reforma tributaria en colombia

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REFORMA TRIBUTARIA, LEY 1607 DE 2012

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Resumen Reforma Tributaria Ley 1607 de 2012

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Page 1: Reforma tributaria en Colombia

REFORMA

TRIBUTARIA,

LEY 1607 DE

2012

Page 2: Reforma tributaria en Colombia

Son una serie de recursos que el estado exige a los individuos y a las diferentes organizaciones colombinas con el fin de cumplir labores sociales propias del mismo gobierno, el Estado es el único facultado para exigir estos recursos y estos los clasifica de la siguiente forma:

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Impuestos: es una prestación en dinero o en especie que el gobierno exige conforme a la ley para el cubrimiento del gasto público nacional y que de ninguna forma representa contraprestación por la cancelación de este tributo para quien lo aporta. Algunos de ellos:

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Page 5: Reforma tributaria en Colombia

La Tasa: tributo generador de la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente, la tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona realiza por la utilización de un servicio, en la Tasa se espera obtener retribución compensada en el servicio público, es decir, se paga la tasa y a cambio se recibe un servicio, una contraprestación.

Page 6: Reforma tributaria en Colombia

La Contribución Especial: tributo generador de beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, compensación por el beneficio directo que se obtiene como consecuencia de un servicio u obra realizada por una entidad

Los Aportes Parafiscales: gravámenes exigidos por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico, y se utilizan para beneficio del propio sector.

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Artículo 95 numeral 9 de la constitución política de Colombia

Son deberes de la persona y del ciudadano:

Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

Page 8: Reforma tributaria en Colombia

En tiempos de paz solamente el Congreso, las Asambleas departamentales y los Concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos deben fijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los impuestos.

Page 9: Reforma tributaria en Colombia

La constitución política de Colombia es quien en nuestro territorio esta en capacidad de establecer los tributos de los ciudadanos, de acuerdo a las leyes y políticas que son establecidas en el congreso de la república para todo el país; de acuerdo al tiempo en que se encuentre el país, por ejemplo:

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SUJETO ACTIVO Es aquel a quien la ley faculta para administrar y percibir los tributos, en su beneficio o en beneficios de otros entes. A nivel nacional el sujeto pasivo es el Estado representado por el Ministro de Hacienda y más concretamente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. A nivel departamental será el Departamento y a nivel municipal el respectivo Municipio.

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SUJETO PASIVO

Se trata de las personas naturales o jurídicas obligadas al pago de los tributos siempre que se realice el hecho generador de esta obligación tributaria sustancial (pagar el impuesto). Los sujetos pasivos cumplen sus obligaciones en forma personal o por intermedio de sus representantes legales.

Page 12: Reforma tributaria en Colombia

HECHO IMPONIBLE

Es el hecho económico considerado por la ley sustancial como elemento fáctico de la obligación tributaria. Su verificación imputable a determinado sujeto causa el nacimiento de la obligación; en otras palabras, el hecho imponible se refiere a la materialización del hecho generador previsto en las normas.

Page 16: Reforma tributaria en Colombia

TARIFA

Una vez conocida la base imponible se le aplica la tarifa, la cual se define como “una magnitud establecida en la Ley, que aplicada a la base gravable, sirve para determinar la cuantía del tributo”. La tarifa en sentido estricto comprende los tipos de gravámenes, mediante los cuales se expresa la cuantificación de la deuda tributaria.

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Page 19: Reforma tributaria en Colombia

Los gravámenes Departamentales:

Estatuidos por las Asambleas Departamentales mediante ordenanzas, fundamentándose en una ley de la República. Sobresalen el impuesto de registro y anotación, venta de licores nacionales y extranjeros importación de cigarrillos, consumo de cervezas nacionales y extranjeras, degüello de ganado mayor, premios y loterías, entre otros.

Page 20: Reforma tributaria en Colombia

Imposiciones Municipales:

Establecidas por los Concejos Distritales o Municipales, por medio de acuerdos, donde el sujeto perceptor es el municipio o distrito. Son, entre otros: el predial unificado, industria y comercio, complementario de avisos, el de juegos permitidos, el de venta por sistemas de club, el de delineación urbana.

Page 21: Reforma tributaria en Colombia

Generación de EQUIDAD: Dejar de lado lo que vemos en nuestro sistema de impuestos que pagan poco quienes tienen alta capacidad económica y pagan mucho las personas que tienen bajos ingresos.

• Generación de EMPLEO

FORMAL Y MODERNO:

Esta reforma toma la decisión

histórica de dejar de gravar el

empleo y castigar la generación

de empleo, al sustituir esos

impuestos a la nómina por

impuestos a las utilidades de las

empresas.

Page 22: Reforma tributaria en Colombia

• El precio de los combustibles:

Se eliminará uno de los dos impuestos

que gravan la gasolina.

El impuesto global a la gasolina y el

IVA se fusionarían en un solo impuesto

que pasará a ser fijo en pesos, es

decir que no subirá así aumenten los

precios internacionales de la gasolina.

• La reducción de tarifas del IVA

Teniendo en cuenta que el IVA tiene

hoy siete tarifas diferentes, desde el 0

por ciento al 35 por ciento.

La iniciativa busca reducir a tres las

tarifas del IVA, de 0% para productos

de la canasta familiar, 5% para

productos del sector agropecuario y

una tarifa general del 16 por ciento.

Page 23: Reforma tributaria en Colombia

Contribución a los sectores de la industria y la agricultura:

Al generan mucho empleo en el país y en virtud del fenómeno de la

revaluación, han tenido dificultades para competir con productos

importados y mercados internacionales este busca establecer la

competitividad del sector productivo reduciendo sus costos

Page 24: Reforma tributaria en Colombia

1. Impuesto sobre la renta para personas naturales

Se establece una clasificación

de personas naturales en

empleados y trabajadores por

cuenta propia, Además crea dos

sistemas presuntivos de

determinación de la base

gravable de renta conocidos

como Impuesto Mínimo

Alternativo -IMAN e Impuesto

Mínimo Alternativo Simple IMAS.

Page 25: Reforma tributaria en Colombia

Impuesto Mínimo Alternativo – IMAN: surge con la nueva reforma tributaria del año 2012; únicamente para personas naturales clasificadas como empleados y trabajadores independientes, Su principal objetivo es crear un sistema el cual establezca un mínimo por debajo del impuesto a la renta y que corresponda con los ingresos que se perciban en el periodo gravable.

Page 26: Reforma tributaria en Colombia

Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS: es un sistema simplificado que permite determinar la base gravable y valor a pagar del impuesto sobre la renta y complementarios para personas naturales clasificadas en las categorías de empleados y trabajadores por cuenta propia.

Page 27: Reforma tributaria en Colombia

2. Impuesto sobre la renta para sociedades:

En cuanto al impuesto de renta para las sociedades la tarifa baja de un 33% a un 25 %, sin embargo se crea el impuesto para la equidad –CREE que tendrá como hecho generador la obtención de ingresos que sean susceptibles

de incrementar el patrimonio de

los sujetos pasivos

Page 28: Reforma tributaria en Colombia

3. IVA

Por otra parte las tarifas de IVA pasan de siete (0 %, 1.6 %, 10 %, 16 %, 20 %, 25 % y 35 %) a solo tres tarifas de: 0 %, 5 % y 16 %. Y adicionalmente se crea el impuesto nacional al consumo el cual presenta las siguientes tarifas: 4 %, 8 % y 16 %.

4. Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM

El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM será deducible del impuesto sobre la renta por ser mayor valor del costo del bien, en los términos del artículo 107 del Estatuto Tributario.

Page 29: Reforma tributaria en Colombia

5. San Andrés, Providencia y Santa Catalina

contempla que para el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina aquellas empresas que se instalen allí pertenecientes a servicios, turismo, agricultura, piscicultura, maricultura y comercio, quedarán exentas del impuesto de renta y complementarios.

Page 30: Reforma tributaria en Colombia

IVA

Reducción de tarifas de IVA del 10 al 5 % en algunos alimentos como el chocolate.

El servicio de parqueadero prestado por las propiedades horizontales tendrá una tarifa del 16 %.

Los dispositivos móviles inteligentes, como las tabletas, cuyo valor no exceda de 43 UVT ($ 1.154.163 para el año 2013) se encuentran excluidos de IVA.

Las compras realizadas con tarjetas de crédito, débito o banca móvil de productos o servicios con tarifa del 16 o del 15 %, tendrán derecho a la devolución de dos puntos de IVA.

Page 31: Reforma tributaria en Colombia

Impuesto al consumo

El servicio de telefonía móvil estará gravado con la tarifa del 4 %, correspondiente al impuesto nacional al consumo. Los restaurantes y bares dejan de cobrar IVA del 16 % y desde el 1º de enero de 2013 cobran un 8 %, correspondiente al impuesto al consumo.

Empleados

Se modifica el concepto de empleados y trabajadores por cuenta propia para efectos tributarios. Se crean el impuesto mínimo alternativo nacional (IMAN) y el impuesto mínimo alternativo simple (IMAS) como sistemas que permiten determinar la base gravable de renta para personas naturales.

Page 32: Reforma tributaria en Colombia

Impuesto nacional a la gasolina y el ACPM

El impuesto nacional a la gasolina se liquidará a razón de $ 1.050 por galón para la gasolina corriente, $ 1.555 por galón para la gasolina extra, mientras que el impuesto nacional al ACPM se liquidará a razón de $ 1.050 por galón.

VS REFORMA

TRIBUTARIA