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1 REGIMEN DE SUBCONTRATACION Y CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS ASIMET 8 de Septiembre de 2006

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REGIMEN DE SUBCONTRATACION Y CONTRATO DE TRABAJO DE SERVICIOS TRANSITORIOS

ASIMET8 de Septiembre de 2006

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I.- SubcontrataciSubcontratacióón y Suministro de Trabajadoresn y Suministro de Trabajadores1.1.-- SituaciSituacióón Actualn Actual2.2.-- Normas de nueva ley. Diferente reglamentaciNormas de nueva ley. Diferente reglamentacióón.n.3.3.-- Conceptos.Conceptos.

3.1. 3.1. SubcontrataciSubcontratacióón: n: Convenio civil o comercial Convenio civil o comercial entre dos empresas. Empresa Principal y Contratista.entre dos empresas. Empresa Principal y Contratista.-- Empresa Principal enmienda la ejecuciEmpresa Principal enmienda la ejecucióón de una n de una obra o servicio.obra o servicio.-- Contratista la ejecuta con su organizaciContratista la ejecuta con su organizacióón, por su n, por su cuenta y riesgo, con sus recursos humanos y cuenta y riesgo, con sus recursos humanos y materiales.materiales.

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3.2. Suministro de Mano de Obra.- Convenio entre dos empresas. Suministradora y Usuaria cuyo objeto solo es proporcionar trabajadores.- Situación jurídica actual y futura de este contrato.

4.- Diferencias entre Subcontratación y Suministro.- Potestad de Mando- Objeto del Contrato- Medios - Relación Laboral Triangular . Cuadricular, etc.

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II.- Nuevas Normas Subcontratación.1.- Concepto Trabajo en Régimen

Subcontratación Elementos.- Contrato de trabajo contratista y sus trabajadores.- Acuerdo contractual de ejecutar una obra o servicio.- Cuenta y riesgo del contratista. Recursos Humanos y Materiales.- Labores se desarrollan o ejecutan en la obra empresa o mandante. Interpretación extensiva. Labores inherentes a la empresa principal.

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- Se excluyen relaciones jurídicas empresa principal, tercero, por servicios esporádicos, ocasionales y aislados, por causa específica o extraordinaria.Solo se aplica a prestaciones permanentes, habituales, periódicas, con alguna secuencia en el tiempo. Habitualidad: Permanencia en el tiempo de labores desarrolladas.

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2.- Responsabilidad Solidaria Empresa Principal.2.1. Diferencia entre Solidaridad y Subsidiaridad.2.2. Ambito de Responsabilidad. Solo obligaciones laborales y previsionales de dar. Tranferir el dominio de una cosa. Cumplimiento obligaciones de pagar prestación de servicios.Solo obligaciones legales. Se excluyen las contractuales. Se incorporan indemnizaciones legales acotadas al período de trabajo en régimen de sucontratación. Consecuencias.

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2.3. Disminución de Responsabilidad Empresa Principal.Derecho de información y retención. Control de cumplimiento de obligaciones. Solo responsabilidad subsidiaria. Certificado In. del T.; medios idóneos; autocertificación. Reglamento. 3.- Facultad del Trabajador.Demanda conjunta. Excepción normas de derecho común. Consecuencias.4.- Derechos de Empresa Principal.4.1. Derecho Información monto y cumplimiento obligaciones laborales y previsionales.

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4.2. Derecho de Retención.No acreditar cumplimiento. No entregar información. No cumplir con obligaciones laborales y previsionales. Efecto. Pago trabajador y/o instituciones previsionales. Dinero contratista.4.3. Pago por Subrogación.- Concepto. Pago de un tercero - Pagos a trabajadores e instituciones previsionales- Efectos. Dineros Empresa Principal. Prelación de créditos. Insolvencia o quiebra contratista.

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5.- Responsabilidad Accidentes Laborales. Empresa Principal.- Adoptar medidas para proteger vida y salud de trabajadores en régimen de subcontratación.- Vigilar cumplimiento de contratistas normas de higiene y seguridad industrial.- Implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, más de 50 trabajadores subcontratados. Reglamento especial para empresas contratistas. Acciones de coordinación entre Empresa Principal y Contratista de actividades preventivas y mecanismos para verificar cumplimiento por Empresa Principal.

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- Velar constitución y funcionamiento de ComitéParitario de Higiene y Seguridad y un Depto. de Prevención de Riesgos. 25 y 100 trabajadores contratista respectivamente. Reglamento dictar normas constitución y funcionamiento. Ministerio.

6.- Nuevas Normas Ley 16.744.- Accidentes fatales - graves empleador debe informar Inspección del Trabajo y Secretaria Regional Ministerial de Salud. Superintendencia dictará normas cumplimiento obligación.

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- Accidentes fatales - graves. Suspensión inmediata de faenas afectadas y si se requiere permitir evacuación de trabajadores del lugar de trabajo. Instrucciones organismo fiscalizador. Se decretaráreanudación de faenas previa inspección del lugar. - Sanción por infracción de estas dos obligaciones. Multa beneficio fiscal de 50 a 150 U.T.M.

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III.- Suministro de Trabajadores Trabajo Temporal.

1.- Empresas Usuarias: Persona natural o jurídica contrata con una E.S.T. la puesta a disposición de trabajadores para labores o tareas transitorias u ocasionales en los casos que la ley establece.

2.- Empresa de Servicios Transitorios:2.1. Concepto: Persona Jurídica. Inscrita en registro. Objeto social exclusivo poner a disposición de terceros trabajadores para cumplir tareas transitorias u ocasionales y actividades de formación de personal.

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2.2. Prohibición: Matrices, filiales, coligadas relacionadas, ni tener interés directo o indirecto, participación o relación societaria con empresas usuarias.2.3. Garantías: Garantía permanente boleta bancaria a nombre de Dirección del Trabajo - 250 U.F. base y U.F. sobre 100 trabajadores 0,7 U.F. sobre 150 trabajadores y 0,3 U.F. sobre 200. Se ajusta cada 12 meses. Responde obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.2.4. Inscripción: Registro especial y público de Dirección del Trabajo. Requisito esencial. Omisión. Sanción 10 U.T.M. por trabajador. Trabajador usuaria.

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2.5. Cancelación Inscripción: Incumplimiento grave y reiterados de obligaciones laborales o previsional. Reiteración, tres o más sanciones en un año.

3.- Contrato de Puesta a Disposición Trabajadores.3.1. Concepto: Se celebra entre E.S.T. y usuaria. Objeto: trabajadores de E.S.T. presten servicios en usuaria.3.2. Solemnidad: Debe constar por escrito. 5 días siguientes a incorporación de trabajadores. Duración menor 5 días escrituración dos días.3.3. Contenido: Debe contener causal que origina contrato, puestos de trabajo para los cuales se

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celebra, duración y precio convenido. Uso de transporte e instalaciones de usuaria.3.4. Omisión de Contrato. Sanción de contrato trabajadores tienen vínculo con usuaria.3.5. Circunstancias y Duración.A) Suspensión del contrato o de obligación de prestar servicios. Duración ausencia del trabajador usuaria.B) Eventos extraordinarios. Congresos, ferias, exposiciones, conferencias Duración 90 días.C) Proyectos nuevos y específicos usuaria, tales como nuevas construcciones, expansión a nuevos mercados. Duración 180 días.

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D) Período inicio de actividades nuevas empresas. Duración 180 días.E) Aumentos ocasionales, sean o no periódicos o extraordinarios de actividad, sección o faena establecimiento usuaria. Duración 90 días.F) Trabajos urgentes precisos e impostergables que requieran ejecución inmediata, reparaciones en instalaciones o servicios usuarias. Duración trabajo.- Término labores fuera plazo: Vínculo trabajadores es con usuaria. Contrato de duración indefinida.

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3.6 Prohibiciones y Sanciones.A) Tareas en las cuales se tenga facultad para representar a usuarias, gerentes, subgerentes, agentes y apoderados.B) Reemplazo de trabajadores en huelgaC) Cesión de Trabajadores a otras E.S.T.- Infracción: 10 U.T.M. por trabajador y vínculo con la usuaria.3.7. Nulidad de Estipulación.No se puede prohibir contratación de trabajadores de E.S.T. por la usuaria. Libertad de Trabajo.

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4.- Contrato de Trabajo de Servicios Temporarios.4.1. Concepto: Contrato de trabajo celebrado por E.S.T. y trabajador para ejecutar labor específica en empresa usuaria.4.2. Copia: Usuaria debe tener una copia de esta convención.4.3. Obligación y Facultades Usuario:A) Control de asistencia y remisión a E.S.T.. Registro debe contener individualización trabajador, nombre y razón social de E.S.T. y hora de ingreso y salida.

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B) Dirección de labores del trabajador por usuaria. Excepción normas generales.C) Aplicación normas Reglamento Interno de usuaria a trabajador de E.S.T. Entrega de ejemplar.D) Reserva de toda información y datos privados de trabajadores de E.S.T.

5.- Flexibilidades Laborales para Usuaria.5.1. Remuneración convenida - Sueldo se considera e incluye cualquiera otra remuneración o indemnización que se deba pagar al trabajador, salvo compensación feriado legal.

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5.2. El plazo del contrato prevalece sobre fuero maternal. Fuero termina de pleno derecho al término de los servicios en la usuaria.

6.- Responsabilidad de Usuarias.6.1. Subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales que afectan E.S.T. a favor de sus trabajadores.6.2. Responsabilidad directa en el cumplimiento de normas referidas a higiene y seguridad en el trabajo especialmente medidas de prevención de riesgos.

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6.3. Obligación a denunciar todo accidente del trabajo o enfermedad profesional ante el organismo administrativo de la Le 16.744 al cual esté afiliado la E.S.T. Igualmente notificará a la E.S.T.6.4. Usuaria responde indemnizaciones artículo 69 Ley 16.744.

7.- Modificación Artículo 184 del Código del Trabajo.- Dirección del Trabajo informará a organismo administrador Ley 16.744 infracciones o deficiencias en higiene y seguridad industrial.

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- Organismo administrador debe informar a Dirección del Trabajo y Superintendencia de Seguridad Social medidas de seguridad específicas recomendadas.