reformas fiscales 2016 - ijf.cjf.gob.mx curso rf … · la suma de las utilidades fiscales de los 6...

57
REFORMAS FISCALES 2016 Expositor: C.P.C. FRANCISCO CARDENAS GUERRERO 1

Upload: others

Post on 19-Apr-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REFORMAS FISCALES

2016

Expositor:

C.P.C. FRANCISCO CARDENAS GUERRERO

1

Page 2: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

2016

2

Page 3: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

Impuestos 2015* 2016* Dif % nom

Dif % real

ISR 1’059,206.2 1’249,299.5 17.94 15.94

IVA 703,848.5 741,988.7 5.41 3.41

IEPS 159,970.6 348,945.2 118.13 116.13

Total 1’923,025.3 2’340,233.4

* Millones de pesos (Artículo 1º. LI 2016)

Comparativo de ingresos estimados 2015-2016

3

Page 4: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

TASAS DE RECARGOS 2016(Artículo 8 LIF 2016)

1.- 0.75 % mensual para prórroga y 1.13% (1.125% *) para mora

2.- En caso de autorización para pago en parcialidades o diferido:

1.00% mensual para pago en parcialidades y hasta en 12 meses.

1.25% mensual para pagos en parcialidades de más de 12 y hasta de 24 meses.

1.50% mensual por pago a plazos superiores a 24 meses, así como tratándosede pagos a plazo diferido.

Nota: Las tasas de recargos para pago en parcialidades ó diferido incluyen la actualización.

4

Page 5: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

CONDONACIÓN DE MULTAS FISCALES (Artículo 15 2º.párrafo LI 2016)

Esta condonación continua siendo aplicable para multas impuestas por

infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales

federales distintas a las obligaciones de pago.(Ejemplo: RFC, presentación

de declaraciones, solicitudes y avisos, llevar contabilidad, no efectuar

pagos provisionales).

Siempre y cuando deriven del ejercicio de facultades de comprobación,

independientemente del ejercicio por el que corrijan su situación fiscal.

Condonación del 50% si se pagan antes de que se levante el acta final de la

visita o se notifique el oficio de observaciones y del 40% si se pagan

después y siempre y cuando se paguen antes de la notificación de la

resolución que determine el crédito.

5

Page 6: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ESTIMULOS FISCALES 2016

Se mantienen, con cambios en la mecánica de acreditamiento:

Acreditamiento de IEPS vs ISR para personas con actividadempresarial. (utilizado como combustible para maquinaria en general,excepto vehículos, si aplica a vehículos marinos)

Acreditamiento de IEPS vs ISR para personas con actividadesagropecuarias o silvícolas.

Artículo 16 LIF 2016 6

Page 7: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ESTIMULOS FISCALES 2016

Devolución de IEPS para personas con actividades agropecuarias osilvícolas. (Ingresos en 2015 < 20 VSMA)

Acreditamiento de IEPS para el sector del autotransporte.

Acreditamiento del costo de casetas para el sector del autotransporte.

Artículo 16 LIF 20167

Page 8: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

TASA DE RETENCIÓN DE INTERESES EN 2016

Las instituciones que componen el sistema financiero que durante

2016 paguen intereses, deberán retener el ISR aplicando la tasa del

0.50% anual. (Hasta 2015 era del 0.60%)

Artículo 21 LIF 20168

Page 9: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ESTIMULO FISCAL PARA CONTRIBUYENTES DEL RIF

Se incorpora en el artículo 23 de esta ley, lo dispuesto por el decreto

del 10 de septiembre 2014 el cuál permite a estos contribuyentes:

1.- Pagar el IVA y el IEPS, por las operaciones realizadas con el

público en general, de acuerdo a una tabla de porcentajes de acuerdo

al sector económico al que pertenecen.

2.- Reducir el IVA y el IEPS de acuerdo a los años de permanencia

en el RIF.

3.- Se incrementa el límite de ingresos para la aplicación de la

reducción al 100%, sin importar el periodo de permanencia, de

$100,000 a $300,000.009

Page 10: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

2016

10

Page 11: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIÓN DE PAGOS A SECTOR PRIMARIO

Pagos a personas morales del sector primario:

De 2014 a 2015:

No era requisito pagar al cierre del ejercicio para poder deducir.

A partir de 2016:

Se modifica la fracción VIII del artículo 27 paraestablecer como requisito el que estos pagos sededuzcan siempre y cuando sean efectivamenteerogados en el ejercicio de que se trate.

11

Page 12: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

GENERALIDAD EN PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJADORES NO SINDICALIZADOS

Se deroga el cuarto párrafo de la fracción XI del artículo 27de LISR:

Generalidad en las prestaciones de previsión socialotorgadas a trabajadores no sindicalizados:

a) Cuando se otorgaban las mismas prestaciones a todosellos.

b) Las erogaciones deducibles fueran en promedioaritmético por cada trabajador no sindicalizado, en unmonto igual o menor que las erogaciones deducibles por elmismo concepto, efectuadas por cada trabajadorsindicalizado.

12

Page 13: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

GENERALIDAD EN PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJADORES NO SINDICALIZADOS

Así mismo, se deroga el último párrafo de la fracción XIdel artículo 27 de LISR, el cual consideraba que el montode las prestaciones de previsión social deduciblesotorgadas a los trabajadores no sindicalizados:

No podía exceder de diez veces el salario mínimo generaldel área geográfica que corresponda al trabajador,elevado al año.

13

Page 14: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

CAPITALIZACIÓN DELGADA

Artículo 28 fracción XXVII LISR:

Se adiciona el no incluir dentro de las deudas quedevengan intereses a cargo del contribuyente, para elcálculo del monto en exceso de ellas al triple de su capitalcontable, las contraídas PARA LA GENERACIÓN DEENERGÍA ELECTRICA.

DT Fracción XV: Aplicable desde el 1 de enero de 2014,se permite presentar complementaria de ese ejercicio y encaso de obtener saldo a favor, se podrá compensar en lostérminos del artículo 23 del CFF y no procededevolución.

14

Page 15: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INVERSIONES EN AUTOMÓVILESArtículo 36 fracción II LISR

1.- Incremento en el monto de $130,000 a $175,000

2.- Automóviles adquiridos a partir de 2016

3.- Los adquiridos hasta 2015 continúan con el límite de$130,000

15

Page 16: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

AUTOTRANSPORTISTAS(Artículo 72 LISR)

1.- Para que una PM se considere “coordinado” se adicionaque sus integrantes deben realizar “exclusivamente”actividades de autotransporte. (Se considera como tal,cuando sus ingresos por éstas actividades representen,cuando menos el 90% del total de sus ingresos, sin incluiringresos por enajenaciones de activos fijos o activos fijos oterrenos, de su propiedad afectos a su actividad.

2.- Se adiciona que las personas morales dedicadasexclusivamente al autotransporte terrestre de carga opasajeros, que no sean coordinados o integrantes de losmismos, pueden aplicar lo dispuesto en el capítulo VII deltítulo II de la LISR (De los coordinados), siempre que nopresten preponderantemente sus servicios a otra personamoral, que se considere parte relacionada. 16

Page 17: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

AUTOTRANSPORTISTAS(Fracción XIV DT ISR 2016)

3.- La adición, respecto de los integrantes de loscoordinados o de las personas morales dedicadasexclusivamente al autotransporte terrestre de carga o depasajeros, es aplicable desde el 1 de enero 2014.

Los contribuyentes deberán presentar a más tardar el 31 demarzo de 2016, el aviso de actualización de actividadeseconómicas y obligaciones con efectos retroactivos.

Así como, en su caso, las declaraciones complementarias depago provisional y anual correspondientes a los ejerciciosde 2014 y 2015.

17

Page 18: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

AUTOTRANSPORTISTAS

(Fracción XIV DT ISR 2016)

Quienes hayan pagado el ISR de los ejercicio 2014 o 2015dentro del régimen general de ley de las personasmorales y que presenten las declaracionescomplementarias, en caso de obtener algún saldo a favor,podrán solo COMPENSARLO, en términos del artículo23 del CFF, sin que proceda su DEVOLUCIÓN.

18

Page 19: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

EJIDOS Y COMUNIDADES (Artículo 74)

Desde 2014 pueden considerar la totalidad de susingresos exentos, presentando declaracióncomplementaria, si resulta saldo a favor, solo puedeser objeto de compensación, en términos del artículo23 del CFF y no de devolución.

En la anual de 2015 también pueden considerar latotalidad de sus ingresos exenta del pago de ISR.

(Artículo 2º. Fracción I , Disposiciones transitorias, decreto 18 de noviembre 2015)

19

Page 20: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INFORMATIVA DE PARTES RELACIONADAS (76-A LISR)

Aplicable a:

Contribuyentes con ingresos superiores a $644’000,000

Quienes tributen en el régimen opcional para grupos desociedades.

Entidades paraestatales de la administración públicafederal.

Residentes en el extranjero con establecimientopermanente en el país.

“Que celebren operaciones con partes relacionadas.”20

Page 21: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INFORMATIVA DE PARTES RELACIONADAS (76-A LISR)

Tipos de informativas:

a) Declaración informativa maestra de partes relacionadasdel grupo empresarial multinacional.

Información referente al grupo empresarial:

Estructura organizacional Descripción de actividades, intangibles y actividades

financieras entre partes relacionadas. Posición financiera y fiscal.

DT 2016, fracción III, La información del ejercicio 2016, sepresenta hasta Dic 2017. 21

Page 22: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INFORMATIVA DE PARTES RELACIONADAS(76-A LISR)

Tipos de informativas:

b) Declaración informativa local de partes relacionadas

Descripción de la estructura organizacional, actividadesestratégicas y de negocio, así como de sus operacionescon partes relacionadas.

Información financiera del obligado y de las operacioneso empresas utilizadas como comparables en sus análisis.

DT 2016, fracción III, La información del ejercicio 2016, sepresenta hasta Dic 2017.

22

Page 23: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INFORMATIVA DE PARTES RELACIONADAS (76-A LISR)

Tipos de informativas:

c) Declaración informativa país por país de grupoempresarial multinacional.

Para grupos con ingresos consolidados iguales o superioresa 12 mil millones de pesos

NO PRESENTAR ESTAS DECLARACIONESINFORMATIVAS TRAÉ COMO CONSECUENCIA NOPODER CONTRATARSE CON LA ADMINISTRACIÓNPÚBLICA, de conformidad con el artículo 32 D fracción IVdel CFF, en la cuál se adicionó, a partir de 2016 estesupuesto. 23

Page 24: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

CUTINVER(Cuenta de utilidad por inversión en energías renovables)

Sólo aplicable a Personas morales dedicadasexclusivamente a la generación de energía eléctrica(fuentes renovables) y cogeneración de electricidadeficiente.

Que apliquen Tasa de deducción de inversiones al100%

Se calcula igual que CUFÍN, solo que en lugar deadicionar la UFÍN, se adiciona la UTINVER

Aplica hasta el ejercicio que determinen UFÍN.

24

Page 25: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ENAJENACIÓN DE CASA HABITACIÓN(93 fracción XIX inciso a) LISR)

Hasta 2015 la exención era aplicable siempre que durantelos 5 años inmediatos anteriores, a la fecha de enajenación,el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitaciónpor la que hubiera obtenido la exención.

A partir de 2016 el plazo disminuye a 3 años.

25

Page 26: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (Artículos 111 a 113 LISR)

Regulación de actividades empresariales mediantecopropiedad, destaca que el ingreso que lecorresponde a cada copropietario, por la copropiedad,adicionado de los ingresos por ventas de activos fijospropios de su actividad empresarial de dichocopropietario, en el ejercicio inmediato anterior, nohubiesen excedido de $2’000,000.00

Se permite tributar en este régimen aún y cuandoademás, se obtengan ingresos por salarios,ARRENDAMIENTO E INTERESES.

26

Page 27: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (Artículo 111 )

La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres delejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro delos 60 días siguientes a la fecha en que se debapresentar la declaración del sexto bimestre del ejercicio.

Se elimina la obligación de expedir comprobantes alpúblico en general, por operaciones menores a $250siempre y cuando el adquirente no solicite elcomprobante respectivo.

Se incrementa el monto de $2,000 a $5,000 para que laserogaciones relativas a compras e inversiones, sepaguen mediante sistema financiero.

27

Page 28: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIONES PERSONALES NO LIMITADAS(Artículo 151)

Se adicionan, pero SIN LÍMITE, dentro de lasdeducciones por honorarios médicos, dentales y gastoshospitalarios a:

a) Las incapacidades temporales, permanentes parciales opermanentes totales siempre y cuando se cuente con elcertificado o la constancia de incapacidadcorrespondiente expedida por las instituciones públicasdel sistema nacional de salud.

Se requiere que la incapacidad temporal, permanente parcial ola discapacidad, sean igual o mayor a un 50% de lacapacidad normal.

28

Page 29: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIONES PERSONALES NO LIMITADAS(Artículo 151)

Se adicionan, pero SIN LÍMITE, dentro de lasdeducciones por honorarios médicos, dentales y gastoshospitalarios a:

b) Las que deriven de una discapacidad, de acuerdo a laley relativa y se cuente con el certificado dereconocimiento y calificación de discapacidad emitidopor las instituciones públicas del sistema nacional desalud.

El CFDI de estas deducciones deberá contener laespecificación de que los gastos amparados con el mismoestán relacionados directamente con la atención de laincapacidad o discapacidad de que se trate.

29

Page 30: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INCREMENTO AL LÍMITE DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES

(Artículo 151 último párrafo)

Se incrementa de 4 a 5 salarios mínimos generaleselevados al año y del 10% al 15% del total de los ingresosdel contribuyente, el límite de las deducciones personalesa que se refiere este artículo.

Se reitera que este límite no es aplicable para donativosy se adiciona que a partir de 2016 tampoco será aplicablepara aportaciones voluntarias y complementarias, entérminos de la ley del SAR o a las cuentas de planespersonales de retiro ni para las deducciones especiales aque se refiere el artículo 185 de la ley del ISR.

30

Page 31: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

FIDEICOMISOS INMOBILIARIOS Y DE DE INVERSIÓN (Artículos 187 y 192 LISR)

Las casas de bolsa pueden ser fiduciarias, además delas instituciones de crédito.

Se elimina el requisito de que la duración máxima delfideicomiso DE INVERSIÓN sea de 10 años.

31

Page 32: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REPATRIACIÓN DE CAPITALES (DT Fracción XIII)

Aplicable a personas físicas y morales residentes enMéxico y a residentes en el extranjero conestablecimiento permanente en el país.

Por las inversiones que hayan mantenido en elextranjero hasta el 31 de diciembre de 2014.

Se trata de una OPCIÓN, aplicable siempre y cuandoretornen los ingresos y las inversiones al país.

Aplica para ingresos de los títulos II, IV y VI LISR.

No aplica para ingresos que hayan sido deducidospor residentes en México o EP de RE.

32

Page 33: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REPATRIACIÓN DE CAPITALES(DT Fracción XIII)

El ISR se paga dentro de los 15 días siguientes a lafecha en que se retornen al país los recursos.

NO SE PAGAN MULTAS Y RECARGOS y se puedeacreditar el ISR pagado en el extranjero.

El plazo para retornan los ingresos o inversiones eshasta junio 2016 y se deben invertir de acuerdo a loseñalado en las reglas de carácter general queexpedirá el SAT. (Se en tienden retornados en la fechaque se depositen o inviertan en una institución decrédito o casa del bolsa del país.)

33

Page 34: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REPATRIACIÓN DE CAPITALES(DT Fracción XIII)

No aplica si al contribuyente se le iniciaron facultadesde comprobación, en relación con estos ingresos, ointerpuso algún medio de defensa en contra, exceptoque se desista del mismo.

Se tienen por cumplidas las obligaciones fiscalesformales relacionadas con estos ingresos.

Se consideran invertidos los recursos cuando sedestinen a la adquisición de activos fijos (no sepueden enajenar en 3 años), investigación y desarrollode tecnología, pago de pasivos con partesindependientes.

34

Page 35: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REPATRIACIÓN DE CAPITALES(DT Fracción XIII)

Se deberá demostrar que los recursos se retornarondel extranjero y que el pago del ISR se realizó entérminos de esta fracción

Para PM, la utilidad neta, después de ISR, se podrásumar a la CUFÍN.

La utilidad fiscal determinada paga PTU, en su caso.

Los recursos retornados, NO SE CONSIDERAN parala discrepancia fiscal.

35

Page 36: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REINVERSIÓN DE UTILIDADES(Disposiciones de vigencia temporal Fracción I)

Aplicable a personas físicas sujetas a la retención del10% derivado de los dividendos o utilidades,generados en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, siemprey cuando sean REINVERTIDOS por la personamoral que los generó.

Consiste en un CREDITO FISCAL:

Distribución Monto Porcentaje Crédito

2017 1’000,000 1% 10,000

2018 1’000,000 2% 20,000

2019 (En adelante) 1’000,000 5% 50,000

36

Page 37: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REINVERSIÓN DE UTILIDADES(Disposiciones de vigencia temporal Fracción I)

El crédito fiscal será acreditable únicamente contra elISR que se deba retener y enterar por la distribuciónde dividendos o utilidades

Pago Monto Ret 10% Crédito Ret Neto

2017 1’000,000 100,000 10,000 90,000

2018 1’000,000 100,000 20,000 80,000

2019 1’000,000 100,000 50,000 50,000

37

Page 38: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REINVERSIÓN DE UTILIDADES(Disposiciones de vigencia temporal Fracción I)

Se deben identificar en contabilidad los registros delas utilidades generadas en 2014, 2015 y 2016 y susdistribuciones respectivas. Así mismo, se deberánincluir en las notas a los estados financieros.

Quienes ejerzan esta opción deberán optar pordictaminar sus estados financieros, excepto cuandosus acciones coticen en bolsa)

Este estímulo no es ingreso acumulable.

38

Page 39: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIÓN INMEDIATA(DVA 2016 Fracción II)

Aplicable a PM título II y Físicas con actividadesempresariales y profesionales, con ingresos (propiosde su actividad empresarial) en el ejercicio inmediatoanterior de hasta 100 millones de pesos

Inversionistas en construcción y ampliación deinfraestructura de transporte (carretera, caminos ypuentes).

Inversiones en actividades petroleras, expendio al público de gas natural y petrolíferos y transporte por ductos de petroquímicos.

39

Page 40: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIÓN INMEDIATA (DVA 2016 Fracción II)

No podrá ejercerse tratándose de mobiliario y equipode oficina, automóviles, blindaje de autos, activos fijosno identificados individualmente no aviones (exceptopara aerofumigación agrícola)

Solo aplica para inversiones en bienes nuevos (Losque se utilizan por primera vez en México)

El importe de la deducción inmediata, se adiciona dela utilidad fiscal o reduce la pérdida fiscal para elcálculo del coeficiente de utilidad.

El importe de la deducción, se disminuye, por partes iguales, en los pagos provisionales a partir del mes de la inversión. 40

Page 41: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIÓN INMEDIATA (DVA 2016 Fracción II)

En caso de enajenación de los bienes, a los cuales seles aplicó este beneficio, se considerará como gananciael total de los ingresos obtenidos por su venta y sepodrá deducir una parte dependiendo del MOI y delnúmero de años transcurridos (También aplicacuando se pierdan o dejen de ser útiles)

La deducción es aplicable del 1º. De septiembre 2015hasta el 31 de diciembre de 2017.

Las inversiones realizadas en 2015, se podrán deduciren la declaración del ejercicio 2015.

41

Page 42: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

DEDUCCIÓN INMEDIATA(DVA 2016 Fracción II)

EJERCICIO 2015 y 2016 2017

MOI ACTUALIZADO( Construcciones en general)

1’000,000 1’000,000

PORCIENTO AUTORIZADO 74% 57%

DEDUCCIÓN EN EL EJERCICIO DE ADQUISICIÓN

740,000 570,000

42

Page 43: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

IEPS

2016

43

Page 44: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

GASOLINAS Y DIESEL (Artículo 2 F-I inciso d)

1.- Se modifica la definición tradicional de gasolina y diésel,por la de combustibles automotrices fósiles.

2.- Se modifica el esquema de pago actual por un esquemade impuesto de cuota fija a los combustibles automotrices.

Se aplicaran cuotas distintas a los combustiblesautomotrices siguientes:

a) Gasolinas con menos de 92 octanos $ 4.16 pesos por litrob) Gasolinas con 92 octanos o más $ 3.52 pesos por litroc) Diésel $4.58 pesos por litrod) Combustibles no fósiles $3.52 pesos por litro

DT F-I Ventas dic 2015 y cobro 10 enero 2016, cuotas 2015 44

Page 45: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

GASOLINAS Y DIESEL (DT Fracción III)

3.- En la fracción III de las DT para 2016, se establece para2016 y 2017 un esquema de bandas en niveles mínimos ymáximos para los precios máximos al consumidor quepermita una transición a la apertura del mercado en 2018.

4.- La banda aplicable durante 2016 se deberá publicar amás tardar el 31 de diciembre 2015 en el DOF y la de 2017 amás tardar el 31 de diciembre 2016.

5.- Durante 2016 y 2017, la SHCP establecerá,mensualmente, los precios máximos al público de lasgasolinas y el diésel, con base en una formula prevista enesta misma fracción de las disposiciones transitorias.

45

Page 46: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

COMBUSTIBLES FÓSILES (Artículo 2-E adicionado)

No están sujetos al pago del IEPS aquellos que NO sedestinen a un proceso de combustión.

A partir de 2016 se adiciona el artículo 2-E para señalar queNO se consideran dentro del rubro “Otros combustiblesFósiles”, por no destinarse a un proceso de combustión:

a) Las parafinasb) Materia prima para negro de humoc) Residuo largod) Asfaltose) Aceite cíclico ligero y aceites básicosf) Lubricantesg) Propileno (incluye el grado refinería y químico)

46

Page 47: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ALIMENTOS CON ALTA DENSIDAD CALÓRICA (Artículo 2 fracción III adicionada)

En 2014 entró en vigor el impuesto a los alimentos con altadensidad calórica a una tasa del 8%.

La exportación de este tipo de alimentos esta EXENTA delpago de este impuesto, por ello cuando adquieren insumos,gravados por este impuesto, no pueden recuperar elimpuesto pagado a través del acreditamiento, sino comouna deducción autorizada.

A partir de 2016 la exportación de estos alimentos seencuentra GRAVADA a la tasa del 0%, por lo que el IEPSpagado en la adquisición e importación de insumos, podráser acreditable. (Aplicable únicamente a fabricantes oproductores)

47

Page 48: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

ALIMENTOS CON ALTA DENSIDAD CALÓRICA (Artículo 2 fracción III adicionada)

Quienes se dediquen a dichas exportaciones y éstasrepresenten, al menos el 90% en el valor total de susactividades, podrán optar por compensar el saldo a favor,además de hacerlo contra este impuesto, contra otrosimpuestos en los términos del artículo 23 del Código Fiscalde la Federación.

Esta disposición también es aplicable a los contribuyentesdel RIF.

48

Page 49: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

2016

49

Page 50: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN ( 22-D CFF)

1.- Se adiciona para regular de forma específica elprocedimiento de las facultades de comprobación para laprocedencia de la devolución de saldos a favor o pagoindebido.

2.- Se aclara que las facultades de comprobación se harán através de visita domiciliaria o revisión de gabinete, porcada solicitud de devolución.

3.- Se mantiene el plazo máximo de 90 y 180 días paraconcluir las facultades de comprobación, según proceda.

4.- Se aclara que la autoridad NO podrá determinar uncrédito fiscal con base en estas facultades, sino solo verificarLa procedencia o no de la devolución.

50

Page 51: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

OBLIGACIONES PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS (32-B Bis CFF)

Se adiciona un nuevo artículo 32-B Bis para implementar el“ESTANDAR COMÚN DE REPORTE PARA ELINTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓNFINANCIERA”.

Finalidad: Que las instituciones financieras reporteninformación de conformidad con dicho estándar.

Identificación de cuentas extranjeras de alto valor: Concluyeel 31 de diciembre 2016 y de bajo valor el 31 de diciembre2017

Declaración anual de cuentas de alto valor reportables: Sepresenta a más tardar el 30 de junio 2017

51

Page 52: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

OBLIGACIONES PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS (32-B Bis CFF)

Declaración anual de cuentas de bajo valor reportables: Sepresenta a más tardar el 30 de junio 2018.

Si no se presentan las declaraciones, aplica la multa genéricapor no presentación de declaración anual.

Se debe llevar un registro especial de la aplicación deprocedimientos para identificar cuentas reportables.

Son cuentas preexistentes las que se mantengan abiertas al 31de diciembre 2015 y nuevas las abiertas el 1 de enero 2016 ocon posterioridad.

52

Page 53: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

FACULTADES DE COMPROBACIÓN (42 CFF)

1.- Se regula el procedimiento por el cuál la autoridad aldetectar hechos u omisiones que puedan entrañarincumplimiento en el pago de contribuciones, derivados delejercicio de facultades de comprobación (Se aclara que son lasrelativas a revisiones de gabinete, visitas domiciliarias yrevisiones electrónicas), debe informar al contribuyente,representante legal u órgano de administración el derechoque tiene de asistir a las oficinas de este organismo a fin deconocer los hechos u omisiones que se hayan encontrado.

2.- La autoridad deberá otorgar un plazo de al menos 10 díashábiles previos al levantamiento de la última acta parcial, deloficio de observaciones o de la resolución definitiva, segúncorresponda, para darles a conocer este derecho.

53

Page 54: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

INFORMACIÓN DE OPERACIONES RELEVANTES (52-A Adición en el penúltimo párrafo del inciso l), CFF)

Se adiciona como supuesto por el cuál no procederá lasecuencial en relación con el ejercicio de facultades decomprobación, el no proporcionar información, por cadaoperación, a que se refiere el artículo 31-A del CFF“información de operaciones relevantes”.

54

Page 55: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

REVISIONES ELECTRÓNICAS(53-B CFF)

Se reforma este artículo, a efecto de aclarar que primero debeexistir un comunicado de la autoridad al particular en dondese le de a conocer los hechos observados y, en un acto diversoy sólo si se reúnen los requisitos de la propia norma, sebrinde la facilidad de la preliquidacion.

Así mismo, el que las revisiones electrónicas se inician con lanotificación de una resolución provisional que dará a conocerlas irregularidades o hechos que detecto la autoridad con lainformación que cuenta en su poder, a la cual podráacompañarse un oficio de preliquidacion en el que sepropondrá al contribuyente el pago del crédito fiscal para elcaso de que acepte o queden firmes las observaciones eirregularidades contenidas en la resolución provisional.

55

Page 56: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

NUEVAS INFRACCIONES Y SANCIONES (Artículo 81 fracción XL)

Se adiciona la infracción por no presentar la información deoperaciones relevantes a que se refiere el artículo 31-A delCFF, formato 76, o presentarla incompleta, con errores,inconsistencias o en forma distinta a lo señalado en lasdisposiciones fiscales.La multa es de $ 140,540 a $ 200,090.

56

Page 57: REFORMAS FISCALES 2016 - ijf.cjf.gob.mx Curso RF … · La suma de las utilidades fiscales de los 6 bimestres del ejercicio, será la base de la PTU y se pagará dentro de los 60

NUEVAS INFRACCIONES Y SANCIONES(artículo 81 fracción XLI),

Se adiciona como infracción la relacionada con el ingreso deinformación a través de la página del SAT, es decir, el“ENVIO DE INFORMACIÓN CONTABLE”.

Infracciones:

a) No ingresarlab) Ingresarla fuera del plazoc) No ingresarla de conformidad con las reglas del 28-IV CFFd) Ingresarla con alteraciones que impidan su lectura.

Sanción: De $ 5,000 a $ 15,000

57