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Reglamento de Prevención y Emergencia Escolar

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Reglamento de Prevención y Emergencia

Escolar

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REGLAMENTO DE PREVENCIÓN Y EMERGENCIA ESCOLAR.

Contenido.

INTRODUCCIÓN.

Capítulo I. Aspectos generales.

1.1. Acceso y salida.

Capítulo II. Seguridad dentro de la Escuela.

2.1. Proveedores y visitantes.

2.2. Vialidad.

2.3. Simulacros y situaciones de alarma.

Capítulo III. Asuntos de carácter interno.

Capítulo IV. Derechos y consecuencias.

4.1. Derechos.

4.2. Consecuencias.

Transitorios.

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INTRODUCCIÓN.

En el presente contexto de inseguridad que se vive en el País, es necesario asumir medidas de prevención

que minimicen el impacto de la violencia al interior de los colegios de la Compañía de Jesús. En concreto, en

nuestra ciudad, el fenómeno de la delincuencia ha proliferado en escala ascendente de unos años a la fecha;

como consecuencia, la Escuela Carlos Pereyra decide la creación de procesos que encaminen y aseguren

aprendizajes que den respuesta a dicho fenómeno.

Frente a esta realidad, nos abocamos a la elaboración de un reglamento que regule y asegure el

cumplimiento de la prevención, enfatizando integrar lo normativo como un proceso educativo que lleve al

convencimiento más que al condicionamiento, valorando y buscando el bien mayor de manera

corresponsable.

El reglamento cuenta con cuatro capítulos. El primero de ellos trata aspectos generales, así como los

lineamientos para ingreso y salida; destaca la identi�cación de lo que hay que respetar al momento de

transitar en automóvil dentro de la Pereyra, así como el control de salida de los alumnos en horario escolar. El

capítulo segundo aborda la seguridad, va desde el ingreso y salida de visitantes y proveedores y

cumplimiento de la vialidad interna, hasta las normas a seguir con referencia al entrenamiento en métodos

de respuesta ante situaciones de emergencia. Con referencia al capítulo tercero, se implementan políticas de

carácter interno. El capítulo cuarto aborda los derechos que tienen quienes son sujetos del presente manual,

así como las consecuencias a las que se atienen en caso de incurrir en alguna transgresión. Finalmente, se

concluye con los aspectos transitorios.

Una clave de lectura es insistir, que el cumplimiento de las normativas que se exponen son un medio de

prevención; desarrollar una cultura de bienestar y protección se convierte en un reto frente a las situaciones

que merman el sentido de respeto y cuidado entre las personas. Por eso, entendernos como una sola

Comunidad nos da el bene�cio del abordaje en perspectiva de la aplicación de un bien común, conscientes

de ser colaboradores de un proceso que, de manera cotidiana, nos da la certeza de sentirnos seguros.

Así, nuestra visión es amplia y pretende involucrar a todos por igual, desde el menor de nuestros alumnos

hasta el mayor de los maestros y padres de familia. De ahí la resolutiva invitación al cumplimiento del

presente reglamento.

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Capítulo I. Aspectos Generales.

Artículo 1. Para efectos de este reglamento a la Escuela Carlos Pereyra, A.C. se le nombrará �la Pereyra�.

Artículo 2. El presente reglamento aplica para el personal, alumnos, padres de familia, exalumnos,

proveedores y toda aquella persona que por diversas razones ingrese a la Pereyra.

Artículo 3. Los alumnos, padres de familia, proveedores y visitantes, tienen acceso a la Pereyra en los

horarios que corresponden de atención escolar, administrativa y de deportes. Fuera de estos horarios, se

considerará el ingreso a la Pereyra de acuerdo al evento en particular.

Artículo 4. Es indispensable que maestros y alumnos tramiten, desde el inicio del ciclo escolar, la credencial

que los acredita como parte de la Pereyra. Así mismo, para ingresar y facilitar el control de acceso y salida,

así como el �ujo continuo, es de carácter obligatorio que personal, y padres de familia tramiten y porten el

candado en el retrovisor de su automóvil, así mismo, los alumnos que traen vehículo personal.

Artículo 5. La Pereyra no se hace responsable por daños ni robo parcial o total de vehículos o sus contenidos,

dentro del estacionamiento, incluyendo situaciones provocadas por fenómenos naturales y meteorológicos,

actos de vandalismo, accidentes automovilísticos o de cualquier otra índole; ni tampoco por objetos perdidos

u olvidados dentro de las instalaciones.

Artículo 6. Todo trámite deberá realizarse durante los horarios establecidos en el reglamento administrativo

de la Pereyra, y preferentemente con cita previa.

1.1 Acceso y salida.

Artículo 7. Al ingresar a la Pereyra, es indispensable dar cumplimiento a los siguientes aspectos:

a. Respetar las indicaciones de velocidad.

b. Respetar el sentido de la vialidad.

c. Respetar las �las de automóviles.

d. Respetar el �ujo vehicular continuo.

e. Facilitar el �ujo vehicular �uno por uno�.

f. Respetar el paso peatonal y ceder el paso al peatón.

g. Respetar el estacionamiento de personas con capacidades diferentes.

h. Respetar las áreas donde no es estacionamiento.

i. Descender o subir personas en área correspondiente.

j. Utilizar los cajones de estacionamiento al esperar a una persona.

k. Atender las indicaciones de los guardias escolares.

l. Respetar el no utilizar el celular mientras se conduce.

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Artículo 8. Los alumnos de la Pereyra deberán portar uniforme completo y credencial de alumno vigente para

ingresar en horario de clases; en caso de participar en actividades formativas por la tarde, deberá traer

consigo la credencial de alumno vigente; igualmente, si asiste en días inhábiles, siempre y cuando la

actividad esté justi�cada y aprobada. En ambos casos es indispensable el acompañamiento del profesor o

entrenador responsable.

Artículo 9. No se permitirá que salgan alumnos caminando de la Pereyra.

Artículo 10. Dentro del horario escolar, el alumno podrá salir de la Pereyra sólo con autorización, por escrito,

de la Coordinación de nivel o de la Dirección correspondiente. Al concluir el horario escolar el alumno saldrá

con sus padres o con su viaje. En el caso de los alumnos que traen automóvil propio, saldrán por su cuenta y

les aplica igualmente la modalidad de llevar viaje.

Artículo 11. En horarios establecidos de ingreso y salida de clase, se facilitará el �ujo continuo manteniendo

los portones de casetas abiertos. Fuera de estos horarios, se controlará el acceso y salida en caseta uno. En

horario vespertino, el acceso y salida será por la caseta dos.

Artículo 12. Para que un exalumno ingrese a la Pereyra, será necesario que porten su credencial de exalumno

o una identi�cación o�cial para registro en caseta y que quede con�rmada la razón de su visita por personal

de la Dirección a la que se dirigen.

Capítulo II. Seguridad dentro de la Escuela.

Artículo 13. No se proporcionarán datos del personal, alumnos o padres de familia de la Pereyra.

Artículo 14. El personal de la Pereyra que tenga necesidad de que se dé información de su trabajo, dará aviso

a la secretaría de la Dirección correspondiente de estar realizando alguna gestión que justi�que dar datos

personales en caso de ser requeridos. Es importante informar de dónde serán solicitados sus datos.

Artículo 15. Personal, alumnos, padres de familia, exalumnos, proveedores y visitantes no deberán incurrir en

acciones violentas de cualquier tipo, de lo contrario se les pedirá retirarse de la Pereyra.

Artículo 16. En las Salas de maestros sólo tendrá acceso personal de la Pereyra.

Artículo 17. Se evitará calendarizar actividades en el interior de la Pereyra de entre las 20:00 horas

a las 7:00 horas del día siguiente. Cuando existan situaciones que ameriten alguna actividad, deberá

solicitarse directamente a la Dirección de Administración.COMITÉ DE SEGURIDAD

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Artículo 18. Al personal que se le vea solo por espacios abiertos y alejados a su área de trabajo, se le invitará a

integrarse, a menos que lo justi�que alguna actividad en especí�co.

Artículo 19. El uso del estacionamiento de la Pereyra se justi�ca cuando existen asuntos que tratar en el

interior; fuera de esto, no se permite dejar el automóvil en la Pereyra y salir caminando o en otro auto.

Artículo 20. Cuando se realicen viajes de alumnos, siendo necesario el acompañamiento de maestros o

padres de familia, y que requieran dejar su automóvil en el estacionamiento de la Pereyra, es obligación de la

Dirección de Sección responsable solicitar autorización con la Dirección de Administración. En este caso se

le indicará el área a ocupar del estacionamiento.

Artículo 21. Se prohibirá el acceso a quienes porten objetos o sustancias que puedan atentar contra la

integridad física, psicológica y/o material de las personas.

Artículo 22. En caso de detectar a alguna persona en estado inconveniente (con uso de alcohol, drogas u

otros) se prohibirá su ingreso a la Pereyra.

2.1. Proveedores y visitantes.

Artículo 23. Proveedores y visitantes, al momento de ingresar a la Pereyra dejarán en depósito una

identi�cación o�cial (credencial de elector o licencia de conducir); a su vez se les entregará un gafete

correspondiente, que deberán portar a la vista, y estacionarán su auto en el área asignada como

�estacionamiento para visitantes y proveedores�.

Artículo 24. Los visitantes podrán ingresar, de preferencia, con previa cita o con�rmando puedan ser

recibidos por la Dirección a la que se dirigen. Por visitante entendemos a toda persona no vinculada

administrativa o laboralmente a la Pereyra.

Artículo 25. Los proveedores se sujetarán al horario que les establece la Dirección de Administración.

Artículo 26. Cada vez que los proveedores entren o salgan de la Pereyra, se sujetarán a revisión de vehículos y

veri�cación de aquellos objetos con los que ingresan y salen; para esto aguardarán al registro en la bitácora

correspondiente.

Artículo 27. En caso de que algún proveedor salga con algún objeto no registrado al ingresar, deberá contar

con pase de salida emitido por la Dirección correspondiente de la Pereyra; en caso contrario, se veri�cará el

motivo y se cotejará con el departamento responsable. COMITÉ DE SEGURIDAD

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Artículo 28. Si un visitante o proveedor, en el interior de la Pereyra, no cuenta con el gafete que se

entrega para ingresar, el personal de seguridad le solicitará abandonar la Pereyra, o en su defecto, si se

con�rma que tiene alguna cita o asunto, se le registrará en la bitácora correspondiente y se le entregará el

respectivo gafete.

Artículo 29. Al momento de salir de la Pereyra deberán entregar el gafete y recoger la identi�cación dejada en

depósito en caseta.

2.2. Vialidad.

Artículo 30. Se respetará la orientación de �ujo vehicular, la cual está indicada con �echas y señalamientos.

Artículo 31. Es responsabilidad del peatón y del automovilista, al interior de la Pereyra, el respetar los

señalamientos de cruce y vía peatonal para efectos de prevención de accidentes. Los automovilistas cederán

en todo momento el paso al peatón.

Artículo 32. El único espacio para descender y subir pasaje es el indicado por los señalamientos.

Artículo 33. Toda persona que se estacione en espera sobre carriles de �ujo continuo, al momento de llegar a

recoger al alumno, y éste no se encuentre en el punto de subida cuando inicie la salida de los alumnos, se

desplazará por el retorno para continuar con la �la o a los espacios del estacionamiento para esperar al

alumno.

Artículo 34. A continuación se exponen las diversas áreas y espacios donde no corresponde estacionarse:

a. Espacio de paso peatonal o de paso de personas con capacidades diferentes.

b. Espacio para dos cajones de estacionamiento, sea al costado o al frente.

c. En el paso de retorno.

d. En áreas de prevención y seguridad indicadas por franjas y/o boyas.

e. En zonas de �ujo continuo.

f. En vías de descenso y ascenso.

g. En paso de acceso y salida de la Pereyra.

h. Afuera de las secretarías de secciones académicas.

i. Afuera del área de cajas, en horario de ingreso y salida escolar.

2.3. Simulacros y situaciones de alarma.

Artículo 35. Para desarrollar capacidad de reacción ante situaciones de emergencia, la Pereyra

lleva a cabo simulacros de diversa índole, de manera que es responsabilidad de toda la

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comunidad de la Pereyra participar para el mejoramiento de los procesos de prevención y

respuesta ante emergencias.

Artículo 36. Toda vez que en la Pereyra se realice un simulacro, será responsabilidad de los actores

involucrados desarrollar la actividad. En caso de que alguna persona ajena a la actividad coincida con el

simulacro, se sujetará a las indicaciones de los responsables del entrenamiento o de los guardias escolares.

Artículo 37. En caso de una situación de emergencia se deberán seguir las instrucciones del comité de

seguridad y emergencia escolar, así como del área de seguridad de la Pereyra.

Artículo 38. Es de carácter obligatorio que los padres de familia de la Pereyra cuenten con el número

telefónico de la sección a la que pertenecen sus hijos, para que, en caso de alarma externa, se comuniquen y

reciban información en tiempo real.

Artículo 39. La Pereyra no emitirá mensajes de emergencia a menos que el evento esté comprobado por las

autoridades correspondientes. En caso de que se presente alguna situación de emergencia la Pereyra, de ser

necesario, se encargará de comunicar a los padres de familia, vía mensaje por celular, para que estén

informados y/o para que pasen por sus hijos.

Capítulo. III. Asuntos de carácter interno.

Artículo 40. Los automóviles de la Pereyra serán utilizados con autorización de la Dirección de

Administración.

Artículo 41. La persona que utilice los automóviles deberá portar licencia de conducir vigente para poder salir

de la Pereyra con el automóvil institucional y mostrarla al personal de seguridad en caseta.

Artículo 42. Cuando la persona responsable de su o�cina no se encuentre en la misma, deberá dejarla

cerrada y con seguro.

Artículo 43. El personal de la Pereyra deberá portar, en el interior de la escuela, la credencial de empleado

vigente.

Artículo 44. Es responsabilidad del personal de la Pereyra dar aviso a la secretaría de la Dirección

correspondiente y en caseta, cuando en su agenda tenga consideradas citas previas. Sólo contando con esta

información se permitirá el acceso de los visitantes y/o proveedores.

Artículo 45. Todo evento considerado por alguna Dirección que implique tiempo posterior al

horario de actividades, deberá estar aprobado por el Rector e informado a la Dirección de Administración.

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Capítulo IV. Derechos y consecuencias.

4.1. Derechos.

Artículo 46. Personal, alumnos, padres de familia, exalumnos, proveedores y visitantes, tienen derecho a

convivir en espacios seguros al interior de la Pereyra.

Artículo 47. Todo alumno tiene derecho a transitar de manera libre en los espacios destinados para sus

clases, descanso, recreación y deportes.

Artículo 48. Padres de familia, exalumnos, proveedores y visitantes, tienen derecho a concertar una cita

previa y, en caso contrario, a recibir atención u orientación acerca de la razón de su visita.

Artículo 49. El personal de la Pereyra tiene derecho a transitar de manera libre en los espacios de trabajo que

corresponden a su o�cio. En caso contrario, siempre y cuando la actividad sea justi�cada.

4.2. Consecuencias.

Artículo 50. Aquel alumno que no porte uniforme y credencial vigente, deberá atenerse a las disposiciones de

la Dirección correspondiente, igualmente, en caso de que se le sorprenda realizando actos no permitidos en

el interior de la Pereyra.

Artículo 51. Proveedores y visitantes que, al momento de solicitarles identi�cación o�cial no acepten

entregarla o no cuenten con ella, se les negará el acceso.

Artículo 52. Cuando se descubra robando a una persona, sea en el acto o por comprobación, se dará aviso a la

Dirección de Seguridad Pública Municipal. Así mismo, se le negará el acceso total a la Pereyra.

Artículo 53. En caso de que un proveedor realice un robo dentro de la Pereyra, se le pondrá a disposición de la

Dirección de Seguridad Pública Municipal, se le negará el acceso total a la Pereyra y se pasará el reporte al

jefe inmediato del proveedor. Cualquier otra consideración queda supeditada a la Dirección de

Administración.

ESCUELA CARLOS PEREYRA, A.C.Reglamento de prevención y emergencia escolar.

Artículo 54. Personal, alumno, padre de familia, exalumno, proveedor y visitante, que incurra en un acto violento de cualquier tipo en el interior de la Pereyra será evaluado por la autoridad

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correspondiente siendo sancionado incluso con la negación de acceso parcial o total a la Pereyra.

Artículo 55. Se sancionará con amonestación verbal y registro de la persona a quien incurra en faltas de

vialidad al interior de la Pereyra. En caso de incurrir en una falta se aplicarán las siguientes sanciones

dependiendo de quien las cometa:

- Alumno: será suspendido un día.

- Padre de familia: se le noti�cará por escrito; si reincide, su hijo será suspendido un día.

Según vaya sumando sanciones escritas serán los días de suspensión. La Dirección de Administración será

la responsable de pasar el reporte del número de días de suspensión a la Dirección de Sección

correspondiente, siendo ésta última la que indicará los días de la semana que correspondan a la suspensión.

No se exime de la suspensión por el hecho de hacer viaje con otros compañeros.

Capítulo V. Transitorios.

Todos los casos no previstos por este Reglamento quedan a reserva del comité de prevención y emergencia

escolar y/o del Consejo Directivo.

El presente Reglamento aplica a partir de la fecha de_____________, con vigencia de 1 año.

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