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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS DE TOMOGRAFíA MULTICORTECOMPUTARIZADA (HOSPITAL REGIONAL DE TULA-TEPEJI. HIDAGO) QUE CELEBRANrOR UNA PARTE EL RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCiÓN SOCIAL EN SALUD DELESTADO DE HIDALGO. REPRESENTADO POR EL M.G.P.A ISAiAS PARRA ISLAS. EN SUCARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL. A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "ELREPSS" y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL CENTRO DE IMAGEN DEL ESTADODE HIDALGO S. A. DE e. V., REPRESENTADO POR LA L.e. LUCIA GONZÁLEZ SABIÑÓN, ENSU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ"EL PROVEEDOR" Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA A AMBOS SE LES DENOMINARÁ "LASPARTES" AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

1. "EL REPSS". A TRA VÉS DE SU REPRESENTANTE DECLARA QUE:

1.1. Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal. con personalidadjuridica y patrimonio propio. de conformidad con los artículos l. 2. 3 del Decreto Gubernamental me~a¥ecual se crea el Organismo Público Descentralizado denominado REPSS. creado para garantizar I ('accio {sde protección social en salud, mediante el financiamiento y la coordinación eficiente, oportun siste ticade la provisión de los servicios de salud. /

1.2. Que fue creado mediante Decreto Gubernamental publicado en el Periódico OficialHidalgo. en fecha 07 de septiembre de 2015. el cual entró en vigor a partir del I de enero del 016,

1.3. Que el 01 de enero de 2016. el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo. Lic, José yriciscoOlvera Ruiz. nombró al M,G,r.A Isaias Parra Islas. Director General del Régimen Estatal d~otecciónSocial en Salud del Estado de Hidalgo, .

1.4. Que el Director General está facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con: elartículo 12 fracción XVII del Decreto Gubernamental mediante el cual se crea el Organismo PúblicoDescentralizado denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo. el cual secorrelaciona con el Articulo 15 fracciones I y XIV de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado deHidalgo,

1.5. Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, "EL REPSS" cuenta con el oficiode autorización de gasto correspondiente. suscrito por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud. yserán con cargo a la partida presupuestal número 33900 l. de la fuente de financiamiento Cuota Social 2016. a""EL REPSS".

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

1.6. Para efectos del presente contrato, tiene establecido su domicilio ubicado en calle Camino Real de la Plata#322 Colonia Zona Plateada, Pachuca de Soto, Hidalgo CP. 42084. Mismo que señala para todos los efectoslegales derivados del presente instrumento y cuenta con el Registro Federal de ContribuyentesREP160101P42.

11.- "EL PROVEEDOR", "CENTRO DE IMAGEN DEL ESTADO DE HIDALGO, S.A. DE e.V.",POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, LA L.e. LucíA GONZÁLEZ SABIÑÓN,DECLARA QUE:

11.1. El "Centro de Imagen del Estado de Hidalgo, S. A. de e. V.". es una persona moral de nacionalidadmexicana. por encontrarse legalmente constituida. tal y como se acredita con el Testimonio Notarial de laEscritura Constitutiva Número 19,933, Volúmen Número 833, de fecha 25 de mayo de 20 lO, pasada ante la fedel Notario Público Número 6 y del Patrimonio Inmueble Federal. Lic. Martín Islas Fuentes, en el DistritoJudicial de Pachuca de Soto, Hidalgo e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio delDistrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, bajo el folio mercantil número 12751 * I l. de fecha 29 de juniode 2010 y en dicho testimonio en el cual se encuentra inserta en la cláusula tercera de los transitorios, enrelación con la cláusula décima tercera, se le faculta para representar legalmente a "Centro de Imagen delEstado de Hidalgo S.A. de C. V.", por lo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que dicha representaciónno le ha sido limitada, modificada o revocada en fanna alguna, identificándose con el original de credencialpara votar, con número de folio 0907037721647. expedida porel Instituto Federal Electoral;anexando en copiasimple al presente contrato dicho testimonio notarial así como de identificación, comprometiéndose apresentar en original a la firma del presente contrato y todas las veces que me sea requerido por hEL REPSS" Yque cuenta con Registro Federal de Contribuyentes CIE- I00525-U32.

11.2. Que su representada cuenta con los pennisos y licencias sanitarias y de funcionamiento necesarios paraoperar y poder cumplir con el objeto del presente instrumento, teniendo la capacidad e infraestructura para /obligase a la prestación de los servicios materia de este contrato, así como la organización necesaria para laejecución de los mismos.

/11.3. Que su representante legal cuenta con las facullades suficientes para obligarse en los términos del,presente contrato, manifestando que conoce el contenido de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yServicios del Sector Público del Estado de Hidalgo y bajo protesta de decir verdad no se ene u htra dentro delos supuestos que marca el artículo 77 del citado ordenamiento.

/11.4. Que tiene el permiso de LICENCIA SANITARIA No. 15 RX 13 008 328 con fechexpedición 05 de octubre del año 2015 de vigencia indeterminada; y como responsable de la Opy Funcionamiento de establecimientos de DIAGNOSTICO MÉDICO CON RAYOS X 559/RX 015 alDR. EUCLIDES AUGUSTO BRAVO MEDRANO, para la dirección que corresponde al HospitalRegional de Tula- Tepeji. carretera Tula Tepeji. kilómetro 1.5, San Lázaro, Municipio de Tula Tepeji,código postal 42830, Estado de Hidalgo.

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."RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE

HIDALGO

11.5. Que cuenta con el oficio emitido por parte de los Servicios de Salud de Hidalgo en el cual consta lanecesidad de la prestación de servicios de mi representada en apoyo a las Unidades Médicasdependientes de los Servicios de Salud de Hidalgo.

11.6Que, para efectos del presente Contrato, señala como domicilio el ubicado Allende 809, Centro, Pachucade Soto. Hidalgo, Código Postal 42000, teniendo como medios de comunicación y contacto, el teléfono 01771 1072292.

En virtud de las declaraciones que anteceden. "LAS PARTES" se reconocen mutuamente lapersonalidad juridica con que se ostentan y han acreditado, siendo su voluntad celebrar el presente Contrato,obligándose reciprocamente en sus términos y conforme a lo dispuesto en los diversos ordenamientosencargados de regular los actos juridicos de esta naturaleza, por lo que sujetan su compromiso a la forma ytérminos que se establecen en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO."EL PROVEEDOR" se obliga a proporcionar servicios de Tomografia Multicorte Computarizada, a losbeneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud, los cuales requieran la realización de los estudiospactados en este instrumento conforme a su demanda y en los términos establecidos en el ANEXO 1 delpresente Contrato.

SEGUNDA. MONTO Y FORMA DE PAGO."EL REPSS", cubrirá a "EL PROVEEDOR" mediante cheque nominativo o transferencia electrónica lasuma total mensual de la atención prestada a los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud.Aplicándose para tal efecto los siguientes precios por acción:

M. N.) 1.V.A. incluido porSI.~OO.OO (un mil cuatrocientos pesos 00/100Tomografía Axial Computarizada Contrastada.

S800.00 (ochocientos pcsos 00/100 M. N.) 1.V.A. incluido por concepto de Tomografía AxialComputarizada Simple.

El pago de los servicios convenidos en el presente Contrato, se realizará una vez devengado;, os misrnosotorgados por "EL PROVEEDOR" a satisfacción de "EL REPSS", y previa presentación h ladocumentación comprobatoria del servicio debidamente validada por la Dirección de Gestión de Servjc(¡,s deSalud del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo

Los pagos anteriormente descritos en el presente instrumento jurídico, no serán realizados en los siguientescasos:a). - Si "EL PROVEEDOR" no ejecuta los servicios de Tomografia Multicorte Compularizada en lostérminos previstos en el presente contrato.

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

b).• Cuando no realice la integración de la documentación por cada caso. señalada en la cláusula octavaI'ROCEDlMIENTO DE SERVICIO A LOS BENEFICIARIOS.e) .. Por incompetencia del personal del "PROVEEDOR" cuando los estudios objeto del presente contratono sean realizados con las debidas condiciones de calidad y garantía.d). - Si "EL PROVEEDOR" cancela la prestación del servicio objeto del presente contrato, en cuyo casoestará obligado a pagar a favor de "EL REPSS" los daños y perjuicios causados por dicha cancelación.e) .. Por desatención de las recomendaciones emitidas por "EL REPSS", en el ejercicio de la prestación desus servicios.1).• Cuando el servicio de Tomografia Multicorte Computarizada no se ajuste a lo convenido, "EL REPSS"no liquidará a "EL PROVEEDOR" el importe de los servicios objeto de este contrato.g).. Cuando la validación y comprobación no se realice conforme a lo especificado en el presenteinstrumento; salvo aquellos casos en que se presenten circunstancias de fuerza mayor que impidan sucumplimiento, siempre y cuando, no sean responsabilidad de "EL PROVEEDOR" éste último, se obliga ainformar por escrito dichas circunstancias.h). - La liquidación total de los servicios pactados no significa la aceptación de los mismos, por lo tanto, "ELREPSS" se reserva expresamente el derecho de ejercitar cualquier acción legal conducente por los daños yperjuicios que pudieren causar el negligente actual de "EL PROVEEDOR" o del personal a su cargo.

TERCERA. VIGENCIA.El presente Contrato tendrá vigencia de doce meses, contados a partir de 01 (uno) de enero 2016 (dos mildieciséis) al31 (treinta y uno) de diciembre de 2016 (dos mil dieciséis).

A su vencimiento, "LAS PARTES" podrán prorrogar sus obligaciones, previa revisión del precio,condiciones y servicios. En caso de llegar a un acuerdo, la prestación de los servicios será objeto de unnuevo contrato; y así sucesivamente, mediante contratos respectivos y por periodos de un año.

CUARTA. Si se presentan una o varias de las hipótesis previstas en la cláusula segunda del presenteinstrumento UEL REPSS" requerirá por escrito a "EL PROVEEDOR" para que éste las subsane, obien, manifieste lo que a su derecho convenga si "EL PROVEEDOR" no cumple satisfactoriamentedicho requerimiento a juicio de "EL REPSS" éste podrá ejercitar la acción de rescisión, prevista en lacláusula décima tercera del presente contrato.

QUINTA. FACTURACiÓN.~~ELPROVEEDOR" facturará mensualmente a '~ELREPSS" los honorarios correspondientt;l a losservicios de tomografia. detallando el tipo de servicio indicando la cantidad de cada una!PJ' precio

unitario y subtotales. ~, / /

SEXTA. OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR" . / /~~LASPARTES" acuerdan que, derivado de la suscripción del presente Contrato, uEL PROV~ R",adquiere las siguientes obligaciones: j t/a) Proporcionar los servicios objeto del presente Contrato, en las mejores condiciones de calidad, seguridad

y garantía, en los témlinos y plazos requeridos por el hospital Sede, debiendo contar con los elementos I

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

materiales y el personal capacitado que sea necesario para tal efecto, el cual contratará bajo su exclusivaresponsabilidad.

b) Acudir ante la Dirección de Gestión de Servicios de Salud del Régimen Estatal de Protección Social enSalud del Estado de Hidalgo, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de entrega de lacorrespondiente documentación comprobatoria de la elaboración de sus servicios, para conocer síexisten indicaciones específicas.

c) Entregar cada mes junto con su documentación comprobatoria el siguiente sopone:• Factura.• Formato de validación del SAT.• Formato de informe de actividades debidamente requisitado Anexo 11.• Copía de póliza.• Copia de identificación oficial con fotografía.• Referencia de la unidad de salud.

d) Informar del estado que guarda su labor, cuantas veces sea requerido por "EL REPSS", así comoinformar de manera inmediata a la Dirección de Gestión de Servicios de Salud de "EL REPSS" si porcausas de fuerza mayor no pudiese dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de este contrato en untérmino que no exceda de 48 horas

e) No omitir, suspender o cancelar ningún estudio programado. con excepción de aquellos que seansustentados en nota médica, los cuales podrán ser reprogramados una vez que el paciente se encuentre encondiciones clínicas adecuadas.

l) Cumplir con todos y cada uno de los lineamientos, criterios y recomendaciones realizadas por laComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFERIS) y la Comisión para laProtección contra Riesgos Sanitarios de Hidalgo (COPRISEH), para el buen funcionamiento de lasinstalaciones de "EL PROVEEDOR"

g) No podrá ceder, traspasar o enajenar total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados delpresente contrato.

h).. No intervenir en asuntos que no deriven o guarden relación con el presente Contrato

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "EL REPSS"."LAS PARTES" acuerdan que, derivado de la suscripción del presente Contrato, "EL REPSS", adquiere lassiguientes obligaciones:

/

Nombrar un representante que de fe que los serVICIOSmotivo de este Contrato, se otorgan en lostérminos pactados, con las mejores condiciones de calidad, seguridad y garantía. /fRealizar a través de la Dirección de Gestión de Servicios de Salud del Régimen Estatal de ProtecciónSocial en Salud del Estado de Hidalgo, visitas de supervisión visual y documental, con e obje 6 deverificar el cumplimiento de los servicios objeto del presente contrato.Dar las facilidades necesarias para la correcta prestación de los servicios motivo del presenteRealizar el pago correspondiente a "EL PROVEEDOR".

b)

e)d)

a)

OCTAVA. PROCEDIMIENTO DE SERVICIO A LOS BENEFICIARIOS.Para el cumplimiento del objeto del presente contrato, "LAS PARTES" establecen de comúnsiguiente procedi miento:

I)ágina 511)

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

Los beneficiarios acudirán personalmente a las instalaciones de "EL PROVEEDOR" ubicadas en elHospital Regional de la Tula-Tepeji en Carretera Tula-Tepeji, kilómetro 1.5, San Lázaro, MunicipioTula Tepeji, código postal 42830, Estado de Hidalgo, acompañados de la siguiente documentación.a). Un anexo en el que se describa el nombre del usuario, número de su póliza de afiliación, fecha delestudio, tipo de tomografia e importe.b). Original de la HOJA DE REFERENCIA debidamente requisitada tratándose de beneficiariosexternos al Hospital Regional de la Tula-Tepeji.e). Original o copia simple legible de la solicitud del estudio, debidamente requisitado, tratándose debeneficiarios internos del Hospital Regional de la Tula- Tepeji.d). Copia simple de la póliza de afiliacióne). Copia simple legible de la identificación oficial del beneficiario o titular del seguro popular.

NOVENA. LUGAR Y TIEMPO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO."EL PROVEEDOR" prestará el servicio objeto del presente contrato, las veinticuatro horas del dla. lostrescientos sesenta y cinco días del allo.

DÉCIMA. INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL."EL PROVEEDOR" Y "EL REPSS" son pal1es contratantes independientes, por lo tanto, no existe ningúnnexo o relación obrero-patronal entre ellas, quedando entendido también, que "EL PROVEEDOR" será elúnico responsable del pago de salarios, prestaciones de ley, cuotas de seguridad social asi como impuestos,derechos y obligaciones que se causen con motivo de los trabajadores, empleados y demás personal queutilice o llegare a emplear o contratar para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la suscripcióndel presente Contrato, por lo tanto responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentasen ensu contra o en contra de "EL REPSS", en relación con los trabajos materia de este Contrato, por contar conlos elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de la relación con sustrabajadores, en los términos de lo establecido en el al1lculo 13 de la Ley Federal del Trabajo.

DÉCIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD."LAS PARTES" acuerdan que toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o enposesión de "EL REPSS" es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones queestablezcan las leyes en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, salvoaquella que por su naturaleza sea clasificada como reservada o confidencial, no pudiendo divulgar parcial ototalmente "EL PROVEEDOR", la información a la que tenga acceso con motivo de la celebración de esteContrato, sin el previo consentimiento por escrito de "EL REPSS'\ salvo que la misma sea requerida por laley o alguna autoridad judicial, en cuyo caso deberá dar aviso inmediato por escrito a HEL REPssn-1

. ~DECIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES. / ,-La renovación del presente Contrato nunca se presumirá por lo que cualquier adición o mOdificac:t-ón leuLAS PARTES" deseen realizar, deberá efectuarse por escrito mediante el correspondiente co niomodificatorio en el que se indique la obligación u obligaciones que se alteran o substituyen; h,odifica on queúnicamente afectará la materia sobre la que expresamente se trate, manteniéndose en vigor las demás Icláusulas del presente Contrato.

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN DEL CONTRATO.Cualquier incumplimiento a las obligaciones que se deriven de este Contrato será causa suficiente para surescisión, en términos del Articulo 76 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del SectorPúblico del Estado de Hidalgo; iniciando el procedimiento por parte de "EL REPSS" a partir de que a "ELPROVEEDOR" le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido.

DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISiÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO."EL REPSS" podrá rescindir administrativamente este contrato sin más responsabilidad para el mismo y sinnecesidad de resolución judicial, cuando "EL PROVEEDOR" incurra en cualquiera de las clausulassiguientes.

1) Cuando el "EL PROVEEDOR" incurra en la falta de veracidad total o parcial respecto a lainformación proporcionada para la celebración del contrato.

2) Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en elpresente instrumento y sus anexos.

3) Cuando se compruebe que "EL PROVEEDOR" haya prestado el servicio con caracteristicasdistintas a las solicitadas.

4) En caso de que "EL PROVEEDOR" no otorgue el servicio solicitado, conforme a las condicionesque se establecen en el presente contrato.

5) Cuando se transmita total o parcialmente, bajo cualquier titulo, los derechos y obligaciones a que serefieren las presentes bases, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización de '"ELREPSS".

6) Si la autoridad competente declara el concurso mercamil o cualquier situación análoga o equivalenteque afecte el patrimonio de "EL PROVEEDOR".

DÉCIMA QUINTA. TERMINACiÓN ANTICII'ADA.4~LASPARTES" acuerdan que el presente contrato podrá darse por tenninado en cualquier momento, cuandoconcurran las siguientes circunstancias:

a) La imposibilidad que sobrevenga, legal o material, para hacer frente a las obligaciones que delcontrato se deriven.

b) El incumplimiento general y manifiesto de la mayoria de las cláusulas de este contrato o sus anexos.e) Cuando sobrevengan circunstancias económicas previsibles o extraordinarias que generen un

desequilibrio entre los servicios y las prestaciones pactadas por las partes.d) Por mutuo acuerdo de las partes signames.e) Por aviso de alguna de las partes dada a la otra con al menos 30 (treinta) días naturales previo a la

intención de conclusión. / /

DÉCIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. ~"LAS PARTES" no serán responsables de eventos derivados de caso fortuito o fuerza mayor, ¡¡u;..-Iesimpidieran total o parcialmente la ejecución de las obligaciones derivadas del pres~nte d36trato,invariablemente, el caso fortuito o la fuerza mayor, en caso de acontecer, deberá estar debidamenteacreditado.

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

DÉCIMA SÉPTIMA. JURISDICCIÓNEn caso de surgir controversia con motivo de la interpretación de alguna de las cláusulas del presenteContrato, "'LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunalespreviamente establecidos en la Ciudad de Pachuca de Soto. Estado de Hidalgo, renunciando a cualquier otrajurisdicción que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.

DÉCIMA OCTAVA. LEGISLACiÓN APLICABLE,Este Contrato y los derechos y obligaciones de "LAS PARTES" que en el intervienen, se interpretarán deacuerdo con lo establecido, en La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público delEstado de Hidalgo, Legislación civil aplicable y La Ley Estatal del Procedimiento Administrativo para elEstado de Hidalgo.

DÉCIMA NOVENA. AVISOS Y DOMICILIOS.Todos los avisos se realizarán por correo certificado con acuse de recibo o personalmente con acuse de recibo,a los domicilios indicados por "LAS PARTES" en el presente Contrato, a menos que cualquiera de ellascomunique a la otra el cambio de domicilio, caso en el cual, las comunicaciones, avisos y notificaciones sedirigirán y realizarán al nuevo domicilio.Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse a la otra parte por escrito, con cinco dias hábiles deanticipación, de lo contrario las notificaciones que realicen en los domicilio"s antes mencionados, se tendránpor válidas para todos los efectos legales.

VIGÉSIMA. TíTULOS DE LAS CLÁUSULAS.Los títulos de las cláusulas y sus incisos que aparecen en el presente Contrato, se han puesto con el exclusivopropósito de facilitar su lectura. por tanto, no necesariamente definen ni limitan el contenido de las mismas.Para efectos de interpretación de cada cláusula y sus incisos, deberá de atenderse exclusivamente a sucontenido y de ninguna manera a su título.

VIGÉSIMA PRIMERA. INEXISTENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO.Se firma el presente Contrato, por todos los que en él participaron, libres de coacción fisica o moral o decualquier otro vicio del consentimiemo, ya que, para el otorgamiento del mismo. no medió violencia, dolo,error o mala fe, que en momento alguno pudiera invalidarlo.

VIGÉSIMA SEGUNDA. ANEXOS.'~LASPARTES" reconocen como anexos integrantes del presente instrumento, los que1c nti uación seenlistan, teniendo la misma validez que el presente contrato.

ANEXO I "LISTADO DE INTERVENCIONES', ,ANEXO" "FORMATO DE INFORME DE ACTIVIDADES" /

/

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I

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

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SEGIMEN ESTATAL

SOCIAL EN SALUD DELESTADO

DE HIDALGO.

Las presentes tinnas fonnan parte integrante del CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS DE TOMOGRAFiAMUL nCORTE COMPUT ARIZADA. celebrado por "EL REPSS" y "CENTRO DE IMAGEN DEL ESTADO DE HIDALGO S. A.DE C. V .. el dia 01 (uno) del mes de enero del U1)O dos mil dieciséis.

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RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DEHIDALGO

_~ I_N_T_E_R_V_E_N_C_I_O_N_E_S_C_A_U_S_E_S_DEl. CONTRATO DE PRESTAOÓ,1Ij DE SERVICIOS Df. TOMOGRAFiA MlILTICORTE CO."'PlITARIZAD,\ DEL 1I0SPIT AL REGIONAL DE TIlLA. TF:PF.JICELEBRADO [~TR[ EL 'Rf.GIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SaCl,\(. EN SALUIJ UEe [5T'\I>O 1)[ 1I1OALGO, y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA.'\IOR"-L MCENTRO DE IMAGEN DEL ESTADO DE IIIDAl.GO S.A DE C.V.M•

Para los efectos de la cláusula PRIMERA del contrato de prestación de servicios de TOMOGRAFÍA quecelebran el Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Hidalgo y el "Centro de Imagen delEstado de Hidalgo, S.A. de C.V.", "LAS PARTES" acuerdan que ¡as intervenciones CAUSES con las cualesse relacionan los Estudios tomográficos que serán brindados a los beneficiarios del Sistema de Protección Socialen Salud, son las siguientes:

Numero de Intervención CAUSES en la cual es requerido estudio Tomográfico.CAUSES

115 Diagnóstico y tratamiento tle tuberculosis !armacorres;stellfe (rAES)

130 Diagnóstico y tratamiento de trastornos psicóticos (esquizofrenia, psicóticos yesquizotipicos)

131 Diagnóstico y tratamiento ambulatorio de epilepsia y crisis convulsivas

174 Diagnóstico y tratamiento de mastoiditis./J

175 Diagnóstico y tratamiento de oslcomclitis /J178 Diagnóstico y tratamiento de absceso hepático amebiano J /185 Diagnóstico y tratamiento de choque séptico puerperal 1~7197 Dhlgnóstico y tnltamiento de litiasis renal y ureteral / /198 Diagnóstico y tratamiento de litiasis de vfas urinarias inferiorés I

203 Diagnóstico y tratamiento de traumatismo craneoencefálico moderado

204 Diagnóstico y tratamiento conservador de pancreatitis aguda

205 Dhlgnóstico y tratamiento hospitalario de estatus epilépticos y crisis con~'ulsivas dedifícil control

213 Diagnóstico y tratamiento de síndrome de hcllp

215 Diagnóstico y tratamiento de embolia obstétrica

221 Esplenectomía

264 Tratamiento quirúrgico de hidrocefalia.

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SALUDsrcR.~ TAR.!" DF SAlUD

SEGURO POPULARSJSn~'A DErR01ICCJ(IN SllClAL [N SALUl)

RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DEL ESTADO DE HIDALGO

ANEXO 11.FORMATO DE INFORME DE ACTIVIDADES

REPORTE ca N :N ro RM E SUBROGA DO S (A nexo 9 Cr.ite.dos)

CONVEN D CON REPSS H DALGO

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