reglamento de imagen urbana

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REGLAMENTO DE IMAGEN URBANA

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resumen del reglamento de imagen urbana del municipio de Chimalhuacán

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REGLAMENTO DE IMAGEN URBANA

REGLAMENTO DE IMAGEN URBANA Disposiciones Generales Las disposiciones de este Reglamento son de orden pblico e inters general, de observancia obligatoria para particulares y autoridades; y tiene por objeto normar todos los elementos que integran la imagen urbana del Municipio, entendindose como tales: las construcciones, vialidades, transportes, plazas, parques, unidades deportivas, sealizacin, espacios pblicos, medio natural, entorno urbano, mobiliario urbano, monumentos histricos y que de alguna manera modifican o conforman la imagen, propiciando un marco visual de los habitantes del Municipio de Chimalhuacn Estado de Mxico, siendo aplicable tanto a las personas fsicas como a las jurdicas colectivas que de alguna manera afectan el entorno urbano.Art. 1 al 4

CAPTULO IIDE LAS AUTORIDADES MUNICIPALESEl Presidente Municipal; El H. Ayuntamiento; La Coordinacin de Imagen Urbana; La Direccin General de Desarrollo Urbano; La Direccin General de Obras Pblicas;La Direccin General de Servicios Pblicos;La Direccin General de Seguridad Pblica y Trnsito Municipal;La Direccin del Medio Ambiente; La Tesorera Municipal;La Direccin de Turismo; El Departamento de Parques y Jardines.El Departamento de Espectculos.El Departamento deVia Publica.El Departamento de Tianguis. (Agregado)El Departamento de Zoonosis. (Agregado)El Departamento de Alumbrado Pblico. (Agregado) El Departamento de Comercio Establecido. (Agregado)

CAPITULO IIIDE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES

La Coordinacin de Imagen Urbana tiene las facultades y atribuciones siguientes:El diseo, mejoramiento, mantenimiento preventivo y correctivo de la Imagen Urbana del Municipio de Chimalhuacn Estado de Mxico.Limpieza y recoleccin de basura en las calles y terrenos baldos;limpieza de postes y rboles;Actualizacin y colocacin de nomenclatura;Balizamientos y sealamiento de avenidas primarias y secundarias;

Plantacin, poda y corte de rboles;Corte de banquetas para realizar reforestacin;Fumigacin de fauna nociva; Redadas caninas y felinas;Deteccin y eliminacin de focos de infeccin;Levantamiento de materiales varios y abandonados en los espacios pblicos;(residuos solidos urbanos)Pinta de fachadas a Espacios Pblicos La cobertura y mantenimiento del alumbrado pblico;Creacin y rehabilitacin de reas verdes ornamentales; yGestin, almacenamiento, control y distribucin de insumos relacionados con los trabajos en materia de imagen y agricultura urbana.

A fin de conservar y proteger los sitios y edificios considerados como testimonios valiosos de su historia y cultura, las personas locales y en trnsito estn obligadas a denunciar cualquier irregularidad que atente en su contra. As mismo los que se encuentren contemplados en el catalogo de monumentos, zonas arqueolgicas, piezas artsticas e histricas del INAH y por el INBACAPITULO IVDEL PATRIMONIO HISTRICO

CAPITULO VAREAS VERDES

Es de orden pblico e inters social la conservacin y mejoramiento de las reas verdes, zonas arboladas, cerro el Chimalhuache, unidades deportivas y recreativas, flora y fauna; como integrantes del patrimonio fisico natural del Municipio de Chimalhuacn Estado de Mxico.

CAPITULO VIALUMBRADO PUBLICO

La iluminacin de plazas, jardines, unidades deportivas y monumentos debera ser diferente del resto del alumbrado pblico, mediante la instalacin de lmparas de mayor intensidad, de manera que el ciudadano transite con confianza y seguridad.

CAPITULO VIIDE LOS ANUNCIOS Y PROPAGANDA

La persona fsica o jurdica colectiva que pretenda la colocacin, fijacin, instalacin y distribucin de cualquier tipo de anuncio, rtulos o propaganda en los lugares a los que tenga acceso el pblico o que sean visibles desde la va publica, debern contar con la autorizacin de la autoridad respectiva y en su caso con el Visto Bueno del titular de la coordinacin de imagen urbana municipal. Los que colocan en bardas, puentes y fachadasLos programas de diversiones y espectculosLos referentes a propaganda poltica durante las campaas electorales

CAPITULO VIIIEQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO URBANOLos elementos primarios son todos aquellos componentes del mobiliario urbano que por su gran escala resultan de gran relevancia en el atractivo de los espacios abiertos como es el caso de monumentos, esculturas, kioscos de monumento historico, fuentes, juegos infantiles, astas bandera, lmparas de alumbrado pblico de poste y telescpicas entre otros

CAPITULO XlDE LA SEALIZACION

La Coordinacin de Imagen Urbana, la Direccin General de Desarrollo Urbano y la Direccin de Turismo, elaborarn el programa de sealizacin en base a la normatividad existente, con las caractersticas de las seales y avisos que permitan una mayor identidad generando una buena comunicacin con los smbolos representativos de seguridad, comercio y recreativos.

CAPITULO XIDE LA DENUNCIA CIUDADANA

Por Cualquier infraccin a las disposiciones del presente reglamento, as como los actos y omisiones relacionadas con la proteccin, prevencin y control para la conservacin de la Imagen Urbana del Municipio de Chimalhuacn Estado de Mxico, los ciudadanos podrn presentar su denuncia directamente en el Palacio Municipal, y en los diferentes modulos de la Coordinacin de Atencin a la Ciudadana o en la lnea directa municipal, as como ante la Institucin Federal o Estatal correspondiente, quienes debern canalizarla a la instancia o autoridad competente

CAPITULO XIIDE LAS INFRACCIONES, SANCIONES Y LOS MEDIOS DE APREMIOPara efectos del presente Reglamento, se considera infraccin toda omisin que contravengan las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, el Bando Municipal o cualquier otra accin grave que dae la Imagen Urbana de este municipio.Rayar o pintar con aerosoles, esmaltes, lacas en muros, pisos, techos, mobiliario urbano y dems elementos tanto arquitectnicos como urbanos;Colocar mamparas, muros, anuncios, carros chatarra, mercancas, utilera de talleres automotrices, utilera de expendios de consumo de alimentos, puestos fijos, puestos semifijos o cualquier otro objeto, obstruyendo la va pblica;Destruir o maltratar los rboles, plantas y el pasto de los prques y jardnes pblicos;