reglamento de organizaciÓn y funciones 2007

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES -"-" REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

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Page 1: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CORRALES

-"-"

REGLAMENTO DE

ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES

2007

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

2

INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la

Municipalidad Distrital de Corrales, ha sido elaborado sobre la base de las disposiciones

y normas vigentes para la formulación de Reglamentos de Organización y funciones de

los Organismos de la Administración Pública, comprendiendo todas las funciones que

por Ley le competen desarrollar a los Gobiernos Locales.

Este documento es un instrumento normativo de gestión que determina la

naturaleza, finalidad, competencia y estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de

Corrales.

El contenido del ROF, permite conocer funciones y/o facultades de los órganos

hasta el tercer nivel organizacional, cuya asignación toma en cuenta el cumplimiento de

metas por objetivos que delimitan los campos de acción sin perder los principios de

interrelación sistemática.

El Gobierno Central a puesto en marcha el Proceso de Modernización de la

Gestión del Estado con la Ley N° 27658, para obtener mayores niveles de eficiencia,

brindando un servicio óptimo a la colectividad, por tanto la Municipalidad Distrital de

Corrales, inicia el proceso de Modernización acorde con la nueva de la Ley N° 27972

Ley Orgánica de Municipalidades.

Las Jefaturas de los Órganos de Dirección, Control, Apoyo, Asesoramiento y de

Línea son cargos de confianza, cuya designación y cese es facultad del Alcalde Distrital,

salvo la remoción del Gerente Municipal, que puede ser dispuesta por acuerdo del

Concejo Municipal por causal de falta grave de carácter disciplinaria o por acto doloso.

Corresponde al Alcalde declarar otros cargos de confianza, de acuerdo a las facultades

del Decreto Supremo Nº 36-A-83-JUS.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

3

GENERALIDADES

Artículo 1° El presente Reglamento de Organización y Funciones de la

Municipalidad Distrital de Corrales, es un documento técnico-normativo

de gestión administrativa, que tiene por objeto establecer la naturaleza,

finalidad, ámbito, estructura orgánica y funciones de los órganos que la

conforman.

Artículo 2° Las normas y disposiciones contenidas en el Reglamento de

Organización y Funciones, alcanzan a todos los órganos que conforman

la Municipalidad Distrital de Corrales.

Artículo 3° Cuando en el presente documento de gestión técnico-normativo, se

hiciere alusión al Reglamento, debe entenderse que se refiere al

Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital

de Corrales.

Artículo 4° Constituye Base Legal de este Reglamento:

- La Constitución Política del Estado Peruano 1993.

- Ley Nº 27972 “LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES”

- Instructivo Técnico N° 001-93-INAP/DNP

- Directiva N° 002-95-INAP/DNP

- Ley del 12 de enero de 1871 de Creación de la Municipalidad

Distrital de Corrales.

- Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización.

- Ley Nº 28175 Ley Marco del Empleo Público

- Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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TITULO PRIMERO

NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES

CAPITULO I

NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS

Artículo 5° La Municipalidad Distrital de Corrales, es un órgano de Gobierno Local

que emana de la voluntad popular, tiene Personería Jurídica de derecho

público, con autonomía económica y administrativa en los asuntos

municipales de su competencia, aplicando las Leyes y disposiciones que

de manera general y de conformidad con la Constitución Política del

Perú regulan las actividades y funcionamiento del sector público

nacional.

Artículo 6° La Municipalidad Distrital de Corrales, representa al vecindario,

promoviendo la adecuada prestación de los servicios públicos locales;

fomentando el bienestar y el desarrollo integral, sostenido y armónico de

la población; Así como promueve, apoya y reglamenta la participación

de los vecinos en el desarrollo comunal.

Son fines de la Municipalidad Distrital de Corrales:

a) Promover, fomentar y conducir el desarrollo socio-económico del

distrito en base de una adecuada priorización y planificación de sus

necesidades.

b) Fomentar el bienestar de los vecinos del distrito, proporcionándoles

servicios que satisfagan sus necesidades vitales que garanticen un

normal desarrollo en vivienda, salubridad, abastecimiento, seguridad,

cultura, recreación transporte y comunicaciones.

c) Asegura la presentación política y organizacional de los vecinos en el

Gobierno Local, mediante programas de participación comunal y el

ejercicio de Derecho de Petición.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

5

Artículo 7° La Municipalidad Distrital de Corrales, tiene como objetivos planificar,

ejecutar e impulsar a través de los organismos competentes el conjunto

de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado

para la satisfacción de sus necesidades vitales en aspecto de vivienda,

salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transporte y

comunicaciones.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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CAPITULO II

FUNCIONES GENERALES

Artículo 8° La Municipalidad Distrital de Corrales, asegura el cumplimiento de sus

competencias mediante la ejecución de las funciones descritas en los

artículos de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

.

1) 79° “ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FISICO Y USO DEL

SUELO”

2) 80° “SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD”

3) 81° “TRÁNSITO, VIABILIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO”

4) 82° “EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN”

5) 83° “ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE

PRODUCTOS Y SERVICIOS”

6) 84° “PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCION DE

DERECHO”

7) 85° “SEGURIDAD CIUDADANA”

8) 86° “PROMOCION DEL DESARROLLO LOCAL”

9) 87° “OTROS SERVICIOS PUBLICOS”

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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TITULO SEGUNDO

DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES

Artículo 9° La Municipalidad Distrital de Corrales, tiene las funciones y atribuciones

que señala la constitución Política del Estado, la Ley N° 27972 Ley

Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales vigentes,

ningún organismo público o autoridad ajena al Gobierno Local, puede

interferir en el cumplimiento de las funciones inherentes a la

Municipalidad Distrital de Corrales; salvo disposiciones diferentes de la

ley.

Artículo 10° La Municipalidad Distrital de Corrales, asegura el cumplimiento de sus

funciones, facultades y atribuciones a través de la siguiente estructura

orgánica:

I. ÓRGANOS DE GOBIERNO

- Concejo Municipal

- Alcaldía

II. ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACION:

- Comité Distrital de Defensa Civil

- Comité de Administración del programa del Vaso de Leche

- Concejo de Coordinación Local Distrital

- Concejo Distrital de la Juventud

- Junta de Delegados Vecinales y Comunales

- Comité Distrital de Seguridad Ciudadana

III. ÓRGANO DE DEFENSA:

- Procuraduría Pública Municipal

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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IV. ÓRGANOS DE CONTROL:

- Órgano de Control Institucional.

V. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN:

- Gerencia Municipal

VI. ÓRGANOS DE COORDINACION INSTITUCIONAL:

- Concejo de Coordinación Institucional

VII. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO:

- Oficina de Asesoría Jurídica

- Oficina de Planeamiento y Presupuesto

- Oficina de Informática y Sistemas

. Oficina de Pre Inversión

. Oficina de Cooperación Técnica

VIII. ÓRGANOS DE APOYO:

- Secretaría General

- Oficina de Imagen Institucional

- Oficina General de Administración y Finanzas

. Unidad de Logística

. Unidad de Contabilidad

. Unidad de Tesorería

. Unidad de Personal

- Oficina de Administración Tributaria

. Unidad de Recaudación, Control y Fiscalización

. Unidad de Comercialización

. Unidad de Ejecución Coactiva

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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IX. ÓRGANO DE LINEA:

- Sub Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural

. División de Obras Públicas y Privadas

- Sub Gerencia de Servicios Sociales y Comunales

. División de Servicios Sociales y Comunales

- División de Registro Civil

. División de Transportes y Seguridad Vial

. División de Defensoría Municipal de la Mujer, el niño y

el adolescente (DEMUNA) y atención al Discapacitado.

- Sub Gerencia de Participación ciudadana

- División de Serenazgo y Policía Municipal

- División de Seguridad Ciudadana

. De las Agencias Municipales

. De las Municipalidades de Centros Poblados

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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CAPITULO I

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 11° Los Órganos de Gobierno son los encargados de establecer y disponer la

Municipalidad de políticas y objetivos de desarrollo socio-económico del

distrito en General y de gestión de la Municipalidad Distrital de Corrales.

Artículo 12° Los Órganos de Gobierno de la Municipalidad Distrital de Corrales, son

los siguientes:

- Concejo Municipal, y

- Alcaldía.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION I

CONCEJO MUNICIPAL

Artículo 13° El Concejo Municipal es el máximo Órgano de Gobierno de la

Municipalidad Distrital de Corrales, Está constituido por el Alcalde y

cinco (05) Regidores que ejercen funciones normativas y fiscalizadoras,

ejerciendo la Alcaldía las funciones Ejecutivas, conforme al Art. 191° de

la Constitución.

Artículo 14° Son atribuciones del Concejo Municipal las establecidas en el artículo 9°

“ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL” de la Ley Orgánica

de Municipalidades.

1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el

Presupuesto Participativo.

2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y

el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de

Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuesto Participativo.

3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del

Gobierno Local.

4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel distrital,

que identifique las áreas de protección o de seguridad por riesgos

naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental

declaradas conforme ley.

5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo de

Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del

Plan de Acondicionamiento Territorial.

6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades.

7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en

concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional.

8. Aprobar, modificar y/o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los

acuerdos.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,

arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley.

10. Declarar la vacancia o la suspensión de los cargos del Alcalde y

regidor.

11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios

o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los

Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario.

12. Aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal.

13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean

propuestos al Congreso de la República.

14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal.

15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su

reglamento.

16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los

plazos señalados por ley, bajo responsabilidad.

17. Aprobar el balance y la memoria.

18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios

públicos municipales al sector privado a través de concesiones o

cualquier otra forma de participación de inversión privada permitida

por ley, conforme a los artículos 32° y 35° de la Ley Orgánica de

Municipalidades.

19. Aprobar la creación de Centros Poblados y de Agencias Municipales.

20. Aceptar donaciones, legales, subsidios o cualquier otra liberalidad.

21. Solicitar la realización de Exámenes Especiales, Auditoria de

Gestión, Auditoria Financiera y otros actos de control preventivo.

22. Autorizar y atender los pedidos de Información de los Regidores para

efectos de fiscalización.

23. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para

obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley.

24. Aprobar la donación o cesión de uso de bienes muebles e inmuebles,

a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta

de sus bienes en subasta pública.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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25. Aprobar la celebración de convenios de Cooperación Nacional e

Internacional y convenios Interinstitucionales.

26. Aprobar las licencias, solicitadas por el Alcalde o los regidores, no

pudiendo concederse simultáneamente a un número mayor del 40%

de los regidores.

27. disponer el cese del Gerente Municipal, cuando exista acto doloso o

falta grave.

28. Plantear los conflictos de competencia.

29. Aprobar el cuadro de asignaciones de personal y las bases de las

pruebas para la selección de personal y para los concursos de

provisión de puestos de trabajo.

30. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad.

31. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a

propuesta de el alcalde, así como reglamentar su funcionamiento.

32. Las demás atribuciones que le correspondan conforme ley.

Articulo 15° El Concejo Municipal celebrará sesiones con sujeción a su propio

reglamento, y de acuerdo a lo prescrito por la Ley N° 27972 Ley

Orgánica de Municipalidades.

Artículo 16° Los Regidores del Concejo Distrital de de Corrales, son los

representantes de los vecinos de su jurisdicción, elegidos por votación

popular y democrática; gozando de las prerrogativas y preeminencias que

la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece.

Artículo 17° Son atribuciones del Concejo Municipal Distrital de Corrales, las

establecidas en el artículo 10° “ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

DE LOS REGIDORES” de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos

Formular pedidos y mociones de orden del día

Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde

Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones

ordinarias y especiales que determine el Reglamento Interno de Concejo

Municipal

Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a

fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de los

problemas

Artículo 18° Los Regidores de la Municipalidad Distrital de Corrales, tiene las

responsabilidades, impedimentos y derechos comprendidos en el artículo

11° “RESPONSABILIDADES, IMPEDIMENTOS Y DERECHOS DE

LOS REGIDORES” de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Los regidores son responsables, individuamente, por los actos violatorios

de la Ley practicados en el ejercicio de sus funciones y, solidariamente

por los acuerdos adoptados contra la Ley, a menos que salven

expresamente su voto, dejando constancia de ello en actas.

Los Regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o

administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de

miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en

las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos

los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de

ésta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor.

Para el ejercicio de la función edil, los regidores que trabajan como

dependientes en el sector público o privado gozan de licencia con goce

de haber hasta por 20 (veinte) horas semanales, tiempo que será dedicado

exclusivamente a sus labores municipales. El empleador está obligado a

conceder dicha licencia y a preservar un nivel remunerativo, así como a

no trasladarlo ni reasignarlos sin su expreso consentimiento mientras

ejerzan función municipal, bajo responsabilidad.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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Artículo 19° Mediante Reglamento Interno de Concejo, Municipalidad Distrital de

Corrales, normará su régimen interior, precisando las competencias que

la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece en el

ámbito de las atribuciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones

y el funcionamiento, número y composición de las Comisiones de

Regidores.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION II

ALCALDÍA

Artículo 20° La alcaldía es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Municipal. Está

presidida por el Alcalde quien es la personera legal de la Municipalidad

Distrital de Corrales, tiene la responsabilidad de dirigir, evaluar y

supervisar el alcance de las metas establecidas de acuerdo a los

lineamientos de política del Concejo y en armonía con los dispositivos y

normatividades legales vigentes.

Artículo 21° El Alcalde Distrital, le corresponde las atribuciones contenidas en el

artículo 20° “ATRIBUCIONES DEL ALCALDE” DE LA Ley 27972

Ley Orgánica de Municipalidades:

1. Delegar y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los

vecinos;

2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo

municipal;

3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad;

4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos;

5. Promulgar los ordenanzas y disponer su publicación;

6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y

ordenanzas;

7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan

integral de desarrollo sostenible y el programa de inversiones

concertado con la sociedad civil;

8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal;

9. Sostener a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y

dentro de los plazos y modalidades establecidas en la Ley Anual de

Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo,

debidamente equilibrado y financiado;

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo

municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la Ley Nº 27872

Ley Orgánica de Municipalidades.

11. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer

trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad,

el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido.

12. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, suspensión

o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y

licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al poder

legislativo la creación de impuestos que considere necesarios;

13. Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión

ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema

de gestión ambiental nacional y regional.

14. Proponer al concejo municipal los proyectos de Reglamento Interno

del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos, y todos

los que sean necesarios para el gobierno y la administración

municipal.

15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de

la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de

conformidad con la Ley y el presupuesto aprobado;

16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas

del Código Civil;

17. Designar y Cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de este a los

demás funcionarios de confianza;

18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás

servidores de la municipalidad;

19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio

del Serenazgo y la Policía Nacional;

20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las

administrativas en el Gerente Municipal;

21. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorias,

exámenes especiales y otros actos de control;

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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22. Implementar, bajo responsabilidad las recomendaciones contenidas

en los informes de auditoria interna;

23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio

de sus funciones;

24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier

modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaría,

y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios

públicos municipales;

25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los

resultados económicos y financieros de las empresas municipales y

de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente

o bajo delegación al sector privado;

26. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de

carrera;

27. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y

externo, conforme a Ley;

28. Presidir el Comité de Defensa Civil de su jurisdicción;

29. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de

obras y prestación de servicios comunes;

30. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones

vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal;

31. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su

competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos

Administrativos de la Municipalidad;

32. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y

participación vecinal;

33. Las demás que le correspondan de acuerdo al Ley.

Artículo 22° En los casos de ausencia prolongada, el Teniente Alcalde reemplaza al

Alcalde y, en consecuencia, asume las mismas competencias y

atribuciones de esta, sin perjuicio de las atribuciones delegables

contenidos en el Artículo 20º numeral 20 de la Ley Nº 27972 Ley

Orgánica de Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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CAPITULO II

DE LOS ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN

SECCION I

COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL

Artículo 23° El Comité de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Corrales, es

un Órgano consultivo; a través del cual se canaliza la participación

ciudadana en la planificación de acciones de previsión, mitigación de

daños y desastres provocados por acción de la naturaleza o del hombre.

Está constituido por Autoridades del Sector Público que tienen presencia

en el distrito y por representantes de la sociedad civil. El Concejo

Municipal aprueba su Reglamento de acuerdo a las disposiciones de

Defensa Civil.

Artículo 24° Las funciones del Comité de Defensa Civil son las siguientes:

1) Apoyar en las acciones de prevención, reducción, atención y

rehabilitación de daños ocasionados en el Distrito de Corrales, por

acción de fenómenos naturales o del hombre.

2) Convocar a los Organismo Públicos o Privados y a la comunidad

Organizada para la promoción de Campaña de Prevención y la dación

de Proyectos de normas o dispositivos de apoyo al sistema de

Defensa Civil, dentro del distrito de Corrales,.

3) Mantener informado a todos los miembros del comité y a la

Comunidad en general sobre aportes, sugerencias y acciones

originales por éstas a través de los sistemas de comunicación que se

disponen y se dispongan para tal efecto.

4) Otras funciones que le asigne las normas generales del Sistema

Nacional de Defensa Civil.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION II

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DEL CASO DE LECHE

Artículo 25° El Comité de Administración del programa de Vaso de Leche de la

Municipalidad Distrital de Corrales, es un Órgano Consultivo y de

participación ciudadana; responsable de administrar los recursos

destinados por el gobierno Central, a fin de complementar acciones de

alimentación de la población de escasos recursos.

Artículo 26° El Comité de Administración del programa de Vaso de Leche de la

Municipalidad Distrital de Corrales, estará integrado por el alcalde, un

funcionario municipal, un representante del Ministerio de Salud y tres

representantes de la Organización del programa del Vaso de Leche,

elegidas democráticamente por sus bases, de acuerdo a los estatutos de

su organización y adicionalmente deberá estar conformado por un

representante de la Asociación de Productores de la región, debidamente

acreditado por el Ministerio de Agricultura.

Artículo 27° Las funciones del Comité de Administración del programa de Vaso

de Leche de la Municipalidad Distrital de Corrales, son:

1. Administrar el programa del Vaso de leche, de acuerdo a Ley y a los

Reglamentos y Directivas del Comité de Administración del

programa

2. Seleccionar a los beneficiarios del programa del Vaso de leche, según

las normas vigentes.

3. Organizar y programar las acciones de distribución de los productos

e insumos a los Comités que ejecutan el Programa.

4. Preparar la información trimestral para la contraloría General de la

República.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

21

5. Coordinar con los Ministerios de Salud, Agricultura, Educación,

Pesquería y otros organismos públicos o privados que desarrollen

actividades afines con el programa.

6. Otras funciones que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

22

SECCION III

CONCEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL

Artículo 28° El Concejo de Coordinación Local de la Municipalidad Distrital de

Corrales, es un Órgano de coordinación y concertación en el ámbito de la

Municipalidad Distrital de Corrales, constituyéndose obligatoria en el

proceso de programación del presupuesto de cada Gobierno Municipal.

Está integrado por el Alcalde quien la preside, pudiendo delegar esta

función en un regidor a los Regidores, así como por los representantes de

la sociedad civil del distrito.

Tiene la Facultad de emitir opinión de carácter consultivo sobre el Plan

de Desarrollo concertado y el Presupuesto Participativo, para su

aprobación por el Concejo Municipal.

Artículo 29° El Concejo de Coordinación Local Distrital no ejerce funciones, ni

actos de gobierno, se reúnen ordinariamente dos veces al año y

extraordinariamente cuando lo convoque el Alcalde Distrital,

requiriéndose la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, sus

representantes son elegidos democráticamente por un período de dos

años.

Articulo 30 La ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que El

Concejo de coordinación Local Distrital tiene las siguientes funciones.

1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital

Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital.

2. Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios

públicos locales.

3. Propone convenios de cooperación Distrital para la prestación de los

servicios.

4. Promueve la formación de fondos de inversión como estímulo a la

inversión privada en apoyo del desarrollo económico sostenible.

5. Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION IV

CONCEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD

Artículo 31° El Concejo Distrital de la Juventud de Corrales, es un Órgano de

coordinación y participación de los jóvenes del distrito, a través de

programas culturales, educativos, recreativos y deportivos contando con

el apoyo de la comuna de Corrales, para complementar programas de

orientación en diversos temas de salud sexual y reproductiva.

Artículo 32° El Concejo Distrital de la Juventud de Corrales, tiene las siguientes

funciones:

1. Coordinar con el Ministerio de Educación, para realizar exposiciones

de temas culturales, educativos, recreativos.

2. Coordina con Instituciones de Lucha y prevención contra el consumo

de drogas.

3. Coordina con Instituciones como IMPARES, para exposición de

talleres de salud sexual y reproductiva.

4. Las demás que le encargue o solicite el alcalde, los Regidores y

Funcionarios de la Municipalidad.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION V

JUNTA DE DELEGADOS VECINALES Y COMUNALES

Artículo 33° La Junta de Delegados Vecinales y Comunales de Corrales, es un

Órgano de coordinación, integrado por los representantes de las

agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito de Corrales y

están organizadas principalmente como juntas vecinales. Así mismo está

integrada por las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales,

y por los vecinos que representan a las organizaciones sociales de la

jurisdicción, promoviendo el desarrollo local y la participación vecinal,

para cuyo efecto la Municipalidad Distrital de Corrales, regulará su

participación en concordancia con el Artículo 197° de la Constitución

Política del Estado.

Artículo 34° La Junta de Delegados Vecinales y Comunales de Corrales, se reunirá

en forma ordinaria, cuatro veces al año, será convocada por el alcalde o

por no menos del 25% (veinticinco por ciento) de los delegados

vecinales en forma extraordinaria. El alcalde de la Municipalidad

Distrital de Corrales, la convoca y la preside.

Artículo 35° El Delegado Vecinal comunal de Corrales, es elegido en forma directa,

por los vecinos del área urbana o rural a la que representan. Tienen

como función representar a la comunidad en la Junta de Delegados

Vecinales por el período de un año y velar por el cumplimiento de los

acuerdos que se adopten en ella.

Para ser elegido delegado vecinal comunal se requiere ser ciudadano en

ejercicio y tener su residencia en el área urbana o rural a la que

representa. Su ejercicio no constituye función pública, ni genera

incompatibilidad alguna.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

25

Artículo 36° La Junta de Delegados Vecinales y Comunales de Corrales, tiene las

siguientes funciones:

1. Concentrar y proponer las prioridades de gastos e inversiones dentro

del distrito y los centros poblados.

2. Proponer las políticas de salubridad.

3. Apoyar la seguridad ciudadana a ejecutarse en el ámbito del distrito.

4. Apoyar el mejoramiento de calidad de los servicios públicos locales

y la ejecución de obras Municipales.

5. Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del

distrito en el ámbito deportivo y en el cultural.

6. fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo municipal.

7. Las demás que le asigna la Municipalidad Distrital de Corrales.

Artículo 37° La constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el

número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria,

serán establecidos mediante Ordenanza Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

26

SECCIÓN VI

COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

Artículo 38° El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, es un Órgano Participativo;

a través del cual participa la sociedad civil y la Policía Nacional, en el

establecimiento de un servicio de Serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas

urbanas, campesinas o similares dentro del ámbito territorial del distrito

de Corrales.

Artículo 39° El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, tiene las siguientes

funciones específicas:

1. Organizar, un servicio de Serenazgo o vigilancia municipal cuando lo

crean conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la

Municipalidad.

2. Coordinar con el Comité de Defensa Civil del Distrito de Corrales, las

acciones necesarias para la atención de la población que resulte

damnificada por desastres naturales o de otra índole.

3. Establece un registro y control de las asociaciones de vecinos que

recauden cotizaciones para administrar bienes vecinales, y garantizar el

cumplimiento de sus fines.

4. Las demás inherentes a sus funciones de Seguridad ciudadana.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

27

CAPITULO III

DE LOS ORGANOS DE DEFENSA

Artículo 40° El órgano de Defensa es aquel que se encarga de conducir y dirigir la

defensa de la Municipalidad Distrital de Corrales, en los procesos

judiciales, en materia civil, penal, contenciosos administrativos, laboral,

tributario y de derecho público, donde la Municipalidad Distrital de

Corrales o sus representantes tengan la condición de demandado, o

demandante, denunciado o denunciante, siempre relacionado a la función

municipal y de interés de la misma.

Artículo 41° El órgano de Defensa Institucional de la Municipalidad Distrital de

Corrales es la Procuraduría Pública Municipal.

Artículo 42° La Procuraduría Pública Municipal esta a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Procurador Público Municipal, quien es

designado por el Alcalde y depende directamente de él, funcional y

normativamente del concejo de Defensa Judicial de Estado.

Artículo 43° Corresponde al Procurador Público Municipal las siguientes funciones:

a) Defender los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de

Corrales.

b) Asesorar a todos los órganos de la Municipalidad en asuntos de

carácter judicial

c) Organizar, controlar, supervisar y vigilar el cumplimiento de las leyes

de la Municipalidad Distrital de Corrales.

d) Promover y coordinar la participación ciudadana en la actividad de

prevención del delito, a fin de lograr la procuraduría de justicia.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

28

e) Representar jurídicamente a la Municipalidad Distrital de Corrales.

Proporcionar la información, los datos y la cooperación técnica que

les sean requeridos por otras dependencias, o entidades, de acuerdos

con las disposiciones legales y las políticas establecidas.

f) Resolver problemas de competencia que se presenten entre las áreas

administrativas adscritas.

g) Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades, así

como aquellos que le sea señalados por delegación o les correspondan

por suplencia.

h) Coordinar en el ámbito nacional con las diferentes instituciones tanto

públicas como privadas en el ámbito de su competencia.

i) Coordinar oportunamente con la Oficina de Asesoría jurídica en los

asuntos de su competencia.

j) Ejecutar en las esferas de sus facultades, los convenios, bases y otros

instrumentos de coordinación celebrados por la Municipalidad, en

materia que el caso le corresponda.

k) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que les sean asignadas por el Alcalde

y/o por el Concejo de Defensa del Estado, acorde con la Ley N°

27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

29

CAPITULO IV

DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL

Artículo 44° El Órgano de Control es aquel que efectúa la verificación de los

resultados de la gestión de los órganos internos de la Municipalidad

Distrital de Corrales; en los aspectos administrativos, financieros y

contables, con el objeto de comprobar que las acciones realizadas se

ajustan a los planes aprobados, y a las leyes y normas vigentes.

Artículo 45° El Órgano de Control de la Municipalidad Distrital de Corrales, es el

Órgano de Control Institucional.

Artículo 46° El Órgano de Control Institucional, es el órgano encargado de

programar, ejecutar, dirigir y evaluar las actividades de control de la

Municipalidad Distrital de Corrales, así como velar por la correcta

administración y utilización de sus recursos, en atención a las normas del

Sistema Nacional de Control.

Artículo 47° El Órgano de Control Institucional, está a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Jefe de Control Institucional, que depende

funcional y administrativamente de la contraloría General de la

República, y es designado previo concurso público de méritos y cesado

por la Contraloría General de la República. Debiendo considerarse lo

indicado en las Disposiciones Transitoria del Reglamento de los Órganos

de Control Institucional aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº

114-2003-CG acorde con el Reglamento de la Ley 27785. Ley Orgánica

del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la

República.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

30

Artículo 48° Corresponde al Órgano de Control Institucional las siguientes funciones:

1. Formular, ejecutar y evaluar el Plan anual de Control aprobado por la

Contraloría General de la República, de acuerdo a los lineamientos y

disposiciones emitidas para tal efecto.

2. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y

operaciones de la entidad que disponga la Contraloría General, así

como las que sean requeridas por el Titular del pliego.

3. cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su

realización será comunicada a la Contraloría General por el jefe de El

Órgano de Control Institucional.

4. Se consideran actividades de control entre otra las evaluaciones,

diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos,

supervisiones y verificaciones.

5. Conservar los documentos sustentatorios de sus actividades durante

un plazo de 10 años, de acuerdo con la norma vigente.

6. Promover y propugnar la capacitación permanente de los servidores

de la Oficina Interna, para garantizar la calidad y eficiencia en las

acciones de control.

7. Dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades orientadas hacia

la verificación de las denuncias que son canalizadas hacia El Órgano

de Control Institucional.

8. Atender los diversos requerimientos de información provenientes de

la Contraloría General de la República, así como los requeridos por

el Titular del Pliego.

9. Revisar y aprobar todos los informes de Auditoría, antes de su

remisión a la alcaldía y a la Contraloría General de la República.

10. Es responsabilidad del Jefe de El Órgano de Control Institucional

administrar el área designada a su cargo, sujetándose a las Políticas y

normas de la entidad. Así mismo le corresponde participar en el

proceso de selección del personal del Órgano de Control a su cargo.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

31

11. El Jefe de El Órgano de control Institucional deberá mantener una

actitud de coordinación permanente con el Titular del Pliego, así

como de sus principales funcionarios.

12. Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la

entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las

pautas que señala la contraloría General. Alternativamente, éstas

auditorías podrán ser contratadas por la entidad con sociedades de

Audiotoría Externa, son sujeción al Reglamento de la materia.

13. Remitir los informes anuales al Concejo Municipal acerca del

ejercicio de sus funciones y del estado de control del uso de los

recursos municipales.

14. Garantizar el debido cumplimiento de las normas y disposiciones que

rigen el control gubernamental, establecida por la Contraloría

General como Órgano Rector del sistema nacional de Control.

15. Actual de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se

adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de

incumplimiento, informando al titular del pliego para que adopte las

medidas correctivas pertinentes.

16. Recibir y atender las denuncias que formulen funcionarios y

servidores públicos y ciudadanos sobre actos y operaciones de la

entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y a la

documentación sustentatoria presentada.

17. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas

interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y

personal de ésta.

18. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que establezca la Contraloría, acorde

con la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

32

CAPITULO V

DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

Artículo 49° El Órgano de Dirección es el encargado de hacer cumplir las políticas y

objetivos del desarrollo socio-económicos en general y de gestión

municipal en particular, aprobadas por el Concejo Municipal a la

alcaldía.

Artículo 50° El Órgano de dirección de la Municipalidad Distrital de Corrales, es la

Gerencia Municipal.

Artículo 51° La Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos

Municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente

Municipal, quien es un funcionario de confianza designado por el

Alcalde, de quien depende, pudiendo ser cesado por él, y mediante

acuerdo del Concejo Municipal adoptado por 2/3 del número hábil de

regidores, en tanto se presenten las causales previstas en el Artículo 9°

inciso 30º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Es

responsable del cumplimiento de las disposiciones que emanan del

Concejo Municipal y de Alcaldía, así mismo es encargado de planear,

integrar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de los Órganos de

Asesoramiento, Órganos de apoyo y Órganos de Línea., así como de la

prestación de los servicios a la colectividad en concordancia con las

disposiciones impartidas por alcaldía.

Artículo 52° El Gerente Municipal, ejerce autoridad sobre las distintas oficinas de

Asesoramiento, de Apoyo y de Línea y coordina con los diferentes

niveles de la Municipalidad, la Alcaldía y el Concejo Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

33

Artículo 53° El Gerente Municipal tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades

administrativas de la Municipalidad y la prestación de los servicios

públicos locales a la comunidad para el cumplimiento de los

objetivos y metas previstas en el PLAN OPERATIVO

INSTITUCIONAL (POI), siendo responsable del cumplimiento.

b) Participar en las adquisiciones de bienes y prestación de servicios no

personales de la Municipalidad y controlar sus modalidades por

Adjudicación Directa, Concurso Público y Licitación Pública.

c) Formular y presentar al Alcalde para su ejecución los planes y

Programas Municipales.

d) Dirigir y ejecutar los planes, programas y proyectos de desarrollo

local y coordinar las acciones que correspondan.

e) Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica

de la Municipalidad mediante el análisis de los estados financieros y

el seguimiento de los planes municipales, disponiendo medidas

correctivas.

f) Presentar al Alcalde el Presupuesto Municipal, los estados

financieros del ejercicio fenecido y la memoria anual de la

Municipalidad.

g) Evaluar y supervisar la recaudación de los ingresos municipales así

como vigilar el destino de los fondos en conformidad con las normas

vigentes.

h) Participar en las gestiones para la obtención de asistencia técnica y

financiera necesaria para la ejecución de los planes y proyectos de

desarrollo local.

i) Proponer ante el Concejo Municipal y al Alcalde los instrumentos de

gestión organizativa: MOF, ROF, CAP, PAP, TUPA, etc. Para su

aprobación.

j) Ejecutar los acuerdos y decisiones que se tomen en el ámbito de

Concejo y Alcaldía.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

34

k) Proponer al Alcalde acciones de contratos, ascensos, ceses, rotación,

reasignación y otros sobre administración de personal.

l) Identificar fuentes de financiamiento alternas del tesoro público, que

permitan analizar las posibilidades de inversión de la Municipalidad

y efectuar las gestiones del caso.

m) Proponer e implementar las políticas de recuperación de inversiones

de la Municipalidad en concordancia con la normatividad vigente.

n) Definir criterios de evaluación económica-financiera de los

proyectos.

o) Representar a la Municipalidad Distrital de Corrales, en actividades

que el Alcalde le delegue.

p) Integrar y presidir Comisiones de trabajo para formular y recomendar

acciones de desarrollo Municipal.

q) Mantener informado y dar cuanta al Alcalde sobre las actividades

desarrolladas por las dependencias de la Municipalidad.

r) Asesorar al Alcalde y a los miembros del Concejo en los asuntos de

su competencia.

s) Asistir con voz pero sin voto a las sesiones del Concejo Municipal.

t) Proponer y expedir, en los casos delegados, normas y disposiciones

resolutivas de carácter administrativo y de ejecución de obras y

servicios.

u) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Alcalde,

acorde con la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

35

CAPITULO VI

DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACION INSTITUCIONAL

SECCIÓN I

CONCEJO DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 54° El Concejo de Coordinación Institucional es un órgano de

coordinación y participación presidido por el Gerente Municipal e

integrado por los Jefes de Unidades y división, para evaluar el desarrollo

de las actividades, solucionar problemas, concertar, apoyar y ver el

avance de las actividades y expedientes de cada área.

Los asuntos que no son resueltos por el Concejo de Coordinación

Institucional, serán elevados a alcaldía.

Artículo 55° El Concejo de Coordinación Institucional cumple las siguientes

funciones:

1. Evaluar el desarrollo normal del Plan anual de Trabajo.

2. Buscar la solución a los problemas que se presenten en el ejercicio de

la función.

3. Brindar apoyo a la Unidad Operativa que lo requiera, cuando se

presenten desfases en el cumplimiento de los plazos.

4. Presentar planteamientos y propuestas para simplificar el trabajo de

las diferentes áreas.

5. El desempeño de los Jefes de Unidad y División.

6. Someter a consideración del Alcalde los asuntos que requieran su

decisión.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

36

CAPITULO VII

DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 56° Los Órganos de Asesoramiento son aquellos que se encargan de formular

propuestas, presentar sugerencias, alcanzar información especializada y

asesorar a la Alcaldía, Regidores, Gerencia Municipal y a los Órganos de

Apoyo, Línea, demás Órganos de Asesoramiento y entre los mismos la

toma de decisiones, según el ámbito de su competencia.

Artículo 57° Los Órganos de Asesoramiento de la Municipalidad Distrital de Corrales

son:

- Oficina de Asesoría Jurídica

- Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

- Oficina de Informática y Sistemas

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

37

SECCION I

OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

Artículo 58° La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento de la

Municipalidad Distrital de Corrales, encargado de dirigir, ejecutar y

evaluar los asuntos de carácter legal y judicial de la Municipalidad.

Artículo 59° La Oficina de Asesoría Jurídica, tiene como Jefe de Oficina a un

funcionario de confianza designado por el Alcalde a tiempo completo,

que depende directamente de la Gerencia Municipal.

Artículo 60° La Oficina de Asesoría Jurídica tiene las siguientes funciones:

a) Interpretar y aplicar las normas legales de observancia obligatoria por

la de la Municipalidad Distrital de Corrales.

b) Asesorar a todos los órganos de la Municipalidad Distrital de

Corrales en asuntos de carácter jurídico-legal.

c) Proponer proyectos de disposiciones legales para el

perfeccionamiento de la gestión municipal Distrital en concordancia

con la legislación municipal vigente.

d) Recopilar y llevar registro sistematizados sobre normas jurídicas

relacionadas con la entidad, tanto en textos y documentos como a

través de medios informativos.

e) Emitir dictámenes sobre asuntos contenciosos o administrativos que

le sean sometidos.

f) Formular y revisar los proyectos de contrato que deba celebrar la

Municipalidad Distrital de Corrales.

g) Emitir opinión legal sobre normas, dispositivos, proyectos de

resoluciones, casos, procesos, procedimientos, expedientes

administrativos que le sean solicitados.

h) Representar y ejercer la defensa judicial del interés y derechos de la

Municipalidad Distrital de Corrales, en los casos que le requieran.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

38

i) Absolver las consultas que efectúen los diversos órganos de la

Municipalidad Distrital de Corrales, sobre modificaciones legales y

las implicancias que éstas tienen en el desempeño se sus funciones.

j) Realizar el saneamiento de los Títulos de Propiedad de los Bienes de

la Municipalidad en coordinación con las áreas responsables, del

patrimonio, el margesí de bienes y los servicios internos.

k) Coordinar oportunamente con el área correspondiente todo proceso

legal que se suscite, especialmente con la Procuraduría Pública

Municipal.

l) Tiene autoridad funcional sobre los abogados, que brindan asesoría

jurídica en los órganos de línea y apoyo de la Municipalidad Distrital

de Corrales, a fin de informar criterios en la aplicación de la

normatividad de observancia municipal.

m) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TÍTULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

n) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por Gerente

Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

39

SECCION II

OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

Artículo 61° La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el Órgano de

Asesoramiento encargado de planificar, organizar, dirigir y controlar las

actividades de presupuesto, planificación de estudios económicos y

estadísticos, en consecuencia con las normas técnicas y legales vigentes.

Artículo 62° La Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene como Jefe de Oficina

a un funcionario de confianza designado por el alcalde, quien depende de

la Gerencia Municipal.

Artículo 63° La Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientes

funciones:

a) Dirigir las acciones de planificación, estadística, presupuesto y

estudios económicos.

b) Elaborar, dirigir y supervisar el Plan Estratégico de la Municipalidad.

c) Dirigir, formular y supervisar el Plan de Acción y Presupuesto

Municipal.

d) Dirigir y supervisar el proceso de gestión presupuestal de

conformidad con la normatividad vigente.

e) Formular y proponer la actualización del diseño organizaciones y los

instrumentos de gestión pertinentes (ESTRUCTURA ORGANICA,

ROF, MOF, CAP, PAP, ETC.).

f) Formular propuestas, orientar y asesorar a la alta Dirección en la

formulación de Objetivos Institucionales y Lineamientos de Política.

g) Formular propuestas, orientar y asesorar a la Alta dirección en la

formulación de políticas y estrategias sobre la adecuada distribución

de los recursos financieros.

h) Planificar, dirigir y supervisar las actividades conducentes al

desarrollo de proyectos de inversión.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

40

i) Asesorar en el diseño de planes y programas orientados a optimizar

objetivos y funciones que le competen a la Municipalidad Distrital de

Corrales.

j) Establecer relaciones de coordinación con las diferentes áreas

usuarios de la Municipalidad Distrital de Corrales, relativas a los

asuntos de su competencia.

k) Participar en la elaboración de un Sistema Integrado de Información,

para el libre acceso a la información.

l) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

m) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por Gerente

Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION III

OFICINA DE INFORMATICA Y SISTEMAS

Artículo 64° La Oficina de Informática y Sistemas es el Órgano de Asesoramiento

en política, asuntos técnicos y servicios que brinda el sistema de

cómputo

Artículo 65° La Oficina de Informática y Sistemas tiene como Jefe de Oficina a un

funcionario de confianza designado por el alcalde, quien depende de la

Gerencia Municipal.

Artículo 66° La Oficina de Informática y Sistemas tiene las siguientes funciones:

1. Asesorar al Alcalde y funcionarios de la municipalidad en materia de

política, asuntos técnicos y servicios que brinda el sistema de cómputo.

2. Elaborar los planes, programas y proyectos de actividades de la Unidad

de informática y sistemas, asegurando su ejecución y cumplimento

efectivo.

3. Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades del sistema de

información y de las redes de comunicaciones.

4. Formular y proponer el proyecto del plan operativo anual y el

presupuesto del órgano a su cargo.

5. Impartir las disposiciones necesarias para el desarrollo sistemático de

las acciones del sistema de información y de la expansión de las redes

de comunicaciones.

6. Proponer programas de capacitación para el personal a su cargo, así

como los candidatos para cursos de actualización y becas de

perfeccionamiento.

7. Proponer el nombramiento, designación, contratación, promoción,

destaque, reubicación o reasignación del personal a su cargo, así como

el otorgamiento de estímulos o la aplicación de sanciones

disciplinarias.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

42

8. Integrar o presidir los Concejos, comisiones o comités, por encargo del

Alcalde o por mandato legal expreso.

9. Visar y proponer la dación de resoluciones de alcaldía en los casos cuyo

procedimiento así lo establezca.

10. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales en el ámbito de su

competencia.

11. Mantener informado a la alta dirección sobre las actividades de su

competencia y de otras que le hayan sido encomendadas

12. Presentar al Alcalde la memoria anual para su aprobación, en los

primeros meses de cada año siguiente al año próximo pasado.

13. Participar en la elaboración de la memoria anual de la Unidad de

Informática y sistemas para ser elevada al Alcalde en el primer mes de

cada año siguiente al año próximo pasado.

14. Las demás que le asigne el Alcalde y las que le corresponda por las

disposiciones legales vigentes.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

43

SECCION IV

OFICINA DE PRE INVERSION

Artículo 67º La Oficina de Pre Inversión, es el órgano encargado de Coordinar la

Programación, Evaluación y de los Proyectos de Inversión de la

Municipalidad de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional

de Inversión Pública.

Artículo 68º Oficina de Pre Inversión, estará a cargo de un funcionario de confianza

con categoría de Jefe de Oficina, designado por el Alcalde y que depende

de la Gerencia Municipal.

Artículo 69º Oficina de Pre Inversión, tiene las siguientes funciones:

1. Coordinar la Programación, Evaluación y de los Proyectos de Inversión

de la Municipalidad de conformidad con la normatividad del Sistema

Nacional de Inversión Pública.

2. Evaluar y emitir informes técnicos sobre los estudios de pre inversión

remitidos a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

3. Recomendar la declaración de viabilidad de los estudios de factibilidad

de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional de Inversión

Pública.

4. Mantener Actualizado el Aplicativo del Banco de Proyectos del SNIP

sobre los proyectos recibidos para su evaluación.

5. Proponer metodologías y parámetros de evaluación de los Proyectos de

Inversión.

6. Evaluar el Programa Multianual de Inversión Publica de la

Municipalidad.

7. Realizar el Seguimiento y Supervisión de los Proyectos y Programas de

Inversión ejecutados por la municipalidad en coordinación con las áreas

pertinentes.

8. Las demás funciones que le asigne el Jefe Inmediato.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

44

SECCION V

OFICINA DE COOPERACION TECNICA

Artículo 70º La Oficina de Cooperación Técnica, es el órgano encargado de

Planificar, Organizar, dirigir y evaluar las actividades de la Cooperación

Técnica de la Municipalidad de conformidad con la normatividad

vigente.

Artículo 71º Oficina de Cooperación Técnica, estará a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Jefe de Oficina, designado por el Alcalde y

que depende de la Gerencia Municipal.

Artículo 72º Oficina de Cooperación Técnica, tiene las siguientes funciones:

1. Planificar, Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las

actividades relacionadas con la Cooperación Técnica

2. Concertar ayuda técnica y financiera a través de la Cooperación Técnica

Nacional e Internacional para los diferentes proyectos y programas que

desarrolle la Municipalidad.

3. Elaborar el Programa de Cooperación Técnica de la Municipalidad

Distrital de Corrales, así como participar en las acciones de evaluación

correspondientes, informando a las instancias pertinentes.

4. Orientar, elaborar y evaluar convenios de Cooperación Técnica y/o

financiera con organizaciones no gubernamentales e instituciones

públicas y privadas en coordinación con las unidades orgánicas

involucradas.

5. Elaborar y mantener actualizado el Banco de Proyectos de Desarrollo

Local, en coordinación con los demás órganos de la Municipalidad para

facilitar la toma de decisiones en la formulación de los planes de

Desarrollo Integral.

6. Participar en la Elaboración de la Memoria Anual del Informe de Gestión

Municipal y otros documentos técnicos correspondientes a la Oficina de

Cooperación Técnica.

7. Las demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia

Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

45

CAPITULO VIII

DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

Artículo 73° Los Órganos de Apoyo son aquellos que prestan servicio interno de

carácter auxiliar u operativo a todos los órganos de la Municipalidad

Distrital de Corrales.

Artículo 74° Los Órganos de Apoyo de la Municipalidad Distrital de Corrales son:

Secretaría General

Oficina de Imagen Institucional

Oficina General de Administración y Finanzas

Oficina de Administración Tributaria

- Unidad de Recaudación y Control

- Unidad de Fiscalización

- Unidad de Comercialización

- Unidad de Cobranza Coactiva.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

46

SUCAPITULO I

SECRETARIA GENERAL

Artículo 75° La Secretaría General es un Órgano de Apoyo que presta servicio interno

de carácter auxiliar u operativo al alcalde, Concejo Municipal y a todos

los demás órganos de la Municipalidad Distrital de Corrales.

Artículo 76° La Secretaría General estará a cargo de un funcionario de confianza, con

categoría de Secretario(a) General, designado por el alcalde, quien

depende de él.

Artículo 77° La Secretaría General tiene las siguientes funciones:

a) Organizar las sesiones del Concejo y brindar el apoyo administrativo

respectivo a los regidores.

b) Citar por encargo del Alcalde a los Regidores y funcionarios, a las

sesiones ordinarias y extraordinarias.

c) Concurrir a las sesiones del Concejo Municipal, elaborar y custodiar

las actas de las sesiones del Concejo y suscribirlas conjuntamente

con el Alcalde.

d) Numerar, distribuir y custodiar los diferentes dispositivos que emita

la alcaldía.

e) Dar fe de los actos del Concejo Municipal, Decretos y Resoluciones

de alcaldía y llevar los correspondientes Libros de Registro.

f) Dirigir y supervisar las actividades que desarrollan las Oficinas de

Trámite Documentario, Oficina de Archivo y la Oficina de Imagen

Institucional.

g) Elaborar las Actas de las sesiones del Concejo Municipal.

h) Coordinar con el Alcalde la formulación de la Agente de cada Sesión

y remitida con la debida anticipación y sustentación para cada sesión.

i) Recibir, revisar y tramitar los expedientes que deben ser autorizados

por el alcalde.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

47

j) Proyectas las Resoluciones de Alcaldía, como coordinar la

elaboración de los edictos, ordenanzas y otros dispositivos

municipales de competencia del Concejo o del Alcalde con las

diferentes áreas de la Municipalidad.

k) Expedir y tramitar los Certificados y Constancias de carácter común

y general firmados o visados por el Alcalde.

l) Supervisar la adecuada gestión del Servicio del Centro de

Notificaciones.

m) Aprobar el diseño de los procesos y procedimientos de su área, según

las propuestas de las unidades funcionalmente involucradas.

n) Participar en la elaboración del sistema Integrado de Información

para el libre acceso a la información.

o) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

p) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el alcalde,

acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.

Page 48: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

48

SUBCAPITULO II

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

Artículo 78° La Oficina de Imagen Institucional es el órgano de apoyo encargada de

conducir las actividades de protocolo, prensa y relaciones públicas y de

las publicaciones eventuales y permanentes de la Municipalidad Distrital

de Corrales.

Artículo 79° La Oficina de Imagen Institucional estará a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Jefe de Oficina, designado por el Alcalde y

depende de ella.

Artículo 80° La Oficina de Imagen Institucional tiene las siguientes funciones:

a) Organiza, dirige y supervisa las acciones de protocolo, prensa,

información y comunicación interna y externa de la Municipalidad.

b) Diseña programas y planes para la Imagen Institucional de la

Municipalidad Distrital de Corrales.

c) Monitorear y analiza las informaciones, para publicar las actividades

de la Municipalidad.

d) Organiza, dirige, coordina y supervisa la realización de actividades

oficiales.

e) Asesora a la alcaldía en materia de su competencia.

f) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la oficina.

g) Otras funciones afines que se le asigne.

Page 49: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

49

SUBCAPITULO III

OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, FINANZAS

Y RECURSOS HUMANOS

Artículo 81° La Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos

es el órgano de apoyo responsable de conducir los procesos de Logística,

Contabilidad, Tesorería y de Personal.

Artículo 82° La Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos

estará a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de

Oficina General, designado por el Alcalde y depende del Gerente

Municipal.

Artículo 83° La Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos

tiene las siguientes funciones:

a) Conducir el proceso de la administración general municipal, a través

de los sistemas de logística, recursos humanos, contabilidad y

tesorería, en armonía con la normatividad establecida y en

concordancia con los dispositivos legales vigentes. Para ello

establecerá los mecanismos necesarios para ejecutar el control previo

y la rendición de cuenta.

b) Apoyar a la alta Dirección y los demás órganos municipales en sus

requerimientos financieros, de personal, bienes y servicios utilizando

criterios de racionalidad en estrecha coordinación con la Oficina de

Presupuesto y Planificación, en los aspectos relacionados con la

programación, formulación y evaluación presupuestal.

c) Conducir el proceso de abastecimiento, en sus etapas de adquisición,

almacenaje, distribución y mantenimiento; así como del control

patrimonial de los bienes de la Municipalidad Distrital de Corrales

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

50

d) Conducir el proceso de administración de personal, en sus etapas de

selección, evaluación, control, remuneración, promociones, ascensos,

estímulos, capacitación y otorgamiento de servicios y beneficios

sociales.

e) Conducir el proceso de contabilidad gubernamental integrada de la

Municipalidad Distrital de Corrales.

f) Conducir el proceso financiero de administración de ingresos y

egresos de fondos, respetando las normas técnicas y

gubernamentales.

g) Elaborar la estructura de costos, en coordinación con la Oficina de

Presupuesto y Planificación, que sustente técnicamente los derechos

de pago consignados en el Texto Único de Procedimientos

Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Corrales.

h) Coordinar con la Oficina de Administración Tributaria y Rentas y la

Oficina de Presupuesto y Planificación la formulación del Texto

Único Ordenado de Tasas.

i) Cumplir y hacer cumplir las normas administrativas gubernamentales

y municipales referentes a la administración de los recursos estatales.

j) Elaborar la información estadística básica sistematizada.

k) Otras funciones que le asignen.

Artículo 84° En materia de Logística estará a cargo de un funcionario con cargo de

Jefe de la Unidad de Logística y tiene las siguientes funciones:

a) Coordinar, programar, realizar, evaluar y supervisar los procesos

técnicos del sistema de abastecimiento, así como de control

patrimonial, en cumplimiento del presupuesto aprobado las normas y

procedimientos gubernamentales vigentes.

b) Elaborar el Plan anual de Adquisiciones y Contrataciones

compatibilizando el presupuesto aprobado con el cuadro de

necesidades remitido por cada una de las unidades orgánicas y

dependencias de la Municipalidad de acuerdo a las normas vigentes.

Page 51: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

51

c) Participar en los procesos de adjudicación y contratación que le

faculta la Ley, cumpliendo con las normas y disposiciones que

regulan estos procesos.

d) Administrar los bienes almacenados, proponiendo y adoptando las

medidas de prevención y seguridad para sur conservación,

controlados, supervisándolos y disponiendo su distribución oportuna.

e) Elaborar, proponer y aplicar las normas y Directivas para mejorar la

eficiencia de los servicios y optimizar los procesos y el uso de los

recursos a su cargo.

f) Realizar los procesos técnicos para el control e inventario del

patrimonio de la Municipalidad Distrital de Corrales.

g) Identificar y codificar los bienes patrimoniales adquiridos, de

acuerdo a su naturaleza, asignándoles el respectivo valor monetario.

h) Llevar y mantener actualizado el margesí de bienes de la

Municipalidad Distrital de Corrales..

i) Elaborar la estadística básica para la toma de decisiones con la

información que se genera en la unidad.

j) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

k) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente

Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Page 52: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

52

Artículo 85° En material de Contabilidad estará a cargo de un funcionario con cargo

de Jefe de la Unidad de Contabilidad y tiene las siguientes funciones:

a) Programar, ejecutar y coordinar las actividades del Sistema de

Contabilidad Gubernamental Integrado y desarrollar el sistema de

costos de los servicios de la Municipalidad Distrital de Corrales en

coordinación con la oficina de Planeamiento y Presupuesto.

b) Ejecutar en forma permanente y obligatoria el control previo de

todas las operaciones financieras del municipio y de la ejecución de

los servicios que presta el municipio a los vecinos.

c) Elaborar la Cuenta Anual a los Estados Financieros de la

Municipalidad, de conformidad con las disposiciones establecidas

por la Contaduría Pública de la Nación.

d) Planificar el comportamiento de los egresos según los calendarios

de pago.

e) Administrar y controlar los fondos por concepto de Caja chica de la

Municipalidad.

f) Formular los balances y demás informes requeridos de la ejecución

presupuestal.

g) Propiciar información y asesoramiento en asuntos de su

competencia.

h) Apoyar a los Órganos de Gobierno y dirección en el análisis y

evaluación de los resultados de la contabilidad presupuestal o

patrimonial.

i) Administrar y supervisar los fondos, valores e instrumentos

financieros de la Municipalidad Distrital de Corrales.

j) Organiza y optimiza la administración financiera de la

Municipalidad Distrital de Corrales y proporcional la información

contable adecuada y oportuna para la toma de decisiones.

k) Implementa, desarrolla y optimiza constantemente el Sistema de

Control Interno de la Municipalidad Distrital de Corrales

Page 53: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

53

l) Contar con pólizas de seguros con amplia cobertura de riesgos que

resguarden el patrimonio de la municipalidad y sus recursos

humanos.

m) Mantener el equilibrio financiero de la Institución, administrando,

razonablemente y productivamente los fondos no utilizados

presentando programas de planeamiento financiero.

n) Controlar las operaciones de ingreso y egreso, así como la

información referente a la posición financiera y el capital de

trabajo.

o) Participar en la elaboración del Sistema Integrado de Información

en lo que corresponde al ámbito de su competencia.

p) Verificar que los trámites de pago cuenten con la documentación

sustentatoria que corresponda conforme a Ley.

q) Manejar la Información contable y presupuestal a través del

Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF GL

r) Mantener actualizados los libros principales y auxiliares de la

Contabilidad Municipal en materia de Ingresos financieros y

patrimoniales.

s) Realizar las Conciliaciones Bancarias.

t) Verificar las liquidaciones de Impuestos y Aportaciones, como

Retenciones del Impuesto a la Renta, ESSALUD, SUNAT, AFP y

otros.

u) Ejecutar arqueos de caja y valores de acuerdo a las normas técnicas

de control.

v) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la

toma de decisiones con la información que se genera en la unidad.

w) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de

la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente

las indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

Page 54: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

54

x) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Jefe de

la Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos

Humanos del Gerente Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley

Orgánica de Municipalidades.

Artículo 86° En material de Tesorería estará a cargo de un funcionario con cargo de

Jefe de la Unidad de Tesorería y tiene las siguientes funciones:

a) Optimizar la correcta y oportuna administración de los recursos

económicos de la Municipalidad Distrital de Corrales.

b) Llevar el control adecuado de los fondos de la Municipalidad dando

cumplimiento a las normas y disposiciones vigentes

c) Ejecutar las actividades de movimiento de caja, recepción, custodia,

distribución y utilización de fondos.

d) Conducir la ejecución de procesos de pagos.

e) Coordinar la captación de recursos propios y donaciones.

f) Proporcional información y asesoramiento en asunto de su

competencia.

g) Abrir y mantener actualizadas las cuentas bancarias.

h) Aperturar cuentas y subcuentas bancarias a nombre dela

Municipalidad Distrital de Corrales.

i) Llevar el control de las Cuentas Corrientes de la Municipalidad.

j) Llevar el control y custodia de las especies valoradas que le son

asignadas para su venta.

k) Organizar y mantener actualizado el Archivo de la documentación

relacionada con el movimiento de los fondos, como fuente de

información y sustentación.

l) Prever medidas de seguridad para traslado de fondos.

m) Recepcionar los ingresos de fondos por rentas y tributos recaudados

por lo órganos generadores de ingresos.

n) Efectivizar el pago a proveedores por bienes y servicios prestados, así

como el pago de planillas de sueldos y salarios.

Page 55: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

55

o) Coordinar, proponer y realizar una vez aprobadas las gestiones de

endeudamiento; y pagos de las obligaciones financieras.

p) Mantener actualizado el registro, control y custodia de las fianzas,

garantías, pólizas de seguros y otros valores de la Municipalidad

Distrital de Corrales.

q) Expedir constancias de pagos de haberes y descuentos.

r) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la unidad.

s) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

t) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Jefe de la

Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos y

del Gerente Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Artículo 87° En materia de Personal estará a cargo de un funcionario con cargo de

Jefe de la Unidad Recursos Humanos y tiene las siguientes funciones:

a) Organizar, dirigir, supervisar el sistema de Personal en sus procesos

de selección, valuación, remuneraciones, bonificaciones, beneficios,

compensaciones y pensiones, cualquiera fuera la modalidad del

contrato.

b) Supervisar el nombramiento, contrataciones, desplazamientos y ceses

de personal de conformidad con la respectiva delegación de

atribuciones, cualquiera fuera la modalidad del contrato.

c) Promueve y desarrolla un moderno sistema de información

estadística, registro y control que facilite la eficiente administración

del potencial humano.

Page 56: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

56

d) Dirige, coordina y controla las Relaciones Laborales, formulando

estrategias destinadas a la prevención de conflictos laborales,

atendiendo las quejas y reclamos individuales o colectivos.

e) Establece planes y programas de capacitación y desarrollo del

personal, formulando diagnóstico y dictando las políticas y normas

correspondientes.

f) Impulsar y coordinar las acciones para la elaboración de Convenios

de Capacitación con entidades del Estado, Universidades, Institutos

superiores y otros.

g) Programa actividades culturales, educativas, artísticas, recreativas y

deportivas que afiancen la relación y refuercen la identidad del

trabajador de la Municipalidad Distrital de Corrales.

h) Elabora y dirige programas que evalúen los factores psicosociales del

trabajo, a fin de determinar los efectos psicológicos y su reprecisión

en la productividad, satisfacción y clima laboral.

i) Elaborar y dirigir Programas de Salud Ocupacional a fin de prevenir

todo daño derivado del trabajo.

j) Establecer programas de asistencia médica y servicio SOCAL para

contribuir al logro del bienestar del trabajador.

k) Supervisar en material laboral la correcta aplicación de los

dispositivos administrativos y legales.

l) Participar en la elaboración del Sistema Integrado de Información, en

lo que corresponde al ámbito de su competencia.

m) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

Page 57: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

57

n) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Jefe de la

Oficina General de Administración, Finanzas y Recursos Humanos y

del Gerente Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

58

SUBCAPITULO IV

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Artículo 88° La Oficina de Administración Tributaria, es un órgano de apoyo

encargado de conducir los procesos técnicos de administración de los

tributos y otras rentas de la Municipalidad de Corrales.

Artículo 89° La Oficina de Administración Tributaria, estará a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de Oficina, depende del

Gerente Municipal.

Artículo 90° La Oficina de Administración Tributaria, tiene las siguientes funciones:

a) Organizar y conducir la administración de los tributos y otros

ingresos de la Municipalidad Distrital de Corrales.

b) Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar el proceso de

recepción de declaraciones juradas y otros documentos tributarios de

su competencia.

c) Elaborar, proponer y aplicar la política tributaria y de ingresos de la

Municipalidad Distrital de Corrales.

d) Elaborar y actualizar el Texto Único Ordenado de Tasas (TUOT).

e) Resolver asuntos tributarios y administrativos que sean de su

competencia.

f) Brindar orientación tributaria y atender los reclamos de los

contribuyentes, formulando los informes y proponiendo los proyectos

de resolución y de los documentos que pongan fin a la primera

instancia administrativa.

g) Elaborar el plan anual de actividades de la unidad, así como los

informes estadísticos trimestrales de los avances realizados.

h) Formular y proponer normas y procedimientos que corresponden al

ámbito de su competencia.

i) Organizar, dirigir y coordinar el proceso de recepción de las

Declaraciones Juradas y otros documentos tributarios.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

59

j) Controlar el cumplimiento de los dispositivos, proponiendo la

sanción respectiva a los infractores de conformidad con las

disposiciones legales vigentes y coordinando con la Unidad de

Recaudación y control la emisión y notificación de la Resolución de

sanción correspondiente.

k) Coordinar la emisión masiva de las Declaraciones Juradas y

liquidación del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales.

l) Coordinar, organizar, controlar y mantener actualizados los registros

de predios y de contribuyentes, registros de las cuentas corrientes de

los contribuyentes.

m) Controlar y coordinar los aspectos relacionados con la correcta

aplicación de multas, reajustes e intereses a los infractores tributarios

de las ordenanzas, leyes y demás disposiciones tributarias.

n) Coordinar y mantener actualizado el archivo de las declaraciones

juradas.

o) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la unidad.

p) Otras funciones afines que se le asigne.

Artículo 91° Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina de Administración

Tributaria, tiene la estructura siguiente:

- Unidad de Recaudación y Control

- Unidad de Fiscalización Tributaria

- Unidad de Comercialización

- Unidad de Cobranza Coactiva.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

60

SECCION I

UNIDAD DE RECAUDACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACION

Artículo 92° La Unidad de Recaudación, Control y Fiscalización, es el órgano

responsable del proceso de captación de tributos y otras rentas de la

Municipalidad Distrital de Corrales..

Artículo 93° La Unidad de Recaudación, Control y Fiscalización, estará a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de Unidad, designado

por el alcalde, depende del Jefe de la Oficina de Administración

Tributaria.

Artículo 94° La Unidad de Recaudación, Control y Fiscalización, tiene las siguientes

funciones:

a) Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de

la Unidad.

b) Elaborar y proponer el Plan anual de actividades de la Unidad y

presentar el reporte de los avances mensuales de su labor, a la oficina

de Administración Tributaria.

c) Formular y proponer normas y procedimientos que correspondan al

ámbito de su competencia.

d) Proponer programas y/o campañas destinadas a incentivar la

recaudación de los tributos y demás obligaciones a su cargo.

e) Realizar la gestión de la cobranza ordinaria de los tributos

municipales con arreglo al Código Tributario y demás disposiciones

legales pertinentes.

f) Realizar la cobranza de las Multas Administrativas, que pongan a su

cargo las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad.

g) Enviar en forma oportuna a la Unidad de ejecutoría Coactiva los

valores de cobranza, conforme a ley.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

61

h) Llevar el registro y control de los ingresos municipales, por todos los

conceptos, incluyendo los que ordenan las demás unidades

generadoras de ingresos.

i) Evaluar, aprobar y llevar el control de los convenios de

fraccionamiento.

j) Mantener permanentemente informado al Jefe de la Oficina de

Administración Tributaria, sobre los niveles de la deuda que

mantienen los contribuyentes y otros obligados para con la

Municipalidad, así como de la recaudación de los tributos y demás

obligaciones a su cargo.

k) Emitir Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación, de Multa y

de Pérdida de Fraccionamiento.

l) Mantener actualizadas las Cuentas Corrientes de los contribuyentes.

m) Organizar el proceso de quiebra e incineración de valores.

n) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la unidad.

o) Otras funciones afines que se le asigne, en concordancia con las

normas de la materia.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

62

SECCION II

CONTROL DE PESAS Y MEDIDAS

Artículo 95º El Área Control de Pesas y Medidas, es el órgano encargado de verificar

Control de pesas y medidas en los mercados, establecimientos

comerciales y de servicios.

Artículo 96º El Control de Pesas y Medidas, estará a cargo de un funcionario con

categoría de Jefe de Área, designado por el alcalde, depende del Jefe de

la Unidad de Administración Tributaria.

Artículo 97ª El Área de Control de Pesas y Medidas, tiene las siguientes funciones:

1. Controlar pesas y medidas en los mercados, establecimientos comerciales

y de servicios.

2. Velar por el cumplimiento de las leyes, resoluciones y otras disposiciones

sobre especulación, adulteración y acaparamiento, así como sobre

construcciones y otras.

3. Controlar y hace cumplir las disposiciones sobre seguridad, higiene y

otros en los establecimientos comerciales y servicios.

4. Notificar a los infractores por el incumplimiento a las normas

municipales, dando cuenta al Jefe de la Unidad de Administración

Tributaría.

5. Controlar las licencias de construcción de inmuebles en general.

6. Controlar la no ocupación de las vías públicas y veredas, en las zonas

restringidas.

7. Velar por el incumplimiento de las disposiciones que autoriza las

demoliciones.

8. Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones

municipales vigentes.

9. Levantar actas de inspecciones realizadas e informar sobre los resultados.

10. Las demás funciones inherentes al cargo que le asigne el Jefe del Área de

Recaudación y Control, para el mejor desempeño de las funciones.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

63

SECCION III

ÁREA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA

Artículo 98º El Área de Fiscalización, es el órgano encargado de verificar la correcta

aplicación de las normas en los procesos tributarios de la Municipalidad

Distrital Corrales.

Artículo 99º El Área de Fiscalización, estará a cargo de un funcionario de confianza

con categoría de Jefe de Área, designado por el alcalde, depende del

Jefe de la Oficina de Administración Tributaria.

Artículo 100ª El Área de fiscalización, tiene las siguientes funciones:

a) Verificar la realización del hecho generador de la obligación

tributaria.

b) Verificar según corresponda las bases imponibles y cuantías de los

tributos.

c) Mantener actualizados los registros de fiscalización de las

obligaciones.

d) Acotar y liquidar la deuda tributaria según los dispositivos legales y

municipales vigentes.

e) Emitir los valores generados por las deudas tributarias acotadas y

liquidadas.

f) Formular, recomendar y/o aplicar las Resoluciones y Directivas para

una mejor fiscalización municipal.

g) Velar por el cumplimiento de las normas y reglamentos municipales

de sanciones y multas a los infractores tributarios.

h) Elaborar la estadística básica de la información que se genera en la

Unidad, para la toma de decisiones.

i) Otras funciones afines que se le asigne en concordancia con las

normas de la materia.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION IV

UNIDAD DE COMERCIALIZACION

Artículo 101º La Unidad de Comercialización, es un órgano encargado de regular el

comercio formal e informal, controlar las condiciones de calidad y

sanidad de los alimentos y otorgar las licencias y autorizaciones para el

ejercicio de las actividades comerciales dentro del distrito de Corrales.

Artículo 102º La Unidad de Comercialización, estará a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Jefe de Unidad, depende de la Oficina de

Administración Tributaria.

Artículo 103º La Unidad de comercialización, tiene las siguientes funciones:

a) Controlar la aplicación de normas sobre comercialización formal e

informal en el distrito de Corrales.

b) Proponer normas para el comercio de diversos productos, bajo

diferentes modalidades.

c) Otorga licencias y autorizaciones para el comercio de bienes y

servicios.

d) Emitir opinión técnica para las acotaciones y liquidaciones

tributarias.

e) Supervisa el correcto funcionamiento de los locales comerciales.

f) Controlar la sanidad y calidad de los alimentos y sancionar su

cumplimiento.

g) Controlar los pesos y medidas en el expendio de los productos al

consumidor.

h) Administrar los mercados de propiedad municipal y fiscalizar los

mercados particulares.

i) Elaborar la información estadística sistematizada.

j) Otras funciones que se le asigne en materia de su competencia.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

65

SECCION V

UNIDAD DE EJECUCIÓN COACTIVA

Artículo 104º La Unidad de Ejecución Coactiva, es el órgano encargado de ejercer los

actos de coerción, necesarios para el cobro de deudas de las que es

acreedora la administración municipal.

Artículo 105º La Unidad de Ejecución Coactiva, estará a cargo de un funcionario de

carrera con categoría de Ejecutor Coactivo, designado previo concurso

de méritos y que depende del Jefe de la Oficina de Administración

Tributaria.

Artículo 106º El Ejecutor coactivo, tiene las siguientes funciones:

a) dirigir las acciones ejecutivas inherentes a la Administración Pública

orientadas a la cobranza de deudas administrativas, tributarias o

infracciones municipales, así como la ejecución forzada de las

resoluciones administrativas.

b) Coordinar con las dependencias públicas competentes, el apoyo

necesario para el cumplimiento de las acciones coercitivas.

c) Realizar cobranzas coactivas por intermedio de los auxiliares

coactivos designados por la autoridad municipal.

d) Ejecutar y coordinar con las autoridades pertinentes la realización de

acciones coercitivas para el cumplimiento de las Normas

Municipales: Clausura de locales, demoliciones y demás

contempladas por la Legislación Municipal.

e) Mantener actualizado el registro de contribuyentes morosos en

proceso de cobranza coactiva.

f) Planear y controlar permanentemente el desarrollo y cumplimiento

de las acciones coactivas ejecutadas por los auxiliares coactivos.

g) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la unidad.

h) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

66

CAPITULO IX

DE LOS ÓRGANOS DE LINEA

Artículo 107º Los Órganos de Línea son aquellos que ejecutan los servicios locales, las

obras y los proyectos de desarrollo, teniendo como marco general las

competencias señaladas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Artículo 108º Los Órganos de Línea de la Municipalidad Distrital de Corrales son:

- Sub Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural

- Departamento de Obras Públicas o Privadas.

- Sub Gerencia de Servicios Sociales y Comunales

- División de Servicios Sociales y Comunales.

- División de Registro Civil.

- División de Transportes y Seguridad Vial

- División de Defensoría Municipal de la Mujer, el niño y el

adolescente (DEMUNA) y atención al discapacitado.

- División de Participación Ciudadana

- Departamento de Serenazgo y Policía Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

67

SUBCAPITULO I

SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO Y RURAL

Artículo 109º La Sub Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural, es un

órgano de línea encargado de conducir el proceso de desarrollo urbano y

local del distrito de Corrales, en sus aspectos de planeamiento de la

infraestructura urbana, vivienda, control de obras públicas y privadas,

ornato, y adjudicación y expropiación de terrenos.

Artículo 110º La Sub Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural, estará a

cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de la Sub

Gerencia, designado por el Alcalde y que depende del Gerente

Municipal.

Artículo 111º La Sub Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural, tiene las

siguientes funciones:

a) Dirigir las acciones ejecutivas inherentes a la Administración Pública.

b) Elaborar, mantener y actualizar en forma periódica el Plan Urbano

del distrito de Corrales.

c) Normar, autorizar y controlar la ejecución de las obras públicas y

privadas, así como la correcta utilización de las mismas.

d) Realizar la expropiación y adjudicación de terrenos en concordancia

con las leyes vigentes y el Plano Urbano.

e) Realizar, mantener y actualizar en forma permanente el catastro de

las propiedades urbanas.

f) Planear y controlar las operaciones que corresponden al desarrollo

físico y mantenimiento de la infraestructura urbana, ornato y obras de

mejoramiento de los servicios públicos.

g) Regular las actividades relativas a los anuncios y propaganda de

diversa índole buscando que no atenten contra el ornato de la ciudad.

h) Elaborar la información estadística básica sistematizada.

i) Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal, en

concordancia con las leyes de la materia.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

68

SECCION I

DIVISION DE OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS

Artículo 112º La División de Obras Públicas y Privadas, es el órgano responsable de

control, regulación e inversión de la infraestructura pública y del control

y ordenamiento de la construcción privada.

Artículo 113º La División de Obras Públicas y Privadas, estará a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de Departamento,

designado por el Alcalde y que depende del Jefe de la Sub Gerencia de

Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural

Artículo 114º La División de Obras Públicas y Privadas, tiene las siguientes funciones:

a) Programar, organizar, coordinar, ejecutar en su caso y controlar las

actividades de construcción de obras públicas, aplicando el

cumplimiento estricto del Reglamento nacional de Construcciones y

el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado.

b) Proponer o formular según proceda los estudios y proyectos de obras

de la Municipalidad; así como las bases técnicas de licitaciones y

concursos correspondiente.

c) Promover y apoyar técnicamente la construcción de infraestructura

física de apoyo a la comunidad.

d) Ejecutar las acciones de ordenamiento, autorización y control de las

obras de infraestructura y equipamiento de los servicios públicos

locales y de su mantenimiento, remodelación y reparación.

e) Cautelar y conservar los monumentos y patrimonio artístico e

histórico del distrito, difundiendo su valor y asociándolos al

desarrollo económico de la localidad.

f) Llevar el registro y control de las licencias de construcciones de

obras.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

69

g) Conservar y administrar, en su caso los bienes de dominio público

con excepción de lo que corresponda al estado de acuerdo a ley.

h) Reglamentar, otorgar licencia y controlar las construcciones,

remodelaciones y demoliciones de los inmuebles del sector privado

de conformidad con las Normas del Reglamento Nacional de

Construcciones y el Reglamento Provincial respectivos.

i) Otorgar Certificados de Compatibilidad de uso y Certificados de

Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, de conformidad con el

Reglamento Nacional de Construcciones y la Zonificación

establecida en el distrito.

j) Ejecutar las inspecciones técnicas correspondientes para elaborar los

informes necesarios para el otorgamiento de la licencia de

construcción, en coordinación de la comisión Técnica Calificadora de

Proyectos.

k) Revisar y atender las solicitudes de cambio de uso de Inmuebles de

acuerdo a las disposiciones de zonificación.

l) Realizar el control permanente de las edificaciones públicas en

general.

m) Aplicar las sanciones o multas administrativas por infracciones a

normas Municipales.

n) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la Sub Gerencia.

o) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

70

SECCION II

SUB CAPITULO II

SUB GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y COMUNALES

Artículo 115º La Sub Gerencia de Servicios Sociales y Comunales, es un órgano de

línea responsable de la regulación, organización, prestación y

supervisión de servicios a la colectividad relativos a Registro Civil,

salud, Educación, cultura y Deportes, limpieza pública, jardines,

promoción, bienestar social, conservación y medio ambiente.

Artículo 116º La Sub Gerencia de Servicios Sociales y Comunales, estará a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de la Sub Gerencia,

designado por el Alcalde y que depende del Gerente Municipal.

Artículo 117º La Sub Gerencia de Servicios sociales y comunales, tiene las siguientes

funciones:

a) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la regulación y

prestación de servicios sociales básicos para la vida y la salud de la

población.

b) Normas, promover, coordinar, ejecutar y evaluar acciones

recreativas, culturales y deportivas.

c) Llevar el Registro distrital de hechos vitales, tales como nacimientos,

matrimonios y defunciones, conforme a las disposiciones sobre la

materia.

d) Elaborar la información estadística básica sistematizada, para la toma

de decisiones con la información que se genera en la dirección.

e) Otras funciones afines que se le asigne, en concordancia con la leyes

de la materia.

Page 71: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

71

SECCION I

DIVISION DE SERVICIOS SOCIALES Y COMUNALES

Artículo 118º El Departamento de Servicios Sociales y Comunales, estará a cargo de

un funcionario con categoría de Jefe de División, designado por el

Alcalde y que depende del Jefe de la Sub Gerencia de Servicios sociales

y Comunales.

Artículo 119º La División de Servicios Sociales y Comunales, es responsable de

promover, dirigir y ejecutar los servicios de salud, apoyo alimentario,

cultura, recreación, deportes, registros civiles y apoyo al turismo de igual

manera debe planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades

relacionadas con la limpieza pública, el cuidado de parques y jardines

para que presten un buen servicio a la colectividad; asimismo planificar,

organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la ecología

y el control ambiental.

Artículo 120º La División de Servicios Sociales, tiene las siguientes funciones

generales.

a) Promover, coordinar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones de

prevención y atención de la salud, a la población de menores

ingresos.

b) Promover, coordinar, dirigir, ejecutar y evaluar acciones de apoyo

alimentario a favor de la población de menores ingresos, niñez y

discapacitados.

c) Normar, promover, coordinar, ejecutar y evaluar acciones

recreativas, culturales y deportivas, otorgando licencias y estímulos,

y aplicando sanciones.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

72

d) Realizar los registros civiles de nacimiento, matrimonio y

defunciones, para legalizar la situación de los ciudadanos del distrito

de Corrales.

e) Coordinar los programas de acción social con las entidades públicas

y privadas, nacionales e internacionales, en beneficio de la población

desvalida del distrito.

f) Emitir opinión técnica para las acotaciones y liquidaciones tributarias

en materia de su competencia.

g) Controlar y multar a las personas naturales y/o establecimientos

comerciales que infringen las normas vigentes sobre la materia.

h) Realizar acciones de apoyo al turismo.

i) Otras funciones que le asigne la Sub Gerencia de Servicios Sociales y

Comunales.

j) Normar y controlar las actividades relacionadas con la limpieza

pública, mantenimiento y ornato de parques, jardines y áreas verdes.

k) Promover la educación y cultura ambiental, estableciendo

necesidades y recursos para un mejor manejo de las políticas

establecidas.

l) Proponer proyectos y actividades que orienten el mejoramiento del

ambiente y la calidad de vida.

m) Todas las demás funciones que se desprenden del cumplimiento de la

Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, especialmente las

indicadas en el TITULO V “LAS COMPETENCIAS Y

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES”.

Capítulo II “LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

ESPECIFICAS”.

n) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Gerente

de la Gerencia Municipal, acorde a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de

Municipalidades.

Page 73: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

73

Artículo 121º En materia de Registro Civil estará a cargo de un Servidor Público con

Encargatura de Registro Civil y tiene las siguientes funciones:

a) Programar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las

actividades del servicio de registro civil en concordancia con el

Código Civil y normas complementarias.

b) Realizar la inscripción de nacimientos y defunciones expidiendo las

partidas correspondientes.

c) Realizar actos matrimoniales exclusivos, comunitarios, en el interior

o exterior del local municipal o de su jurisdicción, inscribiéndolos y

expidiendo las partidas correspondientes.

d) Expedir certificaciones de soltería, viudez, filiación y otros a

solicitud de los interesados.

e) Realizar la inscripción judicial de partidas de nacimiento,

rectificación de partidas, inscripciones de divorcios y modificaciones

de nombres de conformidad a la normatividad vigente.

f) Sistematizar las operaciones registrarles con métodos y equipos

modernos y dar seguridad y mantenimiento a los registros, ambientes

y documentación.

g) Organizar y mantener la seguridad y custodia integral de los registros

en resguardo de los derechos de las personas y la familia.

h) Establecer y mantener actualizada la información estadística de los

registros y los datos de la población y atender los requerimientos del

Sistema Nacional de Estadística y la RENIEC en los asuntos de su

competencia.

i) Otras funciones afines que se le asigne.

Artículo 122º En materia de Educación, Cultura y Deporte estará a cargo de un

Servidor Público con Encargatura de Educación, Cultura y Deportes y tiene las

siguientes funciones:

Page 74: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

74

a) Promover las actividades artísticas, científicas y culturales en el

distrito y apoyar la constitución de organismos y grupos que la

cultiven y desarrollen.

b) Promover, organizar y apoyar la creación de bibliotecas, museos y

otros centros de exhibición de obras culturales y administrar los de

propiedad municipal.

c) Promover, dirigir, normar, ejecutar y controlar la recreación y el

deporte; así como promover la construcción y el mantenimiento de

campos deportivos, zoológicos, jardines botánicos y parques

recreacionales.

d) Administrar las lozas deportivas del Distrito y dotarlas de su

infraestructura básica.

e) Promover y apoyar la realización de actividades musicales,

teatrales, literarias, científicas y de danzar, enfatizando en aquellas

que refieren nuestro acervo cultural nacional.

f) Asegurar la conservación del patrimonio cultural y los

monumentos arqueológicos del Distrito.

g) Coordinar y promover actividades turísticas para personas dentro y

fuera del distrito.

h) Promover y apoyar la realización de actividades deportivas y de

entretenimiento de la población.

i) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la

toma de decisiones con la información que se genera en la Unidad.

j) Otras funciones afines que se le asigne.

Artículo 123º En materia de Bienestar, Salud y Proyección Social estará a cargo de un

Servidor Público con Encargatura de Bienestar de Salud y Proyección Social y tiene las

siguientes funciones:

a) Formular el Plan Integral de Bienestar, Salud y Proyección Social

para su aprobación, dirección y monitoreo.

Page 75: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

75

b) Normar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar los

procesos y actividades de bienestar, salud y proyección social, con

mayor énfasis en la población de escasos recursos.

c) Realizar programas de educación para la salud, preventivo

promociónales y asistenciales, dirigidos a sectores de mayor riesgo

epidemiológico.

d) Realizar programas y campañas de salud y bienestar dirigidas a la

población más vulnerable.

e) Formular y promover proyectos de fomento empresarial y del

empleo y otros inherentes a sus atribuciones.

f) Ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos que permitan dar

alternativas de solución a las necesidades de la población.

g) Proponer convenios Interinstitucionales.

h) Presentar denuncia ante las autoridades componentes por faltas o

delitos en agravio de los Niños y Adolescentes e intervenir en su

defensa.

i) Coordinar y supervisar el buen funcionamiento del programa del

Vaso de Leche.

j) Promover y proteger los beneficios de las personas con

discapacidad de acuerdo con la normatividad vigente.

k) Desarrollar programas de integración del discapacitado a la

comunidad.

l) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir

situaciones críticas, siempre que no existan procesos judiciales

previos.

m) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Jefe de

la División de Servicios Sociales y comunales.

Page 76: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

76

Artículo 124° En materia de Limpieza Pública, Parques y Jardines, estará a cargo de

un Servidor Público con Encargatura de Limpieza Pública, Parques y

Jardines, y tiene las siguientes funciones generales:

a) Programar, ejecutar, supervisar y coordinar las actividades de

limpieza pública en las fases de recolección, transporte y

disposición final, así como determinar el aprovechamiento

industrial de los mismos.

b) Controlar la ejecución del servicio de barrido de calles y avenidas.

c) Promover la participación del vecindario en apoyo a la limpieza

pública.

d) Proponer normas, programas y controlar el manejo y tratamiento

de las emanadas y contaminantes gaseosos, líquidos, sólidos y

electromagnéticos causados por actividades domésticas industriales

agropecuarias, de servicios y comerciales.

e) Elaborar la información establecida básica sistematizada para la

toma de decisiones con la información que se genera en la división.

f) Administrar y controlar al Personal a su cargo y propiciar su

perfeccionamiento y entrenamiento para el mejor desempeño de

sus funciones.

g) Organizar, dirigir y controlar la conservación, mantenimiento y

renovación de las áreas verdes dentro del distrito.

h) Mantener y regar los jardines y parques públicos, de acuerdo a las

necesidades y prioridades de la comuna.

i) Velar por el ornato de los parques y jardines públicos.

j) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones.

Artículo 125° En materia de Ecología y Control Ambiental, estará a cargo de un

Servidor Público con Encargatura de Ecología y control ambiental, y

tiene las siguientes funciones generales:

Page 77: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

77

a) Programar, ejecutar, supervisar y coordinar las acciones relacionada a

la implementación, mantenimiento y conservación de parques,

jardines y las áreas verdes del distrito de Corrales.

b) Programar, ejecutar, supervisar y coordinar las acciones relacionadas

a la implementación, mantenimiento y conservación del vivero

Municipal.

c) Programar, ejecutar, supervisar y coordinar los programas de

arborización de las áreas verdes.

d) Evaluar los niveles de contaminación urbana detectando las fuentes

de origen, aplicando sanciones y estableciendo las obligaciones para

prevenir y corregir la contaminación.

e) Evaluar la contaminación ambiental en el suelo, atmósfera y agua,

detectando las fuentes y agentes contaminantes y midiendo el

impacto ecológico.

f) Promover la participación de la población en las acciones de

protección ambiental, denuncia a los contaminadores y aplicación de

medidas de descontaminación del medio ambiente.

g) Realizar y promover campañas de educación ambiental.

h) Promover la participación de la comunidad en el mantenimiento y

conservación de los parques jardines y áreas verdes.

i) Promover, organizar, coordinar y ejecutar campañas de saneamiento

ambiental y el control de plagas.

j) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en el Departamento.

k) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

78

DIVISION DE DEFENSORÍA MUNICIPAL DE LA MUJER, EL NIÑO Y DEL

ADOLESCENTE (DEMUNA) Y ATENCIÓN AL DISCAPACITADO

Artículo 126° La División de Defensoría Municipal de la Mujer, el Niño y del

adolescente (DEMUNA) y atención del discapacitado, es el órgano

responsable de la defensa de grupos vulnerables de mujeres, niños y

adolescentes del Distrito de Corrales.

Artículo 127° La División de Defensoría Municipal de la Mujer, el Niño y del

Adolescente (DEMUNA) y atención al discapacitado. Esta a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de Departamento,

designado por el Alcalde y depende del Jefe de la Sub Gerencia de

Servicios Sociales y Comunales.

Artículo 128° La División de Defensoría Municipal de la Mujer, el Niño y del

adolescente (DEMUNA) y atención al Discapacitado, tiene las siguientes

funciones:

a) Programar, organizar, coordinar y controlar la ejecución de

programas de prevención y promoción social en la atención al

binomio madre-niño y el adolescente, en situación de vulnerabilidad

(abandona, violencia, indigencia, pandillaje, prostitución, etc.)

b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados los

derechos del niño y el adolescente para hacer prevalecer el principio

del interés superior del niño.

c) Promover la organización de comités municipales por los derechos

del niño y el adolescente (COMUDENA) para lograr un tratamiento

integral de los casos.

d) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares, propiciando las

conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares,

sobre asuntos de alimentos, regímenes de visitas. Siempre que no

existan procesos judiciales sobre estas materias.

e) Formular proyectos, realizar investigaciones y recomendar acciones a

favor de la mujer, niño y adolescentes del distrito.

Page 79: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

79

f) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos

cometidos en agravio de los niños y adolescentes.

g) Elaborar la estadística básica para la toma de decisiones con la

información que se genera en la División.

h) Promover mecanismos de participación de las Organizaciones en la

gestión municipal.

i) Orientar, informar y educar a las organizaciones sociales de base, en

su proceso de constitución, capacidad de gestión integral, registro y

reconocimiento.

j) Promover y organizar a la población en coordinación con la División

de Defensa Civil para el desarrollo de mecanismos de seguridad.

k) Organizar y desarrollar programas de apoyo y promoción a favor del

adulto mayor con menores recursos.

l) Promover la integración/participación de la población discapacitada

en la comunidad.

m) Proponer y establecer los mecanismos dirigidos a acondicionar la

infraestructura institucional a favor de las personas con discapacidad

que aducen a locales municipales.

n) Difundir, fomentar y apoyar la formulación e implementación de

programas de prevención e integración social de personas con

discapacidad en coordinación con otras Instituciones.

o) Realizar las acciones para proporcional a las personas con

discapacidad capacitación para el trabajo, empleo e ingresos.

p) Elaborar la estadística básica para la toma de decisiones, con la

información que genera la División.

q) Otras afines que se le asigne.

Page 80: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

80

DIVISION DE TRANSPORTES Y SEGURIDAD VIAL

Artículo 129º La División de Transportes y seguridad Vial, es el órgano encargado de

supervisar y regular el transporte de pasajeros y tránsito del distrito de

Corrales.

Artículo 130º El Departamento de Transportes y Seguridad Vial, estará a cargo de un

funcionario de confianza con categoría de Jefe de Departamento,

designado por el Alcalde y que depende del jefe de la Sub Gerencia de

Servicios Sociales y Comunales.

Artículo 131º La División de Transportes y Seguridad Vial, tiene las siguientes

funciones:

a) Dirigir, ejecutar y controlar las acciones de fiscalización al servicio

de transporte masivo de pasajeros en coordinación con la

Municipalidad Provincial de Tumbes.

b) Controlar y supervisar los servicios de transporte escolar privado,

mudanzas, etc. formulando los reglamentos pertinentes.

c) Organizar, evaluar, otorgar el sistema de otorgamiento de

autorización de concesiones, ampliaciones y/o modificaciones de ruta

de vehículos menores.

d) Evaluar y autorizar las licencias, permisos para el caso de vehículos

menores no motorizados (bicicletas, triciclos, carretillas y análogos)

e) Estudiar, analizar y controlar el incremento de unidades de mayores

en el ámbito del Distrito en conformidad con la capacidad de la vía.

f) Formular, coordinar y ejecutar proyectos para perfeccionar los

circuitos de recorridos y terminales de transporte urbano de

pasajeros.

g) Elaborar y actualizar permanentemente la estadística del Parque

Automotor de Vehículos Menores que circulan en el radio urbano.

h) Participación en la formulación del Plan Urbano.

Page 81: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES 2007

Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

81

i) Evaluar a los vehículos que prestan servicio público de transporte de

pasajeros, a fin de que reúnan los requisitos mínimos necesarios de

transitabilidad.

j) Elaborar, mejorar y ejecutar planes de señalización de las vías de

circulación vehicular y peatonal.

k) Organizar, ejecutar y evaluar eventos sobre educación vial para

conductores, así como para la población en general.

l) Establecer medidas de seguridad vial y controlar su cumplimiento

por transportistas y peatones en coordinación con la Municipalidad

Provincial de Tumbes, en lo que corresponda.

m) Inspeccionar e informar sobre el estado de vías en el ámbito distrital

velando por un adecuado y óptimo uso.

n) Velar por el cumplimiento de las normas de Control de Pesas y

Medidas de vehículos de transporte que transitan por la red vial del

Distrito.

o) Coordinar permanentemente con los Organismos Públicos

involucrados en el sistema vial para el efectivo cumplimiento de sus

funciones.

p) Proponer y ejecutar las políticas de educación vial de transporte

urbano.

q) Organizar y proponer a la Municipalidad provincial de Tumbes, el

sistema de semaforización y señalización de vías de seguridad y

circulación.

r) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma

de decisiones con la información que se genera en la división.

s) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

82

SUBCAPITULO III

SUB GERENCIA DE SEGURIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Artículo 132° La Sub Gerencia de Seguridad y Participación Ciudadana, es el órgano

responsable de impulsar la democratización de la gestión a través de la

participación de la población organizada en el gobierno.

Artículo 133° La Sub Gerencia de Seguridad y Participación Ciudadana, estará a cargo

de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de la Sub Gerencia,

designado por el Alcalde y que depende del Gerente Municipal.

Artículo 134° La Sub Gerencia de Seguridad y Participación Ciudadana, tiene las

siguientes funciones:

a) Proponer, coordinar y ejecutar la política de participación vecinal.

b) Promover la constitución de organizaciones vecinales y comités

comunales de desarrollo y otorgarles su reconocimiento, conforme a

ley.

c) Establecer los mecanismos y proponer las normas dirigidas al

funcionamiento efectivo de las juntas de vecinos, identificando

líderes y vecinos caracterizados para representar a los barrios,

manzanas o pobladores.

d) Formular proyectos participativos y canalizar las iniciativas de

organización de los vecinos.

e) Promover la integración y participación de la población discapacitada

en la comunidad.

f) Conducir las acciones para acondicionar la infraestructura

institucional a favor de las personas con discapacidad.

g) Promover y organizar acciones de capacitación específica para el

trabajo, para personas con discapacidad.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

83

h) Brindar apoyo en la solución de problemas de vulnerabilidad

adolescentes que se presenten el ámbito del Distrito de Corrales,

Formular estudios y recomendar acciones sobre estrategias de

intervención a favor de la mujer, niño y adolescente, así como a las

personas de la tercera edad.

i) Elaborar normas y directivas relacionadas a las actividades de

bienestar social de la mujer, niño, adolescente y personas de la

tercera edad.

j) Apoyar la prevención y mitigación de los efectos de los desastres y

siniestros en la vida, salud y bienes de la población del distrito de

Corrales.

k) Elaborar la estadística básica para la toma de decisiones, con la

información que genera el departamento.

l) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

84

SUBCAPITULO IV

DIVISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA

Artículo 135° La División de Seguridad Ciudadana, en el Órgano de Línea responsable

de realizar las acciones policiales para controlar la correcta aplicación de

las disposiciones municipales, proteger a la ciudadanía y los bienes

públicos y organiza a la población para su autodefensa en casos de

emergencia dentro del distrito de Corrales.

Artículo 136° La División de Seguridad Ciudadana, estará a cargo de un funcionario de

confianza con categoría de Jefe de División, designado por el Alcalde y

que depende del Gerente Municipal.

Artículo 137° La División de Seguridad Ciudadana, para el cumplimiento de sus

funciones cuenta con dos Departamentos:

a) Departamento de Serenazgo Municipal.

b) Departamento de la Policía Municipal.

Artículo 138° La División de Seguridad Ciudadana, cumple las siguientes funciones

generales:

a) Controlar el respeto y la correcta aplicación de las normas vigentes,

en salvaguarda de los intereses del distrito de Corrales.

b) Apoyar a los miembros de la Policía Nacional en defensa de la

integridad física y moral de la población y sus bienes patrimoniales.

c) Apoyar las acciones de Defensa Civil, en prevención y atención a

desastres de cualquier naturaleza.

d) Apoyar las acciones legales de la Municipalidad de Distrital de

Corrales, con el apoyo de la división de Serenazgo Municipal y la

Policía Municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

85

e) Realizar las acciones de control por encargo de los Órganos de Línea

de la Municipalidad Distrital de Corrales.

f) Supervisar los bienes inmuebles públicos y privados en el ámbito del

distrito de Corrales.

g) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales.

h) Elaborar la información estadística sistematizada.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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SECCION I

DEPARTAMENTO DE SERENAZGO Y POLICIA MUNICIPAL

Artículo 139° El Departamento de Serenazgo y Policía Municipal, es le órgano

responsable de las acciones policiales para controlar la correcta

aplicación de las disposiciones municipales, proteger a la ciudadanía y

los bienes públicos, organizando a la población para su autodefensa en

casos de emergencia dentro de la jurisdicción. Asimismo debe verificar

el cumplimiento de las disposiciones municipales en el Distrito.

Artículo 140° El Departamento de Serenazgo Municipal y Policía, estará a cargo de un

servidor público con categoría de Jefe de Departamento, designado por el

Alcalde y que depende del Jefe de la Sub Gerencia de Seguridad y

participación Ciudadana.

Artículo 141° El Departamento de Serenazgo Municipal y Policía, cumple las

siguientes funciones:

a) Elaborar y proponer el Plan de Seguridad Ciudadana en el ámbito del

distrito de Corrales.

b) Organizar, coordinar, controlar y ejecutar las acciones preventivas de

seguridad.

c) Evaluar periódicamente, (cada tres meses) el desempeño del servicio,

para tomar los correctivos pertinentes.

d) Establecer el funcionamiento del Centro de Control de Operaciones,

para un contacto continuo con los vecinos a fin de prestarles el

auxilio y protección en salvaguarda de su vida e integridad física.

e) Verificar los términos de concesión, reglamentos y demás

disposiciones, dictadas por la división de Transporte y Seguridad

Vial, en el ámbito de la jurisdicción del distrito de Corrales.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

87

f) Establecer coordinación permanente con la Fiscalía de Prevención

del Delito, y el apoyo de la Policía Nacional del Perú, para la

ejecución de operativos inopinados.

g) Coordinar con la DEANDRO PNP, para la ejecución de operativos

destinados a la erradicación de micro comercializadores de drogas.

h) Coordinar con los integrantes de la Policía Municipal, a fin de

garantizar el cumplimiento de las disposiciones municipales.

i) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del

cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas por el Director

de Seguridad Ciudadana.

j) Vigilar el cumplimiento de las normar municipales en las tareas de

regulación y control.

k) Asumir una actitud positiva, dialogando y persuasiva con los

usuarios y contribuyentes del distrito, convirtiéndose en facilitador

para la atención de sus gestiones.

l) Realizar acciones de defensa del consumidor en coordinación con

organismos como INDECOPI, ASPEC, OSINERG, Defensoría del

Pueblo y otros.

m) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y en general los actos de

gobierno dictados por la Municipalidad.

n) Coordinar con la Policía Nacional del Perú (PNP) el apoyo para el

cumplimiento de las disposiciones municipales.

o) Emitir las Notificaciones Preventivas y Papeletas de Multa por

incumplimiento de las normas municipales.

p) Controlar y reordenar permanentemente el Comercio Ambulatorio.

q) Elaborar la estadística básica para la toma de decisiones con la

información que se genera en la División.

r) Otras funciones afines que se le asigne.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

88

CAPITULO IX

DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS

Artículo 142° La Municipalidad Distrital de Corrales, contará con Órganos

Desconcentrados que le permita atender eficaz y oportunamente los

requerimientos de los servicios básicos en los lugares más alejados de su

sede que pertenecen a su jurisdicción.

Artículo 143° Para alcanzar su objetivo y logros La Municipalidad Distrital de

Corrales, contará con los siguientes Órganos Descentralizados.

Las Agencias Municipales.

Municipalidades de Centros Poblados.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

89

SECCION I

AGENCIAS MUNICIPALES

Artículo 144° La Municipalidad Distrital de Corrales, contará con el funcionamiento de

Agencias Municipales que son Órganos de Línea Desconcentrado,

responsable de la atención de los servicios en áreas territoriales

definidas. Las Agencias Municipales se establecen por Resolución de

alcaldía, y en ella se especifica su ámbito, funciones y Facultades

delegadas.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

90

SECCION II

MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS

Artículo 145° Las Municipalidades de Centros Poblados, es creado por Ordenanza de la

Municipal Provincial; determinándoseles su delimitación territorial, el

régimen de organización interior, las funciones que se le delegan, los

recursos que se le asignan y sus atribuciones administrativas, económicas

y tributarias.

Artículo 146° Para la creación de Municipalidades de Centros Poblados, se requiere de

la aprobación mayoritaria de los regidores que integran el concejo

provincial correspondiente y comprobación previa de los siguientes

requisitos:

a) Solicitud de un comité de gestión suscrita por un mínimo de mil

habitantes mayores de edad domiciliados en dicho centro poblado y

registrado debidamente y acreditar dos delegados.

b) Que en centro poblado no se halle dentro del área urbana del distrito

al cual pertenece.

c) Que exista comprobada necesidad de servicios locales en el centro

poblado y su eventual sostenimiento.

d) Que exista opinión favorable del concejo municipal Distrital,

sustentada en informes de las gerencias de planificación y

presupuesto, de desarrollo urbano y de asesoría jurídica, o sus

equivalentes, de la municipalidad Distrital respectiva.

e) Que la ordenanza municipal de creación quede consentida y

ejecutoriada.

Es nula la ordenanza de creación que no cumple con los requisitos antes

señaladas, bajo responsabilidad exclusiva del Alcalde provincial.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

91

Artículo 147° Los concejos municipales de los centros poblados, está integrado por un

alcalde y cinco regidores; siendo elegidos por un período de cuatro años,

contados a partir de su creación.

El Alcalde y los regidores de las municipalidades de centros poblados

son proclamados por el Alcalde provincial, ratificado el resultado de las

elecciones convocadas para tal fin, el procedimiento de su elección se

regula por la ley de la materia; las municipalidades provinciales y

distritales de centros poblados de su jurisdicción, están obligados a

entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, el

proporción a su población y los servicios públicos delegados un

porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno. La

entrega o transferencia de recursos se efectuará en forma mensual, bajo

responsabilidad del Alcalde y del gerente municipal correspondiente.

Las Municipalidades Provinciales y Distritales pueden incrementar las

transferencias de recursos a las municipalidades de centros poblados,

previo acuerdo de sus concejos municipales. La utilización de los

recursos transferidos es de responsabilidad de los alcaldes y regidores de

los centros poblados; no se pueden dictar ordenanzas de creación en el

último año del período de gestión municipal.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

92

TITULO TERCERO

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 148° La Municipalidad Distrital de Corrales, se relaciona con la

Municipalidad Provincial de Tumbes y con las Municipalidades

Distritales, a través de la Asamblea Distrital de Municipalidades de la

Región Tumbes para la mejor ejecución de las funciones, desarrollo de

los planes y cumplimiento de sus fines amparados por Ley N° 27972

Orgánica de Municipalidades, en especial atención con las

Municipalidades limítrofes.

La Municipalidad Distrital de Corrales, mantiene relaciones con otras

municipalidades del Perú a través del AMPE; así como con el gobierno

Regional de Tumbes y con otras entidades públicas y privadas,

nacionales y extranjeras a fin de coordinar acciones de interés municipal.

Artículo 149° El Alcalde de la Municipalidad de Corrales, es la responsable de dirigir y

conducir las relaciones institucionales con los diferentes organismos de

la Administración Pública, con la atribución de delegar en Regidores o

Funcionarios de la Municipalidad, las representaciones que estime

convenientes de acuerdo a la ley y a la política institucional.

Artículo 150° Los Funcionarios y demás trabajadores de la Municipalidad Distrital de

Corrales, coordinar acciones entre el personal de su mismo nivel y en

niveles distintos por expresa disposición del superior.

Artículo 151° Los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Corrales, coordinan

acciones en el ámbito de su competencia y por necesidad de servicio, con

funcionarios de instituciones públicas o privadas según corresponda.

Artículo 152° Corresponde a los Jefes de Unidades o directores, representar al Gerente

Municipal o al Alcalde en cualquier tipo de comunicación exterior previa

coordinación con la Gerencia Municipal, y siempre y cuando se

desprenda de sus funciones.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

93

TITULO CUARTO

DEL REGIMEN LABORAL

Artículo 153° Los Funcionarios, empleados y obreros de la Municipalidad Distrital de

Corrales son servidores públicos sujetos exclusivamente al régimen

laboral de la actividad pública y tienen los mismos deberes y derechos

dispuestos por el Gobierno Central.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

94

TITULO QUINTO

DEL REGIMEN ECONOMICO

Artículo 154° La Municipalidad Distrital de Corrales cuenta con los recursos

económicos que se obtienen de las siguientes fuentes:

a) Impuestos transferidos por el estado.

b) Ingresos por concepto de Canon y Sobre Canon

c) Ingreso por Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN)

d) Legados y donaciones que se haga a su favor.

e) Recursos Directamente Recaudados (RDR)

f) Empréstitos Internos y Externos con arreglo a la Ley.

g) Multas por Infracciones de las disposiciones municipales emitidas

por la Municipalidad Distrital de Corrales.

h) Rendimiento de los bienes de propiedad municipal.

i) Ingresos consignados en el Decreto Legislativo 776 y sus

ampliaciones.

j) Transferencias del gobierno Central para Programas Específicos.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

95

TITULO SEXTO

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 155°

PRIMERA: La Municipalidad Distrital de Corrales, se normará específicamente a

través del Manual de Organización y Funciones, el mismo que será

aprobado por Resolución de alcaldía en un plazo máximo de 30 días

hábiles a partir de la fecha de la aprobación y de acuerdo a lo dispuesto

en el presente Reglamento.

SEGUNDA: La estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Corrales, se

establece en el presente Reglamento, comprendiendo diversos Órganos

cuyas denominaciones se encuentran en el Organigrama de la

Municipalidad Distrital de Corrales.

TERCERA: La previsión de los cargos dispuestos en el presente Reglamento, para

cumplir las funciones se establecerán en el cuadro Analítico de Personal,

en armonía con los dispositivos legales vigentes, sin perjuicio de la

Implementación de la organización dispuesta en el presente Reglamento.

CUARTA: Los cargos de confianza se declaran y se cubren por Resolución de

Alcaldía de acuerdo a lo dispuesto por los dispositivos legales vigentes.

QUINTA: Es responsabilidad de todos los Órganos el cumplimiento del presente

Reglamento.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

96

TITULO SÉPTIMO

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Artículo 156°

PRIMERA: Quedan derogadas las disposiciones municipales que se opongan a lo

dispuesto en el presente Reglamento.

SEGUNDA: El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su

publicación.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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ORDENANZA MUNICIPAL N° -2007/MDC

San Pedro de los Incas, febrero 19 de 2007.

LA ALCALDESADE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES

CONSIDERANDO:

Que, la vigésima disposición complementaria de la Ley N° 27972 faculta a las

Municipalidades Provinciales y Distritales a declararse en Reorganización

Administrativa o financiara con la finalidad de hacer las reformas, cambios y

adecuaciones conforme a la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el Concejo Distrital de Corrales, se declaró en Emergencia Administrativa por

noventa días, habiéndose dispuesto la Reorganización administrativa y reestructuración

Orgánica que permita la actualización de los Documentos de Gestión Administrativa,

tomando como base la Estructura Orgánica contemplada en el Art. 28 de la mencionada

Ley.

Que, la Comisión de Reorganización y Reestructuración ha cumplido con presentar los

proyectos de la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y funciones (ROF) y

Cuadro de Asignación de Personal (CAP) los mismos que deben ser aprobados

mediante Ordenanza Municipal.

Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, por

mayoría se aprobó la siguiente Ordenanza:

Artículo Primero.- APROBAR, la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de

Corrales, de acuerdo al diseño de Organización presentado por la Comisión de

Reorganización y Reestructuración el mismo que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de

la Municipalidad Distrital de Corrales, el cual consta de ocho títulos, trece capítulos,

ciento cincuenta artículos, cinco Disposiciones Complementarias y dos Disposiciones

Finales.

Artículo Tercero.- APROBAR, el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la

Municipalidad Distrital de Corrales el mismo que consta de 158 cargos distribuidos en

las diferentes Unidades Operativas de la Estructura Orgánica aprobada mediante el

artículo primero.

Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al despacho de Alcaldía para que apruebe el Cuadro

Normativo de Personal, Presupuesto Analítico de Personal y el Manual de Organización

y Funciones, en función a los documentos de Gestión Administrativa aprobados a través

de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Municipal en el diario Oficial

“El Peruano”.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

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Reglamento de Organización y Funciones Municipalidad Distrital de Corrales

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES

ESTRUCTURA ORGANICA

CONCEJO MUNICIPAL COMISION DE REGIDORES

ALCALDÍA

COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL

CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL

DISTRITAL

CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD

JUNTA DE DELEGADOS VECINALES

COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD

CIUDADANA

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL VASO

DE LECHE PROCURADURÍA PÚBLICA

MUNICIPAL

ORGANO DE CONTROL

INSTITUCIONAL

GERENCIA

MUNICIPAL COMITÉ DE COORDINACIÓN

INSTITUCIONAL

OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

OFICINA DE PLANEAMIENTO Y

PRESUPUESTO

SUB GERENCIA DE

INFRAESTRUCTURA Y

DESARROLLO URBANO Y

RURAL

SUB GERENCIA DE

SERVICIOS SOCIALES Y

COMUNALES

SUB GERENCIA DE

SEGURIDAD Y

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

DIVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

Y PRIVADAS

DIVISIÓN DE SERVICIOS

SOCIALES Y COMUNALES

AGENCIAS MUNICIPALES MUNICIPALIDAD DE CENTROS

POBLADOS

OFICINA DE INFORMATICA

DIVISIÓN DE TRASPORTE Y SEGURIDAD VIAL

DIVISIÓN DE REGISTRO

CIVILES

DIVISIÓN SERENAZGO Y

POLICIA MUNICIPAL

SECRETARÍA GENERAL OFICINA DE IMAGEN

INSTITUCIONAL

OFICINA GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN,

FINANZAS Y RR HH

OFICINA DE

ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA

UNIDAD DE

RECAUDACIÓN, CONTROL

Y FISCALIZACION

UNIDAD DE

COMERCIALIZACION

UNIDAD DE COBRANZA

COACTIVA

UNIDAD DE

CONTABILIDAD

UNIDAD DE TESORERÍA

UNIDAD DE RR HH.

UNIDDA DE LOGÍSTICA

DIVISIÓN DE DEMUNA

OFICINA DE PRE INVERSION

OFICINA DE COOPERACION TECNICA