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R E P ÚB LICA DEL PERÚ JUDICIAL RÓNICA C CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE PRESIDENTA: MG. ANA ELIZABETH SALÉS DEL CASTILLO N° 5552 Chiclayo, viernes 18 de marzo del 2016

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Page 1: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

REPÚBLICA DEL PERÚ

JUDICIALRÓNICA C

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE PRESIDENTA: MG. ANA ELIZABETH SALÉS DEL CASTILLO

N° 5

552

Chiclayo, viernes 18 de marzo del 2016

Page 2: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 20162 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA

Telf: 481030 - 239182

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE

BIEN INMUEBLEExpediente N° 02488-2013-0-1706-JP-CI-01, en los Autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A contra BALTAZAR BRAVO CISNEROS, CESAR AUGUSTO BRAVO SANDO-VAL Y MARIA YSABEL SANDOVAL DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DEDINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Juez Dr. JUAN FRANCIS-CO GARCIA MAYORGA, Especialista Legal Dra. MARIA TERESA FARRO UCEDA, Ha Dispuesto sacar a REMA-TE PUBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA, El BienINMUEBLE Siguiente:1.- Inmueble constituido y Ubicado en la Mz 20 Lote 5 del Pueblo Tradicio-nal Tucume, del Distrito de Tucume, Provincia y Departamento de Lamba-yeque, cuyo Dominio, área, Linderos, Medidas Perimétricas y demás carac-terísticas obran Inscrita en la Partida Electrónica No P10053321 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de S/. 334,656.82. NUEVOS SOLES.BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que Asciende a la Suma de S/. 223,104.55. NUEVOS SOLES.AFECTACIONES: Bien Inmueble tiene las siguientes afectaciones:1.- HIPOTECA: Constituida hasta por la suma de US$ 31,296.00 Dólares Americanos a favor de CAJA MUNI-CIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A, inscrita en el Asiento N° 00004, el 01-06-2007.2.- EMBARGO: Constituido hasta por la suma de S/. 15,000.00 Nuevos Soles a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A, inscrita en el Asiento N° 00006, el 19-09-2013.FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será Rematado el Día 21 de Abril del Año 2016, a Horas 10:30 am. y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Publico Rudy Oscar Ramos Romani, Registro Nacional No 317. Telf. (01)6646975 - RPM #945537061 - RPC 991596439. C.E. [email protected] DE REMATE: El Bien Inmue-ble se rematara en la Sala de Rema-tes, sito en la calle San Jose N° 1052 - 2do Piso (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque) - Distrito y Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Oblaran el 10% del Valor de la Tasación del bien a rema-tarse, mediante deposito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nom-bre y presentaran el arancel judicial para participar en Remate, su DNI en Original, suscribiendo dicho arancel, con el Número de Expediente, Juzga-do y Generales de Ley EN FORMA LEGIBLE.Los Honorarios del Martillero Publico

más el IGV se cancelaran al Finalizar el Remate y será por cuenta del Adju-dicatario. Chiclayo, 13 de Enero del 2016

RUDY OSCAR RAMOS ROMANIMARTILLERO PÚBLICO

REG. 317MARIA TERESA FARRO UCEDA

SECRETARIA JUDICIALPRIMER JUZGADO DE PAZ

LETRADO CIVILPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5204171F/ 923S/. 54.0017, 18, 21, 22, 23, 28 Marzo

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA PÚBLICA

En el Expediente N° 1152-2014-0-1706-JR-CO-08, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDI-TO DE TRUJILLO S.A., contra ALDO ELIAS BERNABE MONJA; sobre EJE-CUCION DE GARANTIAS REALES, el señor Juez, del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado Comercial de Chiclayo, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, con intervención de la Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los Artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el reglamento de la ley del Martillero Publico, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha faculta-do a la Martillero Publico Norma Reve-ca Rojas Alania, con Registro N° 286, para ejercer el cargo a Nivel Nacional; señale fecha para llevar a cabo la diligencia de remate del predio con U.C.N°113446, Predio Santa Maria, Valle Chancay Lambayeque, Sector Marcelo-Tabacal, ubicado en el distrito de Tucume, provincia y departamento de Lambayeque, cuya área, linderos y medidas perimétricas corren inscritas en la Partida Electrónica N° 11126912 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo.CARGAS Y GRAVAMENES:1. HIPOTECA: Inscrita a favor de la entidad ejecutante ejecutante hasta por la suma de US$12,000.00 (Doce mil y 00/100 dólares americanos), la misma que obra inscrita en el asiento D0002 de la Partida Electrónica N° 11126912 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo.2. TASACION COMERCIAL: S/. 50,150.00 (Cincuenta mil ciento cin-cuenta y 00/100 nuevos soles).3. BASE DEL REMATE: S/. 33,433.33 (TREINTA Y TRES MIL CUATRO-CIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 NUEVOS SOLES), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación comercial, por tratarse de pri-mera subasta.4. DIA Y HORA DEL REMATE: 28 de ABRIL de 2016 a horas 11.30 AM5. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates de la Corte Superior de Justi-cia de Lambayeque, sito en la calle San José N° 1052 de la ciudad de Chiclayo (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque).6.- LOS POSTORES: Depositaran el 10% del valor de la tasación menciona-da en efectivo o en Cheque de Geren-cia, es decir la suma de S/. 5,015.00 (Cinco mil quince y 00/100 nuevos soles), y presentaran la tasa judicial por derecho de participación de remate de bien inmueble: Código Banco de la Nación N° 7153, indicando N° de Expediente, documento de identidad y

N° Juzgado.7.- HONORARIOS: El adjudicatario pagara los Honorarios del martillero de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS.Chiclayo, 22 de enero de 2016

NORMA ROJAS ALANIAMARTILLERAREG. N° 286CAROLINA

PORTOCARRERO ESTELASECRETARIA JUDICIAL

8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5204173 F/ 924S/. 48.0017, 18, 21, 22, 23, 28 Marzo

TERCER REMATE PÚBLICOExp. N° 2932-2011, seguido por EDPYME ALTERNATIVA con Isabel Ignacio Palomino, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el PRIMER JUZ-GADO DE PAZ LETRADO CIVIL DE CHICLAYO a cargo del señor Juez Dr. JUAN FRANCISCO GARCIA MAYOR-GA y Especialista Legal Dr. TONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA, a dispuesto sacar a Remate Publi-co en TERCERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Manzana B-37, Lote 04, Zona 02, Programa Juan Tomis Stack, .Segunda Etapa, Distrito de San José, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos. Medidas perimétricas y dominio corren inscritos con Código de Predio P10044688 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral de Chiclayo.AFECTACIONES: a) HIPOTECA, a favor de UTE-FONAVI-ENACE por S/. 3,547.85, As. 00006 del Código de Predio P10044688; b) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, ordenado por el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo hasta por S/. 8,000.00 a favor de EDPYME ALTERNATIVA en los seguidos en el Exp. N° 2011-2932, con Isabel Ignacio Palomino sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, As. 00007 del Código de Predio P10044688; c) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION dispuesto por el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo a favor de CREDISCO-TIA FINANCIERA SA hasta por S/. 10,369.60, As. 00008 del Código de Predio P10044688. TASACION: US$ 6,381.04 (Seis mil trescientos ochenta y uno con 04/100 dólares americanos. BASE DEL REMATE: US$ 3,073.54 (Tres mil setenta y tres con 54/100 dólares americanos) equivalente a las dos terceras partes de la Tasación con la deducción de dos veces 15% de Ley.DIA Y HORA DEL REMATE: 13 de abril de 2016 a las 12:00 horas.LUGAR DEL REMATE: Sala de Rema-tes ubicada en la Calle San Jose N° 1052-1070, Distrito y Provincia de Chi-clayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.Martillero Público que se encargara de realizar el Remate Publico: Rodolfo Reátegui Herrera. POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la Tasación en efectivo o en che-que de gerencia girado a su nombre; presentaran documento de identidad (copia y original); Tasa Judicial (ori-ginal y copia firmados) donde conste el número del Juzgado, expediente y

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLES

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3Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

documento de identidad. El adjudicata-rio pagara los honorarios del Martillero Público que están afectos al IGV.Chiclayo, 13 de enero de 2016

RODOLFO REATEGUI HERRERAABOGADO

MARTILLERO PÚBLICOREG. N° 123

YONNY LLAMOCTANTA ATALAYASECRETARIO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5201522F/ 909S/. 24.0017, 18, 21 Marzo

TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

(Exp. N° 3671-2010)En los autos seguidos por EDPYME RAIZ S.A. contra DAVID JUAREZ ALARCON, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 3671-2010, el Primer Juzgado de Paz Letra-do Civil de Chiclayo, a cargo del Señor Juez Dr. Juan Garcia Mayorga, Secre-tario Judicial Dr. Victor Arbulú Nora-buena, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVO-CATORIA, efectuado por el Martille-ro Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien Ilevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso de remate, del Inmueble ubi-cado en: Manzana M, Lote 16 (Pueblo Joven Santa Isabel con frente a la calle San Miguel), Distrito Olmos, Provincia y Departamento de Lambayeque, con área, linderos y medidas perimétri-cas que corre inscrito en la Partida Electrónica N° P10112397, siendo su antecedente registral N° P10112168 del Registro de propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral N° II. Sede Chiclayo.VALOR DE TASACION: S/. 13,442.00 (TRECE MIL CUATROSCIENTOS CUARENTIDOS y 00/100 SOLES).BASE DEL REMATE: S/. 6,474.56 (SEIS MIL CUATROSCIENTOS SETENTICUATRO y 56/100 SOLES), equivalente 2/3 partes del valor de tasación, menos dos veces el 15% por tratarse de Tercera Convocatoria.AFECTACIONES VIGENTES: 1).- EMBARGO EN FORMA DE INS-CRIPCION, As. 00004, solicitada por EDPYME RAIZ S.A., hasta por la suma de S/. 13,000.00. (TRECE MIL Y 00/100 SOLES).DIA Y HORA DEL REMATE 29 de Marzo 2016 a las 12:10 pm.LUGAR DEL REMATE En la Sala de Remates, ubicado en Calle San Jose N° 1052, (sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque), Distrito y Provincia de Chiclayo, Depar-tamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de Tasación en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presen-taran su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se con-signara el N° de Exp., Juzgado e identificación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Marti-llero es por cuenta del, adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Martillero Publico Reg. N° 205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio Telf. 988643628.Chiclayo, 11 de Enero 2016.

ORLANDO ROCA C.MARTILLERO PÚBLICO

REG. NAC. N° 205DR. VICTOR M.

ARBULÚ NORABUENASECRETARIO JUDICIAL

1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5204175F/ 925S/. 22.5017, 18, 21 Marzo

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

(Exp. N° 252-2015) En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDI-TO DE PIURA S.A.C. contra NORBIN BECERRA BRAVO y OLGA ELENA MORALES AGUINAGA, sobre Ejecu-ción de Garantías, Expediente 252-2015-0, el Segundo Juzgado Civil de Jaén, a cargo o Señor Juez Dr. Rudecindo Jose Damian Sandoval; Secretaria Judicial Dra Leidi Yani-na Oliva Diaz, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA efectuado por el Martillero Publico Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo el acto de remate, basado en el Código Procesal Civil, artículos 736, 737 y demás inherentes al proceso dc rema-te, del siguiente Inmueble ubicado en: Calle Huamantanga S/N, Manzana A, Lote 11, Asentamiento Humano Fila Alta, Sector I, Distrito y Provincia Jaén, Departamento Cajamarca, con área terreno de 535.76 M2. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en su partida electrónica N° 11037268, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaen.VALOR DE TASACION: US$ 52,500.00 (CINCUENTIDOS MIL QUI-NIENTOS y 00/100 DOLARES AME-RICANOS).BASE DEL REMATE: US$ 35,000.00 (TREINTICINCO MIL y 00/100 DOLA-RES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes del valor tasación.AFECTACIONES VIGENTES: 1).- HIPOTECA, As. D00002, a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C., hasta por la suma de US$ 52,500.00 (CINCUEN-TIDOS MIL QUINIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Marzo 2016 a las 10:00 am de la mañana.LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates ubicada en la Calle Maris-cal Castilla N° 490, Jaén Cajamarca, (Segundo Piso Oficina de adminis-tración).LOS POSTORES: Oblaran no menos del 10% del valor de Tasación de cada inmueble en efectivo y/o en cheque de gerencia (no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentaran su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI), donde se consignara el N° de Expediente. Juzgado e identifi-cación del postor, suscribiendo dicho arancel. La comisión del Martillero es por cuenta del adjudicatario de con-formidad con el artículo 732 del CPC. Ley de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al IGV. Jaen 25 de Enero 2016. Martillero Publico Reg. N° 205 Roca Cuzcano. Orlando Florencio. Cel. 988-643628.

ORLANDO ROCA C.MARTILLERO PÚBLICO

REG. NAC. N° 205LEIDI OLIVA DIAZ

SECRETARIA JUDICIAL2° JUZGADO CIVIL – JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

P/F/S/. 47.5016, 17, 18, 21, 22, 23 Marzo

REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA

En los seguidos por BANCO DE CRE-DITO DEL PERU contra D’COMPUTO S.A.C., sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00273-2014-0-1706-JR-CO-08, con la inter-vención de los acreedores no ejecu-tantes: SCOTIABANK PERÚ S.A.A. y EXPORTADORA IMPORTADORA IGARASHI ASCENCIO S.R.L, el 8° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, Juez Dr. San-dro Omar Aguilar Gaitán, Secretaria Judicial Betty del Socorro Varias Cés-pedes, ha facultado a Jhimy Frank Moncada Horna, martillero público con

Reg. N° 296, realizar el Primer Rema-te Público de los siguientes bienes: A.- Inmueble sito en calle Manuel Maria Izaga N° 542, Unidad 100, Edif. Pis./Ref. Mz. 146, Lote 4 del Pueblo Tradicional Cercado de Chiclayo, dis-trito y provincia de Chiclayo, depar-tamento de Lambayeque, inscrito en Partida N° P10135723 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chi-clayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 146,432.12 (Ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos treinta y dos y 12 /100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 97,621.41 (Noventa y siete mil seiscientos veintiuno y 41/100 dólares americanos) equivalente a las dos ter-ceras partes de su valorización. AFEC-TACIONES: En Partida N° P10135723 están vigentes: 1) HIPOTECA a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU hasta por la suma de US$ 101,001.12 dólares americanos, As. 00007; 2) RECTIFICACION DE HIPOTECA, se procede a rectificar el As. 00007 que antecede en la presente partida a fin de consignar que el deudor de la hipo-teca inscrita en el mencionado asiento es D’COMPUTO S.A.C. y no como se ha consignado, As. 00008; 3) EMBAR-GO en forma de inscripción a favor de EXPORTADORA IMPORTADORA IGARASHI ASCENCIO S.R.L. hasta por la suma de S/.10,000.00 nuevos soles, As. 00010; 4) ANOTACIÓN DE DEMANDA.- Por Resolucion Judicial N° 02 del 21/07/2014, expedida por el 8° Juzgado Especializado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, interpuesta por BANCO DE CREDI-TO DEL PERU contra D’COMPUTO S.A.C, Asiento 00011; 5) EMBARGO en forma de inscripción a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de US$ 41,000.00 dólares americanos, As. 00012. LUGAR: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052 – 2° Piso - Chicla-yo. DÍA Y HORA: 01 de abril del 2016 hora 08:30 a.m. POSTORES: Pre-sentar arancel judicial (código 07153) correspondiente, consignando número de expediente, juzgado, documento de identidad; y, depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación (US$ 14,643.21 dólares americanos); B.-Inmueble sito en calle Manuel Maria Izaga N° 542, Unidad 200, Edif. Pis./Ref. Mz. 146, Lote 4 del Pueblo Tradicional Cercado de Chiclayo, distrito y provincia de Chi-clayo, departamento de Lambayeque, inscrito en Partida N° P10135724 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo. VALOR DE TASACION: US$ 507,781.63 (Quinientos siete mil sete-cientos ochenta y uno con 63/100 dóla-res americanos). PRECIO BASE: US$ 338,521.09 (Trescientos treinta y ocho mil quinientos veintiuno con 09/100 dólares americanos), equivalente a las dos terceras partes de su valorización. AFECTACIONES.- En la Partida N° P10135724 obran: 1.- HIPOTECA, a favor de BANCO DE CRÉDITO DEL PERU hasta por la suma de US$ 241,836.74 dólares americanos, As. 00006; 2.- ANOTACION DE DEMAN-DA.- Por Resolucion Judicial N° 02 del 21/07/2014, expedida por el 8° Juzgado Especializado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, interpuesta por BANCO DE CREDI-TO DEL PERU contra D’COMPUTO S.A.C, Asiento 00008; 3.- EMBARGO en forma de inscripción a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de US$ 40,000.00 dólares americanos, As. 00009; LUGAR: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052 - 22 Piso - Chiclayo. DIA Y HORA: 01 de abril del 2016 hora 09:00 a.m. POSTORES: Pre-sentar arancel judicial (código 07153) correspondiente, consignando número de expediente, juzgado, documento de identidad; y, depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación (US$ 50,778.16 dólares americanos). NOTA: Los pos-

tores deberán acercarse al área de REPEJ-REMAJ con el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial para ser “validado” con el sello respectivo. Adjudicatario pagara hono-rarios del martillero público. Informes: RPM #533699, Celular 949780692.

JHIMY FRANK MONCADA HORNAMARTILLERO PÚBLICO

REG. N° 296DRA. BETTY DEL SOCORRO

VARIAS CESPEDESESPECIALISTA LEGAL

OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYOPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5201518F/ 908S/. 57.0016, 17, 18, 21, 22, 23 Marzo

REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA

En el Expediente Nº 922 – 2014 segui-do por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra MARCO AURELIO MAR-TIN AGUSTIN RACCHUMI SALAZAR y ANITA DE LOS MILAGROS ROME-RO AMORETTI, sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, inter-viniendo como Especialista Legal Ceci-lia Guillermo Zambrano, ha ordenado mediante resolución número Ocho de fecha diecinueve de octubre del Dos Mil Quince, que el suscrito MARTI-LLERO PUBLICO, realice el REMATE JUDICIAL en SEGUNDA CONVOCA-TORIA del inmueble consistente en:-Departamento B ubicado en el Lote 06 de la Mz. B de la Urb. Cooperativa de Vivienda Hipólito Unanue Ltda., del distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, demás medidas perimé-tricas y demás características corren inscritas en la Partida Electrónica Nº 11103506 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral Nº II sede Chiclayo.TASACION: Comercial en la suma de US$. 59,936.00 (CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREIN-TA Y SEIS con 00/100 DOLARES AMERICANOS).PRECIO BASE: En la suma de US$. 33,963.73 (TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES con 73/100 DOLARES AMERICA-NOS), monto que resulta luego de deducir el quince por ciento de la postura anterior.REQUISITOS PARA SER POSTOR: EL POSTOR deberá antes del rema-te una cantidad no menor a US$. 5,993.60 que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación Nº 07153 por derecho a participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identi-dad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamen-te validado con el sello respectivo de REPEJ – REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVAMENES: 1) HIPOTECA a favor del BANCO FINANCIERO DEL PERU hasta por la suma de US$ 58,186.00 Dólares Americanos, inscrita en el asiento D00003 de la Partida Electró-nica Nº 11103506del Registro de Pro-piedad Inmueble de la Zona Registral Nº II sede Chiclayo. HONORARIOS: El Adjudicario pagara los honorarios del Martillero, según lo establecido con el D.S. 008-2005-JUS. + igv, y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate.REMATE que se realizara EL DIA MIERCOLES 23 DE MARZO DEL 2016 A HORAS 11:00 AM, en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San José Nº 1052, cercado de Chiclayo. Publicar por TRES (3) días.Chiclayo, 15 de Enero del 2016.ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO

ABOGADO

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Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 20164 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

MARTILLERO PÚBLICOREG. 172

CECILIA GUILLERMO ZAMBRANOSECRETARIA JUDICIAL

OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ F/ S/. 24.5016, 17, 18 Marzo

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CMAC PIURA S.A.C. AGENCIA LAM-BAYEQUE contra EMPRESA GANA-DERA MARY MAYKELL DE OLMOS S.R.L. CLAUDINA MAGDALENA ÁLVAREZ DE SOPLAPUCO y JUAN PEDRO SOPLAPUCO MÍO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, Expe-diente N° 00435-2014-0-1706-JR-CO-08, el 8° Juzgado Civil Sub Especiali-dad Comercial de Chiclayo a cargo del Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, con la intervención de la Secretaria Judicial Carolina Portocarrero Estela, ha facultado al Martillero Publico Aldo Martin Zamora Millones, con Reg. N° 211, realizar el Remate Publico en Primera Convocatoria delbien inmueble sito en Calle Santo Domingo Manzana W1 Lote 37 del Pueblo Tradicional Olmos deldistrito Olmos, provincia Chiclayo, departamento Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas peri-métricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral número P10137672 del Registro de Propiedad Inmueble [Registro de Predios] de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. (Inmueble de dos piso, con techo ali-gerado en los dos niveles, área del terreno: 156.50 m2., Frente con calle Sto. Domingo con 5.77 ml., Derecha con Lote 36 con 26.85 m.l., Izquierda con calle Tacna con 27.35 m.l., Fondo con Lote 38 con 5.80 m.l.). VALOR DE TASACION: US$ 76,214.19 (Setenta y seis mil doscientos catorce y 19/100 dólares americanos). PRECIO BASE: US$ 50,809.46 (Cincuenta mil ocho-cientos nueve y 46/100 dólares ameri-canos), equivalente a las dos terceras partes de su valorización.AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DEPIURA S.A.C, hasta por la suma de US$ 73,907.88 dólares americanos, según Escritura Pública N° 1881 del 18/07/2012 ante Notario Público de Chiclayo Henry Macedo Villanueva, según Asiento 00003; 2.- HIPOTECA a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C, hasta por la suma de US$ 74,126.93 dólares americanos, según Escritura Pública N° 2789 del 30/09/2013 ante Notario Público de Chiclayo Henry Macedo Villanueva, según Asiento 00004; LUGAR: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lam-bayeque, sito en calle San Jose N° 1052 - 2° Piso - Chiclayo. DIA Y HORA DE REMATE: 29 de abril del 2016 a horas 03:15 pm. POSTORES: Pre-sentar arancel judicial (código 07153) correspondiente, consignado número de expediente, juzgado, documento de identidad; y, depositar en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de tasación. Adjudicatario pagará honorarios del Martillero Público. RPM *429110, RPC 989049111, Movistar 978171100.ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES

MARTILLERO PUBLICOREG. N° 211

CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA

SECRETARIA JUDICIALJUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL

COMERCIALPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5197395F/ 874S/. 40.0015, 16, 17, 18, 21, 22 Marzo

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE

BIEN INMUEBLEEn los seguidos por CAJA MUNICI-PAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A contra PLAZA MURO CHRISTIAN ALBERTO, sobre Ejecu-ción de Garantías, Expediente Judi-cial N°849-2014-0-1706-JR-CO-08, el OCTAVO JUZGADO CIVIL COMER-CIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE LAMBAYEQUE, a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Omar Agui-lar Gaitan y Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, ha dis-puesto sacar a Remate Judicial el siguiente Bien Inmueble en Primera Convocatoria: Descripción del bien inmueble: El bien inmueble a rematar se encuen-tra ubicado en el PUEBLO TRADICIO-NAL FERREÑAFE MZ. 164 LOTE 12, Distrito de FERREÑAFE, PROVINCIA DE FERREÑAFE, DEPARTAMEN-TO DE LAMBAYEQUE; cuyos domi-nios, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuen-tran inscritas en la Partida Electrónica N°P10084415 del Registro de Predios de la Zona Registral N°II – Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/ 99,863.00 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Tres con 00/100 Soles).BASE DEL REMATE: S/ 66,575.33 (Sesenta y Seis Mil Quinientos Seten-ta y Cinco con 33/100 Soles).AFECTACIONES Y/O CARGASHIPOTECA hasta por la suma de S/. 22,609.00 (Veinte y Dos Mil Seiscien-tos Nueve y 00/100 Nuevos Soles) a fin de garantizar un préstamo por la suma de S/. 50,000.00 (Cincuen-ta Mil y 00/100 Nuevos Soles), así consta en la Escritura Pública N°2659 de fecha 06-09-2010 otorgado por Notario Público Dra. Isabel Alvarado Quijano en la Ciudad de Chiclayo, gravamen que quedo debidamente inscrito en el ASIENTO 00008 de la Partida Electrónica N°P10084415 del Registro de Predios de la Zona Regis-tral N°II – Sede Chiclayo. DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 28-03-2016 a horas 10:00AMLUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES, segundo piso de la Calle San José Nº 1052, Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lamba-yeque; Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lam-bayeque.LOS POSTORES: 1) Deberán Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasa-ción, 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identi-dad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignan-do el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC. 3) Presentar copia del Cheque de geren-cia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos. El adjudicatario cancela honorarios del Martillero más IGV de acuerdo a ley al finalizar el remate de acuerdo al Artículo 18 del Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS (Reglamento de La Ley del Martillero Publico). El remate será efectuado por Martin Ventura Gonzalez. Martillero Público - Registro Nacional N°324. Celular 943937075 - 944261164 – 949406517- 044 231163.Chiclayo, 11 de Enero del 2016.

MARTIN VENTURA GONZALESMARTILLERO PUBLICO

A NIVEL NACIONALREGISTRO NACIONAL N° 324

CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA

SECRETARIA JUDICIAL8° JUZGADO ESPECIALIZADO

CIVIL COMERCIALPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5197350F/ 872S/. 40.0014, 15, 16, 17, 18, 21 Marzo

EDICTOAnte el Primer Juzgado de Paz Letrado de La Victoria - Chiclayo, que des-pacha el señor Juez Doctor Wilberto Navarro Naranjo, Secretaria Doctora Kelly Edith Valladolid Rodríguez, se tramita el Expediente N° 3760-2015 siendo que don REGINA LALOPU IPA-NAQUE, acude a este órgano juris-diccional solicitando la rectificación de su partida de DEFUNCION de doña MARIA IPANAQUE JARAMILLO, y con resolución número DOS se ADMITE A TRAMITE LA DEMANDA EN PROCE-SO NO CONTENCIOSO téngase por OFRECIDOS los medios probatorios que se indican y por señalado su domicilio procesal, en consecuencia, SEÑALESE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISES a horas ONCE DE LA-MAÑANA, en el local del juzgado.La Victoria, 09 de marzo de 2016KELLY E. VALLADOLID RODRIGUEZ

SECRETARIA JUDICIAL1° JUZGADO DE PAZ LETRADO

LA VICTORIAPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5203599B/ 1465S/. 3.0018 Marzo

EDICTOTercer Juzgado Civil de Chiclayo, Exp. N°. 2306-201 5-0-1706-JR-CI-03 el Juez. Oscar Romulo Tenorio Torres y Secretarial Kamerling Suxe Villanue-va.. Resolución número: Uno de fecha cinco de Octubre del dos mil quince, RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en via proceso NO CONTENCIOSO la demanda sobre RECTIFICACION DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD interpuesta por MARIZA SALAZAR MONTALVÁN de JUAREZ en calidad de curadora de JHONNY JOSÉ SALAZAR MONTALVÁN en consecuencia CONVOQUESE a la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para 04 de Noviembre del 2015 a horas 11 de la mañana en el juzgado, Publíquese un extracto de la solicitud y resolucion admisoria; en el diario a los avisos judiciales por tres veces consecutivas y Notifíquese al RENIEC con copia de demanda, ane-xos y admisorio.Por resolución número: Dos de fecha veintiséis de Enero del año en curso, se resuelve; Por apersonada y con-testada la demanda por el Procurador Publico de RENIEC y por el principio de adquisición de los medios proba-torios, Téngase por ofrecidos los de la demandante y se dispone CONVOCAR Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el seis de Abril del dos mil dieciséis a horas once de la mañana.Chiclayo, 10 de Marzo del 2016

KAMERLING SUXE VILLANUEVASECRETARIA JUDICIAL

TERCER JUZGADO CIVIL DE CHICLAYO

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5203622B/ 1468S/. 13.5018, 21, 22 Marzo

EDICTOEn el proceso N° 0108-2016-0-1706-JP-CI-01, seguido por HERMANN VIRGILIO ZOEGER RIVERA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, el señor Juez del Juz-gado de Paz Letrado Civil Transitorio Dr. Julio Rafael Suyón Lingan y Secre-tario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESO-

LUCION UNO de fecha 22-01-2016. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por HERMANN VIRGILIO ZOEGER RIVERA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; TENGASE por OFRE-CIDOS los medios probatorios que se indican, por señalado su domicilio pro-cesal y su casilla electrónica que indica; en consecuencia, SEÑALESE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del juzgado, debiendo concurrir el solicitante debidamente identifica-do y a la hora exacta; PUBLIQUESE LOS EDICTOS respectivos en el Diario Oficial “EL PERUANO” y “LA REPUBU-CA”, por el plazo de UN DIA.Chiclayo, 10 de marzo del 2016

MANUEL HERRERA VALLEJOSSECRETARIO JUDICIAL

JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5203641B/ 1471S/. 4.0018 Marzo

EDICTOEn el proceso N° 0144-2016-0-1706-JP-CI-1, seguidos por ROSARIO DEL PILAR SANCHEZ SALIRROSAS sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO la señorita Juez del Juz-gado de Paz Letrado Civil Transitorio Dra. Ingrid Araceli Vera Montenegro y Secretario Judicial Víctor Cercado Sáenz ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION DOS: 11-03-2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en vía del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por ROSARIO DEL PILAR SANCHEZ SALIRROSAS sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; respecto de su ape-llido materno Salirrosas y el apellido paterno de su madre Salirrosas por tener enmendaduras.- SE RESUELVE: PUBLÍQUESE, un extracto de la pre-sente resolución, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judiciales “La Republica” y el “Peruano”, y demuestre su cumplimiento anexando los ejempla-res de los diarios donde se publicaron.VICTOR MANUEL CERCADO SAÉNZ

SECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO

CIVIL TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5203669B/ 1474S/. 3.5018 Marzo

EDICTOEn el proceso N° 03720-2015-0-1706-JP-CI-l, seguidos por ROSA YOLANDA ACUÑA DIAZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Tran-sitorio Dra. Ingrid Araceli Vera Mon-tenegro y Secretario Judicial Víctor Cercado Saenz ha dispuesto la noti-ficación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO: 08-01-2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en vía del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por ROSA YOLANDA ACUÑA DIAZ sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO; respecto de los nombres de su esposo consignados como Yndalecio Acuña Diaz, siendo lo correcto Catalino Indolencio Acuña Diaz.- SE RESUELVE: PUBLIQUESE, un extracto de la presente resolución, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judiciales “La Republica” y el “Peruano”, y demuestre su cumpli-miento anexando los ejemplares de los diarios donde se publicaron.VICTOR MANUEL CERCADO SAENZ

SECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

TRANSITORIO

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS

2. EDICTOS CLASIFICADOS

Page 5: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

5Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5204167B/ 1476S/. 3.5018 Marzo

EDICTOEn el proceso N° 3761-2015-0-1706-JP-CI-1, seguidos por ELSA CECI-LIA RAMOS ROMERO sobre REC-TIFICACION DE PARTIDA DE NACI-MIENTO el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dr. Julio Rafael Suyón Lingan y Secre-tario Judicial Víctor Cercado Saenz ha dispuesto la notificación por Edic-tos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO: 15-01-2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en via del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por ELSA CECILIA RAMOS ROMERO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.- SE RESUELVE: PUBLÍQUESE, un extracto de la pre-sente resolución, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judicia-les “La Republica” y el “Peruano”, y demuestre su cumplimiento anexando los ejemplares de los diarios donde se publicaron.

VICTOR MANUEL CERCADO SAENZ

SECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5204237B/ 1480S/. 2.5018 Marzo

EDICTOEn el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez Dr. Jorge Luis Castañeda Rivadeneyra, secretario judicial Dr. Gerardo Alber-to Castañeda Rojas, en el Exp. N° 13-2016-C, en Resolución Núme-ro: UNO de fecha 02de Marzo del 2016, ADMITE a trámite, la solicitud de MARIA CATALINA CORONADO DÍAZ, de INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DEFUNCIÓN de su extinta Madre: Doña MARÍA JULIA DIAZ BRAVO, en la Oficina del Registros Civil de la Municipalidad Provincial de Cuter-vo - Departamento de Cajamarca; por ofrecidos sus medios probatorios y por señalado su domicilio proce-sal; en consecuencia, señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA.Cutervo, 02 de marzo del 2016

DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS

SECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO –

CUTERVOP/ 5203579B/ 1464S/. 2.5018 Marzo

EDICTOExp. N° 218-2015-C - Por ante el Juz-gado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, que despacha el DR. JORGE LUIS CASTAÑEDA RIVADE-NEYRA, secretario ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMO, doña MARIA CELIA DELGADO CENTU-RION ha solicitado la Rectificación de su partida de nacimiento en el rubro nombre de su madre, pues solo se ha consignado como ROJANA CENTU-RIÓN, cuando lo correcto es MARÍA ROJANA CENTURIÓN OLANO, en consecuencia, se ha señalado fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día LUNES VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en el local del Juzgado sito en la Av. San Juan N° 614 - 2do pido - Cutervo; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas

en días anteriores; bajo apercibimien-to en caso de inconcurrencia del peti-cionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese.Cutervo, 17 de Febrero del 2016

ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMO

SECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO –

CUTERVOP/ 5203241B/ 1461S/. 3.5018 Marzo

INSCRIPCIÓN DE PARTIDAAnte Primer Juzgado Paz Letrado Ferreñafe, Juez Dra. G. Cuiquita C, Especialista J. Quiñones B., EXPE-DIENTE N° 00177-2016-0-1707-JP-CI-01, don NARCISO GUILLERMO TEMOCHE solicita Rectificación Parti-da Defunción N° 76, Año 1991, falleci-do: DEMETRIO GUILLERMO CABRE-JOS, inscrita Registro Civil Municipa-lidad Provincial Ferreñafe. Respecto declarante figura “Demetrio Guillermo Cabrejos”, con LE. N° 32777995,.. calle San Martín N° 1332; siendo correcto NARCISO GUILLERMO TEMOCHE, con DNI. N° 17401865,.. calle San Martin N° 1160.Lo que se hace de conocimiento públi-co para los fines pertinentes.Ferreñafe, 11 de marzo del 2016

JOSE D. QUIÑONES BENDEZÚSECRETARIO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5202924B/ 1456S/. 2.5018 Marzo

EDICTOEl Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez Jorge Luis Castañeda Rivadeneyra, secretario judicial Gerardo Alberto Castañeda Rojas, en el Exp. N° 15-2016-C, Reso-lución: UNO, ADMITE, la solicitud de JULIA ISABEL GUEVARA DELGADO sobre RECTIFICACIÓN DE ESCRI-TURA PUBLICA; En el Rubro todos los rubros, en los datos de los com-pradores don EMILIANO GUEVARA “MOLINA” debiendo ser lo correcto don EMILIANO GUEVARA “TELLO” en consecuencia, señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas TRES DE LA TARDE; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia del peticionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese.-Cutervo, 02 de marzo del 2016

DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS

SECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO –

CUTERVOP/ 5202919B/ 1455S/. 3.0018 Marzo

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señorita Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO con la asisten-cia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 2458 - 2015, seguido por MARIA VICTORIA MACALOPU INGA, se encuentra tra-mitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE, en el sentido que se adicione en su partida de naci-miento el primer prenombre de su progenitor “ JUAN “, debiendo quedar escrito correctamente en su partida de nacimiento el nombre correcto de su padre como: JUAN ANTONIO MACA-

LOPU VALDERA.Lo que se hace de conocimiento públi-co para los fines de Ley.Lambayeque, 09 de Marzo del 2016

ABOG. SANTOS FLORES RAMOSESPECIALISTA CIVIL – FC

JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLP/ 5197216B/ 1404S/. 10.5017, 18, 21 Marzo

SUCESIÓN INTESTADAEl Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, el Juez JORGE CASTA-ÑEDA RIVADENEYRA, el secretario GERARDO CASTAÑEDA ROJAS, en el Exp. N° 377-2015-C, mediante reso-lucion número UNO, ADMITE a trámite la solicitud de Sucesión Intestada pre-sentada por Elida Castillo Delgado, de sus padres quienes en vida fueron: Doña Robertina Delgado Llamo y Don Jose Abimelec Castillo Olivera; a fin de que se les declare como únicos y universales herederos de los causan-tes, fallecidos: el 09 de noviembre de 2014, y que falleció el 31de mayo del año 12; el ultimo domicilio procesal en el Caserío El Rejo S/N Distrito y Pro-vincia de Cutervo, del Departamento de Cajamarca, y tuvo su ultimo domi-cilio procesal en la Urb. San Isidro S/N Distrito y Provincia de Cutervo, del Departamento de Cajamarca; a favor de sus hijos: Elida Castillo Delgado y Reneldo Castillo Delgado.Cutervo, 07 de enero del 2016.

DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS

SECRETARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO –

CUTERVOP/ 5203626B/ 1469S/. 3.0018 Marzo

SUCESIÓN INTESTADAEn el proceso N° 024-2016-0-1706-JP-CI-01, seguido por EMMA PEREZ DE MERA sobre SUCESION INTES-TADA, la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dra. Yngrid Vera Montenegro y Secretario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESO-LUCION UNO de fecha 15-01-2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del PROCESO NO CONTEN-CIOSO, la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por EMMA PÉREZ DE MERA, respecto de sus difuntos padres Alejandro Pérez Díaz, fallecido en esta ciudad el día dieciséis de setiembre de del año mil novecien-tos noventa y siete, y de Antonia Vásq uez Pérez, fallecida en esta ciudad el día veintidós de febrero del año dos mil nueve; por señalado su domicilio procesal y Casilla Electrónica N° 4245, por OFRECIDOS sus medios probato-rios; poniéndose en conocimiento de la presente a los presuntos herederos; así mismo, NOTIFIQUESE a la Bene-ficencia Pública y PUBLIQUESE los avisos correspondientes en los Diarios “La Republica” y “El Peruano”, por el plazo de Ley. ANÓTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, debiendo cursarse los Par-tes Judiciales a la Oficina de los Registros Públicos; con conocimiento del representante del Ministerio Publi-co. Notifíquese conforme a Ley.-Chiclayo, 14 de Marzo del 2016

MANUEL HERRERA VALLEJOSSECRETARIO JUDICIAL

JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5203569B/ 1463S/. 4.5018 Marzo

SUCESIÓN INTESTADAEl Juzgado de Paz Letrado de Cutervo, el Juez JORGE CASTAÑEDA RIVA-DENEYRA, el secretario GERARDO CASTAÑEDA ROJAS, en el Exp. N° 39-2016-C, mediante resolucion núme-ro UNO, ADMITE a trámite la solicitud de Sucesión Intestada presentada por LUZ MARINA CORONEL DELGADO, de su conviviente quien en vida fue: Don Santos Eloy Fernández Molina; a fin de que se les declare como únicos y universales herederos del causante, fallecido: el veintiséis de noviembre del año dos mil seis, y que falleció en la ciudad de Cutervo y tuvo su ultimo domicilio en el Caserío de Lanche S/N Distrito y Provincia de Cutervo, del Departamento de Cajamarca; a favor de su conviviente: Luz Maria Coronel Delgado y a sus hijos Marcela Fernan-dez Coronel y Royser Eloy Fernandez Coronel.Cutervo, 10 de marzo del 2016

JORGE L. CASTAÑEDA RIVADENEYRA

JUEZ SUPERNUMERARIOJUZGADO DE PAZ LETRADO

DE CUTERVOPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5202919B/ 1455S/. 3.0018 Marzo

SUCESIÓN INTESTADAPor ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huarango, que despacha el señor Juez FELICITO GUERRERO SANDOVAL y el Secretario Judicial que suscribe, en el Exp. N° 014-2016-CI, se resuelve: ADMITIR a TRAMITE via de proceso NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por doña MARIA SILVIA CUBAS VARGAS, sobre SUCESION INTESTADA, a fin de que se les declare a la solicitante y a sus demás hermanos: 1) CLAUDIA CON-SUELO CUBAS VARGAS, 2) ELSA SIXTINA CUBAS VARGAS, 3) JHONY CASTINALDO CUBAS VARGAS, 4) PACO LIDONIL CUBAS VARGAS, 5) JUAN ARSENIO CUBAS VARGAS, 6) JENNY MARELENY CUBAS VAR-GAS, 7) LENI ARMANDINA CUBAS VARGAS, 8) MARIA GLADIS CUBAS VARGAS y 9) CALUDINA VICTORIA CUBAS VARGAS, como únicos y uni-versales herederos de quien en vida fue su señor padre: CASTINALDO CUBAS PÉREZ, fallecido el 16 de Marzo del 2015 en La ciudad de Chi-clayo, siendo su ultimo domicilio en esta jurisdicción.Lo que se hace de conocimiento a los interesados para los fines consiguien-tes de ley.Huarango, 09 de Marzo del 2016FELICITO GUERRERO SANDOVAL

JUEZJUZGADO DE PAZ LETRADO

DISTRITO DE HUARANGOPODER JUDICIAL

FELIX ENRIQUE SÁNCHEZ JARASECRETARIO JUDICIAL

JUZGADO DE PAZ LETRADOHUARANGO – CSJL

P/F/S/. 4.9018 Marzo

EDICTOLA SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL: ELVIRA ROJAS SENMACHE Y ESPE-CILAISTA LEGAL VERONICA LUNA CYDEJKO. Que en el exp. 1765-2015-JR-CI, seguido por CARRASCO POLO VICTOR MIGUEL contra EL MINIS-TERIO PUBLICO sobre SUPRESION DE NOMBRE Y APELLIDO, se ha dispuesto que se publique un extrac-to de la demanda y es como sigue ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por VICTOR MANUEL III CARRASCO VIGO sobre SUPRESION DE NOMBRE en via de PROCESO

3.NOTIFICACIONES

SUCESIÓN INTESTADA

Page 6: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 20166 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

ABREVIADO, la misma que se enten-derá contra el MINISTERIO PUBLI-CO, con conocimiento de la RENIEC CHICLAYO; téngase por señalado su domicilio procesal. Llámese la atención a la Especialista legal por la demora incurrida. Notifíquese a los justiciables con las formalidades de ley. En conse-cuencia PUBLIQUESE LOS EDICTOS, CON UN ESTRACO DE LA DEMANDA por tres veces con intervalo de tres días en el diario oficial el peruano y otro de mayor circulación.Chiclayo 14 de marzo 2016MARÍA VERÓNICA LUNA CYDEJKO

ESPECIALISTA JUDICIAL6° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5204410B/ 1481S/. 10.5018, 28 Marzo, 01 Abril

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 00096-2015-51-1706-JR-PE-07JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: EVE REDRUELLO VILLAREALESPECIALISTA JUDICIAL: VICTOR MONTEZA BASAURISe NOTIFICA a: GUSTAVO ADOLFO URBINA CAMPOS, con el acta de audiencia de fecha veinte de enero del año 2016, en la cual se ha RESUELTO:1.- Respecto al acusado GUSTAVO ADOLFO URBINA CAMPOS REPRO-GRAMAR la audiencia para el día QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS A LA UNA DE LA TARDE en esta misma SALA DE AUDIENCIAS NUMERO CINCO segundo piso, sito en la avenida Jose Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - Corte Superior de Justicia de Lambayeque2.- SE DISPONE la notificación del acusado en su domicilio real sito en la Calle Ollanta y N° 180 - La Victoria; sin perjuicio de notificarse mediante edic-tos con el nuevo señalamiento de día y hora durante tres días consecutivos, notificación y edictos que deberán ser recabados previamente a la instalación de la audiencia BAJO APERCIBIMIEN-TO de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia.3.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS

EVE REDRUELLO VILLARREALJUEZ

JUZGADOS UNIPERSONALESPJ-NCPP-CSJLAMB

18, 19, 21 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 2016-003-JPU-SIACUSADO: OSCAR ALEJANDRO INCHAUSTEGUI CARBAJALDELITO: HURTO AGRAVADOAGRAVIADO: EMPRESA DISMAR 5 S.R.L.JUEZ: DR. NESTOR ELIO MENDOZA VEGAESP. JUDICIAL: ABOG. CARLOS EDUARDO DE LA TORRE CESPE-DESSE EMITE LA PRESENTE RESOLU-CION NUMERO SEIS, donde se dispo-ne programar la presente audiencia de Juicio Oral para el DIA 17 DE MARZO DEL 2016 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA; para que se notifique al acusado JESUS HERMINIO HUAN-CAS GONZALES; proceso seguido contra el acusado JESUS HERMINIO HUANCAS GONZALES, por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMI-LIAR, en agravio de ANDY LEISSON HUANCAS ROQUE; se le notifica para que tenga conocimiento la parte acusa-da, que este proceso se encuentra ven-tilándose con número de expediente N° 003-2016-JPU-SI, ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de San Ignacio; pertenecien-te a la jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Primera

Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio; y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICACION, en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por el lapso de 3 DIAS HABILES CONSECU-TIVOS, así mismo en la página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del código Procesal Penal.San Ignacio, 02 de marzo del año 2016

NESTOR ELIO MENDOZA VEGAJUEZ

PJ-NCPP-CSJLAMB18, 19, 21 Marzo

EDICTO PENALEXP. N° 2998-2015-0-1706-JR-PE-30 PBOEL TERCER JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE.JUEZ: CECILIA COSTA GONZALESSE CITA Y EMPLAZA por el presente a REYES NINO FERNANDO SIGI-FREDO, para que tomen conocimiento de la programación de la audiencia de CONTROL DE ACUSACION, para el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:00AM (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOS DEL TERCER Juzgado de Inves-tigacion Preparatoria, ubicado en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lamba-yeque, esto es, en la calle Jose Leo-nardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 2998— 2015-0-1706-JR-PE que se sigue contra REYES NINO FERNANDO SIGIFREDO por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de REYES SAL-ZAR FERNANDO JUUNIOR.SECRETARIA: ZOILA REGALADO GUEVARAChiclayo, 15 de enero del 2016

CECILIA M. COSTA GONZAESJUEZ

3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB18, 19, 21 Marzo

EDICTOEN EL EXP. N° 5057 2015-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA- FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRI-LLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPU-TADO DELCY DILMA BENAVIDES VALLEJOS , CON DNI N° 43609236, CON DOMICILIO EN LA LA CALLE LOS SAUSALES 371- P.J VILLA HER-MOSA-JOSE LEONARDO ORTIZ, NOMBRE DEL PADRE JUVENCIO , NOMBRE DE LA MADRE ANGELICA, GRADO DE INSTRUCCION TERCER GRADO DE SECUNDARIA, ESTA-DO CIVIL, SOLTERA, HACIENDOLE CONOCER LA RESOLUCION 01 Y REQUERIMIENTO FISCAL-PROCE-SOINMEDIATO: SERESUELVE:1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INME-DIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISION A LA ASIS-TENCIA FAMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DEI EBRIEDAD - DRO-GADICCION requerido por el requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz., Dr. Mario Antonio L6pez Navarro, contra el imputado DELCY DILMA BENAVIDES VALLEJOS para el día VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria del M6dulo Básico de Jose Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo

apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el artículo 85° inciso 1) del Nuevo C6digo procesal Penal, modifi-cado por la Ley 30076 , por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2.- OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia. con sede en este distrito con la finali-dad de que DESIGNE Abogado defen-sor Penal Publico que asuma la defensa del investigado, en la presente diligen-cia en caso de inconcurrencia de su abogado defensor ya que es de carác-ter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra, Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado DELCY DILMA BENAVIDES VALLE-JOS por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la Republica. 4. NOTIFIQUESE al imputado DELCY DILMA BENAVIDES VALLEJOS en su domicilio real sito en la calle Los Sausales N 371- P.J Villa Hermosa, al señor Fiscal en su local Institucional o casilla electrónica 41636, INFORMAN-DOSE que si no concurre se REMI-TIRAN copias al Órgano de Control del Ministerio Publico, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho repre-sentante del Ministerio Publico con otro Fiscal ya que la Primera Fiscalía Penal de Jose Leonardo Ortiz es un ente corporativo.5.- Notifíquese con arreglo a ley.SE RESUELVE:Mediante el acta de Intervención Poli-cial S/N-20I5-RPN-LAMB-CPNP-JLO-SEINCRI, el: personal policial PNP-SEINCRI-JLO-Chiclayo, da cuenta de que en cumplimiento a dispuesto por el Comando Institucional y en el ejercicio de la función policial, ejecutando ope-rativos policiales en el área de su res-ponsabilidad por los diferentes puntos críticos de la jurisdicción, destinados a la lucha frontal contra el delito en todas sus modalidades, el día 12AG015, a las 09.00 horas, por acciones dc inte-ligencia, tuvieron conocimiento que una fémina que es conocida con el apelativo de “La Galla”, aprovechando su estado de gestación, se estaría dedicando a la comercialización de estupefacientes (envoltorios de papel conteniendo al parecer PBC y Mari-huana) en la modalidad de “menudeo’, por el parque de Villa Hermosa del PJ Villa Hermosa - JLO, la que utilizaría a un menor para pasar desapercibida del ilícito penal en que estaría incurriendo. Por esta razón, realizaron diversas acciones de inteligencia por el lugar, así que a horas 12.30 aproximadamen-te, Lograron la ubicación y captura de quien refiri6 llamarse DELCY DILMA BENAVTDES VALLEJOS (35) (a) “LaGalla”, la que al momento de la inter-vención se encontraba paseando a i:n menor de sexo masculino un año siete meses de edad. Al efectuársele el registro personal in situ, se le P un morral de lona de color negro, marca Adidas,, cruzado al cuerpo, en cuyo contenía dos bolsas pequeñas .trans-parentes, conteniendo una de ellas ciento (sesenta (160) envoltorios tipo ketes, hechos de papel ,dA cuaderno cuadriculado con una sustancia blan-co parduzca puivurulenta con olor y .características al parecer PBC, y otra bolsa plástica transparente contenien-do tres (3) bolsitas herméticas con especie vegetal seca, al parecer Can-nabis Sativa “Marihuana”. Asimismo en un compartimiento del morral, se le encontró dinero en efectivo en la suma de S/,40.00 nuevos soles consistente en dos billetes de S/.10.00 nuevos soles, cinco monedas de /.2.00 nuevos soles, nueve monedas de S/.1.00 y des monedas de 0.50 nuevos soles. La intervenida refiere comprar- estasustancia ilícita a inmediaciones de la acequia del PJ San Antonio - Chiclayo, a una persona de sexo

masculino conocido como “Flaco” o “Peluca”, cuyas características fisicao sería de tez morena, de contextura delgada, cabello ondulado, con bigo-te, de aproximadamente 45 años..; V.- FUNDAMENTOS JURIDICOS El hecho materia de imputación confi-gura delito de TRÁFICO ILICITO DE DROGAS, en la modalidad de MICROCOMERCIALIZACION, previsto y sancionado en el Art. 298 del Código Penal, el que indica en el numeral uno del primer párrafo: “La cantidad de droga fabricada, extractada, prepara-da, comercializada.-o poseída por el agente no sobrepase los cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco gra-mos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien gramos de mari-huana o diez gramos de sus derivados o dos gramos de éxtasis, conteniendo Metilendioxianfetamina - MDA, Metilen-dioximetanfetamina - MDMA. Metan-fetamina o sustancias análogas”. La pena será” privativa de Libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesen-ta días-multa. El que debe compren-derse con lo estipulado en el Art. 299 del Código Penal, que prescribe: droga para el propio e inmediato consumo, en cantidad que no exceda básica de cocaína, dos gramos de clorhidrato de cocaína, ocho gramos de marihuana o dos gramos de sus derivados, un gramo de látex de opio o doscientos miligramos de sus derivados o doscien-tos cincuenta miligramos de éxtasis, conteniendo Metilendioxianfetamina’- No es punible la posesión de; da de cinco gramos de pastaMetilendioximetanfetamina - MDMA, Metanfetamina o sustancias análogas. Se excluye de los alcances lo esta-blecido en el párrafo precedente la posesión de dos o más tipos de drogas.VI.- ELEMENTOS DE CONVICCION QUE SUSTENTAN EL REQUERI-MIENTO de intervenci6n policial de fecha 12 de agosto de 2015, que relata las circunstancias “de la inter-vención de DELCY DILMA BENAVI-DES VALLEJOS por personal policial, a,hoVa^,.1X30 aproximadamente, por el parque de Villa Hermosa - JLO, en posesión de un morral do lona de color negra), marca Adidas, cruzado al cuerpo, en cuyo interior contenía dos bolsas pequeñas transparentes, con-teniendo una de ellas ciento sesenta (160) envoltorios tipo “ketes”, hechos de papel de cuaderno cuadriculado con una sustancia Blanco parduzca ‘pulverulenta ,con olor (y caracterís-ticas a I parecer PBC y otra bolsa plástica transparente conteniendo tres (03) 1...’ ,v bolsitas herméticas con especie vegetal seca, al parecer Can-nabis Sativa “Marihuana”, v, asimis-mo, dinero en efectivo en la suma de S/.40.00 nuevos soles, consistente en dos billetes de S/..1,O.0p7nue.y,ps, soles, cinco monedas de S/.2.00 nue-vos soles, nueve monedas de S/.1.00 y dos monedas de oVs’O nuevos soles; 6.2.- El acta de registro personal, comi-so de droga e incautación de especies de fecha 12 de agosto de 2015, prac-ticado a DELCY DILMA BB’MVIDES VALLEJOS, de un morral-.de lona de color negro, marca Adidas, cruzado A, al cuerpo, en cuyo interior contenía dos bolsas pequeñas transparentes, con-teniendo una de ellas ciento sesenta (160) envoltorios tipo “ketes”. hechos de papel de cuaderno cuadriculado con una sustancia blanco parduzca pulverulento con olor y características al parecer PBC y otra bolsa plásti-ca transparente conteniendo. tres, 03 bolsitas herméticas con especie vege-tal seca, al parecer Cannabis Sativa “Marihuana” ,y. asimismo, dinero en efectivo en la suma de S/.40.00 nuevos soles, consistente en dos billetes de S/.10.00 nuevos soles, cinco mone-das de S/.2.00 nuevos soles, nuevei1 monedas de S/.1.00 y dos monedas de ,0.50 nuevos soles. 6.3.- La declara-ci6n escrita de DELCY DILMA BENA-VIADES VALLEJOS quien reconoce las circunstancias de su intervención

4. EDICTOS PENALES

Page 7: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

7Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

en posesión de la droga comisada y acepta dedicarse a la venta de envoltorios de pasta básica de cocaí-na y de bolsitas de marihuana 6.4.El Acta de Embalaje y Lacrado de Droga Comisada de fecha 14/08/2015, dando cuenta de que en un sobre manila se introduce una bolsón plástica, con-teniendo ciento sesenta (160) envol-torios hechos de papel cuadriculado con una sustancia blanco parduzca pulverulenta, correspondiente a pasta básica de cocaína con un peso bruto de treinta y dos gramos setecientos noventa y seis miligramos y, tres (03) bolsitas de plástico transparente, tipo ziploc, cada una conteniendo restos secos que especie vegetal incluyen-do tallitos y semillas, correspondiente ajlcannabis sativa (marihuana) con un peso bruto de diez gramos seiscientos veinte miligramos. ; 6.5.- El Resultado Preliminar de Análisis Químico DroGia N°15455/15 practicado a ciento sesen-ta (160) envoltorios tipo; ketes hechos de papel de cuaderno cuadriculado con una sustancia blanco parduzca pulverenta y a £iAAes (03) bolsitas de plástico transparente, conteniendo especie vegetal, las que corresponden pasta básica de cocaína y cannabis sativa (marihuana) respectivamente, -la primera con un peso neto de cinco gramos y la segunda, de ocho gra-mos.; Vil.- REQUERIMIENTOS ADICIO-NALES 7.A.- REQUERIMIENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA.- De conformidad con lo establecido en el artículo 468, en concordancia con el “articulo 447 numeral tres del Nuevo C6digo Procesal Penal, solicitamos la aplicación de una terminación anticipa-da del proceso.JOSE LEONARDO ORTIZ, 10 DE MARZO DEL 2016ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO

REYNERIO DÍAZ TARRILLOJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO

18, 19, 21 Marzo

EDICTOEN EL EXP. N° 1843 2025-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA- FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLA YO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRI-LLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPU-TADO YLSER OLANO REGALADO, CON DNI N” 48280558, CON DOMI-CILIO IMPRECISA, NOMBRE DEL PADRE OLANO , NOMBRE DE LA MADRE BERCELIZA, , HACIENDOLE CONOCER LA RESOLUCION 01 Y REQUERIMIENTO,FISCAL PROCE-SO INMEDIATO:SE RESUEL VE: CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INME-DIATO EN CASO DE DELITOS DE FLA-GRANCIA, OMISION A LA ASISTEN-CIA FAMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGA-DICCION requerido por requerido por la Señora Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provin-cia Penal Corporativa de Jose Leo-nardo Ortiz., Dra. Ingrid Janet Merino Gonzales, contra el imputado. YLSER OLANO REGALADO para el día VEIN-TIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEQSEIS A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 hora exacta), en la sola de audiencias del-Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz con sede en la *Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento- en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código

procesal Penal, modificado por la Ley 30076 , por tratarse de una audiencia de carácter Inaplazable como lo esta-blece el artículo 447.4 del código pro-cesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.OFICIESE al Coordinador de la Defen-soría Publica del Ministerio de Justiciacon sede en este distrito con la finali-dad de que DESIGNE Abogado defen-sor Penal Publico que asuma la defen-sa del investigado, en la presente diligencia, en caso de inconcurrencia de su abogado defensor de oficio Dr. Roger Collazos Villanueva, ya que es de carácter inaplazable, bajo aper-cibirniento en remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Publica de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop.3.- NOTIFIQUESE al imputado YLSER OLANO REGALADO por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la Republica, al señor Fiscal en su local institucional o casilla, .electrónica INFORMANDOSE que si no concu-rre se REMITIRAN copias al Órgano de Control del Ministerio Publico, y si no puede concurrir deberá coor-dinar dicho representante del Minis-terio Publico con otro Fiscal ya que la Segunda Fiscalía Penal de Jose Leonardo Ortiz es un ente corporativo. 4.- Notifíquese Requerimiento fiscalHECHOS: Que, el día 06 de diciembre del 2015 a las 18:00 horas, personal policial persona de YLSER OLANO REGALADO, en la intersección de las calles España y Carolina del distrito de J.L.O., quien se encontraba mane-jando la motocicleta lineal de placa de rodaje M6-2355, en presunto estado de ebriedad, por lo que se puso a dis-posición de la Comisaria PNP J.L.O. Asimismo y mediante, Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-0010217, prac-ticado al imputado, arroja como punto ochenta y ocho ‘CGS. de Alcohol por litro de sangre (0.88 G/L), es decir la muestra pontine, alcohol etílico. CALIFICACION JURIDICA: Que, el delito de CONDUCCION DE VEHI-QUEO-MOTO. RIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto en el primer párrafo del artículo 274 del Código, Penal, se configura, en su aspecto objetivo, cuando el agente, encontrán-dose en estado deieprjje(dad,,,c/pn presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto.,d^,diQgais toxicas, estupefacientes, sustancias psicotró-picas o sint6ticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos, años. o con prestación de servicios comunitarios de cincuen-ta v dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación y conforme al artículo 36. Inciso 7) de la acotada norma penal: requiriendo elemento subjetivo, el dolo decir el conocimiento y volun-tad para cometer el delito, siendo los hechos expuestos en el considerando primero pasibles de ser subsumidos en el tipo penal antes mencionado y que ameritan se investigados por este órgano persecutor a fin de lograr su pleno esclarecimiento y determinar establecer. [ o.; exirnirrfll investigado de la pretensión punitiva estatal, en virtud de lo prescrito en el artículo 330 in£isos i ylz del Código Proce-sal Penal, que señala: “1. El Fiscal puede. Calle Incanato 438 - Ser piso - D depose Leonardo Ortiz bajo SU direcci6n, requerir ia intervención de la Policía o realizar por si mismo . dili-gencias preliminares de investigaci6n para determinar si debe formalizar la Investigacion;,)da. 2. Las Diligen-cias Preliminares tienen por finalidad inmediata realizar los actos urgentes o destinados a determinar si han tenido lugar los hechos objeto de conoci-miento y su de]ictuosidad;^así como asegurar los elementos materiales de su comisi6n, individualizar a las personas invojucr^as^n- su comisión, incluyendo a los agraviados, y dentro de los límites de la Ley, asegurarlas debidamente SUPUESTOS PROCESALES QUE

SE CUMPLEN EN EL PRESENTE CASO: La justicia suficientes elemen-tos de convicci6n acumulados durante las diligencias preliminares, y recjbido -la declaración del imputado, resulta evidente la comisi6n delictiva por ios mismos, dándose, igualmente, g] cum-plimiento de !o establecido en el Art, 446°, Inciso 4 de dicho artículo que establece: independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el fiscal también deberá de-’solic^tiir/’H incoación de proceso inmediato para los delitos de Omisión de asistencia familiar y de los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447 del presente código..IV. RECAUDOS INVESTIGATORIOS Y ELEMENTOS DE PRUEBA DE LA COMISION DEL DELITO: Luego de haberse practicado las investigaciones preliminares realizadas este despa-cho Fiscal, se ha logrado recabar los siguientes elementos de prueba, que vinculan al imputado con el hecho ilícito materia de investigación: l.-Acta de Intervenci6n policial de fecha 06/12/2015, donde se aprecia las for-mas y circunstancias en que fue inter-venido el imputado. 2.- Certificado de Dosaje Etílico N® 023-010217, donde se aprecia que la cantidad de alcohol que tenía el imputado era de 0.88g/63.- Copia simple de la licencia de conducir del imputado emitida por la Municipalidad Provincial de Ferreñafe. En consecuencia, habiéndose cum-plido los requisitos señalados en los Artículos 446° inciso 4.JOSE LEONARDO ORTIZ, 10 DE MARZO DEL 2016ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO

REYNERIO DÍAZ TARRILLOJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO

18, 19, 21 Marzo

EDICTOExpediente N°2053 -2016-0 -0 - 1706- JR-PE-01Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - LambayequeESPECIALISTA: CÉSAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAIMPUTADO: JOSE ALEJANDRO DEL-GADO COLLAZOS DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: ESTEFANY YUVIRY DELGADO PUSMASE NOTIFICA A: JOSE ALEJANDRO DELGADO PUSMA. Con domicilio en calle Mariano Cornejo N° 266 Interior 02 CPM San LorenzoREQUERIMIENTO FISCAL: Se solici-ta la incoación de proceso inmediato en ssu contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio del menor Estefany Yuviry Delgado Pusma, toda vez que de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 511-2012 Juzgado de Paz Letrado de Jose Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de 4,836-04 nuevos soles, por pensiones alimenticias devengadas. Se adjunta como elementos de convicción:A) La sentenciaB) La resolucion que declara consenti-da la sentenciaC) La liquidación de pensiones alimen-ticias devegadas. Y notificaciones D) La resolucion que aprueba la liqui-dación y notificacionesRESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inme-diato, para el 23-03-16 a horas 11:30 am, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia N° 02, de los Juz-gados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz.

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA

ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO

PJ-NCPP-CSJLAMB18, 19, 21 Marzo

EDICTOEXP. Nro. 01478-2016-2015-0JULIO-BENAVENTEDELGADO EL SEGUN-DO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEO-NARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPU-TADO ELIX SAMUEL CASTANEDA HERDIA POR EL DELITO DE CON-TUCCION DE VEHICULO EN ESTA-DO DE EBRIEDAD EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD EXP. 01478-2016-0 JBD. SELE NOTIFICA LA :REQUERIMIENTO PROCESO INME-DIATO Folios: 5FlagranciaCuerpode-Delito/Especi es Sumilla REQUERI-MIENTO DE PROCESO INMEDIA-TOAGRAVIADO LA SOCIEDADIMPU-TADO CASTANEDA HERNANDEZ, ELIX SAMUEL*DELITO: Art. 274.1 - Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. MINISTERIO PUE CANARIO SANTA CRUZ, SEGUN-DO GAMALIELCARPETA FISCAL N° 216-2016Fiscal Responsable: Segun-do Gamaliel Ganado Santa Cruz REQUERIMIENTO: PROCESO INME-DIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZSEGUNDO GAMALIEL CANA-RIO SANTA CRUZ, Fiscal Adjunto Pro-vincial de la Segunda Fiscalía Provin-cial Penal Corporativa de Jose Leonar-do Ortiz, señalando domicilio procesal en la calle Incanato N® 438, 4to piso, J.L.O., Casilla Electrónica N°40555; a Usted Digo: I.- REQUERIMIENTO FIS-CAL De conformidad con lo establecido por los Artículos 446° y Art.447°, Inciso Primero del Código Procesal Penal vigente, recurro a vuestro Juzgado de Investigacion Preparatoria, formulando REQUERIMIENTO DE PROCESOIN-MEDIATO; en la investigación preli-minar seguida contra ELIX SAMUEL-CASTANEDA HERNANDEZ (37) por la presunta comisión del Delito de CON-DUCCION DE VEHICULO MOTORI-ZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD.HECHOS: Que, con fecha 29 de enero del 2016 a las 22:35horas, personal policial intervi-no a la persona de Elix Samuel Casta-ñeda Hernandez, en la intersección de la calle Nicaragua y Mariano Melgar, J.L.O., quien se encontraba manejando el vehículo menor trimovil de pasajeros de placa de rodaje MO-8242 de marca Wanxin de color negro, en presunto estado de ebriedad, por lo que se puso a disposición dela Comisaria PNP J.L.O. Asimismo, mediante Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-0011712, practicado al imputado, arroja como resultado: Cero gramos cincuenta y tres CGS. de Alcohol por litro de sangre (0.53 G/L), es decir la muestra contiene alcohol etílico. CALIFICACION TURI-DICA Que, el delito de CONDUCCION DF/VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto en el primer párrafo del artículo 274del Código Penal, se configura, en su aspecto objetivo, cuando el agente, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5gramos-litro, o bajo el efectodedrogast6xicas,estupefacientes,sustanciaspsicotr6picas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la liber-tad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de ser-vidos comunitarios de ancuenta y dos a cientocuatrojomadaseinhabilitaduf-trTwjormearticulo 36PRESUPUESTOS PROCESALES QUE SECUMPLEN EN EL PRESENTE CASO rLa existencia de suficientes elementos de convic-ción acumulados durante las diligen-cias preliminares, y recibido la decla-ración del imputado, resulta evidente la comisión delictiva por los mismos, dándose, igualmente, el cumplimiento de lo establecido en el Art. 446°, Inci-so 4 de dicho artículo que establece: Independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el fiscal también deberá de solicitar la incoación de proceso inmediato para los delitos de Omisión de asistencia familiar y

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Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 20168 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

de los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo senaladoenelnumeral3delarticulo447°delC6digoProcesalCivilRECAUDOSINVESTIGA TQR1QS Y ELEMEN-TOSDE PRUEBA DE LA COMISION DEL DELITO: Luego de haberse prac-ticado las investigaciones preliminar es realizadas en este despacho Fiscal, se ha logrado recabar los siguientes elementos de prueba, que vinculan al imputado, con el hecho ilícito materia de Investigacion: Acta de Intervención policial de fecha 29/01/2016, donde se aprecia las formas y circunstancias en que fue intervenido el imputado.2) Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-0011712, donde se aprecia que la can-tidad de alcohol que tenía el imputado era de 0.53 G/L..- FUNDAMENTOS JURIDICOS: Señor Juez, amparamos nuestra pretensión en los artículos 446°inciso 4 y 447°in fine del Código Procesal Penal vigente. POR TANTO: Sírvase Usted, Señor Juez, sírvase dar el trámite de LcjAiaL presente Reque-rimiento de Proceso Inmediato, notifi-cándose a las partesRESOLUCION NUMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, veinticinco de febre-ro Del año dos mil dieciséis.-AUTOS y VISTOS: Estando la razón emiti-da por la especialista de causas que autoriza, , SE RESUELVE:1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATOEN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, delito CONDUCCION DEVEHICULO MOTO-RIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, requerido por el Señor Fiscal Adjun-to Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz, Dr. Segundo Gama-liel Canario Santacruz; en contra del imputado ELIX SAMUEL CASTAÑEDA HERNANDEZ, para el día DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIE-CISEIS, AHORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA -08:30 (hora exacta), en la sala de audiencias de los Juz-gados de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Tole-do1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Publico, el imputado y su abogado defensor, bajo apercibimiento de informar a la Fiscal Superior Coor-dinadora, si el Fiscal no concurre, y en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal.2. CURSESE oficio al Coordinador de la Defensoría de Ofi-cio con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Publico que asuma la defensa del investigado ELIX SAMUEL CASTAÑEDA HERNANDEZ, en la presente diligencia, en caso no designe abogado defensor particular Adjuntándose copia de la Presente resolucion y del requerimiento fiscal. 3. COMUNJQUESE al representante del Ministerio Publico que en el futuro deberá acompañar el integro de la carpeta fiscal original conforme lo esta-blece el artículo 447.2 del Código Pro-cesal penal, modificado por el Decreto Legislativo 1194.4. NOTIFJQUESE al imputado ELIX SAMUEL CASTANEDA HERNANDEZ en su domicilio real sito en Calle Nicaragua N° 1595- C.P.M- Victor Raúl Haya de la Torre - Jose Leonardo Ortiz; Asimismo; se autori-za la notificación al domicilio procesal electrónico señalado por las partespro-cesales.5. PRECISAR que las cedulas de notificación, se generara a partir del dos de marzo, fecha que reinicia las labores jurisdiccionales. 6. interviene la especialista de causas por periodo vacacional.7. NOTIFIQUESE con las formalidades de ley.-Jose Leonardo 10 de marzo del 2016

REYNERIO DIAZ TARRILLOJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLOJULIO CESAR

BENAVENTE DELGADOESPECIALISTA DE JUZGADO

MBJ-JLO

PJ-NCPP-CSJLAMB17, 18, 19 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 01982-2013-20-1 706-JR-PE-01IMPUTADO: CABADA ARTEAGA, DILMERDELITO: INGRESO INDEBIDO DE EQUIPOS DE COMUNICACION AL INTERIOR DE UN ESTABLECIMIENO PENITENCIARIO AGRAVIADO: ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA INPE,Se NOTIFICA a: DILMER CABADA ARTEAGA, con la resolucion ONCE que resuelve:• REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral para el DIA VEINTICUA-TRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISES, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la sala 08-tercer piso de la nueva sede del Poder Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque-Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155- Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.• La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS.Por haberse dispuesto en el Expe-diente N° 01982-2013-20-1706-JR-PE-01, correspondiente al proceso penal seguido contra el acusado DILMER CABADA ARTEAGA; por el deli-to CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA - COMETIDO POR PARTI-CULARES, en la modalidad de POSE-SION INDEBIDA DE TELEFONOS CELULARES EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIA-RIO, tipificado en el artículo 368°-D del Código Penal en agravio del ESTADO PERUANO - INPE. (Especialista de causa Dra. Karina Fernandez Ramírez.

SARA VERA ZULOETAJUEZ

JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ-NCPP-CSJLAMB

17, 18, 19 Marzo

EDICTO PENALEXP. N° 6471-2013-2015-0-1706-JR-PE-03IMPUTADO: MONTERO MILLONES MANUEL ALBERTO AGRAVIADO: MONTERO UGAZ GER-MAN EDGARDO DELITO: USO DE DOCUMENTOS FALSOS JUEZ; CECILIA COSTA GONZALES ESPECIALISTA: HUMBERTO RUIZ RUIZPor el presente Edicto, la Juez del Ter-cer Juzgado de Investigacion Prepara-toria de Chiclayo, NOTIFICA al impu-tado MONTERO MILLONES MANUEL ANTONIO para que tome conocimiento de la resolucion numero uno de fecha 18 de enero de 2016, emitida en el expediente 6471-2013-0-1706-JR-PE-03, la misma que:- CITAR a AUDIENCIA PRELIMINAR para el CONTROL DE LA ACUSACION a realizarse el día VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS a horas UNA DE LA TARDE (hora exac-ta) en la sala de audiencias del Tercer Juzgado de Investigacion Preparatoria de esta sede judicial, déjese constan-cia que la presente audiencia se pro-grama en dicha fecha por la recargada agenda del juzgado.

CECILIA M. COSTA GONZALESJUEZ

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB17, 18, 19 Marzo

EDICTO PENAL2° JUZG. INVEST. PREPARATORIAEXPEDIENTE: 06875-2015-0-1706-JR-PE-02JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOLESPECIALISTA: JANET CECILIA SANCHEZ CAJOMINISTERIO PUBLICO: YANCUL AGUILAR, MILAGROS

IMPUTADO: DOMINGUES ALEJAN-DRIA, AGNERDELITO: LESIONES LEVESAGRAVIADO: TORRES CHAVEZ, JOSUE ARONPor el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado AGNER DOMINGUES ALE-JANDRIA, con la resolucion número cuatro de fecha veinticinco de enero del dos mil dieciséis, la misma que dispone:REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA VEINTIU-NO DE MARZO DEL DOS MIL DIECI-SEIS A HORAS 09:30 DE LA MAÑA-NA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 - Centra Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debida-mente notificados las partes procesales asistentes.

MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ TITULAR

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL4° JUZG. INVEST. PREPARATORIAEXPEDIENTE: 05362-2015-0-1706-JR-PE-04JUEZ: CECILIA MARGARITA GRAN-DEZ ROJAS /ESPECIALISTA: GUILIANA C. AGUI-LAR TORRESMINIST. PUBLICO: CESAR A. CELIS ZAPATAIMPUTADO: JULIO CESAR SALGADO ILATOMA y Otros.DELITO: EXTORSION AGRAVADAAGRAVIADO: GABRIEL DUENAS DAVILACARPETA FISCAL: 2015-RESOLUCION NUMERO: CUATRODADO CUENTA con la disposición fiscal número tres, en donde se advier-te que se ha dado por concluida la presente investigación preparatoria, y el requerimiento de acusación, ambos remitidos por el señor fiscal de la Ter-cera Fiscalía Provincial Penal Corpora-tiva de Chiclayo, en el proceso segui-do contra JULIO CESAR SALGADO ILATOMA, WILDER FREDY MENDEZ FERNANDEZ y CESAR NEMESIO FERNANDEZ OCAMPO, en calidad de COAUTORES, y contra ELVIA BENA-VIDES SANCHEZ y RUTH AYDEE CASTAÑEDA IZQUIERDO, en calidad de COMPLICES SECUNDARIOS, por el presunto delito de EXTORSION AGRAVADA en grado de TENTATI-VA, en agravio de GABRIEL DUEÑAS DAVILA; y, conforme a lo previsto en el artículo trescientos treinta y seis numeral cuatro, trescientos cuarenta y nueve y trescientos cincuenta del Código Procesal Penal: CONFIERASE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan, por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (Principio de oportunidad), 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) pro-poner los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a programar. En cuanto a la disposición de conclusión de la presente investigaciónRESOLUCION NUMERO: CINCO Chiclayo, cuatro de marzo Del dos mil dieciséis.-DADO CUENTA; Reasumiendo fun-

ciones la señora Juez que suscribe la presente resolución, a la reincorpora-ción después del periodo vacacional correspondiente al mes de febrero; así como la especialista de juzgado que suscribe. DESIGNAR Abogado defen-sor Público de Oficio, para que asuma la defensa del acusado: Julio Cesar Salgado llatoma quien deberá concurrir a la audiencia la misma que se llevara a cabo en caso hipotético no concu-rriera el abogado defensor particulares del acusado.Asimismo tratándose de reo en cárcel PROGRAMESE fecha de audiencia preliminar de control de acusación para el día VEINTIUNO DE MARZO del año dos mil dieciséis A HORAS TRES DE LA TARDE (hora exacta), en la sala de audiencias número CUATRO del CUARTO JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA; bajo apercibimiento al señor fiscal que en caso de inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido en el artículo 144° inciso 2) del CPP y BAJO APERCIBIMIENTO a los abo-gados defensores particulares de los acusados que en caso de inconcurren-cia injustificada se procederá conforme a lo establecido en el artículo 85° inciso 1) del Código Procesal Penal por tratarse de reo en cárcel teniendo en cuenta que tiene el carácter de inaplazable. Siendo ello así, INFOR-MESE a los acusados que en caso de inasistencia por parte del abogado defensor particular de llevarse a cabo con el defensor de oficio. Para la ins-talación de la audiencia es obligatoria la presencia del abogado del acusado y del fiscal. No podrán actuarse dili-gencias de investigación o de prueba específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental, para decidir cualquiera de las solicitudes.SECRETARIA: GUILIANA AGUILAR TORRES.Chiclayo, 03 de marzo 2016

CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ TITULAR

4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALInst. No. 1635-2016-0JUEZ: REYNERIO DIAZ TARRILLOESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDESMOTIVO: NOTIFICACIÓN.-EL SENOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA al impu-tado CARLOS ALBERTO RIVAS SANCHEZ; CON UN EXTRACTO DEL REQUERMIENTO FISCAL DE INCOACION DE PROCESO INME-DIATO;SOLICITA FISCAL:Acudo o vuestro Digno Despacho, con el propósito de SOLICITAR LA INCOACION DE PROCESO INMEDIA-TO contra CARLOS ALBERTO RIVAS SANCHEZ inmerso en la comisión de DELITO CONTRA LA FAMILIA, en su figura OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN SU MODALIDAD DE INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGA-CION ALIMENTARIA en agravio del menor CARLOS, NAOMI Y AKEMY RIVAS DIAZ debidamente representa-dos por su progenitora JANETH VIO-LETA DIAZ MONCHON.-HECHOS:Fluye de la remisión de las copias cer-tificadas del Expediente N del Primer Juzgado de Paz Letrado del Módu-lo Básico de Justicio de Jose Leo-nardo Ortiz, se aprecia que JANETH VIOLETA DIAZ MONCHON interpuso una demanda de ALIMENTOS - PEN-SION ALIMENTICIA contra CARLOS ALBERTO RIVAS SANCHEZ, a favor de sus tres menores hijos CARLOS JEANFRANCO RIVAS DIAZ, NAOMI XIOMARA RIVAS DIAZ Y AKEMY JAZMIN RIVAS DIAZ; proceso judi-cial del cual mediante Resolucion .N°

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9Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

CINCO de fecha 21.03.2013, en el acuerdo conciliatorio, estableciendo que el ahora imputado asista con una pensión alimenticia mensual ascen-dente a la suma de S/ 480.00 soles 0 favor de sus tres menores hijos, Con-ciliación que declarada APROBADA mediante Resolucion SEIS de fecha 21.03.2013. 2. Que esta Conciliación motivo se practique la Liquidación de fecha 30.06.2015 correspondiente al periodo del mes de Julio de 2013 al mes de julio de 2015 más los intereses legales respectivos, ascendiendo a la sumo de S/12, 249,60. (DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 60/100 SOLES) liquidación que se corrió traslado al ahora imputado mediante Resolución DOCE de fecha 23.06.2015 notificada al domicilio reo! de este, de conformidad con lo Cedu-la de Notificación Nro. 8069-2015-jP-FC, y mediante Resolución TRECE de fecha 06.08.2015 fue lo misma fue APROBADA en la suma de-S/12,249.60 soles, debidamente notifi-cado en su domicilio real conforme la copia certificada del reporte del siste-ma de expedientes del poder judicial Secretario Enrique Neptali Cadena Bonces, dándole al demandado el plazo de 3 días o fin de que cumpla con cancelar el pago, bajo apercibimiento e remitirse copias certificados o Ministe-rio Publico y se proceda con denunciar-lo penalmente, de conformidad con lo Resolución CATORCE -,de fecha01.10.2015, y tal como ha ocurrido.SUPUESTO DE APLICACION DEL PROCESO INMEDIATO:El Artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal (modificado por D. Leg N° 1194) establece que para los deli-tos de OMISION A LA ASISTENGIA FAMILIAR, lo incoación del proceso inmediato es OBLIGATORIA.EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFIQUE QUE EL HECHOEl hecho se subsume artículo 149° primer párrafo del Código Penal que establece: “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolucion judicial será reprimido con peno: privativo de liber-tad no mayor de tres años o con presta-ción de servicio comunitario de veinte o cincuenta y dos jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial”.En tal sentido, el imputado, en su condición de podre del menor, tienes la obligación de cumplir con la prestación de alimentos ordenada por el órgano jurisdiccional; sin embargo, consciente y voluntariamente, ha omitido cumplir el pago de dicha pensión mensual y, pese a haber sido requerido judicial-mente, de manera injustificada, man-tiene lo deuda alimentaria.EXTRACTO DE LA RESOLUCION NÚMERO UNO:Por tales consideraciones y de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 446° inciso 3) y el artículo 447° del Código Procesal PenalSE RESUELVE:CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIA-TO EN CASO DE DELITOS DE FLA-GRANCIA, OMISION A LA ASISTEN-CIA f AMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD – DROGA-DICCION Requerido por el requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonar-do Ortiz Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado CARLOS ALBERTO RIVAS SANCHEZ por el delito CONTRAJ-A FAMILIA en su figu-ra de .OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CARLOS, NAOMI Y AKEMYRIVAS DIAZ debidamente representa-dos por su progenitora JANETH VIO-LETA DIAZ MONCHON.EXTRACTO DEL ACTA DE AUDIEN-CIASE RESUELVE: 1).-DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA (con el objeto que se notifique mediante edic-tos al imputado) y se REPROGRAMA para el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA. DEBIENDO

NOTIFICARSE AL IMPUTADO CON UN EXTRACTO DEL REQUERIMIEN-TO DE PROCESO INMEDIATO, seña-lando los hechos, el delito que se le imputa, monto de la pensión alimenticia devengada, nombre de los agraviados, informándole que puede acogerse un principio de oportunidad en la audien-cia programada.2).- SE DISPONE QUE EL ASIS-TENTE JUDICIAL Ernesto Córdova Monteza, personalmente concurra a la notificación al imputado en la calla San Francisco N° 1701- Upis Primero de Mayo del distrito de Jose Leonardo Ortiz, dirección que otorgo el imputa-do en la audiencia de conciliación de proceso civil de alimentos, a pesar de que se ha informado que no se ubica esta direcciónNOTIFIQUESE a los sujetos procesa-les.- Por haberse dispuesto así en, la instrucción No. 1635-2016 que se le sigue por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.Jose Leonardo Ortiz, 11 de Marzo del 2016

KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSAS

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 375 -2016-0EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERRENAFEJUEZ: DRA. HELLA TORRES TORRESSECRETARIO: DR. ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZHace de conocimiento de ROSA BRI-GGITTE YAMPUFE MENDOZA, que se ha dispuesto: PROGRAMAR la fecha para LA CITACION A JUICIO, y SEÑALESE LA AUDIENCIA el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, CON MANDATO DE COMPARECENCIA a la inculpa-da precitada, bajo apercibimiento de ordenarse su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia, por haberse dispuesto asf en el Expediente N° 375 -2016.Ferreñafe, 02 de marzo del 2016HELLA MARISOL TORRES TORRES

JUEZ2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN

COMISARIA FERREÑAFEPODER JUDICIAL – CSJLA

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 5838-2014-54-1706-JR-PE-05JZUAGDO: PRIMER JUZGADO UNI-PERSONAL PENAL SUPRAPROVIN-CIAL DE CHICLAYOJUEZ: SARA VERA ZULOETAESP. JUDICIAL: KARINA FERNAN-DEZ RAMIREZSe NOTIFICA a: SABINO CUBAS CUBAS, con el acta de audiencia de fecha 21 de enero del año 2016, en la cual se ha RESUELTO:1.- SE RESUELVE: DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE LA PRESENTE AUDIENCIA y reprogra-marla para el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS a horas DIEZ Y TREINTA MINU-TOS DE LA MAÑANA en esta misma Sala de Audiencias, debiendo noti-ficarse al acusado conforme se ha ordenado en la resolucion de citación a juicio oral mediante edictos de mane-ra correcta en el diario La República debiendo recabarse las publicaciones con la debida antelación por parte de los asistentes judiciales, bajo apercibi-miento para el acusado de declarársele reo contumaz y ordenarse su captura en casos e inconcurrencia, Llámese la atención al Asistente Judicial a efec-to de que ponga mayor celo en el desempeño de sus funciones, quedan notificadas las partes concurrentes con los mismos apremios que contiene la resolucion que cita a juicio oral.-2.- La

presente publicación se deberá realizar por TRES DJAS.Chiclayo, 21 de enero del 2016

SARA VERA ZULOETAJUEZ

JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ-NCPP-CSJLAMB

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALEXP. N° 06748-2015-0-1706-JR-PE-4°EL CUARTO JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUECUADERNO JUDICIAL N°: 06748-2015-0-1706-JR-PE-4JUZGADO: 4to. Juzgado de Investiga-cion Preparatoria. IMPUTADO: OSCAR ALEXANDER LARREA GUZMAN DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: OLENKA GUADALUPE LARREA CASTILLO ESPEC. DE JUZGADO: SARA HUA-RANGA ARBOLEDA SE NOTIFICA por el presente a OSCAR ALEXANDER LARREA GUZ-MAN, que mediante Resolucion núme-ro TRES de fecha dieciocho de enero del dos mil dieciséis, se resolvió lo siguiente:SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA LA PRE-SENTE AUDIENCIA porque la cedula dirigida al acusado ha sido motivada.2. REPROGRAMAR la presente audiencia de CONTROL DE ACUSA-CION para el día 22 DE MARZO DEL 2016 A LAS 12 P.M. (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUME-RO CUATRO del Cuarto Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo. Se Notifica en este acto al señor Fiscal y defensor público, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de! repre-sentante del Ministerio Publico se apli-cará el artículo 144° inciso 2) del Nuevo Código Procesal Penal.3. NOTTFICAR a al acusado OSCAR ALEXANDER LARREA GUZMAN, debiendo notificar a la dirección consig-nada en su ficha RENIEC, sito en Los Claveles N° 408 - Monsefu; además, se notificará mediante EDICTOS en el diario de la Republica por espacio de tres, concediéndole plazo de traslado de requerimiento acusatorio, debiendo el asistente judicial adjuntar los edic-tos respectivos bajo responsabilidad funcional.Chiclayo, 18 de enero de 2016

CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ TITULAR

4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALExpediente N° 1508-2016 -0- 1706- JR-PE-01JUZGADO: Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque ESPECIALISTA: Cesar Augusto Sala-zar Piscoya. IMPUTADO: DINO LOREDO SAN-CHEZ DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: DINO ANTONIO LORE-DO GARCIASE NOTIFICA A: ESILDA HAYDEE GARCIA FERNANDEZ con domicilio en el distrito de Lagunas - Mocupe.-REQUERIMIENTO FISCAL El repre-sentante del Ministerio Publico formula requerimiento de proceso inmediato, en la investigación seguida contra Dino Loredo Sanchez, por el delito de Incum-plimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Dino Antonio Loredo Garcia, toda, vez que en proceso de alimentos se le ha practicado una liquidación de pensiones devengadas por el periodo de Julio 2011 a Julio 2015, por la suma de catorce mil setenta y cinco nuevos soles con cuatro céntimos. Asimismo Se ha señalado fecha de audiencia para el 22 -03-16 a horas 08.30 am,

en la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz.Jose L. Ortiz, 03 Marzo 2016

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA

ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO

PJ-NCPP-CSJLAMB16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALExpediente N° 1950 -2015-21 - 1706-JR-PE-01Juzgado: Primer Juzgado de Investiga-cion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya.IMPUTADO: HUMBERTO AGIP GUE-VARADELITO: DESIBEDIENCIA O RESIS-TENCIA A LA AUTORIDADAGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DIS-TRITAL DE JOSE L. ORTIZSE NOTIFICA A: HUMBERTO AGIP GUEVARA con domicilio en calle Ricar-do Palma N° 298 - ChiclayoREQUERIMIENTO DE SOBRESEI-MIENTO: Se Imputaba a Humberto Agip Guevara, la presunta comisión del delito Contra la Administración Publica, en la figura de Resistencia 6 desobediencia a la autoridad, en agravio de la Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz, al desobedecer la orden de clausura temporal N° 001- 2014 del 18-02-14 del Establecimiento Comercial de venta de folio, ubicado en la calle Ramon Castilla N° 180 -Mosho-queque, dispuesto por Resolucion de Alcaldía N° 1225-2012- MDJLO/A del 21 de septiembre del 2012, dado a que el día siguiente 19 de febrero del 2014 el inspector Municipal emite el informe N° 001-2014 DMDJLO/ ATR-AMYS, informa que el propietario Humberto Agip Guevara habia roto los precintos de seguridad de la clausura y abier-to el negocio para seguir vendiendo carne de polio al público, sin levantar las observaciones requeridas, menos haber cancelado la multa. Terminada la investigación y no habiéndose acredita-do que la comisión delictiva, por lo que en el amparo de lo que prescribe el art. 344 numeral 2 literal b. El hecho impu-tado no es típico, corresponde solicitar-le el sobreseimiento de la causa.Téngase presente y por recepcionado el requerimiento fiscal de sobresei-miento; de la causa, en el proceso seguido contra Humberto Agip Gue-vara, por el delito Contra la Adminis-tración Publica en su modalidad de resistencia o desobediencia a la auto-ridad, en agravio de la Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz, y de conformidad con lo estipulado en el artículo trescientos cuarenta y cuatro inciso uno del Código Procesal Penal; y CONSIDERANDO:PRIMERO: El artículo trescientos cua-renta y cinco del CPP señala que el Juez de Investigacion Preparatoria una vez que recibe el requerimiento fiscal de sobreseimiento correrá trasla-do de la solicitud a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días, quienes podrán formular su oposición a la solicitud dentro del plazo esta-blecido. La oposición bajo sanción de inadmisibilidad, será fundamentada y podrá solicitar la realización de actos de Investigacion adicionales indicando su objeto y los medios de Investigacion que considere procedentes. Vencido el plazo del traslado, el Juez citara al Ministerio Publico y a los demás suje-tos procesales para una audiencia pre-liminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento.SEGUNDO: La Resolucion N° 096-2006-CE-PJ del veintinueve de junio del dos mil seis que, contiene el Regla-mento de Expedientes Judiciales en el Capítulo Segundo denominado del Cuaderno de la Etapa Intermedia en el artículo 18° establece que las actua-ciones y tramites que se realicen en la etapa intermedia generaran un cuader-no cuya denominación será Cuaderno de la Etapa Intermedia competente

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Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 201610 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

ordenara su formación una vez que reciba la acusación fiscal o un reque-rimiento de sobreseimiento; el Cua-derno de la Etapa Intermedia tendrá como anexo el Expediente Fiscal así como los objetos y cosas en caso estos hayan sido introducidos como prueba anticipada. Por las anteriores consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo trescientos cuarenta y cinco del Código Procesal Penal y Resolucion N° 096-2006-CE-PJ;SERESUELVE:1) FORMAR el Cuaderno de la Etapa Intermedia con el requerimiento de Sobreseimiento Fiscal, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional así como las actas que registren las actuaciones policiales; DISPONIENDO que el expediente judi-cial sea considerado como el Expe-diente Fiscal: que servirá de anexo del Cuaderno de la Etapa Intermedia; TRASLADO a los demás sujetosprocesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme al artículo trescientos cuarenta y cinco acápite dos del Código Procesal Penal, acom-páñese con copia del requerimiento fiscal de sobreseimiento; 2) En aplicación del principio de cele-ridad procesal. CITESE para el día VEINTIDOS DE MARZO del año dos mil dieciséis, a horas DIEZ DE LA MAÑANA la audiencia de control del requerimiento de sobreseimiento, la misma que se llevara cabo en la Sala de Audiencia N° 01 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz, debiendo concurrir en forma obligatoria el Representante del Ministerio Publico y el abogado del imputado.3) Teniendo en cuenta que el imputado no cuentan con asesoria legal particu-lar, conforme se advierte del requeri-miento fiscal; sin perjuicio de lo hagan en el término de cuarenta y ocho horas, a efecto de no vulnerar su derecho a la defensa y evitar nulidad posteriores NOTIFIQUESE al Coordinador de los defensores públicos, para que designe a un abogado de oficio, quien asumi-rá la defensa técnica del imputado. Bajo apercibimiento de tenérsele por designado a el mismo, en caso de incumplimiento.4) Los escritos que presente las partes procesales, serán resueltos en audien-cia.5) REQUIERASE a las partes cumpla con indicar la casilla electrónica en donde se les notificara las resoluciones que expida este Juzgado en atención al mandato obligatorio contenido en la resolucion administrativa N° 440 - 2015- P-CSJLA/PJ de fecha 01.de septiembre del 2015. Bajo apercibi-miento de multa.6) Se deja constancia que se ha seña-lado la diligencia para esa fecha de acuerda a la agenda del Juzgado y considerando aun que en el mes de Febrero son las vacaciones judiciales.7) NOTIFIQUESE conforme a ley.

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA

ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO

PJ-NCPP-CSJLAMB16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOFICIO N° 08132-2015-0-1706-JR-PE-02-2°JPLTCH/TJAGSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: DOROTTY OROZCO SIGUE-ÑASESPECIALISTA: SEGUNDO ROBIN-SON LOZANO SERRANOCITA, LLAMA Y EMPLAZA, al pro-cesado ARNALDO TORO DAVILA; para comparecer el día veintidós de marzo del año dos mil dieciséis a horas 10:00 am, al Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio -ubicado en la calle San Jose N° 1052 - 1° piso de esta ciudad-, a fin de que RINDA SU

DECLARACION INSTRUCTIVA ante este despacho; por haberse dispuesto así en la resolucion numero Uno de fecha dos de marzo del año dos mil dieciséis del expediente N° 08132-2015, que se sigue contra Arnaldo Toro Davila por el delito Contra el patrimonio en su figura de Robo agravado.Chiclayo, 03 de marzo de 2016

DOROTTY OROZCO SIGUEÑASJUEZ

2° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLASEGUNDO ROBINSON

LOZANO SERRANOSECRETARIO JUDICIAL

2° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOficio N° 8276-2015-81-1708-JR-PE-01 /JCHMJUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE LAMBA-YEQUE JUEZ: Segundo Adrianzen ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCita y Emplaza: al imputado de autos GIANCARLO ASALDE RIOJAS, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución numero UNO - fecha cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, que ADMITIR a trámite la solicitud de constitución en actor civil presentado por CINTHIA JHOANA GUTIERREZ DE DIOS, respecto al proceso seguido contra Giancarlo Asalde Riojas por la comisión del delito de Omisión de la Asistencia Familiar, en agravio de su menor hijo Kendry Chantal Asalde Gutierrez; CONFIRIENDO TRASLADO con dicha solicitud a los demás sujetos procesales por el plazo de tres días y por el principio de celeridad procesal CITA a la AUDIENCIA DE SOLICITUD DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL para el día VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE Y CINCUENTA DEL MEDIO DIA (hora exacta) la cual se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado Penal de Investigacion Preparatoria de la Ciudad de Lambayeque, sito Calle Victor Doig y Lora N° 185- Lam-bayeque.Por haberse dispuesto así en el expe-diente N° 8276-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue contra Giancarlo Asalde Riojas por el delito de Omisión de la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Kendry Chantal Asalde Gutierrez.

SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLA16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 246-2012-00-JIPSI-CSJL-FORMALIZACIONJUZGADO: JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIAIMPUTADO: MARIA ADELITA TERRO-NES YUPANQUI Y OTRADELITO: ESTAFA.AGRAVIADO: JOSE LENIFAS BAI-QUE CAMACHO Y OTROJUEZ: Dra. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE.ESPECIALISTA: ABOG. YUSBELIA URDIALES SEGURASE EMITE LA PRESENTE RESOLU-CION NUMERO CUATRO resolución que programo fecha de Audiencia de Control de Acusación para el día vein-tisiete de mayo del dos mil quince, y RESOLUCION NUMERO ONCE donde se dispone REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CON-TROL DE ACUSACION PARA EL DIA VEINTIDOS DE MARZO 2016 A HORAS 11:30 DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigacion Preparatoria de San Ignacio - 3a Piso, para que se notifique a la Imputada MARIA ADELI-

TA TERRONES YUPANQUI proceso seguido a la investigada, como pre-sunta autora del delito de ESTAFA, en agravio de JOSE LEONIFAS BAIQUE CAMACHO Y OTROS; Se le notifica para que tenga conocimiento la parte procesal; Este proceso se encuentra ventilándose con número de Expe-diente N° 246-2012-00-JIP-SI, en el Juzgado de Investigacion Preparatoria de La Provincia de San Ignacio; perte-neciente a la Jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; proceso seguido en su contra por la Segunda Fiscalía Penal de la ciudad de San Ignacio. Y se remite el presente edicto para que disponga su PUBLICA-CION, en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, por el lapso de 3 DIAS HABILES CON-SECUTIVOS, asimismo en la Página Web de la Institución, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 128° del Código Procesal Penal.San Ignacio, 25 de enero del 2016

DRA. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE

JUEZJUZGADO DE INVESTIGACION

PREPARATORIA YLIQUIDADOR TRANSITORIO –

SAN IGNACIOPODER JUDICIAL – CSJLA

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 1316 -2015-0EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERRENAFEJUEZ: DRA. HELLA TORRES TORRESSECRETARIO: DR. ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZHace de conocimiento de BLANCA EMERITA CHERRE CASAS, que se ha dispuesto: PROSRAMAR la fecha para LA CITACION A JUICIO, y SEÑALESE LA AUDIENCIA el día VEINTIDOS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS, a horas NUEVE DE LA MAÑA-NA, CON MANDATO DE COMPARE-CENCIA a la inculpada precitada, bajo apercibimiento de ordenarse su con-ducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia, por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1316 - 2015.Ferreñafe, 02 de marzo del 2016HELLA MARISOL TORRES TORRES

JUEZ2° JUZGADO DE PAZ LETRADO EN

COMISARIA FERREÑAFEPODER JUDICIAL – CSJLA

16, 17, 18 Marzo

EDICTOEXPEDIENTE N°: 2015-260-CJPUS-JJUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENAESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJIA PEREZSE HACE SABER A: CESAR HUM-BERTO VALLEJOS HOYOSEl Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: CESAR HUMBERTO VALLEJOS HOYOS con la parte resolutiva de la resolucion numero UNO de fecha veintidós de enero del año dos mil dieciséis, en la que se ha resuelto lo siguiente: “AUTOS Y VISTOS;... SE RESUELVE: 1.- PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra el acusado CESAR HUMBERTO VALLEJOS HOYOS como presunto autor del delito de LESIONES GRAVES en agravio de JOSE ALTAMIRANO CUBAS, para el día VEINTIDOS DE MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) que se llevara a cabo en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaen, ubicado en las intersecciones de las calles Mariscal Castilla y Hua-mantanga, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inasistencia y ordenarse su captura a nivel nacional.Por haberse ordenado así en el Expe-diente N° 260-2015, seguido contra

CESAR HUMBERTO VALLEJOS HOYOS por el delito de ANDRES HERNAN AREVALO SEGOVIA como presunto autor del delito de LESIONES GRAVES en agravio de JOSE ALTA-MIRANO CUBAS.Jaen, 03 de marzo del 2016

JOSE LUIS TORRES BALLENAJUEZ CUARTO JUZGADO

PENAL UNIPERSONALCSJLA-JAEN

16, 17, 18 Marzo

EDICTO3.- CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día VEINTITRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA),fecha programada en razón de la recar-gada agenda de audiencias programa-das en el sistema integral de justicia-en la sala de audiencias número cinco del Quinto Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defen-sor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1 y artículo 144° inciso 2) del Código procesal Penal respectivamente. PRE-CISESE que durante dicha audiencia: 1) o está permitida la actuación de diligencias de Investigacion de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prue-ba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias progra-madas con antelación en el sistema integral de justicia.4.- REQUIERASE a las partes pro-cesales que de presentar escritos en el traslado concedido en autos debe-rá anexar el numero correspondien-tes de juegos de copias a notificarse. 5.-NOTIFIQUESE a las partes procesa-les en las direcciones consignadas en el contenido del requerimiento fiscal, debiéndole adjuntárseles copias del requerimiento y al representante del Ministerio Publico en su sede institu-cional sin perjuicio de notificarse por EDICTOS al acusado por el plazo de dos días en el diario “La Republica”.

SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ TITULAR

5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PODER JUDICIAL – CSJLA SARA HUARANGA ARBOLEDA

ESPECIALISTA JUDICIAL PJ-NCPP-CSJLAMB

16, 17, 18 Marzo

EDICTOEXPEDIENTE N°: 4366-2014-2JIP-JJUEZ: ORLANDO GERMAN PARI GONZALES ESP. DE JUZGADO: NIDYA MELISSA PRETELL ALEJANDRIA SE HACE SABER A: ROSSANA PATRICIA BRAVO MENESES, GIAN-CARLOS JUNIOR LOZANO MAR-TELL.El Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Pro-vincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR A LAS PARTES IMPUTADAS ROSSANA PATRICIA BRAVO MENESES, GIANCARLOS JUNIOR LOZANO MARTELL, con la RESOLUCION N° QUINCE de fecha dos de marzo del año dos mil dieciséis QUE RESUELVE: CORRER TRAS-LADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una

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11Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobresei-miento, 5) Instar la aplicación de crite-rio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, CITESE para el día VEIN-TITRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACU-SACION Y SOBRESEIMIENTO en la Sala de Audiencia del Segundo Juz-gado de Investigacion Preparatoria de Jaen ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad (2do piso).Jaén, 03 de marzo del 2016

DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES

JUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION

PREPARATORIAPJ-NCPP-JAEN

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOficio N° 8276-2015-0-1708-JR-PE-01/JCHMJUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE LAMBA-YEQUE JUEZ: Segundo Adrianzen ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCITA Y EMPLAZA: al imputado de autos GIANCARLO ASALDE RIOJAS, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución numero UNO -fecha dieciocho de enero del año dos mil die-ciséis, que CONFIERASE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuer-dos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que deter-minados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; y por el principio de cele-ridad procesal CITA a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACU-SACION a realizarse el día VEINTI-TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), que se realizara en la sala de audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Victor Doig y Lora N° 185 -LambayequePor haberse dispuesto así en el expe-diente N° 8276-2015-0-1708-JR-PE, que se sigue contra Giancarlo Asalde Riojas por el delito de Omisión de la Asistencia Familiar en agravio de su menor hijo Kendry Chantal Asalde Gutierrez.

SEGUNDO D. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE

PODER JUDICIAL – CSJLA16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 04566-2015-86-1706-JR-PE-01

JUEZ: MARÍA CELIA PRIMO VÁS-QUEZ ESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: PERCY JUNIOR DURAND RUIZ Y OTROS AGRAVIADA: BANCO DE CRÉDITOMINIST. PUBLICO: GLORIA ISABEL SAMILLÁN VALLEJOSDELITO: FALSIFICACIÓN DE DOCU-MENTOS.SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los señores: PERCY JUNNIOR DURAND RUIZ; DUALDO MIULLER ÁLVAREZ VASQUEZ; ROSITA NELLY ALVA-REZ VASQUEZ; y, MARIA VILMA VÁSQUEZ ALVITES, para que se pongan a derecho en el proceso N° 04566-2015-86-1706-JR-PE-01JIP- CHICLAYO.RESOLUCIÓN NÚMERO: DOSChiclayo, veintidós de eneroDel dos mil dieciséis.-DADO CUENTA; con el escrito de subsanación de solicitud de constitu-ción en actor civil presentado por el apoderado judicial Luis Felipe Gómez Paredes, en representación del Banco de Crédito del Perú, en el proceso seguido contra Percy Junnior Durand Ruiz, Dualdo Miuller Alvarez Vasquez, Rosita Nelly Alvarez Vasquez y María Vilma Vásquez Alvites, por los presun-tos delitos contra la Fe Pública, en la modalidad de Estafa y Falsificación de Documentos previsto y sancionado en el artículo196° y 427° del Código Penal respectivamente, en agravio de Banco de Crédito, TÉNGASE por subsana-do. TRASLADO a las demás partes procesales por el PLAZO DE TRES DÍAS de notificado, vencido el plazo sin mediar oposición emitirse resolución, de haber oposición prográmese fecha de audiencia. SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 04566-2015-0-1706-JR-PE-01JUEZ: MARÍA CELIA PRIMO VÁS-QUEZ ESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: PERCY JUNIOR DURAND RUIZ Y OTROS AGRAVIADA: BANCO DE CRÉDITO.MINIST. PUBLICO: GLORIA ISABEL SAMILLÁN VALLEJOSDELITO: FALSIFICACIÓN DE DOCU-MENTOS.SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los señores: PERCY JUNNIOR DURAND RUIZ; DUALDO MIULLER ÁLVAREZ VASQUEZ; ROSITA NELLY ALVA-REZ VASQUEZ; y, MARIA VILMA VÁSQUEZ ALVITES, para que se pongan a derecho en el proceso N° 04566-2015-86-1706-JR-PE-01JIP- CHICLAYO.RESOLUCIÓN NÚMERO: TRESChiclayo, veintitrés de diciembreDel dos mil quince.-SE RESUELVE:1.- DESIGNAR Abogado de oficio, para que asuma la defensa de los acu-sados DUALDO MIULLER ALVAREZ VASQUEZ, ROSITA NELLY ALVAREZ VASQUEZ y MARÍA VILMA VÁSQUEZ ALVITES, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso lo comunicará inmediatamente al Juzgado. Por con-siguiente, deberá notificarse al Coor-dinador de los defensores de oficio en su sede institucional, para que designe abogado(s) que asuma(n) la defensa técnica de los imputados, bajo aperci-bimiento de tenérsele por designado a él mismo, en caso de incumplimiento, debiendo comunicarlo a este Juzgado.-2.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acu-sación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actua-ción de prueba anticipada, 4) pedir el

sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofre-cer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) pro-poner los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-3.- CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día SIETE DE ABRIL del año dos mil dieciséis, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha progra-mada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el siste-ma integral de justicia - en la sala de audiencias Nº Uno del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Cen-tro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCI-BIMIENTO a los abogados defensores de los acusados, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audien-cia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECÍ-SESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de dili-gencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prue-ba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, progra-madas con antelación en el sistema integral de justicia. SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL EXP. N° 1915-2014-41-1706-3°JIP/RPMLA SEÑORA JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. JENNY KARINA YNOÑAN MAR-TINOPor la presente: Se NOTIFICA a los agraviados: MILTON ENRIQUE PASAPERA GIL, LILIANA SOCORRO COTRINA NARRO, VIZNEY VERCELY HUAMAN ACUÑ, JUAN CARLOS SANCHEZ CERDAN, AGUSTIN ALTA-MIRANO VARGAS Y YURI HERNAN-DEZ DIAZ; con el:RESOLUCION SEIS: QUE RESUEL-VE DECLARAR FUNDADO el Reque-rimiento Fiscal de SOBRESEIMIENTO en la causa que se le sigue a JORGE ANDRES FRANCO ARBAIZA, EDITA DIAZ FERNANDEZ y YURI HERNAN-DEZ DIAZ por la presunta comisión del delito Contra El Patrimonio en su modalidad de ESTAFA, prescrito en el artículo 196° del Código Penal en agravio de Isabel Cieza Mayta, Alberto Chong Vásquez, Segundo Isabel Lla-tas Perez, Bruce Lee Díaz Vásquez, Juan Pablo Carranza Ochoa, Juan Pai-sig Dávila, Milton Enrique Pasapera Gil, Liliana Socorro Cotrina Navarro, Francisco Altamirano Villanueva, Kesia Abigail Camacho Pérez, Jhon Mar-cos Altamirano Vargas, Fidel Zamora Núñez, William Alberto Uriarte Bolaños, Viznay Vercely Huamán Acuña, Juan Lucano Lozano, Juan Carlos Sánchez Cerdán, Charles Danny Tocas Garay, Rubén Daniel Chacón, Silvia Del Pilar Campos Tancun, Miguel Cristobal Burga Casa, Leticia Ramos Apolita-no, Santos Acuña Goicochea, Yanpool Tirado Uceda, Jesús Francisco Herre-ra Tirado, Magdalena Rodríguez Del-

gado, Cinthia Yamoly Valdivia Lara, Rolando Vásquez Cajan, Walter Díaz Salazar, Mercedes Salcedo Bautista, José Luis Paisig Dávila, Emelda Aga-pito Cruzado, Luis Omar Pérez Paisig, Carlos Zamora Gonzales, Giovani Aga-pito Eneque, Cesar Vallejos Bautista y William Frank Lozano Torres; consenti-da o ejecutoriada que sea la presente, ANÚLENSE los antecedentes policia-les y judiciales que hubiera originado la presente causa; LEVÁNTESE todas las medidas coercitivas, personales y rea-les, que se hubieran expedido contra la persona o bienes de los imputados en el caso que hubiesen sido dictadas; y ARCHIVENSE los actuados de manera definitiva; NOTIFÍQUESE conforme a Ley.- Por haberse ordenado en el Expedien-te Nro. 01915-2014-41-1706-3°JIP/NCPP seguida contra DIAZ FERNAN-DEZ EDITA Y OTROS, por el delito de ESTAFA GENERICA en agravio de TOCAS GARAY CHARLES Y OTROS.Especialista Legal: Dra. ROSARIO NOEMI POZO MEJIA.16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL Expediente Nro. 1724- 2016-0-1706-7°JIP/NCPPEL SEÑORA JUEZ DEL SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DRA. MARY ISABEL NUÑEZ COR-TIJO.Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al imputado CLODOMIRO VILLANUEVA DIAZ.RESOLUCION UNO: RESUELVE: 1) RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de Formalización y Continuación de la Investigación contra CLODOMIRO VILLANUEVA DIAZ como autor del delito de FAL-SEDAD IDEOLÓGICA en agravio de ENEMESIO ARMANDO SANCHEZ BARDALES; como autor del delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en la modalidad de USO DE DOCU-MENTO PÚBLICO FALSO en agravio de ENEMESIO ARMANDO SANCHEZ BARDALES Y DEL MINISTERIO DE JUSTICIA; como autor del delito de ESTELIONATO en agravio de MAR-CIAL MEGO PÉREZ y como autor del Delito de FALSIFICACION DE DOCU-MENTOS en la modalidad de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO en agravio de MARCIAL MEGO PÉREZ, ERNESTO NOE MALAGA TORRES y del NOTARIO TORRES KRUGER, a efectos de que el Juez de Investiga-ción Preparatoria asuma competencia material en el proceso; 2). IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIM-PLE al imputado antes mencionado; 3).REQUIERASE al COORDINADOR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA, a fin de que designe abogado defensor al procesado; 4).COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extin-ción o suspensión de la acción penal; 5).PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación prepara-toria, se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada del caso, 6).ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se pre-sentan por escrito y deben ser susten-tados en audiencia pública; 7).EXPLI-CAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán gravados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oral-mente en audiencia, se entenderá noti-ficada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido; 8).ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado; 9).REQUERIR a los sujetos procesales, cumplan con consignar su casilla electrónica; 10). NOTIFICAR.-Por haberse ordenado en el Expe-diente Nro. 1724- 2016-0-1706-7°JIP/NCPP seguida contra CLODOMIRO VILLANUEVA DIAZ, por el delito de

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Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 201612 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

FALSEDAD IDEOLÓGICA y otro en agravio de ENEMESIO ARMANDO SANCHEZ BARDALES y otros.Especialista legal: ROSARIO NOEMI POZO MEJIA.Chiclayo, 09 de Marzo del 2016. 16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOFICIO Nº 5810-2003-2° JPLTCH/AESBSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO CHICLAYOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: DOROTHY OROZCO SIGUE-ÑASESPECIALISTA: ALICIA ELVIRA SOLF BARBOZACITA Y EMPLAZA; al procesado de auto GONZALO SILVA PAREDES, a fin de notificarse con el tenor de la resolución TREINTA Y TRES de fecha nueve de diciembre del dos mil quince, que contiene el auto que RESUELVE: Declarar de Oficio EXTINGUIDA la ACCION PENAL por PRESCRIPCION en la causa seguida contra GONZALO SILVA PAREDES por el delito CON-TRA LA FE PUBLICA en su figura de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO – MUNICI-PALIDAD PROVINCIAL DE FERRE-ÑAFE.Por haberse dispuesto así en el Expe-diente Nº 5810-2003, que se sigue en contra de GONZALO SILVA PAREDES por el delito CONTRA LA FE PUBLICA en agravio del ESTADO – MUNICI-PALIDAD PROVINCIAL DE FERRE-ÑAFE.Publicación que se hará por TRES DIASChiclayo, 10 de marzo del 201616, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOF. 00305-2012-2°JPLTCH/ TJAG OFSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: JORGE LUIS ROJAS CRUZESPECIALISTA: SEGUNDO ROBIN-SON LOZANO SERRANOCITA, LLAMA Y EMPLAZA; a los pro-cesados JORGE JHONY PACHON SOSA, JUAN EDUARDO PACHON SOSA y ALEJANDRO SUYON PIS-COYA; para de comparecer el día veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis a horas 10:00 am. al Segundo Juzgado Penal Liquidador Transito-rio -ubicado en la calle San José N° 1052 – 1° piso de esta ciudad-, a fin de llevarse a cabo EL ACTO PÚBLICO INAPLAZABLE DE LECTURA DE LEC-TURA DE SENTENCIA; por haberse dispuesto así en la resolución número treinta y cuatro del expediente N° 0305-2012, que se sigue contra Jorge Jhony Pachon Sosa, Juan Eduardo Pachon Sosa y Alejandro Suyon Piscoya por el delito de Lesiones Graves en agravio de Lino Flores Vásquez.- Publicación que se hará por TRES DÍASChiclayo, 23 de febrero del 2016

JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZ (E) SEGUNDO JUZGADO

PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIOPJ- CSJLAMB

16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02697-2015-0-1706-JR-PE-06IMPUTADO: DAVID CALUA CASTRE-JON AGRAVIADA: DAYANA DE LOS ANGELES CALUA CUEVA. MINIST. PUBLICO: EDITA DÍAZ POR-TOCARRERODELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIARESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESSE CITA Y EMPLAZA al imputado DAVID CALUA CASTREJON para que se ponga a derecho en el proceso N° 02697-2015-0-1706-JR-PE-06JIP-

CHICLAYO.RESOLUCIÓN NÚMERO: UNOSE RESUELVE: 1.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acu-sación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actua-ción de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofre-cer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) pro-poner los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-RESOLUCIÓN NÚMERO: TRESDADO CUENTA; AVOCÁNDOSE al proceso el señor Juez que suscribe la presente resolución por disposición superior. Con el estado del proceso, se dispone: PROGRAMAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACU-SACIÓN, para el día TRECE DE ABRIL del año dos mil dieciséis, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias Nº Trece del Sexto Juzgado de Investiga-ción Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIEN-TO al abogado defensor del acusa-do, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Pro-cesal Penal. PRECÍSESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investi-gación o de pruebas específicas, salvo el trámite deprueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artí-culo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audien-cias, programadas con antelación en el sistema integral de justicia, asimismo a fin que se realice las publicaciones de los edictos en Ecuador contra el acusado. NOTIFIQUESE al acusado en las direcciones de autos, y median-te Edictos que se publicaran el diario “La República”, con el traslado del requerimiento acusatorio y la presente resolución; parte agraviada; y repre-sentante del Ministerio Público en su sede institucional.-SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOF. 02951-2001-0-1706-JR-PE-00-2°JPLTCH/ TJAGSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: DOROTHY OROZCO SIGUE-ÑASESPECIALISTA: SEGUNDO ROBIN-SON LOZANO SERRANOCITA, LLAMA Y EMPLAZA; a la pro-cesada ZARELA SEGURA VILCHEZ; para de comparecer el día cinco de abril del año dos mil dieciséis a horas 11:00 am. al Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio -ubicado en la

calle San José Nº 1052 – 1° piso de esta ciudad-, a fin de llevarse a cabo EL ACTO PÚBLICO INAPLAZABLE DE LECTURA DE LECTURA DE SEN-TENCIA (REPROGRAMADO POR ÚLTIMA VEZ); por haberse dispuesto así en la resolución número cincuenta y dos del expediente Nº 2951-2001, que se sigue contra Zarela Segura Vilchez por el delito Contra la seguridad pública en agravio del Estado.- Publicación que se hará por TRES DÍASChiclayo, 03 de marzo de 201616, 17, 18 Marzo

EDICTO PENALOFICIO N° 08132-2015-0-1706-JR-PE-02-2°JPLTCH/ TJAGSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: DOROTTY OROZCO SIGUE-ÑASESPECIALISTA: SEGUNDO ROBIN-SON LOZANO SERRANOCITA, LLAMA Y EMPLAZA; al pro-cesado ARNALDO TORO DÁVILA; para comparecer el día veintidós de marzo del año dos mil dieciséis a horas 10:00 am. al Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio -ubicado en la calle San José Nº 1052 – 1° piso de esta ciudad-, a fin de que RINDA SU DECLARACIÓN INSTRUCTIVA ante este despacho; por haberse dispuesto así en la resolución número Uno de fecha dos de marzo del año dos mil dieciséis del expediente N° 08132-2015, que se sigue contra Arnaldo Toro Dávila por el delito Contra el patrimonio en su figura de Robo agravado.- Publicación que se hará por TRES DÍASChiclayo, 03 de marzo de 201616, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 06248-2014-0-1706-JR-PE-03JUEZ: CECILIA M. COSTA GONZÁ-LEZ ESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: MANUEL WILFREDO OTERO VALDIVIESO. AGRAVIADA: ESTADO.MINIST. PUBLICO: CARLOS NAPO-LEÓN TICONA PARIDELITO: MICROCOMERCIALIZA-CIÓN o MICROPRODUCCIÓN.SE CITA Y EMPLAZA al imputado MANUEL WILFREDO OTERO VALDI-VIESO para que se ponga a derecho en el proceso N° 06248-2014-0-1706-JR-PE-03JIP - CHICLAYO.RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATROSE RESUELVE: 1.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acu-sación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actua-ción de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofre-cer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) pro-poner los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-RESOLUCIÓN NÚMERO: SEISSe dispone: PROGRAMAR AUDIEN-CIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día CUATRO DE MAYO del año dos mil dieciséis, a horas NUEVE DE LA MAÑANA(hora exacta)- fecha programada en razón

de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias Nº Tres del Tercer Juzgado de Inves-tigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBI-MIENTO al abogado defensor del acu-sado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Códi-go Procesal Penal. PRECÍSESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud seña-lada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFOR-MA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cro-nograma de audiencias, programadas con antelación en el sistema integral de justicia, asimismo que en el mes de febrero son las vacaciones de los tra-bajadores del Poder Judicial. Notificar al acusado mediante Edictos que se publicarán en el diario “La República” con la resolución del traslado, y la presente resolución; parte agraviada en sus respectivos domicilios reales, y procesales, y representante del Minis-terio Público.-SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.16, 17, 18 Marzo

EDICTO PENAL Expediente Nro. 752- 2012-0-1706-5°JIP/NCPPEL SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZ-GADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL DE CHICLAYO, DR. SERGIO CHIMPEN ASENJO.Por la presente: se cita, llama, emplaza y NOTIFICA al imputado PERCY YVAN RIVERA TAPIA.RESOLUCION VEINTE: CONFIÉRA-SE TRASLADO el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN a los sujetos procesa-les, por el plazo de DIEZ DÍAS, a fin de que absuelvan la misma, conforme a lo establecido en el considerando segun-do de la presente resolución y teniendo en cuanto el plazo establecido; CITE-SE A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, para el día DOCE DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, a horas OCHO Y DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) en la SALA NUMERO DOCE, DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHICLAYO de esta sede judicial, ubicada en la avenida José Leonardo Ortiz número ciento cincuenta y cinco - centro cívico – Chiclayo. Por haberse ordenado en el Expedien-te Nro. 752- 2012-0-1706-5°JIP/NCPP seguida contra ALEJANDRO ROMAN URIARTE ROJAS Y OTRO, por el deli-to de PECULADO Y OTRO en agravio de EL ESTADO.Especialista legal: ROSARIO NOEMI POZO MEJIA.Chiclayo, 09 de Marzo del 2016. 16, 17, 18 Marzo

CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

DE LA SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA CIVIL DE LA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE

CRONICA JUDICIAL DEL DIA TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

Con los señores Silva Muñoz, Cer-

5. CRÓNICAS JUDICIALES

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13Chiclayo, Viernes 18 de marzo del 2016PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

vera Davila y Conteña Vizcarra vie-ron y votaron:

03873-2013-0-1706-JR-CI-06, Julia Emilia Cabrera Villegas/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N” 29625- Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de enero del dos mil quin-ce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01220-2014-0-1706-JR-CI-06, Carlos Antonio Sanchez Saldaña/ Comisión Ad Hoc creada por la LeyN° 29625- Fonavi. Proceso de Cum-plimiento CONFIRMARON la senten-cia que declara IMPROCEDENTE la demanda.

05688-2004-12-1706-JR-CI -03, Segundo Deciderio Delgado Mena/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Adminis-trativa. CONFIRMARON la resolucion numero setenta de fecha seis de abril del dos mil quince que impone multa de cinco unidades de referencia proce-sal a la demandada.

CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC - CSJLA

MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZRELATORA SSEC - CSJLA

HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC - CSJLA

CRONICA JUDICIAL DEL DIA CINCO DE AGOSTO DEL

DOS MIL QUINCE

Con los señores Silva Muñoz, Cer-vera Davila y Conteña Vizcarra vie-ron v votaron:

04878-2013-0-1706-JR-CI-06, Julio Raúl Guerrero Guerrero/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de enero del dos mil quin-ce que declara IMPROCEDENTE la demanda.

03167-2006-49-1706-JR-CI -01, Augusta Yarleque de Bocanegra/ Ofi-cina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Adminis-trativa. CONFIRMARON el auto de fecha veintiséis de marzo del dos mil quince que resuelve hacer efectivo el apercibimiento decretado en la resolu-cion numero veintiocho.

CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZRELATOR SSEC - CSJLA

MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZRELATORA SSEC - CSJLA

HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA

CRONICA JUDICIAL DEL DIA SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

Con los señores Zamora Pedemon-te. Silva Muñoz. Conteña Vizcarra vieron y votaron:

01895-2014-0-1706-JR-CI-06, Cristo-bal Chero Nizama/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda.

3198-2013-0-1706-JR-CI-06, Pedro Pablo Aldana Sandoval/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIR-MARON la sentencia contenida en la resolución siete, de fecha doce de enero del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la deman-da.

01254-2014-0-1706-JR-CI-05, Teobal-

do Aguilar Tacure/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIR-MARON la sentencia de fecha veinti-séis de noviembre del dos mil catorce, que resuelve declarar IMPROCEDEN-TE la demanda.

04814-2013-0-1706-JR-CI-06, Ricar-do Castañeda Espino/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CCONFIR-MARON la sentencia de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda.

1304-2014-0-1706-JR-CI-06, Segundo Máximo Diaz Delgado/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIR-MARON la sentencia de fecha nueve de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la deman-da.

02818-2014-0-1706-JR-CI-Ol, Cesar Romeo Noriega Quiroz/ Empresa Agropucala S.A.A. ProcesoConstitucional de Amparo. CONFIR-MARON la sentencia de fecha tres de marzo del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda.

01046-2011-0-1706-JR-CI-01, Grego-rio Humberto Leon Oliden/ Sucesión de Elia Arsenia Camacho Portilla. Otor-gamiento de Escritura Pública. APRO-BARON la sentencia de fecha treinta de junio del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.

00497-2012-0-1707-JM-CI-01, Jose Jesús Alvarado Salazar/ Fermín Anca-jima Ipanaque. Desalojo por ocupación precaria. Declararon NULO el auto de fecha veinticinco de enero del dos mil trece, que declara la nulidad del acta de audiencia única en el extremo que se fijó como tercer punto controvertido; así como NULO todo lo actuado con posterioridad.

03126-2014-0-1706-JR-CI-07, Melva Luzlinda Montenegro de Perez y otro/ Verónica Rosana Pita Gastelumendi. Desalojo. CONFIRMARON la senten-cia de fecha catorce de mayo del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda.

02739-2014-0-1706-JR-CI-04, Maria Fidelina Cabrera Larreategui/ Minis-terio de Educacion y otro. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIR-MARON la sentencia de fecha veinti-trés de marzo del año dos mil cator-ce, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01836-2014-0-1706-JR-CI-05, Jose Manuel Riojas Cisneros/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Ampa-ro. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil catorce, que declara INFUN-DADA la demanda.

00394-2014-0-1706-JR-CI-01, María Magdalena Santa Maria Chimbor/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumpli-miento. CONFIRMARON el auto de fecha tres de octubre del dos mil cator-ce, que resuelve tener por apersonado al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas y CONFIRMA-RON la sentencia de fecha veinte de enero del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

1912-2014-0-1706-JR-CI-05, Enrique Ramos Bances/ Ministerio de Edu-cacion y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia conte-nida en la resolución de seis de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil catorce que declara INFUNDADA la demanda.

01542-2014-0-1706-JR-CI-01, Maria del Carmen Lumbre viuda de Tafur/

Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque. Pro-ceso de Cumplimiento. CONFIRMA-RON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la deman-da.

0328-2014-0-1714-JM-CI-01, Rosa Elena Contreras López/ Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz. Pro-ceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha dieciséis de enero del año dos mil catorce, que declaro FUNDADA la demanda.

03499-2011-0-1706-JR-CI-03, Ivan Demetrio Medianero Enriquez/ COFO-PRI. Proceso de Amparo. REVOCA-RON la sentencia apelada conteni-da en la resolucion número siete de fecha dieciséis de enero del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; REFORMANDOSE decla-raron IMPROCEDENTE la indicada demanda.

00178-2013-0-1714-JM-CI-01, Lindsay Guerrero Rojas/ Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martin y otros. Proceso Constitucional de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil catorce, que declara FUN-DADA la demanda y REFORMAN-DOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda.

01265-201-0-1706-JR-CI-06, Domin-go Pascual Bias Reyes/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01595-2014-0-1706-JR-CI-06, Merce-des Paico Vilchez/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCE-DENTE la demanda.

00962-2014-0-1706-JR-CI-06, Manuel Sosa Acedo/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCE-DENTE la demanda.03822-2013-0-1706-JR-CI-06, German López Aguilar/ Comisión Ad Hoc crea-da por la Ley N° 29625-FONAVI. Pro-ceso de Cumplimiento. CONFIRMA-RON la sentencia de fecha dieciséis de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

4977-2013-0-1706-JR-CI-06, Tomasa Bernal Castro / Comisión Ad Hoc crea-da por Ley N° 29625.Proceso de Cum-plimiento. CONFIRMARON la senten-cia de fecha once de marzo del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01763-2012-0-1706-JR-CI-01, Mariza Flores Vasquez/ SUTRAN. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha cinco de marzo del año dos mil quince, que declara INFUNDA-DA la demanda. CONFIRMARON la resolucion número cuatro, que decla-ra INFUNDADAS las excepciones de incompetencia por materia y de falta de agotamiento de la via administrativa.

01501-2011-54-1706-JR-FC-04, Epi-fanio Linares Diaz/ Rosalina Muñoz Mejia. Variación de Tenencia. CON-FIRMARON la resolucion numero cua-renta y nueve de fecha diecinueve de marzo del año dos mil quince que declara INFUNDADA la devolución de la cedula de notificación N° 368-2015.

06053-2004-0-1706-JR-CI-01, Angeli-na Mejia viuda de Perez/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugna-cion de Resolucion Administrativa. Declararon NULO el auto de fecha nueve de marzo del dos mil quince,

que da por concluida la causa.

00793-2015-59-1706-JR-LA-04, Nicolas Hadwah Baishara/ Intenden-te Regional de Aduanas de Tacna y otros. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha diez de junio del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar.

0680-2014-0-1706-JR-CI-03, Amador Hernandez Vasquez/ Jueces Superio-res de la Primera Sala Civil de Lamba-yeque. Proceso de Amparo. CONFIR-MARON la resolucion numero uno de fecha veinticuatro de marzo del dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda.

05187-2007-29-1706-JR-CI -02, Oswaldo Viton Barboza/ Municipali-dad Provincial de Chiclayo. Impug-nacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON la resolucion numero sesenta de fecha veintiocho de abril del año dos mil quince, que impone a la demandada multa de una unidad de referencia procesal.

04214-2013-26-1706-JR-FC-03, Rosa Pelez Mesia/ Manuel Hipólito Casti-llo Chumacero. Divorcio por causal. CONFIRMARON el auto de fecha treinta de abril del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la solicitud de admisión de medios probatorios extemporáneos.

00608-2015-0-1706-JR-CI-01, Jose Leon Casiano Vega/ Oscar Maximi-liano Risco Zuñe. Desalojo por ocu-pación precaria. Declararon NULO el auto de fecha uno de abril del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda.

00049-2015-0-1708-JM-CI-01, Eduar-do Alejandro Serquen Santamaría/ Municipalidad Provincial de Lamba-yeque. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha veintitrés de marzo del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda.

01061-2015-23-1706-JR-CI-02, María Celia Guillermo Parraguez/ Unidad de Gestion Educativa de Ferreñafe y otros. Proceso de Amparo. REVOCA-RON el auto de fecha veintiséis de mayo del dos mil quince que declara INFUNDADA la solicitud de medida cautelar y REFROMANDOLA declara-ron IMPROCEDENTE.

06793-2007-0-1706-jr-ci-06, Oscar Manuel Martínez Mejia/ Oficina de Nor-malizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CON-FIRMARON el auto de fecha dieci-séis de marzo del dos mil quince que declara INFUNDADA la observación deducida por el demandante.

01957-2009-13-1706-JR-CI-07, Banco de Crédito del Perú/ Segundo Bus-tamante Carhuajulca. Ejecución de Garantías. CONFIRMARON la reso-lucion setenta y uno de fecha doce de enero del año dos mil quince que requiere al Banco de Crédito del Perú cumpla con devolver a los ejecutados el monto de US $8,500.00 dólares americano.

03078-2013-0-1706-JR-CI-03, Segun-do Eliseo Aguilar Ugaz/ Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y otros. Proceso Constitu-cional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha dos de febrero del año dos mil catorce que declara IMPRO-CEDENTE la demanda.

CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ

RELATOR SSEC - CSJLA

MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZRELATORA SSEC - CSJLA

HECTOR CONTEÑA VIZCARRAJUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA

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Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

2 Piura, Miércoles 23 de diciembre del 2015

PRECIO POR LÍNEA: GRATUITOCRÓNICA JUDICIALChiclayo, viernes 18 de marzo del 2016

Traslado de trabajadores no vulneró derechos fundamentales

TC valida que órganos de control de entidades públicas dependan de la Contraloría

En una reciente sentencia, el Tribunal Constitucional ha confirmado la constitucionalidad de la ley que dispuso el traslado de trabajadores de los órganos de control institucional dependientes de diversas instituciones públicas a la Contraloría General de la República. En esta nota, informamos sobre los detalles de la decisión.

A través de la Ley N° 29555, publicada en el diario oficial el 13 de julio de 2010 en el diario oficial, se dispuso la incorporación progresiva de las plazas y presupuesto de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República.

La norma fue cuestionada por un grupo de ciudadanos hace dos años, y la respuesta del Tribunal Constitucional recién ha sido publicada ayer en su página web. A continuación presentamos los principales motivos del TC para descartar la alegada inconstitucionalidad de la referida norma.

Argumentos de los demandantesLos ciudadanos demandantes alegaron que, como la ley no tenía exposición de motivos, la disposición de trasladar a los trabajadores de los OCI a la Contraloría General de la República se basó exclusivamente en la voluntad del Estado en su condición de empleador. Además, consideraron que determinar la extinción unilateral de la relación laboral vulneraba el derecho a una adecuada protección contra el despido arbitrario.

También arguyeron que la norma contravenía la intangibilidad de los contratos contenida en el artículo 62 de la Constitución, pues modifica pactos entre los trabajadores de los OCI y sus empleadores. Añadieron que la norma impugnada vulneraba la proscripción del abuso de derecho (artículo 103 de la Constitución), pues el Poder Legislativo no puede ejercer su facultad para reformar la organización de las entidades estatales afectando derechos de los trabajadores.

Argumentaron, además, que la norma desconocía el principio-derecho a la igualdad al excluir del proceso de transferencia a los trabajadores de los OCI que no ingresaron a sus plazas a través de un concurso público de méritos. Finalmente, alegaron que afectaba el carácter irrenunciable de los derechos laborales, pues imponía condiciones menos favorables.

Respuesta del Congreso de la RepúblicaEn su contestación, el Congreso explicó que la ley cuestionada buscaba que las actividades de control se realicen con independencia y autonomía. Además, que no autorizó el despido de los trabajadores de los OCI, pues las acciones de cese o resolución contractual solo se harían efectivas después su incorporación a la Contraloría General de la República.

Explicó que las normas brindan un trato diferenciado a grupos distintos de trabajadores, que no vulnera el principio-derecho a la igualdad y que las causales de extinción de

la relación contractual pueden ser establecidas por ley sin contravenir la libertad de contratación ni la prohibición de abuso de derecho. Por último, indicó que la norma no implica renuncia de derechos, pues la Contraloría solo está incorporando a trabajadores de los OCI que hayan ingresado a sus plazas por concurso público de méritos y consientan dicha transferencia.

Los motivos de la decisión del Tribunal ConstitucionalEl Colegiado explicó primero que la exposición de motivos no es un requisito necesario para la validez de una ley, aunque sí es importante que el legislador no decida sobre la base de caprichos. En este caso, entendió que la ausencia de una exposición de motivos no determina la inconstitucionalidad de la norma cuestionada, pero que esta sí cuenta con dicha exposición, en el Proyecto de Ley Nº 3982-2009-PE, en el que se explica el objetivo perseguido: procurar máxima autonomía e independencia a los órganos de control institucional.

Además, aunque la norma ordenó cesar a varios trabajadores de los OCI, ello ocurrió para que continúen realizando las mismas funciones, pero como dependientes de la Contraloría. Formalmente, la norma supone terminar el vínculo laboral, pero materialmente no produce los efectos de un despido, pues esta se concretó recién cuando los trabajadores iniciaron sus labores en la Contraloría General de la República.

No obstante lo anterior, el Colegiado precisó que, en el caso de los servidores que no ingresaron por concurso público a las plazas de los OCI (contratos temporales, contrato sujeto a modalidad, contrato administrativo de servicios u otros), no se evidencia que la disposición impugnada vulnere el artículo 27 de la Constitución, siempre que se interprete que en estos casos, el cese se producirá vencido el contrato o al término del ejercicio presupuestal y, para los contratos a plazo indeterminado sin ingreso por concurso público, no se producirá el cese hasta que el Poder Legislativo solucione estos casos.

Sobre la presunta vulneración del artículo 72 de la Constitución, el TC explicó que ello no se produjo porque en los contratos laborales de los que el Estado es parte, su intervención no es una intromisión en la autonomía de la voluntad de terceros. Además, la norma cuestionada se sustentó en la potestad de regular materias relativas al estatuto de los trabajadores públicos y la necesidad de reforzar la autonomía de la Contraloría General de la República.

Finalmente, explicó que al expedir la ley, el Congreso no ejerció un derecho subjetivo, sino una potestad constitucionalmente conferida, por lo que no aplica el concepto de abuso de derecho, y que en tanto se prevé la liquidación de los trabajadores trasladados en todos sus beneficios, ello no supone renuncia alguna de derechos.

La Ley.-

LA LEY

Page 15: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Viernes 20 de marzo del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGVPiura, miércoles 1° de abril de 2015 3

Partida Electrónica N° 03009382 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Zona Registral No. I Sede Piura.DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 22 de abril de 2015, a horas 12.30 p.m. (Doce y treinta del mediodía)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Civil de Piura, ubicado en el local de la Corte Superior de Justicia de Piura, en Calle Lima No. 997 - Segundo Piso, de la Ciudad de Piura - Piura.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación del inmueble materia de remate en Efectivo o Cheque de Gerencia negociable a su nombre, además de adjuntar DNI en original y copia, así como tasa judicial en original y copia por derecho a participar en el remate del inmueble, y se consignará en la tasa judicial a este Juzgado, número de expediente y el número de DNI o RUC del postor. Los honorarios del Martillero Público son de cargo del Adjudicatario conforme a la Ley No. 27728 - Ley del Martillero Público, están afectos al IGV y se cancelarán concluido el acto de remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público Registro N° 293; Especialista Legal Gina Maribel Llenque Moran, Segundo (2°) Juzgado Civil de Piura.Publicar por seis días.GINA MARIBEL LLENQUE MORÁN

Secretaria JudicialSegundo Juzgado Civil de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraGIANNI GASTTONE CHAVEZ

ENCISOMartillero PúblicoRegistro N° 293

F/124201°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

TERCERA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL: Exp. N° 4033-2011-0-2001-JR-CI-5. En los seguidos por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. contra MELEN-DREZ BERMEO MARIA ALEJAN-DRINA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA.BIENES EN REMATE: El Quin-to Juzgado Especializado Civil de Piura, a cargo del Señor Juez, Jensen Francisco García Córdova, intervinien-do como Especialista Legal, Águeda Vanessa del Rossio Panta Cocios, ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el Remate Público Judicial en Terce-ra Convocatoria de dos (02) bienes inmuebles de propiedad de la ejecuta-da Melendrez Bermeo María Alejandri-na, respetando el orden siguiente:1. BIEN INMUEBLE N° 01: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 20, calle César Pinglo, Distrito de La Unión, Provincia y Departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscri-tos en la Partida Electrónica N° P15081408 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 18,448.00 (Dieciocho mil cuatrocientos cuaren-ta y ocho y 00/100 Dólares America-nos). PRECIO BASE: US$. 8,885.78 (OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-

ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 14,194.42; 2) Asiento 00007, Modifi-cación y Ampliación de Hipoteca del Asiento 00006, hasta por S/. 18,777.32; 3) Asiento 00008, Hipoteca a favor del Banco de Trabajo hasta por S/. 23,986.91; 4) Asiento 00009, Embar-go judicial de acciones y derechos de Melendrez Bermeo María Alejandrina hasta por la suma de S/. 10.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.2. BIEN INMUEBLE N° 02: Asen-tamiento Humano “Leoncio Amaya Tume”, Manzana A, Lote 05, calle Santa Rosa, Distrito de La Unión, pro-vincia y departamento de Piura; cuyo dominio, área, características, linderos y medidas perimétricas se encuentran debidamente inscritos en la Partida Electrónica N° P15081393 del Regis-tro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° I - Sede Piura.VALORIZACIÓN: US$. 8,310.00 (Ocho mil trescientos diez y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$. 4,002.65 (CUATRO MIL DOS CON 65/100 DÓLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valoriza-ción, reducido dos veces en 15% por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00006, Hipoteca a favor del Banco del Trabajo hasta por S/. 7,128.00; y 2) Asiento 00007, Embar-go judicial hasta por S/. 15.500,00 a favor de EDPYME RAIZ S.A.FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles men-cionados, respetando el orden antes indicado, se programa para el día VIERNES 10 DE ABRIL DE 2015 A LAS 09.00 Y 09.15 HORAS RES-PECTIVAMENTE EN EL LOCAL DEL QUINTO JUZGADO ESPE-CIALIZADO CIVIL DE PIURA, sede del Poder Judicial de Piura, sito en calle Lima N° 997, 2° piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura.LOS POSTORES: Por cada inmue-ble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10% de cada valoriza-ción, adjuntar original y copia del DNI y/o RUC, del arancel judicial con Código N° 7153 por derecho de parti-cipación en remate de inmueble, indi-cando Juzgado, Expediente, nombre, DNI y/o RUC, y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: El adjudicatario paga los hono-rarios del Martillero Público más el I.G.V. de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamen-to (D.S. N° 008-2005-JUS), inmedia-tamente al finalizar la diligencia de remate. Piura, diciembre 17 de 2014. [email protected]. (51)(44) 94-936-5850 94-789-3343 34-7544 / RPM *661990.AGUEDA VANESSA DEL ROSARIO

PANTA COCIOSSecretaria Judicial

Quinto Juzgado Civil de PiuraCorte Superior de Justicia de PiuraGUILLERMO E. PAREDES LAN-

DAUROAbogado - Martillero Público Reg.

N° 210F/124211°, 6, 7 de abrilS/. 21,00

• REMATE BIENES MUEBLES

REMATE JUDICIAL EN PRIME-RA CONVOCATORIA

En el Expediente N° 283-2009, seguido por ESTUARDO REY MADRID con-tra TRANSPORTES GARCE SRL, sobre Pago de Beneficios Sociales, tramitado ante el Segundo Juzgado Laboral de Piura que despacha el Dr. Jhymmy Espinoza Correa, Especialis-ta Legal Dr. Oscar Valdiviezo Chapa, se ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVO-CATORIA EL ÓMNIBUS MARCA HINO, CON PLACA DE RODAJE VG-4512, AÑO DE FABRICACIÓN 1990, N° DE SERIE RU1HHA40001, N° DE MOTOR H06CTL10768, PETROLERO, 06 CILINDROS, 37 PASAJEROS, CARROCERÍA METROPOLITANO.Tasación: Nueve mil veintidós con 86/100 dólares americanos (US$ 9,022.86).PRECIO BASE DEL REMATE: SEIS MIL QUINCE CON 24/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 6,015.24) equivalente a las dos terce-ras partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: EMBARGO hasta por la suma de S/. 35,000.00 nuevos soles a favor de Estuardo Rey Madrid.LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: En la cochera ubicada en la avenida Guardia Civil s/n (al costado de la granja) del Distrito de Castilla, Provincia y departamento de Piura, el día VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL 2015 A LAS NUEVE HORAS (9:00 a.m.).REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir la suma de US$ 902.29 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberá de presentar la tasa judicial por Participación en Remate en original y copia.HONORARIOS DEL MARTILLE-RO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decre-to Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected], 27 de enero de 2015.

Oscar Fco. Valdiviezo ChapaSECRETARIO JUDICIAL

Segundo Juzgado Laboral-PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191930, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

2.- EDICTOS CLASIFICADOS

• SUCESIÓN INTESTADA

EDICTO JUDICIALExpediente N° 1960-2014-0-2001-JP-CI-04, solicitado por JULIO BENITES OLIVA, sobre SUCESIÓN INTESTADA solicitando se declare

como legítimo y universal heredero al solicitante; se ha ordenado notificar por EDICTO LO SIGUENTE: RESO-LUCIÓN N° CUATRO: ADMITIR A TRÁMITE LA PRESENTE SOLICI-TUD DE SUCESIÓN INTESTADA de don MANUEL BENITES DÍAZ (Falleció el 26-05-1968) Y MARIA OLIVA ROQUE, (Falleció el 16-07-1971); solicitada por su hijo don JULIO BENITES OLIVA, en la Vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, con los medios probatorios que se ofre-cen y anexos que se acompañan.JUEZ: PIEDAD MAGDALENA TALLEDO GUARDERASESPECIALISTA: GUILLERMO GUTIERREZ PACHERRES.

Guillermo Gutierrez PacherresSECRETARIO JUDICIAL

Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Piura

Corte Superior de Justicia de PiuraB/119301° de abrilS/. 5,00

• PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVADE DOMINIO

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado Mixto Transitorio de Casti-lla, ha dispuesto por Resolución N° 04 Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01, notificar por edictos al deman-dado MELCHOR RAMOS YARLE-QUE, con la Resolución N° 04 Auto Admisorio de fecha 22 de enero de 2015:Resolución N° 04 se resuelve ADMI-TIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía correspondiente al Proceso de abreviado; TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que indica. CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189220, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTOEl Juzgado Mixto Transitorio de Cas-tilla, Expediente N° 194-2014-0-2011-JM-CI-01; ha dispuesto por Resolución N° 04 de fecha 22 de enero de 2015: ADMITIR A TRÁMITE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITI-VA DE DOMINIO interpuesta por OSCAR FRIAS SILVA contra MEL-CHOR RAMOS YARLEQUE en la Vía abreviada; TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica.CONFIÉRASE traslado al demanda-do para que en el plazo perentorio de 60 días hábiles cumpla con contestar la demanda interpuesta bajo apercibi-miento de nombrarse curador procesal y continuarse con el proceso según su estado.Notifíquese a los colindantes en el

3Piura, Miércoles 23 de diciembre del 2015

PRECIO POR LÍNEA: GRATUITO CRÓNICA JUDICIAL Chiclayo, viernes 18 de marzo del 2016

RELACIÓN DE MAGISTRADOS DE LA CSJLA (al 16-03- 2016)PRIMERA SALA ESPECIALIZADA CIVILPresidente : Daniel Carrillo Mendoza (T)Jueces Superiores : Osvaldo Walter Pisfil Capuñay (T) Juan Alberto Terán Arrunátegui (P)

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA CIVILPresidente : Juan Rodolfo Zamora Pedemonte (T)Jueces Superiores : Carlos Alfonso Silva Muñoz (T) Enrique Eduardo Salazar Fernández (T)

PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONESPresidente : Aldo Enrique Zapata López (T)Jueces Superiores : Oscar Manuel Burga Zamora(T) Margarita Isabel Zapata Cruz (P)

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONESPresidente : Juan Riquelme Guillermo Piscoya (T)Jueces Superiores : Raúl Solano Chambergo (P) Erwin Guzmán Quispe Díaz (P)

SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIAPresidente : Wilson Vitaliano Medina Medina (P)Jueces Superiores : Juan Gualberto Sánchez Dejo (P) María Betty Rodríguez Llontop (P)

SALA DESCENTRALIZADA MIXTA Y DE APELACIONES DE JAÉNPresidente : Juan Ismael Rodríguez Riojas (T)Jueces Superiores : Cipriano Purihuamán Leonardo (P) Gonzalo Guillermo Espinoza Polo (P)

PRIMERA SALA LABORAL PERMANENTEPresidente : Manuel Lorenzo Emerson Huangal Naveda (T)Jueces Superiores : Enrique Rodas Ramírez (T) Edwin Vilmer Figueroa Gutarra (T) SEGUNDA SALA LABORAL PERMANENTEPresidente : Marco Antonio Pérez Ramírez (T)Jueces Superiores : Cecilia Lucila Tutaya Gonzáles (T) Angel Fredy Pineda Ríos (P)

TERCERA SALA LABORAL PERMANENTEPresidente : Lucía Esther Deza Sánchez (T)Jueces Superiores : Pablo Díaz Piscoya (T) Lita Regina Paola Alvarado Tapia (P)

JUZGADOS DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MÓDULO PENAL NCPP1° Juzgado de Invest. Prep. : María Celia Primo Vásquez (P)2° Juzgado de Invest. Prep. : Marisol Vásquez Ruiz (T)3° Juzgado de Invest. Prep. : Víctor Adolfo Torres Sánchez (T) 4° Juzgado de Invest. Prep. : Cecilia Margarita Grandez Rojas (T)5º Juzgado de Invest. Prep. : Sergio Ralp Chimpén Asenjo (T)6º Juzgado de Invest. Prep. : Edgardo Hernán Asenjo Tamay (S)7° Juzgado de Invest. Prep. : Mary Isabel Núñez Cortijo (T)

JUZGADOS DE JUZGAMIENTO1° Juzgado Unipersonal : Cecilia Martina Costa Gonzáles 2° Juzgado Unipersonal : Eve Redruello Villarreal (S)3° Juzgado Unipersonal : Jorge Luis Rojas Cruz (T) 4° Juzgado Unipersonal : Hiroko Sandra Teresa Hiyane Ramírez (P)5° Juzgado Unipersonal : Eva María Vásquez Vásquez (S)6° Juzgado Unipersonal : Shilling Martín Yvanov Castañeda Salazar (P)7° Juzgado Unipersonal : Pedro Carlos Martín Delgado Ramírez (T)8° Juzgado Unipersonal : Jorge Asbel Rojas Cubas (P)

JUZGADOS PENALES COLEGIADOS

COLEGIADO PENAL PERMANENTEElia Jovanny Vargas Ruiz : Juez Especializado PenalGerardo Gálvez Rodríguez (T) : Noveno Juzgado UnipersonalRonald Erik Ruiz Vásquez (P) : Décimo Juzgado Unipersonal

COLEGIADO PENAL TRANSITORIOJulio Renato Gamarra Luna Victoria (T): Segundo Juzgado Especia-

lizado PenalRené Santos Zelada Flores (T) : Octavo Juzgado Especializado

PenalJosé Hernán Neciosup Chancafe (S): Juez Supernumerario Penal

MÓDULO PENAL LIQUIDADOR1° Juzg. Penal Liquidador Transitorio : José Luis Chanamé Parraguez2° Juzg. Penal Liquidador Transitorio : Dorotty Orozco Sigueñas

JUZGADOS CIVILESPrimer Juzgado Civil : Clara Narciza Odar Puse (P)Segundo Juzgado Civil : Esgar Purihuamán Díaz (S)Tercer Juzgado Civil : Edwin Eduardo Siaden Díaz (P)Cuarto Juzgado Civil : Héctor Conteña Vizcarra (T)Quinto Juzgado Civil : Lourdes Cristina Quiroz Vigil (T) Sexto Juzgado Civil : Irma Elvira Rojas Senmache (P) Sétimo Juzgado Civil : Matilde Quesnay Guevara Octavo Juzgado Civil : Sandro Omar Aguilar Gaitán (T)

JUZGADOS DE FAMILIA1° Juzgado de Familia : Carmen Isabel Dávila Lombardi (T)2° Juzgado de Familia : Patricia del Carmen Vallejos Medina (T)3° Juzgado de Familia : Silvia Juanita Alvarado Vera (T)4° Juzgado de Familia : Silverio Julián Rivera Palomino (T)

JUZGADOS LABORALES1° Juzgado de Trabajo : José Luis Alfaro Sotomayor (T)2° Juzgado de Trabajo Permanente : Carmen Isabel Sánchez Gonzá-

les (Nva. Ley de Trabajo)3° Juzgado de Trabajo : Lorenzo Martín Huamán Vera (T)4° Juzgado de Trabajo : Blanca Lidia Cervera Dávila (T) 5° Juzgado de Trabajo : Julio Rafael Suyón Lingán 6° Juzgado de Trabajo : Gonzalo Armaza Galdos (T)7° Juzgado de Trabajo : Víctor Edinson Gonzáles Delgado (T)1° Juzgado de Trabajo Transitorio : Doris Haydee Pisfil Salazar 2° Juzgado de Trabajo Transitorio : Sunciona Cavero Flores (P) (con-

tencioso administrativo)3° Juzgado Laboral Transitorio : Lucas Olivera Coronado (S)

MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZJuzgado Mixto : Erick Frank Pérez Alquizar (T)Juzgado de Familia Trans. : Matilde Teresa del Rosario Mesones Montaño (P)1° Juzgado de Paz Letrado : Patricia del Pilar Cueva Sampén (S)1° Juzgado de Invest. Prep. : Sara Verónica Vera Zuloeta (S)2° Juzgado de Invest. Prep. : Reynerio Díaz Tarrillo (T)2° Juzgado de Paz Letrado (Faltas) : Violeta Vásquez Rojas (T)

JUZGADOS DE PAZ LETRADOS DE CHICLAYOJuzgado de Paz Let. (La Victoria) : Wilberto Navarro Naranjo (T)1º Juzgado de Paz Let. Civil : Juan Francisco García Mayorga (S)2º Juzgado de Paz Let. Civil : Willy Arnaldo López Fernández (T)1º Juzgado de Paz Let. Laboral : Zaira Grimaldina Ventura Vega 2º Juzgado de Paz Let. Laboral : Stalin Pérez Alarcón (S) 1º Juzgado de Paz Let. de Familia : Magali Jacqueline Soto Bardales (T) 2º Juzgado de Paz Let. de Familia : José Luis Francisco Ventura Cava (T)3º Juzgado de Paz Let. de Familia : Haydee María Larrea Serquén

Juzgado de Paz Let. (Faltas) : Hugo Santa Cruz Parco

Juzgado de Paz Let. Tumán : Yessica Pupuche Senador (T)

Juzgado de Paz Let. Pucalá : Franceska Emperatriz Puican Luna (T)

Juzgado de Paz Let. Monsefú : Carla Yolanda Paredes Ciccia (T)

Juzgado de Paz Let. Civil de Descarga: Yngrid Vera Montenegro (S)

OYOTÚNJuzgado Mixto : Hernán Cabrera Montalvo (T)Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria : Violeta Viviana

Santos Castillo (T)

PROVINCIA DE LAMBAYEQUEJuzgado Penal Unipersonal : Karina Rossana Velásquez Campos (S)Juzgado de Inv. Preparatoria : Segundo Benjamín Adrianzen Cieza Juzgado de Inv. Preparatoria Transitorio : Corina Silva ZeladaJuzgado Mixto : Carmen Julia Ubillús Chunga (T)Juzgado Civil Permanente : Vílder Martínez Quispe (S)*Juzgado Paz Letrado : Bárbara Ingrit Castro Escobedo (S)*Juzg. de Familia Trans. de Lambayeque: Miguel Ángel Peralta Lui (P)

MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE MOTUPEJuzgado Mixto : Silvia Elizabeth Meléndez García (T)Juzgado Penal de Investigación Preparatoria: Flor Maribel Mendoza

Cueva (T)Juzgado de Paz Letrado : Verónica Santa Cruz Rondoy (S) Juzgado Penal Unipersonal Transitorio : Juan Eduardo Valdera

Olivos (S)Juzgado de Paz Letrado de Olmos : Evelyn Alejo Quiroz (S)

PROVINCIA DE FERREÑAFEJuzgado Especializado Mixto : Manuel Antonio Mendoza Zavaleta (P)Juzgado de Investigación Preparatoria : Héctor Bardales Vinces (T)Primer Juzgado de Paz Letrado : Nilda Graciela Cuiquita Contreras Segundo Juzgado de Paz Letrado en Comisaría : Hella Marisol Torres

Torres (T)

PROVINCIA DE CUTERVOJuzgado Civil Permanente : Maruja Chilcón Tapia (T)Juzgado Investigación Prep. : Emiliano Sánchez Bances (T)Juzgado Penal Unipersonal Perm. : Edwin Leonid Ibañez Farfán Juzgado de Paz Letrado : Jose David Bautista Romero (S)

PROVINCIA DE JAÉN1° Juzgado Civil Mixto : Lucien Eli Montoya Urbina (T)2° Juzgado Civil Mixto : Rudecindo José Damián Sandoval (S)Juzgado Civil Transitorio : Jacinto Hernández Mendoza (S)1° Juzgado Penal Unipersonal : Martin Humberto Salazar Zuloeta2° Juzgado Penal Unipersonal : Esmeralda Guissela Carlos Peralta

(T)3° Juzgado Penal Unipersonal : River Enrique Bravo Hidalgo (T)4° Juzgado Penal Unipersonal : José Luis Torres Ballena (T)1° Juzgado de Invest. Prep. : María Elizabeth Campos Idrogo (T)2° Juzgado de Invest. Prep. : Orlando Germán Pari Gonzáles (T)1° Juzgado Paz Letrado : Jesús Mariela Rodríguez Ramírez (T)2° Juzgado de Paz Letrado : Victoria Milagros Acosta Puicón (S)3° Juzgado de Paz Letrado : Juan José Herrera Sánchez (T)*

PUCARÁJuzgado de Paz Letrado : Alicia Rojas Zepeda (T)

PROVINCIA DE SAN IGNACIOJuzgado Mixto : Harold Vladimir Ortiz Carrasco (T)Juzgado Penal Unipersonal Transitorio : Néstor Elio Mendoza Vega Juzgado Investigación Preparatoria : Rosa Irene Fernández Arrascue Juzgado de Paz Letrado : Jaime Adán Flores Suárez (T)

DISTRITO HUARANGOJuzgado de Paz Letrado : Felicito Guerrero Sandoval

DISTRITO LA COIPAJuzgado de Paz Letrado : César Mateo Agramonte Herrera (T)

PRESIDENTA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE

ANA ELIZABETH SALÉS DEL CASTILLO - Juez Superior [T]

JEFE DE ODECMAEdilberto José Rodríguez Tanta - Juez Superior [T]

JEFE DE VISITAS DE ODECMAHéctor Hugo Núñez Julca – Juez Superior [T]

Page 16: R E PÚ B L I CA DEL ERÚ N° 5552 JUDICIAL...DE BRAVO Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 1ER Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de

Piura, miércoles 1° de abril de 20154

domicilio que se indica en el escrito de demanda.Publíquese un extracto de la deman-da de conformidad con el artículo 506° del Código Procesal Civil, la misma que se publicará por 3 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República,Notifíquese al demandado Melchor Ramos Yarleque vía edictos, la misma que se publicará por 03 veces, con intervalo de 3 días, en el diario El Peruano y La República.Castilla, 03 de marzo de 2015.

Obdulia Concha LimaSECRETARIA JUDICIAL

Juzgado Mixto Transitorio de CastillaCorte Superior de Justicia de Piura

B/1189120, 26 de marzo y 1° de abrilS/. 9,00

EDICTO JUDICIALExpediente 2376-2014-0-2001-JR-CI-1, seguido por CARRASCO ESPI-NOZA CESAR HECTOR contra VIGNATTI LINARES GIOVANNI ADRIAN sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA la Juez del 1er Juzg. Civil Piura, ULLOA PARAGULLA FANNY LUISA, Se trata de un Pro-ceso Abreviado de Prescripción Adquisitiva de Dominio, a fin de que se le declare don Román Armando Ugarte Bernal propietario del bien mueble consistente en el vehículo Camión CGA 2 1/2 TN 6 x 6 sin placa de rodaje, marca REO, mode-lo M35 Repotenciado, color Verde, año de fabricación 1952, motor N° 344944-50-777329 Serie N°: 2320-160-0001-12, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpues-ta por CESAR HECTOR MARTIN CARRASCO ESPINOZA en repre-sentación de ROMAN ARMANDO UGARTE BERNAL sobre PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, PUBLÍQUESE MEDIAN-TE EDICTOS UN EXTRACTO de la demanda por tres veces con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano”, y en uno de mayor circula-ción de la ciudad.Piura, 25 de noviembre 2014.Abog. Carmen Pilar Gordillo GonzalesEspecialista Legal-1er Juzgado CivilMÓDULO CORPORATIVO CIVIL-

PIURACorte Superior de Justicia de Piura

B/1191126 de marzo y 1°, 9 de abrilS/. 9,00

3.- NOTIFICACIONESPOR EDICTOS

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE 00042-2015-0-2012-JM-CI-01, La señora Juez (e) del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Catacaos, DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA en los autos seguidos por LUISA CHIRO-QUE RISCO VDA DE PURIZACA sobre VARIACIÓN DE CURADOR ha mandado se publique en el diario LA REPÚBLICA el siguiente edic-to: Resolución N°1 de fecha 25 de marzo de 2015: DECISIÓN: III.- DECISIÓN: Por tales razones, SE RESUELVE: 1.-ADMITIR a TRÁ-MITE la demanda de VARIACIÓN

DE CURADOR interpuesta por Luisa Chiroque Risco Vda. De Purizaca con-tra los sucesores de Angelita Risco de Chiroque y/o quien tenga legítimo inte-rés en la interdicta Gloria Chiroque Risco, en la vía del proceso sumarísi-mo. 2. TENER por ofrecidos los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal. 3.- CORRER traslado a los demandados para que en el plazo de cinco días cumpla con contestar la demanda interpuesta en su contra, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. 4.-Notificar con un extracto de la presente resolución mediante edictos que se publicarán en el diario de los avisos judiciales “La República” a la parte demandada, para que en el término del quinto día de aparecida la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibi-miento de nombrárseles curador proce-sal. 5. AGREGAR a los autos los ane-xos que se adjunta.- Publicar por tres veces, en los diarios “El Peruano” y “La República”. FIRMADO - DRA. RUTH LUCESMIOTH DIAZ OLIVA. Juez del Juzgado Mixto - Sabina Chun-ga Espinoza.- Especialista Legal.

Dra. Sabina Chunga EspinozaESPECIALISTA LEGAL

Juzgado Mixto de CatacaosMódulo Básico de Justicia-CatacaosCorte Superior de Justicia de Piura

B/1191830, 31 de marzo y 1° de abrilS/. 15,00

JUZGADO CIVIL-PaitaEXPEDIENTE: 00185-2014-24-2005- JR-CI-01MATERIA: CONVOCATORIA A JUNTA O ASAMBLEA GENERALJUEZ: CORREA CASTRO DAVID FERNANDOESPECIALISTA: ELISEO REYES PACHERREZDEMANDADO: FLORES CALLE, EXILDA PRTE DEL CONCDE ADM DE ASOCDEMANDANTE: NAQUICHE GIRON, MANUELGONZA AGUILAR, ARNULFOCARHUAPOMA FLORES, SEGUNDOPAUCAR AVILA, REYNEIRO REPRESENTANTE DE ASOCIADOSResolución Nro. 02.Paita, 06 de marzo de 2015.-AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores del juzgado, así como las vacaciones del personal del juzgado en el mes de febrero; con el escrito de fecha 21/01/2015; Y CONSIDERANDO:1. De autos se puede observar que mediante resolución número uno se admite a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Avila contra Exilda Flores Calle.2. Que, la parte demandada ha sido debidamente notificado con la reso-lución número uno el día 20 de enero de 2015, habiéndose a la fecha ven-cido el plazo para interponer recur-so impugnatorio alguno; por lo que corresponde a esta judicatura conforme a las facultades conferidas por el artí-culo 50° Inciso 1) del Código Procesal Civil declarar consentida la resolución número uno (auto).DECISIÓN.Por estas consideraciones y norma cita-da: SE RESUELVE:1. DECLARAR CONSENTIDA la resolución uno (auto) de fecha 20 de

enero de 2015 que declara que resuel-ve Admitir a trámite la demanda de medida cautelar dentro del proceso interpuesto por Arnulfo Gonza Agui-lar, Manuel Naquiche Girón, Segundo Carhuapoma Flores y Reynerio Paucar Ávila contra Exilda Flores Calle.2. Al escrito de fecha 23/01/2015; presentado por los demandantes; no habiendo la parte demandada convo-cado a Asamblea General Extraordi-naria; como se solicita y conforme esta ordenado en autos, convóquese por este Juzgado; en consecuencia:3. CONVÓQUESE a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS, de la Asociación de Comerciantes del Complejo Comercial de la Zona Alta de Paita, la misma que se realizará día DOCE DE ABRIL del año en curso, a horas DIEZ DE LA MAÑANA en el domicilio de la socie-dad, para tratar la agenda materia de la demanda principal establecida en la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha 15 de diciem-bre de 2014, con la intervención de un Notario Público.4. DESÍGNESE al señor SEGUN-DO CARHUAPOMA FLORES como director de debates para tratar la agen-da ordenada. ABSTENIÉNDOSE de cualquier Convocatoria a Asamblea distinta a la ordenada en la sentencia.5. OFÍCIESE a la Policía Nacional del Perú, para que preste las garantías del caso en la citada asamblea.6. Notifíquese con las formalidades de ley.

Eliseo Reyes PacherrezSECRETARIO JUDICIAL

Juzgado Especializado Civil de PaitaCorte Superior de Justicia de Piura

B/119341°, 6, 7, 8, 9, 10 de abrilS/. 30,00

• CORTE SUPERIOR DE PIURA

EDICTO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO DE PACAIPAMPA.- EXP. 09-2015-CI, peticionado por MILTON RUIZ MONTALVAN, sobre RECTIFICA-CIÓN DE SU PARTIDA DE NACI-MIENTO, en los siguientes extremos: Que al registrar los datos del titular se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal y margen derecho de la partida de nacimiento se encuentra con enmendadura en la cuarta letra del nombre del solicitante MILTON (se encuentra remarcado), así también en el cuerpo de dicha partida se encuentra con enmendadura el rubro del año de nacimiento, siendo lo correcto MIL NOVECIENTOS, respecto a los datos del padre en el rubro de la edad, lo correcto es TREINTA Y CINCO, así también en el rubro de la edad de la madre debe decir VEINTICUATRO y por último el nombre real de la madre del recurrente es PRIMITI-VA MONTALVAN JIMENEZ, y en la edad de la declarante lo correcto es VEINTICUATRO. RES. N° 01 de fecha veintitrés de marzo del presente año, RESUELVE: SEÑA-LAR FECHA DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 22-04-2015. Hora 10:00 AM.Juez: Dr. José Luis Silva Vargas.Secretaria Judicial: Cyntia Vanessa Vives Pizarro.

Cyntia Vanessa Vives Pizarro

SECRETARIA JUDICIALJuzgado de Paz Letrado-PacaipampaCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALLa Señora Presidenta de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Doctora Jackeline Yalán Leal y la Secretaria de Sala que suscribe, hacen saber lo siguiente:En el Expediente N° 01264-2012-0-2001-JR-LA-02, seguido por RIVAS DE ORDINOLA, AGUEDA contra la Oficina de Normalización Previsional, sobre Proceso Contencioso Adminis-trativo, se ha ordenado la publicación mediante EDICTO JUDICIAL del extracto de la RESOLUCIÓN N° 14 del 25 de marzo de 2015.- “1.- Se SUS-PENDA la continuación del proceso; hasta que se apersone la sucesión pro-cesal de la parte demandante fallecida: AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA;2.- Notifíquese a los herederos o suce-sión procesal de AGUEDA RIVAS DE ORDINOLA, en el domicilio real señalado en autos: Caserío Charanal Alto s/n, Distrito de Chulucanas - Morropón, y el señalado en Ficha de la Reniec: Caserío San Martín Distrito de Chulucanas - Morropón; además de su domicilio procesal, notificándose un extracto de la presente resolución mediante edictos, para que cumplan con apersonarse al proceso en el plazo de treinta (30) días hábiles, debiendo presentar el documento de la declaratoria de herederos o sucesión intestada correspondiente así como su inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de designar-se curador procesal en caso de incumplimiento.3.- Se OFICIE al RENIEC para que Remita en el plazo de 10 días hábiles el acta de defunción del demandante.4.- Se REMITA por secretaria el correspondiente oficio adjuntando el edicto a publicarse por el plazo de 03 días en el diario de Avisos Judiciales “La República”.”Piura, 25 de marzo de 2015.

JACKELINE YALÁN LEALPresidenta

Sala Laboral TransitoriaCorte Superior de Justicia de Piura

JANET LLERENA NOLESecretaria de Sala

Sala Laboral Transitoria de PiuraCorte Superior de Justicia de Piura

F.P. 1°, 4, 6 de abril

EDICTO JUDICIALAnte el Juzgado Mixto Transitorio de. Castilla, que Despacha la Juez Super-numeraria, Dra. RUTH LUCES-MITH DIAZ OLIVA y Especialista Judicial que da cuenta, en el Exp. N° 109-2011-CI-01, se ha resuelto lo siguiente, mediante Resolución Núme-ro Dos, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA de Divorcio por Causal de Separación de Hecho interpuesta por MIGUEL ALE-JANDRO ALVARADO LEON contra LIDIA AMANDA GARCÍA CALLE DE ALVARADO Y EL MINISTERIO PÚBLICO, en la vía del Proceso de Conocimiento, confiriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de treinta días hábiles a fin de que con-testen las misma, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, por el término de tres días.-

4 Piura, Miércoles 23 de diciembre del 2015

PRECIO POR LÍNEA: GRATUITOCRÓNICA JUDICIALChiclayo, viernes 18 de marzo del 2016

Tras colorido pasacalle

Jueces de paz y tenientes gobernadores de San Ignacio fueron capacitados por CSJLA

Refuerzan competencia de jueces de familia en CSJLA

El Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Perso-nas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, liderado en nuestro distrito judicial por la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y presidida por la Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo, realizó una capaci-tación dirigida a los jueces de paz y tenientes gobernadores de la provincia de San Ignacio.

La finalidad de dicha acti-vidad fue instruir a las autori-dades locales en temas de su competencia, reforzando los conocimientos con los que ac-tualmente cuentan a efectos de mejorar el servicio de adminis-tración de justicia en este dis-trito judicial.

Las actividades desarrolla-das el viernes 11 del presente, contaron con la participación del magistrado, Dr. César Bra-vo Llaque, quien representó a la presidenta de esta corte; y para cumplir con los objetivos trazados, fueron invitados los especialistas: Dr. Peter Aldo Guerrero Abad, quien estuvo a cargo del tema “Adecuada diligencia de notificaciones ju-diciales” y Dra. Sandra Margot

Con la finalidad de re-forzar las competencia de los operadores judiciales, en la aplicación de la Ley N° 30364, se desarrollará la teleconferencia “Medidas de protección y cautelares

en los procesos de violen-cia en agravio de la mujer y otros integrantes de la fa-milia. Rol del equipo multi-disciplinario”.

La conferencia estará a cargo de las Dra. Mar-

cela Palamara Iribarne y Clara Word Starl, juezas ti-tulares del Primer Juzgado de Familia de Santiago de Chile.

El evento se desarrollará hoy viernes 18 de marzo en

los ambientes de presiden-cia de 3:00 p.m. a 6:00 p.m. y contará con la presencia de los jueces que ejercen funciones en materia de familia con la Nueva Ley N° 30364.

Pesantes Aranda, con el tema “Atribuciones y límites de la función de teniente goberna-dor”. Además, el Dr. Jaime Adán Flores Suárez, juez de paz letrado de San Ignacio, expuso el tema: “Proceso de alimentos en juzgados de paz”.

La capacitación se desa-rrolló el día 11 de marzo en la institución educativa “Tito Cusi Yupanqui”. A donde acu-dieron 78 autoridades entre te-nientes gobernadores y jueces

de paz de los caseríos y centros poblados de esta provincia.

Previo a la capacitación, una colorida delegación de diversas instituciones convo-cadas por la CSJLA, partieron de la plaza de la Integración y recorrieron por las principales calles de la ciudad buscando la sensibilización de la población sobre los derechos de las Mu-jeres en el marco del Día Inter-nacional de la Mujer, celebrado el pasado 08 de marzo.

Como se recuerda, el Pro-grama Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulne-rables y Justicia en tu Comu-nidad, fue creado mediante R.A. N° 028-2016-CE-PJ, a fin de lograr un mejor desarrollo y cumplimiento de las funcio-nes, estrategias y actividades para el cumplimiento de las 100 Reglas de Brasilia y de la Carta de los Derechos de las Personas ante el Poder Judicial Peruano.