reforma parcial de la ordenanza de impuestos sobre diversiones y espectaculos publicos a segunda...

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  • 8/17/2019 Reforma Parcial de La Ordenanza de Impuestos Sobre Diversiones y Espectaculos Publicos a Segunda 27-04-16

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    República Bolivariana de VenezuelaConcejo del Municipio Bolivariano Libertador 

    Distrito Capital Comisión Permanente de Desarrollo Legislativo

    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR

    DISTRITO CAPITAL

    En uso de sus atribuciones legales, sanciona

    la siguiente:

    “REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBREDIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS”

    Artícul !" Esta ordenanza tiene por objeto reformar parcialmente la Ordenanzade Impuesto Sobre Diversiones y Espectáculos Pblicos,  publicada en !aceta"unicipal #$ #$%!&', de fec%a &' de noviembre de ())*+

    Artícul (" Se modifica el artculo -, .ue establece lo siguiente:

    / Artículo 5. La Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT), llevará un Registro delos recintos para diversiones y espectáculos e igualmente

    de toda empresa yo persona natural o !ur"dica dederec#o p$blico o privado %ue de &orma permanente oeventual, asume la dirección, administración o gestióneconómica de una diversión o espectáculo p$blico, emiteboletos y percibe el importe de los mismos en la'urisdicción del Municipio olivariano Libertador y cuyaactualiación se realiara anualmente*

    PARÁGRAFO ÚNICO :  A tales e&ectos se realiará unainscripción anual, %ue causará una Tasa Administrativa deUna Unidad Tributaria (+ U* T*), y cual%uier otro trámite

    administrativo generará una Tasa del ero oma incoUnidad Tributaria (-,. U* T*)*0

    )u*+,-+ r*+,ct,+ +* l, .r/, 012u1*-t*"

    Artícul 3"  1a Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria,llevará un 5egistro de los recintos para diversiones y espectáculos e igualmentede toda Persona natural o 6urdica o de derec%o pblico o privado .ue de formapermanente o eventual, asume la direcci3n, administraci3n o gesti3n econ3micade una diversi3n o espectáculo pblico, emite boletos y percibe el importe de losmismos en la 6urisdicci3n del "unicipio 7olivariano 1ibertador y cuya actualizaci3n

    se realizará anualmente+

     2 tales efectos se realizará una inscripci3n anual, .ue causa el pago de una4asa 2dministrativa e.uivalente a Diez 8nidades 4ributarias 9&) 8+4+, y cual.uier otro trámite administrativo causa una 4asa 2dministrativa e.uivalente a ;inco8nidades 4ributarias 9- 8+ 4++

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    República Bolivariana de VenezuelaConcejo del Municipio Bolivariano Libertador 

    Distrito Capital Comisión Permanente de Desarrollo Legislativo

    Artícul #" Se modifica el artculo &(, .ue establece lo siguiente:/ART4CULO !("  2ntes de ofrecer una diversi3n o lapresentaci3n de cual.uier espectáculo pblico, y cada vez.ue se modifi.ue la actividad autorizada, la empresa opersona natural o jurdica de derec%o pblico o privado,debe solicitar el permiso correspondiente con un mnimode &- das %ábiles previos a la presentaci3n delespectáculo o diversi3n ante la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria 9S8"24 .uientendrá un plazo de cinco 9- das %ábiles para otorgarlo onegarlo+5e.uisitos para la solicitud del permiso:&+< ;ancelaci3n de la tasa+(+< 1lenar el formato suministrado por la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria 9S8"24, el cualdebe contener: datos de inscripci3n como empresa opersona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, eltipo de diversi3n o espectáculo .ue presentará, elprograma a desarrollarse, identificaci3n del elencoprincipal, su nacionalidad y el nmero de las personas.ue actuaran en el mismo, %ora y fec%a de presentaci3n ode operaci3n, nmero de funciones, el local donde tendrá

    lugar y su aforo, nmero de boletos o de billetes deentrada a emitir, por cada funci3n, el valor del billete deentrada para cada localidad, sin incluir el impuestoestablecido en la presente ordenanza, e indicar si sevenderán por funci3n o por abono+=+< >otocopia de la ;?dula de Identidad de la persona .uepresenta la diversi3n o espectáculo pblico+@+< ;onstancia de disponibilidad del local donde tendrálugar la diversi3n o la presentaci3n del espectáculo por eltiempo indicado en la solicitud+-+< ;ertificado de %abitabilidad como local para

    diversiones o espectáculos del local, yAo constancia deaprobaci3n como local para diversi3n o espectáculospblicos eBpedidos por la Direcci3n de ;ontrol 8rbano dela 2lcalda de ;aracas, previa inspecci3n ocular+C+< ;onstancia de aprobaci3n del ;uerpo de 7omberosdel Distrito "etropolitano de ;aracas, previa inspecci3nocular++< ;opia del ;ontrato suscrito con los o las artistas ydeportistas de las diferentes disciplinas .ue tomaran parteen el espectáculo o sus representantes+*+< El diseo para la elaboraci3n de la boletera, para la

    aprobaci3n o no del contenido del boleto o similares+'+< ;%e.ue de !erencia para garantizar: la devoluci3n delvalor de las entradas vendidas y la percepci3n delimpuesto causado, en caso de suspensi3n delespectáculo, segn lo establecido en la presenteOrdenanza+

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    Distrito Capital Comisión Permanente de Desarrollo Legislativo

    &)+< P3liza de Seguros amplia y suficiente .ue cubra losdaos a personas, cosas y a terceros, con vigenciadurante el desarrollo del espectáculo o diversi3n+&&+< 8na muestra o 7oceto de los teBtos, fotos, afic%es,estampas otro medio .ue constituyan la promoci3n a losfines publicitarios, del espectáculo o de la diversi3n+&(+< En los casos de espectáculos gratuitos, un ejemplar de las invitaci3n, si las %ubiere, y el nmero de lasmismas+ En dic%as invitaciones se %ará menci3n de sugratuidad+&=+< Solvencias de industria y comercio, de inmuebles

    urbanos, y de espectáculos pblicos+&@+< Original o copia certificada del 5egistro "ercantil oestatutos en caso de ser persona jurdica de derec%opblico o privado+

    Das previos a la presentaci3n del espectáculo odiversi3n ya autorizado, segn permisos emitidos por losorganismos correspondientes, la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria 9S8"24, realizarálas reuniones necesarias conjuntamente con losorganismos de seguridad del estado y la empresa

    organizadora, para concretar la directriz a seguir enmateria de seguridad y cual.uier otro aspecto convenienteen pro del desarrollo del espectáculo o diversi3n+

    )u*+,-+ r*+,ct,+ +* l, .r/, 012u1*-t*"

    Artícul !("  2ntes de ofrecer una diversi3n o la presentaci3n de cual.uier espectáculo pblico, y cada vez .ue se modifi.ue la actividad autorizada, laempresa o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, debe solicitar el permiso correspondiente con un mnimo de &- das %ábiles previos a la

    presentaci3n del espectáculo o diversi3n ante la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, .uien tendrá un plazo de cinco 9- das %ábiles paraotorgarlo o negarlo+5e.uisitos para la solicitud del permiso:

    &+ ;ancelaci3n de la tasa+(+ 1lenar el formato suministrado por la Superintendencia

    "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, el cual debe contener:datos de inscripci3n como empresa o persona natural o

     jurdica de derec%o pblico o privado, el tipo de diversi3n oespectáculo .ue presentará, el programa a desarrollarse,identificaci3n del elenco principal, su nacionalidad y el nmero

    de las personas .ue actuaran en el mismo, %ora y fec%a depresentaci3n o de operaci3n, nmero de funciones, el localdonde tendrá lugar y su aforo, nmero de boletos o de billetesde entrada a emitir, por cada funci3n, el valor del billete deentrada para cada localidad, sin incluir el impuestoestablecido en la presente ordenanza, e indicar si sevenderán por funci3n o por abono+

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    =+ >otocopia de la ;?dula de Identidad de la persona .uepresenta la diversi3n o espectáculo pblico+@+ ;onstancia de disponibilidad del local donde tendrá lugar la

    diversi3n o la presentaci3n del espectáculo por el tiempoindicado en la solicitud+

    -+ ;ertificado de %abitabilidad como local para diversiones oespectáculos del local, yAo constancia de aprobaci3n comolocal para diversi3n o espectáculos pblicos eBpedidos por laDirecci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas, previainspecci3n ocular+

    C+ ;onstancia de aprobaci3n del ;uerpo de 7omberos del

    Distrito "etropolitano de ;aracas, previa inspecci3n ocular++ ;opia del ;ontrato suscrito con los o las artistas y deportistasde las diferentes disciplinas .ue tomaran parte en elespectáculo o su representante+

    *+ El diseo para la elaboraci3n de la boletera, para laaprobaci3n o no del contenido del boleto o similares+

    '+ ;%e.ue de !erencia para garantizar: la devoluci3n del valor de las entradas vendidas y la percepci3n del impuestocausado, en caso de suspensi3n del espectáculo, segn loestablecido en la presente Ordenanza+

    &)+P3liza de Seguros amplia y suficiente .ue cubra los daos a

    personas, cosas y a terceros, con vigencia durante eldesarrollo del espectáculo o diversi3n+&&+ 8na muestra o 7oceto de los teBtos, fotos, afic%es, estampas

    otro medio .ue constituyan la promoci3n a los finespublicitarios, del espectáculo o de la diversi3n+

    &(+En los casos de espectáculos gratuitos, un ejemplar de lasinvitaci3n, si las %ubiere, y el nmero de las mismas+ Endic%as invitaciones se %ará menci3n de su gratuidad+

    &=+Solvencias de industria y comercio, de inmuebles urbanos, yde espectáculos pblicos+

    &@+Original o copia certificada del 5egistro "ercantil o estatutos

    en caso de ser persona jurdica de derec%o pblico o privado+Das previos a la presentaci3n del espectáculo o diversi3n ya autorizado,

    segn permisos emitidos por los organismos correspondientes, laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, realizará las reunionesnecesarias conjuntamente con los organismos de seguridad del estado y laempresa organizadora, para concretar la directriz a seguir en materia de seguridady cual.uier otro aspecto conveniente en pro del desarrollo del espectáculo odiversi3n+

     2.uellos establecimientos comerciales dedicados a la eBplotaci3n de

    actividades econ3micas como: 5estaurantes, Discotecas, #ig%t ;lub, Pools,;lubes y similares .ue presenten de manera eventual o permanente talento envivo, deberán solicitar la autorizaci3n ante la 2dministraci3n 4ributaria, por lo cualpagará una 4asa 2dministrativa mensual e.uivalente a Feinte 8nidades 4ributarias9()+8+4+

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    Artícul '5 Se modifica el artculo C(, .ue establece lo siguiente:“ARTICULO 62. Las empresas yo persona natural o

     !ur"dica de derec#o p$blico o privado de espectáculos pagarán en cada caso, previa li%uidación de la planillarespectiva, en la /&icina de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT), la cantidad de 0osUnidades Tributarias (1 U*T*), por el derec#o declasi&icación de espectáculos p$blicos yo diversión*uando el, espectáculo a clasi&icar re%uiera2más de dos(1) #oras de sesión de la !unta, se pagará Una Unidad Tributaria (+ U* T*) por cada #ora o &racción adicional*

    uando se trate de un cortometra!e con una duraciónmenor de sesenta (3-) minutos, se pagará Una Unidad Tributaria (+ U*T*)*4 

    )u*+,-+ r*+,ct,+ +* l, .r/, 012u1*-t*"

    Artícul 6(" 1as Personas tanto natural como jurdica de derec%o pblico oprivado de espectáculos paga en cada caso, previa li.uidaci3n de la planillarespectiva, en la Oficina de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, la cantidad de ;uatro 8nidades 4ributarias 9@ 8+4+, por el derec%o de

    clasificaci3n de espectáculos pblicos o diversi3n+ ;uando el espectáculo aclasificar re.uiera más de dos 9( %oras de sesi3n de la junta, se paga Dos8nidades 4ributarias 9( 8+ 4+ por cada %ora o fracci3n adicional+

    ;uando se trate de un cortometraje con una duraci3n menor de sesenta9C) minutos, se paga Dos 8nidades 4ributarias 9( 8+4++

    Artícul '5 Se modifica el artculo C, .ue establece lo siguiente:

    “ARTÍCULO 76: Las empresas, yo personas naturales

    o !ur"dicas, deben presentar en la SuperintendenciaMunicipal de Administración Tributaria (SUMAT), por lomenos, die (+-) d"as #ábiles previos de la presentacióndel espectáculo diversión, los billetes o boletos deentrada y similares, a los &ines de su debido control sellado o tro%uelado*

    5ARA6RA7/ 89:/; Los sistemas de venta de boletoso billetes, por computadoras o similares, deben ser 

     previamente o cuando

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    derec%o pblico o privado, organizador u organizadora del espectáculo odiversi3n+

    Artícul 6+ Se modifica el artculo '@, a%ora '-, .ue establece lo

    siguiente:

    ?  ARTICULO 9: =l incumplimiento de las obligacionescontenidas en los Art"culos; ++@, 1-@, 1+@, 1@, 1B@, +@,CC@, C.@, D-@, de esta /rdenana, serán sancionados encada caso con multa cuya cantidad será e%uivalente auarenta Unidades Tributarias (C- U*T*) %ue impondrá el Superintendente Municipal de Administración Tributaria4 

    )u*+,-+ r*+,ct,+ +* l, .r/, 012u1*-t*"

    Artícul 83" El incumplimiento de las obligaciones contenidas en los 2rtculos: &&, (), (&, (=, (', =&, @@, @-, ) de esta Ordenanza, serán sancionadoen cada caso con multa e.uivalente a ;ien 8nidades 4ributarias 9&)) 8+4+ .ueimpondrá la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, y en caso dela violaci3n del ltimo aparte del artculo &(, además de la multa se impondrá un

    cierre temporal de ;inco 9)- das %ábiles+

    Artícul 75& Se incorpora al ;aptulo G, referente a las 4asas y el Impuesto, unnuevo artculo correspondi?ndole el nmero *-, en la forma siguiente:

    CAPITULO 9DE LAS TASAS Y EL IMPUESTO

    Artícul %3" El 2lcalde o 2lcaldesa, podrá previo a estudios econ3micos y socialesllevados a cabo por los diferentes entes competentes u 3rganos .ue forman parte

    de la 2dministraci3n "unicipal dictar mediante ordenanza la modificaci3n de lasproporciones, porcentajes, alcuotas o cantidades eBpresadas en unidadestributarias 98+4+ establecidas en la presente Ordenanza+

    Artícul %+ De conformidad con lo previsto en el artculo - de la 1ey dePublicaciones Oficiales, imprmase en un solo teBto la Or+*-,-:, +* I/;u*0tS E0;*ct?cul0 P@

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    DISTRITO CAPITAL EN CARACAS A LOS D4AS DEL MESDEDEL AGO DOS MIL DIECISEIS H($!65 AGOS" ($3 DE LAINDEPENDENCIA !37 DE LA FEDERACIN Y !7 DE LA REVOLUCINBOLIVARIANA5

      PRESIDENTE SECRETARIA MUNICIPALC,l5 NAKUN FERNÁNDEZ L1c5 LADYS ARROYO

    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA& ALCALDIA DEL MUNICIPIO

    BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL5 EN CARACAS ALOS D4AS DEL MES DEDEL AGO DOS MILDIECISEIS H($!65 AGOS" ($3 DE LA INDEPENDENCIA !37 DE LAFEDERACIN Y !7 DE LA REVOLUCIN BOLIVARIANA5CÚMPLASE

    Dr5 JORE RODR4UEZ OMEZALCALDE

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    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR

    DISTRITO CAPITAL

    En uso de sus atribuciones legales, sanciona

    la siguiente:

    “REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBREDIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS”

    Artícul !"  1a presente Ordenanza tiene por objeto regular la presentaci3neB%ibici3n de espectáculos pblicos en el "unicipio 7olivariano 1ibertador ascomo las diversiones o entretenimientos .ue se ofrezcan al pblico fomentando,propendiendo, favoreciendo y estimulándolos espectáculos y diversiones decalidad, regulando los procedimientos para la obtenci3n y otorgamiento de loscorrespondientes permisos y aplicar el impuesto respectivo todo ello deconformidad con lo establecido en el Ordenamiento 6urdico Figente+

    Artícul (" 2 los fines de interpretaci3n de la presente Ordenanza se define losiguiente:

    a E0;*ct?cul0 P@

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    *

    d E/;r*0, P*r0-, -,tur,l Jurí+1c," Es toda persona natural o jurdicade derec%o pblico o privado .ue de manera permanente o eventualasume la direcci3n de un espectáculo u ofrece una diversi3n al pblico,emite boletos y percibe el importe de los mismos y en consecuencia, esresponsable en calidad de 2gente de Percepci3n de su presentaci3n yorganizaci3n frente a la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria y los terceros+

    e R*0;-0,ondos "unicipales+

    g A2*-t* +* R*t*-c1-: Es toda persona designada por la 1ey, .ue por sufunci3n pblica o en raz3n de su actividad privada, intervenga en actos,negocios jurdicos u operaciones .ue impli.uen el pago o cancelaci3n decantidades de dinero y .ue está obligada a efectuar la retenci3n deImpuesto .ue sea procedente, para luego enterarla al >isco "unicipal en elplazo establecido por la ley+

    % Presentaci3n 9ec%o Imponible: Es la realizaci3n del acto en s delespectáculo o diversi3n ofrecida y comprometida al pblico promocionada atrav?s de los diferentes medios de comunicaci3n+

    i B,0* 1/;-1

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    al comprador o compradora 9espectador o espectadora por dic%aoperaci3n+

    l T,0,0: Es la contraprestaci3n .ue una persona paga por el derec%o a lautilizaci3n de un servicio, pago .ue es voluntario, supeditado solo por lanecesidad del usuario o usuaria de acceder al servicio+

    Artícul  #: 4odo recinto, establecimiento, local abierto o cerrado, en donde seofrezcan diversiones o entretenimientos o se presenten espectáculos pblicos,debe someterse al cumplimiento de las legislaciones, #ormas de zonificaci3n,ar.uitectura, sanitarias, %igiene, ambiente, t?cnicas, seguridad, prevenci3n y

    protecci3n contra incendios, y elaborar los Planes para el ;ontrol de Emergencias,ajustados a las disposiciones nacionales y municipales .ue regulen la materia ynormas elaboradas y editadas para su aplicaci3n por la ;omisi3n Fenezolana de#ormas Industriales 9;OFE#I#+ En consecuencia, la Direcci3n de ;ontrol 8rbanode la 2lcalda de K;aracas, s3lo eBpediráK el H;ertificado de abitabilidadH como1ocal para Diversiones o Espectáculos Pblicos, válido para perodos anuales, alos locales .ue cumplan con las disposiciones establecidas en la Ordenanza de

     2r.uitectura, +8rbanismo y ;onstrucciones en !eneral, la Ordenanza deLonificaci3n, la Ordenanza de ;ontrol de la ;ontaminaci3n 2tmosf?rica y 5uidos"olestos, o #ocivos+ Igualmente se re.uiere de la H;onstancia de 2probaci3nH del;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas, en cuanto a seguridade %igiene laboral y ambiental, prevenci3n y protecci3n contra incendios+

     2l momento de efectuar cual.uier modificaci3n en la edificaci3n, o en algnsector de la misma, as como en los sistemas de prevenci3n o protecci3n contraincendios, aforo, medios de Kescape, las estructuras de tarimas o escenarios,sistemas de iluminaci3n o sonido, sistemas el?ctricos o electr3nicos, butacas ogradas y similares .ue se utilicen, o cual.uiera otros aspectos previamenteaprobados por los organismos antes mencionadosM la empresa o personas

    naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado de diversiones yAo espectáculospblicos, responsable del recinto, solicitará la H;onstancia de 2probaci3nH como1ocal para Diversi3n o Espectáculos Pblicos ante la Direcci3n de ;ontrol 8rbanode la 2lcalda de ;aracas, as como tambi?n la H;onstancia de 2probaci3nH del;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas+

    1as constancias antes sealadas tendrán vigencia durante la presentaci3ndel espectáculo o diversi3n, salvo en los casos de par.ues de atraccionesmecánicas, tiovivos y aparatos similares+

     2.uellas personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado .ueutilicen con carácter fijo, instalaciones para la presentaci3n de espectáculos odiversiones diseadas de manera permanente, deben presentar por ante laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, las certificacionesconstancias emitidas por la Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de;aracas, y el ;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas, .uetengan carácter peri3dico y ocasional consideradas en este artculo+

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    En el caso de las instalaciones .ue son utilizadas de forma provisional parala presentaci3n de espectáculos o diversiones, s3lo consignará las constancias ocertificados .ue tienen carácter ocasional+

    Artícul ': En los recintos autorizados para la presentaci3n de Diversiones yEspectáculos Pblicos, deben elaborar para su implementaci3n un HPlan deEmergenciaK: diseado para autoprotecci3n del personal .ue labora dentro delmismo, del pblico .ue asiste al espectáculo o diversi3n y las instalaciones+;umpliendo lo regulado por los instrumentos legales nacionales y municipalesreferidos a la materia y #ormas ;OFE#I#, revisado y aprobado por el ;uerpo de

    7omberos del Distrito "etropolitano+El Plan de Emergencia debe ser difundido por medios impresos y

    audiovisuales al pblico .ue asiste, antes del inicio del espectáculo o diversi3n, encuanto a las instrucciones básicas para su conducta ante una emergencia+Indicándoles ubicaci3n de vas de escape, ruta de evacuaci3n, salidas deemergencia, centro de atenci3n para primeros auBilios, entre otros e instruccionesde parte del personal capacitado a seguir en caso de una emergencia+

    1as empresas .ue ofrezcan servicios de seguridad para los espectáculos o

    diversiones, deben estar registradas en los organismos oficiales competentes enla materia+ El personal .ue labora en dic%as empresas, en el recinto o en elespectáculo o diversi3n, igualmente debe estar registrado e informado sobre elcontenido del Plan de Emergencia y capacitado para su implementaci3n+

    Artícul 3" 1a Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, llevará un5egistro de los recintos para diversiones y espectáculos e igualmente de todaPersona natural o 6urdica o de derec%o pblico o privado .ue de formapermanente o eventual, asume la direcci3n, administraci3n o gesti3n econ3micade una diversi3n o espectáculo pblico, emite boletos y percibe el importe de losmismos en la 6urisdicci3n del "unicipio 7olivariano 1ibertador y cuya actualizaci3n

    se realizará anualmente+

     2 tales efectos se realizará una inscripci3n anual, .ue causa el pago de una4asa 2dministrativa e.uivalente a Diez 8nidades 4ributarias 9&) 8+4+, y cual.uier otro trámite administrativo causa una 4asa 2dministrativa e.uivalente a ;inco8nidades 4ributarias 9- 8+ 4++

    Artícul 6: 5e.uisitos para la Inscripci3n en el 5egistro:!5 ;ancelaci3n de la tasa administrativa correspondiente+(5 1lenar el >ormato suministrado por la Superintendencia "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria+#5 ;opia a vista del original del 5egistro de Informaci3n >iscal 95I>+'5 ;opia certificada del 5egistro "ercantil y de la ;?dula de Identidad del

    representante legal+ 9Si 2plica35 ;opia del Impuesto Sobre la 5enta+ 9Si 2plica 

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    CAPITULODE LOS SUJETOS

    Artícul 7: 2 los fines de esta Ordenanza se consideran sujetos pasivos c/c-tr1*-t*0 los ad.uirientes del respectivo billete o boleto de entrada en elmomento de la ad.uisici3n+ 1a empresa o persona natural o jurdica de derec%opblico o privado, a cargo de .uien est? el espectáculo o diversi3n podrá ser 

    nombrada agente de percepci3n del impuesto y están obligadas al cumplimientode lo establecido en la presente Ordenanza+

    Artícul %: 5ecibidos los documentos para la inscripci3n en el registro laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, previa revisi3n de losmismos, procederá dentro de los cinco 9- das %ábiles siguientes a su recibo aeBpedir al interesado o interesada constancia de su registro, o en su defecto,comunicarle los motivos del rec%azo+

    Artícul 8"  En la dependencia administrativa respectiva, se llevará un libro deregistro, >oliado y sellado donde se asentarán las solicitudes recibidas y lasconstancias emitidas+

    Artícul !$: 1a Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, negará elpermiso para la publicidad, pre

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    El personal de seguridad, porteros, porteras, guas, acomodadores,acomodadoras, ta.uilleros ta.uilleras y demás personas involucradas en elespectáculo o diversi3n deben llevar en sitio visible el carnet o distintivo .uepermita en caso de ser necesario su identificaci3n por el pblico o personaautorizada .ue lo re.uiera+ El personal .ue labore en el o los espectáculospblicos yAo diversiones, debe %aber sido formado para el cargo .ue desempee,ser respetuoso, cordial y estar dotado de los e.uipos, materiales e instrumentos.ue re.uieran para el mejor desempeo de sus funciones+

    El personal .ue realiza funciones de seguridad de manera directa oindirecta, fijo o contratado en los espectáculos o diversiones además de loanteriormente mencionado, deben tener formaci3n para el cargo a desempear,además poseer una eBperiencia mnima de cinco 9- aos en algn organismo deseguridad ciudadana, y registrarse en las oficinas de los organismosgubernamentales .ue lo acredite como tal+

    1as empresas dedicadas a la capacitaci3n respecto a seguridad y similares,deben estar debidamente registradas y sus capacitadores, capacitadoras9instructores o instructoras deben poseer una eBperiencia mnima de cinco 9-aos cumplidos en algn organismo de seguridad ciudadana+

    CAPITULO IIIDE LA AUTORIZACIN  Y PRESENTACIN DE ESPECTACULO 

    O DIVERSIN

    SECCIN IDE LAS AUTORIZACIONES

    Artícul !("  2ntes de ofrecer una diversi3n o la presentaci3n de cual.uier espectáculo pblico, y cada vez .ue se modifi.ue la actividad autorizada, laempresa o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, debe solicitar el permiso correspondiente con un mnimo de &- das %ábiles previos a lapresentaci3n del espectáculo o diversi3n ante la Superintendencia "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria, .uien tendrá un plazo de cinco 9- das %ábiles paraotorgarlo o negarlo+5e.uisitos para la solicitud del permiso:

    &+ ;ancelaci3n de la tasa+(+ 1lenar el formato suministrado por la Superintendencia

    "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, el cual debe contener:

    datos de inscripci3n como empresa o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, el tipo de diversi3n oespectáculo .ue presentará, el programa a desarrollarse,identificaci3n del elenco principal, su nacionalidad y el nmerode las personas .ue actuaran en el mismo, %ora y fec%a depresentaci3n o de operaci3n, nmero de funciones, el localdonde tendrá lugar y su aforo, nmero de boletos o de billetesde entrada a emitir, por cada funci3n, el valor del billete de

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    entrada para cada localidad, sin incluir el impuestoestablecido en la presente ordenanza, e indicar si sevenderán por funci3n o por abono+

    =+ >otocopia de la ;?dula de Identidad de la persona .uepresenta la diversi3n o espectáculo pblico+

    @+ ;onstancia de disponibilidad del local donde tendrá lugar ladiversi3n o la presentaci3n del espectáculo por el tiempoindicado en la solicitud+

    -+ ;ertificado de %abitabilidad como local para diversiones oespectáculos del local, yAo constancia de aprobaci3n comolocal para diversi3n o espectáculos pblicos eBpedidos por la

    Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas, previainspecci3n ocular+C+ ;onstancia de aprobaci3n del ;uerpo de 7omberos del

    Distrito "etropolitano de ;aracas, previa inspecci3n ocular++ ;opia del ;ontrato suscrito con los o las artistas y deportistas

    de las diferentes disciplinas .ue tomaran parte en elespectáculo o su representante+

    *+ El diseo para la elaboraci3n de la boletera, para laaprobaci3n o no del contenido del boleto o similares+

    '+ ;%e.ue de !erencia para garantizar: la devoluci3n del valor de las entradas vendidas y la percepci3n del impuesto

    causado, en caso de suspensi3n del espectáculo, segn loestablecido en la presente Ordenanza+&)+P3liza de Seguros amplia y suficiente .ue cubra los daos a

    personas, cosas y a terceros, con vigencia durante eldesarrollo del espectáculo o diversi3n+

    &&+ 8na muestra o 7oceto de los teBtos, fotos, afic%es, estampasotro medio .ue constituyan la promoci3n a los finespublicitarios, del espectáculo o de la diversi3n+

    &(+En los casos de espectáculos gratuitos, un ejemplar de lasinvitaci3n, si las %ubiere, y el nmero de las mismas+ Endic%as invitaciones se %ará menci3n de su gratuidad+

    &=+Solvencias de industria y comercio, de inmuebles urbanos, yde espectáculos pblicos+&@+Original o copia certificada del 5egistro "ercantil o estatutos

    en caso de ser persona jurdica de derec%o pblico o privado+

    Das previos a la presentaci3n del espectáculo o diversi3n ya autorizado,segn permisos emitidos por los organismos correspondientes, laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, realizará las reunionesnecesarias conjuntamente con los organismos de seguridad del estado y laempresa organizadora, para concretar la directriz a seguir en materia de seguridady cual.uier otro aspecto conveniente en pro del desarrollo del espectáculo o

    diversi3n+ 2.uellos establecimientos comerciales dedicados a la eBplotaci3n de

    actividades econ3micas como: 5estaurantes, Discotecas, #ig%t ;lub, Pools,;lubes y similares .ue presenten de manera eventual o permanente talento envivo, deberán solicitar la autorizaci3n ante la 2dministraci3n 4ributaria, por lo cualpagará una 4asa 2dministrativa mensual e.uivalente a Feinte 8nidades 4ributarias9()+8+4+

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    Artícul !#: #o se re.uerirá la presentaci3n de los recaudos indicados en elnumeral ' artculo precedente de la presente Ordenanza, cuando se trate deespectáculos o diversiones cuya direcci3n y gesti3n econ3mica y responsabilidadest? atribuida a personas jurdicas de Derec%o Pblico, >undaciones constituidasy dirigidas por dic%as personas, los grupos culturales y populares sin fines delucro+ Estas circunstancias deben acreditarse por ante la oficina competente *

    Artícul !': En a.u?llos espectáculos o diversiones .ue conforme a las leyes o5eglamentos, nacionales re.uieran, ya para su presentaci3n o por las personas.ue en ?l intervienen, permiso previo de alguna autoridad nacional, no se admitirála solicitud de permiso para presentarlo, en la jurisdicci3n del "unicipio 7olivariano1ibertador sin la constancia de %aber obtenido la autorizaci3n correspondiente+

     2rtícul  !3: Para la presentaci3n de espectáculos en los cuales intervenganartistas o deportistas, personal t?cnico u otros eBtranjeros no residentes en el pas,la empresa, o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado debeacreditar el cumplimiento de los re.uisitos eBigidos en las 1eyes #acionales y

    ;onvenios Internacionales, debidamente suscritos por la 5epblica 7olivariana deFenezuela para .ue estas personas puedan realizar la actividad para las cualesfueron contratadas en el "unicipio 7olivariano 1ibertador+

    Artícul !6: 1as personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado cadavez .ue vayan a presentar espectáculos pblicos o diversiones o entretenimientode manera eventual, deben solicitar el permiso conforme a lo establecido en el

     2rtculo &(  de la presente Ordenanza+ En la solicitud debe indicarse la personaresponsable ante el pblico y la administraci3n tributaria, .uien necesariamentedebe suscribir dic%a solicitud salvo .ue sea persona jurdica en cuyo caso lo %ará

    su representante legal+

    Artícul !7"  1as empresas o persona natural o jurdico de derec%o pblico oprivado, .ue ofrezcan un mismo tipo de diversi3n o espectáculos de manera;*r/,-*-t* tales como cines y teatros, solicitaran el permiso correspondientepor periodos anuales, a menos .ue cambien la diversi3n o espectáculo a otros denaturaleza diferente, en cuyo caso re.uerirán de la correspondiente autorizaci3n+

    1os par.ues de atracciones y similares, solicitarán el permisocorrespondiente por perodo de tres 9)= meses+

    Artícul !%: 1as empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico oprivado .ue presenten temporadas de teatros, zarzuelas, deportes y otrostemporales, solicitarán el permiso correspondiente para cada temporada+

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    SECCIN IIDE LA PRESENTACIN DE ESPECTACULOS Y DIVERSIONES

    Artícul !8: 1os Espectáculos Pblicos y Diversiones podrán presentarse lossábados, domingos y das feriados desde las ':)) a+m+ y los das laborables solo apartir de las -:)) p+m+ #inguna funci3n comenzará despu?s de las &&:=) p+m+ Parapresentar espectáculos pblicos o diversiones en forma ocasional, fuera de las%oras sealadas, se re.uerirá permiso especial de la Superintendencia "unicipalde 2dministraci3n 4ributaria+ 2s como la presentaci3n de un espectáculo pblicocon carácter permanente fuera del %orario sealado en el presente artculo+ 1os

    espectáculos cinematográficos podrán eB%ibir pelculas desde las &):)) a+m+ losdas laborablesM pero no se permitirá el acceso a nios, nias y adolescentes enesos das antes de las -:)) p+m+, a menos .ue vayan acompaados de suspadres, madres, representantes o responsables y la clasificaci3n de la pelcula aslo amerite+ Esta pro%ibici3n no se aplicará en los perodos de vacaciones oficiales+

    1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado,.ue presenten espectáculos en lugares abiertos, calles o plazas, deben solicitar permiso a la Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas, constancia al;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas y participar al instituto

     2ut3nomo de Seguridad ;iudadana y 4ransporte de la 2lcalda del "unicipio7olivariano 1ibertador, si se re.uiere el cierre de las vas+

    Artícul ($: 1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico oprivado de espectáculos están en la obligaci3n de indicar en todos sus anunciospublicitarios las %oras en .ue se comienzan las funciones, el precio, laclasificaci3n del espectáculo y el idioma a usar en la diversi3n o el espectáculo sifuere el caso+

    1os espectáculos podrán ser continuos o no continuos+ En caso defunciones continuas, la empresa o las personas naturales o jurdicas de derec%opblico o privado fijaran en avisos colocados en sitios visibles al pblico, la %orade inicio de cada una de las eB%ibiciones+

    Artícul (!: En los recintos cerrados o abiertos donde se den representaciones detalento vivo, tales como: conciertos, operas, ballets, teatros y recitales solo sepermitirá el acceso del pblico al local o sala en donde se realiza la funci3n enmomentos en .ue no se encuentren actuando los artistas+

    En los locales cerrados o abiertos, autorizados para la presentaci3n deespectáculos con talento vivo, las personas naturales o jurdicas de derec%opblico o privado en a.uellos casos .ue as se re.uiera, destinaran un lugar apropiado para .ue el personal de fot3grafos, camar3grafos, la prensa, cine, radioy televisi3n pueda cumplir sus labores sin perturbar el normal desarrollo delespectáculo, ni la atenci3n del espectador o espectadora+

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    Por otra parte deben destinar áreas adecuadas en donde se ubi.uenambulancias, la base o centro de operaciones para el control de emergencia a lasempresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado, serviciosde seguridad y cuerpos de seguridad del Estado o municipales+

    Igualmente la empresa, personas naturales o jurdicas de derec%o pblico oprivado, debe destinar lugares apropiados para las personas con discapacidad,segn lo establecen las normas competentes en la materia+

    Artícul ((: #o se permitirá la entrada de nios, nias y adolescentes a cual.uier espectáculo pblico o diversiones cuya clasificaci3n no sea adecuada a su edad,conforme a la legislaci3n sobre la materia+

    1os padres, madres, representantes o responsables de los nios, nias yadolescentes deben coadyuvar con el cumplimiento de esta norma+

    Artícul (#" ;uando se adopte el sistema de abono en el sitio o local donde seeBpenden ?stos, debe suministrarse gratuitamente a los interesados o interesadasun programa en el .ue se indi.uen fec%as, %oras y contenido de cada una de las

    presentaciones+Despu?s de iniciada la venta de abono, no podrá ser modificado elprograma ofrecido, salvo por motivos justificados .ue deben ser comprobados por la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria+ En este caso, lasempresas, o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, están en laobligaci3n de participarlo al pblico y devolver su correspondiente valor del abonoa a.uellas personas .ue no est?n conformes con la modificaci3n+

    Igualmente en todos los espectáculos teatrales, 3peras, ballets, conciertos,recitales y similares, la empresa, personas naturales o jurdicas de derec%opblico o privado debe repartir gratuitamente a cada espectador o espectadora, un

    programa en idioma castellano relacionado con la funci3n .ue se vaya a presentar,en el cual se indicará el orden de eB%ibici3n+

    Artícul (': El 2lcalde o 2lcaldesa, podrá autorizar el eBpendio de determinadasbebidas alco%3licas en Diversiones o Espectáculos deportivos profesionales,conciertos, corridas de toro, carreras de caballos, autocine y otros análogos,previo el cumplimiento por parte del interesado o interesada de las formalidadeslegales y el informe de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria+ ;uando se trate de actividades deportivas de aficionados o

    profesionales adultos, será necesario el empleo de locales especficos para eleBpendio y consumo de las bebidas alco%3licas y eBpendios de cigarrillos, todo deconformidad con lo establecido en la 1eyes y Ordenanzas .ue regulan la materia+

    Artícul (3: 1os locales o recintos abiertos o cerrados, deben estar provistos deavisos, sealizaci3n o luces tenues, segn lo establecen las normas .ue rigen la

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    materia, dispuestas en una forma tal, .ue sin molestar la visi3n del espectáculo odiversi3n, indi.uen a los espectadores o espectadoras, donde .uedan las vAas deescapes, 9escaleras, pasillos, rampas, puertas de salida y de emergencia,servicios sanitarios, primeros auBilios u otros servicios e informaci3n .ue sere.uieran para una mejor orientaci3n al espectador o espectadora+

    ;uando la sala o recinto est? a oscuras, durante el tiempo de eB%ibici3n delespectáculo o diversi3n los acomodadores, las acomodadoras o los o las guas,.uienes deben portar un distintivo fluorescente visible en la oscuridad, deben estar alerta, atentos a la disposici3n del pblico para orientarlo o asistirlo+

    SECCION IIIIDE LAS DIVERSIONES Y ESPECTACULOS

    Artícul (6: 1os espectáculos pblicos o diversiones deben comenzar a la %orapreviamente anunciados+

    Artícul (7" 1os espectáculos y diversiones deben ser estrictamente presentadoscomo %an sido publicitados a trav?s de los medios de comunicaci3n o en losprogramas+ 1as empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o

    privado, .ue se vieren en la imposibilidad de cumplir lo ofrecido en los t?rminosanunciados, deben dar aviso al pblico, por los medios de comunicaci3n masivoimpreso, radial o audiovisual por lo menos veinticuatro 9(@ %oras antes de lapresentaci3n del espectáculo o diversi3n, debiendo devolver de inmediato el valor de los billetes o boletos de entradas vendidas, as como el impuesto percibido, aa.uellas personas .ue no est?n conformes con la modificaci3n+

    Si por causa de fuerza mayor, debidamente comprobada ante laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, las empresas o personasnaturales o jurdicas de derec%o pblico o privado, se viere en la necesidad de

    suspender la diversi3n o espectáculo, ya comenzado, o antes de su inicio, le serádevuelto a los espectadores o espectadoras el valor de los billetes o boletos deentrada, junto con el impuesto respectivo, cuando el espectáculo o diversi3n no%aya transcurrido la mitad der o los tiempos de juegos reglamentarios, segn ladisciplina deportiva o programa ofrecidoM >tbol, Foleibol, despu?s del segundo9(do tiempo, baloncesto despu?s del(do cuarto, los boBsticos, despu?s de latercera 9=ra peleaM los de b?isbol despu?s de concluida la .uinta 9-ta entrada:conciertos, obras teatrales, despu?s de %aberse presentado la mitad de laprogramaci3n ofrecida+ 1os demás casos análogos serán resueltos por laSuperintendencia "unicipal de la 2dministraci3n 4ributaria+ Sin embargo, las

    empresas yAo personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado, podráreprogramar el espectáculo suspendido, en cuyo caso no procederá la devoluci3nantes mencionada+

    En caso .ue por causa no imputable a las empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privado, fuere imposible la devoluci3n inmediata del

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    valor de los billetes de entrada, a.uellos deben publicar durante los tres 9)= dassiguientes a la suspensi3n del espectáculo o diversi3n, en tres 9= diarios de esta

     jurisdicci3n de amplia circulaci3n, un aviso %aciendo del conocimiento pblico, elsitio y las %oras %ábiles para el reintegro, dentro de los oc%o 9* das siguientes ala suspensi3n del espectáculo o diversi3n+

    1a poca concurrencia del pblico al espectáculo o diversi3n no podrá ser,en ningn caso motivo para suspender la presentaci3n del espectáculo odiversi3n+ En el caso, .ue la suspensi3n del espectáculo o diversi3n, fuese por causa imputable a las empresas yAo personas naturales o jurdicas de derec%o

    pblico o privado responsable del evento, serán sancionadas de conformidad conlo establecido al respecto en la presenteOrdenanza+

    Artícul (%: #o se permite la entrada a ningn espectador o ninguna espectadoraen estado de embriaguez, bajo influencia de sustancias estupefacientes opsicotr3picas, a.u?llos o a.u?llas .ue porten, armas de fuego, armas blancas,objetos contundentes, o cual.uier otro artificio e instrumento .ue sea riesgo contralas personasK o el normal desarrollo del espectáculo o diversi3n, salvo .ue est?n

    autorizados o autorizadas especialmente para ello por las autoridadescompetentes+El pblico debe conservar orden y respeto durante el acceso y salida del

    recinto, y la presentaci3n del Espectáculo o Diversi3n+

    Artícul (8: #o se aceptarán discriminaciones fundadas en la raza, seBo, credo ocondici3n social para restringir la asistencia a los espectáculos pblicos yAodiversiones+

    Artícul #$: 1as empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o

    privado, no podrán vender mayor nmero de billetes o boletos de entrada .ue elde asientos fijos autorizados para el local 92foro+ 1as tascas, bares o cabarets,discotecas y demás sitios donde se baile, no podrán admitir un nmero mayor depersonas .ue el de los asientos eBistentes en las mesas de servicio y en losmostradores o barrasM as como los asientos aforados, gradas o sillas numeradasaforadas en las instalaciones o recintos culturales, deportivos y similares+

     2 la entrada de las instalaciones o recintos deportivos o similares, locales ysubdivisiones de los mismos, debe colocarse una placa metálica donde se indi.uesu capacidad, la cual debe estar conforme con el permiso de la Direcci3n de

    ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas, autorizado por la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, y certificada por el ;uerpo de 7omberosdel Distrito "etropolitano de ;aracas+ 2s mismo, deben solicitar trimestralmenteel permiso correspondiente, como centro de diversiones ante la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria+

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    1a Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, tomará lasprevisiones del caso para .ue el pblico asistente al espectáculo o diversi3ngratuito, de entrada libre, en locales cerrados o abiertos, no eBceda de lacapacidad del local destinado a la presentaci3n+

    Artícul #!: 1as empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico oprivado de diversiones o espectáculos pblicos deben instalar una ta.uilla o sitiode eBpendio de boletos o billetes de entrada por cada mil 9&))) asientos, en elmismo lugar donde se presentará la diversi3n o espectáculo o en otros sitios de laciudad+ En este ltimo caso debe las empresas o personas naturales o jurdicas de

    derec%o pblico o privado %acer del conocimiento del pblico la ubicaci3n dedic%as ta.uillas eBternas+

    1os funcionarios o funcionarias de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, podrán cuando a su juicio y las circunstancias loameriten, eBigir de las empresas o personas naturales o jurdicas de derec%opblico o privado un nmero mayor de ta.uillas o sitios de eBpendio, o permitir unnmero menor al sealado en el encabezamiento de este artculo+

    El nmero de ta.uillas tendrá relaci3n directa con la cantidad de pblico .uealbergará la instalaci3n, esto con la finalidad de evitar represarlos y laconcentraci3n de personas, por lo .ue los funcionarios o funcionarias de laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, deben consultar alrespecto con el ;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas+

    El pblico debe mantener el orden y brindar la colaboraci3n re.uerida paraad.uirir sus boletos o billetes de entradas, organizándose en filas en frente a lasta.uillas destinadas para tal fin+

    Artícul #(: Nueda terminantemente pro%ibido la reventa de billetes o boletas deentrada y la falsificaci3n+ El incumplimiento de esta disposici3n acarrea a lasempresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico o privadoresponsable de espectáculo o diversi3n, las sanciones correspondientesestablecidas en las leyes y la presente Ordenanza los locales deben estar e.uipados con circuitos cerrados de vigilancia principalmente en las áreas depuertas de acceso al recinto y ta.uillas+

    Artícul ##: #o se permite fumar en los locales cerrados de diversiones oespectáculos pblicos o privados, salvo en a.u?llos sitios acondicionados

    especialmente para ello, conforme a lo establecido en la legislaci3n .ue regula lamateria+

    Artícul #': 1os responsables de las instalaciones, las empresas o personasnaturales o jurdicas de derec%o pblico o privado de diversiones o espectáculospblicos, están obligados u obligadas a mantener los e.uipos o aparatos de

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    proyecci3n, pantalla, sonido, luminiscencia, luces de emergencias, sistemasel?ctricos o electr3nicos, aire acondicionado o ventilaci3n, escenarios, asientos,gradas, tec%os, paredes, pisos, sanitarios, sistemas de prevenci3n, protecci3n yeBtinci3n contra incendios, sealizaciones, medios de escape, salidas deemergencias, u otros servicios, en perfecta condiciones de uso o funcionamiento+

    1a Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria al constatar irregularidades en los establecimientos donde tengan lugar los espectáculospblicos o diversiones, oficiará a la Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de;aracas y el ;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas, .uienes

    previa inspecci3n, fijarán un plazo prudencial para .ue se subsanen, a menos .uesean de tal gravedad .ue ameriten la suspensi3n de la presentaci3n delespectáculo o diversi3n, o el cierre del recinto, de manera inmediata+ En todo casodebe dar aviso por escrito a la empresa, o persona natural o jurdica de derec%opblico o privado de dic%a medida+ En el supuesto .ue en el plazo concedido nose %agan las correcciones, se procederá al cierre temporal del establecimiento o lasuspensi3n de la presentaci3n del espectáculo o diversi3n, %asta tanto se corrija ?lo los defectos .ue motivaron dic%o cierre o suspensi3n+ Sin menoscabo de lasacciones legales .ue puedan tomar, los organismos antes mencionados+

    Artícul #3: 1as puertas .ue sirvan como medios de evacuaci3n, deben permitir su apertura manual bajo cual.uier condici3n y en direcci3n a la salida,permaneciendo abiertas durante la presentaci3n del espectáculo o diversi3n, y losmedios de escape 9pasillos, escaleras, rampas libres de obstáculos, mientras elpblico se encuentre en el recinto, para facilitar el rápido desalojo de laslocalidades en caso de emergencia y la sala permanecerá iluminada mientras no%aya sido completamente desocupada o se inicie una nueva funci3n+

    Igualmente las puertas de acceso al espectáculo o diversi3n deben ser abiertas con suficientes anticipaci3n al inicio del mismo, para agilizar una segura y

    c3moda ubicaci3n de los espectadores o espectadoras en sus localidades, gradaso asientos, previa coordinaci3n con los funcionarios o funcionarias deespectáculos de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria,;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas, Polica y personal deSeguridad+

    Artícul #6: 1as empresas o personas naturales o jurdicas de derec%o pblico oprivado, están en la obligaci3n de determinar en las solicitudes de permiso y ensus programas y publicidad, el idioma castellano en las obras .ue seránrepresentadas+

    CAPITULO IVDE LAS MA)UINAS DE VIDEOS JUEOS ELECTRONICOS O

    COMPUTADORAS RECREACIONALES

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    Artícul #7: Se consideran má.uinas de videos, juegos el?ctricos o +electr3nicoso computadoras recreacionales, todo aparato monitor o receptores de televisi3n,provistos de tarjetas con programas computarizados, juegos por Internet 9ebsites, multimedias, circuitos el?ctricos, electr3nicos o componente mecánico yAocual.uier otro objeto de procedimiento o ndole similar para cuyo funcionamientore.uiera la manipulaci3n por parte de una persona+

    Artícul #%: 1os locales donde funcionen má.uinas de video, juegos por Internet9eb sites, multimedias, juegos el?ctricos o electr3nicos, computadorasrecreacionales, o componente mecánico o cual.uier otro objeto de procedimiento

    o ndole similar para cuyo funcionamiento re.uiera la manipulaci3n por parte deuna persona, deben estar debidamente inscritas en la Divisi3n de EspectáculosPblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas lcitas de la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, con un c3digo .ue estará encabezado por el nmero .ue identifi.ue a la má.uina, asignado por el rgano #acionalcompetente o por la ;omisi3n #acional de ;asinos, seguido con una cifra .ueidentifi.ue a la má.uina ante la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, una cifra .ue identifi.ue al operador u operadora y una cifra .ueidentifi.ue el local al cual está asignada y podrán ofrec?rselas al pblico desde las

    diez de la maana 9&):)) a+m+, los das laborables, pero no se permitirá el accesoa los nios, nias y adolescentes, a menos .ue vayan acompaados de suspadres, madres, representantes o responsables, o segn sea establecido por lasleyes u ordenanzas .ue regulen la materia+

    Artícul #8: 1os locales donde funcionen las má.uinas de videojuegoselectr3nicos o computadoras recreacionales, juegos por Internet 9eb sites,multimedias, juegos el?ctricos o electr3nicos, computadoras recreacionales, ocomponente mecánico o cual.uier otro objeto de procedimiento o ndole similar para cuyo funcionamiento re.uiera la manipulaci3n por parte de una persona, no

    podrán estar ubicados a menos de doscientos 9()) metros de distancia de losInstitutos Educacionales, o segn sea establecido por las leyes u ordenanzas .ueregulen la materia+

    CAPITULO VDE LAS PROYECCIONES CINEMA TORAFICAS

    Artícul '$: 1as salas de cine presentarán, por lo menos una vez a la semana,pelculas comprendidas dentro de la clase H22H o en su defecto la H2H 9Nuedan

    eBcluidos de tal obligaci3n los autocines+

    El 2lcalde o 2lcaldesa, podrá reglamentar por turnos eB%ibici3n de laspelculas clasificadas H22H o H2H en las diferentes salas de proyeccionescinematográficas situadas en distintos sectores del "unicipio 7olivariano1ibertador, siempre .ue las circunstancias as lo justifi.uen+

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    4odas las pelculas clasificadas H22H o H2H deben ser proyectadas en idiomacastellano+

    Artícul '!: El "unicipio 7olivariano 1ibertador, a trav?s de la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, podrá eBigir a las empresascinematográficas, cuando lo considere conveniente, la proyecci3n gratuita depelculas educativas de duraci3n no mayor de diez 9&) minutos o sobre temas deinter?s comunitario .ue as lo consideren tanto el 2lcalde o 2lcaldesa o el ;oncejodel "unicipio 7olivariano 1ibertador+ Igualmente podrá eBigirles la presentaci3n de

    avisos sobre materias .ue le interesen al "unicipio 7olivariano 1ibertador+ 4odo elmaterial a eB%ibirse será entregado por intermedio de la Divisi3n de EspectáculosPblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria+

    1as empresas .ue presenten proyecciones cinematográficas deben llevar un libro empastado y foliado en el cual asentarán el nmero de boletos vendidoscorrespondientes a cada funci3n+

    El mencionado libro no podrá ponerse en uso sin .ue %aya sido

    previamente presentado a la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, a fin de .ue se le estampe en el primer folio una nota fec%ada y firmadapor el 6efe o 6efa de la mencionada divisi3n, o por .uien a.uel o a.uella delegue+

     2demás, se estampará en todas las %ojas el sello de la Divisi3n de EspectáculosPblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1icitas de la Superintendencia"unicipal de 2dministraci3n 4ributaria+

    El citado libro estará a disposici3n de las autoridades competentes, .uienespodrán en todo momento in.uirir si el libro está o no conforme a las prescripcionesde esta Ordenanza+

    Artícul '(: En cada sesi3n de proyecci3n cinematográfica s3lo se permitirá unmáBimo de siete 9 minutos de mensajes publicitarios distribuidos as: dos 9(minutos para diapositivas o videos y cinco 9- minutos para cortos publicitarios opropagandsticosM su eB%ibici3n s3lo podrá efectuarse en forma continua y por unasola vez al comienzo de cada funci3n, con puertas abiertas y las luces semi<encendidas+

    1os noticieros no podrán eBceder de diez 9&) minutos y no podrán incluir más del cincuenta por ciento 9-)Q de sus noticias yAo tiempo en anuncios o

    referencias publicitariosM en caso contrario el eBcedente de ?ste podrá computarsedentro de los siete 9 minutos establecidos en la primera parte de este artculo+

    Artícul '#: El 2lcalde o 2lcaldesa del "unicipio 7olivariano 1ibertador, previoinforme de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y

     2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria,

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    podrá suspender la presentaci3n de las proyecciones cinematográficas en losestablecimientos no adecuados para ello en los t?rminos establecidos en lapresente Ordenanza+

    Artícul '': 1as pelculas de reestreno y copias nuevas se anunciaran como talesal pblico con caracteres visibles en toda publicidad+

    Artícul '3: 1a empresa o persona natural o jurdica velará .ue la proyecci3n sea%ec%a con mayor o menor velocidad .ue la re.uerida, a +fin de .ue se realice sinvibraciones molestas y permita al pblico leer con facilidad los ttulos+ Esta

    igualmente en la obligaci3n de eB%ibir copias en buen estado y garantizar condiciones 3ptimas de sonido, iluminaci3n, comodidad e %igiene en la proyecci3ndel entretenimiento+ ;uando la 6unta de ;lasificaci3n constate defectos t?cnicosen la copia a eB%ibirse debe eBigir la correcci3n debida antes de su proyecci3n alpblico+

    1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privadodeben proyectar la pelcula sin mutilaci3n, recorte, alteraci3n o sustituci3n+

    1a empresa o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado

    cuidará de .ue el operador u operadora durante la funci3n, atiendaeBclusivamente las má.uinas, pelculas y tableros, y no se dedi.ue a otro trabajoni abandone la caseta de proyecci3n, salvo en la oportunidad del descanso laboralprevisto por la 1ey del 4rabajo+ 2s mismo, eBigirá al operador u operadora .ueest? en la caseta por lo menos media %ora antes d? la sealada para el comienzode la funci3n+

    Será obligaci3n del operador u operadora dar cuenta inmediata a la personanatural o jurdica de derec%o pblico o privado, encargado o encargada, por escrito, de cual.uier deficiencia o anormalidad .ue note en las instalaciones

    el?ctricas o electr3nicas, en las má.uinas de proyecci3n o en el sistema sonoro delas pelculas+ En todo caso, la empresa o persona natural o jurdica de derec%opblico o privado asumirá la responsabilidad del buen funcionamiento de losaparatos y e.uipos, de tal manera .ue el pblico asistente a las funciones no sevea perturbado por el funcionamiento defectuoso de los mismos+

    1a caseta de proyecci3n deberá estar provista de los elementos necesariospara la inmediata reparaci3n de las pelculas .ue sufran rupturas despeguesdurante la proyecci3n+ Dic%a caseta deberá llenar los re.uisitos de seguridad yprotecci3n contra incendios, e %igiene necesarios para brindar un ambiente de

    trabajo confortable+

    CAPITULO VIDE LA INSPECCIN Y FISCALIZACIN

    Artícul '6: 1a inspecci3n de los locales de diversi3n o espectáculos pblicos, ascomo el mantenimiento del orden en los mismos las ejercerá el "unicipio

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    7olivariano 1ibertador, a trav?s de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos,Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria, la Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de;aracas, ;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas+

    #ingn funcionario o funcionaria de las oficinas a .uienes se atribuye estaresponsabilidad podrá tener inter?s comercial en las empresas de espectáculosubicadas dentro del "unicipio 7olivariano 1ibertador+

    Artícul '7: El 2lcalde o 2lcaldesa, el Sndico Procurador o Sndica Procuradora"unicipal, el ;ontralor o ;ontralora "unicipal, el Superintendente ola

    Superintendenta "unicipal y el 6efe o 6efa de la Divisi3n de EspectáculosPblicos, >iscales o >iscalas y Supervisores o Supervisoras de EspectáculosPblicos, todos del "unicipio 7olivariano 1ibertador, ;uerpo de 7omberos delDistrito "etropolitano de ;aracas, Personal Policial, debidamente uniformado enservicio, y funcionarios o funcionarias de Protecci3n ;ivil, tienen facultad paraejercer funciones de inspecci3n o fiscalizaci3n en los locales donde se presentenespectáculos pblicos o diversiones+

    1os ;oncejales o ;oncejalas y el Secretario o Secretaria del ;oncejo del"unicipio 7olivariano 1ibertador en su condici3n de ;ontralores Sociales, tendrán

    acceso gratuito a los espectáculos o diversiones para contribuir a garantizar enforma eficiente, suficiente y oportuna la participaci3n ciudadana en el proceso deformaci3n, ejecuci3n, control y evaluaci3n del cumplimiento de esta Ordenanza,establecido en la 1ey Orgánica del Poder Pblico "unicipal+

    El 6efe o 6efa de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, los Supervisores,Supervisoras y >iscales o >iscalas de Espectáculos Pblicos, estarán provistos deun carnet de identificaci3n firmado por el o la Superintendente "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria, .ue les acrediten autoridad y actos de fiscalizaci3n+;uando se re.uiera la presencia y servicio en el espectáculo o diversi3n de

    algn organismo municipal o del estado distinto a los ya nombrados y nombradas,?stos y ?stas deben notificar a la Divisi3n de Espectáculos Pblicos de laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, con suficienteanticipaci3n para facilitarles el acceso y apoyo re.uerido+

    Artícul '%: 1a inspecci3n de los locales destinados a diversiones o espectáculospblicos, en los .ue se refiere a la solidez de las construcciones e instalaciones ya las condiciones generales de seguridad, salubridad e %igiene, estará a cargo dela Direcci3n de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas y el ;uerpo de7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas, en coordinaci3n con la Divisi3n

    de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, y las autoridadesmunicipales y nacionales competentes+

    Artícul '8: ;uando se re.uiera vigilancia Polica Especial, el servicio de ;uerpode 7omberos del Distrito "etropolitano de ;aracas o de Protecci3n ;ivil del

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    "unicipio 7olivariano 1ibertador, la empresa o persona natural o jurdica dederec%o pblico o privado del espectáculo o diversi3n, debe solicitar por escrito ala autoridad competente el envo de los funcionarios o funcionarias, ambulancias ye.uipos necesarios, respetándose el lapso mnimo previo para solicitarlo y losinstrumentos legales .ue rigen a estas instituciones para la prestaci3n de losservicios de guardias de prevenci3n+

    1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privadoasignaran un área apropiada para la fácil operatividad y servicio de dic%osorganismos+

    Artícul 3$: 1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico oprivado de par.ues de atracciones mecánicas, tiovivos y aparatos similares, estánobligados como condici3n especial para obtener el permiso de funcionamiento, apresentar en la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y

     2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria,;onstancia de 2probaci3n del ;uerpo de 7omberos del Distrito "etropolitano de;aracas, donde conste .ue los aparatos instalados no ofrecen peligro alguno parael pblico .ue los use, sin perjuicio de las revisiones .ue pueda %acer la Direcci3nde ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de ;aracas+ Estas ;onstancias se renovarán

    cada tres 9= meses, además debe presentarse y mantenerse vigente una p3lizade seguros .ue cubra los daos eventuales .ue puedan ocasionarse a .uienes%agan uso de los aparatos, o a terceros derivados de la deficiencia en el e.uipo,negligencia por parte del personal operario o de las empresas yAo persona naturalo jurdica de derec%o pblico o privado+

    Artícul 3!: Son atribuciones del Superintendente o la Superintendenta "unicipalde 2dministraci3n 4ributaria, ejercer a trav?s de la Divisi3n de EspectáculosPblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas:

    , Felar por el estricto cumplimiento de todas las disposiciones de la presente

    Ordenanza, a cuyo efecto contará con el apoyo .ue, en todo caso, debenprestarle las demás autoridades del "unicipio 7olivariano 1ibertador 

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    2 ;onvocar a las 6untas de ;lasificaci3n, y a la ;omisi3n Superior cuandosea procedente, para el cumplimiento de sus respectivas funciones+

     Participar en la ;omisi3n Superior de ;lasificaci3n+1 ;umplir con las demás atribuciones .ue le fija esta Ordenanza y demás

    disposiciones sobre la materia+

    Artícul 3(: 1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico oprivado, están obligados u obligadas a:

    , Permitir el acceso a las instalaciones del recinto a los funcionariosacreditados o funcionarias acreditadas a tal efecto, cuando vayan a ejercer 

    funciones de inspecci3n o fiscalizaci3n, brindándole el respeto y lacolaboraci3n re.uerida, para el buen desempeo de sus funciones+Igualmente se les permitirá el acceso de ;oncejales y ;oncejales, alSecretario o Secretaria del "unicipio 7olivariano 1ibertador, debido a suinvestidura+

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    presente más de una 9)& oportunidad en el municipio, en lugar y fec%a .uedeterminen de comn acuerdo, segn lo establecido en la OrdenanzaSobre Protecci3n 2rtstico

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    1a Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas1icitas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, podrá ena.uellos casos en .ue as se justifi.uen, someter a clasificaci3n los espectáculoseBentos del cumplimiento de este re.uisito+

    Artícul 37: 1a ;lasificaci3n de los espectáculos pblicos se %ará por 6untas de;lasificaci3nM dic%as juntas estarán integradas por tres 9= miembros de librenombramiento y remoci3n por parte del 2lcalde o 2lcaldesa del "unicipio7olivariano 1ibertador+

    ;ada principal tendrá dos 9( suplentes .ue llenarán sus faltas absolutas,

    temporales o accidentales, en el orden de su designaci3n+ 1os miembros de las6untas deben ser venezolanos o venezolanas, mayores de treinta 9=) aos, dereconocida %onestidad y para su escogencia se preferirán a personas .ue por suprofesi3n o eBperiencia tengan conocimientos sobre desarrollo y orientaci3n de laconducta infantil o juvenil o se dedi.uen al estudio de los espectáculos+

    1os y las miembros principales o suplentes de la 6unta de ;lasificaci3n nopodrán tener intereses directo o indirecto en ninguna empresa o persona natural o

     jurdica de derec%o pblico o privado de espectáculos+

    Artícul 3%: 2 los efectos de integrar la 6unta de ;lasificaci3n, el 2lcalde o 2lcaldesa del "unicipio 7olivariano 1ibertador, por intermedio de la Divisi3n deEspectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, podrá solicitar al ;onsejo"unicipal de Derec%os del #io, #ia y 2dolescente o a .uien ejerza esa funci3n,al "inisterio del Poder Popular para la ;ultura y al "inisterio del Poder Popular para el Deporte, a la Direcci3n de Educaci3n Especial del "inisterio del Poder Popular para la Educaci3n, as como a los gremios, organismos oficiales yprivados cuya finalidad sea el desarrollo cultural y educacional, el envo de listas

    de seis 9C personas, para la designaci3n de las .ue %ayan de integrar lasmencionadas 6untas, como principales o suplentes+

    Artícul 38: 1os y las miembros de las 6untas de ;lasificaci3n no se consideranfuncionarios o funcionarias pblicos+ Por sus labores percibirán los %onorarios .uese estipulan en la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y !astos "unicipalesdel "unicipio 7olivariano 1ibertador+

    Artícul 6$: #inguna de las 6untas mencionadas en esta Ordenanza, podrásesionar sin la totalidad de sus miembros y para tomar cual.uier decisi3n será

    necesario el voto favorable de dos 9( de ellos+ De toda sesi3n se levantará unacta en la cual se %ará constar las decisiones tomadas con eBpresi3n de los votosemitidos+

    Artícul 6!: 1a clasificaci3n de un espectáculo será solicitado por ante el 6efe o6efa de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas

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    1icitas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, en escritofirmado por el interesado o interesada, con identificaci3n de la ndole delespectáculo .ue se desea clasificar, ttulos y demás pormenores .ue precisen elobjeto de la misma+ ;uando se trate de proyecciones cinematográficas o de otrotipo de reproducci3n visual, debe indicar: nombre original de la producci3n, ttuloen castellano, pas de origen, productor o productora, director o directora,protagonistas principales, nmeros de rollos, metrajes, duraci3n, idioma original,ndole o carácter+ El 6efe o 6efa de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos,Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria, convocará de inmediato, con arreglo al turno respectivo,

    a una de las 6untas de ;lasificaci3n, la cual se reunirá dentro de los cuarenta yoc%o 9@* %oras siguientes a la convocatoria en el lugar y %ora sealadas para lasesi3n de clasificaci3n+

    Artícul 6("  1as Personas tanto natural como jurdica de derec%o pblico oprivado de espectáculos paga en cada caso, previa li.uidaci3n de la planillarespectiva, en la Oficina de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, la cantidad de ;uatro 8nidades 4ributarias 9@ 8+4+, por el derec%o declasificaci3n de espectáculos pblicos o diversi3n+ ;uando el espectáculo aclasificar re.uiera más de dos 9( %oras de sesi3n de la junta, se paga Dos

    8nidades 4ributarias 9( 8+ 4+ por cada %ora o fracci3n adicional+

    ;uando se trate de un cortometraje con una duraci3n menor de sesenta9C) minutos, se paga Dos 8nidades 4ributarias 9( 8+4++

    Artícul 6#: 1a juntas clasificaran los espectáculos con la siguiente denominaci3n:;lase HAA especialmente apropiados para nios y nias+;lase A de libre eB%ibici3n para todo pblico+;lase B de libre eB%ibici3n para mayores de doce 9&( aos+

    ;lase HCE  de libre eB%ibici3n para mayores de diecis?is 9&C aos+;lase HDH de libre eB%ibici3n para mayores de diecioc%o 9&* aos

    Se consideran espectáculos de libre eB%ibici3n:, 1os .ue presenten aspectos ejemplares de la vida de grandes %ombres y

    mujeres+

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    Artícul 6': 1as 6untas de ;lasificaci3n y las Superiores, no podrán abstenersede clasificar espectáculos pblicos, ni pro%ibirlo+

    Artícul 63: 1as representaciones teatrales serán clasificadas de acuerdo con ellibreto o pauta y ensayo general+ 2 tal efecto, las empresas o persona natural o

     jurdica de derec%o pblico o privado, están en la obligaci3n de presentar, alsolicitar la clasificaci3n, cinco 9- ejemplares del libreto, uno de los cuales,debidamente sellado, será devuelto al interesado o interesada y el otro .uedará enel arc%ivo de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y

     2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria+ Enlas representaciones al pblico no podrá leerse, recitarse, ni eB%ibirse, lo .ue no%aya sido presentado a la 6unta de ;lasificaci3n, as como tampoco recortarla omodificarla+

    Artícul 66: 1os espectáculos coreográficos y los de teatro ligero, cuando noobedezcan a libreto determinado, deben ser clasificados en representaci3nespecial privada, durante la cual los o las artistas utilizarán los mismos diálogos yusarán los mismos vestidos con .ue se eB%ibirán ante el pblico+

    Artícul 67: 1as 6untas de ;lasificaci3n, no podrán imponer ni recomendar, laeliminaci3n, mutilaci3n, corte, alteraci3n o sustituci3n de escenas, cuadros, actoso episodios de un espectáculo para modificar su ;lasificaci3n+ Si parte de unespectáculo contiene elementos .ue a juicio de la 6unta o ;omisi3n, estácomprendida dentro de lo .ue seala la presente Ordenanza, se procederáconforme al mismo+

    1as empresas cinematográficas no podrán mutilar, recortar, alterar osustituir las proyecciones .ue deseen presentar para .ue se modifi.ue su

    clasificaci3n+

    Artícul 6%: 1as 6untas de ;lasificaci3n deben presentar ante el 6efe o 6efa de laDivisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, una relaci3n trimestral delas actividades realizadas, especificando el nmero de clasificaciones efectuadas,as como las reclasificaciones+

    Artícul 68: 1a Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal 2dministraci3n 4ributaria,

    llevará un libro en el cual se anotarán los espectáculos eBaminados y clasificados,con el veredicto firmado por los miembros de la 6unta de ;lasificaci3n o de la;omisi3n Superior de ;lasificaci3n+

    1a constancia escrita del veredicto debe ser entregada al interesado ointeresada, dentro de las veinticuatro 9(@ %oras de %aberse efectuado la sesi3n de;lasificaci3n+

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    Artícul 7$: 2 la entrada de todo local de eB%ibici3n, en lugar visible y con letrasde tamao no menor de diez centmetros 9&) cm+, se %ará conocer al pblico las%oras en .ue se comienzan las funciones, el precio, la clasificaci3n delespectáculo o diversi3n y el idioma a usar en la diversi3n o el espectáculo .ue seest? presentando: 1a ;lasificaci3n debe mencionarse en toda publicidad .ue se%aga del espectáculo+ ;uando se trate de pelculas a entrenarse sin %aber sidoclasificado, en el teBto de promoci3n debe eBpresarse .ue el espectáculo /an no%a sido clasificado0+

    Artícul 7!: En la eB%ibici3n de proyecciones cinematográficas no podrápresentarse, con fines de publicidad, escenas de otra proyecci3n cinematográfica,con una clasificaci3n superior a la .ue se está eB%ibiendo, a menos .ue dic%assecuencias %ayan sido clasificadas para ser presentadas con pelculas .ue tenganla misma o inferior clasificaci3n

    CAP4TULO VIIIDE LOS BILLETES O BOLETOS DE ENTRADA

    Artícul 7(: 4odo a.uel o a.uella .ue desee asistir a cual.uier espectáculo

    pblico o diversi3n, debe ad.uirir un billete o boleto de entrada en los lugaresdeterminados para la venta, conservándolo durante su permanencia en el recinto,pudiendo ser solicitado por el personal autorizado para tal fin+ Sin embargo, sepermitirá el acceso sin ese re.uisito al personal Policial 7ombero debidamenteuniformado o en servicio, al 6efe o 6efa de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos,Propaganda ;omercial y 2puestas 1citas de la Superintendencia "unicipal de

     2dministraci3n 4ributaria, Supervisores, Supervisoras y >iscales o >iscalas delramo en servicio, Inspectores o Inspectoras de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de;aracas, debidamente acreditados o acreditadas destacados o destacadas para el

    espectáculo o diversi3n, y a los portadores o portadoras de entradas de cortesa ycarnets de servicio+

    1os adultos mayores pagan el -) Q del valor de cual.uier boleto, ticJet obillete de entrada para cual.uiera de los espectáculos pblicos o diversionessealados en esta Ordenanza++Artícul 7#: El cobro por el derec%o de asistir a cual.uier espectáculo pblico odiversi3n se %ará mediante la utilizaci3n de billetes o boletos de entrada .ue lasempresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, someterán

    previamente a la aprobaci3n y control de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza, sinlo cual no podrán ser puestos a la venta+

    Artícul 7': 1os billetes, boletos y similares, de entrada a diversiones yAoEspectáculos pblicos, deben ser numerados, en forma continua, en series, con laindicaci3n del local, %ora en .ue se presentará, localidad, valor total del boleto

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    indicando su desglose en valor neto y monto de los impuestos correspondientes,servicios, clase de espectáculo y fec%a en .ue se presentará+

    Para el acceso a los locales en los cuales se presenten talento vivo y seeBpendan ticJets de consumo mnimo, los mismos serán considerados comoboletos de entrada al espectáculo, y por lo tanto se aplicará el impuestocorrespondiente+

    Artícul 73: 1os billetes para el uso de las salas de cine deben ser ticJets enserie, numerados en forma continua, indicando el nombre del cine, localidad, fec%a

    y valor total del boleto indicando su desglose en valor neto y monto del impuestocorrespondiente, los cuales serán colocadas en má.uinas especialeseBpendedoras+

    Artícul 76:  1as personas naturales o jurdicas, deben presentar en laSuperintendencia "unicipal de 2dministraci3n 4ributaria, por lo menos, diez 9&)das %ábiles previos de la presentaci3n del espectáculo diversi3n, los billetes oboletos de entrada y similares, a los fines de su debido control sellado otro.uelado+

    El tro.uelado o sellado de los billetes o boletos de entrada y similares causaun pago nico de una tasa por un monto e.uivalente a ;inco 8nidades 4ributarias9- 84

    1as empresas .ue se dedi.uen a la venta de boletos o billetes a trav?s desistemas computarizados o similares y no tengan el domicilio fiscal en la

     jurisdicci3n del "unicipio 7olivariano 1ibertador deben solicitar una patenteforánea+ Dic%as empresas, indistintamente de la jurisdicci3n en la .ue seencuentren, serán auditadas por la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n

    4ributaria, cuando as ?sta lo re.uiera+

    Artícul 77: 1os billetes o boletos de entrada a los espectáculos pblicos odiversi3n, deben ser vendidos al precio o valor total sealado en ellos, sinalteraciones o modificaciones de ninguna ndole+

    El precio de los billetes o boletos se fijará proporcionalmente a la ubicaci3nde la localidad+ #o podrá eBistir disparidad manifiesta en el valor de los billetes oboletos correspondientes a un mismo espectáculo en el mismo %orario y localidad+

    1a li.uidaci3n del Espectáculo Pblico o Diversi3n debe pagarse durante los cinco9- das %ábiles siguientes a la presentaci3n del mismo, caso contrario, seejecutará la fianza+

    Artícul 7%: 1as empresas o persona natural o jurdica de derec%o pblico oprivado, podrán eBimir al espectador o espectadora del pago del billete o boleto de

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    entrada+ En este caso, el espectador o espectadora debe presentar para acceder al local, una tarjeta .ue se denominará HPase de ;ortesa0 emitido por la empresa,o persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado, tro.uelada o sellada por la 2dministraci3n "unicipal, cumpliendo con las mismas caractersticas del boletoordinario de entrada+

    El HPase de ;ortesa0 s3lo podrá indicar el valor del impuestocorrespondiente segn sea la localidad especificada para la ubicaci3n o asientodel espectador o espectadora+ El beneficiario o beneficiaria de dic%a entrada.ueda en todo caso obligado u obligada al pago de dic%o impuesto y la empresa, o

    persona natural o jurdica de derec%o pblico o privado a percibirlo y enterarlo+

    Artícul 78: El 2lcalde o 2lcaldesa, los ;oncejales o ;oncejalas, el Secretario o laSecretaria "unicipal, el Sndico Procurador "unicipal o la Sindica Procuradora"unicipal, el ;ontralor o ;ontralora "unicipal, todos del "unicipio 7olivariano1ibertador, estarán eBentos del pago de la entrada al espectáculo pblicomediante el otorgamiento por parte de la persona natural o jurdica encargada deun pase o boleto de cortesa+ 1os sitios destinados para ser ubicados a fin dedisfrutar de la respectiva diversi3n o espectáculo, deben ser acordes a sus cargos+

    1a gesti3n de la solicitud y recibimiento de los boletos antes mencionadosdebe %acerse directamente por la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria y la persona jurdica o persona natural o de derec%o pblico o privado,organizador u organizadora del espectáculo o diversi3n+

    Artícul %$: El Superintendente o la Superintendenta "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, el 6efe o 6efa de la Divisi3n de Espectáculos Pblicos, Propaganda;omercial y 2puestas 1icitas de la Superintendencia "unicipal de 2dministraci3n4ributaria, los funcionarios encargados o funcionarias encargadas de fiscalizar,

    supervisar la li.uidaci3n y recaudaci3n del impuesto sobre espectáculos pblicos odiversiones, funcionarios o funcionarias de ;ontrol 8rbano de la 2lcalda de;aracas, debidamente acreditados o acreditadas, los o las agentes Policiales deOrden Pblico debidamente acreditados o acreditadas, funcionarios o funcionariasde Protecci3n ;ivil del "unicipio 7olivariano 1ibertador debidamente acreditados oacreditadas y 7omberos o 7omberas del Distrito "etropolitano de ;aracasuniformados o uniformadas debidamente acreditados o acreditadasM a los fines delcumplimiento de sus funciones tendrán libre acceso a todas las áreas del local dediversiones o espectáculos pblicos+

    CAP4TULO I9DE LA PUBLICIDAD DE LOS ESPECTÁCULOS O DIVERSIONES

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