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CA D , 1 COPIA FIEL DEL ORIGINAL Miriisteri e Transportes y Comunicaciones in:ram istracón FEDATARIO TITULAR R. . 848. 2011 - MTC / T F echa........... keso (ución Directora( Lima, 25 de Octubre del 2012 N° 1206-2012-MTC/10 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27329, modificada por la Ley N° 29836, se declaró de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), facultándose al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para que en coordinación con la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), el Banco de Materiales , el Ministerio de Agricultura, la Municipalidad Provincial del Callao y otras entidades competentes del Estado, efectué el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en el área expropiada, para lo cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá utilizar alternativamente cualquiera de los procedimientos señalados en el numeral 6.2 del artículo 6° de la Ley N° 27329, modificada por la Ley N°29836; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.5 del artículo 6° de la Ley N° 27329, modificada por la Ley N° 29836, se emitió la Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10 del 27 de febrero de 2012, que aprobó la Directiva N° 002-2012-MTC/10 "Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez"; Que, por Resoluciones Directorales N° 440-2012-MTCI10 y N° 520-2012-MTC/10, del 26 de abril y 10 de mayo de 2012, respectivamente, se han efectuado modificaciones a la Directiva N° 002-2012-MTC/10; Que, con Memorándum N° 1127-2012-MTC/16 del 19 de setiembre de 2012, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales remite aspectos que solícita sean incorporados a la Directiva N° 002-2012- MTC/1 0; ¡ Que, estando a que desde su aprobación, la Directiva N° 002-2012-MTC/10 ha sido modificada en ' ) varias oportunidades, y a fin de evitar dificultad en su aplicación, considerando a ello el vacío o falta de . precisión en el procedimiento de la citada normativa interna, es necesaria la expedición de un nuevo texto de directiva a efectos de que facilite de manera ágil y eficaz el procedimiento para continuar con el reasentamiento de la población de los asentamientos humanos ubicados en la zona de expropiación; Que, en tal sentido, se debe emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio D de Transportes y Comunicaciones; Ley 27329 que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles "a. adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, modificada por la Ley 29836; y el Reglamento de O Organización y Funciones del MTC, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; erl, - SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 006-2012-MTC/10 "DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL REASENTAMIENTO DE LA POBLACION AFECTADA DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS UBICADOS EN LOS INMUEBLES EXPROPIADOS ADYACENTES AL AEROPUERTO INTERNACIONAL 7 LI JORGE CHÁVEZ", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10 del 27 de febrero de 2012, que aprobó la Directiva N° 002-2012-MTC/10 "Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez", así como sus modificatorias aprobadas por Resoluciones Directorales N° 440-2012-MTC/10 y N° 520-2012-MTC/10 del 26 de abril y 10 de mayo de 2012, respectivamente.

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CA D ,

1 COPIA FIEL DEL ORIGINALMiriisteri e Transportes y Comunicaciones

in:ram istracón

FEDATARIO TITULARR. . 848. 2011 - MTC / T

Fecha...........

keso (ución Directora(Lima, 25 de Octubre del 2012

N° 1206-2012-MTC/10

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27329, modificada por la Ley N° 29836, se declaró de necesidad pública laexpropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), facultándose alMinisterio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para que en coordinación con la Superintendencia deBienes Nacionales (SBN), la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), el Banco deMateriales , el Ministerio de Agricultura, la Municipalidad Provincial del Callao y otras entidades competentesdel Estado, efectué el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en elárea expropiada, para lo cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá utilizar alternativamentecualquiera de los procedimientos señalados en el numeral 6.2 del artículo 6° de la Ley N° 27329, modificadapor la Ley N°29836;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.5 del artículo 6° de la Ley N° 27329,modificada por la Ley N° 29836, se emitió la Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10 del 27 de febrero de2012, que aprobó la Directiva N° 002-2012-MTC/10 "Directiva que regula el procedimiento para elreasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmueblesexpropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez";

Que, por Resoluciones Directorales N° 440-2012-MTCI10 y N° 520-2012-MTC/10, del 26 de abril y10 de mayo de 2012, respectivamente, se han efectuado modificaciones a la Directiva N° 002-2012-MTC/10;

Que, con Memorándum N° 1127-2012-MTC/16 del 19 de setiembre de 2012, la Dirección Generalde Asuntos Socio Ambientales remite aspectos que solícita sean incorporados a la Directiva N° 002-2012-MTC/1 0;

¡ Que, estando a que desde su aprobación, la Directiva N° 002-2012-MTC/10 ha sido modificada en' ) varias oportunidades, y a fin de evitar dificultad en su aplicación, considerando a ello el vacío o falta de

. precisión en el procedimiento de la citada normativa interna, es necesaria la expedición de un nuevo texto dedirectiva a efectos de que facilite de manera ágil y eficaz el procedimiento para continuar con elreasentamiento de la población de los asentamientos humanos ubicados en la zona de expropiación;

Que, en tal sentido, se debe emitir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del MinisterioDde Transportes y Comunicaciones; Ley 27329 que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles

"a. adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, modificada por la Ley 29836; y el Reglamento de

O Organización y Funciones del MTC, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;erl,

- SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 006-2012-MTC/10 "DIRECTIVA QUE REGULA ELPROCEDIMIENTO PARA EL REASENTAMIENTO DE LA POBLACION AFECTADA DE LOS ASENTAMIENTOSHUMANOS UBICADOS EN LOS INMUEBLES EXPROPIADOS ADYACENTES AL AEROPUERTO INTERNACIONAL

7 LI JORGE CHÁVEZ", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 126-2012-MTC/10 del 27 de febrero de2012, que aprobó la Directiva N° 002-2012-MTC/10 "Directiva que regula el procedimiento para elreasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmueblesexpropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez", así como sus modificatorias aprobadaspor Resoluciones Directorales N° 440-2012-MTC/10 y N° 520-2012-MTC/10 del 26 de abril y 10 de mayo de2012, respectivamente.

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Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución y de a Directiva a la Procuraduría Pública, a laComisión de Alto Nivel - CANETA, a la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, a la DirecciónGeneral de Concesiones en Transportes, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina deFinanzas de la Oficina General de Administración, para su conocimiento y fines.

/ Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la página webinstitucional (www.mtc.qob.pe así como en el Registro de Directivas ubicado en la lntranet del Ministerio deTransportes y Comunicaciones.

Regístrese y comuníquese

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DIRECTIVA N° 006-2012-MTC/10

"DIRECTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL REASENTAMIENTO DE LA POBLACIÓN AFECTADA DELOS ASENTAMIENTOS HUMANOS UBICADOS EN LOS INMUEBLES EXPROPIADOS ADYACENTES AL

AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ"

1. OBJETIVO

La presente Directiva tiene como objetivo normar los mecanismos y procedimientos que permitan cumplir con elreasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiadosadyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6 de laLey N 27329, modificado por el artículo 5 de la Ley N 29836.

H. FINALIDAD

La presente Directiva tiene •por finalidad efectuar el reasentamiento de la población afectada de los asentamientoshumanos ubicados en la zona de expropiación a través del otorgamiento del beneficio correspondiente a otorgarse acada titular de la posesión de un predio afectado de los asentamientos humanos, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 6 de la Ley N 27329, modificado por el Artículo 5 de la Ley N 29836.

W. ALCANCE

La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para los beneficiarios del reasentamiento de los inmueblesexpropiados adyacentes al AIJCH, la Oficina de Finanzas de la Oficina de General de Administración, Oficina General deAdministración; siendo también de alcance, de acuerdo a sus competencias, a la Comisión de Alto Nivel - CANETA,creada mediante Resolución Suprema N 137-2000-MTC, a la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, a laDirección General de Concesiones en Transportes y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

IV. BASE LEGAL

• Ley N 29370- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones• Ley N 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.• Ley N g 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ario Fiscal 2012.• Ley N g 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por Decreto Legislativo N g 1029.• Código Civil• Ley N 27117 - Ley General de Expropiaciones• Ley 27329- Ley que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al AIJCH• Ley N 29836 - Ley que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al AIJCH y modifica

el artículo 5 de la Ley N 27329• Ley N 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo• Decreto Supremo N 021-2007-MTC - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y

Comunicaciones• Resolución Directoral N 007-2004-MTC/16, que aprueba directrices para la elaboración y aplicación de planes de

compensación y reasentamiento involuntario para proyectos de infraestructura en transportes.

V. DISPOSICIONES GENERALES

5.1 Mediante Ley N 27329, modificada por la Ley N 29836, se declaró de necesidad pública la expropiación deinmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), facultándose al Ministerio deTransportes y Comunicaciones (MTC) para que en coordinación con la Superintendencia de Bienes Nacionales(SBN), la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), el Banco de Materiales, el Ministerio deAgricultura, la Municipalidad Provincial del Callao y otras entidades competentes del Estado, efectué elreasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en el área expropiada.

5.2 Para el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27329,modificada por la Ley 29836, ha establecido que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede utilizaralternativamente cualquiera de los siguientes procedimientos:

a. El reasentamiento de los beneficiarios en los terrenos proporcionados por la Corporación Peruana deAviación Comercial (CORPAC S.A.), exclusivamente con fines de vivienda, para lo cual efectuará todas lasacciones que sean necesarias para la entrega de dichos terrenos.

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COPIA FIEL DEL ORIGINAL

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b. La adquisición o la financiación para la adquisición de inmuebles de programas de vivienda ya construidos,tanto del sector público como del sector privado.

c. El pago de una indemnización asistida debe ser utilizada únicamente para los fines de reasentamiento de lapoblación afectada. -

5.3 Para el caso del procedimiento de la adquisición o financiación para la adquisición de viviendas en programas devivienda ya construidos tanto del sector público como privado establecido en el literal b) del numeral anterior, elMinisterio de Transportes y Comunicaciones podrá hacer efectivo el citado beneficio mediante el desembolsodirecto a favor del vendedor de la vivienda al momento de que el beneficiario realice la adquisición de la misma.En las alternativas establecidas en los literales a) y c), el beneficio se hará efectivo conforme a lo señalado en elPlan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) a cargo de la Dirección General de Asuntos SocioAmbientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien para estos efectos emitirá la ResoluciónDirectoral respectiva.

5.4 El Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) podrá considerar medidas complementarias a lasalternativas precitadas en el numeral 5.2 de la presente Directiva, en el marco de las disposiciones contenidas enla Resolución Directoral N 007-2004-MTC/16.

5.5 El beneficio a otorgarse a cada titular de la posesión de un predio afectado de los asentamientos humanos eshasta por la suma máxima de 5/. 205,332.22 (Doscientos cinco mil trescientos treinta y dos y 22/100 NuevosSoles) para cada procedimiento señalado en el numeral 5.2 de la presente Directiva. En los casos quecorresponda, dicho monto deberá incluir los gastos notariales y registrales del proceso de compraventa de lavivienda, impuesto de alcabala, de ser el caso, y otros gastos, como los costos de mudanza en el contexto delograr el reasentamiento de la población afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmueblesadyacentes al AIJCI-l.

5.6 Culminado el proceso de reasentamiento de la población ubicada en la zona de expropiación, el Estado a travésde las dependencias competentes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Procuraduría Pública,Comisión de Alto Nivel - CANETA, Oficina de Patrimonio, Dirección de Equipo Mecánico, Seguridad) quedahabilitado para la toma de posesión inmediata del total del área expropiada para la ampliación del AeropuertoInternacional Jorge Chávez, a efectos de que quede absolutamente libre de ocupación ajena y se pueda cumplircon su entrega al concesionario dentro del plazo del contrato suscrito con el Estado.

5.7 En el caso del procedimiento establecido en el literal b) del numeral 5.2 de la Directiva, el Ministerio deTransportes y Comunicaciones, a través de la Oficina General de Administración, intervendrá en la minuta decompraventa del inmueble elegido por el beneficiario con la finalidad de efectuar por expresa instrucción delbeneficiario el desembolso directo a favor del vendedor del inmueble a la firma de la escritura pública que originela minuta, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley 27329, modificada por laLey 29836.

VI. DEFINICIONES

6.1 Beneficiario: Se entiende por beneficiario al titular posesionario de un predio ubicado en uno de los inmueblesexpropiados adyacentes al AIJCH y que reúna los requisitos y condiciones establecidos por la Dirección General deAsuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para acogerse a uno de losprocedimientos establecidos en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27329, modificada por la Ley 29836. Bajoningún concepto, el beneficiario podrá ser titular posesionario de dos predios.

6.2 Listado de Beneficiarios: Corresponde a la relación de beneficiarios debidamente identificados, calificados yaprobados por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, que fueron clasificados por sexo, nombre del asentamiento humano, condición de posesionario,tipo de procedimiento, entre Otros.

6.3 Expediente Técnico del Beneficiario: Corresponde a la carpeta personal que contiene la documentaciónsustentatoria presentada por cada uno de los beneficiarios para acceder al programa de reasentamiento humanoy el monto del beneficio económico a otorgarse, a lo que se añadirá la documentación de validación o cruce yotros documentos que determine el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

6.4 Vendedor: Se entiende por vendedor a la persona natural o jurídica dedicada a la construcción y/o venta deviviendas en Lima y/o Callao debidamente constituidas de acuerdo a la norrnatividad vigente.

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63 Programa de Indemnización Asistida: Las características de este programa se detallan en el PACRI, en,,.concordancia con lo dispuesto en el literal f.4 de la Resolución Directoral N 007-2004-1VITC-16.

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6.6 Beneficio Económico: Es el monto pecuniario expresado en nuevos soles establecido por la Dirección General deAsuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según la alternativa elegida por cadabeneficiario.

6.7 Vivienda: Se entiende por vivienda a la unidad inmobiliaria nueva que adquiere el beneficiario, a su libre yvoluntaria elección en las ciudades de Lima o Callao, que se destinará para el reasentamiento del titular de laposesión y su familia.

6.8 Fecha de Corte: Fecha limite a partir de la cual no se considerarán más afectados, que coincide con el censoelaborado por COFOPRI y que cuenta con la aprobación de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales,

6.9 OGA: Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que tiene a su cargorealizar el trámite del otorgamiento del beneficio económico determinado por la Dirección General de AsuntosSocio Ambientales.

6.10 DGASA: Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,responsable de la elaboración del PACRI, aprueba el listado de beneficiarios y establece el monto del beneficioeconómico a otorgarse a cada beneficiario.

6.11 CANETA: Comisión de Alto Nivel, creada mediante Resolución Suprema N 137-2000-1VITC.

6.12 MTC: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sujeto activo de la expropiación de los inmuebles adyacentesal Ah CH.

VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

7.1 PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS

71.1 La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales realizará la verificación técnica legal de ladocumentación para la identificación y calificación de los posesionarios de los asentamientos humanosubicados en la zona de expropiación, determinando el cumplimiento de los requisitos exigidos para elotorgamiento del beneficio de reasentamiento.

Contando con el informe técnico legal correspondiente, la Dirección General de Asuntos SocioAmbientales emitirá la resolución directoral que apruebe el listado de beneficiarios que se encuentrenempadronados dentro de la fecha de corte y el monto del beneficio correspondiente a cada uno deellos, la cual será publicada en el Portal Institucional www.rntc. gob. pe del Ministerio de Transportes yComunicaciones.

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7.1.2 La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales remitirá a la Oficina General de Administración copiafedateada de la resolución directoral que apruebe el listado de beneficiarios y la aprobación del montodel beneficio que le corresponde a cada beneficiario, la cual también deberá contener la informaciónseñalada en el numeral 6.2 de la presente Directiva.

7.1.3 El Listado de Beneficiarios a que se hace referencia en los literales 7.1.1 y 7.1.2 precedentes, puede sermodificado por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, como consecuencia dellevantamiento de las observaciones de los expedientes observados o por la presentación de solicitudesde nuevos afectados, que a juicio de la citada Dirección General cumplan con los requisitos para suincorporación.

7.1.4 Dicha modificación deberá ser sustentada a través de un informe emitido por la Dirección General deAsuntos Socio Ambientales, quien a su vez procederá de acuerdo a las formalidades establecidas en losnumerales 7.1.1 y 7.2.2 en la oportunidad que estos casos se presenten.

7.2 CONDICIONES BÁSICAS PARA ACCEDER AL REASENTAMIENTO

7.2.1 Las personas que figuren en el Listado de Beneficiarios deberán demostrar como condición básica suidentificación como titular de la posesión de un predio afectado de los asentamientos humanos dentrode la fecha de corte y presentarán la solicitud de otorgamiento del beneficio que hayan elegido, deacuerdo a las alternativas establecidas en el numeral 5.2 de la presente Directiva, ante la DirecciónGeneral de Asuntos Socio Ambientales, a través de la Mesa de Partes del Ministerio de Transportes y

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COPIA FIEL DEL ORIGINAL

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Comunicaciones, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, como también en las oficinas queesta Dirección General haya designado al respecto, en el horario de 8:30 a 17:00 horas.

La DGASA podrá recibir de manera directa por parte de los beneficiarios la solicitud de otorgamiento debeneficio en los Talleres de Información que al respecto se programen, para lo cual deberá de cumplirselos requisitos y procedimientos establecidos en la presente Directiva.

7.2.2. Los beneficiarios deberán presentar o contar obligatoriamente con la siguiente documentación:

• Solicitud de otorgamiento del beneficio de reasentamiento, en el cual deberá señalarobligatoriamente el procedimiento de reasentamiento elegido de acuerdo a las alternativasexpuestas en el numeral 5.2 de la presente Directiva, conforme al ANEXO N°01.

• Copia de su documento nacional de identidad.• Certificado de posesión u otro documento equivalente a discrecionalidad de la Dirección General

de Asuntos Socio Ambientales.• En caso de ser cónyuge, la partida de matrimonio respectiva.• En caso de ser conviviente, certificado de unión de hecho expedido por la Municipalidad Provincial

del Callao de acuerdo al Decreto de Alcaldía N° 000021. Excepcionalmente, podrá presentar elANEXO N° 07— "Declaración jurada de inscripción registral del inmueble elegido por el beneficiarioen copropiedad con su conviviente".

• Copia del documento nacional de identidad del cónyuge y/o conviviente, opcionalmente, se podrápresentar de los hijos menores y de los otros parientes que viven en el hogar del beneficiario(hermanos, padres, abuelos, etc.).

• Transacción Extrajudicial de abandonar el predio actualmente utilizado como vivienda al momentoen que se efectúe el reasentamiento involuntario, según el ANEXO N°02.

• El beneficiario que elija el procedimiento establecido en el literal a) del numeral 5.2 de la Directiva,deberá presentar el ANEXO N°03 - "Declaración jurada de aceptación de reasentamiento en elterreno ubicado en el distrito de Santa Rosa transferido por CORPAC S.A. a favor del MTC".

• El beneficiario que elija el procedimiento establecido en el literal b) del numeral 5.2 de la Directiva,deberá presentar el ANEXO N° 04 - "Declaración Jurada de adquisición o financiación deadquisición de inmuebles de programas de vivienda, tanto del sector público como del sectorprivado".

La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, de acuerdo al procedimiento que opte cada beneficiario y a lodeterminado en el Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI), podrá solicitar cualquier otrodocumento sustentatorio que crea conveniente para el otorgamiento del beneficio de reasentamiento.

7.3 CALIFICACIÓN DE LA SOLICITUD

7.3.1 La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales organizará el expediente técnico individual por cadabeneficiario y evaluará el sustento documental del precio de venta, el sustento documental del montode la indemnización asistida a ser otorgada, la identificación del vendedor de la vivienda, entre otradocumentación que presente el beneficiario para acceder a uno de los procedimientos señalados en elnumeral 5.2 de la presente Directiva que haya elegido.

Los expedientes técnicos formulados por COFOPRI hasta la fecha de corte en que se concluyó ellevantamiento de información del CENSO (setiembre 2010) y el Informe N° 001-2012-MTC/16.03.PAGCH-iMQM (09/01/2012) "Informe de Determinación de los Asentamientos Humanoslocalizados en el área de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez" que establece la fechade corte para el presente reasentamiento, formarán parte para la calificación de la solicitud deotorgamiento del beneficio de reasentamiento.

7.3.2 De encontrar completa y verificada la documentación contenida en el expediente técnico individual, laDirección General de Asuntos Socio Ambientales emitirá el informe técnico legal que certifique que elbeneficiario ha calificado para acceder al beneficio de reasentamiento en el procedimiento que éstehaya solicitado y el informe de razonabilidad correspondiente.

7.3.3 La Dirección General de Asuntos Socio Ambientales remitirá el expediente técnico individual delbeneficiario a la Dirección General de Concesiones en Transportes, quien realizará el requerimiento delgasto en el SIAF-SP, por el monto a desembolsar. -

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

Dctor., G;

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Una vez reunida la documentación sustentatoria indicada precedentemente, la Dirección General deConcesiones en Transportes solicitará a la Oficina General de Administración el inicio del procedimientode desembolso, para lo cual le remitirá el expediente técnico individual

7.3.4 La Oficina General de Administración, a efectos de otorgar el beneficio económico solicitado, deberácontar previamente con la carpeta o expediente técnico individual del beneficiario, que deberá contenerla documentación requerida en el literal 7.2.2

En los casos en que se detecte la presentación de documentación falsa o inexacta, conllevará a lapérdida de la condición de beneficiario y la descalificación automática de su solicitud, sin derecho areclamo alguno.

7.3.5 De encontrarse observaciones o no considerarse completo el expediente administrativo, la DirecciónGeneral de la Oficina General de Administración devolverá mediante memorando la carpeta oexpediente técnico individual a la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, precisando lasobservaciones y las recomendaciones correspondientes en caso de que éstas sean subsanables. En elsupuesto caso de que las observaciones sean consideradas insubsanables, se le devolverá el expedienteal recurrente y se lé comunicará por escrito debidamente motivado, a través de la Dirección General deAsuntos Socio Ambientales, su descalificación como beneficiario del programa de reasentamiento.

El proceso de calificación descrito en los numerales precedentes será aplicable a las tres alternativas dereasentamiento establecidas en el numeral 5.2 de la presente Directiva.

7.4 DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES Y DEL PROCEDIMIENTO PARA EL DESEMBOLSO

7.4.1 La Comisión de Alto Nivel - CANETA al amparo en lo dispuesto en el Artículo Único de la ResoluciónMinisterial N 425-2000-1VITC-15.01, coordinará con el Ministerio de Economía y Finanzas a fin de que seefectúen las transferencias presupuestales necesarias y suficientes para atender el desembolso porconcepto de pagos a los beneficiarios de la población afectada de los asentamientos humanos, ubicadosen los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y demás gastosvinculados con el reasentamiento.

7.4.2 La Comisión de Alto Nivel - CANETA coordina con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto,para la habilitación del marco presupuestal que implicará la creación de metas presupuestarias yclasificadores de gastos, destinados a atender los gastos referidos al otorgamiento de los beneficioseconómicos y demás gastos del reasentamiento.

7.4.3 La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, asignará a la Dirección General de Concesiones enTransporte, los fondos presupuestales aprobados y habilitados por el Ministerio de Economía y Finanzasen el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), Dirección General que realizará los pedidos dedesembolso en favor de los beneficiarios, de manera individual a la Oficina General de Administración,adjuntando la carpeta o expediente técnico individual correspondiente, conforme al numeral 7.3.3.

7.4.4 La Dirección General de Concesiones en Transporte presentará su pedido a la Oficina General deAdministración a través del SIGA GESTOR donde se indicará la Específica de Gasto correspondiente.Dicho pedido deberá ser suscrito por la Dirección General de Concesiones en Transporte a fin de que seinicié el trámite de desembolso respectivo.

7.4.5 Con la finalidad de contar oportunamente con el croriograma de pagos a cargo de la Dirección deFinanzas, la Comisión de Alto Nivel - CANETA proporcionará durante los primeros quince (15) díascalendarios de cada mes la información de los beneficiarios consignando el monto individual adesembolsar, que permitirá la atención oportuna del pago durante el mes que corresponda.

7.4.6 Recibida la solicitud de desembolso y el expediente técnico individual del beneficiario por parte de laDirección General de Concesiones en Transportes, la Oficina General de Administración lo remitirá a laOficina de Finanzas, quien a través del control previo correspondiente, efectuará la revisión de ladocumentación sustentatoria de acuerdo a las disposiciones contenidas en la presente directiva.

En el caso de no encontrar conforme la documentación contenida en el expediente técnico individualdel beneficiario o presente alguna observación en el procedimiento, la Oficina de Finanzas coordinarácon las direcciones competentes en el caso de que pueda ser subsanable, caso contrario, informará a laOficina General de Administración para la devolución del expediente.

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Por otro lado, de encontrar conforme la documentación contenida en el expediente técnico individualdel beneficiario, lo remitirá a la Asesoría Legal de la Oficina General de Administración para laelaboración de la resolución correspondiente.

7.4.7 La Oficina General de Administración, de encontrarla conforme, suscribirá la Resolución Directoral y laremitirá a la Oficina de Finanzas, quien procesará en el Sistema Integrado de Administración Financiera(SIAF), el compromiso, el devengado y su correspondiente girado a fin de atender el desembolsorequerido.

Asimismo, la Oficina de Finanzas remitirá copia de la Resolución Directoral al área de Tesorería, quienproyectará la carta de instrucción a COFIDE y se remitirá a la Dirección General de Concesiones enTransportes para que se continúe con el trámite de desembolso.

7.5 SUSTENTO DOCUMENTAL DEL PRECIO DE VENTA DE LA VIVIENDA

7.5.1 A fin de Contar con un precio razonable del costo de la vivienda, la Dirección General de Asuntos SocioAmbientales, deberá presentar la información que seguidamente se detalla, que será proporcionada porlas personas naturales o jurídicas que se dediquen a la venta de bienes inmuebles del sector público y/oen el sector privado, que hayan sido previamente seleccionados y sometidos a consideración de losbeneficiarios, debiendo adjuntar:

• Propuesta económica actualizada que deberá contener el precio de venta incluido IGV, ladescripción de la vivienda, incluyendo área del terreno, área construida, linderos y distribución.

• Listado de viviendas que se encuentren con disponibilidad de venta del proponente, de ser el caso.• Declaración Jurada del proponente sobre la razonabilidad del precio de venta, lo cual se deberá

acreditar, en su caso, con un mínimo de dos (02) contratos de compraventa de viviendas similaresque se hayan realizado por parte del proponente.

7.5.2 Para estos efectos, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, dentro del Plan deCompensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI), deberá considerar reuniones de trabajo con eltotal de beneficiarios del reasentamiento, donde expondrán la oferta de viviendas de los programashabitacionales, debiéndose incluir las ofertas de reasentamiento a través de los terrenosproporcionados por la Corporación Peruana de Aviación Comercial (CORPAC S.A.), así como laalternativa de pago de una Indemnización Asistida.

7.5.3 De igual manera los beneficiarios, podrán presentar la información solicitada en el articulo 7.5.1 de lapresente Directiva, cuando se trate de viviendas de su elección.

7.5.4 En todos los casos se deberá contar con un Informe de razonabilidad del precio de venta, emitido por laDirección General de Asuntos Socio Ambientales, establecido a través de la oferta de precios deviviendas que aplican a la vivienda propuesta en venta.

7.5.5 En el caso de que el beneficiario haya optado por una vivienda de segundo uso, se acogerá al Programade Indemnización Asistida y se sujetará al procedimiento que al respecto se establezca en el PACRI.

7.6 DE LA IDENTIFICACIÓN DEL VENDEDOR

7.6.1 Aprobado el listado de beneficiarios, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de laDirección General de Asuntos Socio Ambientales, presentará a los beneficiarios las propuestas deprogramas de vivienda en venta recibidas, tanto del sector público como del sector privado. Losbeneficiarios podrán elegir una de las propuestas que se le presenten.

De considerarlo procedente, el beneficiario podrá presentar otra propuesta de un programa de viviendaen venta de su libre elección, o la propuesta de venta de otro inmueble - casa habitación para los finesdel reasentamiento, cuyo valor no deberá exceder el monto del beneficio aprobado por la DirecciónGeneral de Asuntos Socio Ambientales.

7.6.2 La identificación del vendedor del inmueble se efectuará registrando los datos señalados en el ANEXON 04, quien además deberá firmar el citado anexo, en el caso de ser personal natural, o por surepresentante legal en el caso de ser persona jurídica, debiendo consignar sello, firma y huella digital y

¡' \ adjuntar los siguientes documentos: -

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• Copia del Documento Nacional de Identidad vigente del vendedor que cuente con el sello de laúltima votación o Carnet de Extranjería, de ser el caso, o de su representante legal en caso de serpersona jurídica.

• Copia de la vigencia de poder del representante legal del vendedor en caso de ser persona jurídica,cuya antigüedad no debe ser mayor a treinta (30) días al momento de presentación de la solicitudde desembolso.

• Copia simple del RUC del vendedor, en caso de ser persona jurídica.

En los casos de que la compraventa recae sobre inmuebles de propiedad de una sucesión intestada o de lasociedad conyugal, deben adjuntar la autorización de los copropietarios o del (a) cónyuge.

7.6.3 Para el caso del numeral 7.6.1 de la presente Directiva, se deberá presentar la siguiente documentación:

• Copia del Certificado Registra[ Inmobiliario - CRI de la vivienda objeto de la compraventa, o delterreno matriz donde se ubica la vivienda o de la vivienda independizada, según el caso, con unaantigüedad no mayor a treinta (30) días a la presentación de su solicitud, o en su defecto, copia delcontrato de compra venta del terreno matriz o copia del contrato de fideicomiso que acredite lapropiedad del vendedor.

• Proyecto de minuta del contrato de compraventa. En las cláusulas de "Antecedentes" y "Del Preciode Venta y Forma de Pago" del citado proyecto de minuta, se deberán incluir obligatoriamente lossiguientes párrafos:

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"ANTECEDENTES;

EL MINISTERIO, es un organismo del Poder Ejecutivo que cuenta con personería jurídica dederecho público y constituye un pliego presupuestal, el mismo que conforme a lo señalado en la LeyN° 29370 .. Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, tieneentre sus funciones, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar yevaluar la política nacional y sectorial, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles degobierno.

EL MINISTERIO, a través del Director General de la Oficina General de Administración, interviene enla suscripción de la presente minuta de compraventa, de conformidad con el inciso b) del numeral6.2 y numeral 6.4 del artículo 62 de la Ley N2 27329, modificada por Ley 29836, con la única yexclusiva responsabilidad de pagar a LA VENDEDORA, por encargo expreso del beneficiario, elmonto que le corresponde por concepto de beneficio económico, el mismo que ha sidopreviamente determinado por las partes.

EL MINISTERIO girará por expresa instrucción del beneficiario a favor de LA VENDEDORA, la sumade 5/..................00 (.............y 00/100 Nuevos Soles), y será entregado mediante Cheque dGerencia con la finalidad de financiar la adquisición del inmueble cuyas características se indican enla presente minuta, monto que será desembolsado al momento de la suscripción de la escriturapública.

En caso exista un contrato de fideicomiso entre LA VENDEDORA y un fiduciario, el cheque degerencia podrá ser emitido a nombre de éste último, en caso de requerirlo."

7.7 MECANISMOS DE SUPERVISIÓN

7.7.1 El mecanismo de supervisión empleado, tendrá un enfoque ex-ante y ex-post, que corresponde a lasupervisión anterior y posterior a las actividades realizadas en consideración a la presente Directiva,debiéndose mencionar que para ello se empleará el personal de la institución y/o la contratación deservicios de terceros, teniéndose en cuenta la especialización de los servicios demandados.

7.7.2 Dentro del enfoque ex - ante, se tendrá en consideración la verificación de la documentación solicitadaen el numeral 7.2.2, que estará a cargo del equipo de Control Previo de la Oficina de Finanzas de laOficina General de Administración.

7.7.3 La supervisión de las acciones realizadas y de los resultados alcanzados, que es un concepto que se ubicadentro del enfoque ex-post, estará a cargo de la Oficina de Control Institucional (OCl), quien deberá

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

- emitir los respectivos informes en función del avance del proceso de reasentamiento y de los resultadosalcanzados.

7.7.4 El enfoque ex - post comprende las acciones posteriores a la firma del contrato de compra venta devivienda, tales como gastos notariales, la inscripción en los Registros Públicos, gastos de mudanzas yotros, serán financiados con cargo a la meta 0146 EXPROPIACIONES E INDEMNIZACIONES, cuyosrecursos son de! fideicomiso asignada a la Dirección General de Concesiones en Transportes; asimismo,el seguimiento y control del Plan de Compensación y Reasentamiento Involuntario (PACRI) que estará acargo de una consultoría o persona natural especializada designada o contratada por el Ministerio deTransportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales.

VIII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

8.1 Primera disposición Complementaria: Las Cláusulas contenidas en el proyecto de contrato de compraventa,podrá ser modificada y/o complementada de común acuerdo entre el vendedor y el beneficiario con participacióndel representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siempre y cuando no vaya en desmedro de los

- ' intereses del beneficiario y/o afecten los intereses del Estado

8.2 Segunda disposición Complementaria: Todos los documentos presentados por los beneficiarios deberán estardebidamente legalizadas o fedateados, en este último caso realizada por los Fedatarios del Ministerio deTransportes y Comunicaciones.

8.

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

ANEXO NO1

SOLICITUD PARA EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIO ECONÓMICO PARA EL REASENTAMIENTO DE LA POBLACIÓNUBICADA EN LOS INMUEBLES EXPROPIADOS ADYACENTES AL AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHAVEZ

1. [)ELBENEFCIARIO

APELLIDOS NOMBRES

DNI N DOMICILIO 1

TE LEFO NO

II DE LOS FMILIARE5 A CARGO DEL BENEFICIARIO:

APELLIDOS Y NOMBRES DNI N VÍNCULO Y/O PARENTESCO

- - Iii. DEL MONTO OTORGADO COMO bEEFiCIO [CC O lico-- , GASA'

OF/CARTA

MONTO 5/.

SON CON 00/100 NUEVOS SOLES

IV DE LA OPCIÓN ESCOGID

MARCARX

1. AREASENTAMIENTO EN LOS TERRENOS PROPORCIONADOS POR CORPAC S.A.

2. ADQUISICIÓN O FINANCIACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES: (ELEGIR UNA OPCIÓN)

B.1 DE PROGRAMAS DE VIVENDAS YA CONSTRUIDOS DEL SECTOR PÚBLICO

B.2 DE PROGRAMAS DE VIVIENDAS YA CONSTRUIDOS DEL SECTOR PRIVADO

3. INDEMNIZACIÓN ASISTIDA

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Es COPIA FIEL DEL ORIGINAL

V. DOCUMENTOS ADJUNTOS

1. ONU DEL TITULAR

2. Certificado de posesión u otro determinado por la DGASA

3. Partida de Matrimonio, en caso de estar casados.

4. Certificado de Unión de Hecho, emitido por laMunicipalidad Provincial del Callao, según Decreto deAlcaldía N 000021, de ser el caso o declaración jurada delAnexo N' 7.

S. Copia del Documento Nacional de Identidad de su cónyuge y/o conviviente, hijos menores ymayores que viven en el hogar

6. Opcionalmente, Copia del Documento Nacional de Identidad de Otros familiares que viven en elhogar del beneficiario (padres, abuelos, tíos, etc.).

7. partida de Defunción de ser el caso.

8. OTROS

FIRMA

NOMBRE/ DNI

MUY IMPORTANTE:En los casos en que se detecte la presentación de documentación falsa o inexacta, conllevará a la pérdida de la condición debeneficiario y la descalificación automática de su solicitud, sin derecho a reclamo alguno.

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

ANEXO N°02

"TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL DE COMPROMISO DE EL BENEFICIARIO DE ABANDONAR EL PREDIO ACTUALMENTEUTILIZADO COMO VIVIENDA POR CONSECUENCIA DEL REASENTAMIENTO"

Conste a través del presente documento de Transacción Extrajudicial de compromiso de abandonar el predio actualmenteutilizado como vivienda por consecuencia del reasentamiento, que celebran de una parte ....................................con DNI N

con domicilio en .................................distrito de ...........provincia y departamento de ............quien en adelante sele denominará EL BENEFICIARIO; y de la Otra parte el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, con RUC N20131379944, señalando domicilio en Jirón Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima,debidamente representado por su Director General de la Oficina General de Administración, el Señor .....................................

identificado con DM N ...........designado por Resolución Ministerial N

a quien en adelante se le denominará EL MINISTERIO, en los términos y condiciones siguientes:"

PRIMERO: EL BENEFICIARIO, se encuentra considerado en la lista de beneficiarios publicada por el Ministerio deTransportes y Comunicaciones y en mi calidad de poseedor del inmueble ubicado en

SEGUNDO: EL BENEFICIARIO en uso de sus facultades, celebra con EL MINISTERIO una Transacción Extrajudicial decompromiso de abandonar el predio actualmente utilizado como vivienda por consecuencia del reasentamiento, deconformidad con lo regulado en el Título VII de la Sección Segunda del Libro VI Las Obligaciones del Código Civil.

TERCERO: EL BENEFICIARIO asume el compromiso de abandonar y poner a disposición el predio que actualmente destinopara uso de vivienda familiar, como consecuencia del reasentamiento de la población afectada de los asentamientoshumanos establecida en el Artículo 6° de la Ley N° 27329, modificado por el Articulo 5° de la Ley N° 29836 - Ley que declarade necesidad pública la expropiación de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

CUARTO: EL BENEFICIARIO y EL MINISTERIO renuncian a cualquier acción que vaya en Contra del compromiso deabandonar el predio actualmente utilizado como vivienda por consecuencia del reasentamiento, materia de la presentetransacción.

QUINTO: A efectos de ejercer el compromiso asumido en el término anterior, EL BENEFICIARIO tendrá como fecha máximael ......de ..................de 20121, para abandonar el inmueble señalado en el término primero, de lo contrario, el Ministerio deTransportes y Comunicaciones iniciará las acciones correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 693°del Código Procesal Civil,

Lima,

:l', l 5)r

NOMBRE Y APELLIDOS Huella digital

DNI N°

EL MINISTERIO

MUY IMPORTANTE:Todos los documentos presentados por los beneficiarios deberán estar debidamente legalizadas y/o fedateados, en esteúltimo caso a cargo de los Fedatarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

'Las fechas serán establecidas por lo OGASA, los mismos que estarán organizados por sectores.

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ES COPLA FIEL DEL ORIGINAL

ANEXO N 03

DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACION DE REASENTAMIENTO EN EL TERRENO DE SANTA ROSA TRANSFERIDO PORCORPAC S.A. AL MTC.

YO, .................................... ......... ........................... . ...................................................... identificado con DM N ........................y Don/haidentificado/a con DM N ............................................al haber sido considerados en la lista de

beneficiarios y en calidad de poseedores del inmueble localizado en .......................................................................en uso denuestras facultades y sin coacción alguna, declaramos bajo juramento lo siguiente:

En nuestra calidad de beneficiarios conocemos y optamos por el proceso de reasentamiento en el terreno de Santa Rosatransferido por CORPAC S.A. al MTC, conforme a los criterios y medidas establecidos en el Plan de Compensación yReasentamientolnvoluntario (PACRI) y acepto (amos) dicho reasentamiento, el cual difiere de un reasentamiento bajo otramodalidad y para lo cual la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, deberá contar previamente con el numerototal de beneficiarios que opten por dicha alternativa.

En consecuencia, hacemos expresa renuncia a interponer algún tipo de acción o de excepción que impida o limita eldesarrollo del proceso de reasentamiento que lleve a cabo el MTC en el terreno de Santa Rosa.

Callao, de de 2012

NOMBRES VAPELLIDOS

DNI N

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI N*

II

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAl.

ANEXO N' 04

DECLARACIÓN JURADA DE ADQUISICIÓN O FINANCIACIÓN DE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES DE PROGRAMAS DEVIVIENDA EN VENTA, TANTO DEL SECTOR PÚBLICO COMO DEL SECTOR PRIVADO

Yo............................................................................................................ . ................ ...identificado con DNI N ........ . ............... y Don/ña

identificado/a con DNI N ............................................al haber sido considerados en la lista debeneficiarios por R.D. N° ......................................................................en calidad de poseedores del inmueble ubicado en

...................................zona de expropiación; en uso de nuestras facultades y por libre elección,DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que:

En el marco del procedimiento de adquisición o financiación de adquisición de inmuebles de programas de vivienda, tantodel sector público como del sector privado, establecido en el inciso b) del numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley 27329,modificada por la Ley 29836, aceptamos, la propuesta de vivienda del siguiente vendedor:

NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL VENDEDOR

RUC DEL VENDEDOR

DIRECCIÓN

REPRESENTANTE LEGAL:

FICHA REGISTRAL

NOMBRE DEL PROYECTO DE OBRA

UBICACIÓN DE LA PROPIEDAD

COSTO DE LA PROPIEDAD

Para tal efecto adjunto los documentos siguientes:

TE LE FO N O

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1. Propuesta económica actualizada del vendedor de la vivienda, el cual deberá contener el precio de venta incluido IGV,la descripción de la vivienda, incluyendo área del terreno, área construida, linderos y distribución, así como ladisponibilidad de venta.

2. Declaración Jurada del vendedor sobre la razonabilidad del precio de venta, lo cual se deberá acreditar, en su caso, conun mínimo de dos (2) contratos de compraventa de viviendas similares que se hayan realizado en los últimos 6 mesespor parte del vendedor.

3. Ficha Registra[ del vendedor, en caso de ser persona jurídica, donde conste la constitución de la empresa y sudenominación o razón social, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días, a la fecha de la presente declaración.

4. Copia simple del Documento Nacional de Identidad vigente del vendedor, el cual deberá contar con el sello de laúltima votación o Carnet de Extranjería, de ser el caso, o de su representante legal en caso de ser persona jurídica.

Copia simple de la Vigencia de Poder del representante legal del vendedor en caso de ser persona jurídica, cuyaantigüedad no debe ser mayor a treinta (30) días, a la fecha de la presente declaración.

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ES COPLA FIEL DEL ORIGINAL

6. Copia simple del RUC del vendedor en caso de persona jurídica.

7. Copia del Certificado Registra¡ Inmobiliario - CRI de la vivienda objeto de la compraventa, o del terreno matriz dondese ubica la vivienda o de la vivienda independizada, según el caso, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días a lapresentación de su solicitud, o en su defecto, copia legalizada del contrato de compra venta del terreno matriz o copialegalizada del contrato de fideicomiso que acredite la propiedad del vendedor

S. Proyecto de Minuta del Contrato de compraventa.

9. En los casos que la compraventa recaiga sobre una vivienda ubicada en un terreno matriz que pertenece a dos o máspersonas, se requerirá la autorización de los copropietarios.

,Callao, de de 2012

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ES COPLA FIEL DEL ORIGINAL.

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ANEXO N' OS

CONTRATO DE COMPRAVENTA

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de Compraventa que otorgan de una parte ....................................con RUC

N 9 ...................con domicilio en .................................distrito de ...........provincia y departamento de ............representado por ............................

con DNI N' ..............debidamente facultado según poderes que corren inscritos en la Partida N' ..............del Registro de Personas Jurídicas

de la Oficina Registral de Lima y Callao, a quien en adelante se le denominará LA VENDEDORA, y de la otra parte el señor (a)

peruano, identificado con DNI N . ................. de estado civil ................ ...y la señora ................................peruana,

identificada con DNI N° ...............de estado civil .................ambos con domicilio en .......................................Distrito de ..................Provincia y

Departamento de Lima, a quienes en adelante se les denominará LOS COMPRADORES; y el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES, con RUC N g 20131379944, señalando domicilio en Jirón Zorritos N 1203 - Cercado de Lima, Provincia y

Departamento de Lima, debidamente representado por su Director General de la Oficina General de Administración, el Señor JESUS

HERNAN BURGA RAMIREZ, identificado con DNI N 2, 25484432, designado por Resolución Ministerial N 9 600-2011-MTC/01, a quien en

adelante se le denominará EL MINISTERIO, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Li

LA VENDEDORA es propietaria del inmueble "Edificio/Condominio/Residencia ................ubicado en .............................distrito decuyos linderos y medidas perimétricas aparecen de su inscripción corriente en la Partida No. ....... .......... .......... de[

Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registra¡ de Urna y Callao.

1.2

LOS COMPRADORES manifiestan su interés en proceder a la adquisición de la unidad inmobiliaria consistente en elDepartamento N" ...............ubicado en el ...........Piso, el mismo que tendrá un área ocupada aproximada de ..............mt2,

El área definitiva del departamento número ............con sus respectivos linderos y medidas perimétricas, así como el porcentajede participación sobre los bienes y servicios comunes del Edificio/Condominio/Residencia .................que corresponden a dichodepartamento, constarán en la Independización y el Reglamento Interno a que se refiere el Cláusula Quinta del presente

contrato.

La distribución y acabados de esta unidad inmobiliaria, constan del plano de planta en donde se indican las medidas y áreas, unalista de acabados y plano de ubicación que como ANEXO 1 suscrito por ambas partes, en adelante forman parte integral de estecontrato.

Las Partes dejan expresa constancia que las áreas señaladas en los planos referidos en el ANEXO 1 se han calculado de acuerdocon las normas prácticas de ingeniería comúnmente empleadas y aceptadas en el mercado, admitiéndose improbablesdiferencias de más o menos del orden del cuatro por ciento (4%) al momento de la recepción del referido departamento.

1.3 EL MINISTERIO, es un organismo del Poder Ejecutivo que cuenta con personería jurídica de derecho público y constituye unpliego presupuestal, el mismo que conforme a lo señalado en la Ley N" 29370— Ley de Organización y Funciones del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, tiene entre sus funciones, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar,supervisar y evaluar la política nacional y sectorial, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno.

'EL MINISTERIO a través del Director General de la Oficina General de Administración, interviene en la suscripción de lapresente minuta de compraventa, de conformidad con el inciso b) del numeral 6.2 del articulo 6' de la ley P4" 27329, modificadapor Ley P4" 29836, con la única y exclusiva responsabilidad de pagar a LA VENDEDORA, por encargo expreso del beneficiario, elmonto que le corresponde por concepto de beneficio económico, el mismo que ha sido previamente determinado por laspartes".

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente contrato, LA VENDEDORA da en venta real y enajenación perpetua en favor de LOS COMPRADORES, quienes adquieren

para sí, la unidad inmobiliaria descrita en el acápite 1.2 de la cláusula primera del presente contrato. Por su parte, LOS COMPRADORES se

obligan a pagar a LA VENDEDORA el monto total del precio pactado en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas en

dicha cláusula.

Se comprende en la presente venta todo cuanto de hecho y/o derecho le corresponde a la referida unidad inmobiliaria, sin reserva ni

limitación alguna, salvo las limitaciones convencionales establecidas en el Reglamento Interno correspondiente. Se incluye en la venta el

porcentaje de participación sobre los bienes y servicios comunes del Edificio que corresponden a cada unidad inmobiliaria.

CLÁUSULA TERCERA: PRECIO DE VENTA, FORMA DE PAGO

El precio de venta por la unidad inmobiliaria materia del presente contrato, pactado de común acuerdo entre las partes y que incluye el

Impuesto General a las Ventas, se fija en la suma de 5/................................00 (.......................y 00/ Nuevos Soles). Los mismos que serán

pagados de la siguiente manera:

a)

La suma deS!. ..... ........00 (.............y 00/100 Nuevos Soles), que LOS COMPRADORES han depositado en la cuenta de ahorros soles Ndel Banco .................a nombre de LA VENDEDORA sin otra constancia que la firma de las partes al pie del mismo.

15

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ES COPIA FIEL DEL 0RI(,1,AL

b) La suma deS,. ................. 00 (.............y 00/100 Nuevos Soles), que EL MINISTERIO pagará mediante Cheque de Gerencia a nombre deLA VENDEDORA, en el acto de suscripción de la Escritura Pública y/o inscripción de la compraventa en los Registros Públicos.

CLÁUSULA CUARTA: EQUIVALENCIA DE PRESTACIONESLa venta se hace ad-corpus por lo que las partes contratantes declaran expresamente que entre las unidades inmobiliarias materia de este

contrato y el precio pactado existe la más perfecta y justa equivalencia y que si hubiese alguna diferencia, que a la fecha no perciben, sehacen de ella mutua gracia y recíproca donación, renunciando expresamente a cualquier acción que pretenda invalidar el presente

Contrato.

CLÁUSULA QUINTA: DECLARATORIA DE FABRICA, INDEPENDIZACION Y REGLAMENTO INTERNOLa presente compraventa, se rige por la Ley 29090 del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común y suReglamento, por cuanto se refiere a la construcción de unidades de vivienda, obligándose LA VENDEDORA a efectuar la correspondienteDeclaratoria de Fábrica, Independización y Reglamento Interno, e inscribirla ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registra¡ de

Urna.

CLÁUSULA SEXTA: CARGAS Y GRAVAMENESLA VENDEDORA declara que sobre los inmuebles en el que se ubica el bien materia del presente contrato, no pesa carga, gravamen, en

cualquier caso se compromete al saneamiento de Ley.

CLÁUSULA SEPTIMA: ENTREGA DE LAS UNIDADES INMOBILIARIASLas partes acuerdan como fecha de entrega estimada de la unidad inmobiliaria será el ......del mes de ............del 2012.

Las partes convienen en sujetarse al procedimiento siguiente: LA VENDEDORA citará a LOS COMPRADORES para efectuar la entrega de launidad inmobiliaria, En dicha comunicación se señalará día y hora para el acto de entrega. La entrega de las unidades inmobiliarias se haráconstar en un acta firmada por ambas partes, en señal de conformidad (Acta de entrega). Si LOS COMPRADORES no concurrieran a lareunión programada en la fecha y hora pactada o si por cualquier motivo se negaran a suscribir el acta de entrega, se considerará que launidad inmobiliaria materia del mismo ha sido debidamente entregadas por LA VENDEDORA y recibidas por LOS COMPRADORES. Sinperjuicio de lo expuesto, LOS COMPRADORES autorizan que queda en potestad de LA VENDEDORA el solicitar la intervención de unNotario Público, quien levantará un parte notarial con la declaración de LA VENDEDORA que las unidades inmobiliarias están concluidas yque se entregan en dicho acto juntamente con las llaves del departamento. Notificado el parte notarial a LOS COMPRADORES, se da porentregada y recibida las unidades inmobiliarias manifestando este último su plena y absoluta conformidad a este procedimiento. Las partesdeclaran que producido lo expuesto o suscrita el acta de entrega, ninguna de ellas tendrá reclamo alguno contra la otra.

Entregada la unidad inmobiliaria o suscrita el acta de entrega o notificado el parte notarial conforme al procedimiento descrito en lospárrafos precedentes, la unidad inmobiliaria queda plena y definitivamente transferidas a favor de LOS COMPRADORES. En este sentido, a

partir de la entrega de las unidades inmobiliarias, LOS COMPRADORES podrán hacer uso, posesión, disposición y demás atributos de la

propiedad asumiendo los derechos, beneficios y obligaciones que les corresponda.

CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DE LA VENDEDORA

8.1. Tramitar la Declaratoria de Fábrica.

8.2. Tramitar los Reglamentos Internos de Propiedad Horizontal del proyecto.

8.3. Tramitar la independización del inmueble.

8.4. Pagar los tributos municipales que les corresponda relacionados con el inmueble hasta la fecha de entrega de las unidades

inmobiliarias, momento a partir del cual, LOS COMPRADORES asumirán la obligación de pagar los tributos municipales que le

correspondan; así como los gastos de mantenimiento que origine el inmueble, los servicios de agua, luz y demás gastos por bienes

y servicios comunes relacionados directa o indirectamente con dichos bienes.

85. Asumir los gastos por derechos notariales y registrales y el trámite hasta la inscripción de la compraventa en los Registros Públicos.

8.6. Efectuar la inscripción del dominio de la unidad inmobiliaria a favor de LOS COMPRADORES en el registro de la propiedad

inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao.

CLÁUSULA NOVENA: OBLIGACIONES DE LOS COMPRADORES

9.1. Pagar el precio de venta de la unidad inmobiliaria conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera del presente contrato.

9.2. Firmar la escritura pública que la presente minuta origine

9.3. Tramitar, declarar y pagar el Impuesto de Alcabala u obtener la Constancia de Inafectación expedida por el SAT -Lima debiendo ser

entregada al Notario Público por ser requisito necesario para formalizar la inscripción de las unidades inmobiliarias en los Registros

Públicos, declaración ante el Municipio de ...................de las unidades inmobiliarias (HR y Pu).

9.4. Efectuar y asumir el pago de los tributos municipales que afecten a las unidades inmobiliarias a partir de la fecha de entrega de los

mismos, así como el pago de los servicios de electricidad, agua, y otros demás obligaciones de carácter formál y sustancial que

sean atribuibles directa o indirectamente a la unidad inmobiliaria, áreas y zonas comunes de éstos, siendo todos los pagos de

cuenta y responsabilidad exclusiva de LOS COMPRADORES.

9.5 Cumplir y someterse estrictamente a lo previsto en el Reglamento Interno del proyecto inmobiliario.

9.6 Convocar a la Junta de Propietarios en un plazo máximo de 7 días útiles de firmada el acta de entrega de las unidades inmobiliarias16

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materia de la presente compraventa y participar de las juntas que se realicen.

CLÁUSULA DECIMA: DECLARACIONES DE LAS PARTES1.1 Las partes reconocen como numeración final de las unidades inmobiliarias la que se genere del Certificado de Numeración que

expida la Municipalidad Distrital, la misma que servirá para la independización y que en su momento quedará consignada en suficha registra] independizada. Una vez que la municipalidad expida la numeración final de las unidades inmobiliarias y de sernecesario, las partes procederán a suscribir la minuta y escritura pública aclaratoria que corresponda.

1.2 Las partes declaran conocer que las áreas, los linderos, las medidas perimétricas, el área ocupada, el área techada la distribución,denominación y porcentajes de participación definitivos sobre las áreas y bienes comunes que correspondan a las unidadesinmobiliarias materia del presente contrato, serán los que se establezcan en la partida registra¡ que corresponda una vez inscrita ladeclaratoria de fábrica e independización, y sujetos a los términos y condiciones que se señalan en el Reglamento Interno deledificio determinado a partir de los criterios señalados en el numeral siguiente, que LOS COMPRADORES declaran conocer y seobligan a respetar y cumplir plenamente, por tanto, las áreas, linderos, medidas perimétricas, distribución, porcentajes departicipación sobre áreas y bienes comunes señalados en los planos en el presente contrato son referenciales.

1.3 Las partes declaran conocer que LA VENDEDORA, en su condición de encargada de elaborar el respectivo Reglamento Interno deledificio, procederá a incorporar en el reglamento la siguiente disposición, entre otras: Que el criterio para la determinación de los

respectivos porcentajes de participación sobre las áreas y bienes comunes que correspondan a las unidades inmobiliarias,

incluyendo el terreno, será el área ocupada por los mismos.

1.4 Las partes declaran conocer que las fisuras son producto del proceso constructivo empleado en las edificaciones en general, y quepor lo tanto no representan fallas estructurales que dañen o afecten la calidad de los inmuebles ni del edificio, por lo que, en casoaparecieran, su mantenimiento, o arreglo, y costo corresponde ser realizado por LA VENDEDORA.

1.5 De conformidad con lo dispuesto por el articulo 22 del Decreto Legislativo No. 776, la presente venta, en cuanto al valor de lafábrica, por ser la primera venta que realiza LA VENDEDORA como empresa constructora, no se encuentra afecta al pago del

impuesto de alcabala en lo que corresponde a la edificación.

1.6 Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes con motivo de la ejecución de este contrato, ambasseñalan como sus respectivos domicilios los indicados en este documento. Asimismo, se tendrán por válidas las comunicacionesque LA VENDEDORA dirija a LOS COMPRADORES al correo electrónico siguiente...................................

1.7 LOS COMPRADORES declaran conocer y autorizan en forma expresa a LA VENDEDORA para que, de darse el caso, suscriba loscontratos de servidumbre y demás contratos y actos jurídicos con empresas prestadoras de servicios públicos y otros terceros parala instalación y/o suministro de energía eléctrica, agua, desagüe, entre otros bienes y servicios, que pudiera tener el proyectoinmobiliario. Los gastos de mantenimiento, uso y consumo serán asumidos por LOS COMPRADORES a partir de la entrega de las

unidades inmobiliarias.

1.8 LA VENDEDORA otorga, de acuerdo a las condiciones generales pactadas con cada uno de sus proveedores y las establecidas en el

presente contrato, una garantía respecto de los acabados utilizados en las unidades inmobiliarias por el término de 12 meses,plazo que se computará a partir de la entrega de las unidades inmobiliarias. Vencido dicho plazo, las partes convienen en que seráde cargo y costo de LOS COMPRADORES cualquier trabajo relacionado con los acabados.

1.9 De igual forma, las partes acuerdan que en caso de presentarse algún defecto o deterioro en las unidades inmobiliarias o en laszonas comunes del edificio por deficiencias del material empleado o del proceso de instalación imputable a LA VENDEDORA, estaúltima previa comunicación que se le haga llegar, y verificación correspondiente que ésta realice, procederá a través de su áreapostventa, a la subsanación pertinente. Se acuerda que esta garantía y responsabilidad de LA VENDEDORA caducará a los doce(12) meses computados desde la fecha en que se hayan entregado las unidades inmobiliarias. Vencido dicho plazo, lasreparaciones, refacciones o cualquier otro trabajo será asumido por LOS COMPRADORES a su cuenta y costo.

1.10 Las partes declaran conocer que con la entrega de las unidades inmobiliarias se entenderá entregados también las áreas y bienescomunes correspondientes al edificio. Sin perjuicio de lo expuesto, y en la oportunidad que las partes lo convengan podrán firmarpara efectos formales e internos un acta de entrega de áreas y bienes comunes del edificio.

CLÁUSULA DECIMO PRIMERA: SOLIDARIDAD ANTE EL FISCOLOS COMPRADORES asumirán el pago de cualquier tributo creado o por crearse, arbitrios municipales, serenazgo, etc., que afecten a lasunidades inmobiliarias materia de este contrato, desde la fecha de suscripción de la presente minuta, salvo el Impuesto Predial, que seregula por su propia Ley. Serán de cuenta de LA VENDEDORA el pago oportuno de cualquier tributo (impuesto predial, arbitrios, serenazgo

y cualquier otro existente) hasta dicha fecha.

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CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA: DOMICILIO Y NOTIFICACIONESLas partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación

deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito.

En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito, con cargo

de constancia de recepción, con una anticipación no menor de tres (03) días hábiles, caso contrario cualquier comunicación o notificación

hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA: PODER ESPECIALPor medio del presente instrumento, LOS COMPRADORES otorgan poder especial a favor de LA VENDEDORA y de los representantes que

esta última designe, para que actuando en nombre y representación de LOS COMPRADORES se puedan realizar los siguientes actos:

a) Suscribir cualquier documento público y/o privado, incluido sus modificatorias y/o aclaratorias del presente instrumento, que serequiera presentar ante autoridad administrativa cuando se requiera modificar y/o rectificar la numeración, denominación, áreas,linderos, medidas perimétricas y demás características de las unidades inmobiliarias materia del presente contrato, con el fin delograr la debida inscripción de todos los actos aquí contenidos,

b) En este acto LOS COMPRADORES otorgan poder a LA VENDEDORA para realizar todos los actos, gestiones y trámites ante lasoficinas de Luz del Sur, Edelnor, Sedaal, operador telefónico, Municipalidad Distrital de ...........Servicio de Administración Tributaria(SAT), la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y demás autoridades administrativas competentes, que sean necesarios,así corno suscribir minutas, escrituras públicas y demás documentos públicos y privados necesarios para la debida independización einscripción municipal y registral de los inmuebles materia de la presente transferencia, comprometiéndose a su vez LA VENDEDORAa suscribir los documentos complementarios que permitan dicha inscripción a favor de LOS COMPRADORES.

La vigencia de este poder se inicia a partir de la suscripción del presente contrato.

CLÁUSULA DECIMO CUARTA: APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEYEn todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, se someten a lo establecido por las normas del código civil y demás normas

conexas,

CLÁUSULA DECIMO QUINTA: JURISDICCIONEn caso de presentarse cualquier asunto dudoso o litigioso derivado de la interpretación, aplicación o ejecución del presente contrato, laspartes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial de Lima, señalando para tal efecto las direcciones indicadas

en la parte introductoria del presente instrumento.

Agregue usted, señor Notario, las demás cláusulas que fueren de ley, y sírvase cursar los partes correspondientes para su inscripción al

Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registra¡ Lima.

Lima, .......... del mes de ...........deI 2012.

LA VENDEDORA

LOS COMPRADORES

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ANEXO N°06

DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL EN COPROPIEDAD CONCON VI VJENTE

yo. .......................... ....... ..... ...................................................... ...identificado con DNI N° ...........................al

haber sido considerado en la lista de beneficiarios publicada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en mi calidad

de poseedor del inmueble ubicado en .................................................................................................................en

uso de mis facultades, declaro bajo juramento lo siguiente:

En mi calidad de beneficiario acepto que el inmueble materia de compra venta sea inscrito en la Superintendencia Nacional de

Registros Públicos en copropiedad, es decir en porcentajes iguales, con mi conviviente Don (ña)

identificada (o) con DNI N°

.................................................con la cual comparto mi actual vivienda por ..........años..

- orano

NOMBRE Y APELLIDOS Huella digital

DNI N°

NOMBRE Y APELLIDOS Huella digital

DNI N°

S(2

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ANEXO N 07

DECLARACIÓN JURADA DE ELECCIÓN DE VIVIENDA PARA FINES DEL REASENTAMIENTO

Yo, ....................................... . ....................................................................................... identificado con DNI N ........................ y Don/ña

identificado/a con DM N ............................................al haber sido considerados en la lista de

beneficiarios por R.D. N ......................................................................en calidad de poseedores del inmueble ubicado en.....................................zona de expropiación; en uso de nuestras facultades y por libre elección,

DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que:

Elegimos la propuesta de vivienda del vendedor cuyas

características se indican en el contrato de compraventa.

Conocer las cláusulas contenidas en el contrato de compraventa suscrito con el vendedor de la vivienda y sobre lascondiciones, gravámenes y cargas que pudiera afectar al terreno matriz donde se ubica el inmueble, asumiendocualquier responsabilidad relacionada al bien que adquirimos, por lo que cualquier eventual reclamo será presentadoúnicamente al vendedor de la vivienda.

Callao, de de 2012

17NOMBRE Y APELLIDOS

DNI N Huella digital

17NOMBRE Y APELLIDOS

DNI N

raI

L

Huella digital

20

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ANEXO NO8

AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA EFECTUAR EL DESEMBOLSO A FAVOR DEL VENDEDOR Y EL PAGO DE LOS DERECHOSNOTARIALES, REGISTRALES, MUDANZA Y OTROS GASTOS DERIVADOS DEL REASENTAMIENTO

Yo, • identificado con DM N . y Don/ña

identificado/a con DNI N ............................................al haber sido considerados en la lista debeneficiarios por R.D. N ......................................................................en calidad de poseedores del inmueble ubicado en

.................................zona de expropiación; en uso de nuestras facultades y por libre elección,AUTORIZAMOS EXPRESAMENTE que:

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Director General de la Oficina General de Administración,intervenga por cuenta nuestra en la suscripción de la minuta de compraventa con la finalidad de financiar laadquisición de la vivienda elegida cuyas características se indican en la minuta y que efectúe por nuestra expresainstrucción el pago a favor del vendedor del inmueble a la firma de la escritura pública que origine la minuta, deconformidad con lo dispuesto en el numeral 5.4 del artículo 6 de la Ley 27329, modificada por la Ley 29836.

.

El Ministerio Transportes y Comunicaciones, por cuenta nuestra, hará efectivo el pago por concepto de inscripción delinmueble en los Registros Públicos, gastos de mudanza y otros gastos derivados del reasentamiento.

Callao, de 2012

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI N Huella digital

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI N Huella digital

T',,--M.Ch

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