registro público de comerciohistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 escruva...

20
REGISTRO PúBLICO DE COMERCIO EDMUNDO SALDÍVAR MENDOZA* INSTITUCIÓN DE DERECHO MERCANTIL, DE CA- rácter federal, que por disposición expresa del Código de Comercio se lleva en las oficinas encargadas del Registro Público de la Propiedad de las entidades federa- tivas, mediante la cual el Estado propor- ciona el servicio de dar publicidad a los hechos y actos jurídicos que, realizados por empresas mercantiles o en relación con ellas, precisan de ese requisito para que surtan efectos contra terceros. Encargado a las oficinas distritales des- de la promulgación del Código de Comercio * Edmundo Saldívar Mendoza, notario del Estado de México. Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Upload: others

Post on 17-Jun-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

REGISTRO PúBLICO DE COMERCIO

EDMUNDO SALDÍVAR MENDOZA*

INSTITUCIÓN DE DERECHO MERCANTIL, DE CA­

rácter federal, que por disposición expresa del Código de Comercio se lleva en las oficinas encargadas del Registro Público de la Propiedad de las entidades federa­tivas, mediante la cual el Estado propor­ciona el servicio de dar publicidad a los hechos y actos jurídicos que, realizados por empresas mercantiles o en relación con ellas, precisan de ese requisito para que surtan efectos contra terceros.

Encargado a las oficinas distritales des­de la promulgación del Código de Comercio

* Edmundo Saldívar Mendoza, notario del Estado de México.

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 2: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

18 EscRIVA

de 1884, el Registro Público de Comercio no ha contado con el apoyo suficiente por parte de la federación para su modernización toda vez que dicha institución requiere agilizar y dar transparencia a la inscripción de los actos y operaciones mercantiles que se realizan en los Registros Públicos de la Propiedad y del Comercio, y disminuir los tiempos y costos en la prestación de estos servicios para los particulares.

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 3: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

Ante el extraordinario avance tecnoló­gico de las telecomunicaciones, el mundo se globalizó, en este entorno, el comercio electrónico surge como una actividad co­tidiana y siendo México el país que mas tratados de libre comercio tiene suscritos, reviste suma importancia la moderniza­ción del Registro Público de Comercio, pues en la actualidad un gran número de ope­raciones se lleva a cabo a través de medios electrónicos.

El comercio electrónico es definido como el uso de tecnología para facilitar la integración de procesos de negocio con proveedores, clientes y otras entidades, que utiliza como principal recurso el In­ternet. A nivel internacional, ya exsite una regulación en materia de comercio elec­trónico, mediante disposiciones del or­ganismo dependiente de la Organización de Naciones Unidas (oNU), "Comisión de la Naciones Unidas para el Derecho Mercan­til Internacional" UNCITRAL por sus siglas en inglés (United Nations Comission on Internacional Trade Law), dicha comisión emite sus recomendaciones sobre el valor jurídico de los registros computarizados desde 1985 y es hasta el año de 1996, cuan­do la UNCITRAL emite su ley modelo.

En nuestro país, a partir del año 1999, se envió por parte del ejecutivo federal, la iniciativa para legislar en materia de

ESCRIVA 19

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 4: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

20 EscruvA

comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil y de Procedimientos Civiles, de orden federal, del Código de Comercio y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con objeto de adecuar el marco normativo y hacer posi­ble que en los actos de comercio se em­pleen los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, así como la re­gulación de las relaciones entre proveedo­res y consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Asimismo, se insertó en el Código de Co­mercio, un capítulo denominado "DelCo­mercio Electrónico"; y se establecieron las bases para la automatización del Registro Público de Comercio, el cual operará con un programa informático y con una base de datos central interconectada con las bases de datos de sus oficinas ubicadas en las entidades federativas.

Para instrumentar lo anterior y con base en las disposiciones contenidas tanto en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 que establecía entre sus objetivos la reforma de gobierno y la modernización de la ad­ministración pública y que habría de reali­zarse un esfuerzo de coordinación entre las distintas instancias de los tres órdenes

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 5: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

de gobierno para llevar a cabo programas de regularización y titulación de predios y, de manera particular, modernizar los re­gistros públicos de la propiedad, buscan­do la rapidez y transparencia de las ins­cripciones; como en el Programa de Comercio Interior, Abasto y Protección al Consumidor 1997-2000, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, que establecía que el fortalecimiento de la seguridad jurídica

EscruvA. 21

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 6: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

22 ESCRIVA

requiere de una modernización de los ser­vicios registrales de comercio, para lo cual se deberá promover su modernización y diseñar y coordinar acciones para su au­tomatización, y que para instrumentar y darle aplicación al contenido de las dis­posiciones del capítulo n del título segun­do del libro primero del Código de Comercio en materia de Registro Público de Comer­cio, el ejecutivo federal, a través de la Secre­taría de Comercio y Fomento Industrial, hoy de economía, ha suscrito varios con­venios de coordinación para la operación del Registro Público de Comercio con di­versas entidades federativas, con la Aso­ciación Nacional de Notariado Mexicano, A.C., y con el Colegio Nacional de Corre­duría Pública Mexicana.

De acuerdo con lo dispuesto por el artícu­lo tercero transitorio del Decreto de Reformas, la operación automatizada del Registro Público de Comercio, debería iniciarse a más tardar el 30 de noviembre del año 2000. Para tal efecto, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial propor­cionará a cada uno de los responsables de las oficinas del Registro Público de Co­mercio, a partir de la entrada en vigor del citado decreto y a más tardar el 31 de agosto del año 2002, el programa informá­tico del sistema registra! automatizado, la asistencia y capacitación técnica, así como

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 7: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

las estrategias para su instrumentación, de conformidad con los convenios correspon­dientes.

Para estos efectos existirán las oficinas del Registro Público de Comercio en cada entidad federativa que demande el tráfico mercantil. La Secretaría emitirá los linea­mientos necesarios para la adecuada ope­ración del Registro Público de Comercio, que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

El Registro Público de Comercio operará con un programa informático y con una base de datos central interconectada con las bases de datos de sus oficinas ubicadas en las entidades federativas. Las bases de datos contarán con al menos un respaldo electrónico. Mediante el programa infor­mático se realizará la captura, almacena­miento, custodia, seguridad, consulta, reproducción, verificación, administración y transmisión de la información registra!. Las bases de datos del Registro Público de Comercio en las entidades federativas se integrarán con el conjunto de la informa­ción incorporada por medio del programa informático de cada inscripción o anota­ción de los actos mercantiles inscribibles, y la base de datos central con la informa­ción que los responsables del registro incorporen en las bases de datos ubicadas en las entidades federativas.

EscRIVA 23

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 8: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

24 EscRIVA

Existirá un folio electrónico por cada comerciante o sociedad. El procedimiento para la inscripción de actos mercantiles en el Registro Público de Comercio será auto­matizado y estará sujeto a plazos máximos de respuesta; constará de las fases de: recepción, física o electrónica de una forma precodificada, acompañada del instru­mento en el que conste el acto a inscribir, pago de los derechos, generación de una boleta de ingreso y del número de control progresivo e invariable para cada acto; análisis de la forma precodificada y la ve­rificación de la existencia o inexistencia de antecedentes registrales y, en su caso, preinscripción de dicha información a la base de datos ubicada en la entidad fede­rativa; calificación, en la que se autorizará en definitiva la inscripción en la base de datos mediante la firma electrónica del servidor público competente, con lo cual se generará o adicionará el folio mercantil electrónico correspondiente, y emisión de una boleta de inscripción que será entrega­da física o electrónicamente.

La Secretaría (antes de Comercio y Fo,. mento Industrial, hoy de Economía), po­drá autorizar el acceso a la base de datos del Registro Público de Comercio a per­sonas que así lo soliciten y cumplan con los requisitos para ello, los lineamientos que emita la Secretaría, sin que dicha au-

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 9: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

torización implique en ningún caso ins­cribir o modificar los asientos registrales. La Secretaría certificará los medios de identificación que utilicen las personas au­torizadas para firmar electrónicamente la información relacionada con el Registro Público de Comercio, así como la de los demás usuarios del mismo, y ejercerá el control de estos medios a fin de salva­guardar la confidencialidad de la infor­mación que se remita por esta vía. Cuando la autorización se otorgue a notarios o co­rredores públicos, dicha autorización per­mitirá, además, el envío de información por medios electrónicos al registro y la remisión que éste efectúe al fedatario pú­blico correspondiente del acuse que con­tenga el número de control. Los notarios y corredores públicos que soliciten dicha autorización deberán otorgar una fianza a favor de la Tesorería de la Federación y registrarla ante la Secretaría, para garanti­zar los daños que pudieran ocasionar a los particulares en la operación del programa informático, por un monto mínimo equi­valente a 10 000 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal.

En los actos de comercio podrán em­plearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología. A la información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de dichos medios se

ESCRNA 25

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 10: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

26 EscRIVA

le denominará mensaje de datos. Salvo pacto en contrario, se presumirá que el mensaje de datos proviene del emisor si ha sido enviado usando medios de identi­ficación, tales como claves o contraseñas de él, o por un sistema de información pro­gramado por el emisor o en su nombre pa­ra que opere automáticamente.

Cuando la ley exija la forma escrita para los contratos y la firma de los documentos relativos, esos supuestos se tendrán por cumplidos tratándose de mensaje de datos siempre que éste sea atribuible a las per­sonas obligadas y accesible para su ulte­rior consulta.

En los casos en que la ley establezca co­mo requisito que un acto jurídico deba otorgarse en instrumento ante fedatario público, éste y las partes obligadas po­drán, a través de mensajes de datos, ex­presar los términos exactos en que las par­tes han decidido obligarse, en cuyo caso el fedatario público, deberá hacer constar en el propio instrumento los elementos a través de los cuales se atribuyen dichos mensajes a las partes y conservar bajo su resguardo una versión íntegra de los mis­mos para su ulterior consulta, otorgando dicho instrumento de conformidad con la legislación aplicable. Salvo pacto en con­trario, el mensaje de datos se tendrá por expedido en el lugar donde el emisor ten-

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 11: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

ga su domicilio y por recibido en el lugar donde el destinatario tenga el suyo.

El programa informático establecido por la Secretaría, en términos del artículo 20 del Código de Comercio, para la operación del Registro Público de Comercio, se deno­minará Sistema Integral de Gestión Re­gistra! (siGER), que se compondrá de cinco subsistemas, que serán: de registro; de consulta; de certificación; de control de gestión; y de captura del acervo histórico. El sistema, contará con un módulo Web, a través del cual operarán vía remota, los subsistemas de registro y de consulta, el cual podrá ser utilizado por los fedatarios públicos que cuenten con la autorización respectiva. La Dirección General de N or­matividad Mercantil, de la Secretaría de Economía, definirá, a falta de disposición expresa, los criterios para la correcta ope­ración del sistema.

Por otra parte, el ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, hoy de Economía, ha suscrito diversos convenios con las enti­dades federativas, a fin de coordinarse en la operación del Registro Público de Co­mercio de manera adecuada, conforme a la normatividad vigente; en la consulta y la expedición de certificaciones solicitada por los particulares a los responsables de las oficinas del Registro Público de Comer-

EscRIVA 27

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 12: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

28 EscRNA

do; en la vigilancia de la adecuada opera­ción del Registro Público de Comercio; y en el procedimiento para la inscripción de los actos mercantiles. Para ello, es compro­miso de las entidades federativas, contar con una base de datos estatal, que se in­tegrará con la información que diaria­mente le proporcionen las oficinas dis­tritales, interconectadas a dicha oficina estatal, la cual a su vez replicará diaria­mente la información a la base de datos central de la Secretaría de Economía, en términos de lo establecido en el artículo 20 del Código de Comercio. Para el segui­miento de los compromisos establecidos que se establecen se constituirá un comité ejecutivo encargado de ejecutar la opera­ción del Registro Público de Comercio en cada entidad federativa. La Secretaría de Economía, deberá instalar el enlace de comunicación entre la base de datos cen­tral y la base de datos estatal; proporcionar a las entidades federativas el programa informático para la replicación de la infor­mación registra!; proporcionar a las enti­dades federativas los programas fuente correspondientes a los actos en materia de propiedad, para que éstos en caso de con­siderarlo necesario los adecuen en su mo­mento a sus necesidades de operación re­gistra! en esta materia; proporcionar la asistencia y asesoría técnica necesaria al

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 13: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

personal responsable de la operación del Registro Público de Comercio Estatal; y certificar los medios de identificación que utilicen las personas autorizadas para fir­mar electrónicamente la información rela­cionada con el Registro Público de Comer­cio. Asimismo, las entidades federativas, adquieren la obligación de interconectar la oficina estatal con las oficinas distritales de su entidad; proporcionar a la Secretaría de Economía copia de los programas fuen-

ESCRIVA 29

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 14: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

30 EscRIVA

te modificados; verificar que las personas físicas o morales que tengan acceso a di­chos programas fuente, firmen un acuerdo de confidencialidad, en el que se compro­metan a no divulgar, distribuir informa­ción, ni conservar copia de la información relacionada con dichos programas fuente; dar las facilidades necesarias al personal responsable de la operación del Registro Público de Comercio en el Estado, para recibir la asistencia y asesoría técnica proporcionada por la Secretaría de Econo­mía; y contar con el equipo y personal in­formático necesarios para la operación del Registro Público de Comercio.

Con base en el acuerdo que establece lineamientos para la Operación del Regis­tro Público de Comercio, la Secretaría de Economía celebró un convenio de colabo­ración, con el Colegio Nacional de Corre­duría Pública Mexicana, A.C., para difun­dir el uso de medios electrónicos en ma­teria de Registro Público de Comercio y de actos de comercio electrónico; estable­cer los mecanismos de emisión y admi­nistración de los certificados digitales, que se utilizarán para acceder al Registro Pú­blico de Comercio y para realizar tran­sacciones comerciales, comprometiéndose dicha Secretaría a proporcionar la infor­mación que requiera el Colegio Nacional de Correduría Pública en cuanto a datos

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 15: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

o elementos que permitan a éste otorgar plenamente una certificación. El meca­nismo para otorgar la certificación de los medios de identificación electrónica será como sigue: la Secretaría habilitará al Colegio Nacional de Correduría Pública, con el fin de que sea éste quien emita la certificación de los corredores públicos que así lo soliciten; y a su vez, certificará los medios de identificación electrónica de los corredores públicos que decidan uti­lizar este medio; los corredores públicos que cuenten con dicha certificación podrán, a su vez, hacer lo mismo con aquellas per­sonas que decidan efectuar actos de co­mercio utilizando un medio de identifica­ción electrónica, y la emisión de los certifi­cados, deberá ser registrada en el Registro Público de Comercio en la manera en que la Secretaría de Economía lo especifique replicando el Colegio Nacional de Corre­duría Pública ante ésta, la información sobre los certificados emitidos y revoca­dos, en el momento en que esta emisión o revocación se esté realizando.

De igual forma, la Secretaría de Econo­mía, ha celebrado dos convenios de cola­boración con la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C., el primero de ellos, prácticamente en los mismos térmi­nos que el celebrado con el Colegio N acio­nal de Correduría Pública, referido en el

ESCRIVA 31

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 16: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

32 EscRivA

párrafo que antecede, con objeto de esta­blecer los mecanismos de emisión y admi­nistración de los certificados digitales, que se utilizarán por los notarios públicos para acceder al Registro Público de Comercio, conforme a lo dispuesto por el artículo 30 bis 1, del Código de Comercio y para reali­zar transacciones comerciales.

El otro convenio, tiene por objeto esta­blecer los mecanismos de colaboración de los notarios miembros de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C., con la Secretaría de Economía, para par­ticipar en los programas de moderni­zación registra! y de economía digital, la difusión del Programa de Modernización Re­gistral, respecto de la captura del acervo histórico del Registro Público de Comer­cio; el uso de internet y firma electrónica para el envío y consulta de la información al Registro Público de Comercio; la opinión sobre casos concretos respecto de los actos a inscribirse en dicho registro; la utiliza­ción y difusión del uso y ventajas de las formas precodificadas, así como en la revisión y, actualización de las mismas; así como respecto de la emisión de certifi­cados digitales a las empresas y en la di­fusión con clientes del uso de los medios electrónicos. Asimismo, se pactó el inter­cambio de información de sus respectivas páginas en internet, obligándose la Secre-

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 17: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

taría de Economía a incluir en su página, información sobre la" Asociación Nacional del Notariado Mexicano, A.C.", y las fun­ciones del notario. Se convino además, en trabajar con los notarios miembros de la Asociación, para difundir entre las em­presas y los gobiernos estatales los usos y las ventajas que para la ciudadanía repre­senta la implementación del Programa de Modernización Registra[ en las entidades fe­derativas; los alcances y ventajas de los

ESCRIVA 33

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 18: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

34 ESCRIVA

convenios de coordinación entre la Secre­taría de Economía y las entidades fede­rativas para la operación automatizada del Registro Público de Comercio mediante el uso del Sistema Integral de Gestión Regis­tra! (siGER), así como participar, con arance­les especiales, en la recepción, vía declara­ciones de las empresas que serán validadas por el registro, en el abatimiento del reza­go en cuanto al acervo histórico; asesorar y, en su caso, instrumentar el programa de captura, con el fin de lograr un servicio eficaz, especializado y transparente en el procedimiento. Cabe mencionar que del convenio en cuestión, se desprende un compromiso conjunto de la Secretaría de Economía, la "Asociación Nacional del No­tariado Mexicano, A.C., y los miembros de ésta, para promover la modernización de la Notarías Públicas del país, a través de la implementación de sistemas para la au­tomatización de los servicios que prestan; y para proporcionarles asesoría y apoyo técnico para el uso del Sistema Integral de Gestión Registra!.

De todo lo anterior, podemos despren­der que la adecuación del marco norma­tivo para la instrumentación del procedi­miento registra! automatizado es un hecho, sin embargo, su implementación se lleva a cabo en forma por demás lenta, ya que a la fecha no se han suscrito los convenios

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 19: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

de coordinación con la totalidad de las entidades federativas y por ende, no se han integrado las bases de datos que en cada una de las entidades federativas debe existir y que deben estar interconectadas con las oficinas distritales de su territorio, para el efecto de que aquellas remitan la información captada a la base de datos cen­tral. Aunado a lo anterior, dadas la con­diciones económicas del país, las entidades federativas que ya han suscrito los conve­nios de coordinación, al parecer no cuentan con los recursos suficientes tanto para la adquisición del equipo, como para la capa­citación del personal informático para la adecuada operación del Registro Público de Comercio. Ahora bien, de las tres enti­dades federativas (Durango, Estado de México y Morelos), que suscribieron con­venios de coordinación con la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, hoy de Economía, particularmente en el Estado de México no se cuenta con procedimien­tos automatizados para la operación de sus oficinas registrales en más del noventa por ciento de ellos, pues solo algunas ofi­cinas cuentan con equipos que de manera aislada realizan funciones de procesa­miento de datos, sin que se hayan interco­nectado entre ellos o con la Dirección Gen­eral del Estado. Por otra parte, la Secre­taría de Economía, debería imprimir mayor

EscRNA 35

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México

Page 20: REGISTRO PúBLICO DE COMERCIOhistorico.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/... · 20 EscruvA comercio electrónico, que culmina con el decreto por el que se reforman y adicionan

36 EscRIVA

velocidad en las negociaciones con las en­tidades federativas, con el fin de suscribir con todas ellas los convenios de coordina­ción que se requieren e instrumentar los mecanismos necesarios para obtener los financiamientos necesarios para la adqui­sición de equipos y capacitación de per­sonal y poder hacer del Programa de Moder­nización Registra! y del Sistema Integral de Gestión Registral una realidad.

Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

DR © 2001. Colegio de Notarios del Estado de México