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Región de Murcia Consejería de Educación y Universidades Conservatorio de Música de Murcia Código de centro: 30013049 C.I.F.: S3018002J PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO 2015-2016. PEC 1 PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO (PEC) 2015 – 2016 Este Proyecto educativo del centro (PEC) comienza con la referencia histórica del centro desde su creación y de acuerdo con el artículo 121 de la LOE el PEC; 1. Incluye una reseña histórica del centro. 2. Recoge los valores del centro. 3. Tiene en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. 4. Presenta la oferta educativa, el proceso de admisión y los servicios complementarios . 5. Recoge los objetivos del centro y las prioridades de actuación del centro. 6. Incorpora el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas. 7. Incorpora medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para mejorar el rendimiento académico de los alumnos, y se consignan las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado. 8. Incorpora el plan de convivencia y las normas de convivencia, el cual respeta; el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en la LOE y la LODE (Reguladora del Derecho a la Educación). 9. Incorpora la forma de atención a la diversidad del alumnado. 10. Incorpora el plan de acción tutorial. 11. Incorpora el plan de orientación académica y profesional. 12. Incorpora un apartado dedicado a la evaluación institucional, la evaluación del alumnado y la evaluación de la práctica docente. 13. Incorpora un procedimiento para la modificación de los documentos institucionales 14. Diversos anexos . ANEXO I. LAS FUNCIONES DEL PROFESORADO ARTÍCULO 91 DE LA LOE, LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO. ANEXO II. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR ANEXO III. VICEDIRECTOR. FUNCIONES. COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES. ANEXO IV. JEFE DE ESTUDIOS, JEFATURAS DE ESTUDIOS ADJUNTA Y FUNCIONES. COORDINADOR DE LA BIBLIOTECA. RESPONSABLE DE FORMACIÓN EN EL CENTRO. ANEXO V. SECRETARIO. FUNCIONES. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS. COORDINADOR DE AUDIOVISUALES. RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES. ANEXO VI. JEFE DE DEPARTAMENTO. COMPETENCIAS. ACTAS. OTROS. COORDINADOR O RESPONSABLE DE ASIGNATURA O ESPECIALIDAD. FUNCIONES. ANEXO VII. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. COMPETENCIAS ANEXO VIII. COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR ANEXO IX. COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO ANEXO X. COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA ANEXO XI. c/. Cartagena, 74 (Antiguo Cuartel de Artillería, Pabellón 3) 30002 Murcia 968350168 – 968259558 www.cpmusicamurcia.com [email protected]

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PROYECTO EDUCATIVO DEL

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PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO (PEC) 2015 – 2016

Este Proyecto educativo del centro (PEC) comienza con la referencia histórica del centro desde su creación y de acuerdo con el artículo 121 de la LOE el PEC; 1. Incluye una reseña histórica del centro. 2. Recoge los valores del centro. 3. Tiene en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. 4. Presenta la oferta educativa, el proceso de admisión y los servicios complementarios. 5. Recoge los objetivos del centro y las prioridades de actuación del centro. 6. Incorpora el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas. 7. Incorpora medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para mejorar el

rendimiento académico de los alumnos, y se consignan las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado.

8. Incorpora el plan de convivencia y las normas de convivencia, el cual respeta; el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en la LOE y la LODE (Reguladora del Derecho a la Educación).

9. Incorpora la forma de atención a la diversidad del alumnado. 10. Incorpora el plan de acción tutorial. 11. Incorpora el plan de orientación académica y profesional. 12. Incorpora un apartado dedicado a la evaluación institucional, la evaluación del alumnado y la

evaluación de la práctica docente. 13. Incorpora un procedimiento para la modificación de los documentos institucionales 14. Diversos anexos.

• ANEXO I. LAS FUNCIONES DEL PROFESORADO ARTÍCULO 91 DE LA LOE, LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO.

• ANEXO II. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR

• ANEXO III. VICEDIRECTOR. FUNCIONES. COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

• ANEXO IV. JEFE DE ESTUDIOS, JEFATURAS DE ESTUDIOS ADJUNTA Y FUNCIONES. COORDINADOR DE LA BIBLIOTECA. RESPONSABLE DE FORMACIÓN EN EL CENTRO.

• ANEXO V. SECRETARIO. FUNCIONES. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS. COORDINADOR DE AUDIOVISUALES. RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES.

• ANEXO VI. JEFE DE DEPARTAMENTO. COMPETENCIAS. ACTAS. OTROS. COORDINADOR O RESPONSABLE DE ASIGNATURA O ESPECIALIDAD. FUNCIONES.

• ANEXO VII. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. COMPETENCIAS

• ANEXO VIII. COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR

• ANEXO IX. COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO

• ANEXO X. COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

• ANEXO XI.

c/. Cartagena, 74 (Antiguo Cuartel de Artillería, Pabellón 3) 30002 Murcia

968350168 – 968259558 www.cpmusicamurcia.com [email protected]

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DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 78 Y 80 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001, DE 26 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA.

• ANEXO XII. ARTÍCULOS 52 (DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA), 53 (PRINCIPIOS ÉTICOS) Y 54 (PRINCIPIOS DE CONDUCTA) DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.

• ANEXO XIII. DEBERES BÁSICOS DE LOS ALUMNOS. Artículo 4 de la LODE.

• ANEXO XIV. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.

• ANEXO XV. ARTÍCULO 4.2 DE LA LODE SOBRE “LOS PADRES O TUTORES, EN RELACIÓN CON LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS O PUPILOS,..

Además este proyecto cobra sentido, como señala el artículo 121 de la LOE, en el momento que se

hace público, ya que el primero de sus objetivos debe ser su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa.

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CENTRO 2015-2016. PEC

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ÍNDICE DE CONTENIDOS PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO .................................................................................................................... 1

1. Incluye una reseña histórica del centro. ............................................................................................................. 1

2. Recoge los valores del centro. ............................................................................................................................. 1

3. Tiene en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. .................................................... 1

4. Presenta la oferta educativa, el proceso de admisión y los servicios complementarios.................................... 1

5. Recoge los objetivos del centro y las prioridades de actuación del centro. ....................................................... 1

6. Incorpora el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas. .................................... 1

7. Incorpora medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para mejorar el rendimiento académico de los alumnos, y se consignan las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado. ............................................... 1

8. Incorpora el plan de convivencia y las normas de convivencia, el cual respeta; ............................................... 1

9. Incorpora la forma de atención a la diversidad del alumnado. ......................................................................... 1

10. Incorpora el plan de acción tutorial. .................................................................................................................. 1

11. Incorpora el plan de orientación académica y profesional. ............................................................................... 1

12. Incorpora un apartado dedicado a la evaluación institucional, la evaluación del alumnado y la evaluación de la práctica docente. .................................................................................................................................................. 1

13. Incorpora un procedimiento para la modificación de los documentos institucionales .................................... 1

14. Diversos anexos. ................................................................................................................................................... 1

ÍNDICE DE CONTENIDOS .......................................................................................................................................... 3

PEC.1. RESEÑA HISTÓRICA DEL CENTRO ........................................................................................................ 9

1. PEC.1. HISTORIA DEL CONSERVATORIO HASTA LOS ÚLTIMOS AÑOS DEL SIGLO XX ................................ 9

PEC.2. LOS VALORES DEL CENTRO ................................................................................................................. 16

2. PEC.2. ¿QUÉ PRETENDEMOS EN EL ÁMBITO PEDAGÓGICO, DE ORGANIZACIÓN Y DE PARTICIPACIÓN? 17

3. PEC.2. ¿QUÉ ESPERAMOS DE…?...................................................................................................................... 18 3.1. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL EQUIPO DIRECTIVO? ................................................................................... 18 3.2. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL PROFESORADO? .......................................................................................... 18 3.3. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL ALUMNADO? ................................................................................................. 18 3.4. ¿QUÉ ESPERAMOS DE LAS MADRES Y/O LOS PADRES, O TUTORES LEGALES? .......................... 18 3.5. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS? ................................... 19 3.6. ¿QUÉ ESPERAMOS DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN? .............. 19 3.6.1. REFERENTE A LOS RECURSOS MATERIALES. ................................................................................... 19 3.6.2. REFERENTE AL ACTUAL CENTRO. ...................................................................................................... 20 3.6.3. REFERENTE A LA IMPLEMENTACIÓN DE ENSEÑANZAS ................................................................. 20 3.6.4. REFERENTE A LOS RECURSOS HUMANOS. ........................................................................................ 21 3.6.5. REFERENTE A LA OFERTA DE ESPECIALIDADES Y DE LAS ENSEÑANZAS. .................................. 21 3.6.6. RESPUESTAS INMEDIATAS A LA ESCASEZ DE RECURSOS ECONÓMICOS Y EL HACINAMIENTO EN NUESTRO EDIFICIO........................................................................................................................................ 21

PEC.3. EL ENTORNO SOCIAL Y CULTURAL ..................................................................................................... 22

4. PEC.3. UBICACIÓN ............................................................................................................................................ 22

5. PEC.3. CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO .................................................................................................. 23

6. PEC.3. CARACTERÍSTICAS CULTURALES DEL ENTORNO ............................................................................. 24

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7. PEC.3. CENTROS DE ESTUDIOS DE MÚSICA ELEMENTALES Y PROFESIONALES EN MURCIA Y EN LA REGIÓN. ...................................................................................................................................................................... 25

7.1. CONSERVATORIOS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA. 25 7.1.1. Dependientes de la consejería competente en materia de Educación. ...................................... 25 7.1.2. Dependientes de las respectivas administraciones locales.......................................................... 25 7.2. CENTROS AUTORIZADOS DE MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA Y ESPECIALIDADES AUTORIZADAS A SER IMPARTIDAS. ................................................................................................................. 25 7.3. ACADEMIAS DE MÚSICA EN LA CIUDAD DE MURCIA. ..................................................................... 27

8. PEC.3. OTROS ENTES Y ESPACIOS MÚSICO CULTURALES EN MURCIA Y EN LA REGIÓN. ........................ 28 8.1. MUSEOS DE MÚSICA .............................................................................................................................. 28 8.2. FEDERACIÓN DE BANDAS DE LA REGIÓN DE MURCIA Y AGRUPACIONES ASOCIADAS. ........... 28 8.3. FEDERACIÓN DE COROS DE LA REGIÓN DE MURCIA ...................................................................... 28 8.4. ORQUESTAS DE CARÁCTER PROFESIONAL EN LA REGIÓN DE MURCIA. ..................................... 30 8.5. ORQUESTAS DE CARÁCTER SEMI-PROFESIONAL EN LA REGIÓN DE MURCIA. .......................... 30 8.6. ASOCIACIONES MUSICALES EN LA REGIÓN DE MURCIA. ................................................................ 30 8.7. SALAS Y ESPACIOS PARA LA MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA ................................................ 30 8.7.1. Principales salas con programación musical en Murcia ............................................................... 30 8.7.2. Auditorios municipales de Murcia .................................................................................................... 30 8.7.3. Otros espacios en la Región ................................................................................................................ 30

9. PEC.3. CONSERVATORIOS Y CENTROS DE ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA EN ESPAÑA. ........... 32

PEC.4. LA OFERTA EDUCATIVA. LA ADMISIÓN. LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. ............................ 33

10. PEC.4. EL SISTEMA EDUCATIVO................................................................................................................. 33

11. PEC.4. ESPECIALIDADES. ............................................................................................................................ 38 11.1. TIEMPOS LECTIVOS Y RELACIÓN NUMÉRICA EN EEM .................................................................... 39 11.2. TIEMPOS LECTIVOS EN EPM. ............................................................................................................... 40 11.3. RELACIÓN NUMÉRICA EN EPM ............................................................................................................ 43

12. PEC.4. ¿CÓMO SER ALUMNO DEL CONSERVATORIO? ............................................................................. 44

13. PEC.4 EL INGRESO EN LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES ....................................................................... 45 13.1. INGRESO A PRIMER CURSO EEM......................................................................................................... 45 13.2. INGRESO A CURSO DISTINTO DE PRIMERO EEM ............................................................................. 45 13.3. ANEXOS INFORMATIVOS DEL CONTENIDO DE LAS PRUEBAS DE ADMISIÓN EN LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES ............................................................................................................................ 46

14. PEC.4. EL ACCESO EN LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES ..................................................................... 47 14.1. ACCESO A PRIMER CURSO EPM .......................................................................................................... 47 14.2. ACCESO A CURSO DISTINTO DE PRIMERO EPM ............................................................................... 47 14.3. ANEXOS INFORMATIVOS DEL CONTENIDO DE LAS PRUEBAS DE ADMISIÓN EN LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES ......................................................................................................................... 47

15. PEC.4. TRASLADO. READMISIÓN. VACANTES SOBREVENIDAS. SIMULTANEIDAD DE ESPECIALIDADES ....................................................................................................................................................... 50

15.1. TRASLADO DE CENTRO ........................................................................................................................ 50 15.2. READMISIÓN EN LAS ENSEÑANZAS ................................................................................................... 50 15.3. PROCEDIMIENTO DE OFERTA DE VACANTES. VACANTES SOBREVENIDAS................................ 50 15.4. SIMULTANEIDAD DE ESPECIALIDADES ............................................................................................ 50

16. PEC.4. LA OFERTA DE ASIGNATURAS OPTATIVAS .................................................................................. 51 16.1. OPTATIVA APROXIMACIÓN AL LENGUAJE DEL JAZZ ...................................................................... 52 16.2. OPTATIVA CONCIENCIACIÓN CORPORAL ......................................................................................... 53 16.3. OPTATIVA EDUCACIÓN AUDITIVA ..................................................................................................... 55 16.4. OPTATIVA ESTILO Y FORMA EN LA MÚSICA DE CÁMARA. ............................................................ 56 16.5. OPTATIVA INFORMÁTICA MUSICAL .................................................................................................. 57 16.6. OPTATIVA INTRODUCCIÓN A LA GUITARRA DE ACOMPAÑAMIENTO. ....................................... 59 16.7. OPTATIVA JAZZ MODERNO. DEL BE BOP AL NEO BOP ................................................................... 60 16.8. OPTATIVA MÚSICA E IMAGEN. ............................................................................................................ 61 16.9. OPTATIVA PIANO APLICADO. ............................................................................................................. 63

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16.10. OPTATIVA SISTEMA CONSCIENTE DE LA TÉCNICA DEL MOVIMIENTO. ................................. 65

PEC.5. LOS OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO ...................................................... 68

17. PEC.5. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO. .................................................................................. 68

18. PEC.5. LAS PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO ........................................................................ 69

19. PEC.5. OBJETIVOS GENERALES DEL PROYECTO DE DIRECCIÓN 2012-2016 ....................................... 70 19.1. SOBRE LA ORGANIZACIÓN, LA DOCENCIA, LA FORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN ................... 70 19.2. SOBRE LOS RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS .......................................................................... 70 19.3. SOBRE LAS RELACIONES DEL CENTRO CON OTRAS INSTITUCIONES .......................................... 71 19.4. SOBRE LA MEJORA DE LAS ENSEÑANZAS Y DE LOS RECURSOS NECESARIOS POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA ......................................................................................................................... 71

PEC.6. EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS ENSEÑANZAS ...... 73

20. PEC.5. MATERIAL RECURRENTE SOBRE MATERIAS TRANSVERSALES EN LA EDUCACIÓN. ............... 75

PEC.7. LAS MEDIDAS PARA PROMOVER LOS COMPROMISOS ENTRE LAS FAMILIAS Y EL CENTRO PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS. ........................................................................... 76

PEC.8. EL PLAN DE CONVIVENCIA, LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y EL PLAN DE ACOGIDA DEL NUEVO ALUMNADO. ............................................................................................................................................................ 77

21. PEC.8. PLAN DE CONVIVENCIA .................................................................................................................. 77

22. PEC.8. PLAN DE ACOGIDA DEL NUEVO ALUMNADO ................................................................................ 77

PEC.9. PLAN PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ................................................................................... 78

23. PEC.9. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO ...................................................................... 78

PEC.10. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL (PAT) .................................................................................................... 79

24. PEC.10. HORARIO DE TUTORÍA DEL PROFESORADO ............................................................................. 79 24.1. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR LA TUTORÍA ............................................................................ 79

25. PEC.10. INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FALTAS DEL ALUMNADO. ..................................................... 80 25.1. CUADRO ORIENTATIVO. IMPOSIBILIDAD DE LA APLICACIÓN DEL DERECHO A LA EVALUACIÓN CONTINUA. ................................................................................................................................... 80

26. PEC.10. APOYOS LECTIVOS ........................................................................................................................ 81 26.1. APOYOS LECTIVOS EN ASIGNATURAS INDIVIDUALES ................................................................... 81 26.2. APOYOS LECTIVOS EN ASIGNATURAS TEÓRICO-PRÁCTICAS........................................................ 81

PEC.11. EL PLAN PARA UNA ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL.................................................. 82

27. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES ............................... 82

28. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES ........................... 82

29. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS ENSEÑANZAS SUPERIORES .................................. 82

30. PEC.11. ORIENTACIONES SOBRE LAS CONVALIDACIONES ENTRE IES Y CONSERVATORIO............... 83

PEC.12. LA EVALUACIÓN ................................................................................................................................... 85

31. PEC.12. LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. ¿POR QUÉ y CÓMO NOS EVALUAMOS COMO CENTRO? . 87 31.1. ESTADÍSTICAS OFICIALES DEL CONSERVATORIO DE MÚSICA DE MURCIA ................................ 88 31.1.1. Estadística oficial incluida en el apartado 2.1 del DOC: Estadística de la matrícula de alumnos oficiales en el CMM por enseñanzas y estadística de solicitudes de acceso e ingreso, y número de aspirantes que superan las pruebas. .......................................................................................... 88 31.1.2. Estadística oficial incluida en el apartado 2.2.1 del DOC: Estadística de la matrícula oficial de las Enseñanzas Elementales de Música. .................................................................................................... 88 31.1.3. Estadística oficial incluida en el apartado 2.2.2 del DOC: Estadística de la matrícula oficial de las Enseñanzas Elementales de Música. Asignaturas pendientes. ....................................................... 88

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31.1.4. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.1 del DOC: Estadística de la matrícula oficial por especialidades de las Enseñanzas Profesionales de Música. ............................................................... 88 31.1.5. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.2 del DOC: Estadística de la matrícula oficial por especialidades de las Enseñanzas Profesionales de Música en asignaturas que no es la especialidad. ........................................................................................................................................................ 88 31.1.6. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.3 del DOC: Estadística de la matrícula oficial de las Enseñanzas Profesionales de Música en las asignaturas como pendientes. ................................ 88 31.1.7. Estadística oficial incluida en el apartado 2.5.1 del DOC: Estadística de los resultados obtenidos en el curso académico anterior 2013-2014 en EEM. ................................................................. 88 31.1.8. Estadística oficial incluida en el apartado 2.5.2 del DOC: Estadística de los resultados obtenidos en el curso académico anterior 2013-2014 en EPM. ................................................................. 88 31.1.9. Estadística oficial incluida en el apartado 2.7 del DOC: Estadística de alumnado que concluyó estudios en el curso 2013-2014. ..................................................................................................... 88 31.1.10. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el alumnado por edades y nacionalidades. ................................................................................................................................... 89 31.1.11. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el alumnado de EEM por edades, sexo, especialidades, nacionalidad y dato de egresados. ...................................................... 89 31.1.12. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el alumnado de EPM por edades, sexo, especialidades, nacionalidad y dato de egresados. ...................................................... 89 31.1.13. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el personal trabajador del centro por sexo, cuerpo administrativo y dedicación total o parcial. ........................... 89 31.2. OTRAS ESTADÍSTICAS OFICIALES Y PROPIAS DEL CONSERVATORIO DE MÚSICA DE MURCIA 90 31.2.1. Estadística de número de asignaturas aprobadas o suspensas en la Prueba extraordinaria de septiembre. ..................................................................................................................................................... 90 31.2.2. Estadística A. Alumnado matriculado por especialidad y curso, segregada por no pendientes y pendientes en EEM. ..................................................................................................................... 90 31.2.3. Estadística B. Alumnado matriculado por especialidad y curso, segregada por no pendientes y pendientes en EPM. .................................................................................................................... 90 31.2.4. Estadística C. Alumnado matriculado en doble o triple especialidad, por curso y especialidad. ........................................................................................................................................................ 90 31.2.5. Estadística D: Alumnado con matricula incompleta en 4º EEM y 6º EPM por especialidad, asignaturas y curso. ............................................................................................................................................ 90 31.2.6. Estadística E: Alumnado matriculado por especialidad y curso a lo largo de los últimos 10 cursos académicos. ............................................................................................................................................. 90 31.2.7. Estadística F. Propuestas de vacantes, por parte del centro, de ingreso y acceso por curso y especialidad en los últimos 10 cursos académicos.................................................................................... 90 31.2.8. Estadística G. Autorización de vacantes por curso y especialidad en los últimos 10 cursos académicos. .......................................................................................................................................................... 91 31.2.9. Estadística H. Alumnado que ingresa y accede por curso y especialidad. Diferenciación de tipos de admisión en el curso académico 2014-2015. ................................................................................. 91 31.2.10. Estadística I. Alumnado que causa baja o pierde el puesto escolar por curso y especialidad. ........................................................................................................................................................ 91 31.2.11. Estadística J. Alumnado que causa baja o pierde el puesto escolar por curso y especialidad en los últimos 10 años. ............................................................................................................... 91 31.2.12. Estadística K. Solicitudes de vacantes en espera. ...................................................................... 91 31.2.13. Estadística L. Alumnado que finaliza las EEM y las EPM en los últimos 10 cursos académicos. .......................................................................................................................................................... 91 31.2.14. Estadística M. Alumnado que finaliza o no las EPM e ingresa en el grado superior en los últimos 10 cursos académicos. ......................................................................................................................... 91 31.2.15. Estadística N. Calificaciones con las que se obtuvo plaza en las pruebas de acceso e ingreso por especialidad en los últimos 10 cursos académicos................................................................. 91 31.2.16. Estadística Ñ. Comparación de la media de las calificaciones del alumnado del centro y el alumnado externo a éste que realiza la prueba de acceso a 1º EPM. Análisis diferenciado de la parte A y B de las pruebas por especialidad. ............................................................................................................ 91 31.3. ENCUESTAS ............................................................................................................................................. 92

32. PEC.12. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE DEL ALUMNADO ..................... 93 32.1. GE - GESTIÓN DE LA EVALUACIÓN. DIARIO DE CLASE y REC – REGISTRO DE EVALUACIÓN CONTINUA. ............................................................................................................................................................ 95 32.2. SESIONES DE EVALUACIÓN .................................................................................................................. 95

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32.2.1. Fines de las sesiones de evaluación. ............................................................................................. 95 32.3. OBJETO DE LA SESIÓN DE EVALUACIÓN INICIAL ............................................................................ 96 32.3.1. Recogida de información para la sesión de Evaluación inicial ............................................... 96 32.4. ACCIONES DE LOS TUTORES. ............................................................................................................... 96 32.5. ACCIONES DEL EQUIPO DOCENTE COORDINADO POR EL TUTOR: .............................................. 96 32.6. MODELO DE BOLETÍN DE CALIFICACIONES ..................................................................................... 98 32.7. COMUNICACIÓN DE CALIFICACIONES Y OBSERVACIONES, Y PLAZO DE RECLAMACIÓN POR EL TUTOR. 98

33. PEC.12. LA EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA DOCENTE ............................................................................ 99

PEC.13. ELABORACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DEL CENTRO. ...... 100

34. PEC.13. COMPETENCIAS PARA LA ELABORACIÓN Y LA APROBACIÓN. .............................................. 100

35. PEC.13. ES COMPETENCIA DEL CLAUSTRO APROBAR, INFORMAR Y PROPONER: ........................... 100

36. ES COMPETENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR, EVALUAR, PROPONER, PROMOVER, INFORMAR, ANALIZAR Y ELABORAR: ........................................................................................................................................ 101

37. PEC.13. ACTUALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS. ................................................................................. 101

38. PEC.13. PUNTOS EN ELABORACIÓN EN EL CURSO 2015-2016. ........................................................... 103

ANEXO I. LAS FUNCIONES DEL PROFESORADO ARTÍCULO 91 DE LA LOE, LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO. 104

ANEXO II. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR .................................................................................................. 105

ANEXO III. VICEDIRECTOR. FUNCIONES. COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES. ............ 106

ANEXO IV. JEFE DE ESTUDIOS, JEFATURAS DE ESTUDIOS ADJUNTA Y FUNCIONES. COORDINADOR DE LA BIBLIOTECA. RESPONSABLE DE FORMACIÓN EN EL CENTRO. ........................................................................ 107

ANEXO V. SECRETARIO. FUNCIONES. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS. COORDINADOR DE AUDIOVISUALES. RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES. ............................................................................ 109

ANEXO VI. JEFE DE DEPARTAMENTO. COMPETENCIAS. ACTAS. OTROS. COORDINADOR O RESPONSABLE DE ASIGNATURA O ESPECIALIDAD. FUNCIONES. .............................................................................................. 110

ANEXO VII. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. COMPETENCIAS ................................................................ 113

ANEXO VIII. COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR ................................................................................ 118

ANEXO IX. COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO .................................................................................................. 122

ANEXO X. COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA ..................................... 123

ANEXO XI. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 78 Y 80 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001, DE 26 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA. ........................................................................................... 127

ANEXO XII. ARTÍCULOS 52 (DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA), 53 (PRINCIPIOS ÉTICOS) Y 54 (PRINCIPIOS DE CONDUCTA) DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO. ........................................................................................................................................... 128

ANEXO XIII. DEBERES BÁSICOS DE LOS ALUMNOS. Artículo 4 de la LODE. .............................................. 130

ANEXO XIV. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE. ....................................................... 131

ANEXO XV. ARTÍCULO 4.2 DE LA LODE SOBRE “LOS PADRES O TUTORES, EN RELACIÓN CON LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS O PUPILOS,.. ............................................................................................................. 135

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PEC.1. RESEÑA HISTÓRICA DEL CENTRO 1. PEC.1. HISTORIA DEL CONSERVATORIO HASTA LOS ÚLTIMOS

AÑOS DEL SIGLO XX1 A mediados de la década de 1910 la ciudad de Murcia recibió un importante impulso cultural

tras la concesión de la Universidad Pública y del Conservatorio Provincial de Música y Declamación. Los antecedentes del

conservatorio se remontan al año 1914, en el que Manuel Massotti Escuder, músico valenciano afincado en Murcia, fundó la Academia “Fernández Caballero”. Este centro agrupó a un gran número de alumnos interesados en la música. La academia adquirió tal importancia que años más tarde fue incorporada al Conservatorio de Valencia. En época de exámenes los profesores de aquel Conservatorio se trasladaban a Murcia para evaluar a los alumnos. Petición de Pedro Jara Carrillo

El 23 de mayo de 1917 Pedro Jara Carrillo escribió un artículo en El Liberal, dirigido a Isidoro de la Cierva, una persona de gran influencia en la sociedad murciana de la época, en el que pedía su ayuda para que las autoridades locales se implicaran en la creación de un conservatorio. De la Cierva recogió este proyecto con entusiasmo. En días posteriores la iniciativa recibió numerosas adhesiones de distintos representantes de la cultura regional y nacional. El 24 de junio se celebró una reunión presidida por Isidoro de la Cierva. A la misma asistieron profesores, literatos, artistas y personalidades murcianas. Los presentes crearon una comisión que, en sucesivas reuniones, concertó un proyecto de reglamento orgánico, otro de gobierno interior, un presupuesto y un cuadro de profesores.

Una vez cumplidas las disposiciones legales se trasladó el

expediente para que fuera tramitado por el Gobierno Central. En un principio quedó paralizado porque no cumplía una serie de requisitos. Finalmente, después de vencer numerosos obstáculos burocráticos se pudieron agilizar los trámites, gracias a la mediación de varios políticos, entre ellos Juan de la Cierva. En junio de 1918 la prensa murciana anunciaba la inminente creación del Conservatorio.

1 Texto atribuido a Juan Antonio Garre. Licenciado en Historia y en Periodismo. Consultado el 11 de febrero de 2015 en http://www.regmurcia.com/servlet/s.Sl?sit=c,371,m,2599&r=ReP-26717-DETALLE_REPORTAJESPADRE Fuentes publicadas en dicho artículo: o Barceló Jiménez, J. “El Teatro Romea y otros teatros de Murcia”, en revista Murgetana número 19, Real Academia Alfonso X el Sabio.

Murcia. 1962. o Llanos de los Reyes M. Pedro Jara Carrillo. Verso y Prosa, Ayuntamiento de Alcantarilla. 1991. o Muñoz Zielinski Margarita, Aspectos de la danza en Murcia en el siglo XX, Universidad de Murcia, 2002. o Diario El Liberal o Diario El Tiempo o Diario La Verdad o La Gazeta de Madrid (actual Boletín Oficial del Estado)

Alumnos del Conservatorio de Murcia actuando en el Teatro Romea en el año 1930

Pedro Jara Carrillo fue la primera persona que pidió la construcción

de un conservatorio

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Concesión del Conservatorio

La Real Orden de 26 de septiembre de 1918 concedió a Murcia un Conservatorio de Grado Elemental, incorporado al Real Conservatorio de Madrid, en el que tenían validez académica los estudios elementales de Solfeo, Piano y Violín. Asimismo, el Conservatorio de Murcia impartía (sin validez académica) los estudios superiores de Piano y Violín y cuatro cursos de Canto, Armonía, Historia de la Música y Declamación. La sede del conservatorio quedó instalada en el edificio de la Escuelas Graduadas de la Plaza de Santo Domingo.

La inauguración oficial del curso se realizó el 5 de enero de 1919. El acto contó con la presencia del Director del Conservatorio de Madrid, Tomás Bretón y del Director General de Bellas Artes, Mariano Benlliure. Tras la disertación de este último se declaró abierto el curso 1918/1919. La ciudad de Murcia había dispuesto de un Conservatorio que parece ser que se mantuvo activo (aunque con una cierta irregularidad) entre mediados del siglo XIX y principios del siglo XX.

Hacia 1914 se instala en Murcia un joven músico valenciano llamado Manuel Massotti Escuder. Poco después crea la Academia “Fernández Caballero”. En el centro se matriculan un gran número de alumnos interesados en la música. La academia, que estaba situada en la calle Zambrana (hoy Andrés Baquero), adquirió tal importancia que en 1917 fue incorporada oficialmente al Conservatorio de Valencia. Los profesores de Valencia se trasladaban a Murcia para realizar los exámenes correspondientes y convalidar los estudios realizados en dicho centro.

En 1917 acababa de culminar uno de los mayores proyectos culturales de la historia de la ciudad de Murcia: la creación de una universidad. Al socaire de este reciente éxito (y estimulado por el creciente interés que existía por las artes musicales, y por los buenos resultados académicos obtenidos por los alumnos de Massotti Escuder), Pedro Jara Carrillo escribió el 23 de mayo de 1917 un artículo en El Liberal, en el que pedía abiertamente la creación de un conservatorio. Carta a Isidoro de la Cierva

En dicho artículo, el poeta y periodista murciano afirmaba que “En Murcia hace falta un Conservatorio; lo mismo que lo tienen en otras provincias; hace falta un centro del cual salgan todos los músicos que deben salir; los cantantes que son dotados de facultades naturales, todos los actores que sean capaces de triunfar en el escenario escénico. Hace falta un centro de esta índole, en donde un profesorado adecuado a cada especialidad artística eduque todas esas facultades que se pierden entre la baraunda férrea de los talleres, entre las monótonas escribanías de la parásita burocracia o entre las rudas faenas asoleadas de la huerta murciana”.

Este artículo estaba redactado en forma de carta dirigida a Isidoro de la Cierva. Jara Carrillo creía imprescindible la participación de La Cierva, tanto por la gran implicación que había tenido con todos los proyectos que significaban el progreso de Murcia, como por su incuestionable influencia social y política, ésta última de gran importancia, debido a la elevada posición que ocupaba su hermano, Juan. Proyecto en marcha

Dos días más tarde El Liberal publicó un artículo

escrito por Isidoro de la Cierva, en el que afirmaba acoger el proyecto con un gran entusiasmo, a la vez que ofrecía su colaboración y proponía el edificio de las Escuelas Graduadas de la plaza de Santo Domingo

Manuel Massotti Escuder creó la Academia "Fernández Caballero". En 1918 fue nombrado profesor del Conservatorio. En 1931 sería elegido director.

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como posible sede del conservatorio. En días posteriores se recibieron numerosas adhesiones de personajes ilustres de la sociedad murciana y de otros puntos de España. Jara Carrillo, convencido de que había conseguido el respaldo adecuado, trabajó denodadamente para acelerar el proyecto. En apenas unas semanas recabó los estatutos de otros conservatorios y pidió asesoramiento a varios profesionales.

A principios de junio se creó una primera comisión que estaba formada por Antonio Puig, Emilio Ramírez, Pedro Muñoz Pedrera, Mariano Sanz y el propio Jara Carrillo. La junta celebró varias sesiones en las que estudió los reglamentos de varios conservatorios, centrando su atención en el de Valencia, por su similitud con el proyecto de Murcia. Tras realizar algunas modificaciones en el reglamento la comisión acordó convocar una reunión, bajo la presidencia de Isidoro de la Cierva, en la que se expusieran los progresos logrados y se definieran las futuras líneas de actuación.

En el mes de julio se conoció la noticia de que se había aprobado la creación del conservatorio de Valencia. Esta concesión se interpretó como un buen augurio. Poco después se remitió la documentación pertinente al Gobierno Central, con la esperanza de que éste realizará la aprobación en un breve periodo de tiempo. Sin embargo, la burocracia oficial paralizó el expediente durante varios meses.

El 8 de agosto tuvo lugar una segunda reunión en el Círculo de Bellas Artes. A la misma asistieron Isidoro de la Cierva, Emilio Díez de Revenga, Vicente Llovera, Ceferino Pérez Marín, Antonio Puig, Remigio García Gil, Mariano Sanz, Pedro Muñoz, Pedrera, Antonio Puche, José María Hilla y Pedro Jara Carrillo. Los presentes hablaron de los progresos realizados en las últimas semanas. De la Cierva informó que se había reunido con el Director de Bellas Artes, Alfonso Pérez Nieva, para informarle del proyecto del conservatorio. Por su parte, Emilio Díez de Revenga comunicó que ya había redactado el reglamento por el que habría de regirse el Centro. Acuerdos de la reunión En esta reunión se tomaron varios acuerdos importantes: • La redacción de sendas instancias dirigidas a la Diputación y al Ayuntamiento solicitando una

subvención económica y la búsqueda de un local. • La aprobación de los estatutos que había redactado Emilio Díez de Revenga (aunque, a petición de

algunos de los asistentes, se realizaron varias modificaciones). • El nombramiento del director, cargo que recayó en Emilio Díez de Revenga. • El nombramiento del claustro que quedó compuesto por 10 profesores:

o Solfeo: Ángel Larroca, maestro de capilla de la Catedral y Pedro Muñoz Pedrera. o Piano: Antonio Puig y Beatriz Martínez Arroyo. o Violín y Viola: Antonio Puche y Mariano Sanz. o Armonía: Emilio Ramírez. o Canto: Manuel Massotti. o Historia de la Música y de las Formas Musicales: Enrique Martí. o Declamación: Pedro Jara Carrillo.

En la reunión se redactaron las correspondientes instancias dirigidas a las Corporaciones Oficiales, con el objeto de que, en virtud de los acuerdos tomados, solicitaran a Santiago Alba Bonifaz, Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes la Real Orden de creación del conservatorio. La intención era empezar las clases en octubre. Sin embargo, una semana después de aquella reunión se produjo una huelga general en toda España que obligó

Grupo de alumnos de Música y Declamación del Conservatorio de Madrid

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al Gobierno a centrar sus esfuerzos en atajar aquella situación. Durante los meses siguientes el expediente quedó paralizado debido a problemas burocráticos. Paralización del expediente

Tras varios meses de espera, el 28 de enero de 1918 se publicó una Real Orden que dejaba en suspenso la resolución definitiva sobre la concesión del Conservatorio. Los peticionarios debían de resolver varios problemas: • Elegir un nuevo claustro, pues varios profesores no eran considerados aptos para impartir las clases. • Los programas de enseñanza se debían de ajustar a los oficiales del Conservatorio de Madrid. • La petición de validez académica tenía que limitarse a los estudios elementales. Los estudios oficiales tendrían que ser de solfeo, y las enseñanzas elementales de piano y violín.

Los demás estudios podrían realizarse, pero sin validez académica. Una vez conocidas estas incidencias la Junta Administrativa se puso a trabajar para subsanar los

inconvenientes. Una vez recibida la comunicación del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, la Junta

Organizadora modificó el claustro, que finalmente quedó compuesto por los siguientes profesores: • Solfeo: Ángel Larroca Rech, Emilio Ramírez Valiente y Manuel Massotti Escuder. • Piano: Antonio Puig Ruiz-Funes, Beatriz Martínez Arroyo y Pedro Muñoz Pedrera. • Violín: José María Franco Bordons. • Armonía: Emilio Ramírez Valiente. • Canto: Manuel Massotti Escuder. • Historia de la Música y Formas Musicales: Enrique Martí Ruiz-Funes. • Declamación: Pedro Jara Carrillo.

El artículo 3º del Real Decreto de 16 de junio de 1905 estipulaba que la retribución de un profesor numerario no podía ser inferior a las 2.000 pesetas por curso. Finalmente se acordó que todos los profesores titulares percibieran esta cantidad, incluyendo aquellos que ocupaban dos cátedras y que sólo cobrarían por el desempeño de una. Los profesores auxiliares percibían un sueldo de 1.000 pesetas por año.

La Junta remitió un documento al Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, exponiendo la subsanación de las faltas y defectos que había provocado la paralización del expediente. La mediación de Juan de la Cierva y del Director General de Bellas Artes, el valenciano Mariano Benlliure, permitió agilizar los trámites. Informe favorable

A finales de junio de 1918 y, tras salvar todos los obstáculos, Isidoro de la Cierva escribió un artículo en El Liberal, en el que comunicaba que el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes había resuelto el expediente del Conservatorio dando un informe favorable. Por fin, vencidas todas las dificultades, se publicó la Real Orden de 26 de septiembre de 1918 por la que el Conservatorio de Murcia se incorporaba al de Madrid, concediendo validez académica a sus estudios.

Tomás Bretón, Director del Conservatorio de Madrid, del que dependió el de Murcia hasta el

año 1931

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El 8 de octubre los componentes de la Junta Administrativa se reunieron en el Círculo de Bellas Artes para organizar la apertura del curso 1918/1919. Los estudios que se impartirían serían los siguientes: • Estudios con validez académica: Enseñanza elemental: Cinco cursos de Solfeo, cinco cursos de Piano y cinco cursos de Violín. • Estudios sin validez académica: Enseñanza superior: Piano (6º, 7º y 8º curso), Violín (6º, 7º y 8º curso). Cuatro cursos de Canto, cuatro cursos de Armonía, cuatro cursos de Historia de la Música y cuatro

cursos de Declamación. En esta reunión se tomaron las siguientes decisiones:

• Las dependencias del Conservatorio se instalarían en el primer piso de las Escuelas Graduadas de la Plaza de Santo Domingo.

• El 20 de octubre se abriría el plazo de matrícula. • Se encargó a los profesores la confección del material necesario para el Conservatorio y el

presupuesto de los gastos. • Se remitiría una invitación al Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes y a otras autoridades

locales y nacionales (entre ellas, Juan de la Cierva) para que asistieran a la inauguración oficial del curso. El 16 de noviembre se constituyó el claustro de profesores en la Secretaría del Conservatorio. La

inauguración, que estaba prevista para el otoño de 1918, se tuvo que aplazar hasta el 5 de enero de 1919, debido a la fuerte epidemia de gripe que se produjo en la ciudad.

El 5 de enero de 1919 se realizó la inauguración oficial del Conservatorio de Música y Declamación de Murcia. El acto dio comienzo hacia las 12:00 horas. La presidencia estaba ocupada por Mariano Benlliure, Director General de Bellas Artes. Junto a él se encontraban Francisco Ortega, General Gobernador de Murcia, José Salvat, representante del alcalde, Antonio Ipiéns, representante de la Universidad de Murcia, Emilio Díez de Revenga, Diputado a Cortes y Director del Conservatorio, Luís Bermejo Vida, Gobernador Civil, Tomás Bretón, Director del Conservatorio Nacional, Dionisio Alcázar, Presidente de la Diputación y un representante del Cabildo Catedral.

En primer lugar intervino Emilio Díez de Revenga, quien en su discurso afirmó que esperaba que el Conservatorio “despertara nobles aficiones, puliera y educara aptitudes, estimulara voluntades, regenerara energías y se constituyese en alma mater de una nueva generación que rememore y abrillante las glorias de aquellos insignes murcianos, cuyo nombre está perennemente en el recuerdo de todos…que se formaron para realizar todo esto, por nuestro abandono lejos de la tierra de su nacimiento”. Seguidamente Díez de Revenga expuso todos los acontecimientos que se produjeron tras la idea de Jara Carrillo de realizar una petición oficial para crear un Conservatorio, y agradeció a las personas que con su trabajo hicieron posible la concesión. Discurso de Tomás Bretón

Tras la disertación de Diez de Revenga habló Tomás Bretón, Director del Conservatorio de Madrid, quien fue recibido con aplausos. Bretón realizó un corto discurso, en el que tras citar como artistas murcianos ilustres a Julián Romea y a Manuel Fernández Caballero animó a “los notables profesores que constituyen el claustro del Conservatorio de Murcia a mantener y superar, si es posible, la tradición artística de esta región privilegiada”.

Vista de la Plaza de Santo Domingo a finales del siglo XIX. En uno de sus edificios tendría su primera sede el Conservatorio

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Seguidamente tomó la palabra Mariano Benlliure. Nada más ponerse de pie estalló una cerrada ovación que se prolongó durante varios minutos. En primer lugar disculpó la ausencia de Juan de la Cierva, quien no asistió por encontrarse enfermo. Benlliure inició su discurso elogiando la obra de tres artistas murcianos ilustres Francisco Salzillo, Domingo Valdivieso y Manuel Fernández Caballero. Homenaje a Fernández Caballero

Benlliure afirmó que aprovechó una visita de Fernández Caballero para hacer una copia en busto de su cabeza. El escultor no le pudo entregar el busto porque el músico falleció poco después. Por tanto, la obra fue conservada por Benlliure hasta ese día, en que la trajo a Murcia para regalarla al Conservatorio. Después deslió el busto para mostrarlo al público. Inmediatamente se produjo una ruidosa ovación. El busto de Fernández Caballero quedó depositado en un lugar preferente del Conservatorio.

Después Mariano Benlliure, en nombre del nuevo Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, Álvaro de Figueroa y Torres, Conde de Romanones, declaró abierto el curso 1918/1919 del Conservatorio Provincial de Música y Declamación de Murcia. Tras lo cual se dio por concluido el acto. Posteriormente tuvo lugar un ágape. Tras el banquete los invitados regresaron al Conservatorio. Allí fueron obsequiados por los auroros huertanos con los cantos “La Salve de Pasión”, “Las Correlativas” y “La Aurora”, y también con la ejecución de malagueñas y parrandas murcianas. Más tarde Benlliure visitó el estudio del pintor Pedro Sánchez Picazo y el Monasterio de los Jerónimos, donde contempló la escultura de San Jerónimo de Salzillo.

El Conservatorio Provincial de Música y Declamación de Murcia quedó instalado en el piso principal de las Escuelas Graduadas de la Plaza de Santo Domingo (hoy colegio Cierva Peñafiel) durante los dos primeros cursos. Entre sus primeros alumnos se encontraba Alejandro Casona, quien años más tarde alcanzaría la fama como dramaturgo.

El gran número de interesados en cursar las enseñanzas que se impartían en el Conservatorio planteó un problema, pues el piso principal de las Escuelas Graduadas no tenía capacidad suficiente como para acoger a todos los alumnos. La solución llegó en junio de 1920, cuando el Círculo de Bellas Artes se instaló en la calle Trapería tras abandonar el local que le había cedido el Ayuntamiento en la planta principal del Teatro Romea. Centro Oficial del Estado

La mediación de la Junta Directiva del Conservatorio permitió que el Ayuntamiento le cediera el local que había quedado libre en el Teatro Romea. Durante el verano y el otoño el alcalde de Murcia, José María Hilla Sala (quien había sido tesorero de la Comisión Gestora que se encargo de elaborar el proyecto del Conservatorio) ordenó la realización de una serie de reformas de acondicionamiento. En noviembre de 1920 comenzó el curso. El Teatro Romea acogió las dependencias del Conservatorio durante más de seis décadas.

Los estudios superiores solicitados al Gobierno se concedieron en 1922. El Decreto de 11 de septiembre de 1931 decidió su calificación como Centro Oficial del Estado, terminando su dependencia de otras corporaciones. A partir de ese instante pasaría a denominarse "Conservatorio de Música y Declamación". A raíz de la publicación de este Decreto, Manuel Massotti Escuder sustituyó en la dirección del centro a Emilio Díez de Revenga. Asesinato de Kennedy

Durante la permanencia del Conservatorio en el Teatro Romea se produjeron dos incidentes destacables. El 15 de mayo de 1936, a las 22:00 horas, se declaró un incendio fortuito en la Secretaría, que no causó daños porque fue extinguido rápidamente. El 22 de noviembre de 1963 (el mismo día del asesinato de John Fitzgerald Kennedy), en mitad de la celebración de un concierto con motivo del día

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de Santa Cecilia, se desprendió el falso techo del salón de actos. Afortunadamente, no hubo que lamentar daños personales.

En las décadas de 1960 y 1980 se acometieron algunas reformas en las instalaciones. A mediados de los años 80 se produjo un importante incremento del número de matriculaciones. Esta circunstancia motivó que los rectores del Conservatorio decidieran construir un edificio propio para albergar sus dependencias. El edificio del Conservatorio (ahora denominado "Manuel Massotti Littel") que está ubicado en el Paseo del Malecón.

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PEC.2. LOS VALORES DEL CENTRO El Conservatorio de Música de Murcia es el único centro público de enseñanzas elementales y

profesionales de música en la ciudad de Murcia. En él cursan estudios alrededor de un millar de alumnos. Depende de la Consejería competente en materia de Educación en la Región de Murcia.

El Conservatorio de Música de Murcia es un centro abierto a la sociedad. Nos interesa que nuestras actividades se proyecten más allá de nuestro edificio, creando así un sentido de comunidad educativa implicada en la mejora de la cultura.

Nos relacionamos con los centros educativos y las instituciones del entorno y compartimos nuestros recursos porque como centro público queremos añadir valor a nuestra sociedad, ya que no entendemos que un centro se encierre en sí mismo.

Pretendemos que el alumnado y las familias vean en la música algo más que una actividad educativa, cultural y posiblemente profesional, sino que a través de ella encontramos el hilo conductor para una verdadera transformación de la sociedad, esperando de ésta que sea más sensible, más culta, más inteligente o más responsable, y donde se ponga en valor el respeto al esfuerzo individual y a la colaboración interpersonal.

Somos un centro que progresa en su trabajo más allá de las dificultades organizativas o las carencias de recursos. Somos conscientes que todos, desde los trabajadores del centro a las familias, junto al alumnado que es el centro de nuestra actividad, podemos y debemos ser un elemento transformador de la educación y la sociedad y en ello ponemos nuestro esfuerzo diario.

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2. PEC.2. ¿QUÉ PRETENDEMOS EN EL ÁMBITO PEDAGÓGICO, DE ORGANIZACIÓN Y DE PARTICIPACIÓN?

• Enseñar a valorar en primer lugar lo positivo, es decir; el avance, el interés, las buenas cualidades y desde ahí transformar las necesidades y las carencias en oportunidades de aprendizaje.

• Educar en el respeto y aprecio a la música así como en el respeto al pensamiento propio, a la música y el arte como manifestación cultural.

• Desarrollar la conciencia personal y social del alumnado formándolos para ser personas alegres y equilibradas.

• Identificar, interesarse y comprender los problemas o modos de pensar y sentir de los demás, de forma solidaria.

• Analizar, instruirnos y educar a aprender a aprender continuamente, indagando en los conocimientos necesarios para lograr una formación autónoma y continua.

• Informar al alumnado y en su caso a las familias, de su progreso, las necesidades o las carencias y la forma de lograr conseguir sus ilusiones.

• Servir de elemento de dinamización cultural, con la participación de nuestro alumnado y las agrupaciones, en conciertos y actuaciones dentro y fuera de nuestro centro.

• Dotarnos de herramientas tecnológicas para la organización y la gestión global del centro. • Dotarnos de herramientas tecnológicas para un correcto seguimiento pedagógico del avance del

alumnado. • Expresar nuestras ideas de mejora correctamente, de forma íntegra, colaborativa e implicarnos en

su logro de forma continua. • Promocionar la orientación educativa y la acción tutorial, así como implicar al alumnado y las

familias en la organización, realización y asistencia a las actividades académicas, complementarias y extraescolares.

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3. PEC.2. ¿QUÉ ESPERAMOS DE…? 3.1. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL EQUIPO DIRECTIVO? • Que tenga gran capacidad organizativa y disposición de trabajo al servicio de la comunidad

educativa. • Que procure la continua mejora de las enseñanzas y la lucha por una mejor dotación material y

económica del centro. • El cumplimiento del artículo 131.2 de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en

su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013. 2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

• Que sea transparente en su gestión y ejemplo de profesionalidad. 3.2. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL PROFESORADO? • Que enseñe y eduque en el aprecio a la música y el respeto al pensamiento propio y al arte. • Que fomente los valores humanos de solidaridad. • Que desde la autoevaluación, desde una gran capacidad autocrítica, desde la apertura de mente

necesaria y siendo ejemplo de profesionalidad, pueda ser guía para la continua transformación de la sociedad a través de sus enseñanzas y su ejemplo.

• Que se encuentre en el centro en el mejor hábitat para el desarrollo profesional a nivel educativo, científico, artístico y formativo y ello contribuya a desarrollar su formación y su actividad artística e investigadora.

• Que realice su trabajo de forma colaborativa. • El cumplimiento de sus funciones establecidas en el artículo 91 de la LOE, Ley Orgánica 2/2006, de

3 de mayo, de Educación en su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013. • El cumplimiento de sus deberes como funcionarios, establecidos en los artículos 78 y 80 del

Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

• Y así mismo el cumplimiento de los artículos 52, 53 y 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

• Además nos adherimos al código deontológico de la profesión docente aprobado el 6 de diciembre de 2010 en el Pleno del Consejo General de “Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias”.

3.3. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL ALUMNADO? • Que tengan afán de aprendizaje, que sean respetuosos con la música y que aprovechen las

enseñanzas que reciben para su desarrollo personal. • Que su aprendizaje y el paso por estas enseñanzas les haga alcanzar un grado de bienestar que les

permita ser el día de mañana melómanos y/o músicos, ya sea desde una dedicación amateur o desde un punto de vista profesional.

• Que sobre todo adquieran un alto nivel cultural y un grado de superación y satisfacción personal que les ayude en su vida.

• El cumplimiento de las normas del centro y de los deberes del alumnado, en la redacción actual dada por la LOE, y en cuyo apartado 3 de la Disposición Final primera, modifica el artículo 6 de la LODE (Reguladora del Derecho a la Educación), enunciado los deberes básicos del alumno.

3.4. ¿QUÉ ESPERAMOS DE LAS MADRES Y/O LOS PADRES, O TUTORES LEGALES?

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• Que tengan una profunda implicación en los estudios y evolución de sus hijos e hijas, que sepan valorar y premiar los logros que consiguen y les ayuden a mejorar y programar su estudio a lo largo de cada día.

• Que se impliquen en la continua mejora del centro expresando sus preocupaciones y aporten sus ideas para la mejora de nuestra labor.

• Que ejerzan, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, las acciones sobre el alumnado que les demanda la ley, según la redacción actual dada por la LOE, y en cuyo apartado 1.2. de la Disposición Final primera, modifica el artículo 4 de la LODE (Reguladora del Derecho a la Educación)

3.5. ¿QUÉ ESPERAMOS DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS? • Que se sientan parte necesaria y fundamental en la labor educativa. • Que tengan la mejor de las vocaciones de servicio y atención a las necesidades de los usuarios del

centro, ya que su trabajo es fundamental para que cada día éste centro cumpla con su labor. • El cumplimiento de la normativa vigente con especial atención a los artículos 78 y 80 del Decreto

Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, así como los artículos 52, 53 y 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3.6. ¿QUÉ ESPERAMOS DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN?

En consonancia con lo dispuesto en el artículo 132.a de la LOE, que atienda los planteamientos, aspiraciones y necesidades que esta comunidad educativa propone para el mejor desarrollo de nuestras enseñanzas.

3.6.1. REFERENTE A LOS RECURSOS MATERIALES. • La dotación económica o material para disponer en todas las aulas del centro de:

o las herramientas audiovisuales adecuadas hoy día o ordenadores o sistema de reproducción y grabación de sonido e imagen o pizarras digitales.

• La disposición de una dotación económica adecuada para el continuo mantenimiento del instrumental.

• La renovación de la iluminación de la Sala Polivalente con luces de escenario. • La compra de una tarima para la Sala Polivalente. • La solución de la aportación de los docentes de sus propios instrumentos musicales y materiales

fungibles en modo de complemento salarial o la compra del mismo. • La dotación económica o material para disponer en de una biblioteca que contenga los principales

materiales didácticos, partituras y libros que permitan una mejora de la docencia de nuestras enseñanzas y de la disponibilidad por parte del alumnado del extensísimo material existente.

• La disposición material en nuestro centro laboral de los recursos necesarios tales como salas, biblioteca o estudio de grabación, que puedan permitir el cultivar la mejora de la actividad pedagógica y proyectar tanto esa faceta, como la artística.

• La dotación económica o material al profesorado del centro, para el desarrollo de su labor docente, formativa y artística, del instrumental necesario para cada especialidad. Y en segundo lugar, de los instrumentos habituales y menos habituales pertenecientes a la familia instrumental de cada una de las especialidades y de los instrumentos históricos de cada especialidad, finalmente.

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• La dotación económica o material para disponer en todas las aulas asignadas a la asignatura Piano, de dos pianos de cola, las de pianista acompañante de un piano de cola, las de Colectiva de Piano, Conjunto de Piano y Acompañamiento con tres pianos y el resto de aulas de todo el centro con al menos un piano vertical.

• La dotación económica o material para disponer de un banco de instrumentos de iniciación destinados al préstamo, en todas aquellas especialidades que lo precisen por sus características o su alto coste, y que así se facilite el acceso de las familias y sus hijos/as a los estudios de música.

• El apoyo al desarrollo del software de gestión docente para la generación de horarios y el seguimiento docente: diario de clase, REC, etc. y en general avanzar en lo que se conoce como administración electrónica, la matrícula telemática, la autoliquidación de tasas, el pago por internet, etc.

3.6.2. REFERENTE AL ACTUAL CENTRO. • La dotación material de los suficientes espacios adecuados no solamente para la docencia de cada

una de las asignaturas, sino para el estudio y práctica del alumnado ya sea en ensayos individuales o grupales, y especialmente en aquellas asignaturas cuyo uso del instrumental del centro es más necesario y adecuado para el correcto proceso de aprendizaje (Arpa, Clave, Órgano, Percusión, Piano o Piano complementario).

• La dotación de espacios para el material de cada especialidad. • La disposición de un centro con auditorio con la capacidad suficiente para el desarrollo de las

actividades propias de este centro.

3.6.3. REFERENTE A LA IMPLEMENTACIÓN DE ENSEÑANZAS • La transformación de nuestro centro actual en un centro integrado de Enseñanzas artísticas y

Enseñanzas generales de secundaria para nuestro alumnado. • La creación de un centro paralelo de enseñanzas de Formación Profesional, con las siguientes

cualificaciones profesionales del catálogo de cualificaciones profesionales: o DOS CUALIFICACIONES DE LA FAMILIA PROFESIONAL DE ARTE Y ARTESANÍA, NIVEL 2 ART632_2 Mantenimiento y reparación de instrumentos viento-madera. ART633_2 Mantenimiento y reparación de instrumentos viento-metal.

o SIETE CUALIFICACIONES, FAMILIA PROFESIONAL DE ARTE Y ARTESANÍA, NIVEL 2 ART560_3 Proyecto y elaboración artesanal de guitarras, bandurrias y laúdes españoles. ART561_3 Proyecto y elaboración artesanal de instrumentos antiguos de cuerda pulsada. ART562_3 Proyecto y elaboración artesanal de instrumentos musicales de arco. ART563_3 Proyecto, elaboración, mantenimiento y reparación artesanal de arcos de

instrumentos musicales de cuerda. ART635_3 Afinación y armonización de pianos. ART636_3 Mantenimiento y reparación de instrumentos musicales de cuerda. ART637_3 Regulación de pianos verticales y de cola.

o TRES CUALIFICACIONES DE LA FAMILIA PROFESIONAL DE IMAGEN Y SONIDO, NIVEL 2 IMS434_2 Animación musical y visual en vivo y en directo. IMS435_2 Operaciones de producción de laboratorio de imagen. IMS436_2 Operaciones de sonido.

o QUINCE CUALIFICACIONES DE LA FAMILIA PROFESIONAL DE IMAGEN Y SONIDO, NIVEL 3 IMS074_3 Asistencia a la producción en televisión. IMS075_3 Luminotecnia para el espectáculo en vivo. IMS076_3 Animación 2D y 3D. IMS077_3 Asistencia a la realización en televisión.

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IMS220_3 Asistencia a la dirección cinematográfica y de obras audiovisuales. IMS221_3 Asistencia a la producción cinematográfica y de obras audiovisuales. IMS294_3 Cámara de cine, vídeo y televisión. IMS295_3 Desarrollo de productos audiovisuales multimedia interactivos. IMS296_3 Montaje y postproducción de audiovisuales. IMS437_3 Asistencia a la producción de espectáculos en vivo y eventos. IMS438_3 Desarrollo de proyectos y control de sonido en audiovisuales, radio e industria

discográfica. IMS439_3 Desarrollo de proyectos y control de sonido en vivo y en instalaciones fijas. IMS442_3 Regiduría de espectáculos en vivo y eventos.

3.6.4. REFERENTE A LOS RECURSOS HUMANOS. • Disponer de un adecuado corpus normativo legal plenamente adaptado a las características de las

enseñanzas, que avance en la autonomía de gestión, y modernicen las enseñanzas. Un adecuado Reglamento Orgánico de los Conservatorios (ROC), la regulación de la norma de necesidades reales de profesorado de los centros, la creación del departamento de orientación y atención psicopedagógica, establecer los criterios para concretar las unidades y puestos escolares del centro o la concreción de otros aspectos normativos tales como el PEC, PGA, NOF Y PGEST, programaciones, formato del DOC…

• La dotación de una correcta RPT (relación de puestos laborales) de personal no docente adecuado a nuestras enseñanzas, ingeniero de sala, ingeniero de sonido, bibliotecario, etc.

• La dotación de personal suficiente para la apertura del centro en periodos de fin de semana. • La reposición de las plazas de profesorado de forma estable. 3.6.5. REFERENTE A LA OFERTA DE ESPECIALIDADES Y DE LAS ENSEÑANZAS. • Aspiramos a poder ampliar al menos la oferta de especialidades propias de la música antigua en

nuestro centro. • Aspiramos a la creación de un Currículo integrado de Enseñanzas Profesionales de Música y ESO y

Bachiller, que facilite la convalidación de asignaturas, la toma de decisiones global en el proceso de aprendizaje del alumnado, y que permita la flexibilización durante la compatibilización de estudios, así como que asegure el acceso a cualquier carrera de las Enseñanzas Superiores.

• Aspiramos a poder ampliar la oferta de estudios de música en nuestra ciudad, bien sea por la ampliación de nuestro centro o la creación de uno nuevo.

• La regulación de la creación y desarrollo de las Escuelas de Música en nuestra Región.

3.6.6. RESPUESTAS INMEDIATAS A LA ESCASEZ DE RECURSOS ECONÓMICOS Y EL

HACINAMIENTO EN NUESTRO EDIFICIO. • Pedimos, rogamos y casi exigimos la solución a los problemas de espacios en el actual edificio del

centro. Para ello se debe contemplar la creación de un centro nuevo, la ampliación mediante otros pabellones en el Antiguo Cuartel de Artillería y/o el traslado a espacios adecuados ya existentes en la ciudad.

• Establecer un sistema que revierta las tasas que se generan en el centro, en dotaciones directamente relacionadas con la reposición y dotación de instrumental.

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PEC.3. EL ENTORNO SOCIAL Y CULTURAL 4. PEC.3. UBICACIÓN

El Conservatorio de Música de Murcia se ubica en la actualidad en el Pabellón 3 del antiguo cuartel de Artillería en Murcia junto a las siguientes instituciones: • Pabellón 1 y 6: Ambos pabellones están gestionados a través del equipo creativo del Centro de

Cultura, Arte e Innovación Puertas de Castilla perteneciente a la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Murcia.

• Pabellón 2: Biblioteca Municipal “Río Segura”, la Agrupación Sardinera-Museo, el Museo de Moros y Cristianos y una Ludoteca.

• Pabellón 4: Acuario de la Universidad de Murcia y Museo de la Universidad de Murcia (UM) • Pabellón 5: CENDEAC (Centro de Documentación y Estudios Avanzados del Arte Contemporáneo)

y el Centro Párraga. • Muy cercano al centro encontramos el Instituto de Enseñanza Secundaria “El Carmen” y las

instalaciones del Centro deportivo “INACUA”. El arquitecto Andrés Brugarolas realizó la rehabilitación del pabellón 3, manteniendo la fachada

del edificio. El edificio fue inaugurado el día 11 de junio de 2003 por D. Ramón Luis Valcárcel Sito, Presidente

de la Región en ese momento. Las obras fueron subvencionadas por fondos europeos pertenecientes al “Fondo Europeo de

Desarrollo Regional”. Las instalaciones se elevan sobre un solar de 777,5 m2, con 56,14 m de largo y 13,87 m de ancho,

se divide en cuatro alturas, y hay un total de 3110 m construidos en una altura de 19,99 metros. • En la planta baja encontramos:

o el zaguán de entrada o la conserjería o la administración o la biblioteca o los despachos o la sala de profesores o tres aseos o varias dependencias de servicios (cuarto de luces, cuarto de comunicaciones, cuarto de

maquinaria del ascensor y cuarto de servicios varios) o y ocho aulas (entre ellas el aula Plumier).

• En la primera planta encontramos: o diecisiete aulas de diversas dimensiones o dos aseos o y un almacén de instrumentos.

• En la segunda planta encontramos: o veintiuna aulas y cabinas de diversas dimensiones o dos aseos o y un almacén de instrumentos.

• En la tercera planta encontramos: o la sala de orquesta de 173 m2 o la sala polivalente de 216 m2 o diversos almacenes de instrumentos. o y un pequeño estudio de grabación.

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5. PEC.3. CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO Las edades, procedencia e intereses del alumnado de nuestro centro son de naturaleza muy

heterogénea. En las Enseñanzas elementales el alumnado va desde los siete a los quince años y encontramos

principalmente alumnado de la ciudad de Murcia. En las Enseñanzas profesionales, aunque la edad habitual del alumnado va entre los doce y los

veinticuatro años, también encontramos alumnado de prácticamente cualquier edad, especialmente en especialidades como Canto, Clave y Órgano.

La procedencia del alumnado en las Enseñanzas profesionales es más amplia. Por un lado es habitual tener alumnado procedente de las escuelas y asociaciones musicales de las localidades cercanas. En las especialidades de viento y percusión proceden de las escuelas de música de las bandas. El alumnado de instrumentos de cuerda arco es alumnado procedente de las enseñanzas elementales de nuestro centro principalmente, aunque en los últimos años también proceden de diferentes escuelas externas, como también viene ya siendo habitual en la especialidad de Piano.

El centro recibe estudiantes de toda la Región pero también de las provincias limítrofes, principalmente del sur de Alicante. Un importante grupo de alumnos es el que viene a Murcia para realizar estudios universitarios y traslada su matrícula desde otros centros.

En cuanto a las especialidades, en las enseñanzas elementales hay un porcentaje muy alto de alumnado de las especialidades de cuerda arco. No es hasta las enseñanzas profesionales donde las especialidades adquieren un equilibrio más lógico de alumnado por especialidad y curso relacionado con el de las agrupaciones de orquesta y banda.

Desde el curso 2012-2013, con la creación del Programa Horarios Integrados (PHI), ha habido una revolución horaria y de intereses del alumnado. Así, se viene produciendo una variación en las características del alumnado en los últimos cursos, aumentando el número de alumnos del centro y su procedencia.

Es de reseñar que en determinados casos el alumnado cursa dobles y triples especialidades en las enseñanzas profesionales.

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6. PEC.3. CARACTERÍSTICAS CULTURALES DEL ENTORNO La ciudad de Murcia es la capital de la Región del mismo nombre. Son hoy día treinta y cuatro las agrupaciones de bandas musicales federadas en la Región, y al

menos veinticuatro los espacios entre teatros y auditorios La Región de Murcia tuvo la primera orquesta de jóvenes de España, la Orquesta de Jóvenes de la

Región de Murcia, fuente de inspiración para otras muchas que se crearon posteriormente a nivel nacional.

Grandes músicos murcianos han sido: Ginés Torrano, Narciso Yepes, Julián Santos y hoy día encontramos en la Orquesta Filarmónica de Berlín al primer español y alumno en su día de este centro, Joaquín Riquelme.

Aunque existen otras formaciones orquestales y conjuntos que se abren paso lentamente en el marco cultural de la ciudad y la Región, la Orquesta Sinfónica de Murcia es la única formación orquestal de carácter profesional hoy día.

Es reseñable la labor de la Asociación Promúsica de Murcia, que en la actualidad programa de forma estable una temporada de música en el Auditorio “Victor Villegas”.

La Concejalía de Cultura así mismo tiene diversos ciclos culturales que se realizan en los Auditorios de la ciudad, el Teatro Romea y el recién reformado Teatro Circo.

Ha sido habitual la labor también de las Fundaciones de la Obra social de Cajamurcia (BMN) mediante la conocida Semana Grande y el apoyo a otras actividades y la Obra Social CAM (Banco Sabadell) aunque esta última hoy día no tiene actividad.

Desgraciadamente han desparecido ciclos muy interesantes como el de Música Antigua en San Juan de Dios y a pesar de las muchas posibilidades de oferta cultural y musical que podría albergar la ciudad, no parece encontrarse en la agenda hoy día el decidido impulso a un cambio de la oferta cultural en la ciudad.

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7. PEC.3. CENTROS DE ESTUDIOS DE MÚSICA ELEMENTALES Y PROFESIONALES EN MURCIA Y EN LA REGIÓN.

En la ciudad de Murcia, capital de la Región del mismo nombre, convergen casi todo tipo de centros de estudios públicos existentes. Además de los centros de Enseñanzas obligatorias y de Formación Profesional, también encontramos la Escuela Oficial de Idiomas, el Conservatorio de Danza, la Escuela Superior de Diseño, el Conservatorio Superior de Música, la Escuela de Arte y la Universidad de Murcia. Es por tanto una ciudad con una importante oferta educativa.

En cuanto a la oferta educativa a nivel musical en la Región, ésta se divide en;

7.1. CONSERVATORIOS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA.

7.1.1. Dependientes de la consejería competente en materia de Educación. • CONSERVATORIO DE MÚSICA DE CARTAGENA • CONSERVATORIO DE MÚSICA “NARCISO YEPES” DE LORCA

7.1.2. Dependientes de las respectivas administraciones locales. • CONSERVATORIO DE MÚSICA y ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA “MEASTRO JAIME

LÓPEZ” DE MOLINA DE SEGURA • CONSERVATORIO Y ESCUELA DE MÚSICA “MAESTRO GÓMEZ VILLA” DE CIEZA • CONSERVATORIO DE MÚSICA DE SAN JAVIER • CONSERVATORIO DE MÚSICA DE CARAVACA DE LA CRUZ • CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA “JULIÁN SANTOS” DE JUMILLA

7.2. CENTROS AUTORIZADOS DE MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA Y ESPECIALIDADES AUTORIZADAS A SER IMPARTIDAS. Estos centros son de carácter privado y están adscritos a nuestro centro, por lo que la validez

administrativa de los estudios realizados es idéntica a la que se imparte en los centros públicos: • CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA ALTER MUSICI DE CARTAGENA

o Por Resolución de 11/9/1998 Secretaría General de Educación y FP del MEC se autorizan 400 puestos escolares en Grado Elemental en las siguientes especialidades:

Flauta Travesera, Clarinete, Oboe, Fagot y Saxofón. Trompa, Trompeta, Trombón y Tuba. Guitarra, Acordeón, Percusión y Piano. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo.

• CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA ALTER MUSICI DE MURCIA o Por Orden de 20/10/1995 (BOE del 16/11) se autorizan 400 puestos escolares en Grado

Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Clarinete y Saxofón. Trompeta. Guitarra y Piano. Violín, Viola y Violonchelo.

o Por Orden de 19/02/2000 (publicada en el BORM) se autorizan puestos escolares en Grado Elemental en las siguientes especialidades: Flauta travesera, Oboe, Clarinete, Fagot y Saxofón. Trompa, Trompeta, Trombón, Tuba. Piano, Guitarra y Percusión. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo

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o Por Resolución de 18/02/2010 (BORM 5/03/2010) y por Resolución de 18/02/2010 (BORM 5/03/2010) se autorizan puestos escolares en Grado Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Oboe, Clarinete, Fagot y Saxofón. Trompa, Trompeta, Trombón y Tuba. Piano, Guitarra y Percusión. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo.

o Por "Resolución de 18/02/2010 (BORM 5/03/2010) se autorizan 180 se autorizan puestos escolares en Grado Profesional en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Oboe, Clarinete, Fagot y Saxofón. Trompa, Trompeta, Trombón y Tuba. Piano, Guitarra y Percusión. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo. Canto.

• CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA COLEGIO NARVAL DE CARTAGENA o Por Orden de 20/3/1998 (BOE del 17/4) se autorizan 80 puestos escolares en Grado

Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera y Clarinete. Trompa y Trompeta. Guitarra y Piano. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo.

• CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA COLEGIO SAN JORGE DE MOLINA DE SEGURA o Por Orden de 04/10/1996 (BOE del 16/11) se autorizan 80 puestos escolares en Grado

Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera y Clarinete. Trompa y Trompeta. Guitarra y Piano. Violín, Violonchelo y Contrabajo.

• CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA ANMAVI DE MURCIA (Web 1) (Web 2) o Por Orden de 20/10/1995 (BOE del 16/11) se autorizan 150 puestos escolares en Grado

Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Clarinete y Saxofón. Trompeta. Guitarra y Piano. Violín, Viola y Violonchelo.

o Por Orden de 21 de enero de 2000 de la Consejería (BORM 28/03) se autorizan 180 puestos escolares en Grado Profesional en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Clarinete, Fagot, Oboe y Saxofón. Trompa, Trompeta y Tuba. Acordeón, Guitarra y Piano. Violín, Viola, Violonchelo y Contrabajo. Canto.

• CENTRO AUTORIZADO DE MUSICA SANTA CECILIA. MURCIA o Por Orden de Orden de 23/02/1996 (BOE del 18/3) se autorizan 110 puestos escolares en

Grado Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera y Clarinete. Guitarra y Piano. Viola y Violonchelo.

• CENTRO AUTORIZADO LAS CLARAS DEL MAR MENOR EN LOS ALCÁZARES

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o Por Resolución de 26/05/2010 (BOE del 17/06) se autorizan 80 puestos escolares en Grado Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera y Clarinete. Trompeta. Guitarra y Piano. Violín, Viola y Violonchelo.

o Por Resolución de 28 octubre de 2015 de la Directora General de Centros Educativos, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 28 de octubre de 2015 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado Autorizado de Grado Elemental de Música “Las Claras del Mar Menor” de Los Alcázares (Murcia), código 30018123, por cambio de titularidad.

Flauta Travesera y Clarinete. Trompeta. Guitarra y Piano. Violín y Violonchelo. Puestos escolares: 80

• CENTRO AUTORIZADO "ALBÉNIZ" DE LORCA (en la actualidad no está funcionando). o Por Orden de 20 de septiembre de 1996 (BOE del 18/10/1996) se autorizan 90 puestos

escolares en Grado Elemental en las siguientes especialidades: Flauta Travesera, Clarinete y Saxofón. Trompa y Trompeta. Acordeón, Guitarra, Percusión y Piano. Violín, Viola y Violonchelo. Violín, Viola y Violonchelo.

7.3. ACADEMIAS DE MÚSICA EN LA CIUDAD DE MURCIA.

Estos centros son de carácter privado y sus estudios no están administrativamente reconocidos.

• SONIDOS AULA SUZUKI • ESCUELA DE MÚSICA CHAPLIN • ACADEMIA DE MÚSICA ZOLTAN KODALY • ESCUELA DE FORMACIÓN MUSICAL PARA ELISA

c/. Cartagena, 74 (Antiguo Cuartel de Artillería, Pabellón 3) 30002 Murcia

968350168 – 968259558 www.cpmusicamurcia.com [email protected]

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8. PEC.3. OTROS ENTES Y ESPACIOS MÚSICO CULTURALES EN MURCIA Y EN LA REGIÓN.

8.1. MUSEOS DE MÚSICA • Museo de la música Étnica de Barranda

8.2. FEDERACIÓN DE BANDAS DE LA REGIÓN DE MURCIA Y AGRUPACIONES

ASOCIADAS. En Murcia se encuentra la Federación de Bandas de la Región, a la cual se encuentran asociadas

un conjunto de agrupaciones que cuentan con escuelas de música2: • Abanilla Unión Musical "Santa Cruz" de Abanilla

• Abarán Agrupación Musical "Santa Cecilia" de Abarán

• Águilas Patronato Musical Aguileño “Francisco Díaz Romero” • Alcantarilla Asociación de Amigos de la Música de Alcantarilla

• Alhama de Murcia Agrupación Musical de Alhama de Murcia

• Beniaján Agrupación Musical de Beniaján

• Beniel Asociación Musico Cultural Beniel

• Blanca Asociación Musical de Blanca

• Bullas Asociación Escuela Municipal de Música de Bullas

• Cabezo de Torres Agrupación Musical de Cabezo de Torres

• Calasparra Agrupación Musical de Calasparra

• Caravaca Agrupación Musical "San Sebastián" de Caravaca de la Cruz

• Cartagena Agrupación Musical "Los Sauces" Cartagena

• Cehegín Sociedad Musical de Cehegin

• Cieza Banda Municipal Juvenil de Cieza

• El Palmar Asociación Musical El Palmar

• Fortuna Asociación Musical "San Roque" de Fortuna

• Fuente Álamo – Cartagena Agrupación Musical Villa de Fuente Álamo

• Guadalupe Asociación Músico-Cultural "Las Musas" de Guadalupe

• Jumilla Asociación Jumillana de Amigos de la Música

• Jumilla Asociación Musical "Julian Santos" Jumilla

• La Unión – Cartagena Agrupación Musical La Unión

• Mazarrón Asociación Musical "Maestro Eugenio Calderón" de • Molina de Segura Asociación Banda de Música de Molina de Segura

• Molinos Marfagones – Cartagena

Agrupación Musical "Nuestra Señora de la Soledad" de Molinos Marfagones

• Mula Agrupación Musical Muleña

• Pliego Agrupación Musical "Nuestra Señora de los Remedios" de • Pozo Estrecho (Cartagena) Sociedad Artístico Musical "Santa Cecilia" Pozo Estrecho

• San Pedro del Pinatar Unión Musical de San Pedro del Pinatar

• Santomera Asociación Músico Cultural "Euterpe" Santomera

• Torre Pacheco Asociación Amigos de la Música de Torre Pacheco

• Torre Pacheco Unión Musical de Torre Pacheco

• Totana Agrupación Musical de Totana

• Yecla Asociación "Amigos de la Música" de Yecla

8.3. FEDERACIÓN DE COROS DE LA REGIÓN DE MURCIA

2 Datos consultados el 16 de enero de 2015 a las 21:06 de la web http://febandasrmurcia.com/index.php/inicio

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En Murcia se encuentra la Federación de Coros de la Región de Murcia, a la cual se encuentran asociadas un conjunto de coros3: ABARÁN Coral Valle de Ricote

ALCANTARILLA Coral Kantara

ALCANTARILLA Coral Virgen de la Salud

ALHAMA DE MURCIA Coro de la Agrupación Musical de Alhama

CALASPARRA Coral Calasparra

CARAVACA Coro Arsis

CARTAGENA Capilla Musical California Francisco Zabala

CARTAGENA Coral Adolfo Vázquez

CARTAGENA Coral Harmonía

CARTAGENA Coral Magister

CARTAGENA Coral Polifónica Carthagonova

CARTAGENA Coro del I.E.S. Jiménez de la Espada

CARTAGENA Coro Infantil del Conservatorio Profesional de Cartagena

CARTAGENA Coro Iuvenis Musica

CARTAGENA Escuela Coral Sauces

CIEZA Coral Ars Nova

CIEZA Coro Magna Fabula

JUMILLA Coral Jumillana Canticorum

LA UNIÓN Coral Argentum

LORCA Coral Bartolomé Pérez Casas

LORCA Coro del I.E.S. Francisco Ros Giner

LORCA Coro Modus Novus

MOLINA DE SEGURA Coral Artística Armonía

MOLINA DE SEGURA Coral Kodaly

MOLINA DE SEGURA Coral Polifónica Hims Mola

MOLINA DE SEGURA Coro del Conservatorio Profesional de Molina de Segura

MOLINA DE SEGURA Coro Diatessaron

MOLINA DE SEGURA Coros de la Academia Zoltan Kodály

MURCIA Agrupación Coral de Cabezo de Torres

MURCIA Ars Mvsica

MURCIA Capilla Clásica

MURCIA Coral Benedictus

MURCIA Coral Capella Fontes

MURCIA Coral Discantus

MURCIA Coral Ditirambo

MURCIA Coral Nuestra Señora de la Antigua

MURCIA Coral Universitaria de Murcia

MURCIA Coral Universitaria del Aula Mayores

MURCIA Coro Aben Arabi

MURCIA Coro de Alumnos del Conservatorio Profesional de Murcia

MURCIA Coro de la Catedral de Murcia

MURCIA Coro del Centro Cultural de El Esparragal

MURCIA Coro del Centro Cultural de Santa Cruz

MURCIA Coro del I.E.S. Aljada

MURCIA Coro del I.E.S. Licenciado Cascales

3 Datos consultados el 16 de enero de 2015 a las 21:06 de la web http://febandasrmurcia.com/index.php/inicio

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MURCIA Coro del I.E.S. Saavedra Fajardo

MURCIA Coro Iubilate

MURCIA Coro Orlando di Lasso

MURCIA Cuarteto Vocal "Isla de Flores"

MURCIA Grupo Vocal Cororao

MURCIA Grupo Vocal-Instrumental "Miskorus"

MURCIA Orpheus Music

MURCIA Vocal Cluster

SAN JAVIER Coral Santiago Apóstol

SAN JAVIER Coral Stella Maris Björk

TORREVIEJA Coro Manuel Barberá

TOTANA Coral Polifónica Vox Musicalis

YECLA Coral Voces de Hécula

8.4. ORQUESTAS DE CARÁCTER PROFESIONAL EN LA REGIÓN DE MURCIA. • ORQUESTA SINFÓNICA DE LA REGIÓN DE MURCIA

8.5. ORQUESTAS DE CARÁCTER SEMI-PROFESIONAL EN LA REGIÓN DE MURCIA. • CAMERATA DE MURCIA • ORQUESTA CIUDAD DE CARTAGENA • ORQUESTA SINFÓNICA DE LA UCAM

8.6. ASOCIACIONES MUSICALES EN LA REGIÓN DE MURCIA. • ASOCIACIÓN PROMÚSICA DE MURCIA 8.7. SALAS Y ESPACIOS PARA LA MÚSICA EN LA REGIÓN DE MURCIA 8.7.1. Principales salas con programación musical en Murcia • ÁGUILAS AUDITORIO Y PALACIO DE CONGRESOS “INFANTA DOÑA ELENA” • CARTAGENA AUDITORIO Y PALACIO DE CONGRESOS “EL BATEL” • MOLINA DE SEGURA TEATRO VILLA DE MOLINA • MURCIA AUDITORIO Y CENTRO DE CONGRESOS “VICTOR VILLEGAS” • MURCIA TEATRO ROMEA DE MURCIA • MURCIA CENDEAC • MURCIA CENTRO PÁRRAGA • MURCIA FILMOTECA REGIONAL • MURCIA LA CONSERVERA • MURCIA SALA VERÓNICAS

8.7.2. Auditorios municipales de Murcia • ALGEZARES AUDITORIO MUNICIPAL “MIGUEL ÁNGEL CLARES” • BENIAJÁN AUDITORIO Y CENTRO DE ARTES ESCÉNICAS “SEBASTIÁN GÁLVEZ ARCE” • CABEZO DE TORRES AUDITORIO MUNICIPAL DE CABEZO DE TORRES • GUADALUPE AUDITORIO MUNICIPAL DE GUADALUPE • LA ALBERCA AUDITORIO MUNICIPAL DE LA ALBERCA 8.7.3. Otros espacios en la Región • BENIEL CENTRO DE ARTES ESCÉNICAS (CAES) DE BENIEL

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• BLANCA TEATRO VICTORIA

• BULLAS AUDITORIO CASA DE CULTURA DE BULLAS

• CALASPARRA AUDITORIO MUNICIPAL DE CALASPARRA

• CARTAGENA NUEVO TEATRO CIRCO DE CARTAGENA

• CEUTÍ CENTRO CULTURAL CEUTÍ

• CIEZA CENTRO CULTURAL AURELIO GUIRAO

• EL PALMAR TEATRO BERNAL

• JUMILLA TEATRO VICO

• LORCA TEATRO GUERRA

• MURCIA TEATRO CIRCO DE MURCIA

• SAN JAVIER AUDITORIO DE SAN JAVIER Y FESTIVAL INTERNACIONAL DE TEATRO, • TORRE PACHECO CENTRO DE ARTES ESCÉNICAS (CAES)

• TOTANA TEATRO CENTRO SOCIOCULTURAL 'LA CARCEL'

• YECLA TEATRO CONCHA SEGURA

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9. PEC.3. CONSERVATORIOS Y CENTROS DE ENSEÑANZAS SUPERIORES DE MÚSICA EN ESPAÑA.

• A CORUÑA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DA CORUÑA

• ALICANTE CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA ¨OSCAR ESPLÁ¨ DE ALICANTE

• BADAJOZ CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA “BONIFACIO GIL” DE BADAJOZ

• BARCELONA ESCOLA SUPERIOR DE MUSICA DE CATALUNYA

• BARCELONA CONSERVATORI SUPERIOR DE MÚSICA DEL LICEU

• CASTELLÓ CONSERVATORI SUPERIOR DE MÚSICA DE CASTELLÓ

• CÓRDOBA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA "RAFAEL OROZCO" DE CÓRDOBA

• GRANADA REAL CONSERVATORIO SUPERIOR "VICTORIA EUGENIA" DE GRANADA

• JAÉN CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE JAÉN

• MADRID ESCUELA SUPERIOR DE MÚSICA REINA SOFÍA

• MADRID REAL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE MADRID

• MADRID UNIVERSIDAD ALFONSO X EL SABIO

• MADRID CENTRO AUTORIZADO DE ENSEÑANZA MUSICAL KATARINA GURSKA.

• MÁLAGA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE MÁLAGA

• MURCIA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA “MANUEL MASSOTTI” DE MURCIA.

• NAVARRA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE NAVARRA

• OVIEDO CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA “EDUARDO MARTÍNEZ TORNER” DEL • PALMA DE

MALLORCA CONSERVATORI SUPERIOR DE LES ILLES BALEARS

• SALAMANCA CONSERVATORIO SUPERIOR DE CASTILLA Y LEON

• SAN SEBASTIAN CENTRO SUPERIOR DE MÚSICA DEL PAÍS VASCO. MUSIKENE

• SEVILLA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA "MANUEL CASTILLO" DE SEVILLA

• TENERIFE Y LAS PALMAS

CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE CANARIAS (doble sede).

• VALENCIA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MUSICA "JOAQUIN RODRIGO" DE VALENCIA

• VIGO CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE VIGO

• ZARAGOZA CONSERVATORIO SUPERIOR DE MUSICA DE ARAGON

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PEC.4. LA OFERTA EDUCATIVA. LA ADMISIÓN. LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.

10. PEC.4. EL SISTEMA EDUCATIVO. Los estudios musicales están establecidos en tres ciclos denominados Enseñanzas Elementales,

Enseñanzas Profesionales y Enseñanzas Superiores. En nuestra Región, las Enseñanzas Elementales (EEM) están estructuradas en cuatro cursos y

fueron regulados mediante el Decreto nº 58/2008, de 11 de abril por el que se establece la ordenación y el CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA (ver también la Corrección de error, de 23 de abril de 2008, del Decreto número 58/2008, de 11 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música para la Región de Murcia, por omisión de la publicación de sus anexos).

Las Enseñanzas Profesionales (EPM) están estructuradas en seis cursos y viene regulado en nuestra Región mediante el Decreto nº 75/2008, de 2 de mayo, por el que se establece la ordenación y el CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA.

Las Enseñanzas Superiores se dividen en tres ciclos: Grado, que está estructurado en tres o cuatro cursos; Master, estructurado en uno o dos cursos y Doctorado.

Las Enseñanzas Elementales y las Profesionales tienen correspondencia paralela con las Enseñanzas generales, coincidiendo según se observa en el cuadro adjunto.

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De acuerdo con el artículo 1 de la LOE, los principios de la educación en nuestro sistema educativo se configuran de acuerdo con los valores de la Constitución, se asientan en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella y se inspira en los siguientes principios: a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y

circunstancias. b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a

través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad.

c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

d) La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.

e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado. h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y

el conjunto de la sociedad. h bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.

i) La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos.

j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

k) La educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar.

l) El desarrollo, en la escuela, de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.

m) La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.

n) El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. o) La evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los

procesos de enseñanza y aprendizaje como en sus resultados. p) La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la definición, aplicación y

evaluación de las políticas educativas. q) La cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la

planificación e implementación de la política educativa. r) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el

tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.

Así mismo, en el artículo 2 de la LOE establece que el sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines: a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.

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b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad.

c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.

d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal. e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la

cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.

f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.

h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.

i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. j) La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más

lenguas extranjeras. k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica,

social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.

De acuerdo con el artículo 45 de la LOE, los principios de estas enseñanzas son: • Las enseñanzas artísticas tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación

artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño.

De acuerdo con el artículo 1 del Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan

los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los principios de estas enseñanzas son:

• La finalidad de las enseñanzas profesionales de música se ordena en tres funciones básicas: formativa, orientadora y preparatoria para estudios posteriores.

Así mismo, los objetivos generales de las enseñanzas aparecen en el artículo 2 del Real Decreto

1577/2006, y dice que “las enseñanzas profesionales de música tienen como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos y alumnas las capacidades generales y los valores cívicos propios del sistema educativo y, además, las capacidades siguientes”:

• Habituarse a escuchar música y establecer un concepto estético que les permita fundamentar y desarrollar los propios criterios interpretativos.

• Desarrollar la sensibilidad artística y el criterio estético como fuente de formación y enriquecimiento personal.

• Analizar y valorar la calidad de la música. • Conocer los valores de la música y optar por los aspectos emanados de ella que sean más idóneos

para el desarrollo personal. • Participar en actividades de animación musical y cultural que permitan vivir la experiencia de

trasmitir el goce de la música.

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• Conocer y emplear con precisión el vocabulario específico relativo a los conceptos científicos de la música.

• Conocer y valorar el patrimonio musical como parte integrante del patrimonio histórico y cultural.

Finalmente señala en el artículo 3 del Real Decreto 1577/2006, que los objetivos específicos de las

enseñanzas profesionales de música deberán contribuir a que los alumnos y alumnas adquieran las capacidades siguientes:

• Superar con dominio y capacidad crítica los contenidos y objetivos planteados en las asignaturas que componen el currículo de la especialidad elegida.

• Conocer los elementos básicos de los lenguajes musicales, sus características, funciones y transformaciones en los distintos contextos históricos.

• Utilizar el «oído interno» como base de la afinación, de la audición armónica y de la interpretación musical.

• Formar una imagen ajustada de las posibilidades y características musicales de cada uno, tanto a nivel individual como en relación con el grupo, con la disposición necesaria para saber integrarse como un miembro más del mismo o para actuar como responsable del conjunto.

• Compartir vivencias musicales de grupo en el aula y fuera de ella que permitan enriquecer la relación afectiva con la música a través del canto y de participación instrumental en grupo.

• Valorar el cuerpo y la mente para utilizar con seguridad la técnica y poder concentrarse en la audición e interpretación.

• Interrelacionar y aplicar los conocimientos adquiridos en todas las asignaturas que componen el currículo, en las vivencias y en las experiencia propias para conseguir una interpretación artística de calidad.

• Conocer y aplicar las técnicas del instrumento o de la voz de acuerdo con las exigencias de las obras.

• Adquirir y demostrar los reflejos necesarios para resolver eventualidades que surjan en la interpretación.

• Cultivar la improvisación y la transposición como elementos inherentes a la creatividad musical. • Interpretar, individualmente o dentro de la agrupación correspondiente, obras escritas en todos

los lenguajes musicales profundizando en el conocimiento de los diferentes estilos y épocas, así como en los recursos interpretativos de cada uno de ellos.

• Actuar en público con autocontrol, dominio de la memoria y capacidad comunicativa.

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11. PEC.4. ESPECIALIDADES. En el Conservatorio de Música de Murcia pueden estudiarse las siguientes especialidades, tanto en

las Enseñanzas Elementales (EEM) como en las Enseñanzas Profesionales (EPM), excepto donde se especifica lo contrario:

• Acordeón • Arpa • Canto (sólo EPM) • Clarinete • Clave (sólo EPM) • Contrabajo • Fagot • Flauta de pico • Flauta travesera • Guitarra • Instrumentos de púa • Órgano (sólo EPM) • Oboe • Percusión • Piano • Saxofón • Trombón • Trompa • Trompeta • Tuba • Viola • Violín • Violonchelo

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11.1. TIEMPOS LECTIVOS Y RELACIÓN NUMÉRICA EN EEM En el siguiente cuadro puede observarse los tiempos lectivos y la relación numérica

alumno/profesor de las diferentes asignaturas en cada especialidad de las EEM.

ENSEÑANZAS ELEMENTALES (EEM) Tiempos lectivos en todas las especialidades excepto Percusión

Asignaturas Cursos y horas semanales 1º 2º 3º 4º

Instrumento (especialidad)

Clase individual 1h 1h 1h 1h Clase colectiva 1h 1h 1h 1h

Lenguaje musical 2h 2h 2h 2h Coro 1h 1h 1h

De forma coincidente con la hora de clase colectiva, en las especialidades Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta de pico, Flauta travesera, Oboe, Saxofón, Trombón, Trompa,

Trompeta, Tuba, Viola, Violín y Violonchelo se produce un desdobla con el profesor pianista acompañante.

Tiempo lectivo en la especialidad de Percusión

Asignaturas Cursos y horas semanales 1º 2º 3º 4º

Percusión Clase colectiva 2h 2h 2h 2h Lenguaje musical 2h 2h 2h 2h

Coro 1h 1h 1h Relación numérica profesor/alumno en las diferentes asignaturas de las

Enseñanzas Elementales de Música

Instrumento (todas las especialidades salvo Percusión)

Individual 1/1 Clase colectiva (excepto

Piano) 1/8

Clase colectiva (Piano) 1/6 Percusión Clase colectiva 1/5

Lenguaje musical 1/15 Coro 1/30

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11.2. TIEMPOS LECTIVOS EN EPM. En el siguiente cuadro puede observarse los tiempos lectivos en las diferentes asignaturas en EPM.

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Acordeón

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro Dos cursos entre 1º/4º -1,5h Conjunto 1 1 1 1

Total horas semanales 4,5 4,5 4,5 5,5 5,5 6 6,5 6,5

(+1,5) (+1,5) (+1,5) (+1,5) 6 6 6 7

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Canto

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Pianista acompañante 0,25 0,25 0,25 0,25 0,5 0,5 0,25 0,25 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro 1,5 1,5 1,5 Idiomas aplicados (Italiano) 1 1 Idiomas aplicados (Alemán) 1 1 Idiomas aplicados (Francés) 1 1 Idiomas aplicados (Inglés) 1 1 1 Total horas semanales 6,25 7,25 7,25 6,75 7 6,5 7,75 6,75

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Clave y Órgano

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro Dos cursos entre 1º/4º -1,5h Conjunto 1 1 1 Bajo continuo 1 1

Total horas semanales 4 4 5 5 5,5 6 6 6

+1,5) (+1,5) (+1,5) (+1,5) 5,5 5,5 6,5 6,5

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ENSEÑANZAS PROFESIONALES Flauta de Pico e Instrumentos de Púa

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Instrumentista acompañante 0,25 0,25 0,25 0,25 0,5 0,5 0,25 0,25 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro Dos cursos entre 1º/4º -1,5h Conjunto 1 1 1 1

Total horas semanales 4,75 4,75 4,75 5,75 6 6,5 6,75 6,75

(+1,5) (+1,5) (+1,5) (+1,5) 6 6 6 7

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Guitarra

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro Dos cursos entre 1º/4º -1,5h Conjunto 1 1 1 Guitarra aplicada 1 1

Total horas semanales 4,5 4,5 5,5 5,5 5,5 6 6,5 6,5

(+1,5) (+1,5) (+1,5) (+1,5) 6 6 6 7

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Piano

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Conjunto 1 1 1 Acompañamiento 1 1 1 1 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Coro Dos cursos entre 1º/4º -1,5h

Total horas semanales 4 4 5 5 6,5 6 7 6

(+1,5) (+1,5) (+1,5) (+1,5) 5,5 5,5 6,5 6,5

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ENSEÑANZAS PROFESIONALES Arpa, Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta travesera, Oboe, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba, Violín, Viola, Violonchelo

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Orquesta/Banda/Conjunto 2 2 2 2 2 2 2 2 Pianista acompañante 0,25 0,25 0,25 0,25 0,5 0,5 0,25 0,25 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Total horas semanales 5,75 5,75 5,75 6,75 8 8,5 8,75 8,75

ENSEÑANZAS PROFESIONALES Percusión

Asignaturas Cursos y horas semanales

1º 2º 3º 4º Perfil A Perfil B 5º 6º 5º 6º

Instrumento 1 1 1 1 1 1,5 1 1 Lenguaje musical 2 2 Orquesta/Banda/Conjunto 2 2 2 2 2 2 2 2 Piano complementario 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 Armonía 2 2 Música de cámara 1 1 1 1 1 Análisis 1,5 1,5 Historia de la Música 1 1 1 1 Optativas 1 1 1 1 Fundamentos de composición 2 2 Total horas semanales 5,5 5,5 5,5 6,5 7,5 8 8,5 8,5

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11.3. RELACIÓN NUMÉRICA EN EPM En el siguiente cuadro puede observarse los tiempos lectivos y la relación numérica

alumno/profesor de las diferentes asignaturas en EPM.

RELACIÓN NUMÉRICA PROFESOR/ALUMNO EN LAS DIFERENTES ASIGNATURAS DE LAS EPM

Asignaturas individuales 1/1

Instrumento Canto Piano complementario Instrumentista acompañante

Asignaturas grupales de ratio máxima fija

1/5

Acompañamiento Bajo continuo Fundamentos de composición Guitarra aplicada

1/12

Armonía Optativa Educación auditiva Optativa Informática musical Lenguaje musical

1/15 Análisis Historia de la Música Idiomas aplicados al canto

1/30 Coro Asignaturas grupales de ratio mínima fija 1/5 Optativas (salvo Educación

auditiva e Informática) Asignaturas grupales sin ratio determinada

Música de cámara Orquesta/Banda/Conjunto

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12. PEC.4. ¿CÓMO SER ALUMNO DEL CONSERVATORIO? La LOE y el desarrollo normativo que realiza la Región de Murcia prevé cuatro vías de admisión

al conservatorio, ingreso, acceso, traslado y readmisión para ser estudiante de un Conservatorio de Música en la región de Murcia.

Viene regulada la admisión y matriculación en los conservatorios por la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia.

Podríamos hacer un breve resumen según las cuatro vías de acceso: • VÍA INGRESO EN LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA (EEM). Consta de dos

posibles pruebas según el curso de ingreso: o El procedimiento de ingreso a primer curso EEM.

Es la prueba ideal para aquel aspirante que sin tener conocimientos musicales adquiridos previamente, y sin tocar un instrumento, desee ingresar en el conservatorio a cualquier instrumento.

o La prueba de ingreso a curso distinto de primero EEM. Esta prueba requiere conocimientos musicales previos. Es la prueba correcta para aquel aspirante que ya tiene conocimientos adquiridos de Lenguaje musical y toca un instrumento determinado. Parte de la prueba la realizará con el instrumento deseado.

NOTA: El aspirante puede presentarse a ambas pruebas en una misma convocatoria.

• VÍA ACCESO A LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA (EPM). Consta de dos posibles pruebas según el curso de ingreso:

o La prueba de acceso a primer curso EPM. o La prueba de acceso a curso distinto de primero EPM.

NOTA: El aspirante puede presentarse a ambas pruebas en una misma convocatoria.

• VÍA TRASLADO DE CENTRO. Pensado para aquellos que siendo alumnos en un centro que imparta las Enseñanzas Elementales o las Enseñanzas Profesionales de Música deseen continuar sus estudios en otro distinto.

• VÍA READMISIÓN. Pensado para aquellos que deseen reanudar sus estudios en las Enseñanzas Profesionales de Música tras causar baja –por renuncia de matrícula o no haberla formalizado como alumno de las Enseñanzas Profesionales en el centro, y cumplan una serie de requisitos.

Cada año se publica una Resolución que establece el calendario de admisión y los plazos de solicitud y matriculación vigentes para ese curso académico.

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13. PEC.4 EL INGRESO EN LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES Se puede realizar tanto la prueba de ingreso a primer curso, como la de ingreso a curso distinto de

primero de las enseñanzas elementales en una misma convocatoria. No podrán realizar la prueba para ingreso a curso distinto de primero los alumnos matriculados en

las Enseñanzas Elementales de Música en conservatorios y centros privados de la Región de Murcia. Se pueden realizar pruebas de ingreso a curso distinto de primero de las enseñanzas elementales

en diferentes instrumentos. No se podrán simultanear especialidades en las enseñanzas elementales. No se podrán simultanear estudios en las enseñanzas elementales y profesionales.

13.1. INGRESO A PRIMER CURSO EEM El ingreso en primer curso de las EEM se realiza: • Mediante prueba de aptitud que se realiza en la segunda quincena del mes de junio. • No se requiere conocimientos previos ni de un instrumento. • El ingreso se hace al instrumento elija el alumno según la oferta de vacantes y el orden de

puntuación en el que haya quedado en la prueba. • El Decreto 58/2008 establece que la edad mínima para el ingreso en el 1º curso de las Enseñanzas

Elementales será de ocho años a final del año en el que comenzaría los estudios (es decir, el año de la convocatoria) y la máxima de 12. En el caso de tener reconocida documentalmente la flexibilización horaria por sobredotación intelectual, el alumno podría ingresar con 7 años como edad mínima.

13.2. INGRESO A CURSO DISTINTO DE PRIMERO EEM • Mediante prueba de nivel que se realiza en la segunda quincena del mes de junio. • Se realiza con el instrumento de la especialidad a la que el aspirante desee ingresar. • Se requieren conocimientos previos de un instrumento y de Lenguaje musical y se dividirá en dos

partes: A y B. • Se tendrá como referente los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las asignaturas de

los cursos anteriores al que se pretende ingresar. • La parte A se realizará con el instrumento y consistirá en la interpretación de dos piezas musicales

que serán elegidas libremente por el aspirante. • La parte A podrá incluir además un ejercicio de lectura a vista con el instrumento de un texto de

escritura específica instrumental, adecuado al nivel. Se valorará: la coordinación psicomotriz, el sentido del pulso, el conocimiento de la escritura propia del instrumento, el control técnico y la expresividad musical adecuados al nivel.

• El alumnado se presentará por un curso concreto 2º, 3º o 4º, pero será el tribunal de la prueba el que determinará el curso de acuerdo con el rendimiento global demostrado.

• La parte B evaluará los conocimientos del lenguaje musical en lo referente a: ritmo, entonación y capacidad auditiva.

• Constará de diversos ejercicios: Cada ejercicio se estructura graduando internamente sus contenidos, de tal manera que, mediante un ejercicio único para cada bloque de contenidos (ritmo, entonación y audición), se pueda valorar el grado de desarrollo de las capacidades y el nivel de los conocimientos necesarios para acceder a un curso concreto.

• El aspirante deberá realizar todos los ejercicios que componen la parte B, graduando el tribunal sus contenidos según los resultados obtenidos en la parte A y será necesario realizar todos los ejercicios para obtener la media correspondiente. Se precisará una calificación mínima de cinco en cada una de las partes para hacer la media final.

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• La calificación final de la prueba de ingreso a curso distinto de primero de las Enseñanzas Elementales de Música se obtendrá realizando la media aritmética de sus dos partes.

• El Decreto 58/2008 establece que la edad mínima y máxima para el ingreso a curso distinto del 1º será, a final del año en el que comenzaría los estudios (es decir, el año de la convocatoria):

o para 2º curso, mínima de 9 y máxima de 13 años. o para 3º curso, mínima de 10 y máxima de 14 años. o para 4º curso, mínima de 11 y máxima de 15 años.

• En el caso de tener reconocida documentalmente la flexibilización horaria por sobredotación intelectual, el alumno podría ingresar con 1 año menos de edad según el curso al que correspondiera.

13.3. ANEXOS INFORMATIVOS DEL CONTENIDO DE LAS PRUEBAS DE ADMISIÓN EN LAS

ENSEÑANZAS ELEMENTALES El contenido de las pruebas para ingresar en el centro es: • Para el procedimiento de ingreso a 1º curso de las Enseñanzas Elementales de Música es el

descrito en la Resolución 54/2013, de 4 de abril, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se autoriza la modificación del procedimiento de ingreso en las Enseñanzas Elementales de Música establecido en la Resolución 86/2009, de 17 de junio, de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que se autoriza al Conservatorio de Música de Murcia el procedimiento de ingreso en las Enseñanzas Elementales de Música.

• Extracto normativo sobre las pruebas de ingreso a las enseñanzas elementales, a curso distinto de 1º.

• Información para la realización de la prueba de ingreso a curso distinto de 1º de las Enseñanzas Elementales en las especialidades de:

o Acordeón curso distinto de 1º EEM o Arpa curso distinto de 1º EEM o Clarinete curso distinto de 1º EEM o Contrabajo curso distinto de 1º EEM o Fagot curso distinto de 1º EEM o Flauta de pico curso distinto de 1º EEM o Flauta travesera curso distinto de 1º EEM o Guitarra curso distinto de 1º EEM o Instrumentos de púa curso distinto de 1º EEM o Oboe curso distinto de 1º EEM o Percusión curso distinto de 1º EEM o Piano curso distinto de 1º EEM o Saxofón curso distinto de 1º EEM o Trombón curso distinto de 1º EEM o Trompa curso distinto de 1º EEM o Trompeta curso distinto de 1º EEM o Tuba curso distinto de 1º EEM o Viola curso distinto de 1º EEM o Violín curso distinto de 1º EEM o Violonchelo curso distinto de 1º EEM

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14. PEC.4. EL ACCESO EN LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES Se puede realizar tanto la prueba de ingreso a primer curso, como la de ingreso a curso distinto

de primero de las enseñanzas profesionales en una misma convocatoria. No podrán realizar la prueba de acceso los alumnos matriculados en las Enseñanzas

Profesionales de Música en otros conservatorios y centros autorizados. Se pueden realizar pruebas de acceso tanto a primero como a curso distinto de primero de las

enseñanzas profesionales en diferentes instrumentos y también se pueden simultanear especialidades en las enseñanzas profesionales.

No se podrán simultanear estudios en las enseñanzas elementales y profesionales.

14.1. ACCESO A PRIMER CURSO EPM El acceso se realiza mediante: • Prueba de nivel que se realiza en la segunda quincena del mes de junio. • Se realizaran dos pruebas, A y B. • La parte A, que se realizará al instrumento o con la voz, valorará: el control técnico, la ejecución

correcta y la expresión musical del aspirante. • Se interpretarán tres composiciones musicales pertenecientes a distintos estilos. • Como mínimo una deberá interpretarse de memoria. • Las composiciones serán elegidas libremente por el aspirante. • Quien presente repertorio que precise acompañamiento estará obligado a interpretarlo con él. • En las especialidades de Clave y Órgano podrá realizarse la prueba con un instrumento afín, es

decir, el Piano. • En Canto se interpretarán dos composiciones musicales pertenecientes a distintos estilos. • La parte B tiene como objetivo evaluar: las capacidades musicales generales, el desarrollo de las

habilidades y la asimilación de conocimientos propios de otras asignaturas del currículo. • El aspirante deberá realizar todos los ejercicios para obtener la media correspondiente.

14.2. ACCESO A CURSO DISTINTO DE PRIMERO EPM El acceso se realiza mediante: • Prueba de nivel que se realiza en la segunda quincena del mes de junio. (Ver cada especialidad en

el punto siguiente) • La parte A valorará al instrumento o con la voz: el control técnico, la ejecución correcta y la

expresión musical del aspirante. • La parte B tiene como objetivo evaluar: las capacidades musicales generales, el desarrollo de las

habilidades y la asimilación de conocimientos propios de otras asignaturas del currículo. • El alumnado se presentará por un curso concreto 2º, 3º, 4º, 5º o 6º. • El aspirante deberá realizar todos los ejercicios para obtener la media correspondiente. • El tribunal de la prueba determinará el nivel entre los cursos 2º a 6º de las Enseñanzas

profesionales de acuerdo con el rendimiento global demostrado. 14.3. ANEXOS INFORMATIVOS DEL CONTENIDO DE LAS PRUEBAS DE ADMISIÓN EN LAS

ENSEÑANZAS PROFESIONALES El contenido de las pruebas para acceder al centro en las Enseñanzas Profesionales es: • PRIMER CURSO DE EPM

o Especialidad de Canto 1º EPM o Extracto normativo sobre las pruebas de acceso a 1º de las Enseñanzas Profesionales,

común a todas las especialidades, excepto Canto.

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o Prueba de acceso a 1º de las Enseñanzas Profesionales en las especialidades de: Acordeón 1º EPM Arpa 1º EPM Clarinete 1º EPM Clave 1º EPM Contrabajo 1º EPM Fagot 1º EPM Flauta de pico 1º EPM Flauta travesera 1º EPM Guitarra 1º EPM Instrumentos de púa 1º EPM Oboe 1º EPM Órgano 1º EPM Percusión 1º EPM Piano 1º EPM Saxofón 1º EPM Trombón 1º EPM Trompa 1º EPM Trompeta 1º EPM Tuba 1º EPM Viola 1º EPM Violín 1º EPM Violonchelo 1º EPM

• CURSO DISTINTO DE PRIMERO DE EPM

o Extracto normativo sobre las pruebas de acceso a las Enseñanzas Profesionales, común a todas las especialidades, a curso distinto de 1º.

o Prueba de acceso a curso distinto de 1º de las Enseñanzas Profesionales en las especialidades de: Acordeón curso distinto de 1º EPM Arpa curso distinto de 1º EPM Canto curso distinto de 1º EPM Clarinete curso distinto de 1º EPM Clave curso distinto de 1º EPM Contrabajo curso distinto de 1º EPM Fagot curso distinto de 1º EPM Flauta de pico curso distinto de 1º EPM Flauta travesera curso distinto de 1º EPM Guitarra curso distinto de 1º EPM Instrumentos de púa curso distinto de 1º EPM Oboe curso distinto de 1º EPM Órgano curso distinto de 1º EPM Percusión curso distinto de 1º EPM Piano curso distinto de 1º EPM Saxofón curso distinto de 1º EPM Trombón curso distinto de 1º EPM Trompa curso distinto de 1º EPM Trompeta curso distinto de 1º EPM Tuba curso distinto de 1º EPM

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Viola curso distinto de 1º EPM Violín curso distinto de 1º EPM Violonchelo curso distinto de 1º EPM

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15. PEC.4. TRASLADO. READMISIÓN. VACANTES SOBREVENIDAS. SIMULTANEIDAD DE ESPECIALIDADES

15.1. TRASLADO DE CENTRO En el procedimiento de traslado en las enseñanzas se atendrá a lo dispuesto en la Resolución de 11

de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia.

En los siguientes artículos aparece información clave sobre los traslados: SEXTO, NOVENO, DECIMOTERCERO, DECIMOCUARTO, DECIMOQUINTO, VIGÉSIMO SEGUNDO, VIGÉSIMO TERCERO, VIGÉSIMO QUINTO, VIGÉSIMO SEXTO y TRIGÉSIMO PRIMERO. 15.2. READMISIÓN EN LAS ENSEÑANZAS

En el procedimiento de readmisión en las enseñanzas se atendrá a lo dispuesto en la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia.

En los siguientes artículos aparece información clave sobre la readmisión: SEXTO, NOVENO, DÉCIMO, DECIMOTERCERO, DECIMOCUARTO, VIGÉSIMO CUARTO, VIGÉSIMO SEXTO, VIGÉSIMO NOVENO y ANEXO PRIMERO. 15.3. PROCEDIMIENTO DE OFERTA DE VACANTES. VACANTES SOBREVENIDAS.

El procedimiento de adjudicación de vacantes sobrevenidas viene regulado en la Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se dictan instrucciones para la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia.

En los siguientes artículos aparece información clave sobre las vacantes sobrevenidas: DECIMOQUINTO, DECIMOSEXTO, SECIMOSÉPTIMO, DECIMONOVENO, VIGÉSIMO PRIMERO, VIGÉSIMO TERCERO, VIGÉSIMO CUARTO, VIGÉSIMO QUINTO, VIGÉSIMO SEXTO, VIGÉSIMO SÉPTIMO, VIGÉSIMO NOVENO y TRIGÉSIMO SEGUNDO.

15.4. SIMULTANEIDAD DE ESPECIALIDADES • La simultaneidad de especialidades en las Enseñanzas Profesionales de Música está supeditada,

conforme al artículo 10.6 del Decreto 75/2008, de 2 de mayo, a la superación de las correspondientes pruebas de acceso y a la obtención posterior de plaza. Para ello los alumnos deberán tomar parte del proceso de admisión, solicitando el acceso a la especialidad correspondiente.

• No hay posibilidad de simultanear especialidades en las enseñanzas elementales. • Los alumnos que cursen más de una especialidad sólo cursarán las asignaturas que sean comunes

una sola vez.

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16. PEC.4. LA OFERTA DE ASIGNATURAS OPTATIVAS En el siguiente enlace podemos observar la oferta de asignaturas optativas en el centro. • El alumno deberá cursar obligatoriamente una asignatura optativa en 5º EPM y otra en 6º

EPM. • Así mismo podrá solicitar cursar hasta dos asignaturas optativas en cada uno de esos cursos,

no obstante la superación de dos optativas en 5º curso no le eximirá de realizar una optativa al menos en 6º.

• En el caso del alumnado que curse el Perfil B (con Fundamentos de composición y Piano complementario), una de las optativas deberá ser obligatoriamente Educación auditiva o Informática musical.

A continuación se realiza un resumen de las características de las asignaturas optativas que tiene autorizadas el centro:

1. OPTATIVA APROXIMACIÓN AL LENGUAJE DEL JAZZ. 2. OPTATIVA CONCIENCIACIÓN CORPORAL. 3. OPTATIVA EDUCACIÓN AUDITIVA. 4. OPTATIVA ESTILO Y FORMA EN LA MÚSICA DE CÁMARA. 5. OPTATIVA INFORMÁTICA MUSICAL. 6. OPTATIVA INTRODUCCIÓN A LA GUITARRA DE ACOMPAÑAMIENTO. 7. OPTATIVA JAZZ MODERNO. DEL BE BOP AL NEO BOP. 8. OPTATIVA MÚSICA E IMAGEN. 9. OPTATIVA PIANO APLICADO. 10. OPTATIVA SISTEMA CONSCIENTE DE LA TÉCNICA DEL MOVIMIENTO.

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16.1. OPTATIVA APROXIMACIÓN AL LENGUAJE DEL JAZZ FICHA DE LA ASIGNATURA Aproximación al lenguaje del jazz Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Jazz, Improvisación

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

Al intérprete de música escrita le pueden interesar más o menos los recursos compositivos de cada época, pero su conocimiento en profundidad no es imprescindible para la interpretación de una partitura.

Para el músico de jazz, el conocimiento de los recursos compositivos, además de los interpretativos, constituye la herramienta con la que ha de forjar su propio discurso, más creativo e interesante cuanto más profundos sean estos conocimientos, no sólo de la música de jazz, sino también de cualquier otro estilo musical.

En otras épocas de la historia musical europea se ha improvisado, como en el barroco, ideando códigos que pudieran entender todos los músicos, independientemente de su origen, tal como ocurre ahora con la música de jazz.

Una composición primero se improvisa y luego se elabora. Por eso aprender la música de improvisación puede significar para el alumno un camino que le ayude a comprender con mayor profundamente el hecho musical en toda su dimensión.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA

La metodología utilizada en esta asignatura se basa en la práctica del repertorio jazzístico precedida de pautas teóricas básicas, tomando como referencia versiones discográficas de cada tema por diferentes intérpretes. De esta forma el alumno, partiendo de dichos principios teóricos, deberá recrear sus improvisaciones con base a un trabajo de búsqueda personal que le haga descubrir cuáles son sus fórmulas melódicas y armónicas preferidas, tomando ejemplos de otros intérpretes. El estudio sistemático de dichas fórmulas, planteadas en todas las tonalidades, permitirá al alumno interiorizarlas y mecanizarlas de manera que puedan surgir espontáneamente durante las improvisaciones.

El vocabulario del músico de jazz ha de ser extenso para que sus improvisaciones sean amenas y su discurso variado. Es importante hacer saber al alumno que no debe exponer todos los recursos que conoce en una sola improvisación y, sin perder nunca la referencia que es la melodía del tema, debe confiar en que su sentido melódico le oriente a la hora de proyectar y enlazar las frases aprendidas.

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16.2. OPTATIVA CONCIENCIACIÓN CORPORAL FICHA DE LA ASIGNATURA Concienciación corporal Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Relajación y puesta en escena

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

Relación máxima profesor/alumno 1/20. El alumnado que desee cursarla solo podrá matricularse en ella en un curso académico.

Los instrumentistas realizamos movimientos que implican cadenas musculares. Repetimos millones de veces acciones y a menudo no somos conscientes de los músculos que están interviniendo. Con frecuencia empleamos más esfuerzo del necesario para tocar el instrumento, sobrecargando así nuestros músculos, tendones y articulaciones. Los deportistas y bailarines son muy conscientes de que la práctica de sus disciplinas conlleva acciones musculares repetidas y que para no sobrecargarse deben comenzar y terminar con estiramientos y un calentamiento de todos los músculos implicados en su actividad. Sin embargo, desgraciadamente los músicos, al no realizar un ejercicio anaeróbico, a menudo han ignorado la necesidad de cuidar y preparar el cuerpo para la ejecución musical. Así los que han tenido una naturaleza más fuerte y un temperamento más relajado han podido llegar a tocar su instrumento sin que ello les haya causado lesiones. Pero cada vez encontramos más casos de jóvenes que ven truncada su carrera musical por tendinitis y otros problemas físicos que se podrían haber evitado con unos cuidados y una atención a la parte física de la ejecución. Esta asignatura pretende enseñar esos cuidados mediante la práctica de estiramientos propios del yoga, otros más específicos para músicos, así como la importancia de la disociación muscular, de emplear en cada acción el esfuerzo necesario e implicar sólo los músculos que lo requieran, otorgando especial importancia a la relajación.

Con esta asignatura de carácter eminentemente práctico, se pretende mejorar la condición física y mental del músico, flexibilizando y tonificando sus músculos y articulaciones a la vez que consiguiendo una mayor relajación y dominio de la mente: “mente sana in corpore sano”. La práctica continuada de estos estiramientos (asanas) ha demostrado los siguientes beneficios:

o mejora del equilibrio y la postura, o mejor concentración y respiración, o reducción del cansancio mental, o mejor circulación y respiración, o pérdida de peso, o alivio de estados tales como el insomnio, el dolor de cabeza, el dolor de espalda, el

estreñimiento, la sinusitis y el asma. Los alumnos por lo general en estos últimos cursos de enseñanzas profesionales de música

padecen de un nivel de estrés bastante considerable, ya que la mayoría combina sus estudios de bachiller con los del conservatorio. Esta asignatura les va a ayudar a reducir o eliminar su estrés, dejando escapar las tensiones y liberando grandes reservas de energía. A la misma vez la concentración mental en el estiramiento coordinada con una respiración profunda, se convierte en una disciplina mental que les será muy útil en sus horas de estudio y en sus ejecuciones en público.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA Planteamiento de las clases

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El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada alumno y a las circunstancias que rodean cada sesión. • PUESTA A PUNTO, 5 MINUTOS: En este tiempo el alumno prepara el aula y el material para la sesión: esterilla, ropa, equipo de música, etc. • CALENTAMIENTO, 10 MINUTOS: El alumno empieza realizando un calentamiento los principales músculos y articulaciones. • PARTE PRINCIPAL, 35 MINUTOS:

o Estiramientos basados en “asanas” de Yoga y otros específicos para músicos. o Ejercicios de disociación muscular (1 vez al mes).

• FINAL, 10 MINUTOS: o Técnicas de relajación. o El profesor resume al alumno todo lo dicho durante la sesión.

El profesor en el transcurso de la sesión anotará en su Diario de Clase las observaciones que crea necesarias para la evaluación y calificación del alumnado. Principios metodológicos y específicos de la asignatura:

o Partir del estado físico actual de los alumnos. o El profesor como guía para el desarrollo de las habilidades del alumno. o Atención al progreso en la ejecución de los ejercicios. o Evaluar de forma continua y personalizada. Cada día se llevará a cabo un seguimiento

personalizado a cada alumno para comprobar la correcta realización de los ejercicios.

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16.3. OPTATIVA EDUCACIÓN AUDITIVA FICHA DE LA ASIGNATURA Educación auditiva Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Ampliación

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

La música se percibe mediante los procesos auditivos, a través de ellos y con una adecuada formación, se desarrolla la capacidad musical. La educación auditiva ha de basarse en la experiencia consciente y activa del mundo sonoro. La audición es la función básica y fundamental de la conducta musical. El avance del alumno en la apreciación de los sonidos musicales y sus parámetros le permitirá escuchar música con atención, comprendiéndola y siendo capaz de describir y diferenciar lo que oye con un vocabulario musical apropiado.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA El proceso educativo seguirá los principios de actividad constructiva:

a) Intervención alternativa de los alumnos en una audición, marcando el tiempo, acento o subdivisión para reconocer el fraseo.

b) Estudio del acorde de dominante y en especial la sensible para captar la modulación y el sentido de la nueva tónica.

c) Cantar a tantas voces como notas tenga el acorde que queremos practicar, comenzando por los intervalos armónicos.

d) Insistir en la práctica individual de intervalos y el canto "a capella". e) En todas las actividades se seguirá un proceso comparativo entre el ejercicio realizado por

el alumno y lo que pretendemos conseguir para una adecuada corrección. f) Cantar y tocar al piano simultáneamente pequeños ejercicios a dos voces. g) Desarrollar la capacidad auditiva para discernir la tonalidad y la modalidad a través del

repertorio de obras y canciones. h) Memorizar tanto temas conocidos como otros fragmentos para su posterior escritura. i) Incluir variantes dinámicas, agógicas y de articulación en canciones conocidas para

practicar todos los aspectos de la expresión musical. j) Práctica ágil de ordenamientos en la escala, a modo de dibujos melódicos sobre un sonido o

bien sobre un arpegio, siguiendo el encadenamiento de quintas. k) Adecuar la obra elegida en las audiciones a los elementos que deba reconocer el alumno:

formales, tímbricos, modulatorios, modales, etc. En cualquier actividad tendremos en cuenta el nivel previo del alumno y sus intereses particulares dentro de la música (pedagogía, musicología, composición, interpretación, etc.) para buscar estrategias diversas que motiven su aprendizaje, proporcionando siempre las herramientas necesarias que les haga capaces de aprender por sí mismos.

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16.4. OPTATIVA ESTILO Y FORMA EN LA MÚSICA DE CÁMARA. FICHA DE LA ASIGNATURA Estilo y forma en la música de cámara Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Ampliación Ámbito Fundamentos de composición y Análisis

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA • METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA

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16.5. OPTATIVA INFORMÁTICA MUSICAL FICHA DE LA ASIGNATURA Informática musical Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Nuevas tecnologías

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

Desde principios del siglo XX, con la invención de la bombilla y la aplicación de la electricidad a los diversos avances que de ésta se derivan, comienza una enorme evolución tecnológica que crece de forma exponencial hasta llegar a nuestros días.

Desde las válvulas de radio hasta los microchips de múltiples cuerpos pasando por los transistores (precursores de los microprocesadores), todos es el fruto de dicha evolución que ha hecho cambiar la sociedad donde vivimos más en un solo siglo que en todos los siglos precedentes de la humanidad.

Esta revolución tecnológica de la que hablamos ha repercutido y revolucionado completamente todos los órdenes, campos y facetas de la vida humana y por supuesto también en la música.

Es una historia apasionante que nos lleva desde el registro de sonidos con los medios primitivos en bobinas de cera realizados por Thomas Alva Edison, hasta la moderna tecnología digital, o desde la monstruosa “Telharmonium” de Thaddeus Cahill hasta los modernos instrumentos virtuales, pasando por la era de los 60-70 que vieron el nacimiento de los sintetizadores Moog.

Así como la música de Jazz supuso revolucionó la técnica de los instrumentos tradicionales como la trompeta, clarinete etc., El Rock progresivo de los 60 y 70 con grupos como Yes, Pink Floid, Emerson Lake and Palmer entre otros, supuso un enorme avance para la creación de nuevos instrumentos electrónicos.

Más adelante el nacimiento del MIDI supondrá un hito que marcará el destino de los futuros instrumentos y será el comienzo de la utilización de las computadoras aplicadas a la música. Se diseñará todo tipo de software que facilitarán la vida del músico y le abrirán todo un universo de posibilidades al poder grabar música o editar partituras con una flexibilidad nunca antes conocida. Así mismo la aplicación de la tecnología digital en el campo de la grabaciones acústicas va a traer consigo una flexibilidad el tratamiento sonoro que tiempo antes hubiera parecido mágica. La introducción al campo tecnológico musical permitirá al futuro músico todo un universo de posibilidades que podrá aplicar en los distintos campos de la música en la actualidad.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA Planteamiento de las clases El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada grupo y a las circunstancias que rodean cada sesión. Así pues podrá constar de las siguientes partes: • En la edición y utilización de programas informáticos se seguirá una práctica tutorial sobre

los alumnos:

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o Explicación de contenidos: El profesor explica los contenidos sobre la proyección que se realiza en la pantalla.

o Realización de la acción: Posteriormente la clase entera realizará cada acción paso por paso junto con el profesor.

o Repetición de la acción: Todo el proceso se repetirá junto con el profesor varias veces hasta que quede asimilado.

o Realización independiente de la acción: Para finalizar, el alumno realizará el proceso sólo, sin la guía del profesor.

o Final, 5 minutos: El profesor resume al alumno todo lo dicho durante la sesión al alumno. Es recomendable que el alumno tenga una libreta o agenda en la cual se anotarán los ejercicios, etc. que tiene que trabajar en casa para la siguiente sesión.

• En la explicación de conceptos técnicos o históricos se proyectarán imágenes o

presentaciones en pantalla para su mayor compresión. • En la explicación de técnicas de grabación y de contenidos eminentemente prácticos se usará

material procedente del estudio grabación del centro para que los alumnos experimenten prácticamente los aspectos teóricos de los diferentes contenidos.

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16.6. OPTATIVA INTRODUCCIÓN A LA GUITARRA DE ACOMPAÑAMIENTO. FICHA DE LA ASIGNATURA Introducción a la guitarra de acompañamiento Especialidades Todas excepto Guitarra Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Música moderna/ Música y folclore de la Región de Murcia

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

La asignatura Introducción a la guitarra de acompañamiento es una asignatura optativa, específica de este centro, que se oferta a los alumnos de los cursos 5º o 6º de EPM. Dicha asignatura fue autorizada por la Resolución 97/2009, de 28 de julio, de la Dirección General de Ordenación académica, para ser impartida a partir del curso 2009-2010.

Relación máxima profesor/alumno 1/8. El alumnado que desee cursarla solo podrá matricularse en ella en un curso académico. El aprendizaje de la guitarra aporta al músico una nueva perspectiva de sus conocimientos de armonía y contribuye a conocer mejor las características de la música popular de la Región de Murcia y en general de la música española (esquemas armónico-formales). Además permitirá al alumno conocer las tonalidades y esquemas armónicos y rítmicos propios de la música pop (popular-moderna) y practicarla en un instrumento muy accesible y arraigado tanto en nuestras raíces musicales como en la música actual. Esta asignatura permite conocer el funcionamiento de un instrumento polifónico distinto al piano, con sus propias particularidades y por extensión un acercamiento a los instrumentos de cuerda pulsada con diapasón que puede ser útil en la interpretación con el propio instrumento de los estilos de música mencionados arriba y a tener una concepción aproximada del funcionamiento de estos instrumentos cara a posibles estudios de instrumentación. Además contribuye a desarrollar el sentido del ritmo (mano derecha). En definitiva aporta al alumno, especialmente a aquellos que estudian un instrumento monódico, un punto de vista distinto y la ampliación de sus estudios musicales.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada alumno y a las circunstancias que rodean cada sesión. • PUESTA A PUNTO, 5 MINUTOS: En este tiempo el alumno prepara el aula y el material para la sesión. • CALENTAMIENTO, 10 MINUTOS: Ejercicios técnicos con ambas manos. • PARTE TEÓRICA, 15 MINUTOS: Trabajo de nuevos acordes, escalas y fórmulas de mano derecha. • PARTE PRÁCTICA, 25 MINUTOS: Aplicación de los contenidos trabajados en las canciones del repertorio del curso. • FINAL, 5 MINUTOS:

El profesor resume al alumno todo lo dicho durante la sesión. Es recomendable que el alumno tenga una libreta o agenda en la cual se anotarán los ejercicios específicos de mecanismo, canciones, etc. que el alumno tiene que trabajar en casa para la siguiente sesión. Después recoge el instrumento.

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16.7. OPTATIVA JAZZ MODERNO. DEL BE BOP AL NEO BOP FICHA DE LA ASIGNATURA Jazz moderno Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Jazz, Improvisación

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

Al intérprete de música escrita le pueden interesar más o menos los recursos compositivos de cada época, pero su conocimiento en profundidad no es imprescindible para la interpretación de una partitura.

Para el músico de jazz, el conocimiento de los recursos compositivos, además de los interpretativos, constituye la herramienta con la que ha de forjar su propio discurso, más creativo e interesante cuanto más profundos sean estos conocimientos, no sólo de la música de jazz, sino también de cualquier otro estilo musical.

En otras épocas de la historia musical europea se ha improvisado, como en el barroco, ideando códigos que pudieran entender todos los músicos, independientemente de su origen, tal como ocurre ahora con la música de jazz.

Una composición primero se improvisa y luego se elabora. Por eso aprender la música de improvisación puede significar para el alumno un camino que le ayude a comprender con mayor profundamente el hecho musical en toda su dimensión.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA La metodología utilizada en esta asignatura se basa en la práctica del repertorio jazzístico

precedida de pautas teóricas básicas, tomando como referencia versiones discográficas de cada tema por diferentes intérpretes. De esta forma el alumno, partiendo de dichos principios teóricos, deberá recrear sus improvisaciones con base a un trabajo de búsqueda personal que le haga descubrir cuáles son sus fórmulas melódicas y armónicas preferidas, tomando ejemplos de otros intérpretes. El estudio sistemático de dichas fórmulas, planteadas en todas las tonalidades, permitirá al alumno interiorizarlas y mecanizarlas de manera que puedan surgir espontáneamente durante las improvisaciones.

El vocabulario del músico de jazz ha de ser extenso para que sus improvisaciones sean amenas y su discurso variado. Es importante hacer saber al alumno que no debe exponer todos los recursos que conoce en una sola improvisación y, sin perder nunca la referencia que es la melodía del tema, debe confiar en que su sentido melódico le oriente a la hora de proyectar y enlazar las frases aprendidas.

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16.8. OPTATIVA MÚSICA E IMAGEN. FICHA DE LA ASIGNATURA Música e imagen Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Nuevas tecnologías

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

La asignatura Música e imagen es una asignatura optativa, específica de este centro, que se oferta a los alumnos de los cursos 5º o 6º de EPM. Dicha asignatura fue autorizada por la Resolución 109/2012, de 14 de septiembre, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas adultas, para ser impartida a partir del curso académico 2012-2013.

La relación máxima profesor/alumno es 1/12. El alumnado que desee cursarla solo podrá matricularse en ella en un curso académico.

Desde la antigüedad hasta nuestros días la música ha acompañado siempre a actos de representaciones teatrales o a ceremonias religiosas o paganas.

Mucho más recientemente, desde la invención de los hermanos Lumiere hasta el cine y la televisión de nuestros días, música e imagen han ido unidas, recorriendo juntas un camino apasionante, repleto de avances tecnológicos; Y se ha creado entre ellas, una relación simbiótica en las que ambas salen fortalecidas y en la que unidas llegan a niveles de expresividad y comunicación que nunca podrían alcanzar por separado.

Un altísimo porcentaje de la música compuesta será aplicada a la imagen, ya sea en películas, publicidad, programas televisivos, actuaciones en directo, etc. Todos son estos actos son demandantes de música para sus producciones y ésta será interpretada por músicos de conservatorio.

El conservatorio actualmente cuida y forma al músico en todas las facetas estrictamente musicales que le son necesarias, pero sufre de una absoluta carencia en ofrecer al alumno cuando menos un somero conocimiento en todo lo que se refiere al otro componente de la simbiosis de la que hemos hablado, es decir: La imagen.

Esta asignatura pretende cuanto menos paliar esta situación, abriendo nuevos horizontes a futuros músicos o simplemente satisfacer la curiosidad de los alumnos interesados en conocer las técnicas de interacción de la Música con la Imagen.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA Planteamiento de las clases Duración, 60 minutos El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada grupo y a las circunstancias que rodean cada sesión. Así pues podrá constar de las siguientes partes:

o EXPLICACIÓN DE CONTENIDOS: El profesor explica los contenidos sobre la proyección que se realiza en la pantalla.

o REALIZACIÓN DE LA ACCIÓN: Posteriormente la clase entera realizará cada acción paso por paso junto con el profesor.

o REPETICIÓN DE LA ACCIÓN: Todo el proceso se repetirá junto con el profesor varias veces hasta que quede asimilado.

o REALIZACIÓN INDEPENDIENTE DE LA ACCIÓN: Para finalizar, el alumno realizará el proceso sólo, sin la guía del profesor.

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o FINAL, 5 MINUTOS: El profesor resume al alumno todo lo dicho durante la sesión al alumno. Es recomendable que el alumno tenga una libreta o agenda en la cual se anotarán los ejercicios, etc. que tiene que trabajar en casa para la siguiente sesión.

El profesor en el transcurso de la sesión anotará en su Diario de Clase las observaciones que crea necesarias para la evaluación y calificación del alumno. Consideraciones respecto al desarrollo del curso y de las clases:

o La clase será eminentemente práctica. o Todas las explicaciones de los contenidos teóricos tendrán una proyección o un fragmento

de audio que los ilustre. o Durante todo el curso se proyectarán secuencias de películas, para que los alumnos

realicen diversos ejercicios y en donde se verá la aplicación práctica de todos los contenidos como: la función que realiza la música en según qué tipo de secuencias cinematográfica, tipos de plano, encuadre, ángulo, movimientos de la cámara etc.

o Con una cámara se practicarán los distintos tipos encuadre, toma de planos y ángulo, movimiento de la cámara etc.

o Cada alumno utilizara el ordenador para editar las secuencias de Video y Audio con el software adecuado.

o Se formarán equipos de alumnos que simulen los diferentes equipos de producción de una película para trabajar en la filmación de un jingle publicitario.

o Se formarán equipos de rodaje para la toma de secuencias. o Se recrearán todos los procesos de producción de una película para realizar un proyecto de

una película documental de unos 5 minutos. Esto conllevará organizar equipos de trabajo simulando los distintos equipos de producción de un film.

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16.9. OPTATIVA PIANO APLICADO. FICHA DE LA ASIGNATURA Piano aplicado Especialidades Todas excepto Clave, Órgano y Piano Perfil A Ampliación/ Nuevos contenidos Ampliación

Ámbito Nuevas tecnologías/ Fundamentos de composición y Análisis/ Relajación y puesta en escena

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

La asignatura Piano aplicado es una asignatura optativa, específica de este centro, que se oferta a los alumnos de los cursos 5º o 6º de EPM. Dicha asignatura fue autorizada por la Resolución 97/2009, de 28 de julio, de la Dirección General de Ordenación académica, para ser impartida a partir del curso 2011-2012.

Relación máxima profesor/alumno 1/5. El alumnado que desee cursarla solo podrá matricularse en ella en un curso académico. La asignatura optativa de piano aplicado se fundamenta en los siguientes puntos:

1. Proporciona a los alumnos que eligen dirigirse hacia el perfil A, la posibilidad de tener un año más de formación polifónica a través del piano.

2. Para aquellos que van a continuar sus estudios superiores, sería como una asignatura puente entre el 4º de enseñanzas profesionales y el superior. Es útil para ampliar los conocimientos de aquellos que finalizan su 4º de enseñanzas profesionales, y a la vez permite una continuidad que evita la desmotivación y el posible fracaso en el primer curso del superior por los dos años sin contacto con el instrumento .

3. Esta optativa permite además al alumno llevar a la práctica y comprender mejor contenidos desarrollados en otras asignaturas como el análisis. Para ello es importante la coordinación didáctica del profesorado de esta optativa con la del resto de asignaturas.

4. La optativa es de 5 alumnos. Esto proporciona un dinamismo a la clase del que carecen las individuales de piano complementario. En una clase en la que concurren alumnos de diferentes instrumentos, el intercambio de ideas, el desarrollo de la autocrítica, el poder realizar actividades en grupo, enriquecen, ayudan a la comprensión de la escritura musical y sirven de impulso motivador al alumno.

5. Con esta asignatura se fomenta además la creatividad a través de la improvisación y el conocimiento de otras músicas como el jazz. Con ella, el alumno lleva a la práctica las funciones tonales principales y las armonías propias de estas músicas, que luego puede utilizar para fines muy diversos según sea su proyección profesional. Desde ser un recurso para ayudar a la comprensión formal y armónica de la escritura musical, hasta servir para la creación de acompañamientos o temas de música moderna.

6. Al darse las optativas al final del grado profesional, la capacidad de comprensión de la escritura musical de los alumnos es mayor. El piano aplicado a través del análisis, la armonía practica y la aproximación a los diferentes estilos y compositores, colabora tanto a la formación de la cultura musical como al establecimiento de un concepto propio que ayudará a estos alumnos que están finalizando sus estudios profesionales a fundamentar y desarrollar sus propios criterios interpretativos.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA Planteamiento de las clases

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El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada alumno y las circunstancias que rodean cada sesión. • PUESTA A PUNTO, 10 MINUTOS: En este tiempo el alumno prepara el aula, el material para la sesión y se realiza algún ejercicio técnico cuando proceda. • REPERTORIO, 30 MINUTOS: Tiempo dedicado a tocar el repertorio previsto, para piano solo o en conjunto. • ARMONIA PRÁCTICA, 20 MINUTOS: Trabajo de patrones y fórmulas armónicas. Cada 3 semanas los 60 minutos se repartirán en: • LECTURA A PRIMERA VISTA, dispondrá de 20 minutos. • REPERTORIO, 20 MINUTOS. • ARMONÍA PRÁCTICA, 20 MINUTOS El profesor en el transcurso de la sesión anotará en su Diario de Clase las observaciones que crea necesarias para la evaluación y calificación del alumno.

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16.10. OPTATIVA SISTEMA CONSCIENTE DE LA TÉCNICA DEL MOVIMIENTO. FICHA DE LA ASIGNATURA Sistema consciente de la técnica del movimiento Especialidades Todas Perfil A y B Ampliación/ Nuevos contenidos Nuevos contenidos Ámbito Relajación y puesta en escena

• ENLACE A LA PROGRAMACIÓN • INTRODUCCIÓN A LA ASIGNATURA

La asignatura Sistema consciente de la técnica del movimiento es una asignatura optativa, específica de este centro, que se oferta a los alumnos de los cursos 5º o 6º de EPM. Dicha asignatura fue autorizada por la Resolución 30 de junio de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas adultas, para ser impartida a partir del curso 2010-2011.

Relación máxima profesor/alumno 1/8. El alumnado que desee cursarla solo podrá matricularse en ella en un curso académico. La presente asignatura pretende: • Proporcionar un contenido conceptual y metodológico de esta disciplina, muy necesaria para que los futuros músicos tengan dominio de su cuerpo y puedan adoptar una posición corporal en relación con su instrumento sin tensiones. • Ayudar a los alumnos a expresarse mejor. Las tensiones acumuladas por los seres humanos a lo largo de la vida les impiden expresarse libremente; en el caso de los músicos, esto es agravado por la cantidad de horas que tienen que trabajar con sus instrumentos, lo cual casi siempre los fuerza a tomar conductas equivocadas. • Trabajar con el cuerpo buscando no sólo el origen de las dificultades técnicas sino el origen de los movimientos y utilizarlos de una manera consciente, es decir, con conocimiento de lo que se hace. • Desarrollar técnicas instrumentales o vocales de una manera más natural. • Dar a los alumnos herramientas para controlar la puesta en escena y tener experiencia de conciertos en la clase para el entrenamiento de esta actividad. • Que los alumnos tengan técnicas para abordar el estrés que les supone compaginar, en la mayoría de los casos, las enseñanzas musicales con otras de carácter obligatorio. • Evitar lesiones musculares y mejorar los síntomas si ya los hay.

Fedora Aberastury (Santiago, Chile 1914- Buenos Aires, 10 julio 1985) pianista y pedagoga

chileno-argentina fue la creadora del Sistema Consciente para la técnica del Movimiento. Pese a haber recibido una formación pianística sólida, percibía que algo en su sonoridad no representaba la intensidad de su carga emocional. Al escuchar por primera vez a Claudio Arrau, comprendió que era la sonoridad que estaba buscando. Trabajó con Arrau y Rafael Silva durante diez años en la Piano School de Nueva York, quienes se planteaban cómo producir una sonoridad más potente. La escuela de Claudio Arrau abordaba el cuerpo como instrumento de pasaje, relajamiento y concentración que le proporcionaban el tono necesario para abrir el camino a la energía emocional.

En la práctica como pedagoga comprendió que el trabajo con el instrumento “cuerpo” era imprescindible buscando no sólo el origen de las dificultades técnicas sino el origen de los movimientos. Valiéndose del inmenso caudal de conocimientos adquiridos, hizo lo que poca gente se atreve a realizar, creó algo nuevo. Movida por una profunda necesidad interior, hizo de su cuerpo el lugar en el que las preguntas encontrarían respuestas. Trabajó con músicos de distintos instrumentos, que se habían ido acercando a ella movidos no sólo por sus necesidades físicas sino

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fundamentalmente, impresionados por el sonido que se lograba, y con personas ligadas a la danza y el teatro. A la muerte de su creadora, el sistema continúa desarrollándose a través de sus muchos discípulos no sólo en la Argentina, sino también en Brasil, España, Francia y Alemania. Asimismo en academias musicales en Huelva, Barcelona, Granada, Basilea, Hartford, etc. y con destacados intérpretes del ámbito artístico-musical.

En el año 1980, Néstor Eidler, violinista, Yiya Día, pianista y Lola Poveda, actriz y pedagoga, fundan en Barcelona el “Instituto Aberastury” para continuar la investigación del reciente Método, en una pedagogía clara que lleve, además del funcionamiento equilibrado del sistema muscular, a la unión entre la interpretación, técnica y comunicación en una vía única para la expresión de la globalidad del ser. Posteriormente cada uno de sus fundadores continúa su propia línea de trabajo.

En Cataluña, desarrollado por Yiya Díaz, está reconocido por el Departament d´Educació de la Generalitat de Cataluña; se imparte como asignatura optativa en los Conservatorios de Cataluña, así como en los Conservatorios de música y Danza en las Islas Baleares y en Montpellier. También en numerosas escuelas de música y en el Institut Llongueres, donde tienen lugar los cursos intensivos de fin de semana y verano.

El método va dirigido no sólo a músicos, sino a cualquier persona interesada en mejorar las tensiones corporales mediante la expresión corporal. Propone un aprendizaje consciente, es decir con conocimiento de lo que se hace, de todos los movimientos del cuerpo. Muchos de los alumnos consiguen un estado de relajación durante el aprendizaje que les permite mejorar su calidad de vida en todos los aspectos. Es por ello que también se aplica, y con muy buenos resultados, en personas de todos los ámbitos de la vida: profesores de distintas especialidades, oficinistas, científicos, filósofos, terapeutas de otras disciplinas, etc.

En Mallorca se ha unido a un proyecto de ayuda a la mujer llamado “Taller de Educación Corporal: Mujer, cuerpo y construcción cultural de género” impulsado por el Consell de Mallorca; y se está realizando un proyecto para la realización de este Método entre círculos marginales de la sociedad en el que participan distintas etnias como gitanos e inmigrantes, con resultados sorprendentes. También se lleva aplicando en Mallorca en el ámbito del teatro con una buenísima aceptación y resultados magníficos.

• METODOLOGÍA DE LA ASIGNATURA

Planteamiento de las clases El presente esquema es sólo una guía para tener una buena organización del tiempo del que se dispone en clase. Tanto el alumno como el profesor se verán beneficiados si la sesión es progresiva en cuanto a la dificultad de los ejercicios a realizar y el esfuerzo físico necesario para ellos. La duración de cada parte es orientativa y será adaptable las necesidades de cada alumno y a las circunstancias que rodean cada sesión. • PARTE TEÓRICA, 20 MINUTOS:

Al principio de la clase explicación teórica por parte del profesor, con esquemas gráficos de lo que se va a trabajar. Después cada alumno dibujará su perfil con las zonas fuertes y las débiles o con dolor que tenga. Hará una evaluación de su progreso en la asignatura y de sus sensaciones y cambios durante la semana...10 minutos

Al final de la clase, sobre ese mismo dibujo señalará si hay cambios, y las sensaciones experimentadas durante la sesión. Esto le servirá para exponer estas experiencias y hacer su auto evaluación…10 minutos Dependiendo del tiempo restante esta parte teórica se podría concentrar en una única puesta en común al principio de la clase. • PARTE PRÁCTICA, 40 MINUTOS:

o Realización de ejercicios de respiración…10 minutos.

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o Creación de movimientos a partir del Círculo Vital y activación de otros puntos del cuerpo, 15 minutos

o Expresar las sensaciones del cuerpo en relajación a través de la voz (cuando el grupo lo requiera), 5 minutos.

o Clase práctica con el instrumento (cuando el alumno domine las técnicas). Se hará un concierto, con aplausos y saludos, 10 minutos.

El profesor en el transcurso de la sesión anotará en su Diario de Clase las observaciones que

crea necesarias para la evaluación y calificación del alumno.

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PEC.5. LOS OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO

De acuerdo con el artículo 121.1 de la LOE se enuncian los objetivos y prioridades de actuación del centro, desglosados en los siguientes aspectos: • Los objetivos generales del centro. • Las prioridades de actuación del centro. • Objetivos generales del proyecto de dirección 2012-2016.

o Sobre la organización, la docencia, la formación y la comunicación o Sobre los recursos materiales y humanos o Sobre las relaciones del centro con otras instituciones o Sobre la mejora de las enseñanzas y de los recursos necesarios por parte de la administración

educativa

17. PEC.5. LOS OBJETIVOS GENERALES DEL CENTRO. • Desarrollar los objetivos generales de las enseñanzas. • Fomentar la participación de todos los sectores del centro en la mejora de éste, con especial

incidencia en el alumnado y sus familias. • Fomentar la cultura del trabajo por objetivos que deben ser propuestos cada año por los

diferentes sectores, incluidos en la PGA, planificados y llevados a cabo por quien se determine. • Fomentar la cultura de la continua evaluación y autocrítica y sobre todo la concreción de

propuestas de mejora mediante la concreción de estas de una forma real y alcanzable que quedará señalada en la MGA anual y formará parte de los objetivos de la PGA del curso siguiente.

• Ofrecer formación continua al profesorado a través de proyectos de actualización metodológica que transformen la docencia.

• Aumentar el compromiso del profesorado y de los trabajadores del centro y también su motivación.

• Incrementar la coordinación didáctica en el conservatorio mediante la dinamización de los departamentos didácticos y sobre todo desde la colaboración interdisciplinar.

• Avanzar en la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación. • Ofrecer actividades complementarias y extraescolares al alumnado que aumente su

motivación y disfrute en el centro, prestando especial atención a proyectos europeos Erasmus +. • Aprender de las soluciones organizativas y didácticas que llevan a cabo otros centros. • Conocer con detalle mejor el sistema educativo y las soluciones y recursos que adoptan otras

Administraciones educativas así como avanzar, coordinar y liderar los avances en estos aspectos en nuestra región.

• Perseguir convertirnos en un centro donde la convivencia, el desarrollo profesional, la disposición de los recursos necesarios para la docencia sean ejemplares aumentando el prestigio del Conservatorio.

• Implicar a las diferentes administraciones del entorno en este proyecto.

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18. PEC.5. LAS PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO • Disponer de mayor agilidad organizativa a nivel horario. • Organizar actividades musicales con el alumnado de repercusión pública. • Poder estar en contacto instantáneo los equipos evaluadores y las familias. • Incentivar la cultura de la evaluación institucional. • Adquirir todos juntos un compromiso institucional de mejora. • Sensibilizar a la administración de lo que esperamos de ella para la inmediata mejora de nuestras

enseñanzas y que hemos señalado en este PEC.

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19. PEC.5. OBJETIVOS GENERALES DEL PROYECTO DE DIRECCIÓN 2012-2016

19.1. SOBRE LA ORGANIZACIÓN, LA DOCENCIA, LA FORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN • Debemos mejorar la intercomunicación del profesorado, la gestión de las faltas del alumnado, la

cumplimentación del REC. Para ello debemos encontrar una herramienta informática en línea para que el profesorado pueda tener un diario de clase avanzado en línea a disposición en todo momento.

• Debemos poder programar más medidas de apoyo cuando sean necesarias. • Debemos ser capaces de implicar en el engranaje del centro, a un nivel alto, a todas las

especialidades. • Debemos propiciar la mejora en la formación y en la labor del profesorado. • Debemos mejorar la oferta de cursos de formación del CPR. • Debemos ser capaces de orientar adecuadamente al alumnado en relación con las convalidaciones,

las salidas a las diferentes ramas universitarias, etc. para ofrecer una correcta información complementaria a la que recibe el alumnado en el IES.

• Debemos ampliar los criterios pedagógicos de asignación horaria, lo que facilitará las asignaciones y debe tenderse al aula materia en la medida que los espacios del centro lo permitan.

• Debemos favorecer aspectos como la motivación, la interdisciplinariedad o la creatividad en clase. • Debemos andar hacia la cultura de que la evaluación es la clave de la mejora de las organizaciones.

La evaluación de la práctica docente con procesos como la autoevaluación interna del departamento y/o la asignatura, y la co-evaluación del alumnado y sus familias deben desarrollarse.

• Debemos avanzar y ahondar en crear una estructura de centro organizada y moderna, donde la sabiduría resida en el centro y no en las personas que lo dirijan.

• Debemos ahondar en la búsqueda de propuestas de mejora, donde el profesorado, el alumnado y las familias se vean implicados, para la mejora del centro a través por ejemplo de la evaluación de la práctica docente y la co-evaluación.

• Debemos llegar a lograr que todo el profesorado tengamos un nivel de conocimientos de uso de las tecnologías medio-alto ya que la sociedad actual avanza, nos alcanza y nos sobrepasa diariamente en sus demandas de información y de actividad tecnológica.

• Debemos implicar a todo el profesorado en: la actualización didáctica y la actualización tecnológica.

• Debemos ser capaces de organizar el trabajo del equipo directivo y de los departamentos de forma coordinada.

• Debemos ser capaces de que cada órgano del centro pueda analizar su actividad. • Debemos ser capaces de que el alumnado tenga, a través de lo que estipulemos en las

programaciones, una imagen adecuada de su actividad y de lo que se pretende con su formación. • Debemos conseguir una mayor implicación de las familias en el aprendizaje del alumnado. 19.2. SOBRE LOS RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS • Debemos mejorar aspectos como la disposición del repertorio y material didáctico de las

programaciones. • Debemos revisar los criterios para el mantenimiento de los instrumentos del centro y el préstamo

de estos. Debemos establecer criterios para ambas cuestiones sobre aspectos como: o La compra de instrumentos. o Reparación y puesta a punto de éstos así como afinaciones periódicas.

• Debemos avanzar en establecer criterios para:

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o La compra del material de las programaciones. o La compra de material para el docente, que a su vez es investigador, para la mejora de sus

procesos de formación y la didáctica. o La disposición en las aulas y por el alumnado del material de las programaciones. o El sistema de grabación y su uso. o Los sistemas informáticos y su uso.

• Debemos avanzar en la administración electrónica y la petición de documentación de forma electrónica.

• Debemos avanzar en aspectos como la matrícula telemática, la autoliquidación de tasa y el pago por internet.

• Debemos impulsar la figura del coordinador de la biblioteca. • Debemos mejorar la formación del profesorado para contar con más personas que puedan hacer

uso del sistema de grabación. • Debemos ampliar el estudio con cámaras de grabación. • Debemos cablear la sala polivalente para mantener el estudio instalado de forma

permanentemente. • Debemos buscar la colaboración con centros que cuenten con alumnado de Formación Profesional,

como el IES Ramón y Cajal, para que realicen prácticas de grabación. • Debemos crear grupos de trabajo de la biblioteca y del sistema de grabación. • Debemos crear seminarios y grupos de trabajo de creación musical. • Debemos fomentar la asistencia a cursos de formación con docentes que nos enseñen a mejorar la

toma de decisiones en las programaciones, la motivación, el correcto uso del cuerpo del músico, etc.

19.3. SOBRE LAS RELACIONES DEL CENTRO CON OTRAS INSTITUCIONES • Debemos mejorar la asistencia de público a las audiciones y de los Recitales Fin de Grado. • Debemos mejorar en la puesta en escena del alumnado y la preparación de las salas. • Debemos poder grabar todas las audiciones. • Debemos innovar en el tipo de colaboraciones del centro con otras instituciones, la variedad y su

repercusión en el alumnado de todas las especialidades. • Debemos impulsar las actividades que proyecten el centro hacia el exterior. • Debemos ser capaces de crear nuevos ámbitos de colaboración con el Conservatorio Superior de

Música de Murcia, a la vez que implementarlos con otros de Enseñanza superiores. • Debemos ser capaces de retomar y crear nuevos ámbitos de colaboración entre el IES "El Carmen"

y nuestro centro. • Debemos ser capaces de crear nuevos ámbitos de colaboración con el Centro Párraga. • Debemos crear una página de Facebook del centro y la conexión de noticias vía RSS.

19.4. SOBRE LA MEJORA DE LAS ENSEÑANZAS Y DE LOS RECURSOS NECESARIOS POR

PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA • Deberíamos disponer de un departamento de orientación en el centro por lo que debemos

sensibilizar a la DG de RRHH de esa necesidad. • Debemos ampliar la oferta de especialidades del centro para poder realizar formaciones por

ejemplo de la música antigua. • Debemos proyectar la necesidad de recibir dotaciones adecuadas a las necesidades de un centro de

enseñanza de estas características a la vez que se determine un reparto equilibrado de las dotaciones de éstas entre los diferentes centros dependientes de la Consejería.

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• Debemos perseguir la creación de una norma de "determinación de necesidades reales del profesorado", una norma de "funcionamiento de los conservatorios" y una norma de dotación de los conservatorios" que sirvan para impulsar las enseñanzas.

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PEC.6. EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS ENSEÑANZAS

De acuerdo con el artículo 121.1 de la LOE, se incorpora al PEC el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas.

Los contenidos transversales no aparecen asociados a ninguna asignatura ni área concreta de conocimiento sino a todas. Los temas transversales han de estar presentes en el conjunto del proceso educativo y han de impregnar la tarea educativa en todos sus aspectos. No puede olvidarse que estos temas son, generalmente, multidisciplinares y que sólo pueden abordarse desde esta óptica.

No pueden plantearse como programas paralelos, ni mucho menos como actividades complementarias y ocasionales. No se trata de un programa paralelo al desarrollo del currículo sino insertado en la dinámica diaria del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Han de impregnar la totalidad de las actividades del centro y ser asumidos por la totalidad de los docentes.

Se debe partir, de acuerdo con el artículo 45 de la LOE, del principio de que las enseñanzas artísticas tienen que proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música. Para ello no solamente es necesario abordar meramente los objetivos y contenidos propios de cada asignatura, sino todos aquellos otros temas y valores transversales que al igual impregnan esta Ley orgánica, deben ser tenidos en cuenta para una formación global del alumnado.

Extrayendo de la LOE diferentes párrafos, podemos concretar más adecuadamente lo que la educación transversal en valores debe pretender y el tipo de enseñanzas que cada profesor debe incluir en su docencia: • Se debe ofrecer a todos los estudiantes un espacio de reflexión, análisis y estudio acerca de las

características fundamentales y el funcionamiento de un régimen democrático, de los principios y derechos establecidos en la Constitución española y en los tratados y las declaraciones universales de los derechos humanos4, así como de los valores comunes que constituyen el sustrato de la ciudadanía democrática en un contexto global (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 48).

• La práctica democrática debe inspirar el conjunto de la vida escolar y ha de desarrollarse como parte de la educación en valores con carácter transversal a todas las actividades escolares (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 48).

4 Hay diez principales tratados internacionales sobre derechos humanos. Para cada uno de estos tratados se ha establecido un comité de expertos encargados de supervisar la aplicación del tratado por los estados partes. Algunos de los tratados se complementan con protocolos facultativos relativos a preocupaciones específicas. • Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. • Pacto internacional de derechos civiles y políticos. • Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. • Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. • Convención sobre los derechos del niño. • Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. • Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. • Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. • Protocolo facultativo del pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. • Protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y políticos. • Segundo protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y políticos, destinado a abolir la pena de muerte. • Protocolo facultativo de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. • Protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de

niños en la pornografía. • Protocolo facultativo de la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. • Protocolo facultativo de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

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• Se debe fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida, lo que… implica, ante todo, proporcionar a los jóvenes una educación completa, que abarque los conocimientos y las competencias básicas que resultan necesarias en la sociedad actual, que les permita desarrollar los valores que sustentan la práctica de la ciudadanía democrática, la vida en común y la cohesión social, que estimule en ellos y ellas el deseo de seguir aprendiendo y la capacidad de aprender por sí mismos (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 25).

• Debemos ofrecer posibilidades a las personas jóvenes y adultas de combinar el estudio y la formación con la actividad laboral o con otras actividades. (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 25).

• Ocupa un lugar relevante, en la relación de principios de la educación, la transmisión de aquellos valores que favorecen la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, que constituyen la base de la vida en común. (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 36).

• Entre los fines de la educación se debe resaltar el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades afectivas del alumnado, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual, así como la valoración crítica de las desigualdades, que permita superar los comportamientos sexistas. Se asume así en su integridad el contenido de lo expresado en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 36).

• Debe proponerse el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, dentro de los principios democráticos de convivencia y la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 38).

• Debemos insistir en la importancia de la preparación del alumnado para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable. (Preámbulo de la LOE en su texto consolidado, párrafo 38). Así mismo, encontramos en los artículos 1 y 2 de la LOE, que versan sobre los principios y sobre

los fines de la educación respectivamente, puntos que deben estar siempre presente como temas transversales en el aula y que reproducimos a continuación.

Artículo 1. Principios. El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto

a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios: a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. d) La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida. e) La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad. f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado. h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

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i) La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las corporaciones locales y a los centros educativos. j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes. k) La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Artículo 2. Fines. 1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines: a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad. c) La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. d) La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal. e) La formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible. f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. g) La formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad. h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte. i) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. j) La capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras. k) La preparación para el ejercicio de la ciudadanía y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.

20. PEC.5. MATERIAL RECURRENTE SOBRE MATERIAS TRANSVERSALES EN LA EDUCACIÓN.

Es mucho el material existente sobre los temas que deben ser tratados transversalmente en las enseñanzas. A continuación podemos observar algunos:

• Manual de apoyo para la prevención y detección del racismo, la xenofobia y otras formas de intolerancia en las aulas, desarrollado por “El Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia” para contribuir a la prevención y detección del racismo, la xenofobia y la intolerancia en los centros educativos.

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PEC.7. LAS MEDIDAS PARA PROMOVER LOS COMPROMISOS ENTRE LAS FAMILIAS Y EL CENTRO PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS.

De acuerdo con el artículo 121.5 de la LOE, el centro promueve los siguientes compromisos educativos donde se consignan las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado.

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PEC.8. EL PLAN DE CONVIVENCIA, LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y EL PLAN DE ACOGIDA DEL NUEVO ALUMNADO.

21. PEC.8. PLAN DE CONVIVENCIA (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

22. PEC.8. PLAN DE ACOGIDA DEL NUEVO ALUMNADO (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

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PEC.9. PLAN PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 23. PEC.9. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO

(EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

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PEC.10. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL (PAT) (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

24. PEC.10. HORARIO DE TUTORÍA DEL PROFESORADO 24.1. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR LA TUTORÍA

El alumnado, padres y madres que deseen contactar con el profesorado para realizar una tutoría presencial podrán hacerlo en el siguiente horario previa cita, de acuerdo con el artículo 19.4 de la Orden de 24 de septiembre de 2009, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la aplicación del proceso de evaluación, en las Enseñanzas Elementales de Música, y con el 23.4 de la Orden de 12 de diciembre de 2008, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la aplicación del proceso de evaluación, en las Enseñanzas Profesionales de Música.

A tal efecto se publica en el tablón de anuncios y en la web el horario de atención de los profesores tutores. Con el objetivo de organizarlas adecuadamente, deberá solicitarse la reunión al tutor (QUE ES EL PROFESOR DE LA ASIGNATURA INSTRUMENTO INDIVIDUAL Y CANTO) con la suficiente antelación y éstos facilitarán a sus tutelados y, en su caso, a sus padres o tutores legales las entrevistas que precisen con los profesores de las distintas asignaturas.

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25. PEC.10. INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FALTAS DEL ALUMNADO.

De acuerdo con el artículo 19.1 de la Orden de 24 de septiembre de 2009 de Evaluación de la EEM y artículo 23.1 de la Orden de 12 de diciembre de 2008 de Evaluación de la EPM se publica la información relativa a la imposibilidad de la aplicación del derecho a la evaluación continua.

La asistencia regular del alumnado a clase y la realización de cuantas actividades de aprendizaje sean programadas por el profesorado, y especialmente en el caso de asignaturas de práctica instrumental de grupo”, son claves para la aplicación de la evaluación continua. Por ello “no se podrá llevar a cabo la evaluación continua en una determinada asignatura si el alumno acumula un total de faltas (contabilizando justificadas y no justificadas) equivalente al 20% del total anual de horas de dicha asignatura”.

Está previsto que cuando el alumno alcanza el 10% de las ausencias en una asignatura el profesor lo comunica al tutor, y éste, a las familias.

En el caso de llegar las ausencias al 20%, el procedimiento anterior se repite, y además habrá una comunicación oficial del centro por escrito, a instancias del tutor.

Hay que tener en cuenta que la clase colectiva, la asistencia con el instrumentista acompañante y la clase individual computan por normativa dentro de la asignatura Instrumento.

En el caso de acumulación de faltas que imposibiliten la aplicación de la evaluación continua, se aplicará el procedimiento sustitutivo de la evaluación continua que se encuentra en las programaciones.

Al alumno al que no se le puede aplicar la evaluación continua podrá asistir a clase y realizar los exámenes, audiciones, o actividades que sean propuestas de forma general. 25.1. CUADRO ORIENTATIVO. IMPOSIBILIDAD DE LA APLICACIÓN DEL DERECHO A LA

EVALUACIÓN CONTINUA. ASIGNATURAS y horas semanales Horas en el

CURSO 10 % de horas 20% de

horas Asignaturas de ½ h. semanal. Piano complementario

16’5 h. 1,5 h. (3 sesiones)

3,5 h. (7 sesiones)

Asignaturas de 1 h. semanal. Acompañamiento Bajo continuo Conjunto de 1h. Coro de Elemental Guitarra aplicada

Historia Idiomas Música de Cámara Optativas

33 h.

3 h. (3 sesiones)

7 h. (7 sesiones)

Asignaturas de 1 ¼ h. semanal. Instrumento y Canto de 1º a 4º EPM y 5º y 6º Opc. B. (Computa JUNTAS la asignatura individual y repertorio con instrumentista)

41’25 h.

4 h. (Ej. 4 clases de ½ h. en y 4 ses. indiv.)

8 h.

Asignaturas de 1 ½ h. semanal. Análisis, Coro de Profesional, Orquesta/Banda/Conjunto de 1 ½ h.

49’5 h.

4’5 h. (3 sesiones)

10’5 h. (7 sesiones)

Asignaturas de 2 h. de asistencia en un solo día. Orquesta/Banda/Conjunto de 2 h.

66 h. 6 h. (3 sesiones)

13 h. (6 sesiones)

Asignaturas de 2 h. de asistencia en dos días. Lenguaje Musical Armonía Fundamentos de Composición Instrumento de EEM (Computa la asignatura individual y la colectiva conjuntamente) Instrumento y Canto de 5º y 6º Opc. A. (Computa la asignatura individual y repertorio con instrumentista conjuntamente)

66 h.

7 h. (Ej: 7 sesiones de

una hora, o combinaciones con

instrumentista acompañante)

14 h.

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26. PEC.10. APOYOS LECTIVOS Si a lo largo del curso se produjese con una vacante sobrevenida y no puede ser cubierta por

alumnado de nuevo ingreso, el profesorado realizará labores de apoyo lectivo. 26.1. APOYOS LECTIVOS EN ASIGNATURAS INDIVIDUALES

Los profesores de asignaturas individuales, salvo comunicación expresa, continuarán realizando los apoyos lectivos según las necesidades de sus propios alumnos, ya emane la necesidad por el bajo rendimiento o por la alta capacidad, ampliándoles el periodo lectivo dejando constancia de esta situación en el Diario de clase y el REC”. 26.2. APOYOS LECTIVOS EN ASIGNATURAS TEÓRICO-PRÁCTICAS

En el caso de asignaturas teórico-prácticas debe realizarse el apoyo a los alumnos cuyo rendimiento es más bajo y para ello los profesores con apoyo lectivo en su horario realizarán dicho refuerzo y reflejarán en la programación y el diario de clase la actividad que se venga realizando. Los Jefes de Departamento podrán colaborar con estos profesores para guiarles o acordar la realización efectiva de estos apoyos lectivos de forma que repercuta adecuadamente en el alumnado”.

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PEC.11. EL PLAN PARA UNA ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL

(EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

27. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS

ENSEÑANZAS ELEMENTALES Orientaciones elementales

28. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES

Orientaciones profesionales

29. PEC.11. ORIENTACIONES GENERALES SOBRE LAS ENSEÑANZAS SUPERIORES

Orientaciones superiores Las enseñanzas profesionales tiene la función de crear una perfecta orientación sobre las

posibilidades de estudios y salidas profesionales que existen: • los estudios superiores de música, (con 7 especialidades y la posibilidad de una especialización

concreta posterior a través de los másteres), Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología

• el catálogo de cualificaciones profesionales (con 9 titulaciones), o ART632_2 Mantenimiento y reparación de instrumentos viento-madera. o ART633_2 Mantenimiento y reparación de instrumentos viento-metal. o ART560_3 Proyecto y elaboración artesanal de guitarras, bandurrias y laúdes españoles. o ART561_3 Proyecto y elaboración artesanal de instrumentos antiguos de cuerda pulsada. o ART562_3 Proyecto y elaboración artesanal de instrumentos musicales de arco. o ART563_3 Proyecto, elaboración, mantenimiento y reparación artesanal de arcos de

instrumentos musicales de cuerda. o ART635_3 Afinación y armonización de pianos. o ART636_3 Mantenimiento y reparación de instrumentos musicales de cuerda. o ART637_3 Regulación de pianos verticales y de cola.

• las dobles especialidades universitarias y artísticas que pueden interrelacionarse en el futuro con la música

o Idiomas [traductor, idiomas aplicados al canto] o Magisterio o Biblioteconomía o Psicólogos [orientadores] o Ingenierías [acústica, informática] o Gestión pública [directores, asesores, equipos directivos] o Economía [secretarios de centros] o Gestión de recursos, [directores y jefes de estudios]

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30. PEC.11. ORIENTACIONES SOBRE LAS CONVALIDACIONES ENTRE IES Y CONSERVATORIO En la nota informativa de fecha 10 de noviembre de 2015, publicada por la Consejería

competente en materia de Educación, se señala que “el punto 21 de las Instrucciones anexas a la Resolución de 17 de junio de 2015 de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se modifica la Resolución de 5 de mayo de 2015, por la que se dictan instrucciones para la organización del curso escolar 2015-2016, para los centros docentes que imparten ESO y Bachillerato dicta instrucciones para la aplicación de la "simultaneidad de las enseñanzas profesionales de música y danza con la ESO y el Bachillerato", siendo estas instrucciones la referencia obligada en tal materia.

Así mismo señala que “para una mejor visualización de la aplicación de dichas lnstrucciones, se han elaborado unas tablas orientativas, para la aplicación de convalidaciones y exenciones de diversas materias de la ESO y del Bachillerato con determinadas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música… durante el curso 2015-2016”.

Ese cuadro es el siguiente:

Curso Materia de ESO o Bachillerato

Asignatura de las Enseñanzas Profesionales de Música con la que convalida

1º ESO Asignatura de libre configuración autonómica

Asignaturas cuya carga lectiva sea igual o superior a 3 horas semanales. (1)

2º ESO Música de 2º 1er curso de la asignatura de Instrumento principal o Voz

3º ESO Música de 3º 1er curso de la asignatura de Instrumento principal o Voz

3º ESO Asignatura de libre configuración autonómica

Asignaturas cuya carga lectiva sea igual o superior a 3 horas semanales. (1)

4º ESO Música de 4º 2º curso de la asignatura de Instrumento principal o Voz

4º ESO Materia Optativa Asignaturas cuya carga lectiva sea igual o superior a 2 horas semanales. (1)

1º Bach Análisis musical I. (2) 2º de Armonía

1º Bach Lenguaje y práctica musical 3er curso de la asignatura de Instrumento principal o Voz

2º Bach Análisis musical II 1er curso de Análisis o 1er curso de Fundamentos de composición

2º Bach Historia de la música y de la danza 1º y 2º cursos de Historia de la Música

2º Bach Lenguaje y práctica musical 3er curso de la asignatura de Instrumento principal o Voz

2º Bach Materia Optativa Asignaturas cuya carga lectiva sea igual o superior a 4 horas semanales. (1)

(1) Será posible la utilización de varias asignaturas hasta alcanzar el cómputo de horas necesario. (2) Los alumnos que cursen una modalidad distinta a la de Artes podrán solicitar matricularse, a

efectos de convalidación, de “Análisis musical I”. siempre y cuando acrediten haber superado 2º curso de Armonía. Para ello, el alumno debe presentar certificación académica acreditativa de haberla superado. Esta posibilidad se encuentra habilitada en PlumierXXI. En el caso de que, en la modalidad de Artes, el centro no oferte esta asignatura específica, podrán proceder de la misma manera. Si se ofertara, quien curse simultáneamente estas asignaturas podrá presentar el certificado académico que acredite la superación de 2º curso de Armonía hasta la fecha en que se

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lleve a cabo la evaluación final extraordinaria. En caso contrario, “Análisis Musical I” figurará como pendiente en aplicación de lo establecido en el artículo 5.2 del RD 242/2009.

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PEC.12. LA EVALUACIÓN Uno de los principios del sistema educativo como señala la LOE en el artículo 1.ñ. es “la evaluación

del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación y organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje, como en sus resultados”.

De acuerdo con el artículo 140 de la LOE, la finalidad de la evaluación del sistema educativo será: a) Contribuir a mejorar la calidad y la equidad de la educación. b) Orientar las políticas educativas. c) Aumentar la transparencia y eficacia del sistema educativo. d) Ofrecer información sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de mejora establecidos por

las Administraciones educativas. e) Proporcionar información sobre el grado de consecución de los objetivos educativos españoles y

europeos, así como del cumplimiento de los compromisos educativos contraídos en relación con la demanda de la sociedad española y las metas fijadas en el contexto de la Unión Europea.

De acuerdo con el artículo 141 de la LOE, la “evaluación se extenderá a todos los ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado, los procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros docentes, la inspección y las propias Administraciones educativas”.

El proceso de evaluación del centro queda también previsto, aún cuando lo hace de forma escueta, en el artículo 145.2. de la LOE al señalar que “las Administraciones educativas apoyarán y facilitarán la autoevaluación de los centros educativos”.

Algunos aspectos que aparecen en la LOE son pocas veces realizados metódicamente, como: • Las competencias a), b) y j) del Consejo Escolar que se encuentran en el artículo 127 de la LOE:

a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica (en referencia a la LOE y al PEC, PGA, NOF Y PGEST y demás normas de funcionamiento). b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente. j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

• Las competencias b), c), g) y j) del Claustro que se encuentran en el artículo 129 de la LOE: b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual. c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

Corresponde al director, según dice el artículo 132.h. de la LOE, “impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado”.

No cabe duda que las limitaciones con respecto a la autonomía de gestión y las limitaciones de financiación y dotación son una grave rémora en la mejora de los centros, pero no es menos cierto que adoptar una actitud pasiva y de espera a que las mejoras vengan desde fuera no es propio de una sociedad inteligente y culta. Nuestro dinamismo debe minimizar y solucionar muchos de los problemas actuales y en ello la evaluación global juega un pilar clave.

Desde este contexto atenderemos no solamente a la típica evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado, sino a otros que son igualmente necesarios. Tres serán los tipos de evaluación a realizar:

• LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL • LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE DEL ALUMNADO

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• LA EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA DOCENTE

Finalmente, y de acuerdo con el artículo 137.j de la LOE, corresponderá al consejo escolar analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro, por lo que a través de lo que pretendemos en este punto contará con más elementos para ese análisis y valoración.

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31. PEC.12. LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. ¿POR QUÉ y CÓMO NOS EVALUAMOS COMO CENTRO?

En el entorno del proceso de enseñanza - aprendizaje del alumno tiene especial protagonismo el centro, el profesorado y el servicio público que como Administración se ofrece. Es evidente que el proceso de aprendizaje del alumnado se encuentra íntimamente relacionado e influido por el funcionamiento institucional del centro.

Por otro lado, una de las claves para la mejora continua en cualquier ámbito es identificar aquellos aspectos susceptibles de mejora. Proceder a un riguroso y adecuado proceso de detección de disfunciones y problemas que interrumpen, complican el correcto funcionamiento ideal, o incluso llegan a impedirlo, es fundamental. Identificar aquellos aspectos mejor valorados, para su refuerzo, así como los peor para su corrección y/o solución nos llevará a una mejora continua y global de las enseñanzas en todos sus aspectos, que en cualquier caso debe ser continua.

Esta perspectiva es y debe ser siempre una piedra angular en el devenir diario de nuestra comunidad educativa.

Para llevar a cabo tal labor realizaremos dos tareas de forma periódica: • El análisis de datos estadísticos, tanto desde la observación de la evolución del alumnado en

cuanto a sus calificaciones, como desde el análisis de los datos de ingreso, acceso, abandonos, perdidas del puesto escolar, egresados, etc.

• La realización de encuestas. Le corresponde al director, de acuerdo con el artículo 132.h de la LOE “impulsar las evaluaciones

internas del centro”. Cada estadística y encuesta serán realizadas por tanto por el equipo directivo, persona u órgano del centro en quien el director delegue o se constituya para ello. Se realizarán bajo las siguientes premisas:

• Una puesta en práctica circular, es decir cuando se concluya el proceso que describimos a continuación, éste se iniciará de nuevo.

• Se decidirá qué datos estadísticos analizar, cuándo, cómo y por quién. • Se decidirá qué aspectos deben ser objeto de encuesta, cuándo, cómo y quién debe realizar las

encuestas y ser encuestado. • Se decidirá quién analizará los datos, se realizará la encuesta. • Se finalizará con una serie de conclusiones y una propuesta de decisiones para la mejora, que

serán públicas para conocimiento de la comunidad educativa. • En las encuestas se podrá expresar nuestro acuerdo, desacuerdo o propuestas de mejora, lo

que haremos entre todos de forma respetuosa. • Con la participación en las encuestas seremos partícipes y corresponsables de la mejora

continua del centro. La implementación de nuevas estadísticas o encuestas será responsabilidad del director,

aunque tanto equipo directivo, la CCP, el Claustro o el Consejo escolar podrá solicitar otras estadísticas y encuestas que no se estén realizando. Para ello deberá concretarse:

• Qué justificación, uso e interés tiene el órgano en la estadística o en la encuesta. • Qué aspectos desean ser objeto de ser valorados y/o incluidos estadísticamente o de ser

objeto de encuesta. • En su caso, formato, momento de realización y concreción del análisis posterior que se

pretende.

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31.1. ESTADÍSTICAS OFICIALES DEL CONSERVATORIO DE MÚSICA DE MURCIA 31.1.1. Estadística oficial incluida en el apartado 2.1 del DOC: Estadística de la

matrícula de alumnos oficiales en el CMM por enseñanzas y estadística de solicitudes de acceso e ingreso, y número de aspirantes que superan las pruebas.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.2. Estadística oficial incluida en el apartado 2.2.1 del DOC: Estadística de la

matrícula oficial de las Enseñanzas Elementales de Música. (EN ELABORACIÓN)

31.1.3. Estadística oficial incluida en el apartado 2.2.2 del DOC: Estadística de la

matrícula oficial de las Enseñanzas Elementales de Música. Asignaturas pendientes.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.4. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.1 del DOC: Estadística de la

matrícula oficial por especialidades de las Enseñanzas Profesionales de Música.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.5. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.2 del DOC: Estadística de la

matrícula oficial por especialidades de las Enseñanzas Profesionales de Música en asignaturas que no es la especialidad.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.6. Estadística oficial incluida en el apartado 2.3.3 del DOC: Estadística de la

matrícula oficial de las Enseñanzas Profesionales de Música en las asignaturas como pendientes.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.7. Estadística oficial incluida en el apartado 2.5.1 del DOC: Estadística de los

resultados obtenidos en el curso académico anterior 2013-2014 en EEM. (EN ELABORACIÓN)

31.1.8. Estadística oficial incluida en el apartado 2.5.2 del DOC: Estadística de los

resultados obtenidos en el curso académico anterior 2013-2014 en EPM. (EN ELABORACIÓN)

31.1.9. Estadística oficial incluida en el apartado 2.7 del DOC: Estadística de alumnado que concluyó estudios en el curso 2013-2014.

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31.1.10. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el

alumnado por edades y nacionalidades. (EN ELABORACIÓN) 31.1.11. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el

alumnado de EEM por edades, sexo, especialidades, nacionalidad y dato de egresados.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.12. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el

alumnado de EPM por edades, sexo, especialidades, nacionalidad y dato de egresados.

(EN ELABORACIÓN)

31.1.13. Estadística oficial del servicio de estadística de la CARM, reflejando el personal

trabajador del centro por sexo, cuerpo administrativo y dedicación total o parcial.

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31.2. OTRAS ESTADÍSTICAS OFICIALES Y PROPIAS DEL CONSERVATORIO DE MÚSICA DE MURCIA

31.2.1. Estadística de número de asignaturas aprobadas o suspensas en la Prueba extraordinaria de septiembre.

PRUEBA EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE. ESTADÍSTICA DE APROBADOS - SUSPENSOS. Aprobados

Total aprobados

Suspensos Total

suspensos Total

general Porcentaje

de aprobados

Porcentaje de

suspensos CURSO 4º

EPM 5º

EPM 6º

EPM 4º

EPM 5º

EPM 6º

EPM 2007-2008 12 12 36 36 48 25,00% 75,00% 2008-2009 18 16 7 41 50 29 46 125 166 24,70% 75,30% 2009-2010 5 7 6 18 38 47 57 142 160 11,25% 88,75% 2010-2011 1 9 19 29 34 12 39 85 114 25,44% 74,56% 2011-2012 5 4 12 21 49 37 36 122 143 14,69% 85,31% 2012-2013 7 14 7 28 40 32 24 96 124 22,58% 77,42% 2013-2014 14 7 12 33 34 25 27 86 119 27,73% 72,27% 2014-2015 22 7 6 35 51 52 42 145 180 19,44% 80,56%

Total general 84 64 69 217 332 234 271 837 1054 20,59% 79,41%

Los datos hacen referencia al número de asignaturas aprobadas o suspensas en la Prueba extraordinaria de

septiembre. 31.2.2. Estadística A. Alumnado matriculado por especialidad y curso, segregada por

no pendientes y pendientes en EEM. (EN ELABORACIÓN)

31.2.3. Estadística B. Alumnado matriculado por especialidad y curso, segregada por no pendientes y pendientes en EPM.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.4. Estadística C. Alumnado matriculado en doble o triple especialidad, por curso y especialidad.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.5. Estadística D: Alumnado con matricula incompleta en 4º EEM y 6º EPM por especialidad, asignaturas y curso.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.6. Estadística E: Alumnado matriculado por especialidad y curso a lo largo de los

últimos 10 cursos académicos. (EN ELABORACIÓN)

31.2.7. Estadística F. Propuestas de vacantes, por parte del centro, de ingreso y acceso por curso y especialidad en los últimos 10 cursos académicos.

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31.2.8. Estadística G. Autorización de vacantes por curso y especialidad en los últimos 10 cursos académicos.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.9. Estadística H. Alumnado que ingresa y accede por curso y especialidad.

Diferenciación de tipos de admisión en el curso académico 2014-2015. (EN ELABORACIÓN)

31.2.10. Estadística I. Alumnado que causa baja o pierde el puesto escolar por curso y

especialidad. (EN ELABORACIÓN)

31.2.11. Estadística J. Alumnado que causa baja o pierde el puesto escolar por curso y

especialidad en los últimos 10 años. (EN ELABORACIÓN)

31.2.12. Estadística K. Solicitudes de vacantes en espera.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.13. Estadística L. Alumnado que finaliza las EEM y las EPM en los últimos 10 cursos académicos.

(EN ELABORACIÓN)

31.2.14. Estadística M. Alumnado que finaliza o no las EPM e ingresa en el grado

superior en los últimos 10 cursos académicos. (EN ELABORACIÓN)

31.2.15. Estadística N. Calificaciones con las que se obtuvo plaza en las pruebas de

acceso e ingreso por especialidad en los últimos 10 cursos académicos. (EN ELABORACIÓN)

31.2.16. Estadística Ñ. Comparación de la media de las calificaciones del alumnado del

centro y el alumnado externo a éste que realiza la prueba de acceso a 1º EPM. Análisis diferenciado de la parte A y B de las pruebas por especialidad.

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31.3. ENCUESTAS Las encuestas a realizar son:

I. Funcionamiento de las pruebas de acceso e ingreso al centro. • Fecha: Última quincena de junio de cada curso académico.

II. Valoración del proceso de admisión y matriculación. • Fecha: Tras el proceso de matriculación de junio. • Fecha: Tras el proceso de matriculación de septiembre. • Fecha: Tras el proceso de matriculación de vacantes sobrevenidas.

III. Evaluación del PHI y su funcionamiento. • Fecha: Antes del 15 de enero del curso académico. • Encuestas anexadas:

Encuesta al alumnado del Programa horarios integrados (PHI) Encuesta para las familias del alumnado del Programa horarios integrados

(PHI). Encuesta al profesorado del conservatorio sobre el Programa horarios

integrados (PHI). Encuesta al profesorado del IES “El Carmen” sobre el Programa horarios

integrados (PHI). IV. Valoración de la atención del equipo directivo y la administración (para alumnado, familias y

profesorado). • Fecha: Antes del 15 de junio del curso académico.

V. Valoración de la información institucional (para trabajadores, alumnado y familias). • Fecha: Antes del 15 de junio del curso académico.

VI. Valoración de las instalaciones del centro y material (para trabajadores, alumnado y familias). • Fecha: Antes del 15 de junio del curso académico.

VII. Valoración del proceso de aprendizaje del alumno en el conservatorio. • Fecha: Antes del 15 de junio del curso académico. • Encuestas anexadas:

Atención de las tutorías (para alumnado y familias). Proceso de asignación de horarios y cambios (para trabajadores, alumnado y

familias). Realización de las audiciones (para trabajadores, alumnado y familias). Proceso de aprendizaje en el aula (para trabajadores, alumnado y familias).

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32. PEC.12. EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE DEL ALUMNADO

El proceso de enseñanza - aprendizaje del alumnado se realiza dentro del marco normativo de los Decretos de currículo y las Órdenes de evaluación de estas enseñanzas (Decreto nº 58/2008, de 11 de abril y Corrección de error, de 23 de abril de 2008, del Decreto número 58/2008, de 11 de abril (CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA), Decreto nº 75/2008, de 2 de mayo, (CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA), Orden de 24 de septiembre de 2009, (regula la aplicación del proceso de evaluación en las Enseñanzas Elementales de Música) y la Orden de 12 de diciembre de 2008, (regula la aplicación del proceso de evaluación, en las Enseñanzas Profesionales de Música).

Las Órdenes de evaluación vinieron a establecer ciertas modificaciones y actualizaciones del procedimiento seguido habitualmente.

Debe destacarse como documentos que reciben una clara definición el “diario de clase” y el “REC” (registro de evaluación continua). Dicen las Órdenes señaladas que estos documentos se ajustarán a las siguientes características:

• El Diario de clase “es el documento en el que el profesor anotará los datos, referidos a cada clase impartida, que resulten relevantes para el seguimiento y valoración del proceso de aprendizaje de cada uno de sus alumnos. A este respecto, el referente será la programación docente de la asignatura”. En EPM también “recogerá información relacionada con la participación del alumno en audiciones y recitales, así como respecto al recital de sexto curso” y a la prueba extraordinaria de septiembre. Se reflejarán “los datos referidos a cada clase relevantes para el seguimiento y valoración del proceso de aprendizaje. En EPM recogerá información con la participación en audiciones y recitales”. Lo cumplimenta “cada profesor” y es un documento individual en cada asignatura. Podríamos entender que en el caso de las enseñanzas elementales deberá contener también la información relativa a las audiciones.

• El REC “es el registro de evaluación continua, es el documento destinado a reflejar datos del proceso de aprendizaje del alumno en todas las asignaturas, referidos a cada una de las evaluaciones, con el fin de que el equipo docente pueda valorar su evolución a lo largo del curso. Este documento asegura la coordinación y continuidad del proceso de aprendizaje”. Se reflejarán “los datos del proceso de aprendizaje del alumno en todas las asignaturas. Su fin es poder asegurar la coordinación y continuidad, y valorar la evolución a lo largo del curso”. “La CCP establecerá el modelo propio”. Lo cumplimenta “el tutor con la información que se recaba de cada profesor” y es un documento que aúna la información de cada asignatura del alumno/a.

En el cuadro que aparece a continuación podemos ver una comparativa del contenido que debe incluirse en el Diario de clase y el REC, que viene establecido por las Órdenes de evaluación.

De la comparativa de ambos documentos se observa que: • ambos comparten información similar. • el diario de clase contiene la información de una asignatura con respecto a un alumno/a y es

elaborado por un solo profesor con respecto a cada alumno/a. • el REC contiene la información de todas las asignaturas de un mismo alumno/a y es elaborado

por todos los profesores con respecto a cada una de las asignaturas de un mismo alumno/a. La coordinación de esta información y la integridad referencial de la misma sólo puede

garantizarse a través de una aplicación informática cuyo contenido parta de una base de datos única.

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En la actualidad en el centro convive la base de datos de CODEX y GH (Gestión de horarios), que se encuentran interconectadas y está en periodo de prueba GE (Gestión de evaluación). GE contiene las características necesarias y comunes entre los documentos “Diario de clase” y “REC”, sirviendo a la vez para que el resto de documentos oficiales de evaluación, - boletines, sesiones y actas de evaluación, -dispongan de una misma información.

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32.1. GE - GESTIÓN DE LA EVALUACIÓN. DIARIO DE CLASE y REC – REGISTRO DE EVALUACIÓN CONTINUA.

(EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

32.2. SESIONES DE EVALUACIÓN De acuerdo con el artículo 2.8 de la Orden de 24 de septiembre de 2009 referente a la

evaluación en EEM, y con el artículo 2.5 de la Orden de 12 de diciembre de 2008 referente a la evaluación de EPM, las sesiones de evaluación permiten la evaluación y calificación del alumnado por parte del equipo docente, que es el conjunto de profesores que imparten clase al alumno, en momentos concretos del proceso de enseñanza-aprendizaje, previamente establecidos.

32.2.1. Fines de las sesiones de evaluación. Las sesiones de evaluación se realizan con los siguientes fines: a. Analizar y valorar las capacidades y aptitudes del alumnado en relación con las enseñanzas que

cursa, teniendo en cuenta su edad y su desarrollo evolutivo en el caso de las EEM. b. En los casos en que corresponda, proponer, coordinar y valorar la aplicación de actividades de

ampliación así como las de aprendizaje que permitan la incorporación al currículo, lo que es propio de la evaluación inicial (aunque puede plantearse en la primera o en la segunda evaluación igualmente).

c. Evaluar el proceso de aprendizaje, teniendo en cuenta las correspondientes programaciones docentes y las características individuales del alumnado en el caso de las EEM.

d. Coordinar y valorar las actividades de recuperación, en su caso. e. Emitir las calificaciones de las distintas asignaturas, salvo en la sesión de evaluación inicial. f. Acordar la información que se trasladará a los alumnos y a sus padres o tutores legales,

relacionada con los acuerdos tomados en cada sesión de evaluación. g. Detectar las ausencias justificadas y no justificadas del alumnado y concretar las medidas a

realizar.

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32.3. OBJETO DE LA SESIÓN DE EVALUACIÓN INICIAL La sesión de Evaluación inicial además tiene por objeto: A. Que cada equipo docente detecte y evalúe las capacidades y los conocimientos adquiridos en las

distintas asignaturas por el alumnado que le corresponde. B. Detectar si se tiene alumnado con carencias formativas relevantes o, por el contrario, con

capacidades y rendimiento excepcionales. C. Que el equipo docente proponga al equipo directivo las medidas de apoyo o recuperación

oportunas, entre las que se contemplan: a. La asistencia a grupos de inferior nivel. b. Otras que proponga el equipo docente.

D. Que el equipo docente proponga al equipo directivo las medidas de ampliación oportunas entre las que se contemplan:

a. La asistencia a grupos de superior nivel. b. Otras que proponga el equipo docente.

E. Detectar las ausencias justificadas y no justificadas del alumnado y así concretar las medidas a realizar.

32.3.1. Recogida de información para la sesión de Evaluación inicial (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016) 32.4. ACCIONES DE LOS TUTORES.

Previamente a las sesiones, los tutores habrán estudiado la información redactada por el equipo docente. Las acciones que realizará serán: A. Analizar la detección y la evaluación de las capacidades y los conocimientos adquiridos en las

distintas asignaturas por el alumnado que tutoriza. B. Detectar si hay alumnado con carencias formativas relevantes o, por el contrario, con capacidades

y rendimiento excepcionales. C. Coordinar las acciones necesarias para la mejora del proceso de enseñanzas-aprendizaje del

alumno que requiera el profesorado, o que se acuerden posteriormente con el alumnado y/o sus familias.

32.5. ACCIONES DEL EQUIPO DOCENTE COORDINADO POR EL TUTOR: El equipo docente propondrá conjuntamente al equipo directivo las medidas de apoyo o

recuperación oportunas, entre las que se contemplarán: a. La asistencia a grupos de inferior nivel. b. Otras que proponga el equipo docente.

El equipo docente propondrá conjuntamente al equipo directivo las medidas de ampliación oportunas entre las que se contemplarán:

a. La asistencia a grupos de superior nivel. b. Otras que proponga el equipo docente.

El equipo docente concretará: a. Cuál es la información impresa en el boletín y en su caso cuál será verbal, que se trasladará

a los alumnos o a sus padres o tutores legales, relacionada con los acuerdos tomados en la sesión de evaluación.

b. Comunicar a la jefatura de estudios si se proponen medidas de apoyo o de ampliación en la evaluación inicial.

c. Así mismo se detectarán las ausencias justificadas y no justificadas del alumnado a efectos de concretar si el alumno/a ha excedido del 10% de faltas. A este respecto debe tenerse en

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cuenta que cuando un profesor lleve registradas un 10 % de faltas del total del curso5, lo comunicará al tutor para que éste contacte con el alumno y su familia, recabe la información necesaria al respecto y les informe.

d. Así mismo se detectarán las ausencias justificadas y no justificadas del alumnado a efectos de concretar si el alumno/a ha excedido del 20% Cuando llega al 20% de las faltas deberá comunicarse al alumno, las familias y el equipo directivo para proceder a notificar la pérdida del puesto escolar en el caso de que estas ausencias se estén produciendo en más de la mitad de las asignaturas en las que se encuentre matriculado.

5 La referencia al respecto es que un curso tiene 33 semanas de clase. Por tanto el 10% son tres clases en asignaturas de una sola asistencia semanal, seis clases en asignaturas de dos asistencias semanales, y 2 clases en asignaturas de asistencia bisemanal.

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32.6. MODELO DE BOLETÍN DE CALIFICACIONES (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016) 32.7. COMUNICACIÓN DE CALIFICACIONES Y OBSERVACIONES, Y PLAZO DE

RECLAMACIÓN POR EL TUTOR. El profesor tutor informará de los resultados de cada evaluación al alumnado y a sus padres o

tutores legales, en el caso de los menores de edad, en las fechas que determine el equipo directivo. (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

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33. PEC.12. LA EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA DOCENTE (EN ELABORACIÓN HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016)

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PEC.13. ELABORACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DEL CENTRO.

34. PEC.13. COMPETENCIAS PARA LA ELABORACIÓN Y LA APROBACIÓN. De acuerdo con lo establecido con el artículo 31.3 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005,

“la redacción final de la propuesta de proyecto educativo corresponde al equipo directivo del conservatorio”.

De acuerdo con el artículo 132.l de la LOE, es competencia del director “aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica”. 35. PEC.13. ES COMPETENCIA DEL CLAUSTRO APROBAR,

INFORMAR Y PROPONER: De acuerdo con el artículo 129.b de la LOE, el claustro deberá aprobar la concreción del

currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual, en sesión de claustro y se procederá por tanto a aprobar:

1. Lo que proceda de los siguientes puntos de este Proyecto Educativo: o Punto PEC .4. La oferta educativa. La admisión. Los servicios complementarios. o Del punto PEC.5. Los objetivos generales del centro. o Del punto PEC.5. Las prioridades de actuación del centro. o Punto PEC.6. El tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas. o Punto PEC.7. Las medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro

para mejorar el rendimiento académico de los alumnos (en elaboración). o Punto PEC.9. Plan para la atención a la diversidad (en elaboración). o Punto PEC.10. Plan de acción tutorial (en elaboración). o Punto PEC.11. El plan para una orientación académica y profesional (en elaboración). o Del punto PEC.12. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado (en

revisión).

2. Lo que proceda de los siguientes puntos de la Programación General Anual: o Punto PGA.1. Objetivos y prioridades de actuación para el presente curso, derivados de

la memoria general anual del curso anterior. o Punto PGA.3. Calendario y programación de: actividades extraescolares, actividades

complementarias, audiciones, evaluaciones, programas, proyectos, grupos de trabajo, seminarios y cursos.

o Punto PGA.4. La propuesta curricular. o Punto PGA.5. Las programaciones docentes.

Así mismo, de acuerdo con el artículo 129.h de la LOE, el claustro deberá informar (emitir su

opinión mediante un informe, si es necesario) las normas de organización y funcionamiento del centro. Estas normas de organización y funcionamiento se encuentran englobadas en el punto 3 de la PGA, y que se denomina “Normas de organización y funcionamiento. Proyecto de Gestión”, lo que se realizará en sesión de claustro informando lo que proceda de los siguientes puntos de este punto 3 de la PGA:

o Punto. NOF y PGEST.3. Organización de la gestión económica. o Punto. NOF y PGEST.4. Organización de los recursos materiales.

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o Punto. NOF y PGEST.5. Organización de los recursos humanos. (En este punto se encuentran incluidos los criterios pedagógicos para la confección de los horarios del alumnado, que deberán ser aprobados por el claustro al tratarse de aspectos educativos).

o Punto. NOF y PGEST.6. Otras normas de organización y funcionamiento. (En este punto, todas aquellas normas de funcionamiento que sean aspectos educativos, deberán ser aprobadas por el claustro).

Clases de instrumentista acompañante y decálogo. o Punto. NOF y PGEST.7. Plan de evacuación.

Así mismo, de acuerdo con el artículo 129.j de la LOE, el claustro propondrá medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro para poder ser así ser incluidas en el punto:

• PEC.8. El plan de convivencia, las normas de convivencia y el plan de acogida del nuevo alumnado.

36. ES COMPETENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR, EVALUAR, PROPONER, PROMOVER, INFORMAR, ANALIZAR Y ELABORAR:

De acuerdo con el artículo 127.a de la LOE, es competencia del consejo escolar “evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley orgánica.

De acuerdo con el artículo 127.b de la LOE, es competencia del consejo escolar “evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente”.

De acuerdo con el artículo 127.e de la LOE, es competencia del consejo escolar “informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen”.

De acuerdo con el artículo 127.e de la LOE, es competencia del consejo escolar “proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género”.

De acuerdo con el artículo 127.h de la LOE, es competencia del consejo escolar “promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar”.

De acuerdo con el artículo 127.i de la LOE, es competencia del consejo escolar “informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos”.

De acuerdo con el artículo 127.j de la LOE, es competencia del consejo escolar “analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro”.

De acuerdo con el artículo 127.k de la LOE, es competencia del consejo escolar “elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.”

37. PEC.13. ACTUALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS. Corresponde al director y/o el equipo directivo la actualización continua de estos documentos.

Dependiendo de la naturaleza de los apartados su actualización será diferente. La modificación del Proyecto Educativo del Centro, de la Programación General Anual y de las

Normas de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de Gestión, se realizará en cualquiera de los siguientes casos: • Por requerimiento normativo, en los términos y plazos que establezca ésta.

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• Por iniciativa del equipo directivo, con el fin de actualizar cualquier apartado de los documentos institucionales del centro.

• A propuesta motivada del claustro o el consejo escolar del centro y acordada por la mayoría absoluta de sus miembros, con el fin de actualizar cualquier apartado de los documentos institucionales del centro.

La actualización de los documentos podrá ser: • Puntual: al inicio del curso o en un momento determinado de éste, una serie de puntos tanto en el

PEC, PGA, como en el NOF y PGEST podrán o deberán actualizarse. Son aquellos cuya naturaleza es la de permanecer al menos a lo largo de un curso y que son básicos para el funcionamiento del centro. En cualquier modificación deberá indicarse la fecha de actualización. Se determina a continuación los puntos que tendrán esta actualización puntual: o PEC.1. RESEÑA HISTÓRICA DEL CENTRO o PEC.2. LOS VALORES DEL CENTRO o PEC.4. LA OFERTA EDUCATIVA. LA ADMISIÓN. LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS. o PEC.5. LOS OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN DEL CENTRO o PEC.6. EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS

ENSEÑANZAS o PEC.7. LAS MEDIDAS PARA PROMOVER LOS COMPROMISOS ENTRE LAS FAMILIAS Y EL

CENTRO PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS. o PEC.8. EL PLAN DE CONVIVENCIA, LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y EL PLAN DE ACOGIDA

DEL NUEVO ALUMNADO. o PEC.9. PLAN PARA LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD o PEC.10. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL o PEC.11. EL PLAN PARA UNA ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL o PGA.1. OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN PARA EL PRESENTE CURSO, DERIVADOS

DE LA MEMORIA GENERAL ANUAL DEL CURSO ANTERIOR. o PGA.2. OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN PARA EL PRESENTE CURSO, DERIVADOS

DEL PROYECTO DE DIRECCIÓN. o PGA.3. CALENDARIO Y PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, ACTIVIDADES

COMPLEMENTARIAS, AUDICIONES, EVALUACIONES, PROGRAMAS, PROYECTOS, GRUPOS DE TRABAJO, SEMINARIOS Y CURSOS, JORNADAS.

o PGA.4. LA PROPUESTA CURRICULAR. o PGA.5. LAS PROGRAMACIONES DOCENTES o NOF y PGEST.1. EL ORGANIGRAMA DEL CENTRO. o NOF y PGEST.7. PLAN DE EVACUACIÓN.

• Continua: a lo largo del curso una serie de puntos tanto en el PEC, PGA, como en el NOF y PGEST,

deberán actualizarse diversos puntos al ir modificándose el contenido por su naturaleza. En esos casos se procederá a la actualización al menos una vez al mes. En cualquier modificación deberá indicarse la fecha de actualización. Se determina a continuación los puntos que tendrán esta actualización continua:

o El punto PEC.3. EL ENTORNO SOCIAL Y CULTURAL o El punto PEC.12. LA EVALUACIÓN o NOF y PGEST.2. COMPENDIO NORMATIVO. o NOF y PGEST.3. ORGANIZACIÓN DE LA GESTIÓN ECONÓMICA o NOF y PGEST.4. ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES. o NOF y PGEST.5. ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. o NOF y PGEST.6. OTRAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

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o Cualquier Anexo.

La revisión de apartados de actualización continua corresponderá al equipo directivo y deberá ser aprobada por el director.

Para la revisión de apartados de actualización puntual se podrá proceder según sigue: • De acuerdo con el artículo 129.a de la LOE, se establecerá el plazo de formulación de propuestas

por parte de los miembros del claustro. • Se establecerá un plazo de consulta a los diferentes sectores de la comunidad educativa,

recogiendo la opinión y/o propuestas de los representantes en el consejo escolar de esos sectores. • Se establecerá un plazo de exposición pública de la redacción final y recogida de últimas

propuestas de cualquier miembro de la comunidad educativa.

38. PEC.13. PUNTOS EN ELABORACIÓN EN EL CURSO 2015-2016. A continuación se detallan los puntos pendientes de redacción en el PEC, PGA y NOF y PGEST: • El punto PEC.7. Las medidas para promover los compromisos entre las familias y el centro para

mejorar el rendimiento académico de los alumnos. • El punto PEC.8. El plan de convivencia, las normas de convivencia y el plan de acogida del nuevo

alumnado. • El punto PEC.9. Plan para la atención a la diversidad. • Diversos apartados del punto PEC.10. Plan de acción tutorial. • Diversos apartados del punto PEC.11. El plan para una orientación académica y profesional. • Diversos apartados del punto PEC.12. La evaluación. • Diversos apartados del punto NOF y PGEST.4. Organización de los recursos materiales. • Diversos apartados del punto NOF y PGEST.5. Organización de los recursos humanos. • Anexo I del NOF y PGEST. Vínculos en la web. Concursos, formación y trabajos.

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ANEXO I. LAS FUNCIONES DEL PROFESORADO ARTÍCULO 91 DE LA LOE, LEY ORGÁNICA 2/2006, DE 3 DE MAYO.

1. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes: a. La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados. b. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de

enseñanza. c. La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso

educativo, en colaboración con las familias. d. La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con

los servicios o departamentos especializados. e. La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado. f. La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del

recinto educativo, programadas por los centros. g. La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de

tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

h. La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.

i. La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas. j. La participación en la actividad general del centro. k. La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los

propios centros. l. La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza

correspondiente. 2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de

colaboración y trabajo en equipo.

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ANEXO II. COMPETENCIAS DEL DIRECTOR

Las competencias del director se encuentran en el artículo 132 de la LOE: a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y

hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al

Claustro de profesores y al Consejo Escolar. c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la

consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro. d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro. f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e

imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa. Diversas normas establecen y encomiendan al director otras competencias al amparo del apartado

l) anterior.

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ANEXO III. VICEDIRECTOR. FUNCIONES. COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Las competencias principales del Vicedirector en el CMM están en el área de actividades complementarias y extraescolares. Las competencias del Vicedirector son las que marca el Artículo 7 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005, de 9 de septiembre de 2005, de la Secretaría Autonómica de Educación: a) Sustituir al Director en los casos de ausencia o enfermedad. b) Organizar los actos académicos. c) Ostentar la jefatura del departamento de extensión académica. d) Cualquier otra función que le pueda encomendar el Director dentro de su ámbito de competencia. e) En aplicación de lo dispuesto en el Art. 47 del RD 83/1996 de 26 de enero del RO-IES, el jefe del

departamento de extensión académica, (y por lo tanto en este caso el vicedirector) tendrá las siguientes funciones: 1) Participar en la elaboración del proyecto curricular de cada grado. 2) Elaborar el programa anual de actividades complementarias y extraescolares, para el que se

tomarán en consideración las propuestas de los departamentos de coordinación didáctica, de los profesores, de los alumnos y de los padres.

3) Elaborar y dar a conocer a los alumnos información sobre las actividades del departamento. 4) Promover y coordinar las actividades de extensión académica, en colaboración con el Claustro de

Profesores, los departamentos de coordinación didáctica y las asociaciones de alumnos y de padres de alumnos.

5) Coordinar la organización de viajes de estudios, los intercambios de estudiantes y cualquier otro tipo de viaje que se realice con los alumnos.

6) Distribuir, en colaboración con el equipo directivo y según los criterios establecidos por la Comisión de Coordinación Pedagógica, los recursos económicos destinados por el Consejo Escolar a las actividades complementarias y extraescolares.

7) Organizar la utilización de la biblioteca del conservatorio. 8) Elaborar una memoria final de curso, con la evaluación de las actividades realizadas, que

trasladará a la comisión de coordinación pedagógica y se incluirá en el proyecto de memoria anual que elabore el equipo directivo.

Cuenta para cumplir sus funciones con el: • COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES.

Sus funciones no están establecidas normativamente.

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ANEXO IV. JEFE DE ESTUDIOS, JEFATURAS DE ESTUDIOS ADJUNTA Y FUNCIONES. COORDINADOR DE LA BIBLIOTECA. RESPONSABLE DE FORMACIÓN EN EL CENTRO.

Las funciones principales del Jefe de estudios están en el área pedagógica, la gestión de alumnado y el profesorado, la CCP y el Consejo escolar.

El Jefe de estudios tiene las competencias señaladas en el artículo 5 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005, de 9 de septiembre de 2005, de la Secretaría Autonómica de Educación, y que están de acuerdo con el artículo 33 del RO-IES (RD 83/1996, de 26 de enero): a) Ejercer, por delegación del Director, y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo

referido al régimen académico. b) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores

y alumnos, en relación con el Proyecto Educativo, los Proyectos curriculares6 de cada grado y la Programación general anual, y velar por la ejecución de lo dispuesto en estos documentos.

c) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios de profesores y de alumnos, de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro de profesores y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como velar por el estricto cumplimiento de los mismos.

d) Coordinar las actividades de los jefes de departamento. e) Coordinar y dirigir la acción de los profesores tutores, de acuerdo con el Plan de orientación y

acción tutorial incluido en los Proyectos curriculares de cada grado. f) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro de profesores en el Centro de

Profesores y Recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el conservatorio.

g) Organizar los actos académicos. h) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en la vida del

conservatorio. i) Participar, junto con el resto del equipo directivo, en la elaboración de la propuesta de Proyecto

Educativo y de Programación General Anual. j) Favorecer la convivencia en el conservatorio de acuerdo con las disposiciones vigentes, así como

con lo establecido en el reglamento de régimen interior y con los criterios fijados por el Consejo Escolar.

k) Cualquier otra función que le pueda encomendar el director dentro de su ámbito de competencia. l) Cuenta para cumplir sus competencias con cinco jefaturas de estudios adjuntas un Coordinador de

biblioteca y el Responsable de formación en el centro. De acuerdo con el artículo 39 del RO-IES (RD 83/1996, de 26 de enero), las funciones de las

jefaturas de estudios adjuntas son delegadas por el Jefe de estudios y asignadas por el Director. Para el CMM son:

• JEFA DE ESTUDIOS ADJUNTA 1. FUNCIONES: elaboración y control de los horarios del alumnado y el profesorado, gestión de la asistencia del alumnado y gestión de la admisión al centro.

• JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO 2. FUNCIONES. Gestión del profesorado en sustituciones, gestión de licencias, ausencias y permisos del profesorado y control de la redacción y coherencia de las programaciones. Asignación de las aulas, control de las evaluaciones.

6 Tras la LOE debe entenderse las programaciones.

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• JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO 3. FUNCIONES. Gestión de la biblioteca y gestión de la orientación en las enseñanzas. Apoyo a la vicedirección en las actividades complementarias y relaciones con escuelas de música.

• JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO 4. FUNCIONES. Gestión del préstamo de instrumentos a alumnado, gestión de plataformas web y gestión de las guardias de profesorado.

• COORDINADOR DE BIBLIOTECA.

FUNCIONES. Sus funciones están establecidas normativamente en el artículo 19 de la Orden de 29 de junio de 1994. Depende del jefe de estudios adjunto 3 en su funcionamiento. o Asegurar la organización mantenimiento y adecuada utilización de los recursos

documentales y de la biblioteca del centro. o Atender a los alumnos que utilicen la biblioteca con la ayuda de los Profesores que tienen

asignadas horas de atención a la misma facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles sobre su utilización.

o Difundir entre los Profesores y los alumnos información administrativa pedagógica y cultural.

o Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y ocio.

o Asesorar en la compra de nuevas materiales y fondos para la biblioteca. o Cualquier otra que le encomiende el Jefe de estudios de las recogidas en la programación

general anual. • RESPONSABLE DE FORMACIÓN EN EL CENTRO.

Depende del jefe de estudios en su funcionamiento.

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ANEXO V. SECRETARIO. FUNCIONES. RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS. COORDINADOR DE AUDIOVISUALES. RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES.

Las funciones principales del Secretario están en el área económica, las actas y documentos del centro y los recursos materiales.

El Secretario tiene las competencias señaladas en el artículo 6 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005, de 9 de septiembre de 2005, de la Secretaría Autonómica de Educación, y que están de acuerdo con el artículo 34 del RO-IES (RD 83/1996, de 26 de enero): a) Ordenar el régimen administrativo del conservatorio, de conformidad con las directrices del

Director. b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno, levantar acta de las sesiones y dar

fe de los acuerdos con el visto bueno del Director. c) Custodiar los libros y archivos del conservatorio. d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. f) Custodiar los medios informáticos y audiovisuales y el resto de material didáctico y coordinar su

utilización. g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración

y servicios adscrito al conservatorio. h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del conservatorio. i) Ordenar el régimen económico del conservatorio, de conformidad con las instrucciones del

director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. j) Velar por el mantenimiento del material y equipamiento del conservatorio, de acuerdo con las

indicaciones del director. k) Participar, junto con el resto del equipo directivo, en la elaboración de la propuesta de Proyecto

Educativo y de Programación General Anual. l) Cualquier otra función que le pueda encomendar el director dentro de su ámbito de competencia.

El Secretario cuenta para cumplir con sus competencias con el Responsable de medios

informáticos, el Coordinador de audiovisuales y el Responsable de riesgos laborales. • RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS.

Depende del secretario en su funcionamiento. • COORDINADOR DE AUDIOVISUALES.

Depende del secretario en su funcionamiento. • RESPONSABLE DE RIESGOS LABORALES.

Depende del secretario en su funcionamiento.

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ANEXO VI. JEFE DE DEPARTAMENTO. COMPETENCIAS. ACTAS. OTROS. COORDINADOR O RESPONSABLE DE ASIGNATURA O ESPECIALIDAD. FUNCIONES.

• ¿CUÁLES SON LAS COMPETENCIAS DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO? Las competencias de los departamentos se encuentran en el artículo 23 de la Resolución

CEC/SAE/SER-58/2005. Es fundamental tener en cuenta la LOE en su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013, los Decretos que determinan el currículo en EEM (58/2008) y EPM (75/2008), las Ordenes de Evaluación de EEM (24 de septiembre de 2009) y EPM (12 de diciembre de 2008), las Resoluciones que regulan la admisión cada año y las Resoluciones que regulan la oferta de optativas (28/2009) y la matriculación en más de un curso (27/2009).

Para facilitar su lectura y aplicación reproducimos a continuación el artículo 23 con distintas notas

al pie. Artículo 23.- Competencias de los jefes de los departamentos de coordinación didáctica. Los jefes de los departamentos de coordinación didáctica tendrán las siguientes competencias:

a) Participar en la elaboración de los proyectos curriculares de grado, coordinar la elaboración de la programación didáctica7 de las asignaturas encomendadas al departamento y la memoria final del curso, así como redactar estas últimas.

b) Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento. c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del departamento y levantar

acta de las mismas8. d) Procurar que los profesores del departamento den a conocer a los alumnos la información

relativa a la programación, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación9.

e) Velar por el cumplimiento de la programación didáctica de las asignaturas encomendadas al departamento y por la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

f) Coordinar, en colaboración con los órganos de gobierno, la utilización de los espacios, instalaciones y recursos materiales asignados al departamento y velar por su mantenimiento.

g) Trasladar a la comisión de coordinación pedagógica, al Jefe de Estudios o al Claustro de Profesores, según corresponda, las propuestas, informes y acuerdos del departamento.

h) Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

i) Conocer las deliberaciones y acuerdos adoptados en las reuniones sectoriales y grupos de trabajo de los profesores del departamento.

j) Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y actividades del conservatorio promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa.

k) Representar al departamento en la comisión de coordinación pedagógica y trasladar a los miembros del departamento el orden del día de las reuniones de ésta y los acuerdos por ella adoptados.

7 Programaciones docentes. 8 El hablar de reuniones ordinarias y extraordinarias es una nomenclatura propia de la Ley 30/1992, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados. Podríamos entender que las reuniones ordinarias serían las que se realicen en el horario semanal o bisemanal establecido, y las extraordinarias aquellas que se realicen en un horario no habitual. En una interpretación más amplia podrían ser extraordinarias también todas aquellas reuniones que se produzcan a lo largo del curso entre las diversas asignaturas sin que se haya reunido a todo el departamento. 9 Esta competencia se entenderá que estará en absoluta consonancia con lo desarrollado en el Plan de Acción Tutorial.

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Es importante señalar que el presidente de cualquier órgano debe velar porque éste trate aquello que es su competencia y que evite tratar otros temas que aunque puedan resultar muy interesantes no sean competencia de éste. Es por tanto una función intrínseca del Jefe del departamento el guiar correctamente a los docentes para dirigirse al estamento correcto en sus necesidades. • ¿CÓMO SE REDACTAN LAS CONVOCATORIAS Y CÓMO SE PUBLICAN?

La Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 en su artículo 18.8 señala que el departamento se reunirá previa convocatoria que “el jefe del departamento cursará a cada uno de los miembros” del departamento “para que sea recibida con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación”.

Para aclarar dudas surgidas anteriormente podemos realizar las siguientes acciones para llevar a cabo la convocatoria:

o El Jefe del departamento o persona en quien delegue, es decir los coordinadores, deben convocar con 48 horas.

o Lo harán preferentemente a través del email adjuntando el orden del día, aunque podrá utilizar convocatorias en papel firmadas.

o Es una buena costumbre utilizar el formato del documento “Carta CMM.doc” que incluye el anagrama del centro y es fácilmente reconocible como documento oficial.

o De forma excepcional y urgente puede utilizarse el servicio sms para avisar de una convocatoria de reunión.

o El registro de la convocatoria en el libro de entradas y salida del centro no es aconsejable ni preceptivo ya que ello implica un mecanismo determinado que hace muy complejo el funcionamiento. No obstante, excepcionalmente en caso de conflictividad podrá utilizarse.

o Es una buena costumbre utilizar el tablón de anuncios acristalado del pasillo que se encuentra antes de la entrada de la sala de profesores, para publicar el anuncio de la convocatoria, pero no será suficiente realizar solo esto para comunicar al profesorado.

o El orden del día no tiene por qué contener obligatoriamente como puntos la “lectura y aprobación del acta de la reunión anterior” y los “ruegos y preguntas”, ya que no es un órgano colegiado, pero parece lógico que si hay tiempo para ello en la sesión, se incluya siempre que se reúna el departamento al completo y al menos una vez al mes.

o No es necesario adjuntar el acta que se va a aprobar, pero es una muy buena costumbre que aquello que vaya a ser objeto de aprobación se disponga anteriormente.

o El acta de la reunión puede redactarse durante la reunión o tras ella. Si se opta por redactarla en la reunión sería aconsejable que el Jefe de departamento delegara en otra persona para ello y así agilizar las reuniones. Su aprobación se realizará al finalizar la reunión o en la siguiente que se convoque.

o Un acta debe incluir según la Ley 30/1992 los aspectos más relevantes de la reunión, los acuerdos, y aquellas expresiones que los presentes deseen hacer constar de forma expresa de sus intervenciones.

• IMPRESIÓN, FIRMA Y CUSTODIA DE LAS ACTAS.

El libro de actas de cada departamento se hace en papel A4, dentro del formato “Carta CMM.doc”. Cada página debe ir numerada comenzando cada curso por la página número 1 y de forma

continua hasta el final del curso. Los anexos que se incluyan deben o bien numerarse individualmente, si se van a incluir al final del libro de actas, o bien si se integran detrás de cada sesión, continuando la numeración de donde se integren. Cada acta de una sesión debe ir firmada por el Jefe del departamento y sellada con el membrete del centro. Si se han producido reuniones sectoriales serán los coordinadores los que firmen conjuntamente con el Jefe de departamento, este último en ese caso dando el visto bueno (VºBº).

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La custodia de las actas las realiza el Secretario del centro, y se le entregará el original a éste de forma periódica una vez hayan sido aprobadas.

Al final del curso cada libro de actas de departamento se envía para que se compacte en un libro físico. • ¿DEBE CONTROLARSE LA ASISTENCIA DEL PROFESORADO A LAS REUNIONES?

El Jefe de Departamento no tiene entre sus competencias ser jefe del personal, que lo es el Jefe de estudios. No obstante, la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 en su artículo 18.8 señala que “La asistencia a las reuniones de los departamentos será obligatoria para los profesores que los integran; cualquier ausencia habrá de ser debidamente justificada”. Ambas cosas se deben conjugar de la siguiente forma:

El Jefe de departamento señalará en las actas los presentes y los ausentes. Cada vez que haya una reunión, ya sea global, por asignaturas o especialidades, y se produzca la

ausencia de un profesor, el jefe de departamento notificará mediante una nota firmada o a través de un email al correo del centro [email protected], las ausencias de profesorado el mismo día que se produzcan.

Una ausencia a una reunión no implica la ausencia al trabajo, por lo que el jefe de estudios es el que tiene que comprobar si la ausencia a la reunión implica una ausencia al trabajo.

La justificación de las ausencias al trabajo las realizará el profesor ante el Jefe de estudios.

Para cumplir con sus competencias, los Jefes de departamento cuentan con los Coordinadores y con los Responsable de Asignatura o Especialidad.

o COORDINADOR Y RESPONSABLE DE ASIGNATURA O ESPECIALIDAD. FUNCIONES. Depende del jefe de departamento.

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ANEXO VII. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. COMPETENCIAS • ¿ES UN ÓRGANO COLEGIADO EL DEPARTAMENTO DIDÁCTICO? Los departamentos didácticos son órganos de coordinación docente como especifica la LOE en su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013 en su artículo 130.2. La LOE también señala en su Artículo 119.6 al “Claustro y al Consejo Escolar” como los órganos colegiados de los centros educativos.

El funcionamiento de los órganos colegiados queda estipulado en la Ley 30/1992, en el capítulo II, a partir del artículo 22. El ser un órgano colegiado implica un funcionamiento característico como es por ejemplo levantar acta siempre, tener un orden del día, convocar con un tiempo de antelación determinado, tener un secretario, etc.

Puede entenderse entonces que los departamentos, al no quedar definidos como órganos colegiados expresamente no tienen por qué funcionar de forma semejante a aquellos, pero también hay que tener en cuenta que aún no siendo definidos así, por su funcionamiento toma acuerdos colegiados y su funcionamiento pueda ser similar siempre que sus peculiaridades organizativas lo requieran. • ¿CÓMO FUNCIONAN?

La Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 en su artículo 18.8 y 18.9 establece que los departamentos de coordinación didáctica se reunirán al menos una vez al mes, previa convocatoria que el jefe del departamento cursará a cada uno de sus miembros para que sea recibida con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación; la convocatoria incluirá el orden del día, y por otro lado señala que los profesores de cada departamento podrán acordar la celebración de reuniones por asignaturas para tratar todos aquellos aspectos referentes a la elaboración y desarrollo de las distintas programaciones didácticas. Estas reuniones serán convocadas por el jefe del departamento o por el profesor en quien delegue. Las decisiones que se deriven de dichas reuniones serán comunicadas al jefe de departamento para su oportuno traslado al resto de los componentes del mismo.

Ahora bien, a pesar de que la normativa anterior es específica de Conservatorios y habla de su funcionamiento, la Orden de 29 de junio de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2012-201310, (se trata de una normativa posterior y de superior rango), dice en su Disposición adicional sexta que “A la hora de confeccionar los horarios la jefatura de estudios asegurará que todos los miembros del departamento coincidan en una misma hora complementaria a la semana para dedicarla a reuniones de ese órgano de coordinación. Esas reuniones podrán establecerse quincenalmente con una duración no inferior a dos horas previa comunicación y conocimiento de la Inspección de Educación.” ¿Cómo queda entonces el funcionamiento de los departamentos en los conservatorios? Pues deben conjugarse todas las normas, ya que en lo que no se oponen están vigentes ambas.

En primer lugar queda claro que los departamentos no están definidos expresamente como órganos colegiados y se entiende que sigue vigente la posibilidad de realizar reuniones sectoriales de las que tendrá conocimiento el jefe de departamento, o bien porque él mismo es el que convoca la reunión, o porque ha delegado en otra persona (como dice la Resolución de 2005), en los coordinadores o personas en quien delegue en este caso.

También es claro que se levantará acta, como dice la Resolución de 2005, al menos una vez al mes. Este funcionamiento puede agilizar las reuniones ya que se recogería una vez al mes todos los acuerdos de las reuniones, y también se reflejaría las sesiones de trabajo, lo desarrollado en ellas, el material elaborado, y los acuerdos que deberán aprobarse por el departamento. En cambio, si un Jefe de departamento prefiere levantar acta en cada reunión, puede hacerlo.

10 Y también lo hacen normas similares posteriores.

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La obligatoriedad de que los miembros de un departamento asistan al centro a una hora semanal de reunión o quincenal de dos horas es clara también, pero ello no debe entenderse como que necesariamente deba reunirse todo el departamento cada vez, (sí al menos una vez al mes).

Con respecto al horario de reuniones, deberíamos poder tener en cuenta que las reuniones de departamento en un conservatorio suelen no quedar integradas dentro de una franja horaria lectiva y tras la cual el trabajador dispone de otra parte del día libre. Es decir, en un centro cuyo horario es de 08:00 a 15:00, es fácil hacer coincidir a todos los trabajadores en una hora y cuadraría perfectamente el que las reuniones sean semanales ya que sería muy difícil salirse de ese horario que sería muy perjudicial al trabajador. Sin embargo en los conservatorios, cuyo horario lectivo va de 9:00 a 22:00, y no hay turnos horarios, solemos dejar una mañana no lectiva para que la enorme variedad horaria de los docentes no impida las reuniones. Esto implica por contra que muchos trabajadores hagan doblete horario en un mismo día, lo que no ocurre en otras enseñanzas, por lo que parece lógico que la acumulación horaria se imponga para que haya los menos dobletes posibles.

A todo esto hay que añadirle que la complejidad organizativa en determinados departamentos muy sobre dimensionados, puede ser enorme. Mientras que lo deseable sería que en un claustro los docentes solo pertenezcan a un departamento, lo habitual y no lo excepcional es encontrar docentes que pertenecen a diversos departamentos. Conjugar la no coincidencia horaria de las reuniones de departamento puede llegar a cuestionar la viabilidad de la eficiencia global de los departamentos y de la lógica de una jornada laboral al uso al estar ante una atomicidad para la cual no hay respuesta normativa alguna. Por tanto deberemos imponer una lógica de eficiencia en todo caso y procurar solventar la necesidad de comunicación y toma de decisiones siendo los jefes de departamento los encargados de coordinar al profesorado todo lo posible.

Como conclusión, un Jefe de departamento tiene que tener en cuenta cómo funciona un órgano colegiado y hacer uso de ese ejemplo como buena práctica para el órgano de coordinación docente que es el departamento, pero no necesariamente debe verse enclaustrado en esa norma, que no le es de aplicación directa. Debe convocar y levantar acta de al menos una reunión al mes y debe velar porque haya un trabajo programado semanal o bisemanal. A su vez parece lógico imponer el sentido común, y que cuando una reunión o una tarea implique concentrar el trabajo o acelerar éste, que no se espere si es posible a la reunión de una hora de la próxima semana o a la de dos horas de dentro de dos, sino que se busque la eficacia concentrando el trabajo si es factible y posible y se convoca adecuadamente a los profesores para que pueda disponerse de ese tiempo sin perturbar su horario. El Jefe de departamento debe mantener un control del trabajo realizado, de las horas globales de trabajo en el centro, de los asistentes a las reuniones, y de que si por eficiencia se altera la periodicidad, se acumula, se sobrepasan las horas, o no se llega a las mínimas puntualmente, que quede ello al menos reflejado por escrito en las actas e informado al menos el jefe de estudios para actuar como proceda posteriormente a lo largo del curso. Por otro lado, el trabajo telemático puede ser de gran ayuda para agilizar el funcionamiento, ya que por encima de todo debe estar la eficiencia laboral. • ¿CUÁLES SON LAS COMPETENCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS?

La Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 está inspirada en la LOCE que fue derogada por la LOE. No existe un paralelismo exacto entre lo que una norma refleja y la otra, pero si bien no siempre es sencillo trasladar lo que señala esta norma a la nomenclatura o disposiciones propias de la LOE, en otras sí lo es. La Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 debe entenderse que es de aplicación en todo aquello que no haya sido objeto de publicación expresa en posteriores normas de igual o superior rango.

En el caso de las competencias de los departamentos, éstas se encuentran en el artículo 21 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005. Es fundamental también tener en cuenta la LOE, los Decretos que determinan el currículo en EEM (58/2008) y EPM (75/2008), las Ordenes de Evaluación de EEM (24 de septiembre de 2009) y EPM (12 de diciembre de 2008), las Resoluciones que regulan la admisión

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cada año y las Resoluciones que regulan la oferta de optativas (28/2009) y la matriculación en más de un curso (27/2009).

Para facilitar su lectura y aplicación reproducimos a continuación el artículo 21 de la Res. CEC/SAE/SER-58/2005 con distintas notas al pie.

Son competencias de los departamentos de coordinación didáctica: a) Formular propuestas al equipo directivo y al Claustro de Profesores relativas a la elaboración o

modificación del proyecto educativo del conservatorio y a la programación general anual11. b) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración o

modificación de los proyectos curriculares de grado12. c) Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las asignaturas

encomendadas al departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica. La programación didáctica13 incluirá, para cada grado, los aspectos señalados en el artículo 33 de estas instrucciones.

d) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento del profesorado14. e) Promover el desarrollo de actuaciones de mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje,

propiciando la actualización de la metodología didáctica. f) Elaborar la programación de adaptaciones de acceso al currículo para aquellos alumnos que las

precisen y supervisar su aplicación15. g) Proponer, organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento de

extensión académica16. h) Realizar propuestas en relación con las pruebas de aptitud para el ingreso en el grado elemental y

con las pruebas de acceso al grado medio y colaborar en la organización y realización de dichas pruebas17.

i) Informar a la comisión de coordinación pedagógica sobre las solicitudes de cambio de especialidad y de simultaneidad de especialidades que realicen los alumnos18.

j) Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos formulen al departamento en relación con las asignaturas encomendadas al mismo y elaborar los informes pertinentes19.

11 Queda supeditado a lo estipulado en la LOE que sean las competencias del equipo directivo y el claustro de profesores. 12 Tras la LOE, los proyectos curriculares quedan integrados en el desarrollo de las programaciones docentes. 13 Según el artículo 121.3 de la LOE debe entenderse como “docente”. 14 Para lo que se cuenta con el apoyo del Responsable de la formación en el centro. 15 Si bien ni en la Orden de 24 de septiembre de 2009 de Evaluación de EEM, ni la Orden de 12 de diciembre de 2008 de Evaluación de EPM establece que deba adaptarse el currículo para acceder al mismo, el REAL DECRETO 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales, en su artículo 20.4 señala que las Administraciones educativas podrán establecer adaptaciones en sus currículos encaminadas a facilitar la simultaneidad de estudios de régimen general y de régimen especial. Por otro lado la Disposición adicional tercera dice que las Administraciones educativas adoptarán las medidas oportunas para la adaptación del currículo a las necesidades del alumnado con discapacidad. Hasta ahora no hay desarrollos al respecto. Todo este punto además podría entenderse como el establecer aspectos que se tendrán en cuenta para la atención a la diversidad. 16 Vicedirección en el CMM. 17 De acuerdo con lo que estipula los Decretos de currículo de EEM, el 58 y de EPM, el 75 de 2008. 18 El cambio de especialidad ya no está en uso, ya que la norma que regula anualmente la admisión en el centro ya no lo permite. Para el curso 2012-2013 es la Resolución de 23 de abril de 2012, de la DG de FP y EPA, por la que se regula la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios y los centros autorizados de música de la Región de Murcia para el año académico 2012-2013. 19 De acuerdo con lo establecido en la Orden de 24 de septiembre de 2009 de Evaluación de EEM y la Orden de 12 de diciembre de 2008 de Evaluación de EPM.

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k) Realizar propuestas relacionadas con los horarios de las asignaturas encomendadas al departamento y sobre la coordinación horaria de las clases colectivas para facilitar el eventual desarrollo de actividades conjuntas con otros departamentos.

l) Elaborar propuestas de asignaturas optativas del tercer ciclo del grado medio, que serán impartidas por los profesores del centro de acuerdo con su capacitación y su disponibilidad de horas lectivas20.

m) En los conservatorios profesionales de música21, formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica en relación con la programación didáctica y la organización de las clases de Música de Cámara, Coro y Orquesta.

n) Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos22. En dicha memoria, cuyas conclusiones más importantes se integrarán en el informe comparativo que para la memoria anual ha de hacer la Comisión de Coordinación Pedagógica, además se hará constar el número de alumnos que superan y no superan las distintas asignaturas encomendadas al departamento, las renuncias de matrícula y las conclusiones que el departamento extraiga de dichos resultados.

o) 23Los Departamentos responsables de cada asignatura podrán conceder la calificación de «Matrícula de Honor», en los distintos cursos de grado medio de la misma, a los mejores de aquellos alumnos que hayan superado dichos cursos con la calificación de «Sobresaliente ». Podrá concederse una matrícula de honor por cada veinte alumnos, o fracción mayor de cinco, matriculados en la asignatura y curso de que se trate. La concesión de matriculas de honor se recogerá en el acta de la correspondiente reunión del Departamento, de la que se trasladará copia fehaciente al Secretario del centro. Recibida esta acta, el Secretario del centro la incorporará a los volúmenes de actas y realizará, en las actas ordinarias afectadas y con el visto bueno del Director, una diligencia que dé cuenta de la decisión del Departamento. De igual modo, el Secretario del centro consignará las matrículas de honor, con el visto bueno del Director, en los expedientes académicos personales de los correspondientes alumnos. Además el Artículo 6.3 de la Orden de 12 de diciembre de 2008 establece que “la prueba

extraordinaria, de no poder ser evaluada por el profesor que hubiera impartido al alumno clase, durante el curso escolar, de la asignatura correspondiente, excepcionalmente, el departamento de coordinación didáctica al que esté asignada la asignatura se responsabilizará de su evaluación”.

Visto el cúmulo de competencias, parece lógico que los departamentos funcionen programando objetivos específicos y concretos y que no se aborde todas las competencias de golpe. Un departamento, guiado por su Jefe de departamento, y de acuerdo con las directrices de la CCP, debe velar por un trabajo organizado estableciendo prioridades. • PROFESORADO COMPONENTE DE UN DEPARTAMENTO.

La Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 determina en su artículo 18.2 y 18.3 que cada departamento de coordinación didáctica estará constituido por los profesores de las especialidades que impartan las

20 De acuerdo con la Resolución 27/2009, de 25 de febrero, de la DG de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones con el fin de regular el procedimiento para la autorización de asignaturas optativas en las EPM. 21 Tras la LOE, conservatorios. 22 Estas tres actividades podrían ser el conjunto al que nos referimos como docente. La Orden de 24 de septiembre de 2009 de evaluación de EEM, en su artículo 10. 2., establece que Los departamentos de coordinación didáctica realizarán dicha evaluación [Evaluación de los procesos de enseñanza y de la propia práctica docente], referida a las distintas asignaturas atribuidas a cada departamento, después de cada sesión de evaluación ordinaria del alumnado. Un artículo similar se encuentra numerado como 11 en la en la Orden de 12 de diciembre de 2008 de evaluación de EPM. 23 El artículo 10 de la Orden de 12 de diciembre de 2008 de Evaluación de EPM deroga todo lo estipulado en este apartado.

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enseñanzas de las asignaturas asignados al mismo, estando adscritos los profesores que, perteneciendo a otro, impartan alguna asignatura encomendada al primero.

Para facilitar dicha lista, el DOC incluye un apartado que determina quiénes son los componentes de un departamento, los profesores adscritos y las asignaturas que le son propias, y que será firmado por el Jefe de departamento.

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ANEXO VIII. COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR

El artículo 119 de la LOE en su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013 trata sobre la participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados.

El punto 2 establece que la comunidad educativa participará en el gobierno de los centros a través del Consejo Escolar.

En el siguiente enlace a la web del Consejo Escolar de la Región de Murcia se puede consultar un manual elaborado por esta institución sobre el funcionamiento de un Consejo Escolar: http://www.cerm.es/upload/news/ManualConsejero_Escolar_Definitivo.pdf

En su punto 4.6 puede consultarse las tareas de los Consejeros escolares siendo de especial interés la lectura de los puntos siguientes: • ¿Qué son los consejos escolares de centro? • ¿Cuáles son sus funciones? • ¿Qué documentos son los que regulan la vida del centro?

o 2 El Sistema educativo español o 3.3.6 Enseñanzas de régimen especial o 3.3.6.1 Enseñanzas artísticas o 3.4 ¿Quién forma parte del centro educativo? o 3.5 Órganos de gobierno de los centros educativos o 3.7 La Programación General Anual o 3.7.1 El Proyecto Educativo de Centro (PEC) o 3.7.1.2 El PEC en los Centros de Educación Secundaria o 3.7.1.4 La Programación docente o 3.7.1.6 La Programación docente en los centros de Educación Secundaria o 3.7.1.8 Reglamento de Régimen Interior o 3.7.1.9 Plan de Convivencia o 3.9 Memoria Anual o 4 El Consejo Escolar o 4.2.4 Centros de Enseñanza de Régimen Especial o 4.3 ¿Cómo se eligen los miembros del Consejo Escolar? o 4.4 Competencias del Consejo Escolar o 4.5 ¿Cómo funciona el Consejo Escolar de centro? o 4.5.1 Funcionamiento en centros públicos o 4.5.3 Funcionamiento de comisiones o 4.6 Tareas de los consejeros del Consejo Escolar de centro o 5 Preguntas y respuestas más frecuentes (donde nos remite a un conjunto de consultas

ya respondidas) o http://webedu.carm.es/documen/consejos/

La Orden de 20 de enero de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura es la que regula la

composición y el procedimiento de Elección de los Consejos Escolares de los Centros aunque su vigencia está en todo momento a lo estipulado en la LOE.

A continuación encontramos un extracto de lo que la LOE explicita sobre el Consejo escolar. En su preámbulo dice lo siguiente:

La Ley concibe la participación como un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos y, por ello, las Administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros educativos, tal como establece el título V. Se presta particular atención a la autonomía de los centros docentes,

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tanto en lo pedagógico, a través de la elaboración de sus proyectos educativos, como en lo que respecta a la gestión económica de los recursos y a la elaboración de sus normas de organización y funcionamiento. La Ley otorga mayor protagonismo a los órganos colegiados de control y gobierno de los centros, que son el Consejo Escolar, el Claustro de Profesores y los órganos de coordinación docente, y aborda las competencias de la dirección de los centros públicos, el procedimiento de selección de los directores y el reconocimiento de la función directiva.

En su artículo 112 y en referencia a los recursos del centro dice lo siguiente: 3. Los centros docentes públicos podrán obtener recursos complementarios, previa aprobación del Consejo Escolar, en los términos que establezcan las Administraciones educativas, dentro de los límites que la normativa vigente establece. Estos recursos no podrán provenir de las actividades llevadas a cabo por las asociaciones de padres y de alumnos en cumplimiento de sus fines y deberán ser aplicados a sus gastos, de acuerdo con lo que las Administraciones educativas establezcan.

En su artículo 119 que versa sobre el funcionamiento y gobierno de los centros públicos y privados concertados dice lo siguiente: 2. La comunidad educativa participará en el gobierno de los centros a través del Consejo Escolar.

4. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento de los centros a través de sus delegados de grupo y curso, así como de sus representantes en el Consejo Escolar. 6. Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados de gobierno: Consejo Escolar y Claustro de profesores.

En el Capítulo III que habla de los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente

de los centros públicos, dice en su artículo 126 que la composición del Consejo Escolar será la siguiente.

o El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes miembros: o El director del centro, que será su Presidente. o El jefe de estudios. o Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle

radicado el centro. o Un número de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un

tercio del total de los componentes del Consejo. o Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos, que no

podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo. o Un representante del personal de administración y servicios del centro. o El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

o Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará a una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

o Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.

o Corresponde a las Administraciones educativas regular las condiciones por las que los centros que impartan las enseñanzas de formación profesional o artes plásticas y diseño puedan incorporar a su Consejo Escolar un representante propuesto por las organizaciones empresariales o instituciones laborales presentes en el ámbito de acción del centro.

o Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director.

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Los alumnos de educación primaria podrán participar en el Consejo Escolar del centro en los términos que establezcan las Administraciones educativas24.

Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección. (La Orden de 20 de enero de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la composición y el procedimiento de Elección de los Consejos Escolares de los Centros que imparten Enseñanzas de Régimen Especial determina en su artículo 2.2 la composición que es la siguiente:

o El director del centro, que será su presidente. o El jefe de estudios. o Seis profesores, elegidos por el Claustro. o Tres alumnos mayores de 14 años (se entenderá la edad en la que pueden cursar 1º de la ESO)

cursan, elegidos respectivamente por y entre los alumnos de cada una de dichas enseñanzas. Uno de los cuales será designado, en su caso, por la asociación de alumnos más representativa, legalmente constituida. Si no existe propuesta de designación por parte de la asociación, el puesto vacante será ocupado por el candidato no electo que ocupe el primer lugar en la lista de suplentes para futuras sustituciones.

o Un total de tres representantes de padres y madres de alumnos, elegidos respectivamente por y entre este mismo sector. Uno de los cuales será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres más representativa, legalmente constituida. Si no existe propuesta de designación por parte de la asociación, el puesto vacante será ocupado por el candidato no electo que ocupe el primer lugar en la lista de suplentes para futuras sustituciones.

o Un representante del personal de administración y servicios. o Un concejal o representante del ayuntamiento en cuyo término municipal se halla radicado el

centro. o El secretario del centro o, en su caso, administrador, que actuará como secretario del Consejo

Escolar, con voz pero sin voto. o En los centros específicos de educación infantil, en los incompletos de educación primaria, en los

de educación secundaria con menos de ocho unidades, en centros de educación permanente de personas adultas y de educación especial, en los que se impartan enseñanzas artísticas profesionales, de idiomas o deportivas, así como en aquellas unidades o centros de características singulares, la Administración educativa competente adaptará lo dispuesto en este artículo a la singularidad de los mismos.

o En los centros específicos de educación especial y en aquellos que tengan unidades de educación especial formará parte también del Consejo Escolar un representante del personal de atención educativa complementaria.

En el artículo 127 se establecen las competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley25.

b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser

informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo

24 Este punto se entiende en nuestras enseñanzas con la edad de los alumnos que cursarían en su caso las distintas enseñanzas nombradas. 25 La LOE.

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acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

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ANEXO IX. COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO

El artículo 129 de la LOE en su texto consolidado a 10 de diciembre de 2013 trata sobre las competencias del claustro de profesores, que redactamos a continuación.

Artículo 129. Competencias. El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias: a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del

centro y de la programación general anual. b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la

programación general anual. c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la

formación del profesorado del centro. e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en

los términos establecidos por la presente Ley. f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los

resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro. h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro. i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se

atengan a la normativa vigente. j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas

normas de organización y funcionamiento.

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ANEXO X. COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

• ¿CUÁLES SON LAS COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA? o En el artículo 27 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 se establecen las competencias

de la comisión de coordinación pedagógica. Esta norma, que está inspirada en la LOCE, debe entenderse que es de aplicación en todo aquello que no haya sido objeto de publicación expresa en posteriores normas de igual o superior rango.

o Al igual que en otros casos es fundamental tener en cuenta la LOE, los Decretos que determinan el currículo en EEM (58/2008) y EPM (75/2008), las Ordenes de Evaluación de EEM (24 de septiembre de 2009) y EPM (12 de diciembre de 2008), las Resoluciones que regulan la admisión cada año y las Resoluciones que regulan la oferta de optativas (28/2009) y la matriculación en más de un curso (27/2009). Para facilitar su lectura y aplicación reproducimos a continuación el artículo 27 de la Resolución CEC/SAE/SER-58/2005 con distintas anotaciones aclaratorias. a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos

curriculares de grado26. b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la

redacción de los proyectos curriculares de grado y de sus eventuales modificaciones27. c) Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo, los proyectos curriculares28 y la

programación general anual. d) Establecer las directrices generales para la elaboración de las programaciones didácticas

de los departamentos29 y del plan de orientación y acción tutorial incluido en el proyecto curricular de cada grado30.

e) Proponer al Claustro de Profesores los proyectos curriculares para su aprobación31. f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de grado32. g) Proponer al Claustro de Profesores la planificación general de las sesiones de evaluación y

calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios. h) Proponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada

grado33, los aspectos docentes del proyecto educativo, la programación general anual, la evolución del rendimiento académico del conservatorio y el proceso de enseñanza34.

i) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del conservatorio, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro o de la Administración educativa e impulsar los planes de mejora que se estimen necesarios como resultado de tales evaluaciones.

j) Resolver sobre las solicitudes de ampliación de matrícula y de matriculación en más de un curso que formulen los alumnos, previo estudio del informe que le presenten los tutores de los mismos y con sujeción, en el último caso, a los criterios establecidos por el Claustro de Profesores. En el caso de los centros autorizados, y de acuerdo a los artículos 42 y 43 de

26 Desde la LOE se incluye y redefine el proyecto curricular dentro de las programaciones docentes. 27 Desde la LOE se incluirá lo que correspondiera a un proyecto curricular dentro de las programaciones docentes. 28 Desde la LOE las programaciones docentes. 29 Desde la LOE docentes. 30 Desde la LOE el Plan de Orientación y el PAT serán documentos que estarán incluidos en el PEC y fuera de las programaciones docentes. 31 Desde la LOE las programaciones docentes. 32 De las programaciones docentes desde la LOE. 33 De las programaciones docentes desde la LOE. 34 De acuerdo con lo que señala las Órdenes de evaluación de 18 de diciembre de 2008 y de 24 de septiembre de 2009.

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estas instrucciones, la ampliación y matriculación en más de un curso deben tramitarse a través de los centros a los que se encuentren adscritos. En todo caso, para la ampliación de matrícula y de matriculación en más de un curso deberá obtenerse el visto bueno de la Secretaria Autonómica de Educación35.

k) Resolver sobre las solicitudes de cambio o simultaneidad de especialidad, teniendo en cuenta los informes que elaboren los departamentos de coordinación didáctica, e informar al Consejo Escolar sobre la decisión adoptada. En el caso de los centros autorizados, y de acuerdo a los artículos 47 y 48 de estas instrucciones, los cambios o simultaneidad de especialidades deben tramitarse a través de los centros a los que se encuentren adscritos. En todo caso, para el cambio o simultaneidad de especialidad deberá obtenerse el visto bueno de la Secretaria Autonómica de Educación36.

l) Resolver sobre las solicitudes de traslado de centro, teniendo en cuenta la disponibilidad de plazas en la especialidad y curso solicitado, de acuerdo al artículo 44 de las presentes instrucciones37.

m) Aprobar las propuestas realizadas por los departamentos de coordinación didáctica en relación con las diferentes pruebas de aptitud y de acceso y establecer las fechas de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en las normas que regulen dichas pruebas38.

n) Realizar propuestas al Director sobre la adscripción de asignaturas a departamentos y sobre la fusión de departamentos, cuando se produzcan las circunstancias señaladas en los números 6 y 7 del artículo 18 de estas instrucciones.

o) Distribuir entre los diferentes departamentos, en función de los distintos grupos camerísticos previstos, de las asignaturas que tengan encomendadas, de las disponibilidades de su profesorado y del número de alumnos, y previo informe del Jefe de Estudios, el total de horas de Música de Cámara que sea necesario impartir, así como las horas de pianista, guitarrista y percusionista acompañante que resulte necesario atender y las de asignaturas que puedan ser encomendadas a profesores de distintos departamentos.

p) Proponer al Director los equipos docentes que han de valorar las pruebas de aptitud para el ingreso en el grado elemental y los tribunales de las pruebas de acceso al grado medio39.

q) Estudiar y aprobar las propuestas de asignaturas optativas para el tercer ciclo del grado medio, antes de que sean remitidas, para autorización, a la Secretaría Autonómica de Educación40.

r) Apoyar, en su caso, las iniciativas de creación de grupos de trabajo que presenten los profesores.

35 Todo lo estipulado en este punto está regulado en los Decretos 58 y 75 de 2008 y la Resolución 28/2009, de 25 de febrero, de la DG de OA, por la que se dictan instrucciones para proceder a la matriculación en más de un curso en las enseñanzas elementales y profesionales de música. 36 El cambio de especialidad ya no está en uso, ya que la norma que regula anualmente la admisión en el centro no lo permite. Para el curso 2012-2013 es la Resolución de 23 de abril de 2012, de la DG de FP y EPA, por la que se regula la admisión y matriculación del alumnado en los conservatorios. La simultaneidad de especialidades está regulada igualmente en la norma anterior y en el Decretos 75 de 2008 referente a EPM, no siendo posible en EEM. 37 Desde la LOE esta competencia recae en el Consejo Escolar. 38 De acuerdo con lo estipulado en los Decretos 58 y 75 que regulan las pruebas de acceso e ingreso. Las fechas las determina el equipo directivo. 39 Según el artículo Undecimo.2. de la RESOLUCION DE 23 DE ABRIL DE 2012 es el director del centro quien designará, previa consulta a la comisión de coordinación pedagógica, los equipos evaluadores., y en el Undecimo.3. señala que la distribución de los aspirantes se efectuara conforme a los criterios que establezca la comisión de coordinación pedagógica, teniéndose especialmente en cuenta la edad. 40 Según lo estipulado en la Resolución 27/2009, de 25 de febrero.

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s) En los conservatorios de música, elaborar, a partir de las propuestas de los departamentos, las directrices generales para la organización de las clases de Música de Cámara, Coro y Orquesta, así como de las clases colectivas del grado elemental y de las actividades conjuntas entre dos o más clases colectivas41.

• En el Artículo 49.- 2. En el grado elemental de los conservatorios de música:

o d) En la asignatura de Coro, los centros organizarán una o varias agrupaciones, según el número de alumnos matriculados en los cursos tercero y cuarto. Dichas agrupaciones podrán integrar a alumnos de ambos cursos, en número no inferior a treinta ni superior a cuarenta y cinco42. En todo caso, la programación didáctica de esta asignatura tendrá en cuenta las directrices que establezca sobre la misma la comisión de coordinación pedagógica.

3. En el grado medio de los conservatorios de música: o La asignatura de Música de cámara se programará de acuerdo con las aportaciones de los

distintos departamentos de especialidades instrumentales y teniendo en cuenta las directrices de la comisión de coordinación pedagógica.

o En la asignatura de Orquesta, los centros constituirán una o varias agrupaciones, que podrán estar integradas por alumnos de distintos cursos, preferentemente del mismo ciclo43. Tales agrupaciones podrán incluir la banda sinfónica. La programación didáctica de esta asignatura tendrá en cuenta las directrices de la comisión de coordinación pedagógica y podrá prever el trabajo por secciones44.

o En la asignatura de Coro, los centros organizarán una o varias agrupaciones, que podrán estar integradas por alumnos de distintos cursos, en número no inferior a treinta45. En todo caso, la programación didáctica46 de esta asignatura tendrá en cuenta las directrices que establezca sobre la misma la comisión de coordinación pedagógica.

o Elaborar un informe comparativo para la memoria anual, que permita seguir la evolución de los alumnos en el centro desde el momento de su ingreso, y que se refiera, otros aspectos, a su rendimiento académico, al índice de abandonos, al porcentaje de alumnos de grado elemental que acceden al grado medio, en su caso, y al número de alumnos de cada especialidad que finalizan el grado medio47.

• En el Artículo 34.6. o Un informe elaborado por la comisión de coordinación pedagógica que permita conocer la

evolución de los alumnos en el conservatorio desde el momento de su ingreso, a partir de los datos relativos a la matrícula por cursos y especialidades. Estos datos reflejarán, entre otros aspectos, el índice de abandonos y de titulados por cada especialidad y el porcentaje de alumnos de grado elemental que superan la prueba de acceso a grado medio. Asimismo, incluirá una estadística relativa a las edades de los alumnos en el momento de efectuar la matrícula en el curso correspondiente, que le será suministrada por la Secretaría de los centros.

• En el Artículo 38.9. o Para la realización de estas evaluaciones, la Comisión de Coordinación Pedagógica

propondrá al claustro de profesores el plan de evaluación correspondiente, en el que se deberán incorporar los criterios establecidos en las correspondientes órdenes de evaluación de las distintas etapas educativas.

41 Ello de acuerdo con lo señalado en el Artículo 49 de la misma norma. 42Los decretos 58 y 75 de 3008 han cambiado las ratios. 43 Desde la LOE no existen ciclos. 44 Desde la LOE debe entenderse Conjunto también. 45 Los decretos 58 y 75 de 3008 han cambiado las ratios. 46 Docente desde la LOE. 47De acuerdo con lo estipulado en las mismas instrucciones en el artículo 34.6, 38 .9, reproducido a continuación.

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• Además hay que tener en cuenta en las competencias de la CCP el artículo 7 del Decreto n.º58/2008, de 11 de abril, sobre el repertorio con acompañamiento y el artículo similar que se encuentra en el Decreto 75/2008 para EPM. Por otro lado el artículo 6 de la Orden de 12 de diciembre de 2008 sobre la Evaluación de las pruebas extraordinarias, donde dice que la comisión de coordinación pedagógica acordará los criterios generales para la realización de las pruebas extraordinarias. Conforme a ellos, se incluirán el procedimiento, los instrumentos de evaluación así como los criterios de evaluación y calificación de las pruebas en la programación docente de cada una de las asignaturas y cursos a los que corresponda. En el caso de la asignatura de Instrumento o Voz 6º, la prueba consistirá en el recital establecido en el artículo 8 del Decreto 75/2008, de 2 de mayo.

• Finalmente la Orden de 24 de septiembre de 2009, de evaluación de EEM dice en su Artículo 5.2. que sobre el REC cada centro establecerá su modelo propio mediante acuerdo de la comisión de coordinación pedagógica y en el artículo 19, hace referencia a que el boletín informativo trimestral será determinado por la comisión de coordinación pedagógica e incluido en el proyecto educativo de centro. Similares artículos se encuentran en la Orden de 12 de diciembre de 2008 sobre la evaluación de EPM.

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ANEXO XI. DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS, ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 78 Y 80 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001, DE 26 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Artículo 78.- Son deberes de los funcionarios: a) El estricto cumplimiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del ordenamiento jurídico en

el desempeño de sus funciones. b) Servir con objetividad e imparcialidad a los intereses públicos, desempeñando fielmente las funciones

a su cargo. c) Cumplir con eficacia las funciones que tengan asignadas y esforzarse en el constante

perfeccionamiento de sus conocimientos. d) El respeto y obediencia a sus superiores en el cumplimiento de sus funciones. e) Tratar con corrección a compañeros, subordinados y administrados, facilitando a éstos el ejercicio de

sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. f) Guardar sigilo respecto de los asuntos que conozcan por razón del cargo y no dar publicidad o utilizar

indebidamente los asuntos secretos o reservados, así declarados de acuerdo con la Ley. g) Residir en el término municipal donde preste su función, o en cualquier otro que permita el estricto

cumplimiento del horario de trabajo sin menoscabo de las tareas que tenga asignadas. h) El cumplimiento del horario de trabajo que reglamentariamente se determine, así como realizar fuera

del mismo las tareas que se le encomiende por ineludibles necesidades del servicio, con derecho a las retribuciones que reglamentariamente se determinen.

Artículo 80.- Responsabilidad. Los funcionarios serán responsables de la buena gestión de los servicios que tengan encomendados,

procurando resolver por propia iniciativa las dificultades que encuentren en el ejercicio de su función, y sin perjuicio de la responsabilidad que incumba en cada caso a sus superiores jerárquicos.

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ANEXO XII. ARTÍCULOS 52 (DEBERES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CÓDIGO DE CONDUCTA), 53 (PRINCIPIOS ÉTICOS) Y 54 (PRINCIPIOS DE CONDUCTA) DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.

Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta. Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar

por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

Los principios y reglas establecidos en este Capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos. Artículo 53. Principios éticos. 1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el

ordenamiento jurídico. 2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se

fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.

4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.

6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.

7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.

8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.

9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.

10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.

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11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.

12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.

Artículo 54. Principios de conducta. 1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados

públicos. 2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y

cumpliendo la jornada y el horario establecidos. 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una

infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.

6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.

7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.

8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación. 9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral. 10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que

consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.

11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.

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ANEXO XIII. DEBERES BÁSICOS DE LOS ALUMNOS. Artículo 4 de la LODE.

LODE a) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias. c) Seguir las directrices del profesorado. d) Asistir a clase con puntualidad. e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado

clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del profesorado.

f) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

g) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo, y conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.»

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ANEXO XIV. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.

Código deontológico de la profesión docente aprobado el 6 de diciembre de 2010 en el Pleno del Consejo General de “Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias”.

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE Unas palabras previas

Los colegios profesionales y la sociedad a la que sirven están sometidos actualmente a cambios acelerados que les afectan profundamente, y el Consejo General de Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias no es, por supuesto, una excepción. Uno de los puntos en los que este proceso se manifiesta más claramente es el código deontológico. Evidentemente, el Consejo General disponía ya de un código deontológico, aprobado en 1996, pero las circunstancias de cambio social que se han producido desde entonces aconsejaban una actualización.

Una vez tomada la decisión por el Pleno, este nombró una comisión formada por José Luis Magro, decano de Asturias, y Manuel Romero, decano de Galicia, y presidida por Alejandro Tiana. En julio de 2010 la comisión ya había finalizado su trabajo, que fue presentado como primicia en el transcurso de la VI Escuela de Verano de Almagro.

Su lectura produjo una impresión muy positiva a todos los consejeros presentes, ya que el texto, además de responder a las actuales necesidades de la educación, satisface una serie exigencias que, por obvias, no debemos dejar de mencionar: la brevedad y la concisión, que facilitan el recuerdo, asimilación y cumplimiento de cualquier tipo de norma, y el estilo llano y la claridad del lenguaje.

El proyecto se envió a los consejeros para su estudio antes de someterlo a la aprobación del Pleno. No se presentaron enmiendas, y el texto fue aprobado el día 6 de noviembre en el Pleno celebrado en la capital andaluza con motivo del primer centenario del Colegio de Sevilla y Huelva.

Es, pues, una gran satisfacción expresar públicamente el agradecimiento de todos los decanos presentes en el Consejo General por el excelente trabajo realizado por la comisión, que además de cumplir con todas las exigencias necesarias, tiene aún otro mérito: al estar fundamentado en principios éticos universales y siempre vigentes, difícilmente le va a afectar el paso del tiempo, por lo que este código deontológico tiene ante sí una larga andadura.

Josefina Cambra Presidenta

1. Introducción La educación tiene por objeto lograr el máximo desarrollo de las facultades intelectuales,

físicas y emocionales de las nuevas generaciones, y al propio tiempo permitirles adquirir los elementos esenciales de la cultura humana. Tiene por tanto una doble dimensión, individual y social, íntimamente entrelazadas, cuyo cultivo constituye la base de una vida satisfactoria y enriquecedora.Dado que los seres humanos no nacen con el bagaje de conocimientos, actitudes y valores necesarios para vivir una vida personal plena y desenvolverse en una sociedad, es necesario facilitarles al máximo su consecución, por medio de la acción educativa. De ahí deriva la importancia de la función docente, que tiene como meta la formación integral de las personas jóvenes como seres individuales y sociales. El desempeño de esta tarea conforma una de las profesiones más necesarias cuando un pueblo desea configurar una sociedad justa, armónica y estable.Para alcanzar tales objetivos la sociedad debe garantizar la libertad de cátedra, el derecho de todos los alumnos a aprender y la igualdad de oportunidades educativas. La profesión docente requiere la dignidad, el reconocimiento, la autoridad y el respaldo necesarios para su desempeño. El correcto ejercicio de la profesión docente no puede concebirse al margen de un marco ético, que constituye su sustrato fundamental y que se concreta en un conjunto de principios de actuación:

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1. Dado el proceso de desarrollo personal en que se encuentran los destinatarios de la acción educativa, los docentes tienen la responsabilidad de prestar una atención permanente a la influencia de sus acciones sobre los educandos, por cuanto suelen servir de pautas de conducta. Ello implica guiarse por los principios de responsabilidad y ejemplaridad en su actuación.

2. Igualmente, dado que los valores cívicos fundamentales de nuestra sociedad deben ser la justicia y la democracia, orientados al mantenimiento de una convivencia social armónica, el profesional de la docencia deberá regirse en todo por dichos criterios de actuación. Y para respetarlos, no perderá nunca de vista los principios de justicia, veracidad y objetividad en sus actuaciones.

3. La infancia y la adolescencia son etapas decisivas en la formación de la personalidad. Y para que este desarrollo alcance libremente su techo, es preciso que los docentes se guíen por el principio del respeto y la empatía, como condición para propiciar los sentimientos de seguridad y autonomía en los educandos.

4. La convivencia escolar es un excelente aprendizaje para la convivencia social, por lo que los docentes cultivarán los principios de solidaridad y responsabilidad social, con vistas a la formación de ciudadanos activos y responsables.

5. Con el fin de formar ciudadanos autónomos, maduros y con criterio propio, es necesario que el profesional docente ponga todo su empeño en el desarrollo del espíritu crítico propio y de sus alumnos, de modo que aprendan a valorar, juzgar y sopesar la veracidad, alcance e importancia de cuanta información reciban a través de distintos medios.

6. Sin perjuicio de la legítima compensación que el docente tiene derecho a recibir por el trabajo que realiza, su actuación se regirá por el principio del desinterés.

7. Dado el cambio continuo al que está sometida la labor de la docencia, así como el marco institucional y social en que se desarrolla, el docente debe adoptar como guía de conducta el principio de formación permanente que le permitirá responder del mejor modo a los desafíos que continuamente se le plantean.

8. Teniendo en cuenta la complejidad de las relaciones que se establecen en la tarea docente y la responsabilidad que implica, así como la necesidad de armonizar las normas establecidas con los imperativos éticos, se hace necesaria la concreción de todos estos principios generales en un Código deontológico, que detalle todos y cada uno de los compromisos y deberes del buen profesional. Dicho Código debe servir para que el profesor conozca y asuma plenamente sus obligaciones, pero también para que la sociedad le otorgue la confianza y la autoridad necesarias para alcanzar la educación de calidad que anhela y demanda para sus hijos.Por todo ello, el Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias del Estado Español establece el siguiente Código Deontológico de la Profesión Docente, que deberá ser asumido y aceptado por cuantos ejercen esta profesión, esto es, los Maestros de Educación Infantil, los Maestros de Enseñanza Primaria, los Máster en Enseñanza Secundaria, así como cuantos desarrollen una función educativa y docente en centros de Enseñanza Infantil, Primaria, Secundaria y de Formación Profesional. La vigilancia del cumplimiento de los compromisos y deberes recogidos en este Código corresponderá a cada uno de los Colegios Oficiales, a través de sus estatutos y sus mecanismos disciplinarios.

1. Compromisos y deberes en relación con el alumnado 1.1. Contribuir activamente al ejercicio efectivo del principio constitucional del derecho a la educación por parte del alumnado. 1.2. Promover la formación integral del alumnado a través de una atención personalizada y una relación de confianza que contribuya a fomentar la autoestima, la voluntad de superación y el desarrollo de las capacidades personales.

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1.3. Tratar justa y equitativamente al alumnado, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias por ningún motivo asociado a características o situaciones personales, sociales, económicas o de cualquier otro tipo. 1.4. Proporcionar al alumnado un sistema estructurado de conocimientos y habilidades que le permita avanzar en su desarrollo personal, dar respuesta adecuada a las nuevas situaciones que se le planteen y acceder en las mejores circunstancias posibles a la vida adulta y a una ciudadanía activa. 1.5. Atender adecuadamente a la diversidad de circunstancias y situaciones personales del alumnado, ofreciendo a todos la posibilidad de desarrollar sus capacidades y profundizar su formación en los distintos campos del saber. 1.6. No adoctrinar al alumnado, fomentando el desarrollo del juicio crítico y ecuánime sobre la realidad y sobre sí mismos y promoviendo la búsqueda de la verdad como principio rector del saber. 1.7. Adoptar todas las medidas precisas para salvaguardar la libertad, la dignidad y la seguridad física, psicológica y emocional del alumnado. 1.8. Atender y encauzar adecuadamente las reclamaciones legítimas del alumnado en el ejercicio de la docencia y de la función tutorial. 1.9. Guardar el secreto profesional en relación con los datos personales del alumnado de que se disponga en el ejercicio profesional de la docencia. 2. Compromisos y deberes en relación con las familias y los tutores del alumnado 2.1. Respetar los derechos de las familias y los tutores en relación con la educación de sus hijos, armonizándolos con el ejercicio de la autoridad docente y con el cumplimiento de los proyectos educativos adoptados. 2.2. Favorecer la cooperación entre las familias y el profesorado, compartiendo la responsabilidad educativa en los temas que afecten a ambas partes y propiciando una relación de confianza que promueva la participación a través de los correspondientes órganos y asociaciones. 2.3. Proporcionar a las familias y los tutores la información necesaria acerca de los proyectos educativos del centro, la programación docente y los criterios de evaluación establecidos en el ámbito que corresponda. 2.4. Proporcionar a las familias y los tutores información acerca del proceso educativo de sus hijos, el grado de consecución de los objetivos propuestos y las eventuales dificultades que se detecten, así como la orientación adecuada a dichas circunstancias. 2.5. Respetar la confidencialidad de las informaciones proporcionada en el ejercicio de sus funciones por parte de las familias o tutores. 3. Compromisos y deberes en relación con la institución educativa 3.1. Mostrar el máximo respeto al proyecto educativo del centro sin perjuicio del ejercicio de la libertad de cátedra. 3.2. Respetar y hacer respetar las normas de funcionamiento del centro y colaborar en todo momento con sus órganos de gobierno, los departamentos didácticos, los servicios de orientación psicopedagógica, las tutorías y cualesquiera otros servicios de la institución. 3.3. Favorecer la convivencia en los centros educativos, contribuyendo a mantener un ambiente adecuado para la enseñanza y el aprendizaje, utilizando los cauces apropiados para resolver los conflictos que puedan surgir y evitando cualquier tipo de violencia física o psíquica. 3.4. Velar por el buen estado de mantenimiento y limpieza de materiales e instalaciones, inculcando en los alumnos el respeto a los bienes comunes y públicos. 3.5. Ejercer con dedicación las responsabilidades directivas o de otro tipo que se desempeñen, manteniendo canales abiertos de consulta y debate en el centro y actuando como modelo de conducta ante los compañeros. 3.6. Velar en toda circunstancia por el prestigio de la institución en que se trabaja, contribuyendo activamente a la mejora de su calidad.

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3.7. Colaborar con la institución y con las autoridades educativas en cuantas consultas e informaciones se realicen para un mejor ordenamiento de la tarea educativa. 4. Compromisos y deberes en relación con los compañeros 4.1. Aportar los propios conocimientos, capacidades y aptitudes con el fin de crear un clima de confianza que potencie el buen trabajo en equipo. 4.2. Colaborar lealmente con los compañeros y con el personal que participa en la educación para asegurar una actuación colectiva coordinada que redunde en beneficio del alumnado y del cumplimiento de los objetivos educativos de la institución. 4.3. Respetar el ejercicio profesional de los compañeros de profesión, sin interferir en su trabajo ni en su relación con el alumnado, las familias y los tutores. 4.4. Mantener la objetividad en la apreciación del trabajo profesional de los compañeros, mostrando el debido respeto a sus opiniones y utilizando las vías establecidas para manifestar la disconformidad con su actuación. 4.5. Guardar el secreto profesional en relación con los datos personales de los compañeros de que se disponga en el ejercicio de cargos de responsabilidad. 5. Compromisos y deberes en relación con la profesión 5.1. Desarrollar con profesionalidad la enseñanza en el ámbito docente que corresponda, actuando con autonomía y atendiendo a las necesidades de desarrollo del alumnado, a la normativa establecida y a los proyectos educativos del centro en que se desempeña la tarea docente. 5.2. Desarrollar un ejercicio profesional que demuestre unos altos niveles de competencia, un buen dominio de la especialidad y una conducta adecuada a los principios constitucionales que constituyen el fundamento de la convivencia ciudadana. 5.3. Asumir la responsabilidad propia en aquellos ámbitos de actuación que son competencia profesional de los docentes. 5.4. Asumir la obligación de la formación permanente, dado el avance constante de la ciencia, de las nuevas tecnologías y de la realidad social. 5.5. Contribuir al progreso de la profesión a través de la actualización didáctica y científica, el perfeccionamiento profesional, la investigación y la innovación educativa. 5.6. Contribuir a la dignificación social de la profesión docente y defender y hacer respetar los derechos que le corresponde. 6. Compromisos y deberes en relación con la sociedad 6.1. Asumir y cumplir los deberes de ciudadanía, actuando con lealtad a la sociedad y a las instituciones, en el marco de la Constitución española y la normativa vigente. 6.2. Desarrollar una actuación docente acorde con los valores que afectan a la convivencia en sociedad, tales como libertad, justicia, igualdad, pluralismo, tolerancia, comprensión, cooperación, respeto y sentido crítico. 6.3. Promover una educación para el ejercicio activo de la ciudadanía y el logro de una convivencia basada en la igualdad de derechos, la ausencia de discriminación, la libertad personal, la justicia y el pluralismo. 6.4. Contribuir al desarrollo del espíritu crítico y de actitudes reflexivas y comprometidas con la mejora de las condiciones en que se desenvuelve la vida social y la relación sostenible con el entorno. 6.5. Colaborar activamente en la dinamización de la vida sociocultural de su entorno. Aprobado por el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, en su sesión 6 de noviembre de 2010 © 2015 Consejo General CDL

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ANEXO XV. ARTÍCULO 4.2 DE LA LODE SOBRE “LOS PADRES O TUTORES, EN RELACIÓN CON LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS O PUPILOS,..

…como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde”: a. Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que

sus hijos o pupilos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase. b. Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el

progreso escolar. c. Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden. d. Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos

educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos. e. Conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores

y los centros. f. Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u

orientaciones educativas del profesorado. g. Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.”

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