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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) 2015 DE ESLIMP CALLAO S.A.

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REGLAMENTO DE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

(ROF) 2015

DE

ESLIMP CALLAO S.A.

ESLIMP CALLAO EMPRESA DE SERVI CIO DE LIMPIEZA

MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 2

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

CONTENIDO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, UBICACIÓN É IMPORTANCIA……10

CAPÍTULO II

NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIONES GENERALES, ATRIBUCIONES Y

COMPETENCIAS…………………………………………………………………….12

CAPÍTULO III

BASE LEGAL…………………………………………………………………………14

CAPÍTULO IV

FINALIDAD, PRINCIPIOS, VALORES Y UTILIDAD QUE PROPORCIONA EL

(ROF)………………………………………………….…………………………….. ..15

CAPÍTULO V

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS………..……………………...……………………18

CAPÍTULO VI

VISIÓN INSTITUCIONAL…………………………………………………………....20

CAPÍTULO VII

MISIÓN INSTITUCIONAL……………………………..………………….…….…...20

INDICE

ESLIMP CALLAO EMPRESA DE SERVI CIO DE LIMPIEZA

MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 3

CAPÍTULO VIII

POLÍTICAS DE LA GESTIÓN DE ESLIMP CALLAO S.A……………………….21

TITULO SEGUNDO

CAPITULO I

ESTRUCTURA ORGÁNICA………………………………………………………...23

CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS…………………………………………….25

EL DIRECTORIO…………………………………….. ……………..….…….........27

GERENCIA GENERAL…………………………………………….….....………….30

CAPITULO III

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL…………………………34

CAPÍTULO IV

ÓRGANOS DE ASESORÍA

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA……………………………….38

GERENCIA DE PRESUPUESTO……………………………………..41

GERENCIA TECNICA…………...……………………………………..44

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 4

CAPÍTULO V

ÓRGANOS DE APOYO

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS………………….45

OFICINA DE CONTABILIDAD………………………………………...48

OFICINA DE TESORERIA……………………………………………..51

OFICINA DE ABASTECIMIENTO……………………………………..53

UNIDAD DE SOPORTE MECANICO…………………………………56

OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RESIDUOS

SÓLIDOS………………………………………………………………..57

CAPITULO VI

ÓRGANOS DE LÍNEA

LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS………………………..59

UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL……………………………………...62

JEFATURA DE SEGURIDAD………………………………………….64

UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS…………….66

GERENCIA DE OPERACIONES……………...……………………...67

UNIDAD DE RECOLECCIÓN………………………………………….70

UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VÍAS……………………………71

UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN

CIUDADANA…………………………………………………………….72

UNIDAD DE VIVERO…………………………………………………..74

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MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 5

GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES..75

UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES……………………………..77

TITULO TERCERO

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES………………...78

DEL REGIMEN LABORAL……………………………………………..78

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS……………………………79

DISPOSICIÓN TRANSITORIA………………………………………..79

DISPOSICIÓN FINAL…………………………………………………..79

ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA………………………………….80

DEFINICIONES……………………………………………………...….81

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 6

El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es de

observancia general, que deberá ser empleado como un instrumento de gestión

administrativa, para establecer campos funcionales, responsabilidades y como

un medio para efectuar el proceso de dirección y control.

Es la manera como una entidad se organiza para realizar sus actividades

y cumplir con sus funciones y cómo repercute de manera significativa en los

resultados y logros que alcanza De ese modo, si una entidad y quienes trabajan

en ella, no tienen claros sus objetivos o cuales son las responsabilidades de cada

trabajador y cada área, es muy probable que su desempeño sea deficiente,

porque hay tareas que se dejan de hacer o se duplican esfuerzos o se invierte

tiempo en tareas que no es necesario realizar.

Los documentos Normativos de gestión permiten administrar de una

manera ordenada, planificada y eficaz, tanto en su aspecto organizacional como

en el relacionado con el cumplimiento de los objetivos y metas a su cargo.

El ROF es el documento que ordena las funciones a su cargo, conteniendo

en su estructura orgánica así como las funciones generales y específicas de

cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, debiendo a su vez, tener una

vigencia que permita consolidar la estructura organizacional y fortalecer las

capacidades institucionales, por ello, deben evitarse las modificaciones que

conlleven a cambios significativos o generalizados en la organización, que

puedan afectar negativamente la gestión y resultados.

PRESENTACIÓN

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 7

La globalización trae consigo una serie de exigencias técnicas que

involucran a todo el aparato estatal que se desenvuelven en un escenario más

competitivo. Lo cual implica que la operatividad y los procesos de la empresa, se

gerencia de manera eficiente, eficaz y adecuando su organización a los

requerimientos de su realidad a fin de convertir la Provincia Constitucional del

Callao en una ciudad limpia.

El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) como documento

técnico normativo de gestión, formaliza la estructura orgánica de ESLIMP

CALLAO S.A., orientada al logro de la misión, visión y objetivos institucionales

contenidos en el Plan Estratégico Institucional para el período (PEI 2015-2018),

el Presupuesto Institucional (PIA) y el Plan Operativo Institucional (POI) entre los

principales instrumentos de gestión.

El ROF busca distinguir las funciones operativas o de línea, funciones de

apoyo, funciones de control, funciones de asesoramiento y las funciones de

administración, estableciendo relaciones jerárquicas de autoridad y

subordinación que se presentan entre las dependencias orgánicas creadas para

el cumplimiento de estas funciones.

El nuevo diseño de la organización debe lograr mayor eficiencia y eficacia

de la Gestión de la empresa, desarrollando las capacidades del Potencial

Humano y eliminar la duplicidad o superposición de competencias, funciones y

atribuciones entre áreas o entre funcionarios y servidores. La estructura de

organización diseñada para la empresa ha sido concebida de tal manera que los

órganos de Alta Dirección se aboquen a la formulación y control de las políticas

de la empresa, ejerciendo el principio de unidad de dirección; que los órganos

administrativos desarrollen funciones de apoyo y asesoramiento de carácter

general y que los órganos de línea, sean los que ejecuten la Misión de ESLIMP

CALLAO S.A. para elevar la calidad de vida y satisfacer las necesidades de la

comunidad chalaca en cuanto a limpieza pública.

INTRODUCCIÓN

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 8

ESLIMP CALLAO S.A. asume el rol promotor creando condiciones y

escenarios del entorno institucional que le confiere la ley con responsabilidad y

transparencia en los objetivos, funciones, competencias y facultades para

convertirse en una Empresa sólida, eficiente y sostenible.

El proceso de elaboración del Reglamento de Organización y Funciones

(ROF), recoge lo señalado en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM -

Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del ROF, y propone una

metodología para la aplicación de los mismos.

En efecto, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) contempla

no sólo el marco legal que explica la razón misma de ser de la entidad y da origen

a sus funciones, sino también las prioridades y estrategias. No se puede dejar

de lado en este análisis a la realidad, es decir las posibilidades concretas que

tiene una entidad para hacer todo o parte de lo que las normas le asignan como

responsabilidades, así como la información que surge de analizar las

transformaciones que en el ejercicio mismo de las funciones ha sufrido la

empresa.

La metodología de trabajo utilizado facilitan el proceso de análisis de la

información, mediante la elaboración de matrices que recogen información del

marco legal, de la estrategia institucional, del ROF vigente y del estado actual de

la organización; así como de matrices comparativas que se consolidan para

obtener un panorama completo de las funciones que debe realizar y poder optar

por la organización más adecuada.

Permite al personal que trabaja en la empresa identificar qué atribuciones

y responsabilidades le corresponde a cada uno de los órganos y unidades

orgánicas en los que labora, de modo tal que oriente su labor al cumplimiento de

tales funciones. Del mismo modo facilita la integración del personal nuevo al

contar con un documento que lo orienta sobre el quehacer de los órganos y

unidades de la empresa.

El éxito de la gestión no depende de la estructura misma, sino de la

facilidad que esta proporciona a los integrantes de la empresa para lograr los

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 9

resultados esperados. Por ello debe institucionalizarse la evaluación de la

gestión por resultados, y hacer uso permanente de recursos tecnológicos, la

planificación estratégica, y la rendición de cuentas.

El nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la empresa,

debe orientarse permanentemente a lograr una organización sostenible en la

jurisdicción, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con

transparencia.

Los funcionarios y trabajadores de la empresa tienen la responsabilidad

permanente de promover y proponer iniciativas para fortalecer el desarrollo de la

organización, para lograr una gestión eficiente y eficaz en la ejecución de las

actividades y proyectos alcanzando altos niveles de calidad en los servicios de

limpieza Pública.

Los integrantes de la Organización, deben considerar principios y valores

fundamentales que hagan posible que la gestión estratégica tenga un valor

agregado y un proceso de mejora continua. El presente instrumento de gestión,

al definir la estructura orgánica permite la posterior formulación del Cuadro para

Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización y Funciones (MOF),

ambos documentos complementan en términos de gestión institucional el nuevo

marco normativo con el cual administrativamente ha de operar la empresa.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES (ROF) DE LA EMPRESA DE

SERVICIO DE LIMPIEZA MUNICIPAL PÚBLICA

DEL CALLAO ESLIMP CALLAO S.A.

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

CONTENIDO, AMBITO DE APLICACIÓN, UBICACIÓN E

IMPORTANCIA

ARTÍCULO 1º.- Contenido

El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un

documento técnico normativo de gestión Institucional que constituye una de las

herramientas básicas de las Organizaciones Públicas, de carácter técnico,

normativo, regula las funciones, atribuciones y competencias de los órganos

hasta el tercer nivel jerárquico.

El ROF por otro lado, es el documento en el que se plasma todos los

conocimientos que científicamente han sido aportados con el pasar de los años

en la administración pública, referente a las disciplinas, principios, teorías,

técnicas, estrategias y métodos generalmente aceptados.

Al respecto el Artículo 9º de D.S. Nº 043-2006 – PCM establece que el ROF

es el documento técnico normativo de gestión Institucional en una Entidad que

establece lo siguiente:

a) La estructura orgánica de la entidad.

b) Las funciones generales y específicas de la entidad y cada uno de sus

órganos y unidades orgánicas.

c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades

orgánicas y entidades cuando corresponda.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 11

El presente documento establece la naturaleza, fija la finalidad, y determina

los Objetivos, funciones generales y específicas de los órganos; facultades,

atribuciones, determina las responsabilidades, por la consecuencia de actos de

los titulares de cada órgano y estructura orgánica, así como las competencias

resolutivas, las capacidades para decidir, las jerarquías y niveles de los órganos.

ARTÍCULO 2º.- Ámbito de aplicación

El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un instrumento de

gestión de carácter normativo, describe la naturaleza, finalidad, objetivos,

estructura y funciones generales de los órganos de ESLIMP CALLAO S.A. su

ámbito de aplicación de las normas y disposiciones del presente Reglamento,

comprende a todos las Unidades Orgánicas, personal directivo, profesional,

técnico, así como de apoyo y obreros en lo que les sea aplicable. Que cuenta

con la respectiva opinión legal y es aprobado y modificado por sesión de

Directorio.

ARTÍCULO 3°.- Ubicación

ESLIMP CALLAO S.A. tiene su domicilio legal e institucional en Av.

Contralmirante Mora N° 500 Callao Cercado, Provincia Constitucional del Callao.

ARTÍCULO 4°.- Importancia

El Reglamento de Organización y Funciones es un documento

indispensable para la gestión de ESLIMP CALLAO S.A., norma, orienta y guía la

implementación de las funciones del Primer, Segundo y Tercer Nivel

Organizacional, precisando sus funciones.

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CAPÍTULO II

NATURALEZA JURÍDICA, FUNCIONES GENERALES,

ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS

ARTÍCULO 5°.- Naturaleza

ESLIMP CALLAO S.A., se constituyó bajo el régimen de una Empresa

Municipal de Derecho Privado, adoptando la modalidad de Sociedad Anónima

sujeta a las disposiciones emanadas de la Ley Orgánica de Municipalidades, por

su Estatuto, la Ley General de Sociedades y por las demás disposiciones legales

que le sean aplicables, actuando con autonomía financiera, administrativa y

empresarial.

Mediante Escritura de Constitución de Sociedad Anónima de fecha 12 de

marzo de 1991, inscrita en el Registro Mercantil del Callao en la ficha N° 5432,

se constituye la Empresa de Servicios de Limpieza Municipal Pública del Callao

S.A. y rige su autoridad en concordancia con la normativa vigente: Acuerdo de

Concejo Municipal Provincial del Callao Nº 52-87-MPC de fecha 20 de noviembre

de 1987. Estatuto de ESLIMP CALLAO S.A., inscrito en el Registro de

Sociedades Anónimas del Callao, partida Nº 70006903 de fecha 3 de junio de

2002.

ARTÍCULO 6º.- Funciones Generales

ESLIMP CALLAO S.A. tiene como principal actividad económica el

dedicarse al recojo, recolección, transporte, tratamiento e industrialización de los

residuos sólidos del área jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao,

así como brindar servicios públicos complementarios de limpieza incluido el uso

y distribución de contenedores, y asesoría.

Forma parte del objeto social el servicio integral de saneamiento

ambiental, como la preservación del medio ambiente, defensa del ecosistema,

tratamiento de aguas, y actividades afines; y el servicio de fumigación.

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MUNICIPAL PÚBLICA DEL CALLAO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 13

Así mismo la comercialización de los productos segregados y de los

derivados de la transformación e industrialización de otras áreas jurisdiccionales

públicas y privadas que celebren convenio de servicios con la empresa.

También brindan servicios de limpieza industrial, alquiler y mantenimiento

integral de maquinaria y representaciones comerciales.

De igual forma, la empresa, tiene entre otras actividades, procesos y

operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación

hasta su disposición final, de conformidad por lo dispuesto en la Ley 27314 (Ley

General de Residuos Sólidos).

Promover el desarrollo sostenible de la gestión de ESLIMP CALLAO S.A.,

en estricta armonía y transparencia, llevadas a cabo y realizadas por la Gerencia

General, los órganos de asesoría, apoyo y de línea. .

ARTÍCULO 7º.- Atribuciones

ESLIMP CALLAO S.A. tiene las siguientes atribuciones:

7.1. Acordar su régimen de organización interior.

7.2. Elaborar y controlar su presupuesto.

7.3. Administrar sus bienes y rentas.

7.4. Organizar, reglamentar y administrar los servicios de limpieza pública.

7.5. Exigir el cumplimiento de sus propias normas.

7.6. Promover y organizar conforme a Ley Orgánica de Municipalidades,

la participación de los servicios de limpieza en el desarrollo distrital.

ARTÍCULO 8º.- Competencias

Dentro de la Jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 14

CAPÍTULO III

BASE LEGAL

ARTÍCULO 9º.- Base Legal

Para la formulación del presente Reglamento se ha tomado como base legal:

1. Las disposiciones de la Constitución Política del Perú (1993) Título IV

CAPÍTULO XIV “De la Descentralización”

2. Ley N° 27972, publicada el 27/05/2003, Ley Orgánica de Municipalidades.

3. D.S. Nº 043-2006-PCM, publicado el 26/07/2006.Lineamientos para la

elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones

(ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública.

4. Ley Nº 27658, publicada el 30/01/2002. Ley Marco de Modernización de

la Gestión del Estado.

5. D.S. N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).

6. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y normas

modificatorias.

7. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

8. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto

9. Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo

10. Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector

Público

11. Las Normas de Carácter Administrativo que regulan las distintas

funciones de ESLIMP CALLAO S.A.

12. Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la

Contraloría General de la República.

13. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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CAPÍTULO IV

FINALIDAD, PRINCIPIOS, VALORES Y UTILIDAD QUE

PROPORCIONA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES

ARTÍCULO 10.- Finalidad

ESLIMP CALLAO S.A. tiene como finalidad promover el desarrollo

sostenible de la localidad en los aspectos, del servicio de limpieza pública, en

armonía con las políticas y con los Objetivos definidos en el Plan Estratégico

Institucional (PEI 2015-2018).

En este contexto la empresa tiene el compromiso de promover la

participación ciudadana y mejorar la calidad de vida de los vecinos chalacos con

una ciudad limpia y saludable.

Para lograr esto la empresa se compromete a Gestionar la Planificación y

la Administración de los recursos, con Transparencia, eficiencia y eficacia, sobre

la base de la gestión por resultados y los Objetivos y Metas definidos en el Plan

Estratégico Institucional (PEI) y Plan Operativo Institucional (POI).

Asimismo, en concordancia con el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM,

que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, de

obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno en todos sus niveles,

se encuentra orientada a la adopción de un enfoque de gestión basado en

procesos, el cual se vincula directamente con el objetivo general de “Orientar,

articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización

hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el

bienestar del ciudadano, para lo cual ha identificado y definido los procesos

necesarios para el funcionamiento de la empresa, considerando los objetivos y

resultados esperados planteados en el Plan Estratégico Institucional (PEI 2015-

2018).

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ARTÍCULO 11º.- Principios

ESLIMP CALLAO S.A. desarrolla sus acciones en base a los siguientes

principios:

11.1 Principio de Universalidad. Nuestro esfuerzo y dedicación garantiza

el servicio de limpieza Pública de la comunidad chalaca.

11.2 Principio de inclusión social. Brindamos el servicio de limpieza

Pública sin discriminación de condición social o económica.

11.3 Principio de equidad. Otorgamos a todos los ciudadanos la

oportunidad de acceder a nuestros servicios.

11.4 Principio de integridad. Reconocemos la necesidad de mantener

limpia la ciudad y la ampliación de nuestros servicios hacia el entorno más

vulnerable de la comunidad.

11.5 Principio de complementariedad. Participamos del esfuerzo

intersectorial para revertir los factores que afectan la salud por efectos de

la contaminación.

11.6 Principio de eficiencia. Nuestras acciones tiene la capacidad de

lograr beneficios para la población para ello empleamos las estratégicas

adecuadas y maximizamos el uso de nuestros esfuerzos.

11.7 Principio de calidad. Nuestra atención es oportuna, eficaz y con pleno

respeto de los derechos de los ciudadanos.

11.8 Principio de sostenibilidad. Garantizamos la continuidad de nuestros

servicios y esfuerzos hacia la población.

11.9 Principio de respeto. Respetamos en todo momento la integridad

personal y derechos de los ciudadanos.

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ARTÍCULO 12º.- Valores

ESLIMP CALLAO S.A. Desarrolla sus acciones en la base de los siguientes

valores:

12.1 Valores Éticos: Transparencia, honradez, puntualidad respeto,

identidad, disposición a la innovación y al cambio.

12.2 Valores de Orden: Disciplina, tolerancia, solidaridad, vocación de

servicio.

12.3 Valores Funcionales: Eficacia, eficiencia, responsabilidad.

12.4 Valores de Desarrollo: Trabajo en equipo, innovación proactiva,

liderazgo.

ARTÍCULO 13°.- Utilidad que proporciona el (ROF)

Es utilizado por los funcionarios como instrumentos de gestión

estableciendo los límites de su actuación. Determina el ámbito y los límites de

actuación de la entidad y sus órganos y unidades orgánicas estructurales.

Informa y orienta en la elaboración de los documentos de desarrollo tales

como: el Manual de Organización y Funciones (MOF), el Cuadro para la

Asignación del Personal (CAP), el Presupuesto Analítico del Personal (PAP), el

Clasificador de Cargos (CC), el Manual de Procedimientos Administrativos

(MAPRO), el Plan Estratégico Institucional (PEI), el Plan Operativo Institucional

(POI), y cualquier otro documento de desarrollo (reglamentos, instructivos,

directivas o lineamientos).

Es útil para realizar el seguimiento de la actuación de los titulares de los

órganos, y para determinar la responsabilidad por los efectos que produce la

actuación de los servidores públicos.

Sirven para elaborar los planes estratégicos y determinar las acciones a

realizar en determinado periodo.

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CAPÍTULO V

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

ARTÍCULO 14º.- Objetivos

ESLIMP CALLAO tiene como Objetivo Optimizar el servicio de limpieza

pública, mejorar la calidad de vida de la población mediante la gestión

participativa y ecoeficiente, en los aspectos de gestión y manejo de los residuos

sólidos, para prevenir la contaminación ambiental y la salud de la población,

brindando un servicio altamente eficaz, eficiente y efectivo, reduciendo costos

asociados con el manejo de los desechos sólidos, incentivando a los

trabajadores a desarrollar innovaciones para reducir la generación de los

desechos dentro del área jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao,

cumpliendo de manera creativa y responsable.

ESLIMP CALLAO S.A. desarrolla sus actividades en base a los siguientes

Objetivos Estratégicos:

1. IMPULSAR EL DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO. Adecuar

el potencial humano a los desafíos de la Organización.

2. MEDIO AMBIENTE. Promover una gestión integral del ambiente que

conserve el patrimonio natural y minimice los impactos negativos

generados, buscando la sostenibilidad del distrito.

3. FORTALECER EL SISTEMA DE CONTROL. Fortalecer el ejercicio de

la fiscalización de las actividades que realizan las diferentes gerencias.

4. DESARROLLO INSTITUCIONAL. Disponer de los recursos

económicos y financieros para la ejecución de las políticas institucionales.

5. PARTICIPACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA. Participar en

programas, campañas, talleres de sensibilización y educación, con

énfasis en deberes y derechos de la población en la gestión de residuos

sólidos, en coordinación con las áreas involucradas de la MPC.

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6. GESTIÓN Y BUEN MANEJO ADMINISTRATIVO. La plataforma

institucional sobre la que se proyecta el accionar de los ejes y los

principios institucionales debe orientarse hacia estándares

Administrativos y de gestión superiores a los logrados.

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CAPÍTULO VI

VISIÓN INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 15°.- Visión

ESLIMP CALLAO será una Empresa Líder, rentable y con responsabilidad

social, trabajando con eficiencia en la administración de sus recursos, con

eficacia para la consecución de sus objetivos y metas. Comprometiendo a la

sociedad, con la finalidad de mantener la limpieza Pública y el medio ambiente

en el ámbito de la provincia Constitucional del Callao, para satisfacción de su

población conjuntamente con el trabajo de mejorar la calidad de vida de sus

habitantes mediante el trabajo concertado y responsabilidad compartida entre el

gobierno local, instituciones y sociedad civil organizada, para proteger el medio

ambiente.

CAPÍTULO VII

MISIÓN INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 16°.- Misión

ESLIMP CALLAO “Somos una Empresa pública de derecho privado

Encargada de la prestación del servicio de Limpieza Pública, el recojo y

transporte de los residuos sólidos municipales e industriales, integrando los

esfuerzos de la Organización y la Sociedad, de manera coordinada, para

asegurar una efectiva gestión y protección del ambiente. Desarrollando una

gestión participativa a través de la optimización de los servicios, incluyendo el

reaprovechamiento de los residuos sólidos, a la vez implementar mecanismos

de control y fiscalización acorde a la normatividad vigente y a las buenas

prácticas ambientales con el fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos

chalacos, teniendo como pilares la eficiencia y la eficacia.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 21

CAPÍTULO VIII

POLÍTICAS DE LA GESTIÓN DE ESLIMP CALLAO S.A.

ARTÍCULO 17°.- Políticas de Planificación

17.1. Herramienta básica de ESLIMP CALLAO S.A. es el instrumento de

dirección para orientar y apoyar la adecuada toma de decisiones.

17.2. Precisa los objetivos, las metas y las estrategias de gestión.

17.3. Logra un equilibrio eficaz con los recursos financieros disponibles.

17.4. Se enmarca en los Planes Integrales de Desarrollo Local a mediano

y largo plazo.

ARTÍCULO 18°.- Políticas de Organización

18.1. Se sustenta en una cultura de valores para la obtención de la

excelencia en sus servicios.

18.2. Es dinámica y eficaz.

18.3. Monitorea constantemente a las unidades orgánicas no orientadas

directamente a la prestación de los servicios de limpieza Pública.

18.4. Se ejecuta bajo un principio permanente de innovación en los

procesos con la finalidad de reducir costos.

ARTÍCULO 19°.- Políticas de Dirección Estratégica

19.1. Se ejerce un liderazgo participativo, promoviendo el trabajo en

equipo y manteniendo la motivación del personal.

19.2. Permanente apertura al conocimiento y un alto grado de confianza

mutua, y respeto.

19.3. Logra anticiparse a las exigencias de un entorno cultural y social en

permanente cambio.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 22

19.4. Transmite el conocimiento y la información con calidad, en la

cantidad necesaria y oportuna.

ARTÍCULO 20°.- Políticas de Recursos Humanos

20.1. El personal desarrolla al máximo sus competencias, iniciativa e

ingenio, para aplicarlo en la ejecución de sus tareas y en la solución de

problemas.

20.2. Selecciona al personal para cubrir los puestos de trabajo en función

a los requerimientos de capacidades, habilidades y experiencia.

20.3. Capacitar e instruir al Personal para el desempeño de sus funciones.

ARTÍCULO 21°.- Políticas de Control

21.1. Verificación y control de resultados, grado de cumplimiento de los

objetivos y metas institucionales (indicadores).

21.2. Tiene prioridad las acciones que conlleven a una acción correctiva

previa en el desarrollo de los planes.

22.3. Se ejerce sobre la base de criterios flexibles adaptándolos a los

cambios imprevistos de los Planes Operativos y en concordancia con la

normativa legal vigente y las técnicas de control interno.

ARTÍCULO 22°.- Políticas de Participación Ciudadana

22.1. Potenciar la participación ciudadana activa en forma individual y

colectiva.

22.2. Incrementar de manera significativa los niveles, instancias y

mecanismos de participación ciudadana en el manejo de los residuos

sólidos.

22.3. Participación de la población en programas, campañas, talleres de

sensibilización y educación con énfasis en deberes y derechos de la

población en la gestión de Residuos Sólidos.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 23

TITULO SEGUNDO

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

ARTÍCULO 23º.- ESLIMP CALLAO S.A. ha diseño su estructura orgánica, con

determinación clara de los niveles de autoridad y responsabilidad teniendo en

cuenta la naturaleza de sus actividades, volumen de operaciones y en base al

criterio de racionalidad. Asegura el cumplimiento de sus funciones a través de la

siguiente estructura orgánica:

ORGANO SUPREMO

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

1. ORGANO DE DIRECCIÓN

1.2 EL DIRECTORIO

1.3 GERENCIA GENERAL

2. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

2.1 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

3. ORGANOS DE ASESORIA

3.1 GERENCIA DE ASESORIA JURÍDICA

3.2 GERENCIA DE PRESUPUESTO

3.3 GERENCIA TECNICA

4. ORGANO DE APOYO

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

4.1 Oficina de Contabilidad

4.2 Oficina de Tesorería

4.3 Oficina de Abastecimiento

4.3.1 Unidad de Mantenimiento

4.4 Oficina de actividades de reciclaje de RRSS.

5. ORGANO DE LÍNEA

5.1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

5.1.1 Unidad de Servicio Social

5.1.2 Jefatura de Seguridad

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5.1.3 Unidad de Servicios Médicos de Urgencias

5.2 GERENCIA DE OPERACIONES

5.2.1 Unidad de Recolección

5.2.2 Unidad de Mantenimiento de Vías

5.2.3 Unidad de Supervisión y de Coordinación Ciudadana

5.2.4 Unidad de Vivero

5.3 GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

5.3.1 Unidad de Servicios Generales

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CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

ARTÍCULO 24°.- La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la

Sociedad, con atribuciones que le confiere la Ley General de Sociedades, el

Estatuto de la empresa y las Normas emanadas del Gobierno Central sobre las

empresas Municipales. Se compone por tres miembros en representación del

accionista que de acuerdo con el Estatuto, tenga derecho a concurrir y a votar

en las expresadas reuniones.

Estos tres miembros que integran la Junta General de Accionistas en

representación del único socio que es la Municipalidad Provincial del Callao,

serán designados por Resolución de Alcaldía, expedida por el Alcalde Provincial

del Callao, y reunidos según las prescripciones de la Ley y del Estatuto de la

empresa.

La junta General se reunirá obligatoriamente una vez al año dentro de los

tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.

ARTÍCULO 25°.- La Junta General obligatorio anual tiene por objeto:

a) Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del

ejercicio anterior expresados en los respectivos estados financieros.

b) Resolver sobre la aplicación de las utilidades, si las hubiese.

c) Resolver sobre los demás asuntos consignados en la convocatoria.

ARTÍCULO 26°. - Compete a la Junta General de Accionistas:

a) Modificar el Estatuto Social.

b) Aumentar o reducir el capital.

c) Emitir obligaciones.

d) Acordar la enajenación, en un solo acto, de activos cuyo valor contable

exceda el cincuenta por ciento el capital de la sociedad.

e) Disponer investigaciones y auditorias especiales.

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f) Acordar la transformación, fusión, escisión, reorganización y disolución de

la sociedad, así como resolver sobre la liquidación.

g) Resolver en los casos en que la ley o el estatuto disponga su intervención

y en cualquier otro que requiera el interés social.

Los asuntos indicados en este Artículo pueden ser competencia de la Junta

General obligatoria anual siempre que haya sido objeto de la convocatoria y se

cuente con el quórum correspondiente.

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EL DIRECTORIO

ARTÍCULO 27°. - El Directorio es el Órgano Colegiado designado de acuerdo al

Estatuto de la empresa y se rige en lo pertinente por la Ley General de

Sociedades, el Estatuto de la empresa y las Normas emanadas del Gobierno

Central sobre las empresas Municipales.

Se compone por cinco miembros, quienes serán designados por

Resolución de Alcaldía, expedida por el Alcalde del Consejo Provincial del

Callao. El Directorio tendrá a su cargo la Dirección, Representación, Manejo,

Operación y Administración de la empresa.

El directorio tiene todas las facultades de representación legal y gestión

necesarias para la administración de la empresa dentro de su objeto, con la sola

excepción de los asuntos que la Ley o el estatuto atribuyan a la Junta General.

ARTÍCULO 28°. - El Directorio tiene las siguientes facultades:

a) Representar a la Empresa ante toda clase de autoridades judiciales,

políticas, administrativas, consulares, municipales, y de cualquier otra

índole en toda clase de procesos, sean Norma que los regule.

b) Dirigir y administrar los negocios de la Empresa.

c) Contratar o nombrar apoderados técnicos, señalando sus atribuciones,

poderes, jerarquías, remuneraciones y obligaciones, confiriéndole los

poderes necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.

d) Elegir y remover a los Gerentes, Sub Gerentes y apoderados de la

empresa.

e) Fijar las escalas de remuneraciones, las categorías y cargos del personal,

el sistema organizativo de la Sociedad y el número de plazas de trabajo

de la empresa.

f) Aceptar donaciones para el cumplimiento de actividades o funciones

institucionales.

g) Convocar a Juntas Generales de Accionistas.

h) Examinar los libros y documentos de contabilidad de la Sociedad, a través

de la Gerencia.

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i) Formular una vez finalizado el ejercicio, la memoria, los estados

financieros y las propuestas de aplicación de utilidades en caso de

haberlas.

j) Presentar a la Junta General de Accionistas la memoria, los estados

financieros y la propuesta de aplicación de utilidades en caso de haberlas.

k) Otorgar poderes a nombre de la empresa, con las facultades que estime

necesaria y revocarlos.

l) Disponer la adquisición, a cualquier título, de toda clase de activos, sean

bienes muebles o inmuebles, maquinarias, equipos y contratación de

obras.

m) El Directorio tiene las plenas facultades de disposición, realización o

gravamen de los activos sociales, dentro de las limitaciones que establece

la ley y el Estatuto.

n) Aprobar la contratación de préstamos, créditos en cuenta con o sin

garantía.

o) Contratar obligaciones mediante la suscripción de contratos en cuentas

corrientes, descuentos de pagarés y letras u otras operaciones de crédito,

con garantía o sin ella, con cargo a dar cuenta a la Junta.

p) Aprobar y acordar cualquier otro género de contratos requeridos para la

realización del objeto social, que exceda a las atribuciones de la Gerencia.

q) Acordar, de considerarlo necesario o conveniente, la formalización o

inscripción de los aumentos de capital social, en los casos contemplados

en el artículo 205 de la Ley General de Sociedades.

r) Crear las sucursales, centros de operación, agencias u oficinas que

estimen necesarias o suprimirlas, en el territorio peruano.

s) Acordar y autorizar que la empresa emprenda negocios de naturaleza tal

que tengan relación con el objeto social, en el territorio peruano.

t) Autorizar la adquisición para la Empresa de los negocios o activos de

otras empresas, siempre que tengan relación con el objeto social.

u) Disponer la transferencia y/o el arrendamiento a título oneroso de los

activos sociales, bienes muebles e inmuebles y valores.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 29

v) Someter a arbitraje las reclamaciones interpuestas por la empresa y los

que en contra de ella se interpongan, estipulando las condiciones y la

forma de arbitraje.

w) Delegar parcialmente sus atribuciones y revocar las delegaciones

conferidas.

x) El Directorio puede encargar a uno o más miembros para resolver o

ejecutar determinados actos dentro de su competencia.

ARTÍCULO 29°. - Funciones y atribuciones del Presidente del Directorio:

a) Velar por el cumplimiento de la política de la empresa de conformidad con

los planes y programas establecidos y con las decisiones que tome el

directorio.

b) Hacer cumplir los actos y resoluciones del Directorio.

c) Presidir el Directorio y derimir los casos de empate.

d) Las demás funciones que le confiera la Ley General de Sociedades, el

Estatuto de la empresa y la Junta General de Accionistas.

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GERENCIA GENERAL

ARTÍCULO 30°. - La Gerencia General es el órgano ejecutivo de más alto rango

de la Empresa, y como tal es el ejecutor de las resoluciones del Directorio y la

Junta General de Accionistas y está investido en consecuencia de la

representación judicial y administrativa de la Empresa.

El Gerente General dirige la gestión Económica, Financiera y

Administrativa de la empresa, y goza de las prerrogativas y competencias

contempladas en el Estatuto Social de la Empresa, la Ley General de

Sociedades y las normas emanadas del Gobierno Central sobre las Empresas

Municipales.

ARTÍCULO 31°. - La Gerencia General para el cumplimiento de sus funciones y

responsabilidades tiene a su cargo las siguiente Unidades Orgánicas:

ÓRGANOS DE ASESORÍA

- Gerencia de asesoría jurídica

- Gerencia de presupuesto

- Gerencia Técnica

ÓRGANOS DE APOYO

- Gerencia de Administración y Finanzas

ÓRGANOS DE LÍNEA

- Gerencia de Recursos Humanos

- Gerencia de Operaciones

- Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales

ARTÍCULO 32°. - Corresponde a la Gerencia General las siguientes

funciones y atribuciones:

a) Liderar, supervisar y controlar las acciones de los órganos de

asesoramiento, de apoyo y de línea.

b) Nombrar y contratar trabajadores.

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c) Proponer al Directorio el proyecto del presupuesto de cada ejercicio

económico, los cuadros de asignación de personal y la escala de

remuneraciones.

d) Concurrir, con voz pero sin voto, a la Junta General de Accionistas y de

Directorio cuando sea convocado, actuando como Secretario.

e) Vigilar la buena marcha de las oficinas, sucursales, agencias y

dependencias de la Sociedad, la conservación y cuidado de sus bienes,

el mantenimiento del orden y disciplina en el trabajo y el cumplimiento de

las disposiciones legales, estatutarias y de los acuerdos de Junta General

de Accionistas y de Directorio.

f) Presentar al Directorio balances mensuales y una memoria sobre el

desenvolvimiento de las actividades sociales y asuntos que requieran

resolución del mismo.

g) Representar a la Empresa ante toda clase de autoridades judiciales,

políticas, administrativas, consulares, municipales, policiales y de

cualquier otra índole.

h) Representar a la Empresa en toda clase de procesos, sean estos

judiciales, administrativos, de trabajo y ante los trabajadores de la

Empresa, con ocasión de los procesos que pudiera iniciar la Empresa o

contra ella inicien sus trabajadores, así como negociaciones colectivas de

trabajo.

i) Presentar a las autoridades públicas toda clase de solicitudes y recursos

en los asuntos en los que la empresa tenga interés.

j) Disponer la adquisición, a cualquier título, de toda clase de activos

inmuebles, maquinarias, equipos, insumos, repuestos y contratación de

obras.

k) Abrir y cerrar cuentas corrientes, de ahorros o de financieras en

concordancia con las disposiciones del Directorio.

l) Girar cheques con o sin saldo, endosarlos y cobrarlos; girar, aceptar,

renovar, descontar, endosar y dar en garantía letras de cambio, vales y

pagarés, y en general realizar las operaciones bancarias en moneda

nacional y/o extranjera que se requieran para los negocios sociales.

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m) Contratar créditos en cuenta corriente, créditos documentarios y otras

operaciones de préstamo o mutuo conforme al artículo 3º, otorgar avales

y fianzas y/o solicitarlas a entidades bancarias o financieras.

n) Celebrar y ejecutar contratos de derecho privado, inclusive los

innominados, previstos por la legislación vigente del país tales como:

arrendamiento, locación de servicios, suministro de obra y de trabajo,

permuta, depósito, prendas mercantiles, industrial, agrícola, minera y de

transporte, finanzas, cambio, seguros, warrants y de comisión, así como

contratos de almacenes generales, depósitos y transferencias o endoso

de conocimientos de embarque o documentos equivalentes. Dicha

enumeración no es restrictiva sino meramente enunciativa.

o) Celebrar contratos de arrendamiento financiero, asociación en

participación, consorcio y riesgo compartido (joint venture).

p) Celebrar contratos de constitución de garantías hipotecarias, prendarias,

anticréticas y similares a favor de la Sociedad. Asimismo, levantar y/o

cancelar garantías hipotecarias, anticréticas y cualquier otro tipo de

garantías por extinción y/o cumplimiento de obligaciones de los deudores

frente a la Sociedad o contraídas por la Sociedad frente a terceros, así

como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas

q) Celebrar contratos de constitución de garantías, hipotecarias, anticréticas

y similares otorgadas sobre bienes de la Sociedad a favor de terceros. Así

como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas o

sustitución o modificación de garantías por obligaciones contraídas por la

Sociedad frente a terceros. Esta facultad deberá ser ejercida

conjuntamente con el Presidente y/o Vicepresidente del Directorio.

r) Impartir directivas destinadas a la implementación de un sistema que

conceda a los trabajadores algún tipo de bonificación económica por

productividad u otro concepto, en cuyo caso dará cuenta al Directorio.

s) Expedir constancias y certificaciones respecto del contenido de los libros

y registros de la Empresa.

t) Delegar parcialmente sus facultades en funcionarios y apoderados de la

empresa.

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u) Realizar todos los actos y contratos requeridos para el cumplimiento del

objeto social, que no estén reservados al Directorio.

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CAPITULO III

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 33°. - ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

El Órgano de Control Institucional (OCI) es el Órgano conformante del sistema

Nacional de Control, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental en

la entidad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley

Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la

República (CGR), Ley N° 27785 y las disposiciones de la Directiva de los

Órganos de Control Institucional, N° 007-2015-CG/PROCAL, con versión

actualizada y aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG;

promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la

entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así

como, el logro de los resultados, mediante la ejecución de los servicios de control

( simultánea y posterior) y servicios relacionados, con sujeción a los principios

enunciados en el artículo 9° de la Ley N° 27785.

Está a cargo de un funcionario designado y removido por la CGR, quien

ejerce sus funciones con independencia funcional respeto de la administración

de la entidad, dentro del ámbito de su competencia, sujeta a los principios y

atribuciones establecidos en la Ley y a las normas emitidas por la CGR.

Es responsabilidad del jefe del OCI conducir la unidad asignada a su

cargo, sujetándose a las políticas y al cumplimiento de las normas

administrativas de la entidad, en tanto no contravengan las disposiciones de la

CGR.

ARTICULO 34º.- Corresponde al Órgano de Control Institucional las

siguientes funciones:

a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la

CGR, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre

la materia emita la CGR.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 36

b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su

aprobación correspondiente.

c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las

disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control

Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR.

d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a

las Normas Generales de Control Gubernamental y demás disposiciones

emitidas por la CGR.

e) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel

apropiado de los procesos y productos a cargo del OCI en todas sus

etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la CGR.

f) Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la

CGR para su revisión de oficio, de corresponder, luego de lo cual debe

remitirlos al Titular de la entidad de la entidad o del sector, y a los órganos

competentes de acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por

la CGR.

g) Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las

disposiciones emitidas por la CGR.

h) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad se

adviertan indicios razonables de falsificación de documentos, debiendo

informar al Ministerio Pública o al Titular, según corresponda, bajo

responsabilidad, para que se adopten las medidas pertinentes,

previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR

bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI.

i) Elaborar la carpeta de Control y remitirla a las unidades orgánicas

competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados

durante el desarrollo de servicios de control posterior al Ministerio Público

conforme a las disposiciones emitidas por la CGR.

j) Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándole el trámite

que corresponda de conformidad con las disposiciones del Sistema

Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre la materia.

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k) Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para

la implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones

formuladas en los resultados de los servicios de control, de conformidad

con las disposiciones emitidas por la CGR.

l) Apoyar a las Comisiones Auditoras que designe la CGR para la

realización de los servicios de control en el ámbito de la entidad en la cual

se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad

operativa.

Asimismo, el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones

operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades

orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros

servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad.

El Jefe del OCI, debe dejar constancia de tal situación para efectos de la

evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el

cumplimiento de su Plan Anual de Control.

m) Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su

capacidad operativa, con los encargos y requerimientos que le formule la

CGR.

n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y

servicios relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones

emitidas por la CGR.

o) Cautelar que cualquier modificación al Cuadro de Puestos, al presupuesto

asignado o al ROF, en lo relativo al OCI se realice de conformidad a las

disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR.

p) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de

competencias del Jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional

de Control o de otras instituciones educativas superiores nacionales o

extranjeras.

q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez

(10) años los informes de auditoría, documentación de auditoría o papeles

de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 38

a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas

de archivo vigentes para el sector público.

r) Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la

información en los aplicativos informáticos de la CGR.

s) Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados

obtenidos en el ejercicio de sus funciones.

t) Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de

Control Interno por parte de la entidad.

u) Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría financiera

gubernamental de acuerdo a las disposiciones que emita la CGR.

v) Otras que establezca la CGR.

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CAPÍTULO IV

ÓRGANOS DE ASESORÍA

ARTÍCULO 35º.- Los Órganos de Asesoría son aquellos que orientan la labor de

la empresa y de sus distintas unidades orgánicas mediante actividades de

planificación, coordinación, asesoría técnica y legal.

Los órganos de asesoría son los siguientes:

35.1. GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA

35.2. GERENCIA DE PRESUPUESTO

35.3 GERENCIA TECNICA

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA

ARTÍCULO 36º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de

asesoramiento que desarrolla funciones consultivas en materia jurídica,

encargado de organizar, coordinar, evaluar y supervisar la ejecución de

actividades de carácter jurídico; así como brindar asesoramiento sobre la

adecuada interpretación, aplicación y difusión de las normas de competencia de

la empresa.

La Gerencia de Asesoría Jurídica está a cargo de un Funcionario

denominado Gerente de Asesoría Jurídica quien depende funcional y

jerárquicamente del Gerente General.

ARTÍCULO 37º.- Corresponde a la Gerencia de Asesoría Jurídica las

siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de asesoramiento e

interpretación de las normas legales de observancia por la empresa e

informar oportunamente a los diversos órganos de ESLIMP CALLAO S.A.

b) Difundir las normas legales pertinentes a la gestión de la empresa.

c) Representar a ESLIMP CALLAO S.A. ante todo tipo de Instituciones

Públicas o privadas, autoridades o funcionarios judiciales, civiles,

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laborales, administrativos, constitucionales, tributarios, de aduanas,

militares, y policiales.

d) Asumir la representación de la empresa ante cualquier proceso judicial

sea este civil, laboral, constitucional, contencioso administrativo, etc.

e) Ejercer la representación de la Empresa en todos los procesos judiciales

en el que es parte tanto como demandante y/o demandado, en materia

civil, penal, policial, administrativa, concursal, tributaria y laboral;

conforme a los poderes conferidos para dicho fin por la Gerencia General.

f) Representación de la empresa en todos los procesos administrativos,

coactivos, y de diversa índole en que la empresa toma parte en

salvaguarda de sus intereses, ante entidades públicas y privadas.

g) Proporcionar información de índole legal solicitada en consulta por la

Gerencia General, el Directorio y las áreas pertinentes de la Empresa.

h) Opinión legal y visado de convenios, bases y contratos diversos que la

empresa celebra con entidades del sector público y/o privado, así como

con personas jurídicas y naturales.

i) Revisar y Emitir opinión de los convenios y contratos de intereses de la

empresa; y la elaboración convenios y contratos, como a proceder a su

visación en señal de conformidad.

j) Absolver las consultas de manera general sobre la interpretación de las

normas legales.

k) Asesorar a la Gerencia General en asuntos jurídicos, absolviendo las

consultas respecto a la interpretación de los alcances de normas legales,

administrativas de carácter general.

l) Participar en la formulación y revisión de proyectos de normas para el

perfeccionamiento de la gestión de la empresa, en concordancia con la

normatividad vigente.

m) Recopilar, ordenar, actualizar, sistematizar y difundir la normatividad

pertinente a la gestión de la empresa.

n) Coordinar con los Órganos de línea y de apoyo, la supervisión del

personal que brinda asesoría legal en dichos órganos, sobre los cuales

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tiene autoridad funcional, con el fin de uniformizar los criterios en la

interpretación de la normativa legal vigente.

o) Trascripción de las sesiones al Libro de Actas del Directorio de ESLIMP

CALLAO S.A., del cual es miembro nato desempeñándose como

secretario, encargándose además de su conservación y custodia.

p) Gestiones de índole legal y administrativo ante las diversas Autoridades

Públicas, como Poder Judicial, Gobierno Regional del Callao,

Municipalidad Provincial del Callao y Municipios Distritales, Prefectura,

Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, SUNAT, INDECOPI,

Administradoras de Fondos de Pensiones, Entidades Bancarias y

Financieras, etc.

q) El Gerente de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en razón de su cargo, se

desempeña como miembro titular en los Comités de Adquisiciones que se

conforman en la Empresa para la adquisición de bienes y servicios de

conformidad con lo señalado en la Ley General de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado, al tratarse de una Empresa Pública de Derecho

Privado.

r) Otras que le asigne la Gerencia General.

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GERENCIA DE PRESUPUESTO

ARTÍCULO 38º.- La Gerencia de Presupuesto es un órgano de asesoramiento

en materia del desarrollo del proceso presupuestario de acuerdo a la

normatividad vigente; así como de desarrollar las actividades de los sistemas de

presupuesto de la empresa.

La Gerencia de Presupuesto está a cargo de un Funcionario denominado

Gerente de Presupuesto, quien depende funcional y jerárquicamente del

Gerente General.

Es el responsable de conducir, asesorar, ejecutar y evaluar los procesos

de programación y ejecución presupuestaria y se relaciona directamente, en

materia Técnico Funcional de carácter Presupuestario con la Dirección Nacional

del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, sin que medie

instancia administrativa o técnica alguna.

Así mismo, en lo concerniente a la Gestión Presupuestaria de la Entidad

coordina permanentemente con el Titular de la Entidad. El ámbito de

competencia funcional de la Gerencia de Presupuesto comprende el

asesoramiento técnico a la Alta Dirección en materia presupuestal, para una

correcta determinación de los objetivos generales y la escala de prioridades; así

como a las diferentes dependencias administrativas en la elaboración de la

información necesaria para la programación y formulación, sin que ello implique

modificar y/o desnaturalizar el sentido de las Disposiciones Legales y

Administrativas vigentes en materia presupuestal.

ARTÍCULO 39º.- Corresponde a la Gerencia de Presupuesto las siguientes

funciones:

a) Dirigir y coordinar los procesos de programación, formulación, ejecución

y evaluación del Presupuesto Institucional, así como del Sistema de

Planeamiento, en concordancia con las normas, lineamientos y directivas

emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas; y de las políticas y

objetivos de la empresa.

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b) Consolidar y evaluar la ejecución del presupuesto institucional asignado,

así como proponer las modificaciones presupuestales que se requieren

para el cumplimiento de las metas y objetivos contenidos en los planes

institucionales y los establecidos por la Alta Dirección.

c) Prestar la asesoría técnica en asuntos de su competencia que requiera la

Alta Dirección para una correcta determinación de los objetivos generales

y la escala de prioridades.

d) Programar, formular, controlar y evaluar el Presupuesto Institucional de la

Empresa, así como asesorar su correcta ejecución por parte de la

Empresa.

e) Realizar la afectación presupuestal de los gastos, así como efectuar el

control de la ejecución presupuestal y consolidar la ejecución de ingresos

y gastos mensualmente, a través del Registro y Estadísticas de la

Ejecución Presupuestal.

f) Coordinar y formular las proyecciones de ingresos y gastos en relación al

comportamiento de las variables que los determinan.

g) Realizar evaluaciones periódicas de la ejecución del Presupuesto.

h) Elaborar y proponer para su aprobación las modificaciones

presupuestarias (Créditos y Anulaciones) debidamente financiadas para

ser elevadas al Directorio para su aprobación en sesión de Directorio.

i) Apoyar en la formulación de los Estados Anuales Financieros y

Presupuestarios a la Oficina de Contabilidad.

j) Velar por el cumplimiento de las leyes y normas sobre presupuesto y

financiamiento, emitiendo opiniones cuando así lo amerite el caso.

k) Conciliar con la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio

de Economía y Finanzas, el marco legal del presupuesto a nivel de

fuentes de financiamiento.

l) Presentar oportunamente a la Dirección Nacional del Presupuesto Público

del Ministerio de Economía y Finanzas, la información sobre la Ejecución

Presupuestaria, en forma: trimestral, semestral y anualmente; así como

remitir en forma oportuna al Vice-Ministerio de Economía los cuadros de

los Flujos de Caja mensuales.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2015 Página 44

m) Coordinar con las unidades orgánicas competentes el desarrollo de las

etapas del proceso presupuestario, en concordancia con la normatividad

vigente.

n) Considerar los lineamientos para el diseño de la estructura funcional

programática establecidas en las Directivas.

o) Permitir que la formulación facilite la prevención de las demandas de

gasto que implique el desarrollo de las actividades y proyectos, para cuyo

efecto, las metas presupuestarias que integren dichas categorías, deben

constituir referencias claras de gasto, que permitan una fácil agrupación

de previsiones de gasto.

p) Informar semestralmente a la Alta Dirección los resultados logrados por

todas las Unidades Orgánicas de la empresa, respecto al cumplimiento

de los objetivos, metas y ejecución de las actividades establecidas en el

Plan Operativo Institucional (POI) proponiendo las modificaciones

necesarias.

q) Proponer y ejecutar las normas de control interno aplicable, así como de

impulsar la implementación de las recomendaciones emitidas por los

Órganos del Sistema Nacional de Control.

r) Elaborar informes y emitir opinión en materia presupuestaria.

s) Verificar que las metas presupuestarias guarden coherencia con las

actividades y proyectos determinados en la fase de formulación,

asegurándose que la información presentada por estas, facilite la

ejecución y evaluación de su respectivo presupuesto.

t) Efectuar la conciliación de los ingresos y gastos con la Jefatura de

Contabilidad.

u) Elaborar la Memoria Anual de la Empresa, para ser remitida a los entes

oficiales.

v) Otras que le sean asignadas por la Gerencia General.

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GERENCIA TÉCNICA

ARTICULO 40°. - La Gerencia Técnica es el órgano dependiente de la Gerencia

General responsable de valorizar y costear los servicios que brinda la Empresa

a la Municipalidad Provincial del Callao, elaborar la estructura de costos de los

servicios de Limpieza Pública y captar Clientes (Empresas).

ARTICULO 41°. - Corresponde a la Gerencia Técnica las siguientes

funciones:

a) Supervisar el cumplimiento de las metas programadas, estimando las

cantidades de Residuos Sólidos recolectados y transportados.

b) Diseñar proyectos de mejoramiento de la prestación del servicio de la

Limpieza Pública en todas sus etapas.

c) Promover y ejecutar estudios de mercado de generación de Residuos

Sólidos.

d) Estructuración de las tarifas de servicios que se brinda a empresas.

e) Elaboración de la Estructura de Costos y Valorizaciones por los servicios

que realiza la empresa.

f) Coordinar con las empresas, cotizaciones, cartas de presentación de

servicio, reclamos etc.

g) Mantener en constante actualización la estructura de las tarifas de los

servicios que brinda la empresa a terceros.

h) Procesamiento de información de las boletas de control de ingreso al

relleno sanitario.

i) Otras que le asigne la Gerencia General.

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CAPÍTULO V

ÓRGANOS DE APOYO

ARTÍCULO 42º.- Los órganos de Apoyo que dependen funcional y

jerárquicamente de la Gerencia General, son aquellos que prestan servicios

internos de carácter administrativo u operativo a todos los demás órganos de la

empresa para su normal funcionamiento.

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

ARTÍCULO 43°. - La Gerencia de Administración y Finanzas es un Órgano de

apoyo, que tiene como objetivo dotar de recursos económicos suficientes y

oportunos para el desarrollo de las actividades y proyectos de los órganos

conformantes de la empresa, dentro del marco que regulan dichos procesos.

Asimismo, es el responsable de administración adecuadamente los

recursos financieros para el desarrollo de actividades y proyectos de los órganos

conformantes de la empresa dentro del marco legal que regulan dichos procesos.

Está a cargo de un Funcionario denominado Gerente de Administración y

Finanzas, que depende funcional y jerárquicamente del Gerente General.

ARTÍCULO 44°. - Corresponde a la Gerencia de Administración y Finanzas

las siguientes funciones:

a) Planificar, programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de la

administración general de la empresa a través de la gestión de los

recursos logísticos, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, y la Oficina

de Actividades de Reciclaje de Residuos Sólidos en concordancia con la

normatividad vigente.

b) Planificar, organizar, normar, dirigir, ejecutar y controlar los recursos

económicos y financieros de la empresa.

c) Brindar apoyo técnico especializado a los órganos y unidades Orgánicas,

en los asuntos de su competencia.

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d) Ejecutar las proyecciones financieras, así como las estrategias de

financiamiento para una adecuada asignación de recursos.

e) Desarrollar planes y programas Administrativos y Financieros

circunscritos a sus funciones, así como las estrategias para su debida

ejecución y cumplimiento, informando permanentemente a la Gerencia

General del avance de los mismos.

f) Diseñar, gestionar y evaluar la emisión de los instrumentos financieros de

Bancos e Instituciones competentes, que garanticen la liquidez y

rentabilidad oportuna en las operaciones que requiera la gestión de la

empresa.

g) Diseñar, gestionar, evaluar, programar y ejecutar la colocación de los

excedentes de fondos en Bancos e Instituciones financieras que

garanticen la mayor rentabilidad y seguridad en el mercado.

h) Proponer a la Gerencia General las políticas, normas, disposiciones y

acciones concernientes a los procesos de gestión y a la implementación

de los sistemas administrativos.

i) Informar a la Gerencia General de las acciones relacionadas con su

gestión en el marco de la eficiencia y otros actos de control preventivos,

en el ámbito de sus funciones.

j) Definir, actualizar, y coordinar normas y directivas de carácter interno para

la administración de los recursos financieros, materiales y el potencial

humano, así como otros aspectos de sus funciones.

k) Proponer para su aprobación e implementación Sistemas, Procedimientos

y Directivas que sean concordantes con el marco legal vigente y

compatible con los principios de control interno destinados a alcanzar la

máxima eficiencia y efectividad en las actividades administrativas,

financieras, presupuestales, de costos y abastecimiento de la Entidad.

l) Verificar el cabal cumplimiento de parte de las Jefaturas a su cargo del

seguimiento de las medidas correctivas y recomendaciones efectuadas

por el Órgano de Control Institucional.

m) Dirigir la planificación y programación de Tesorería para establecer el

adecuado control del Flujo de Caja.

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n) Verificar la realización de las Cobranzas y de que los pagos se encuentren

debidamente autorizados.

o) Efectuar el control previo para verificar el cumplimiento de las normas y

directivas que se han impartido en materia de competencia y evaluar

periódicamente los resultados obtenidos.

p) Informar a la Gerencia General la ejecución financiera de ingresos y

gastos a fin de dar cuenta respecto del control del manejo financiero de la

empresa.

q) Coordinar con la Gerencia de Presupuesto en los aspectos relacionados

con la programación, ejecución y evaluación presupuestaria.

r) Cumplir y hacer cumplir las normas legales referentes a la administración

de los recursos, así como supervisar la correcta elaboración de los

informes resultados de las acciones de control previo y concurrente.

s) Firmar los comprobantes de pago y cheques conjuntamente con el Jefe

de Tesorería o los funcionarios alternos.

t) Coordinar y remitir, a través de las Unidades Orgánicas involucradas, la

información financiera de ingresos y gastos, así como de los compromisos

de gastos (órdenes de compra, órdenes de servicio, valorizaciones,

planillas y otros) a la Gerencia de Presupuesto y a la Gerencia General.

u) Coordinar y remitir, a través de las Unidades Orgánicas involucradas,

información al Ministerio de Economía y Finanzas, Contraloría General de

la República, Dirección Nacional de Contabilidad, OSCE, RNSDD y otros

organismos que dispongan la normatividad vigente.

v) Suscribir los contratos que formalicen la adquisición y/o contrataciones de

bienes, servicios y obras generados por procesos de adjudicación directa

y adjudicación de menor cuantía conforme a la Ley de Contrataciones del

Estado y su Reglamento.

w) Realizar toda función o cargo que le asigne la Gerencia General,

relacionada con los sistemas de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento,

y las Actividades de Reciclaje.

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ARTICULO 45°. - Estructura de la Gerencia de Administración y Finanzas

La Gerencia de Administración y Finanzas, para cumplir con sus funciones

tiene a su cargo las siguientes unidades orgánicas:

45.1 OFICINA DE CONTABILIDAD

45.2 OFICINA DE TESORERIA

45.3 OFICINA DE ABASTECIMIENTO

45.4 OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RRSS.

OFICINA DE CONTABILIDAD

ARTÍCULO 46°. - La Oficina de Contabilidad es el órgano de apoyo de la

Gerencia de Administración y Finanzas, encargado de conducir el proceso de

contabilidad de la Empresa con arreglo a las particularidades inherentes a su

condición de Empresa Municipal Pública.

La Oficina de Contabilidad está a cargo de un Funcionario denominado

Jefe de Contabilidad, que depende funcional y jerárquicamente del Gerente

Administración y Finanzas.

ARTÍCULO 47°. - Corresponde a la Oficina de Contabilidad las siguientes

funciones:

a) Planificar, organizar, dirigir y consolidar el registro de las operaciones

referidas a la ejecución financiera y presupuestal de los Ingresos y Gastos

de la empresa y su integración en una Base de Datos, para fines de

análisis, control y toma de decisiones administrativas.

b) Planificar, organizar, dirigir y controlar el cumplimiento oportuno de las

declaraciones de las obligaciones tributarias de la empresa como agente

de retención y por cuenta propia, a los organismos competentes.

c) Controlar las acciones de seguimiento y verificación del cumplimiento de

las disposiciones legales y normativas en relación con los aspectos

contables, tributarios y de contribuciones de la empresa.

d) Planear, organizar, dirigir y controlar el registro de las operaciones

contables y tributarias, en los libros oficiales y auxiliares de la Empresa.

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e) Elaborar y presentar a los Organismos Gubernamentales los Estados

Financieros y Presupuestarios de la Empresa, coordinando en lo que

corresponde con la Gerencia de Presupuesto para su cumplimiento.

f) Mantener actualizados los Libros Principales y Auxiliares de la

contabilidad de la Empresa en materia de ingresos y egresos financieros

y patrimoniales.

g) Realizar las conciliaciones bancarias y el análisis de las cuentas

respectivas.

h) Realizar las liquidaciones de impuestos y aportaciones (retenciones del

Impuesto a la Renta, ESSALUD, AFP, ONP y otros), en base a la

alimentación de información que le sea proporcionadas por las

dependencias internas correspondientes.

i) Organizar, dirigir y controlar la existencia de un archivo adecuado, de toda

la documentación que sustente los ingresos y gastos ejecutados por la

empresa, estableciéndose medidas necesarias para su conservación y

seguridad durante el periodo de tiempo fijado por las disposiciones

vigentes, para su verificación por los organismos de control.

j) Supervisar y coordinar las actividades del área y dar cumplimiento a las

disposiciones legales y tributarias y de control interno en concordancia

con la legislación y la normatividad vigente.

k) Coordinar, informar y remitir mensualmente a la Gerencia de Presupuesto

el consolidado de los ingresos y egresos financieros de acuerdo a la

normatividad presupuestal.

l) Coordinar con todas las áreas de la Empresa para informes y cierres

contables mensual y anual.

m) Atender las visitas de las autoridades tributarias, de la Contaduría, así

como de los auditores internos y externos.

n) Efectuar el registro contable de la ejecución presupuestal de la empresa,

cautelando la correcta aplicación legal y presupuestaria del egreso,

ajustándose a la programación de pago establecida y a los montos

presupuestados.

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o) Coordinar, informar y remitir mensualmente a la Gerencia de Presupuesto

el consolidado de los ingresos y egresos financieros de acuerdo a la

normatividad presupuestal.

p) Ejecutar las conciliaciones de la Ejecución Presupuestal en coordinación

con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, coordinando la correcta

aplicación de las partidas presupuestales.

q) Efectuar Conciliaciones de Saldos de las cuentas contables del Balance

General para su presentación en forma adecuada y consistente.

r) Verificar la documentación de los gastos y suscribir los Comprobantes de

Pago en señal de conformidad.

s) Efectuar los ajustes, reclasificaciones y conciliaciones de las cuentas en

los libros contables, manteniendo registros analíticos en cada caso.

t) Coordinar con la oficina de abastecimiento la toma de inventario anual y

conciliación de activos de bienes patrimoniales y suministros.

u) Es la encargada de remitir a tiempo los reportes de las metas ejecutadas

a la Gerencia de Presupuesto para que las mismas sean consideradas en

la elaboración de las evaluaciones presupuestarias así como en la

elaboración de la Memoria Anual.

v) Otras que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas.

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OFICINA DE TESORERIA

Artículo 48º.- La Oficina de Tesorería, es un órgano de apoyo de la Gerencia de

Administración y Finanzas, encargada de la custodia de los valores de la

empresa. Tiene como objetivo la administración del flujo financiero de ingresos

y gastos, así como del sistema de tesorería en la empresa.

La Oficina de Tesorería está a cargo de un Funcionario denominado Jefe de

Tesorería, que depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de

Administración y Finanzas.

ARTÍCULO 49º.- Corresponde a la Oficina de Tesorería las siguientes

funciones:

a) Programar, ejecutar y controlar las actividades del Sistema de Tesorería.

b) Planificar, organizar, dirigir y proponer lineamientos de política de la

gestión de los recursos económico financieros de la empresa, en función

de las necesidades de ejecución del Plan Operativo, Presupuesto y el

Plan Estratégico Institucional.

c) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones de tesorería en la

administración de fondos y valores financieros de la empresa. Así como

establecer los mecanismos que aseguren la disponibilidad de los recursos

financieros para atender las operaciones y transacciones de la entidad.

d) Planificar, organizar, dirigir y controlar el registro, custodia y

administración de las especies valoradas.

e) Organizar, dirigir y controlar el proceso de la fase de registro de las

operaciones de tesorería; así como el control de las cuentas de ahorro

bancarias efectuando el pago y/o amortización e intereses de los

compromisos financieros de la empresa, siendo responsable de su

cumplimiento y correcta aplicación.

f) Efectuar y controlar la formulación de la programación de caja, en

concordancia a la captación de ingresos y el calendario de compromisos.

g) Controlar el seguimiento y verificación del cumplimiento de las

disposiciones legales y normativas en relación con las normas de

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Tesorería y coordinar con las demás áreas, la aplicación de las normas

técnicas de control interno.

h) Elaborar, proponer su aprobación, controlar y supervisar la ejecución y

evaluación del cumplimiento de los Procedimientos de pago de

proveedores de bienes, servicios, remuneraciones del personal y otras

cuentas por pagar.

i) Emitir informes periódicos sobre la marcha económica y financiera de la

empresa, y los resultados económicos financieros, las cuentas por pagar

y las cuentas por cobrar.

j) Elaborar documentos de trabajo y proponer herramientas, métodos,

indicadores, consolidado de fondos e información de operaciones de

ingresos y egresos así como opinión técnica, para ejecución y control.

k) Recabar cheques de la Municipalidad Provincial del Callao y de las demás

entidades públicas y privadas que corresponda, por los servicios

prestados.

l) Remitir a las Oficinas de Contabilidad y Presupuesto copia de los recibos

de Ingresos y así como de los Comprobantes de Egresos, para permitir

su codificación, así como su registro financiero (contable) y presupuestal.

m) Registrar los cheques y/o papeletas de depósitos, así como el realizar las

conciliaciones de los estados de cuentas que remiten las entidades

bancarias en las cuales la Empresa tiene sus cuentas.

n) Mantener actualizado el registro, control y custodia de las cartas de

fianzas, garantías, pólizas de seguros, y otros valores de la Empresa.

o) Tener al día los Libros de Bancos por cada una de las cuentas corrientes,

así como realizar las respectivas conciliaciones teniendo en consideración

los reportes que emiten los Bancos por cada cuenta corriente.

p) Elaborar el Flujo de Caja en forma mensual.

q) Demás funciones afines que le asigne la Gerencia de Administración y

Finanzas.

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OFICINA DE ABASTECIMIENTO

Artículo 50º.- La Oficina de Abastecimiento, es un órgano de apoyo de la

Gerencia de Administración y Finanzas, que tiene como objetivo organizar y

controlar el proceso de racionamiento de bienes y servicios que se requieren en

la empresa para el cumplimiento de los programas, proyectos, metas y acciones

de la Gestión de la empresa.

La Oficina de Abastecimiento está a cargo de un Funcionario denominado

Jefe de la Oficina de Abastecimiento, que depende funcional y jerárquicamente

de la Gerencia de Administración y Finanzas.

ARTÍCULO 51º.- Corresponde a la Oficina de Abastecimiento las siguientes

funciones:

a) Organizar, dirigir y controlar el sistema de abastecimiento, conforme a los

lineamientos y políticas de la empresa, normas presupuestarias, técnicas

de control sobre adquisiciones de bienes y servicios y otras normas

pertinentes.

b) Elaborar, ejecutar y controlar el Plan Anual de Contrataciones (PAAC) de

la empresa, consolidando los cuadros de necesidades en coordinación

con las demás Unidades Orgánicas de la empresa.

c) Es el encargado de realizar el ingreso de la información del PAAC en el

sistema SEACE del CONSUCODE, al igual como de todos los procesos

de licitaciones y/o concursos que la Empresa realice mediante

convocatorias en sus diferentes modalidades como están estipuladas en

el (PAAC).

d) Realizar los procesos de adquisiciones y contrataciones de los bienes y

servicios en estricta concordancia con el PAAC, y la Ley General de

Contrataciones y Adquisiciones del Sector Público y su Reglamento, y al

presupuesto de la Empresa.

e) Proveer oportunamente la adquisición de bienes y servicios esenciales

para la operatividad de la empresa en coordinación con las demás

Unidades Orgánicas de la empresa.

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f) Formular, registrar y suscribir las órdenes de compras y órdenes de

servicios, producto del resultado de los procesos técnicos de

adquisiciones y contrataciones.

g) Ejecutar estudios de posibilidades que ofrece el mercado, efectuar

solicitudes de cotización y cuadros comparativos de cotizaciones con el

fin de establecer términos de referencia, y valores referenciales para la

adquisición de bienes, contratación se servicios.

h) Proponer y participar en la conformación de los Comités Especiales para

las licitaciones, concursos públicos y adjudicaciones directas, Licitaciones

y Concursos Públicos, etc.

i) Controlar el stock de existencias de almacén y rotación de inventarios.

j) Elaborar los lineamientos técnicos con sus respectivas bases, de los

procesos de selección para la adjudicación de menor cuantía de bienes y

servicios en concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley

Anual de Presupuesto y demás normas conexas y complementarias.

k) Administrar la base de datos de proveedores de bienes y servicios.

l) Coordinar y ejecutar planes de estandarización, renovación, mejora

tecnológica para la optimización de resultados del abastecimiento de

bienes y servicios de la empresa.

m) Crear y mantener actualizado el registro de procesos de selección acorde

con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)

n) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de almacén y de

distribución de los bienes que son necesarios para la ejecución de las

actividades, proyectos y servicios de conformidad con la ejecución de los

Planes Operativos y Presupuesto de la empresa.

o) Registrar el ingreso físico a través de almacén, todos los bienes que

adquiera la empresa antes de ser utilizados; dirigiendo y controlando las

operaciones de recepción, registro, entrega y control de los materiales.

p) Controlar el inventario físico y valorizado del almacén, clasificar y codificar

los materiales para su rápida identificación, a través de tarjetas visibles de

almacén, Kardex, u otros, respectivamente.

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q) Efectuar la distribución de bienes conforme al programa establecido y

coordinar la oportuna reposición del stock de bienes en almacén.

r) Establecer diagnósticos de seguridad para el resguardo y conservación

de materiales puestos bajo su responsabilidad.

s) Definir coordinando con las Unidades Orgánicas los materiales mínimos

necesarios, para la operatividad de las mismas, lo que deberá

consolidarse en el Plan Anual de Adquisiciones correspondiente.

t) Remitir la información conforme a Ley, a la Contraloría General de la

República, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

(OSCE), y demás instancias que las requieran.

u) Coordinar y dirigir la elaboración del Inventario Físico General de

ESLIMP CALLAO S. A. a efectos de poder realizar su respectiva

valorización por parte de la Oficina de Contabilidad.

v) Planificar y elaborar el programa Integral de Mantenimiento preventivo y

correctivo de las unidades de transporte y maquinaria de la Empresa.

w) Supervisar y controlar el cumplimiento del programa de Mantenimiento

Preventivo y Correctivo.

x) Elaborar el Presupuesto Anual de Mantenimiento de las unidades del

parque automotor de la Empresa en coordinación con la Gerencia de

Presupuesto.

y) Inspeccionar sistemáticamente el estado y conservación de la

flota vehicular y maquinarias de la Empresa, verificando su

adecuada conservación y funcionamiento.

z) Supervisar las actividades de la Unidad de Soporte Mecánico verificando

el cumplimiento de las instructivas dictadas a dicho órgano y evaluar la

correcta aplicación de los diferentes procedimientos administrativos

establecidos en el ámbito de sus funciones y competencias.

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ARTICULO 52°. - Estructura de la Oficina de Abastecimiento

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina de Abastecimiento tiene la

siguiente estructura:

52.1 UNIDAD DE SOPORTE MECANICO

UNIDAD DE SOPORTE MECANICO

ARTÍCULO 53°. - Es el órgano dependiente de la Oficina de Abastecimiento

encargado de ejecutar el Programa de Mantenimiento preventivo y correctivo

elaborado por dicha Oficina.

ARTICULO 54°. - Corresponde a la Unidad de Soporte Mecánico las

siguientes funciones:

a) Realizar la ejecución del Programa de Mantenimiento que determine la

Empresa y que previamente la Oficina de Abastecimiento haya

considerado necesario.

b) Colaborar y apoyar técnicamente en la implementación de los Programas

de mantenimiento Preventivo y Correctivo; supervisando que estos se

cumplan en las formas, condiciones y plazos previstos.

c) Emitir opinión técnica sobre los trabajos efectuados por terceros a las

unidades vehiculares, equipos y maquinaria de la Empresa, a efectos de

dar su conformidad de los trabajos efectuados.

d) Planear y ejecutar el mantenimiento que requieran las unidades

vehiculares, maquinarias y equipos de la Empresa.

e) Revisar e informar a la Oficina de Abastecimiento sobre los costos de

mantenimiento de las unidades vehiculares, maquinaria y equipos de la

Empresa.

f) Controlar y supervisar el uso racional de lubricantes, carburantes,

combustibles, repuestos y otros requeridos por el Parque Automotor.

g) Proponer a la Oficina de abastecimiento el Plan de Mantenimiento y

Prevención para la operatividad de los vehículos y equipos de la empresa.

h) Las demás que le asigne la Oficina de Abastecimiento.

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OFICINA DE ACTIVIDADES DE RECICLAJE DE RESIDUOS

SÓLIDOS

ARTÍCULO 55.- La oficina de actividades de reciclaje de Residuos Sólidos, tiene

como objetivo el reciclaje de los residuos sólidos domiciliarios, como una

alternativa para disminuir la contaminación ambiental, estimar el grado de

conocimientos que posee la comunidad con respecto al reciclaje de residuos

sólidos, Así mismo explicar ventajas que conlleva la práctica del reciclaje.

La oficina de actividades de reciclaje de Residuos Sólidos, está a cargo

de un Funcionario denominado Jefe la Oficina de actividades de reciclaje de

Residuos Sólidos, que depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de

Administración y Finanzas.

ARTÍCULO 56°.- Corresponde a la Oficina de Actividades de Reciclaje de

Residuos Sólidos las siguientes funciones:

a) Planear, Organizar, dirigir y ejecutar el cumplimiento de las actividades

del servicio de Reciclaje.

b) Realizar el proceso de recolección de Residuos Sólidos reaprovecharles

para insertarlos nuevamente en la cadena productiva.

c) Supervisar la recolección y transporte de los RR.SS. hasta su

comercialización.

d) Explicar a la comunidad la importancia y beneficios que genera el reciclaje

en la preservación del ambiente y en la vida cotidiana.

e) Evaluar y Controlar la visita de los Promotores Ambientales para

incrementar el porcentaje de familias que participan en este programa.

f) Programar Campañas de Reciclaje de artefactos y aparatos

electrodomésticos (RAAE) dentro de las rutas asignadas.

g) Realizar encuestas para evaluar el nivel de aceptación que tiene la

Ciudadanía respecto al servicio que brinda la empresa.

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h) Recolectar semanalmente las bolsas de los domicilios adscritos al

Programa de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de los

RR.SS. Domiciliarios.

i) Informar a la Gerencia de Administración y Finanzas los avances de sus

actividades.

j) Coordinar con la Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales el

trabajo del personal de Jardinería, para las Familias adscritas al Programa

de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de los RR.SS.

k) Coordina con la Gerencia de Operaciones el trabajo del personal

Operativo de los Cercos de madera reciclada (parihuelas), en los puntos

Críticos (desmontes).

l) Invitar a la población a ser parte del Programa de Segregación en la

Fuente y Recolección Selectiva de RR.SS. Domiciliarios.

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CAPITULO VI

ÓRGANOS DE LÍNEA

ARTÍCULO 57°.- Los órganos de Línea son aquellos encargados de formular,

controlar, evaluar y ejecutar las actividades técnicas, normativas y de ejecución,

necesarias para cumplir con los objetivos de la empresa en el marco de las

funciones que las normas sustantivas atribuyen a esta.

Los Órganos de Línea son los siguientes:

57.1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

57.2 GERENCIA DE OPERACIONES

57.3 GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

ARTÍCULO 58º.- La Gerencia de Recursos Humanos, es el encargado de

conducir el proceso de administración de los Recursos Humanos de la empresa

en sus etapas de: selección, evaluación, control, remuneración, promociones,

ascensos, estímulos, capacitación y otorgamiento de servicios y beneficios

sociales. Así mismo propicia una cultura organizacional que permitirá lograr

mayores niveles de calidad en la presentación de los servicios que brinda la

empresa.

La Gerencia de Recursos Humanos está a cargo de un Funcionario

denominado Gerente de Recursos Humanos, que depende funcional y

jerárquicamente de la Gerencia General.

ARTÍCULO 59º.- Corresponde a la Gerencia de Recursos Humanos las

siguientes funciones:

a) Liderar, supervisar, planificar, organizar y controlar las actividades

relacionadas con el desarrollo y administración del Potencial Humano que

constituye la administración de la empresa.

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b) Promover, controlar y ejecutar los procedimientos y sistemas de

reclutamiento, selección, evaluación de desempeño, promoción, ascenso

y reasignación del personal en concordancia con las normas técnicas y

los dispositivos legales vigentes.

c) Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones y actividades

destinadas a la motivación, bienestar e innovación constante,

desarrollando programas de incentivos, estímulos y remuneraciones.

d) Proponer a la Gerencia General los lineamientos de política, proyectos de

directiva, normas y reglamento para la adecuada gestión de personal de

la empresa.

e) Cumplir y hacer cumplir el Reglamente Interno de Trabajo (RIF) y las

disposiciones legales relacionadas con la Administración de Personal.

f) Elaborar y actualizar el Cuadro Analítico de Personal (CAP), el

Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y el Manual de

Organización y Funciones (MOF) en estrecha coordinación con la

Gerencia de Presupuesto.

g) Aprobar, elaborar y ejecutar el Programa Anual de Vacaciones del

personal de la Empresa.

h) Evaluar, calificar, procesar y aprobar la documentación referente al

otorgamiento de licencias por enfermedad, maternidad, lactancia, sepelio,

por motivos personales y de cualquier otra índole que solicite el personal.

i) Evaluar, calificar, procesar y aprobar los beneficios, bonificaciones,

reintegros, indemnizaciones y subsidios familiares que le correspondan al

personal de la empresa y que sean solicitados de acuerdo a ley.

j) Elaborar mensualmente las Planillas de pago del personal de la Empresa,

así como de las correspondientes boletas de pagos del personal.

k) Emitir los certificados anuales de Retenciones de Quinta Categoría del

personal de la empresa en coordinación con la Oficina de Contabilidad.

l) Controlar la asistencia y permanencia diaria laboral de los trabajadores de

la Empresa.

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m) Controlar la prestación de las declaraciones juradas de bienes y rentas,

de nepotismo y otras que señale la Ley, de los funcionarios y trabajadores

sujetos a tal exigencia.

n) Disponer a través de la Unidad de Servicio Social los trámites para la

atención médica a los trabajadores, por parte de ESSALUD, y otras

Instituciones contratadas para dicho fin y demás acciones que promueva

el bienestar del personal.

o) Mantener permanentemente actualizado la base de datos del personal,

organizando los legajos, el registro y el escalafón de los trabajadores de

la empresa.

p) Organizar y ejecutar periódicamente evaluaciones de desempeño laboral,

que permita a la administración, la ejecución de medidas correctivas o de

estímulo.

q) Evaluar y disponer la rotación, promoción, contratación y cese de

personal, en función del perfil del cargo y competencia del trabajador, de

acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.

r) Aplicar las medidas disciplinarias correspondientes, de acuerdo a lo

establecido en los regímenes laborales vigentes y el Reglamento Interno

de Trabajo (RIT), resolviendo los asuntos administrativos en materia de

personal.

s) Atender, supervisar y evaluar la correcta aplicación de los diferentes

procedimientos Administrativos en el ámbito de sus funciones y

competencias.

t) Aprobar las actividades de esparcimiento para los trabajadores de la

Empresa.

u) Supervisar, organizar, dirigir y controlar la gestión de la guardería de la

empresa.

v) Planificar, organizar y ejecutar campañas de salud en favor de los

trabajadores de la empresa.

w) Supervisar, organizar, dirigir y controlar la gestión del comedor de la

empresa.

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ARTICULO 60°. - Estructura de la Gerencia de Recursos Humanos

Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Recursos Humanos tiene

la estructura siguiente:

60.1 UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL

60.2 JEFATURA DE SEGURIDAD

60.3 UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS

UNIDAD DE SERVICIO SOCIAL

ARTÍCULO 61°.- La Unidad de Servicio Social es el órgano dependiente y

subordinado de la Gerencia de Recursos Humanos, está a cargo de una

Asistenta Social, encargada de promover el bienestar de los trabajadores de la

empresa, facilitando la armonía en las relaciones entre empleador y trabajador,

en aras de la paz social, un ambiente laboral sano y adecuado.

ARTÍCULO 62°.- Corresponde a la Unidad de Servicio Social las siguientes

funciones:

a) Brindar atención individualizada a los trabajadores de la Empresa en el

ámbito de bienestar social, realizando en cada caso el seguimiento

respectivo.

b) Asistir de inmediato al trabajador en casos de accidente de trabajo y

facilitar su derivación al Centro de Salud que corresponda por la cobertura

del seguro contratado, o de ser el caso al Centro de Salud más cercano

(hospital, centro médico o posta médica).

c) Elaborar una ficha social por cada trabajador, con todos los datos e

incidencias inherentes al rubro de bienestar, mantenerlas actualizadas

para proveer a la Oficina de Recursos Humanos de la información

necesaria de los trabajadores, tanto de manera global como

individualizada, la misma que servirá para elaborar una base de datos.

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d) Realizar cuadros estadísticos con datos actualizados de los trabajadores

y sus familias, para obtener eficacia en las actividades que se programen.

e) Orientar y asesorar directamente a los trabajadores para los trámites e

inscripciones en las Oficinas de ESSALUD.

f) Organizar con la aprobación de la Gerencia de Recursos Humanos las

actividades de esparcimiento para los trabajadores de la Empresa.

g) Elaborar un Plan Anual de Actividades, para ser aprobado por la Gerencia

de Recursos Humanos, con conocimiento de la Gerencia General.

h) Recepcionar y derivar los certificados médicos de los trabajadores,

expedidos por centros de salud y hospitales.

i) Realizar visitas domiciliarias y a los centros de salud en caso de ser

necesario.

j) Las demás que le asigne la Gerencia de Recursos Humanos.

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JEFATURA DE SEGURIDAD

ARTÍCULO 63°. - La Jefatura de seguridad, es el órgano responsable de

contribuir con la seguridad de los colaboradores y brindar la custodia del

Patrimonio de la empresa; asimismo, participa en la generación y difusión de una

nueva cultura de Seguridad Integral.

Es el órgano dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, está a

cargo de un Funcionario denominado Jefe de Seguridad.

ARTÍCULO 64°. - Corresponde a la Jefatura de Seguridad las siguientes

funciones:

a) Planear, organizar, dirigir y controlar los diferentes Planes y Programas

de Seguridad de la empresa.

b) Participa en la elaboración y actualización del Plan General de

Seguridad.

c) Capacitar al personal en el área de Seguridad con una formación ética,

técnica y orientada a cumplir con los objetivos de la empresa.

d) Proteger el patrimonio de la empresa, para garantizar el cumplimiento de

las metas programadas de acuerdo al Plan Estratégico Institucional,

brindando un servicio de calidad que garantice su seguridad.

e) Propone y supervisa el cumplimiento de políticas, procedimientos,

sistemas de seguridad y vigilancia de la Empresa para la prevención de

acciones delictuosas en general.

f) Coordina con los Gerentes, Jefes de Oficinas y de Áreas las acciones

relacionadas a la seguridad interna de las oficinas.

g) Efectuar coordinaciones con los Jefes de Seguridad de las Empresas

vecinas a efectos de prever la realización de acciones conjuntas ante el

desarrollo de cualquier eventualidad natural o provocada por elementos

extraños a las mismas.

h) Efectúa las coordinaciones respectivas con la Policía Nacional, a efectos

de prevenir eventualidades.

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i) Controla el ingreso de vehículos y personas a la Empresa, para lo cual

realiza las respectivas revisiones, ejecutando un registro tanto de los

ingresos como de las salidas.

j) Se encarga de elaborar reportes diarios de las supervisiones que realiza.

k) Es el responsable de efectuar coordinaciones con la Compañía de

Bomberos, Policía Nacional, Hospitales, Postas Médicas, para llevar a

cabo campañas y/o simulacros de incendios, sismos, y otros, a efectos de

tener preparados al personal en caso ocurrieran.

l) Ejecuta y controla el desarrollo de programas de entrenamiento y

capacitación en seguridad del personal.

m) Realiza inspecciones en las diversas áreas sugiriendo medidas

correctivas, propone la adquisición de nuevos sistemas, equipos e

implementos de seguridad.

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UNIDAD DE SERVICIOS MEDICOS DE URGENCIAS

ARTÍCULO 65°. - La Unidad de Servicios Médicos de Urgencias, es el órgano

dependiente de la Gerencia de Recursos Humanos, encargado de velar y

proporcionar atención de salud en los aspectos de diagnóstico, tratamiento y

transferencia para inter-consulta especializada.

ARTÍCULO 66°. - Corresponde a la Unidad de Servicios Médicos de

Urgencias las siguientes funciones:

a) Brindar servicios de atención de urgencias con equidad, eficiencia y

calidad a todo el personal de la empresa.

b) Proponer, dirigir, coordinar, implementar y supervisar el plan anual de

salud de la empresa.

c) Prestar atención médica de urgencias.

d) Control en las justificaciones médicas por inasistencia.

e) Desarrollar labores de consejería médica, así como las actividades de

prevención y promoción sanitaria.

f) Evaluar permanentemente las condiciones de salud alcanzadas por los

trabajadores de la Empresa, informando de los resultados a la Gerencia

de Recursos Humanos.

g) Estudiar, examinar, diagnosticar, prescribir y recomendar las medidas

pertinentes orientadas a cambiar la conducta de los trabajadores para el

cumplimiento de las disposiciones médicas en materia de salud.

h) Facilitar el apoyo en salud para mantener al personal sano y en óptimas

condiciones de salud para el normal desempeño de sus actividades.

i) Coordinar con la Gerencia de Recursos Humanos la realización de

campañas preventivas de salud de manera periódica, orientadas a los

trabajadores y a sus familiares directos.

j) Proponer a la Gerencia de Recursos Humanos, campañas de salud con

apoyo de centros de salud y hospitales de la jurisdicción.

k) Es el encargado de supervisar el óptimo funcionamiento operacional del

área de comedor.

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l) Participar en la supervisión del funcionamiento del servicio de comedor y

la guardería, así como el control de la higiene y la salubridad de las

mismas.

m) Supervisar la preparación de los alimentos que serán repartidos a los

niños de la guardería y al personal de la empresa.

n) Supervisar y controlar la salud de los colaboradores del comedor y la

higiene durante el proceso de preparación de alimentos.

o) Implementar programas de limpieza, fumigación y desinfección del

comedor y cocina en coordinación con la Gerencia de Mantenimiento y

Servicios Generales.

p) Planificar, organizar y ejecutar programas de capacitación sanitaria a fin

de crear una cultura de salubridad al momento de preparar los alimentos.

q) Participar en las campañas médicas que organiza la Gerencia de

Recursos Humanos.

r) Registro de datos en historias clínicas.

s) Realizar exámenes, curaciones, extracciones dentales y tratamiento

profiláctico al personal de la Empresa.

t) Elaborar fichas de filiación en la programación de actividades de medicina

odontológica.

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GERENCIA DE OPERACIONES

ARTÍCULO 67º.- La Gerencia de Operaciones es el órgano de línea que tiene

por objetivo asegurar los servicios públicos de recolección de residuos sólidos,

barrido de calles y plazas, evitando generar impactos medioambientales

negativos. Asimismo, se encarga de la sensibilización a la población y del manejo

del vivero.

Tiene como misión la gestión y manejo integral de los Residuos Sólidos

asegurando un óptimo servicio de limpieza pública con un ambiente seguro y

agradable para el desarrollo de sus actividades cotidianas y del cuidado de su

salud, asimismo vigila que se cumplan con los objetivos fijados en el Plan

Operativo que permita velar por un eficiente servicio de limpieza pública en la

provincia Constitucional del Callao.

La Gerencia de Operaciones está a cargo de un Funcionario denominado

Gerente de Operaciones, que depende funcional y jerárquicamente de la

Gerencia General.

ARTÍCULO 68°. - Corresponde a la Gerencia de Operaciones las siguientes

funciones:

a) Gestión y Manejo Integral de los Residuos Sólido en la Provincia

Constitucional del Callao.

b) Planificar y elaborar el Plan Anual Operativo que permita la adecuada

prestación del servicio de limpieza pública, determinando las rutas,

frecuencias, horarios y estrategias para su eficaz cumplimiento.

c) Supervisar los trabajos de las diferentes Unidades a su cargo.

d) Encargado del Control y Supervisión Ciudadana sobre los problemas que

puedan ocurrir en una determinada zona, en el ámbito de la limpieza

pública.

e) Fomentar la Educación Ciudadana en coordinación con el área de Imagen

Institucional de la Empresa, así como la administración conjunta de la

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limpieza pública con los vecinos y dirigentes de las diversas agrupaciones

vecinales debidamente organizadas.

f) Evaluación Técnica-operativa de las actividades de cada una de las

unidades a su cargo.

g) Coordinar con las diferentes Unidades a su cargo el cumplimiento de las

labores del personal y las acciones disciplinarias conjuntamente con la

Gerencia de Recursos Humanos, a efectos de que se tomen las medidas

correctivas que correspondan.

h) Informar a la Gerencia General los avances de cada una de sus Unidades.

i) Coordinar permanentemente con la Gerencia de Administración y

Finanzas sobre la operatividad del parque automotor a efectos que pueda

cumplir con efectuar el mantenimiento preventivo, así como el correctivo

de las unidades de la Empresa, para el cumplimiento de los estándares

mínimos en la prestación de los servicios de la limpieza pública.

j) Proveer información de su competencia a la Gerencia Técnica, misma que

permitirá efectuar las valorizaciones correspondientes.

k) Responsable de la prevención de accidentes y protección de la salud de

empleados y obreros a su cargo durante la realización de los trabajos.

l) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades que involucren el

desarrollo de normas y de manejo de indicadores de eficiencia y eficacia,

que contribuyan al manejo óptimo de los residuos sólidos.

m) Promover actividades que involucren la participación activa y pasiva de la

población en los procesos de limpieza pública, así como la segregación

de residuos sólidos domiciliarios.

n) Proponer y ejecutar acciones para lograr mayor eficiencia y competitividad

en los servicios de limpieza que brinda la empresa.

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o) Desarrollar, actualizar e implementar el plan de rutas de las unidades de

recojo de residuos sólidos de acuerdo a las políticas de la empresa y a la

realidad local.

p) Difundir, realizar y coordinar campañas de información, educación y

difusión sobre la limpieza del distrito.

q) Es el responsable de coordinar los trabajos a desarrollar por parte de las

unidades de: Recolección, Mantenimiento de vías, sensibilización

Ciudadana y vivero.

r) Otras que le asigne la Gerencia General.

ARTICULO 69°. - Estructura Orgánica de la Gerencia de Operaciones

Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Operaciones, cuenta con

la siguiente estructura:

69.1 UNIDAD DE RECOLECCIÓN

69.2 UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VIAS

69.3 UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN CIUDADANA

69.4 UNIDAD DE VIVERO

UNIDAD DE RECOLECCIÓN

ARTÍCULO 70°. - La Unidad de Recolección, es un órgano dependiente de la

Gerencia de Operaciones. El Jefe de la Unidad de Recolección es el encargado

de proponer, controlar, ejecutar y evaluar los programas de limpieza pública

(recolección) en coordinación con el Gerente de Operaciones.

ARTÍCULO 71°. - Corresponde a la Unidad de Recolección las siguientes

funciones:

a) Realizar el proceso de Recolección de Residuos Sólidos puerta a puerta

de manera eficiente.

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b) Es la Unidad encargada de proponer, controlar, ejecutar y evaluar los

programas de limpieza pública (recolección de los residuos sólidos) en

coordinación con el Gerente de Operaciones.

c) Supervisar la recolección y transporte de los residuos sólidos.

d) Administrar la información de los avances de los trabajos que se realizan

y que están bajo su responsabilidad.

e) Programar los operativos de recolección especiales a realizarse en las

diferentes zonas de la Provincia Constitucional del Callao.

f) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.

UNIDAD DE MANTENIMIENTO DE VÍAS

ARTÍCULO 72°. - La Unidad de Mantenimiento de Vías, es un órgano

dependiente de la Gerencia de Operaciones. El Jefe de la Unidad de

Mantenimiento de Vías es el encargado de supervisar, controlar, ejecutar y

evaluar el proceso de barrido de calles y plazas en coordinación con el Gerente

de Operaciones.

ARTÍCULO 73°. - Corresponde a la Unidad de Mantenimiento de Vías las

siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de supervisión de

los servicios de barrido de calles y plazas, cautelando el cumplimiento de

los reglamentos, disposiciones técnicas y legales relacionadas con la

prestación de servicios que se brinda a la comunidad.

b) Es la Unidad encargada de ejecutar y evaluar los programas de limpieza

pública (Barrido de las Calles y Plazas) en coordinación con el Gerente

de Operaciones.

c) Ejecutar y controlar las actividades de transporte, recolección y

transferencia de los residuos sólidos que se recolectan en los trabajos de

barrido que se ejecutan en la jurisdicción de la Provincia Constitucional

del Callao.

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d) Administrar la información de las actividades que realizan y que están bajo

su responsabilidad.

e) Programar los operativos de mantenimiento de las Vías (Barridos de las

Calles, avenidas y plazas, así mismo de la realización de la programación

de los operativos de baldeo de las calles y avenidas en las diferentes

zonas de la Provincia Constitucional del Callao.

f) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.

UNIDAD DE SUPERVISIÓN Y DE COORDINACIÓN CIUDADANA

ARTÍCULO 74°. - La Unidad de Supervisión y de Coordinación Ciudadana es un

órgano de Línea de la Gerencia de Operaciones, encargado de promover y

canalizar la participación de las Organizaciones Sociales de la comunidad

chalaca.

Tiene como objetivo fortalecer a la ciudadanía creando las condiciones

necesarias para una adecuada participación de la sociedad civil, población é

instituciones públicas, privadas y demás organizaciones representativas de la

población. Es el encargado de tener elaborado un registro de las diferentes

organizaciones de bases debidamente organizadas y que las mismas hayan sido

reconocidas por parte de la Municipalidad Provincial del Callao, a efectos de

poder coordinar los diferentes trabajos a realizarse.

Está a cargo de un Funcionario denominado Jefe de Supervisión y de

Coordinación Ciudadana, que depende funcional y jerárquicamente de la

Gerencia de Operaciones.

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ARTÍCULO 75°. - Corresponde a la Unidad de Supervisión y Coordinación

Ciudadana las siguientes funciones:

a) Planificar, diseñar, organizar, implementar y supervisar las mejoras e

innovaciones en las actividades, programas, procesos y mecanismos de

participación ciudadana, juntas vecinales y delegados vecinales en el

marco de la Ley Orgánica de Municipalidades.

b) Organizar y desarrollar actividades de promoción para la constitución, el

reconocimiento y el registro de organizaciones sociales, juntas, comités

vecinales y otras organizaciones de la sociedad civil del distrito.

c) Es la Unidad encargada de tener elaborado un registro de las diferentes

organizaciones de bases debidamente organizadas y que las mismas

hayan sido reconocidas por parte de la Municipalidad Provincial del

Callao, a efectos de poder coordinar los diferentes trabajos a realizarse.

d) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la

promoción de la participación ciudadana y su integración en la Gestión

de ESLIMP CALLAO S.A.

e) Proponer, estrategias e instrumentos de información y comunicación a

nivel interno y externo con el apoyo adecuado de las organizaciones de

la sociedad civil.

c) Elaborar y ejecutar encuestas vecinales, relacionadas con la prestación

de los servicios que se les brinda a efectos de poder mejorarlos teniendo

en consideración las sugerencias de los vecinos debidamente

organizados.

d) Proponer acciones para ejecutarse en forma inmediata, siempre que

estas estén relacionadas con la limpieza pública, que es el objeto principal

de la Empresa.

e) Participar activamente en la Sensibilización Ciudadana acerca del

cuidado y conservación del medio ambiente dentro del ámbito de la

Provincia Constitucional del Callao.

f) Realizar talleres y charlas de Sensibilización Ambiental, Fomento de

Valores y buen manejo de los Residuos Sólidos.

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g) Administrar la información de los avances de los trabajos que se realizan

y que están bajo su responsabilidad.

h) Cumplir con las funciones delegadas por el Gerente de Operaciones.

UNIDAD DE VIVERO

ARTÍCULO 76°. - La Unidad de Vivero, es un órgano dependiente de la Gerencia

de Operaciones. Está encargada de mantener en funcionamiento el vivero,

propagando en ella las plantas y plantones de árboles frutales, así como el de

los ornamentales, plantas florales, los mismos que serán plantados en los

diferentes puntos críticos existentes en la ciudad, con la finalidad de ganar más

áreas verdes y mantener el medio ambiente.

ARTÍCULO 77°. - Corresponde a la Unidad de Vivero las siguientes

funciones:

a) Es la Unidad encargada de dar tratamiento a los Residuos Sólidos

Orgánicos urbanos para producir compost y humus de lombriz los que

servirán para la propagación de plantas ornamentales que serán

plantadas en los puntos críticos.

b) Es la encargada de reportar mensualmente a la Gerencia de Operaciones

la producción de las plantas y plantones que se propague en el vivero.

c) Es la responsable de solicitar los productos e insumos necesarios a fin de

mantener operativos los trabajos de propagación de los plantones en el

vivero.

d) Otras funciones propias de su competencia que le sean asignadas por la

Gerencia de Operaciones.

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GERENCIA DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

ARTÍCULO 78°. - La Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales, es un

órgano de línea, que tiene como objetivo desarrollar y controlar el proceso de

ejecución de los servicios generales tales como: conservación de los equipos,

herramientas é instalaciones de la empresa tanto en el aspecto estructural y

eléctrico, así mismo el mantenimiento de locales interinstitucionales.

Es responsable de administrar y brindar la prestación de los servicios de

mantenimiento y reparación (preventivo y correctivo) de los equipos,

herramientas é instalaciones de la Empresa.

La Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales está a cargo de un

Funcionario denominado Gerente de Mantenimiento y Servicios Generales, que

depende funcional y jerárquicamente del Gerente General.

ARTÍCULO 79°. - Corresponde a la Gerencia de Mantenimiento y Servicios

Generales las siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y velar por la seguridad de las

actividades relacionadas con la conservación y mantenimiento de las

instalaciones, equipos, maquinarias y herramientas de la empresa.

b) Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades que se realizan en

la empresa y los locales interinstitucionales otorgando las garantías

necesarias para el normal desenvolvimiento de las actividades y de las

personas que se encuentran en el interior.

c) Elaborar y proponer políticas de uso, conservación y mantenimiento de

las instalaciones, muebles, maquinarias y equipos de propiedad de la

empresa.

d) Dictar las directivas necesarias para el uso racional y eficiente de las

instalaciones, muebles, equipos y herramientas de la empresa.

e) Programar, realizar y ejecutar el mantenimiento, reparación, conservación

y seguridad de los muebles, equipos y maquinarias de la empresa.

f) Elaborar el requerimiento de materiales para el taller de servicios

generales.

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g) Supervisar el cumplimiento de las instructivas dictadas por la Jefatura de

Servicios Generales, en materia de limpieza interna, conservación de las

instalaciones eléctricas y sanitarias.

h) Programar, controlar y mantener técnicamente operativas las centrales

telefónicas de la empresa.

i) Proformar el costo operativo del mantenimiento de los equipos,

herramientas y las instalaciones de la empresa.

j) Inspeccionar sistemáticamente el estado y conservación de los equipos,

herramientas e instalaciones de la empresa tanto en el aspecto estructural

y eléctrico, verificando su adecuada conservación y funcionamiento en la

empresa (Previa evaluación del Jefe de Servicios Generales).

k) Supervisar obras menores (arreglo de veredas, paredes por daños

causados por máquina retroexcavadora y/o cargador frontal – maquinaria

de la Empresa)

l) Elaborar los informes técnicos en los procesos de compras de

herramientas y/o equipos de su competencia.

m) Supervisar la correcta ejecución de los servicios prestados por terceros,

otorgando la conformidad del servicio

n) Supervisar las actividades de la Jefatura de Servicios Generales,

verificando el cumplimiento de las mismas.

o) Apoyar los eventos y/o actividades organizadas por la Empresa y los

requeridos por los vecinos, aprobados por la Gerencia General

p) Otras funciones en el ámbito de competencia que asigne la Gerencia

General.

ARTICULO 80°. - Estructura de la Gerencia de Mantenimiento y Servicios

Generales

Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Mantenimiento y Servicios

Generales tiene la siguiente estructura:

80.1 UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES

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UNIDAD DE SERVICIOS GENERALES

ARTICULO 81°. - Es el órgano dependiente de la Gerencia de Mantenimiento y

Servicios Generales encargado de ejecutar el Programa de Mantenimiento y

conservación de los servicios generales (luz, agua, teléfono, limpieza,

carpintería, etc.) en las instalaciones de la empresa.

ARTICULO 82°. - Corresponde a la Unidad de Servicios Generales las

siguientes funciones:

a) Revisar e informar a la Gerencia de Mantenimiento y Servicios Generales

sobre los materiales necesarios para el mantenimiento de las

instalaciones en la empresa.

b) Colaborar y apoyar técnicamente en la elaboración e implementación de

los Programas de Servicios Generales, ejecutando las acciones

necesarias para que las instalaciones de la Empresa se mantengan en

óptimo estado de conservación, y se presten eficientemente los servicios

que requieran las diversas áreas de la empresa.

c) Emitir opinión técnica sobre los trabajos ejecutados por terceros a las

instalaciones de la empresa, a efectos de dar su conformidad de los

mismos.

d) Brindar los servicios de Instalación de estrados, servicios de jardinería,

servicios de Fumigación y desratización, servicios de limpieza farolas,

servicios de limpieza de puentes y parques temáticos.

e) Brindar y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y

sanitarias de la empresa.

f) Informar a la Gerencia de Mantenimientos y Servicios Generales sobre

los costos de mantenimiento de las instalaciones de la Empresa.

g) Supervisar los trabajos que se realizan en mantenimiento de los locales

interinstitucionales.

h) Las demás funciones que asigne la Gerencia de Mantenimiento y

Servicios Generales.

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TITULO TERCERO

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

ARTÍCULO 83°. - ESLIMP CALLAO S.A. se relaciona con la Municipalidad

Provincial del Callao para la mejor ejecución de sus funciones, desarrollo de los

planes y cumplimiento de sus fines amparados por la Ley Orgánica de

Municipalidades. ESLIMP CALLAO S.A. mantiene relaciones con entidades

públicas y privadas, a fin promover el desarrollo sostenible de la gestión de la

empresa.

ARTÍCULO 84°. - El Gerente General, como representante titular de la Empresa

dirige y conduce las relaciones interinstitucionales con el Sector Público y

Privado, coordinando permanentemente con las Autoridades Nacionales,

Regionales, Provinciales y Distritales, para una labor integrada de limpieza

pública y saneamiento ambiental, por la naturaleza del servicio público, y por la

determinante incidencia de ésta en el bienestar de la población.

DEL REGIMEN LABORAL

ARTÍCULO 85°. - ESLIMP CALLAO S.A. es una Empresa Pública de Derecho

Privado y en tal sentido el Régimen Labora al que están sujetos sus trabajadores

en sus diferentes niveles es el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo

728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 003-97-TR, y las normas complementarias, ampliatorias y conexas

sobre la materia.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERO. - La provisión de los cargos determinados en aplicación del presente

Reglamento, se hará en concordancia con la disponibilidad de los recursos

presupuestales y financieros.

SEGUNDO. - Disponer que a partir de la aprobación del presente instrumento de

gestión, todos los Órganos y Unidades Orgánicas de la empresa actualicen su

Manual de Organización y Funciones y demás Instrumentos de Gestión.

TERCERO. - Es responsabilidad de todas las Unidades Orgánicas de la empresa

el cumplimiento del presente Reglamento.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ARTICULO UNICO

ESLIMP CALLAO S.A, con la aprobación del Directorio y a través de la Gerencia

General, adecuará su actual organización a la estructura contenida en el

presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

DISPOSICIÓN FINAL

ARTICULO UNICO

ESLIMP CALLAO S.A., a través de la Gerencia de Recursos Humanos procederá

al reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal (CAP)

y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en coordinación con la Gerencia

de Presupuesto.

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DEFINICIONES

1. GERENCIA, OFICINA, DIVISIÓN, UNIDAD, DEPARTAMENTO, AREA. -

Se refiere tanto a órganos como unidades orgánicas de una Entidad.

2. ATRIBUCIÓN. - Facultad conferida expresamente a quien ejerce un cargo

para resolver o tomar una decisión sobre cualquier acto administrativo

dentro de su competencia y en el ejercicio de sus funciones.

3. CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP).- Documento de

gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la

Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su

ROF.

4. COMPETENCIA. - Ámbito de actuación material o territorial de la entidad

en su conjunto, establecido de acuerdo a un mandato constitucional y/o

legal.

5. EFICIENCIA. - Agilizar la toma de decisiones y la asignación de

responsabilidades.

6. ENTIDAD. - Incluye a las señaladas en los incisos 1 al 7 del Artículo I del

Título Preliminar de la Ley No 27444 Ley del Procedimiento Administrativo

General. Deberá entenderse por entidades a aquellas organizaciones que

cumplen con funciones de carácter permanente; es decir, que han sido

creadas por norma con rango de Ley que les otorga personería jurídica.

7. ESTRUCTURA ORGÁNICA. - Es un conjunto de órganos

interrelacionados racionalmente entre sí, para cumplir funciones

preestablecidas que se orientan en relación con objetivos derivados de la

finalidad asignada a la Entidad.

8. FACULTAD. - Derecho conferido para realizar cierta acción.

9. FUNCIÓN. - Conjunto de acciones afines y coordinadas que corresponde

realizar a la entidad, sus órganos y unidades orgánicas para alcanzar sus

objetivos.

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10. FUNCIÓN GENERAL. - Conjunto de acciones que debe realizar la

entidad, conducente a alcanzar los objetivos y metas de su gestión

administrativa. Estas provienen de las normas sustantivas vinculadas a la

entidad.

11. FUNCIÓN ESPECÍFICA. - Conjunto de acciones que deben realizar los

órganos y las unidades orgánicas, conducentes a alcanzarlos objetivos de

la entidad y las metas de su gestión.

12. JERARQUÍA. - Es la línea continua de autoridad que se extiende desde

la cima de la organización hasta el eslabón más bajo; también conocida

como cadena de mando.

13. NIVEL ORGANIZACIONAL. - Es la categoría dentro de la estructura

orgánica de la Entidad que refleja la dependencia entre los órganos o

unidades orgánicas de acuerdo con sus (funciones y atribuciones).

14. NIVEL JERÁRQUICO. - Refleja la dependencia jerárquica de los cargos

dentro de la estructura orgánica de la Entidad.

15. ÓRGANOS. - Son las unidades de organización que conforman la

estructura orgánica de la Entidad. Se clasifican de acuerdo a lo

establecido en los presentes lineamientos

16. PROGRAMA. - Los Programas son estructuras funcionales creadas para

atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública

específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece.

17. PROYECTO. - Se refiere a un conjunto articulado y coherente de

actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos siguiendo una

metodología definida para lo cual se le asigna un equipo de personas, así

como otros recursos cuantificados en toma de presupuesto, que prevé el

logro de determinados resultados y cuya programación en el tiempo

responde a un cronograma con una duración limitada. Solo se crean para

atender actividades de carácter temporal.

18. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF). Es el

documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la

estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al

logro de su misión, visión y objetivos, Contiene las funciones generales

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de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades

orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades.

19. RACIONALIZACIÓN DE PROCESOS. - Actividad de sistematización que

conlleva a la identificación análisis, armonización, diseño, mejoramiento,

simplificación o supresión de procesos para alcanzar mayor eficiencia y

eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la Entidad.

20. SISTEMA ADMINISTRATIVO. - Los Sistemas Administrativos son los

conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos

mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración

Pública y que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento eficaz de los

objetivos de las entidades a través de la utilización eficiente de los medios

y recursos humanos, logísticos y financieros.

21. UNIDAD ORGÁNICA. - Es la unidad de organización que conforma los

órganos contenidos en la estructura orgánica