punto de acuerdo de la cámara de diputados a favor del sme 23 octubre 2012
TRANSCRIPT
Punto de Acuerdo de la
Cámara de Diputados
Exhortando a la JFCA a dar cabal e inmediato
cumplimiento de la sentencia dictada por el
Segundo Tribunal Colegiado en materia de
Trabajo del Primer Circuito en el juicio de
amparo 1337/2010 a favor del Sindicato
Mexicano de Electricistas
JOSÉ ANTONIO ALMAZÁN G
PRO SECRETARIO DE JUBILADOS
23 DE OCTUBRE DE 2012
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA FEDERAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, Y A LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO CINCO DE LA FEDERAL DE
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE A CUMPLIR LA SENTENCIA DICTADA EN FAVOR DEL SME, A
CARGO DE LA DIPUTADA LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE
MOVIMIENTO CIUDADANO
Luisa María Alcalde Luján, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión,
con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II,
del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea
punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El 8 de octubre del 2012, el Segundo Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del
Primer Circuito emitió sentencia en el juicio 1337/2010, mediante la cual otorgó el
amparo y protección de la justicia de la Unión al Sindicato Mexicano de Electricistas.
En dicha sentencia se establece que al no haber existido alguna causa de fuerza mayor
que justificara la terminación de las relaciones laborales con más de 44 mil trabajadores
de Luz y Fuerza del Centro, la Comisión Federal de Electricidad se convertiría en
patrón sustituto de los trabajadores.
El tribunal resolvió además que a los trabajadores se les debe pagar los salarios
vencidos desde el momento de la ilegal terminación de las relaciones laborales hasta la
sentencia, jubilar a quienes hayan obtenido ese derecho en el tiempo que duró el juicio
y reinstalar al resto de las trabajadoras y los trabajadores a la Comisión Federal de
Electricidad.
Sin embargo, a pesar de estar en juego la estabilidad y subsistencia económica de 16
mil 599 familias mexicanas que dependen de su trabajo y las indemnizaciones que
legalmente les corresponden, la Junta Especial Número Cinco de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje no ha dado cumplimiento a la ejecutoria del Tribunal
Colegiado, incurriendo así en una violación de los artículos 105, 106 y 107 de la Ley de
Amparo que entre otras cosas establecen que el cumplimiento de la sentencia deberá
realizarse 24 horas después de notificada.
Considerando la enorme trascendencia de este tema dentro del devenir económico y
social, no sólo de las trabajadoras y los trabajadoras del Sindicato Mexicano de
Electricistas, sino de todos los mexicanos es que proponemos el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje,
licenciado Eduardo Andrade Salaverría, así como a la Junta Especial Número Cinco de la Federal de Conciliación y Arbitraje, a dar cabal e inmediato cumplimiento de la
sentencia dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Primer
Circuito en el juicio de amparo 1337/2010 a favor del Sindicato Mexicano de
Electricistas y evitar incurrir en prácticas ilegales tendentes a atrasar el cumplimiento de
la sentencia en detrimento de las trabajadoras y los trabajadores electricistas y sus
familias.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de octubre de 2012.
Diputada Luisa María Alcalde Luján (rúbrica)