rd 031-2014 procedimientos traslado de saldos rr.dd (07 y 18) a la cut

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  • Alcances a la R.D. N 031-2014-EF/52.03

    Viceministerio

    de Hacienda

    Ministerio

    de Economa y Finanzas PER

    1

  • Traslado de saldos disponibles RDR a la CUT

    Los saldos disponibles RDR que las Unidades Ejecutoras (UEs) del GN y GR mantengan al 30.04.2014 en Cuentas Centrales RDR o cuentas adicionales, se trasladan a la CUT.

    El traslado de los saldos se efecta del 15 de mayo al 15 de agosto, como mximo, en cuatro cuotas mensuales del 25% del total del saldo, o segn resulte necesario para atender sus obligaciones.

    Los saldos disponibles son recursos establecidos por las Unidades Ejecutoras para su utilizacin en la ejecucin del gasto pblico con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

    2

  • Traslado de la recaudacin RDR a la CUT

    El flujo de RDR que las UEs del GN y GR recauden se trasladan a la CUT inmediatamente despus de establecerse su disponibilidad para la ejecucin del gasto pblico.

    Para ello se efecta el anlisis, liquidacin y/o consolidacin de los fondos captados, en base a criterios tcnicos u operativos que consideren las caractersticas propias de la recaudacin y las competencias institucionales.

    El traslado a la CUT de recursos provenientes de entidades distintas al Banco de la Nacin (BN) se efecta con Cheque de Gerencia.

    3

  • Traslado de Recursos Determinados a la CUT

    Los saldos de RD (Canon y Sobrecanon, regalas, Rentas de Aduana, Participaciones y FONCOMUN) que las UEs y Municipalidades mantengan en las Cuentas Centrales RD se trasladan a la CUT hasta el 30.05.2014.

    La DGETP generar la Asignacin Financiera por los montos acreditados en la CUT provenientes de dicho traslado.

    La DGETP dispondr el cierre de cuentas en el BN, distintas de la Cuenta Central RD, que mantengan saldos por dichos conceptos disponiendo su traslado a la CUT.

    Los RD comprometidos para la atencin de obligaciones con el BN, financiamientos temporales o los comprometidos por norma legal expresa se mantienen en la Cuenta Central RD.

    4

  • Para fines del registro: Fases : Compromiso Rubro 18 - T/R 1 al 9 Devengado Rubro 7 - T/R 2 T/R 1 Giro Determinado Rubro 18 - T/R Y Recaudado Rubro 7 - T/R 3 Tipo de Operacin: Y/G Concepto de Depsito (Determinado) 584

    5

    Traslado de Recursos Determinados a la CUT

  • Transferencias financieras a Centros Poblados

    Si las transferencias mensuales son menores al 25% de la UIT, las Municipalidades emiten cheques o giros bancarios a nombre del Alcalde del Municipio de Centro Poblado para ser administrados bajo la modalidad de Caja Chica.

    Los montos mayores al 25% de la UIT se transfieren mediante TF, para lo cual la DGETP apertura las respectivas cuentas bancarias.

    La Municipalidad Provincial o Distrital aprueba una Directiva que establezca los lineamientos para la utilizacin de los recursos, indistintamente de su modalidad de entrega.

    6

  • Pago a proveedores del Estado por Municipios

    Si las transferencias mensuales son menores al 25% de la UIT, las Municipalidades emiten cheques o giros bancarios a nombre del Alcalde del Municipio de Centro Poblado para ser administrados bajo la modalidad de Caja Chica.

    Los montos mayores al 25% de la UIT se transfieren mediante TF, para lo cual la DGETP apertura las respectivas cuentas bancarias.

    La Municipalidad Provincial o Distrital aprueba una Directiva que establezca los lineamientos para la utilizacin de los recursos, indistintamente de su modalidad de entrega.

    7

  • Designacin de responsables de cuentas

    Los titulares y suplentes de cuentas bancarias de las UEs y Municipalidades son designados mediante Resolucin del Titular del Pliego o del funcionario delegado expresamente.

    Designacin de responsables en :

    Municip. Centro Poblado: Resolucin de Alcalda del MCP

    IVP: Resolucin de Presidencia del IVP

    Mancomunidad Municipal: Resolucin de Gerente General

    Mancomunidad Regional: Resolucin de Titular del Pliego

    EPSs en SIAF-SP: Resolucin del Gerente General

    Responsables de cuentas de Encargos en UOs se designan mediante Resolucin del OGA o quien haga sus veces en UE.

    8

  • Acreditacin de responsables ante la DGETP

    A partir del 01.07.2014, previo a la emisin de la Resolucin de designacin de responsables, se les acreditar:

    Registro de datos de los responsables, a travs del SIAF-SP:

    1 En el Mdulo de Registro de Planillas del SP (MCPP)

    2 En el Mdulo Administrativo - Responsables.

    Registro en el Mdulo Administrativo - Responsables debe encontrarse en estado V para emitir Reporte Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias.

    El Reporte se aprueba expresamente por la Resolucin de designacin, por lo que consigna el respectivo nmero de Resolucin y es suscrito por quien efecta la designacin.

    9

  • Acreditacin de responsables ante la DGETP

    La UE o Municipalidad remite a la DGETP la transcripcin o copia de la Resolucin fedateada y, de ser el caso, copia del documento por el cual el Titular facult a otro funcionario a efectuar la designacin de responsables.

    La DGETP procesa y transmite, a travs del SIAF-SP, el registro al BN (registro en estado A).

    10

  • Sustitucin de responsables de cuentas

    Previo al trmite en el BN, la DGETP autoriza la sustitucin de titulares o suplentes de cuentas de UEs y Municipalidades:

    Designacin de nuevos responsables mediante Resolucin.

    Registro de inactivacin o modificacin de responsables, cuyo procesamiento por la DGETP implicar registro en V.

    Registro de datos de nuevos responsables, a travs del SIAF:

    1 Mdulo de Registro de Planillas del SP (MCPP)

    2 Mdulo Administrativo - Responsables

    Registro en el Mdulo Administrativo Responsables, de nuevos responsables y de la inactivacin o modificacin respectiva, debe encontrarse en V para emitir Reporte Anexo de Responsables del Manejo de Cuentas Bancarias .

    11

  • Sustitucin de responsables de cuentas

    El Reporte se aprueba expresamente por la Resolucin de designacin, por lo que consigna el respectivo nmero de Resolucin y es suscrito por quien efecta la designacin.

    La UE o Municipalidad remite a la DGETP la transcripcin o copia de la Resolucin fedateada y, de ser el caso, copia del documento por el cual el Titular facult a otro funcionario a efectuar la designacin de responsables.

    La DGETP procesa y transmite, a travs del SIAF-SP, el registro al BN (registro en estado A).

    12

  • Modificaciones a la RD N 053-2013-EF/52.03

    13

    ANTES AHORA

    Artculo 2.- Requisitos para gestionar Financiamiento Temporal 2.1 Son requisitos indispensables para la gestin del Financiamiento Temporal: a) Contar con el correspondiente Compromiso Anual con cargo a la fuente de financiamiento materia del descalce estacional y el informe del jefe de la Oficina de Presupuesto o del funcionario quien haga sus veces en la Entidad, en el que debe constar el mencionado Compromiso.

    Artculo 2.- Requisitos para gestionar Financiamiento Temporal 2.1 Son requisitos indispensables para la gestin del Financiamiento Temporal: a) Contar con el correspondiente Crdito Presupuestario en la fuente de financiamiento materia del descalce estacional as como con la respectiva Certificacin del Crdito Presupuestario y el informe del jefe de la Oficina de Presupuesto o del funcionario quien haga sus veces en la Entidad, en el que debe constar la mencionada Certificacin.

  • Modificaciones a la RD N 053-2013-EF/52.03

    14

    ANTES AHORA

    Artculo 3.- Del desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal 3.1 El desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal se realiza a travs de una cuenta ordinaria que para el efecto se abra en el Banco de la Nacin u otra entidad del Sistema Financiero Nacional, de acuerdo a los trminos y condiciones que dichas entidades financieras establezcan.

    Artculo 3.- Del desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal 3.1 El desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal se realiza a travs de la cuenta bancaria de la fuente de financiamiento que es materia del Financiamiento Temporal, sea en el Banco de la Nacin u otra entidad del Sistema Financiero Nacional. En el caso de las fuentes de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados centralizados en la Cuenta nica del Tesoro Pblico, dicho desembolso se realiza en la Cuenta Central RDR y Cuenta Central Recursos Determinados, respectivamente.

  • Modificaciones a la RD N 053-2013-EF/52.03

    15

    ANTES AHORA

    Artculo 3.- Del desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal 3.2 Dicho desembolso forma parte integrante del flujo de los ingresos del respectivo Presupuesto Institucional, y se registra en la misma fuente de financiamiento y el mismo Clasificador del Ingreso materia del Financiamiento Temporal, en base a la documentacin sustentatoria correspondiente.

    Artculo 3.- Del desembolso de los recursos del Financiamiento Temporal 3.2 Dicho desembolso forma parte integrante del flujo de los ingresos del respectivo Presupuesto Institucional, y se registra en la misma fuente de financiamiento y el mismo Clasificador del Ingreso materia del Financiamiento Temporal, en base a la documentacin sustentatoria correspondiente, utilizando el Tipo de Operacin Desembolso del Financiamiento Temporal-Ingreso (FD) y el Tipo de Recurso vinculado con la cuenta en la que se recepciona el desembolso, del SIAF-SP.

  • Modificaciones a la RD N 053-2013-EF/52.03

    16

    ANTES AHORA

    Artculo 5.- Reembolso del Financiamiento Temporal 5.1 El reembolso del Financiamiento Temporal se realiza con cargo a la efectiva percepcin de los fondos de la fuente de financiamiento materia de dicho financiamiento y su registro es financiero y contable.

    Artculo 5.- Reembolso del Financiamiento Temporal 5.1 El reembolso del Financiamiento Temporal se realiza con cargo a la efectiva percepcin de los fondos de la fuente de financiamiento materia de dicho financiamiento. Su registro es financiero y contable, para cuyo efecto se utiliza el Tipo de Operacin Efectiva Percepcin y Reembolso del Financiamiento Temporal (FT), del SIAF-SP.

  • Muchas gracias.

    Viceministerio

    de Hacienda

    Ministerio

    de Economa y Finanzas PER

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