recurso sem 3

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El 24 de abril de 2007 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el “Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito Federal”. (PDF) * Con respecto al Código Penal para el Distrito Federal, las reformas establecen una nueva definición de aborto, y despenalizan la interrupción del embarazo para las mujeres que lo hagan y las personas que las auxilien, siempre y cuando la interrupción del embarazo se realice antes de que se cumplan las doce semanas de gestación. En los casos en que la interrupción del embarazo se realice con el consentimiento de la mujer pero después de la doceava semana de gestación, tanto ella como las personas que la auxilien serán sancionadas. De igual manera se establecen sanciones al que hiciera abortar a una mujer sin su consentimiento. En lo que concierne a las reformas a la Ley de Salud para el Distrito Federal se establece la obligación de las instituciones de salud del gobierno del Distrito Federal para atender las solicitudes de interrupción del embarazo, y para implementar políticas públicas de promoción de la salud sexual y reproductiva.

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Page 1: Recurso Sem 3

El 24 de abril de 2007 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el “Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito Federal”. (PDF) *

Con respecto al Código Penal para el Distrito Federal, las reformas establecen una nueva definición de aborto, y despenalizan la interrupción del embarazo para las mujeres que lo hagan y las personas que las auxilien, siempre y cuando la interrupción del embarazo se realice antes de que se cumplan las doce semanas de gestación.

En los casos en que la interrupción del embarazo se realice con el consentimiento de la mujer pero después de la doceava semana de gestación, tanto ella como las personas que la auxilien serán sancionadas. De igual manera se establecen sanciones al que hiciera abortar a una mujer sin su consentimiento.

En lo que concierne a las reformas a la Ley de Salud para el Distrito Federal se establece la obligación de las instituciones de salud del gobierno del Distrito Federal para atender las solicitudes de interrupción del embarazo, y para implementar políticas públicas de promoción de la salud sexual y reproductiva.

El 26 de abril de 2007, el Decreto es publicado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

El 24 de mayo de 2007, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) * y la Procuraduría General de la República (PGR) * presentan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación,

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demandas de acción de inconstitucionalidad en contra del Decreto mencionado.

El 25 de mayo de 2007 fueron turnadas para su trámite al Ministro Salvador Aguirre Anguiano, el cual con fecha 28 de mayo de 2007 admitió ambas acciones de inconstitucionalidad. Se decretó la acumulación de las dos acciones de inconstitucionalidad ya que ambas impugnan la misma norma general.