reglamento crt-tumbes-1
TRANSCRIPT
-
8/2/2019 REGLAMENTO CRT-TUMBES-1
1/3
Ao del Centenario de Machu Picchu para el Mundo
REGLAMENTO INTERNO DE LOS CENTROS DE RECURSOS
TECNOLOGICOS -2011
ART. I DISPOSICIONES GENERALES
Los Equipos Tecnolgicos pueden ser usados por los alumnos y personaldocente de la I.E.
ART. II SERVICIOS
El Centro de Recursos Tecnolgicos presenta los siguientes servicios:1. Uso de las Laptop XO Instaladas.
2. Buscar Informacin en Internet u otras Actividades.
3. Aplicacin de la tecnologa actualizada al aprendizaje significativo.
ART. III LOS USUARIOS
1. Los usuarios pueden usar cualquier laptop XO del CRT, siendoresponsabilidad del Docente CRT, el uso y buen funcionamiento de lamisma.
2. No se permitir el ingreso a personas ajenas a la Institucin Educativa.
3. Mantener el CRT limpio y ordenado permanentemente.
4. Demostrar orden y buen comportamiento durante la sesin de trabajo.
5. Hacer uso correcto de la Laptop XO.
6. El personal docente dirigir la sesin de aprendizaje previamenteprogramada.
7. Los docentes presentarn su gua de trabajo al solicitar o ingresar al CRT,MINIMO UNA SEMANA DE ANTICIPACIN.
8. Los docentes registraran su asistencia en el documento indicado por eldocente del CRT, para su informe mensual.
9. Los estudiantes slo ingresarn al CRT en compaa del docente.
10. El Docente del CRT, es el responsable del mantenimiento de las LaptopXO, en coordinacin con el personal de soporte tcnico de la DIGETEDRET/UGEL.
ART. IV NORMAS LEGALES
Constitucin Poltica del Per
Ley N 28044- Ley General de Educacin.
Av. Tumbes N 104 -106-108 TeleFax. N 526105
PER Ministeriode
Educacin
DireccinRegional deEducacinTumbes
Unidad deGestin
Educativa LocalContralmirante
Villar
-
8/2/2019 REGLAMENTO CRT-TUMBES-1
2/3
Ao del Centenario de Machu Picchu para el Mundo
Ley N 28119 Ley que prohbe el acceso de menores de edad a
pginas web de contenido pornogrfico.D. S N 066-2001-PCM-Lineamientos de Poltica Generales para
Promover la Masificacin de Acceso a Internet en el Per.
D.S N 016-2007-DIGETE
R. M N 0348-2010.ED-Directiva para el Desarrollo del Ao Escolar
2011.
R. M N 339-2009.ED-Autorizar 2da etapa del Programa OLPC-
Centro de Recursos Tecnolgicos.Directiva N 0026-2009-ME/VMGP/DIGETE Normas para la
distribucin de materiales Educativos y Equipos para las
Instituciones Pblicas que sern atendidas por la DIGETE.
ART. V DE LAS SANCIONES
1. Los usuarios que malogren o daen el equipo tecnolgico o el mobiliario
estarn obligados a reponer dejndolo en las mismas condiciones.
2. Los estudiantes reincidentes que ocasionen daos al equipo sern
sancionados con una papeleta de suspensin.
ART. VI MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DE HIGIENE
1. Los estudiantes DEBERN INGRESAR con las manos limpias y con el
cabello seco al Centro de Recursos Tecnolgicos (CRT).
2. No se permitir el ingreso a los estudiantes con alimentos ni otros
productos de consumo humano.
3. Se evitar en todo momento las acciones que daen al sistema de
trabajo.
Av. Tumbes N 104 -106-108 TeleFax. N 526105
PER Ministeriode
Educacin
DireccinRegional deEducacinTumbes
Unidad deGestin
Educativa LocalContralmirante
Villar
-
8/2/2019 REGLAMENTO CRT-TUMBES-1
3/3