registro de exportador ante el senae * registrarse en el portal de ecuapass: () *

32

Upload: maria-del-rosario-pineiro-rivas

Post on 03-Feb-2016

233 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *
Page 2: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

PROCESO DE EXPORTACIÓN

Page 3: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE

* Registrarse en el portal de ECUAPASS:(http://www.ecuapass.aduana.gob.ec)

* Adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por: Banco Central del Ecuador o Security Data

* Obtener el RUC en el Servicios de Rentas Internas

El video demostrativo lo encontrará en el boletín 32 – 2012, para lo cual podrá revisarlo en la siguiente ruta:www.aduana.gob.ec < Novedades < Boletines Aduaneros

El exportador deberá realizar los siguientes pasos:

Page 4: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Regímenes de Exportación

Código 40: Régimen exportación definitiva

Código 50: Régimen exportación temporal para reimportación en el mismo estado.

Código 51: Régimen exportación temporal para perfeccionamiento pasivo.

Código 60: Régimen reexportación de mercancías en el mismo estado.

Código 61: Régimen reexportación de mercancías que fueron importadas para perfeccionamiento activo.

Page 5: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Exportación definitiva (40)Art. 154 Copci: “Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación fuera del territorio aduanero comunitario o a una zona de desarrollo económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano, con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente código y en las demás normas aplicables”.Art. 158 Rcopci: “La salida definitiva del territorio aduanero ecuatoriano de las mercancías declaradas para su exportación, deberá tener lugar dentro de los treinta días siguientes a la aceptación de la Declaración Aduanera de Exportación”.

Page 6: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Tipo de carga (40)

Carga general se utiliza para los otros regímenes de exportación, excepto

exportación definitiva (40)

•  Toda mercancía cuya forma de movilización se realice dentro unidad de carga, excepto contenedores aéreos.

Carga contenerizada

• Toda mercancía sólida, líquida o gaseosa que por su cantidad o estado es transportada sin embalaje de ninguna clase, en medios de transporte o unidades de carga especialmente diseñados para el efecto, siempre y cuando no sean transportadas en contenedores.

Carga granel:

• Bienes individuales que por su tamaño o naturaleza no son transportados en unidades de carga (contenedores) y que se manipulan y embarcan como unidades separadas. En este tipo de carga se clasificarán mercancías que al menos tuvieren algún tipo de embalaje. La carga que sea transportada en contenedores aéreos, debe ser declarada como carga suelta.

Carga suelta:

Page 7: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Tipo de carga (40)Los 4 principales productos de exportación son: Banano, Flores, Pescado y Camarón y sus derivados. De acuerdo a los conceptos arriba planteados, los tipos de carga que pueden ser seleccionados para estos productos son:

ProductoConteneriza

daSuelta Granel

Banano X X -

Flores X X -

Procesados de pescado

X X X

Camarón X X -

Page 8: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Proceso de Exportación - Ecuapass

Exportaciones aéreas de productos pereciblesEl canal de aforo se muestra en el momento de transmitir y numerar la DAE. De ser automático cambia el estado de la DAE a Salida autorizada, sin necesidad del ingreso.

Page 9: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

TRANSMISIÓN DAE1 INGRESO

ZP2 • PROCESO DE AFORO3 SALIDA

AUTORIZADA4 EMBARQUE Y TRANSMISIÓN

DT5 CORRECIÓN Y SUSTITUTIVA

DAE6 DAE REGULARIZADA7

• Exportador• Agente de Aduana• Agente de Carga

de Exportación

• Depósito temporal• Funcionario de ZP

Aduana

• Funcionario Aduanero• Agente de carga de exportación

• Transportista efectivo

• Exportador• Agente de aduana• Funcionario

Aduanero• Exportador• Ecuapass

• Ecuapass

Solo mercancías con estado “Salida Autorizada” pueden continuar con el proceso de

exportación

La DAE Sustitutiva puede ser utilizada después de que la

DAE se encuentre regularizada

Actividades y Actores

Page 10: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Pre-embarque

Page 11: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

PRE – EMBARQUETransmisión de la DAE

El proceso de exportación inicia con la transmisión electrónica de la DAE por parte del declarante, la misma que es acompañada de una factura o proforma y documentación que se requiere previo a la exportación; dicho documento no es una simple intención de exportación, sino una declaración que crea un vínculo legal y obligaciones a cumplir con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Doc

umen

tos Factura comercial

original/proforma

Autorizaciones previas (cuando el caso lo amerite)

certificado de origen electrónico (cuando el

caso lo amerite)

Page 12: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 13: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 14: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 15: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 16: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 17: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 18: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Declaración Aduanera de Exportación

Page 19: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Hasta 24 horas antes del ingreso de

las mercancías a zona primaria

Plazos de la DAE

Vigencia

• 30 días calendario, contados a partir de su generación, para realizar el embarque.

Corrección

• 30 días calendario contados a partir del embarque.

Sustitutiva

• Desde el día 31 posterior al plazo de corrección hasta 5 años posteriores.

Corrección

posterior a

sustitutiva

• No hay plazo, pero debe pagar una multa por falta reglamentaria.

Presentar los documentos

de acompañami

ento, de soporte y

correcciones a la

declaración

Transmisión de la DAE

Page 20: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Una vez transmitida y aceptada la DAE , la mercancía deberá ingresar al depósito temporal o a Zona Primaria del Distrito en donde se embarca, producto de lo cual el depósito temporal la registra y almacena previo a la exportación.

Al exportar se le notificará el canal de aforo asignado, los cuales pueden ser:

Canal de a foro Automát ico Canal a foro Documenta l Canal a foro F ís ico In t rus ivo

Declaración Aduanera de Exportación

Page 21: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Embarque

Page 22: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

• Depósito • Zona Primaria, en los distritos donde no existe

depósito concesionado.

Distritos Marítimos

• Línea Aérea• Zona Primaria antes del 2 de septiembre de 2013.

Distritos Aéreos

• Zona Primaria

Distritos Terrestres

Salida del medio de transporte

Page 23: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Transmisión del documento de transporte

d) Carga consolidada, el consolidador de carga o agente de cargaManifiesto de carga hasta dos días hábiles después de la salida del

medio de transporte y en base a la información ya transmitida por el transportista efectivo operador del medio de transporte.  

c) Vía aéreaEl manifiesto de carga deberá realizarse hasta doce horas después de la

salida del medio de transporte.

b) Vía terrestre (transporte internacional)Manifiesto de carga y carta porte será entregado o transmitido a la Autoridad Aduanera de ser el caso, hasta el momento en que se realice la operación

de cruce de frontera.

a) Vía marítimaManifiesto de carga será realizado hasta doce horas después de la salida

del medio de transporte.

Page 24: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Post-embarque

Page 25: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Corrección de DAE1. Puede realizar cambios al campo “Cantidad de contenedores” sólo si la cantidad es menor o igual a lo ingresado al depósito temporal o zona primaria.

2. Si el declarante conoce que va a ingresar una cantidad menor de contenedores al depósito temporal o zona primaria que los declarados en la DAE, puede proceder a realizar la corrección a la DAE sin necesidad realizar el último ingreso del contenedor declarado.

3. Dentro del período de 30 días después del embarque, el declarante puede realizar una única corrección a la DAE cuando el o los documentos de transporte estén correctamente transmitidos y que la DAE no cuente con el estado regularizada.

4. En caso que no se haya realizado la corrección a la DAE, el declarante puede corregir la misma, posterior a los 30 días después del embarque a través de una declaración sustitutiva.

Page 26: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Regularización de DAE

Page 27: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Regularización de DAEA través del estado Regularizada, la autoridad aduanera considerará culminado el proceso de exportación.

• Se asigna el estado automáticamente (Ecuapass).

Contenerizada:

• Registro electrónico mediante formulario de Solicitud de Categoría “Regularización de Declaración Aduanera de Exportación (RDAE)”.

General, Granel y Suelta:

Page 28: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Requisitos regularización

DAE contenerizadaSalida Autorizada

Ingreso a Deposito/Zona Primaria

Declarado = Manifestado(Unidades de carga)

Solicitud de Corrección o Sustitutiva aprobada

DT

N correcciones

1 correcciones

DT correcto => “Regularizada”

Page 29: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

Post-embarque: Requisitos regularización de DAE carga suelta, general y al granel

Page 30: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

• Culmina el Proceso de Exportación

DAE “Estado Regularizada”

Page 31: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *
Page 32: REGISTRO DE EXPORTADOR ANTE EL SENAE * Registrarse en el portal de ECUAPASS: () *

[email protected]

GRACIAS POR SU ATENCIÓN