reglamento de la facultad de derecho de la uaem morelos

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO MORELOS FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO INTERNO 1

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Remarco Morelos para que no haya confucion con La UAEM del estado de Mexico.

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Page 1: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

UNIVERSIDAD AUTÓNOMADEL ESTADO MORELOS

FACULTAD DE DERECHOY CIENCIAS SOCIALES

REGLAMENTO INTERNO

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Page 2: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

CAPÍTULO I…………………………………………………………. 6NATURALEZA Y OBJETIVOS DE LA FACULTAD; MISIÓN Y VISIÓN

CAPÍTULO II………………………………………………………… 8DE LA INTEGRACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO DE LAFACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DELESTADO DE MORELOS

CAPÍTULO III……………………………………………………….. 12ESTRUCTURA CURRICULAR

CAPÍTULO IV…………………………………………………….….. 16DE LOS NIVELES Y CURSOS

CAPÍTULO V………………………………………………….………17DE LAS ACTIVIDADES DOCENTES

CAPÍTULO VI………………………………………………………… 19DEL DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO

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CAPÍTULO VII………………………………………………………. 22DEL H. CONSEJO TÉCNICO

CAPÍTULO VIII……………………………………………………… 23DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

CAPÍTULO IX………………………………………………………... 25DEL PERSONAL DOCENTE

CAPÍTULO X…………………………………………………………. 31DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO XI………………………………………………………....32DE LOS ALUMNOS

CAPÍTULO XII………………………………………………………..39DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO XIII………………………………………………………41DE LAS INSCRIPCIONES Y REINSCRIPCIONES

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CAPÍTULO XIV…..………………………………………………….. 42DE LAS ASIGNACIONES DE MATERIAS

CAPÍTULO XV……………………………………………………...... 42D E L A S B A J A S

CAPÍTULO XVI…………………………………………………….... 45SISTEMA DE EVALUACIÓN

CAPÍTULO XVII…………………………………………………...… 46S E R V I C I O S O C I A L

CAPÍTULO XVIII……………………………………………………. 46REGLAMENTOS PARCIALES

CAPÍTULO XIX…………………………………………………..….. 52DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

CAPITULO XX………………………………………………………. 53DE LOS PROFESORES INVESTIGADORES DETIEMPO COMPLETO.

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CAPITULO XXI………………………………………………………61DE LA PROTECCION CIVIL

TRANSITORIOS……………………………………….. 65

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CAPÍTULO INATURALEZA Y OBJETIVOS DE LA FACULTAD;

MISIÓN Y VISIÓN

ARTÍCULO 1.- La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, depende de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, esta integrada por una Licenciatura en Derecho y una División de Estudios de Postgrado.

Teniendo como Misión y Visión:

M I S I Ó N:

La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, tiene como misión formar personas comprometidas con el desarrollo de su comunidad, para mejorarla en lo jurídico, social, económico y político, que sean competitivos a nivel nacional e internacional con alto rendimiento académico en la investigación y extensión relevantes para el desarrollo sustentable del Estado de Morelos y del país, en una mejora constante en la enseñanza del derecho con humanismo jurídico.

V I S I Ó N:

Ser una Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, competitiva con altos niveles de desarrollo educativo, con proyección internacional, abarcando los campos de

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las ciencias sociales para mejor oferta académica, elevando la calidad del proceso aprendizaje-enseñanza y fortalecer el compromiso social de los Licenciados en Derecho con los valores fundamentales del ser humano, estableciendo un rumbo claro a seguir para su logro, concentrando los recursos disponibles con mayor eficacia, alinear los esfuerzos de toda la comunidad de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de manera más efectiva y eficiente.

ARTICULO 2.- La Facultad de Derecho y

Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, es la Unidad Académica que se encarga de impartir la Educación Superior para preparar Profesionales del Derecho, en el Estado de Morelos, se integra por una Licenciatura y una división de Estudios de Posgrado y persigue los siguientes objetivos generales.

A. Formar un profesional dentro de la disciplina del derecho, con capacidad de resolver la demanda social de asuntos relacionados con las normas jurídicas, a partir de una concepción clara de la problemática social actual, y en acopio de una tecnología tangible.

B. Formar un Profesional del Derecho con habilidad de lenguaje para desarrollar una praxis creativa en bien de la sociedad.

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C. Generar un profesional capaz de configurar la praxis y la teoría en los entornos donde se desenvuelva profesionalmente.

D. Obtener un profesional capaz de asumir el estudio, la investigación y análisis de proyectos jurídicos.

E. Lograr un profesional con los conocimientos que le permitan dirigir, así como administrar los procesos y acciones que se le encomienden a través de los sistemas electrónicos actuales.

F. Formar un Profesional, con dominio general de la computación.

CAPÍTULO IIDE LA INTEGRACION Y ORGANIZACIÓN DEL

GOBIERNODE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS

SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO MORELOS.

ARTÍCULO 3.- La Facultad de Derecho y

Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de

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Morelos, esta integrada por el Personal Académico, Personal Administrativo y Alumnos.

ARTÍCULO 4.- La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales depende de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y se rige en lo general por la Ley Orgánica, Estatutos Generales, los Contratos Colectivos de Trabajo y Reglamentos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, y en lo particular por este Reglamento Interno.

ARTÍCULO 5.- El Gobierno Interno de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, estará a cargo del Director, designado en los términos de la Ley Orgánica y será responsable de su buen funcionamiento ante el Rector y el Honorable Consejo Universitario.

ARTÍCULO 6.- La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, esta organizada en su régimen interno por una Dirección, un Consejo Técnico, un Secretario Administrativo, un Secretario Académico, los Coordinadores de Área y un Jefe de Investigación y Posgrado.

ARTÍCULO 7.- El Honorable Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, se designará en los términos previstos en la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, siendo este el máximo órgano colegiado y se reconoce como máxima

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autoridad de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ante los procesos académicos.

ARTÍCULO 8.- La designación de los profesores y alumnos consejeros se hará en Asambleas Generales de los mismos, convocadas y presididas por el Director y durarán en su cargo dos años y un año respectivamente.

ARTÍCULO 9.- Las Asambleas de Maestros, serán legales con la asistencia de la mitad mas uno del total de los miembros y sus acuerdos válidos cuando se aprueben por mayoría del quórum legal, a falta de quórum, el Director, en la misma asamblea convocará a segunda reunión extraordinaria que se efectuará a las veinticuatro horas siguientes, debiendo citar a los ausentes por los medios idóneos a su alcance como órgano de consulta y colegiado y, se reunirá cuando menos una vez por semestre.

ARTÍCULO 10.- Las Asambleas de Alumnos serán legales con la asistencia de la mitad mas uno del total de los miembros y sus acuerdos serán válidos cuando se aprueben por mayoría del quórum legal, a falta de quórum el Director, en la misma Asamblea convocará a segunda reunión extraordinaria que se efectuara a las veinticuatro horas siguientes, debiendo citar a los ausentes por los medios idóneos a su alcance.

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ARTÍCULO 11.- La Asamblea Extraordinaria será valida con los miembros que asistan y sus acuerdos también serán aprobados por mayoría.

ARTÍCULO 12.- El alumnado de la Facultad estará integrado por el número de alumnos oficialmente inscritos con número de matrícula ante la Dirección de Servicios Escolares de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos

ARTÍCULO 13.- El Personal Administrativo estará integrado por un Secretario Administrativo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, por Oficiales Administrativos, Personal Secretarial, Responsables de las Áreas de Computo, Biblioteca y de Conserjería quienes cubrirán las necesidades de servicio, al alumnado y profesorado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

ARTÍCULO 14.- El Personal Académico, estará integrado por la Planta del Personal Docente, Coordinadores de Área, de Jefe de Investigación y Posgrado, Profesores Investigadores de tiempo completo y los Coordinadores de Apoyo.

La Unidad Académica de Posgrado está integrada por un Jefe de Investigación, y un Coordinador

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Académico-Administrativo, sus actividades se regirán por su reglamento interno.

CAPÍTULO IIIESTRUCTURA CURRICULAR

ARTICULO 15.- Perfil de Ingreso.- Para ingresar a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales se requiere dos características que se consideran importantes: en el aspecto administrativo: haber cursado y aprobado oficialmente los estudios de bachillerato, o equivalente y en el aspecto académico deberá cubrir adecuadamente las áreas de razonamiento verbal y escrito.

ARTÍCULO 16.- Requisitos de admisión:

A. El aspirante deberá participar en los exámenes de admisión correspondientes (CENEVAL), cubriendo los requisitos establecidos en la convocatoria.

B. Los aspirantes que aprueben los exámenes de admisión, serán seleccionados para realizar el curso propedéutico que se imparte.

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ARTÍCULO 17.- Las becas que concede la Universidad a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, consisten en la exención total o parcial del pago de la colegiatura a los alumnos. El período para la recepción de becas de colegiaturas quedará sujeto al calendario de inscripciones que fije la Dirección de Servicios Escolares para la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

ARTÍCULO 18.- Las becas se otorgaran con relación a las siguientes categorías:

A. .Por aprovechamiento en los estudios:1. Exención parcial del cincuenta por ciento en el

pago de colegiatura a los alumnos regulares que obtengan un promedio de 8.0 a 8.5, en el ciclo de estudios anteriores al que va ha inscribirse.

2. Exención parcial del setenta y cinco por ciento en el pago de colegiaturas a los alumnos regulares que obtengan un promedio de calificaciones de 8.6 a 9.0, en el ciclo anterior al que se va a inscribir.

3. Exención total de pago de las colegiaturas a los alumnos regulares que obtengan promedio de calificaciones superiores al 9.0, en el ciclo de estudios anterior al que se va ha inscribir.

B. Por destacar en actividades deportivas:

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Las becas de colegiatura que se otorguen por destacar en actividades deportivas, consistirán en la exención total del pago de las mismas y se requiere un promedio mínimo de calificaciones de 7.5, certificado por la Dirección de Servicios Escolares, además deberá de presentar constancia expedida por la Secretaría de Extensión Universitaria con la que se acredita que el alumno forma parte de un equipo representativo de la Institución, en alguna rama del deporte.

C. Por destacar en actividades culturales:

Las becas de colegiatura que se otorguen por destacar en actividades culturales, consistirán en la exención total del pago de las mismas y se requiere un promedio mínimo de calificaciones de 7.5, certificado por la Dirección de Servicios Escolares, además deberá de presentar constancia expedida por la Secretaría de Extensión Universitaria con la que se acredita que el alumno forma parte de un equipo representativo de la Institución, en alguna rama de actividades artísticas o culturales.

D. Por contrato colectivo:

Las becas de colegiatura por Contrato Colectivo de Trabajo, se concederán en la forma y términos establecidos en los respectivos ordenamientos laborales.

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E. Por incapacidad económica:

Las becas de colegiatura por incapacidad económica se otorgarán en la forma y términos que a continuación se indican:

1. Exención parcial del cincuenta por ciento en el pago de la colegiatura a los alumnos regulares que demuestren con la constancia respectiva, que sus padres, tutores o ellos mismos reciban hasta el doble del salario mínimo general vigente señalado para el Estado de Morelos.

2. Exención total del pago de la colegiatura a los alumnos regulares que demuestren con la constancia respectiva que sus padres, tutores o ellos mismos perciben el salario mínimo general vigente señalado para el Estado de Morelos.

ARTÍCULO 19.- De los medio de titulación: que

establece el artículo 3º. Del Reglamento de Titulación Profesional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

I. Tesis y Examen Profesional,II. Examen General de Egreso de la Licenciatura,

III. Examen de Conocimientos Generales,

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IV. Memoria de Trabajo y Examen Profesional,V. Titulación automática por promedio,

VI. Trabajo de Desarrollo Profesional por Etapas y Examen Profesional,

VII. Estancias de Investigación y Examen Profesional,

VIII. Certificación de Productividad Académica,IX. Diplomado para la Capacitación y Actualización

Profesional X. Titulación Automática por conclusión de

Estudios de Posgrado

CAPÍTULO IV.DE LOS NIVELES Y CURSOS.

ARTÍCULO 20.- Se denomina niveles a las diferentes etapas profesionales para obtener un grado académico o posgrado.

A. Licenciatura,B. Maestría yC. Doctorado.

Se denomina cursos especiales a los cursos independientes, agrupaciones de asignatura para lograr un conocimiento, diplomado o especialidad, estos son:

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A. Curso de especialización o diplomado, B. Cursos de actualización,C. Curso propedéutico y D. Cursos normales.

ARTÍCULO 21.- Los ciclos de estudios son la distribución de asignaturas y talleres para la carrera en:

A. Ciclo básico,B. Ciclo medio yC. Ciclo superior.

CAPÍTULO VDE LAS ACTIVIDADES DOCENTES

ARTÍCULO 22.- El horario de clases normalmente será de 7.00 a 12.00, distribuidas de lunes a viernes, según la carga del semestre, de manera fija y permanente para el turno matutino y de 4.00 p.m. a 9.00 p.m. para el turno vespertino.

ARTÍCULO 23.- La duración por semestre será de 15 semanas como mínimo.

ARTÍCULO 24.- El horario de clases normalmente del Posgrado será por semestre de:

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JUEVES Y VIERNES: De las 17.00 a 21.00 hrs. ySABADO: De las 8.00 a las 14.00 hrs.

ARTÍCULO 25.- Función de las Academias.- Son órganos de asesoría para el logro de los objetivos didácticos y pedagógicos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, sus actividades principales son las siguientes:

A. Analizar y sugerir las modificaciones que se estimen convenientes al plan de estudios.

B. Proponer modificaciones actualizadas a los contenidos programáticos de las asignaturas.

C. Identificar las necesidades de actuación y de formación docente así como colaborar, proponer y participar en el programa respectivo.

D. Desempeñar la función de mediador en conflicto de orden académico.

E. Desempeñar las comisiones que les designen el Consejo Técnico en el ámbito de su función en cuyo único caso podrán tener facultad de decisión.

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F. Las Academias estarán constituidas por la base de Maestros del Área y estarán encabezados por el Coordinador del Área.

G. Las conjunciones de todas las Academias constituyen el Cuerpo Colegiado Académico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, de quien tiene que emanar las propuestas hacia el H. Consejo Técnico, para la actualización, modificación, y perfeccionamiento de los programas y contenidos temáticos, hasta llegar a la modificación del plan de estudios.

ARTÍCULO 26.- Los Miembros de las Coordinaciones, serán designados por la Dirección de acuerdo al Personal Docente y debe ser del área correspondiente.

CAPÍTULO VIDEL DIRECTOR

DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

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ARTICULO 27.- Será responsable del Personal Docente y Administrativo de la misma, será designado para un período de tres años y podrá ser reelecto por una sola vez.

ARTÍCULO 28.- Son obligaciones del Director además de las que establece la Ley Orgánica, Estatutos, Reglamento y Contrato Colectivo de Trabajo de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos las siguientes:

A. Rendir a la Rectoría y al H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, un informe anual sobre las actividades de la escuela al término de cada período escolar.

B. Firmar toda clase de documentación de la Escuela, teniendo cuidado que se cubran los derechos señalados en el reglamento de pagos.

C. Vigilar que el personal docente cumpla con los programas del plan de estudios.

D. Entregar a través de los Coordinadores de Área a cada Profesor el contenido temático de las materias que imparte conforme el Plan de Estudios vigente.

E. Tomar conocimiento de las irregularidades e infracciones ocurridas dentro y fuera de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales,

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comunicando de inmediato a la Rectoría las que ameriten sanción.

F. Conceder al personal a sus órdenes licencias económicas hasta por tres días en casos justificados, comunicándolo oficialmente a la Secretaria General de la Universidad y Dirección de Personal podrá conceder licencia personal docente hasta por diez días con goce de sueldo en casos de enfermedad, dando aviso a la Dirección de Servicios Escolares las licencias que excedan de este término, serán concedidas por el Rector, (Artículo 96 del Estatuto General de la Universidad).

G. Proceder oportunamente a la renovación de los Consejeros de la Institución, cuando hubieren terminado su ejercicio o se separen del cargo por causa justificada.

H. Permanecer en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales el tiempo necesario para el buen desempeño de sus funciones.

I. Aprobar oportunamente los horarios de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

J. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo Universitario, del H. Consejo Técnico y

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todo tipo de representaciones formales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

K. Preservar en todo momento por el prestigio de la institución.

L. Coordinar los trabajos entre los distintos seminarios y comisiones.

M. Procurar el material y equipo necesario para que el maestro imparta su cátedra

CAPÍTULO VII. DEL H. CONSEJO TÉCNICO.

ARTÍCULO 29.- Los Consejos Técnicos se integraran como lo establece el artículo 18 de la Ley Orgánica y el artículo 97 del Estatuto, y durarán en su cargo: 2 años los Profesores y 1 año los Alumnos, siendo sus atribuciones las señaladas en dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 30.- Son atribuciones y obligaciones de los Consejeros Técnicos en particular:

A. Asistir puntualmente a las sesiones.

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B. Avisar oportunamente a la Dirección de la Facultad y a su suplente cuando por causas justificadas prevean no poder asistir a las sesiones.

C. Participar con voz y voto en las deliberaciones del Consejo Técnico.

D. Informar a sus representados los acuerdos tomados en cada reunión.

E. Acta de Sesiones: Corresponde al Secretario dar fe de los actos y acuerdos del H. Consejo Técnico, custodiar sus actas y mantenerlas a disposición de sus miembros, notificar los acuerdos adoptados, darles publicidad y extender certificación literal de lo contenido en el libro de actas a solicitud del interesado, todo ello con la aprobación del Consejo Técnico.

F. Aplicar sanciones disciplinarias a los alumnos previo análisis del caso sometido a la consideración del consejo y audiencia del alumno, las cuales pueden consistir en:

I. Amonestación por escrito,II. Suspensión temporal hasta por un mes y

III. Suspensión definitiva.

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CAPÍTULO VIIIDEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

ARTÍCULO 31.- Los Consejeros Universitarios se integran como lo establece el artículo 10 de la Ley Orgánica, por un maestro representante de la planta de maestros y un representante alumno con sus respectivos suplentes cada uno, siendo sus atribuciones las señaladas en dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 32.- Son obligaciones de los Consejeros Universitarios en particular.

A. Asistir a las sesiones a que fueren citados.

B. Acreditar su carácter de Consejero a la primera sesión que asistan, mediante copia del acta relativa a su elección y copia del oficio en que sea comunicada al Consejo su designación.

C. Permanecer en el salón de sesiones del Consejo hasta que el Rector la dé por terminada.

D. Desempeñar con la debida diligencia, las comisiones que el Consejo les asigne.

E. Preservar el prestigio de la Universidad.

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F. Informar a sus representados los acuerdos tomados en cada reunión.

CAPÍTULO IXDEL PERSONAL DOCENTE

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CATEDRATICOS

ARTÍCULO 33.- Las Funciones del Personal Docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, son las de impartir la Educación Superior y el Postgrado para los fines señalados en el Artículo 2 de la Ley Orgánica.

ARTÍCULO 34.- Son obligaciones del personal docente de esta Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, las siguientes:

A. Tener los conocimientos amplios y comprobables tanto académicos como profesionales de la materia(s) que va a impartir,

B. Proporcionar a la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales las copias

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fotostáticas del título profesional, cédula profesional y demás documentos que acrediten su preparación académica,

C. Asistir a todos los actos oficiales organizados por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales o la Universidad, a los que se le convoque,

D. Concurrir puntualmente a sus cátedras con una tolerancia de 15 minutos, absteniéndose de introducir a los salones de clases alimentos y bebidas, fumar y mantener prendidos sus teléfonos celulares,

E. Formar parte de los jurados para los que sean designados y concurrir al examen respectivo (ordinario, extraordinario, a título de suficiencia y profesional),

F. Formar parte de los jurados para los que sean designados de carácter laboral y académicos, y concurrir a la hora y fecha indicada, cubriendo los siguientes requisitos:

1. Tres años de antigüedad en el área de la materia.

2. Experiencia profesional y académica en la materia.

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G. Firmar el control de asistencias a clases.

H. Cumplir y ajustarse en el semestre lectivo con el programa completo de estudios, entregando al jefe de grupo el temario y la bibliografía en la primera clase, así como el sistema de evaluación.

I. Pasar lista a su grupo, anotando con precisión asistencias y faltas y reportarlo a la secretaría de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales al término del semestre.

J. Firmar y cancelar el acta oficial de examen respectivo entregándose a la dirección dentro del tiempo reglamentario establecido por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, en un término de setenta y dos horas, después de efectuado, incluyendo boletas, en el caso de que existan o hubiera necesidad de ellas. En caso de incumplimiento aplicar la sanción aprobatoria por el Consejo.

K. Asistir a las asambleas de profesores y a las que se le convoque.

L. Solicitar el material necesario para el desarrollo de su cátedra utilizándolo en forma efectiva y adecuada. El catedrático podrá tomar en

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cuenta para la evaluación final del alumno las participaciones extramuros a las que asista.

M. Revisar y organizar su programa a instancias de la Academia respectiva, Consejo Técnico o de la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

N. Desempeñar los cargos y cumplir las comisiones que le fueren conferido por las autoridades universitarias.

O. Mantener la disciplina dentro de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y cooperar al buen comportamiento del alumnado fuera de la institución.

P. Dar aviso oportuno a la dirección de todas las anomalías disciplinarias de que tenga conocimiento.

Q. Formar parte de las academias, según las materias que imparta y asistir puntualmente a las sesiones de las mismas.

R. Participar en las asesorías y jurados de titulación.

S. Observar conducta decorosa.

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T. Abstenerse, dentro de la Universidad, de actos de propaganda o de proselitismo a favor de cualquier agrupación política o religiosa.

U. Impartir sus cátedras sin hacer consideraciones tendenciosas de carácter racial y religioso.

V. Cumplir con todas las obligaciones contenidas en el Capitulo VII del Contrato Colectivo de Trabajo vigente

ARTÍCULO 35.- Los catedráticos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales tienen derecho:

A. Recibir al inicio del semestre la lista de asistencia del grupo en el cual se impartirá el curso.

B. Recibir un ejemplar del Reglamento Interno de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

C. Recibir las actas de exámenes ordinarios extraordinarios y a títulos de suficiencia para practicar los exámenes.

D. Desarrollar su trabajo con la más amplia libertad de cátedra dentro de los límites de la razón y la justicia, sin perjuicio de lo establecido en la legislación universitaria.

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E. Votar en los términos que establezcan las disposiciones respectivas de la legislación universitaria para la integración del consejo técnico y universitario y en su caso, integrar dichos órganos.

F. Percibir la remuneración que les corresponda de acuerdo a su categoría o antigüedad,

G. Disfrutar de descanso los días de suspención de clases y los períodos vacacionales de acuerdo al calendario escolar,

H. Gozar de licencias económicas en los términos de la fracción V del Artículo 21 del presente reglamento,

I. Obtener las primas, recompensas y estímulos que se establezcan por servicios particularmente valiosos,

J. Participar en los exámenes de oposición,

K. Percibir la remuneración correspondiente por su asistencia como sinodales a exámenes, así como por integrar los jurados en los exámenes de oposición,

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L. Solicitar a la Dirección de la Facultad que se le haga entrega oportuna del programa o programas oficiales y horarios de la materias que correspondan,

M. Los demás derechos que se deriven de la Legislación Universitaria, del presente Reglamento y de la Ley Federal del Trabajo.

CAPÍTULO XDEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO.

ARTÍCULO 36.- Son atribuciones del Secretario Administrativo, además de las señaladas en la Ley Orgánica y Estatutos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, las siguientes:

A. Asistir a las sesiones del Consejo Técnico y levantar el acta correspondiente.

B. Ejecutar por delegación del mismo Consejo Técnico e informar a este de los asuntos que deban ser de su conocimiento.

C. Ser Jefe del Personal Administrativo y Conserjería, velando que los servicios se realicen y cumplan debidamente.

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D. Revisar y firmar dentro de su competencia los documentos que expida la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

E. Cuidar de los bienes, equipo, material de trabajo de los talleres y material didáctico, así como los sellos y documentos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

F. Respaldar la correspondencia de la Dirección, Consejo Técnico y distribuir los asuntos entre las diversas dependencias de su competencia.

G. Procurar la dotación de ejemplares de Reglamentos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos a la sala de consulta.

CAPÍTULO XIDE LOS ALUMNOS

ARTÍCULO 37.- Los alumnos de la Facultad de derecho y Ciencias Sociales tendrán los siguientes derechos:

A. Formar parte de los actos culturales que organiza la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

B. Recibir de parte de los catedráticos los programas y bibliografía del curso.

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Page 33: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

C. Obtener las boletas de calificaciones, diplomas, certificaciones de estudios y demás documentación que acredite legalmente su preparación académica previo pago de los derechos correspondientes.

D. Obtener las becas que otorga la Universidad Autónoma del Estado de Morelos conforme a su reglamento.

E. Elegir y poder ser electo de la Facultad de Derecho y Ciencias sociales.

F. Ser oídos por los catedráticos y autoridades en sus peticiones, sugerencias y proyectos cuando los presente con el debido respeto.

G. Recibir de parte de las autoridades catedráticos compañeros y empleados respeto y consideración.

H. Recibir de los catedráticos la orientación necesaria para resolver sus problemas de estudio.

I. Usar libros, computadoras, instrumental y material deportivo ajustándose a los horarios respectivos.

J. Solicitar revisión de exámenes o calificaciones cuando existan errores u omisiones dentro del término previsto por este Reglamento.

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K. Ser oído ante el consejo respecto de alguna queja o acusación en contra o a favor.

L. Las demás que la legislación universitaria les conceda, así como el presente reglamento.

M. A un examen ordinario, dos extraordinarios, dos a título de suficiencia y dos cursadas por materia.

N. Recibir un ejemplar del Reglamento Interno de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

ARTÍCULO 38.- Solo los alumnos debidamente inscritos por la Dirección de Servicios Escolares y que aparezcan en las listas oficiales de asistencia, tendrán derecho a asistir, recibir los cursos y ciclos de enseñanza, así como los créditos escolares inherente a ellos, que se imparten en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

ARTÍCULO 39.- Los alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales tendrán las siguientes Obligaciones:

A. Solicitar y obtener su baja temporal de la Facultad, para dejar a salvo los derechos de su inscripción al período escolar que cursa.

B. Sujetarse estrictamente a los ordenamientos universitarios y a la disciplina interna.

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C. Presentar el Servicio Social que corresponda a la carrera.

D. Asistir puntualmente a clase con tolerancia de 15 minutos.

E. Desarrollar los trabajos designados por los catedráticos, en relación a la materia impartida.

F. Permanecer en el aula durante el horario establecido, en las horas de clase.

G. Esperar al catedrático hasta quince minutos después de la hora fijada cuando la clase sea de 50 minutos y máximo 30 minutos cuando la clase sea de más de una hora.

H. Identificarse con la credencial correspondiente ante profesores y autoridades universitarias, cuando sea requerido.

I. No agredir moral, personal o físicamente a persona alguna, equipo, edificios, muebles o bienes de la institución dentro de las instalaciones de la Facultad.

J. Las aulas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales están destinadas a la enseñanza,

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por lo cual a los alumnos, les está prohibido durante la clase:

I. Introducir y consumir alimentos y bebidas,

II. Introducir animales, III. Fumar yIV. Utilizar y mantener prendido los

teléfonos celulares.

ARTÍCULO 40.- De la representación y organización de los alumnos:

A. Los alumnos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales a nivel licenciatura, tendrán derecho elegir un jefe de grupo, para ser representados ante las autoridades de la Facultad, así como ante el Consejo General de Representantes, también tendrán derecho a nombrar al Consejero Alumno que será su representante ante el Consejo Universitario o ante el Consejo Técnico.

B. Para ser Jefe de Grupo se requerirá: I. Es Jefe de Grupo de la Facultad de Derecho y

Ciencias Sociales aquel alumno que por mayoría de votos en su grupo sea designado representante de éste. Cada grupo deberá tener un

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representante titular, el cual nombrara dos auxiliares para que lo asistan y que fungirán como secretario y tesorero del grupo.

II. La elección de Jefe de Grupo se hará al inicio de cada semestre para el período inmediato, pudiendo ser reelecto para los siguientes períodos las veces que el grupo decida.

III. El Jefe de Grupo o sus Auxiliares podrán ser removidos de su cargo en todo momento por causas que la mayoría del grupo considere suficientes.

IV. El Jefe de Grupo o sus auxiliares podrán renunciar a su cargo en todo momento por causas que ellos mismo consideren suficientes.

V. Para los casos de los artículos 3º y 4º el secretario ocupara el cargo hasta que se realice una nueva elección, pudiendo este ser electo.

C. Los Jefe de Grupo de la Facultad de Derecho y Ciencias sociales, tendrán los siguientes derechos:

I. Representar a su grupo ante las autoridades de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

II. Ser oídos por Catedráticos y Autoridades en las peticiones, sugerencias y proyectos que hagan a nombre del grupo y recibir respuestas de éstas.

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III. Apoyarse con sus compañeros para realizar las diferentes actividades que se le encomiendan.

IV. Tomar decisiones importantes a nombre del grupo sin perjuicio de ello.

V. Ser convocado de manera formal, participar con voz y voto en el Consejo General de Representantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

VI. Recibir información importante de parte de las Autoridades de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

VII. Los demás derechos que emanen del presente Reglamento.

D. Los jefes de grupo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Representar a su grupo ante las autoridades de la Facultad y Ciencias Sociales.

II. Procurar el beneficio del grupo en sus decisiones.

III. Tomar en cuenta la opinión del grupo en decisiones importantes.

IV. Rendir cuentas al grupo en caso de que haya administrado dinero de este, así como de las actividades realizadas.

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V. Realizar el calendario de exámenes ordinarios en el tiempo y forma que marca la Dirección de Servicios Escolares de nuestra Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

VI. Hacer peticiones y sugerencias con el debido respeto a las autoridades de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

VII. Asistir a las reuniones convocadas por las autoridades de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

VIII. Participar con voz y voto en el Consejo General Representantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

IX. Las demás obligaciones que emanen del presente reglamento.

CAPÍTULO XIIDEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

ARTÍCULO 41.- La relaciones entre la Universidad y su Personal Administrativo se regirán por un estatuto especial que promulgará el Consejo Universitario, que deberá contener como mínimo los derechos y prestaciones que otorga a los trabajadores la Ley Federal del Trabajo y el Contrato Colectivo de Trabajo para el Personal Administrativo.

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ARTÍCULO 42.- El Personal Administrativo, estará integrado conforme al Contrato Colectivo de Trabajo, Estatutos Sindicales y los Reglamentos Internos de la Universidad Autónoma de Morelos, de la forma siguiente:

I) OFICIAL ADMINISTRATIVO Y PERSONAL SECRETARIAL

A. Despachar con diligencias los trabajos que le encomiende la Dirección o Secretaria Administrativa o Académica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

B. Mantener al día, los archivos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, actas de Consejo Técnico, asambleas de profesores, expedientes del personal docente de la Facultad.

C. Controlar el registro de asistencia de profesores.

D. Mantener al día las listas oficiales de alumnos por grado o materias que cursen.

E. Contestar la correspondencia de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

F. Guardar absoluta discreción en los asuntos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

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Page 41: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

G. Cumplir con el horario de labores.

II) PERSONAL DE CONSERJERÍA.

A. Asistir a desempeñar puntualmente su trabajo sujeto a los horarios que se le fijen.

B. Cumplir las comisiones que le asigne la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

C. Mantener el edificio que ocupa la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, constantemente limpio.

D. Vigilar la permanencia del mobiliario en cada espacio de la Facultad y dar aviso de las irregularidades a la Secretaría Administrativa.

CAPÍTULO XIIIDE LAS INSCRIPCIONES Y REINSCRIPCIONES.

ARTÍCULO 43.- Para inscribirse por primera vez o reinscribirse un alumno deberá cubrir todos los requisitos que exija la Dirección de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

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ARTÍCULO 44.- Podrá haber inscripciones de primer ingreso en cada ciclo escolar de acuerdo a la política que sobre las mismas instituya la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

ARTÍCULO 45.- Las reinscripciones se efectuaran de acuerdo al calendario establecido por la Dirección de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

CAPÍTULO XIVDE LAS ASIGNACION DE MATERIAS

ARTÍCULO 46.- Se denomina asignación de materias o altas a la inscripción en las asignaturas.

ARTÍCULO 47.- El alumno tendrá la obligación de inscribirse o darse de alta en las asignaturas correspondientes a cada semestre dentro de los períodos que estipula la Dirección de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y la Unidad Local de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales,

CAPÍTULO XVDE LAS BAJAS

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ARTICULO 48.- Baja es el acto por el cual un alumno interrumpe sus estudios un semestre de la carrera y pueden ser obligatorias o voluntarias.

ARTÍCULO 49.- Las bajas obligatorias son aquellas que se llevan a cabo cuando el alumno no cumple con lo establecido en los Reglamentos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos y la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, estas bajas se causan:

A. BAJA TOTAL DE LA UNIVERSIDAD.

1. Por acuerdo del H. Consejo Universitario.

2. Por no cumplir con el Estatuto y la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

B. DE LA FACULTAD.

1. Por no haber terminado el ciclo completo en el tiempo establecido.

2. Por no cumplir con el reglamento de exámenes de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

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Por acuerdo del H. Consejo Universitario y/o H. Consejo Técnico.

ARTÍCULO 50.- Las bajas voluntarias es un

derecho que el alumno tiene en cada semestre escolar, estas bajas son:

SEMESTRE.

1.- Podrán darse de baja solamente en cuatro semestres escolares, estas bajas no pueden rebasar dos semestres consecutivos, y deberán solicitarse por escrito a la unidad local de Servicios Escolares desde el inicio del semestre y hasta cuarenta y cinco días naturales, antes del primer examen ordinario programado.

2.- Un semestre escolar al cual un alumno no se inscriba será considerado como baja voluntaria del semestre y se contabilizara de acuerdo al inciso anterior.

3.- El número de bajas voluntarias del semestre no contempladas en el artículo anterior serán sometidas a consideración del H. Consejo Técnico.

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CAPÍTULO XVI

SISTEMA DE EVALUACION

ARTÍCULO 51.- El aprovechamiento de los alumnos en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, se acreditara por medio de los siguientes exámenes:

A. Exámenes ordinarios,

B. Exámenes extraordinarios y

C. Exámenes a título de suficiencia.

ARTÍCULO 52.- El alumno tendrá derecho a solicitar revisión de calificación dentro de la semana siguiente a la publicación del acta respectiva, en la primera instancia ante el catedrático que impartió la materia y en la segunda instancia ante el Consejo Técnico, solicitándolo por escrito dentro de los tres días siguientes de haber obtenido el resultado otorgado por el catedrático.

ARTÍCULO 53.- Los términos y disposiciones generales para los exámenes ordinarios, extraordinarios y a título de suficiencia, estarán regidos por el Reglamento de

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Page 46: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

Exámenes de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

CAPÍTULO XVIISERVICIO SOCIAL

ARTICULO 54.- El alumno tiene la obligación de prestar el Servicio Social que se establece en el Reglamento de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, respectivo.

ARTICULO 55.- El alumno podrá prestar su Servicio Social, en los horarios asignados en el Bufete Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, en los términos del artículo 59, del presente reglamento.

CAPÍTULO XVIIIREGLAMENTOS PARCIALES.

CENTRO DE CÓMPUTO DE LA FACULTAD DE DERECHO

Y CIENCIAS SOCIALES.

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ARTICULO 56.- - El centro de computo será utilizado única y exclusivamente con fines académicos y solo podrá ser utilizado por alumnos y académicos de la Facultad de Derecho Ciencias y Sociales.

Todos los usuarios deberán de registrarse en la lista de control, así como mostrar su credencial que los acredite como alumnos o Catedráticos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.

El horario de servicio del Centro de Cómputo será de lunes a viernes de cada semana, de 12:00 a.m. a 20.00 p.m.Para todos los usuarios queda estrictamente prohibido utilizar el “Chat” de Internet y otro programa semejante.

Se reportará a la Dirección y será expulsado del Centro de Computo todo usuario que se sorprenda utilizando el equipo de cómputo con fines no académicos, navegando en sitios de pornografía, semipornografía, y programas que atenten con la moral y buenas costumbres.

.Queda prohibido para todos los usuarios introducir cualquier tipo de alimentos (sólidos o líquidos), así como fumar dentro del centro de cómputo.

Debiendo guardar silencio y mantener prendidos los celulares.

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BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES,

ARTÍCULO 57.- La biblioteca es un servicio que

brinda la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y que pone a disposición de la comunidad universitaria los diferentes recursos de información con las que se cuenta.

La biblioteca será utilizada para realizar todo tipo de consulta relacionada con la rama del derecho por la Comunidad Universitaria, en cuanto a consultantes externos deberán solicitar permiso a la Dirección para hacer uso de la bibliografía con la que cuenta la biblioteca.

Todos los usuarios deberán de registrarse en la lista de control, así como mostrar su credencial que lo acredite como alumnos o catedráticos de la Universidad.

Servicios que presta la biblioteca:

A. Consulta en sala.B. Préstamo domiciliario, el usuario tendrá derecho a

utilizar el libro o libros por un término máximo de tres días, y para el caso de no devolverlos en dicho plazo pagara el doble del valor del bien. El responsable de la biblioteca enviará mensualmente a la Dirección una relación de los usuarios que tengan adeudo.

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Page 49: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

C. Reproducción de documentos (fotocopiado)D. Acceso al documento en línea.E. El horario de servicio de la biblioteca es de lunes a

viernes de 12:00 a 20:00 P.M. F. Queda prohibido para todos los usuarios introducir

cualquier tipo de alimentos (sólidos o líquidos), así como fumar, utilizar los teléfonos celulares dentro de las instalaciones de la biblioteca, debiendo guardar silencio.

G. El usuario que sea sorprendido deteriorando material bibliográfico de la biblioteca o su mobiliario, será reportado a la Dirección, a fin de que se le imponga una sanción dependiendo la gravedad del daño ocasionado y será expulsado de la biblioteca.

ARTÍCULO 58.- El alumnado, Personal Docente y Administrativo, tendrán la obligación de respetar las normas que regulen la Legislación Universitaria que se establezcan para el uso del material equipo y planta física de las diferentes áreas de trabajo y función específica, tales como:

A. Posgrado.

B. Cómputo.

C. Sala de lectura.

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Page 50: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

D. Actualización y superación docente.

E. Para uso de la biblioteca

F. Titulación.

G. Revisión de exámenes.

H. Bufete jurídico gratuito.

BUFETE JURIDICO GRATUITO DE LA FACULTADDE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

ARTICULO 59.- Fue creado con fecha Mayo del 2004, el Bufete Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos como vinculación universitaria de las actividades académicas con la comunidad estudiantil, que tiene como finalidad encausar los conocimientos de los alumnos de la carrera de Licenciado en Derecho en la práctica forense, proporcionando a personas de escasos recursos económicos la defensa jurídica, patrocinio y asesoría legal gratuita, dentro de los principios de honestidad, responsabilidad y ética en el ejercicio profesional.

Los alumnos de la Facultad podrán realizar su Servicio Social o la Práctica Profesional en el Bufete Jurídico para

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asesorar en las diversas áreas del Derecho en cuanto a los servicios que se otorgan.

El Bufete Jurídico Gratuito realizará sus labores con el personal académico y administrativo, recursos materiales y financieros que la Dirección de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, le asigne por el director de la misma, para el cumplimiento de las funciones, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 15.00 horas.

ARTICULO 60.- Los alumnos que presten servicio social en el bufete jurídico, tendrán las siguientes obligaciones:

A. Firmar las listas de control.B. Cumplir con los horarios asignados para la

prestación del servicio social.C. Recabar toda la información y

documentación de los asuntos que le sean recabados.

D. Informar diariamente de los asuntos que se le asignaron.

E. Utilizar el sistema de cómputo solo para los asuntos que se le asignen directamente.

F. Abstenerse de utilizar el “CHAT” de Internet y otros programas.

G. Entregar y firmar el vale de préstamo de libros y abstenerse de sacarlo de las instalaciones del Bufete jurídico.

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H. Abstenerse de solicitar dinero a los usuarios para la prestación de los servicios.

CAPÍTULO XIXDEL RECURSO DE RECONSIDERACION

ARTÍCULO 61.- El Recurso de Reconsideración, es el único medio legal con que cuentan los integrantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales para inconformarse por las resoluciones dictadas por el H. Consejo Técnico.

ARTÍCULO 62.- El Recurso de Reconsideración se tramitará ante el H. Consejo Técnico y dentro del término de tres días a partir de la fecha de la notificación de la resolución impugnada, el cual deberá contener:

A. Copia de la Resolución dictada por el H. Consejo Técnico.

B. Escrito dirigido al H. Consejo Técnico para el efecto de que sea sometido a su conocimiento y resolución.

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Page 53: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

C. Expresión de los razonamientos que a juicio del promovente sean suficientes, y para solicitar, al H. Consejo Técnico, la modificación o revocación de la resolución impugnada, quien resolverá dentro de los quince días siguientes.

D. Contra la resolución sólo procede la revisión, la cual se presentará ante el Consejo Universitario.

ARTÍCULO 63. - Para todo lo relativo a la substanciación y resolución del Recurso de Revisión, se estará a lo dispuesto por el Reglamento Interno del H. Consejo Universitario.

Las resoluciones dictadas por el H. Consejo Universitario son irrevocables, en consecuencia, no permiten recurso legal alguno que permita su modificación.

CAPÍTULO XXDE LOS PROFESORES INVESTIGADORES DE

TIEMPO COMPLETO

ARTÍCULO 64. Profesor de Tiempo Completo (PTC) es el personal académico responsabilizado predominantemente de las funciones de docencia, tutoría de estudiantes, y de la generación y

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aplicación innovadora del conocimiento, con nombramiento que implique una dedicación de 40 horas/semana en la UAEM. Ello excluye a técnicos, ayudantes o auxiliares del personal académico dedicado a la extensión o difusión y aquellos que tienen 40 horas/semana de dedicación por la acumulación de contratos por horas.La distribución de las 40 hrs/sem del PTC en la Facultad es preferentemente la siguiente:

ACTIVIDADOCUPACIÓN EN

PROMEDIO ANUAL POR PTC EN

HRS/SEM 2006

Docencia frente a grupo 8.6

Otras actividades de docencia 8.4

Generación y/o aplicación del conocimiento 16.0

Subtotal de hrs/sem en estas actividades 33.0

Gestión académica6.0

Difusión y Extensión del Conocimiento 1.0

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Total de hrs/sem en estas actividades 40.0

*Esto de de acuerdo con el Proyecto de Desarrollo de los Cuerpos Académicos apartado número III, de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, para la DES: Área de Ciencias Sociales y Administrativas durante el período 1999-2006.

ARTÍCULO 65. Por docencia se entiende la impartición de cursos con base en los planes y programas de estudio aprobados por la institución en los niveles superior o posgrado. Esta función implica las actividades de clases frente a grupo en cursos curriculares, las actividades que el docente realiza vinculadas a dichas actividad como la evaluación del aprendizaje, asesoría individual o de grupo, tutorías, dirección de tesis y cualquier otra actividad que fortalezca la formación de los estudiantes. Asimismo los profesores participan de manera colegiada, en el diseño y revisión de planes y programas de estudio, en la formación y actualización docente, en la búsqueda de una atención centrada en el estudiante y en la incorporación de nuevas modalidades y tecnologías educativas.

ARTÍCULO 66. Se considera tutoría una forma de atención educativa donde el profesor

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apoya a un estudiante o a un grupo pequeño de estudiantes de una manera sistemática, por medio de la estructuración de objetivos, programas, organización por áreas, técnicas de enseñanza apropiadas e integración de grupos conforme a ciertos criterios y mecanismos de monitoreo y control, entre otros.

El tutor juega un papel importante en el proyecto educativo, ya que apoya a alumnos en actitudes como las de crear en ellos la necesidad de capacitarse, de explorar aptitudes; de mejorar su aprendizaje y tomar conciencia, de manera responsable, de su futuro. La tarea del tutor consiste en estimular las capacidades y procesos de pensamiento, de toma de decisiones y de resolución de problemas.

ARTÍCULO 67. La investigación se entiende como la generación y/o aplicación innovadora del conocimiento. Teniendo como propósitos la producción de conocimientos científicos, tecnológicos sociales y humanísticos, a través de las líneas de generación y aplicación del conocimiento, pertinentes a los planes de desarrollo de la Universidad y de los campos de estudio correspondientes.

Cabe destacar que las tareas de investigación implican la organización colectiva (trabajo colegiado, cuerpos académicos, grupos de investigación) y la colaboración académica interinstitucional.

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Esta actividad es indispensable para mantenerse en la frontera del conocimiento y nutrir así las actividades docentes. La producción y calidad de la investigación se refleja en financiamiento obtenido mediante procedimientos competitivos y selectivos y en la publicación de artículos, capítulos en libros, y libros y/o en la obtención de patentes entre otros productos. La investigación puede ser complementada con prestación de servicios al sector social y productivo.

ARTÍCULO 68. La difusión del conocimiento se entiende como el conjunto de actividades dirigidas a llevar el conocimiento generado y cultivado en la Institución a los distintos foros de la sociedad.

ARTÍCULO 69. La extensión tiene por objeto organizar, operar y evaluar el conjunto de actividades, acciones y tareas orientadas hacia la preservación y difusión de la cultura, divulgación de la ciencia y la tecnología, promoción de las actividades artísticas y la vinculación con la sociedad y el entorno, a través de actividades tales como transferencia de tecnología y servicio social.

ARTÍCULO 70. La planeación y gestión académica se refiere a las actividades académicas realizadas en los órganos colegiados, coordinando programas específicas como el PIFI y el

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PIFOP, participando en la revisión y actualización de los currículos, organizando eventos académicos de extensión y difusión, programas de servicio social, exámenes departamentales, evaluación de programas de postgrado, eventos académicos de prestigio internacional y promoción de la docencia e investigación, entre otros.

ARTÍCULO 71. Son obligaciones de los Profesores de Tiempo Completo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, las siguientes:

A. La docencia frente a grupo en cursos curriculares, realizando también actividades de tutoría, investigación, difusión, así como planeación y gestión académica.

B. Desempeñar actividades docentes en programas educativos institucionales en cursos curriculares frente a grupo que puedan ser clases teóricas, prácticas, clínica, talleres y laboratorio, mínimo 4 horas/semana/mes (mínimo un seminario o curso por semestre).

C. Realizar de manera equilibrada la docencia, la generación o

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aplicación innovadora del conocimiento, la gestión académica y las tutorías.

D. La categoría de Profesor de Tiempo Completo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, no es compatible con otro puesto de tiempo completo.

E. Participar en convocatorias y certámenes internos y externos en donde se otorguen becas y estímulos en la calidad académica que realiza.

F. Entregar semestral o anualmente como sea requerido por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, así como por la Dirección de Investigación y Posgrado de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, los informes de sus actividades y planes de trabajo.

G. Participar en actividades de gestión de recursos alternos de financiamiento para los proyectos de la propia Facultad y para sus proyectos de investigación.

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ARTÍCULO 72. Son derechos de los Profesores de Tiempo Completo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, las siguientes:

A. Recibir la asignación de un cubículo, para el desarrollo de sus actividades.

B. Participar en la beca al desempeño docente atendiendo a los requisitos que las autoridades de la propia UAEM señalen anualmente.

C. Recibir su salario catorcenalmente y demás prestaciones legales, sujetándose a las condiciones de trabajo establecidas en su contrato laboral.

D. Participar y recibir del Sistema Nacional de Investigadores, sin detrimento de su salario la beca que este organismo o cualquier otro otorgue como estímulo a la generación del conocimiento que realiza para la UAEM.

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Page 61: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

E. Ausentarse de la UAEM, previa autorización del Director de la Facultad cuando no sean más de 5 días, o en caso de un lapso mayor previa autorización del H. Consejo Técnico de la Facultad para asistir a eventos académicos como ponente o asistente a foros, coloquios, congresos, cursos de actualización, seminarios y otros análogos que se realicen dentro o fuera del territorio nacional y que tengan relación directa con sus líneas de generación y aplicación del conocimiento.

F. Participar en los intercambios académicos que realice la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

CAPÍTULO XXIDE LA PROTECCIÓN CIVIL

ARTÍCULO 73. El Director de la Facultad tendrá la obligación de designar un responsable del área de Protección Civil, quien será el

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encargado de organizar constantemente cursos que fomenten la seguridad de la misma (protección civil, primeros auxilios, incendios, simulacros, búsqueda y rescate entre otros).

El responsable del área protección civil será designado de entre el personal académico y administrativo de la Facultad.

La duración del cargo será de un año de acuerdo al calendario universitario.

ARTÍCULO 74. El responsable del área de protección civil, será el encargado de formar las brigadas de seguridad dentro de la Facultad, con la participación de alumnos, catedráticos, personal administrativo de la misma. El número de brigadas será de acuerdo al total de los integrantes de la unidad académica.

Las brigadas estarán divididas en:

A. Brigada de SeguridadB. Brigada de Refugios TemporalesC. Brigada de Primeros AuxiliosD. Brigada de ComunicaciónE. Brigada de Incendios

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F. Brigada de Búsqueda y RescateG. Brigada de Beneficio Común

ARTÍCULO 75. Son obligaciones del Área Protección Civil:

A. Promover la realización de cursos de seguridad en la Facultad, por lo menos dos veces al año.

B. Conformar las brigadas de seguridad de la Facultad, con apoyo de los integrantes de la misma (alumnos, catedráticos, administrativos).

C. Nombrar un titular para cada brigada que se forme, quien tendrá la obligación de motivar la participación activa de los miembros de su brigada.

D. Realizar simulacros por los menos una vez al semestre, fomentando así la participación de los alumnos, catedráticos y personal que conforma la misma.

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E. Dar anticipadamente difusión de las fechas en que se llevarán a cabo los cursos y simulacros.

F. Gestionar la obtención de apoyos económicos dentro de la Facultad, que ayuden al mejor desarrollo del área de Protección Civil.

G. Realizar material de apoyo para dar a conocer el funcionamiento del área de protección civil y las actividades que realizan.

H. Contar con una agenda de teléfonos de emergencia actualizada.

I. Dar a conocer un informe al final de su gestión de las actividades realizadas.

J. Realizar un inventario del material con el que cuente.

ARTÍCULO 76. Son derechos del Área de Protección Civil:

A. Contar con el apoyo de Protección Civil Universitaria en todo lo concerniente a sus necesidades.

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B. Recibir por parte de la Facultad el material necesario para procurar el mantenimiento de la seguridad dentro de la misma. Dicho material será botiquines, extintores, uniformes para las brigadas, maniquís para la realización de los cursos, entre otros.

C. Contar con el apoyo de todos los miembros de la Unidad Académica.

D. Apoyar en todas las acciones preventivas que desarrolle la Facultad, cuando se trate de la promoción de cursos, prácticas, talleres que fomenten la protección y seguridad de los integrantes de la misma.

E. Obtener los espacios necesarios para llevar a cabo sus actividades.

F. Recibir apoyo por parte de los catedráticos para la realización de cursos, talleres, prácticas, sin que se afecte el desarrollo académico de los alumnos.

ARTÍCULO 77. Es deber de la Facultad proveer el material necesario para el cumplimiento de los artículos anteriores y los fines de los mismos.

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Page 66: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- Para los efectos del presente Reglamento los términos catedrático, profesor y maestro son utilizados indistintamente para todo profesionista que imparte clases en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.

ARTICULO SEGUNDO.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, conforme a la Legislación Universitaria y a los Principios Generales del Derecho. .

ARTICULO TERCERO.- El presente Reglamento entrará en vigor cinco días después de su aprobación por el H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado Morelos.

ARTICULO CUARTO. – Con motivo de la vigencia del presente Reglamento, entrará en vigor a partir de la fecha en que sea aprobado por el Consejo Técnico, con excepción de lo previsto en el artículo 49, el cual entrará en vigor a partir de la fecha en que se encuentren

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regulares los exámenes extraordinarios y a título de suficiencia.

DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

LIC. JORGE ARTURO GARCIA RUBI

LA COORDINACIONCONSEJEROS TECNICOS

PRIMEROS AÑOS: LUIS BRIAN FIGUEROA FUENTES

SEGUNDOS AÑOS: JORGE DOMÍNGUEZ VARGAS

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TERCEROS AÑOS: MARIA DEL REFUGIO GONZALES HERNANDEZ.

CUARTOS AÑOS: FELIPE ROMERO LABASTIDA.

QUINTOS AÑOS: RAUL ARI RAMIREZ MARTINEZ

CONSEJEROS MAESTROS:

PRIMEROS AÑOS: M.D. GUILLERMO E. GUZMAN DE LEÓN.

SEGUNDOS AÑOS: LIC. PEDRO JIMENEZ ALEGRE.

TERCEROS AÑOS: LIC. HECTOR H. CAMPERO VILLALPANDO.

CUARTOS AÑOS: LIC. YOLANDA GUTIERREZ NERI.

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QUINTOS AÑOS: LIC. JOSÉ MANUEL IZASMENDI TAPIA.

Proyecto que se puso a consideración de la Coordinación ante el H. Consejo Técnico

de la FDCSUAEM

Para su análisis y aprobación recibiendo las recomendaciones tanto de forma como de contenido que

dicho cuerpo colegiado juzgo pertinentes para su implementación.

Atentamente

Comisión Interna de Autoevaluación de la FDCSUAEM

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Page 70: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

Facultad de Derecho y Ciencias SocialesDirectorio de la

Universidad Autónoma del Estado de Morelos

Psic. René Santoveña ArredondoRector

Lic. Manuel Prieto GómezSecretario General

DIRECTORIO DE LA FDCSUAEM

Lic. Jorge Arturo García RubíDirector

Lic. Mario Vázquez Rojas

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Page 71: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

Secretario Administrativo/Subdirector

Lic. Humberto Rafael Garduño GarcíaSecretario Académico

Lic. Raúl Alberto Olivares BritoSecretario Particular

Lic. Humberto Rafael GarduñoSecretario Académico

Dr. Juan de Dios González L.Jefe Unidad de Estudios Superiores

Dr. Miguel Angel Falcón VegaCoordinador de Posgrado

Lic., Alejandro Moyao PérezLic. Elvia Ocampo Aviles

Coordinadores de Asuntos Escolares

Dra. Gabriela Mendizábal BermúdezProfesora-Investigadora de Tiempo Completo

Y Catedrático

Lic. Oscar Octavio de Vega NovaCoordinador de Seminario de Tesis

Lic. Yolanda Gutiérrez Neri

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Page 72: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

Coordinadora del Bufete Jurídico,Servicio Social y Práctica Forense

Lic. Pedro Estrada CastroCoordinador de Diplomados

Lic. Hertino Aviles AlbaveraCoordinador de Educación Continua

C.P. Magdalena Rabadán HernándezCoordinadora Administrativa-Contable

Diseño de ImpresiónRocío Morales ToralCelia Sánchez Gómez

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Page 73: Reglamento de la Facultad de Derecho de la UAEM morelos

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