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Proyecto Educativo Institucional LDPP

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Proyecto Educativo Institucional LDPP

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 1

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

I.- INTRODUCCION

El Liceo Politécnico “Diego Portales Palazuelos” consciente de las

necesidades de cambios que involucra el proceso educativo y tomando en

cuenta la legislación vigente desde los fundamentos de la Constitución Política

de la República de Chile elabora su Proyecto de Convivencia Escolar. Siendo

el marco que sustenta el quehacer pedagógico y teniendo como fin último el

concebir al hombre como un ser más humano, con valores permanentes, donde

la familia ocupe un lugar preponderante en la formación de jóvenes libres,

respetuosos, responsables, solidarios, emprendedores y que sepan convivir en

un ambiente educativo de plena armonía.

La comunidad educativa del Liceo Politécnico aspira a manifestarse en el

accionar diario como personas en constante cambio personal y profesional,

teniendo como principios pedagógicos el saber, saber hacer y el saber

convivir.

En el desarrollo de este manual encontraremos los objetivos, fundamentos y

elementos concretos del marco regulatorio institucional de la convivencia

escolar al interior del establecimiento.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 2

II.- RESEÑA HISTÓRICA

El Liceo Politécnico ‘Diego Portales Palazuelos’ fue creado el 17 de

abril de 1972, con el nombre de Centro Medio Técnico Profesional; las

primeras especialidades en abrirse a la comunidad fueron: Electromecánica,

Secretariado y Mecánica de Máquinas – Herramientas, especialidades que

fueron impartidas en el antiguo edificio de 21 de Mayo N° 1630

El 1° de septiembre de 1981 fue traspasado a la Educación

Municipalizada por Decreto N° 5497

El Liceo Politécnico Diego Portales Palazuelos, fue creciendo en

infraestructura e importancia para la comunidad, por lo cual fue beneficiado

en 1996 con la construcción de un nuevo edificio ubicado en Avenida

Teniente Merino 1298 donde funciona hasta hoy.

Actualmente el Liceo Politécnico ‘Diego Portales Palazuelos’ forma a

los jóvenes de la comuna en cinco especialidades: Electricidad, Mecánica

Industrial, Administración, Metalurgia Extractiva y Atención de Párvulos. La

matrícula actual del Establecimiento es de 738 alumnos.

Este Centro Educativo es actualmente dirigido por Don Yerko

Echeverría Aranzáez, quien por Alta Dirección Pública gana concurso de

Director del establecimiento educacional Liceo Politécnico Diego Portales

Palazuelos, periodo 2020-202. El Liceo cuenta con una planta de 98

funcionarios, entre docentes y asistentes de la educación, quienes con su

profesionalismo y dedicación aportan en la formación de un técnico de nivel

medio con las competencias necesarias que le permitan desenvolverse y

mantenerse con éxito en el campo laboral.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 3

III.- OTROS ANTECEDENTES

Matricula 2020 Cursos Genero

557 19 H: 309 M: 248

SNED Índice de vulnerabilidad Desempeño difícil

No 71,8% (2020)

66,6% (2019)

Sí. (alta concentración de

alumnos prioritarios)

PLANTA DOCENTE ACTUAL UNIDAD EDUCATIVA- 2019

Tipo Contrato Nº Docentes Total Horas

H M TOTA

L

Docentes Titulares 07 08 15 660

Docentes Contrata 06 09 15 622

Docentes Habilitados 11 02 13 572

Totales 07 08 15 660

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 4

CANTIDAD DE ASISTENTES PROYECTADA AÑO 2019

Nomina Asistentes N°

Indefinido

Contrata

Hrs/contrato H M T

Profesionales 05 08 13 06 07 444

Administrativo 00 04 04 04 176

Asistente Técnico (Aula,

monitores, etc.)

04 12 17 15 02 748

Asistente servicios menores 07 04 11 03 08 484

Totales 16 18 34 28 17 1852

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 5

INFRAESTRUCTURA

Descripción Condición

Salas de clases Regular estado

Sala de profesores Regular estado

Talleres Buen estado

Laboratorios Buen estado

Cancha Regular estado – en mantención

Oficinas Buen estado

Baños Regular estado – en mantención

Bodegas Buen estado

Portería Buen estado

Camarín Regular estado – en mantención

Contenedor Buen estado

Pasillos Regular estado – en mantención

Patios Regular estado – en mantención

Sombreadero Buen estado

Hall Buen estado

Comedor Regular estado – en mantención

Escaleras Regular estado – en mantención

Ramplas Regular estado – en mantención

Pilares de estructura metálica Mal estado

Redes húmedas Mal estado

Rejas Regular estado – en mantención

Pasamanos Mal estado

Baranda de seguridad Mal estado

Techos Regular estado – en mantención

Pintura (interna e interna) Mal estado – en mantención

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 6

RESULTADOS EFICIENCIA INTERNA

Indicadores de Eficiencia

Años Reprobación Promoción Retiro IVE

2016 91 544 34 78,00%

2017 93 493 44 76,30%

2018 27 499 46 85,74%

2019 36 508 38 90,95%

PUNTAJES SIMCE

RESULTADO AÑO 2015 RESULTADO AÑO 2016

CURSOS

Lengua y

Literatura

Matemáticas

CURSOS

Lengua y

Literatura

Matemáticas

2º medio 223 209 2º medio 228 215

RESULTADO AÑO 2017 RESULTADO AÑO 2018

CURSOS

Lengua y

Literatura

Matemáticas

CURSOS

Lengua y

Literatura

Matemáticas

2º medio 236 209 2º medio 235 221

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 7

INDICADORES DE DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL

RESULTADOS PSU

2015 2016 2017 2018

Lenguaje 425 Lenguaje 430 Lenguaje 409 Lenguaje 378

Matemática 398 Matemática 428 Matemática 415 Matemática 432

2019 2020 2021 2022

Lenguaje 402 Lenguaje Lenguaje Lenguaje

Matemática 407 Matemática Matemática Matemática

Indicador IDPS (2018) Puntaje

Variación

respecto a

evaluación

anterior

Variación

establecimientos del

mismo tipo

Autoestima académica y motivación

escolar

78 Similar

(3 puntos)

Más alto

(4 puntos)

Clima de convivencia escolar 78 Más alto

(4 puntos)

Similar

(3 puntos)

Participación y formación ciudadana 81 Más alto

(7 puntos)

Más alto

(4 puntos)

Hábitos de vida saludable 73 Similar

(3 puntos)

Más alto

(4 puntos)

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 8

ANÁLISIS CUALITATIVO

Los resultados muestran que para el nivel 2° Medio en la asignatura de

Lenguaje y Literatura se observa un leve incremento en los resultados a partir

del año 2015. Una diferencia positiva de 12 puntos al comparar resultados de

2015 y 2018, respectivamente.

Los resultados muestran que para el nivel 2° Medio en la asignatura de

Matemática, se observan diferencias oscilantes para este periodo (2015 –

2018). Una diferencia positiva de 12 puntos al comparar resultados de 2015 y

2018, respectivamente.

Se observa que en ambos casos, los resultados se encuentran 29 puntos

por debajo de la media nacional (250 puntos).

Para el último año 2018, los resultados obtenidos tanto en Lenguaje

como Matemática se encuentran por debajo de la media nacional con 15 y 29

puntos, respectivamente.

Respecto al plan de mejora instalado en los últimos años, se menciona:

a partir del año 2018 se viene trabajando con plataformas educativas que se

incorporan como nueva estrategia pedagógica junto a los estudiantes del nivel

2° Medio referidos a la cobertura curricular y la presentación de contenidos

que aborda cada profesor de asignatura (Lenguaje, Matemática y Ciencias),

para luego efectuar mediciones respecto a los niveles de logros alcanzados

por el nivel, curso y estudiante. Respecto a este trabajo, se observa un leve

aumento en los resultados de aprendizaje los cuales se mantienen para el año

2019 y 2020 apuntando a mejorar los resultados mediante un trabajo

organizado, continuo y sistemático.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 9

A partir del año 2020 se instala una nueva modalidad de trabajo

instalada en los primeros años medios en la asignatura de Matemática, se trata

de docentes pares que trabajan simultáneamente los contenidos, uno como

docente titular y otro de apoyo, efectuando colaboraciones, facilitando la

interacción permanente entre docentes y estudiantes y apoyo permanente a los

estudiantes.

Se instala el plan de fomento lector, el cual consiste en el uso de textos

para efectuar lecturas cortas por parte de los estudiantes durante los primeros

15 minutos al inicio de cada jornada en la mañana.

También se agregan evaluaciones periódicas con uso de recursos TIC

como THATQUIZ, plataforma Matemática donde el docente puede construir

instrumentos de evaluación para luego efectuar monitoreos constantes

respecto al trabajo del estudiante en la asignatura. Este trabajo también se

refuerza en casa con apoyo de los padres, bajo modalidad on-line o remota.

El Director del establecimiento (docente de Matemática) junto a los

docentes del departamento, a partir del año 2020 realizarán colaboraciones en

el área con intervenciones periódicas en aula en los cursos de 1° a 4° Año

Medio, ejecutando planes de acción tendiente a: potenciar recursos TIC,

integrar a los docente para la interacción permanente de las prácticas

pedagógicas, colaborar en la construcción de material atingente a los

contenidos del curriculum y de los instrumento de evaluación que se aplican

en los cursos, elaborar material específico para trabajo con estudiantes,

ofreciendo la posibilidad de realizar talleres de apoyo cada cierto periodo de

tiempo, analizar datos estadísticos y efectuar remediales por curso, estudiante

y nivel.

Todo ello con objeto de poder contribuir a la mejora de resultados en pruebas

externas efectuadas año a año.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 10

PROGRAMAS Y/O PROYECTOS EN EJECUCIÓN 2019-2020

NOMBRE FUENTE

FINANCIAMIENTO

FECHA

INICIO

FECHA

TERMINO

PACE

Universidad

Antofagasta

marzo 2018

Diciembre 2019

Propedéutico UCN

Universidad Católica

del Norte

junio

Diciembre

Programa ELEVA

Fundación Chile

marzo 2018

Noviembre 2019

Programa de capacitación energía solar

fotovoltaica en liceos TP especialidad en

electricidad

Ministerio de

Energía

Julio 2018 Diciembre 2019

Convenio colaboración SQM – Liceo Diego

Portales P.

mayo 2017 diciembre 2019

Convenio colaboración con Aes Gener – liceo

Diego Portales P.

marzo 2017 diciembre 2019

Convenio de Cooperación Minera Saldívar –

Liceo Diego Portales

Octubre 2008 Hasta que las

partes lo

acuerden.-

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 11

NOMBRE FUENTE

FINANCIAMIENTO

FECHA

INICIO

FECHA

TERMINO

Convenio entre Municipalidad de

Tocopilla(Establecimientos educacionales) – SQM

y Fundación Ganamos Todos

Fundación Ganamos

todos en alianza

SQM

junio 2017 - Hasta que las

partes lo

acuerden.-

Convenio de Cooperación con Mantos de la Luna

y Liceo Diego Portales P.

2006

Hasta que las

partes lo acuerden

Programa Integración Escolar Mineduc Enero 2018 Diciembre 2018

Convenio de Cooperación entre HMC Michilla y

Liceo Diego Portales

Octubre 2019 Hasta que las

partes lo acuerden

Conservación Liceo Politécnico C-3, Diego

Portales Palazuelos,

Programa FEP 12 de Febrero

de 2020

120 días corridos

Conservación Liceo Politécnico C-3, Diego

Portales Palazuelos,

Programa FAEP 16 de Enero

de 2020

110 días corridos

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 12

ORGANIGRAMA LICEO POLITECNICO DIEGO

PORTALES PALAZUELOS TOCOPILLA

Nuestro organigrama de gestión está basado en la Teoría de subsistemas

de S. Robbins establece relaciones menos verticales entre los distintos

estamentos, está centrado en los Equipos de trabajo y no en la división del

trabajo y funcionalidad de las personas, espera que una buena idea surja desde

cualquier parte de la institución y la clave es el trabajo en equipo y la sinergia.

MODELO AGREGADO EN SU CONJUNTO

EQUIPO GESTIÓN

1.-DIRECCION

3.- CONVIVENCIA

2.- ACADEMICO

4.- RECURSOS

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 13

La Dirección del establecimiento está conformada por el Director,

subdirector, estamentos de participación escolar y personal administrativo, La

parte recursos por el encargado de recursos y personal de apoyo, el equipo de

Convivencia por su encargado, orientador, dupla psicosocial y personal

administrativo y la parte recursos por el encargado de recursos y asistentes de

la educación, finalmente el equipo académico está compuesto por todos los

profesionales de la parte curricular.

EQUIPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES E INTER

RELACIONADOS CON LA DIRECCIÓN

DIRECCION

CENTRO DE

ALUMNOS

(CEAL)

CENTRO DE

PADRES Y

APODERADOS

CONSEJO

ESCOLAR

CONSEJO DE

PROFESORES

COMUNICACIONES

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 14

EQUIPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES E NTERRELACIONADOS

CON EL EQUIPO ACADEMICO

COORDINADOR

ACTIVIDADES

CURRICULARES

DE LIBRE

ELECCIÓN

GRUPOS

PROFESIONALES

DE TRABAJO

CENTRO DE

RECURSOS

AUDIVISUALES

JEFE(A) U.T.P.

(COORDINADOR

ACADEMICO)

COORDINADOR(A)

TECNICO

PROFESIONAL

ENLACES

MINEDUC

COORDINADOR

HUMANISTA

CIENTIFICO

PROGRAMA

INTEGRACION

ESCOLAR

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 15

EQUIPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES E NTERRELACIONADOS

CON EL EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR

COORDINADOR(A)

AREA

CONVIVENCIA

ENCARGADO(A)

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

ORIENTADOR(A)

DUPLA

PSICOSOCIAL

PROCESO

DISCIPLINAR

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 16

EQUIPOS DE TRABAJO DEPENDIENTES E NTERRELACIONADOS

CON EL EQUIPO RECURSOS

ASISTENTES DE LA

EDUCACION

(AUXILIARES DE

SERVICIOS)

AISTENTES DE LA

EDUCACION

(INSPECTORES)

PROCESO

DISCIPLINAR

ADMINISTRACIÓN

Y FINANZAS

COORDINADOR DE

RECURSOS

(SUBDIRECCIÓN) SEGURIDAD Y

PREVENCIÓN DE

RIESGOS

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 17

DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL FODA

EVALUACION DE LA JECD

La Implementación de la JEC ha sido positiva en cuanto a la utilización del horario de libre

disposición en pos de mejores aprendizajes basados en la misión y la visión del PEI, en todo

caso para futuro se requiere de una revisión más sistemática de la misma por parte del

Ministerio de Educación.

EL TIEMPO DE TRABAJO PARA EL APRENDIZAJE DE LOS ALUMNOS

Los Estudiantes cuentan con una jornada de 42 horas semanales en el primer ciclo y de 42

horas semanales en el segundo ciclo, lo que permite efectuar un trabajo sistemático y

continuo en cada asignatura del plan común y de las especialidades. Se considera una

fortaleza el que los estudiantes realizan sus prácticas en las distintas empresas que efectúan

convenios con el liceo, puesto que logran adquirir competencias diferenciadas para el

trabajo.

EL TRABAJO TECNICO PEDAGOGICO EN EQUIPO DE LOS

DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Se ha potenciado el trabajo técnico pedagógico y el alto compromiso profesional de los

profesores en la búsqueda de elevar los rendimientos de los estudiantes, ello se evidencia a

través de los grupos profesionales de trabajo, de las horas destinadas a la planificación del

currículo, del auto perfeccionamiento, intercambios de experiencias pedagógicas,

acompañamiento al aula. Reflexión sobre el quehacer pedagógico y de la

institucionalización de prácticas a través de la creación de marcos regulatorios del ejercicio

docente. Esto lo vemos como una verdadera oportunidad para el desarrollo y crecimiento

profesional de cada profesor y asistente de la educación que presta servicios en nuestro

establecimiento

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 18

LA PARTICIPACION DE LOS ESTUDIANTES Y DE LOS PADRES

Los Estudiantes participan a través de las Directivas de los cursos, CEAL y en las

actividades curriculares de libre disposición.

Los apoderados participan a través de las Directivas de los Sub centros y Centro General

de Padres.

Ambas organizaciones elegidas democráticamente, teniendo representación, también, en el

Consejo Escolar de la Institución.

En la búsqueda de involucrar, aún más a los apoderados en el proceso de enseñanza

aprendizaje de sus hijos o pupilos se destinan dos horas semanales, para que todos los

profesores atiendan a apoderados convocados o aquellos que vienen libremente a

enterarse de la situación de sus hijos; además se calendariza, mínimo una reunión mensual

de Sub centro por curso.

En el ámbito de la orientación y la convivencia se han realizado talleres para los

apoderados destinados a potenciar el rol parental y de cuidado de sus hijos.

Existen variadas academias extraescolares de participación local interna y externa donde

el estudiante puede participar para fortalecer sus habilidades, competencias y aptitudes, es

decir valorar sus capacidades y dones proyectados en actividades deportivas, sociales,

culturales, medioambientales, etc.

Estas son aspectos considerados como oportunidades para el crecimiento personal y

académico las cuales deben promoverse en el tiempo a fin de acentuarlas en la cultura

organizacional de nuestro liceo y generar transversalidad en los distintos planes de

formación que promueve el MINEDUC.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 19

PRINCIPALES LOGROS Y ACTIVIDADES RELEVANTES

- Incremento de textos de lectura y bibliografía técnica para el CRA.

- Recepción equipamiento para las clases de Educación Física.

- Titular el 90% de los alumnos egresados el año anterior.

- Mejoramientos de los espacios recreativos de los estudiantes, beneficiando la sana convivencia.

- Potenciación de todos los escenarios educativos de todos los sectores de aprendizajes.

- Optimización de las redes de apoyo con las empresas.

- Establecimiento de Convenios con sector Privado y Público.

- Activa participación de los alumnos en actividades Curriculares de Libre Elección, especialmente en el área deportiva, recreativa y cultural.

DEBILIDADES A SUPERAR

- Lograr que el 100% de los profesores mejore sus prácticas pedagógicas.

- Fortalecer la participación de Padres y Apoderados en el proceso educativo.

- Limitación de la infraestructura para recibir más estudiantes

- Falta de profesores especialistas.

- Rotación y emigración de profesionales del área técnica.

- Disminuir la tasa o índice de deserción estudiantil en cada nivel educativo.

PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL 2020

Revisión completa del PEI, iniciar trabajo para actualizar el PEI y su articulación con el

PME (ciclo de 4 años terminado en 2019). Por tanto, tenemos la posibilidad de adecuar el

instrumento de acuerdo a las proyecciones institucionales y los objetivos estratégicos

contemplados para el inicio de una nueva gestión directiva que comienza a partir del año

2020.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 20

III.- MISION

El Liceo Politécnico “Diego Portales Palazuelos” tiene como misión la

formación de un Técnico de Nivel Medio Integral, en la modalidad Técnico

Profesional, a través de nuevas tecnologías de la información y metodologías

interactivas.

En la búsqueda de esta misión el Liceo Politécnico “Diego Portales

Palazuelos” procura proporcionar a sus estudiantes las competencias

necesarias; innovación, responsabilidad, respeto, creatividad, disposición al

trabajo y proactividad, para que obtengan una sólida formación valórica,

social y laboral, que les permita proyectarse exitosamente en el ámbito

ocupacional.

IV.- VISION

El Liceo Politécnico “Diego Portales Palazuelos” de Tocopilla será un centro

educativo que entregará a los jóvenes de la comuna de Tocopilla

especialidades de educación técnico profesional a través de un servicio

educacional de calidad determinada por una sólida formación valórica y de

conocimientos científicos-tecnológicos de avanzada, que permita a los

alumnos al finalizar sus estudios, un desempeño eficiente en un campo

laboral cada vez más competitivo.

La gama de especialidades estará siempre en concordancia con los intereses de

los alumnos y los requerimientos de mano de obra de la comuna y de la

región.

Su servicio educacional también abarcará las necesidades de capacitación de

jóvenes y adultos a través de su accionar como organismo técnico-capacitador

inscritos en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

El Liceo “Diego Portales Palazuelos” desarrollará su compromiso pedagógico

a través de permanentes innovaciones curriculares de sus docentes apoyados

por un trabajo en equipo, de constante análisis, transferencias de experiencias

e implementación de proyectos educativos tendientes a elevar el rendimiento

escolar.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 21

V.- VALORES

El Liceo Politécnico “Diego Portales Palazuelos” de acuerdo a su misión,

fomentará el desarrollo de valores que tiendan a una formación integral de los

alumnos como personas y futuros profesionales, especialmente a los que

apuntan a la responsabilidad, emprendimiento, ética profesional y todos

aquellos que le permitan insertarse de manera positiva y constructiva en el

campo ocupacional de la comuna, de la región y del país.

A través de la formación de estos valores, se pretende incorporar en las

empresas a jóvenes altamente comprometidos, eficientes, competitivos,

emprendedores y con iniciativas propias para insertarse adecuadamente en el

ámbito laboral. Valores que a su vez conllevan a dar a su vida personal una

nueva visión y proyecciones futuras.

VI.- PRINCIPIOS EDUCACIONALES

Nuestro proyecto educativo se basa en los principios que sustenta la reforma

Educacional y en los conceptos modernos de educación, destacando que toda

persona tiene derecho a una educación digna, de calidad y sin discriminación.

Los Principios rectores y orientadores de nuestro liceo son:

1.- Todos los Actores de la Unidad Educativa son Sujetos de Derechos:

El liceo es el espacio integrador de las personas que en él interactúan,

fomentando en ellas la sana convivencia, el respeto, la diversidad y la

pluralidad con el fin de construir una comunidad educativa integral.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 22

2.- La Educación como Pleno Desarrollo de la Persona:

El liceo se compromete a ser un ente integrador, a respetar la diversidad;

abriendo posibilidades u oportunidades sin discriminación con el fin de lograr

aprendizajes significativos y a brindar una convivencia escolar de calidad.

3.- Formación Permanente:

Como Liceo Técnico tiene el compromiso de fomentar en sus estudiantes la

toma de conciencia, en relación al autoaprendizaje o la formación continua,

para un mejor desempeño laboral.

4.- Emprendimiento:

El proyecto educativo de nuestro liceo promueve en los estudiantes actitudes

tendientes a desarrollar el emprendimiento y la iniciativa propia, ambas

competencias necesarias en el competitivo mundo laboral.

5.- Educación Técnico Profesional de Calidad:

El Liceo tiene el deber y compromiso de fomentar el desarrollo de las

competencias necesarias en las distintas especialidades para formar jóvenes

con una preparación técnico profesional de calidad que les permita insertarse

efectivamente a la vida laboral.

6.- Formación Ética y Moral Profesional:

El Liceo debe promover valores que sustenten actitudes acorde a la ética y

moral profesional en forma permanente.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 23

7.- Respeto a la Diversidad e Integración de las Personas:

Promovemos y aceptamos en forma efectiva la diversidad de nuestros alumnos

y la integración de personas con necesidades educativas especiales.

VII.- OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL P.E.I.

1.- Elevar los rendimientos de los alumnos a través de la implementación

constante de proyectos que permitan mejorar las prácticas pedagógicas.

Promoción de clases interactivas con metodologías innovadoras para

lograr aprendizajes significativos en nuestros alumnos.

Implementación de salas ambientadas de acuerdo al sector

correspondiente.

Fortalecer los aprendizajes de estudiantes de primeros y segundos años

en los sectores de Matemática y Lengua y Literatura.

Incentivar el uso de las Tic en las prácticas pedagógicas para promover

el uso de los diferentes espacios educativos que poseen recursos de

informática. (Enlaces, Laboratorio de Computación.).

Promover el intercambio de experiencias Liceo-Empresa con el fin de

elevar y reforzar aprendizajes del área técnico profesional.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 24

2.- Fomentar permanentemente el perfeccionamiento de los profesores

utilizando diferentes instancias que permitan el trabajo de Talleres Colectivos,

Intercambio de Experiencias y Redes de Apoyo.

Capacitar a los docentes en los diferentes sectores de aprendizaje.

Promover instancias de pasantías a empresas para fortalecer y

actualizar los conocimientos de los profesores del área profesional.

Perfeccionamiento y Autoaprendizaje continuo de los docentes

mediante capacitaciones desarrolladas por instituciones de educación

superior, de intercambio de experiencias, de trabajo con los GPT y de

redes de apoyo.

3.- Fomentar y motivar la participación de padres y apoderados para generar

compromisos que permitan elevar el rendimiento de sus hijos/as o pupilos.

Promover la participación de padres y apoderados en las reuniones de

los Subcentros de Padres, Centro General de Padres y Apoderados y

Consejo Escolar.

Destinar horas de atención de apoderados para tratar en forma

personalizada situaciones de rendimiento y conducta de los estudiantes.

Incorporar a los padres y apoderados en diferentes actividades; ya sean

sociales o académicas, para incentivar la participación activa.

4.- Apoyar e incorporar al Centro de Alumnos al Equipo de Gestión en la

búsqueda de estrategias consensuadas que permitan mejorar rendimientos y

fortalecer la identidad con el liceo.

Participación efectiva del centro de Alumnos en las reuniones del Grupo

de Gestión con el fin de validar sus opiniones.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 25

5.- Mantener activo al Consejo Escolar del liceo para objetivo sea la búsqueda

de las mejores estrategias que permitan un funcionamiento armónico,

productivo y democrático de la Unidad Educativa.

Participación efectiva del Consejo Escolar en reuniones mensuales.

6.- Implementar grupos, talleres y academias dentro de las Actividades

Curriculares de Libre Elección para que los estudiantes desarrollen

habilidades y actitudes en los aspectos culturales, deportivos y académicos

para el logro de un desarrollo integral.

Disposición de horas de Libre Elección para realización de talleres.

Oferta variada de talleres y academias.

7.- Fortalecer las redes de apoyo y acercarlas a organismos de la comunidad

y la región para enriquecer el currículum de los estudiantes y que en

definitiva, les permitan acceder a una mejor inserción laboral.

Crear redes de apoyo para el fortalecimiento constante del currículum

de los estudiantes.

8.- Ampliar la cobertura de jóvenes con discapacidades que se integran al

proyecto de Integración del liceo, para cuyos efectos la Unidad Educativa se

encuentra preparada para atender y fomentar el ingreso de los jóvenes al

campo laboral o a continuar estudios superiores.

Funcionamiento del Proyecto de Integración.

Conformación del Equipo Multidisciplinario.

Capacitación permanente a los docentes en metodologías que les

permitan trabajar con estudiantes con necesidades educativas

especiales.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 26

VIII.- OBJETIVO GENERAL

Potenciar, estimulando la convivencia entre los miembros de todos los

estamentos de la Unidad Educativa creando espacios para el dialogo, la

reflexión y el uso de la libertad responsable.

IX.- OBJETIVOS ESPECIFICOS

1.- Definir comportamientos, procedimientos, orientaciones, estímulos de

alumnos, profesores y apoderados.

2.- Proponer un marco regulatorio que permita una sana convivencia social

donde se sustente el quehacer pedagógico del liceo.

3.- Orientar y regular el uso de la libertad de los estudiantes en forma

responsable en una sana interacción de deberes y derechos.

4.- Proponer un marco de principios morales y éticos que sirvan de base para

formar, orientar, corregir, estimular o sancionar el comportamiento de los

estudiantes.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 27

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 28

MANUAL DE FUNCIONES

1.1.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LAS UNIDADES

a) El equipo directivo está conformado por el Director, Subdirector, Jefa

de la Unidad Técnica y Coordinador de Convivencia.

b) El equipo de gestión está conformado por el Director, Subdirector, Jefa

de la Unidad Técnica, Coordinador de Extraescolar, Encargado CRA,

Encargada de Prácticas, Coordinador de Convivencia, Coordinador de

Formación General y Coordinador de Formación Diferenciada.

c) Los apoderados están organizados en Sub-Centros de Padres y

Apoderados y en el Centro General de Padres y Apoderados, el cual

cuenta con representatividad en la directiva comunal de Padres y

Apoderados quienes a su vez poseen personalidad jurídica y su

directiva se renueva cada dos años.

d) Los estudiantes están organizados a través de las directivas de los

cursos para luego conformar el centro de alumnos cuya directiva se

renueva anualmente.

e) El ACLE está conformado por un profesor encargado general, por

profesores de Educación Física y monitores externos.

f) CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar está conformado por el Director del establecimiento,

don Alejandro de la Fuente Cliff; la profesora señora María Isabel Carreño

quien representa al consejo de profesores; la presidenta del Centro de

Alumnos, Javiera Paz Sossa Inostroza; la representante del centro general

de padres y apoderados, (en proceso de conformación); la representante de

los asistentes de educación, señora Margarita Leontina Barraza Salazar y

la representante del sostenedor, señora Rosita Curiqueo Martínez.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 29

g) El Consejo de profesores está conformado por todos los docentes del

establecimiento los que en su mayoría pertenecen al gremio del

colegio de profesores. En lo técnico pedagógico, están organizados

por departamentos del área de formación general y del área técnico

profesional.

1.2.- CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES

DIRECTOR

El Director es el docente directivo, como jefe del establecimiento educacional,

es responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo, de

acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

Son deberes del Director:

- Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la

administración educacional; teniendo siempre presente que la principal

función del establecimiento es educar y prevalece sobre la

administrativa y otras, en cualquier circunstancia y lugar.

- Determinar los objetivos propios del establecimiento, en concordancia

con los requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad local

en que se encuentra.

- Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su

cargo.

- Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su

establecimiento que estime conveniente, debiendo salvaguardar los

niveles básicos de Dirección, Planificación y Ejecución.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 30

- Propiciar un ambiente educativo estimulante y crear condiciones

favorables para la obtención de los objetivos del plantel.

- Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización,

funcionamiento y evaluación del currículum del establecimiento,

procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

- Pedir consejos técnicos y delegar funciones cuando corresponda.

- Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene,

seguridad y disciplina dentro del establecimiento educacional.

- Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades

educacionales competentes.

- Remitir a las autoridades competentes del Ministerio de Educación las

actas, estadísticas y otros documentos que le sean exigibles conforme a

la reglamentación y legislación vigente.

- Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la

supervisión y la inspección del Ministerio de Educación, conforme a las

instrucciones que emanen de la Superioridad.

- Remitir al organismo corporativo municipal pertinente la

documentación que aquel requiera.

- Informar oportunamente a la autoridad corporativa municipal respecto

de las necesidades y problemas surgidos en el establecimiento.

- Promover la realización de actividades culturales, sociales, deportivas,

de bienestar estudiantil y las relacionadas al centro de alumnos, centro

de padres, apoderados y ex alumnos del establecimiento.

- Cumplir con el porcentaje de egreso respectivo, con el convenio de

desempeño Ley 20.501.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 31

EL SUBDIRECTOR

Es el docente directivo responsable inmediato de organizar, coordinar y

supervisar el trabajo armónico y eficiente de los distintos organismos

del establecimiento educacional, asesorando y colaborando directa y

personalmente al Director.

Son deberes del Subdirector:

- Coordinar y supervisar las actividades del establecimiento educacional.

- Llevar los documentos que acreditan la calidad de cooperador de la

función educacional del establecimiento, y aquellos que se requieren

para impetrar la subvención estatal y otros beneficios.

- Asistir a los consejos técnicos de su competencia.

- Subrogar al Director, en la ausencia de éste.

- Velar, conjuntamente con el Director, por el proceso de enseñanza-

aprendizaje del establecimiento para que sea coherente con los

objetivos educacionales vigentes.

- Resguardar las condiciones de disciplina, prevención, higiénicas y de

seguridad del edificio escolar, sus dependencias e instalaciones.

- Mantener actualizado el inventario del establecimiento.

El establecimiento no cuenta con Inspector general; por lo tanto, el

Subdirector asume además las siguientes funciones:

- Supervisar y controlar al personal administrativo y de servicios

menores.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 32

- Controlar las disciplina del alumnado, exigiendo hábitos de puntualidad

y respeto a los superiores.

- Controlar el cumplimiento de clases sistemáticas y horas de colación

de los docentes

- Organizar los libros de control, registro de función docente, documentos

de seguimiento de los alumnos y carpeta del alumno o libro de vida,

siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados.

- Programar y confirmar las labores de los paradocentes.

- Autorizar la salida extraordinaria de alumnos.

- Elaborar los horarios de clases y de colaboración del personal,

conforme a las instrucciones del Director del Establecimiento.

- Supervisar y controlar los turnos, informaciones y presentaciones del

establecimiento.

- Velar por la buena presentación y aseo del local escolar.

- Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudios

elaborados por los Profesores Jefes de Curso.

EL JEFE DE LA UNIDAD TECNICO –PEDAGOGICA

Es el docente del nivel correspondiente, responsable de asesorar al Director en

la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las

actividades curriculares.

Son deberes del Jefe de la Unidad Técnico-Pedagógica:

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 33

- Dirigir la Unidad Técnico–Pedagógica, las actividades correspondientes

al proceso enseñanza-aprendizaje.

- Velar por el rendimiento escolar de los alumnos, procurando el

mejoramiento permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje.

- Propiciar la integración entre los diversos programas de estudios de las

diferentes asignaturas.

- Asesorar al Director en el proceso elaboración del plan de actividades

curriculares del establecimiento educacional.

- Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y

desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de los

planes y programas de estudios.

- Asesorar al Director en la programación, coordinación, supervisión y

evaluación de actividades de colaboración.

- Contribuir al perfeccionamiento del personal docentes del

establecimiento en materias de evaluación y currículum.

- Dirigir los consejos técnicos que le competen y participar en los que le

correspondan.

- Colaborar constantemente con los Docentes de aula a objeto de

optimizar las planificaciones y las prácticas pedagógicas.

- Liderar el equipo de planificación del Establecimiento a objeto de optar

a los fondos concursables de mejoramiento educativo, implementación,

proyectos especiales.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 34

- Planificar, supervisar y evaluar los planes y programas especiales,

acordes a las necesidades y características de la comunidad escolar.

- Participar en las tareas de evaluación que se promueven a nivel

comunal.

- Mantener al día el programa estudiantes de Chile ingresando

periódicamente los antecedentes que este requiere.

- Estudiar y promover estrategias de equipamiento de recursos

metodológicos y medios audiovisuales adecuados a la realidad del

establecimiento.

- Asumir la responsabilidad de revisar y autorizar la documentación

técnica del Establecimiento ya sea la que corresponda al semestre y la

de finalización de año.

COORDINADOR DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Es el docente responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las

actividades de mediación y convivencia escolar y de programas especiales del

establecimiento educacional vinculados con su especialidad.

Son deberes del Coordinador de Convivencia Escolar:

- Planificar, coordinar y realizar efectivamente las actividades de

mediación y convivencia escolar junto con el Subdirector.

- Atender a los apoderados de los alumnos con problemas de conducta en

casos calificados.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 35

- Asesorar específicamente a los Profesores Jefes en su función de guía

del alumno a través de la Jefatura y Consejo de Curso,

proporcionándole material de apoyo a su labor.

- Asesorar técnicamente a profesores de asignaturas, curso y especialidad,

en materias de mediación y convivencia escolar.

- Coordinar y asesorar la programación de las actividades propias de los

programas especiales: drogadicción, alcoholismo, orientación sexual,

convivencia escolar, etc.

- Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en

materias de mediación.

- Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al

proceso de mediación de sus hijos.

- Coordinar las actividades de mediación y convivencia del

establecimiento educacional con las que se realizan en los demás

establecimientos de la comuna.

- Coordinar programas de salud mental de los estudiantes con los

organismos oficiales.

- Cautelar que los documentos de seguimiento de los alumnos estén al día

y bien llevados.

- Presidir y/o asistir a los consejos técnicos y/o administrativos de su

competencia.

- Asistir a los consejos escolares.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 36

- Asistir a las reuniones de Subcentro de padres cuando sea requerida su

presencia.

- Organizar y ejecutar los programas de asistencialidad del

establecimiento.

- Evaluar las actividades de atención de apoderados realizada por los

docentes.

DE LOS DOCENTES DE AULA

DOCENTE

Es el profesor cuya principal función es impartir enseñanza y efectuar

actividades de colaboración, pudiendo, además, en forma excepcional, cumplir

funciones de dirección, supervisión y orientación.

Los deberes y obligaciones del Docente de Aula son los siguientes:

- Educar a los alumnos y enseñar su especialidad.

- Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades

docentes de su especialidad.

- Fomentar en el alumnado valores, hábitos y actitudes, y desarrollar la

disciplina de los estudiantes, especialmente a través del ejemplo

personal.

- Integrar los contenidos de su asignatura con los de otras disciplinas.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 37

- Desarrollar las actividades de colaboración para la que fue designado

por la autoridad superior.

- Cumplir el horario de clases para el cual se le ha contratado.

- Acatar y hacer cumplir las disposiciones de índole técnico -pedagógicas

impartidas por el Ministerio de Educación y transmitidas por la

Dirección del establecimiento.

- Contribuir al correcto funcionamiento del establecimiento educacional.

- Asistir a los actos educativos, culturales y cívicos que la Dirección del

establecimiento determine.

- Cuidar los bienes generales del establecimiento, conservación del

edificio y responsabilizarse de aquellos que se le confíen a su cargo por

inventario. Mantener al día los documentos relacionados con su función

y entregar en forma precisa y oportuna la información que la Dirección

solicite.

- Mantener comunicación permanente con los padres y/o apoderados de

sus estudiantes, proporcionándoles información sobre el desarrollo del

proceso enseñanza-aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos.

- Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas

de estudio en el desempeño de su labor docente.

- Participar en los consejos técnicos que le competen.

- Cumplir eficazmente con el horario de atención de apoderados.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 38

- Planificar, ejecutar y evaluar actividades a desarrollar con los

apoderados en beneficio del rendimiento de los alumnos y de la

convivencia escolar.

EL PROFESOR JEFE DE CURSO

Es el docente que, en cumplimiento de su función, es responsable de la

marcha pedagógica y de orientación de su curso.

Son deberes del Profesor jefe de su Curso:

- Planificar, junto con el Equipo psicosocial y/o Jefe de la Unidad

Técnico- Pedagógica, las actividades educativas del curso.

- Ejecutar, supervisar y evaluar personalmente, y/o junto con los

profesores de asignatura del curso, el proceso de orientación

educacional, vocacional y profesional de los educandos.

- Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del Consejo

de Curso.

- Velar, junto con el Jefe de la Unidad Técnico -Pedagógica, por la

calidad del proceso enseñanza-aprendizaje en el ámbito de su curso.

- Mantener al día los documentos relacionados con la identificación,

evaluación y promoción de cada alumno y de la marcha pedagógica del

curso.

- Mantener comunicación permanente con los padres y/o apoderados de

sus estudiantes, proporcionándoles información sobre el desarrollo del

proceso enseñanza-aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 39

- Asistir y/o presidir los consejos técnicos que le correspondan.

ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN

Es aquel funcionario que tiene la responsabilidad de apoyar supletoria o

complementariamente el proceso enseñanza-aprendizaje del establecimiento.

Son deberes del Asistente de Educación:

- Apoyar la labor del Inspector General.

- Vigilar el comportamiento de los alumnos del liceo, orientándolos en su

conducta y actitud, de acuerdo a las normas existentes en el

establecimiento.

- Responder por el material que se le entregue bajo su responsabilidad.

- Atender las labores y responsabilidades que genere el Centro de

recursos para el Aprendizaje.

- Apoyar la atención de los alumnos cuando la necesidad del liceo así lo

exija, bajo la supervisión de un docente.

- Cumplir con las labores administrativas encomendadas por la

Inspectoría General.

- Controlar atrasos, inasistencias, justificativos y certificados médicos

presentados por los alumnos.

- Colaborar en las actividades extraescolares que le confíen.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 40

DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AUXILIAR DE SERVICIOS

MENORES

PERSONAL ADMINISTRATIVO:

- Organizar y difundir documentación oficial del establecimiento,

requiriendo de los docentes los antecedentes necesarios.

- Cautelar la conservación, mantención y resguardo del edificio escolar,

mobiliario y material didáctico.

- Llevar al día un acabado registro de todo el personal del

establecimiento.

- Clasificar y archivar los documentos oficiales del establecimiento.

- Participar en la programación presupuestaria conforme a las

necesidades de conservación, implementación y mejoramiento del

establecimiento, de acuerdo a las instrucciones específicas que le

impartan.

- Llevar al día los libros oficiales de contabilidad y libros auxiliares

necesarios.

- Cumplir con las tareas inherentes a las funciones que corresponden a

secretaría del establecimiento.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 41

AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES:

Es aquel funcionario responsable directo de la vigilancia, cuidado y atención

de la mantención de los muebles, enseres e instalaciones del local escolar, y

demás funciones subalternas de índole similar.

Son deberes del Auxiliar de Servicios Menores:

- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.

- Desempeñar funciones de portería del establecimiento.

- Retirar, repartir y franquear mensaje, correspondencia y otros.

- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le

encomienden.

- Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y

maquinaria que se le hubiera entregado a su cargo.

- Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del

establecimiento.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 43

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES:

Art. 1.- Las disposiciones del presente Manual, se aplicarán al alumnado,

padres y apoderados del Liceo Politécnico ‘Diego Portales P.’ de Tocopilla

(LPDPP). La revisión y actualización del presente documento se realizará

cada dos años, en forma consensuada con la participación activa de los

diferentes estamentos del Colegio.

TÍTULO II.- DE LA MATRÍCULA

Art. 2.- Para el alumno y su padre y/o apoderado, la matrícula significa la

aceptación de las disposiciones reglamentarias vigentes y de las normas del

Manual de Convivencia Escolar del Establecimiento. En consecuencia, el

apoderado deberá exigir un ejemplar del presente documento en el momento

de matrícula o en su defecto, en la primera reunión de apoderados del año

escolar en curso, instancia en que será conocido y analizado en conjunto con

el profesor jefe del curso.

Se publicará el presente documento en paneles o vitrinas informativas, como

asimismo se mantendrá un ejemplar en biblioteca, en cada oficina de los

directivos, inspectoría y en cada sala de clases.

Art. 3.- Para efectuar la matrícula, el apoderado deberá entregar los siguientes

documentos:

- Certificado de Nacimiento

- Certificado de Estudios del año anterior, del curso aprobado por el

alumno.

Art. 4.- Se deberá registrar un apoderado suplente, debidamente autorizado

por el titular, identificándose en el momento de la entrevista.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 44

TÍTULO III.- DE LOS HORARIOS

Art. 5.- La jornada de clases se iniciará a las 8:00 horas, terminando como

máximo, a las 13:00 horas por la mañana. Comenzando a las 15:00 y

terminando, como máximo a las 18:10, por la tarde. Durante la mañana

existen dos recreos, uno de 20 minutos (colación) a las 09:30 y otro de 10

minutos a las 11:20 horas. Por la tarde, existe un recreo de 10 minutos a

las 16:30

TÍTULO IV.- DE LA ASISTENCIA

Art. 6.- La asistencia a clases se regirá por lo decretado en el Reglamento de

Evaluación y Promoción escolar del Establecimiento (85%).

Art. 7.- El alumno estará obligado a asistir a todas las actividades planificadas

por el Establecimiento y que signifiquen dar cumplimiento a las disposiciones

técnico-pedagógicas, como Actos Cívico-Patrióticos, Salidas a Terreno y

Actividades extra programáticas.

TÍTULO V.- DE LAS INASISTENCIAS

Art. 8.- Toda inasistencia a clases o actividades contempladas en el título

anterior, deberá ser justificada por el padre, madre o apoderado en forma

personal, no excediendo las 24 horas.

El alumno(a) que no asistió a la jornada de clases, no podrá participar en las

actividades extra escolares de ese día.

Art. 9.- La asistencia de los alumnos(as) a prácticas profesionales, cambio de

escenario educativo (salidas a terreno) es obligatoria y se justificará con

certificado médico o el apoderado.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 45

Art. 10.- Las inasistencias por enfermedad prolongadas, deberán ser

acreditadas por certificado médico con el objeto de evitar transgredir el

porcentaje autorizado de inasistencia (15%).

Art. 11.- Los alumnos no podrán hacer abandono del Establecimiento

Educacional, salvo a solicitud expresa y personal del padre y / o apoderado,

debidamente justificado, siempre y cuando no existan evaluaciones

previamente calendarizadas o pendientes.

Art. 12- Ante actividades extraordinarias y/o ausencia del profesor, y sólo

cuando la autorización emane de la Dirección, se podrá autorizar la salida de

alumnos antes del horario de término y previa comunicación escrita al

apoderado.

TÍTULO VI.- DE LOS ATRASOS

Art. 14.- Serán considerados atrasos el ingreso a clases del alumno después del

inicio de la jornada, después de terminado los recreos y en cambios de hora.

Los atrasos al inicio de la jornada serán controlados por inspectoría. Los

atrasos después de recreo o cambio de hora serán controlados por el profesor,

lo que quedará registrado en su hoja de vida.

El atraso deberá ser justificado, personalmente, por el apoderado, quien deberá

firmar la cartola personal de su pupilo, a partir del tercer atraso.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 46

TITULO VII.- DE LAS TAREAS Y TRABAJOS

Para conseguir un óptimo rendimiento, el alumno(a) debe cumplir con sus

tareas y deberes escolares, tales como:

Art.15.- Cumplir estrictamente con todas las obligaciones, tanto escolares

como Extraescolares.

Art. 16.- Realizar y presentar todo trabajo con la máxima calidad que le sea

posible en la oportunidad que los profesores le indiquen.

Art. 17.- La no entrega oportuna de trabajos significará atenerse a una escala

de evaluación diferente, al igual que la inasistencia a pruebas calendarizadas

sin Certificado Médico y/o justificación del apoderado.

Art. 18.- Presentarse con todos los útiles necesarios para trabajar en sus tareas

escolares diarias, pudiendo el profesor requerir estos mismos, en cualquier

momento para calificarlo.

Art. 19.- En caso de inasistencia a cualquier asignatura, el alumno(a), está

obligado a actualizar sus deberes y presentarlos en las fechas establecidas

(materias, controles, tareas, etc.).

Art. 20.- En caso de inasistencia a alguna evaluación, deberá justificarse por

el apoderado, además de asistir a inspectoría y rendida en fecha posterior, de

acuerdo con el profesor de la asignatura. El alumno(a) tendrá plazo de una

semana para rendirla. El no cumplimiento de esta norma significará que el

alumno(a) acepta la Calificación Mínima

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 47

EN LA SALA DE CLASES

El alumno participará en clases, expresando, con respeto sus ideas y

escuchando a los demás de la misma forma.

El profesor debe responder con respeto todas las consultas y dudas que el

alumno realice

El profesor dará a conocer las normas de convivencia en su sala de clases y

las reforzara las veces que sea necesario.

El alumno deberá de abstenerse de salir de la sala de clases durante el tiempo

escolar, pues perjudica el normal desarrollo de la misma y la de otras clases en

la escuela.

En caso de existir absoluta necesidad de salir de la sala de clases, el docente

entregará una autorización, la que deberá ser devuelta apenas haya regresado

al aula.

TÍTULO VIII.- DE LA DISCIPLINA

Art. 21.- Los alumnos deberán expresarse con un lenguaje correcto, tener

modales corteses con sus pares y con todos los funcionarios del

Establecimiento. Cualquier insolencia en la palabra, gesto o acción, los hará

acreedores a sanciones que irán desde la amonestación oral o escrita hasta la

sanción según sea la gravedad de la falta cometida.

Art. 22.- Respetarán útiles y vestuarios de sus compañeros y mobiliarios del

LPDPP, debiendo reparar todo deterioro causado en perjuicio de compañeros

y del propio Establecimiento.

En caso de deterioros, pérdida, sustracción de materiales de Biblioteca, se

aplicará el procedimiento establecido para las faltas gravísimas.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 48

Art. 23- El LPDPP procurará, a través de todos los recursos educativos a su

alcance, que los alumnos conozcan las normas de convivencia, a las que deben

dar cumplimiento.

Art. 24.- El alumno deberá permanecer en su sala de clases, durante las

actividades pedagógicas y en los cambios de hora cuando proceda. El alumno

deberá desalojar la sala en los recreos y en las horas de colación y durante los

ensayos de evacuación.

Art. 25.- Queda prohibido para los alumnos(as) beber, fumar, portar,

compartir, consumir, ingerir y traficar bebidas alcohólicas y/o drogas dentro

del Establecimiento o en sus inmediaciones con o sin uniforme escolar.

Se hace extensivo el contenido de este artículo a aquellos alumnos que

participen en alguna actividad que represente o involucre a nuestra institución.

Art. 26.- El uso de celulares y artículos electrónicos como: alisadores de pelo,

cámaras digitales, reproductores MP3, MP4, juegos portátiles, y otros

similares, está determinado por el profesor durante las horas de clases. Padres

y apoderados serán responsables de la pérdida de éstos así como de joyas,

dinero y otras cosas ajenas a la vida escolar.

El LPDPP se reserva el derecho de formular la denuncia correspondiente a los

organismos pertinentes.

Art. 27- No deben masticar chicles, comer o beber durante las horas de clases.

Art. 28.- El alumno(a) deberá velar por su higiene y correcta presentación

personal, de acuerdo al perfil del alumno del LPDPP, además de cuidar y

mantener el aseo de su sala y de todas las dependencias del Establecimiento,

Así, como también, no rayar murallas o cualquier acción que implique el

deterioro de la infraestructura.

Art. 29.- No se aceptarán las manifestaciones físicas en las relaciones de

pololeo y similares, dentro y fuera del Establecimiento, en actividades

escolares y extra escolares que lo identifiquen como alumno.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 49

Art. 30.- Se prohíben los juegos bruscos y carreras exageradas y todos

aquellos actos que atenten contra la integridad física propia, de sus

compañeros, y otros integrantes de la comunidad escolar.

Art. 31.- El alumno(a) está obligado a rendir todas las evaluaciones

previamente calendarizadas. Asimismo, no podrá negarse a exponer o disertar

evaluaciones orales.

Art. 32.- Los alumnos mantendrán, dentro y fuera del Colegio, una actitud de

respeto y una conducta acorde con los valores que promueve el LPDPP,

evitando todo tipo de descalificaciones hacia toda la comunidad escolar y

social.

TÍTULO IX.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

Art. 33.- Con el objeto de velar por la correcta presentación personal de los

alumnos, éstos deberán observar y cumplir con los requisitos del uniforme

escolar, a saber: Calzado negros, pantalón plomo, polera pique y chaleco azul

con la insignia del establecimiento, en los varones. Calzado negro, medias

azules (blanca en las ocasiones especiales), falda tableada tipo escocesa verde

y azul, polera pique y chaleco azul con la insignia del establecimiento, en las

damas.

Art. 34.- En periodos de invierno la alumna podrá asistir a clases con pantalón

de tela azul marino desde el 01 de junio hasta el 30 de septiembre.

Art. 35.- Para la clase de educación física

Varones:

- Zapatilla deportiva

- Short azul con insignia del establecimiento

- Polera blanca con hombros azules de educación física.

Damas:

- Zapatillas deportivas

- Short azul, calzas cortas o largas azules con la insignia del

establecimiento.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 50

- Polera blanca con hombros azules de educación física.

Buzo:

El buzo no es uniforme obligatorio del establecimiento, se puede ocupar los

días que corresponda la clase de educación física o en una actividad

programada por cualquier profesor de aula, con previo aviso a UTP y

Subdirección. El buzo debe ser ocupado completo o con el polerón tipo

canguro del establecimiento, puede ser ocupado con la polera de pique o con

la polera de educación física. De no contar con el buzo el alumno deberá traer

su uniforme de educación física en un bolso y cambiarse antes de iniciar la

clase de educación física.

Art. 36.-Los alumnos de la especialidad de Electricidad deberán usar en las

clases de taller tenida gris claro, chaleco azul eléctrico, bototos y casco. Los

alumnos de primero y segundo deberán usar cotona blanca para las clases de

taller de especialidad.

Art. 37.-Los alumnos de la especialidad de Mecánica Industrial deberán

usar para los talleres un overol azul, casco y bototos. Y para la llegada al

taller jeans azul y polera de la especialidad.

Art. 38.-Los alumnos de la especialidad de Administración tendrán un traje

formal las damas y terno los varones, el cual será consensuado entre el

profesor jefe, los estudiantes y el profesor de la especialidad.

Art. 39.-Las alumnas de Atención de Párvulos usarán para su taller el

uniforme oficial de la especialidad traje verde en terceros y cuartos, mientras

que en primero y segundo usarán delantal verde.

Art. 40.-Los alumnos de la especialidad de Metalurgia Extractiva usarán en

el taller y laboratorio la tenida gris oscura, chaleco geólogo rojo, polera de

especialidad casco y bototos.

Art. 41.- El corte de pelo para los varones deberá ser “corte tradicional” y para

las damas, el cabello deberá estar bien peinado o tomado. En ambos casos,

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 51

deberán asistir al Establecimiento desprovistos de maquillaje, joyas u otros

accesorios no acordes al uniforme escolar.

No se aceptan tinturados totales o parciales de cabellos (coloración roja,

amarilla, verde, morado, azul, etc.), ni accesorios. Los varones deben

presentarse con rostro afeitado.

TÍTULO X.- DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS:

Art. 42.- Todos los alumnos de nuestro Establecimiento tendrán derecho a:

1. Ser considerados y tratados como personas en igualdad de

condiciones, no importando su raza, género, condición socio-

económica, religión ni posición política, recibiendo un trato respetuoso

de sus pares, profesores, directivos, apoderados y demás funcionarios de

la comunidad educativa, evitando el maltrato verbal, físico y/o

psicológico.

2. Conocer las disposiciones y normativas internas contenidas en el

Manual de Convivencia Escolar del LPDPP, el cual será analizado por

los alumnos para su conocimiento, en el primer día de clases con su

profesor jefe.

Además, existirán otras instancias de reflexión de algunos artículos de

este Manual, durante consejos de curso, actos internos, actividades extra

programáticas, convivencias, paseos, etc. que se realizarán durante el

año para reforzar la importancia de éstos en la convivencia escolar y,

por ende, en el logro de los aprendizajes.

3. Ser respetados en sus ritmos de aprendizaje y considerado

individualmente en sus diferentes habilidades y destrezas con el fin de

que puedan potenciarlas de acuerdo a sus capacidades.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 52

En el caso de los alumnos con necesidades educativas específicas

(NEE), previa visación de un profesional competente, deberá

presentarse el certificado durante el primer mes de actividades

académicas, o a los 15 días de detectada la dificultad de aprendizaje.

No obstante, el LPDPP, velará por el cumplimiento de esta normativa

hasta 2º año medio, momento en el que un equipo multidisciplinario

evaluará la situación escolar del alumno para la prosecución de la

enseñanza Técnico Profesional.

4. Ser respondidas adecuada y correctamente sus preguntas y dudas.

5. Exigir el cumplimiento cabal de sus horarios de clases.

6. Participar o no en las actividades extraescolares, sin perjuicio de su

rendimiento y obligaciones escolares. Una vez inscrito, su participación

y evaluación son de carácter obligatorias.

7. Usar, en horarios establecidos, Biblioteca, laboratorios y otras

dependencias que contribuyan a su mejor formación académica.

8. Revisar sus pruebas una vez corregidas, conocer la escala de

calificaciones y notas obtenidas dentro de los plazos estipulados en el

Reglamento de Evaluación.

9. Ser informado oportunamente, de las observaciones positivas o

negativas que se registren en su hoja de vida.

10. Ser atendido cuando lo requiera por profesores y profesionales de

apoyo con los que cuenta el LPDPP, en los espacios y horarios

establecidos para ello.

11. Ser educado para lograr autonomía, con capacidad para la toma de

decisiones.

12. Potenciar sus habilidades sociales que facilitan su convivencia

interpersonal.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 53

13. Conocer e internalizar el Manual de Convivencia Escolar

14. Exponer su opinión, puntos de vista y refutar sin perder el marco del

respeto mutuo.

15. Ser llamado por su nombre.

16. Hacer buen uso de sus recreos y colación

17. Tener acceso a dialogar con las autoridades del Colegio.

18. Organizarse, elegir y ser elegido de acuerdo a los reglamentos

oficiales vigentes.

19. Apelar cuando se le ha dado un trato injusto, respetando el conducto

regular, establecido por el colegio.

20. Trabajar en un ambiente ordenado, sano, limpio, cordial y

profesional.

21. Ser auxiliado y además derivado a atención primaria de salud

cuando corresponda, informando en forma inmediata a los padres y/o

apoderados.

22. Conocer y dominar las disposiciones de prevención y seguridad

escolar.

23. Participar en talleres de prevención de consumo de drogas,

sexualidad responsable, y otros que ayuden a la formación integral del

alumno. Los monitores de dichos talleres deberán cumplir con el perfil

establecido por orientación, y tener una conducta acorde.

24. Continuar sus estudios, según su estado de salud lo permita, en

casos de alumnas embarazadas y de alumnos en tratamiento de

drogadicción.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 54

25.- Participar en la elección democrática de los miembros del Centro

de Alumnos (CEAL) y ser representados por ellos ante las autoridades

del LPDPP, en el Consejo Escolar, y en otras instancias educativas o de

la comunidad en general.

TITULO XI.- PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCION DE

CONFLICTOS

- Todos los actores del proceso educativo, es decir: directores, orientador,

profesorado, asistentes de la educación, alumnados padres y

apoderados, tienen la responsabilidad en el tipo de convivencia que

exista en el establecimiento, por lo tanto cualquiera de ellos puede ser

mediador o arbitro para la resolución de un conflicto. Para resolver un

conflicto la comunidad educativa del LPDPP puede usar cualquiera de

las siguientes estrategias:

- NEGOCIACION: para llegar a un acuerdo resuelto por los pares. Si esta

instancia no resuelve el conflicto se usará

- MEDIACIÓN ENTRE PARES: Los involucrados en el conflicto

buscaran un mediador válido, supervisado por el departamento de

Orientación.

- Por último se usará el ARBITRAJE PEDAGÓGICO, es decir la

aplicación justa de las normas.

TÍTULO XII.- DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Art. 43.- Los alumnos evitarán incurrir en faltas o actitudes de indisciplina

tales como:

FALTAS MENOS GRAVES

Atrasos

Inasistencia sin certificado médico

Comer, beber o masticar chicles durante horas de clases

No vestir adecuadamente el uniforme reglamentario.

No expresarse con un lenguaje correcto con sus pares.

Correr en los pasillos y escaleras.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 55

Manifestación física de cariño en relaciones de pololeo o similares,

dentro y fuera del colegio, con o sin uniforme, mientras esté

participando en actividades escolares

No participar en actividades extra programáticas, estando debidamente

comunicadas y aceptadas por el alumno, sin justificación.

Portar encendedores, fósforos, cigarrillos, tabaco

Comercializar productos de cualquier tipo, sean alimenticios, escolares,

lúdicos entre alumnos(as) y otros integrantes de la comunidad escolar.

FALTAS GRAVES

Reiteración de las faltas menos graves

Atrasos

Abandonar el aula sin autorización

No cumplir con los materiales solicitados por los profesores.

Uso de aparatos electrónicos y/o conducta inapropiada que interrumpen

el trabajo pedagógico

Interceptar comunicaciones escritas desde o hacia el colegio y el hogar.

Acumulación de observaciones negativas en su hoja de vida

Copiar en pruebas

Presentar trabajo copiado de otro alumno, como propio (plagio)

Negarse a rendir evaluaciones, sean orales o escritas, previamente

calendarizadas.

Consumir tabaco al interior del Establecimiento

Falsificar comunicaciones escritas o telefónicas desde o hacia el

Establecimiento.

Porte y/o uso de material pornográfico

Participar en o propiciar acciones de acoso u hostigamiento escolar

(Bullying).

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 56

FALTAS GRAVÍSIMAS

Reiteración de las faltas graves

Abandonar el Establecimiento sin autorización.

Portar alcohol y/o drogas

Agredir verbalmente a cualquier integrante de la comunidad

Realizar actos y/o gestos reñidos con la moral y las buenas costumbres.

Instalar software no autorizados y/o borrar o modificar software del

LPDPP

Participar en o propiciar acciones de acoso u hostigamiento escolar

(Bullying).

Destruir o deteriorar, intencionadamente, bienes o materiales del

Establecimiento

Sustraer bienes del Establecimiento y/o de personas

Venta de alcohol o drogas (microtráfico)

Consumir drogas o alcohol al interior del Establecimiento o en sus

inmediaciones y en toda actividad que involucre al LPDPP

Porte de cualquier tipo de armas

Conductas amenazantes a miembros de la comunidad educativa.

Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Intervenir sistemas electrónicos privados del LPDPP o de la red.

Adulterar, falsificar y/o sustraer documentos.

Descalificar a miembros de la comunidad educativa, por Internet u otros

medios, provocando daño moral al ridiculizar, discriminar y

desprestigiar su imagen pública.

Acoso, abuso sexual y/o incitación a la perversión sexual.

Denuncias comprobadas de participación en actos de pillaje y

vandalismo en forma individual o por asociación.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 57

PROCEDIMIENTOS EN SEGUIMIENTO DE CONDUCTA DE

ALUMNOS

Siendo el apoderado responsable directo del actuar de su pupilo; quien

debe velar por una sana convivencia escolar es el profesor de aula,

quién escuchará los puntos de vistas del o de los alumnos involucrados

en una situación conductual, luego deberá informar oportunamente al

profesor jefe y al apoderado de la conducta inadecuada y/o reiterada,

dejando previa constancia de ella en la hoja de vida del alumno como lo

estipula el Manual.

El profesor jefe es responsable de tomar todas las medidas necesarias

para corregir actitudes inadecuadas de sus alumnos; además deberá

mantener un diálogo fluido con los profesores de los subsectores que

imparten clases en su curso. Lo mismo sucederá con sus apoderados en

las entrevistas propuestas para estos efectos.

Si esto no produjera los resultados deseados, deberá inmediatamente

informar de la situación al Subdirector, quién derivará el caso al

Orientador

El Profesor jefe, tiene además, la facultad de solicitar un Consejo de

Profesores de su curso en particular, con la presencia del Orientador y

subdirector u otro Directivo que se estime necesario para analizar el o

los casos específicos y buscar las remédiales correspondientes.

El Orientador continuará el seguimiento respectivo con la ayuda

permanente del profesor jefe y el apoderado del alumno en cuestión. Se

brindará, primeramente apoyo de orientación y psicológico, de haber

un profesional disponible o derivándose a un especialista competente,

siendo éste un compromiso del apoderado para revertir la conducta.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 58

El Subdirector mantendrá un seguimiento del alumno con el apoyo de

su Profesor jefe, Apoderado y Orientador. Sin embargo, si a pesar de

todos estos esfuerzos, el alumno persistiera en su problema conductual,

se procederá a la suspensión de días de clases que correspondan. Los

profesores se reunirán para analizar los casos de disciplina, decidiendo

la condicionalidad o caducidad de matrícula (en consejo de profesores

regular al término de cada semestre, o consejo extraordinario si fuese

necesario). Será deber del profesor jefe informar la decisión de dichos

consejos a los apoderados involucrados.

Cuando pese a todos los esfuerzos realizados en estas previas etapas no

se obtuvieran resultados positivos, se procederá a la no renovación de

matrícula, según lo estipula el propio Manual, no debiendo constituir

sorpresa para ninguna de las partes involucradas, si se trabajó

adecuadamente.

El Consejo Escolar analizará y sancionará conductas sólo en el caso de

que sean gravísimas y fortuitas y/ o que no estén contempladas dentro

del presente Manual.

En caso de conflicto entre pares, el alumno tendrá derecho a elegir un

mediador válido en caso de sentirse incapacitado para resolver

satisfactoriamente el conflicto, supervisado por el Departamento de

Orientación.

1.- En el caso específico de alumnas embarazadas, éstas podrán proseguir sus

estudios normalmente antes y después del período pre y post natal,

otorgándoseles las facilidades necesarias en cuanto a asistencia y

evaluaciones, previa entrevista de la alumna y su apoderado con la Dirección

del LPDPP.

Se otorgarán las facilidades necesarias para las salidas a control médico de la

alumna y, posteriormente de su bebé como también para que la alumna lo

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 59

amamante, especialmente en los primeros meses de vida en que el lactante

requiere de alimentación de libre demanda.

2.-En el caso de alumnos o alumnas en situación de riesgo social, se procederá

como sigue:

2.1. Cuando un alumno o apoderado necesita ayuda por consumo de

alcohol o droga del alumno, el Orientador evaluará la situación y

decidirá los pasos a seguir, de acuerdo al grado de consumo y factores

de riesgo:

a) Se informará al Profesor jefe, quien colaborará en el

seguimiento del estudiante.

b) Se entrevistará al apoderado periódicamente, exigiendo cambio

de apoderado si la situación lo amerita.

c) Se solicitará el apoyo del Subdirector.

d) Si la situación lo amerita, se derivará al alumno a un psiquiatra

o se solicitará la intervención de SENDA PREVIENE, previa

autorización del apoderado, quien costeará los gastos, para su

rehabilitación

2.2. Si un alumno es sorprendido consumiendo alcohol o drogas al

interior del Establecimiento, o en cualquier actividad que involucre a

éste, los procedimientos a seguir son:

a) El alumno será llevado al Subdirector, previa observación

escrita en su hoja de vida, quien citará a su apoderado para

informarle la situación puntual y su condicionalidad o caducidad

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 60

de matrícula automática, dependiendo de la decisión del Consejo

de Profesores.

b) Se informará del hecho al Profesor jefe, quien colaborará en el

seguimiento del estudiante.

c) El Subdirector y Orientador (a) entrevistarán al alumno con su

apoderado, en presencia del Profesor jefe.

d) Se derivará al alumno al Orientador para su respectiva

evaluación.

2.3. Si el alumno es sorprendido traficando alcohol o droga al interior

y/o en las inmediaciones del Establecimiento, o en cualquier actividad

que involucre a éste, se procederá así:

a) El alumno será enviado al Subdirector, previo registro del

hecho en la hoja de vida del alumno y la información respectiva

al Profesor jefe. Allí, se citará al apoderado para informarle de la

conducta gravísima en el que su pupilo ha incurrido, lo que

amerita caducidad de matrícula inmediata.

b) Se informará de la medida adoptada a la Dirección del LPDPP,

quien a su vez, informará de ello a la DAEM, Provincial y

Secretaría de Educación y se hará la denuncia respectiva a la

institución policial correspondiente.

3. Si el alumno es sorprendido participando en actos de pillaje, vandalismo,

sectas satánicas, pandillas y/o promoviendo material relativo a lo anterior se

procederá así:

a) Se entrevistará al alumno, en presencia del Subdirector y profesor

jefe, previo registro del hecho en su hoja de vida.

b) Se citará al apoderado para informarle de la conducta de su pupilo

que amerita la matrícula condicional y del seguimiento de orientación,

con apoyo permanente del Profesor jefe.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 61

c) Se derivará a evaluación psicológica cuando sea necesario.

d) El apoderado deberá responsabilizarse de los daños y perjuicios

ocasionados por esa conducta, ante la dirección del LPDPP,

enmendando o reponiendo lo dañado en un plazo a acordar mutuamente.

e) La dirección del LPDPP se reserva el derecho de hacer la denuncia

correspondiente ante la institución policial competente.

4. .Si el alumno es sorprendido haciendo uso indebido del computador en

perjuicio de alumnos, funcionarios, u otras personas, a través de blogs,

fotologs, posteos, chats u otros, portando o elaborando material pornográfico,

armas u objetos corto-punzantes, se procederá así:

a) Se derivará el alumno al Subdirector, para su entrevista e

investigación pertinente, previo registro del hecho en su hoja de

vida y se informará de la situación al profesor jefe.

b) Se citará al apoderado para comunicarle el hecho puntual que

su pupilo cometió y de la condicionalidad de matrícula

correspondiente, con riesgo de no renovación de acuerdo a sus

antecedentes.

c) Seguimiento de Orientación y Subdirector con el apoyo

permanente del Profesor jefe.

d) La Dirección del LPDPP se reserva el derecho de hacer la

denuncia correspondiente ante la institución policial competente,

de acuerdo a la ley vigente.

5. En caso de detectarse que el alumno(a) es víctima de violencia intrafamiliar,

y/o de abuso sexual, se procederá de la siguiente manera:

a) Se informa del hecho al Director, Profesor Jefe y Orientador

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 62

b) El Orientador (a) y Director, entrevistarán al alumno (a) para conocer

los antecedentes del caso.

c) El Orientador (a) y Director entrevistarán al apoderado del alumno

(a), para conocer la situación.

d) Una vez conocido los antecedentes, se establece el procedimiento

más adecuado a seguir,

La denuncia la hace el Jefe del Establecimiento a la DAEM

Oficina de protección de derechos de la Infancia (OPD)

Hospital para constatar lesiones y posterior denuncia

Servicio Nacional del Menor (SENAME).

Fiscalía.

Dirección Provincial de Educación.

e) Se informará al apoderado de las medidas tomadas y procedimiento a

seguir.

f) El Departamento de Orientación, deberá realizar seguimiento

permanente al alumno y a su familia.

SANCIONES

En faltas menores, se procederá a amonestar en forma verbal y una

entrevista personal con el funcionario que lo sorprendió en la falta.

En las faltas menos graves, se amonestará por escrito, en su hoja de

vida, de acuerdo a la clasificación que establece el grado de la falta.

En las faltas graves, amonestación escrita, citación de apoderado,

suspensión de clases, si procede, condicionalidad de matrícula. Debe,

sin perjuicio de solicitar al apoderado la atención de un profesional en

forma particular bajo la responsabilidad del mismo. En caso de

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 63

reiteración de la falta o persistencia de mala conducta, estando con

condicionalidad de matrícula, procede inmediatamente el aviso de no

renovación para el año siguiente, previa ratificación del Consejo de

Profesores.

En las faltas gravísimas, se procederá con una amonestación escrita,

citación de apoderado, informándole la no renovación de matrícula para

el año siguiente o cancelación de matrícula inmediata y definitiva,

previa comunicación al Consejo de Profesores.

NOTAS:

La condicionalidad de matrícula se da sólo una vez, significando que es

la única oportunidad del alumno, para que su apoderado y Profesor jefe

lo ayuden a revertir las conductas inadecuadas o cuestionadas, teniendo

como plazo máximo un año lectivo, es decir de marzo a diciembre, aun

cuando la última revisión de hojas de vida se hace en noviembre.

Si la conducta errada se da en este último período, noviembre a

diciembre, la condicionalidad permanecería para el año siguiente. Por

otra parte, si la conducta es gravísima, se aplicaría la no renovación de

matrícula inmediatamente.

Los alumnos que tengan condicionalidad de matrícula por disciplina,

estarán impedidos de participar como candidatos en el Centro de

Alumnos y de representar al LPDPP en actividades extraescolares y de

salir en giras o a terrenos.

En el caso de los alumnos de cuartos medios, no deberán llegar a una

situación de condicionalidad de matrícula, en ningún momento del año,

porque les significa, automáticamente, no participar en las ceremonias

de licenciatura y otras actividades propias de ese nivel, como son las

giras de estudio, por ejemplo.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 64

En el caso de riñas, hurtos u otros hechos que impliquen delitos o

ilícitos, el LPDPP está obligado a efectuar la denuncia policial

correspondiente.

Cualquier situación no contemplada en las faltas y sanciones que alteren la

sana convivencia y el normal funcionamiento del LPDPP, serán resueltas por

el Equipo Directivo y/o Consejo Escolar quienes evaluarán y sancionarán el

hecho, previa consulta al Consejo de Profesores.

TITULO XIII DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION

El Director del Colegio velará por la correcta presentación del personal

docente, paradocente y administrativo, a fin de poder exigir a los alumnos, con

plena autoridad, el cumplimiento de las normas que rigen para ellos.

Todo profesor que labora en el Establecimiento debe tener presente:

- Una dedicación absoluta a los alumnos, aceptarlos y respetarlos en su

diversidad.

- Establecer y asumir las diferencias interpersonales, tanto con los

compañeros de trabajo como con los alumnos y sus padres.

- Llevar al día y en debida forma los libros de clases y control de evaluaciones

de los alumnos.

- Vigilar el buen comportamiento de los alumnos del LPDPP sin imponer

castigos corporales, apodos u otros castigos que rebajen la dignidad personal

del alumno.

- Consagrarse no sólo a la educación de sus propios alumnos, sino al trabajo y

orden de todo el alumnado del LPDPP.

- Será responsable de las actividades que se le asignen y que sean propias de

su función profesional.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 65

- Cumplir rigurosamente con las tareas Técnico- Pedagógicas acordadas tanto

por los Consejos de Profesores, Unidad Técnica, Consejo de Coordinación o

Dirección.

- Mostrar una preocupación constante por perfeccionarse, sea este de

autogestión o de dotación por parte de la superioridad Establecimiento.

- Firmará diariamente el registro de asistencia a la hora de la llegada y salida

respectivamente.

- Acatar las decisiones tomadas por Dirección, Inspectoría General, Unidad

Técnica, Consejo Coordinador o Consejo de Profesores.

- Cuidar y promover el cuidado de la infraestructura total de propiedad del

Establecimiento Educacional.

- Avisar oportunamente inasistencias al lugar de trabajo, bajo circunstancias

de fuerza mayor.

- Cumplir rigurosamente con los horarios establecidos por la Dirección del

Establecimiento.

- Abstenerse de utilizar a los alumnos para solucionar asuntos personales o

que involucren salidas de éstos del Establecimiento.

- Desarrollar actividades curriculares no lectivas, dentro de su jornada de

trabajo según las necesidades del Establecimiento; como ser:

- Clases de reforzamiento o apoyo pedagógico.

- Funcionamiento de talleres, academias y clubes.

- Investigaciones, estudio y elaboración de Planes y Programas de Estudio.

- Actividades complementarias a la función de Dirección, Planificación,

Orientación, Supervisión y Evaluación.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 66

- Anotaciones de datos y constancia en formularios oficiales, tales como: libro

de vida o libro de clases, registro diario de asistencia, registro de recepción y

distribución de material recibido, ficha escolar, certificados, actas de

exámenes, registros diversos, informes.

- Secretarías de los diversos Consejos.

- Supervisión del mantenimiento y conservación de máquinas, equipos,

herramientas e instalaciones del Establecimiento.

- Elaboración y corrección de instrumentos evaluativos.

- Preparación, selección y confección de material didáctico.

- Régimen escolar y comportamiento de los alumnos.

- Planificación de clases.

- Atención individual de alumnos y apoderados.

- Estudios relacionados con el desarrollo del Proceso Educativo.

- Asumir jefaturas de Departamentos de Asignaturas o de Consejos de

Profesores Jefes.

- Participar en Consejos de Profesores del Establecimiento.

- Otras reuniones técnicas como talleres y actividades de perfeccionamiento

dentro del Establecimiento Educacional.

- Realización de visitas a Instituciones cuyas actividades se relacionan con los

objetivos de los Programas de Estudio, ya sea del docente solo o con sus

alumnos.

- Acciones directas de Vinculación del Establecimiento Educacional con la

comunidad: capacitación, diagnóstico, investigaciones y otras.

- Reuniones periódicas con Padres y Apoderados.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 67

- Atención individual a los alumnos.

- Confrontación periódica de la realidad del grupo con el diagnóstico al inicio

del Año escolar.

- Transcripción y entrega de calificaciones periódicas y oportunas a los

alumnos y a los Padres y Apoderados.

- Elaboración de informes educacionales.

- Visitas, foros, paneles, conferencias, charlas de orientación educacional y

vocacional.

- Coordinación de actividades culturales y recreativas.

- Participación en actos oficiales de carácter cultural, cívico y educativos del

LPDPP y de la comunidad, cuando éstas lo soliciten.

- Realización de actos cívicos y culturales. Giras de estudio y excursiones

escolares.

- Actividades extracurriculares como las referidas al área científico-

tecnológica (academias, concursos); las relacionadas al área artística (grupos

de teatro, música, pintura, concursos, etc.). Las relativas al área cívico- social

(Brigadas y otros). Las que se refieren al área deportiva (clubes deportivos,

programas especiales, etc.)

- Asesoramiento a: Centros de Alumnos, de ex-alumnos, Centros Padres y

Apoderados.

- Interactuar con el sector cultural de la comunidad tales como bibliotecas,

Museos y otras.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 68

DE LAS PROHIBICIONES.

- Firmar anticipadamente o con retraso el Registro de Asistencia.

- Ocuparse de asuntos ajenos a su trabajo durante la clase.

- Interrumpir sus clases para atender asuntos personales, apoderados u otras

personas.

- Ausentarse del Establecimiento durante horas de trabajo sin la debida

autorización.

- Desacatar los acuerdos a implementar, emanados de Dirección, Consejo de

Coordinación, Unidad Técnica o Consejo de Profesores.

- Fumar o ingerir bebidas alcohólicas en el interior del Establecimiento, como

asimismo, cualquier sustancia tóxica.

- Realizar clases particulares pagadas a sus alumnos o a alumnos del LPDPP.

- Incurrir en indiscreción de antecedentes documentos o informes que se le

haya confiado, relativos al LPDPP, Personal, Alumnos, Apoderados o

cualquier otro.

- Comercializar cualquier tipo de productos al interior del establecimiento o en

su jornada laboral.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 69

DE LOS DERECHOS.

- Todos los profesionales de la educación que se desempeñen en LPDPP,

TIENEN LOS DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES Y DEBEN

CUMPLIR LOS REQUISITOS PROFESIONALES SEÑALADOS EN EL

ESTATUTO DOCENTE.

- Los reclamos y/o sugerencias individuales y/o colectivas, serán formulados

directamente ante la Dirección del Establecimiento.

TÍTULO XIV: DE LOS PADRES Y / O APODERADOS

Art. 44. El Padre, madre y /o Apoderado es la persona directamente

responsable del alumno ante el Establecimiento. Como tal, deberá cumplir las

siguientes obligaciones:

a) Dar cumplimiento a lo establecido en el Manual de Convivencia

Escolar, el cual será difundido y analizado en la primera reunión de

apoderados del curso. Algunos de los artículos más importantes de este

Manual, serán reforzados durante el año escolar en otras instancias de

reflexión para apoderados.

b) Enviar a su pupilo todos los días, puntualmente, a clases, evitando al

máximo las ausencias. Así como proporcionarle oportunamente los

materiales requeridos para su mejor desempeño escolar.

c) Cada apoderado tiene la obligación de entregar oportunamente

certificados médicos o de diagnóstico, cuando proceda, y sus

respectivos estados de avance en los tratamientos, en Inspectoría.

d) Concurrir al Establecimiento cada vez que sea requerida su presencia,

ya sea por situaciones académicas, conductuales, sociales, económicas,

u otras del alumno.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 70

e) Asistir, obligatoriamente a las reuniones de curso y generales. En

caso de no poder asistir deberá presentarse en el horario de atención de

apoderados establecido con el fin de justificar y tomar conocimiento de

la situación académica del alumno

f) Participar, activamente, en la formación integral del alumno en los

aspectos académico, social, recreativo, conductual y valórico.

g) Velar por la buena salud, alimentación adecuada, higiene y correcta

presentación personal de su pupilo.

h) Justificar personalmente las inasistencias y atrasos del alumno al día

siguiente de incurrida la falta o en el primer día de su reintegro a clases.

Solo podrá justificar su apoderado titular o suplente.

i) Responsabilizarse por daños, pérdidas o deterioros que, debidamente

comprobados, hubiere causado su pupilo.

j) Presentarse al Colegio responsablemente, sólo durante las horas de

atención de apoderados, si no ha sido citado, con el fin de informarse,

periódicamente, del acontecer escolar y de los avances de su pupilo.

k) Los apoderados deberán respetar los horarios de citación y atención

para ellos oportunamente estipulados por la Dirección del

Establecimiento, para no interrumpir el normal funcionamiento del

LPDPP.

l) Mostrar identidad con el Establecimiento, integrándose a alguna de

las diversas actividades que ofrece el LPDPP a sus apoderados para

contribuir a la formación de los alumnos y a su propia persona o

familia.

m) Evitar el retiro de su pupilo durante la jornada de clases para no

interrumpir el proceso de aprendizaje.

n) Acatar y apoyar las medidas disciplinarias que el LPDPP aplique a su

pupilo para favorecer su crecimiento personal.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 71

o) Deberá cuidar su presentación personal, actitud y vocabulario cada

vez que concurra al Establecimiento, respetando los horarios estipulados

de atención, en beneficio de la buena armonía que debe existir entre el

Establecimiento y la Familia. Si el apoderado incurre en alguna falta, se

aplicarán las medidas que corresponden por agredir a un funcionario

público y se procederá al cambio inmediato de apoderado.

p) En 1º y 2º medio se le asignará mayor responsabilidad a los Padres y

Apoderados en cuanto a la educación, compromiso y grado de

colaboración, registrándose en la Hoja de Vida del Alumno.

q) Apoyar la labor del Establecimiento, resguardando su prestigio. Ante

el descrédito de la institución o de miembros de la comunidad educativa

a través de comentarios mal intencionados e infundados, en público, o a

través de los medios de comunicación, el colegio se reserva el derecho

de interponer los recursos legales pertinentes.

El incumplimiento de los deberes contenidos en el presente título, se registrará

en la Hoja de Vida del Alumno.

TÍTULO XV.- DE LA RELACIÓN ENTRE EL ESTABLECIMIENTO

Y ORGANISMOS DE LA COMUNIDAD.

Art. 45. Nuestro Establecimiento mantiene redes de apoyo con las siguientes

instituciones y organismos de la comunidad para alcanzar los objetivos que a

continuación se enuncian:

1. SENDA, a nivel de alumnos, para aplicar programas de prevención

de drogas en educación media, como también para capacitar a

monitores y derivación de alumnos para rehabilitación. A nivel de

padres, apoderados y funcionarios, capacitar y formar monitores para

la aplicación de programas preventivos del consumo de drogas.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 72

2. CARABINEROS DE CHILE, a nivel de alumnos, para prevención de

accidentes de tránsito y de seguridad ciudadana.

3. INVESTIGACIONES DE CHILE, a nivel de alumnos, apoderados y

funcionarios, para prevención de delitos y consumo de estupefacientes.

4. SERVICIO DE SALUD para atención de accidentes escolares, apoyo

y prevención del SIDA y métodos anticonceptivos.

5. JUNAEB, a nivel de alumnos, para ayuda en beca indígena,

alimenticia, útiles escolares y otros beneficios.

6. ACHS, a nivel de funcionarios, para atención de accidentes del

trabajo, enfermedades profesionales, capacitaciones.

7. CAJA DE COMPENSACIÓN LA ARAUCANA, a nivel de

funcionarios, para capacitación, préstamos, actividades recreativas,

bonificaciones escolares para funcionarios e hijos de funcionarios.

8. CANTÓN DE RECLUTAMIENTO, a nivel de alumnos de cuartos medios,

para charlas de orientación e inscripción al Servicio Militar Obligatorio.

TITULO XVI.- DISPOSICIONES FINALES

Art. 46. Todo contrato de matrícula tiene vigencia limitada de un año escolar.

El LPDPP se reserva el derecho de solicitar el cambio de apoderado por

incumplimiento de las normas establecidas.

Art. 47. Todas las becas otorgadas por el Gobierno de Chile, tienen duración

de un año escolar, debiendo postular al año siguiente. Se considerará para la

postulación a todo tipo de beca, rendimiento académico

Art. 48. Ningún alumno de la Educación Técnica Profesional, dictada por el

LPDPP podrá repetir dos años consecutivos un mismo curso.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 73

Art. 49. Existirán instancias de reconocimiento oficial para las actitudes

meritorias de los alumnos, como por ejemplo, asistencia y puntualidad,

rendimiento destacado, mejor compañero, esfuerzo, exaltación valórica, en

actividades extra escolares, etc.

Art. 50. El LPDPP se reservará el derecho de no matricular a los alumnos con

antecedentes delictuales.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 75

REGLAMENTO PRÁCTICA Y TITULACIÓN

El presente documento tiene por finalidad orientar el proceso de práctica

profesional y posterior titulación de los alumnos y alumnas egresados (as) del

Liceo Politécnico Diego Portales P., en sus especialidades de formación

técnico profesional: Administración, Atención de Párvulos, Electricidad,

Mecánica Industrial y Metalurgia Extractiva. Por lo tanto fijas las normas que

regirán dicho proceso, así como los derechos y deberes de las partes

involucradas; estudiantes, liceo y empresa.

El presente reglamento de práctica y titulación de alumnos y alumnas

egresados (as) de enseñanza media técnico profesional contiene disposiciones

normativas contenidas en el Decreto Nº 2516 del año 2007, que fija Normas

Básicas del Proceso de Titulación de los alumnos y alumnas de Enseñanza

Media Técnico Profesional y por las normas complementarias contenidas en

este reglamento.

La Práctica Profesional es la realización y desarrollo concreto de una serie de

actividades relacionadas con la especialidad de la cual egresó el alumno o

alumna. Además constituye la aplicación práctica de los conocimientos

adquiridos en los años de formación Técnico Profesional en el

establecimiento.

El proceso de prácticas profesionales y titulación estará a cargo de área de

Coordinación Técnica del establecimiento, quien velará por su correcto

desarrollo y transparencia ante la comunidad escolar y los centros de práctica

correspondientes.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 76

INDICACIONES GENERALES

Los profesores de la especialidad más el profesor jefe confeccionarán un

listado jerárquico de los alumnos, para dar inicio a la proceso de prácticas.

Este listado deberá considerar las características del alumno, así como:

Responsabilidad, puntualidad, iniciativa, seguridad, etc..

El Coordinador enviara a las empresas la solicitud de prácticas, para la

incorporación de los alumnos, la cantidad de alumno la dará a conocer la

Empresa.

Para iniciar el Proceso de Práctica y Titulación el Egresado deberá:

Entregar al Coordinador de Prácticas Profesional los siguientes

documentos:

- Currículum Vitae.

- Certificado de Nacimiento

- Certificado de Antecedentes.

- Ficha de Alumno en Práctica.

Concurrir a la Empresa para entrevistarse y determinar horarios y

duración de la práctica.

La Empresa debe estar ubicada en la ciudad a fin de controlar y

Supervisar el proceso en forma directa.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 77

En caso de realizar la Práctica Profesional en otra Ciudad o Región el

Proceso de Titulación lo hará efectivo en el Liceo Industrial más

cercano que imparta la misma Especialidad o alguna a fin (sector

económico).

Para aprobar la práctica el alumno deberá:

Acreditar que ha cumplido con el número de horas de

prácticas, a través de la Pauta de Evaluación de Prácticas.

Haber ejecutado satisfactoriamente las tareas y exigencias

consideradas en la pauta de Evaluación, de acuerdo con los

informes emitidos por el maestro Guía de la empresa.

El alumno practicante pasa a ser parte de la empresa, por tanto debe

acatar las normas y reglamento de la empresa.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°: Los objetivos de la Práctica Profesional son los siguientes:

a) Proporcionar a los egresados una visión real del ámbito específico de la

profesión.

b) Aplicar en el centro de práctica los conocimientos técnico – prácticos

adquiridos durante su formación en el establecimiento.

c) Reforzar los comportamientos sociales adecuados para un eficiente

desempeño laboral.

d) Apropiar experiencias y pericias propias del campo laboral que

favorezcan su crecimiento profesional.

Artículo 2°: De los deberes y derechos de los alumnos y/o alumnas:

Los alumnos y las alumnas para iniciar su Práctica Profesional, deberán

cumplir los siguientes requisitos:

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 78

a) Estar egresado de la Enseñanza Media Técnico Profesional y, por tanto,

haber aprobado todos los cursos contemplados en sus respectivos Planes de

Estudio.

b) Iniciar el proceso de titulación dentro del plazo máximo de tres (3) años

contados desde la fecha de egreso del (a) estudiante. Los y las estudiantes

que excedan dicho plazo deberán regirse por lo dispuesto en el artículo 10°

u 11°.

c) Desarrollar un Plan de Práctica en una empresa, con tareas y actividades

acordes a las áreas de competencias propias de su especialidad.

d) Poner énfasis en el cumplimiento de las normas de seguridad y

prevención de riesgos en el trabajo.

e) Desarrollar competencias laborales transversales, tales como:

responsabilidad, puntualidad, presentación personal, actitud proactiva y

cumplimiento de la normativa interna de la empresa, entre otras.

f) El alumno o alumna no podrá verse involucrado directa o indirectamente

en situaciones de peleas, riñas, hurtos y/o robos; en cuyo caso no podrá

titularse por este establecimiento.

g) El alumno o alumna debe presentarse a su lugar de Práctica Profesional

con tenida formal y una presentación personal acorde con su doble

condición de alumno y trabajador (en el caso de los varones corte pelo

normal y afeitados).

h) El Alumno o alumna al inicio de su Práctica Profesional, debe llevar el

Plan General de Práctica que otorga el Liceo, para que el Maestro Guía de

la Empresa indique las actividades y/o competencias a desarrollar durante

su permanencia en la empresa, este plan debe indicar los datos de la

Empresa: Nombre, Rut, dirección, correo electrónico, teléfono, nombre y

cargo del supervisor y presentarlo en el Liceo dentro de los primeros diez

días corridos de inicio de la práctica.

i) Los alumnos y alumnas que realicen su práctica podrán postular al

beneficio de la Bonificación de la Práctica Profesional de acuerdo con los

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 79

recursos presupuestarios especificados anualmente para este fin. Para ello

deberán inscribirse en el sitio Web de la JUNAEB.

j) El Alumno o alumna debe dar cumplimiento al Reglamento de Práctica

Profesional en todos sus puntos, como también a las disposiciones del

Reglamento Interno de la Empresa, (fecha de inicio y término del Contrato

o Convenio de práctica, jornada de trabajo, entre otras).

k) Los alumnos y alumnas que realizan su Práctica Profesional en una

empresa, están protegidos en caso de accidentes por un seguro escolar. De

acuerdo a lo establecido por la Ley 16744. En caso de accidente, la empresa

o el alumno deben dar aviso al liceo, quienes le emitirán el informe de

Declaración de Accidentes, para que el alumno o alumna sea atendido en el

establecimiento público correspondiente.

Artículo 3°:

La Práctica Profesional tendrá una duración de 450 horas cronológicas (con un

régimen laboral de 48 horas semanales), este período no podrá realizarse en

horarios nocturnos, feriados o fines de semana.

Artículo 4°:

Los estudiantes egresados cuyo rendimiento académico promedio en la

formación diferenciada Técnico Profesional (consideradas estas asignaturas o

subsectores desde 1° a 4° año de Enseñanza Media) supere la calificación seis

coma cero (6,0) podrán solicitar al Director del Establecimiento, mediante

solicitud escrita, que se disminuya la duración de la Práctica Profesional

quedando reducida a 10%.

Artículo 5°:

El proceso de titulación consistirá en una Práctica Profesional desarrollada en

empresas afines a las especialidades impartidas por el liceo según

corresponda.

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En dicha práctica el alumno o alumna realizará las tareas y actividades propias

de su especialidad y conforme a su Plan de Práctica consensuado y firmado

por el Jefe de Especialidad, el tutor de la empresa y el alumno.

Artículo 6°:

El Plan de Práctica establecido deberá ser elaborado por el Maestro Guía en

conjunto con el estudiante, de acuerdo al perfil de egreso de técnico nivel

medio de cada una de las Especialidades del Establecimiento, en conformidad

al perfil profesional respectivo, dentro del contexto de las tareas y criterios de

realización de la empresa.

El respectivo Plan de Práctica de cada una de las Especialidades del

Establecimiento.

Artículo 7°:

Los estudiantes que hayan egresado tres años o más y que se hayan

desempeñado en actividades propias de su Especialidad podrán presentar un

certificado de su empleador (además debe incluir copia de Contrato de

Trabajo, certificado de cotizaciones previsionales de la AFP respectiva) para

solicitar al Director del Establecimiento Educacional el reconocimiento de

dichas actividades como Práctica Profesional.

Artículo 8º:

Uso del seguro escolar.

Para todos los efectos legales, todo alumno (a) matriculado para realizar

práctica profesional goza de los beneficios del Seguro de Accidentes

Escolares, Ley Nº 16744. Este beneficio se extenderá sólo durante el período

que dure la práctica profesional.

Artículo 9°:

Los estudiantes egresados, para aprobar la Práctica Profesional deberán:

a) Completar el número de horas de práctica de acuerdo a lo establecido en

el Artículo 3°, según corresponda.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 81

b) Demostrar el logro del 60% de tareas y exigencias del Plan de Práctica,

conforme lo evaluado y calificado por el maestro guía de la empresa.

Artículo 10°:

La aprobación de la Práctica Profesional se certificará a través de un Informe

de Práctica, elaborado por el Profesor Tutor, el que incorporará los

antecedentes mencionados en el artículo anterior y será firmado por del

alumno, maestro guía de la empresa y del profesor tutor, respectivamente.

Artículo 11°:

El desarrollo de las tareas, según los criterios de realización será evaluado y

calificado por el Maestro Guía de la empresa. Esta evaluación y

correspondiente calificación se hará teniendo presente tanto el Plan de Práctica

del estudiante.

Artículo 12°:

El Profesor Tutor de la Práctica Profesional será designado por el Director del

Establecimiento y tendrá las siguientes funciones:

a) Mantener actualizado el seguimiento y evaluación del desarrollo del Plan

de Práctica de sus alumnos y/o alumnas.

b) Visitar a cada alumno o alumna en su lugar de Práctica, a lo menos una

visitas, contacto correo electrónico o vía teléfono durante el proceso,

dejando constancia en el seguimiento y evaluación del desarrollo del Plan

de Práctica.

c) Si el estudiante está realizando su práctica en periodo de vacaciones

escolares, el practicante recibirá a lo menos una visita de supervisión.

d) Requerir del Maestro guía de la Práctica Profesional en la Empresa la

evaluación, conforme lo indicado en el Art. 10°.

d) Una vez finalizado el período de práctica acordado en el Plan, el profesor

Tutor deberá emitir un informe en el que dará cuenta que el o la estudiante

realizó su práctica y la aprobó.

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Artículo 13°:

El alumno que no alcance el 60% de logro de las tareas encomendadas en el

respectivo Plan de Práctica, será reprobado en su Práctica Profesional y deberá

repetir este ciclo con un nuevo plan por un tiempo mínimo de 275 horas.

Artículo 14°:

Las situaciones y conductas atentatorias a la Ética Profesional o faltas al

Reglamento Interno de la empresa, durante el período de Práctica Profesional

serán sancionadas con la suspensión de la Práctica Profesional por un período

que va desde los cuatro meses hasta un año, desde el momento en que el

Plantel es notificado por la empresa de estas conductas anómalas.

Artículo 15°:

El alumno que se cambie y/o retire de su Práctica Profesional sin

consentimiento previo del Liceo, será sancionado de acuerdo a lo establecido

en el artículo 13 del presente Reglamento.

Previamente, el alumno será citado al establecimiento para que presente sus

descargos y el apoderado será informado de la sanción.

Artículo 16°: De la empresa o Centro de Práctica:

La empresa o centro de práctica, debe cumplir con las condiciones mínimas de

seguridad en donde no arriesgue la salud y la integridad del alumno. Las

nuevas empresas o centros de practica deben ser autorizadas por el Jefe de

especialidad, quien deberá velar porque estas cumplan con las condiciones de

seguridad establecidas en la Ley 16744.

La empresa que acepte a un alumno o alumna en Práctica Profesional de

nuestro establecimiento, se compromete a cumplir con lo establecido en el

Convenio de Práctica Profesional que indica lo siguiente:

a) Disponer de un Maestro Guía o Tutor, el que estará a cargo del o la

estudiante durante la realización de su Práctica Profesional.

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b) Encargar al practicante las tareas a realizar de acuerdo con su

especialidad y acordadas en el Plan de Práctica, las que deberán incluir

el uso de máquinas, equipos, herramientas, cuando corresponda.

c) Entregar al practicante los elementos necesarios de protección personal.

d) No someter al practicante a situaciones que pongan en riesgo o dañen su

integridad física y/o emocional.

e) Permitir al Profesor Tutor supervisar el proceso de práctica en las

oportunidades que se acordaren entre la empresa y el liceo.

Artículo 17°:

En casos excepcionales, los alumnos o alumnas que efectúan su Práctica

Profesional en lugares apartados, el Establecimiento dispondrá:

a) Facilitar que el estudiante se matricule en otro Establecimiento

Educacional que imparta su Especialidad y le asegure la debida supervisión

del proceso de titulación. En este caso, el alumno será titulado por el

Establecimiento Educacional que haya supervisado efectivamente la

práctica y donde estuviere matriculado; es decir, el título no será otorgado

por el Liceo Politécnico Diego Portales P. de Tocopilla.

Artículo 18°:

Los estudiantes egresados que hayan aprobado su Práctica Profesional,

obtendrá el Título de Técnico Nivel Medio correspondiente

Este título será otorgado por el Ministerio de Educación a través de la

Secretaría Ministerial Regional de Educación, por lo cual el Establecimiento

Educacional deberá presentar los siguientes antecedentes en el Expediente de

Título:

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a) Certificado de Nacimiento.

b) Ingreso al Sistema SIGE.

c) Diploma de Título, según diseño oficial.

Artículo 19°:

Si el alumno se consigue la práctica deberá presentar una carta de la empresa

dirigida al coordinador, solicitando al alumno e indicando las tareas y

funciones a realizar. Esta carta deberá entregarse antes del mes de Diciembre.

Artículo 20°:

Las alumnas embarazadas deberán presentar un certificado médico indicando

que están aptas para realizar su práctica.

Artículo 21°:

Criterios para suspensión de práctica por razones de la empresa y/o del

alumno (a) para asegurar el plan de práctica.

La suspensión de práctica de un estudiante sólo podrá ser efectiva en los

siguientes casos:

1. Solicitud por parte del Maestro Guía:

El estudiante no se ha desempeñado dentro de los niveles mínimos lo

que interfiere negativamente en el trabajo a realizar.

El estudiante ha atentado contra la integridad física y/o moral de algún

par o jefe directo.

El estudiante no ha cumplido con la normativa laboral vigente.

El estudiante ha hurtado materiales de trabajo u otras especies hecho

que ha sido comprobado.

2. Solicitud por parte del estudiante en práctica:

Abuso de poder por parte de Maestro Guía.

Ser insultado o discriminado por características personales, económicas

u otras.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 85

Ser acosado (a) laboral o sexualmente por superior directo u otro

integrante del

equipo de trabajo.

Desempeñar funciones ajenas a su formación profesional.

Si un alumno en Práctica presenta algún problema, dificultad o abandona la

Práctica durante su desarrollo, el Tutor debe comunicar al Liceo de esta

anomalía para que el Profesor Guía analice las causas junto al Tutor y

acuerden una solución para que el Practicante continúe el desarrollo del Plan,

o reinicie su proceso en otra Empresa.

Cualquier instancia no contemplada, deberá ser comunicada en forma escrita,

al Coordinador de las Prácticas. Toda suspensión de práctica deberá ser

comunicada a la Dirección del establecimiento.

Artículo 20º

Cómo se cautelará la aplicación de su Reglamento de Titulación y su

actualización.

Dado la trascendencia de la práctica profesional en términos de formación e

inserción laboral, El Liceo Politécnico Diego Portales P. considera vital tener

presente las siguientes instancias con el fin de velar porque el Reglamento de

Práctica efectivamente se aplique:

Durante el cuarto año de enseñanza media, todos los estudiantes

accederán a dos charlas informativas que les permitan conocer el

Reglamento de Titulación.

En la segunda charla, todos los (as) estudiantes recibirán un tríptico con

los elementos más importantes del Reglamento de Titulación.

Los apoderados de 4º medio participarán de una charla, durante el

segundo semestre del año escolar, en la que accederán y conocerán la

misma información que sus alumnos.

Las charlas, en cuanto exposición, estarán a cargo del Coordinador de

Prácticas.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 86

Los coordinadores y docentes de cada especialidad cumplirán función

de apoyo logístico.

En el centro de práctica, el profesor tutor y, especialmente, el estudiante

en práctica, velarán porque los requerimientos del Reglamento,

efectivamente, se cumplan.

Esto se realizará a través de la (s) supervisión (es) realizada por el

profesor tutor y por el trabajo desempeñado por el alumno (a).

La actualización del Reglamento de Práctica se realizará de acuerdo a

los requerimientos de la normativa legal vigente que emana

directamente desde el Mineduc o a requerimientos de mejora de

procesos del establecimiento.

ANTECEDENTES ASOCIADOS

CÓDIGO DEL TRABAJO.

Extracto relativo al contrato individual de trabajo

Título I Normas Generales

Artículo. 7°

Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el

trabajar se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo

dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios

una remuneración determinada.

Artículo. 8°

Toda prestación de servicios en los términos señalados en el artículo anterior,

hace presumir la existencia de un contrato de trabajo.

Los servicios prestados por personas que realizan oficios o ejecutan trabajos

directamente al público, o aquellos que se efectúan discontinua o

esporádicamente a domicilio, no dan origen al contrato de trabajo.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 87

Tampoco dan origen a dicho contrato los servicios que preste un alumno o

egresado de una institución de educación superior o de Enseñanza Media

Técnico-Profesional, durante un tiempo determinado, a fi n de dar

cumplimiento al requisito de práctica profesional. No obstante, la empresa en

que realice dicha práctica le proporcionará colación y movilización, o una

asignación compensatoria de dichos benefi cios, convenida anticipada y

expresamente, lo que no constituirá remuneración para efecto legal alguno.

El Artículo 83 del Código del Trabajo dispone que una de las obligaciones

especiales de los empleadores sea “Ocupar al aprendiz solamente en los

trabajos propios del programa de aprendizaje, proporcionando los elementos

de trabajo adecuados”

SEGURIDAD LABORAL.

LEY N° 16.744: Principales aspectos de la normativa contra riesgos de

accidentes y que incluye a Estudiantes en Práctica.

Artículo 3°

Estarán protegidos también, todos los estudiantes por los accidentes que

sufran a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica

profesional. Para estos efectos se entenderá por estudiantes a los alumnos de

cualquiera de los niveles o cursos de los establecimientos educacionales

reconocidos oficialmente de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 20.370

General de Educación*.

Art. 5°

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 88

* Ley Nº 20.370 General de Educación deroga Ley Nº 18.962, Orgánica

Constitucional de Enseñanza para los efectos de esta ley se entiende por

accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión

del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Decreto Supremo Nº 313/1972 Incluye a escolares en seguro de accidentes.

Todos los alumnos y alumnas del país que tengan la calidad de alumnos

regulares de establecimientos fiscales, municipales y/o particulares,

dependientes del Estado y/o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro

escolar contemplado en el Art. 3° de la Ley N° 16.744.

El seguro escolar es gratuito y protege a los estudiantes de los accidentes que

sufran con ocasión de sus estudios o, en la realización de su práctica

educacional o en el trayecto directo, de ida y/o regreso entre su casa y el

establecimiento educacional o el lugar donde realice su práctica profesional.

BECAS

Para postular el alumno tiene que haberse matriculado para hacer la

práctica profesional.

BECAS Prácticas Técnicos-Profesional. JUNAEB (www.junaeb.cl)

PRACTICAS ALUMNOS PIE

El alumno PIE se rige bajo este mismo reglamento y debe cumplirlo en su

totalidad. Sin embargo en cuanto a las supervisiones, se deben realizar las

siguientes adecuaciones:

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 89

Artículo 1°: Previamente que el alumno comience su proceso de práctica la

coordinadora PIE junto a la psicóloga deberán acercarse a la

empresa para socializar el diagnóstico del alumno.

Artículo 2°: El profesor asignado para las supervisiones deberá realizar todas

las semanas visitas a la empresa del practicante, para tener una

continua visión del proceso de práctica del alumno.

Artículo 3°: Si el alumno presenta problemas la coordinadora y la psicóloga

deberán acercarse a la empresa para sensibilizar a los tutores en

cuanto al tratamiento del alumno, además reunirse con el

alumno para tratar el problema.

Artículo 4°: Se realizaran reuniones Cada 15 días entre el tutor, coordinadora

y psicóloga, para hacer una retroalimentación del proceso de

práctica del alumno.

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 90

ANEXO

Proyección Año 2020

Dentro de los principales lineamientos proyectados para el año 2020, se

consideran:

1. Actualizar el Proyecto Educativo Institucional del Liceo DPP.

2. Articular el PEI con el Plan de Mejoramiento Educativo 2020-2023

3. Instalar un Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión

Escolar.

4. Fortalecer la gestión curricular mediante un nuevo diseño basado en el

uso de las Neurociencias Aplicada a la Educación, el Aprendizaje

Basado en Proyectos y la incorporación de las TIC.

5. Crear un modelo para la mejora continua de los procesos

organizacionales en la institución.

6. Promover y vincular la Política de Fortalecimiento de la Educación

Técnico Profesional en los procesos de gestión internos como externos

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“DESARROLLANDO COMPETENCIAS Y HABILIDADES PARA EL TRABAJO Y LA VIDA” 91

PME 2019 - 2020

ÁREA: GESTIÓN PEDAGÓGICA MÉTODO INTERACTIVO DE MATEMÁTICA $1.500.000 3%

ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO A DOCENTES DE AULA $5.700.000 10%

EVALÚA, COBERTURA CURRICULAR $5.000.000 8%

ACTIVIDADES PRÁCTICAS $15.000.000 25%

ROBÓTICA $18.000.000 30%

ASISTENTES DE TALLER $14.400.000 24%

$59.600.000 100%

ÁREA: CONVIVENCIA ESCOLAR FORTALECIENDO EL AUTOESTIMA $ 2.000.000 4%

EQUIPO PSICOSOCIAL DE APOYO A LOS ESTUDIANTES $ 29.918.852 63%

FOMENTO DE LA CONVIVENCIA A TRAVÉS DEL DEPORTE, EL ARTE Y LA CULTURA

$ 15.000.000 32%

LÍDERES PORTALEANOS $ 700.000 1%

$47.618.852 100%

ÁREA: LIDERAZGO FORTALECIENDO LAS REDES DE APOYO $2.200.000 8%

CAMINATAS PEDAGÓGICAS $ 200.000 1%

POTENCIANDO LA PLATAFORMA EDUCATIVA $ 21.420.348 74%

ANÁLISIS DE RESULTADOS $ 5.000.000 17%

$28.820.348 100%

ÁREA: GESTIÓN DE RECURSOS ESTIMULANDO EL RENDIMIENTO ACADÉMICO $ 4.000.000 11%

DOCENTES MOTIVADOS $ 15.000.000 39%

PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO $ 9.000.000 24%

CENTRAL DE ABASTECIMIENTO ESPECIALIDADES $ 10.000.000 26%

$38.000.000 100%