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Mediante el Decreto Supremo N° 58, de 27 de noviembre de 2019, y publicado en el Diario Oficial el 7 de mayo de 2020, se modificó el Decreto Supremo N° 466 de 1984, que aprueba el “Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes farmacéuticos, Botiquines y Depósitos autorizados”, en materia de comercio electrónico de medicamentos. RECEPCIÓN Y DESPACHO DE MEDICAMENTOS DE ACUERDO CON LAS ÚLTIMAS MODIFICACIONES DEL DS 466/84 Por tal motivo, la recepción de recetas médicas y el despacho de los medicamentos desde Farmacias Ahumada se deberá realizar de la siguiente forma: Medicamentos cuya condición de venta es de Venta directa: • No requieren receta médica, tanto para la venta física como por medios online de las farmacias. • Debido a la pandemia por SARS-CoV-2, se sugiere a los pacientes la compra de un máximo de 3 unidades, con el objeto de favorecer el acceso de estos medicamentos a toda la población. Medicamentos cuya condición de venta es Receta simple (receta blanca normal): • Las recetas no tienen fecha de vencimiento (a no ser que lo indique expresamente el médico). Por lo tanto, se pueden recibir recetas de cualquier fecha. En el caso que el paciente acude físicamente a la farmacia: • Puede presentar una receta física, una receta médica electrónica o una copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos (fotografía de la receta física). • Toda receta médica, independiente de su formato, debe contener la siguiente información vigente (DS 466/84, art. 38): a) Individualización del profesional que la extiende, señalando su nombre, número de la cédula de identidad, profesión, domicilio y en su caso, el Número del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, de la Superintendencia de Salud, indicado después de la siguiente sigla "REG-SIS Nº:”, en forma impresa o timbrada. b) Individualización del paciente, señalando su nombre, número cédula de identidad y domicilio. c) La prescripción, escrita o reproducida, en forma clara, legible y completa, debiendo contener: nombre del producto y su denominación común internacional si fuera distinta, dosis, forma farmacéutica y vía de administración; dosificación o posología, indicando el intervalo de administración y período de tratamiento. d) Cuando se trate de fórmulas magistrales los componentes deberán indicarse con su denominación común internacional o química no permitiéndose claves o abreviaturas. e) Cualquier otra indicación, cuando corresponda, que permita la correcta administración y adecuado tratamiento, así como el uso racional del medicamento prescrito. f) Firma del profesional: Firma electrónica Avanzada en el caso de las recetas electrónicas, o Firma manuscrita para el documento digital o papel. g) Fecha en que se extiende la receta. • Si el paciente presenta una receta médica electrónica, se verificará que es un documento electrónico suscrito por un facultativo autorizado por el Código Sanitario, mediante firma electrónica avanzada, conforme lo dispuesto en la ley N° 19.799 (Código Sanitario, art. 101). El documento deberá indicar expresamente que tiene Firma Electrónica Avanzada.

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Page 1: RECEPCIÓN Y DESPACHO DE MEDICAMENTOS DE ACUERDO …...• No requieren receta médica, tanto para la venta física como por medios online de las farmacias. • Debido a la pandemia

Mediante el Decreto Supremo N° 58, de 27 de noviembre de 2019, y publicado en el Diario Oficial el 7 de mayo de 2020, se modificó el Decreto Supremo N° 466 de 1984, que aprueba el “Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes farmacéuticos, Botiquines y Depósitos autorizados”, en materia de comercio electrónico de medicamentos.

RECEPCIÓN Y DESPACHO DE MEDICAMENTOS DE ACUERDO CON LAS ÚLTIMASMODIFICACIONES DEL DS 466/84

Por tal motivo, la recepción de recetas médicas y el despacho de los medicamentos desdeFarmacias Ahumada se deberá realizar de la siguiente forma:

Medicamentos cuya condición de venta es de Venta directa:• No requieren receta médica, tanto para la venta física como por medios online de las farmacias.• Debido a la pandemia por SARS-CoV-2, se sugiere a los pacientes la compra de un máximo de 3 unidades, con el objeto de favorecer el acceso de estos medicamentos a toda la población.

Medicamentos cuya condición de venta es Receta simple (receta blanca normal):• Las recetas no tienen fecha de vencimiento (a no ser que lo indique expresamente el médico). Por lo tanto, se pueden recibir recetas de cualquier fecha.En el caso que el paciente acude físicamente a la farmacia:• Puede presentar una receta física, una receta médica electrónica o una copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos (fotografía de la receta física).• Toda receta médica, independiente de su formato, debe contener la siguiente información vigente (DS 466/84, art. 38): a) Individualización del profesional que la extiende, señalando su nombre, número de la cédula de identidad, profesión, domicilio y en su caso, el Número del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, de la Superintendencia de Salud, indicado después de la siguiente sigla "REG-SIS Nº:”, en forma impresa o timbrada. b) Individualización del paciente, señalando su nombre, número cédula de identidad y domicilio. c) La prescripción, escrita o reproducida, en forma clara, legible y completa, debiendo contener: nombre del producto y su denominación común internacional si fuera distinta, dosis, forma farmacéutica y vía de administración; dosificación o posología, indicando el intervalo de administración y período de tratamiento. d) Cuando se trate de fórmulas magistrales los componentes deberán indicarse con su denominación común internacional o química no permitiéndose claves o abreviaturas. e) Cualquier otra indicación, cuando corresponda, que permita la correcta administración y adecuado tratamiento, así como el uso racional del medicamento prescrito. f) Firma del profesional: Firma electrónica Avanzada en el caso de las recetas electrónicas, o Firma manuscrita para el documento digital o papel. g) Fecha en que se extiende la receta.• Si el paciente presenta una receta médica electrónica, se verificará que es un documento electrónico suscrito por un facultativo autorizado por el Código Sanitario, mediante firma electrónica avanzada, conforme lo dispuesto en la ley N° 19.799 (Código Sanitario, art. 101). El documento deberá indicar expresamente que tiene Firma Electrónica Avanzada.

Page 2: RECEPCIÓN Y DESPACHO DE MEDICAMENTOS DE ACUERDO …...• No requieren receta médica, tanto para la venta física como por medios online de las farmacias. • Debido a la pandemia

En el caso que el paciente compra en forma online el medicamento:• Se deberán cumplir todos los requisitos previamente establecidos para la venta presencial de este tipo de medicamentos (debido a que es una venta online, se entiende que el paciente solo presentará receta electrónica copia digitalizada de una receta física)• El expendio se hará previa comunicación de la receta a la farmacia, a través de la página web prevista para ello.• Respecto de la copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos, además de los requisitos señalados previamente, la farmacia verificará la correspondencia entre el soporte físico y la digitalización de este al momento de entregar el medicamento al paciente.

Medicamentos cuya condición de venta es Receta Retenida:• Las recetas retenidas tienen fecha de vencimiento: 30 días desde la emisión de la receta.• Solo pueden ser emitidas por los profesionales habilitados para ello.En el caso que el paciente acude físicamente a la farmacia:• Puede presentar una receta física o una receta médica electrónica con Firma Electrónica Avanzada.• Toda receta médica retenida, independiente de su formato, debe contener la siguiente información vigente (DS 466/84, art. 38, y la Resolución Exenta Nº 42/85, art. 1, del Ministerio de Salud): a) Individualización del profesional que la extiende, señalando su nombre, número de la cédula de identidad, profesión, domicilio y en su caso, el Número del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, de la Superintendencia de Salud, indicado después de la siguiente sigla "REG-SIS Nº:”, en forma impresa o timbrada. b) Individualización del paciente, señalando su nombre, número cédula de identidad y domicilio. c) La prescripción, escrita o reproducida, en forma clara, legible y completa, debiendo contener: nombre del producto y su denominación común internacional si fuera distinta, dosis, forma farmacéutica y vía de administración; dosificación o posología, indicando el intervalo de administración y período de tratamiento. d) Cuando se trate de fórmulas magistrales los componentes deberán indicarse con su denominación común internacional o química no permitiéndose claves o abreviaturas. e) Cualquier otra indicación, cuando corresponda, que permita la correcta administración y adecuado tratamiento, así como el uso racional del medicamento prescrito. f) Fecha en que se extiende la receta. g) Firma del profesional: Firma electrónica Avanzada en el caso de las recetas electrónicas, o Firma manuscrita para el documento digital o papel. h) Toda receta deberá contener, en forma clara y visible a continuación de la firma del médico cirujano, la identificación de la imprenta donde se confeccionaron dichas recetas, indicándose su nombre, RUT, domicilio, teléfono y ciudad.• Si el paciente presenta una receta médica electrónica, se verificará que es un documento electrónico suscrito por un facultativo autorizado por el Código Sanitario, mediante firma electrónica avanzada, conforme lo dispuesto en la ley N° 19.799 (Código Sanitario, art. 101). El documento deberá indicar expresamente que tiene Firma Electrónica Avanzada.• Las recetas electrónicas serán impresas en las farmacias.• Al momento de su despacho, en todas estas recetas, independiente de su forma, el paciente deberá señalar su nombre, RUT, firma y fecha al dorso del papel impreso.• Independiente de su formato, todas estas recetas serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En el caso de las recetas electrónicas, el Químico Farmacéutico que la recibe deberá indicar en el dorso que fue impresa desde un medio electrónico.En el caso que el paciente compra en forma online el medicamento:• Se deberán cumplir todos los requisitos previamente establecidos para la venta presencial de este tipo de medicamentos. Sin embargo, debido a que es una venta online, se puede presentar una receta electrónica o una copia digitalizada de una receta física.• El expendio se hará previa comunicación de la receta a la farmacia, a través de la página web prevista para ello.

• Respecto a la copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos, además de los requisitos señalados previamente, la farmacia verificará la correspondencia entre el soporte físico y la digitalización de este al momento de entregar el medicamento al paciente.• En el caso que el paciente presente una copia digitalizada al momento de comprar en forma online, la receta física deberá entregarse al momento de la recepción del producto farmacéutico por parte del consumidor, señalando su nombre, RUT, firma y fecha al dorso del papel impreso.• Independiente de su formato, todas estas recetas serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En el caso de las recetas electrónicas, el Químico Farmacéutico que la recibe deberá indicar en el dorso que fue impresa desde un medio electrónico.

Medicamentos cuya condición de venta es Receta Cheque:• Las recetas cheque tienen fecha de vencimiento: 30 días desde la emisión de la receta.• Solo pueden ser emitidas por médicos cirujanos habilitados en el país.• Para despachar los medicamentos con esta condición de venta, siempre se debe presentar la receta física en la farmacia, la cual debe estar firmada de puño y letra del médico cirujano.• Estos medicamentos no están autorizados para expenderse por medios electrónicos.• Todas las recetas cheques serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

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En el caso que el paciente compra en forma online el medicamento:• Se deberán cumplir todos los requisitos previamente establecidos para la venta presencial de este tipo de medicamentos (debido a que es una venta online, se entiende que el paciente solo presentará receta electrónica copia digitalizada de una receta física)• El expendio se hará previa comunicación de la receta a la farmacia, a través de la página web prevista para ello.• Respecto de la copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos, además de los requisitos señalados previamente, la farmacia verificará la correspondencia entre el soporte físico y la digitalización de este al momento de entregar el medicamento al paciente.

Medicamentos cuya condición de venta es Receta Retenida:• Las recetas retenidas tienen fecha de vencimiento: 30 días desde la emisión de la receta.• Solo pueden ser emitidas por los profesionales habilitados para ello.En el caso que el paciente acude físicamente a la farmacia:• Puede presentar una receta física o una receta médica electrónica con Firma Electrónica Avanzada.• Toda receta médica retenida, independiente de su formato, debe contener la siguiente información vigente (DS 466/84, art. 38, y la Resolución Exenta Nº 42/85, art. 1, del Ministerio de Salud): a) Individualización del profesional que la extiende, señalando su nombre, número de la cédula de identidad, profesión, domicilio y en su caso, el Número del Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, de la Superintendencia de Salud, indicado después de la siguiente sigla "REG-SIS Nº:”, en forma impresa o timbrada. b) Individualización del paciente, señalando su nombre, número cédula de identidad y domicilio. c) La prescripción, escrita o reproducida, en forma clara, legible y completa, debiendo contener: nombre del producto y su denominación común internacional si fuera distinta, dosis, forma farmacéutica y vía de administración; dosificación o posología, indicando el intervalo de administración y período de tratamiento. d) Cuando se trate de fórmulas magistrales los componentes deberán indicarse con su denominación común internacional o química no permitiéndose claves o abreviaturas. e) Cualquier otra indicación, cuando corresponda, que permita la correcta administración y adecuado tratamiento, así como el uso racional del medicamento prescrito. f) Fecha en que se extiende la receta. g) Firma del profesional: Firma electrónica Avanzada en el caso de las recetas electrónicas, o Firma manuscrita para el documento digital o papel. h) Toda receta deberá contener, en forma clara y visible a continuación de la firma del médico cirujano, la identificación de la imprenta donde se confeccionaron dichas recetas, indicándose su nombre, RUT, domicilio, teléfono y ciudad.• Si el paciente presenta una receta médica electrónica, se verificará que es un documento electrónico suscrito por un facultativo autorizado por el Código Sanitario, mediante firma electrónica avanzada, conforme lo dispuesto en la ley N° 19.799 (Código Sanitario, art. 101). El documento deberá indicar expresamente que tiene Firma Electrónica Avanzada.• Las recetas electrónicas serán impresas en las farmacias.• Al momento de su despacho, en todas estas recetas, independiente de su forma, el paciente deberá señalar su nombre, RUT, firma y fecha al dorso del papel impreso.• Independiente de su formato, todas estas recetas serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En el caso de las recetas electrónicas, el Químico Farmacéutico que la recibe deberá indicar en el dorso que fue impresa desde un medio electrónico.En el caso que el paciente compra en forma online el medicamento:• Se deberán cumplir todos los requisitos previamente establecidos para la venta presencial de este tipo de medicamentos. Sin embargo, debido a que es una venta online, se puede presentar una receta electrónica o una copia digitalizada de una receta física.• El expendio se hará previa comunicación de la receta a la farmacia, a través de la página web prevista para ello.

• Respecto a la copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos, además de los requisitos señalados previamente, la farmacia verificará la correspondencia entre el soporte físico y la digitalización de este al momento de entregar el medicamento al paciente.• En el caso que el paciente presente una copia digitalizada al momento de comprar en forma online, la receta física deberá entregarse al momento de la recepción del producto farmacéutico por parte del consumidor, señalando su nombre, RUT, firma y fecha al dorso del papel impreso.• Independiente de su formato, todas estas recetas serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. En el caso de las recetas electrónicas, el Químico Farmacéutico que la recibe deberá indicar en el dorso que fue impresa desde un medio electrónico.

Medicamentos cuya condición de venta es Receta Cheque:• Las recetas cheque tienen fecha de vencimiento: 30 días desde la emisión de la receta.• Solo pueden ser emitidas por médicos cirujanos habilitados en el país.• Para despachar los medicamentos con esta condición de venta, siempre se debe presentar la receta física en la farmacia, la cual debe estar firmada de puño y letra del médico cirujano.• Estos medicamentos no están autorizados para expenderse por medios electrónicos.• Todas las recetas cheques serán retenidas y archivadas en las farmacias, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.