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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIOR
UNIVERSIDAD CATLICA DEL TCHIRASAN CRISTBALESTADO TCHIRA
ANLISIS DE LOS EFECTOS ECONMICOS Y SOCIALES PRODUCIDOSPOR EL CONTRABANDO DE GASOLINA EN VENEZUELA
Junio de 2015
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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIOR
UNIVERSIDAD CATLICA DEL TCHIRASAN CRISTBALESTADO TCHIRA
ANLISIS DE LOS EFECTOS ECONMICOS Y SOCIALES PRODUCIDOSPOR EL CONTRABANDO DE GASOLINA EN VENEZUELA
Autor(es):
Vargas C. YurelisVera R. LeidyVillamizar M. Jos
Junio de 2015
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NDICE
RESUMEN ...................................................................................................... iv
INTRODUCCIN ............................................................................................ 5
CAPTULO I .................................................................................................... 7
EL PROBLEMA ............................................................................................... 7
Planteamiento del Problema ........................................................................ 7
Objetivos de la Investigacin ..................................................................... 10
Objetivo General ........................................................................................ 10Objetivos Especficos ................................................................................ 10
Justificacin ............................................................................................... 10
Alcances .................................................................................................... 11
Delimitacin ............................................................................................... 11
CAPTULO II ................................................................................................. 12
MARCO TERICO ....................................................................................... 12Antecedentes ............................................................................................. 12
Bases Tericas y Legales .......................................................................... 14
CAPTULO III ................................................................................................ 37
MARCO METODOLGICO .......................................................................... 37
Diseo de la investigacin ......................................................................... 37
Tipo de Investigacin ................................................................................. 38Unidad de Estudio ..................................................................................... 39
Tcnicas e Instrumentos de Recoleccin de Datos ................................... 39
CONCLUSIONES ......................................................................................... 41
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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIOR
UNIVERSIDAD CATLICA DEL TCHIRASAN CRISTBALESTADO TCHIRA
ANLISIS DE LOS EFECTOS ECONMICOS Y SOCIALES PRODUCIDOSPOR EL CONTRABANDO DE GASOLINA EN VENEZUELA
Autor(es):Vargas C. Yurelis
Vera R. LeidyVillamizar M. Jos
Junio de 2015
RESUMEN
El presente trabajo titulado Anlisis de los efectos econmicos y socialesproducidos por el contrabando de gasolina en Venezuela, consisti en unainvestigacin documental analtica que tuvo como objetivo general realizar unanlisis del fenmeno del contrabando de gasolina en Venezuela y lasconsecuencias tanto econmicas como sociales que ste ha trado a todos losciudadanos que se ven involucrados en la actividad de manera directa oindirecta. A tales fines se consult una serie de material bibliogrfico, digital y
legal que diera contexto a la situacin del contrabando y se dispuso en elcuerpo del trabajo con la finalidad de conceptualizar e identificar aspectosimportantes del acto delictivo del contrabando, dejando como conclusin questa es una actividad que se fortalece gracias a diferentes factores como eldesempleo, la marcada diferencia entre el valor de la moneda venezolana conotras del extranjero como el peso o el dlar, la corrupcin por parte de lasautoridades, el desacato a la ley, y la falta de conciencia por parte de quieneslo practican.
Palabras Clave: Contrabando, gasolina, Venezuela, efectos, economa
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INTRODUCCIN
Afirmar que el contrabando en la frontera es un flagelo social, induce a
revisar la historia de este modelo de intercambio o extraccin ilegal de
mercancas el cual se convirti en una forma de vida para miles de ciudadanos
que, motivados al abandono de un Estado de estos espacios fronterizos y de
las facilidades geogrficas y polticas de la poca, recurrieron a esta prctica
que genera dividendos y dolores de cabeza a los actores econmicos y
polticos de ambas naciones.
El contrabando como lo describe Green (1971) es la introduccin,
exportacin, produccin, tenencia y/o comercio de gneros realizados en
contra de la ley. Esencialmente, ese ir en contra de la Ley es lo que define
este oficio que ha sido considerado el segundo ms antiguo del mundo entre
las actividades profesionales humanas.
El mismo autor explica que el contrabando existe hoy y ha existido siempre,
lo que han cambiado son las formas que el contrabando adquiere a lo largo
del tiempo. Es decir, el modo en que ste se realiza, las mercancas objeto de
contrabando, y tambin el perfil de las personas que se han dedicado, o se
dedican hoy.
Los ltimos acuerdos comerciales entre Colombia y Venezuela del 2011,
no reflejaron claramente las medidas conjuntas tendientes a combatir el
contrabando de combustible y por ende el creciente aumento de esta actividad
no parece tener obstculos en su avance y sus consecuencias para las
sociedades que hacen vida en las fronteras venezolanas.
El creciente aumento de los niveles de extraccin de este rubro, se ha
convertido en una problemtica para miles de ciudadanos venezolanos que
deben soportar medidas arbitrarias para surtir de gasolina de una forma
sencilla y coherente con la realidad de un pas llamado en vas de desarrollo.
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Para las autoridades colombianas quizs el problema del contrabando
supli la ausencia de este producto en sus fronteras, pero los recientes
estudios vislumbran la creacin de mafias que explotan y enriquecen, as como
el uso de estos recursos por parte de grupos delincuenciales e irregulares parafinanciar sus actividades.
La presente investigacin persigue establecer los efectos econmicos y
sociales de esta actividad ilegal, as como conceptualizar una serie de
aspectos vitales para la contextualizacin del contrabando en la actualidad, a
tales fines el cuerpo de este trabajo se estructura en tres captulos; el primero
se denomina El Problema y contiene la formulacin o planteamiento del tema
a tratar, los objetivos generales y especficos, su justificacin y los alcancesdel trabajo. Posteriormente, se encuentra el captulo dos, llamado Marco
Terico, en el que se hace un bosquejo de los antecedentes de la investigacin
y se sustenta la misma con diferentes teoras y leyes que dan base a todo lo
que se expone. Finalmente, el tercer captulo presenta el Marco Metodolgico,
en el que se describen de manera detallada los pasos seguidos para la
realizacin del trabajo incluyendo, el diseo y tipo de la investigacin, la unidad
de estudio y las tcnicas e instrumentos utilizados para recoger y procesar lainformacin.
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CAPTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
Aunque todava no se ha establecido una fecha especfica que indique el
inicio de la actividad comercial del contrabando de gasolina en Venezuela, el
mismo se inici aproximadamente entre la dcada de los aos 30 y 40 del siglo
XX, con el denominado boom petrolero venezolano, es cuando se emprende
la prctica del comercio del combustible de una manera ilegal en la zona
fronteriza; aspecto que en la actualidad hace parte fundamental de la dinmica
socioeconmica limtrofe.
La entrada o la salida y venta clandestina de mercancas, prohibidas o
sometidas a derechos, en los que se defrauda a las autoridades locales, es lo
que se conoce como contrabando y se ha popularizado hasta ser una forma
de vida en la frontera. Para Guerra (2011), contrabando es todo lo que sehace contraviniendo una disposicin de la ley. Es el acto u omisin que tiende
a sustraer mercanca y efectos de la intervencin aduanera. Segn el autor,
existe la clandestinidad y el ocultamiento, se obra furtivamente.
Por su parte, la Ley sobre Delito de Contrabando, vigente en la Repblica
Bolivariana de Venezuela desde el ao 2010, en su artculo tres, define el
contrabando como los actos u omisiones, donde se eluda o intente eludir la
intervencin del Estado, con el objeto de impedir el control en la introduccin,extraccin o trnsito de mercanca o bienes que constituyan delitos, faltas o
infracciones administrativas.
El contrabando de combustible es una lucrativa actividad econmica en las
zonas fronterizas donde ocurre. Con frecuencia, es la ms importante fuente
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de trabajo y de ingreso econmico para personas desempleadas o de bajos
ingresos. Este negocio ilegal una vez que se establece, crece con mucha
fuerza y cuenta con el apoyo de la poblacin local por cuanto se traduce en
una importante fuente de ingreso en las poblaciones fronterizas pequeas.
En cuanto a las prdidas econmicas que se generan por esta actividad
ilcita, Colomine (2010), seala que,
El Estado venezolano a travs de Petrleos de Venezuela, S.A (PDVSA)invierte importantes recursos financieros para mantener y promover elcrecimiento de la industria petrolera nacional y garantizar por esta va elingreso de las divisas y recursos financieros al fisco nacional comoproducto de las exportaciones del crudo y sus derivados. Se calcula queel contrabando de extraccin de combustibles desde Venezuela haciaColombia, puede estar en el orden de los 30.000 b/d, lo cual representauna prdida para PDVSA y el pas superior a los 1.250 millones dedlares por ao.
En tal sentido, el contrabando de combustible, trae como consecuencia un
ataque a los fondos pblicos, al privarlos de los tributos que deben pagar los
productos comercializados en las zonas geogrficas fronterizas, generando un
diferencial ingreso y decreciente en la base impositiva y contribuyendo a
fomentar la anticultura de la evasin del Impuesto Sobre la Renta (ISLR),
Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros tributos.
Por otra parte, el contrabando de combustible en Venezuela, se caracteriza
por el alto componente de participacin social en las operaciones ilegales,
debido a que miles de personas intervienen en este mercado informal, para
convertirlo en una fuente confiable de ingresos, lo que atenta contra los
principios y derechos fundamentales del hombre, como la moral, la salud y la
seguridad, convirtindose en un flagelo que necesariamente debe ser
erradicado debido a que violenta los bienes jurdicos individuales y deteriorode toda la sociedad.
Las personas que se dedican a esta actividad buscan integrarse en
sindicatos y cooperativas como una forma de lograr legitimidad ante las
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autoridades que les combaten y de esta forma sobreviven al constituirse en
fuerza de presin social y poltica. Cuando la situacin ha llegado a estos
niveles de organizacin social y econmica, es muy poco lo que se puede
hacer por cuanto, hasta la fecha, el Estado no ha presentado con xitoalternativas econmicas susceptibles de resolver el problema planteado. Esta
situacin adems, es estimulada desde el otro lado de la frontera, al adquirir
el combustible a precios muy superiores al 1.000%, lo que hace casi imposible
la erradicacin del problema slo por la va del control del expendio y las
sanciones administrativas.
Adems de la prdida econmica que representa el contrabando de
gasolina, tambin se debe tomar muy en cuenta que la lucha por controlar estecomercio ilegal por parte de paramilitares, guerrilleros y mafias del
narcotrfico, en ambos lados de la frontera, se suma a los factores
generadores de violencia, como una forma de eliminar la principal fuente de
financiamiento de los paramilitares en esa zona.
La presente investigacin pretende analizar los efectos derivados del
contrabando de gasolina en Venezuela, con la finalidad de sensibilizar a la
poblacin ante las consecuencias negativas que genera la extraccin decombustible al margen de la ley, en los mbitos de salud, economa, seguridad
y soberana ciudadana, las cuales en muchos casos son ampliamente
desconocidas por gran parte de los ciudadanos, quienes aunque padecen los
efectos negativos de esta actividad, ignoran sus precedentes, conceptos o
marcos jurdicos. Del planteamiento anteriormente expuesto surgen las
siguientes interrogantes:
Cul es la importancia de conocer de manera terica el fenmeno delcontrabando?
Cules son las consecuencias econmicas y sociales del contrabando en
Venezuela?
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De qu forma y qu leyes venezolanas hacen referencia al contrabando?
Objetivos de la Investigacin
Objetivo General
Analizar los efectos econmicos y sociales del contrabando de gasolina en
Venezuela
Objetivos Especficos
Conceptualizar tericamente el fenmeno del contrabando
Establecer las consecuencias econmicas y sociales del contrabando
en Venezuela
Identificar el marco legal venezolano que hace referencia al
contrabando
Justificacin
Tomando en consideracin que la extraccin ilegal de combustible es un
acto que atenta contra las normas jurdicas, establecidas no solo en la
legislacin y doctrina aduanera en Venezuela, sino tambin en contra de la
legislacin en materia de distribucin y comercializacin de hidrocarburos,
aunado a las consecuencias econmicas que le genera al Estado, el presente
trabajo tiene como objetivo fundamental analizar los efectos econmicos y
sociales del contrabando de gasolina en Venezuela.
Por tal razn, una de las finalidades de esta investigacin es brindarles a
los ciudadanos, informacin necesaria sobre el acto de contrabando,
especficamente el de gasolina, sus sanciones, efectos negativos en la
economa y en la sociedad en general, as como los planes o estrategias
creadas por el Estado venezolano para disminuir los ilcitos aduaneros y las
consecuencias que este pudiera derivar al Tesoro Nacional. Por lo que se
considera que uno de los aportes ms importantes de este trabajo, es a nivel
terico.
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En cuanto al valor prctico de la investigacin, se afirma que contribuye a
la solucin de una problemtica que actualmente afecta de manera negativa a
gran parte de la poblacin venezolana, representada por el contrabando de
combustible hacia pases vecinos como Colombia, debido a que da a conocerdiferentes aspectos de la misma.
Por su parte, en el mbito acadmico la investigacin sirve como material
de apoyo para profesores y estudiantes que estn involucrados con temas
similares al del presente trabajo. Finalmente, el conjunto de lineamientos que
se exponen en el cuerpo del trabajo, pueden considerarse en futuras
investigaciones y convertirse en una plataforma generadora de nuevos
conocimientos.
Alcances
La presente investigacin titulada Anlisis de los efectos econmicos y
sociales producidos por el contrabando de gasolina en Venezuela, est
orientada a realizar un anlisis terico sobre el contrabando de gasolina hacia
pases vecinos como Colombia, a travs de un proceso de documentacin y
revisin bibliogrfica que permitir establecer de manera terica una serie de
conceptualizaciones sobre el fenmeno, as como la identificacin de losefectos econmicos y sociales y la descripcin del marco legal venezolano al
que est sometido el contrabando.
Delimitacin
Temporalmente, la investigacin tuvo una duracin de cuatro semanas,
desde mayo, hasta junio de 2015, semanas durante las cuales se realiz la
investigacin que se presenta.
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CAPTULO II
MARCO TERICO
Antecedentes
Se refiere a estudios previos que tienen relacin con la problemtica
planteada, es decir tesis, investigaciones realizadas anteriormente que tienen
vinculacin con la presente investigacin. A continuacin se resean algunos
de los antecedentes ms importantes y los aportes que dan a la presente
investigacin:
Castillo (2006), realiz como Trabajo Especial de Grado para la Universidad
de Los Andes, un estudio titulado Anlisis histrico - jurdico del delito de
contrabando en el siglo XXI en la Repblica Bolivariana de Venezuela, la cual
fue una investigacin documental de tipo analtico, en virtud de que se analiz
la evolucin jurdica del delito de contrabando de forma intensiva, basndose
en los documentos y leyes. El autor determin a travs de su investigacin que
el delito de contrabando es para el Estado venezolano un ilcito que en los
ltimos aos ha sido atacado de forma radical, a tal punto que la ley que lo
regula es novedosa y los artculos contenidos en la misma considerados por
las leyes ya han sido dictados sentencia.
El citado estudio permiti conocer que el tema del contrabando en
Venezuela ha sido objeto de varias discusiones en cuanto a los efectos que
produce para la economa nacional, ya que incide directamente a la Repblica
Bolivariana de Venezuela y a la colectividad en general, este es un delito que
ha sido objeto de anlisis por la evolucin jurdica que ha tenido desde su inicio
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hasta la ltima legislacin que lo regula, con sus elementos, y caractersticas
ms comunes.
Por su parte, Fernndez (2008), en su investigacin documental titulada El
contrabando de gas y gasolina en la frontera colombo- venezolana, determin
que una de las causas fundamentales ms evidentes del fenmeno del
contrabando, se debe al precio subsidiado de la gasolina, que genera un alto
diferencial por litro de gasolina contrabandeada y vendida en territorio
colombiano, lo cual representa una enorme ganancia para el contrabandista.
Adems de la referida afirmacin, el estudio de Fernndez (2008), permiti
conocer que el contrabando se encuentra estimulada por la impunidad legal y
de hecho ocasionada por la exclusin de responsabilidad penal del Estado y
sus empresas frente a los delitos considerados tpicos de la delincuencia
organizada, lo cual es un aporte significativo para el presente estudio que trata
de ubicar el contrabando en el marco legal venezolano.
Finalmente, Guerra (2011), realiz una investigacin para la Universidad
Rafael Urdaneta titulada Anlisis de la extraccin ilegal de combustible hacia
otros pases a travs de la frontera del estado Zulia, la cual se enmarc en una
investigacin descriptiva de tipo documental y arroj como conclusin la
necesidad inminente del Estado venezolano, de buscar los mecanismos
pertinentes y necesarios a implementarse por las autoridades competentes,
en la lucha contra la erradicacin y disminucin de este flagelo que atenta
contra la economa y la seguridad de la nacin.
El citado estudio, tiene vinculacin con el presente gracias a que se
muestran las consecuencias econmicas que se originan producto del
contrabando de combustible hacia otros pases a travs de las fronterasvenezolanas, haciendo hincapi en que se deben hacer ms efectivas las
sanciones previstas en la normativa legal vigente.
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Bases Tericas y Legales
Contrabando
Relativo a la expresin contrabando, los autores afirman que tiene dos
orgenes, en la expresin latina bannunn que significa ley cualquiera, y
contrabannunn significaba todo lo contrario a esa disposicin. Desde cualquier
ngulo que se le observe el contrabando es una figura delictual de muy
especiales caractersticas, y es que constituye lo que la doctrina penal
denomina delitos de mera conducta o de mera actividad, en oposicin a los
llamados delitos con resultado. Dentro del marco general del concepto de
ilcitos aduaneros el contrabando se define como,
Una accin u omisin ilegitima en la introduccin o en la extraccin demercancas al o del territorio aduanero, tendente a evadir total oparcialmente el pago de tributos; de requisitos formales; y/o deprohibiciones, evitando la intervencin de las autoridades aduaneras oinducindolos a error o a corrupcin en perjuicio de la economa nacional.La configuracin del delito de contrabando no exige necesariamente laconcurrencia del prejuicio tributario.
As mismo, Asuaje (2000) seala que es delito de contrabando cuando,
Se intenta introducir o extraer mercancas del territorio nacional sin que
haya sido conferida autorizacin por el rgano administrativo competenteo, cuando conferida la autorizacin, sta se obtuvo medianteocultamiento, simulacin, ardid o engao que haya producido error en lacausa del acto administrativo autorizado.
Clasificacin del contrabando
De acuerdo con Muoz (2003), el contrabando puede clasificarse:
Segn el lugar:
A. Por sitios no habilitados para las operaciones aduaneras
(trochas, caminos vedes, echazn, costas, etc)B. Por sitios habilitados para las operaciones aduaneras (a travs
de las propias aduanas)
Segn el destino:
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A. De introduccin (cuando las mercancas son ingresadas al
territorio aduanero)
B. De extraccin (cuando las mercancas son extradas al territorio
aduanero)
Supuestos de contrabando
Los supuestos de contrabando tipificados en la Ley Orgnica de Aduanas,
son los siguientes:
1. Los actos u omisiones, la elusin o intento de eludir la intervencin de
las autoridades aduaneras en la introduccin de mercancas al territorio
nacional o en extraccin de las mismas de dicho territorio
2. La conduccin, tenencia, depsito o circulacin de mercancas
extranjeras, si no se comprueba su legal introduccin mediante lcito
comercio en el pas
3. El ocultamiento de las mercancas en cualquier forma que dificulte o
impida el descubrimiento de bienes en reconocimiento
4. El transporte o permanencia de mercancas extranjeras en vehculos de
cabotaje no autorizados para el trfico mixto y la de mercanca
nacionalizadas en el mismo tipo de vehculos, sin haberse cumplido los
requisitos legales del caso
5. La circulacin por rutas o lugares distintos a los autorizados de
mercancas extranjeras no nacionalizadas salvo, caso de fuerza mayor
6. La rotura no autorizada de precintos, sello, marcas, puertas, envases
otros medios de seguridad de mercancas cuyos trmites aduaneros no
hayan sido perfeccionados, o que estn destinados al pas
7. El despacho o entrega de mercancas sin autorizacin de la aduana8. La descarga o embarque de mercancas en general, de suministros,
repuestos, provisiones de a bordo, combustible, lubricantes y otras
destinadas al uso o consumo a bordo de los vehculos de transporte,
sin el cumplimiento de formalidades legales
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9. El transbordo de mercancas extranjeras efectuado sin el cumplimiento
de las formalidades legales
10. El abandono de las mercancas en lugares contiguos o cercanos a las
fronteras, al mar territorial o en dependencias federales, salvo casofortuito o fuerza mayor
11. La desviacin, consumo, disposicin o situacin de mercancas sin
autorizacin y las cuales se encuentren sometidas o en proceso de
sometimiento a un rgimen de almacn o deposito aduanero.
Contrabando de combustible
Segn el Manual de Procedimientos del Departamento de Resguardo
Nacional Minero del Comando Regional N 3 (2006). Durante la aplicacin de
la Ley Orgnica de Aduanas, como norma reguladora en materia de
contrabando, exista mucha incertidumbre respecto a la calificacin del
contrabando de combustible, por cuanto se haca difcil su clasificacin dentro
de su norma, lo cual generaba vacos legales que limitaban la accin de los
rganos jurisdiccionales. Situacin que llev al Estado venezolano a la
promulgacin de la Ley sobre el Delito de Contrabando (2010), que en cuanto
al contrabando agravado establece que,
Sern sancionados o sancionadas con prisin de seis a diez aosquienes: transporten, comercialicen, depositen o tengan petrleo,combustibles, lubricantes, minerales o dems derivados, fuera delterritorio aduanero o en espacios geogrficos de la Repblica,incumpliendo las formalidades establecidas en las leyes y demsdisposiciones que regulan la materia.
El problema del contrabando de combustible, se caracteriza por el alto
componente de participacin social en las operaciones ilegales. Miles de
personas intervienen en este mercado informal, para convertirlo en una fuenteconfiable de ingresos.
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Aspectos del Derecho Aduanero
Derecho Aduanero
El Derecho Aduanero es conocido como Legislacin Aduanera y es
definido por Rivas (2000), como: El conjunto de normas jurdicas reguladoras
de los diversos regmenes aduaneros (p.4). Igualmente Armella (2003) seala
que el derecho aduanero incluye toda prestacin pecuniaria debida como
consecuencia de un hecho relevante para la actividad aduanera (p.466).
Del concepto anterior se entiende que el propsito del Derecho Aduanero
es regular el trfico de mercancas, por eso el artculo 1 de la Ley Orgnica de
Aduanas de (1999), establece:
Los derechos y obligaciones de carcter aduanero y las relaciones jurdicas
derivadas de ellos, se regirn por las disposiciones de esta Ley y su
Reglamento, as como por las normas de naturaleza aduanera contenidas en
los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por la Repblica, en las
obligaciones comunitarias y en otros instrumentos jurdicos vigentes,
relacionados con la materia.
La Administracin Aduanera tendr por finalidad intervenir, facilitar ycontrolar la entrada, permanencia y salida del territorio nacional, de
mercancas objeto de trfico internacional y de los medios de transporte que
las conduzcan, con el propsito de determinar y aplicar el rgimen jurdico al
cual dichas mercancas estn sometidas, as como la supervisin de bienes
inmuebles cuando razones de inters y control fiscal lo justifiquen.
En efecto, tambin se puede agregar que el derecho aduanero posee una
connotacin de unificacin y particular y est dado por el nexo etiolgico o
casual con una operacin aduanera,
El derecho aduanero es el conjunto de normas emanadas por el Estado
tendientes a regular el trfico de mercancas objeto de comercio internacional
en lo referente a la entrada, permanencia y salida del territorio nacional, es por
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eso que en el referido artculo hace mencin a la actividad social atinente a la
competencia y funcin aduanera. Los importadores, exportadores, agentes de
aduanas, transportistas, porteadores, consolidadores, almacenes aduaneros,
funcionarios, organismos pblicos y privados y los dems ciudadanosinvolucrados con el trfico de mercancas en o travs del territorio aduanero,
deben sujetarse en su actuacin a las normas que conforman el Derecho
Aduanero.
La Potestad Aduanera
En primer lugar la potestad aduanera esta contemplada por la Ley
Orgnica de Aduanas de (1999), en el artculo 6 como:
La potestad aduanera es la facultad de las autoridades competentes para
intervenir sobre los bienes a que se refiere el artculo 7, autorizar o impedir su
desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos
exigibles, aplicar las sanciones procedentes y en general, ejercer los controles
previstos en la legislacin aduanera nacional.
Como lo dispone el artculo anterior se encuentran sometidos a la potestad
aduanera, de acuerdo al artculo 7 ejusdem, lo siguiente:
1) Toda mercanca que vaya a ser introducida o extrada del territorio
nacional;
2) Los bienes que formen parte del equipaje de pasajeros y tripulantes;
3) Los vehculos o medios de transporte, comprendidos sus aparejos,
repuestos, provisiones de a bordo, accesorios e implementos de navegacin
y movilizacin de carga o de personas, que sean objeto de trfico internacional
o que conduzcan las mercancas y bienes; as como las mercancas que
dichos vehculos o medios contengan, sea cual fuere su naturaleza;
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4) Las mercancas, medios de transporte y dems efectos cuando sean
objeto de trfico interno en aguas territoriales o interiores, espacio areo
nacional y zona de vigilancia aduanera, reas especiales de control, de
almacenes generales de depsito, depsitos aduaneros o almacenes libres deimpuestos.
Pargrafo nico: Se excluyen de la potestad aduanera los vehculos y
transporte de guerra y los que expresamente determine el Ministro de
Hacienda, excepto cuando realicen operaciones de trfico internacional o
nacional de mercancas y pasajeros.
De acuerdo con lo anterior, la potestad aduanera es ejercida por toda la
administracin aduanera, es decir, por todos aquellos organismos pblicos que
de una u otra forma intervienen en la fijacin, determinacin y control del
rgimen fiscal aplicable al trfico de mercancas.
La Potestad Aduanera posee una clasificacin la cual es tomada de
acuerdo con las ramas del Poder Pblico que se describen a continuacin:
a) Potestad Aduanera del Poder Legislativo: Corresponde al poder legislativo
(Asamblea Nacional), este poder esta relacionado con el Principio de
Legalidad o tambin llamado Reserva Legal establecido en el artculo 317 de
la Constitucin vigente: No podr cobrarse impuestos, tasa, ni contribuciones
que no estn establecidos en la Ley..., este principio haya su fundamento en
que todo hecho que este constituido y que tenga relacin con los tributos debe
ser producto de una ley que lo tipifique, el mismo debe agrupar varios aspectos
como son, que la colectividad los apruebe, que exista un conjunto de personas
expertas en la discusin de la materia a que corresponda, con la finalidad de
que se pueda ejecutar y que se haya encontrado precedida de una discusinen la que intervengan diversos representantes. Debido a esto, este principio
es fundamental para la administracin aduanera ya que ningn sujeto puede
crear tributos con criterio propio, sino que tiene que estar sustentado en la Ley.
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La Asamblea Nacional al sancionar leyes de carcter aduanero, esta
ejerciendo la potestad aduanera.
b).- Potestad Aduanera del Poder Ejecutivo: La Constitucin otorga al Poder
Ejecutivo la facultad de reglamentar, organizar y administrar el rgimen
aduanero. El artculo 156, en los numerales 12 y 15 respectivamente, de la
Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela establece: es de la
Competencia del Poder Pblico Nacional:... 12) La creacin, organizacin,
recaudacin, administracin y control de los impuestos..., 15) El rgimen del
comercio exterior y la organizacin y rgimen de las aduanas.
Esta potestad esta an ms confirmada con lo dispuesto en el artculo 183,
numeral 1 de la Constitucin Nacional que establece: Los Estados y
Municipios no podrn: 1) Crear Aduanas ni impuestos de importacin, de
exportacin o de trnsito sobre bienes nacionales o extranjeros, o sobre las
dems materias rentsticas de la competencia nacional... Este artculo
expresa la prohibicin expresa a los Estados y Municipios de crear aduanas e
impuestos de importacin y dems materias rentsticas, ya que es una
competencia del Poder Nacional.
Adems, el artculo 236 ejusdem establece: Son atribuciones y
obligaciones del Presidente o de la Presidenta de la Republica... 11)
Administrar la Hacienda Pblica Nacional.... Igualmente, en la Ley Orgnica
de Aduanas de 1999, en su artculo 3 establece:
Corresponde al Presidente de la Repblica, en Consejo de Ministros:
1) Crear y eliminar aduanas, otorgarles carcter de principales o subalternas,
habilitarlas y delimitar sus circunscripciones;
2) Promulgar el Arancel de Aduanas;
3) Crear Zonas, Puertos o Almacenes libres o francos;
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4) Reglamentar los almacenes aduaneros (in bond),
5) Fijar las tasas y determinar las cantidades que deban pagar los usuarios de
los servicios que preste la Administracin Aduanera, segn lo establezca el
Reglamento, dentro de los siguientes lmites:
a) Entre una unidad tributaria (1 U.T.) y diez unidades tributarias (10 U.T.) por
hora o fraccin, cuando el servicio prestado por las aduanas se realice fuera
de las horas ordinarias de labor, en das no laborables o fuera de la zona
primaria inmediata de la aduana; b) Entre dos unidades tributarias (2 U.T.) y
cinco unidades tributarias (5 U.T.) por cada consulta de clasificacin
arancelaria y valoracin de mercanca en aduana. Si la consulta exige anlisis
de laboratorio, el lmite mximo podr llegar a trescientas unidades tributarias
(300 U.T.) segn el costo de los anlisis; c) Entre el cero coma cinco por
ciento (0,5 %) y el dos por ciento (2%) del valor en aduanas de las mercancas;
o entre cinco milsimas de unidad tributaria (0,005 U.T.) y una unidad tributaria
(1 U.T.) por tonelada o fraccin; o entre una dcima de unidad tributaria (0,1
U.T.) y una unidad tributaria (1 U.T.) por documento, por la determinacin del
rgimen aplicable a las mercancas sometidas a potestad aduanera; d) Entre
cinco milsimas de unidad tributaria (0,005 U.T.) y una dcima de unidadtributaria (0,1 U.T.) por metro cbico o por tonelada; o entre el uno por ciento
(1%) y el cinco por ciento (5%) del valor FOB o CIF de las mercancas, por el
depsito o permanencia de stas en los almacenes, patios u otras
dependencias adscritas a las aduanas; e) Entre una dcima de unidad
tributaria (0,1 U.T.) y cinco unidades tributarias (5 U.T.) por hora o fraccin,
por uso del sistema informtico de la Administracin Aduanera; f) Entre tres
unidades tributarias (3 U.T.) y doce unidades tributarias (12 U.T.) por hora o
fraccin, por el uso de medios, mecanismos o sistemas automatizados para la
deteccin y verificacin de documentos o de mercancas.
6) Aumentar hasta el lmite mximo previsto en esta Ley y rebajar o suprimir
los gravmenes de importacin, exportacin o trnsito, para todas o algunas
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de las mercancas originarias, procedentes o destinadas a determinado pas,
pases o personas;
7) Gravar hasta el lmite mximo previsto en esta Ley a todas o algunas de las
mercancas originarias, procedentes o destinadas a determinado pas, pases
o personas, cuando aqullas estn calificadas como de importacin,
exportacin o trnsito no gravado;
8) Establecer, modificar o suprimir recargos o impuestos adicionales a los
gravmenes arancelarios previstos para la importacin, exportacin o trnsito
de las mercancas sealando los supuestos de hecho que den lugar a su
aplicacin, conforme a las disposiciones previstas en el Reglamento;
9) Crear zonas de vigilancia aduanera y delimitar su mbito geogrfico;
10) Establecer, restablecer, modificar o suprimir en el marco de tratados,
acuerdos o convenios internacionales, salvaguardias a la importacin de
mercancas. Cuando la decisin de salvaguardia imponga la aplicacin de
gravmenes, el mismo no podr exceder del lmite establecido en el artculo
84 de esta Ley. El Reglamento establecer los procedimientos sobre el
particular;
11) Ejercer las dems facultades establecidas en esta Ley, su Reglamento u
otras disposiciones legales vigentes sobre la materia.
12) Implementar y reglamentar un Rgimen Aduanero Especial para el
intercambio comercial terrestre y fluvial internacional realizado en los estados
fronterizos.
13) Establecer, mediante Reglamento las causales de suspensin de las
autorizaciones para actuar como Agente de Aduanas;
Pargrafo Primero: Las tasas previstas en el numeral 5 del presente artculo
se enterarn al Fisco Nacional, previa deduccin del cincuenta por ciento
(50%), el cual ser destinado a cubrir las necesidades del servicio aduanero,
debiendo liquidarse en planilla separada. A tales fines, se abrirn las cuentas
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donde ser depositado el producto de esta deduccin. El Reglamento
establecer el procedimiento y los mecanismos necesarios para la
administracin de dicho porcentaje. Esta tasa no podr ser utilizada para cubrir
remuneraciones a funcionarios.
Pargrafo Segundo: La Administracin Aduanera podr prestar los respectivos
servicios por s o a travs de un concesionario.
Como observamos, el Presidente de la Repblica Bolivariana de Venezuela
tiene amplias facultades en cuanto a la regulacin de la materia aduanera,
actuando como mximo representante del Poder Ejecutivo
c).- Potestad Aduanera del Poder Judicial: El Poder Judicial tiene la facultad
de dirimir los conflictos que se presenten entre el Estado y los particulares,
decidir en ltima instancia sobre cualquier acto relativo al rgimen aduanero
emanado tanto del Poder Legislativo como del Poder Ejecutivo. Cuando una
contravencin a la legislacin aduanera debe ser sancionada con pena
corporal, corresponde decidir el asunto al Poder Judicial. Aqu se manifiesta
tambin el ejercicio de la Potestad Aduanera.
El Tributo Aduanero
Para poder comenzar a definir el tributo aduanero se seala la definicin
de lo que es un Tributo, el cual es definido por Moya (2003), como las
prestaciones exigidas en dinero por el Estado en ejercicio de su poder de
imperio en virtud de una ley para cubrir los gastos que demanda el
cumplimiento de sus fines (p.189). Este concepto es desglosado en sus partes
con las siguientes caractersticas:
Son prestaciones en dinero;
Exigidas por el estado en ejercicio de su poder de imperio, es decir en
virtud de su potestad tributaria;
Se establecen en virtud de una ley, es decir que debe cumplir con el
principio de legalidad;
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Se utilizan para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de los
fines del Estado.
En este orden de ideas, se toma la definicin de tributos aduaneros de
Rivas (2000), como: prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado, con
motivo de la realizacin de operaciones aduaneras y por la prestacin de
servicios pblicos inherentes a la actividad aduanera (p.55). Este concepto se
desliga del primero ya que su aplicacin sobre el trfico de mercancas, y la
prestacin de servicios por parte de la administracin aduanera, son los
elementos que se incorporan al concepto enunciado para establecer su
carcter de diferenciacin o especificidad. No se destaca en la definicin el fin
fiscal del tributo aunque sea uno de los que tiene, ya que debe estar dirigidoprominentemente a un fin econmico como instrumento regulador del
comercio internacional.
Clasificacin de los Tributos
El Cdigo Orgnico Tributario del 2001, en su artculo 12 recoge una
clasificacin tripartita: Impuestos, tasas y contribuciones especiales. En el
caso de los tributos aduaneros, se clasifican en: impuestos aduaneros y tasas
aduaneras.
Una clasificacin de impuestos sera impuestos directos e indirectos, de
acuerdo a la incidencia de los mismos. En los directos la carga impositiva es
soportada por el contribuyente, mientras que en los indirectos, es trasladada
al consumidor. En una clasificacin los impuestos aduaneros son
considerados indirectos, a excepcin de que el contribuyente sea el usuario o
consumidor final del bien. En otra clasificacin son considerados tambin
ordinarios, ya que son incluidos ordinariamente en cada presupuesto anual dela Nacin.
Siguiendo la misma temtica, se va a conceptuar primero que son los
impuestos segn Moya (2000), quien lo define como: el tributo exigido por el
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Estado a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley como
hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a toda actividad
estatal relativa al obligado (p.191). ste mismo autor los clasifica en:
a. Reales: no consideran la capacidad econmica o la condicin social del
contribuyente.
b. Personales: Los impuestos en los que la determinacin se realiza con
participacin directa del contribuyente, ejemplo, declaracin jurada de bienes.
c. Directos: cuando extraen el tributo en forma inmediata del patrimonio o
rdito, de acuerdo a la capacidad contributiva, ejemplo; ISLR.
d. Indirectos: gravan el gasto o consumo indirectamente relacionado conla prestacin de servicios de los servicios pblicos; Ejemplo el Impuesto al
Consumo.
e. Proporcionales: Los que mantienen relacin constante entre la cuanta
y el valor de la riqueza gravada, con alcuota nica.
f. Progresivos: Los que en relacin de cuanta del impuesto con respecto
al valor de la riqueza gravada aumenta a medida que aumenta el valor de sta.
La alcuota aumenta a medida que aumenta el monto gravado. (p.113-114).
Impuestos Aduaneros
Los impuestos aduaneros son definidos por Rivas (2000), como: los tributos
aduaneros, cuya obligacin se genera por la realizacin de una operacin
aduanera (importacin, exportacin, trnsito) (p.57). Adems existe otro autor
como lo es Armella (2003), donde define a los impuestos aduaneros o tributos
aduaneros se deben en relacin con y en el acto de la realizacin de una
operacin aduanera, teniendo como presupuesto el hecho de la importacin o,
en su caso, de la exportacin de las mercaderas del Estado (p.465).
Se observa la delimitacin a la exigencia del Estado a slo la existencia de
un trfico o paso de mercancas fuera del territorio aduanero nacional, ya que
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son las operaciones aduaneras descritas, las que producen el hecho
generador. Las definiciones que se sealaron anteriormente son amplias y
comprende tanto los aranceles aduaneros en sentido propio, entendindose
como tal: la realizacin de una operacin aduanera, con la funcin de regularel trfico comercial entre los Estados (Armella 2003, p.466), cuando la
definicin hace referencia a los impuestos al consumo recaudados como
consecuencia de la introduccin de mercadera para consumo en el territorio
nacional, como por ejemplo el Impuesto a las Ventas y otros impuestos
internos, tambin se encuentra contemplado los derechos conexos con el
despacho de las operaciones aduaneras, stos son los derechos de depsito,
las visitas sanitarias s fuera el caso, los servicios administrativos entre otros;los cuales encuentran su presupuesto en la existencia de un servicio
especfico prestado por el operador comercial.
En base a lo anterior, se puede hacer la siguiente clasificacin:
A.- Tomando como enfoque el hecho imponible, se clasifican en impuestos de
importacin, de exportacin y de trnsito.
B.- Tomando en cuenta el tipo de Tarifa que los grava, pueden estos ser
impuestos Ad-valorem, impuestos especficos, e impuestos mixtos. Esto es si
la tarifa toma como base imponible el valor o una medida del sistema mtrico
decimal.
Tasas aduaneras
Moya (2000), las define como aquellas cuya obligacin se encuentra ligada
jurdicamente a determinadas actividades del Estado, relacionadas
directamente por el contribuyente. Pueden ser judiciales y administrativas
(p.114).
Las tasas aduaneras son prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado,
como consecuencia de la prestacin de un servicio vinculado a las actividades
aduaneras e individualizable en el contribuyente (Rivas 2000, p.59).
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El mismo autor las clasifica: de conformidad con la legislacin aduanera
nacional en:
a).- Habilitacin: servicio prestado por las aduanas fuera de las horas
ordinarias de labor, en das inhbiles y/ o fuera de la zona primaria. La
normativa jurdica en materia aduanera, establece la facultad del Presidente
de la Repblica de establecer las tarifas.
b).- Servicios de Aduanas: se refiere al servicio inherente a la determinacin
del rgimen fiscal aplicable a las mercancas sometidas al control de la
aduana. El reglamento establece esta tasa en un 1% ad-valoren para las
importaciones, admisin temporal y a las exportaciones temporales a su
reingreso. Discriminada en un 0,50% para la Repblica y un 0,50% para el
SENIAT.
c).- Almacenaje: por el deposito o permanencia de mercancas en las zonas
de almacenamiento, establecidas para tal fin.
d).- Consulta de clasificacin arancelaria y valoracin de mercancas.
e).- Uso del sistema informtico de la Administracin Aduanera.
f).- Uso de medios, mecanismos o sistemas automatizados para la detecciny verificacin de documentos o de mercancas.
Aspectos relacionados con los Ilcitos Tributarios y Aduaneros
Ilcito
El trmino ilcito es definido por el Diccionario de la Lengua Espaola
(1992), como No permitido legal ni moralmente (p.844). Por su parte
Cabanellas (citado por Guilln, 2004), define el ilcito como:
Lo prohibido por la ley a causa de oponerse a la justicia, a la equidad, a la
razn o a las buenas costumbres. Lo ilcito puede violar la ley positiva, la moral
o la religiosa. Slo en el primer caso surgen efectos de trascendencia para el
Derecho, que puede acoger asimismo normas morales y religiosas. Pero de
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referirse lo ilcito a materia exclusiva de las disposiciones de estas ltimas
clases, el problema slo surge en la conciencia (p.337).
Ilcito Tributario
De acuerdo al trmino de ilcitos definido anteriormente se puede decir que
el mismo engloba las conductas antijurdicas, ahora bien, el concepto de ilcito
tributario va a ser definido por Celis (2003), como:
Toda accin u omisin violatoria de una norma tributaria esta
ontolgicamente vinculada al incremento de la importancia que
significativamente ha adquirido la actividad impositiva, por cuya virtud ha
devenido en un sin nmero de normas cuyo quebrantamiento se trata de
impedir o sancionar de alguna forma (p.9).
Este concepto trata de explicar que el mismo tuvo una ampliacin en la
ltima reforma del Cdigo Orgnico Tributario, incluyendo que el ilcito
tributario puede ser sancionado con pena restrictiva de la libertad, hasta ese
punto puede llegar hoy en da un delito que se cometa contra la Repblica,
puede trascender al rgimen penal, es por eso, que el ilcito tributario puede
ser considerado como un ilcito penal, lo que conlleva a que el sujeto que
cometa un hecho punible puede ser procesado dependiendo de la naturaleza
del hecho aplicndole todas las sanciones que se dispongan en el Cdigo
Orgnico Tributario excepto los previstos en la materia aduanera.
Ilcito Aduaneros
Los hechos contrarios o violatorios de las normas que regula la materia
aduanera han sido calificados por el legislador como ilcitos aduaneros.
La evasin fiscal y la elusin fiscal, son unas de las figuras que englobanel estudio de los ilcitos aduaneros, son temas de referencia que deben ser
consideradas para evitar confusiones, por la tendencia, no especializada, de
asemejarlas. Los conceptos de evasin y elusin fiscal son definidos por el
autor Rivas (2000), como:
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Evasin Fiscal: fenmeno socio econmico, consistente en el
incumplimiento de las normas fiscales por parte del sujeto pasivo de la
relacin jurdicatributaria, que se manifiesta en acciones u omisiones
para pagar menos o no pagar los tributos y dems derechos acusados,as como el incumplimiento de requisitos o deberes legalmente
exigibles.
Elusin Fiscal: se produce por acciones orientadas a evitar incurrir en
los supuestos de hecho previstos en las normas fiscales, como
generadores de obligaciones tributarias y deberes formales, utilizando
medios o procedimientos lcitamente permitidos, generalmente por
lagunas de la ley (p.241).De acuerdo con lo anterior, estos conceptos deben asociarse con el ilcito
aduanero, aunque no coincidentes, son bastante parecidos, aclarando que en
algunos casos la calificacin puede ser dual, es decir, que se este cometiendo
un ilcito y a su vez se esta evadiendo, un ejemplo real es el contrabando.
Delito
El trmino delito es definido por el Diccionario de la Lengua Espaola
(1992), como: Culpa, crimen, quebrantamiento de la Ley (p.478).
Seguidamente Ossorio (1963), define el concepto de delito fiscal en el
diccionario de Ciencias Jurdicas y Polticas, como la infraccin de las leyes
impositivas, en forma de actos tendientes al incumplimiento del deber
tributario, cuando est reprimida con multas o penas privativas de libertad
(p.212).
De las definiciones mencionadas anteriormente se sealan a continuacin
los elementos del delito entre los cuales se mencionan: acto, tipicidad,
antijuricidad, imputabilidad, culpabilidad, penalidad y en ciertos casos la
condicin objetiva de punibilidad. A continuacin se definen cada uno de ellos:
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El primer elemento del delito que se mencion es el Acto, Jimnez (1981),
lo define como: La manifestacin de voluntad que mediante accin, produce
un cambio en el mundo exterior, o que por no hacer lo que se espera deja sin
mudanza ese mundo externo cuya modificacin se aguarda. Es una conductahumana voluntaria que produce un resultado (p.210).
Hay que resaltar que no solamente debe ocurrir un acto, sino tambin debe
constatarse que los actos que se han cometido estn verdaderamente
contemplados en la ley como un hecho punible o en su defecto que sea un
agravamiento penal.
El segundo elemento mencionado es la Tipicidad, este trmino es definido
por el Diccionario de la Lengua Espaola (1992), como: Elemento constitutivo
del delito, que consiste en la adecuacin del hecho que se considera delictivo,
a la figura o tipo descrito por la ley (p.1405); entonces, la tipicidad es la
descripcin legal, es decir, donde se seala en los Cdigos y las Leyes las
normas que contemplan los delitos y la sancin que le corresponde.
Antijuricidad
Para Celis (2003), Esto es lo que el trasgresor viole una norma jurdica o
haya adoptado una conducta contraria a derecho. (p.14). Lo que quiere decir,
que este elemento es la clave para que se considere un delito, ya que lo bsico
es que contrare a la norma y a su vez incluye tanto el elemento objetivo como
subjetivo.
El autor Rebolledo (1999), seala que el aspecto objetivo de la teora
bipartita: se encuentran todos aquellos elementos determinantes en el hecho
material y la conducta externa del hombre, lo cual configurara el hecho
delictivo (p.41).
Sobre el aspecto subjetivo, seala que: comprende la conducta interna, es
decir el pensamiento del individuo, su verdadera intencin (p.40).
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Imputabilidad
Cuando se hace mencin a este trmino es cuando se considera que se le
esta atribuyendo a otra persona una culpa, delito o accin, Jimnez (1981), lo
define como:
La existencia de una relacin de causalidad psquica entre el delito y lapersona; la responsabilidad resulta de la imputabilidad, puesto que esresponsable el que tiene capacidad para sufrir las consecuencias deldelito, si bien, en ltima instancia, es un declaracin que resulta delconjunto de todos los caracteres del hecho punible; la culpabilidad es unelemento caracterstico de la infraccin y de carcter normativo, puestoque no se puede hacer sufrir a un individuo las consecuencias del actoque le es imputable ms que a condicin de declararle culpable a l.(p.326).
Este concepto es amplio al tratar de especificar que la imputabilidad es un
elemento caracterstico del delito, puesto que es necesario que la persona
haya incurrido en un acto o hecho debido a un comportamiento errado del ser
humano, de ah la presencia de una causal para que se configure el delito.
Culpabilidad
Cuando se hace referencia a este elemento se establece que una persona
tiene culpa o se le imputa un hecho contrario a la ley. Jimnez (1981), sealaque la culpa se da cuando:
Se produce un resultado tpicamente antijurdico por falta de previsin del
deber de conocer, no slo cuando ha faltado al autor la representacin del
resultado que sobrevendr, sino tambin cuando la esperanza de que no
sobrevenga ha sido fundamento decisivo de las actividades del autor, que se
producen sin querer el resultado antijurdico y sin ratificarlo. (p.371).
La culpa se puede dar en las siguientes condiciones: (i) cuando no previnoni an que lo hubiera prevenido un hombre descuidado y negligente; (ii)
cuando no se emple aquellos medios y diligencias que empleara un hombre
cuidadoso y exacto (iii) y cuando incurre cualquiera, aunque cuidadoso, en sus
mismos negocios.
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Es por eso que la culpa puede ser lata, leve y levsima, puede ocurrir
cualquiera de las tres pero siempre causando un dao sin intencin o, con
intencin pero se incurre.
Lo opuesto a la culpa es el dolo, el mismo autor opina que:
Existe cuando se produce un resultado tpicamente antijurdico, conconciencia de que se quebranta el deber, con conocimiento de lascircunstancias de hecho y del curso esencial de la relacin de causalidadexistente entre la manifestacin humana y el cambio en el mundoexterior, con voluntad de realizar la accin y con representacin delresultado que se quiere o ratifica (p.365).
Condicin objetiva de punibilidad: el presente elemento del delito es
definido por Beiling, (citado por Jimnez, 1981), como ciertas circunstancias
exigidas por la ley penal para la imposicin de la pena, que no pertenecen al
tipo de delito, que no condicionan la antijuricidad y que no tienen carcter de
culpabilidad (p.210).
Penalidad
Este elemento se asocia con crimen, delito entre otros, cuando se da un
delito se tiene que crear una pena, la misma es regulada por la materia de su
competencia. Al incurrir en un delito el infractor puede presentar pruebas paraque sea absorbida la pena prevista en la Ley, por un acto tpicamente,
antijurdico y culpable.
Adems existe la definicin del delito aduanero que segn Carrara (citado
por Asuaje, 1997), consiste en:
La violacin de un derecho protegido por la ley penal y se distinguefundamentalmente de las contravenciones, por cuanto stas consistenen las violaciones de las leyes que protejan la prosperidad, no el derecho;
leyes que tienen su fundamento en el solo principio de utilidad (p.210).Existen autores que ven el delito como una violacin efectiva o potencial
del derecho, mientras que en las contravenciones slo observan un mero
peligro para el orden social que, despojadas de toda inmoralidad, aparecen
como simples desobediencias.
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Clasificacin de los Ilcitos Aduaneros
El Ilcito Aduanero esta clasificado segn el autor Asuaje (1997), en: Delito,
Evasin y Contravencin.
El Delito Aduanero
Es considerado por el autor anteriormente mencionado como: la
prohibicin absoluta de introducir o extraer mercancas por lugares distintos a
los legalmente dispuesto para ello (p.213). El fin principal de la presente
materia se basa en esa prohibicin de manera total y rotunda, ya que nada
resulta ms perjudicial a los intereses de la colectividad que el introducir y
extraer de forma ilegal efectos al territorio nacional sin su debida permisologa,
con esto se violan los deberes formales, se defrauda a la Repblica y lo que
es ms daino, entorpece las labores de vigilancia en las fronteras del Estado
venezolano.
El delito aduanero est asociado con el Contrabando como lo contempla el
Captulo I del Ttulo VI, es por eso que se comete delito de contrabando cuando
se intenta introducir o extraer mercancas al territorio nacional, sin que haya
sido concedida la autorizacin por el rgano administrativo competente o,
cuando se obtuvo dicha autorizacin, la misma se obtuvo mediante ocultacin,
simulacin, ardid o engao que haya producido error en la causa del acto
administrativo autorizatorio.
Evasin Fiscal
Siguiendo con la sustentacin del autor Asuaje (1997), la evasin est
ntima e indisolublemente ligada a la percepcin del tributo y conlleva un
enriquecimiento sin causa para el sujeto pasivo y un empobrecimiento
indebido para el activo (p.214).
De este concepto se deduce que se comete evasin cuando por engao,
simulacin, ocultamiento de informacin se consigue un beneficio indebido,
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perjudicando los intereses de la Repblica, ya que no puede percibir ingresos
por el tributo aduanero.
Contravencin
El mismo autor seala que:
La contravencin es una falta de colaboracin, una omisin de ayuda, encuyo campo los derechos del individuo estn en juego de maneramediata. El objeto que se protege contravencionalmente no estrepresentado por los individuos ni por sus derechos naturales o socialesen s, sino por la accin estatal en todo el campo de la administracinpblica (p.215).
Este concepto sostiene que la contravencin se da cuando no constituye
delito ni defraudacin (evasin).
Efectos econmicos y sociales del contrabando
El incremento en los precios internacionales del petrleo ha provocado un
sbito aumento en los precios de la gasolina en Colombia, sumado a la cada
del precio en pesos de la gasolina venezolana a causa de la fuerte devaluacin
sufrida por el Bolvar, que oblig a las autoridades venezolanas a fijar la tasa
de cambio. En funcin a ello, las relaciones se han ido deteriorando, esto en
parte, debido al control de las divisas generado por el Estado venezolano y lareduccin de despacho.
Transportar la gasolina para venderla en diferentes sitios ms all de la
frontera es toda una demostracin de ingenio y creatividad. Las relaciones
econmicas entre Venezuela y Colombia tienen larga data, existen desde la
poca del trueque, pero con el paso de los aos la realidad es otra, de hecho
lo que antes era un negocio para los venezolanos, ahora es totalmente a la
inversa.
La entrada o la salida y venta clandestina de mercancas, prohibidas o
sometidas a derechos, en los que se defrauda a las autoridades locales, es lo
que se conoce como contrabando y as se vive en la frontera. Los pimpineros
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son los vendedores ambulantes de gasolina venezolana que pueden verse a
la orilla de la avenida apenas cruzar los puentes binacionales. Son la cara ms
visible y antigua del contrabando de extraccin, quienes reciben la materia
prima de los miles de vehculos particulares que cargan gasolina enVenezuela. All llenan el combustible por el equivalente a dlar y medio el lleno
del tanque y lo venden por unos $ 20. Los clientes se paran al borde del
camino, cargan el tanque con los pimpineros y se ahorran hasta un 60% de
los que les cuesta reponer en la bomba. Aunque no todos compran a los
pimpineros porque desconfan de la calidad del producto ya que algunos lo
rinden con agua.
Es importante tener en cuenta que adicional al problema econmico quecausa el contrabando de combustible, los pimpineros actan en perjuicio de
quienes han invertido en estaciones de servicio legales y bajo unas
condiciones precarias de seguridad, que genera riesgo en materia de
accidentes en el manejo de combustibles.
Del lado colombiano los pimpineros son tolerados pese a que su carga
voltil en plena va pblica representa un problema de seguridad pblica ya
que afectan la venta legal de combustibles. Las autoridades colombianasreconocen el enorme problema social que implicara quitar su fuente de
ingresos a las 80.000 mil familias que se calcula viven de la actividad. Sobre
todo en una regin en la que escasean fuentes de trabajo.
Para evitar el contrabando, la estatal Petrleos de Venezuela, PDVSA,
restringe el despacho de gasolina a los estados fronterizos con Colombia, lo
que crea escasez y produce las largas colas de vehculos venezolanos que
pueden verse en las bombas de San Cristbal hasta San Antonio. Adems nose permite surtir de gasolina vehculos con placas colombianas, lo que ha
resultado una medida poco efectiva si se tiene en cuenta que el 85% de los
automviles cucuteos tienen matrcula venezolana.
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El problema est en el diferencial de precios y hasta que eso no se resuelva
no habr posibilidad de que esta situacin termine. Pero la solucin es difcil
porque en Venezuela el bajo precio de la gasolina es considerado por la
mayora de los ciudadanos como un incontestable derecho adquirido por lacondicin de pas petrolero. Adems, los gobiernos le temen al explosivo
efecto social que causara el incremento del costo de la gasolina, el mismo que
habra detonado la violenta explosin popular de febrero de 1989 conocida
como El Caracazo y que se dio justo despus de un aumento del precio del
combustible.
Las prdidas venezolanas por contrabando de gasolina oscilan en 1,5
millones de dlares al da, es decir cerca de 3,2 millones de bolvares fuertes.Un promedio de 600 millones de dlares en prdidas econmicas al Estado
ocasiona al ao el contrabando y venta ilegal de combustible venezolano hacia
Colombia y otros pases. La produccin diaria de combustible en Venezuela
es de 270.000 b/d. El 12% del producto (cerca de 30.000 barriles de
combustible) sale ilegalmente hacia Colombia y otros pases.
Posibles soluciones a la problemtica
Accin regional conjunta y de un tratamiento especial que incluya la
elaboracin de polticas ligadas a combatir los problemas de extraccin
La actitud debe adquirir un sentido de solidaridad y corresponsabilidad
sobre muchos de los factores negativos que existen
Los convenios econmicos binacionales entre pases fronterizos
siempre sern paos de agua tibia frente a la ilegalidad fronteriza
Legalizar el negocio.
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CAPTULO III
MARCO METODOLGICO
El presente captulo hace referencia a los aspectos relacionados con la
metodologa empleada en esta investigacin; la cual describe el tipo de
investigacin, Diseo de la investigacin, Unidad de Estudio, Tcnicas e
Instrumento para la recoleccin de la informacin, con el propsito de
garantizar el xito del trabajo propuesto, es por esto que Tamayo (2012),
expresa La metodologa constituye la medula del plan , porque en ella
describen las unidades de anlisis a investigar , las tcnicas de observacin,
recoleccin de datos, los instrumentos, los procedimientos y las tcnicas de
anlisis (pp. 144)
En consecuencia, toda investigacin deber puntualizar cada uno de los
pasos para poder procesar el objetivo del estudio, pues permitir interpretar
los resultados en funcin del problema y los resultados tericos del estudio.
Diseo de la investigacin
Sobre este particular el autor mencionado anteriormente plantea que El
diseo de la investigacin son las estrategias que asume el investigador por
explicar o responder al problema, dificultad o interrogantes abordadas en el
estudio (pp. 21). Considerando lo expresado por el autor, el mismo se
corresponde con el no experimental definido por Arias (2010), Como aquel
donde el investigador no asigna valores a las variables. En este tipo de estudio
se observa los hechos tal y como ocurren en la realidad (pp. 22). En los
diseos no experimentales las variables no son objetos de control estricto, ni
manipulacin tal y como suele ocurrir con los diseos experimentales.
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Se considera que la investigacin es no experimental porque consiste
bsicamente en un anlisis de material documental, bibliogrfico y legal
referente al contrabando de gasolina y sus efectos sobre la economa y la
sociedad venezolana, por lo tanto no se altera ni se controla ningn elementode la realidad.
Tipo de Investigacin
La Investigacin se fundament en un estudio documental de tipo analtico,
definida por Hurtado (2000), como,
El anlisis es un procesamiento reflexivo, lgico, cognitivo que implicaabstraer pautas de relacin interna de un nuevo evento, situacin,fenmeno, etc. La investigacin analtica tiene como objeto analizar unevento y comprenderlo en trminos de sus aspectos menos evidentes.Segn Bunge (1981), intenta descubrir los elementos que componen latotalidad y las conexiones que explican su integracin. La investigacinanaltica propicia el estudio y la comprensin ms profunda del evento enestudio (p.269).
El prrafo precedente, considera que la presente investigacin es analtica
porque se estudian las diferentes concepciones del fenmeno del
contrabando, as como las leyes venezolanas que lo refieren, con la finalidad
de analizar de forma intensiva cada uno de sus elementos y las relaciones de
stos entre s con la realidad, a fin de comprender la naturaleza del evento.
Seguidamente, se consider que la investigacin es documental por
tratarse de que el estudio va a ser recogido por el investigador a travs de las
diferentes referencias bibliogrficas y digitales, as como de leyes referidas al
delito del contrabando
La investigacin documental es definida por la Universidad Experimental
Libertador (2003), como:El estudio de problemas con el propsito de ampliar y profundizar elconocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en trabajosprevios, informacin y datos divulgados por medios impresos,audiovisuales o electrnicos. La originalidad del estudio se refleja en el
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enfoque, criterios, conceptualizaciones, reflexiones, conclusiones,recomendaciones y, en general, en el pensamiento del autor (p.15).
Unidad de Estudio
La Unidad de Estudio es referida por Hurtado de Barrera (2000), alcontexto, al ser o entidad poseedores de las caracterstica, evento, cualidad o
variable, que se desea estudiar, una unidad de estudio puede ser una persona,
un objeto, un grupo, una extensin geogrfica, una institucin (p.151). En
toda investigacin se hace necesario definir la unidad de estudio, para la
presente investigacin el objeto de estudio estuvo integrado por el anlisis de
los efectos econmicos y sociales del contrabando de gasolina en Venezuela.
Tcnicas e Instrumentos de Recoleccin de DatosLa Recoleccin de los datos, segn lo expresa Tamayo (2000),
Se explica aqu el procedimiento, lugar y condiciones de la recoleccinde los datos. Esta seccin es la expresin operativa del diseo deinvestigacin, la especificacin concreta de cmo se har lainvestigacin. Se incluye aqu: a) si la investigacin ser a base delecturas, encuestas, anlisis, de documentos u observacin directa de loshechos; b) los pasos que se darn; y, posiblemente, c) las instruccionespara quien habr de recoger los datos. (p.120)
Una vez definida la recoleccin de los datos, las mismas se dan a travsdel cumplimiento de una serie de pasos para llegar al desarrollo de cada uno
de los objetivos de la investigacin, para ello es necesario aplicar tcnicas e
instrumentos que van a servir de sustento para obtener la informacin en el
proceso de investigacin.
Las tcnicas de recoleccin son definidas por Hurtado de Barrera (2000),
como: Procedimiento y actividades que les permiten al investigador obtener
la informacin necesaria para dar respuesta a su pregunta de investigacin
(p.427). Se puede mencionar, que las tcnicas de la recoleccin de los datos
son la observacin, la encuesta, la entrevista, y la revisin documental, esta
ltima es la que se va a utilizar en la presente investigacin, siguiendo la
sustentacin por el mismo autor, definida como: una tcnica en la cual se
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recurre a informacin escrita, ya sea bajo la forma de datos que pueden haber
sido producto de mediciones hechas por otros, o como textos que en s mismos
constituyen los eventos de estudio.
Ahora bien, en cuanto a los instrumentos para la recoleccin de datos lo
constituyen la va mediante la cual es posible aplicar una determinada tcnica
de recoleccin de informacin (Arias, 2006). En este caso se utiliz como
instrumento para la recoleccin de la informacin Matrices de Contenido, este
se utiliza a travs de un trabajo de anlisis, de crtica o de sntesis; con la
finalidad de que el investigador alcance el desarrollo de los objetivos, es por
eso que se disearon fichas de registro, con el propsito de recoger y resumir
la informacin. Para Tamayo (2000), las fichas de registro es el instrumentoque nos permite ordenar y clasificar los datos, incluyendo nuestras
observaciones y crticas, facilitando as la redaccin del escrito (p.121).
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CONCLUSIONES
Pensar que luego de varios siglos de haberse establecido y desarrollados
los espacios fronterizos de Venezuela con la vecina Colombia, persistanproblemas de desabastecimiento, escasez de productos, trfico de drogas y
contrabando de combustible en estas regiones no debe sorprender a las
autoridades y al ciudadano del centro del pas. El abandono de estas zonas
por parte del Estado persiste a pesar de haberse desarrollado mecanismos
constitucionales y normativos que permitieron la creacin de una nueva
divisin poltica administrativa del pas y de haberse desplegado polticas
sociales, econmicas y de desarrollo desde comienzos del siglo XX.La ausencia de polticas coherentes y efectivas para estas territorios, son
claro reflejo de la realidad de las fronteras con el vecino Colombia. La carencia
de una visin integral para las regiones quizs predomine entre las causas que
llevan a que el ciudadano se sienta disminuido por la poca eficacia e
implementacin de mecanismos de desarrollo e inclusin en las polticas
centralistas. La no adecuacin e implementacin de una Ley de Fronteras por
parte de Venezuela es fiel reflejo del poco inters mostrado por el Estado en
evitar que flagelos como el contrabando acrecienten su accionar en estos
espacios desasistidos y menospreciados.
El contrabando como flagelo social tiene connotaciones no solo en lo
comercial sino en lo cultural, social y de seguridad de las naciones,
distorsionando el comportamiento, valores y principios de quienes habitan en
estos espacios, crendose en forma natural asociaciones o redes criminales
que buscan obtener dividendos con estas prcticas ilegales y que adems
repercute en forma negativa en cualquier proceso de integracin que desee
implementarse.
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