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Reglamento de Evaluación
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REGLAMENTO DE
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
AÑO 2019
Reglamento de Evaluación
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Índice
Páginas
Disposiciones generales. 4
Artículo Nº 1. 4
Artículo Nº 2. 4
De la Evaluación 4
Artículo Nº 3 4
De los Procedimientos Académicos 6
De los Procedimientos de Evaluación 9
De las Evaluaciones de Interrogaciones Orales y Actividades
Evaluadas.
9
De los Procedimientos Para Acceder a una Evaluación
Diferenciada.
9
De las Calificaciones 12
Artículo N° 4 12
Artículo Nº 5 12
Artículo Nº 6 13
Artículo Nº 7 13
Artículo Nº 8 13
Artículo Nº 9 13
De la Promoción 14
Artículo Nº 10 14
Artículo Nº 11 14
Artículo Nº 12 14
Artículo Nº 13 14
Articulo N°14 15
Articulo N°15 15
Reglamento de Evaluación
3
Situaciones especiales 15
Articulo N°16 15
De los Certificados Anuales de Estudio y las Actas, de
Registro de Calificaciones y Promoción Escolar.
16
Articulo N°17 16
Articulo N°18 16
De la Información a Padres, Madres y Apoderados. 16
Articulo N°19 16
Articulo N°20 16
Reglamento de Evaluación
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DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°
Según lo dispuesto en Decreto Supremo N° 240/1990 de Enseñanza Básica y lo dispuesto en el nuevo Decreto de Evaluación, Calificación y Promoción, presentado por la Unidad de Curriculum y Evaluación (UCE) del Ministerio de Educación, que incluye una serie de cambios con el fin de "promover la evaluación centrada en el aprendizaje integral de las y los estudiantes y no sólo en las calificaciones" dispuesto en la Resolución Exenta N°100 de 2017, donde se “Aprueban normas mínimas nacionales sobre calificación y promoción” derogando el Decreto Exento Nº 511/1997 del ministerio de Educación ,se presenta a continuación el Reglamento de Evaluación y Promoción de Alumnos y Alumnas de la Escuela Villa Jesús De Coelemu.
ARTÍCULO 2°
El Consejo de profesores ha establecido la actualización del presente Reglamento Interno de Evaluación, sobre la base de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación, el que deberá ser comunicado y entregado por escrito a todos los estudiantes, padres y/o apoderados cuando proceda, en el momento de la matrícula o al inicio del año escolar, a través de los Profesores Jefes de Curso o página Web del establecimiento y cuando sea requerido por alguno de los actores del proceso educativo.
DE LA EVALUACION
ARTÍCULO 3°
a) Los estudiantes serán evaluados en períodos semestrales, en todas las asignaturas o
actividades de aprendizaje establecidos en el Plan de Estudio correspondiente, calificaciones
que serán comunicadas en cada reunión a los apoderados, a través de informes escritos y a los
alumnos en forma directa por los respectivos profesores.
b) Se efectuaran en todos las asignaturas evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas:
Las evaluaciones diagnósticas consideraran las conductas de entradas de cada unidad de
aprendizaje, las formativas medirán el progreso o logro de los objetivos de Aprendizajes
propuestos durante las unidades de aprendizaje y con fines de retroalimentación y las
sumativas serán aquellas que medirán el nivel de logro alcanzado por los objetivos de
aprendizajes de toda la unidad, expresadas en calificaciones de 2 a 7 hasta con un decimal con
aproximación o con concepto según corresponda.
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c) En las actividades de las asignaturas de Tecnología, Música, Artes Visuales y Educación
Física y Salud, los docentes del nivel realizarán mediciones referidas a criterio, expresando el
dominio del estudiante en una habilidad definida explícitamente, según sea la actividad
realizada. Estos instrumentos deberán ser conocidos por los alumnos con anterioridad para
que tengan claridad sobre que, como y de que forma se realizara la evaluación.
d) Se aplicarán en todas las asignaturas evaluaciones coeficiente 1 y su promedio Semestral
será con aproximación de la centésima igual o superior a 5 a la décima superior. De igual
forma, el promedio anual corresponderá a los promedios ponderados de los dos semestres.
e) Las calificaciones deberán registrarse en el libro de clases, inmediatamente después de
realizada la retroalimentación.
f) Desde el año 2014 los alumnos de segundo ciclo, desde quinto a octavo año básico deberán
rendir exámenes globales en el primer y segundo semestre en las asignaturas de Lenguaje y
Comunicación, Ciencias Naturales, Matemática, Historia y Geografía y Ciencias Sociales,
pudiéndose eximir los alumnos con nota igual o superior a 5,5. Los exámenes serán realizados
en UTP otorgándoles un 70% a las notas obtenidas en el primer semestre y un 30% el examen.
g) Desde el año 2015 los alumnos de primero a cuarto año básico deberán realizar
evaluaciones por unidad en las cuatro asignaturas principales, Lenguaje y Comunicación,
Ciencias Naturales, Matemática, Historia y Geografía y Ciencias Sociales en el primer y
segundo semestre, las que serán confeccionadas en UTP, con la finalidad de evaluar su grado
de apropiación.
h) Desde el año 2019 los alumnos de 2° ciclo serán evaluados y calificados en el aspecto
actitudinal con una nota en cada asignatura en forma semestral. Para evaluar y calificar
se utilizara una pauta que consta de 5 aspectos consensuados en el consejo de
profesores y acorde al reglamento de convivencia escolar.
Aspectos a evaluar y calificar
ASPECTOS
A Ingresa puntualmente a clase
B Demuestra una actitud positiva de esfuerzo y de interés frente a su aprendizaje,
en forma continua y ordenada
C Demuestra respeto hacia el profesor, sus compañeros y a toda la comunidad educativa,
utilizando un lenguaje adecuado y actitud tolerante.
D
Cumple con las actividades de la clase, traer sus materiales de trabajo (textos, cuadernos, lápices o lo que estime el profesor)
E Cumple con el NO uso de elementos distractores (celulares, audífonos u objetos que
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interfieren en el normal desarrollo de su aprendizaje)
La evaluación de estos aspectos se realizara en forma semanal y será consignado con una nota
en forma semestral en el libro de clases, los resultados evaluados serán informados
mensualmente a los alumnos y apoderados. Las pautas deben ser entregadas por asignatura en
la UTP, Los criterios de evaluación son los siguientes
La puntuación para cada criterio es la siguiente.
CRITERIOS PUNTAJE
LOGRADO 3
MEDIANAMENTE LOGRADO 2
POR LOGRAR 1
DE LOS PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS
De las Evaluaciones:
a) Las evaluaciones se realizan el día y hora que se indica en el calendario de evaluaciones
respectivo de cada curso.
b) El alumno que se ausente a una evaluación y que justifique su falta, tendrá derecho a
coordinar con el profesor la nueva fecha de evaluación, manteniendo el mismo nivel de
exigencia aplicado al curso. Dicha calendarización debe ser informada oportunamente por
UTP.
c) La ausencia injustificada a una evaluación quedará registrada en la hoja de vida del alumno
por incumplimiento de un compromiso y será evaluado con una nueva evaluación en el horario
que establezca el profesor, con un nivel de exigencia del 70% para obtener la nota 4.0. El
profesor dejará registrado en el libro de clases, dicha situación.
d) Si un alumno no se presentase en la 2° oportunidad a rendir la evaluación o se negara a
hacerlo, obtendrá la nota mínima (2.0). El profesor dejará constancia en el libro de clases.
e) En caso de fraude comprobado (adulteración de una evaluación y/o copias con torpedo,
celulares u otra forma), la evaluación será anulada, recibiendo la mínima calificación de la
escala. El alumno será suspendido por un día y citado el apoderado. El profesor dejará
constancia en el libro de clases.
f) En caso de intento manifiesto de fraude (copiar o adulterar una evaluación), el alumno no
podrá continuar rindiendo la evaluación, se le descontará un máximo de diez por ciento del
puntaje obtenido. Además, recibirá una amonestación escrita en su hoja de vida por parte del
profesor que esté administrando la evaluación.
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g) El alumno recibirá su evaluación corregida a la clase siguiente de efectuada ésta, a
excepción de Lenguaje y Comunicación y Matemáticas las que se entregaran en la segunda
clase de realizada la evaluación. Las que serán revisadas y retroalimentadas con el profesor. En
ese momento hará las observaciones que crea convenientes.
h) Los alumnos de 1° a 8° Básico que obtuviesen nota deficiente traerán su evaluación firmada
por sus padres o apoderados a la clase siguiente y el profesor la revisará y devolverá al alumno.
i) En el caso que el estudiante no trajera su evaluación firmada, el profesor de asignatura lo
consignara en el libro de clases.
j) En caso de que un alumno interrumpa reiteradamente el normal desarrollo de una
evaluación, se le retirará su evaluación y se dejara constancia en el libro de clases.
DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION:
a) Los docentes encabezaran cada una de las evaluaciones escritas con el siguiente formato:
Nombre: Curso: Fecha:
Puntaje Ideal: 20
Puntaje Real:
Exigencia : 60% 20 Puntos = 70 12 Puntos = 40
Nota:
Objetivo de Aprendizaje:
Habilidad:
a) Toda evaluación debe tener en forma explicita su OA que esta siendo evaluado. b) Los ítems deben ser coherentes con los indicadores de evaluación que se están evaluando. c) En cuanto a los ítems: deben incorporar uno de tipo SIMCE (Selección Múltiple) y otro en el que se desarrolle una habilidad de un nivel de complejidad mayor ( por ejemplo: Clasificar) d) Los ítems deben ser variados por ejemplo (preguntas abiertas, cerradas y de desarrollo, ítem de aplicación, resolución de problemas, etc.) e) Todas las evaluaciones escritas deben ser revisadas con los alumnos para reforzar de forma inmediata aquellos aprendizajes menos logrados o no logrados. e) En cuanto a las evaluaciones que se realizan a través de otros instrumentos como, proyectos, disertaciones, debates, investigaciones, etc , los docentes deben entregar las pautas o rúbrica de evaluación en la UTP y a darlas a conocer a sus alumnos antes de ser evaluados.
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f) Todas las evaluaciones deben ser entregadas con una semana de anticipación para ser revisadas. g) Antes de desarrollar una evaluación escrita los alumnos deberán consignar sus datos personales y el tiempo que disponen, de acuerdo a las instrucciones del profesor. h) Si en una evaluación se requieren hojas auxiliares, éstas deberán ser suministradas por el profesor. i) Los alumnos podrán utilizar fórmulas, tablas, textos o calculadoras (no celulares), con expresa autorización del profesor. j) El profesor dará un tiempo de cinco minutos para consultas, a continuación no se permitirá la comunicación verbal o escrita, anotaciones previas, hacer preguntas en voz alta o solicitar materiales durante el desarrollo de la evaluación, salvo en los casos de alumnos con evaluación adecuadas, según corresponda. k) No se aceptarán borrones o enmiendas con sustancias correctoras en preguntas de selección múltiple. l) Los alumnos redactarán la evaluación con letra clara y legible, buena ortografía, orden y
limpieza. Estos aspectos podrán ser incluidos en la calificación, con una incidencia máxima de
un 5% del puntaje de la prueba. El Subsector de Lenguaje y Comunicación podrá considerar
los aspectos del punto anterior hasta un máximo de un 10%.
ll) El profesor informará a los alumnos del tiempo que les queda disponible, faltando diez
minutos para finalizar la evaluación.
m) El alumno que llegue atrasado a una prueba hasta un máximo de 10 minutos de la hora de
inicio, requerirá autorización de la Inspectoría para poder ingresar a rendir la evaluación.
n) En el caso de las asignaturas, cuya forma de evaluar difiera de la evaluación escrita, se
procederá de la siguiente forma:
n1: El alumno debe conocer previo a la evaluación, los criterios de evaluación que serán
medidos ya sea por medio de pauta u hoja de cotejo o rubrica.
n2: El docente debe informar con claridad el tipo de evaluación a aplicar: autoevaluación, coe-
valuación o evaluación individual o grupal.
ñ) El profesor comunicará a los alumnos con a lo menos una semana de anticipación el
temario de la evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, la evaluación incluirá los temas tratados
hasta la penúltima clase antes de la prueba. La última clase antes de la evaluación el profesor
realizará reforzamiento de los contenidos ya tratados.
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o) Toda situación que no esté contemplada en las letras anteriores, tendrá que ser
oportunamente informada por el profesor a la UTP, para su análisis y resolución, en casos
como los siguientes:
DE LAS EVALUACIONES DE INTERROGACIONES ORALES Y ACTIVIDADES
EVALUADAS.
a) Se realizarán el día y hora fijados por el profesor, previa anotación en el calendario de
evaluaciones del curso.
b) El alumno ausente a una evaluación que justifique su falta, tendrá derecho a ser evaluado el
día que acuerde en conjunto con el profesor. Dicha calendarización debe ser informada
oportunamente por UTP.
DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA ACCEDER A UNA EVALUACION
DIFERENCIADA.
Según las nuevas indicaciones del ministerio de educación se pone el énfasis en la
importancia de adecuar la educación a las necesidades diversas de todos los
estudiantes, en línea a un enfoque inclusivo y con el fin de cautelar el aprendizaje
de los alumnos más rezagados.
a) Los alumnos que acrediten tener NEE de carácter transitorio o permanente y/o
problemas de salud, debidamente certificados, podrán optar por una evaluación diferenciada la
que será realizada por la Educadora de integración en conjunto con la docente pertinente
buscando los mecanismo y estrategias para dar igualdad de oportunidades a todos nuestros
alumnos, acciones establecidas en un protocolo de evaluación de alumnos con NEE
consensuado con el consejo de profesores.
Medidas de Evaluación Diferenciada (de acuerdo a las necesidades de cada caso):
Durante las evaluaciones escritas, se estipulará un tiempo adicional al tiempo asignado al resto del curso.
Durante las semanas con mucha demanda de evaluaciones (pruebas, trabajos escritos, disertaciones, etc.), se le otorgará tiempo adicional para presentar las tareas pedidas, previo acuerdo con el profesor de asignatura, estipulado durante el trabajo colaborativo.
En caso de digrafía, el profesor jefe podrá autorizar al alumno a utilizar un PC o ayudas adicionales en trabajos escritos.
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Cuando el alumno presenta dificultades en la expresión escrita (dificultades en la lecto- escritura), se podrán evaluar los objetivos oralmente ( mediante interrogaciones o exposiciones orales )
En alumnos con TDA, se pedirá que revisen la prueba antes de ser entregada , especialmente si hay ítems sin contestar, ya que puede deberse a su distracción, en donde el docente tendrá que monitorear si el estudiante este revisando la evaluación.
Alumnos con dificultades emocionales podrán rendir evaluación ya sea escrita y oral en un lugar distinto a la sala de clases (aula de recursos), bajo la supervisión de un adulto (Docente especialista u otro estipulado con anterioridad).
Otras medidas de Evaluación Diferenciada aplicables a alumno/as de 1º a 8º básico
Evaluar la lectura oral en forma individual (evitar exposición al grupo).
Medir los avances de los alumnos en relación a las metas de aprendizajes planteadas por el equipo de aula (profesora diferencial, profesor jefe ) según su nivel pedagógico y su diagnóstico.
Estrategias para comprensión lectora:
Disminuir la extensión del texto.
Seleccionar un texto acorde a su nivel lector.
Textos que sea del interés del estudiante.
Textos con variadas imágenes.
De escritura:
Considerar solo la legibilidad de la letra, es decir, que tanto el profesor como el alumno puedan releer comprensivamente los escritos. Si es ilegible, pedir al alumno que repita oralmente lo que escribió.
En Cálculo:
Permitir el uso de material concreto.
Al evaluar cálculo mental, entregar al alumno/a una hoja con los ejercicios escritos a resolver, para que tenga un reporte visual.
Permitir el uso de una hoja adicional para cálculos durante la prueba;
No considerar errores de inversión de números.
A los/las alumnos/as con dificultades de organización espacial, se les facilitará una hoja de papel cuadriculado que les sirva para orientarse.
Permitir el uso de calculadora cuando sea resolución de problemas u otro, previa conversación con docente en trabajo colaborativo.
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En la resolución de problemas matemáticos:
Verificar la comprensión del problema por parte del/la alumno/a.
En caso de alumnos/as con dificultades de comprensión lectora y/o atencionales, simplificar los enunciados de la evaluación (que cada oración tenga una idea)
Si el problema implica dos operaciones diferentes, dividírselo por partes.
Valorar la estrategia utilizada en el intento de resolución. Durante la evaluación:
Aclarar las instrucciones y volver a leerlas con los estudiantes en forma personal, verificar que el alumno comprenda la instrucción.
Apoyar los estudiantes para revisar en conjunto si contestó todos los ítems y/o páginas.
Ubicación del estudiante en un lugar determinado de la sala, evitar distracción y dificultades de concentración del alumno.
En los siguientes casos las medidas a seguir serán las siguientes:
Caso de alumno que no asiste a clases.
Durante el trabajo colaborativo se deberá agendar una fecha para aplicar evaluación en la hora de la asignatura.
En el caso de que el estudiante no se encuentre en clases durante la fecha estipulada, se volverá a agendar otra fecha.
En el caso de que sea un certificado médico por más de un mes se enviara un trabajo al hogar, debido a que ha pasado mucho tiempo desde la fecha aplicada.
Caso de alumno que se niega a realizar evaluación escrita.
Se hablará con el estudiante las causales por la cual no quiere realizar la evaluación.
Se propone realizar la evaluación individual en aula de recursos.
En el caso de que el estudiante se siga negando a realizar la evaluación, se agendará una nueva fecha de aplicación.
Si aún así el estudiante sigue negándose, se solicitara un trabajo escrito.
Si el estudiante no trae el trabajo, se citará al apoderado en conjunto al profesor jefe.
Si esta situación se repite en más de una asignatura se derivará al equipo psicosocial.
Caso de alumno que se niega o no pueda realizar disertación.
Se hablará con el estudiante las causales por la cual no quiere realizar la evaluación.
Si en el caso que el estudiante sigue negándose, se le pide la rúbrica a la docente y la educadora y/o docente de aula común le tomará la evaluación individual, fuera de distracciones y alumnos.
Si el estudiante sigue negándose, se le pide un trabajo escrito.
Si el estudiante no trae el trabajo, se cita al estudiante y apoderado para dar a conocer la situación y se le da fecha para traer trabajo escrito.
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b) En la asignatura de Educación Física, existirá una evaluación diferenciada para aquellos
alumnos que presenten dificultad para desarrollar actividades físicas o sufran una enfermedad.
Para tal efecto, el apoderado deberá presentar en Dirección una solicitud y certificado médico
que indique afección o lesión que aqueja al alumno. Además, indicará qué ejercicios no son
recomendables. El alumno deberá realizar trabajos teóricos sobre el contenido de la clase
realizada por el profesor (deportes, ejercicios, personajes, historia del deporte, etc.), que serán
evaluados en reemplazo de la actividad física. Según lo anterior, la exención de calificación no
procede, en ningún caso.
c) Por otra parte, en situaciones de enfermedad transitoria, el alumno deberá presentar
certificado médico directamente al profesor de educación física, quien registrará en el libro de
clases dicha situación y entregará el certificado a la Inspectoría General.
DE LAS CALIFICACIONES
ARTÍCULO 4°
Los estudiantes serán calificados en cada una de las asignaturas del Plan de Estudio
correspondiente, utilizando una escala numérica del 2 al 7, hasta con un decimal, siendo la su
calificación mínima de aprobación la nota 4.0 con un nivel de exigencia de un 60%.
Ningún estudiante deberá quedar con su semestre pendiente, salvo casos debidamente
documentados.
ARTÍCULO 5°
Según el nuevo decreto el número de evaluaciones sumativas no dependerá de las
horas destinadas a cada asignatura. Independiente de aquello el consejo de profesores
ha acordado lo siguiente:
En el transcurso de cada semestre, el profesor colocará como mínimo el siguiente número de
calificaciones:
* Seis calificaciones parciales (como mínimo) coeficiente uno en las asignaturas que tienen seis
o más horas de clases semanales.
* Cuatro calificaciones parciales (como mínimo) coeficiente uno en las asignaturas que tienen
cuatro o más horas de clases en la semana.
* Tres calificaciones parciales ( como mínimo) coeficiente uno en las asignaturas que tengan
tres horas o menos a la semana.
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ARTÍCULO 6°
La Escuela Villa Jesús de Coelemu, durante el año lectivo administrará procedimientos de
evaluación internas estandarizadas a los estudiantes en las asignaturas fundamentales, con la
finalidad de detectar los niveles de logro por curso y nivel, como también generar las acciones
remediales en forma oportuna, las cuales podrán tener una calificación parcial acumulativa en
los casos que se ajusten al proceso educativo desarrollado en aula.
ARTÍCULO 7°
El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en un informe de
Desarrollo Personal y Social del estudiante, el que se entregará semestralmente a los padres y
apoderados junto con el informe de calificaciones.
ARTÍCULO 8°
La calificación obtenida por los estudiantes en el sector de Religión, no incidirán en su
calificación final. Se utilizarán los siguientes conceptos: MB= (Muy Bueno), B=(Bueno),
S=(Suficiente), e I=(Insuficiente).
ARTÍCULO 9°
Al inicio de cada semestre, el Profesor Jefe y/o el profesor de la asignatura respectiva
establecerán su calendario semestral de evaluaciones (Evaluaciones parciales, controles,
actividades evaluadas, etc.), el que será dado a conocer a la Unidad Técnica Pedagógica e
Inspectoría General y comunicado por escrito a los estudiantes y apoderados. Todos los
estudiantes deben presentarse a rendir las evaluaciones establecidas previamente en este
calendario. La inasistencia a una de ellas, deberá ser debidamente justificada por escrito por el
apoderado, , dentro de las 24 horas siguientes y ser presentada por el estudiante al profesor del
sector correspondiente o jefe U.T.P.
La evaluación pendiente justificada será rendida por el estudiante en la nueva fecha
programada por el profesor de la asignatura y será distinta a la aplicada al curso. A los
estudiantes que no comuniquen oportunamente o que no justifiquen debidamente su
inasistencia a la evaluación, el profesor los calificará en la primera oportunidad que crea
conveniente y con un nivel de exigencia del 70% para obtener la nota 4.0 y podrá ser escrita u
oral. En caso que el estudiante no se presente en la segunda oportunidad y/o se negare a
rendirla, obtendrá nota mínima.
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DE LA PROMOCIÓN
ARTÍCULO 10°
Serán promovidos todos los estudiantes de 1º a 8º año de Enseñanza Básica que hayan
asistido, a lo menos, al 85% de las clases, no obstante, por razones de salud u otras causas
debidamente justificadas, la Directora del establecimiento en conjunto con el profesor jefe
podrán autorizar la promoción de los estudiantes, con porcentajes menores de asistencia.
ARTÍCULO 11°
Para la promoción de los estudiantes de 1º a 8º año de enseñanza básica, se considerarán
conjuntamente, el logro de los objetivos de Aprendizajes en las asignaturas o actividades de
aprendizaje del plan de estudio y la asistencia las clases.
1. Respecto del logro de los objetivos:
a) Serán promovidos los estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas o
actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.
b) Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 1º a 8º año de enseñanza básica que no
hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de
logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el sector no aprobado.
Igualmente, serán promovidos los estudiantes de los cursos de 1º a 8º año de enseñanza básica
que no hubieren aprobado dos asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los sectores no
aprobados.
ARTÍCULO 12°
La Directora de la Escuela y el profesor (es) respectivo (s) deberán resolver las situaciones
especiales de evaluación y promoción de los estudiantes de 1º a 8º año de enseñanza básica,
esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre otros resolverán los
casos de estudiantes que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases,
ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros
semejantes.
Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes de 1º a 8º año básico, deberán quedar
resueltas dentro del período escolar correspondiente.
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ARTÍCULO 13°
Los estudiantes que por motivos académicos, no cumplan con el rendimiento esperado
durante el año escolar en curso según el Plan de Estudios, deberán regularizar su situación
antes del término del período de finalización;
Instancias a seguir ante de una posible repitencia
- Informar el bajo rendimiento del alumno/a la UTP, lo antes posible.
- Establecer un plan de Trabajo con estrategias concretas para el alumno en conjunto
con los docentes a cargo de las asignaturas con menor rendimiento.
- Informar al apoderado de la situación y comprometerlo con el aprendizaje del alumno.
- Monitorear el avance del plan por parte de UTP:
- Informar al apoderado del avance de su alumno/a
- Intervención del equipo sicosocial para el apoyo familiar del alumno.
El establecimiento agotara todas las instancias posibles, para que el alumno/a pueda aprobar el
logro de los objetivos propuestos en el Plan de Estudio, salvaguardando las diferencias
individuales de nuestros alumnos, si agotadas todas las posibilidades de regularización ésta no
es posible, previo informe técnico, la Directora podrá autorizar la resolución de la situación
final de repitencia.
ARTICULO 14°
La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada
año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará a todos los estudiantes
un certificado anual de estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y
la situación final correspondiente.
ARTÍCULO 15°
Las actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso, tanto
las calificaciones finales en cada asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación final
de los estudiantes, rol único nacional de identidad de cada uno de ellos, sexo, fecha de
nacimiento y comuna de residencia y en reverso del acta el rol único nacional del profesor.
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SITUACIONES ESPECIALES DE EVALUACIÓN
ARTÍCULO 16°
Los estudiantes que por inasistencia debidamente justificada no tuvieren en un período lectivo
el mínimo de calificaciones requeridas, podrán ser autorizados por la Dirección del
Establecimiento para rendir evaluaciones sobre las unidades correspondientes en fecha y
horario que no interrumpan el desarrollo normal de las actividades del curso.
a) Los estudiantes provenientes de un establecimiento educacional que tiene un régimen de
evaluación trimestral, deberán presentar un Certificado extendido por el Director del
Establecimiento de origen, que acredite el número de horas realizadas y el porcentaje de
asistencia. Además, las calificaciones obtenidas a la fecha de su traslado en cada una de las
asignaturas del Plan de Estudio, las que deberán ser consideradas para efectos de promoción.
b) Los estudiantes que se encuentren en situación de condicionalidad o bajo rendimiento
deberán dar exámenes libres.
DE LOS CERTIFICADOS ANUALES DE ESTUDIO Y DE LAS ACTAS, DE
REGISTRO DE CALIFICACIONES Y PROMOCION ESCOLAR
ARTÍCULO 17°
La Escuela Villa Jesús de Coelemu, al término del Año Escolar, extenderá a sus estudiantes un
Certificado Anual de Estudios que indicará las Asignaturas Trabajadas, las calificaciones
obtenidas y la situación final correspondiente.
ARTÍCULO 18°
Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las
calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los estudiantes y la cédula
nacional de identificación de cada uno de ellos.
Las Actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser presentadas a la
Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente, organismo que las legalizará,
enviará una a la División de Educación General, devolverá otra al establecimiento educacional
y conservará el tercer ejemplar para el registro regional, las cuales se enviaran digitalizadas al
SIGE del MINEDUC, según instrucciones de SECREDUC.
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DE LA INFORMACIÓN A PADRES, MADRES Y APODERADOS
ARTICULO 19°
La información sobre evaluaciones, calificaciones y promoción de los y las alumnos(as), se
hará a través de los siguientes documentos y cronograma:
a) Reglamento de Evaluación de la Escuela al momento de la matrícula
b) Informe de Rendimiento Académico: al término de cada período informativo y al término de cada semestre.
c) Informe de Desarrollo Personal Social: al término de cada semestre
d) Certificado Anual de Estudios: al término del año lectivo.
ARTICULO 20°
Será obligación de los padres, madres y apoderados(as) concurrir al establecimiento en las
ocasiones que se le cite para la recibir los documentos detallados en el artículo 19.