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1 REGLAMENTO GENERAL FERIA TEXTILINCA 2020 25, 26,27 y 28 de JUNIO DOMOS ART Circuito de Playas, Costa Verde / Lima - Perú EL ORGANIZADOR TEXTILINCA Feria Internacional Textil, Moda, Sublimación y Confecciones, es organizada por el Grupo G- Trade S.A.C., dedicado a promover la industria y comercio peruano a través de Ferias, Publicaciones y Eventos. El Comité Organizador (en adelante C.O.), es la única autoridad de la misma. El C.O. como autoridad, podrá en casos de excepción, y cuando lo considere conveniente para un mejor funcionamiento de la muestra, apartarse de las normas establecidas en el presente Reglamento siendo sus decisiones obligatorias e inapelables para todos los participantes. BASES La Feria se realizará del 25 al 28 de junio del 2020 en DOMOS BOULEVART Costa Verde, Circuito de playas, / Distrito de San Miguel, ubicado al límite con el Distrito del Magdalena del Mar camino al Aeropuerto Internacional Jorge Chavez. A tal fin se ha establecido el presente Reglamento General y sus anexos, Reglamentos de Stands y de Servicios Adicionales como así también los Boletines Informativos, Comunicados Técnicos que emitirá el C.O. Estos serán de cumplimiento obligatorio por parte de los expositores, quienes automáticamente los aceptan desde la firma de su solicitud de participación.

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REGLAMENTO GENERAL FERIA TEXTILINCA 2020

25, 26,27 y 28 de JUNIO

DOMOS ART – Circuito de Playas, Costa Verde / Lima - Perú

EL ORGANIZADOR

TEXTILINCA Feria Internacional Textil, Moda, Sublimación y Confecciones, es organizada por el Grupo G-

Trade S.A.C., dedicado a promover la industria y comercio peruano a través de Ferias, Publicaciones y

Eventos.

El Comité Organizador (en adelante C.O.), es la única autoridad de la misma. El C.O. como autoridad, podrá en casos de excepción, y cuando lo considere conveniente para un mejor

funcionamiento de la muestra, apartarse de las normas establecidas en el presente Reglamento siendo sus

decisiones obligatorias e inapelables para todos los participantes.

BASES

La Feria se realizará del 25 al 28 de junio del 2020 en DOMOS BOULEVART – Costa Verde, Circuito de

playas, / Distrito de San Miguel, ubicado al límite con el Distrito del Magdalena del Mar camino al

Aeropuerto Internacional Jorge Chavez.

A tal fin se ha establecido el presente Reglamento General y sus anexos, Reglamentos de Stands y de

Servicios Adicionales como así también los Boletines Informativos, Comunicados Técnicos que emitirá el

C.O. Estos serán de cumplimiento obligatorio por parte de los expositores, quienes automáticamente los

aceptan desde la firma de su solicitud de participación.

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1 - PARTICIPANTES Y PRODUCTOS

1.1. Empresas industriales y de servicios que tengan relación con la Industria Textil, de la Confección, Moda, Diseño, Maquinarias y accesorios en general vinculados a la Industria.

1.2. Empresas (agentes, distribuidores, representantes o similares) que comercializan productos

relacionados con el sector.

1.3. Empresas nacionales y extranjeras que ofrezcan tecnología del exterior para aplicar al desarrollo de

la Industria, radicación de capitales, licencias de fabricación en el país.

1.4. Entidades bancarias y financieras de apoyo a esta industria.

1.5. Los productos a exhibir deberán ser nuevos de fábrica, sin uso o reacondicionados para su

comercialización.

1.6. Los expositores podrán vender sus productos, pero en el caso de ser de gran volumen su retiro no podrá

efectuarse hasta después del día de clausura.

1.7. No se colocarán precios en los elementos expuestos. Estará permitida la entrega de muestras

gratis.

1.8. Salvo previa autorización del C.O., el expositor no podrá prestar, compartir, ceder, alquilar,

donar ni transferir su área o stand o parte del mismo.

2 - CONDICIONES DE PARTICIPACION TARIFAS Y FORMA DE PAGO

2.1. La forma de participación es directa, suscribiendo un contrato con Grupo G-Trade S.A.C.

Podrán participar: productores y comercializadores de insumos y servicios, maquinaria y equipos y

proveedores de servicios relacionados al sector.

2.2. Los organizadores arriendan áreas y espacios descubiertos a los distintos expositores o

arrendatarios y prestan servicios de asesoramiento. Las relaciones entre los organizadores y el expositor

quedan regidas por las normas contempladas en el contrato respectivo.

2.3. La reservación de las áreas se efectúa mediante una planilla oficial con todos los datos consignados,

la firma del contrato respectivo, que es acompañada del pago correspondiente. La recepción del

pago correspondiente no significa la aprobación de la solicitud.

2.4. Las áreas se identifican mediante un número que corresponde a su ubicación en el plano general de

las ferias, que los expositores declaran conocer y aceptar.

2.5. Está prohibido sub alquilar o ceder el espacio a otras empresas que no hayan hecho contrato en

la organización. Caso contrario deberán abandonar el espacio ocupado.

2.6. La duración de los contratos de arrendamiento de áreas o espacios corresponde al periodo en el cual

se realiza la feria (25, 26,27 y 28 de junio). No obstante lo mencionado, también se entiende incluido

dentro del plazo de duración del arrendamiento los periodos anterior (día previo al inicio de la feria)

y posterior (siguiente día de finalizado la feria) los cuales los expositores hacen buen uso material del área

arrendada.

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2.7. El C.O. tiene pleno derecho a denegar la admisión de cualquier solicitud sin indicar los motivos,

siendo inapelable su decisión.

2.8. La entrega de las áreas se hace con un plazo de 02 días desde el martes 23 de junio a partir de las

8 am. Solo el ingreso de diseñadores de stand grandes es desde el lunes 22 de junio a partir de las 8 am

hasta las 8 pm sin excepción.

2.9. Desarmado de la feria se realizará el Lunes 29 de junio en el horario de 8 am hasta las 4 pm,

pasada esa hora el C.O. no se hace responsable por los materiales y maquinarias que quedaran en el

recinto ferial, el Centro de Exposiciones DOMOS BOULEVART Costa Verde cobrará US$ 500 + IGV por

la permanencia de elementos de cada empresa por día posterior al desarmado programado.

2.10. Los precios de arrendamiento de las distintas áreas o espacios son aquellos que señalan para cada

caso en el contrato respectivo. El precio convenido corresponde solo al uso del área en el período que

comprende el arrendamiento, cualquier otro servicio que se convenga con el C.O., será cancelado

independientemente.

2.11. El expositor deberá tener informado a los organizadores de cualquier cambio, dirección, teléfono,

email o persona responsable de su participación en las ferias.

2.12. El expositor deberá aceptar los cambios de ubicación o término de contrato que por razones de

un mejor servicio establezca el C.O.

3 - DEL ARMADO DE STANDS

Las empresas de decoración deberán ceñirse a las normas Básicas para montaje y decoración de

stands. Todos los laterales deben estar perfectamente acabados, principalmente las espaldas de los

stands que colindan con el espacio de otros expositores, principalmente cuando los stands son más altos

que otros (más de 2.50 m.).

Está prohibido copiar o usar el mismo diseño de otros participantes de la feria, a menos que se

haya hecho el debido acuerdo y pago de derechos correspondiente entre las partes.

Los diseños tendrán que guardar relación con el área contratada y no podrán tapar ni interferir la

visibilidad de los stands colindantes. En áreas denominadas islas (4 frentes) está PROHIBIDO PAREDES

CERRADAS, solo deberán ocupar un 30% del lado de la pared a fabricar.

3.1. Es obligatorio utilizar cascos de seguridad los días de montaje y desmontaje. Esta es una

norma para todos: Expositores, organizadores y montajistas, las empresas de montaje deben

proporcionar a sus trabajadores los equipos de protección individual de uso obligatorio

durante los trabajos de montaje/desmontaje:

- Casco de protección.

- Gafas de protección.

- Guantes de protección.

- Botas con punta de acero / botas dieléctricas según amerite la labor a realizar.

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- Arnés, siempre y cuando realicen trabajos en altura.

- Ropa de trabajo (uniforme identificado con el nombre de la empresa en la que labora) adecuado

para la labor a desarrollar.

3.2. Todo el personal deberá portar en lugar visible la Credencial de montaje debidamente llenada con

los datos del trabajador. Nombre, DNI y razón social.

3.3. Todo el personal deberá estar debidamente uniformado.

3.4. Está prohibido fumar dentro de los salones de exhibición tanto en el montaje como en el desmontaje.

3.5. Es OBLIGARORIO que las empresas que arman stands, entreguen los datos de sus

trabajadores (nombres, DNI) juntamente con el seguro obligatorio SCTR 30 días antes del armado.

3.6. El C.O. realizará el plano y modulación general en forma estandarizada según lo especificado en

este reglamento. Principales características medidas: Ver contrato, varían de 4 a 96 m2. a). También

otorga la:

- Utilización del espacio durante el tiempo de preparación.

- Exhibición y desarme, provisión temporaria de elementos de limitación de los stands.

- Alfombra de alto tránsito, energía básica (Iluminación, conexión para computadoras, ventiladores, Etc.).

- Asesoramiento y administración general.

- Credenciales e invitaciones en proporción al metraje utilizado, según se establece en el contrato de

cada expositor.

- Publicidad y promoción general.

Altura de decoración:

- Áreas de 6 a 12 m2 no podrán superar los 3 mts de altura.

- Áreas de 24 a 36 m2 no podrán superar los 4 mts de altura.

- Áreas de 48 a 72 m2 no podrán superar los 4.5 mts de altura.

El resto de las áreas deberán notificar al C.O. de acuerdo a la posición en donde se encuentra (altura

máxima stands de 96mts, es de 5 mts.).

PENALIDADES:

US$ 20 + IGV Para la modificación en el nombre o los nombres del frontis una vez enviado este

formulario hasta el 25.05.20, y cuya modificación se realice en el recinto ferial.

US$ 10 + IGV Por m2 de la entrega de alfombra malograda o rota al momento del armado y desarme

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de la feria.

NOTA: Los stands pre decorados (Estructura de aluminio, Paneles de melamine) deben

entregarse limpias y sin viniles pegados, tal cual les fuera otorgados antes del inicio de la

feria.

3.7. En el consumo adicional de energía de más de 500 Watts en iluminación extra o funcionamiento

de maquinarias para la exposición, consultar al C.O. por presupuestos de acuerdo a la cantidad que se

requiera. No se permite exceder la cantidad de energía eléctrica ordenada, cada Expositor puede

solicitar energía eléctrica adicional o cualquier requerimiento eléctrico especial presentando la

forma de orden correspondiente dentro de la fecha límite especificada.

3.8. Si el Expositor no ordena los suficientes requerimientos eléctricos, el Comité Organizador se reserva

el derecho de cortarle la energía al stand. Esto es para asegurar la seguridad de los participantes y

garantizar el servicio de energía para los demás expositores.

3.9. El Expositor es responsable de proveer información técnica sobre el equipo que planea exponer,

debe también suministrar un plano del piso del local que indique la distribución eléctrica que se va a

instalar, marcando claramente las características del equipo y observando lo siguiente:

3.10. Está PROHIBIDO la utilización de cables mellizos. Toda instalación se realizará de acuerdo a

los requisitos exigidos por Defensa Civil. Las cuales son principales: utilizar cable vulcanizado óptimo

para las conexiones, cada stand de construcción especial deberá contar con llave termo magnético y

diferencial, instalados a 1.50 Mts. de altura del piso.

3.11. Los cables usados para tomas de energía deben ser para uso industrial galvanizados.

3.12. El tamaño del cable debe tener el diámetro oficial para los amperes y voltaje a utilizar.

3.13. El cableado eléctrico debe cumplir con los estándares de la industria.

3.14. El Comité Organizador se reserva el derecho de desconectar y sacar equipos e instalaciones que

no cumplan con los requerimientos y que puedan provocar un riesgo para la seguridad de los

participantes, y para el servicio de energía eléctrica.

3.15. Conexiones Eléctricas: No se le permite al Expositor ampliar o modificar cuales quiera de las

tomas eléctricas instaladas en su local. Si el Expositor no cumple con esta medida, él mismo

asumirá la responsabilidad única por los daños o pérdidas derivadas de una sobrecarga, error o

negligencia.

3.16. Aprobación: Todos los expositores que contraten para el armado de sus propios stands,

deberán presentar sus planos por anticipado para que los apruebe el Comité Organizador siempre y

cuando, dichos planos incluyan el uso de efectos poco comunes o métodos de presentación del

producto.

Los planos de todos los stands decorados deberán estar autorizados 30 días antes del inicio de la feria

25.05.20 para poder ingresar al montaje. Está totalmente prohibido la instalación o armado de

stands fuera del tiempo estipulado por el C.O. ni durante el horario de atención al público de la feria,

siendo clausurado el stand de manera automática por ese día sin lugar a reclamo por parte de la

empresa expositora.

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3.17. Es Obligatorio la entrega de la lista del personal de las empresas subcontratadas para la decoración

o construcción de stands. Al ingreso del recinto deben encontrarse con los implementos de

seguridad, identificación correspondiente y aseguradas. La lista deberá ser entregada a la

administración del C.O. el 25.05.20 sin excepción, caso contrario no estarán autorizadas para la

labor correspondiente.

3.18. Todas las instalaciones y decoraciones deberán estar completamente terminadas a las 11 AM

del jueves 25 de junio del 2020. Para las instalaciones propias del recinto ferial deberá contarse

previamente con la autorización del Comité Organizador y la suscripción de una carta de garantía.

Cualquier pared posterior/divisor/o compostura que dé directamente a otro stand o display que supere los 2.50 metros, deberá contar con acabado (de manera que no deteriore la vista del display o stand contiguo) o bien debe estar cubierto de un color blanco sólido a cuenta del expositor y no deberá mostrar ninguna tipografía, logo o imagen promocional EN SU TOTALIDAD que opaque o deteriore la imagen del stand contiguo. El acabado de las paredes posteriores de los stands deberá estar cubierto a más tardar a las 7:00 pm del miércoles 24 de junio del 2020. Si al inicio de la feria no se encuentra terminado, motivará la clausura del stand cuya terminación se realizará al día siguiente, en los horarios antes de la apertura al público.

3.19. Por disposición de DEFENSA CIVIL, las construcciones y decoraciones que sobrepasen la altura

de la cenefa de 2.50 mts, deberán contar con una CARTA DE RESPONSABILIDAD CIVIL firmada por un

ingeniero civil, detallando el tipo de material utilizado y haciéndose responsable único por cualquier

eventualidad que pueda llegar a suceder en el armado, exposición y desarme del stand.

Esta CARTA DE RESPONSABILIDAD CIVIL debe ser entregada a la Administración del C.O. el día 25.05.20

sin excepción, de no ser así, el C.O. tiene la facultad de no permitir la construcción del mismo.

3.20. Toda empresa expositora que exhiba maquinarias en funcionamiento en la feria, deberán

presentar una CARTA DE BUEN FUNCIONAMIENTO firmada por un técnico electricista y gerente general de

la empresa.

OBLIGATORIO contar con estabilizadores o Ups para la protección de su maquinaria. El C.O. no

se responsabiliza por los daños causados por no cumplir con los requisitos solicitados, dado que la feria

trabaja con grupos electrógenos.

OBLIGATORIO tener un extintor de incendio cerca de las maquinarias, la feria contará con extintores

en zonas comunes.

- Para la exposición de máquinas de impresión a tintas, se deberá colocar en la plataforma un plástico

para evitar la mancha en la alfombra.

- Para las máquinas de corte a láser, debe tener una protección metálica en su base para evitar

cualquier inconveniente o accidente.

3.21. TRABAJOS NOCTURNOS: Aquellas empresas que deseen trabajar en horario nocturno o extender

el horario, deberán pedir autorización con 20 días de anticipación o llevar su propio equipo de

iluminación, siempre y cuando cumplan con los requisitos de seguridad (extintor, plataforma de metal

y buen estado de funcionamiento del equipo a utilizar). Horario de trabajo de 8 AM hasta las 8 PM,

para iluminación del recinto ferial fuera del horario establecido es de S/. 150 + IGV por hora.

3.22. Las áreas se entregan en perfectas condiciones de uso y acabado, al término del evento el

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Comité Organizador revisará que los paneles se encuentren en el mismo estado de conservación

en que se entregaron. Los daños y eventuales reparaciones que deban realizarse en paneles y

estructuras, deberán ser cancelados por el expositor antes del término del evento. Los expositores no

podrán perforar ni pintar los paneles perimetrales, ni las estructuras. El expositor es responsable de la

decoración y mantenimiento del área en buenas condiciones, la dirección de la feria puede exigir al

expositor el arreglo adecuado de su área si considera que su presentación merece objeciones.

Los trabajos de refacción serán de cargo del expositor, que aceptará al criterio que sobre esta materia fije

el C.O., el incumplimiento de estas disposiciones motivará la clausura del área. La construcción,

decoración, equipamiento e instalación de productos de las áreas deberá quedar terminada en 3 (tres)

horas antes de la inauguración de la feria. El incumplimiento de esta disposición o a la presentación de un

expositor en su área en el plazo mencionado, facultará al C.O. disponer de él de la forma que estime más

conveniente, perdiendo el expositor todo su derecho, sin perjuicio de mantener la obligación de pagar

el contrato vigente.

3.23. No se permitirá la colocación de paredes divisorias en los pasadizos que perjudiquen a las

áreas contiguas. Las islas sólo podrán colocar estructuras metálicas y mantener visibilidad a los cuatro

(4) lados. Los stands deben estar terminados y aquellos laterales que compartan con otros stands,

deben tener buenos acabados para no perjudicar a sus vecinos.

3.24. No se permiten paredes cerradas que aíslen o quiten visibilidad a los stands vecinos. Las

paredes ciegas o cerradas, solo pueden tener una extensión máxima de 3.00 mt. y una altura

de 2.5 mt dependiendo del tamaño del stand.

4 - DE LOS PAGOS

4.1. Los pagos deben ser realizados en su totalidad antes del 15 de junio del 2020.

4.2. Los stands solicitados con 60 días de anticipación a la inauguración, se exigirá el pago total al firmar

el contrato.

4.3. El incumplimiento de cualquiera de los pagos mencionados anteriormente:

a) Cancela la reserva o utilización del stand.

b) Ocasiona al expositor la pérdida total de la suma que hubiera abonado.

c) Faculta al C.O. a adjudicar el stand a terceros. La mora será automática de pleno derecho, por el

mero transcurso del tiempo, sin necesidad de que medien comunicaciones de alguna índole.

Si por cualquier motivo, una vez efectuado el pago total o parcial el expositor renunciase a su participación

o se viese imposibilitado de participar en la muestra, perderá todo derecho a la devolución del importe

ya abonado. En estos casos Comité Organizador tiene la facultad de utilizar estos espacios para

otros expositores.

4.4. Reducir el espacio solicitado: si el expositor resolviera reducir el espacio adquirido en la Solicitud

de Participación, perderá el derecho al lugar que tuviera asignado, debiendo solicitar una nueva

ubicación de acuerdo con las disponibilidades del momento.

4.5. El C.O. podrá acceder o no al pedido, que deberá ser formulado por escrito considerando los

intereses generales de la Exposición.

4.6. El C.O. tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros los lotes abonados pero no ocupados

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dentro de las 24 horas del plazo que se estipule para la finalización de la construcción de stands,

perdiendo el expositor original todo derecho sobre los importes abonados.

4.7. A los efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra y los intereses particulares de

cada expositor, el C.O. establece que los expositores que no hayan terminado la construcción de los

stands en el tiempo estipulado previamente, serán sancionados con una multa, cuyo importe se

comunicará en su debido momento, en concepto de daños y perjuicios (se sugiere a los expositores

trasladar esta penalidad en los contratos con sus respectivos constructores de stands).

4.8. Si en la fecha establecida para la inauguración se adeudaran importes por servicios adicionales

y/o cualquier otro concepto, el C.O. podrá disponer la clausura del stand sin indemnización ni reintegro

alguno, hasta que dichos importes hayan sido cancelados.

4.9. A toda cuota no pagada en término se le aplicará un recargo punitorio y por gastos

administrativos establecidos por el C.O.

4.10. El C.O. tiene la facultad de no permitir la exposición, reparto de volantes o cualquier promoción, de

empresas que no han contratado un stand o que no hayan sido autorizadas por el C.O.

5- INGRESO DE MERCADERIAS

5.1. Al ingresar al Recinto Ferial con maquinarias y/o mercaderías, “El EXPOSITOR” deberá

entregar el formulario denominado “REGISTRO DE INGRESO Y SALIDA DE MERCADERIAS”. Este

formulario debidamente autorizado por los organizadores, tiene que ser acompañado de las guías

remitente respectivas con una copia de la Póliza de Seguro de su bien, También le permitirá retirar

posteriormente las mercaderías del recinto ferial al final el evento.

5.2. Los materiales deberán ser transportados a mano a sus respectivas zonas de exhibición. No

está permitido el ingreso de vehículos motorizados en el recinto ferial que no sean para exposición.

Toda mercadería que ingrese a la feria debe ser exhibida.

5.3. Durante el periodo de montaje está terminantemente prohibido dejar material de embalaje.

Este material debe ser retirado del recinto ferial 6 horas antes de apertura al público. El

reabastecimiento de mercaderías de las áreas de exhibición es todos los días de 8:00 AM a 11.00

AM.

5.4. Para las empresas que exhibirán maquinarias en funcionamiento, deberán entregar al C.O.

por disposición de DEFENSA CIVIL, una carta de BUEN FUNCIONAMIENTO firmada por el técnico

responsable de la empresa acompañada por la del Gerente General. Dicha carta debe figurar el

tipo, modelo de las maquinarias, equipos y aire comprimido, certificando el buen funcionamiento

de ello y haciéndose responsable único por cualquier eventualidad que pueda llegar a suceder durante

el desarrollo de la feria. Es OBLIGATORIO la entrega de la carta en la administración del C.O.

25.05.20.

5.5. Es OBLIGAROTORIO que cada empresa que exhiba maquinarias en funcionamiento, tener un

EXTINTOR DE INCENDIO en el stand.

HORARIOS

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La feria estará abierta al público de la siguiente manera:

Jueves 25 de junio: 1:30 PM a 8:30 PM

Viernes 26 de junio: 1:30 PM a 8:30 PM

Sábado 27 de junio: 1:30 PM a 8:30 PM

Domingo 28 de junio: 1:30 PM a 8:30 PM

Es obligatorio que los expositores se encuentren una hora antes y después de la apertura y cierre de la feria.

6- DURANTE LA EXPOSICION

6.1. El expositor queda obligado a mantener permanentemente en exhibición las mercaderías propias

del contrato de arrendamiento respectivo, de manera que en todo momento la muestra ferial

conserve su integro atractivo. Se prohíbe en las áreas de exhibición la colocación de objetos,

letreros, afiches, propaganda o difusión por cualquier otro medio, visual o auditivo, de mensajes que

tengan carácter político, que ofendan a la moral o a las buenas costumbres, o que el C.O. considere

inconveniente para las buenas relaciones entre los expositores, pudiendo obligar su retiro. En el caso

de ser apercibido y reincidente se procederá a la clausura y cierre del área.

6.2. El expositor se obliga a mantener limpio los caminos de circulación que enfrenta el área de

exposición que ocupa y evitará todo impedimento a la libre circulación de otros expositores y del público,

aún durante el período de su instalación. Los expositores podrán instalar parlantes en sus respectivas

áreas, siempre que sean orientados hacia el interior de su recinto y cuente con la aprobación previa

del C.O., en cuanto a la ubicación y volumen de amplificación.

6.2. Ningún expositor podrá contratar números artísticos o similares para ser presentados en su área,

sin antes contar para ello con la autorización del C.O. No se permite al expositor distribuir volantes,

circulares, muestras o publicidad, ni hacer demostraciones fuera de su área. Esta infracción motivará

la clausura del área.

6.3. Se obliga al expositor a respetar las normas de seguridad para el público. Las mercaderías en

exhibición cuyo funcionamiento produzca ruido que por su magnitud pueda resultar molesto se

pondrán en demostraciones en otros horarios. La autoridad C.O. se reserva el derecho de clausurar

el área que no cumpla estas indicaciones.

6.4. Está prohibido utilizar cualquier tipo de calefactores o artefactos que funcionen a gas o

combustible líquido dentro del recinto ferial.

7- DVD, PELÍCULAS, SISTEMAS DE SONIDO, RUIDO

7.1. Todos los sistemas de sonido usados en las demostraciones, películas y presentaciones de

productos, etc., deben ser construidos para contener el sonido. Se permitirán las películas relacionadas

con el producto del Expositor, como DVD y equipos audiovisuales, pero los sistemas de sonido no deben

ser audibles en el local vecino o desde el pasillo caso contrario se les prohibirá todo tipo de difusión.

Las máquinas o equipos que generen un ruido excesivo se pueden limitar a una operación en periodos

determinados. La decisión del Comité Organizador a este respecto es definitiva.

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7.2. Todos los sistemas de sonido, DVD´s y equipo audiovisual deberán estar localizados y ubicados

siguiendo las mismas restricciones aplicables a los materiales de decoración y deben ser colocados

dentro del stand al menos a 30 cm del límite del stand.

8- VENTA Y DEMOSTRACION

8.1. Los expositores podrán efectuar ventas de sus productos, pero se prohíbe retirar aquellos que estén

en exhibición.

8.2. Salvo autorización escrita de C. O. no podrán exhibir, carteles con precios y /o condiciones de pago de

los productos expuestos.

8.3. El horario de ingreso a la muestra de los productos destinados a la exhibición y los necesarios para

el mantenimiento o funcionamiento del stand, serán únicamente el que comunique el C. O.

8.4. El Comité Organizador está facultado para prohibir la exhibición y venta de los artículos que

considera inadecuados a la temática de la Exposición.

8.5. Como excepción a lo establecido las empresas expositoras podrán ofrecer libremente al público

visitante demostraciones y efectuar regalos y obsequios de publicidad y promoción, siempre y cuando

los mismos sean absolutamente gratuitos. Debe organizarse su entrega evitando discriminaciones,

aglomeración excesiva o desorden, evitando que la formación de filas ocupe superficies comunes

de la Exposición o moleste a los otros expositores.

8.6. Los expositores deben suspender la entrega de obsequios, muestras etc., toda vez que el C.O. lo

estime conveniente.

8.7. Dado que el predio no posee franquicias especiales, la comercialización de cualquier producto

debe hacerse respetando la totalidad de las disposiciones de salud pública, de identificación de

mercadería, de comercio, impositivos, I.G.V. (Impuesto General a las Ventas), etc. Que son de

corriente aplicación.

SEGURIDAD Y VIGILANCIA

8.8. Las autoridades de la Organización, trasladarán a los expositores el monto del deterioro que sus

constructores de stands, camiones y/o fletes de sus empresas por su cuenta o por cuenta de ellos, causen

a las instalaciones tanto fijas y/o provistas del Centro de Exposiciones de los DOMOS y /o suministradas

por la Exposición.

8.9. El Comité Organizador no se hace responsable por los daños que pueden producir al expositor

las deficiencias de las instalaciones de luz y fuerza motriz desagües, etc. El Expositor está obligado a

colocar dispositivos de protección y seguridad para los equipos expuestos. Aquel expositor que tenga

maquinarias en funcionamiento deberá obligatoriamente colocar un extintor correspondiente al equipo

o maquinaria.

La organización cuenta con extintores y sistemas contra incendios en las áreas comunes del recinto ferial. El C.O. tampoco no se hace responsable si por cualquier hecho y/o evento al que sea ajeno, se produje la interrupción de estos servicios.

8.10. Se establecerá personal de vigilancia general, responsable del orden y de la atención de

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imprevistos, no siendo responsables de robos y hurtos. Durante las horas de cierre al público no podrá

permanecer dentro del recinto de la muestra otro personal que el de vigilancia citado y el personal de

dependencia del expositor que cuente con autorización escrita del C.O. En caso que el expositor desee

contratar vigilancia exclusiva el C.O. solo autorizará contrataciones con la empresa oficial de la feria

quienes serán los responsables de la vigilancia general del recinto.

8.11. Los riesgos por daños en su área o pérdida de los elementos en él expuestos, sean o no de su

propiedad o de terceros, corren por cuenta y riesgo del expositor exclusivamente, por lo cual se sugiere

asegurar dichos bienes y a su personal desde el montaje del stand hasta su desmontaje.

En consecuencia, los expositores renuncian a toda acción para obtener indemnización o reembolso

por cualquier pérdida o daño y los bienes expuestos, de parte de la Organización, de las entidades

privadas o de gobiernos que auspicien o colaboren con la feria, participantes, representantes, dirigentes

y directores u administradores de las personas jurídicas u organismos señalados.

9- LIMPIEZA

9.1. El C.O. dispondrá de personal de limpieza del recinto, la limpieza interior de los stands estará a cargo

de los expositores que se obligan a:

- Mantener los stands en impecables condiciones durante el horario de apertura al público.

- A realizar la limpieza general de los stands todos los días 2 horas antes de la apertura de la

Exposición al público visitante.

- A arrojar los desperdicios en los depósitos comunes. las autoridades de la feria se reservan el

derecho a clausurar el stand que a su juicio no cumpla con esas condiciones.

9.2. Los expositores se encuentran obligado a dejar las áreas el 29 de junio del 2020 con los materiales

que fueron alquilados en excelentes condiciones tal cual fueron entregados; Horario de desarme 29 de

junio del 2020 desde las 8 AM hasta las 4 PM sin excepción.

11 – PROHIBICIONES

11.1. Retirar elementos de señalización de su área.

11.2. Colocación de cables aéreos de cualquier naturaleza.

11.3. Buscar o aceptar patrocinios de otras compañías que les solicite publicitar sus productos en el

área arrendada sin haber tenido en cuenta al Comité Organizador y cuya razón social no figure en el

contrato establecido.

11.4. El ingreso es para mayores de 15 años, sin excepciones aunque se encuentren acompañados de

sus padres o tutores en los días de armado, exposición y desarme de la feria.

11.5. El reparto de volantes o folletos, la colocación de carteles, pantallas, cartones publicitarios

o la realización de cualquier tipo de propaganda fuera de las respectivas áreas arrendadas.

11.6. Utilización de cables mellizos.

11.7. La exhibición de elementos que puedan afectar la seguridad de las personas o cosas, como por

ejemplo globos inflados con helio.

11.8. Modelos circulando por los pasillos, la realización de rifas y/o colectas, toda clase de juegos de azar.

11.9. La instalación de objetos fuera del área arrendada.

11.10. Perforar paneles de los stands pre decorado o la modificación de estructuras propios de la feria.

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11.10. El desmontaje antes del día y hora señalada por el C.O.

11.11. No utilizar el casco de seguridad durante el armado y desarme de la feria.

12- ANULACION DE LA FERIA

El C.O. se reserva el derecho de reprogramar el evento en casos excepcionales si lo estimare

necesario por caso fortuito o de fuerza mayor, definidos en el Artículo 1315 del Código Civil

Peruano como actos terroristas, casos fortuitos, terremoto, incendio, explosión, inundación

decreto de Autoridades Oficiales, etc., u otro hecho no imputables al C.O. .

En tales casos, el expositor no tiene derecho a anular su contrato de arrendamiento, así como

tampoco a exigir indemnización por daños o perjuicios eventuales considerando que esto no

ocasionara algún perjuicio a lo acordado pertinentemente”.

13 - PERSONAL PARA LA ATENCION EN SU AREA

El expositor deberá tener en consideración la disposición que no permite la contratación de

personas menores de edad, sin contar con la debida autorización legal, asimismo es indispensable

designar mínimo 02 personas para la atención en el área arrendada.

14. RESPONSABILIDAD

14.1. El expositor deberá tomar todas las medidas necesarias para prevenir accidentes y otros

perjuicios, desde el momento que tome posesión de su área hasta abandonarlo. GRUPO G-TRADE

S.A.C. (Empresa organizadora de la feria) no asume ninguna responsabilidad por los robos, hurtos,

desperfectos, daños, perjuicios y siniestros en general que sufran o puedan ocurrir a los

expositores, a sus dependientes, al público, a las mercaderías y a cualquier cosa o bien que se

encuentre o permanezca en al área arrendada en el recinto ferial o en los estacionamientos

vehiculares.

14.2. Los expositores o arrendatarios responderán a todos los daños, perjuicios, robos en sus áreas

y siniestros que sufran las personas y bienes que se encuentren en las áreas arrendadas y en el recinto

ferial, en caso de ser responsables o de negligencias, sólo tienen validez los acuerdos que se

encuentren por escrito.

14.3. En caso de diferencias insalvables entre el expositor y los organizadores, las partes designarán

un arbitrador de común acuerdo. Los organizadores no se responsabilizan como consecuencia de los

contratos que los expositores celebren con terceros.

14.4. El expositor será responsable por cualquier daño o perjuicio que cause a la propiedad de la

feria. Eventuales daños serán tasados por el departamento técnico de la feria y pagados por el expositor

antes de retirar su mercadería del recinto ferial. La feria no se responsabiliza por la pérdida o daños

causados a vehículos, mercadería, instalaciones, herramientas y materiales de decoración que el

expositor o sus contratistas ingresen al recinto ferial, así como los accidentes que puede sufrir el

personal propio o contratado por el expositor.

14.5. Los organizadores se reservan el derecho de retener bienes del expositor internados al recinto

ferial, hasta que haya cumplido con la totalidad de sus obligaciones contractuales. Se recomienda cubrir

cualquier riesgo mediante una póliza contra incendio, robo, responsabilidad civil y otros similares.

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14.6. El expositor asume, en forma exclusiva, las obligaciones que se deriven de uso de nombres,

marcas, enseñas y demás distintivos comerciales dentro de la muestra y manifiesta su aceptación a

las normas legales peruanas y a los tratados suscritos por Perú en esta materia. El C.O. no tendrá

responsabilidades ante los EXPOSITORES ni ante terceros, por el incumplimiento o uso indebido de

marcas por parte de algún expositor.

El Comité Organizador.