reglamento de inversiones de las entidades reguladas

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  • 8/18/2019 Reglamento de Inversiones de Las Entidades Reguladas

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    CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMAFINANCIERO

    REGLAMENTO DE INVERSIONES DELAS ENTIDADES REGULADAS

    -Actualizado al 1 d! Octu"#! d! $%1&- Actualizado al 21 de abril del 2009

    APRO'ADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DELSISTEMA FINANCIERO( MEDIANTE ART)CULO *( LITERAL A( DELACTA DE LA SESIÓN +-$%%+( CELE'RADA EL 11 DE FE'RERO'(/ 00. 38%/,&$'2 (1 (/ ',$5,2 2),&,$/ ³/$ *$&(7$´ ,DEL $% DE FE'RERO DEL $%%+,

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    )NDICE

    T)TULO IDISPOSICIONES GENERALES

    CAP)TULO I, ALCANCE DEFINICIONESA#t.culo 1, Alcance de la normativaA#t.culo $, Definiciones

    T)TULO IINORMATIVA PRUDENCIAL PARA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

    CAP)TULO I, COMIT/ DE INVERSIONES

    A#t.culo +, De la constitución y funcionamiento.A#t.culo &, Requisitos para los miembros del Comité de InversionesA#t.culo , Funciones del Comité de InversionesA#t.culo *, De los libros de actasA#t.culo 0, De la autorización del libro

    CAP)TULO II, ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO

    A#t.culo , Gestión del riesgoA#t.culo 2, Comité integral de riesgosA#t.culo 1%, Funciones del Comité de RiesgosA#t.culo 11, De la nidad para la Administración Integral de RiesgosA#t.culo 1$, Funciones de la nidad de Administración de RiesgosA#t.culo 1+, !anual de "ol#ticas y "rocedimientos para la Administración Integral de RiesgosA#t.culo 1&, !edición$ monitoreo$ control y contenido de los informes internosA#t.culo 1, "ruebas de simulaciónA#t.culo 1*, Riesgo de créditoA#t.culo 10, Riesgo legal A#t.culo 1, Riesgo de liquidezA#t.culo 12, Riesgos de mercadoA#t.culo $%, Auditor#a de RiesgosA#t.culo $1, Requisitos m#nimos de la Auditor#a de RiesgosA#t.culo $$, De la verificación de idoneidad 

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    T)TULO IIIINVERSIÓN EN VALORES DE EMISORES NACIONALES

    CAP)TULO I, DE LOS MERCADOS LOS VALORES

    A#t.culo $+, De los requisitos genéricos de los valoresA#t.culo $&, De la pol#tica de gestión de liquidezA#t.culo $, De los tipos de valoresA#t.culo $*, De los mercados autorizados

    CAP)TULO II, DE LOS L)MITES

    A#t.culo $0, De los l#mites por sector A#t.culo $, De los l#mites por instrumentoA#t.culo $2, %#mites por emisor A#t.culo +%, Inversiones no autorizadas

    T)TULO IVINVERSIÓN EN VALORES DE EMISORES E3TRANJEROS

    CAP)TULO I, DISPOSICIONES GENERALES

    A#t.culo +1, Condiciones para invertir en valores e&tran'eros

    CAP)TULO II, DE LOS MERCADOS LOS VALORES

    A#t.culo +$, !ercados autorizadosA#t.culo ++, (alores elegiblesA#t.culo +&, Requisitos de los instrumentos elegibles

    CAP)TULO III, DE LOS L)MITES DE INVERSIÓN

    A#t.culo +, Del l#mite global de inversión en valores e&tran'erosA#t.culo +*, %#mites por emisor 

    CAP)TULO IV, DE LOS INTERMEDIARIOS

    A#t.culo +0, Requisitos de los intermediariosA#t.culo +, Condiciones contractualesA#t.culo +2, !odalidades de adquisición no permitidasA#t.culo &%, De los administradores de carteraA#t.culo &1, De la responsabilidad de las entidades reguladasA#t.culo &$, Comisiones

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    T)TULO VOPERACIONES DE CO'ERTURA CON INSTRUMENTOS FINANCIEROS

    DERIVADOS

    CAP)TULO I, INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS PARA

    CO'ERTURA DE RIESGOSA#t.culo &+, Instrumentos autorizadosA#t.culo &&, )*D+R G, *R( FR-.D.R( ,- ",FDGR( /01, .2, FR3-.,4 056A#t.culo &, (aloración de posicionesA#t.culo &*, ContratosA#t.culo &0, Garant#asA#t.culo &, %imitaciones

    CAP)TULO II, INTERMEDIARIOS CONTRAPARTES

    A#t.culo &2, ContrapartesA#t.culo %, Requisitos de los intermediariosA#t.culo 1, *bligaciones de los intermediarios

    CAP)TULO III, RE4UERIMIENTOS PARA LA REALI5ACIÓN DEOPERACIONES CON DERIVADOS DE CO'ERTURA

    A#t.culo $, RequisitosA#t.culo +, 7valuación y actualización periódica de los requisitosA#t.culo &, !edidas prudenciales ante incumplimientos

    CAP)TULO IV, OTRAS DISPOSICIONES

    A#t.culo , 7fectividad de la coberturaA#t.culo *, %#mites para las operaciones con derivadosA#t.culo 0, Respaldo documental A#t.culo , Requerimientos de información y remisión de reportes

    T)TULO VI

    CAP)TULO I, INVERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL A6ORROVOLUNTARIO

    A#t.culo 2, De la inversiónA#t.culo *%, De los l#mites a la inversiónA#t.culo *1, Fondos de inversión admitidos

    CAP)TULO II, INVERSIONES DEL CAPITAL M)NIMO DE FUNCIONAMIENTO

    A#t.culo *$, De la inversión del Capital !#nimo de Funcionamiento

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    A#t.culo *+, (alores elegiblesA#t.culo *&, De los tipos de valores 8Derogado9A#t.culo *, De los l#mites a la inversión 8Derogado9A#t.culo **, "ro:ibición

    T)TULO VIIDISPOSICIONES COMUNES DE INVERSIÓN NACIONAL E3TRANJERA

    CAP)TULO I, DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INVERSIÓN

    A#t.culo *0, "rocedimientos de inversiónA#t.culo *, Conflictos de interés

    CAP)TULO II, VALORACIÓN TRATAMIENTO DE E3CESOS

    A#t.culo *2, De la valoración de las inversionesA#t.culo 0%, De los e&cesos de inversiónA#t.culo 01, Casos de e&cepciónA#t.culo 0$, "érdida de requisitos

    CAP)TULO III, DE LA CUSTODIA

    A#t.culo 0+, Custodia de valoresA#t.culo 0&, Requisitos de los custodios nacionalesA#t.culo 0, Requisitos de los custodios internacionalesA#t.culo 0*, Disposiciones sobre los servicios del custodioA#t.culo 00, Aprobación del contratoA#t.culo 0, Autorización para operar con un custodio internacional A#t.culo 02, Responsabilidades de entidades autorizadas al depositar valores en custodiaA#t.culo %, Cuentas corrientes de custodiaA#t.culo 1, De las comisiones de custodia

    T)TULO VIIIDE LA INFORMACIÓN A PROPORCIONAR A LA

    SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES

    A#t.culo $, Información que debe remitirse a la ;uperintendencia de "ensionesA#t.culo +, DerogatoriaA#t.culo &, Flexibilizació !el l"#ie

    T)TULO I3TRANSITORIOS

    T#a78ito#io I,  Del plazo para los a'ustes<T#a78ito#io II,  De la implementación del libro de actas electrónico<T#a78ito#io III,  Del plazo para el cumplimiento de requisitos de los fondos de

    inversión admisibles

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    T#a78ito#io IV, Cumplimiento del l#mite m=&imo estipulado en el literal a9 del Art#culo05<

    T#a78ito#io V, Cumplimiento del l#mite m=&imo estipulado en el literal b9 del Art#culo05$ para los recursos del a:orro voluntario<

    T#a78ito#io VI, Cumplimiento del l#mite m=&imo estipulado en el Art#culo )><

    T#a78ito#io VII, Cumplimiento del l#mite m=&imo estipulado en el Art#culo >?$ para lasinversiones del capital m#nimo de funcionamiento<T#a78ito#io VIII, Cumplimiento de la reclasificación de valores de inversiones en

    recompras$ reportos y fondos de inversión estipulado en el inciso c9del Art#culo 0?<

    T#a78ito#io I3, *peraciones con derivados$ @otas 7structuradas y Fondos de Inversión del e&terior<

    T#a78ito#io 3,  "lazo para a'ustarse a la reforma reglamentaria<

    T#a78ito#io 3I,T#a78ito#io 3II,

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    REGLAMENTO DE INVERSIONES DE LASENTIDADES REGULADAS

    T)TULO IDISPOSICIONES GENERALES

    CAP)TULO IALCANCE DEFINICIONES

    1A#t.culo 1, Alcance de la normativa

    l eee e+la#e #a la i-eió !e l ec a!#iia! la ei!a!ee+la!a, !e c#i!a! c l eableci! e la e 783, e !e ecció alabaa!, a" c# la i-eió !e l ec ce!iee al caial #"i# !ecia#ie !e la ei!a!e aiza!a.

    6e excea !e la alicació !e ee e+la#e a) la 9a !e eie !el :a+iei ;acial, e elació c la i-eie a!#iiació !el ! a!#iiai-, !ec#i!a! c l eableci! e el a"cl 107 !e la e 7531< b) l l"#ie !ei-eió, l"ica !e !i-eiicació eca ce!i#ie eableci! e leeeeciale.

    a=!e !e ei!a!e e+la!a ! e ce !e li>i!ació, a" c# !e !!e eie cea! le eecial cea! a e-a ailiacie, el 6eie!ee !=, #e!iae ace! !ebi!a#ee aza! #i-a!, exi#il acial#ee !e laalicació !e la !iicie cei!a e ee e+la#e.

    $A#t.culo $, Definiciones

     Activo subyacente: ?ci- be el cal e ealiza l ca a laz (@a!), !e!ieecia, e#a iaciea (@a). e aci- e ieca#bia, a ea  aeecia c#eació !e !ieecia, al ##e !e li>i!ae la eació.

    1 Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante Artículo 5,numeral 3, literal b del Acta de la Sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 'ublicado en el (iario2ILFLDO³/D *DFHWD´60, del24de marzo del 2006.

    " Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo +, numeral1, del actade lasesión 33#, F-.-/0(( -. - (24 -. & 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(.;1!", del "5 dea)osto del "$$3&

    Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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     Administrador de cartera eial ei!a! i!ee!iee !e la ei!a! e+la!aeable !el ali !e aci- !e ece. l a!#iia! iee laeabili!a! i!ciaia !e #aea l aci- ec+e c=le -ale l #=a!eca! a a-A !el ie# ecibie! e-ici a c#iió aca!a !e e-i.

     Administración integral de riesgos aa l eec !e ee e+la#e e ee!e=  a!#iiació ie+al el c !e bei-, l"ica, ce!i#ie accie >eiee el ói !e i!eiica, #e!i, #iea, li#ia, cla, i#a e-ela l !ii i !e ie+ a >e e ecea exe l ! a!#iia! laei!a!e e+la!a.

    Cámara de Compensación: i!a! >e aca c# caae e l ca !e >e e celebe a a-A !e l #ecai# cealiza! !e e+ciació !e eaeacie.

    Conflicto de inters Bal>ie ac, #iió iació !e a ea, ea "ica  "!ica, >e !iee +a -eaa beeici, aa " aa ece, !c !e laa!#iiació !e l ! la eació !e e-ici elacia! c e.

    ?i#i#, e ee!e= c# clic !e ieA la caició exiee ee lieee !el ailia! l !e la ei!a!, la e#ea !el + !e ieA ecó#ic iacie al >e eeezca ea li#a l ee acciia !e la ei!a! e#ea !el + !e ieA ecó#ic iacie. e ca la ei!a! e+la!a!ebe= aee l ieee !el ailia! el ! a!#iia!. ; e ci!eaclic !e ieA el cb !iai !e c#iie aiza!a a!#iiació !e l! a!#iia!.

    Contrato a plazo !for"ard#: Ba ea!aiza! e -i! !el cal a !e la aea!>iee la bli+ació !e c#a la a !e -e!e, e laz eableci!, acai!a! !ee#ia!a !e aci- bacee ca caace"ica eci Ca i! e-ia#ee !eii!a ac!a!a al ##e !e la celebació !el ca.

    Contrato de futuro: Ba ea!aiza! #e!i !el cal a ae a!>iee, e+ elca !e >e e ae, la bli+ació !e c#a -e!e, !e !e laz c-ei!, #e !ee#ia! !e i!a!e !e aci- bacee ca caace"ica eciCa i! e-ia#ee !eii!a ac!a!a al ##e !e la celebació !el ca.

    Contratos de diferencia: ?ce! !e aaleza b=il el cal la ae ec##ee a li>i!a, e a ecCa a, # e>i-alee a la !ieecia ee el-al !e aci- bacee e-ia#ee ac!a!, el -al !e ee aci- a la ecCa !eee+a.

    Cuentas de re$uerimiento de margen !margin accounts# Bea !e ceae e la cal e e#ie al ie#e!iai b=il c!i iacia a cliee iliza! l aci- ea!#iiació c# claeal.

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     Derivados: eacie iaciea c -al e !ee#ia! el -al !e

    i#e iacie cci! c# aci- bacee. Disponibilidades 6e+ l !eii! e el :aal !e Bea -i+ee. 6e c#a= aaeec !e cl !e l"#ie i >e ea e ci!ee i-eió.

     Dólares aa eec !e ee e+la#e e eiee a la #e!a !e c le+al e la! Di! !e ?#Aica.

     %misores e&tran'eros ?!e#= !e l +ai# #lilaeale !e cA!i, e#ieexae a>ella ei!a!e, blica i-a!a, >e e#ia -ale ba la e+lació e-iió !e l #eca! exae aiza!.

     %ntidades autorizadas a !eii!a e el a"cl 2 ici . !e la e !e ecció alabaa!.

     %ntidad Calificadora (nternacional  ?>ella ecci!a c# acial la B#iió!e Eale !e a! Di! !e ;ea#Aica (6B). el ca !e >e a e#iió e#i caliica! eee #= !e a caliicació e ci!ea= la #= baa.

     %ntidades reguladas a !eii!a e el a"cl 2 ici C. !e la e !e ecció alabaa!.

     %ntrega contra pago !Delivery versus payment# :ecai# aa la li>i!ació !e aaacció e !!e la ee+a !el eeci- e CecCa ca! l eeci- -ale ee+a! acea! e+ l A#i aca! e la aacció.

     %&posición futura potencial: el # #=xi# !e exició eea!a ca!acaae >e ce!e a la ció !el ie+ !e cA!i >e e= e ció !elie# >e ea Caa -eci#ie la -laili!a! eea!a !el eci !el bacee!el i#e iacie !ei-a!, e ie-al !e ciaza !ee#ia!.

    )ondos *ndices F! !e i-eió ca caea elica la c#ició !e "!ice!ee#ia!.

    )ondos de cobertura o de gestión alternativa !+edge funds# 6 ! !e i-eió cbei- e #axi#iza la eabili!a!, ea cal ea la e!ecia !el #eca!, e#lea!eae+ia e i#e c# -ea e !ecbie, aalaca#ie, !ei-a!iacie , al+ !e l cale ica al i-el !e ie+.

     (ntermediario bursátil  ea "ica "!ica !ebi!a#ee aiza!a la ei!a!ee+la!a !e l #eca! !e -ale aa ea el e-ici !e c#a -ea !e-ale cea ia !e ece.

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    ,-rupo de inters económico o financiero Bie + !e ieA ecó#ic iacie

    a< %as entidades pblicas autorizadas por leyes especiales o convencionescolectivas para crear o administrar fondos de pensiones complementarios para sus empleados y los órganos de dirección$ aunque estos ltimos carezcan de personalidad 'ur#dica propia<

    b< %as instituciones autónomas y las sociedades en las que aquellas posean una participación accionaria superior al cinco por ciento 8B9<

    c< %as entidades pblicas de car=cter o de servicio pblico no estatal y las sociedades en las que aquellas tengan una participación accionaria superior al cinco por ciento 8B9<

    d< %as personas f#sicas o 'ur#dicas vinculadas con las entidades supervisadas$de conformidad con los criterios establecidos en los art#culos y E del 

    ³59GHIJ ED G 9DK6 LIFKGHM H GH IJMHM´ $FKDM>9<

     ; e ci!ea ae !el + !e ieA ecó#ic iacie, l -eC"cl !e ói eecial a!#iia! ei!a!e eeeciee al #i# +, ie#e>e 1) exia a eaació ai#ial eec !e a!#iia! >e, a!e#=, 2)cee c #a !e +eió !e l e-eale clic !e ieA >e e +eee. a#a !ebe= eablece, c# #"i#, la bli+ació !e i!eiica l ie+ acia!,a" c# la #e!i!a >e !ebe= a!ae aa a!eca!a a +eió.

     .*mites de inversión eiccie !e cceació e#iió, e#i, i !ei#e #eca! eableci! e ee e+la#e c# e+lació !ecial !e!i-eiicació. l"#ie !e i-eió e eablece c# ceae !el al !ei-eie !iibili!a!e !el ! a!#iia!. l"#ie eOala! e eee+la#e cie la l"ica !e i-eió aa l ! a!#iia!.

     /argen de garant*a: e>ei#ie e eeci- e i#e !e i-eió >e i-eiia !ebe cii aa +aaiza a caae el c#li#ie !e lca a laz (@a!), !e !ieecia .

     /ercados C !ver t+e counter# :eca! libe +aiza! >e e=icial#ee e+la! i ee a bicació "ica ccea e l cale e e+cia

    3 Adicionado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 1"del acta

    de lasesión11"?#"$1@,celebrada el ""de setiembredel"$1@&36/.7F(-8 -.97(07":7F7(.;1+,del15 de octubredel "$1@&Mediantepublicación en el 97(07 ":7F7(.;"$",del "1de octubre de "$1@,secorri)e error material en cuantoa estaadición&

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    -ale iacie e #a !ieca ee l aiciae, #al#ee a a-A !e e!e!e elec#icació. e #eca!, a ca! e!e exii ace! !e ce!i#ie, exie ó+a !e c#eació li>i!ació >e ie#e!ie eela ae +aaice el c#li#ie !e la bli+acie c-ei!a la #i#a.

     /ercados locales 6 a>ell e >e aicia c#a!e -e!e!e aa laa!>iició -ea !e -ale e#ii! ei!a!e caicee exaea, ca!ea aaccie e ealiza e el eii acial.

     /ercados e&tran'eros 6 a>ell e >e aicia c#a!e -e!e!e aa laa!>iició -ea !e -ale e#ii! ei!a!e caicee exaea, cae+ciació e ealiza ea !el eii !e Ba ica.

     /iembro e&terno de los comits de inversiones y de riesgo :ie#b i!ee!iee -icla! elació labal, ie!a! +eió al + !e ieA ecó#ic iacie.

     orma de producto Hc#e e#ii! ece i!ee!iee >e !eie lacaace"ica, eeciicacie l e>ii #"i# >e !ebe c#li el ce !ei-eió a!#iiació !e ie+ aa +aaiza >e e a aa la ceca eació!el e-ici. 6e+ l ciei !e la #alizació Acica, l ce !e !eall !ela #a -laia exi+e la ccecia !e la ae ieea!a.

    3rganos de Control  ?!ie xe e Pe, el eca+a! !e la cie !ec#li#ie #ai- el ical !e la ei!a!e e+la!a.

    3rgano de Dirección Be!e a la #=xi#a ea>"a !e !e la ei!a! e+la!a ccie !e e-iió c"ica !ee#iai-a< ea 9a Hieci-a, 9a ?!#iiai-a,Be 6ei a.

     4ermuta financiera !s"ap#: Ba ea!aiza! a a-A !el cal el c#a! -e!e! ace!a ieca#bia l #eai aci- bacee e laz  eeableci!, ci!ea! !ee#ia!a c!icie caace"ica e-ia#ee!eii!a al ##e !e celebació !el ca.

     5gimen o reg*menes especiales ?>ell lae !e eió c#le#eaia cea!  le eecial c-eció cleci-a, l e+"#ee blic i !el A+i#e !eP-ali!ez, Eeez :ee !e la Baa Baicee !e 6e+ 6cial cal>ie A+i#e !e eió eecial, !e c#i!a! c l eableci! e la e 783, e !eecció al abaa!. ; e ci!ea c# al el A+i#e c#le#eai !e eie bli+ai -lai, eableci! e la e 783.

     5iesgo de crdito 6e eiee a la A!i!a ecial !el -al !el ali !c !e laala !e a+ !el e#i.

     5iesgo legal  Bie e la A!i!a ecial e el -al !el ali elic#li#ie !e la !iicie le+ale a!#iiai-a alicable, la e#iió !e

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    elcie a!#iiai-a !iciale !ea-able, la alicació !e acie lca#bi #ai-, e elació c la eacie !e i-eió >e la ei!a!e lle-e acab.

     5iesgo de li$uidez  Be!e a la A!i!a ecial !el -al !el ali la -ea

    aicia!a za !e aci- c !ece iale aa Cace ee a bli+acie,  bie, el CecC !e >e a ició e!a e a#ee eaea!a, a!>ii!a cbiea #e!iae el eableci#ie !e a ició caia e>i-alee.

     5iesgo de mercado 6e elacia c la A!i!a ecial e el -al !el ali  ca#bi e l ace !e ie+ >e ici!a be la -alació !e la icie, alec# aa !e ieA, i !e ca#bi e "!ice.

    T)TULO IINORMATIVA PRUDENCIAL PARA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

    CAP)TULO ICOMIT/ DE INVERSIONES

    &A#t.culo +, De la constitución y funcionamiento

    l ó+a !e !iecció !ebe= #ba c#iA !e i-eió c#a! #"i#!e e #ie#b !e l cale, al #e , !ebe e exe al + !e ieAecó#ic iacie. l #ie#b exe != e !iec, #ie#b !el ce !ecaliicació, a!#iia! ciai !e a caliica!a !e ie+.

    l B#iA !e P-eie !ebe= e, aa la abació !el ó+a !e !iecció, la l"ica !e i-eió ce!iee a ca!a ! a!#iia!.

    A#t.culo &, 5e$uisitos para los miembros del Comit de (nversiones

    #ie#b >e c#e el B#iA !e P-eie !ebe= c#li, c# #"i#, li+iee e>ii

    a< Deben ser personas de reconocida y probada :onorabilidad$ as# como de

    @ Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    amplia e&periencia en materia económica$ financiera y burs=til$ la cual deber=quedar debidamente acreditada y documentada<

    b< @o :aber sido condenadas$ mediante sentencia firme$ por la comisión dolosa dealgn delito durante los diez ltimos aos<

    c< @o :aber sido condenadas$ mediante sentencia firme$ por la comisión culposade delitos contra la buena fe de los negocios o la confianza pblica durante loscinco ltimos aos<

    d< @o :aber sido sancionadas administrativamente durante los dos ltimos aos<

    e< @o :aber sido suspendidas$ separadas o in:abilitadas para ocupar cargosadministrativos o de dirección en entidades reguladas o supervisadas por losórganos de regulación o supervisión financiera<

     f< %os miembros no podr=n estar ligados entre s# por parentesco o consaguinidad o afinidad$ :asta el tercer grado< 7n el caso del miembro e&terno dic:aincompatibilidad se e&tender= a los funcionarios de la entidad que mantengan posiciones de decisión o dirección<

    Be!e a l #ie#b !ei+a! !el B#iA ace!ia, ae la ei!a! e-ia!a,el c#li#ie !e l e>ii eableci! e ee a"cl #e!iae la !c#eació>e la ei!a! e+la!a !eia.

    l Q+a !e Hiecció !ebe= c#ba el c#li#ie !e l e>ii aiica el#ba#ie #e!iae ace!. e li# !ebe= e c#ica! a la 6eie!ecia!e eie !e !e l i+iee e !"a C=bile ca! a ai !e i#eza.

    eabili!a! !e la a!#iiació !e la ei!a!e e-ia!a #aee la!c#eació baia !el c#li#ie !e l e>ei#ie exi+i! #aeel a!iició !e la 6eie!ecia.

    *A#t.culo , )unciones del Comit de (nversiones

    l B#iA !e P-eie !ee#eOa=, al #e, la i+iee cie

    a< "roponer$ para discusión y aprobación del Hrgano de Dirección$ la pol#tica deinversiones para la gestión de cada uno de los fondos administrados< Dic:a pol#tica deber= ser revisada por el Hrgano de Dirección$ como m#nimo$ demanera anual<

    ! Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral

    3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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     %a pol#tica de inversiones deber= incluir$ cuando menos$ los ob'etivos y pol#ticas de inversión de la cartera administrada$ criterios de diversificación por t#tulo$ plazo$ moneda$ emisión y emisor$ concentración de emisores yemisión colocada$ liquidez y dem=s que consideren pertinentes$ as# como los

     procedimientos y pr=cticas de inversión< %a pol#tica y sus revisiones periódicasdeber=n documentarse en el libro de actas<

    b< Deber= sesionar$ al menos$ una vez al mes con el ob'eto de determinar laestrategia de inversión$ la composición de los activos de los fondos gestionadose informar y documentar al Hrgano de Dirección de las decisiones tomadas por el Comité<

     7l Comité de Inversiones de cada entidad deber= establecer los mecanismosnecesarios para verificar el cumplimiento de las pol#ticas de inversión dictadas$la su'eción al régimen de inversión previsto y a los l#mites de riesgos vigentes<

    c< Aprobar y dar seguimiento a los planes de reducción de riesgos$correspondientes a e&cesos de inversión$ e informar al órgano de dirección unavez autorizado por la ;uperintendencia<

    d< Determinar las vinculaciones de la entidad con el grupo financiero o de interéseconómico o financiero para dar cumplimiento a las pro:ibiciones establecidasen el art#culo ) de la %ey de "rotección al raba'ador<

    e< 7l Comité de inversiones no podr= sesionar tres veces$ en forma consecutiva$ sin la asistencia y participación del miembro e&terno<

    0A#t.culo *, De los libros de actas

    a ei!a! e+la!a lle-a= l ace! #a! el B#iA !e P-eie e lib!e aca elecóic !e c#i!a! c l e>ii >e, aa al eec, !ice el6eie!ee.

    a l"ica !e i-eió, a -ez aba!a el Q+a !e Hiecció, e ci+a= e ellib !e aca i!ic=!e, !e #aea claa, a >A ! ce!e. a aca !ebe= e i#a!a, c# #"i#, l #ie#b !el c#iA >e Cbiee +i! c# elei!ee el 6eceai !e la eió eeci-a. #ie#b !el B#iA e=eable !e >e el cei! !e la aca ce!a a l !ici! aba! e ca!aeió.

    7 Modificado los Artículos ! por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n

    artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24de marzo del 2006.

    Modificado elArtículo !, por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo?, numeral ::, del actade lasesión !@"#"$$?,celebrada el"5deabrildel "$$?&36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;

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    l lib !e aca, a" c# la i#ació e la >e e eal!e la !eciie !ei-eió, !ebe= #aeee a !iició !e la 6eie!ecia e ! ie#.

    A#t.culo 0, De la autorización del libro

    l lib !e aca !ebe= e aiza! la 6eie!ecia e #a e-ia al iici !eeacie !el c#iA !e i-eie.

    CAP)TULO IIADMINISTRACIÓN DEL RIESGO

    A#t.culo , -estión del riesgo

    a +eió iea !el ie+ ae !e la ei!a!e e+la!a !ebe= ea iea!a a+eea a cla =cica !e al i-el Acic.

    bli+ació !a#eal !e la ei!a!e e+la!a #aee, e#aee#ee, aa!eca!a e-alació, a!#iiació -alació !e l ie+. Q+a !e Hiecció!e la ei!a!e !ebe eablece l"ica claa ecia >e !eia l ciei bal cale la +aizació e +eeal !ebe e-ala, caliica cla l ie+ !e laei!a! !e l ! a!#iia!. P+al#ee, !ebe= a!a la l"ica accieeceaia aa ae+a el c#li#ie eic !e la iccie #"i#a >e e Ca!eii!. ae, l Q+a !e Bl !ebe= -ela el cec c#li#ie!e ea l"ica e ca !e a!eca! cl !e la exició al ie+.

    a 6eie!ecia, #e!iae -iia !e iecció eió!ica cal>ie #e!i,e-ala= e+la#ee la alicació !e la #e!l+"a ce!i#ie a!a!  la ei!a!e e+la!a aa el a=lii #ae !el ie+.

    2A#t.culo 2, Comit integral de riesgos

    8 Modificado los Artículos ! por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n

    artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24de marzo del 2006.

    + Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo +, numeral1, del actade lasesión 33#"$$3, celebrada el 5de a)osto del "$$3& 'ublic( -8 -. 97(07 ":7F7(.;1!", del "5 dea)osto del "$$3&

    Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    l ó+a !e !iecció !ebe= #ba c#iA !e ie+ c#a! #"i# !ee #ie#b. ?l #e !e l #ie#b !ebe e exe al + !e ieAecó#ic iacie != ie+a c#iA !e la ei!a!.

    Hebe= #a ae !el c#iA el eable !e la Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al

    !e ie+.l B#iA e= el eca+a! !e la i!eiicació, ei#ació, a!#iiació cl !el ie+ iCeee a l ! a!#iia!.

    #ie#b !el B#iA !e ie+ !ebe= ca c exeiecia e el a=lii !eie+ le e= alicable l e>ii !ie e el a"cl 4.

    Be!e a l #ie#b !ei+a! !el B#iA ace!ia, ae la ei!a! e+la!a, elc#li#ie !e l e>ii eableci! e ee a"cl #e!iae la !c#eació >ela ei!a! e+la!a !eia.

    l B#iA != eia e -ece e #a ceci-a i cea c la aiecia aiciació !el #ie#b exe. Be!e al Q+a !e Hiecció !e la ei!a!!ee#ia la iexiecia !e -iclacie !el #ie#b exe c el + iacie !e ieA ecó#ic iacie e i#al a la 6eie!ecia !e eie !e!el laz !e e !"a ca! a ai !e la ecCa !e #ba#ie.

    eable !e la ealizació !e la i-eie, la eecció !e la eae+ia >e !iceel B#iA !e P-eió !e la !iia =ea i-lca!a e la eació, != aicia e el B#iA !e ie+ c -z e i -. i#ilae c!icie aicia= l #ie#b !el B#iA !e P-eie, a exceció !el +eee a!#iia! !e la ei!a! e+la!a, e ca !e eeece a a#b c#iA.

    l B#iA !e ie+ e !ebe= ei, ca! #e, a -ez al #e. !a la eie ace! !e l B#iA !e ie+ !ebe= Cacee ca e aca !ebi!a#eeaza!a e lib elecóic !ii !el iliza! el B#iA !e P-eie. #ie#b !el B#iA >e Caa aii! a la eió e= i+al#ee eable !e >eel cei! !e la aca ce!a a l !ici! l aba! e ca!a eió.

    l eiee, al lib !e aca !el B#iA !e ie+ le e= alicable l eableci! el a"cl 7 !e ee e+la#e.

    1%A#t.culo 1%, )unciones del Comit de 5iesgos

    1$ Modificado los Artículos ! por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "de mar%o del "$$!&'ublicadoH# HO'LDULR 2ILFLDO³/D *DFHWD´60, del24de marzo del 2006.

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo ?,numeral::,del actade lasesión !@"#"$$?, celebrada el "5de abrildel "$$?&36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;+3,del 1!de mao del "$$?&

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    aa el !eall !e cie el B#iA !e ie+ ealiza=, al #e, l >e i+e

    a. e aa abació !el Q+a !e Hiecció !e la ei!a! e+la!a

    i< %os l#mites de e&posición al riesgo para cada tipo de riesgo identificadoe e ci!ee eceaia aa

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n artículo 1$, del actade lasesión 1$@+#"$13,celebrada el"de juliodel"$13&36/.7F( -8 -.97(07":7F7(.;1@",del "@de

     julio del "$13

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    el eecici !e cie.

    l B#iA !e ie+ e-ia=, ca! #e, a -ez al aO, l eOala! e l ici i. ii. !el lieal a. !e ee a"cl, i eici !e ealiza !icCa ció c #a ececiae eea a la c!icie !el #eca! !e la ei!a! e+la!a.

    11A#t.culo 11, De la 6nidad para la Administración (ntegral de 5iesgos

    l B#iA !e ie+ e aa= e a i!a! eecializa!a c be e= i!eiica,#e!i, #iea e i#a a !icC B#iA, a" c# a l ó+a ciai a >ee eiee el lieal c) !el a"cl aei, !e l ie+ caiicable >e eee laei!a!e e+la!a e eacie.

    e-ici ea! la Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ !=caae c !eaa#e eecializa! !el + !e ieA ecó#ic iacie!el cal #e ae la ei!a!, bie, c ece i!ee!iee. ee ca, laei!a!e !ebe= #aee, !e !e ia Di!a!e aa la ?!#iiacióPe+al !e ie+, ca! #e, a eable >e a c# caae Acica.

    a Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ !ebe= #aee i!ee!eciaeec !e la =ea !e eació c el ói !e e-ia clic !e ieA ae+a a a!eca!a eaació !e eabili!a!e.

     ; != caae la eació !el e-ici c ece ca! e #ae+a al+i !e clic !e ieA c la ei!a! el + !e ieA ecó#ic iacie al>e eeezca a>ella. He e-i a caació, !ebe= ace!iae ea cicacia#e!iae !eclaació a!a e!i!a al eec , a!icial#ee, caae !e >e ceac la l-ecia #al, la caaci!a! Acica la exeiecia eceaia aa el a!eca!eecici !e cie.

    Be!e al Meee !e la ei!a! la c#bació !e la caaci!a! Acica laexeiecia !e l !eaa#e i!a!e eecializa!a eeeciee a l + !eieA ecó#ic iacie la cal !ebe= >e!a !ebi!a#ee !c#ea!a.

    a caació !e e-ici c la i!a!e !eaa#e eecializa! !el + !eieA ecó#ic iacie, c ece i!ee!iee, !ebe= #alizae

    11 Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero,se)*n artículo +, numeral1, del actade lasesión 33#"$$3, celeb0(( -. - (24 -. & 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(.;1!", del "5 dea)osto del "$$3&

    Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral3, literal a, del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    eci. ee li# ca, el ca !ebe= cee a cl=la !!e e eablezca labli+ació !el ece !e !eclaa l clic !e ieA >e lle+e a ciae c eii!a! a la caació ce#la la ibili!a! "!ica !e eci!i el c-eie ee e-e. a=!e !e e#ea, la aeie bli+acie alcaza a l ci, la9a Hieci-a eeeae le+ale.

    a eabili!a! !e la Meecia ?!#iiació !e la ei!a!e e+la!a ei!ele+able.

    1$A#t.culo 1$, )unciones de la 6nidad de Administración (ntegral de 5iesgos

    a Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ !ee#eOa=, al #e, lai+iee cie

    a. Ei+ila >e la a!#iiació !e ie+ ea ie+al ci!ee l ie+ e >eica la ei!a! e+la!a l ! a!#iia! ie!a! !e ece.

     b. e al B#iA !e ie+ !e la ei!a! e+la!a la #e!l+"a, alicala a-ez aba!a, aa i!eiica, #e!i #iea l !ii i !e ie+ a >e eecee exea, a" c# l l"#ie #=xi# !e ie+ e#ii!.

    c. P#a al B#iA !e ie+, al !e P-eie al Meee ?!#iia! be

    i< %a e&posición por tipo de riesgo de los fondos administrados< %os informes sobre lae&posición de riesgo deber=n incluir an=lisis de sensibilidad y pruebas ba'ocondiciones e&tremas<

    ii< %as desviaciones que$ en su caso$ se presenten con respecto a los l#mites dee&posición al riesgo establecidos proponiendo$ cuando as# corresponda$ lasacciones correctivas necesarias<

    !. i#e a >e e eiee ee a"cl !ebe= eeae al B#iA !e ie+ ala a!#iiació !e la ei!a! e+la!a al #e #eal#ee, i eici !e >e,!ee!ie! !e la iació !e l ! a!#iia!, la Di!a! !ee#ie eea l i#e c a #a ececia.

    e. P-ei+a !c#ea la caa >e i+ie !e-iacie a l l"#ie !eexició al ie+ eableci!, i!eiica! i !icCa !e-iacie e eea e#a eiea!a e i#a !e #aea a ela! al B#iA !e ie+, !eP-eie al Q+a !e Hiecció.

    1" Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    . ec#e!a la -aiació !e l l"#ie !e exició al ie+ e-ia#ee aba!,ca! l ci!ee eiee.

    +. Heii alica #e!l+"a !e #e!ició !e eabili!a!e aa!a ie+

     eeal al B#iA !e ie+ !e P-eie aa !ició e-alació.1+A#t.culo 1+, /anual de 4ol*ticas y 4rocedimientos para la Administración (ntegral de 5iesgos

    l :aal !e l"ica ce!i#ie aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ !ebe=ce#la, ca! #e, l i+iee aec

    a. bei- be la exició al ie+ el eableci#ie exl"ci c# icialbei- !e la ei!a! a!#iia !ee#ee l ec !e l abaa!eailia!.

     b. Da eca +aizacial !ieOa!a aa lle-a a cab la ?!#iiació !eie+. HicCa eca !ebe= eablecee !e #aea >e exia i!ee!ecia eela Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ a>ella a =ea !e cl!e eacie, a" c# a claa !eli#iació !e cie eil !e e e! i-ele.

    c. a acla!e eabili!a!e e ció !el ca+ >e e !ee#eOe ca! eeli# i#li>e la #a !e ie+ aa l ! >e ee la ei!a!.

    !. a !ee#iació ce!i#ie aa calcla l l"#ie aa la #a !e ie+ >eeablezca ca!a ei!a! i !e ie+, a" c# la l"ica !e e-iió !e l"#ie.

    e. a #a ei!ici!a! c la >e e !ebe= i#a a l Q+a !e !iecció !e laei!a!e, a l B#iA !e ie+ !e P-eie, al eable !e la ealizació !ela i-eie la eecció !e la eae+ia >e !ice el B#iA !e P-eie l!e la !iia =ea i-lca!a e la eació >e !ei-a! !e ciei#li>e la #a !e ie+, be la exició al ie+ !e ca!a !.

    . a #e!i!a !e cl ie, a" c# la ce!iee aa ce+i la!e-iacie >e e be-e be l l"#ie !e exició al ie+.

    +. l ce aa la abació !e ea, eae+ia iiciai-a !e ?!#iiació!e ie+ , e ca, !e cbea. HicCa ea !ebe= ca, ee aec, c a !ecició +eeal !e la e-a eació, el a=lii !e ie+

    13 Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral

    3, literal a, del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    i#l"ci, el ce!i#ie a iliza aa i!eiica, #e!i, #iea, cla,i#a e-ela ale ie+, a" c# a iió be la -iabili!a! "!ica !e la ea.

    C. lae !e acció e ca !e ci+ecia ca i eza #a.

    i< 7l proceso para la autorización de cada entidad del e&ceso a los l#mites dee&posición al riesgo<

    l :aal !ebe= i ac#aOa! !e l #!el #e!l+"a aa la -alació !e l!ii i !e ie+, aba! el B#iA !e ie+, a" c# !e le>ei#ie !e l ie#a !e cea#ie !e i#ació aa el a=lii !eie+.

    1&A#t.culo 1&, /edición7 monitoreo7 control y contenido de los informes internos

    aa lle-a a cab la #e!ició, #ie cl !e l !i-e i !e ie+caiicable la -alació !e la icie !e l ! >e ee la ei!a!ee+la!a, la Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ !ebe=

    a9 Contar con modelos y sistemas de medición de riesgos que incorporeninformación de mercado que comprenda variables tales como rendimientos$volatilidad y potencial de movimientos adversos$ en donde se refle'e de forma precisa el valor de las posiciones y su sensibilidad a los diversos factores deriesgo<

    b9 Asegurarse que la información que sirva de base para calcular las posicionesde las carteras administradas y utilizada en los modelos y sistemas demedición de riesgos$ sea precisa$ #ntegra y oportuna$ por lo que todamodificación a la citada información deber= quedar documentada y contar con la e&plicación sobre su naturaleza y motivo que la originó<

    c9 %levar a cabo estimaciones de la e&posición al riesgo de los fondos ligadas aresultados o al valor de la cartera de las mismas<

    d9 7fectuar revisiones periódicas a los supuestos contenidos en los modelos y sistemas definidos en el art#culo E de este Reglamento<

    e9 Comparar periódicamente las estimaciones de la e&posición al riesgo contra

    1@ Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral3, literal a, del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    los resultados efectivamente observados para el mismo per#odo de medición y$en su caso$ modificar los supuestos empleados al formular dic:asestimaciones<

    1A#t.culo 1, 4ruebas de simulación

    a Di!a! aa la ?!#iiació Pe+al !e ie+ c#le#ea= #e!ició !eie+ c la ealizació !e eba ba c!icie exe#a. a eba !ebe e#ii i!eiica el ie+ >e eea"a l ! >e a!#iie la ea!a e!icCa c!icie, ecce la icie eae+ia >e Ca+a #= -leable l!, aa l cal !ebe=

    a9 7stimar el riesgo ba'o condiciones en las cuales los supuestos fundamentales y los par=metros utilizados para la medición de riesgos se colapsen$ as# comola capacidad de respuesta de la entidad regulada para minimizar los efectos para los fondos ante tales condiciones<

    b9 7valuar el diseo y los resultados de las pruebas ba'o condiciones e&tremas$ para que a partir de dic:a evaluación$ se establezcan planes de contingenciaaplicables al presentarse esas condiciones en los mercados financieros en que participen<

    c9 Considerar los resultados generados por las pruebas ba'o condicionese&tremas en la revisión de pol#ticas y l#mites para la toma de riesgos< %anidad para la Administración Integral de Riesgos deber= aplicar pruebasba'o condiciones e&tremas para la medición de todos los riesgoscuantificables a que estén e&puestas los fondos que administren<

    1*A#t.culo 1*, 5iesgo de crdito

    a e-alació !el ie+ !e cA!i !ebe ce#la la ei#ació !e l #e !ele#e

    a9 %a probabilidad de deterioro o de cambio en la calificación de riesgo del t#tulo valor$ y consecuentemente la posibilidad de impago de la prestación<

    b9 %a estimación o cuantificación de la pérdida potencial de la entidad reguladaen caso de que se produzca el evento anterior<

    15 Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral

    3, literal a, del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    10A#t.culo 10 5iesgo legal 

    a ei!a!e e+la!a !ebe= -ala c# #"i#

    a9 %as pol#ticas y procedimientos en busca de una adecuada instrumentación de

    los convenios y contratos en los que participen$ delimitando claramente susderec:os y obligaciones contractuales<

    b9 Determinar las consecuencias legales producto de la actividad de la entidad en función de la administración de a:orro pblico segn los términos queestablecen la legislación aplicable<

    c9 Difundir ampliamente entre los funcionarios y empleados$ las disposicioneslegales y administrativas aplicables a sus operaciones$ as# como lasimplicaciones que conllevan su e'ercicio<

    d9 7stablecer las acciones 'ur#dicas y administrativas pertinentes que permitantutelar el riesgo de contraparte$ ante el evento de incumplimiento de unemisor$ de modo que se logre la m=&ima recuperabilidad de la inversiónmediante la e'ecución de colaterales u otras garant#as<

    1A#t.culo 1, 5iesgo de li$uidez 

    a ei!a!e e+la!a, e la a!#iiació !e ee i !e ie+, !ebe= c# #"i#

    a9 !edir y monitorear el riesgo ocasionado por retiro de recursos considerando para tal efecto la liquidez particular de todos los activos administrados y delos flu'os que ingresen a futuro<

    b9 Determinar la pérdida potencial derivada de la venta de activos durante³FDEE M GKMR´ I GE DFHME K 6DLKI GH DHGRHFI M

    valores mediante descuentos inusuales para :acer frente a sus obligaciones demanera oportuna$ as# como por el :ec:o de que una posición no pueda ser oportunamente ena'enada por factores de cualquier otra naturaleza<

    12A#t.culo 12, 5iesgos de mercado

    17 Modificado los Artículos ! por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n

    artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24de marzo del 2006.

    1 Modificado Artículos 1 1+ por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*n

    artículo 5,numeral 3,literalesab respectivamente, del actade lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del"$$!. 3$%OLFD&RH# HO'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24 de marzo del2006.

    1+ Modificado Artículos 1 1+ por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*n

    artículo 5,numeral 3,literalesab respectivamente, del actade lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del"$$!. 3$%OLFD&RH# HO'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24 de marzodel2006.

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    24

    a ei!a!e e+la!a, e la a!#iiació !el ie+ !e #eca!, !ebe= c##"i#

    a9 7valuar y dar seguimiento a todas las posiciones su'etas a riesgo de mercado$utilizando para tal efecto modelos que permitan medir la pérdida potencial en

    dic:as posiciones asociada a movimientos de precios$ tasas de interés o tiposde cambio$ con un nivel de probabilidad dado y :orizonte definido<

    b9 Definir normas cuantitativas y cualitativas para la elaboración y uso de losmodelos para evaluar la diversificación del riesgo de mercado de sus posiciones<

    c9 Comparar las estimaciones de riesgo de mercado con los resultadosefectivamente observados< 7n caso de que los resultados proyectados y losobservados difieran significativamente se deber= analizar los supuestos ymodelos utilizados para realizar las proyecciones y$ en su caso$ modificar dic:os supuestos o modelos<

    $%A#t.culo $%, Auditor*a de 5iesgos

    a ei!a!e e+la!a !ebe= ec#e!a a exe i!ee!iee a!i exe>e lle-e a cab, ca! #e a -ez al aO, a a!i"a !e a!#iiació !e ie+.

    HicCa lab != e ae ie+al !el aba ealiza! la i#a !e ?!ie xe bie caae a exe i!ee!iee !ebe= eeae e i#e eaa!.l exe i!ee!iee el a!i exe !ebe= c#li c l i+iee e>ii

    a< @o :aber sido sancionado por la ;uperintendencia de "ensiones o por cualquier otra autoridad del sistema financiero en los cinco aos anteriores<

    b< Contar con conocimientos y e&periencia demostrables en medición yadministración de riesgos$ estad#stica$ valuación financiera y sistemasinform=ticos<

    l ó+a !e !iecció #ba=, #e!iae ace!, al eable !e la a!i"a !eie+ a >ie e alica= la ic#aibili!a!e >e e eablece e la #ai-aelai-a a la a!i"a exea.

    A#t.culo $1, 5e$uisitos m*nimos de la Auditor*a de 5iesgos

    "$ Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*nartículo 5, numeral

    3, literal a del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    a a!i"a e ?!#iiació !e ie+ !ebe= ce#la, ee , l i+ieeaec

    a9 7l desarrollo de la Administración de Riesgos de conformidad con lo

    establecido en las presentes disposiciones y en el !anual de "ol#ticas y "rocedimientos para la Administración Integral de Riesgos de la entidad regulada<

    b9 %a organización de la nidad para la Administración Integral de Riesgos y suindependencia de las dem=s =reas$ o en caso de que este servicio lo preste untercero el cumplimiento del contrato celebrado entre las partes<

    c9 "rogramas de revisión del cumplimiento de ob'etivos$ procedimientos ycontroles en la celebración de operaciones$ as# como de los l#mites dee&posición al riesgo$ semestralmente$ o bien$ con una mayor frecuenciacuando por las condiciones del mercado se 'ustifique<

    d9 ;istemas de almacenamiento$ procesamiento y mane'o de información que permitan el desarrollo de una Administración de Riesgos<

    e9 Aplicación y difusión de los planes de acción para casos de contingencia$ por caso fortuito o fuerza mayor$ que impidan el cumplimiento de los l#mites dee&posición al riesgo establecidos<

     f9 "rogramas de capacitación para el personal de la nidad para la Administración Integral de Riesgos$ tanto para el caso de que ésta forme parte de la estructura de la Administradora como para cuando se contrate conun tercero$ y para todo aquél involucrado en las operaciones que impliquenriesgo para los fondos administrados<

    $1A#t.culo $$, De la verificación de idoneidad 

    l 6eie!ee -eiica= la caaciació acalizació >e eciba l ie+ae !elB#iA !e P-eie !el B#iA !e ie+< l ciai eable !e laealizació !e la i-eie la eecció !e la eae+ia l"ica >e e#ia !icCB#iA. aei e aa !e >e l ec !e l ailia! ea a!#iia! el eal #= caliica! ba l #ee icii !e #ae !e ali.

    21 Modificado los Artículos ! por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n

    artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el(iario.fic7(.;!$, del "@de mar%o del "$$!&

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    2

    T)TULO IIIINVERSIÓN EN VALORES DE EMISORES NACIONALES

    CAP)TULO I

    DE LOS MERCADOS LOS VALORES$$A#t.culo $+, De los re$uisitos genricos de los valores y emisores

    a e#iie e el #eca! !e -ale caicee e >e e i-iea l ec !e l! a!#iia! la ei!a!e e+la!a, !ebe= c#li c l i+ieee>ii

    a< Deben estar inscritos en el Registro @acional de (alores e Intermediarios o ser emitidos por entidades ba'o la supervisión de la ;uperintendencia General de 7ntidades Financieras<

    b< %os fondos de inversión y los emisores de t#tulos individuales emitidos por entidades financieras supervisadas por la ;uperintendencia de 7ntidades

    )IHIFDHE MDiI JID KIH FHGPFHFI M DE9 HG IE

    c< "odr=n estar denominados en moneda nacional$ en dólares$ libras esterlinas$ yenes o en euros<

    d< %as operaciones que se realicen deber=n ser al contado$ a e&cepción de lasrecompras y los reportos<

    e< %a entidad emisora de los valores emitidos por entidades del ;istema Financiero @acional para la (ivienda$ adquiridos en cumplimiento del art#culoJ de la %ey 5E?)$ deber= estar situada en el grado de riesgo normal segn lanormativa emitida por la ;uperintendencia General de 7ntidades Financieras< %a entidad deber= establecer de manera e&pl#cita la pol#tica$ procedimientos yverificación de requisitos para el cumplimiento de este l#mite< %as inversiones sealadas en este p=rrafo deber=n a'ustarse a los requisitos y l#mites definidosen este Reglamento<

    $+A#t.culo $&, De la pol*tica de gestión del riesgo de li$uidez 

    "" Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo +,numeral1, del actade lasesión 33#"$$3, celebrada el 5de a)osto del "$$3& 'ublicado en el (iario .fici(.;1!", del "5 dea)osto del "$$3&

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo ?,numeral::,del actade lasesión !@"#"$$?, celebrada el "5de abrildel "$$?&'ublicado en el (iario .fici(.;+3,del 1!de mao del "$$?&

    "3 AdicionadoporacuerdodelConsejo Nacional deSupervisióndelSistemaFinanciero, se)*n artículo5, numeral

    3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el (iari ":7F7(. ;

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     %a moneda en la que se realicen estas operaciones deber= ser aquella en la queesté denominada el subyacente respectivo<

     g9 #tulos de participación emitidos por fondos de inversión<

    l A+i#e !e Baializació Bleci-a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial !ebe= a#biA be-a la !iicie cei!a e el a"cl 21 !e la e7531, e#a Pe+al !el 6ie#a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial.

    $A#t.culo $*, De los mercados autorizados

    a ei!a!e e+la!a !ebe= aa l -ale !e l ! e l #eca! lcaleaiza! la 6eie!ecia Meeal !e Eale e a>ell a l >e e eiee ela"cl 32 !e ee e+la#e.

    6e excea !e l aei al A+i#e !e Baializació Bleci-a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial >e e e+i= la !iicie cei!a e ela"cl 21 !e la e 7531, e#a Pe+al !el 6ie#a !e eie 9bilacie !el:a+iei ;acial.

    CAP)TULO IIDE LOS L)MITES

    $*A#t.culo $0, De los l*mites por sector 

    a i-eie !el ! !ebe= c#li c l i+iee l"#ie #=xi#

    a< 7n valores emitidos por el Kanco Central de Costa Rica y el !inisterio de ,aciendaM :asta un B<

    b< 7n valores emitidos por el resto del ;ector "blicoM :asta un )B<

    c< 7n valores emitidos por empresas del ;ector "rivadoM :asta un J

    $0A#t.culo $, De los l*mites por instrumento

    "5 Modificadoslos artículos "!,"?",por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n artículo 5, numeral 3, literalbdel actade lasesión 5!"#"$$!, celebrada el "demar%o del "$$!&'ublicadoH# HO'LDULR 2ILFLDO³/D *DFHWD´60, del24de marzo del 2006.

    Modificados los artículos "? ", por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo ?, numeral ::, del acta de la sesión !@"#"$$?, celebrada el "5 de abril del "$$?& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´93, del 6de ma!o del 200".

    2 Modificadopor acuerdo del Consejo Nacionalde Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo5,numeral

    3, literalbdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebrada el"de mar%o del"$$!&36/.7F( -8-.97(07 ":7F7(.;

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    l ! a!#iia! ea= e a#biA a l i+iee l"#ie #=xi#

    a< #tulos individuales de deuda emitidos por las entidades financieras supervisadas por la ;uperintendencia General de 7ntidades Financieras$ cuyo

     plazo de vencimiento sea menor de )J d#as$ :asta un JB<b< #tulos de participación emitidos por fondos de inversión financieros y no

     financieros$ :asta un J< %os criterios aplicables para efectos de control de los l#mites establecidos en losart#culos 05 y ) son los siguientesM

    Ti9o d! Fo7do C#it!#ioFiacie !i-eiica!

    Pci a) !el a"cl27

    Fiacie !i-eiica!Pci c) !el a"cl

    27 ; iacie

    Pci c) !el a"cl27

     %os fondos de inversión locales$ financieros y no financieros$ cuyas inversionesen emisores e&tran'eros sean mayores al )B del total de sus activos$ ser=nconsiderados dentro de los l#mites del art#culo )<

    c< *peraciones de recompra o reporto$ cuyo subyacente debe cumplir con losrequisitos de este reglamento$ :asta un B< 7stas operaciones se considerar=ncomo parte del l#mite del sector privado<

    d< Acciones comunes o preferentes$ :asta un J<

    e< #tulos de deuda del sector privado :asta un 5< ;e considerar= la siguientetabla de l#mites intermedios segn la calificación de riesgo de la emisión<

    Cali:icaci;7Po#c!7ta

    =>?i=o??? 70%?? 50%? 30%

    SSS 5%

    "? Modificado el inciso b por acuerdo del Consejo Nacionalde Supervisión del SistemaFinanciero, se)*nnumeral

    :, artículo+del actade lasesión !5@#"$$?, celebrada el "5de junio del "$$?&36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;

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    l A+i#e !e Baializació Bleci-a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial, !ebe= acaa l l"#ie aeie ie#e ca! e ca+a a l!ie e el a"cl 23 !e la e 7531, e#a Pe+al !el 6ie#a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial. aa la alicació !el l"#ie cei! e el lieal !.aei e #a= l"#ie #=xi# !el 30% e -ale !e !e!a !el ec i-a!, e+

    l !ie e el a"cl 23 !e la e 7531. ee ca !ebe= eablecee l l"#iealicable aa cae+"a !e ie+ ieie a ???.

    $ A#t.culo $2, .*mites por emisión y por emisor 

    a ei!a!e e+la!a !ebe= c#li l i+iee l"#ie

    a< n m=&imo de un J en valores emitidos por un mismo emisor< ;e e&ceptade este l#mite el sector contemplado en el inciso a< del art#culo 05< "ara el cómputo de este l#mite se considerar= la siguiente tabla de l#mites intermedios segn la calificación de riesgo de la emisiónM

    Cali:icaci;7

    Po#c!7ta?i=o

    ??? / ?? 10%? / SSS 5%

    b< n m=&imo del B en un mismo fondo de inversión<

    c< n m=&imo del J en valores emitidos por un mismo grupo o conglomerado financiero<

    d< n m=&imo de un B por emisor$ trat=ndose de inversiones en accionescomunes o preferentes<

    $2A#t.culo +%, (nversiones no autorizadas

    " Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral

    3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    ec !e l ! a!#iia! la ei!a!e e+la!a != e i-ei! e

    a. Eale e#ii! a-ala! la i+iee e#ea

    i< *tras entidades autorizadas por la ;uperintendencia de "ensiones$ segn ladefinición establecida en el art#culo 0 de la %ey de "rotección al raba'ador<

    ii< ;ociedades administradoras de fondos de inversión<iii< ;ociedades calificadoras de riesgo<iv< Kolsas de valores<v< "uestos de bolsa<vi< ;ociedades cuyo ob'eto e&clusivo sea el de custodia y depósito de valores<vii< ;ociedades titularizadoras<

     b. Eale e#ii! +aaiza! e ca-eció a l eableci! e el a"cl 3 !ela e 783.

    c. "l -ale >e Caa i! !a! e +aa"a, >e ea be !e +a-=#ee,e#ba+ aacie al ##e !e a!>iie, al- la eacie eec#a e.

    !. He+a!.

    e. l +a#ie !e Aa# i a-ale a ailia! acciia c ec !el ! a!#iia!, i c i ec. 6e excea el A+i#e !elF! !e eie !el !e 9!icial e el cal l Aa# !ebe ealizae !ec#i!a! c l eableci! e el a"cl 238 !e la e G+=ica !el !e 9!icial.

    . 306al- l !ie e lee eeciale, la ei!a!e e+la!a != i-ei l ec !e l ! e -ale e#ii! +aaiza! cal>iea !e lae#ea !el + !e ieA ecó#ic !el + c+l#ea! iacie al>e eeezca la ei!a! e+la!a.

    Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero,se)*n artículo 5,numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    T)TULO IV

    INVERSIÓN EN VALORES DE EMISORES E3TRANJEROSCAP)TULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    +1A#t.culo +1, Condiciones para invertir en valores e&tran'eros

    a ei!a!e e+la!a != ealiza i-eie e e#ie exae !ec#i!a! c l !ie e la e !e ecció al abaa!. aa ell, !ebe=c#li c l i+iee e>ii

    a< Disponer de un servicio que les permita acceder a la información de precios y:ec:os relevantes de los instrumentos que negocian< %a fuente de informacióninternacional deber= ser reconocida por la ;uperintendencia General de(alores o la normativa que la sustituya< 7ste servicio podr= ser propio ocontratado a un tercero$ siempre que la información sea obtenida mediante un servicio que cumpla los requisitos indicados<

    b< Contar con pol#ticas y procedimientos en materias de inversiones y riesgosdebidamente aprobadas por el Hrgano de Dirección que$ de manera e&pl#cita$incorporen los aspectos relacionados con la inversión en valores e&tran'eros<

    c< ;uscribir un contrato con el intermediario seleccionado para lo cual deber=aportarse una traducción oficial del documento a la lengua castellana$ sicorrespondiere<

    el ca !el A+i#e !e Baializació Bleci-a !e eie 9bilacie !el:a+iei ;acial e alica= l !ie e el a"cl 21 !e la e 7531, e#aPe+al !el 6ie#a !e eie 9bilacie !el :a+iei ;acial.

    31 Modificado elliteral f, por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo +,

    numeral 1, del actade lasesión 33#, F-.-/0(( -. - (24 -. &36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;

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    CAP)TULO IIDE LOS MERCADOS LOS VALORES

    +$A#t.culo +$, /ercados autorizados

    6e ee!e= c# #eca! exae aiza! la bla !e -ale #eca!GB bica! e l a"e #ie#b !el B#iA Acic !e la G+aizació Peacial!e B#iie !e Eale (PG6BG) !e la Dió ea.

    ++A#t.culo ++, 8alores elegibles de emisores e&tran'eros

    a ei!a!e e+la!a != i-ei e l i+iee i#e !e e#ieexae

    a< #tulos de deuda autorizados en los incisos a

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    calificación de riesgo internacional m#nima de A

    +A#t.culo +&, 5e$uisitos de emisores e instrumentos elegibles

    -ale !ebe= ea !e#ia! e cle, !ólae, liba eelia, e ee.

    ?!e#=, !ebe= c#li c l i+iee e>iia) e>ii !e l i#e !e ea ia

    i9 %a emisión deber= poseer un valor no menor a doscientos millones dedólares$ o su equivalente en cualquiera de las monedas autorizadas<

    ii9 %a emisión deber= contar con una calificación de riesgo internacional m#nimade /KKK4<

    iii9 "ara el caso de los valores emitidos por el gobierno de los pa#ses miembros del G?$ con e&cepción de aquellos pa#ses que :ubieren cesado el pago de susobligaciones en los ltimos quince aos$ se considerar= la calificación pa#s o deriesgo soberano$ ante ausencia de una calificación espec#fica de una emisión<

    iv9 "ara el caso de entidades multilaterales de crédito$ con calificaciones de riesgode crédito superiores a /AA4$ se autoriza la inversión en emisiones no menoresa cincuenta millones de dólares o su equivalente en las monedas autorizadas ocolones costarricenses<

    CAP)TULO IIIDE LOS L)MITES DE INVERSIÓN

    +*A#t.culo +, Del l*mite global de inversión en valores e&tran'eros

    34 Modificado el Artículo 33, por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*n

    numeral :, artículo ? del acta de la sesión +?5#"$1", celebrada el "+ de mao del "$1"& 'ublicado en el (iario2ILFLDO³/D *DFHWD´2,del22de 1o del 202.

    35 Modificadopor acuerdo del Consejo Nacionalde Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo5,numeral

    3, literalbdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebrada el"de mar%o del"$$!&36/.7F( -8-.97(07 ":7F7(.;

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    35

    6i eici !e la acla!e cei!a a la 6eie!ecia !e eie el ici b. !el a"cl 0 el =a i#e !el a"cl 1, a#b, !e la e !e ecció alabaa!, la ei!a!e e+la!a != i-ei Caa 50% !e l aci- !e l! e -ale !e e#ie exae >e e e+cie e l #eca! !e -ale

    +aiza! e el eii acial el exae.+0A#t.culo +*, .*mites por emisor e instrumento

    a ei!a!e e+la!a !ebe= c#li l i+iee l"#ie

    a< n m=&imo de un J en valores emitidos por un mismo emisor< "ara el cómputo de este l#mite se considerar= la siguiente tabla de l#mites intermedios segn la calificación de riesgo de la emisiónM

    Cali:icaci;7Po#c!7ta

    =>?i=o??? / ?? 10%? / SSS 5%

    b< ,asta un J en una misma sociedad administradora de fondos de inversióncontemplados en el inciso b< del art#culo )) de este reglamento< @o podr=concentrarse m=s del B en un mismo fondo<

    c< ,asta un J en valores emitidos por un mismo emisor$ sus subsidiarias y filiales<

    d< ,asta un m=&imo del B en notas estructuradas<e< ,asta un B en instrumentos de deuda considerando la siguiente tabla de

    l#mites intermedios segn la calificación de riesgo de la emisiónM

    Cali:icaci;7 Po#c!7ta

    Modificado por acuerdodel Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n numeral:, artículo +del actadelasesión !5@#"$$?,celebrada el"5de junio del "$$?&'ublicado-8 -.97(07":7F7(.;15@,del 13de a)osto del "$$?&

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero,se)*n numeral::,artículo ?

    del actade lasesión+?5#"$1", celebrada el"+de mao del "$1"& 'ublicado en-.97(07":7F7(.;,del ""de junio del "$1"&

    Se dero)a el artículo 35 aprobado mediante artículo ?, numeral ::, del acta de la sesión !@"#"$$?, del ConsejoNacional de Supervisión del Sistema Financiero& 'or lo Due el artículo 3! si)uientes se ajustan como 35 si)uientes& 7o anterior, con motivo del acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo 1$, del actade lasesión 1$@+#"$13, celebrada el "de julio del "$13&'ublicado en el(iario .ficial³/D*DFHWD´,&HO&H -$OLR &HO .

    37 Modificadopor acuerdo del Consejo Nacionalde Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo5,numeral

    3, literalbdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebrada el"de mar%o del"$$!& 'ublicado enel (iario ":7F7(.;

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    3

    ?? 25%? 15%

    SSS 5%

    CAP)TULO IV

    DE LOS INTERMEDIARIOS+A#t.culo +0, 5e$uisitos de los intermediarios en mercados e&tran'eros

    ie#e!iai, i eici !e l e>ii exi+i! e la #ai-a eec"ica >el e+le, !ebe= c#li l i+iee e>ii

    a< ;er entidades autorizadas y sometidas a supervisión en la plaza donde operen<

    b< Contar con acceso a sistemas electrónicos de información que permitan obtener los precios y los :ec:os relevantes de los t#tulos que negocian<

    l ó+a !e !iecció !ebe= !eii l ciei bei- !e exeiecia, -l#e !eaci- a!#iia!, c e-ici aa la elecció !el -ee!. ?!e#=, !ebe=c#ba el c#li#ie !e l e>ii aba el ca #e!iae ace!!ebi!a#ee #i-a!. e li# !ebe= e e e cci#ie !e la6eie!ecia !e eie !e !e l i+iee e !"a C=bile, ca! a ai !e i#eza.

    aa ie !e e-iió, e eabili!a! !e la ei!a!e e-ia!a c!ia la!c#eació baia elai-a al c#li#ie !e l e>ei#ie exi+i!.

    a ei!a! e+la!a !ebe= #a la e-iie aa -eiica >e e #ae+a !aeel ie# l e>ii #"i# eableci!.

    +2A#t.culo +, Condiciones contractuales

    ca ci c l ie#e!iai aciale !ebe= aae a l eableci!  la 6eie!ecia Meeal !e Eale.

    ca ci c l ie#e!iai ieaciale !ebe= cee a

    3 Modificado el Artículo 3, por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*nartículo @, numeral 1, del acta de la sesión @31#"$$@, celebrada el 13 de abril del "$$@& 'ublicado en el (iario

    2ILFLDO³/D *DFHWD´"9, del 23 de arl del 2004.

    Modificado el Artículo 3, por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*nartículo 5, numeral 3, literal adel actade lasesión 5!"#"$$!,celebrada el"de mar%o del"$$!& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´60, del 24de marzo del 2006.

    Modificados los Artículos 3 3+, por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo ?, numeral ::, del acta de la sesión !@"#"$$?, celebrada el "5 de abril del "$$?& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´93, del 6de ma!o del 200".

    3 Modificadopor acuerdo del Consejo Nacionalde Supervisión del Sistema Financiero,se)*n artículo5,numeral

    3, literalbdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebrada el"de mar%o del"$$!&36/.7F( -8-.97(07 ":7F7(.;

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    37

    cl=la >e Ca+a eeecia exea a >e la !eciie !e i-eió e= #a!a laei!a! e+la!a i eici !e la ae"a >e eciba ae !e a>ell.

    A#t.culo +2, /odalidades de ad$uisición no permitidas

    a ei!a!e e+la!a != cibi ca c la #!ali!a! !e cea !ee>ei#ie !e #a+e (margin accounts) i ealiza i-eie iacia!a.

    &%A#t.culo &%, De los administradores de cartera

    l 6eie!ee !e eie != aiza la ilizació !e a!#iia!e !ecaea !e c#i!a! c l e>ii >e eablezca aa al eec.

    a ea "ica >e a c# a!#iia!e !e caea != e elecc# #ie#b exe !e l c#iA !e ie+ !e i-eie !e la ei!a!ee+la!a. a#c != e elec c# #ie#b exe la ea "ica -icla!a ala ea "!ica >e e !ee#eOe c# a!#iia!e !e caea e+ l

    EJHGFM I G ³59GHIJ ED G 9DK6 LIFKGHM H GH IJMHM´ $FKDM04).

    &1A#t.culo &1, De la responsabilidad de las entidades reguladas

    a ei!a!e e+la!a e= eable !e la i-eie ealiza!a c i!ee!ecia!e la #!ali!a! !e a!#iiació !e la i-eie e l #eca! ieacialea!a!a.

    &$A#t.culo &$, Comisiones

    @$ ModificadoslosArtículos @1, @"@3, por acuerdodelConsejo Nacionalde Supervisióndel SistemaFinanciero,se)*n artículo ?, numeral ::, del acta de la sesión !@"#"$$?, celebrada el "5 de abril del "$$?& 'ublicado en el'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´93, del 6de ma!o del 200".

    41 Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral

    3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    38

    l c !e ie#e!iació ici! ca!a aacció !ebe= e i#a! al -al !eli#e e+cia!. ! a>ell c ce!iee a c!ia, aea#ie,i-ei+ació, cició !e ca #ac aa ealiza eacie c !ei-a!iacie , !ebe= e cbie, e ali!a!, la ei!a! e+la!a. 6e

    excea !e l aei a l +ee >e, aaleza, cbe !iaia#eec#iie !e a!#iiació al ailia!.

    &+T)TULO VOPERACIONES DE CO'ERTURA CON INSTRUMENTOS

    FINANCIEROS DERIVADOS

    CAP)TULO IINSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS PARA CO'ERTURA DE

    RIESGOS

    A#t.culo &+,  (nstrumentos autorizados

    i#e iacie !ei-a! aiza! aa ealiza cbea !e l ie+!e aa !e ieA i !e ca#bi ae !e l ! !e eie caializaciólabal e=, excli-a#ee, l ca !e , l ca a laz (@a!) la e#a iaciea (@a). aa el ca eec"ic !e cbea !e i !e ca#bi eaiza, a!e#=, l ca !e !ieecia.

    6e eie!e cbea la ició e el i#e !ei-a! >e e#ia a l !c#ea, acial al#ee, la -aiacie e el -al !el aci- c !e aci-cbie, e-ia#ee !eii! la ei!a! >e l a!#iia.

    A#t.culo &&, 3GHR M GE FIJDHJE I DFHME ³2LD JT FKIJD´ 27&

    l laz !e la eacie !e cbea !e i !e ca#bi c i#e iacieDLHME FIJDHJHME I DFHME ³2LD JT FKIJD´ 27& I 6MDiI UFMD H K

    A#t.culo &, 8aloración de posiciones

    i#e iacie !ei-a! !ebe= e -ala! !iaia#ee a eci !e#eca!.

    A#t.culo &*, Contratos

    a eacie !e cbea c i#e iacie !ei-a! >e e ealice e#eca! GB, !ebe #alizae iliza! ca #ac #a= c# eeecia

    @3 Se adiciona el Eítulo + ;"S-0(F78-4 - /-060( F8 ,8406'-84 78(8F7-04 9-07G(4> por acuerdo de

    Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se)*n artículo 1$, del acta de la sesión 1$@+#"$13,FHOH%UD&D HO&H -$OLR&HO.3$%OLFD&RH#HO'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´,&HO&H -$OLR &el 203

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    3

    liea#ie !iecice i#ilae a l cei! e ca ieaciale cci! ,IJDIHFIHG ³)D9I (UFTHI9 0HEJD $9DIJ´ GH $EFHFI ,IJDIHFI

    $9IJE M VH6E ³,IJDIHJIHG VH6 'HGDE $EEFHJI´ ³,'$´ 6D EKE E9GMH I9GE GH $EFHFI ,IJDIHFIHG M 0DFHME M HGD³,IJDIHJIHGFKDJE 0HD;J $EEFHJI´ ³,0$´ 6D EKE E9GHE I MH I9GE

    ó+a !e !iecció !e la ei!a!e e+la!a !ebe= ae+ae >e l ca  #e!i !e l cale e #alice la eacie !e cbea c i#eiacie !ei-a!, cee c cl=la exl"cia be l ce!i#ie a e+i ae el ic#li#ie !e la caae. ic#li#ie !ebe eeie, ca!#e, a la ala !e a+, ió >ieba !e ea li#a.

    A#t.culo &0, -arant*as

    a ei!a!e e+la!a != iliza l aci- !e la caea a!#iia!a aa +a l #=+ee !e +aa"a e>ei!, c el excli- ói !e ealiza la eacie!e cbea !e ie+ !e i !e ca#bi aa !e ieA c i#e iacie!ei-a!, e+ l !ie e ee e+la#e el a"cl 3 !e la e !e ecció alabaa!. #=+ee != ea cii! !iibili!a!e i#e!e i-eió.

    e>ei#ie !e #=+ee !e +aa"a !ebe= e i#a! a la 6eie!eciaal ##e e >e e e#ia la i#ació elacia!a c la ealizació !e la eacióc i#e !ei-a!.

    #=+ee >e eciba el ! !ebe= e e+ia! a a- e el #i# !"a e>e e i+ie.

    A#t.culo &,  .imitaciones

    a ei!a!e e+la!a != ealiza eacie !e cbea !e ie+ aa l! a!#iia! c a ei!a! caae ie+ae !e #i# + c+l#ea! iacie. He #a a=l+a, c !icC ec != ealizaeeacie !e cbea a a-A !e ie#e!iai !e + c+l#ea!iacie.

    l -al !e #eca! !e l i#e iacie !ei-a! !e cbea, eeca! cl ec !e l ! !e eie caializació labal, != exce!e el -al i el laz !e la i-eió #aei!a el ! e el i#e be !e la cbea.

    CAP)TULO IIINTERMEDIARIOS CONTRAPARTES

    A#t.culo &2, Contrapartes

    a ei!a!e e+la!a ól != ealiza eacie c i#e !ei-a! !e

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    cbea c la i+iee caae

    a.  Intermediarios que cumplan con lo dispuesto en el art#culo B de estereglamento y se encuentren autorizados para operar como tales en el mercado

    local< 7n el caso de las instituciones financieras$ adem=s$ deber=n cumplir conalguno de los siguientes requisitosM i9 Contar con una calificación de riesgo deGHD9 6GHR I ID H ³$´ EK KLHGIJ JD9HMHE 6D KIH IJ

    calificadora localN ii9 "oseer para sus t#tulos de deuda de largo plazo unaFGHEPFHFI M DE9 I ID H ³$´ EK KLHGIJ W 6HDH EKE IEJDK

    de corto plazo$ una F*D(%I%FDF%y- G, %,(OR -R ",-R D /PQ4 R (3 ,3%1D*,-.otorgadas por una entidad calificadora local< %os intermediarios y contrapartes deber=n contar con un m#nimo de diecioc:omeses continuos de e&periencia en la operación con derivados$ previos a larealización de la transacción$ durante los cuales$ adem=s$ no debe :aber incurrido en ningn incumplimiento contractual< %as entidades reguladas deber=n solicitar a las instituciones que fun'an comocontrapartes$ la documentación que le permita demostrar el cumplimiento de losrequerimientos de la ;uperintendencia de "ensiones<

    b< Intermediarios e instituciones financieras que operen en los mercados de algunode los pa#ses miembros del Comité écnico de la *rganización Internacional deComisiones de (alores 8I*;C*9 o de la nión 7uropea$ cuando se encuentren su'etos a la autorización$ supervisión y regulación de las autoridadescompetentes correspondientes a dic:os mercados< %os intermediarios einstituciones financieras antes referidas adicionalmente deber=n cumplir con lodispuesto en el art#culo B de este reglamento y$ con'untamente$ con alguno delos siguientes requisitosM i9 Contar con una calificación de riesgo de largo plazo

    I ID M ³$´ EK KLHGIJ JD9HMHE 6D KIH IJMHM FHGPFHinternacionalN ii9 "oseer$ para sus t#tulos de deuda de largo plazo$ una

    FGHEPFHFI IJDIHFIHG M DE9 I ID H ³$´ EK KLHGIJ WEKE IEJDKIJE M FDJ 6GHR KIH FGHEPFHFI M DE9 I ID H

     su equivalente< %os intermediarios y contrapartes deber=n contar con un m#nimo de diecioc:omeses continuos de e&periencia en la operación con derivados$ previos a larealización de la transacción$ durante los cuales$ adem=s$ no debe :aber incurrido en ningn incumplimiento contractual< %as entidades reguladas deber=n solicitar a las instituciones que funcionencomo contrapartes$ la documentación que le permita demostrar el cumplimientode los requerimientos de la ;uperintendencia de "ensiones<

    c< %as c=maras de compensación de mercados organizados en pa#ses que pertenezcan al Comité écnico de la I*;C* o a la nión 7uropea<

    A#t.culo %,  5e$uisitos de los intermediarios

    a ei!a!e e+la!a !ebe= licia a l ie#e!iai e la eacie !e

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    cbea c !ei-a!, al #e, el c#li#ie !e l i+iee e>ii c!icie

    a< 7star inscritos y autorizados por el órgano de supervisión que corresponda para transar con derivados en los mercados definidos en el art#culo >E de este

    reglamento<b< %a negociación de instrumentos derivados en los mercados *C e&tran'eros

    nicamente podr=n ser realizadas por intermediarios que operen en losmercados ubicados en los pa#ses pertenecientes al Comité écnico de la I*;C*o de la nión 7uropea$ cuando se encuentren autorizados$ regulados y supervisados por las autoridades competentes correspondientes a dic:osmercados<

    c< %os intermediarios que celebren operaciones en los mercados *C$ deber=nostentar una calificación internacional de riesgo m#nima de /P4 R (3 equivalente$ determinada segn lo que establezca la ;uperintendencia General de 7ntidades Financieras mediante acuerdo< Asimismo$ deber=n contar con unm#nimo de diecioc:o meses continuos de e&periencia en la operación conderivados$ previos a la realización de la transacción$ durante los cuales$adem=s$ no debe :aber incurrido en ningn incumplimiento contractual<

    A#t.culo 1, bligaciones de los intermediarios

    a ei!a!e e+la!a !ebe= licia a la iicie >e cie c#ie#e!iai e la eacie c !ei-a!, la !c#eació >e le e#ia!e#a el c#li#ie !e la i+iee bli+acie

    a< %as funciones que desempean en el mercado<

    b< %as potestades$ facultades o autorizaciones requeridas para captar m=rgenes ocualquier otro depósito o garant#a$ por encima de los establecidos por la bolsao la c=mara de compensación$ y las condiciones ba'o las cuales puedenrealizarlo<

    c< 7l mane'o de las transacciones de los fondos de pensión y de capitalizaciónlaboral en cuentas separadas de las suyas$ de las de la entidad supervisada$ delos otros fondos administrados y de los dem=s clientes<

    d< rat=ndose de contratos *C$ el acceso a la información sobre precios yaspectos relevantes del instrumento< Deber= garantizarse a la entidad regulada y a la ;uperintendencia de "ensiones el acceso a dic:a información

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    CA46. ((( 

     5%6%5(/(%; 4A5A .A 5%A.(ii

    a.Ba c la abació #al e i#e, ae !el Q+a !e Hiecció 9a Hieci-a, !e

    i< %as pol#ticas y procedimientos para las operaciones y el control de lasoperaciones con derivados<

    ii< %as pol#ticas de cobertura para los fondos en que se adquieran los instrumentosderivados$ as# como los l#mites establecidos para dic:as operaciones<

    iii< %os procedimientos y sistemas que permitan una evaluación precisa de losriesgos que se est=n cubriendo con los instrumentos financieros derivados decobertura<

    iv< %os procedimientos ba'o los cuales se dar= seguimiento a la valoración de losinstrumentos en los que invierte y los medios de información :acia los Comitésde Inversión y de Riesgos<

    v< %as pol#ticas sobre los tipos de contratos y cl=usulas b=sicas<

     b. a ei!a! !ebe= ca c +a#a !e caaciació e+la !el eal l #ie#b !e l B#iA !e ie+ e P-eie la Di!a!!e ?!#iiació Pe+al !e ie+ >e ea= i-lca! e el #ae!e l !c !ei-a! la +eió !e ie+, al #e aa lacie !e eació, e+i#ie cl. a ei!a! !ebe= #aee la !c#eació >e ace!ie la aiciació !el eal e l c l +a#a !e caaciació ecibi!.

    c. Ba c ie#a elecóic !e i#ació >e e#ia, #e!i e-ala, e #a !iaia, l ie+ -eiee !e la eacie c!ei-a!, cea !e #a+e +aa"a, a" c# el e+i cable !eea eacie.

    !. a Di!a! !e ?!#iiació Pe+al !e ie+ !ebe= eea, aaabació !el B#iA !e ie+, el e!i Acic e elació c el !e !ei-a! ca a!>iició e aaliza. ?!e#=, ea i!a! !ebe ealiza el e!i, acalizació eió!ica, be la ele+ibili!a! !e lie#e!iai caae !e l ca GB, >e ce#le.

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    e. l B#iA !e ie+ !ebe= -ela el c#li#ie !e l e>ii >e!ie ee e+la#e ! a>ell aec >e Caa eableci! laei!a! e l"ica ce!i#ie aa e-ala el ie+ !eic#li#ie.

    . ela! !e la e-alació !e la eicacia !e la cbea !ebe= e aaliza! el =ea !e ie+ e el cex !e l bei- !e lacbea laea!.

    A#t.culo +,  %valuación y actualización periódica de los re$uisitos

    l ó+a !e !iecció !ebe= licia a la a!i"a iea !e la ei!a! e+la!a, e-ala,al #e e#eal#ee, el c#li#ie !e l e>ii eableci! e el a"claei. a !c#eació >e !e#ee !icCa e-alació !ebe= #aeee!ebi!a#ee c!ia!a !iible aa eec !e la e-iió >e !e la #i#a e!aealiza la 6eie!ecia !e eie.

    l a!i !e ie+ !ebe= ica, e el P#e !e ie+ !ie e el a"cl 20!e ee e+la#e, a iió be el c#li#ie !e e>ii la +eió !e laeació c !ei-a!.

    A#t.culo &,  /edidas prudenciales ante incumplimientos

    6i eici !e la #e!i!a caelae ecaia >e e!a !ica la 6eie!ecia!e eie, e el eecici !e cie, ca! la ei!a! e+la!a !ee#ie elic#li#ie !e al+a !e la i+iee bli+acie, !ebe= e!e la ilizació !ei#e iacie !ei-a!.

    a< 7l incumplimiento de cualquier requisito establecido en el art#culo B0 de estereglamento<

    b< %a remisión a la ;uperintendencia de "ensiones de la información requerida para la supervisión de las operaciones con derivados financieros a través de losmedios y plazos establecidos<

    c< Cuando las operaciones contratadas e&cedan los l#mites de e&posiciónestablecidos en la pol#tica de cobertura de la entidad<

    ca !e eió !e la eacie, la ei!a! e+la!a !ebe= e#ii a la6eie!ecia !e eie el la !e acció e el >e e !eia la #e!i!a e!ieea e#e!ia el ic#li#ie. HicC la !ebe= e e#ii! !e !e laz #=xi#!e e !"a C=bile !eA !e >e e !zca el ic#li#ie.

    CA46. (8 5A; D(;4;(C(%; 

    A#t.culo ,  %fectividad de la cobertura

    a ei!a!e e+la!a !ebe= calcla la eeci-i!a! !e la cbea !ealla la

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    ce!iee accie ca! Aa ele eicace, !e ace! c l ce!i#ie >e e eablece= #e!iae ace! !el 6eie!ee !e eie.

    A#t.culo *,  .*mites para las operaciones con derivados

    a #a !e la exició al c a #i#a caae e l ca !e i#eiacie !ei-a! >e e ae e #eca! GB, != exce!e el cic  cie (5%) !el -al !e ca!a !. a exició al c a #i#a caae ecalcla= !e la i+iee #aea

    a< "ara cada contraparte con la que se tenga un acuerdo formal de compensaciónde saldos$ deber= determinarse el importe neto de sumar el saldo de cada unode los contratos de derivados que se registre en las cuentas de activo y pasivocorrespondientes<

    b< 7n el caso en que no e&ista un acuerdo de compensación de saldos$ deber=determinarse el importe de sumar el saldo de cada uno de los contratos dederivados que se registre en las cuentas de activo y pasivo correspondientes$nicamente cuando el saldo sea positivo<

    c< Al importe resultante con valor positivo que se obtiene de los incisos a9 o b9anteriores$ deber= sumarse el monto adicional que corresponda a la e&posición futura potencial por cada contraparte<

    A#t.culo 0,  5espaldo documental 

    a eacie c !ei-a! !ebe= !c#eae, c# #"i#, c a caa !eci#ació ca!a eació. l !c#e != e +eea! #e!ielecóic !ebe= cee, c# #"i#, la e+la aiclae !e la eació, ecCa,#a !e li>i!ació, el # !e la eació, el i#e !e la i#a, la +aa"a !e#= caace"ica !e la eacie !e >e e ae.

    A#t.culo ,  5e$uerimientos de información y remisión de reportes

    a 6eie!ecia !e eie != licia, #e!i !e !iició +eeal, la#a, #e!i laz !e la i#ació e>ei!a aa a eeci-a e-iió !e laaci-i!a!e c !ei-a! iacie.

    &&T)TULO VI

    CAP)TULO IINVERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL A6ORRO VOLUNTARIO

    44Secorre lanumeracióndelpresenteEítulo con '7G - .(78F0S0(F78 -.?t6.+;"S-0(F78-4- /-060

    FR# ,#WU$H#WR 5L#D#FLHUR 'HULD&R´, FR# mo7o del a81erdo del o)eo :a8oal de ;1

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    45

    A#t.culo 2, De la inversión

    a ea!a !e eie >e a!#iiae ee i !e ! i-ei= l ec!el aC -lai e aiciacie !e ! !e i-eió !e c#i!a! c l

    !ie e ee Ba"l.&A#t.culo *%, De los l*mites a la inversión

    a i-eió !e l ec !ebe= c#li c l l"#ie !e cceació eableci!e el lieal b. !el a"cl 2 !e ee e+la#e.

    &*A#t.culo *1, )ondos de inversión admitidos

    ec !el aC -lai != e i-ei! e cal>ie ! !e i-eióaiza! la 6eie!ecia Meeal !e Eale.

    CAP)TULO IIINVERSIONES DEL CAPITAL M)NIMO DE FUNCIONAMIENTO

    &0A#t.culo *$, De la inversión del Capital /*nimo de )uncionamiento !Derogado#

    a ei!a!e aiza!a ealiza= la i-eie >e eal!a el caial !ecia#ie e cc!acia c l eableci! e ee Ba"l.

    aa e eec, !ebe= Cace !el B#iA !e P-eie, el B#iA !e ie+ !e laDi!a! !e ?!#iiació Pe+al !e ie+ !e la ei!a! e+ ce!a.

    A#t.culo *+, 8alores elegibles Derogado

    l ó+a !e !iecció !e la ei!a! e+la!a e#ii= la l"ica !e i-eió l"#ie !eie+ aa l ec >e eal!e el caial !e cia#ie.

    @5 Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo +, numeral

    1, del actade lasesión 33#, F-.-/0(( -. - (24 -. & 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(.;1!", del "5 dea)osto del "$$3&

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo ?,numeral::,del actade lasesión !@"#"$$?, celebrada el "5de abrildel "$$?&36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;+3,del 1!de mao del "$$?&

    @! Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral3, literal b, del acta dela sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    4

    a ei!a!e e+la!a != i-ei e l #eca! aiza! eableci! e ela"cl 32 e l -ale e i#e !ie e ee e+la#e.

    !%ste art*culo fue derogado seg>n umeral (((#7 art*culo 97 del acta de la sesión ?@,200B7 celebrada por el CA;;() el 12 de setiembre del 200B 4ublicado en .a -aceta

    200 del 1 de octubre del 200B#&A#t.culo *&, De los tipos de valores !Derogado#

    4c) 8Derogado9

    %A#t.culo *, De los l*mites a la inversión !Derogado#

    A#t.culo **, 4ro+ibición !Derogado#

    Ie!a Cibi! i-ei l ec !el caial #"i# !e cia#ie #e!iaeeacie !e ec#a e, !ei-a! iacie ealiza cal>ie aeació >e i#li>e i+a !a e +aa"a l "l >e eal!a el caial !ecia#ie.

    !Derogado seg>n umeral (((#7 art*culo 97 del acta de la sesión ?@,200B7 celebrada por el CA;;() el 12 de setiembre del 200B 4ublicado en .a -aceta 200 del 1 deoctubre del 200B#

    1T)TULO VIIDISPOSICIONES COMUNES DE INVERSIÓN NACIONAL E3TRANJERA

    CAP)TULO IDE LOS PROCEDIMIENTOS DE INVERSIÓN

    @ (ero)adopor acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión delSistemaFinanciero,se)*n artículo 5, numeral 3,

    literal c del acta de la sesión 5!"#"$$!, celebrada el " de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;R#H-R DFLR#DO &HSupervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 1$, del acta de lasesión 1$@+#"$13, celebrada el " de julio del

    .3$%OLFD&RH# HO'LDULR2ILFLDO³/D*DFHWD´,&HO&H -$OLR &HO .

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    $A#t.culo *0, 4rocedimientos de inversión

    a ei!a!e e+la!a !ebe= ca c a ceiicació !e #a !e !c !el ce !e i-eió, exe!i!a +ai# acial ieacial !e ceiicació!e !c ace!ia! e la #a P;NP6G 5 el e Baicee !e

    ?ce!iació, e+ l eableci! e la e 827. HicCa ceiicació icli= la aea aca+ !el B#iA !e P-eió, !el B#iA !e ie+, !el =ea !e i-eie, !e laDi!a! !e ?!#iiació Pe+al !e ie+, !el =ea !e e+i !e la l+"ica !ei-eie.

    a i-eie ealiza!a c ec !e l ! a!#iia! e eeca= !ec#i!a! c l i+iee liea#ie

    a< Deber=n registrarse a nombre de cada fondo< ;e pro:#be la adquisición devalores f#sicos$ en el caso de valores e&tran'eros<

    b< %as operaciones de pago o cobro de las transacciones de los instrumentosnegociados por las entidades$ con los recursos de los fondos administrados$ se

    DHGRHDiI MHIJ GH MHGMHM M IJD9H FIJDH 6H9 ³MGLDW L6HWIJ´ 7M HKGG EKEF6JG M ED FKEJMia! !ebe= #ae

    una entidad de custodia segn lo dispuesto en este reglamento<

    c< %as órdenes de negociación que se realicen con los recursos de los fondosadministrados por las entidades reguladas deber=n respaldarse por medio de grabación$ en el caso de que sean realizadas por v#a telefónica$ o resguardadas por medios electrónicos o f#sicos cuando as# corresponda<

     7n el caso de que dic:as compras se realicen a través de mercados *C 8*ver t:e Counter9$ las órdenes de negociación deber=n estar precedidas de$ al menos$ dos ofertas o posturas distintas<

     Al momento del cierre de la operación el intermediario deber= enviar unaconfirmación escrita a la entidad regulada de la transacción realizada< 7n casode que se utilice un sistema donde las FR-I%"DF%R-,( (, ,"%.D- 1tD /.%F@, se deber=n imprimir a fin de ser arc:ivados<

    d< %as entidades deber=n documentar que las condiciones de comisión y precios:ayan sido acordados con estricto apego a los intereses de los afiliados<

    e< oda la documentación que respalde las negociaciones deber= ser conservada por un per#odo de cinco aos<

    5" Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 5,

    numeral3, literal b delactade la sesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el (iario.ficial³/D *DFHWD´60, del24de marzo del 2006.

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo ?,numeral ::, del acta de la sesión !@"#"$$?, celebrada el "5 de abril del "$$?& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;

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    6e !eie c# exce el # !e la i-eie !el ! a!#iia! >e beael l"#ie eableci! e el eee e+la#e.

    el e-e !e >e e !zca exce e l l"#ie eableci! !ebe= ce!ee

    c#e l eableci! e l a"cl 4 5 !e la e 783 el ace! >e, al eec,!ice el 6eie!ee.

    6i el exce !e l"#ie e aibible a la ei!a! e+la!a, l c >e el ! Cbieea#i! !ebe= e eie+a! a>ella. ee ca, la ei!a! ea= bli+a!a ae#ii i#e a la 6eie!ecia !e eie c#ica! el !ealle !e lec eie+a!.

    *A#t.culo 01, Casos de e&cepción

     ; e= ci!ea! c# ic#li#ie a l l"#ie !e i-eió l exce!ei-a! !e -aiacie e l l"#ie ae !el ee e-i, !el eecici !e l!eecC ica! a l -ale !el ! ale c# la !eclaació !e !i-i!e!, !eca#bi e la c#ició !e l + ecó#ic iacie.

    0A#t.culo 0$, 4rdida de re$uisitos

    l 6eie!ee eablece= el ce!i#ie aa >e la ei!a!e i#e el #,exlicació !e la caa, la !e acció laz aa aae a l e>ii e ca !e>e -al a!>ii! la ei!a! e+la!a ie!a al+ -ai !e l e>iiexi+i! aa a!#iió e l !.

    Modificado por acuerdo delConsejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo 5,numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 36/.7F( -8 -. 97(07 ":7F7(. ;!$, del"@demar%odel"$$!&

    Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisióndel SistemaFinanciero, se)*n artículo ?,numeral::,del actade lasesión !@"#"$$?, celebrada el "5de abrildel "$$?&36/.7F( -8 -.97(07 ":7F7(.;+3,del 1!de mao del "$$?&

    5! Modificado por acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del SistemaFinanciero, se)*n artículo 5, numeral3, literal bdel acta de lasesión 5!"#"$$!, celebradael "de mar%o del "$$!& 'ublicado en el (iario .ficial ;

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    CAP)TULO IIIDE LA CUSTODIA

    A#t.culo 0+, Custodia local de valores

    -ale a!>ii! c ec !e l ! a!#iia! la ei!a!ee+la!a, a" c# l >e eal!a el caial !e cia#ie, e el ca !e laea!a !e eie, !ebe= #aeee, e ! ##e, !eia! e bacaiza! aa ealiza aci-i!a! !e c!ia.

    a c!ia !e ca!a !e l ! a!#iia!, el caial !e cia#ie a" c#l ec i !ebe= #aeee e cea !e c!ia eaa!a.

    2A#t.culo 0&, 5e$uisitos de los custodios nacionales

    bac !ebe= ca c la aizació !e la 6eie!ecia Meeal !e Eale aa bi!a el e-ici !e c!ia, Bae+"a B, !e c#i!a! c l eableci! e el59