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CONSEJO CIUDADANO MARBELLA-SAN PEDRO
REGLAMENTO DEL CONSEJO CIUDADANO MUNICIPAL
PODEMOS MARBELLA – SAN PEDRO (CCMPMSP)
Disposiciones generales
Artículo 1. El CCMPMSP es el órgano de dirección política de Podemos con
funciones ejecutivas.
Artículo 2. Las tareas ejecutivas cotidianas serán desarrolladas, en el marco de
sus respectivas responsabilidades, por las distintas áreas de las que se
componga el CCMPMSP. Es responsabilidad del/la Secretario/a General
garantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas
ejecutivas (tarea para la cual se apoyará en el Consejo de Coordinación).
Artículo 3. El CCMPMSP estará organizado en áreas. Las áreas de este consejo
serán:
- CONSEJO DE COORDINACION
• Vicesecretaria
• Extensión y Círculos. Participación.
• Relación con la sociedad civil y movimientos sociales.
• Estudios y programa.
• Empleo. Análisis social y político.
• Redes y prensa.
• 4 Personas asesoras técnicas.
- AREAS
• Derechos sociales: educación, sanidad y vivienda.
• Financiación y transparencia.
• Municipalismo. Estrategia y campañas.
• Ecología y medio ambiente.
• Mujer e igualdad.
• Anticorrupción, justicia y seguridad. Gestión pública.
• Juventud.
• Formación y cultura.
• Deporte.
• Economía. Turismo.
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De la composición del CCMPMSP
Artículo 4. Composición del CCMPMSP.
El CCMPMSP estará compuesto por 17 miembros:
a) El/la Secretario/a General será miembro nato del CCMPMSP y presidirá sus
reuniones.
b) 17 miembros elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana.
Artículo 5. En caso de bajas de miembros del CCMPMSP
En caso de bajas permanentes por dimisión, motivos de causa mayor o por un
proceso revocatorio se procederá a una nueva la elección para cubrir la baja.
Artículo 6. Dinámica de sesiones
Las sesiones del CCMPMSP serán presididas por el/la Secretario/a General que
podrá delegar con carácter puntual o permanente en algún/a miembro del
CCMPMSP para las tareas de moderación, seguimiento del orden del día,
ordenamiento de los debates, orden de comienzo y recuento de votaciones,
asignación y turno de palabra así como levantamiento de actas.
De las competencias del CCMPMSP
Artículo 5. Son competencias del CCMPMSP las establecidas en el artículo 33 del
Documento de principios organizativos además de las siguientes:
1. Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la
ACMMSP y aquellas conducentes a desarrollar la linea politica de Podemos
en el Municipio de Marbella.
2. Convocar a la CCMPMSP tanto para todas las cuestiones que resulten
preceptivas como para cualquier otra consulta, segun lo establecido en el
apartado “Asambleas Ciudadanas Territoriales”.
3. Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima
oportuno, cualquier Asamblea de nivel territorial inferior.
4. Aprobar el presupuesto y la rendicion de cuentas de cada ejercicio (sin
perjuicio de que la ACMMSP pueda exigir, segun los procedimientos
previstos, su ratificacion).
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5. Aprobar los presupuestos de las campanas electorales y de las actividades
especificas del Municipio de Marbella para campanas de nivel estatal o
territorial.
De la convocatoria y las reuniones del CCMPMSP
Artículo 6. El CCMPMSP podrá ser convocado en cualquier momento:
a) A propuesta del/la Secretario/a General.
b) A petición del 25% del CCMPMSP.
c) A petición de 10 % de los inscritos en PODEMOS o del 10% de los Círculos
validados.
En ningún caso podrán transcurrir más de 3 meses entre 2 reuniones plenarias
del CCMPMSP. El/la Secretario/a General tendrá la obligación de convocar al
CCMPMSP antes de que transcurra ese plazo. La Comisión de Garantías
Democráticas velará por el cumplimiento de esta exigencia.
El Secretario/a General podrá delegar la formalidad de convocatoria con
carácter temporal o permanente en cualquier miembro del CCMPMSP.
Artículo 7. Para que el CCMPMSP pueda considerarse reunido y con capacidad
decisoria, deberán estar presentes la mitad más uno de sus integrantes, ya se
trate de una reunión presencial o telemática. En el acta se recogerá el número de
integrantes presentes y la fecha y hora de inicio y de fin de la reunión.
En caso de falta de quorum y transcurrida media hora del momento de la
convocatoria podrá considerarse constituido en CCMPMSP si están presentes la
mitad más uno de los integrantes de elección directa.
Las decisiones del CCMPMSP serán de obligada ejecución a partir del día
siguiente a su adopción, salvo que expresamente se indique lo contrario.
Artículo 8: El orden del día será elaborado por el/la Secretario/a General y
comunicado con al menos dos días de antelación a los miembros del CCMPMSP.
Deberán ser incluidos puntos a tratar a propuesta de los responsables de área
del CCMPMSP. También serán incluidos en el orden del día los puntos propuestos
por un 10% de los miembros de elección directa del CCMPMSP o cualquiera de
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las propuestas de los círculos y de los inscritos siguiendo el proceso reglado en
el documento organizativo
Artículo 9. Cuando un 10% o más de los integrantes de elección directa del
CCMPMSP lo solicite, las votaciones serán secretas y por escrito. Las personas
encargadas de moderar la reunión serán responsables del recuento de los votos
y de la comunicación de los resultados de la votación.
Artículo 10. Las decisiones del CCMPMSP se tomarán por mayoría simple salvo
en los casos en los que el Documento de principios organizativos de Podemos
indica una mayoría distinta.
Artículo 11. Si las personas integrantes de las Áreas del Consejo se reúnen en
momentos distintos de las reuniones plenarias del CCMPMSP, estas reuniones
estarán sometidas a la misma regulación que las reuniones del CCMPMSP en lo
relativo a quorum, moderación de los debates, forma de toma de decisiones,
posibilidad de voto secreto y levantamiento de actas.
Las áreas del CCMPMSP tendrán un responsable encargado de exponer las
conclusiones de las mismas al CCMPMSP.
Las áreas del CCMPMSP podrán contar para su trabajo con miembros ajenos al
CCMPMSP.
Del Consejo de coordinación
El CCMPMSP nombrará de entre sus integrantes y a propuesta del/la
Secretario/a General, un Consejo de Coordinación de entre 6 y 10 personas con
una secretaría a su cargo y que asumen las tareas ejecutivas mientras no esté
reunido el CCMPMSP.
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ANEXO I
Protocolo aparición en medios
El CCMPMSP velará y cumplira lo establecido en el artículo 16 del Documento de
principios organizativos además de las siguientes diposiciones:
a) Hacer constar expresamente la condición en virtud de la cual se ejerce la
tarea de portavocía y sin exceder el ámbito concreto de sus competencias.
b) Ejercerla, como miembro del CCMPMSP, en sintonía con los principios
éticos, políticos y organizativos establecidos entre todos y todas y de un
modo coordinado con el Área de Redes y Prensa (ARP).
Así, desde el ARP del CCMPMSP se establece como protocolo para
coordinar la aparición en medios:
- Es el ARP y el Secretario/a General del CCMPMSP los responsables de
validar la aparición de cualquier persona que vaya a identificarse como
Podemos Marbella – San Pedro en los medios de comunicación del ámbito
del Municipio de Marbella.
- Es el ARP y el Secretario/a General del CCMPMSP los responsables de
validar la aparición de cualquier persona que vaya a identificarse como
Podemos Marbella – San Pedro en los medios, sean de ámbito nacional,
regional o provincial, que vayan a hablar sobre temas de especial
sensibilidad que son competencia del CCMPMSP: economía, articulación
territorial, etc.
Para coordinar estas apariciones, aquellas personas que hayan sido
invitadas a participar en un medio tendrán que dirigirse al Consejero del ARP o al
Secretarío/a General, así como también está disponible el correo electrónico