reglamento de control y uso de bienes mds

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REGLAMENTO DE CONTROL Y USO DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SECCLLA. CAPITULO I GENERALIDADES Artículo1. OBJETIVO El Objetivo del presente reglamento es establecer el procedimiento para el control y uso de bienes que permitan asegurar el uso correcto, conservación y custodia de los bienes depreciables y no depreciables que constituyen el patrimonio de la Municipalidad Distrital de Secclla. Artículo 2.- FINALIDAD. Son finalidades del presente reglamento los siguientes: a)Ejercer un control permanente de los bienes patrimoniales a cargo del personal administrativo y no administrativo de la MDS.. b)Establecer las responsabilidades de los funcionarios y de todo el personal, que tengan asignados los bienes patrimoniales. Artículo 3.- ALCANCE Es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las unidades orgánicas y todos los trabajadores municipales, cualquiera sea su condición laboral en la Municipalidad Distrital de Secclla. Artículo 4.- BASE LEGAL El presente reglamento tiene como base legal las siguientes leyes y normas: a) Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades b)Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. c)Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. d)Resolución N° 158-97-SBN, Aprueba el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado y la Directiva que norma su aplicación. e)Resolución N° 021-2002-SBN - Aprueba la Directiva N° 004-2002- SBN- Procedimientos para el Alta y Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales.

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Reglamento de uso de bienes

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Page 1: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

REGLAMENTO DE CONTROL Y USO DE BIENES PATRIMONIALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SECCLLA.

CAPITULO IGENERALIDADES

Artículo1. OBJETIVOEl Objetivo del presente reglamento es establecer el procedimiento para el control y uso de bienes que permitan asegurar el uso correcto, conservación y custodia de los bienes depreciables y no depreciables que constituyen el patrimonio de la Municipalidad Distrital de Secclla.

Artículo 2.- FINALIDAD.Son finalidades del presente reglamento los siguientes: a) Ejercer un control permanente de los bienes patrimoniales a cargo del personal administrativo y no

administrativo de la MDS.. b) Establecer las responsabilidades de los funcionarios y de todo el personal, que tengan asignados los

bienes patrimoniales.

Artículo 3.- ALCANCEEs de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las unidades orgánicas y todos los trabajadores municipales, cualquiera sea su condición laboral en la Municipalidad Distrital de Secclla.

Artículo 4.- BASE LEGAL El presente reglamento tiene como base legal las siguientes leyes y normas:a) Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidadesb) Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.c) Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29151- Ley General del

Sistema Nacional de Bienes Estatales. d) Resolución N° 158-97-SBN, Aprueba el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado y la Directiva

que norma su aplicación. e) Resolución N° 021-2002-SBN - Aprueba la Directiva N° 004-2002-SBN- Procedimientos para el Alta y

Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Nacionales.

f) Resolución N° 147-2009-SBN - Aprueban la Directiva N° 005-2009/SBN - Saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal.

g) Resolución N° 03l-2002-SBN-G0 - Aprueba la Directiva N° 009-2002/SBN- "Procedimiento para la Donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado”.

h) Resolución N° 039-98-SBN - Aprueba el Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado.

i) Ley N° 28716 - Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.j) Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneración del Sector

Público.k) Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. l) Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.m) Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo.

Artículo 5.- DEFINICIONES.Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:a) BIEN PATRIMONIAL: Es aquel sobre el cual la MDS ejerce derecho de propiedad y se encuentra definido

en el Catálogo Nacional de Bienes del Estado.

Page 2: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

b) BIEN ASIGNADO EN USO: Es el bien mueble asignado a un usuario para el normal desarrollo de las funciones en la MDS.

c) CONSERVACIÓN: Es la acción de mantener o alargar la duración o vida útil de un bien patrimonial.

d) DESPLAZAMIENTO: es la acción de trasladar, al interior o exterior de la municipalidad, bienes muebles para el cumplimiento de tareas propias de cada unidad orgánica o cuando el bien es materia de mantenimiento y/o reparación.

e) USUARIO: Funcionario o servidor, bajo cualquier modalidad de contratación, a quien se le han asignado bienes muebles patrimoniales para el desarrollo de las actividades propias de su función.

f) ROBO, HURTO O SUSTRACCIÓN: Es el delito contra el patrimonio que comete quién se apodere ilegítimamente y con ánimo de lucro de un bien mueble ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentre con o sin emplear violencia o intimidación sobre el trabajador.

g) DAÑO: Es el detrimento, perjuicio o menoscabo que sufre un bien mueble a consecuencia de la conducta negligente, descuidada o imprevisora del usuario.

Artículo 6.- TÉRMINOS Y ABREVIATURAS Ley: Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales SBN: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. SUNARP: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. MDS: Municipalidad Distrital de Secclla GM: Gerencia Municipal OACP: Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial. SNBE: Sistema Nacional de Bienes Estatales. UIT: Unidad Impositiva Tributaría. USUARIO: Trabajador Municipal cualquiera sea su condición laboral.

Artículo 7.- BIENES PATRIMONIALES:Son Bienes Patrimoniales aquellos bienes que fueron adquiridos bajo las diversas formas y modalidades jurídicas del estado peruano y que son de propiedad de la Municipalidad Distrital de Secclla.

CAPITULO IIRESPONSABLES DEL CONTROL PATRIMONIAL

Artículo 8.- GERENCIA MUNICIPAL Son responsabilidades de la gerencia Municipal en cuanto se refiere a control patrimonial. a) La supervisión de la administración, el registro, control, cautela y fiscalización del patrimonio mobiliario de

la MDS, así como proporcionar los documentos y las instrucciones técnicas y normas necesarias para el cumplimiento de lo estipulado en el presente reglamento.

b) Supervisar y aprobar la coordinación entre sus diferentes dependencias para un eficaz control de los bienes muebles de la MDS.

c) Precisar las instrucciones, plazos, mecanismos, instrumentos y responsabilidades, para el levantamiento del inventario físico del patrimonio mobiliario de la MDS.

d) Designar a la Comisión de Inventario. e) Aprobar el Alta, la Baja y los actos de adquisición, administración y disposición. f) Organizar los actos mediante los cuales se dispone la enajenación o disposición de los bienes muebles de

la MDS.g) Designar a la Comisión Investigadora por los bienes muebles, perdidos, robados o hurtados. h) Aplicar sanciones administrativas al personal que incumpla la normatividad del SNBE, de acuerdo a las

normas de la materia.

Page 3: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

i) Remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el inventario de los bienes muebles de la Municipalidad Distrital de Secclla y copia de los expedientes que sustentan los actos de adquisición, disposición, administración y gestión patrimonial, de acuerdo con las disposiciones técnico-normativas emitidas por esta Entidad y las que por ley se dicten.

Artículo 9.- OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y CONTROL PATRIMONIALSon responsabilidades de la oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial.a) Recopilar toda la información registral, administrativa, documental y técnica del patrimonio de la MDS. b) Requerir a los organismos públicos la información necesaria para el saneamiento de los bienes de la

MDS. c) Solicitar, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, el registro en el Sistema de Información

Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, del patrimonio de la Municipalidad de Secclla. d) Realizar inspecciones técnicas para verificar el destino y uso final de los bienes de la MDS. e) Identificar, codificar y registrar los bienes muebles de la MDS adquiridos por cualquier modalidad. f) Administrar el registro e información de los bienes muebles de la MDS. g) Solicitar a la SBN la incorporación de nuevos tipos de bienes. h) Integrar la Comisión de Inventario de los bienes muebles de la MDS, como facilitador.i) Elaborar los informes técnicos para el Alta, la Baja, Administración, Disposición y Gestión de los bienes

muebles. j) Elaborar los proyectos de Resolución correspondientes al Alta, la Baja, disposición y gestión de los bienes

muebles, así como las bases administrativas para la compraventa de éstos. k) Asistir a la Gerencia Municipal en los actos de Administración, Disposición y Gestión de los bienes

muebles. a. Elaborar el expediente técnico para el Saneamiento de los bienes muebles. l) Suscribir las actas de Entrega-Recepción para la aceptación de la donación, transferencia y para los actos

de disposición y gestión de los bienes muebles de la MDS. m) Formular denuncias ante las autoridades correspondientes por el uso indebido o pérdida de los bienes y

de los que se encuentren bajo su administración. n) Valorizar mediante tasación los bienes muebles que carecen de la respectiva documentación sustentatoria

de su valor para su incorporación al patrimonio de la entidad; y, en los casos que corresponda, aquellos que van a ser objeto de disposición final o gestión.

o) Las demás que le sean asignadas por la Gerencia General o Alcaldía.

CAPITULO IIIPROCESO DE INVENTARIO Y CONTROL PATRIMONIAL

Artículo 10.- INVENTARIOEs el procedimiento el cual se comprueba la existencia física del bien, constata físicamente, el estado de conservación, ubicación, cantidad, condición de utilización, seguridad y los funcionarios responsables de los bienes que están asignados en uso.

Artículo 11.- OBJETIVOS DE LOS INVENTARIOS Los objetivos de los inventarios son los siguientes: a) Realizar una eficaz administración de los bienes en uso y bienes improductivos. b) Comparar los saldos obtenidos del inventario físico, producto de la verificación a realizar; con la

información registrada por la Oficina de Contabilidad, a fin de hacer los ajustes a que hubiere lugar. c) Conciliar con el inventario del periodo anterior. d) Sustentar y actualizar los registros patrimoniales. e) Sanear los Bienes sobrantes y faltantes con que cuenta la entidad y que deben ser regularizados.

Page 4: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

f) Determinar el inventario físico general actualizado de bienes de la MDS. g) Disponer con información que garantice la consistencia y confiabilidad de los datos consignados en las

Cuentas del Activo y Cuentas de Orden contenidos en los Estados Financieros.

Artículo 12.- INAMOVILIDAD DE LOS BIENES DURANTE LA REALIZACIÓN DEL INVENTARIOPara que los bienes patrimoniales, estén debidamente registrados y controlados; queda prohibido que dichos bienes, cualquiera sea su naturaleza, sean desplazados o movilizados interna ni externamente, sin la autorización previa y por escrito de la Gerencia Municipal y con conocimiento de la Oficina de Abastecimientos y Control Patrimonial; por lo que queda establecido que en tanto se realice las acciones de inventarío, no deberá producirse ningún movimiento de bienes.

Artículo 13.- COMISIÓN DE INVENTARIODe conformidad a lo dispuesto en el Art. 10 del Reglamento de la Ley 29151 - Ley del Sistema Nacional de Bienes del Estado, concordada con el Art. 118 del mismo y la Resolución 458-2008-CG, la Gerencia Municipal deberá designar la Comisión de Inventario, la cual estará integrada por: Gerencia Municipal (Presidente) Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial (Secretario - Facilitador). Oficina de Contabilidad (Integrante).

Artículo 14.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVENTARIOLas funciones del Comité de Inventario son los siguientes: Elaborar un cronograma de actividades. Comunicar a todas las oficinas de la MDS la fecha de inicio de toma de inventario y solicitar se le brinde

las facilidades del caso. Bloquear el internamiento de bienes recepcionados, así como mantener en la zona de despacho aquellos

bienes que se encuentren pendientes de recojo. Conformar los equipos de trabajo. Solicitar a la Oficina de Recursos Humanos la relación de los trabajadores indicando el área y la oficina

donde laboran. Identificar los Ambientes. Realizar la conciliación con el inventario físico del período anterior y el inventario contable,

respectivamente; Determinar las Diferencias de bienes y proceder a emitir los informes correspondientes Supervisar y dar conformidad al servicio de toma de inventario, solicitando, de ser necesario el concurso o

participación de otras áreas, en el caso que dicha labor sea realizada por una tercera persona natural o jurídica, contratada para tal fin.

Las demás que le asigne la Gerencia Municipal.

Artículo 15.- ARCHIVO TÉCNICO PATRIMONIALEl Archivo técnico patrimonial, constituye la base para el control integral de los bienes patrimoniales, en el que se registran y archivan los documentos fuentes que sustentan los actos de adquisición, actos de disposición y actos de administración de los bienes patrimoniales, siendo responsable de su implementación la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial conjuntamente con la Gerencia Municipal.

CAPITULO IVASIGNACIÓN DE BIENES EN USO

Artículo 16.- OFICINA ENCARGADA DE LA ENTREGA DE BIENESCuando se designe o se contrate trabajadores la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial hará entrega de los bienes.

Page 5: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

Artículo 17.- ASIGNACIÓN DE BIENES EN USOLos bienes muebles se entregan en uso al personal de la Municipalidad Distrital de Secclla únicamente para realizar las labores y/o actividades propias de su función, que permitan el cumplimiento de los objetivos y metas de la unidad orgánica a la cual pertenecen

Artículo 18.- FICHA DE ASIGNACIÓN DE BIENESLa Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, hará entrega mediante ficha de asignación de bienes a cada trabajador cualquiera sea su condición laboral, el cual será firmada por el trabajador y quedará bajo la custodia, cuidado y responsabilidad del mismo.

Artículo 19.- RESPONSABILIDAD DE CADA TRABAJADOR DE LOS BIENES ASIGNADOSEs responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición laboral, el uso correcto de los bienes muebles que le hayan asignados. Asimismo, todo desplazamiento interno y/ o externo del bien deberá ser informado por el usuario en forma escrita, con la autorización de su jefe inmediato, al responsable de Abastecimiento y Control Patrimonial, indicando las características generales del bien (marca, modelo, serie, color, número de ficha de inventario, etc.)El personal a quien se le asignó el bien es responsable pecuniaria y administrativamente respecto de la pérdida, daño, deterioro, negligencia o impericia en el manejo de los bienes de la unidad orgánica en la que trabaja.

Artículo 20.- DEVOLUCIÓN DE BIENES ASIGNADOS EN USO A LA CULMINACIÓN LABORALCuando finalice el contrato o la vinculación contractual del trabajador con la entidad, debe hacer entrega del cargo y además la entrega de los bienes asignados en uso mediante acta de Devolución y/o recepción de bienes.

Artículo 21.- COMUNICACIÓN PARA DEVOLUCIÓN DE BIENES ASIGNADOS EN USO Antes que concluya o finalice el contrato o la relación laboral de un trabajador con la MDS, el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, remitirá una comunicación al trabajador para que entregue los bienes que están bajo su cargo.

Artículo 22.- ACTA DE DEVOLUCIÓN - RECEPCIÓNToda entrega de cargo por cese de funciones, rotación, etc. de los Funcionarios, Jefes de Oficinas, y trabajadores en general, deberán entregar a su jefe inmediato o quien se designe, el Inventario Físico Patrimonial de los bienes que se le hubieran asignado en su unidad orgánica, formulándose para tal efecto la correspondiente Acta de Entrega - Recepción, debiendo ser constatado por el personal de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial. Este inventario será entregado al servidor que asume la jefatura entrante, para su verificación y conformidad.

Artículo 23.- PARTICIPANTES EN LA DEVOLUCIÓN DE BIENES PATRIMONIALESPara el acto de devolución de bienes patrimoniales, debe participar la el jefe de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial o de ser el caso el personal responsable designado, con la finalidad de verificar los bienes.

Artículo 24.- INVENTARIO DE BIENES DE RESPONSABILIDAD DE CADA TRABAJADORLa Oficina de Abastecimiento y control patrimonial, alcanzará un Inventario en el que señale los bienes que serán de responsabilidad de cada trabajador o servidor que presta sus servicios en la Municipalidad Distrital de Secclla.

Artículo 25.- USO DE LOS BIENESEs responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición laboral, el uso correcto de los bienes que le hayan asignado. Asimismo, todo desplazamiento interno y /o externo del bien deberá ser informado por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, con conocimiento de su superior

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jerárquico de ser el caso, indicando características generales del bien (marca, modelo, serie, color, numero de ficha de Inventario, etc).

Artículo 26.- DESPLAZAMIENTO INTERNOSe considera desplazamiento interno, al traslado de un bien asignado a un trabajador, a otro ambiente u otro usuario, dentro de las instalaciones del local o de la Municipalidad Distrital de Secclla por necesidad del servicio ó para reparación y/o mantenimiento. El responsable de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, proporcionará los respectivos formatos para el Desplazamiento Interno o salida de Bienes Patrimoniales.

Artículo 27.- FICHA DE DESPLAZAMIENTO INTERNO DE BIENESLa Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, proporcionará el formato de la respectiva “Ficha de Desplazamiento Interno de Bienes Muebles" para el desplazamiento Interno de los bienes patrimoniales.

Artículo 28.- BIENES NO UTILIZADOSCorresponde al usuario de los bienes asignados informar por escrito a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, de los bienes que ya no se utilizan, a fin de que esta Unidad inicie los respectivos procedimientos sobre el bien, asignándolo a otro usuario, o procesando la baja definitiva del bien en caso de deterioro e inoperatividad.

Artículo 29.- REPARACIÓN DE BIENESEs responsabilidad del usuario comunicar oportunamente a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, la necesidad de reparación y/o mantenimiento de los bienes asignados en uso.

Artículo 30.- REGISTRO DIARIO DE INGRESOS Y SALIDAS DE BIENES DE LA MDS La Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, solicitará que el personal de Vigilancia proporcione mensualmente, bajo responsabilidad, la documentación diaria sobre ingresos y salidas de bienes que obre en su archivo. Dicha información permitirá conocer si los bienes que en algún momento salieron de la institución por diversos motivos, han retornado o no en buenas condiciones, evitando así la pérdida o la omisión involuntaria en el siguiente Inventario Físico.

Artículo 31.- INGRESO DE BIENES DE TERCEROS A LA MDSCuando por necesidad del servicio se requiera ingresar a los ambientes de la Municipalidad Distrital de Secclla, bienes que no son de propiedad de la Municipalidad, estos deberán ser registrados en Vigilancia y dado a conocer a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, al igual que su posterior salida.

Artículo 32.- RESPONSABLE DE CONTROL DE BIENES EN LAS UNIDADES ORGANICASTodos los Funcionarios, Jefes de Oficinas y otros servidores, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición laboral, que tienen bajo su responsabilidad bienes muebles, deberán designar y asignar al servidor responsable para su control, buen uso, conservación y distribución, mediante el formato impreso denominado “Ficha de Asignación de Bienes Patrimoniales" , el mismo que será firmado por el Jefe inmediato de la unidad orgánica usuaria y el Usuario final del bien o equipo, luego será derivado a la oficina de Abastecimientos (c/copia).

Artículo 33.- DESPLAZAMIENTO EXTERNO DE BIENESSe considera desplazamiento externo al traslado del bien que realiza el usuario fuera de las instalaciones la MDS. Es por ello que todo desplazamiento externo de bienes muebles deberá ser informado por el usuario en

Page 7: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

forma escrita a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, contando con la autorización previa de su jefe inmediato superior e indicando al detalle las características técnicas del (los) bien (es).

Artículo 34.- AUTORIZACIÓN DE DESPLAZAMIENTO EXTERNO DE BIENESPara que pueda desplazarse externamente bienes de propiedad de la MDS el usuario deberá de contar con la Autorización de Desplazamiento Externo de bienes. El personal de vigilancia exigirá una copia al usuario de la respectiva autorización

Artículo 35.- SALIDA DE BIENES DE LA MDS POR REPARACIÓN, CAMBIOS O REPOSICIÓNEn el caso de salida de bienes muebles de propiedad de la MDS por reparación, cambios o reposición por garantía, la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, formulará en el respectivo formato: “Acta de Control de Salida de Bienes Muebles para Reparación Cambios o Reposición”, para tal efecto corresponde exigir el cumplimiento de este procedimiento al personal de vigilancia.

CAPITULO VPÉRDIDA, SUSTRACCIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS BIENES ASIGNADO S EN USO.

Artículo 35.- REPOSICIÓN DE BIENES, CARACTERÍSTICAS Y PLAZOSLos bienes patrimoniales asignados en uso a los funcionarios y servidores, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición laboral o contrato, para el normal desempeño de sus funciones; que resulten perdidos o sustraídos por descuido o negligencia, serán Repuestos por estos, con Bienes de modelo, tipo y características iguales, similares o de ser el caso de mejores características, al que tenían, en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios, contados a partir de la pérdida, salvo en caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobado, en caso contrario se remitirá el expediente a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Artículo 36.- Es responsabilidad del usuario, cualquiera sea su nivel jerárquico, condición laboral o contrato, velar por la permanencia e integridad física, de los bienes patrimoniales asignados a su uso, éste siempre debe tener presente que: "En caso de sustracción de alguno de los bienes asignados en uso, la persona responsable de la custodia del bien procederá a efectuar la respectiva e inmediata denuncia policial y adjuntará copia de la misma al informe por escrito que deberá presentar a la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial con copia a la Gerencia Municipal, dentro de las 24 horas de sucedidos los hechos, la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial de inmediato organizará un expediente administrativo que contenga las investigaciones efectuadas por el Jefe de la Unidad Orgánica a la cual pertenecía el bien sustraído, tramitando la copia certificada de la denuncia policial respectiva y en el caso de bienes faltantes por negligencia tramitará los antecedentes correspondientes a la Gerencia Municipal, a efectos que se promueva el procedimiento correspondiente para determinar la responsabilidad pecuniaria y administrativa según sea el caso".

Artículo 37.- FONDOS DE REPARACIÓN DE BIENES POR DESCUIDO Y NEGLIGENCIA DEL USUARIOLos bienes muebles asignados en uso a los trabajadores de la MDS cualquiera sea su modalidad, su nivel jerárquico, condición laboral o contrato, para el normal desempeño de sus funciones, que resulten malogrados o deteriorados por descuido, negligencia, mala intención, etc., serán reparados por éstos, con fondos de su propio peculio.

Artículo 38.- PLAZO PARA LA REPARACIÓN DE BIENESLa reparación del bien por parte del responsable se realizará en el plazo máximo de quince (15) días calendarios.

Artículo 39.- ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN DE REPOSICIÓN DE BIEN

Page 8: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

La reposición del bien por parte del responsable se suscribirá mediante una Acta de Entrega - Recepción, entre la persona que ha repuesto el bien y el representante de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, quien elaborará el informe correspondiente dirigido a la Gerencia Municipal (con documentación sustentatoria del bien)

Artículo 40.- INGRESO DE BIENES REPUESTOSLos bienes que son repuestos, serán ingresados por el Almacén e incorporados al patrimonio institucional como alta de bienes, debiendo los bienes reemplazados ser dados de baja en base a lo dispuesto en el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Institución, expidiéndose para ello la correspondiente Resolución de Conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 41.- PLAZO PARA LA REPOSICIÓN DE BIENESEl plazo máximo para la reposición de bienes es de treinta (30) días calendarios, contados a partir de la pérdida.Transcurrido el plazo señalado y la persona responsable no hubiera cumplido con la reposición del bien sustraído o perdido, la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial informará a la Gerencia Municipal para que adopte las medidas pertinentes.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERO: La Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial, llevará un control periódico del inventario para resguardar los bienes patrimoniales de la entidad y ayudar a detectar pérdidas, sustracción o robos a los que están expuestos estos activos, bajo responsabilidad.

SEGUNDO: La Municipalidad Distrital de Secclla, está en la obligación de imponer sanciones a los funcionarios y personal que incumplan las disposiciones emitidas.

TERCERO: Las sanciones recomendadas por la SBN, se aplicarán sin perjuicio de las acciones penales y/o civiles, que se tomen a raíz de las denuncias que realice la MDS, sobre actos indebidos de administración y disposición de los bienes del patrimonio del Estado.

CUARTO: Los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Secclla, cualquiera que sea su categoría y modalidad de contrato, que incumplan lo estipulado en la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, serán responsables administrativa, civil y/o penalmente de los perjuicios que irroguen al patrimonio mobiliario e inmobiliario de la MDS.

QUINTO: En caso específico de cese, renuncia definitiva o destitución del Trabajador, cualquiera sea su nivel jerárquico o condición laboral, deberá hacer entrega del cargo mediante un Acta de Devolución – Recepción. La Oficina de Recursos Humanos y la Gerencia Municipal, exigirá la presentación de la referida Acta, como parte de los documentos que se incluyen en el mencionado expediente administrativo de servicios para sus respectivos pagos.

SEXTO: Las disposiciones establecidas en el presente reglamento, deben de ser cumplidas a cabalidad por personal de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial y demás áreas existentes en la Municipalidad Distrital de Secclla, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal que puedan determinarse.

SEPTIMO: La Ficha de Asignación de bienes que forman parte del presente reglamento, describen bienes que están bajo la custodia y cuidado de los trabajadores, los mismos que son utilizados para el cumplimiento de sus funciones. En el mismo contiene expresamente su autorización para el descuento respectivo en caso de que los bienes resulten perdidos o sustraídos, malogrados o deteriorados.

Page 9: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

Secclla, Marzo del 2015.

Page 10: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

ANEXOS

FICHA DE ASIGNACIÓN DE BIENES PATRIMONIALES

N° Fecha

RESPONSABLE DEL USO DEL BIENNOMBRES Y APELLIDOS UNIDAD ORGÁNICA

RELACIÓN DE BIENES

N° CÓDIGO PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN ESTADO USOIndividual/ CompartidoN B R

Page 11: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

Importante:La presente ficha tiene carácter de declaración jurada, lo que amerita que la firma de la misma certifica la conformidad del trabajador (es) responsable de recibir el bien municipal en las mismas condiciones arriba descritas;, así mismo representa la autorización expresa que faculta a la MDS el descuento de las remuneraciones mensuales para la reposición del bien (es) en caso de pérdida, daño o robo que resulte de actos o comportamientos que demuestren la negligencia del trabajador.

______________________________________ Nombres y Apellidos: DNI:

______________________________Sub Gerente Responsable

______________________________Responsable de Abastecimiento

FICHA DE DESPLAZAMIENTO INTERNO DE BIENES

N° Fecha

RESPONSABLE DEL USO DE LOS BIENES UNIDAD ORGÁNICA

NUEVO RESPONSABLE DE LOS BIENES UNIDAD ORGÁNICA

RELACION DE BIENES

N° CÓDIGO PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN ESTADON B R

Page 12: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

______________________________Responsable del Uso de los Bienes

______________________________Jefe del Responsable del Uso de los Bienes

______________________________Nuevo Responsable del Uso de los Bienes

______________________________Jefe del Nuevo Responsable del Uso de los Bienes

______________________________V°B° Gerente Municipal

______________________________Responsable de Abastecimiento

ACTA DE DEVOLUCIÓN Y/O RECEPCIÓN DE BIENES

En la Oficina de_________________________ de la Sub Gerencia de__________________________ de la

Municipalidad Distrital de Secclla, siendo las ____________del día _____________________se reunieron el

responsable de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial: __________________________________

identificado con DNI:__________________ y el señor: ___________________________________

identificado con DNI: ___________________ quien por motivo de:___________________________ hace la

devolución de los bienes, las cuales se detallan en el siguiente cuadro:

N° CÓDIGO PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN ESTADO OBSERVACIÓNN B R

Page 13: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

Observaciones del que Recepciona los bienes:___________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

Observaciones del que hace la entrega los bienes:________________________________________

________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________

Siendo las _______________________ del mismo día se da por finalizado en acto de devolución y/o

recepción de bienes pasando a firmar los asistentes en cuatro folios en señal de conformidad con el

presente documento

______________________________Abastecimiento y Control Interno

______________________________Persona que entrega los bienes

AUTORIZACIÓN DE DESPLAZAMIENTO EXTERNO DE BIENES

Por el presente documento se autoriza a:_________________________________, identificado con

DNI:_______________ trabajador de la Municipalidad Distrital de Secclla quien desempeña labores

en la oficina __________________________ para que desplace los siguientes bienes de propiedad

de la Municipalidad Distrital de Secclla:

N° CÓDIGO PATRIMONIAL DESCRIPCIÓN ESTADO OBSERVACIÓNN B R

Los cuáles serán trasladados a___________________________________________ para ser

utilizados con motivo de _____________________________________ los cuales serán devueltos

finalizado la actividad bajo estricta responsabilidad del funcionario quien deberá dar informe del

retorno de los bienes inmediatamente internados los bienes en la Municipalidad Distrital de Secclla.

Secclla, __________________________

______________________________________

Responsable de sacar los bienes: Unidad Orgánica

Page 14: Reglamento de Control y Uso de Bienes MDS

______________________________V°B° Gerente Municipal

______________________________Responsable de Abastecimiento