proyectos de inversión

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Proyectos de inversión Lineamientos para la elaboración de proyestos de inversión LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION Y PRESENTACION DE LOS ANALISIS COSTO Y BENEFICIO DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSION Sección I Definiciones 1. Para efectos de estos Lineamientos, se entenderá por: i. Análisis costo y beneficio: Evaluación de los programas y proyectos de inversión a qu !", fracción ##, de la Ley $ederal de Presupuesto y %esponsabilidad &acendaria, y que costos y beneficios directos e indirectos que los programas y proyectos generan para ii. (AE: (osto Anual Equivalente' iii. (artera: Programas y proyectos de inversión de conformidad con lo establecido en los artculos !", fracción ###, de la Ley $ederal de Presupuesto y %esponsabilidad &acend %eglamento de la Ley $ederal de Presupuesto y %esponsabilidad &acendaria' iv. (omponentes: Activos que se requieren para llevar a cabo el programa o proyecto de inv las obras, edificios, bienes, equipo, maquinaria, patentes, entre otros' v. (osto total: *uma del monto total de inversión, los gastos de operación y mantenimient gastos asociados a los programas y proyectos de inversión' vi. +emanda: (antidad de un determinado bien o servicio que la sociedad, un grupo o poblac requiere o está dispuesta a consumir o utili ar por unidad de tiempo a un valor determ mercado especfico o relevante' vii. Estudio de Preinversión: Estudios que son necesarios para que una dependencia o entida decisión de llevar a cabo un programa o proyecto de inversión' viii. Evaluación a nivel de perfil: Evaluación de un programa o proyecto de #- E%*#/- E- la que se utili a la información disponible con que cuenta la dependencia o entidad, tomando en cuenta derivada de proyectos reali ados y el criterio profesional de los evaluadores. ambi2 información proveniente de revistas especiali adas, libros en la materia, artculos co arbitradas, estudios similares, estadsticas e información 3istórica y param2trica, a de otros pases y gobiernos. Para este tipo de evaluación, la información a utili ar, para efectos de la cuantifica costos y beneficios especficos del proyecto, debe permitir el cálculo de indicadores i0. Evaluación a nivel de prefactibilidad: Evaluación de un programa o proyecto de inversi utili a, además de los elementos considerados en la evaluación a nivel de perfil, info t2cnicos, coti aciones y encuestas, elaborados especialmente para llevar a cabo la eva programa o proyecto. La información utili ada para este tipo de evaluación debe ser má precisa, especialmente por lo que se refiere a la cuantificación y valoración de los La información utili ada para el análisis a nivel de prefactibilidad, deberá ser verif de información de la misma en la sección de bibliografa del análisis' 0. Evaluación $inanciera: Evaluación que permite determinar si el proyecto es capa de ge recursos positivos para 3acer frente a todas las obligaciones del proyecto y alcan ar rentabilidad esperada. 5a4o esta perspectiva, se deben incluir todos los costos y beneficios privados que gen incluidos los costos financieros por pr2stamos de capital, pago de impuestos e ingres subsidios recibidos. Los precios empleados serán de mercado' 0i. Evaluación socioeconómica: Evaluación del programa o proyecto desde el punto de vista en su con4unto, con el ob4eto de conocer el efecto neto de los recursos utili ados en bienes o servicios sobre el bienestar de la sociedad. +ic3a evaluación debe incluir t programa o proyecto, es decir, sus costos y beneficios independientemente del agente Ello implica considerar adicionalmente a los costos y beneficios directos, las e0tern indirectos e intangibles que se deriven del programa o proyecto' 0ii. E0ternalidad: Efectos positivos y6o negativos que cause el programa o proyecto de #- E a terceros' 0iii. Ley: Ley $ederal de Presupuesto y %esponsabilidad &acendaria' 0iv.Ley de ransparencia: Ley $ederal de ransparencia y Acceso a la #nformación P7blica

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Proyectos de inversinLineamientos para la elaboracin de proyestos de inversinLINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION Y PRESENTACION DE LOS ANALISIS COSTOYBENEFICIO DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIONSeccin IDefiniciones1.Para efectos de estos Lineamientos, se entender por:i.Anlisis costo y beneficio: Evaluacin de los programas y proyectos de inversin a que serefiere el artculo 34, fraccin II, de la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, y que considera los costos y beneficios directos e indirectos que los programas yproyectos generan para la sociedad;ii.CAE: Costo Anual Equivalente;iii.Cartera: Programas y proyectos de inversin de conformidad con lo establecido en losartculos 34, fraccin III, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 46del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;iv.Componentes: Activos que se requieren para llevar a cabo el programa o proyecto deinversin, como son las obras, edificios, bienes, equipo, maquinaria, patentes, entre otros;v.Costo total: Suma del monto total de inversin, los gastos de operacin y mantenimiento, yotros costos y gastos asociados a los programas y proyectos de inversin;vi.Demanda: Cantidad de un determinado bien o servicio que la sociedad, un grupo o poblacindeterminada requiere o est dispuesta a consumir o utilizar por unidad de tiempo a un valordeterminado, en un mercado especfico o relevante;vii.Estudio de Preinversin: Estudios que son necesarios para que una dependencia o entidadtome la decisin de llevar a cabo un programa o proyecto de inversin;viii.Evaluacin a nivel de perfil: Evaluacin de un programa o proyecto deINVERSIN ENla que seutiliza la informacin disponible con que cuenta la dependencia o entidad, tomando en cuentala experiencia derivada de proyectos realizados y el criterio profesional de los evaluadores.Tambin se puede utilizar informacin proveniente de revistas especializadas, libros en lamateria, artculos contenidos en revistas arbitradas, estudios similares, estadsticas einformacin histrica y paramtrica, as como experiencias de otros pases y gobiernos.Para este tipo de evaluacin, la informacin a utilizar, para efectos de la cuantificacin yvaloracin de los costos y beneficios especficos del proyecto, debe permitir el clculo deindicadores de rentabilidad;ix.Evaluacin a nivel de prefactibilidad: Evaluacin de un programa o proyecto de inversin en laque se utiliza, adems de los elementos considerados en la evaluacin a nivel de perfil,informacin de estudios tcnicos, cotizaciones y encuestas, elaborados especialmente parallevar a cabo la evaluacin de dicho programa o proyecto. La informacin utilizada para estetipo de evaluacin debe ser ms detallada y precisa, especialmente por lo que se refiere a lacuantificacin y valoracin de los costos y beneficios.La informacin utilizada para el anlisis a nivel de prefactibilidad, deber ser verificable eincluir las fuentes de informacin de la misma en la seccin de bibliografa del anlisis;x.Evaluacin Financiera: Evaluacin que permite determinar si el proyecto es capaz de generarun flujo de recursos positivos para hacer frente a todas las obligaciones del proyecto yalcanzar una cierta tasa de rentabilidad esperada.Bajo esta perspectiva, se deben incluir todos los costos y beneficios privados que genera elproyecto, incluidos los costos financieros por prstamos de capital, pago de impuestos eingresos derivados de subsidios recibidos. Los precios empleados sern de mercado;xi.Evaluacin socioeconmica: Evaluacin del programa o proyecto desde el punto de vista de lasociedad en su conjunto, con el objeto de conocer el efecto neto de los recursos utilizados enla produccin de los bienes o servicios sobre el bienestar de la sociedad. Dicha evaluacindebe incluir todos los factores del programa o proyecto, es decir, sus costos y beneficiosindependientemente del agente que los enfrente. Ello implica considerar adicionalmente a loscostos y beneficios directos, las externalidades y los efectos indirectos e intangibles que sederiven del programa o proyecto;xii.Externalidad: Efectos positivos y/o negativos que cause el programa o proyecto deINVERSINaterceros;xiii.Ley: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;xiv.Ley de Transparencia: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacin PblicaGubernamental;xv.Memoria de Clculo: Hoja de clculo electrnica donde se incluyan los datos, parmetros,frmulas y clculos para sustentar la informacin presentada en la Evaluacinsocioeconmica;xvi.Monto total de inversin: Total de gasto de capital que se requiere para la realizacin de unprograma o proyecto de inversin, que incluye tanto los recursos fiscales presupuestarios ypropios, como los de otras fuentes de financiamiento, tales como las aportaciones de lasentidades federativas, los municipios, inversionistas privados, fideicomisos pblicos o crditoexterno, entre otros;xvii.Oferta: Cantidad de produccin, suministro y/o cantidad disponible de bienes o servicios porunidad de tiempo;xviii.PIPP: Sistema del Proceso Integral de Programacin y Presupuesto;xix.Precios sociales: Valores que reflejan el costo de oportunidad para la sociedad de utilizar unbien o servicio y que pueden diferir de los precios de mercado;xx.Programas de inversin: Acciones que implican erogaciones de gasto de capital no asociadasa proyectos de inversin;xxi.Programas y proyectos de inversin: Conjunto de obras y acciones que llevan a cabo lasdependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal para la construccin,ampliacin, adquisicin, modificacin, mantenimiento o conservacin de activos fijos, con elpropsito de solucionar una problemtica o atender una necesidad especfica y que generanbeneficios y costos a lo largo del tiempo;xxii.Proyectos de inversin: Acciones que implican erogaciones de gasto de capital destinadas aobra pblica en infraestructura, as como la construccin, adquisicin y modificacin deinmuebles, las adquisiciones de bienes muebles asociadas a estos proyectos, y lasrehabilitaciones que impliquen un aumento en la capacidad o vida til de los activos deinfraestructura e inmuebles;xxiii.Reglamento: Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;xxiv.Secretara: Secretara de Hacienda y Crdito Pblico;xxv.TIR: Tasa Interna de Retorno;xxvi.TRI: Tasa de Rendimiento Inmediata;xxvii.Unidad de Inversiones: Unidad de Inversiones de la Secretara;xxviii.Variables relevantes: Aqullas cuyos cambios, durante la ejecucin y operacin del proyecto,pueden modificar los indicadores de rentabilidad, yxxix.VPN: Valor Presente Neto.Seccin IITipos de programas y proyectos deINVERSIN2.Los proyectos de inversin se clasifican en los siguientes tipos:i.Proyectos de infraestructura econmica, cuando se trate de la construccin, adquisicin y/oampliacin de activos fijos para la produccin de bienes y servicios en los sectores de agua,comunicaciones y transportes, electricidad, hidrocarburos y turismo. Bajo esta denominacin,se incluyen todos los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo a que se refierenlos artculos 18, tercer prrafo, de la Ley General de Deuda Pblica y 32, segundo prrafo, dela Ley, as como los de rehabilitacin y mantenimiento cuyo objeto sea incrementar la vida tilo capacidad original de los activos fijos destinados a la produccin de bienes y servicios de lossectores mencionados;ii.Proyectos de infraestructura social, cuando se trate de la construccin, adquisicin y/oampliacin de activos fijos para llevar a cabo funciones en materia de educacin, ciencia ytecnologa, cultura, deporte, salud, seguridad social, urbanizacin, vivienda y asistencia social;iii.Proyectos de infraestructura gubernamental, cuando se trate de la construccin, adquisicin y/o ampliacin de activos fijos para llevar a cabo funciones de gobierno, tales como seguridadnacional, seguridad pblica y procuracin de justicia, entre otras, as como funciones dedesarrollo econmico y social distintas a las sealadas en las fracciones i y ii anteriores. Estafraccin no incluye los proyectos de inmuebles destinados a oficinas administrativas, mismosque estn comprendidos en la fraccin iv siguiente de este numeral;iv.Proyectos de inmuebles, cuando se trate de la construccin, adquisicin y/o ampliacin deinmuebles destinados a oficinas administrativas, incluyendo las operaciones que se realicenbajo el esquema de arrendamiento financiero; yv.Otros proyectos de inversin, cuando se trate de aquellos que no estn identificados en lasfracciones anteriores.3.Los programas de inversin se clasifican en los siguientes tipos:i.Programas de adquisiciones, cuando se trate de la compra de bienes muebles, tales comovehculos, mobiliario para oficinas, bienes informticos y equipo diverso, entre otros, que noestn asociados a proyectos de inversin;ii.Programas de mantenimiento, cuando se trate de acciones cuyo objeto sea conservar omantener los activos existentes en condiciones adecuadas de operacin y que no implican unaumento en la vida til o capacidad original de dichos activos para la produccin de bienes yservicios. Estas acciones buscan que los activos existentes continen operando de maneraadecuada, incluyendo reparaciones y remodelaciones de activos fijos y bienes inmuebles auncuando se trate de obra pblica o se asocien a sta;iii.Estudios de preinversin, cuando se trate de estudios que sean necesarios para que unadependencia o entidad tome la decisin de llevar a cabo un programa o proyecto de inversin.Tanto los estudios de preinversin como los que se realicen con posterioridad a la decisin deejecutar un programa o proyecto debern considerarse dentro del monto total de inversindelmismo; yiv.Otros programas de inversin, cuando se trate de acciones que impliquen erogaciones degasto de capital no identificadas en las fracciones anteriores.Seccin IIITipos de Evaluacin socioeconmica4.Se establecen los siguientes tipos de evaluaciones socioeconmicas que sern aplicables a losprogramas y proyectos de inversin que consideren realizar las dependencias y entidades de laAdministracin Pblica Federal:i.Ficha tcnica;ii.Anlisis costo-beneficio;iii.Anlisis costo-beneficio simplificado;iv.Anlisis costo-eficiencia; yv.Anlisis costo-eficiencia simplificado.Seccin IVDe la ficha tcnica5.La ficha tcnica consistir en una descripcin detallada de la problemtica o necesidades a resolvercon el programa o proyecto de inversin, as como las razones para elegir la solucin presentada.6.La ficha tcnica se requerir en los siguientes casos:i.Para los proyectos de infraestructura econmica, social, gubernamental, de inmuebles y otrosprogramas y proyectos, que tengan un monto deINVERSINmenor o igual a 50 millones depesos, as como los programas de adquisiciones y mantenimiento menores a 150 millonesdepesos, yii.Para los proyectos de inversin mayores a 1,000 millones de pesos o aqullos que por sunaturaleza o caractersticas particulares lo requieran, debern solicitar primero el registro delos estudios de preinversin a travs de la ficha tcnica, previo a la elaboracin y presentacindel anlisis costo y beneficio correspondiente. En caso de no requerir estudios depreinversin, se deber justificar dentro del anlisis costo y beneficio la razn de norequerirlos; y7.La ficha tcnica deber contener los siguientes elementos:i.Informacin general del programa o proyecto de inversin, en la que se incluya el nombre ytipo del programa o proyecto de inversin, las fuentes de financiamiento, el calendario y elmonto estimado de inversin, el horizonte de evaluacin, su localizacin geogrfica, la cualdeber ir acompaada de un mapa de ubicacin, siempre y cuando la naturaleza del proyectolo permita, as como otros aspectos relevantes.ii.Alineacin estratgica, donde se especifiquen los objetivos, estrategias y lneas de accin queatiende el programa o proyecto de inversin, conforme a los planes y programasgubernamentales. Adems, se debern identificar los programas o proyectos de inversinrelacionados o que podran verse afectados por su ejecucin;iii.Anlisis de la situacin actual, en el que se describa la problemtica especfica que justifiquela realizacin del programa o proyecto de inversin, que incluye una estimacin de la oferta ydemanda de los bienes y servicios relacionados;iv.Anlisis de la situacin sin proyecto, mediante el cual se deber especificar lasoptimizaciones, entendidas como las medidas administrativas o de bajo costo quecontribuiran a optimizar la situacin actual descrita; asimismo, se deber realizar unaestimacin de la oferta y la demanda de los bienes y servicios relacionados con el programa oproyecto de inversin, proyectado a lo largo del horizonte de evaluacin, considerando lasoptimizaciones identificadas;v.Justificacin de la alternativa de solucin seleccionada, en la que se describa las alternativasque resuelvan la problemtica planteada, as como la cuantificacin de sus costos y ladescripcin de los criterios tcnicos y econmicos de seleccin, utilizados para determinarlaalternativa ms conveniente;vi.Anlisis de la situacin con proyecto, en el que se describa el programa o proyecto deinversin y sus componentes, los aspectos tcnicos, ambientales y legales ms importantesrelacionados con su ejecucin y, en caso de que aplique, un croquis con su ubicacin;adicionalmente se deber incluir una estimacin de la oferta y la demanda proyectada bajo elsupuesto de que el programa o proyecto de inversin se lleve a cabo, con el fin de determinarsu interaccin y verificar que contribuya a solucionar la problemtica identificada; yvii.Identificacin y, en su caso, cuantificacin y valoracin de los costos y beneficios relacionadoscon la implementacin del programa o proyecto de inversin tanto en la etapa de ejecucincomo de operacin.Slo para aquellos programas o proyectos de inversin de infraestructura econmica con unmonto total de inversin mayor a 30 millones de pesos y hasta 50 millones de pesos, sedebern calcular los indicadores de rentabilidad necesarios para determinar la convenienciasocioeconmica de realizar el programa o proyecto.El VPN, la TIR y la TRI se calcularn conforme a lo previsto en el Anexo 1 de los presentesLineamientos, para lo cual, ser necesario estimar los beneficios identificados previamente. Encaso de que los beneficios no sean cuantificables o sean de difcil cuantificacin y valoracin,se deber justificar dicha situacin y realizar el clculo del CAE, de acuerdo con el Anexo 1mencionado.viii.Para los estudios de preinversin, se deber sealar: (a) nombre del estudio, (b) tipo deestudio, (c) fecha estimada de realizacin, (d) justificacin de su realizacin, (e) descripcin, y(f) monto estimado de inversin.Seccin VDel anlisis costo-beneficio8.El anlisis costo-beneficio, es una Evaluacin socioeconmica del programa o proyecto a nivel deprefactibilidad, y consistir en determinar la conveniencia de un programa o proyecto deINVERSINmediante la valoracin en trminos monetarios de los costos y beneficios asociados directa eindirectamente, incluyendo externalidades, a la ejecucin y operacin de dicho programa o proyectode inversin.9.El anlisis costo-beneficio se aplicar en los siguientes casos:i.Para los programas y proyectos de inversin con monto total de inversin mayor a 500millones de pesos;ii.Para los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo; yiii.Para aquellos programas y proyectos de inversin distintos de los anteriores, cuando as lodetermine la Secretara, a travs de la Unidad de Inversiones, independientemente de sumonto total de inversin.10.Al anlisis costo-beneficio de los programas o proyectos de inversin, se debern anexar lasprincipales conclusiones y, en su caso, el avance de los estudios tcnicos, legales, ambientales, demercado y otros especficos de acuerdo al sector y al programa o proyecto de inversin de que setrate. La Unidad de Inversiones podr solicitar la presentacin de los estudios que considerenecesarios para profundizar el anlisis de la Evaluacin socioeconmica.11.El anlisis costo-beneficio deber contener lo siguiente:i.Resumen Ejecutivo.En el resumen ejecutivo se explicar en forma concisa, el objetivo del programa o proyecto deinversin, la problemtica identificada, as como una breve descripcin de sus principalescaractersticas, su horizonte de evaluacin; la identificacin y descripcin de los principalescostos y beneficios, sus indicadores de rentabilidad, los principales riesgos asociados a laejecucin y operacin, y una conclusin referente a la rentabilidad del programa o proyectodeinversin.ii.Situacin Actual del Programa o Proyecto de Inversin.En esta seccin se debern incluir los siguientes elementos:a)Diagnstico de la situacin actual que motiva la realizacin del proyecto, resaltando laproblemtica que se pretende resolver;b)Anlisis de la Oferta o infraestructura existente;c)Anlisis de la Demanda Actual; ed)Interaccin de la oferta-demanda: Consiste en realizar el anlisis comparativo paracuantificar la diferencia entre la oferta y la demanda del mercado en el cual se llevar acabo el programa o proyecto de inversin, describiendo de forma detallada laproblemtica identificada. Este anlisis deber incluir la explicacin de los principalessupuestos, metodologa y las herramientas utilizadas en la estimacin.iii.Situacin sin el Programa o Proyecto de Inversin.En esta seccin deber incluirse la situacin esperada en ausencia del programa o proyectode inversin, los principales supuestos tcnicos y econmicos utilizados para el anlisis y elhorizonte de evaluacin.Asimismo, este punto deber incluir los siguientes elementos:a)Optimizaciones: Consiste en la descripcin de medidas administrativas, tcnicas,operativas, as como inversiones de bajo costo (menos del 10% del monto total deINVERSIN), entre otras, que seran realizadas en caso de no llevar a cabo el programa oproyecto de inversin. Las optimizaciones contempladas debern ser incorporadas en elanlisis de la oferta y la demanda siguientes;b)Anlisis de la Oferta en caso de que el programa o proyecto de inversin no se lleveacabo;c)Anlisis de la Demanda en caso de que el programa o proyecto de inversin no se llevea cabo;d)Diagnstico de la interaccin de la oferta-demanda con optimizaciones a lo largo delhorizonte de evaluacin: Consiste en realizar el anlisis comparativo para cuantificar ladiferencia entre la oferta y la demanda con las optimizaciones consideradas. El anlisisdeber incluir la estimacin de la oferta y de la demanda total del mercado y laexplicacin de los principales supuestos, metodologa y las herramientas utilizadasen laestimacin; ye)Alternativas de solucin: Se debern describir las alternativas que pudieran resolver laproblemtica sealada, identificando y explicando sus caractersticas tcnicas,econmicas, as como las razones por las que no fueron seleccionadas.Para efectos de este inciso, no se considera como alternativa de solucin diferente, lacomparacin entre distintos proveedores del mismo bien o servicio.iv.Situacin con el Programa o Proyecto de Inversin.En esta seccin deber incluirse la situacin esperada en caso de que se realice elprograma o proyecto de inversin y deber contener los siguientes elementos:a)Descripcin general: Deber detallar el programa o proyecto de inversin, incluyendo lascaractersticas fsicas del mismo y los componentes que resultaran de su realizacin,incluyendo cantidad, tipo y principales caractersticas;b)Alineacin estratgica: Incluir una descripcin de cmo el programa o proyecto deinversin contribuye a la consecucin de los objetivos y estrategias establecidos en elPlan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, institucionales, regionales yespeciales, as como al mecanismo de planeacin al que hace referencia el artculo 34fraccin I de la Ley;c)Localizacin geogrfica: Deber describir la ubicacin geogrfica dnde se desarrollarel programa o proyecto de inversin y su zona de influencia, acompaadade un planode localizacin geo-rreferenciado y un diagrama para sealar su ubicacin exacta,siempre y cuando la naturaleza del proyecto lo permita;d)Calendario de actividades: Deber incluir la programacin de las principales actividadese hitos que seran necesarias para la realizacin del programa o proyecto de inversin;e)Monto total de inversin: Deber incluirse el calendario de inversin por ao y ladistribucin del monto total entre sus principales componentes o rubros. Asimismo,deber desglosarse el impuesto al valor agregado y los dems impuestos que apliquen;f)Financiamiento: Debern indicar las fuentes de financiamiento del programa o proyectode inversin;g)Capacidad instalada que se tendra y su evolucin en el horizonte de evaluacin delprograma o proyecto de inversin;h)Metas anuales y totales de produccin de bienes y servicios cuantificadas en el horizontede evaluacin;i)Vida til: Deber considerarse como el tiempo de operacin del programa o proyecto deinversin expresado en aos;j)Descripcin de los aspectos ms relevantes y las conclusiones de los estudios tcnicos,legales, ambientales, de mercado y, en su caso, algn otro estudio que se requiera. Losaspectos a considerar deben ser aquellos que tienen un impacto significativo en elresultado del programa o proyecto de inversin;k)Anlisis de la Oferta a lo largo del horizonte de evaluacin, considerando laimplementacin del programa o proyecto deINVERSIN;l)Anlisis de la Demanda a lo largo del horizonte de evaluacin, considerando laimplementacin del programa o proyecto de inversin; ym)Interaccin de la oferta-demanda a lo largo del horizonte de evaluacin: Consiste endescribir y analizar la interaccin entre la oferta y la demanda del mercado, considerandola implementacin del programa o proyecto de inversin. Dicho anlisis deber incluir laestimacin de la oferta y de la demanda total del mercado y la explicacin de losprincipales supuestos, metodologa y herramientas utilizadas en la estimacin.v.Evaluacin del Programa o Proyecto de Inversin.Deber incluirse la evaluacin del programa o proyecto de inversin, en la cual debecompararse la situacin sin proyecto optimizada con la situacin con proyecto, considerandolos siguientes elementos:a)Identificacin, cuantificacin y valoracin de los costos del programa o proyecto deinversin: Debern considerar el flujo anual de costos del programa o proyectodeinversin, tanto en su etapa de ejecucin como la de operacin. Adicionalmente, sedeber explicar de forma detallada cmo se identificaron, cuantificaron y valoraron loscostos, incluyendo los supuestos y fuentes empleadas para su clculo;b)Identificacin, cuantificacin y valoracin de los beneficios del programa o proyecto deinversin: Debern considerar el flujo anual de los beneficios del programa o proyectodeinversin, tanto en su etapa de ejecucin como de operacin. Adicionalmente, se deberexplicar de forma detallada cmo se identificaron, cuantificaron y valoraron losbeneficios, incluyendo los supuestos y fuentes empleadas para su clculo;c)Clculo de los indicadores de rentabilidad: Debern calcularse a partir de los flujos netosa lo largo del horizonte de evaluacin, con el fin de determinar el beneficio netoy laconveniencia de realizar el programa o proyecto de inversin. El clculo de losindicadores de rentabilidad incluye: VPN, TIR, y la TRI). Para el clculode losindicadores de rentabilidad debern considerarse las frmulas contenidas en el Anexo 1;d)Anlisis de sensibilidad: A travs del cual, se debern identificar los efectos queocasionara la modificacin de las variables relevantes sobre los indicadores derentabilidad del programa o proyecto de inversin: el VPN, la TIR y, en su caso, la TRI.Entre otros aspectos, deber considerarse el efecto derivado de variacionesporcentuales en: el monto total de inversin, los costos de operacin y mantenimiento,los beneficios, la demanda, el precio de los principales insumos y los bienes y serviciosproducidos, etc.; asimismo, se deber sealar la variacin porcentual de estos rubroscon la que el VPN sera igual a cero; ye)Anlisis de riesgos: Debern identificarse los principales riesgos asociados al programao proyecto deINVERSIN ENsus etapas de ejecucin y operacin, dichos riesgos debernclasificarse con base en la factibilidad de su ocurrencia y se debern analizar susimpactos sobre la ejecucin y la operacin del programa o proyecto de inversin encuestin, as como las acciones necesarias para su mitigacin.vi.Conclusiones y Recomendaciones: Exponer de forma clara y precisa los argumentos por loscuales el proyecto o programa de inversin debe realizarse.vii.Anexos: Son aquellos documentos y hojas de clculo, que soportan la informacin yestimaciones contenidas en la Evaluacin socioeconmica.viii.Bibliografa: Es la lista de fuentes de informacin y referencias consultadas para la Evaluacinsocioeconmica.Seccin VIDel anlisis costo-beneficio simplificado12.El anlisis costo-beneficio simplificado consistir en una evaluacin socioeconmica a nivel de perfily deber contener los mismos elementos y apartados descritos en el numeral 11 de los presentesLineamientos.La informacin utilizada para la Evaluacin a nivel de perfil, deber ser verificable e incluir las fuentesde la misma en la seccin de bibliografa.13.El anlisis costo-beneficio simplificado se aplicar en los siguientes casos:i.Los proyectos de infraestructura econmica, social, gubernamental, de inmuebles y otrosproyectos con un monto total de inversin mayor a 50 millones de pesos y hasta 500 millonesde pesos;ii.Los programas de adquisiciones, con un monto total de inversin mayor a 150 millones depesos y hasta 500 millones de pesos;iii.Los programas de mantenimiento con un monto total deINVERSINmayor a 150 millonesdepesos y hasta 500 millones de pesos; yiv.Los programas de inversin a los que se refiere la fraccin iv del numeral 3 de estosLineamientos, con un monto total de inversin mayor a 150 millones de pesos y hasta500millones de pesos.Seccin VIIDel anlisis costo-eficiencia14.El anlisis costo-eficiencia es una Evaluacin socioeconmica que permite asegurar el uso eficientede los recursos cuando se comparan dos alternativas de solucin, bajo el supuesto de que generanlos mismos beneficios. Dicha evaluacin se deber realizar a nivel prefactibilidad.15.El anlisis costo-eficiencia se aplicar en los siguientes casos:i.Los programas y proyectos de inversin mayores a 500 millones de pesos, en los que losbeneficios no sean cuantificables; yii.Los programas y proyectos de inversin mayores a 500 millones de pesos, en los que losbeneficios sean de difcil cuantificacin, es decir, cuando no generan un ingreso o un ahorromonetario y se carezca de informacin para hacer una evaluacin adecuada de los beneficiosno monetarios.16.El contenido del documento donde se presente el anlisis costo-eficiencia ser el mismo que seseala en el numeral 11 de estos Lineamientos, excepto por lo que se refiere a la cuantificacin delos beneficios y, por lo tanto, al clculo de los indicadores de rentabilidad. Adicionalmente, en elanlisis costo-eficiencia se deber incluir la evaluacin de, al menos, una segunda alternativa delprograma o proyecto de inversin, de manera que se muestre que la alternativa elegida es la msconveniente en trminos de costos. Para ello, se debern comparar las opciones calculando el CAE,conforme a la frmula que se especifica en el Anexo 1.Para efectos de este numeral, no se considera como alternativa diferente, la comparacin entredistintos proveedores del mismo bien o servicio.Seccin VIIIDel anlisis costo-eficiencia simplificado su aplicacin y contenido17.El anlisis costo-eficiencia simplificado, consistir en una evaluacin socioeconmica a nivel de perfily deber contener los mismos elementos descritos en el numeral 11 de los presentes Lineamientos.18.El anlisis costo-eficiencia simplificado se aplicar en los siguientes casos:i.Los proyectos de infraestructura econmica, social, gubernamental, de inmuebles y otrosproyectos con un monto total de inversin mayor a 50 millones de pesos y hasta 500 millonesde pesos, y sus beneficios sean no cuantificables o de difcil cuantificacin;ii.Los programas de adquisiciones a que se refiere la fraccin I del numeral 3 de estosLineamientos, con un monto total de inversin mayor a 150 millones de pesos y hasta 500millones de pesos, y sus beneficios sean no cuantificables o de difcil cuantificacin;iii.Los programas de mantenimiento con un monto total de inversin mayor a 150 millones depesos y hasta 500 millones de pesos, y sus beneficios sean no cuantificables o de difcilcuantificacin; yiv.Los programas deINVERSINa los que se refiere la fraccin IV del numeral 3 de estosLineamientos, con un monto total de inversin mayor a 150 millones de pesos y hasta 500millones de pesos, y sus beneficios sean no cuantificables o de difcil cuantificacin.Seccin IXDe la identificacin de los programas de adquisiciones19.Al definir sus programas de adquisiciones, las dependencias y entidades de la Administracin PblicaFederal debern considerar la naturaleza de los bienes que se adquieren, sin combinar adquisicionesde naturalezas distintas.20.Las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal podrn consolidar susadquisiciones de una misma naturaleza, aun cuando las realicen diversas unidades responsables.Por ejemplo, podrn integrar sus adquisiciones de equipo informtico o de vehculos para usoadministrativo en un solo programa para cada uno de estos conceptos, sin importar que elpresupuesto provenga de distintas unidades responsables.21.En casos excepcionales, debidamente justificados, se podrn incluir bienes de naturalezas distintasen un solo programa cuyo monto total no rebase 30 millones de pesos.22.En materia de adquisiciones, las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federaldebern manifestar de manera expresa, en la Evaluacin socioeconmica correspondiente, quecumplen con las disposiciones vigentes en materia de austeridad y disciplina presupuestaria.Seccin XDisposiciones generales23.Para facilitar la elaboracin y presentacin de la ficha tcnica, as como el anlisis costo-beneficio,costo-beneficio simplificado, costo-eficiencia y costo-eficiencia simplificado, la Unidad de Inversionespondr a disposicin de las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal, losformatos correspondientes en la pgina de Internet de la Secretara para su llenado y presentacin.24.Para el caso de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo y los de adquisicin porarrendamiento financiero, se deber presentar una Evaluacin Financiera, mostrando en trminos devalor presente, los ingresos generados o los ahorros obtenidos y las erogaciones del proyecto para ladependencia o entidad que lo realiza.25.Conforme a lo previsto en el segundo prrafo del artculo 47 del Reglamento, las dependencias yentidades de la Administracin Pblica Federal debern actualizar la Evaluacin socioeconmicacuando se modifique el alcance del programa o proyecto de inversin.Se considera que un programa o proyecto de inversin ha modificado su alcance, cuando sepresente alguna de las siguientes condiciones:a)Variacin en el monto total de inversin de conformidad con los siguientes porcentajes:Monto total de inversinPorcentaje

Hasta mil millones de pesos.25%

Superior a mil millones de pesos y hasta 10mil millones de pesos.15%

Mayor a 10 mil millones de pesos.10%

Tambin se entender como modificacin en el monto total de inversin, cuando los proyectosde infraestructura econmica presenten una variacin en sus metas fsicas del 25 por ciento,respecto de las registradas en la Cartera.b)Modificacin en elTIPO DE INVERSIN, cuando el programa o proyecto de inversin presente uncambio en la modalidad de financiamiento.c)Modificacin en el tipo de programa o proyecto de inversin, cuando el programa o proyectopresente un cambio de conformidad con los programas y proyectos de inversin establecidosen la Seccin II de los presentes Lineamientos.Tambin se entender como modificacin en el tipo de programa o proyecto de inversin,cuando se presente una variacin significativa en el diseo y/o en los componentes delprograma o proyecto de inversin.26.A fin de cumplir con lo establecido en el artculo 109 de la Ley, en la Ley de Transparencia y demsdisposiciones en la materia, las evaluaciones socioeconmicas se difundirn por medios electrnicosa travs de la pgina de Internet de la Secretara.27.En caso de que la Evaluacin socioeconmica contenga informacin clasificada como reservada porla dependencia o entidad de la Administracin Pblica Federal, adems de presentar la versincompleta de dicha evaluacin en trminos de estos Lineamientos, la dependencia o entidad deberpresentar una versin pblica de la misma, que excluya la informacin clasificada como reservada entrminos de la Ley de Transparencia y dems disposiciones aplicables en la materia.28.La Evaluacin socioeconmica no se requerir cuando se trate de programas y proyectos deinversin que se deriven de la atencin prioritaria e inmediata de desastres naturales, conforme a loestablecido en la fraccin II del artculo 34 de la Ley.29.Los beneficios y costos se expresarn en trminos reales, esto es, descontando el efecto causadopor la inflacin. Para ello, en el caso de las evaluaciones socioeconmicas de los programas oproyectos de inversin por iniciar, los beneficios y costos se expresarn a precios del ao en el quese solicita el registro en la Cartera, mientras que en el caso de programas o proyectos de inversinya iniciados para los cuales se requiera la actualizacin de la Evaluacin socioeconmica se deberutilizar la informacin en trminos reales sobre erogaciones realizadas que se haya reportado atravs del PIPP para efectos del seguimiento del ejercicio de dichos proyectos. El deflactoraemplearse deber ser el correspondiente al Producto Interno Bruto.30.La tasa social de descuento que se deber utilizar en la evaluacin socioeconmica ser 12 porciento anual en trminos reales.31.Adicionalmente, las dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal debern utilizarpreferentemente precios sociales en las fichas tcnicas as como en los anlisis costo-beneficio,costo-beneficio simplificado, costo-eficiencia y costo-eficiencia simplificado que realicen, e incorporarla cuantificacin, cuando sea posible, de las externalidades positivas o negativas que genere elprograma o proyecto de inversin. La Unidad deINVERSIONESpodr solicitar que, por suscaractersticas, un programa o proyecto sea evaluado utilizando precios sociales.32.En la cuantificacin monetaria de los costos y beneficios de la Evaluacin socioeconmica, no sedebern considerar impuestos, subsidios o aranceles.33.La Secretara, a travs de la Unidad de Inversiones, a su juicio y considerando las caractersticastcnicas y econmicas, as como el impacto social de un programa o proyecto de inversin, podrrequerir un cambio en el tipo de Evaluacin socioeconmica dentro de los establecidos en lospresentes Lineamientos.34.Salvo lo establecido en los presentes Lineamientos y en caso de que pudieran presentarsecircunstancias o situaciones de carcter superveniente, caso fortuito o fuerza mayor que afecten lostrminos, condiciones, costos, rentabilidad, autorizaciones o el desarrollo de los programas yproyectos de inversin que se encuentren en etapa final de ejecucin, las dependencias y entidadesde la Administracin Pblica Federal, previa solicitud escrita e indelegable por parte de su titular,debern motivar y justificar ante la Unidad de Inversiones de manera excepcional y por una solaocasin, tanto la procedencia de la superveniencia, el caso fortuito o la fuerza mayor, como lapertinencia de continuar con la ejecucin del programa o proyecto de inversin de que se trate,precisando las medidas que se adoptarn para asegurar la conclusin del programa o proyectocorrespondiente.35.La interpretacin de los presentes Lineamientos estar a cargo de la Unidad de Inversiones, sinperjuicio de las atribuciones que corresponda ejercer a otras unidades administrativas de laSecretara, en trminos de las disposiciones aplicables.TRANSITORIOSPRIMERO.Los presentes Lineamientos entrarn en vigor a los diez das siguientes al de su publicacin enel Diario Oficial de la Federacin.SEGUNDO.A partir de la fecha sealada en el Transitorio anterior, se dejan sin efectos los"Lineamientospara la elaboracin y presentacin de los anlisis costo y beneficio de los programas y proyectos deINVERSIN", publicados en el Diario Oficial de la Federacin el 18 de marzo de 2008.TERCERO.A los programas y proyectos de inversin, que se hayan recibido a travs de la Cartera de laUnidad de Inversiones con anterioridad a la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, les sernaplicables los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federacin del 18 de marzo de 2008, hasta entanto no presenten una modificacin al alcance del programa o proyecto de inversin, conforme al numeral 25de los presentes Lineamientos, supuesto en el cual aplicarn estos ltimos.Dado en la Ciudad de Mxico, a los once das del mes de abril dedos mil doce.-El Titular de la Unidad deInversiones,Vladimir Ignacio Ramrez Soberanis.- Rbrica.IN VERSIN PUBLICAANEXO 02 LINEAMIENTOS PARA LOS PROYECTOS DE INVERSIN PBLICA QUE INCLUYEN EL ENFOQUE DE PREVENCIN Y MITIGACIN DE RIESGOS DE DESASTRES 1. Introduccin. El Per est expuesto a la ocurrencia de peligros naturales como: sismos, eventos recurrentes de lluvias intensas, inundaciones, deslizamientos (agua, rocas y suelo), huaycos, entre otros, que producen daos a las personas, as como a la infraestructura pblica y privada. Siendo el Per un pas vulnerable ante el impacto de los peligros naturales, es necesario la ejecucin de intervenciones orientadas a evitar la generacin de riesgos de desastres (prevencin o gestin prospectiva) o reducir los riesgos existentes (mitigacin o gestin correctiva) frente a peligros como: sismos, precipitaciones pluviales intensas, inundaciones, deslizamientos, huaycos, entre otros. 2. Marco Legal. A. La Ley N 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres SINAGERD, establece lo siguiente: Primer prrafo del artculo 3: La Gestin del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin ltimo es la prevencin, la reduccin y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, as como la adecuada preparacin y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las polticas nacionales con especial nfasis en aquellas relativas a materia econmica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible (subrayado agregado). El artculo 5, numeral 5.3, literal b, establece que: Las entidades pblicas deben priorizar la programacin de recursos para la intervencin en materia de Gestin del Riesgo de Desastres siguiendo el principio de gradualidad, establecido en la presente Ley (subrayado agregado). En el artculo 6, numeral 6.2, literal b, establece: Prevencin y reduccin del riesgo: Acciones que se orientan a evitar la generacin de nuevos riesgos en la sociedad y a reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestin del desarrollo sostenible (subrayado nuestro). B. El Reglamento de la Ley N 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres SINAGERD, establece: En los numerales 11.1 y 11.5 del artculo 11.- Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales: 11.1 Incorporan en sus procesos de planificacin, de ordenamiento territorial, de gestin ambiental y de inversin pblica, la Gestin de Riesgos de Desastres (subrayado agregado). 11.5 Priorizan dentro de su estrategia financiera para la Gestin de Riesgos de Desastres, los aspectos de peligro inminente, que permitan proteger a la poblacin de desastres con alta probabilidad de ocurrencia, proteger las inversiones y evitar los gastos por impactos recurrentes previsibles (subrayado agregado). C. Decreto Supremo N 111-2012-PCM, que incorpora la Poltica Nacional de Gestin de Riesgo de Desastres como Poltica Nacional de obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. En el Objetivo 3: Incorporar e implementar la Gestin de Riesgos de Desastres a travs de la Planificacin del Desarrollo urbano-rural y la Priorizacin de los Recursos Financieros, se establece, entre otros, los siguientes lineamientos. 3.1: Promover la inclusin del enfoque de la Gestin de Riesgos de Desastres en el ordenamiento territorial, en la planificacin del desarrollo urbano-rural, la inversin pblica y la gestin ambiental, en los tres niveles de gobierno. 3.4: Priorizar la aprobacin de proyectos de inversin pblica que incluyen el enfoque de la Gestin de Riesgos de Desastres en el marco de los instrumentos de planificacin del desarrollo, tales como los planes de desarrollo concertado y los presupuestos participativos. 3.6: Priorizar los recursos para asegurar una adecuada capacidad financiera, que permita la ejecucin de actividades y proyectos de inversin pblica en los procesos de la Gestin de Riesgos de Desastres. D. Ley N 29951, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013, Captulo IV Disposiciones en materia de Inversin Pblica, artculo 16 Fondo de Promocin a la Inversin Pblica Regional y Local. E. Ley N 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversin Pblica, la cual establece en su artculo 1 que: El Sistema Nacional de Inversin Pblica, tiene la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados a la inversin, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologas y normas tcnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversin. 3. Lineamientos para definir los Proyectos de Inversin Pblica que incluyen el enfoque Prevencin y Mitigacin de Riesgos de Desastres. 3.1 Consideraciones Generales. Los presentes lineamientos son complementarios con los establecidos en las Pautas o Guas Metodolgicas para la Identificacin, Formulacin y Evaluacin Social de Proyectos de Inversin Pblica del Sistema Nacional de Inversin Pblica, as como con los contenidos mnimos de los estudios de preinversin1 Un Proyecto de Inversin Publica - PIP para ser declarado viable, debe demostrar la sostenibilidad de los beneficios, durante el perodo de su vida til, lo que implica gestionar los riesgos que pueden generar la interrupcin de la provisin de bienes y servicios pblicos. Una variable crtica que afecta la sostenibilidad de los proyectos es el impacto de los desastres asociados a peligros naturales, por lo que en los PIP se debe incluir medidas para evitar (prevenir) o reducir (mitigar) el riesgo de desastres. Entre las tipologas de PIP, se consideran aquellos relacionados con servicios de proteccin, cuyo propsito es reducir o mitigar el riesgo asociado a peligros naturales de Unidades Productoras de bienes y servicios pblicos Se define como Unidad Productora al conjunto de recursos (infraestructura, equipos, personal, organizacin, capacidades de gestin, entre otros), a travs de las cuales el Estado provee de bienes y servicios a la poblacin Es prioridad la incorporacin del enfoque de Prevencin y mitigacin de riesgos de Desastres en los proyectos considerados en las prioridades que se especifican a continuacin y que incluirn medidas para evitar la generacin de riesgos de desastres (Prevencin o Gestin Prospectiva) o reducir el riesgo de desastres existente en las Unidades Productoras (Mitigacin o Gestin Correctiva), as como aquellos proyectos relacionados con los servicios de proteccin de Unidades Productoras de Bienes y Servicios Pblicos. Prioridades de Infraestructura Social a) Servicios de salud bsica; b) Servicios de educacin bsica; Prioridades de Infraestructura Econmica c) Infraestructura vial; d) Servicios de saneamiento; e) Electrificacin rural; f) Infraestructura agrcola;