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Propuesta de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos para el Predio de la ESMA y el Campo de Deportes 1 Carlos Calvo 1780, dto. 10, timbre 26 (C1102ABJ) Buenos Aires - Argentina TE/Fax: (54-11) 4304 8283; e-mail: [email protected]

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RECIBIMOS del Dr

Propuesta de la

Asociacin de Ex Detenidos Desaparecidos

para el Predio de la ESMA

y el Campo de Deportes

Centro Clandestino de Desaparicin y Exterminio

Escuela de Mecnica de la Armada

Avenida Del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires

Nomenclatura Catastral: Circunscripcin 16, seccin 29, manzana 110 A

Campo de Deportes

Terrenos ubicados entre Avenida Lugones y el Ro de la Plata

Objetivos

Consideramos que los objetivos que guen el proyecto a implementar en el predio de la ESMA deben ser:

Preservar la ESMA

1) Como testimonio material del genocidio perpetrado en Argentina en las dcadas del 70 y 80, a travs de la reconstruccin y representacin histrica de su funcionamiento como centro clandestino de desaparicin y exterminio, con el fin de hacer conocer el accionar represivo de la Armada como parte del plan general de las FFAA y sus aliados civiles, su estructura orgnico-funcional, la metodologa planificada e implementada para el secuestro y la desaparicin; y de representar la identidad de los detenidos desaparecidos que estuvieron secuestrados all.

2) Como prueba judicial para las juicios iniciados o que puedan iniciarse en el futuro para juzgar a los responsables de los crmenes cometidos en dicho centro clandestino de desaparicin y exterminio.

Fundamentos

Los conceptos de patrimonio cultural y conservacin tienen una larga historia, y han sido redefinidos una y otra vez a travs del desarrollo de diferentes perodos histricos, llegando a su punto mximo de discusin en el perodo inmediato a la finalizacin de la Segunda Guerra Mundial, momento en el que se consider imprescindible proteger los testimonios materiales de la historia de la humanidad como respuesta a la destruccin originada por conflictos armados. La Segunda Guerra mundial ocasion el exterminio de ms de 50 millones de seres humanos y la destruccin de gran parte del patrimonio histrico-cultural europeo. A partir de ello se propiciaron acciones para la preservacin del patrimonio mundial y el reconocimiento internacional de nuevos testimonios materiales, los testimonios del genocidio. Uno de los primeros y ms simblicos y significativos ejemplos de dicho reconocimiento es la preservacin del campo de concentracin de Auschwitz en Polonia, impulsado por los sobrevivientes que sentan la obligacin no slo de recordar a aquellos que fueron exterminados all, sino tambin la necesidad de preservar la evidencia de los crmenes cometidos por el nazismo

El genocidio perpetrado por el Estado Terrorista argentino durante las dcadas del 70 y 80 tuvo como objetivo la destruccin de relaciones de reciprocidad e identificacin existentes en determinados grupos sociales, relaciones que constituan una forma de autodeterminacin considerada peligrosa, y cuya destruccin era necesaria para el proyecto de las clases dominantes.

Para llevar a cabo el proyecto genocida el Estado implement el terror a travs de la persecucin, el hostigamiento, la desaparicin forzada, la tortura, el asesinato, la apropiacin, el encarcelamiento, y el exilio de miles de personas.

En ese marco, la Escuela de Mecnica de la Armada (ESMA), ubicada en el barrio de Nez, funcion como Centro Clandestino de Desaparicin y Exterminio entre 1976 y 1983. En los ms de 90 meses que estuvo abierto se estima que pasaron por l ms de 5000 personas, que en su mayora continan desaparecidas. All los genocidas secuestraron, torturaron y se apropiaron de nios nacidos durante el cautiverio de sus madres.

La ESMA, as como otros sitios que funcionaron como centros clandestinos de desaparicin y exterminio durante la dictadura, constituye una evidencia material que caracteriza y testimonia el desarrollo de un proceso histrico: la implementacin de prcticas sociales genocidas en Argentina durante las dcadas del 70 y 80.

La continuidad del genocidio se hace evidente hoy en da: porque todava no se ha esclarecido la situacin y el destino de todos los desaparecidos; siguen sin juicio y castigo la mayora de los responsables; quedan ms de 500 nios, hoy jvenes, en manos de sus apropiadores sin conocer su verdadera identidad; y el proyecto econmico implementado durante la dictadura sent las bases del genocidio econmico que sufre hoy el pueblo argentino.

Toda la materialidad de la ESMA, es decir el predio con todos sus edificios y su campo de deportes, constituy el ncleo operativo de la Armada para implementar la represin.

En ese sentido la ESMA, desalojada en su totalidad (incluido su campo de deportes) de presencia naval, y preservada como testimonio material del genocidio constituir un aporte a la construccin de la memoria del pueblo argentino, memoria que, unida a la bsqueda de verdad y justicia, permitir reconocernos e identificarnos como sujetos histricos partcipes y conscientes de nuestro rol de constructores de nuestra realidad.

Descripcin Detallada de la Propuesta

Prueba Judicial

Teniendo en cuenta que todo el predio y sus numerosos edificios estuvieron afectados al funcionamiento del centro clandestino de desaparicin y exterminio de personas, y que por ello constituyen prueba para los juicios que estn actualmente en proceso y para los que puedan abrirse en el futuro, proponemos:

Que los juzgados que tengan a cargo las causas vinculadas a los crmenes cometidos en la ESMA intervengan para realizar la comprobaciones que permitan situar materialmente los relatos de los sobrevivientes.

Que se investiguen las numerosas maniobras de encubrimiento realizadas a travs de las modificaciones edilicias del centro clandestino de desaparicin y exterminio.

Que se arbitren las medidas correspondientes para la realizacin de un relevamiento y estudio desde la antropologa y la arqueologa en el entorno del Casino de Oficiales, con el fin de buscar restos materiales y/o evidencias vinculadas al funcionamiento del centro clandestino y a la circulacin de los represores por dicho espacio.

Que se arbitren las medidas correspondientes para la realizacin de un relevamiento y estudio desde la antropologa forense en campo de deportes, con el fin de reconstruir los hechos all acontecidos y buscar los restos de los detenidos desaparecidos asesinados que podran encontrarse an all.

Que a medida que se vayan desalojando los diferentes edificios del predio se implementen las acciones anteriormente mencionadas, y las correspondientes medidas judiciales restrictivas.

Que no se realice ninguna modificacin en los edificios (especialmente en el Casino de Oficiales) hasta que la justicia lleve a cabo todas las acciones anteriormente mencionadas, proceda a su correspondiente registro fotogrfico, flmico, en actas, y dicho material quede debidamente incorporado y asentado en las causas judiciales.

Denominacin del Predio

Entendemos que la preservacin de la ESMA comprende su identificacin como tal a travs de la denominacin

Centro Clandestino de Desaparicin y Exterminio ESMA

Dicha denominacin debe estar ubicada en todas las entradas del predio, en cada una de las cuales deber sealarse mediante el soporte correspondiente la siguiente frase:

Aqu funcion el centro clandestino de desaparicin y exterminio ESMA

Dependencia institucional

Consideramos:

Que este lugar, as como los otros sitios donde funcionaron centros clandestinos de desaparicin y exterminio, deben permanecer en el mbito estatal pblico, pues se trata de patrimonio histrico colectivo del pueblo argentino.

Que el sostenimiento de estos lugares deber solventarse con partidas presupuestarias del mbito estatal.

Que no debern aceptarse donaciones de recursos ni financieros, ni materiales, ni humanos de ninguna fundacin ni empresa privada. Fundamos esta posicin en que existen fundaciones y empresas que apoyan a entidades y organizaciones vinculadas con la conservacin del patrimonio y la reconstruccin de la memoria que son las mismas que han participado y participan en forma directa o indirecta en la implementacin de prcticas genocidas en Amrica Latina aportando recursos (por ejemplo la Fundacin Ford y la Fundacin Rockefeller, entre otras).

Que no deber realizarse ningn tipo de actividad lucrativa dentro del predio.

Proteccin patrimonial del predio

Significar, preservar y representar la ESMA como testimonio del genocidio

Desde la finalizacin de la Segunda Guerra Mundial se crearon diferentes organismos internacionales de proteccin del patrimonio como UNESCO (Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cultura), ICOM (Consejo Internacional de Museos) y otros, que reunieron a numerosos Estados para el establecimientos de recomendaciones y normas para la salvaguarda y custodia del patrimonio cultural y natural. De estas recomendaciones internacionales se desprenden diferentes definiciones de patrimonio cultural y natural, conservacin, preservacin y restauracin de testimonios materiales e inmateriales del desarrollo histrico de la cultura. (Ver Anexo 1)

A la hora de pensar en la preservacin de la Escuela de Mecnica de la Armada (ESMA) como testimonio del genocidio perpetrado en Argentina en las dcadas del 70 y 80, resulta indispensable investigar y analizar los antecedentes vinculados a la preservacin de patrimonio histrico y cultural.

En ese sentido especificamos algunos conceptos que consideramos deben tenerse en cuenta para la conservacin y atribucin de significaciones y representaciones que le sern otorgadas como Espacio para la memoria:

1- El predio completo de la ESMA, sus edificios con su contenido y sus alrededores, incluido su campo de deportes significan un Lugar que funcion como centro clandestino de desaparicin y exterminio, y toda su materialidad constituye el Tejido histrico de ese sitio.

2- El Valor Cultural de la ESMA como centro clandestino de desaparicin y exterminio significa valor histrico y social para las generaciones presentes y futuras, porque representa el ncleo operativo de la prctica social genocida implementada por el Estado en las dcadas del 70 y 80, y es un elemento importante para la explicacin de la causalidad y funcionalidad del genocidio.

3- La Conservacin de la ESMA significa todo el proceso de tutela por el Lugar con el fin de mantener su Valor Cultural, es decir, su conservacin como sitio-testigo del genocidio, como centro clandestino de desaparicin y exterminio, y debe incluir medidas para su seguridad, su mantenimiento y su futuro. La conservacin debe basarse en el respeto por el tejido histrico del sitio, y no debe distorsionarse la evidencia que posea.

4- La Conservacin debe incluir su Mantenimiento, entendido ste como el cuidado continuo de toda la materia fsica de la ESMA, del contenido todo el predio con sus edificios y su campo de deportes- y del entorno del lugar.

5- La Conservacin no debe permitir ninguna demolicin o cambio que tenga un efecto adverso sobre el valor cultural del sitio. Debe excluirse toda intrusin en el medioambiente que tenga un efecto adverso sobre la apreciacin histrica del lugar.

6- La Preservacin de la ESMA es apropiada ya que el estado actual del tejido histrico en s constituye evidencia de un valor cultural especifico, la de sitio histrico testimonio del genocidio. La preservacin debe limitarse a la proteccin, al mantenimiento y, si fuere necesario, a la estabilizacin del tejido histrico existente, pero sin distorsin alguna de su valor cultural.

7- Es apropiada la Reconstruccin del Casino de Oficiales como parte del centro clandestino de desaparicin y exterminio ya que constituye un lugar que ha sufrido modificaciones y alteraciones destinadas a ocultar los hechos que all tuvieron lugar. A travs de la Reconstruccin se puede llegar a revelar el valor cultural del lugar en su totalidad. Dicha reconstruccin debe limitarse a la reproduccin del tejido histrico, cuya forma es sabida a travs de la evidencia fsica-documental y testimonial, y debe ser visible y reconocible la Reconstruccin como obra nueva.

8- La poltica de conservacin que se adopte con respecto a la ESMA debe tener en cuenta que la Adaptacin de ese espacio a otras funciones que no sean las de significar, preservar y representar los acontecimientos histricos que tuvieron lugar all, constituye una forma de atentar contra su valor cultural como sitio testigo del genocidio.

Nuestra propuesta para la proteccin patrimonial del predio

Entendemos que la ESMA es un predio de existencia material, donde transcurrieron hechos de carcter histrico que, por sus consecuencias trascendentes, deben reconocerse como constitutivos de la identidad histrica del pueblo argentino; y que su preservacin y presencia fsica incluido su entorno- tiene por finalidad transmitir y afirmar los significados histricos que en ese bien se concretan.

Por ello consideramos necesario:

Que el terreno con todos sus edificios y el campo de deportes sean declarados Monumento Histrico Nacional por la Comisin Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Histricos dependiente de la Secretara de Cultura de la Nacin.

Que la Secretara de Planeamiento Urbano de la CABA declare la totalidad del predio y el campo de deportes -mediante los mecanismos correspondientes- rea de Proteccin Histrica.

Que se impulse ante la UNESCO el pedido de declaratoria de la ESMA como Patrimonio de la Humanidad.

Visitas

No deber abrirse al pblico hasta que el predio se encuentre totalmente desalojado de presencia naval, abierta o encubierta.

Cuando estn dadas las condiciones (o sea, cumplido el punto anterior) para el acceso del pblico, no deber cobrarse entrada.

Usos del predio

Los gobiernos constitucionales posteriores a la ltima dictadura militar implantaron durante 20 aos polticas de olvido, no solo mediante la aprobacin e implementacin de leyes y decretos de impunidad, sino tambin a travs de la construccin y/o legitimacin de diferentes formas de representacin.

Ejemplo de ello es la Teora de los dos demonios, explicitada en los decretos 157 y 158 firmados por el ex Presidente Alfonsn y de all en ms, presente en todos los mensajes emitidos desde el Gobierno comenzando por el prlogo del Informe Nunca Ms de la CONADEP. Tambin lo son las innumerables circunstancias en las que se caracteriz al genocidio como producto de la locura y de la irracionalidad, en las que se neg la identidad de las vctimas otorgndoles inocencia o culpabilidad, en todas aquellas ocasiones en las que se articularon y articulan procesos de conceptualizacin que desvinculan el genocidio de los procesos histricos que motivaron su implementacin y que ocultan su funcionalidad como prctica social.

Todo esto tuvo y tiene consecuencias en la subjetividad social, consecuencias tan graves como la propia dictadura. Revertirlas llevar muchos aos, y se lograr no solo anulando las leyes de impunidad sino aplicando una poltica clara, contundente y explcita que impulse a construir memorias sobre la base de la justicia, es decir el juicio y castigo de todos los responsables del genocidio y la verdad sobre el destino de los desaparecidos y sus hijos apropiados.

Parte de esa poltica necesaria es el reconocimiento pleno de la existencia de centros clandestinos de desaparicin y exterminio, sin desvirtuar su significacin como tales a travs de su utilizacin para otras actividades.

La ESMA constituye, por la cantidad de detenidos-desaparecidos que por ella pasaron, por su significado simblico para el imaginario social, y por tratarse del primero de estos sitios en ser desalojado, un antecedente de caractersticas muy relevantes para nuevos procesos de construccin de la memoria en sitios que funcionaron como centros clandestinos de desaparicin y exterminio.

No puede ni debe diluirse lo que all ocurri detrs de otras actividades, aunque se trate de prcticas que estn vinculadas a los DDHH en su concepcin ms general. Muchos son los espacios donde estas actividades pueden llevarse a cabo sin necesidad de hacerlo en el Centro de Detencin y Extermino que es smbolo en el mundo entero de la represin dictatorial en Argentina.

Tambin nos oponemos a la instalacin de instituciones educativas u oficinas pblicas, aunque sean dedicadas a fomentar o preservar los DDHH. En cualquiera de los dos casos se establecera un movimiento rutinario y cotidiano de alumnos, profesores, funcionarios, empleados, pblico y proveedores e implicara la instalacin de la infraestructura necesaria (bares, kioscos, comedores, guarderas infantiles, playas de estacionamiento) que vaciaran de contenido los lugares donde se planific, se puso en marcha y se concret un genocidio.

Donde hubo muerte debe sealarse, recordarse, mostrarse, saberse, que hubo muerte, quienes fueron los que murieron, por qu murieron y quines los mataron. No debe pretenderse que ahora haya vida. Para buena parte de nuestro pueblo recin comienza la hora de recordar, de saber, de aprehender, de comprender.

Es por todo lo anteriormente mencionado que consideramos

Que solamente debern establecerse en el predio de la ESMA usos que estn directamente vinculados a la preservacin y conocimiento del lugar como Centro Clandestino de Desaparicin y Exterminio.

Que no deber funcionar ninguna institucin estatal y mucho menos privada- como el Archivo Nacional de la Memoria, el Instituto Espacio para la Memoria, dependencias pblicas y/o instituciones educativas, ya que no debe establecerse all un movimiento rutinario de personal o de pblico que permita la naturalizacin y el vaciamiento de contenido del espacio y desplace su significacin como centro clandestino de desaparicin y exterminio.

Y proponemos que el uso del predio de la ESMA (el terreno con todos sus edificios y el campo de deportes) tenga en cuenta:

A) Que no se produzca ningn cambio al tejido histrico de valor cultural.

B) Que los cambios que se realicen sean esencialmente reversibles.

C) Que dichos cambios tengan un impacto mnimo.

Reconstruccin y representacin

Como ya lo mencionramos, consideramos apropiada la reconstruccin del Casino de Oficiales como parte del centro clandestino de desaparicin y exterminio, as como la representacin de las modificaciones y alteraciones producidas en dicho edificio con el fin de ocultar los hechos que all tuvieron lugar. A travs de la reconstruccin podr revelarse el valor histrico y cultural del lugar en su totalidad. Dicha reconstruccin deber limitarse a la reproduccin del tejido histrico, cuya forma es sabida a travs de la evidencia fsica-documental y testimonial, y deber ser visible y reconocible la reconstruccin como obra nueva.

1. Reconstruccin histrica del Casino de Oficiales (ver Anexo 1 Plano 1 y 2)

Presentamos aqu algunas ideas tentativas para la reconstruccin histrica del Casino de Oficiales, fundada en reflejar los distintos momentos del edificio que, combinada con la representacin, procura dar idea de la adecuacin sucesiva del lugar para un cumplimiento ms eficaz de su condicin de centro clandestino, segn los represores iban perfeccionando la maquinaria de desaparicin y exterminio.

Se proponen algunas reconstrucciones parciales dado que varios lugares fueron reformados de tal manera que estn hoy como ningn secuestrado lo vio (pe: Stano, Capuchita, Capucha, Pecera). Es por ello que proponemos su reconstruccin. Los perodos a reconstruir propuestos buscan reflejar los momentos de mayor complejidad de las instalaciones.

Casino de oficiales

Lugar

Reconstruccin histrica (ver Anexo 1)

Representacin

Capuchita

1977 (cuchas, dos salas de tortura, ventiluces pintados)

Ver plano 3

Marzo de 1979 en adelante, cuando funcion como archivo

Capucha

1977/1978 a marzo 1979 (cuchas, camarotes, sealar las reformas hechas a las ventanas )

Ver plano 4

Marzo de 1979 en adelante, con camarotes desmontados, puerta divisoria del sector, etc.

Sector central (baos y cuartos)

Como est actualmente, segn las reformas hechas en marzo /abril de 1979.

Ver plano 4

1976/1977/1978

Sealizar las sucesivas piezas de las embarazadas, aunque hoy no estn como eran cuando fueron usadas como tales.

Paol

1977/1978

Ver plano 4

1979/1980, con los dormitorios que se armaron y lavadero

Pecera

Reconstruirla como fue desde Septiembre de 1977 hasta que se fue el ltimo prisionero que la vio, dado que no tuvo modificaciones. Ver plano 4

Explicar el uso de cada espacio y cada oficina, en las sucesivas pocas

Segundo Piso

Desde Marzo de 1979 (es decir dejarlo como est). Indicar el lugar donde estaba el ascensor. Ver plano 5

Primer Piso

Desde Marzo de 1979 (Es decir dejarlo como est). Indicar el lugar donde estaba el ascensor. Ver plano 6

PB - hall

Marzo de 1979.

Ver plano 7

1976 a Marzo de 1979, indicando donde estaban el ascensor y la escalera

PB - Jorges

1979

Ver plano 7

Explicar en cada poca quin ocupaba los despachos y qu funciones cumplan

PB - Sala de proyecciones y galeras

1979/1980

Ver plano 7

poca en que las galeras no estaban cerradas con vidrios

PB - Dorado

1977/1978 Oficina, mostrador, etc.

Ver plano 7

1979 en adelante

Stano

El que qued conformado a diciembre de 1978. Ver plano 8

1976/1977/1978/1979/

1980

Asimismo consideramos necesario que en los Playones de acceso posterior al Casino se sealice mediante un panel la estructura del edificio y los planos de todas sus plantas, con el fin de evidenciar el acceso visual existente desde los diferentes sectores al lugar por donde se ingresaba a los secuestrados.

2. Representacin de las distintas modificaciones realizadas en el Casino de Oficiales entre 1976 y 1983 (Ver Anexo 1 Plano 1)

En el edificio sealado como Casa de Suboficiales (el ms prximo al Casino de Oficiales) representar mediante la utilizacin de diferentes soportes (maquetas, grficos, imgenes, planos, paneles, fotografas, etc.) las modificaciones que se realizaron en el Casino de Oficiales entre 1976 y 1983, con el fin de explicar su funcionamiento en las diferentes pocas y la metodologa utilizada por la Armada para ocultar su participacin en el proyecto genocida.

3. Edificio de la Escuela de Guerra Naval: Representacin del sistema represivo del centro clandestino de desaparicin y exterminio, identificacin de los represores, cadenas de mando, grupo de tareas. (Ver Anexo 1 Plano 1)

Representaciones a realizar en el edificio de la Escuela de Guerra Naval:

Los antecedentes histricos de la Marina como fuerza represiva

La historia del esquema represivo que se construy en el pas

La divisin del pas en zonas

La implementacin del sistema de Centros Clandestinos de Desaparicin y Exterminio en todo el pas

La especificidad de la Marina y del CCD ESMA en particular

El Grupo de Tareas 3 (3.1 y 3.2) y el SIN

Las fotos e historiales de todos los represores identificados y de aquellos que se vayan identificando

La ESMA y su papel como centro desaparecedor y represivo

Todas estas representaciones pueden ser concretadas a travs de la utilizacin de medios audiovisuales y grficos.

4. Edificio central Escuela Mecnica de la Armada: Representacin de la identidad de los detenidos desaparecidos que pasaron por ESMA. (Ver Anexo 1 Plano 1)

Representaciones a realizar en el edificio central Escuela de Mecnica de la Armada:

La identidad de quienes estuvieron all secuestrados y fueron desaparecidos, de su resistencia y su lucha; rescatando la dignidad de aquellos que fueron desaparecidos y de quienes sobrevivieron.

Los testimonios de los sobrevivientes y los de los familiares de desaparecidos en ESMA.

5. Destino de otros edificios (Ver Anexo 1 Plano 1)

A) Destinar el edificio sealado como Escuela de Suboficiales de la Armada a la proyeccin de documentales y realizacin debates sobre lo sucedido en el lugar y sobre los significados y destinos de los lugares donde funcionaron centros clandestinos de detencin y desaparicin.

B) Destinar el edificio sealado como Guardia Central para la realizacin de actividades que tengan como objetivo proveer informacin introductoria a los concurrentes con fines orientativos para comprender el recorrido que van a realizar.

C) Destinar el edificio sealado como Pabelln B para la realizacin de las tareas administrativas

D) Destinar el edificio sealado como Pabelln A para el mantenimiento de edificios, terrenos y campo de deportes.

6. Sealizacin de todos los edificios con los usos que tuvieron durante el perodo en que funcion el centro clandestino de desaparicin y exterminio.

Resaltar mediante carteles y paneles explicativos los edificios que tuvieron una funcionalidad que implic que los prisioneros fueran llevados a esos lugares como por ejemplo los consultorios, el Pabelln Coy, la Imprenta, y sealizar todos y cada uno de dichos espacios explicando qu funcin cumplan. (Por ejemplo, el taller de herrera donde se acondicion la camilla que haba en la camioneta Swat para torturar; el taller de reparacin de los automotores donde se les cambiaban las chapas a los robados, etc.)

Asimismo consideramos importante sealar la funcionalidad de otros edificios que sostuvieron el funcionamiento de la ESMA como institucin formadora de suboficiales paralelamente a su condicin de centro clandestino de desaparicin y exterminio. (aulas, panadera, talleres, etc)

ANEXO 1

Planos

Propuesta de uso para los edificios -

Plano 1

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales -

Plano 2

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales -

Plano 3

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales -

Plano 4

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales

- Plano 5

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales

- Plano 6

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales

- Plano 7

Propuesta de Reconstruccin Casino de oficiales

- Plano 8

ANEXO 2

Proteccin patrimonial del predio

Antecedentes histricos

A lo largo del siglo XX fueron redactados numerosos textos que pretendan normalizar la actividad restauradora y de conservacin del patrimonio histrico.

El primer antecedente de este tipo de documentos fue la Carta de Rafael a Alejando VI para la restauracin y el cuidado de los monumentos romanos. Tras esta carta fueron muchos los textos que se preocuparon por este problema, entre ellos diversos textos como el Decreto de la Convencin Nacional del II ao de la I Repblica Francesa (1774), o las teoras de Ruskin o Violet-le-Duc, enunciadas a lo largo del XIX, pero el ms influyente de todos ellos fue el discurso de Camillo Boito (1836-1914) durante el Congreso de Ingenieros y Arquitectos Italianos de 1883. Todos estos textos recogan los principios con los que se inicia la actividad restauradora en el siglo XIX.

Este tipo de documentos y publicaciones resultaron insuficientes ante el desarrollo histrico de la primera mitad del siglo XX, en la que dos guerras mundiales provocaron la destruccin, y posterior restauracin, de una gran parte del patrimonio europeo. Estos acontecimientos, junto a los antecedentes tericos existentes, demostraron la necesidad de redactar una serie de textos normativos a nivel internacional que se ocupasen del patrimonio, su conservacin y los cambios en su concepto y definicin.

Carta de Atenas

El primero de estos documentos fue la Carta de Atenas de 1931, aprobada por la Oficina de Museos, dependiente de la Sociedad de Naciones. Una dcada despus del final de la I Guerra Mundial que destruy o da muchos monumentos, se abri un profundo debate entre los numerosos especialistas que asistieron a esta Conferencia. En sus conclusiones se pretenda unificar los criterios de intervencin en el patrimonio arquitectnico. A lo largo de sus diez artculos se plantean pautas de intervencin, se seala la importancia de la conservacin, la educacin, y se proponen vas de colaboracin internacional. El texto, pese a tener un carcter normativo, no consigui ser aprobado por todos los pases, pero s tuvo una fuerte influencia en el mbito europeo, especialmente en pases como Italia, en las Cartas de Restauro Italianas de 1932 y 1972, o en Espaa, con la Ley del 13 de mayo de 1933 sobre la defensa, conservacin y acrecentamiento del patrimonio histrico-artstico espaol.

La Carta de Atenas no slo sirvi de base para las Cartas de Restauro italianas o la legislacin patrimonial de algunos pases, sino para otros documentos internacionales, especialmente la Carta de Venecia y la Carta de Cracovia.

Carta de Venecia

La Carta de Venecia de 1964 fue redactada durante el II Congreso Internacional de Arquitectos y Tcnicos de Monumentos Histricos. En ella influy fuertemente la actividad restauradora que se produjo tras la Segunda Guerra Mundial, y la preocupacin de este documento continu centrndose en lo arquitectnico pero ampliando su mbito de actuacin del edificio a todo el conjunto histrico.

Carta de Cracovia

As como la Carta de Venecia surgi como revisin de la Carta de Atenas, posteriormente pretendi actualizar ese documento con la redaccin de la Carta de Cracovia del 2000. Esta nueva Carta surgi impulsada por el proceso de unificacin europea y la entrada del nuevo milenio, a fin de actualizar la Carta de Venecia y adecuarla al nuevo marco cultural. En su texto se incorporaron nuevos elementos como la multidisciplinaridad de la conservacin y restauracin, la necesidad de incluir en la misma nuevas tecnologas y estudios cientficos a la hora de realizar cualquier proyecto de restauracin. Tambin aport un glosario de trminos en los que se definen conceptos como monumento, identidad, restauracin, a la luz de los nuevos mtodos e investigaciones.

Textos Europeos

Estas Cartas sirvieron de base para la confeccin de documentos de carcter continental, como los elaborados por el Consejo de Europa. Dentro de los textos elaborados por este organismo se destacan: la Carta Europea de Patrimonio Arquitectnico, redactada en Bruselas en 1975 con motivo del Ao Europeo del Patrimonio Arquitectnico, que incluye nuevos conceptos como el de Conservacin Integrada; y la Declaracin de msterdam , redactada el mismo ao que el documento anterior, que ratifica los valores de la Carta Europea de Patrimonio y hace especial hincapi en la idea de rehabilitacin, con una especializacin de estas labores y en la necesidad de una conservacin integral de estos monumentos, teniendo en cuenta los factores sociales.

Cascos Histricos

La preocupacin por el monumento fue cambiando paulatinamente ampliando el concepto de edificio al incorporar su entorno. Estos cambios en el concepto de patrimonio se han plasmado en diversos documentos especficos que debaten los criterios de conservacin de las ciudades histricas y sus cascos urbanos. El primero de estos documentos fue la Carta de Quito de 1967, la cual confiere gran inters a la problemtica de los Cascos Histricos y a las relaciones econmicas y sociales que se enmarcan en los mismos.

Tras la Carta de Quito se fueron analizando las distintas problemticas vinculadas a los cascos histricos, ya que los factores implicados en estos anlisis se han ido ampliando para incluir elementos como el entramado social que habita estas zonas, los problemas de uso, el componente econmico y comercial, etc. Algunas de estos factores aparecan ya desarrollados en 1976 en la Recomendacin de Nairobi, relativa a la Salvaguardia de los Conjuntos Histricos y su Funcin en la Vida Contempornea, o en la Carta de Toledo o Carta Internacional para la conservacin de las Ciudades Histricas, fruto de la reunin organizada por el Comit espaol del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) y celebrada en la ciudad de Toledo en 1986. En ella se complementaron los principios expuestos en la Carta de Venecia y se desarrollaron pormenorizadamente los conceptos de proteccin y conservacin de los centros histricos.

Ante la conflictividad del tema, se continu con la redaccin de diversos textos como:

- la Carta de Noto, acuerdo internacional de 1986 que se centr especialmente en la recuperacin de los centros histricos y su aplicacin al territorio italiano, en la importancia de la formacin de los especialistas en el mbito de la conservacin y restauracin y en la multidisciplinaridad de todos los proyectos de conservacin y restauracin.

- La Carta de Veracruz, Ciudad de Mxico, 1992, adaptado a problemticas especficas como es el caso de los centros histricos iberoamericanos, teniendo en cuenta del desarrollo urbanstico de muchas de sus ciudades.

- la Carta Internacional para la Gestin del Patrimonio Arqueolgico, adoptada por el ICOMOS en 1990, en la que partiendo de la importancia de la arqueologa para el conocimiento y la comprensin de los orgenes y del desarrollo de las sociedades humanas, se analizan los modos de conservacin e intervencin.

Conservacin de Lugares de Valor Cultural

En el ao 1981, en una reunin del ICOMOS (International Council on Monuments and Sites Consejo Internacional de Monumentos y Sitios) realizada en Australia, se elaboraron nuevos conceptos y recomendaciones, que fueron reunidos y difundidos en la Carta para la conservacin de lugares de valor cultural - Carta de Burra, documento que constituye un aporte fundamental para la preservacin del patrimonio histrico-cultural.

En su artculo primero, la Carta define:

1.1- Lugar significa sitio, rea, edificio u otra obra; grupo de edificios u otras obras en conjunto con todo su contenido y sus alrededores.

1.2- Valor cultural significa valor esttico, histrico, cientfico o social para las generaciones pasadas, presentes o futuras.

1.3- Tejido histrico significa toda la materia fsica del lugar.

1.4- Conservacin significa todo el proceso de tutela por un lugar con el fin de mantener su valor cultural. Incluye el mantenimiento y dependiendo de las circunstancias, puede incluir preservacin, restauracin, reconstruccin y adaptacin, y por lo comn ser una combinacin de ms de uno de esos.

1.5- Mantenimiento significa el cuidado continuo del tejido histrico, del contenido y del entorno de un lugar, y se diferencia de la reparacin. La reparacin incluye la restauracin o la reconstruccin, y se la tratar de acuerdo a ello.

1.6- Preservacin significa mantener el tejido histrico de un lugar en su estado actual y retardar su deterioro.

1.7- Restauracin significa devolver el tejido histrico EXISTENTE de un lugar a una condicin pretrita a travs del retirado de aadidos o el re ensamblaje de los componentes que existen aun sin la introduccin de nuevos materiales.

1.8- Reconstruccin significa devolver un lugar a una condicin pretrita conocida, y se distingue por la insercin de materiales (nuevos y antiguos) dentro del tejido histrico.

1.9- Adaptacin significa modificar un lugar para que sirva para aquellos usos compatibles que se propongan.

1.10- Uso compatible significa un uso (del lugar) que envuelva a) ningn cambio al tejido histrico de valor cultural, b) cambios que sean esencialmente reversibles, o c) cambios que tengan un impacto mnimo.

Asimismo expone los siguientes Principios de Conservacin:

Artculo 2

La meta de la conservacin es de mantener el valor cultural de un lugar, y debe incluir medidas para su seguridad, su mantenimiento y su futuro.

Artculo 3

La conservacin se basa en el respeto por el tejido histrico existente y debe significar la menor intervencin fsica posible. Tampoco debe distorsionar la evidencia que posea el tejido histrico.

Artculo 4

La conservacin debe hacer uso de todas las disciplinas que puedan contribuir al estudio y a la salvaguardia de un lugar. Las tcnicas que se empleen deben ser tradicionales, pero bajo ciertas circunstancias, pueden ser modernas, si es que stas tienen una slida base cientfica y se apoyan en una amplia experiencia.

Artculo 5

La conservacin de un lugar debe tomar en cuenta todos los aspectos de su valor cultural, sin poner nfasis injustificado sobre ningn aspecto a expensas de otro.

Artculo 6

La poltica de conservacin apropiada para un lugar ser determinada primordialmente a travs de un entendimiento de su valor cultural.

Artculo 7

La poltica de conservacin determinar cules usos son compatibles.

Artculo 8

La conservacin exige el mantenimiento de todo un marco visual apropiado, por ejemplo, la forma, la escala, el color, la textura y los materiales. No se debe permitir ninguna nueva construccin, demolicin o cambio que tenga un efecto adverso sobre dicho marco o entorno. Se debe excluir toda intrusin en el medioambiente que tenga un efecto adverso sobre la apreciacin y disfrute del lugar.

Artculo 9

Todo edificio u obra debe permanecer en su ubicacin histrica. Es inaceptable el mover o mudar un edificio u obra, ya sea en su totalidad o en sus partes, a menos que ello sea el nico mtodo de asegurar su sobrevivencia.

Artculo 10

Es inaceptable el retirar el contenido que forma parte del valor cultural de un lugar, a menos que ello constituya la nica manera de lograr su salvaguardia y preservacin. Tal contenido deber ser devuelto a su sitio cuando un cambio en las circunstancias lo hiciere prctico.

Dicho Proceso de Conservacin se estructura en la Carta en diferentes instancias:

Preservacin

Artculo 11

La preservacin es apropiada cuando el estado actual del tejido histrico en s constituye evidencia de un valor cultural especfico, o cuando no existe suficiente evidencia que permita implementar otros procesos de conservacin.

Artculo12

La preservacin se limita a la proteccin, al mantenimiento y, si fuese necesario, a la estabilizacin del tejido histrico existente, pero sin distorsin alguna de su valor cultural.

Restauracin

Artculo 13

Solamente es apropiada la restauracin cuando existe suficiente evidencia de un estado o condicin anterior del tejido histrico, y solamente si el devolver el tejido histrico a ese estado anterior permite relevar el valor cultural del lugar.

Artculo 14

La restauracin ha de revelar nuevamente ciertos aspectos del valor cultural del lugar. Se basa en el respeto por la evidencia documental, fsica o de cualquier otro tipo, y se detiene donde comienza la conjetura.

Artculo 15

La restauracin se limita a la recomposicin de componentes dispersos o al retirado de aadidos, de acuerdo con el articulo 16.

Artculo 16

Se respetarn todas las contribuciones que cada poca ha hecho al lugar. Si el lugar consta de tejido histrico de varias pocas, el revelar el tejido histrico de una poca a expensas del de otra solo se podr justificar si lo que se retira es de escaso valor cultural y el tejido histrico que se revela posee un valor cultural mucho mayor.

Reconstruccin

Artculo 17

Solamente es apropiada la reconstruccin cuando un lugar ha resultado incompleto a causa de daos o alteraciones, y cuando es necesario para su sobrevivencia, o cuando a travs de ella (la reconstruccin), se llega a revelar el valor cultural del lugar en su totalidad.

Artculo 18

La reconstruccin se limita a la completacin de una entidad incompleta, y no debe constituir la mayor parte del tejido histrico de un lugar.

Artculo 19

La reconstruccin se limita a la reproduccin del tejido histrico, cuya forma es sabida a travs de la evidencia fsica - documental. La reconstruccin debe ser reconocible como obra nueva cuando bajo una inspeccin de cerca.

Adaptacin

Artculo 20

La adaptacin es aceptable cuando la conservacin de un lugar no se puede lograr de otro modo, y cuando la adaptacin no disminuye esencialmente su valor cultural.

Artculo 21

La adaptacin se debe limitar a lo que sea esencial para el uso que se determine de acuerdo con los artculos 6 y 7 para un lugar.

Artculo 22

Cuando en el proceso de adaptacin, no sea posible evitar que se retire partes del tejido histrico con valor cultural, se guardar todo ese material en un sitio seguro de manera que permita su futura reinstalacin.

Preservacin Patrimonial a nivel nacional

- Comisin Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Histricos

La LEY N 12.665 dice:

El Senado y Cmara de Diputados de la Nacin Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

Artculo 1. - Crase la Comisin Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Histricos, dependiente del Ministerio de Justicia e Instruccin Pblica, integrada por un presidente y diez vocales, que ejercern sus funciones con carcter honorario y sern designados por perodos de seis aos, pudiendo ser reelectos.

La comisin tendr la superintendencia inmediata sobre los museos, monumentos y lugares histricos nacionales y en concurrencia con las respectivas autoridades de las instituciones que se acojan a la presente ley, cuando se trate de museos, monumentos y lugares histricos provinciales o municipales.

Art. 2. - Los bienes histricos y artsticos, lugares, monumentos, inmuebles propiedad de la Nacin, de las provincias, de las municipalidades o instituciones pblicas, quedan sometidos por esta ley a la custodia y conservacin del gobierno federal, y en su caso, en concurrencia con las autoridades respectivas.

Art. 3. - El Poder Ejecutivo a propuesta de la comisin nacional, declarar de utilidad pblica los lugares, monumentos, inmuebles y documentos de propiedad de particulares que se consideren de inters histrico o histrico-artstico a los efectos de la expropiacin; o se acordar con el respectivo propietario el modelo asegurar los fines patriticos de esta ley. Si la conservacin del lugar o monumento implicase una limitacin al dominio, el Poder Ejecutivo indemnizar a su propietario en su caso.

Art. 4. - La Comisin Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Histricos, har la clasificacin y formular la lista de monumentos histricos del pas, amplindola en las oportunidades convenientes con la aprobacin del Poder Ejecutivo. Los inmuebles histricos no podrn ser sometidos a reparaciones o restauraciones, ni destruidos en todo o en parte, transferidos, gravados o enajenados sin aprobacin o intervencin de la comisin nacional.

En el caso de que los inmuebles histricos sean de propiedad de las provincias, municipalidades o instituciones pblicas, la comisin nacional cooperar en los gastos que demande la conservacin, reparacin o restauracin de los mismos.

Art. 5. - Ningn objeto mueble o documento histrico podr salir del pas, ni ser vendido ni gravado sin dar intervencin a la comisin nacional, y sta har las gestiones para su adquisicin cuando sea de propiedad de particulares y considere convenientes tales gestiones por razones de inters pblico.

Art. 6. - Los inmuebles comprendidos en la lista y clasificacin oficial de la comisin nacional estarn libres de toda carga impositiva.

Asimismo en su disposicin N 5/91 del 21 de octubre de 1991, la CNMMyLH dice:

Que la Ley N 12.665 otorga a la Comisin Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Histricos la facultad de clasificar, registrar y ampliar la lista de los bienes histricos y artsticos, lugares, monumentos, inmuebles, objetos muebles; propiedad de la Nacin, de las Provincias, de las Municipalidades, instituciones pblicas o de privados.

Que para efectuar la clasificacin y elaboracin del listado oficial de los bienes que constituyen el Patrimonio Histrico Cultural de la Nacin, es necesario establecer criterios y pautas para su valoracin y seleccin.

Que esos criterios de valoracin son histricamente dinmicos y en consecuencia se transforman y perfeccionan en el transcurso del tiempo.

Que esta Comisin Nacional ha incorporado y utilizado para sus decisiones criterios con los cuales se ha enriquecido y actualizado el concepto de Patrimonio.

Que tales criterios se corresponden con la opinin de los expertos y las recomendaciones formuladas por los congresos de especialistas de este tema en el orden nacional e internacional.

Que en consecuencia se ha actuado produciendo una ampliacin del campo patrimonial considerado desde la creacin de la Comisin Nacional.

Que dicha extensin del correspondiente espectro patrimonial se basa en los aspectos relacionados con:

EL TIEMPO HISTORICO: ampliacin cronolgica incorporando los bienes y lugares histricos y artsticos pertenecientes a los diversos perodos de nuestra historia desde la etapa prehispnica hasta la actualidad.

LA ESCALA ESPACIAL: valoracin e inclusin del entorno fsico-ambiental en relacin con los bienes de inters histrico y/o artstico, monumentos y lugares, de los conjuntos arquitectnicos, pueblos, centros, barrios y ciudades histricas, as como tambin del mbito rural y natural.

EL CAMPO SOCIAL: ampliacin a todos los componentes sociales segn la interpretacin de la ciencia antropolgica, como creadores de cultura. Su consideracin ha permitido apreciar la articulacin de los bienes culturales con los naturales y tambin con la arquitectura industrial, la verncula y la espontnea de los grupos sociales marginales como parte fundamental de la memoria colectiva de los pueblos.

Que el patrimonio histrico cultural y natural as conformado, transmitido como legado a las generaciones futuras, posibilita la construccin de la identidad de la Nacin.

Que por otra parte la etapa inicial relacionada con la preservacin y consolidacin del patrimonio histrico-monumental correspondiente a los perodos Hispnico, de la Independencia y de la Organizacin Nacional se encuentra, en lo que respecta a los hechos histricos ms destacados, razonablemente cumplida.

Que es vlido entonces, para continuar con la misin que la Ley N 12.665 impone, considerar tambin los hechos histricos de la prehispanidad y el siglo XX y en consecuencia dejar asentado, en forma clara y expresa, los criterios generales que esta Comisin Nacional adopta para cumplir con su cometido en esta etapa.

Por ello, en su reunin plenaria del 17-10-91

LA COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS DISPONE:

ARTICULO 1.- Adoptar como criterio general para la toma de decisiones del Cuerpo Colegiado las siguientes definiciones:

PATRIMONIO ARTISTICO CULTURAL Y NATURAL:

Es el conjunto que integran, en un todo armnico inseparable, los bienes de inters histrico o histrico-artstico y el mbito natural, rural o urbano que han dejado los hombres en la Argentina en su trayectoria histrica como aporte a las generaciones futuras, La permanencia material de ese legado conforma la base concreta que da continuidad y armona al desarrollo social y espiritual de la Nacin, reafirmando su identidad cultural.

MONUMENTO HISTORICO NACIONAL:

Es un inmueble de existencia material, construido o edificado, donde tuvieron origen o transcurrieron hechos de carcter histrico, institucional o tico espiritual, que por sus consecuencias trascendentes resultan valiosos para la identidad cultural de la Nacin, o bien sus caractersticas arquitectnicas singulares o de conjunto, lo constituyen en un referente vlido para la historia del arte o de la arquitectura en la Argentina. Su preservacin y presencia fsica -comprendido su entorno- tiene por finalidad transmitir y afirmar los valores histricos o estticos que en ese bien se concretan.

LUGAR HISTORICO NACIONAL:

Es un rea de existencia material, constituida por un espacio rural o urbano, o determinada por un punto geogrfico del pas, donde tuvieron origen o transcurrieron hechos trascendentes de carcter histrico, artstico, institucional o tico-espiritual, o bien se encuentran en ella restos concentrados o dispersos de importancia arqueolgica, que por sus consecuencias y caractersticas resultan referentes valiosos para la identidad cultural de la Nacin. Su preservacin y presencia fsica -comprendido su entorno- tiene por finalidad transmitir y afirmar los valores histricos que en ese bien se concretan.

ARTICULO 2.- Incorporar al REGISTRO NACIONAL DE BIENES HISTORICOS E HISTORICOS-ARTISTICOS las nuevas tipologas que surjan de aplicar la actualizacin y ampliacin de los criterios de seleccin de los bienes patrimoniales segn lo determinado por la presente disposicin.

ARTICULO 3.- Regstrese, comunquese, cumplido archvese.

DISPOSICION CNMMLH N 5/91

- Cdigo de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires

La seccin N 10 del Cdigo de Planeamiento Urbano, referente a la Proteccin Patrimonial de predios dice:

10.1.1 El Gobierno de la Ciudad planificar y llevar a cabo las acciones, proyectos y programas particularizados, referidos a la proteccin patrimonial, en todos los edificios, lugares u objetos que las normas contenidas en el presente Cdigo as lo prescriban.

10.1.1.1. rgano de Aplicacin: La Secretara de Planeamiento Urbano, es el rgano de Aplicacin de las normas de Proteccin Patrimonial con todas las atribuciones que las normas contenidas en el presente Cdigo as lo prescriban, reemplazando en dichos casos a la Comisin Preservacin de reas Histricas (Decretos N 1521-B. M. 16.002, N 2794- B. M. 17.291, N 4299-B. M. 17.333, N 8109 -B. M. 18.184 y N 9023-B. M. 18.433).

La Secretara elaborar y pondr en marcha programas de actuacin, cuyos beneficios incidan fundamentalmente en el rea.

Dichos programas tendrn en cuenta los siguientes aspectos:

3. Programas de conservacin de edificios de alto valor patrimonial que comprendan su rehabilitacin y puesta en valor, pudiendo asegurar la perpetuacin de los resultados mediante la adquisicin y/o afectacin del dominio. El presente caso se limitar a los edificios catalogados con proteccin estructural que sean priorizados por la Secretara y que presenten situacin de riesgo patrimonial y/o alta conflictualidad social. Las acciones que se emprendan en el presente programa debern ser formalizadas sobre la base de la tasacin que determine el Banco de la Ciudad de Buenos Aires o el Tribunal de Tasaciones en el supuesto de conflicto de intereses.

A tal efecto la Secretara gestionar y coordinar estos programas y proyectos particularizados que, en el marco de lo establecido en el Captulo 8.1. del Cdigo de Planeamiento Urbano (AD 610.40), se implementen llevando a cabo acciones en el espacio pblico y/o privado previo acuerdo con los respectivos titulares y/o con organismos pblicos, concesionarios de servicios e instituciones intermedias.

10.1.2 Obligacin de proteger

La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetos considerados por estas normas de valor histrico, arquitectnico, simblico o ambiental obliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en funcin de su proteccin, como as tambin de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoracin.

Los espacios y bienes sujetos a obligacin de proteger sern declarados como tales dentro del catlogo respectivo, elaborado por la Secretara, y aprobado por el Jefe de Gobierno. El Poder Ejecutivo deber remitir la catalogacin al Poder Legislativo para su intervencin dentro de un plazo de diez (10) das.

10.1.3 (*) Formas de proteccin10.1.3.1. Proteccin General: Se realizar segn plano de Zonificacin, donde se establecen reas homogneas, en cuanto a morfologa y tejido urbano, a fin de consolidar los atributos que hacen valorable al conjunto, considerando a ste como el primer nivel de Proteccin Patrimonial.

10.1.3.2. Proteccin Especial

10.1.3.2.1 Proteccin Edilicia:

Se refiere a lo construido en las parcelas.

Se establecern niveles particulares de proteccin e intervencin, en el acto de su catalogacin. Toda catalogacin requerir el dictado de los niveles particulares de proteccin e intervencin.

10.1.3.2.2 Proteccin Ambiental:

Se aplica sobre reas que se destacan por sus valores paisajsticos, simblicos, sociales o espaciales.

Se refiere al espacio pblico, e incluye las fachadas y muros exteriores de los edificios que participan de los mismos.

Se establecen niveles particulares de calidad ambiental en los distritos especficos de proteccin.

10.3 Catalogacin

10.3.1. Concepto y alcance del catlogo urbanstico

Constituye un instrumento de regulacin urbanstica para los edificios con necesidad de proteccin patrimonial y de particularizacin del alcance de la normativa, respecto de la calificacin urbanstica asignada al mismo.

10.3.2. Criterios de valoracin

La catalogacin se realizar en base a los siguientes criterios de valoracin:

- Valor Urbanstico: refiere a las cualidades que posee un edificio que define o califica la trama, el paisaje urbano o el espacio pblico.

- Valor Arquitectnico: refiere a los elementos poseedores de calidades de estilo, composicin, materiales, coherencia tipolgica y otra particularidad relevante.

- Valor Histrico - Cultural: refiere a aquellos elementos testimoniales de una organizacin social o forma de vida que configuran la memoria histrica colectiva y un uso social actual.

- Valor Singular: refiere a las caractersticas irreproducibles o de calidad en cuanto a los aspectos tcnicos constructivos o el diseo del edificio o sitio.

Los criterios de valoracin anteriormente expuestos deben considerarse en funcin de los propios elementos a proteger, del anlisis del contexto urbano y de los objetivos de planeamiento para el rea.

INDICE

Propuesta de la Asociacin de Ex Detenidos Desaparecidos para el Predio de la ESMA y el Campo de Deportes...............................................................................................

1

Centro Clandestino de Desaparicin y Exterminio (Delimitacin del Predio).....................................................................................................................

2

Objetivos..................................................................................................................

3

Fundamentos............................................................................................................

3

Descripcin Detallada de la Propuesta........................................................................

5

Prueba Judicial..........................................................................................................

6

Denominacin del Predio...........................................................................................

7

Dependencia institucional..........................................................................................

7

Proteccin patrimonial del predio...............................................................................

7

Visitas......................................................................................................................

9

Usos del predio.........................................................................................................

1. Reconstruccin histrica del Casino de Oficiales...............................................

2. Representacin de las distintas modificaciones realizadas en el Casino de Oficiales entre 1976 y 1983................................................................................

3. Edificio de la Escuela de Guerra Naval: Representacin del sistema represivo del centro clandestino de desaparicin y exterminio, identificacin de los represores, cadenas de mando, grupo de tareas..................................................

4. Edificio central Escuela Mecnica de la Armada: Representacin de la identidad de los detenidos desaparecidos que pasaron por ESMA........................................

5. Destino de otros edificios...............................................................................

6. Sealizacin de todos los edificios con los usos que tuvieron durante el perodo en que funcion el centro clandestino de desaparicin y exterminio........................................................................................................

10

10

12

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12

13

13

Anexo 1 Planos......................................................................................................

Plano 1.............................................................................................................

Plano 2.............................................................................................................

Plano 3.............................................................................................................

Plano 4.............................................................................................................

Plano 5.............................................................................................................

Plano 6.............................................................................................................

Plano 7.............................................................................................................

Plano 8.............................................................................................................

14

15

16

17

18

19

20

21

22

Anexo 2 - Proteccin patrimonial del predio................................................................

Antecedentes histricos.....................................................................................

Conservacin de Lugares de Valor Cultural..........................................................

Preservacin Patrimonial a nivel nacional.............................................................

23

24

26

29

ndice......................................................................................................................

36

2

Carlos Calvo 1780, dto. 10, timbre 26 (C1102ABJ) Buenos Aires - Argentina

TE/Fax: (54-11) 4304 8283; e-mail: [email protected]