos de Amrica;

    XXIII. Coordinar y convocar las reuniones del Grupo Binacional Mxico-Estados Unidos de Amrica sobrePuentes y Cruces Internacionales para la definicin de proyectos y la construccin y modificacin deinfraestructura fronteriza, y

    XXIV. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que sean

    afines a las sealadas en las fracciones anteriores o que les encomiende el Secretario.

    ARTCULO 21 bis.Corresponde a la Direccin General de Asuntos Especiales:

    I. Analizar, revisar y preparar los proyectos especiales sobre planeacin, formulacin, ejecucin yevaluacin de la poltica exterior en materia de cooperacin internacional sobre seguridad con los pases de laregin de Amrica del Norte;

    II. Fungir como enlace con otras dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal y local enmateria de seguridad regional;

    III. Impulsar y dar seguimiento desde la perspectiva poltica, al conjunto de asuntos del inters para Mxicoen los temas de su competencia, con los pases de la regin de Amrica del Norte;

    IV. Elaborar anlisis e informes polticos, as como formular opiniones de poltica bilateral y regional en lostemas de su competencia;

    V. Contribuir, cuando as sea solicitado por las reas competentes de la Secretara, a la formulacin depolticas de cooperacin bilateral y regional, en los temas de su competencia;

    VI. Coordinar las tareas de apoyo y asesora en materia de cooperacin internacional sobre seguridad conlos pases de la regin de Amrica del Norte;

    VII. Participar en la negociacin, coordinacin, ejecucin y seguimiento de los mecanismos de cooperacininternacional en materia de seguridad con los pases de Amrica del Norte, sin menoscabo de las atribucionesque competan a otras unidades administrativas de la Secretara u otras dependencias de la AdministracinPblica Federal;

    VIII. Establecer canales de coordinacin con las dependencias de la Administracin Pblica Federal quetienen competencia con la cooperacin internacional sobre seguridad;

    IX. Dar seguimiento a las actividades de las Embajadas en Mxico de los pases de la regin, en temasrelacionados con la cooperacin internacional sobre seguridad;

    X. Mantener mecanismos de dilogo y consulta con actores relevantes de la sociedad en materia deseguridad regional;

    XI. Planear, preparar, organizar y dar seguimiento a las reuniones que en materia de cooperacin sobreseguridad se realicen con los Estados Unidos de Amrica y Canad;

    XI bis. Autorizar conforme a los acuerdos bilaterales y en observancia de la normativa interna, laexpedicin de visas y la acreditacin de los funcionarios de agencias extranjeras de seguridad y procuracinde justicia adscritos a las embajadas y consulados de los pases de Amrica del Norte en Mxico, encoordinacin con las unidades administrativas correspondientes;

    XII. Promover y difundir, en coordinacin con la Direccin General de Comunicacin Social, los avances yresultados de los programas de cooperacin sobre seguridad regional con Amrica del Norte, y

    XIII. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    ARTCULO 22.Corresponde a la Direccin General de Proteccin a Mexicanos en el Exterior:

    I. Supervisar el desarrollo de la proteccin;

    II. Dictar los lineamientos y directrices que normen los programas integrales y acciones tendientes agarantizar la proteccin de los derechos humanos y otras garantas de los mexicanos en el exterior;

    III. Recabar, analizar y sistematizar la informacin que permita el diseo de polticas de proteccin y suinstrumentacin;

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    IV. Elaborar programas de proteccin y, en su caso, ordenar, revisar y aprobar los que deban serpreparados por las representaciones de Mxico en el exterior, as como supervisar su buen desarrolloy cumplimiento;

    V. Instruir a las representaciones de Mxico en el exterior y las delegaciones forneas para elcumplimiento oportuno y eficaz de las acciones y programas de proteccin, y supervisar su buen desarrollo;

    VI. Estandarizar los procedimientos y criterios de los programas integrales y acciones de proteccin, encoordinacin con la Direccin General de Servicios Consulares;

    VII. Recibir, estudiar y glosar los informes de proteccin que rindan las representaciones de Mxicoen el exterior;

    VIII. Dar acceso, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, a los sistemas de cmputodesarrollados para la proteccin consular y, en el mbito de su competencia, del fenmeno migratorio; ascomo coordinar con la Direccin General de Tecnologas de Informacin e Innovacin, la correctaadministracin de los mismos, a fin de facilitar la generacin de informacin y estadsticas en la materia;

    IX. Instrumentar, en coordinacin con el Instituto Matas Romero, acciones de capacitacin y actualizacinpara los servidores pblicos que intervienen en las tareas de proteccin;

    X. Intervenir, de manera concertada con otras dependencias y entidades de la Administracin PblicaFederal, estatal o municipal, en la negociacin, ejecucin y supervisin de tratados, acuerdos o programaslaborales, para asegurar la instrumentacin de medidas que garanticen el respeto a los derechos humanos

    y otras garantas de los mexicanos en el exterior;

    XI. Realizar las funciones derivadas de su designacin como autoridad ejecutora o central en tratadosy acuerdos internacionales en materia de adopcin, sustraccin de menores y pensiones alimenticias;

    XII. Ser el conducto para entregar a los beneficiarios los bienes y valores obtenidos y recuperados a sufavor, por las representaciones de Mxico en el exterior;

    XIII. Atender, en coordinacin con las dems unidades administrativas de la Secretara, los casos deviolacin de los derechos humanos y otras garantas de los mexicanos en el exterior o respecto alincumplimiento de tratados o de convenios internacionales que deriven en perjuicio de nacionales mexicanos;

    XIV. Participar en coordinacin con las autoridades y unidades administrativas competentes de laSecretara y de otras dependencias federales, en el diseo e instrumentacin de la poltica migratoriade Mxico;

    XV. Disear y establecer polticas de proteccin preventiva que tengan como objetivo la diseminacin deinformacin til para la salvaguarda de los derechos humanos y otras garantas de los mexicanos enel exterior;

    XVI. Fungir como enlace de la Secretara con la Secretara de Gobernacin y el Instituto Nacional deMigracin, respecto a los mexicanos repatriados;

    XVII. Proponer la apertura, cierre, o redefinicin de las oficinas consulares de Mxico en el exterior;

    XVIII. Proponer la apertura, cierre, o redefinicin de Consulados Honorarios, y sobre el nombramientoy trmino de funciones de los Cnsules y Vicecnsules Honorarios de Mxico;

    XIX. Participar en coordinacin con las unidades administrativas adscritas a la Subsecretara para Amricadel Norte, en la preparacin de evaluaciones relacionadas con la organizacin interna de las misionesdiplomticas y representaciones consulares en la regin de Amrica del Norte, con el propsito de atender sus

    necesidades y requerimientos en materia de recursos humanos;XX. Coordinar sus acciones con las Subsecretaras que cuentan con unidades administrativas cuya

    competencia se determine por rea geogrfica, para el efecto de intercambiar informacin y coadyuvar en lasacciones de proteccin, as como con la Direccin General de Servicios Consulares, y

    XXI. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 14 del presente Reglamento, el Director General deProteccin a Mexicanos en el Exterior, para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliar del Director GeneralAdjunto de Proteccin, del Director General Adjunto de Polticas de Proteccin, del Director de Proteccin

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    para Estados Unidos de Amrica, del Director de Proteccin en el Resto del Mundo y Asuntos Especiales, delDirector de Derecho de Familia, del Director de Anlisis y Prospectiva, del Director de Informacin de Polticasde Proteccin, de los Subdirectores de Proteccin Penal y Migratoria, de Proteccin Administrativo, Civil yLaboral, de Proteccin en el Resto del Mundo, de Proteccin a Derechos Humanos, de ProteccinInterinstitucional, de Restitucin de Menores, de Coordinacin de Programas Institucionales, y deCoordinacin y Enlace Interinstitucional; as como de los Jefes de Departamento correspondientes a cadaSubdireccin.

    ARTCULO 23.Corresponde a la Direccin General de Servicios Consulares:

    I. Coordinar y normar el desarrollo de las labores consulares en materia de prestacin de serviciosconsulares;

    II. Participar en coordinacin con las autoridades y unidades administrativas competentes de la Secretaray de otras dependencias federales en el diseo e instrumentacin de la poltica migratoria de Mxico;

    III. Instrumentar, en coordinacin con el Instituto Matas Romero, acciones de capacitacin y actualizacinpara los servidores pblicos que intervienen en la prestacin de los servicios consulares;

    IV. Promover y realizar estudios, en coordinacin con las unidades administrativas competentes de laSecretara y con otras dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, respecto al anlisisintegral del fenmeno migratorio;

    V. Emitir instrucciones a las representaciones de Mxico en el exterior respecto de asuntos tcnico-consulares y coordinarse para los mismos efectos con las dems unidades administrativas de la Secretara

    que fueren competentes en asuntos polticos, culturales, de cooperacin internacional para el desarrollo,comercial, turstica y de imagen de Mxico;

    VI. Coordinar y normar la expedicin en las oficinas diplomticas y consulares de Mxico en el exterior, devisas, certificados de matrcula consular, legalizacin de documentos pblicos, certificacin de documentos,actos del registro civil, actos notariales, cartillas del Servicio Militar Nacional, declaratorias de nacionalidadmexicana y dems actos jurdicos competencia de las oficinas consulares;

    VII. Coordinar y normar, conjuntamente con la Direccin General de Delegaciones, la expedicin depasaportes ordinarios en las representaciones de Mxico en el exterior;

    VIII. Participar en los trabajos de las reas competentes y de otras dependencias y entidades de laAdministracin Pblica Federal, en lineamientos y propuestas de Mxico en materia de documentacinmigratoria;

    IX. Ser el enlace de la Secretara con la Secretara de Gobernacin y el Instituto Nacional de Migracin en

    materia migratoria, respecto al ingreso de extranjeros a territorio nacional;

    X. Proponer la apertura, cierre, o redefinicin de las oficinas consulares de Mxico en el exterior;

    XI. Proponer la apertura, cierre, o redefinicin de Consulados Honorarios, y sobre el nombramientoy trmino de funciones de los Cnsules y Vicecnsules Honorarios de Mxico;

    XII. Participar, en coordinacin con las unidades administrativas competentes, en la preparacin deevaluaciones relacionadas con la organizacin interna de las misiones diplomticas y representacionesconsulares, con el propsito de atender sus necesidades y requerimientos en materia de recursos materiales yhumanos; as como proponer la asignacin de personal;

    XIII. Llevar las estadsticas de los actos consulares y migratorios que efecten las oficinas consulares,vigilar que los informes sean rendidos de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia, verificarel tipo de cambio de conversin con el cual se operar el cobro de derechos en moneda extranjera de los

    servicios que se prestan y, cuando proceda, notificar las modificaciones a la Ley Federal de Derechos;XIII bis. Proponer al Secretario, por conducto del Subsecretario de la regin geogrfica que corresponda,

    la exencin del pago de derechos por la expedicin de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros, enconsideracin a aspectos de reciprocidad internacional o en forma unilateral, con el fin de estimular el turismoy los intercambios comerciales o culturales, cuando se estime conveniente;

    XIV. Elaborar las cartas patentes para el ejercicio de funciones de los Cnsules y Vicecnsules Honorariosy, en coordinacin con las representaciones correspondientes, supervisar todo lo relativo al funcionamiento dedichas oficinas;

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    XV. Coordinar con las instancias competentes, las medidas de simplificacin, modernizacin tecnolgica ydesregulacin administrativa tendientes a mejorar la prestacin de los servicios consulares y migratorios queofrecen las representaciones de Mxico en el exterior;

    XVI. Coordinar, con la Direccin General de Tecnologas de Informacin e Innovacin, la correctaadministracin de los sistemas de cmputo desarrollados para los servicios consulares, a fin de facilitar lageneracin de informacin y estadsticas en la materia;

    XVII. Dar acceso, de conformidad con la Ley de Seguridad Nacional, a los sistemas de cmputo

    desarrollados para las tareas de documentacin consular y, en el mbito de su competencia, del fenmenomigratorio; as como coordinar con la Direccin General de Tecnologas de Informacin e Innovacin, lacorrecta administracin de los mismos, a fin de facilitar la generacin de informacin y estadsticas enla materia;

    XVIII. Coordinar sus acciones con las Subsecretaras que cuentan con unidades administrativas cuyacompetencia se determine por rea geogrfica, para el efecto de intercambiar informacin y coadyuvar en lasacciones de tipo consular, as como con la Direccin General de Proteccin a Mexicanos en el Exterior, y

    XIX. Ejercer las dems atribuciones que las disposiciones legales confieran a la Secretara, que seanafines a las sealadas en las fracciones anteriores o que le encomiende el Secretario.

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 14 del presente Reglamento, el Director General deServicios Consulares, par