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Registro Civil PLUS
REGISTRO CIVIL
Es un Servicio Público esencial, mediante el cual se materializa el
derecho constitucional a la identidad de todas las personas, a través de
la inscripción del nacimiento así como los demás actos y hechos que
modifican o extinguen el estado civil; confiriéndole eficacia y pleno valor
probatorio a todas las actuaciones y declaraciones contenidas en sus
archivos. Su actividad es de carácter regular, continua, ininterrumpida,
orientada al servicio de las personas y la prestación del servicio es
gratuita.
LA CASA DE EUSTOQUIO GOMEZ SERA OTRO MUSEO HISTORICO
PARA BARQUISIMETO.
El museo será inaugurado el próximo 14 de septiembre, y contará con
varias salas expositivas, informó Zakarías Zafra, coordinador general de
“Ciudad Activa” uno de los ejes de acción del gobierno local. Este
proyecto contará con la colaboración de la Corporación de Turismo de
Barquisimeto, Cortubar, y de la Fundación Fototeca de Barquisimeto.
Carlos Eduardo López, presidente de la Fototeca, mencionó que para
esta exposición han trabajado desde hace seis meses. Varios
investigadores han realizado la documentación necesaria, para elaborar
una nueva alternativa sobre conocimiento y recreación en la ciudad.
De igual forma López informó que la casa de Eustoquio Gómez será
ocupada en pocos meses, ya que el área de registro civil deberá ser
entregada, ya que siendo un servicio del CNE pero el inmueble
pertenece a la Alcaldía de Iribarren. BARQUSIMETO.COM
08 de Septiembre del 2015
REGISTRO CIVIL REALIZÓ JORNADA DE PRESENTACIÓN DE NIÑOS Medina, dijo que ayer sábado se realizó una jornada especial de presentación de 80 niños y niñas que
nacieron en el hospital de El Tigre y que
tenían cita para el mes de noviembre.
Medina recordó que los infantes nacidos en
el hospital deben ser registrados en la Unidad
de Registro Civil ubicada en ese centro de
salud.
De la misma manera informó que los nacidos
en la Cruz Roja deben ser presentados en ese
centro, solo los nacidos en
centros privados (clínicas) y poblaciones
rurales son presentados en la sede
del Registro Civil.
El registrador civil, dijo que cuando la
presentación se hace extemporánea
(tres meses después del nacimiento del niño),
debe acudir al El Consejo Municipal de
Derechos del Niño y del Adolescente
para que autorice la presentación del niño,
posterior a una charla, además debe consignar
la carta de residencia y los documentos
originales del certificado.
LA JEFATURA CIVIL
Es un organismo administrativo encargado de dejar constancia en el
Registro Civil de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas
naturales, así como otros que las leyes le encomienden. En el Registro
Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las
personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios.
Asimismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas,
la patria potestad, las emancipaciones y las nacionalizaciones.
“Deja de decir deseo y empieza a decir lo haré”
ACTOS Y HECHOS REGISTRABLES
Según el artículo 3 de la Ley de Registro Civil, expresa que deben inscribirse
en el Registro Civil los actos y hechos jurídicos que se mencionan a
continuación:
1. El nacimiento.
2. La constitución y disolución del vínculo matrimonial.
3. El reconocimiento, constitución y disolución de las uniones estables de
hecho.
4. La separación de cuerpos.
5. La filiación.
6. La adopción.
7. La interdicción e inhabilitación.
8. La designación de tutores o tutoras, curadores o curadoras y consejos de
tutela.
9. Los actos relativos a la adquisición, opción,
renuncia, pérdida y recuperación de la
nacionalidad venezolana y nulidad de la naturalización.
PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE UNIONES ESTABLES DE
HECHO
Las personas que mantengan entre si una unión estable de hecho, deberán
acudir a las Oficinas o Unidades de Registro Civil a los fines de manifestar tal situación al Registrador o Registradora Civil, para su inscripción en el
Registro Civil.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE UNIONES ESTABLES DE HECHO
Original y copia fotostática de la Cédula de Identidad de los declarantes
y de dos testigos mayores de edad.
Documento que acredite la disolución de vínculo matrimonial o unión
estable de hecho anterior, si es el caso.
Acta de nacimiento de los hijos e hijas que se van a reconocer en el
acto.
Autorización de los representantes legales, en caso de adolescentes,
mujer mayor de 14 años de edad y varón mayor de 16 años de edad. Cuando no exista acuerdo entre los representantes, procederá la
autorización del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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REGISTRO DE LOS MATRIMONIOS
Para contraer matrimonio los futuros contrayentes
deberá dirigirse a la Oficina o Unidad de Registro Civil correspondiente y consignar los requisitos que aquí señalan a los fines de conformar el expediente
esponsalicio, una vez conformado se fijará la fecha de celebración del matrimonio.
http://www.cne.gob.ve/registrocivil/index.php/informacion_matrimoni
os.
DESPLIEGUE DE PERMISO PARA VIAJES.
Maracaibo.- Desde el miércoles 15 de julio y hasta el 30 de agosto se
desplegará el operativo de seguridad en el Terminal de Pasajeros de
Maracaibo, ante la movilización terrestre de usuarios por el asueto
vacacional.
El gerente Alonso Romero estima que unas 350 mil personas se
desplacen por este recinto. Los destinos más requeridos son Caracas,
Barquisimeto, Valencia, Maracay, Coro, Punto Fijo, Mérida y Trujillo.
"Tenemos disponibles 1.200 unidades
extraurbanas, en las modalidades de
expresos, autobuses,
microbuses y carros por puesto, para el
traslado de los usuarios. Los pasajes sufrirán
un aumento del 15 por ciento a partir del
primero de agosto, según lo aprobado y
publicado en Gaceta Oficial", acotó.
Expresó que el ayuntamiento local tendrá en esta terminal terrestre
personal adscrito a la Dirección de Registro Civil Municipal, que se
encargará de la entrega de los permisos de viajes para niños y
adolescentes. TERESA LUENGO | EL UNIVERSAL
“hay que decir no a mil cosas para estar seguro de que no te estas equivocando o que intentas abarcar demasiado”
PRINCIPIOS DEL REGISTRO CIVIL.
Publicidad
El Registro Civil es público. El Estado, a través de sus órganos y entes competentes, garantizará el acceso a las personas para obtener la información en él contenida, así como certificaciones y copias de las actas del estado civil, con las limitaciones que establezca la ley.
Accesibilidad
Las actividades, funciones y procesos del Registro Civil serán de fácil acceso a todas las personas en los ámbitos nacional, municipal, parroquial y cualquier otra forma de organización político-territorial que se creare.
Fe Pública.
Los registradores o registradoras civiles confieren fe pública a todas las actuaciones, declaraciones y certificaciones, que con tal carácter autoricen, otorgándole eficacia y pleno
valor probatorio.
Igualdad y no discriminación
Los registradores o registradoras civiles prestarán el servicio a toda la población sin distinción o discriminación alguna. Para los pueblos y comunidades indígenas se respetará su identidad cultural, atendiendo a sus costumbres y tradiciones ancestrales.
Primacía
Los datos contenidos en el Registro Civil prevalecerán con relación a la información contenida en otros registros. A tal efecto, las actas del Registro Civil constituyen plena prueba del estado civil de las personas
REGISTRO DE LAS DEFUNCIONES
Las defunciones deberán ser declaradas de manera obligatoria,
ante las Oficina o Unidades de Registro Civil dentro de las 48
horas siguientes a su ocurrencia.
PERSONAS QUE DEBEN REALIZAR LA DECLARACIÓN DE
UNA DEFUNCIÓN
Los familiares directos hasta el tercer grado de consanguinidad y primero de afinidad.
El o la cónyuge o la persona con quien haya mantenido una unión estable de hecho.
Los capitanes o las capitanas de buque o aeronave. Cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o
policial, que tuviere conocimiento del fallecimiento de una persona desconocida, del hallazgo de un cadáver cuya identidad no sea posible comprobar o de una inhumación practicada en lugares distintos a los autorizados.
Los Registradores y Registradoras Civiles se abstendrán de inscribir las defunciones, si no son declaradas por una de las personas antes enunciadas. REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE DEFUNCIONES
Cualquier medio de prueba que permita la plena
identificación del fallecido o fallecida. Notificación realizada por el Ministerio Público en los
casos de fallecimiento de personas desconocidas, cuya identidad no fue posible comprobar o se presuma la comisión de un hecho punible.
Original y copia fotostática de la Cédula de identidad de la persona que declara el fallecimiento.
Original y copia fotostática de la Cédula de Identidad de dos testigos mayores de edad
REGISTRO DE LOS NACIMIENTOS
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE NACIMIENTOS
OCURRIDOS EN EL EXTRANJERO
Acta de nacimiento o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillada o legalizada y traducida por un intérprete público, si fuere el caso.
Pasaporte de los padres venezolanos. Acta de nacimiento de los padres venezolanos o
indicación expresa de los datos de registro del acta, cuando no sea posible suministrarla.
Copia fotostática de la cédula de identidad del padre o madre venezolano por nacimiento, si la tuviere.
Copia fotostática del documento de identidad del padre o madre extranjera, si lo tuviere.
Copia fotostática del documento de identificación de dos testigos.
COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL, EN EL EDO. LARA PARROQUIA
CATEDRAL
Estado: Lara
Municipio: Iribarren
Parroquia: catedral
Dirección: Localidad o sector: Calle 24 Entre Carreras 24 Y 25.
Avenida o calle: Calle 24 Entre Carreras 24 Y 25. Casa o edificio:
Casa. Numero de casa o apartamento: S/N. Punto de referencia: Al
Lado De Intermisiones. Código Postal: 3001.
Dirección: Localidad o sector: Av. Andrés Bello Con Av. Las Palmas.
Avenida o calle: Av. Andrés Bello Con Av. Las Palmas. Casa o
edificio: Hospital. Piso: PB. Punto de referencia: Entrada Principal Al
Lado Del Centro De Conexiones Movistar. Código Postal: 3001.
Registro Civil PLUS
Registro Civil PLUS ilustra de lo que acontece en las comisiones o entes público del registro civil. En efecto, esta Revista trata de darle al lector una información única y
verdadera sobre que tramites son necesarios de realizar a la hora de necesitar ya sea una partida de nacimiento, la
Partida de Defunción, el matrimonio, entre otros actos inscribibles donde a través de su inscripción en el mismo registro, nos acarrea efectos jurídicos válidos. De igual
manera, a través de la lectura del contenido de esta revista usted podrá informarse sobre qué medidas ha decretado el
Gobierno Nacional para hacer más eficaz este sistema.
Dirección del trabajo principal
Av. Terepaima, CC Cristal Plaza, Piso 2 Oficina 2—D Barquisimeto—Lara Rif: J00054555-5
Depósito Legal: PP000000MA0000
Teléfono: 0251-365-45-21 Fax: DF24866321
Correo electrónico: WWW.RegistroCivil [email protected]
@RegistroCivilPlus
Registro Civil PLUS
Registro Civil PLUS.
Marca registrada en el
año 2001, bajo el
número 114, revista
mensual editada y
publicada por grupo
editorial VENEZUELA
C.A.
Las informaciones
presentadas en Registro
Civil PLUS son fuentes
de consulta a los
representantes de los
organismos públicos
competentes