norma 2015 grell gerente.pdf directiva fin de año

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016” LINEAMIENTOS FINALIZACIÓN AÑO ESCOLAR 2015: INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA PÚBLICAS Y PRIVADAS ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LA LIBERTAD DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP I. BASE LEGAL Constitución Política del Perú Ley N° 28044, Ley General de Educación Ley N° 26549, Ley de las Instituciones Educativas Privadas Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres SINAGERD y su Reglamento D. S. N° 048-2011-ED Ley N° 28340, Ley del Sistema de Información de Educación para el Trabajo Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D. S. N° 04-2014-ED. Ley 29973, Ley de la Persona con Discapacidad Decreto de Urgencia N° 004-2015-PCM, Medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño R.G.R. N° 004416-2015-GRLL-GGR/GRSE, Lineamientos de Acción ante los Riesgos del Fenómeno El Niño en II.EE DE LA Educación Básica, Técnico Productiva y Superior No Universitaria de la Región La Libertad R.G.R. N° 003866-2015-GRLL-GGR/GRSE, Intervención Pedagógica ante Dengue, Chikunguya y Fenómeno El Niño en la Región La Libertad R.G.R. N° 5138-2015-GRLL-GGR/GRSE, especificaciones sobre la intervención de las APAFA R.G.R. N° 5139-2015-GRLL-GGR/GRSE, sobre consumo de alcohol, cigarro u otras sustancias tóxicas para el organismo D.S. N°008-2006-ED, Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las II.EE Públicas D. S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación D. S. Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley 29394 R. M. N° 234-2005, Aprueban Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes en la EBR, Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes R. M. N° 0387-2005-ED, Modificación de la Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes R. M. N° 1225-85-ED, determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la Educación Secundaria EBR R. M. N° 440-2008-ED, Aprueba el Diseño Curricular Nacional de EBR R. M. N° 199-2015 - MINEDU, Modifican Parcialmente el Diseño Curricular Nacional de EBR R. M. N° 556-2014 - MINEDU, aprueba “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica” R. M. N° 276-2009-ED, Aprueban el Diseño Curricular Básico Nacional de EBA GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Presidencia Regional Gerencia Regional de Educación

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007-2016”

LINEAMIENTOS FINALIZACIÓN AÑO ESCOLAR 2015:

INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA PÚBLICAS Y PRIVADAS

ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN LA LIBERTAD

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

I. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley N° 28044, Ley General de Educación

Ley N° 26549, Ley de las Instituciones Educativas Privadas

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres SINAGERD y su

Reglamento D. S. N° 048-2011-ED

Ley N° 28340, Ley del Sistema de Información de Educación para el Trabajo

Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D. S. N° 04-2014-ED.

Ley 29973, Ley de la Persona con Discapacidad

Decreto de Urgencia N° 004-2015-PCM, Medidas para la ejecución de intervenciones ante el

período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño

R.G.R. N° 004416-2015-GRLL-GGR/GRSE, Lineamientos de Acción ante los Riesgos del

Fenómeno El Niño en II.EE DE LA Educación Básica, Técnico Productiva y Superior No

Universitaria de la Región La Libertad

R.G.R. N° 003866-2015-GRLL-GGR/GRSE, Intervención Pedagógica ante Dengue, Chikunguya y

Fenómeno El Niño en la Región La Libertad

R.G.R. N° 5138-2015-GRLL-GGR/GRSE, especificaciones sobre la intervención de las APAFA

R.G.R. N° 5139-2015-GRLL-GGR/GRSE, sobre consumo de alcohol, cigarro u otras sustancias

tóxicas para el organismo

D.S. N°008-2006-ED, Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo

Docente en las II.EE Públicas

D. S. N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación

D. S. Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley 29394

R. M. N° 234-2005, Aprueban Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes

en la EBR, Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes

R. M. N° 0387-2005-ED, Modificación de la Directiva N° 004-VMGP-2005-Evaluación de los

Aprendizajes

R. M. N° 1225-85-ED, determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos

promedios generales al concluir la Educación Secundaria EBR

R. M. N° 440-2008-ED, Aprueba el Diseño Curricular Nacional de EBR

R. M. N° 199-2015 - MINEDU, Modifican Parcialmente el Diseño Curricular Nacional de EBR

R. M. N° 556-2014 - MINEDU, aprueba “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año

Escolar 2015 en la Educación Básica”

R. M. N° 276-2009-ED, Aprueban el Diseño Curricular Básico Nacional de EBA

GOBIERNO

REGIONAL LA

LIBERTAD

Presidencia

Regional

Gerencia Regional de

Educación

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DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

2 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

Resolución Directoral No 0173-2008-ED Orientaciones para la Evaluación de los Aprendizajes

Ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado en Educación Básica Alternativa

Resolución Directoral N° 0209-2009-ED, Determinación de los cinco primeros puestos de

estudiantes que han obtenido los más altos calificativos al concluir el Ciclo Avanzado de

Educación Básica Alternativa ,para efectos de exoneración del Procedimiento de Admisión a la

Universidad o Institutos de Educación Superior Tecnológica

Resolución Directoral N° 0562-2010-ED, Evaluación de los Aprendizajes de Educación en la

Modalidad de Educación Básica Alternativa

Resolución Directoral N° 02664-2011-ED, Orientaciones para el llenado de los Certificados de

Estudios en el marco de Equivalencias de la EBR con la EBR y EDA

II. FINALIDAD

Normar y orientar los lineamientos para la finalización del Año Escolar 2015 de las Instituciones

Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica en su gestión pedagógica, institucional y

administrativa.

III. OBJETIVOS

3.1. Determinar los lineamientos que aseguren información ordenada y válida respecto al inicio,

desarrollo y finalización del Año Escolar 2015.

3.2. Precisar responsabilidades a nivel de GRELL, UGEL, e II.EE. garantizando el proceso de

finalización del Año Escolar 2015.

3.3. Determinar acciones pertinentes para la mejora de los aprendizajes en el Año Escolar 2016, a

partir de la información sistematizada a nivel de I.E., UGEL y GRELL relacionada a la gestión

escolar en concordancia de los INDICADORES DE GESTIÓN EDUCATIVA

establecidos por la Gerencia Regional de Educación para el periodo 2016 al 2018.

3.4. Garantizar que las acciones de modificación de la calendarización por el FEN no afecten el

cumplimiento de las horas efectivas y la preparación para el buen inicio del Año Escolar 2016.

3.5. Evaluar la gestión directiva y docente realizada en cada una de las II.EE., a fin de tomar

decisiones para mejorar la gestión escolar en favor del desarrollo educativo de la región La

Libertad.

IV. ALCANCE

4.1. Gerencia Regional de Educación La Libertad

4.2. Unidades de Gestión Educativa

4.3. Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica

V. RESPONSABLES

5.1. A nivel de Gerencia Regional de Educación. Recibe información consolidada a nivel de UGEL

presentando resultados oficiales a nivel regional.

Subgerencia de Gestión Pedagógica

Especialista de Educación Inicial

Especialista de Educación Primaria

Especialista de Educación Secundaria

Especialista de Educación Básica Especial

Especialista de Educación Básica Alternativa

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DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

3 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

5.2. A nivel de UGEL. Recibe información consolidada a nivel de II. EE. presentando resultados oficiales

a nivel territorial.

Área de Gestión Pedagógica

Especialista de Educación Inicial

Especialista de Educación Primaria

Especialista de Educación Secundaria

Especialista de Educación Básica Especial

Especialista de Educación Básica Alternativa

5.3. A nivel de II.EE. Sistematiza información institucional de manera ordenada, verificada y en el plazo

establecido enviando a la UGEL de su jurisdicción.

Director (a)

Subdirector (a)

Jefes / Coordinadores

Docentes

VI. DISPOSICIONES GENERALES

6.1. DEL TÉRMINO Y CLAUSURA DEL AÑO ESCOLAR 2015

6.1.1. Las actividades en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica

de la Región La Libertad, concluyen el 30 de noviembre de acuerdo a la

Recalendarización efectuada por el fenómeno El Niño y al cumplimiento de las horas

efectivas de trabajo pedagógico programado. R.G.R N° 004416-2015-GRLL-

GGR/GRSE

6.1.2. La clausura del Año Escolar 2015 se realizará posterior al 30 de noviembre, previa

presentación de la documentación requerida, con la asistencia de los docentes hasta

el 15 de diciembre del año en curso, de conformidad con la R.M. N°556-2014-

MINEDU, Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2015.

6.1.3. Los Directores/as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005139-2015-

GRLL-GGR/GRSE donde se prohíbe el consumo de alcohol, cigarrillos u otras

sustancias tóxicas para el organismo dentro de los locales escolares, quedando

prohibido organizar Fiestas de Promoción, reuniones de fin de año u otras

celebraciones donde se consuma lo indicado.

6.2. DE LA DOCUMENTACIÓN DE MATRÍCULA, ACTAS Y CERTIFICADOS

6.2.1. Las actas de evaluación tendrán como fecha de inicio el 9 de marzo y el cierre el día

de la clausura.

6.2.2. Después de haber generado las actas finales de evaluación, imprimir en forma física y

remitir a la UGEL (02 juegos) en formato SIAGIE, vía mesa de partes. Así mismo en

virtual a través del sistema SIAGIE (solo EBR). Las II.EE. Privadas lo harán adjuntando

un cuadro de registros de firmas de los docentes y copia R.D. del director y metas

de atención.

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DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

4 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

6.2.3. Las Actas de Evaluación de los estudiantes que culminaron el 2do.Grado de

Educación Secundaria, se entregará a la UGEL con los documentos, que acreditan los

10 primeros puestos en orden de mérito, a efectos de facilitar la postulación

voluntaria de los estudiantes a los Colegios de Alto Rendimiento.

6.2.4. Los Directores de las II.EE de la EBR, una vez remitidas a la UGEL las Actas Finales

de Evaluación mediante el uso del SIAGIE; deberán activar los controles del sistema

que indicará que el año lectivo ha sido cerrado, con la finalidad de declarar que los

registros de matrícula, asistencia y evaluaciones correspondientes al año lectivo 2015

son definitivos.

6.2.5. Los Directores (as) de las II.EE Públicas están prohibidos de retener documentación

de los estudiantes para efectos de traslado o matrícula.

6.2.6. Los Directores (as) de las II.EE Privadas están prohibidos de impedir, dificultar la

liberación de los estudiantes de Sistema Informático (SIAGIE). Tampoco se puede

retener documentos físicos como el DNI o el certificado de estudios para efectos de

traslado o matrícula, siempre y cuando los padres de familia se encuentren al día con

sus compromisos de pago.

6.2.7. Los Certificado Oficiales de Estudio son de expedición gratuita e inmediata para los

estudiantes de EBR, que concluyan el nivel Inicial, Primaria y Secundaria, en las II.EE.

de Gestión Pública; salvo se trate de la entrega de duplicados, por lo que tendrán

que cancelar, el costo de acuerdo al TUPA respectivo.

6.2.8. La UGEL garantizará la entrega oportuna de los formatos de certificados a cada una

de las Instituciones Educativas de su ámbito correspondiente, previa presentación de

las actas de evaluación.

6.2.9. Las Instituciones Educativas Públicas y Privadas están prohibidas de elaborar,

reimprimir, distribuir y comercializar documentos oficiales de evaluación.

6.2.10. En el caso de las actas de evaluación de los estudiantes que han culminado el Quinto

Grado de Educación Secundaria, éstas se priorizarán para su entrega oportuna, las

mismas que se entregarán con los documentos que acreditan los 10 primeros

puestos en orden de mérito obtenido a través del SIAGIE y los certificados

promocionales.

6.2.11. En las II.EE. Públicas y Privadas de la EBR, los responsables de firmar las Actas de

Evaluación en físico (formato SIAGIE) son los docentes que estuvieron a cargo del

Año Escolar 2015. No se aceptarán la firma de otro profesor y/o del Director. Los

Directores presentarán estas actas en físico a las UGEL. Otros formatos no tienen

validez.

6.3. DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA

Page 5: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

5 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

6.3.1. La promoción o repitencia en la EBR se rige a lo normado por la R.M. N° 0234-2005-

ED que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005-ED. La escala de calificación es

literal y descriptiva, de acuerdo a lo indicado en el cuadro siguiente, SIENDO DE

ESTRICTO CUMPLIMIENTO POR LAS II EE PUBLICAS Y PRIVADAS.

Educación Inicial

A

Logro Previsto

Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos

en el tiempo programado.

B

En Proceso

Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes

previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo

razonable para lograrlo.

C

En Inicio

Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes

previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos,

necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del

docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje.

Educación Primaria

AD

Logro Destacado

Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos,

demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas

las tareas propuestas.

A

Logro Previsto

Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos

en el tiempo programado.

B

En Proceso

Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes

previstos., para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo

razonable para lograrlo.

C

En Inicio

Cuando el estudiante está empezado a desarrollar los aprendizajes

previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos,

necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del

docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje.

6.3.2. Los requisitos para la promoción o repitencia de los estudiantes de Educación

Primaria son los siguientes:

a. Los estudiantes de Primer Grado son promovidos al grado superior de forma

automática.

b. Son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados obtienen

“A” en toda las área curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte

de las horas de libre disponibilidad.

c. También son promovidos de grado los estudiantes de 2°,3°y 4° grados obtienen

como mínimo ”A” en las área curriculares de Comunicación, Matemática y como

mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las

horas de libre disponibilidad.

Page 6: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

6 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

d. Son promovidos de grado los estudiantes de 5° y 6° Grados obtienen como

mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal

Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” e las otras áreas y talleres

curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

e. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°,3°,4°, 5° y 6° grados que

al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Matemática y

Comunicación.

f. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la

Evaluación de Recuperación no alcanza los calificativos requeridos tal como lo

dispone los incisos “c” y “d” del numeral 6.3.2

6.3.3. Respecto a la evaluación de los aprendizajes en Educación Secundaria, repiten el

grado de estudio los estudiantes que, al término del año escolar 2015 desaprueban

en cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que, fueron creadas

como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de

subsanación y cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la

evaluación de recuperación, desaprueban dos o más áreas curriculares, tal como lo

indica la RDN N° 0562-2010-ED.

6.3.4. El estudiante de Educación Secundaria que tiene hasta tres áreas curriculares

desaprobadas (incluida el área a cargo) a diciembre de 2015, puede seguir el

Programa de Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de

recuperación en el mes de enero o febrero de 2016.

6.3.5. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la

evaluación de recuperación en su I.E. de origen, lo rinden en otra, siempre y cuando

tengan obligatoriamente la autorización expedida por la Dirección de la Institución

Educativa de origen. Caso contrario, es nula toda evaluación sin esta autorización

(coordinación con SIAGIE).

6.3.6. La Dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el

Programa de Recuperación Pedagógica en el período vacacional y tendrá una

duración de 6 semanas efectivas, debiendo alcanzar a la UGEL: la R. D. de aprobación

del Plan de Trabajo detallando: monto de cuotas, Reglamento Interno, Reglamento

de Supervisión, hasta el 21 de diciembre de 2015 (no presentarlo, anula la acción). Es

necesario precisar que los directores deberán tener en cuenta el desarrollo del

Fenómeno El Niño para la ejecución del Programa de Recuperación Pedagógica.

6.3.7. Los Directores (as) de Educación Básica Alternativa tendrán en cuenta niveles

de logro de sus indicadores de evaluación, siendo éstos los que a continuación se

indica:

Ciclos Inicial e Intermedio

AD

Logro Destacado

El estudiante logra los aprendizajes previstos, a través de desempeños

muy satisfactorios en todas las actividades propuestas.

A

Logro Previsto

El estudiante evidencia el logro de los aprendizajes esperados.

B

En Proceso

El estudiante está en vía de lograr los aprendizajes esperados

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DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

7 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

C

En Inicio

El estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes esperados.

a. En los períodos parciales (mensual, bimestral o trimestral), la calificación se

realiza por áreas curriculares, de acuerdo a los niveles de logro desarrollados.

b. El nivel de logro del período promocional es el alcanzado en el último período

parcial.

En el ciclo avanzado

a. En los períodos parciales las calificaciones se realizan por áreas curriculares para

cada uno de sus componentes.

b. En los períodos parciales no se promedian las calificaciones de los

componentes.

c. Las calificaciones del periodo promocional en cada área es el obtenido en el

último periodo parcial.

d. La situación final del periodo promocional en cada área, se obtiene

promediando las calificaciones de los componentes, cuando sea 11 o más.

e. Si una de las calificaciones en los componentes del área curricular es 10 o

menos, no se promedia hasta que el estudiante logre los aprendizajes previstos

en el programa de recuperación o en la evaluación de recuperación, anotando

en el recuadro correspondiente RR (requiere recuperación)

6.3.8. Requisitos para la Promoción y Certificación en EBA

Promoción al Ciclo Inmediato Superior

Ciclo Inicial

a. El estudiante del Primer Grado que no logra las calificaciones “AD” o “A” en las

áreas de Matemática y/o Comunicación Integral, continúa en el Segundo Grado

desarrollando los aprendizajes aún no logrados de éstas áreas.

b. El estudiante es promovido al Ciclo Intermedio, si obtiene el Nivel de Logro

“AD” o “A” en las áreas de Matemática y Comunicación Integral.

Ciclo Intermedio

a. El estudiante que no logra las calificaciones “AD” o “A” en todas las áreas

curriculares del DCBN EBA; continua desarrollando los aprendizajes aún no

logrados en el grado.

b. El estudiante es promovido al Ciclo Avanzado, si obtiene el Nivel de Logro

“AD” o “A” en cada una de sus áreas.

Ciclo Avanzado

a. El estudiante que obtiene una calificación mínima de 11 en cada una de las áreas

curriculares, es promovido al grado inmediato superior.

b. El estudiante que obtiene una calificación de 10 a menos en una o más áreas

tiene la oportunidad de alcanzarlos en el periodo de recuperación o evaluación

de recuperación.

c. El estudiante que no logra los aprendizajes en el programa de recuperación y/o

evaluación de recuperación en una o dos áreas, es promovido al grado

inmediato superior, solicita evaluación de subsanación durante ese periodo

promocional.

Page 8: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

8 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

d. El estudiante que después del programa de recuperación y/o evaluación de

recuperación, continúa con aprendizajes no logrados en 3 o más áreas

permanece en el grado desarrollando solo los aprendizajes de las áreas no

superadas.

6.3.9. Programa de Recuperación Pedagógica y/o Evaluación de Recuperación y Subsanación

en EBA

a. El Programa de Recuperación Pedagógica es para estudiantes que por diversos

motivos no logran los aprendizajes previstos al finalizar un periodo o grado de

estudios.

b. El CEBA organiza Programas de Recuperación Pedagógica al finalizar cada

periodo y/o grado, en los Ciclos Inicial, Intermedio y Avanzado.

c. El Programa de Recuperación Pedagógica al finalizar cada periodo parcial tiene

una duración de una a dos semanas .Al finalizar cada grado tiene un mínimo de

cuatro semanas.

d. El Director de CEBA planifica, organiza, ejecuta y evalúa dicho programa antes

de inicio del siguiente periodo promocional.

e. Sólo los CEBA de gestión pública organizan Programas de Recuperación

Pedagógica al finalizar el periodo promocional. Los CEBA de gestión privada

coordinan con la UGEL correspondiente para determinar el CEBA de gestión

pública que aplicará dicho programa.

f. El estudiante que al finalizar el programa de recuperación pedagógica y/o

evaluación de recuperación, no logra los aprendizajes de una o dos áreas

curriculares, tiene la opción de utilizar la evaluación de subsanación durante el

periodo promocional siguiente.

g. El estudiante que al finalizar el 4º grado de ciclo avanzado, no alcanza los

aprendizajes esperados en una o más áreas curriculares, solicita evaluación de

recuperación en el mes siguiente de finalizado el periodo promocional. Si aún

continúa con aprendizajes no logrados, hasta un máximo de dos áreas solicita

evaluación de subsanación. En caso que no logre tres o más áreas permanece en

el grado.

6.4. DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL - CEBES

Las Directoras (es) de los Centros de Educación Básica Especial (EBE) Públicos y Privados

presentarán a la UGEL correspondiente, además de la documentación oficial solicita en la

presente Directiva, deberán adjuntar lo siguiente:

Informe de las acciones ejecutadas con las I.E inclusivas y el apoyo de la familia en el

proceso de inclusión del niño o de la niña con Necesidades Educativas Especiales.

Relación de estudiantes inclusivos que reciben asesoramiento del Equipo SAANEE

por I.E inclusiva.

Informe consolidado del trabajo pedagógico realizado con los estudiantes inclusivos

conteniendo las adaptaciones curriculares trabajadas por cada uno de los integrantes

del Equipo transdisciplinario (psicología, trabajo social, terapeutas del lenguaje, físico

y ocupacional)

Informe de las capacitaciones efectuadas a docentes inclusivos y padres de familia en

función de la NEE del niño y de la niña.

Cobertura de la población a atender en el año escolar 2016.

Page 9: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

9 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

6.5. DE LA ORGANIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2016

6.5.1. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas son responsables de la planificación y

organización del Año Escolar 2016 con la participación del personal jerárquico y

docente, acción que se ejecutará en la fecha comprendida del 01 al 15 de diciembre

del presente año.

6.5.2. La Gerencia Regional de Educación establecerá los indicadores de gestión a nivel

de Gerencia, Ugel e Institución Educativa para el periodo 2016- 2018, fortaleciendo

el Proyecto Educativo Regional y el Proyecto Educativo Local.

6.5.3. La Gerencia Regional de Educación demanda a las IIEE públicas y privadas gestionar

un servicio educativo con una visión de calidad, inclusión, identidad regional y

bienestar comunitario – personal.

6.5.4. Los directores (as) de II.EE Públicas y Privadas deberán presentar los siguientes

documentos: PEI, PCI, PAT, (correspondientes al Año Escolar 2016), Plan de Gestión

de Riesgo, Plan de Contingencia ante el fenómeno El Niño, en físico y virtual, en la

UGEL de su jurisdicción. Asimismo, presentarán el Plan de Trabajo de sus respectivas

Juntas Directivas de APAFA.

6.5.5. Presentar el Informe de Gestión Anual (IGA) 2015: indicando logros, dificultades,

alternativas de solución y sugerencias al 2016, considerando las acciones de

Monitoreo y Acompañamiento.

6.6. DE LA ASOCIACIÓN PADRES DE FAMILIA

6.6.1. Las Juntas Directivas de APAFA que no cuenten con la Constancia de Inscripción en

el Padrón de las APAFA de la UGEL carecen de legalidad para realizar alguna

actividad dentro de la I.E.

6.6.2. Las Juntas Directivas de APAFA establecen sus cuotas ordinarias de acuerdo a la

normatividad establecida, toda cuota extraordinaria deberá ser aprobada en

Asamblea contando con la firma del 50% más uno de los asociados según padrón

oficial. Deben presentar su Plan de Trabajo indicando el Plan de Inversiones.

6.6.3. Los Directores / as son responsables del cumplimiento de la R.G.R N° 005138-

2015-GRLL-GGR/GRSE quedando prohibido condicionar la matrícula al pago

anticipado de cuotas o colaboraciones.

6.7. DEL MATERIAL EDUCATIVO

6.7.1. El Comité de Recepción y Entrega de Textos Escolares, en coordinación con el

personal responsable de la biblioteca y/o designado por la Dirección de la Institución

Educativa, velarán por la devolución de los materiales educativos entregados a los

estudiantes en el presente año, teniendo en cuenta las normas establecidas, a fin de

asegurar el cuidado, conservación de los módulos de bibliotecas y de los materiales

bibliográficos, audiovisuales, informáticos disponibles. Solo para el sector público.

Page 10: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

10 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

6.8. DEL PROGRAMA LOCALES ESCOLARES SEGUROS

6.8.1. Los directores (as) de II.EE públicas ejecutan el Programa Locales Escolares

Seguros ante el FEN estableciendo estrategias y acciones de conservación y

seguridad de los materiales, equipos y mobiliario en lugares seguros a fin de

garantizar su buen estado para el año siguiente. Presentan a la Ugel su

Programa e informe de acciones realizadas.

6.9. DEL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOCALES ESCOLARES 2015 – 2016

6.9.1. Los directores (as) de II.EE Públicas deben contar con su constancia de haber usado

eficientemente los recursos brindados por el estado para el mantenimiento de los

locales escolares, tramo I, en el año 2015. Esta Constancia será expedida por la

UGEL respectiva.

6.10. DEL DÍA DEL LOGRO

6.10.1. Los Directores de las IIEE públicas y privadas presentan el informe y evidencias del

Día del Logro desarrollados hasta el 30 de noviembre del 2015.

6.11. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A SER PRESENTADOS

6.11.1. Los directores y docentes de EBR , EBE y EBA, de las I.E Públicas y Privadas

presentarán, en lo que le compete, a los Directores, Sub Directores y UGEL, según

sea el caso, los documentos enmarcados en los ocho Compromisos de Gestión

Escolar, que aseguren el progreso en los aprendizajes de los estudiantes, antes de la

clausura del año escolar 2015 programada por cada una de las Instituciones

Educativas Públicas y Privadas, de acuerdo al cuadro siguiente:

COMPROMISOS DE GESTIÓN DOCUMENTOS A PRESENTAR

1 Progreso anual de los Aprendizajes de

todas y todos los Estudiantes.

Consolidado del Progreso Anual de los

Aprendizajes de los Estudiantes en todas las

Áreas Curriculares según el aplicativo MINEDU-

II EE públicos

Las IIEE privadas presentan el informe del

progreso anual de los aprendizajes de todas y

todos sus estudiantes a partir de cuadros

comparativos

Reporte Consolidado de la aplicación del 1er,

2do, y 3er. Kit de Evaluación (solo 2° grado de

primaria de I.E públicas)

2 Retención Anual e Interanual de

estudiantes

Cuadro estadístico consolidado de Retención

Anual e interanual de estudiantes(N° de

estudiantes matriculados, promovidos requieren

recuperación, repiten el grado, retirados) (Usar

aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas

3 Cumplimiento de la Calendarización

Planificada por las Instituciones

Educativas Públicas y Privadas.

Cuadro consolidado de Horas efectivas de clase

según lo planificado en la calendarización (Usar

aplicativo MINEDU). Para IIEE públicas y privadas

Informe consolidado de horas recuperadas (si

fuera el caso).

4 Uso pedagógico del tiempo durante las

Sesiones de Aprendizaje en las

% consolidado de ejecución de las sesiones de

aprendizaje planificadas en la Programación

Page 11: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

11 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

Instituciones Educativas Públicas.

Curricular Anual. (Usar aplicativo MINEDU) solo

IIEE públicos

5 Uso de Herramientas Pedagógicas por

los Profesores durante las Sesiones de

Aprendizaje en Instituciones Educativas

Públicas.

Matriz consolidada de uso de las Rutas de

Aprendizaje durante la Programación Curricular

identificando logros, dificultades y sugerencias

(Usar aplicativo MINEDU) solo IIEE públicos

Docentes que no cuentan con Rutas del

Aprendizaje elaboran la matriz en función del

DCN.

6 Uso de Materiales y Recursos Educativos

durante la Sesión de Aprendizaje en

Instituciones Educativas Públicas.

Informe consolidado del uso de materiales y

recursos educativos durante el desarrollo de las

sesiones de aprendizaje identificando logros,

dificultades y sugerencias. Para IIEE públicas y

privadas

Inventario de bienes y materiales educativos

entregados por el MINEDU y UGEL o

adquiridos por la I.E (Usar aplicativo MINEDU)

Solo IIEE públicas

7 Gestión del Clima Escolar en

Instituciones Educativas Públicas y

Privadas.

Informe consolidado de Tutoría, trabajo con

padres de familia. (Usar aplicativo MINEDU)

Reporte de casos al SISEVE

8 Implementación del Plan Anual de

Trabajo en Instituciones Educativas

públicas y privadas

Informe consolidado de Actividades

programadas, implementadas, ejecutas y

evaluadas en el PAT (Usar aplicativo MINEDU)

Las IIEE presentan informe adecuando al

aplicativo MINEDU según su organización

institucional.

6.11.2. Los Directores (as) de las I.E Públicas y Privadas de Educación Básica (EBR,

EBE y EBA) presentarán además los documentos que validen la gestión

escolar en forma virtual y en físico:

Informe de las acciones de supervisión, monitoreo y acompañamiento

pedagógico, enfocado en el cumplimiento de los Compromisos de

Gestión 4,5, y 6.

Relación de estudiantes que son atendidos en la I.E con inclusión escolar.

Informe por la Movilización Nacional de la transformación de la

educación

Campaña por el Buen Inicio del Año Escolar

La Escuela que Queremos

Balance del Año Escolar y Responsabilidades por los Resultados.

Reporte de las acciones desarrolladas en el PNAE QALI WARMA

(según sea el caso).

6.11.3. Las Directoras o Docentes Coordinadoras (es) de PRONOEI Públicos y

Privados presentarán a la UGEL correspondiente, además de la

documentación contenida en el numeral 7.3 de la presente norma, los

documentos que validen la gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo

estos los que a continuación se indica:

Planificación Curricular Anual para el 2016.

Relación de locales donde funcionarán el año 2016 con sus

correspondientes Actas firmadas y aceptadas por los dirigentes

comunales o aliados.

Relación de promotoras evaluadas y ratificadas para el año 2016

Relación de I.E o local comunal donde se custodia el material de trabajo

6.11.4. Las Docentes Coordinadoras (es) de CRAEI Públicos presentarán a la UGEL

correspondiente, además de la documentación contenida en el numeral 7.3 de

la presente norma, en los que les compete, los documentos que validen la

Page 12: Norma 2015 grell gerente.pdf   directiva fin de año

DIRECTIVA 020–2015-GRLL-GGR/GRSE-SGGP

12 Instituciones Educativas de Educación Básica Públicas y Privadas

gestión escolar en forma virtual y en físico, siendo estos los que a

continuación se indica:

Informe de las acciones de capacitación desarrolladas durante el año

2015 señalando logros, dificultades y sugerencias

Metas de beneficiarios sobre la elaboración de material educativo con

docentes y directores de I.E

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

8.1. Las Instituciones Educativas Privadas, en concordancia con la ley de Instituciones Educativas

Privadas, están facultadas para incorporar sus procedimientos y métodos de Evaluación. Sin

embargo la Directiva N° 004-VMGP-2005, aprobado por la R.M. N° 0234-2005-ED

“Evaluación de los Aprendizajes en la Educación Básica Regular”, son aplicables en lo siguiente:

a. Certificado Oficial de Estudios.

b. Actas de Evaluación (SIAGIE)

c. La Promoción y repitencia de grado.

8.2. Los docentes de las II.EE. públicos deberán presentar los documentos solicitados por la

Dirección de la I.E. de culminación del año escolar 2015 y los documentos pedagógicos para el

año 2016.

8.3. La documentación de Finalización del Año Escolar 2015 será presentada en las Oficinas de

Trámite Documentario de cada una de las UGEL del ámbito jurisdiccional de la GRELL.

8.4. La Oficina de Control Institucional GRELL y de las UGEL velarán por el cumplimiento de la

presente norma, asegurando su cumplimiento.

8.5. Los casos no contemplados en la presente norma será absuelto por la Sub Gerencia de

Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación La Libertad.

Trujillo, 23 de noviembre del 2015

RMMR/G-GRSE-LL

OWPF/SGGP

PAVT/EE