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1 PROYECTO EDUCATIVO CURSO 16-17 I.E.S. RAFAEL ALBERTI CÁDIZ

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PROYECTO

EDUCATIVO

CURSO 16-17

I.E.S. RAFAEL ALBERTI

CÁDIZ

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ÍNDICE Página TÍTULO PRELIMINAR 6 Capítulo Único. Disposiciones generales sobre el proyecto educativo TÍTULO I EL CENTRO DOCENTE 6 Capítulo Único. Características generales TÍTULO II VALORES EDUCATIVOS 8 Capítulo I Ámbito educativo 8 Capítulo II Ámbito de convivencia 8 Capítulo III Ámbito organizativo 9 Capítulo IV Ámbito psicopedagógico 9 Capítulo V Ámbito de orientación 10 Capítulo VI Ámbito relacional 10 TÍTULO III OBJETIVOS 10 Capítulo I Objetivos propios y prioritarios para la mejora del rendimiento escolar y para la continuidad del alumnado en el sistema educativo 10 Capítulo II Objetivos priorizados del plan de centro 12

TÍTULO IV LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA 13 Capítulo Único. Orientaciones metodológicas TÍTULO V TRATAMIENTO CONJUNTO DE LAS COMPETENCIAS CLAVE 14 Capítulo I Aspectos generales 14 Capítulo II Competencia en comunicación lingüística 14 Capítulo III Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología 15 Capítulo IV Competencia digital 17 Capítulo V Competencia de aprender a aprender 18 Capítulo VI Competencias sociales y cívicas 19 Capítulo VII Competencia de sentido de iniciativa y espíritu emprendedor 20 Capítulo VIII Competencia en conciencia y expresiones culturales 21 Capítulo IX Las competencias clave y el currículo 23

TÍTULO VI TRATAMIENTO DE LA TRANSVERSALIDAD EN EL CURRÍCULO 25 Capítulo Único

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Página TÍTULO VII METODOLOGÍA GENERAL 26 Capítulo Único

TÍTULO VIII CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS 28 Capítulo Único

TÍTULO IX ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE LA ESO 30 Capítulo Único TÍTULO X ORGANIZACIÓN CURRICULAR DEL BACHILLERATO 37 Capítulo Único TÍTULO XI ESTRATEGIAS QUE DESARROLLARÁ EL PROFESORADO PARA QUE EL ALUMNADO ALCANCE LOS OBJETIVOS PREVISTOS Y ADQUIERA LAS COMPETENCIAS CLAVE 43 Capítulo Único TÍTULO XII CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS MATERIAS DE OPCIÓN 45 Capítulo Único TÍTULO XIII LA EVALUACIÓN EN LA ESO 45 Capítulo Único TÍTULO XIV LA EVALUACIÓN EN EL BACHILLERATO 46 Capítulo Único TÍTULO XV RECLAMACIONES DE LAS CALIFICACIONES FINALES ANTE LOS DEPARTAMENTOS UNIPERSONALES 47 Capítulo Único TÍTULO XVI PARTICIPACIÓN E INFORMACIÓN AL ALUMNADO Y A LAS FAMILIAS Y DERECHOS EN RELACIÓN CON LA EVALUACIÓN 47 Capítulo Único.

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Página TÍTULO XVII ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN PARA EL ALUMNADO CON MATERIAS PENDIENTES DE EVALUACIÓN POSITIVA 48 Capítulo Único TÍTULO XVIII ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 49 Capítulo I Disposiciones generales 49 Capítulo II Ciclo de Informática y Comunicaciones 51 Capítulo III Ciclo de Servicios Administrativos 52 TÍTULO XIX ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL 53 Capítulo I Organización general 53 Capítulo II Ciclo formativo de grado medio de Gestión Administrativa 54 Capítulo III Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas 56 Capítulo IV Ciclo formativo de grado medio de Sistemas Microinformáticos y Redes 57 Capítulo V Normas generales de ordenación de la evaluación en los ciclos de Formación Profesional Inicial 58 TÍTULO XX CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS PARA LA REALIZACIÓN DE SUS FUNCIONES 59 Capítulo Único

TÍTULO XXI CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS Y PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL ALUMNADO Y DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PROFESORADO 61 Capítulo I Criterios para la asignación de enseñanzas 61 Capítulo II Criterios para la elaboración del horario del centro 62 TÍTULO XXII CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR Y OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR 64 Capítulo Único

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Página TÍTULO XXIII CRITERIOS PARA ELABORAR LA PROGRAMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES 65 Capítulo Único TÍTULO XXIV COORDINACIÓN DOCENTE CON LOS CEIP ADSCRITOS Y PROGRAMA DE ACOGIDA 69 Capítulo Único. TÍTULO XXV PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA 69 Capítulo Único.

TÍTULO XXVI MEDIDAS PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO ESCOLAR, MEDIDAS PREVENTIVAS QUE MEJOREN LA CONVIVENCIA Y QUE FOMENTEN LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS DEL PLAN DE MEJORA DEL CURSO 2015-16 73 Capítulo Único

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TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL PROYECTO EDUCATIVO Artículo 1. El proyecto educativo. El proyecto educativo constituye las señas de identidad del instituto y expresa la educación que desea proporcionar al alumnado y que va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que contempla los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino centrándose también en aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado.

Artículo 2. Objetivos. El proyecto educativo define los objetivos particulares que el instituto se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el centro y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.

Artículo 3. Elaboración.

En la elaboración del proyecto educativo podrán realizar sugerencias y aportaciones el profesorado, el personal de administración y servicios y de atención educativa complementaria, la junta de delegados y de delegadas del alumnado, las asociaciones del alumnado, si las hubiera, y las asociaciones de padres y madres del alumnado.

Artículo 4. Proyecto educativo conjunto.

1. El instituto podrá elaborar un proyecto educativo conjunto con los centros de Educación Primaria adscritos al mismo e, incluso, con otros de la misma zona, con objeto de dotar de mayor continuidad a las distintas etapas educativas que el alumnado cursa.

2. En cualquier caso, dichos proyectos habrán de ser aprobados en cada uno de los centros por los órganos correspondientes.

Artículo 5. Características del proyecto educativo del centro.

Este proyecto educativo se realiza con una finalidad totalmente instrumental y subordinado a la normativa vigente. Por ello, evita la reproducción normativa y se centra en el desarrollo de las cuestiones que la autonomía pedagógica reconocida por la legislación vigente le permite.

TÍTULO I

EL CENTRO DOCENTE

CAPÍTULO ÚNICO CARCTERÍSTICAS GENERALES

Artículo 6. Titularidad. El I.E.S. “Rafael Alberti” de Cádiz es un centro público de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Postobligatoria dependiente de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía.

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Artículo 7. Ubicación y entorno. 1. El centro está ubicado en la Barriada de la Paz, una zona urbana de la periferia de Cádiz, de características

socioeconómicas y culturales medio-bajas que fue declarada en su día Barriada de Actuación Preferente por la Junta de Andalucía

2. Esta zona de Cádiz tiene varias líneas de autobuses que la comunican con el centro de la ciudad y cerca de ella hay

una estación de ferrocarril de cercanías. 3. Las infraestructuras con las que cuenta el barrio son, en general, deficientes, aunque existe un centro de salud

público y una biblioteca de barrio. Artículo 8. Espacio físico. 1. El edificio actual tiene veinticuatro aulas ordinarias, que son aulas de referencia de grupos o desdobles, cuya

superficie es adecuada a la ratio prevista de cada grupo o desdoble. 2. También cuenta con cuatro aulas especiales (EPVA, Tecnología, Informática y Música), cuatro laboratorios (Física,

Química, Ciencias Naturales e Idiomas), despachos para los departamentos didácticos, departamento de Orientación, biblioteca, sala del profesorado, sala de usos múltiples, despacho de la asociación de madres y padres del alumnado, aula de convivencia, zonas de administración y gestión, aseos del profesorado y del alumnado, almacenes y cuartos TIC.

3. Las zonas deportivas cuentan con un pabellón polideportivo cubierto y campos de baloncesto y fútbol-sala al aire libre. Artículo 9. Oferta educativa.

Las enseñanzas que el centro imparte son las siguientes: 1. Educación Secundaria Obligatoria. 2. Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales y de Ciencias. 3. Ciclos formativos de FP de grado medio de Gestión Administrativa y de Sistemas Microinformáticos y Redes. 4. Ciclo formativo de FP de grado superior de Administración y Finanzas. 5. FPB de Informática y Comunicaciones y de Servicios Administrativos. 6. Educación Especial.

Artículo 10. Características de la comunidad educativa. 1. El claustro del profesorado es bastante estable y está compuesto habitualmente por un número de profesores y

profesoras en torno a las cincuenta personas. En él se incluyen una persona encargada de la Orientación, varios profesores y profesoras de Educación Especial y de Apoyo a la Compensación y una profesora de Religión católica.

2. El personal no docente está compuesto por ordenanzas, limpiadoras y limpiadores, administrativas y personal de

atención educativa complementaria. 3. Existe una única asociación de madres y padres del alumnado, cuyo grado de integración y de participación en las

actividades del centro es muy alto. 4. No existe ninguna asociación del alumnado o de antiguo alumnado del centro. Artículo 11. Características socioeconómicas del alumnado. 1. Puesto que el centro está situado en una zona con las características citadas anteriormente, el alumnado presenta, en

general, poca motivación para el estudio y tiene dificultades para cursar el Bachillerato, por lo que la oferta de enseñanzas de FP es de gran importancia.

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2. Las necesidades educativas del alumnado deben ser cubiertas, en su mayor parte, por el centro, puesto que el apoyo del entorno familiar y del barrio es escaso y, tanto el nivel de instrucción de las familias, como sus recursos económicos son, en general, bajos.

3. El centro procura aprovechar las ofertas culturales y deportivas que cualquier institución u organismo de la

ciudad pueda ofrecer y, también, los proyectos, concursos o ayudas convocados por las instituciones educativas o por otras entidades.

TÍTULO II VALORES EDUCATIVOS

CAPÍTULO I

ÁMBITO EDUCATIVO

Artículo 12. Concepto de valores educativos. Los valores educativos son las normas básicas y fundamentales que rigen la actividad del centro. Ellos definen su

modelo educativo, dan coherencia a la propuesta total del mismo y marcan la tendencia hacia los objetivos comunes. En definitiva, fijan principios, líneas directrices, compromisos y actitudes que guiarán todas las actividades desarrolladas en el instituto.

Artículo 13. Finalidad. La finalidad es la consecución del pleno desarrollo de la personalidad del alumnado.

Artículo 14. Principios que es preciso trasmitir al alumnado. 1. Adquisición de hábitos de vida sana. 2. Consecución de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos. 3. Aplicación del principio del esfuerzo. Para ello, las familias deberán colaborar estrechamente con el centro y deberán comprometerse a hacer un seguimiento del trabajo cotidiano de sus hijos e hijas. El alumnado deberá esforzarse por conseguir una educación plena y de calidad, alcanzar el equilibrio personal, asumir la pertenencia a un grupo social, adquirir una escala de valores propios, y por respetar el derecho a aprender de sus compañeros y compañeras. 4. Desarrollo de las capacidades cognoscitivas individuales. 5. Adquisición de hábitos intelectuales, de lectura, formación en idiomas modernos, en las TIC y en las técnicas de trabajo básicas. 6. Consecución de un entorno de aprendizaje rico, motivador y exigente.

CAPÍTULO II ÁMBITO DE CONVIVENCIA

Artículo 15. Finalidad. La finalidad es la consecución de que los alumnos y las alumnas del centro sean personas respetuosas, solidarias y tolerantes. Artículo 16. Principios que es preciso inculcar al alumnado. 1. Fomento del respeto, la tolerancia, la actitud crítica y el comportamiento democrático entre todos los miembros de la comunidad educativa, potenciando el diálogo como medio de resolución de conflictos. 2. Desarrollo de conductas de tolerancia, igualdad, solidaridad y no discriminación. Un objetivo del centro es la coeducación como medio para educar en igualdad. 3. Fomento del cuidado del material y de las instalaciones del centro para conseguir personas respetuosas con su entorno. 4. Creación de un clima de colaboración, de respeto y de un ambiente de trabajo tranquilo y apropiado que haga posible la inclusión de estas finalidades en la programación de todas las materias.

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5. Prevención, control y seguimiento del absentismo escolar. 6. Favorecimiento de un adecuado clima de convivencia en el aula y en el centro, adoptando las medidas oportunas para solucionar situaciones conflictivas.

CAPÍTULO III ÁMBITO ORGANIZATIVO

Artículo 17. Finalidad. La finalidad es la consecución de que todos los sectores de la comunidad educativa participen en la actividad del centro, de acuerdo con las condiciones legalmente establecidas. Artículo 18. Principios que es preciso inculcar a la comunidad educativa. 1. Mantenimiento y favorecimiento de los cauces correctos de información, comunicación y participación. 2. Potenciación de una gestión abierta y democrática. 3. Establecimiento de una comunicación e información fluida y precisa. 4. Fomento del diálogo. 5. Potenciación de actividades de coordinación con el alumnado, AMPA y otros organismos docentes y no docentes de interés educativo. 6. Facilitación de la participación de los padres y de las madres en el proceso educativo de sus hijos e hijas en la vida del centro.

CAPÍTULO IV ÁMBITO PSICOPEDAGÓGICO

Artículo 19. Finalidad. La finalidad es el desarrollo de la autoestima y de las capacidades del alumnado y la consecución un nivel de aprendizaje adecuado. Artículo 20. Principios que es preciso inculcar al alumnado. 1. Fomento de la adquisición de hábitos de trabajo y de técnicas de estudio. 2. Potenciación del valor del esfuerzo, del trabajo diario y de la constancia. 3. Empleo racional del tiempo libre, promoviendo el hábito de la lectura, la utilización de los medios de comunicación, el gusto por las artes, las ciencias y la tecnología, así como la participación en actividades socioculturales y deportivas. 4. Fomento del conocimiento de la cultura para mejorar el análisis de la realidad. 5. Compensación del desfase curricular que presenta el alumnado en situación de desventaja sociocultural y consecución de su integración social y educativa. 6. Agilización de la integración y de la adaptación escolar del alumnado que tiene un alto. Índice de absentismo y del que se encuentra en riesgo de abandonar el sistema educativo. 7. Facilitación del aprendizaje de la lengua española al alumnado procedente de otros países. 8. Logro de que las familias se impliquen satisfactoriamente en el proceso de aprendizaje de sus hijas e hijos. 9. Favorecimiento del desarrollo de las capacidades innovadoras del profesorado, fomentando el trabajo en equipo, la coordinación, el perfeccionamiento, la formación continua y la cultura de la autoevaluación.

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CAPÍTULO V

ÁMBITO DE ORIENTACIÓN

Artículo 21. Finalidad. La finalidad es la facilitación de la orientación educativa en todos sus ámbitos, para la consecución de un alumnado libre y autónomo, capaz de desarrollar sus propias capacidades. Artículo 22. Principios que es preciso inculcar al alumnado. 1. Orientación sobre salidas profesionales y académicas. 2. Suministro al alumnado con necesidades educativas especiales de orientación sobre sus posibles estudios futuros. 3. Motivación al alumnado en su trabajo diario para que logre un mejor rendimiento académico.

CAPÍTULO VI

ÁMBITO RELACIONAL Artículo 23. Finalidad. Establecimiento de relaciones fluidas y bien planificadas con instituciones del entorno, tanto con aquéllas de carácter educativo (otros centros, diferentes servicios de la Delegación de Educación, Concejalía de Educación y otras instituciones similares), como con las de otros sectores (asociaciones de vecinos, Ayuntamiento, organizaciones empresariales), siempre con un espíritu de apertura y de cooperación que consiga integrar al centro en su entorno.

TÍTULO III OBJETIVOS

CAPÍTULO I

OBJETIVOS PROPIOS Y PRIORITARIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR Y PARA LA CONTINUIDAD DEL ALUMNADO EN

EL SISTEMA EDUCATIVO

Artículo 24. Desarrollo y consolidación de hábitos de disciplina, estudio y trabajo. 1. Estos hábitos deberán ser adquiridos por el alumnado tanto de forma individual como cooperativa, como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal, mediante las siguientes acciones:

a) Estimularle a que autoevalúe su propio proceso de aprendizaje. b) Darle a conocer su progreso o ausencia del mismo en conceptos, procedimientos y actitudes. c) Enseñarle a apreciar el valor de la voluntad y de la responsabilidad para llegar a ser independiente. d) Intentar que supere las dificultades y que asuma que ciertos aprendizajes requieren más tiempo y más esfuerzo

que otros. e) Enseñarle a respetar el propio aprendizaje y el de los demás, para consolidar su autonomía.

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Artículo 25. Adquisición de autonomía. 1. El centro pretende que el alumnado adquiera habilidades que le permitan desenvolverse con soltura en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relaciona, participando con actitudes solidarias, tolerantes y libres de prejuicios, mediante las siguientes acciones: a) Fomento del deseo de colaboración, aportando sus ideas y fuentes de información. b) Aceptación de que es mejor socialmente compartir que competir. c) Fortalecimiento de sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos, desarrollando las siguientes tareas: 1º Respeto y valoración de las opiniones, actitudes y producciones de otros compañeros y compañeras. 2º Colaboración en tareas colectivas para facilitar la limpieza y el orden. 3º Fomento del respeto a todos los miembros de la comunidad educativa, así como la solidaridad y la tolerancia entre el alumnado. Artículo 26. Utilización de las fuentes de información.

1. El alumnado debe desarrollar destrezas básicas en su uso, para utilizar la información con sentido crítico, transmitirla a los demás de manera organizada e inteligible, aprender nuevos conocimientos, e, igualmente, adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente en las de la información y la comunicación, desarrollando las siguientes tareas: a) Trabajo de los siguientes aspectos sobre varios textos cortos: 1º Clasificación de la información. 2º Estructuración de las ideas. 3º Exposición de las conclusiones. 4º Análisis en diversos medios de comunicación de una información: 1. Explicación del tratamiento que tiene según los medios analizados. 2. Contraste de las opiniones en clase. Artículo 27. Expresión correcta. 1. Es preciso que el alumnado comprenda y exprese con corrección, tanto oralmente como por escrito, textos y mensajes complejos en lengua española, tomando en consideración las peculiaridades de las hablas andaluzas y que avance en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura, así como que desarrolle hábitos de lectura recreativa y para el ejercicio del aprendizaje autónomo, mediante las siguientes acciones: a) Trabajo de los siguientes aspectos sobre varios textos: 1º Lectura comprensiva procedente de fuentes escritas u orales. 2º Subrayado, resumen y esquema. 3º Vocabulario básico de cada unidad didáctica.

b) Elaboración de textos cortos y control de: 1º Ortografía y acentuación. 2º Concordancia sintáctica. 3º Precisión en el uso del vocabulario.

c) Realización de exposiciones breves y orales y corrección del uso de vulgarismos y de expresiones incorrectas. Artículo 28. Comprensión y expresión de mensajes orales y escritos. 1. El alumnado debe aprender a practicar la comprensión y expresión de mensajes orales y escritos de manera contextualizada en una o más lenguas extranjeras, entender, asimismo, la diversidad lingüística y cultural como un derecho de los pueblos y de los individuos y desarrollar una actitud de interés y respeto hacia el ejercicio de este derecho, practicando las siguientes tareas:

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a) Realización de exposiciones orales y escritas breves. b) Elaboración de resúmenes orales. c) Explicación de los pasos para desarrollar una actividad. d) Realización de pruebas orales de evaluación. Artículo 29. Interpretación y producción de mensajes. 1. Se pretende que el alumnado sea capaz de producirlos con propiedad, autonomía y creatividad, que utilice códigos

artísticos, científicos y técnicos, desarrollando las siguientes tareas: a) Elaboración y comentario de distintos tipos de gráficos. b) Descripción e interpretación de diversas imágenes con un vocabulario preciso. c) Utilización de distintos códigos en sus trabajos.

Artículo 30. Comprensión de los principios y valores de las sociedades democráticas. 1. El alumnado debe familiarizarse con los principios y valores que rigen el funcionamiento de las sociedades

democráticas contemporáneas, especialmente con los relativos a los derechos y deberes de la ciudadanía, desarrollando las siguientes tareas:

a) Trabajo con documentos en los que se plasmen los derechos y deberes de los ciudadanos, para conocer y valorar los derechos y libertades que permiten el funcionamiento y la convivencia democrática.

b) Realización de trabajos en equipo para aprender a respetar las reglas de intervención y el respeto a las opiniones de los demás. Artículo 31. Representación y participación del alumnado en el centro.

El centro pretende que el alumnado participe activa y pasivamente en las elecciones de delegados y delegadas de grupo y de representantes del alumnado en el Consejo Escolar y que conozca sus funciones.

Artículo 32. Participación de las familias del alumnado en el proceso de aprendizaje del mismo y en la vida del centro. Es de capital importancia la participación de las familias del alumnado en el proceso de aprendizaje del mismo y en la vida del centro, ya que de ello depende en buena medida su éxito escolar.

CAPÍTULO II OBJETIVOS PRIORIZADOS DEL PLAN DE CENTRO Artículo 33. Los objetivos priorizados del plan de centro son los siguientes. 1. Mejorar la utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula y la convivencia entre el alumnado del primer ciclo de ESO. 2. Conseguir una participación de las familias cada vez más real y efectiva en el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y en la vida del centro, ya que su colaboración es imprescindible para mejorar los resultados escolares del alumnado. 3. Mejorar los resultados escolares del alumnado en ESO y Bachillerato, que, en general, son inferiores a los de centros con un ISC similar.

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TÍTULO IV

LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO ÚNICO ORIENTACIONES METODOLÓGICAS

Artículo 34. Metodología. La metodología constituye el conjunto de criterios y decisiones que organizan de forma global la acción didáctica en el aula, tales como el papel que juegan el alumnado y el profesorado, la utilización de medios y recursos, los tipos de actividades a realizar, la organización de los tiempos y espacios, los agrupamientos, la secuenciación y los tipos de tareas. Artículo 35. Tipo de metodología. 1. La metodología didáctica será fundamentalmente activa y participativa, y favorecerá el trabajo individual y cooperativo del alumnado en el aula. 2. Definida la metodología educativa de esta forma, es evidente que existirán metodologías diversas que, sin embargo, serán capaces de desarrollar similares intenciones educativas. Por ello, conviene resaltar algunos criterios orientadores:

a) Los aprendizajes deben ser funcionales, de forma que tengan relaciones claras entre sí y aplicación práctica en situaciones de la vida cotidiana. Esta funcionalidad se basa en la profundización progresiva en las estructuras conceptuales específicas de las disciplinas, que permitan al alumnado entender que un mismo aspecto de la realidad puede estudiarse desde distintas perspectivas con propósitos diferentes.

b) Se incorporará una dimensión práctica a todas las asignaturas, ámbitos o módulos que asegure una formación profesional de base, vinculando así la escuela con el mundo del trabajo.

c) Los métodos deben tener en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado y favorecer su capacidad de aprender por sí mismo, en la medida de lo posible.

d) El profesorado debe ajustar la ayuda pedagógica a las diferentes necesidades del alumnado y facilitarle recursos y estrategias variadas que permitan dar respuesta a las diversas motivaciones, intereses y capacidades que presenta, según su edad. Para ello, el centro cuenta con diversas vías:

1º La elaboración de programaciones que tengan en cuenta las características concretas del alumnado al que

se dirigen. 2º La asunción de la heterogeneidad y las diferencias en el interior del grupo-clase como algo característico

del quehacer pedagógico. Esto supone una evaluación individualizada en la que se fijan las metas que el alumnado ha de alcanzar a partir de los criterios derivados de su propia situación inicial. 3º La atención a la diversidad y el acceso de todo el alumnado a la educación a través del espacio de opcionalidad que le ofrece la posibilidad de desarrollar intereses y aptitudes diversos siguiendo itinerarios educativos diferentes. 4º La importancia del trabajo conjunto del equipo docente, que garantice la continuidad y la coherencia entre todos los niveles educativos. El trabajo en equipo del profesorado proporcionará un enfoque multidisciplinar del proceso educativo, garantizando la coordinación de todos sus miembros. 5º Un sistema eficaz de orientación personal y profesional que propicie el desarrollo autónomo del alumnado y le capacite para tomar decisiones sobre su futuro académico y profesional. 6º Las programaciones didácticas de todas las materias y, en su caso, ámbitos, incluirán obligatoriamente actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral y escrita. 7º Las programaciones didácticas plasmarán, además, las estrategias que desarrollará el profesorado para conseguir que el alumnado asimile los contenidos, supere los estándares de evaluación previstos en cada ámbito, materia o módulo, y adquiera las competencias clave correspondientes.

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TÍTULO V

TRATAMIENTO CONJUNTO DE LAS COMPETENCIAS CLAVE

CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES

Artículo 36. Definición de las competencias. 1. El término competencia se entiende como la capacidad de responder a demandas complejas y llevar a cabo tareas

diversas de forma adecuada. La competencia supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz.

2 Las competencias son un conocimiento en la práctica, es decir, un conocimiento adquirido a través de la

participación activa en prácticas sociales y, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales.

3. Las competencias se contextualizan, por tanto, como un saber hacer que se aplica a una diversidad de

contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos sea posible, resulta imprescindible una comprensión del conocimiento presente en las competencias y la vinculación de éste con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.

Artículo 37. Las competencias clave del sistema educativo español.

Tanto en ESO como en Bachillerato son las siguientes:

1. Comunicación lingüística. 2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. 3. Competencia digital. 4. Aprender a aprender. 5. Competencias sociales y cívicas. 6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 7. Conciencia y expresiones culturales.

CAPÍTULO II COMPETENCIA EN COMUNICACIÓN LINGÜÍSTICA

Artículo 38. Competencia en comunicación lingüística. 1. Es el resultado de la acción comunicativa dentro de prácticas sociales determinadas, en las cuales el individuo actúa con otros interlocutores y a través de textos en múltiples modalidades, formatos y soportes. Estas situaciones y prácticas pueden implicar el uso de una o varias lenguas, en diversos ámbitos y de manera individual o colectiva. 2. Su adquisición es siempre parcial y constituye un objetivo de aprendizaje permanente a lo largo de toda la vida. Por ello, es determinante que se promuevan unos contextos de uso de lenguas ricos y variados. 3. Esta competencia, además, representa una vía de conocimiento y de contacto con la diversidad cultural, que implica un factor de enriquecimiento para la propia competencia y que adquiere una particular relevancia en el caso de las lenguas extranjeras. 4. Esta visión de la competencia en comunicación lingüística vinculada con prácticas sociales determinadas ofrece una imagen del individuo como agente comunicativo que produce, y no sólo recibe, mensajes a través de las lenguas con diversas finalidades. 5. Las destrezas que requiere son múltiples, ya que esta competencia es muy compleja, y, además, se produce en múltiples modalidades de comunicación y en diferentes soportes. Podemos señalar como esenciales los siguientes: a) La socialización y el aprovechamiento de la experiencia educativa. b) La lectura, como destreza básica, ya que ésta es la principal vía de acceso a todas las áreas y, particularmente, a los textos literarios como fuente de disfrute y aprendizaje a lo largo de la vida.

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6. Actitudes y valores que el individuo debe poner en funcionamiento. a) Respeto a las normas de convivencia, ejercicio activo de la ciudadanía, espíritu crítico, respeto a los derechos

humanos y pluralismo. b) La concepción del diálogo como herramienta primordial para la convivencia, la resolución de conflictos y el

desarrollo de las capacidades afectivas en todos los ámbitos. c) Una actitud de curiosidad, interés y creatividad hacia el aprendizaje. d) Lectura, conversación, escritura, etc., como fuentes de placer relacionadas con el disfrute personal.

7. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia: a) Mejora de la producción e interpretación de textos escritos:

1º Escribir diferentes tipos de textos de producción propia, estructurándolos de forma coherente y leyéndolos posteriormente en clase en voz alta, a fin de que sean calificados.

2º Cuidar la presentación de trabajos, cuadernos y pruebas escritas. 3º Saber captar las ideas de un texto. 4º Utilizar diversas técnicas de trabajo: presentación, esquemas variados, resúmenes, redacciones, cuestionarios,

subrayado, etc. 5º Controlar y corregir la ortografía y la caligrafía. 6º Elaborar un vocabulario básico, mediante la búsqueda en el diccionario de palabras no conocidas. 7º Incentivar el uso de la biblioteca, fomentando el hábito de la lectura.

b) Mejora de la producción y comprensión oral: 1º Lecturas en voz alta (trabajo de técnicas variadas de lectura).

2º Realización de pruebas y preguntas orales. 3º Trabajar la atención y concentración ante las expresiones orales. 4º Organización de debates, expresando adecuadamente las propias opiniones y escuchando las opiniones

ajenas. 5º Practicar diálogos adecuados a diferentes contextos sociales y culturales.

6º Realizar pruebas y trabajos de expresión oral. 7º Corregir las expresiones inapropiadas y los vulgarismos.

8º Comunicarse en diferentes lenguas extranjeras para desenvolverse en contextos diferentes del propio. 9º Realizar audiciones de textos.

CAPÍTULO III

COMPETENCIA MATEMÁTICA Y COMPETENCIAS BÁSICAS EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Artículo 39. Competencia matemática. 1. Implica la capacidad de aplicar el razonamiento matemático y sus herramientas para describir, interpretar y predecir distintos fenómenos en su contexto. Esta competencia requiere conocimientos sobre los números, las medidas y las estructuras, así como sobre las operaciones y las representaciones matemáticas, y la comprensión de los términos y conceptos matemáticos. 2. Conocimientos que requiere. Para su adecuado desarrollo es preciso abordar cuatro áreas relativas a los números, el álgebra, la geometría y la estadística, interrelacionadas de diversas formas: a) La cantidad. b) El espacio y la forma. c) El cambio y las relaciones. d) La incertidumbre y los datos. 3. Destrezas que implica:

a) La aplicación de los principios y procesos matemáticos en distintos contextos. b) La creación de descripciones y explicaciones matemáticas que llevan implícitas la interpretación de resultados matemáticos y la reflexión sobre su adecuación al contexto. c) La utilización de los conceptos, procedimientos y herramientas matemáticos para aplicarlos en la resolución de problemas determinados que puedan surgir lo largo de la vida.

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d) La capacidad para establecer una relación profunda entre el conocimiento conceptual y el conocimiento procedimental implicados en la resolución de una tarea matemática determinada.

4. Actitudes y valores que incluye. a) El rigor. b) El respeto a los datos. c) La veracidad. 5. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia: a) Organizar, comprender e interpretar la información: 1º Presentar información numérica en gráficos sencillos. 2º Interpretar gráficos.

3º Aplicar procesos matemáticos (aritméticos y algebraicos) a situaciones cotidianas. 4º Leer textos con contenidos y/o razonamientos matemáticos sencillos. 5º Traducir situaciones reales a esquemas o estructuras matemáticas.

b) Expresión matemática:

1º Utilizar técnicas aritméticas básicas para resolver problemas de diversa índole. 2º Utilizar la simbología adecuada a cada situación.

3º Resolución de problemas, no necesariamente matemáticos. 4º Plantear problemas relacionados con la realidad social del alumnado. 5º Leer en voz alta el enunciado del problema. 6º Analizar los datos, distinguiendo lo superfluo de lo necesario: “¿Qué me piden?”, “¿De qué datos dispongo?”. 7º Buscar y seleccionar la estrategia adecuada para la resolución del problema objeto de estudio. 8º Explicar el procedimiento seguido. 9º Analizar, justificar y expresar correctamente el resultado, argumentando las posibles contradicciones, si las hubiera.

Artículo 40. Competencias básicas en ciencia y tecnología. 1. Son aquéllas que proporcionan un acercamiento al mundo físico y a la interacción responsable con él desde acciones tanto individuales como colectivas, orientadas a la conservación y mejora del medio natural, decisivas para la protección y mantenimiento de la calidad de vida y el progreso de los pueblos. 2. Conocimientos que requieren. Conllevan conocimientos científicos referentes a la Física, Química, Biología, Geología, Matemáticas y Tecnología.

Los ámbitos que deben abordarse para la adquisición de las competencias en ciencia y tecnología son los siguientes:

a) Los sistemas físicos. b) Los sistemas biológicos. c) Los sistemas de la Tierra y del espacio. d) Los sistemas tecnológicos, derivados, básicamente, de la aplicación de los saberes científicos a los usos cotidianos. e) La investigación científica. f) La comunicación de la ciencia. 3. Destrezas que implican. a) Uso y manipulación de herramientas y maquinaria tecnológica. b) Utilización de datos y procesos científicos para alcanzar un objetivo, es decir, identificar preguntas, resolver problemas, llegar a una conclusión o tomar decisiones basadas en pruebas o argumentos. 4. Actitudes y valores que conllevan. a) Criterios éticos asociados a la ciencia y a la tecnología. b) Interés por la ciencia. c) Apoyo a la investigación científica y valoración del conocimiento científico. d) Sentido de la responsabilidad respecto a los recursos naturales y a las cuestiones medioambientales. e) Adopción de una actitud adecuada para lograr una vida física y mental saludable en un entorno natural y social. 5. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia:

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a) Aplicar a problemas en todo tipo de contextos los procedimientos propios de la ciencia: identificación del problema, observación, análisis, experimentación, obtención de conclusiones, comunicación de resultados. b) Conocer el medio físico en el que el alumnado desarrolla su actividad, tanto en el entorno inmediato, como en grandes ámbitos y las consecuencias que supone esa actividad. c) Plantear situaciones en las que exista necesidad de analizar, interpretar y obtener conclusiones en los ámbitos de la salud, medio ambiente, consumo y ciencia, aplicando los conceptos adquiridos en las distintas áreas de conocimiento, y obrar en consecuencia. d) Aplicar los conocimientos científicos básicos para valorar la información en todo tipo de textos. e) Utilizar el vocabulario científico adecuado, evitando el uso equivocado de términos científicos. f) Desarrollar hábitos de conducta que respeten el medio ambiente actual futuro y permitan un desarrollo sostenible (utilización de materiales reciclables, uso responsable de medios o aparatos que supongan un gasto excesivo, de fuentes de energía contaminante, uso racional del agua). g) Conocer la organización y el funcionamiento del cuerpo humano para adoptar hábitos de conducta saludable a nivel individual y colectivo.

CAPÍTULO IV COMPETENCIA DIGITAL

Artículo 41. Competencia digital. 1. Es aquélla que implica el uso creativo, crítico y seguro de las TIC para alcanzar los objetivos relacionados con el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el uso del tiempo libre y la inclusión y participación en la sociedad. Supone un conjunto nuevo de conocimientos, habilidades y actitudes necesarias hoy en día para ser competente en un entorno digital. además de la adecuación a los cambios que introducen las nuevas tecnologías en la alfabetización, la lectura y la escritura. 2. Conocimientos que requiere.

a) Requiere conocimientos relacionados con el lenguaje específico básico: textual, numérico, icónico, visual, gráfico y sonoro, así como sus pautas de decodificación y transferencia. Esto conlleva el conocimiento de las principales aplicaciones informáticas. b) Supone también el acceso a las fuentes y el procesamiento de la información. c) Conocimiento de los derechos y libertades que asisten a las personas en el mundo digital. d) Es necesario abordar la información, la comunicación, la creación de contenidos, la seguridad y la resolución de problemas.

3. Destrezas que implica. a) Acceso a la información. b) Procesamiento y uso de la comunicación. c) Creación de contenidos. d) Seguridad y resolución de problemas.

4. Actitudes y valores que conlleva. a) Adaptación del usuario a las nuevas necesidades requeridas por las TIC. b) Apropiación y adaptación de las TIC a los propios fines y capacidad de interaccionar socialmente en torno a ellas. c) Desarrollo de una actitud crítica, activa y realista hacia las TIC y los medios tecnológicos, valorando sus fortalezas y debilidades y respetando principios éticos en su uso. d) Participación y trabajo cooperativo. e) Motivación y curiosidad por el aprendizaje y la mejora en el uso de las tecnologías.

5. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia: a) Manejar los recursos físicos que integran un aula TIC. b) Manejar los sistemas operativos Guadalinex y Windows. c) Utilizar un vocabulario técnico en relación con las nuevas tecnologías. d) Utilizar distintas estrategias y procedimientos para mejorar la seguridad de los recursos físicos y de la información. e) Utilizar y manejar aplicaciones informáticas específicas para crear y editar documentos electrónicos.

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f) Buscar información en diferentes medios de forma eficiente. g) Utilizar y manejar contactos de correo electrónico y de chat para agilizar la comunicación. h) Utilizar diferentes medios para el intercambio de información.

CAPÍTULO V COMPETENCIA DE APRENDER A APRENDER

Artículo 42. Competencia de aprender a aprender.

1. Se caracteriza por la habilidad para iniciar, organizar y persistir en el aprendizaje, tanto individualmente como en grupo. Esto exige la capacidad de motivarse para aprender, de que el alumno o alumna se sienta protagonista del proceso y del resultado de su aprendizaje y de que llegue a alcanzar las metas propuestas y, con ello, que se produzca en él/ella una percepción de autoeficacia. Requiere conocer y controlar los propios procesos de aprendizaje para ajustarlos a los tiempos y las demandas de las tareas y actividades que conducen al aprendizaje, desembocando en una instrucción cada vez más eficaz y autónoma. Debe llevarse a cabo en el marco de la enseñanza de las distintas áreas y materias de ámbito formal e informal. 2. Conocimientos que requiere.

a) Procesos mentales implicados en el aprendizaje. b) El conocimiento que se tiene acerca de lo que se sabe y de lo que se desconoce, de lo que se es capaz de aprender, de lo que interesa, etc. c) El conocimiento de la disciplina en la que se localiza la tarea de aprendizaje y el conocimiento del contenido concreto y de las demandas de la propia tarea. d) El conocimiento sobre las distintas estrategias posibles para afrontar la tarea que se pretende realizar.

3. Destrezas que implica. a) Autorregulación y control. b) Planificación, supervisión y evaluación.

c) Reflexión sobre los procesos mentales a los que se entregan las personas cuando aprenden, y conocimiento sobre los propios procesos de aprendizaje.

d) Habilidades para iniciarse en el aprendizaje y ser capaz de continuar aprendiendo de manera cada vez más eficaz y autónoma de acuerdo con los propios objetivos y necesidades.

4. Actitudes y valores que conlleva. a) Motivación y confianza. b) Percepción de la propia autoeficacia. c) Capacidad para apoyarse en experiencias vitales y de aprendizaje previas. d) Capacidad para adquirir y asimilar nuevos conocimientos y para transferir conocimientos de un campo a otro. 5. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia: a) Ser consciente de lo que se sabe y de lo que es necesario aprender. b) Tener conciencia de las capacidades que entran en juego en el aprendizaje, tales como la atención, la concentración, la memoria, la comprensión o la expresión lingüística y obtener rendimiento de las mismas con la ayuda de distintas estrategias y técnicas, tales como el estudio, la observación o el trabajo cooperativo. c) Plantearse preguntas, identificando la diversidad de respuestas posibles ante una misma situación o problema. d) Obtener información para transformarla en conocimiento propio, relacionando la nueva información con los conocimientos previos y con la propia experiencia personal. e) Plantearse metas alcanzables a corto, medio y largo plazo y cumplirlas, elevando los objetivos de aprendizaje de forma progresiva y realista.

f) Ser capaz de autoevaluarse, autorregularse y aceptar los errores aprendiendo de ellos.

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CAPÍTULO VI COMPETENCIAS SOCIALES Y CÍVICAS

Artículo 43. Competencias sociales y cívicas.

1. Implican la habilidad y capacidad para utilizar los conocimientos y actitudes sobre la sociedad, entendida desde las diferentes perspectivas, en su concepción dinámica, cambiante y compleja, para interpretar fenómenos y problemas sociales en contextos cada vez más diversificados, para elaborar respuestas, tomar decisiones y resolver conflictos, así como para interactuar con otras personas y grupos conforme a normas basadas en el respeto mutuo y en convicciones democráticas, al tiempo que se adopta una implicación cívica y social.

2. Se trata de aunar el interés por profundizar y garantizar la participación en el funcionamiento democrático de la sociedad, tanto en el ámbito público como en el privado, y de preparar a las personas para ejercer la ciudadanía democrática y participar plenamente en la vida cívica y social.

3. Estas competencias se relacionan con el bienestar personal y cívico. Artículo 44. Competencia social.

1. Conocimientos que requiere.

a) Comprensión y análisis crítico de los códigos de conducta y de los usos generalmente aceptados en las distintas sociedades y entornos, así como sus tensiones y procesos de cambio. b) Asimilación de los conceptos básicos relativos al individuo, al grupo, a la organización del trabajo, la igualdad y la no discriminación entre hombres y mujeres y entre diferentes grupos étnicos o culturales. c) Conocimiento de las dimensiones intercultural y socioeconómica de las sociedades europeas y percepción de las dimensiones culturales y nacionales como un proceso sociocultural dinámico y cambiante en interacción con la europea, en un contexto de creciente globalización.

2. Destrezas que implica. a) Capacidad de comunicarse de una manera constructiva en distintos entornos sociales y culturales. b) Mostrar tolerancia, expresar y comprender puntos de vista diferentes, negociar sabiendo inspirar confianza y sentir empatía.

3. Actitudes y valores que conlleva. a) Seguridad en uno mismo. b) Integridad y honestidad. c) Interés por el desarrollo socioeconómico. d) Contribución propia a un mayor bienestar social de toda la población. e) Comunicación intercultural, diversidad de valores y respeto a las diferencias. f) Disposición y compromiso para superar los prejuicios.

4. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia. a) Habilidades sociales.

1º Conocer y practicar el diálogo como herramienta básica de comunicación y valorarlo como instrumento esencial de la convivencia, así como para prevenir y resolver conflictos.

2º Trabajar en equipo para aprender a contrastar opiniones, asumir responsabilidades y mejorar el conocimiento personal y social.

3º Adoptar una actitud positiva y firme ante el esfuerzo personal y colectivo.

Artículo 45. Competencia cívica. 1. Conocimientos que requiere.

a) Conocimiento crítico de los conceptos de democracia, justicia, igualdad, ciudadanía y derechos humanos y civiles, así como de su formulación en la Constitución Española, en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en declaraciones internacionales y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. b) Conocimiento de los acontecimientos contemporáneos, así como de los acontecimientos más destacados y de las principales tendencias en las historias nacional, europea y mundial.

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c) Comprensión de los procesos sociales y culturales de carácter migratorio. 2. Destrezas que implica. a) Habilidad para interactuar eficazmente en el ámbito público y para manifestar solidaridad e interés por resolver los problemas que afectan al entorno escolar y a la comunidad, ya sea local o más amplia. b) Reflexión crítica y creativa. c) Participación constructiva en las actividades de la comunidad o del ámbito mediato o inmediato. d) Toma de decisiones mediante el ejercicio del voto y de la actividad social y cívica en el contexto que corresponda.

3. Actitudes y valores que conlleva. a) Pleno respeto a los derechos humanos. b) Voluntad de participar en la toma de decisiones democráticas a todos los niveles. c) Manifestar sentido de la responsabilidad. d) Mostrar comprensión y respeto a los valores compartidos que cohesionan la comunidad. e) Pleno respeto a los principios democráticos. f) Actividades cívicas y apoyo a la diversidad, a la cohesión social y al desarrollo sostenible. g) Voluntad de respetar los valores y la intimidad de los demás. h) Recepción reflexiva y crítica de la información procedente de los medios de comunicación. i) Capacidad de relación social constructiva. j) Empatía y tolerancia.

4. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia. a) Práctica del derecho de ciudadanía.

b) Conocer y valorar los derechos humanos y los derechos y deberes que el alumnado tiene como personas que pertenecen a la comunidad educativa y como ciudadanas y ciudadanos.

c) Adoptar actitudes y comportamientos democráticos en la vida cotidiana y en la participación escolar y social.

d) Saber reconocer, criticar y combatir los prejuicios sociales de toda índole que se encuentren en el medio que rodea al alumnado.

CAPÍTULO VII COMPETENCIA DE SENTIDO DE INICIATIVA Y ESPÍRITU EMPRENDEDOR

Artículo 46. Competencia de sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

1. Implica la capacidad de transformar las ideas en actos.

Lo anterior significa adquirir conciencia de la situación en la que hay que intervenir o que se debe resolver, y saber elegir, planificar y gestionar los conocimientos, las destrezas o habilidades y actitudes necesarios con criterio propio, a fin de alcanzar el objetivo previsto. Esta competencia está presente en los ámbitos personal, social, escolar y laboral en la que se desenvuelven las personas, permitiéndoles el desarrollo de sus actividades y el aprovechamiento de nuevas oportunidades.

También constituye la base de otras capacidades y conocimientos más específicos. Incluye la conciencia de los valores éticos relacionados. Su adquisición es determinante en la formación de futuros ciudadanos emprendedores.

2. Conocimientos que requiere.

a) Capacidad de reconocer las oportunidades existentes para las actividades personales, profesionales y comerciales. b) Comprensión de las líneas generales que rigen el funcionamiento de las sociedades, de las organizaciones sindicales y empresariales, económicas y financieras y de la organización y los procesos empresariales. c) Gestión de recursos humanos o financieros. d) Postura ética de las organizaciones y conocimiento de cómo éstas pueden ser un impulso positivo, por ejemplo, mediante el comercio justo y las empresas sociales. e) Abordar los siguientes campos:

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1º Capacidad creadora y de innovación. 2º Capacidad proactiva para gestionar proyectos. 3º Capacidad de asunción y gestión de riesgos y manejo de la incertidumbre. 4º Cualidades de liderazgo y trabajo individual y en equipo. 5º Sentido crítico y de la responsabilidad.

3. Destrezas que implica. a) Capacidad de análisis, planificación, organización, gestión y toma de decisiones. b) Capacidad de adaptación al cambio y de resolución de problemas. c) Comunicación, presentación, representación y negociación efectiva. d) Habilidad para trabajar tanto individualmente como en equipo, participación, capacidad de liderazgo y de delegación. e) Pensamiento crítico y sentido de la responsabilidad, autoconfianza, evaluación y autoevaluación y asunción de riesgos. f) Posibilidad de optar con criterio propio y llevar a cabo las iniciativas necesarias para desarrollar la opción elegida y hacerse responsable de ella: idear, planificar, desarrollar y evaluar un proyecto. 4. Actitudes y valores que conlleva. a) Predisposición a actuar de forma creativa e imaginativa. b) Autoconocimiento, autoestima, autonomía o independencia, interés, esfuerzo y espíritu emprendedor. c) Actitud proactiva, capacidad de innovación, tanto en la vida privada y social como en la profesional. d) Motivación y determinación a la hora de cumplir los objetivos. 5. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia:

a) Adquirir la conciencia del conjunto de valores y aptitudes personales que se poseen. b) Intentar conseguir la confianza en uno mismo. c) Proponerse objetivos, planificar y llevar a cabo proyectos con creatividad, confianza, responsabilidad y sentido

crítico. d) Mantener la motivación para lograr el éxito en las tareas emprendidas. e) Relacionarse, cooperar y trabajar en equipo.

CAPÍTULO VIII COMPETENCIA EN CONCIENCIA Y EXPRESIONES CULTURALES

Artículo 47. Competencia en conciencia y expresiones culturales.

1. Implica conocer, comprender, apreciar y valorar con espíritu crítico, con una actitud abierta y respetuosa, las

diferentes manifestaciones culturales y artísticas utilizadas como fuente de enriquecimiento y de disfrute personal y considerarlas como parte de la riqueza y del patrimonio de los pueblos.

También incorpora un componente expresivo referido a la propia capacidad estética y creadora y al dominio de aquellas capacidades relacionadas con los diferentes códigos artísticos y culturales, para poder utilizarlas como medio de comunicación y expresión personal.

Conlleva manifestar interés por la participación en la vida cultural y por contribuir a la conservación del patrimonio cultural y artístico, tanto de la propia comunidad como de otras comunidades.

2. Se relaciona con la creación de la identidad cultural como ciudadano de un país o miembro de un grupo.

3. Conocimientos que requiere. a) Concreción de la cultura en diferentes autores y obras, así como en diferentes géneros, estilos y épocas, tanto de las bellas artes como de otras manifestaciones artístico-culturales de la vida cotidiana. b) Conocimiento básico de las principales técnicas, recursos y convenciones de los diferentes lenguajes artísticos y la identificación de las relaciones existentes entre esas manifestaciones y la sociedad, lo cual supone tomar conciencia de la evolución del pensamiento, las corrientes estéticas, las modas y los gustos, así como la importancia representativa, expresiva y comunicativa de los factores estéticos en la vida cotidiana.

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c) Conocimiento, estudio y comprensión tanto de los distintos estilos y géneros artísticos como de las principales obras y producciones del patrimonio cultural y artístico en distintos períodos históricos, sus características y sus relaciones con la sociedad en la que se crean, así como las características de las obras de arte producidas, todo ello mediante el contacto con las mismas.

d) El aprendizaje de las técnicas y recursos de los diferentes lenguajes artísticos y formas de expresión cultural, así como de la integración de distintos lenguajes. e) El desarrollo de la capacidad e intención de expresarse y comunicar ideas, experiencias y emociones propias. 4. Destrezas que implica. a) Aplicación de diferentes habilidades de pensamiento, perceptivas, comunicativas, de sensibilidad y sentido estético para poder comprenderlas, valorarlas, emocionarse y disfrutarlas. b) Desarrollar la iniciativa, la imaginación y la creatividad expresadas a través de códigos artísticos. c) Capacidad de emplear distintos materiales y técnicas en el diseño de proyectos. d) Habilidades de cooperación y conciencia de la importancia de apoyar y apreciar las contribuciones ajenas. e) La potenciación de la iniciativa, la creatividad y la imaginación de cada individuo de cara a la expresión de las propias ideas y sentimientos. f) El desarrollo de la capacidad de esfuerzo, constancia y disciplina como requisitos necesarios para la creación de cualquier producción artística de calidad, así como habilidades de cooperación que permitan la realización de trabajos colectivos. 5. Actitudes y valores que conlleva. a) Interés, reconocimiento y respeto por las diferentes manifestaciones artísticas y culturales y por la conservación del patrimonio. b) Valorar la libertad de expresión, el derecho a la diversidad cultural, el diálogo entre culturas y sociedades y la realización de experiencias artísticas compartidas. c) Adquirir interés por participar en la vida cultural y, por tanto, por comunicar y compartir conocimientos, emociones y sentimientos a partir de expresiones artísticas. d) Capacidad de percibir, comprender y enriquecerse con las producciones del mundo del arte y de la cultura. e) El interés, aprecio, respeto, disfrute y valoración crítica de las obras artísticas y culturales que se producen en la sociedad, con un espíritu abierto, positivo y solidario. f) El desarrollo de la capacidad de esfuerzo, constancia y disciplina como requisitos necesarios para la creación de cualquier producción artística de calidad, así como habilidades de cooperación que permitan la realización de trabajos colectivos. 6. Estrategias para lograr la adquisición de esta competencia:

a) Conocer los distintos códigos artísticos y saber utilizar los recursos y las técnicas que les son propios. b) Aprender a mirar, ver, observar y percibir. c) Manifestar y expresar ideas de forma creativa a través del lenguaje artístico. d) Aprender a valorar y a respetar tanto el patrimonio propio como el del conjunto de la humanidad. e) Valorar y respetar la libertad de expresión creativa. f) Aprender a discriminar las producciones artísticas de calidad entre la amplia oferta de la sociedad de

consumo. Artículo 48. Las competencias clave y los objetivos de las etapas. 1. Las competencias clave deben estar estrechamente vinculadas a los objetivos de la ESO y del Bachillerato. 2. La relación de las competencias clave con los objetivos de ambas etapas hace necesario diseñar estrategias para promover y evaluar las competencias desde las etapas educativas iniciales e intermedias hasta su posterior consolidación en etapas superiores. 3. La adquisición eficaz de las competencias clave y su contribución al logro de los objetivos de las citadas etapas educativas desde una perspectiva interdisciplinar y transversal hace imprescindible el diseño de actividades de aprendizaje integradas que permitan avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. 4. Cada departamento debe explicitar en su programación didáctica las que se tratarán preferentemente en cada materia, ámbito o módulo perteneciente al mismo.

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CAPÍTULO IX

LAS COMPETENCIAS CLAVE Y EL CURRÍCULO Artículo 49. Las competencias clave en el currículo. 1. Las competencias clave deben estar integradas en las áreas o materias de las propuestas curriculares. 2. Los resultados mínimos de aprendizaje que el alumnado debe conseguir han de definirse, explicitarse y desarrollarse suficientemente en ellas. 3. Todas las áreas o materias del currículo deben participar, desde su ámbito correspondiente, en el desarrollo de las distintas competencias del alumnado. 4. La selección de los contenidos y de las metodologías debe asegurar el desarrollo de las competencias clave a lo largo de la vida académica. 5. Los criterios de evaluación deben servir de referencia para valorar lo que el alumnado sabe y sabe hacer en cada área o materia. 6. Los criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables. Los estándares de aprendizaje evaluables, que son elementos de mayor concreción, observables y medibles, serán los que, al ponerse en relación con las competencias clave, permitirán graduar el rendimiento o grado de desempeño alcanzado en cada una de ellas. 7. El conjunto de los estándares de aprendizaje evaluables de cada área o materia dará lugar al perfil de esa área o materia. 8. Puesto que los estándares de aprendizaje evaluables se ponen en relación con las competencias, ello permitirá identificar aquellas competencias que se desarrollan a través de cada área o materia. 9. Todas las áreas o materias deben contribuir al desarrollo competencial. El conjunto de estándares de aprendizaje evaluables de las diferentes áreas o materias que se desarrollan con una misma competencia da lugar al perfil de esa competencia. La elaboración de este perfil facilitará la evaluación competencial del alumnado. Artículo 50. Estrategias metodológicas para trabajar por competencias en el aula. 1. Todo proceso de enseñanza-aprendizaje debe partir de una planificación rigurosa de lo que se pretende conseguir, teniendo claro cuáles son los objetivos o metas, qué recursos son necesarios, qué métodos didácticos son los más adecuados y cómo se evalúa el aprendizaje y se retroalimenta el proceso. 2. Los métodos didácticos han de elegirse en función de lo que se sabe que es óptimo para alcanzar las metas propuestas y en función de los condicionantes en los que tiene lugar la enseñanza. a) Los métodos didácticos deben partir de la perspectiva del docente como orientador, promotor y facilitador del desarrollo competencial del alumnado. Los métodos didácticos deben enfocarse a la realización de tareas o situaciones-problema, planteadas con un objetivo concreto que el alumnado debe resolver haciendo un uso adecuado de los distintos tipos de conocimientos, destrezas, actitudes y valores. b) Los métodos didácticos también deben tener en cuenta la atención a la diversidad y el respeto por los distintos ritmos y estilos de aprendizaje del alumnado mediante prácticas de trabajo individual o colectivo. Cualquiera que sea la metodología usada para favorecer el desarrollo competencial, debe ajustarse al nivel competencial inicial del alumnado. Además, es preciso secuenciar la enseñanza de modo que se parta de aprendizajes más simples para avanzar gradualmente hacia otros más complejos. c) Los métodos que se usen deben ser motivadores del aprendizaje, activos y contextualizados, deben facilitar la participación e implicación del alumnado y la adquisición y uso de conocimientos en situaciones reales.

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Para un proceso de enseñanza-aprendizaje competencial las enseñanzas interactivas son las más adecuadas y el trabajo por proyectos es especialmente relevante, ya que se basa en la propuesta de un plan de acción con el que se busca conseguir un determinado resultado práctico. También es recomendable el uso del portfolio. 3. El papel del alumnado debe ser activo y autónomo y aquél debe ser consciente de que es el responsable de su aprendizaje. 4. El profesorado debe implicarse en la elaboración y diseño de diferentes tipos de materiales, adaptados a los distintos niveles y a los diferentes estilos y ritmos de aprendizaje del alumnado, potenciándose el uso de una variedad de materiales y recursos, incidiendo especialmente en las TIC. a) También es necesaria una adecuada coordinación entre los docentes sobre las estrategias metodológicas y didácticas que se utilicen. Loe equipos educativos deben plantearse una reflexión común y compartida sobre la eficacia de las diferentes propuestas metodológicas con criterios comunes y consensuados. Artículo 51. La evaluación de las competencias clave. 1. Tanto en la evaluación continua como en las evaluaciones finales debe tenerse en cuenta en cada etapa el grado de dominio de las competencias clave a través de procedimientos e instrumentos de obtención de datos que ofrezcan validez y fiabilidad en la identificación de los aprendizajes adquiridos. 2. Para poder evaluar las competencias es necesario elegir, siempre que sea posible, estrategias e instrumentos para evaluar al alumnado de acuerdo con sus desempeños en la resolución de problemas que simulen contextos reales, movilizando sus conocimientos, destrezas, valores y actitudes. 3. Es preciso establecer las relaciones de los estándares de aprendizaje evaluables con las competencias a las que contribuyen, para lograr la evaluación de los niveles de desempeño competenciales alcanzados por el alumnado. 4. La evaluación del grado de adquisición de las competencias clave debe estar integrada con la evaluación de los contenidos. 5. Los niveles de desempeño de las competencias se podrán medir a través de indicadores de logro, que deben incluir rangos dirigidos a la evaluación de desempeños. 6. Debe ser tenido en cuenta el principio de atención a la diversidad. El profesorado deberá establecer las medidas necesarias para garantizar que el grado de dominio de las competencias del alumnado con discapacidad se realice de acuerdo con los principios de no discriminación y accesibilidad y diseño universal. 7. El profesorado debe utilizar procedimientos de evaluación variados para facilitar la evaluación del alumnado como parte integral del proceso de enseñanza-aprendizaje y como una herramienta esencial para mejorar la calidad de la educación. 8. También es necesario incorporar estrategias que permitan la participación del alumnado en la evaluación de sus logros, tales como la autoevaluación, la evaluación entre iguales o la coevaluación. 9. En cualquier caso, los distintos procedimientos de evaluación utilizables deben permitir la integración de todas las competencias en un marco de evaluación coherente. Artículo 52. Efectos de la adquisición de las competencias clave. La adquisición eficaz de las competencias clave permitirá al alumnado desarrollar actitudes y valores, así como un conocimiento de base conceptual y un uso de técnicas y estrategias que favorecerán su incorporación a la vida adulta y que servirán de cimiento para su aprendizaje a lo largo de la vida.

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Artículo 53. Instrumentos para la adquisición de las competencias clave. La organización y funcionamiento del centro, las actividades docentes, las formas de relación entre los integrantes de la comunidad educativa, las actividades complementarias y extraescolares que se programen y cualquier contexto, tanto formal, como no formal, contribuirán al logro de las competencias clave. Artículo 54. Importancia de la lectura. 1. La lectura constituye un factor esencial para el desarrollo de las competencias clave. 2. El centro ha programado las enseñanzas de forma que se contemple un tiempo semanal, dedicado a la lectura en todos los cursos de la ESO, este tiempo puede formar parte tanto de la asignatura de Lengua castellana y literatura como de cualquier otra.

TÍTULO VI TRATAMIENTO DE LA TRANSVERSALIDAD EN EL CURRÍCULO

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 55. Tratamiento de los temas transversales en los departamentos didácticos. 1. Los departamentos didácticos contemplarán en sus respectivos proyectos curriculares y en las programaciones

didácticas los contenidos de carácter transversal, haciendo especial hincapié en los temas seleccionados. 2. El desarrollo de la transversalidad presenta mayor facilidad de tratamiento en unas áreas que en otras. Por tanto, en

ellas se trabajará de manera más profunda y amplia. 3. Las actividades complementarias y extraescolares juegan un papel especial en este aspecto, ya que todas las

actividades programadas deberán tener como objetivo básico y fundamental, siempre que sea posible, el desarrollo de los temas transversales.

Artículo 56. Temas transversales prioritarios. 1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y de su tratamiento específico en las materias de la ESO que se vinculan directamente con los aspectos detallados a continuación, el currículo incluirá de manera transversal los siguientes elementos. Artículo 57. Elementos transversales del currículo. Son los siguientes: 1. El respeto al Estado de derecho y a los derechos y libertades fundamentales recogidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. 2. Las competencias personales y las habilidades sociales para el ejercicio de la participación, desde el conocimiento de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político y la democracia. 3. La educación para la convivencia y el respeto en las relaciones interpersonales, la competencia emocional, la autoestima y el autoconcepto como elementos necesarios para el adecuado desarrollo personal, el rechazo y la prevención de situaciones de acoso escolar, discriminación o maltrato, y la promoción del bienestar, de la seguridad y la protección de todos los miembros de la comunidad educativa. 4. Los valores y las actuaciones necesarias para el impulso de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, el reconocimiento de la contribución de ambos sexos al desarrollo de nuestra sociedad y al conocimiento acumulado por la humanidad, el análisis de las causas, situaciones y posibles soluciones a las desigualdades por razón de sexo, el respeto a la orientación y a la identidad sexual, el rechazo de comportamientos, contenidos y actitudes sexistas y de los estereotipos de género, la prevención de la violencia de género y el rechazo a la explotación y abuso sexual. 5. Los valores inherentes y las conductas adecuadas a los principios de igualdad de oportunidades, accesibilidad universal y no discriminación, así como la prevención de la violencia contra las personas con discapacidad.

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6. La tolerancia y el reconocimiento de la diversidad y la convivencia intercultural, la contribución de las diferentes sociedades, civilizaciones y culturas al desarrollo de la humanidad, la educación para la cultura de la paz, el respeto a la libertad de conciencia, la consideración a las víctimas del terrorismo, el conocimiento de los elementos fundamentales de la memoria democrática vinculados principalmente con hechos que forman parte de la historia de Andalucía, y el rechazo y la prevención de la violencia terrorista y cualquier otra forma de violencia, racismo o xenofobia. 7. Las habilidades básicas para la comunicación interpersonal, la capacidad de escucha activa, la empatía, la racionalidad y el acuerdo a través del diálogo en ESO y su perfeccionamiento en Bachillerato. 8. La utilización crítica y el autocontrol en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y los medios audiovisuales, la prevención de las situaciones de riesgo derivadas de su utilización inadecuada, su aportación a la enseñanza, al aprendizaje y al trabajo del alumnado, y los procesos de transformación de la información en conocimiento. 9. Los valores y conductas inherentes a la convivencia vial, la prudencia y la prevención de los accidentes de tráfico. Asimismo, se tratarán temas relativos a la protección ante emergencias y catástrofes. 10. La promoción de la actividad física para el desarrollo de la competencia motriz, de los hábitos de vida saludable, la utilización responsable del tiempo libre y del ocio y el fomento de la dieta equilibrada para el bienestar individual y colectivo, incluyendo conceptos relativos a la educación para el consumo y la salud laboral. 11. La adquisición de competencias para la actuación en el ámbito económico y para la creación y desarrollo de los diversos modelos de empresas, la aportación al crecimiento económico desde principios y modelos de desarrollo sostenible y utilidad social, el fomento del emprendimiento, de la ética empresarial y de la igualdad de oportunidades. 12. La toma de conciencia y la profundización en el análisis sobre temas y problemas que afectan a todas las personas en un mundo globalizado, entre los que se considerarán la salud, la pobreza en el mundo, la emigración y la desigualdad entre las personas, pueblos y naciones, así como los principios básicos que rigen el funcionamiento del medio físico y natural y las repercusiones que sobre el mismo tienen las actividades humanas, el agotamiento de los recursos naturales, la superpoblación, la contaminación o el calentamiento de la Tierra, todo ello, con objeto de fomentar la contribución activa en la defensa, conservación y mejora de nuestro entorno como elemento determinante de la calidad de vida.

TÍTULO VII METODOLOGÍA GENERAL

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 58. Características del proceso de enseñanza-aprendizaje competencial. El proceso de enseñanza-aprendizaje competencial debe caracterizarse por su transversalidad, su dinamismo y su carácter integral y, por ello, debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento. Artículo 59. Estrategias que desarrollará el profesorado para alcanzar los objetivos previstos y la adquisición de las competencias clave por parte del alumnado. 1. La metodología debe partir de la perspectiva del profesorado como orientador, promotor y facilitador del desarrollo competencial en el alumnado, ajustándose al nivel competencial inicial de éste y teniendo en cuenta la atención a la diversidad y el respeto hacia los diferentes ritmos y estilos de aprendizaje mediante prácticas de trabajo individual y cooperativo. 2. El profesorado estimulará la reflexión y el pensamiento crítico del alumnado, así como los procesos de construcción individual y colectiva del conocimiento y favorecerá el descubrimiento, la investigación, el espíritu emprendedor y la iniciativa personal.

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3. Igualmente, el profesorado desarrollará actividades para profundizar en las habilidades y métodos de recopilación, sistematización y presentación de la información y para aplicar procesos de análisis, observación y experimentación adecuados a los contenidos de cada materia. 4. El profesorado también adoptará estrategias interactivas que permitan compartir y construir el conocimiento y dinamizar la sesión de clase mediante el intercambio verbal y colectivo de ideas y diferentes formas de expresión. 5. El profesorado empleará metodologías activas que contextualicen el proceso educativo, que presenten de manera relacionada los contenidos y que fomenten el aprendizaje por proyectos, centros de interés o estudios de casos, favoreciendo la participación, la experimentación y la motivación de las alumnas y alumnos, al dotar de funcionalidad y transferibilidad a los aprendizajes. 6. El profesorado trabajará en equipo y el equipo docente actuará coordinadamente, con objeto de proporcionar un enfoque interdisciplinar del proceso educativo, fomentando que el alumnado realice trabajos de investigación y actividades integradas que impliquen a uno o varios departamentos de coordinación didáctica y que permitan al alumnado avanzar hacia el aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. 7. Las TIC se utilizarán de manera habitual como herramientas integradas para el desarrollo del currículo para el aprendizaje y el conocimiento. Artículo 60. Estrategias que adoptará el centro. 1. El centro fomentará la creación de condiciones y entornos de aprendizaje caracterizados por la confianza, el respeto y la convivencia como condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado. 2. El centro desarrollará, concretará y complementará, en su caso, el currículo en el proyecto educativo y lo adaptará a las necesidades del alumnado y a las características específicas del entorno socio-cultural en el que se encuentra. 3. El centro procurará promover compromisos educativos con las familias y con el propio alumnado, en los que se especificará qué actividades se compromete a realizar cada parte para facilitar el progreso educativo. 4. El centro, en el ejercicio de su autonomía pedagógica y organizativa, podrá llevar a cabo modelos de funcionamiento propios dentro del marco de la normativa vigente. A tales efectos, el centro podrá desarrollar, concretar y complementar, en su caso, el currículo en su proyecto educativo y lo adaptará a las necesidades del alumnado y a las características específicas de su entorno social y cultural, configurando así su oferta formativa. 5. El centro promoverá la participación de las familias en el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y en la vida del mismo como un objetivo prioritario. Artículo 61. Papel de las familias. Los padres, madres o tutores legales del alumnado deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijas e hijos o tutelados, así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopte el centro para facilitar su progreso educativo. Artículo 62. Las propuestas pedagógicas. Las propuestas pedagógicas se elaborarán con la finalidad de favorecer la implicación del alumnado en su propio aprendizaje, de estimular la superación individual, el desarrollo de todas sus potencialidades, de los procesos de aprendizaje autónomo y de promover hábitos de colaboración y de trabajo en equipo. Artículo 63. Fomento de la lectura y de la corrección en la expresión oral y escrita. Las programaciones didácticas incluirán actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura, la práctica de la expresión escrita y la capacidad de expresarse correctamente en público.

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TÍTULO VIII

CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 64. Características de las programaciones didácticas.

Las programaciones didácticas deben ser instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación de cada materia, módulo o, en su caso, ámbito del currículo establecido por la normativa vigente. Se atendrán a los criterios generales recogidos en el Proyecto Educativo y tendrán en cuenta las necesidades y características del alumnado.

Artículo 65. Elaboración, aprobación y modificación.

Serán elaboradas por los departamentos de coordinación didáctica, de acuerdo con las directrices de las áreas de competencias, su aprobación corresponderá al Claustro del profesorado y se podrán actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación. Artículo 66. Aspectos que deben incluir. 1. Las programaciones didácticas de las enseñanzas encomendadas a los institutos de educación secundaria incluirán, como mínimo, los siguientes aspectos: a) Los objetivos, los contenidos y su distribución temporal y los criterios de evaluación, posibilitando la adaptación de la secuenciación de contenidos a las características del centro y su entorno.

b) En el caso de la educación secundaria obligatoria, referencia explícita acerca de la contribución de la materia a la adquisición de las competencias clave en cada curso.

c) En el caso de la formación profesional inicial, deberán incluir las competencias profesionales, personales y sociales que hayan de adquirirse.

d) La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.

e) La metodología que se va a aplicar.

f) Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación en consonancia con las orientaciones metodológicas establecidas.

g) Las medidas de atención a la diversidad.

h) Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los libros para uso del alumnado.

i) Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el currículo que se proponen realizar los departamentos de coordinación didáctica.

j) En educación secundaria obligatoria las programaciones didácticas de todas las materias y, en su caso, ámbitos incluirán actividades en las que el alumnado deberá leer, escribir y expresarse de forma oral.

k) Las programaciones didácticas de las distintas materias del Bachillerato incluirán actividades que estimulen el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público.

l) La realización, por parte del alumnado, de trabajos monográficos, interdisciplinares u otros de naturaleza análoga que impliquen a varios departamentos de coordinación didáctica.

m) Los departamentos de familia profesional, a través del equipo educativo de cada uno de los ciclos formativos, desarrollarán el currículo mediante la elaboración de las correspondientes programaciones didácticas de los módulos profesionales.

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1º Su elaboración se realizará siguiendo las directrices marcadas en el Proyecto Educativo del centro, prestando especial atención a los criterios de planificación y a las decisiones que afecten al proceso de evaluación, especialmente en lo referente a:

1. Los procedimientos y criterios de evaluación comunes para las enseñanzas de formación profesional inicial reflejados en el Proyecto Educativo del centro.

2. Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación que se vayan a aplicar para la evaluación del alumnado, en cuya definición el profesorado tendrá en cuenta el grado de consecución de los resultados del aprendizaje de referencia, así como la adquisición de las competencias y objetivos generales del título.

3. La determinación y planificación de las actividades de refuerzo o mejora de las competencias, que permitan al alumnado matriculado en la modalidad presencial la superación de los módulos profesionales pendientes de evaluación positiva o, en su caso, mejorar la calificación obtenida en los mismos.

4. Las actividades programadas para realizar en las horas de libre configuración, de acuerdo con la finalidad a la que estén destinadas.

5. La adecuación de las actividades formativas, así como de los criterios y los procedimientos de evaluación cuando el ciclo formativo vaya a ser cursado por alumnado con algún tipo de discapacidad, garantizándose el acceso a las pruebas de evaluación. Esta adaptación en ningún caso supondrá la supresión de resultados de aprendizaje y objetivos generales del ciclo que afecten a la adquisición de la competencia general del título.

Artículo 67. Criterios para la determinación de los objetivos. 1. Las programaciones de cada materia, ámbito o módulo partirán de los objetivos generales fijados por el centro

durante la duración de cada etapa educativa y prestarán especial atención a los objetivos priorizados del centro, así como a su relación con los criterios de promoción y titulación y al desarrollo de las tareas fijadas para conseguir su cumplimiento.

2. Después es necesario distribuir los objetivos que se van a trabajar durante cada etapa y los objetivos que se van a

trabajar por curso o ciclo. Artículo 68. Criterios para la determinación de los contenidos. 1. Es necesario realizar una distribución de los bloques temáticos por ciclos o cursos.

2. A continuación, es preciso concretar esos bloques temáticos en unidades didácticas. 3. El paso siguiente es realizar una temporalización de las unidades didácticas. Artículo 69. Evaluación. 1. Los criterios de evaluación fijados por los respectivos departamentos son: a) Contenidos de la evaluación: 1º El desarrollo de los objetivos, competencias clave y estándares de aprendizaje evaluables establecidos en el currículo. 2º Como mínimo, los resultados académicos, el grado de cumplimiento de las programaciones, las medidas de atención a la diversidad y el resultado de las adaptaciones curriculares y de las propuestas de mejora.

b) Procedimientos para realizar la evaluación: 1º Fijar los criterios a seguir para la evaluación del alumnado. 2º Analizar los resultados buscando los posibles factores que hayan podido influir en ellos.

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3º Revisar y modificar, si es necesario, las programaciones.

c) Temporalización de la evaluación: 1º A lo largo del curso.

2º En los departamentos, después de cada evaluación y al final del curso, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria.

3º En la evaluación final de la etapa, si fuera procedente.

TÍTULO IX ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE LA ESO

CAPÍTULO ÚNICO Artículo 70. Finalidad y principios generales de la ESO. Son las descritas en el artículo 2 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 71. Objetivos. Son los descritos en el artículo 3 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 72. Definición y elementos del currículo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 73. Competencias. Son las descritas en el artículo 5 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 74. Elementos transversales. Son los descritos en el artículo 6 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 75. Metodología. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 7 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 4 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 76. Participación de los padres, madres o tutores legales del alumnado. Se estará a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 77. Organización curricular general de la ESO. 1. Se estará a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. El alumnado bilingüe podrá estar integrado en grupos compuestos exclusivamente por este tipo de alumnado, o bien

integrarse en grupos con alumnado tanto bilingüe como no bilingüe, en función de las necesidades organizativas del centro.

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Artículo 78. Organización curricular general del primer ciclo de la ESO. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 11 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 7 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 79. Agrupación del alumnado bilingüe y no bilingüe. El alumnado bilingüe y no bilingüe de ESO se agrupará en grupos diferentes para conseguir que el profesor/a que desempeñe la tutoría imparta docencia a todo el grupo, evitar los cambios de aula y mejorar el orden del centro en el cambio de clases. Por otra parte, las aulas de desdoble de los grupos no bilingües se ubicarán en las inmediaciones de las aulas ordinarias de cada grupo. Artículo 80. Organización curricular específica del primer curso de la ESO en el centro. 1. El centro ofertará un programa de refuerzo de materias instrumentales básicas (Lengua y/o Matemáticas) a todo el

alumnado no bilingüe de primer curso que lo requiera.

En el caso del alumnado bilingüe de primer curso que necesite refuerzo de Lengua y/o Matemáticas, dado que se le recomienda como optativa la asignatura de Francés, el centro le ofertará la posibilidad de recibir este refuerzo en una de las horas de libre disposición; en esta hora, el alumnado que no necesite el refuerzo de Lengua o Matemáticas recibirá una hora de refuerzo o ampliación de Inglés.

La finalidad de los programas de refuerzo es asegurar el dominio de los aprendizajes básicos que permitan al

alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la etapa.

El alumnado que curse este programa de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedar exento de cursar la materia de 2ª Lengua Extranjera.

2. En el grupo no bilingüe se realizarán desdobles para una mejor atención al alumnado en las siguientes materias:

a) Matemáticas. b) Inglés. c) Geografía e Historia. d) Biología y Geología. e) Lengua castellana y Literatura. f) LIBDI.

3. El grupo bilingüe tendrá:

a) El mismo horario semanal que el resto del alumnado en todas las materias, salvo en la Segunda lengua extranjera (Francés) que cursará como materia optativa recomendada, con una carga horaria semanal de dos horas. b) Ampliación o Refuerzo de Inglés / Refuerzo de Lengua y/o Matemáticas, según necesidad del alumnado, utilizando una de las horas de Libre Disposición.

4. Las dos horas de Libre Disposición se dedicarán: a) En el grupo no bilingüe, una hora de taller de reciclaje y otra de cine-fórum.

b) En el grupo bilingüe, una hora de taller de reciclaje y otra de Ampliación o Refuerzo de Inglés / Refuerzo de Lengua y/o Matemáticas

Artículo 81. Organización curricular específica del segundo curso de la ESO en el centro. 1. En el grupo no bilingüe se realizarán desdobles para una mejor atención al alumnado en las siguientes materias: a) Matemáticas. b) Inglés. c) Geografía e Historia.

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e) Lengua castellana y Literatura. f) LIBDI. 2. En el grupo bilingüe se recomienda como optativa la asignatura de Francés y en el no bilingüe, Refuerzo de

Matemáticas y de Lengua Castellana y Literatura. 3. La hora de libre disposición se dedicará: a) En el grupo no bilingüe, a Taller de Lectura. b) En el grupo bilingüe, se añade a las tres horas de Inglés. Artículo 82. Organización curricular específica del tercer curso de la ESO en el centro. 1. En el grupo no bilingüe se cursan las siguientes materias optativas: Cultura Clásica y Cambios sociales y de género. 2. En el grupo bilingüe se recomienda como optativa la asignatura de Francés. 3. El alumnado de tercer curso de la sección bilingüe mantendrá el mismo horario lectivo que el resto del alumnado, cursando la Segunda lengua extranjera con dos horas semanales, igual que el resto de las materias de libre configuración autonómica. 4. La hora de libre disposición se dedicará: a) En el grupo no bilingüe, a Taller de Teatro. b) En el grupo bilingüe, a Taller de Inglés.

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PRIMER CICLO DE ESO

MATERIAS 1º ESO H 2º ESO H 3º ESO H

MATERIAS GENERALES DEL

BLOQUE DE ASIGNATURAS

TRONCALES

Lengua Castellana y Literatura

4 Lengua Castellana y Literatura

4 Lengua Castellana y Literatura

4

Primera Lengua Extranjera

4 Primera Lengua Extranjera

3 Primera Lengua Extranjera

4

Geografía e Historia

3 Geografía e Historia 3 Geografía e Historia

3

Matemáticas 4 Matemáticas 3 Matemáticas Académicas o Aplicadas

4

Biología y Geología

3 Física y Química 3 Biología y Geología 2

Física y Química 2

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS

OBLIGATORIAS

Educación Física 2 Educación Física 2 Educación Física 2 Religión o Valores Éticos

1 Religión o Valores Éticos

1 Religión o Valores Éticos

1

EPVA 2 EPVA 2 Tecnología 3 Música 2 Música 2 Tecnología 3

ASIGNATURAS DE LIBRE

CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

(Elegir una)

Segunda Lengua Extranjera

2 Segunda Lengua Extranjera

2 Segunda Lengua Extranjera

2

Cambios Sociales y Género

2 Cambios Sociales y Género

2 Cambios Sociales y Género

2

Tecnología Aplicada

2 Cultura Clásica 2 Cultura Clásica 2

Cultura Clásica

2 Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial

2

Música

2

Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial

2 Materia de libre configuración de los centros

2

Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial

2

Materia de libre configuración de los centros

2 ------

EPVA

2

Materia de libre configuración de los centros

2

MATERIA DE LIBRE

CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

---------

----

Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos

1

TUTORÍA

1 1 1

LIBRE DISPOSICIÓN

---------- 2 ------- 1 1

HORAS TOTALES 30 30 30

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Artículo 83. Organización curricular general del segundo ciclo de la ESO. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículos 12 y 13 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 9 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Existirá la posibilidad de un Programa de refuerzo de materias troncales al alumnado de cuarto curso que proceda de 3º PMAR, según la información detallada en el consejo orientador del curso anterior. a) Dicho programa tendrá como fin asegurar los aprendizajes que permitan al alumnado alcanzar la titulación en Educación Secundaria Obligatoria. b) El alumnado que curse este programa quedará exento de cursar una de las materias del bloque de asignaturas específicas. Artículo 84. Organización curricular específica del cuarto curso de la ESO en el centro. 1. Asignatura bilingüe: Geografía e Historia.

a) Itinerarios: 1º Bloque 1 (Ciencias): Física y Química, Biología y Geología, Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas y una asignatura de entre: Cultura Científica y Tecnología. 2º Bloque 2 (Humanidades y CCSS): Latín, Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, Economía y una asignatura de entre: Cultura Científica y EPVA. 3º Bloque 3: (Formación Profesional): Tecnología, Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional e Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.

b) Al alumnado bilingüe se le recomendará escoger la asignatura optativa de Francés y al no bilingüe,

TYIC.

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4º CURSO DE ESO MATERIAS

ENSEÑANZAS ACADÉMICAS PARA LA INICIACIÓN AL

BACHILLERATO

ENSEÑANZAS APLICADAS PARA LA INICIACIÓN A LA

FORMACIÓN PROFESIONAL

H

MATERIAS GENERALES DEL

BLOQUE DE ASIGNATURAS

TRONCALES

Lengua Castellana y Literatura 3

Primera Lengua Extranjera 4

Geografía e Historia 3

Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas

Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas

4

MATERIAS DE OPCIÓN DEL BLOQUE DE ASIGNATURAS

TRONCALES (Elegir 2)

Biología y Geología

Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional

3

Física y Química Tecnología 3

Economía Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial

3

Latín 3

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS

OBLIGATORIAS

Educación Física 2

Religión o Valores Éticos 1

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE

OPCIÓN (Elegir 2)

Artes Escénicas y Danza 3 Cultura Científica 3 Cultura Clásica 3 EPVA 3 Filosofía 3 Música 3 Segunda Lengua Extranjera 3 Tecnologías de la Información y la Comunicación 3 Materia Troncal no cursada 3

TUTORÍA 1

TOTAL DE HORAS

30

Artículo 85. Ordenación general de la evaluación. Se estará a lo dispuesto en:

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1. Artículo 14 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 13 al 21 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 86. Promoción. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 15 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 22 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 87. Evaluación final. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 16 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 23 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 88. Título de Graduado en ESO y certificación de estudios. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 18 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos 24 y 25 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 89. Documentos oficiales de la evaluación. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 17 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 26 al 32 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 90. Principios generales de atención a la diversidad. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículos del 20 al 23 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 35 al 37 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 91. Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 24 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 38 al 47 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 92. Organización específica del programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento en el centro. 1. Durante el curso 16/17 nuestro centro sólo implantará el PMAR en 2º de ESO. 2. El alumnado de PMAR pertenecerá a los grupos A y B de la manera más equilibrada posible.

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3. Las materias específicas de PMAR serán las siguientes: a) Ámbito social y lingüístico. b) Ámbito científico y matemático. c) Ámbito Práctico (Tecnología). c) Ámbito de Lengua Extranjera (Inglés). d) Tutoría de Orientación. Artículo 93. Principios generales de la tutoría y de la orientación en el centro. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 25 del Decreto 111/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 38 al 47 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la ESO en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 94. Procedimientos de revisión y reclamación de calificaciones y de decisiones de promoción o de titulación. Son los descritos en los artículos 33 y 34 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

TÍTULO X ORGANIZACIÓN CURRICULAR DEL BACHILLERATO

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 95. Finalidad y principios generales del Bachillerato. Son las descritas en el artículo 2 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 96. Objetivos. Son los descritos en el artículo 3 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 97. Definición y elementos del currículo. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 4 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 2 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 98. Competencias. Son las descritas en el artículo 5 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 99. Elementos transversales. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 6 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 3 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 100. Metodología. Se estará a lo dispuesto en:

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1. Artículo 7 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 4 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 101. Acceso al Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 102. Organización curricular general del Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 11 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 6 al 15 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 103. Organización curricular general del primer curso de Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 104. Agrupación del alumnado bilingüe y no bilingüe. En Bachillerato, el alumnado bilingüe y no bilingüe se agrupará en grupos mixtos, ya que su mayor madurez no hace necesario el agrupamiento independiente. Artículo 105. Organización curricular específica del primer curso de Bachillerato en el centro. 1. Asignatura bilingüe: Filosofía. 2. Itinerarios:

a) Humanidades: Latín I, Griego I, Patrimonio Cultural y Artístico de Andalucía, TYC y una asignatura de entre: Hª del Mundo Contemporáneo y Literatura Universal. b) CCSS: Matemáticas Aplicadas a las CCSS, Economía, Cultura Emprendedora, TYC y una asignatura de entre: Hª del Mundo Contemporáneo y Literatura Universal. c) Ciencias: Matemáticas I, Física y Química, Biología y Geología, Cultura Científica y una asignatura de entre: Anatomía Aplicada y TYC. d)Tecnología: Matemáticas I, Física y Química, Dibujo Técnico, Cultura Científica y una asignatura de entre: Tecnología Industrial y TYC.

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1º DE BACHILLERATO

MATERIAS CIENCIAS H HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

H

ASIGNATURAS TRONCALES GENERALES

Filosofía 3 Filosofía 3 Lengua Castellana y Literatura I

3

Lengua Castellana y Literatura I 3

Primera Lengua Extranjera I

3

Primera Lengua Extranjera I 3

Matemáticas I 4 Latín I 4 Matemáticas Ap. A las CC.SS.

ASIGNATURAS

TRONCALES DE OPCIÓN

(Elegir 2)

Biología y Geología 4 Economía 4 Dibujo Técnico I 4 Griego I 4 Física y Química 4 Historia del Mundo Contemporáneo 4

Literatura Universal 4

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS OBLIGATORIAS

Educación Física 2

Segunda Lengua Extranjera I 2

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE OPCIÓN (Elegir 2)

Análisis Musical I

2

Anatomía Aplicada

2

Cultura Científica

2

Dibujo Artístico I

2

Lenguaje y Práctica Musical

2

Tecnología Industrial I

2

Tecnologías de la Información y la Comunicación I

2

Volumen

2

Materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica

2

Una única materia del bloque de asignaturas troncales no cursada *

2

ELEGIR 1

Religión 2 Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos 2

TOTAL DE HORAS

30

*En lugar de dos materias de dos horas, se cursará una única materia troncal de opción no cursada de cuatro horas, que podrá ser de cualquier modalidad, en función de la oferta que realicen los centros y que será considerada específica a todos los efectos.

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Artículo 106. Organización curricular general del segundo curso de Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 107. Organización curricular específica del segundo curso de Bachillerato en el centro. 1. Asignaturas bilingües: Hª de la Filosofía e Hª de España. 2. Itinerarios:

a) Humanidades: Latín II, Griego II, Hª del Arte y una asignatura de entre: Francés y TYC. b) CCSS: Matemáticas Aplicadas a las CCSS II, Economía de la Empresa, Geografía y una asignatura de entre: Fundamentos de Administración y Gestión, Francés y TYC.

c) Ciencias: Matemáticas II, Química, Biología y una asignatura de entre: Francés, Psicología, Ciencias de la Tierra, Tecnología Industrial II y TYC. d) Tecnología: Matemáticas II, Física, una a elegir entre Química y Dibujo Técnico II, y otra de entre: Francés, Psicología, Ciencias de la Tierra, Tecnología Industrial II y TYC.

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2º BACHILLERATO

MATERIAS CIENCIAS H HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

H

ASIGNATURAS TRONCALES GENERALES

Historia de España 3 Historia de España 3 Lengua Castellana y Literatura II

3 Lengua Castellana y Literatura II

3

Primera Lengua Extranjera II

3 Primera Lengua Extranjera II

3

Matemáticas II 4 Latín II 4 Matemáticas Ap. A las CC. SS.

ASIGNATURAS TRONCALES DE

OPCIÓN ( Elegir 2)

Biología 4 Economía de la Empresa 4 Dibujo Técnico II 4 Geografía 4 Física 4 Griego II 4 Geología 4 Historia del Arte 4 Química 4

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS OBLIGATORIAS

Historia de la Filosofía 2

Materia del bloque de asignaturas de Libre Configuración Autonómica

2

ASIGNATURAS ESPECÍFICAS DE OPCIÓN

( Elegir 1)

Análisis Musical II

4

Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiental

Dibujo Artístico II Fundamentos de Administración y Gestión Historia de la Música y de la Danza Imagen y Sonido Psicología Segunda Lengua Extranjera II Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica Tecnología Industrial II Tecnologías de la Información y Comunicación II

Una materia troncal no cursada

ELEGIR 1 Religión 1 Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos

TOTAL DE HORAS

30

Artículo 108. Enseñanzas bilingües. 1. Se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 109. Ordenación general de la evaluación. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 16 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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2. Artículos del 16 al 24 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 110. Promoción. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 17 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos 25 y 26 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 111. Continuidad entre materias del Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 112. Evaluación final de Bachillerato. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 19 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículo 27 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 113. Título de Bachiller y certificación de estudios. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 21 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos 28 y 29 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 114. Documentos oficiales de la evaluación. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículo 20 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos del 30 al 35 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 115. Principios generales de atención a la diversidad. Se estará a lo dispuesto en: 1. Artículos del 22 al 25 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Artículos 24, 38, 39, 40 y 41 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Artículo 116. Principios generales de la tutoría y de la orientación en el centro. Se estará a lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 117. Procedimientos de revisión y reclamación de calificaciones y de decisiones de promoción o de titulación. Se estará a lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados

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aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado.

TÍTULO XI ESTRATEGIAS QUE DESARROLLARÁ EL PROFESORADO PARA QUE EL ALUMNADO ALCANCE LOS OBJETIVOS PREVISTOS Y ADQUIERA LAS

COMPETENCIAS CLAVE CAPÍTULO ÚNICO Artículo 118. Estrategias de mejora aprobadas por el centro.

1. Profesorado:

a) Control diario del trabajo para casa y del material escolar, con repercusión en las calificaciones de la evaluación. Cada departamento deberá reflejar esta repercusión en las estrategias de calificación de las respectivas programaciones didácticas.

b) Mejora de la actitud, motivación y participación del alumnado en clase: 1º Plantear las clases de forma participativa, procurando no utilizar exclusivamente la lección magistral.

2º Realizar actividades colaborativas.

3º Adecuar las materias, acotando los conocimientos esenciales para el alumnado que lo necesite, insistiendo en los aspectos básicos: por ejemplo, dedicar diez minutos a recordar conocimientos básicos previos.

c) Explicar las técnicas e instrumentos de trabajo para cada asignatura. d) Aplicar de forma práctica los contenidos a las situaciones reales.

e) Utilizar material audiovisual y nuevas tecnologías para motivar al alumnado. f) Incentivar el uso de la biblioteca, fomentando el hábito de la lectura. g) Añadir en los controles escritos cuestiones en las que el alumnado deba explicar cómo las ha desarrollado. h) Mejora de la producción y comprensión oral: 1º Lecturas en voz alta (poemas, montaje de una obra de teatro y actividades similares). 2º Pruebas y preguntas orales. 3º Exposición de trabajos. 4º Corrección de vulgarismos y de expresiones incorrectas. 5º Audiciones de textos, para mejorar la comprensión del alumnado. i) Mejora de la producción e interpretación de textos escritos mediante la lectura comprensiva en clase de

algún texto o párrafo, que se debe trabajar en los siguientes aspectos: 1º Búsqueda de palabras no conocidas en el diccionario. 2º Cuestionarios sobre lo leído. 3º Saber elaborar un resumen. 4º Saber elaborar un esquema. 5º Identificación de las ideas esenciales del texto. 6º La técnica del subrayado. 7º Mejora de la ortografía. 8º Ejercicios de redacción de textos escritos de producción propia y lectura posterior en voz alta en la clase. Cada alumna y alumno deberá leer en voz alta su redacción para que ésta sea calificada. j) Mejora del razonamiento matemático y científico:

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1º Organizar, comprender e interpretar la información. 2º Explicar el procedimiento seguido en la resolución de cualquier actividad. 3º Analizar, justificar y expresar correctamente los resultados en la resolución de problemas. 4º Buscar y seleccionar la estrategia adecuada para la resolución de un problema. 5º Trabajar con el alumnado la memoria significativa. 6º Concienciar al alumnado de que el esfuerzo y el estudio son la base del éxito, así como desarrollar su sentido de la responsabilidad. 2. Alumnado: a) Mejora de su colaboración en clase y de su motivación por el aprendizaje:

1º Respetar las normas básicas de convivencia al hablar en público y al relacionarse con otras personas, practicando la autocorrección de expresiones y actitudes incorrectas a través de la reflexión.

2º Trabajar para aprender, concibiendo la educación como un proceso de superación a través del

esfuerzo personal. 3º Respetar las explicaciones del profesorado, el proceso de aprendizaje del resto de compañeras y

compañeros y tratar de plantear preguntas sobre los temas tratados. 3. Orientador/a:

a) Confeccionar una relación breve, clara y concreta de técnicas generales de estudio, realizando, preferentemente en el primer trimestre, talleres para el alumnado, con seguimiento posterior.

b) Ayudar al alumnado a mejorar su autoestima. 4. Familias: a) Mejora de las relaciones con ellas desde el centro: 1º Realización de reuniones y cursillos. 2º Enviar comunicaciones escritas a las mismas. 3º Colaboración con la AMPA. b) Compromiso de trabajo y de responsabilidad de las familias: 1º Firma de un documento por parte de las familias a principios de curso en el que éstas se comprometen a que sus hijas e hijos vengan a clase con el material escolar necesario. 2º Mejorar las relaciones de éstas con el centro: 1. Las familias deben controlar y planificar el tiempo de sus hijos/as (horario de estudio, televisión, ordenador, tiempo libre).

2. Deben vigilar que sus hijos/as cumplan las tareas encomendadas para casa.

3. Es necesario que controlen las faltas de asistencia a clase y las calificaciones de sus hijas e hijos en las evaluaciones.

4. Las familias deben también justificar debidamente las faltas de asistencia a clase o de puntualidad en la incorporación al centro de sus hijas e hijos. 5. Material: a) Mejorar el equipamiento informático. b) Adquisición de licencias de software: pedir información sobre las características del acuerdo con Microsoft.

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TÍTULO XII CRITERIOS PARA DETERMINAR LAS MATERIAS DE OPCIÓN

CAPÍTULO ÚNICO Artículo 119. Criterios generales del centro.

1. La intención del centro es que la oferta de materias de opción sea lo más variada y amplia posible y que se corresponda con la legalidad. Con estas consideraciones, no se pretende limitar la elección del alumnado, sino evitar el desaprovechamiento de recursos cuando éstos sean limitados.

2. Para considerar que una asignatura tiene insuficiencia de alumnado, nos ceñiremos a lo que marca la normativa en torno a este punto: que el número de solicitantes sea inferior a 10 (en ESO) o 15 (en Bachillerato).

a) Cuando esto ocurra, la asignatura se impartirá cuando se produzca alguna de estas circunstancias:

1º Que el departamento encargado de impartirla pueda asumir esas horas.

2º Que un departamento afín reciba esas horas “sobrantes”, bien porque las necesite para completar su horario, bien porque no le importe asumirlas.

3º Que el departamento esté dispuesto a asumir esas horas a costa de tener una mayor carga lectiva y/o a

renunciar a reducciones lectivas. Todo ello, siempre que sea posible hacerlo sin sobrepasar el número de horas que marca la normativa vigente..

4º Que la supresión de esa asignatura implique la desaparición de una de las modalidades de obligada oferta.

3. El resto de casuística que pudiera derivarse será resuelta por el equipo directivo en función de los recursos

disponibles y las necesidades del alumnado.

4. El alumnado podrá solicitar el cambio de itinerario o de materias de opción durante los quince primeros días lectivos del curso, mediante petición razonada dirigida a la jefatura de estudios, que tendrá, en cualquier caso, la potestad de aceptar o denegar el cambio solicitado.

TÍTULO XIII LA EVALUACIÓN EN LA ESO

CAPÍTULO ÚNICO Artículo 120. Criterios comunes de evaluación. 1. Estos criterios deben ayudar al profesorado a valorar el grado de adquisición de los objetivos generales de la etapa y

de las competencias clave y facilitar la toma de la decisión más adecuada en cada momento del proceso de evaluación. El alumnado debe ser capaz de:

a) Desarrollar las capacidades apropiadas para alcanzar los objetivos generales de la ESO. b) Alcanzar las competencias clave requeridas en cada materia.

c) Expresarse correctamente de forma oral y escrita en función del nivel académico en el que se encuentre.

d) Poseer la capacidad de comprender y asimilar los contenidos de cada materia, tanto a nivel teórico como práctico.

e) Progresar en la adquisición del hábito de trabajo y en la capacidad de superación.

f) Mantener una actitud positiva respecto a las actividades propias de cada materia y un comportamiento correcto en clase.

g) Utilizar apropiadamente las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

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2. En la evaluación extraordinaria de septiembre, cada profesor/a pondrá a cada alumno/a pendiente de evaluación positiva la calificación que corresponda en función de lo descrito en la programación del departamento didáctico correspondiente y de la evolución académica del alumno/a durante el curso. Artículo 121. Promoción o titulación excepcional del alumnado con materias pendientes. 1. En 1º, 2º o 3º de ESO, el equipo docente sólo promocionará a un alumno o alumna con evaluación negativa en

tres materias en el caso excepcional de que haya visto interrumpido su progreso educativo por alguna circunstancia especial (accidente grave, enfermedad de larga duración, problemas de índole personal u otras circunstancias similares, todas ellas debidamente justificadas).

2. En 4º de ESO, el equipo docente sólo concederá la titulación a un alumno o alumna con una materia suspensa si

cumple los criterios mínimos de madurez académica descritos en el artículo siguiente y ha agotado todas las posibilidades de repetición.

3. En 4º de ESO, el equipo docente sólo concederá la titulación a un alumno o alumna con dos materias suspensas que

no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas si se dan las circunstancias descritas en los puntos 1 y 2 de este artículo y siempre que el alumno o alumna cumpla los criterios mínimos de madurez académica descritos en el artículo siguiente.

Artículo 122. Criterios mínimos de madurez académica a efectos de titulación con una o dos materias suspensas. 1. Son siguientes: • Asistencia habitual a clase.

• Asiste a clase y es puntual.

• Se presenta a los exámenes y no los deja en blanco.

• Comportamiento adecuado en clase.

• Tiene una actitud de respeto al profesorado y a sus compañeros y compañeras.

• Tiene una actitud de respeto a las instalaciones del centro.

• Estudia y trabaja con asiduidad y es posible apreciar su esfuerzo.

• Atiende en clase, participa y realiza las tareas, los trabajos y las actividades.

• Se observa una actitud de esfuerzo, interés y trabajo.

• Posee los conocimientos básicos del área.

• Se observa progreso en el aprendizaje desde el inicio del curso.

• Se observa un grado aceptable de consecución de los objetivos del área y de las competencias clave.

TÍTULO XIV

LA EVALUACIÓN EN EL BACHILLERATO CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 123. Criterios comunes de evaluación.

1. Estos criterios deben ayudar al profesorado a valorar el grado de adquisición de los objetivos generales de la etapa y facilitar la toma de la decisión más adecuada en cada momento del proceso de evaluación. El alumnado debe ser capaz de:

a) Haber adquirido una madurez personal y social que le permita desarrollar su espíritu crítico. b) Afianzar los hábitos de estudio, lectura y disciplina. c) Poseer el dominio básico de las técnicas de estudio propias de cada materia.

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d) Dominar las destrezas instrumentales básicas asociadas a la comunicación (comprensión y expresión

oral y escrita). e) Adquirir las destrezas instrumentales asociadas al razonamiento científico propio de cada materia. f) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de iniciativa personal y de trabajo en equipo. g) Utilizar con responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.

2. En la evaluación extraordinaria de septiembre, cada profesor/a pondrá a cada alumno/a pendiente de evaluación positiva la calificación que corresponda en función de lo descrito en la programación del departamento didáctico correspondiente y de la evolución académica del alumno/a durante el curso.

TÍTULO XV

RECLAMACIÓN DE LAS CALIFICACIONES FINALES ANTE LOS DEPARTAMENTOS UNIPERSONALES

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 124. Reclamaciones ante departamentos unipersonales o pluripersonales que en el momento de la reclamación estén constituidos por una sola persona. 1. El procedimiento a seguir será el previsto en la legislación vigente, con la única diferencia de que la reclamación será estudiada en primera instancia por el conjunto de jefes y jefas de departamento del área a la que pertenezca la asignatura, ámbito o módulo contra cuya calificación final se ha presentado la reclamación. 2. El coordinador o coordinadora del área a la que pertenezca la asignatura, ámbito o módulo contra cuya calificación final se haya presentado la reclamación realizará las funciones que el artículo anterior atribuye al jefe o jefa del departamento.

TÍTULO XVI PARTICIPACIÓN E INFORMACIÓN AL ALUMNADO Y A LAS FAMILIAS Y

DERECHOS EN RELACIÓN CON LA EVALUACIÓN CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 125. Información al alumnado y a sus familias.

1. Al comienzo de cada curso escolar, con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, el profesorado dará a conocer al alumnado y a sus familias los objetivos de cada una de las materias curriculares, las competencias clave, los criterios de evaluación, calificación y promoción, y los procedimientos de reclamación incluidos en los proyectos educativos y, en su caso, las medidas de apoyo educativo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el alumnado. 2. Al menos tres veces a lo largo del curso, las personas que ejerzan la tutoría del alumnado informarán por escrito a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del mismo sobre el aprovechamiento académico de éste y la evolución de su proceso educativo. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectadas en el proceso de aprendizaje. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración delos restantes miembros del equipo docente. 3. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o a quién ejerza la tutela legal del alumnado acerca de los resultados de la evaluación final. Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas y el nivel competencial alcanzado cuando corresponda al final de un ciclo.

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Asimismo, se informará sobre la decisión acerca de su promoción al curso siguiente y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumnado alcance los objetivos establecidos en cada una de las áreas y desarrolle las competencias clave. 4. Los alumnos y alumnas, los padres, madres y personas que ejerzan su tutela legal podrán acogerse al procedimiento establecido en los artículos / capítulo para formular reclamaciones a las calificaciones obtenidas al final de cada curso.

TÍTULO XVII

ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN PARA EL ALUMNADO CON MATERIAS PENDIENTES

DE EVALUACIÓN POSITIVA

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 126. Funciones de los departamentos didácticos.

1. El jefe o jefa de cada departamento didáctico coordinará la actividad de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva.

2. El alumnado deberá ser evaluado en cada una de las evaluaciones del curso. 3. Cada departamento determinará en su programación didáctica las actividades de recuperación de las

materias pendientes de evaluación positiva, las formas de evaluación, el profesorado encargado de realizarla y las horas de atención al alumnado.

4. Las materias que tengan continuidad en el curso siguiente podrán ser evaluadas por el profesor o profesora

correspondiente. En el caso de que la materia no tenga continuidad en el curso siguiente, la programación didáctica determinará el profesorado encargado de la recuperación.

Artículo 127. Principios Generales en ESO y Bachillerato. 1. El plan de actividades de recuperación de materias pendientes deberá estar incluido en la programación didáctica del departamento correspondiente.

2. Este plan deberá permitir que el alumnado recupere la materia pendiente de forma independiente de la materia del mismo nombre del curso siguiente.

3. Lo anterior no excluye la posibilidad de que, en su caso, cuando los objetivos y competencias básicas de la

materia del curso anterior se consideren englobados en los de la materia del curso siguiente, el departamento didáctico correspondiente pueda establecer la promoción automática de la materia pendiente si se supera la del mismo nombre del curso siguiente.

4. Si la materia pendiente no tiene continuidad en el siguiente curso, el departamento correspondiente organizará

el plan de trabajo apropiado para la superación de la misma. 5. Las pruebas para la evaluación de las materias pendientes se realizarán, como mínimo, quince días antes de las

fechas previstas para la realización de las evaluaciones trimestrales. 6. Las personas que ostenten las jefaturas de los departamentos didácticos son las responsables últimas del buen

desarrollo del plan de recuperación, de realizar la coordinación correspondiente con el profesorado de su

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departamento para garantizar la aplicación del mismo y de facilitar la información pertinente al alumnado que participa en el plan de recuperación.

7. La jefatura de estudios fijará un calendario de celebración de las pruebas de recuperación, teniendo en cuenta lo previsto en el punto 5.

Artículo 128. Principios particulares y procedimiento en Bachillerato. 1. En esta etapa educativa se presupone un mayor grado de madurez en el alumnado, por lo que el procedimiento

para llevar a cabo el plan de actividades debe ser más ágil.

a) A comienzo de curso, la jefatura de estudios elaborará un listado del alumnado con materias

pendientes, que se entregará a los jefes/as de departamento.

b) Los diferentes departamentos establecerán sus respectivos planes e informarán del contenido

de los mismos al alumnado afectado durante el mes de octubre.

c) En las materias con continuidad el profesor/a que las imparta hará el seguimiento del

alumnado que tenga la materia con idéntica denominación pendiente.

d) Los departamentos podrán articular vías de comunicación con el alumnado relacionadas

con las TIC.

e) Las pruebas escritas serán programadas por la jefatura de estudios y se realizarán unos

quince días, como mínimo, antes de las previstas para las evaluaciones trimestrales.

f) Las materias pendientes de evaluación se podrán evaluar trimestralmente y, en cualquier

caso, se superarán definitivamente en la evaluación ordinaria o en la extraordinaria.

TÍTULO XVIII ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE FORMACIÓN PROFESIONAL

BÁSICA CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 129. Ordenación de las enseñanzas de FPB. Se estará a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB, hasta tanto no se desarrolle normativamente el mismo. Artículo 130. Programas formativos de FPB. Se estará a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 131. Módulos profesionales y unidades formativas. Se estará a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 132. Currículo de las enseñanzas. Se estará a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB.

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Artículo 133. Duración, calendario y jornada de los ciclos formativos. Se estará a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 134. Ratio. Se estará a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 135. Módulo profesional de Formación en centros de trabajo. Se estará a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 136. Metodología y programaciones didácticas. Se estará a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 137. Tutoría. Se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 138. Atención a la diversidad. Se estará a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 139. Aspectos generales de la evaluación. Se estará a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 140. Procedimientos de evaluación. Se estará a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 141. Promoción. Se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 142. Convalidaciones y exenciones. Se estará a lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 143. Acreditación de las unidades de competencia. Se estará a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 144. Titulación y otras certificaciones. Se estará a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 145. Efecto de los títulos. Se estará a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 146. Profesorado. Se estará a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB.

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Artículo 147. Requisitos de acceso. Se estará a lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB. Artículo 148. Admisión. Se estará a lo dispuesto en los artículos 23 y 25 del Decreto 135/2016, de 26 de julio, por el que se regulan las enseñanzas de FPB.

CAPÍTULO II CICLO DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

Artículo 149. Finalidades. Son las siguientes: 1. Acopiar los materiales para acometer el montaje y/o mantenimiento en sistemas microinformáticos y redes de transmisión de datos. 2. Realizar operaciones auxiliares de montaje de sistemas microinformáticos y dispositivos auxiliares en condiciones de calidad. 3. Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento y reparación de sistemas microinformáticos garantizando su funcionamiento. 4. Realizar las operaciones para el almacenamiento y transporte de sistemas, periféricos y consumibles, siguiendo criterios de seguridad y catalogación. 5. Realizar comprobaciones rutinarias de verificación en el montaje y mantenimiento de sistemas y/o instalaciones. 6. Montar canalizaciones para cableado de datos en condiciones de calidad y seguridad. 7. Tender el cableado de redes de datos aplicando las técnicas y procedimientos normalizados. 8. Manejar las herramientas del entorno usuario proporcionadas por el sistema operativo y los dispositivos de almacenamiento de información. 9. Manejar aplicaciones ofimáticas de procesador de textos para realizar documentos sencillos. 10. Realizar las tareas de su responsabilidad tanto individualmente como en equipo, con autonomía e iniciativa, adaptándose a las situaciones producidas por cambios tecnológicos u organizativos. 11. Adquirir hábitos de responsabilidad y autonomía basados en la práctica de valores, favoreciendo las relaciones interpersonales y profesionales, trabajando en equipo y generando un ambiente favorable de convivencia que permita integrarse en los distintos ámbitos de la sociedad. 12. Desarrollar hábitos y valores acordes con la conservación y sostenibilidad del patrimonio natural, analizando la interacción entre las sociedades humanas y el medio natural y valorando las consecuencias que se derivan de la acción humana sobre el medio. 13. Valorar las diferentes manifestaciones artísticas y culturales de forma fundamentada utilizándolas como fuente de enriquecimiento personal y social y desarrollando actitudes estéticas y sensibles hacia la diversidad cultural y el patrimonio artístico. 14. Comunicarse en diferentes situaciones laborales o sociales utilizando recursos lingüísticos con precisión y claridad, teniendo en cuenta el contexto y utilizando formas orales y escritas básicas tanto de la propia lengua como de alguna lengua extranjera. 15. Resolver problemas predecibles relacionados con su entorno social y productivo utilizando los elementos proporcionados por las ciencias aplicadas y sociales y respetando la diversidad de opiniones como fuente de enriquecimiento en la toma de decisiones.

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16. Ejercer de manera activa y responsable los derechos y deberes derivados tanto de su actividad profesional como de su condición de ciudadano/a. Artículo 150. Módulos que constituyen el ciclo. Los módulos de este ciclo formativo son los siguientes:

1. Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos. 2. Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación. 3. Equipos eléctricos y electrónicos. 4. Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos. 5. Ciencias aplicadas I. 6. Ciencias aplicadas II. 7. Comunicación y sociedad I. 8. Comunicación y sociedad II. 9. Formación en centros de trabajo.

CAPÍTULO III CICLO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 151. Finalidades. Son las siguientes: 1. Preparar equipos y aplicaciones informáticas para llevar a cabo la grabación, tratamiento e impresión de datos y textos, asegurando su funcionamiento. 2. Elaborar documentos, utilizando el lenguaje científico y los recursos gráficos y expositivos en función de los contextos de aplicación, asegurando su confidencialidad, y utilizando aplicaciones informáticas. 3. Realizar tareas básicas de almacenamiento y archivo de información y documentación, tanto en soporte digital como convencional, de acuerdo con los protocolos establecidos. 4. Realizar labores de reprografía y encuadernado básico de documentos de acuerdo a los criterios de calidad establecidos. 5. Tramitar correspondencia y paquetería, interna o externa, utilizando los medios y criterios establecidos. 6. Realizar operaciones básicas de tesorería, utilizando los documentos adecuados en cada caso. 7. Realizar las tareas básicas de mantenimiento del almacén de material de oficina, preparando los pedidos que aseguren un nivel de existencias mínimo. 8. Atender al cliente, utilizando las normas de cortesía y demostrando interés y preocupación por resolver satisfactoriamente sus necesidades. 9. Aplicar los procedimientos de seguridad establecidos en el desarrollo de sus actividades profesionales evitando daños en las personas e instalaciones. 10. Realizar las tareas de su responsabilidad tanto individualmente como en equipo, con autonomía e iniciativa, adaptándose a las situaciones producidas por cambios tecnológicos u organizativos. 11. Adquirir hábitos de responsabilidad y autonomía basados en la práctica de valores, favoreciendo las relaciones interpersonales y profesionales, trabajando en equipo y generando un ambiente favorable de convivencia que permita integrarse en los distintos ámbitos de la sociedad. 12. Desarrollar hábitos y valores acordes con la conservación y sostenibilidad del patrimonio natural, analizando la interacción entre las sociedades humanas y el medio natural y valorando las consecuencias que se derivan de la acción humana sobre el medio.

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13. Valorar las diferentes manifestaciones artísticas y culturales de forma fundamentada utilizándolas como fuente de enriquecimiento personal y social y desarrollando actitudes estéticas y sensibles hacia la diversidad cultural y el patrimonio artístico. 14. Comunicarse en diferentes situaciones laborales o sociales utilizando recursos lingüísticos con precisión y claridad, teniendo en cuenta el contexto y utilizando formas orales y escritas básicas tanto de la propia lengua como de alguna lengua extranjera. 15. Resolver problemas predecibles relacionados con su entorno social y productivo utilizando los elementos proporcionados por las ciencias aplicadas y sociales y respetando la diversidad de opiniones como fuente de enriquecimiento en la toma de decisiones. 16. Ejercer de manera activa y responsable los derechos y deberes derivados tanto de su actividad profesional como de su condición de ciudadano/a.

Artículo 152. Módulos que constituyen el ciclo. Son los siguientes: 1. Tratamiento informático de datos. 2. Aplicaciones básicas de ofimática. 3. Técnicas administrativas básicas. 4. Archivo y comunicación. 5. Atención al cliente. 6. Preparación de pedidos y venta de productos. 7. Ciencias aplicadas I. 8. Ciencias aplicadas II. 9. Comunicación y sociedad I. 10. Comunicación y sociedad II. 11. Formación en centros de trabajo.

TÍTULO XIX

ORGANIZACIÓN CURRICULAR DE LOS CICLOS DE FP INICIAL

CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN GENERAL

Artículo 153. Objetivos.

Uno de los principales objetivos de los Ciclos formativos de FP de grado medio y de grado superior es el de lograr una mejor relación entre la formación académica teórica y la formación profesional, a través del contacto directo con el mercado laboral. Artículo 154. Duración. La duración de estos cursos oscila entre 1000 y 2000 horas, distribuidas aproximadamente entre uno y dos años, incluidas las horas de prácticas en empresas. Artículo 155. Contenidos.

1. Los contenidos se agrupan en tres áreas de formación:

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a) Módulos de formación académica, integrados por dos grupos de módulos, que suponen el soporte teórico para el desarrollo de la profesión: módulos asociados a la competencia y socio-económicos.

b) Módulo de Formación en centros de trabajo: prácticas en empresas con un mínimo de 220 horas y evaluables. Estas prácticas son gestionadas por el propio centro y controladas por un tutor/a dentro de la empresa.

c) Módulo profesional integrado: aplica todo lo asimilado durante el curso al puesto de trabajo mediante la realización de un proyecto integrado (proyecto de fin de curso), que realiza el alumno/a con seguimiento de un tutor/a.

Artículo 156. Acceso.

1. A los ciclos formativos de grado superior se accede con el Bachillerato, COU, título de técnico especialista o de técnico superior, a través de una prueba de acceso para mayores de 20 años o a través de una prueba para mayores de 18 años si el alumnado acredita estar en posesión del título de técnico correspondiente a cualquier ciclo formativo de grado medio de la misma familia profesional. La titulación que se obtiene es la de técnico superior.

2. Para acceder a los Ciclos formativos de grado medio, el alumnado debe poseer el título de graduado en Educación Secundaria o el de técnico auxiliar o similares. También se puede acceder mediante la superación de una prueba, si el/la aspirante tiene cumplidos los 17 años.

Artículo 157. Oferta educativa del centro.

1. En el centro se imparten los siguientes Ciclos formativos:

FAMILIA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN

• -Ciclo formativo de grado medio “Gestión Administrativa” •

-Ciclo formativo de grado superior “Administración y Finanzas”

FAMILIA PROFESIONAL DE INFORMÁTICA

-Ciclo formativo de grado medio “Sistemas Microinformáticos y

Redes”

CAPÍTULO II CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Artículo 158. Duración. El ciclo formativo de grado medio de Gestión Administrativa tiene una duración de 1.300 horas, lo que equivale a tres trimestres de formación en el centro educativo, más la formación en un centro de trabajo.

Artículo 159. Competencias de cualificación profesional requeridas.

1. Los requerimientos de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son:

a) Registrar, procesar y transmitir información.

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b) Realizar las gestiones administrativas de compra y venta de productos y/o servicios.

c) Realizar las gestiones administrativas de personal.

d) Realizar las gestiones administrativas de tesorería y los registros contables.

e) Informar y atender al cliente sobre productos y/o servicios financieros y de seguros.

f) Realizar gestiones administrativas en la Administración pública. Artículo 160. Perfil profesional exigido. Los avances tecnológicos obligan a una formación continua y a la necesidad de disponer de perfiles polivalentes y multidisciplinares que permitan acceder a los puestos de trabajo de auxiliar administrativo, ayudante de oficina, gestor de cobros y pagos, cajero, empleado de seguros y similares. Artículo 161. Objetivos generales.

1. Entre los objetivos generales de este ciclo destacan:

a) Seleccionar, recuperar, transformar, analizar, transmitir, crear y presentar información, manejando con agilidad y destreza medios y equipos informáticos y de oficina.

b) Realizar las operaciones de cálculo mercantil necesarias para confeccionar, cumplimentar y registrar la

información procedente de la gestión administrativa comercial, bancaria, de personal o de otro tipo. c) Conocer la tendencia y evolución de los sectores productivos en Andalucía.

Artículo 162. Titulación y efectos académicos de la misma. El alumnado que supere las enseñanzas de este ciclo recibirá el título de técnico en Gestión Administrativa, y tendrá acceso al Bachillerato. Artículo 163. Distribución horaria 1. Módulos de 1º. a). Comunicación empresarial y atención al cliente. b) Operaciones administrativas de compra- venta. c) Empresa y administración. d) Tratamiento informático de la información. e) Técnica contable. f) Inglés. g) Formación y orientación laboral.

2. Módulos de 2º. a) Operaciones administrativas de recursos humanos. b) Tratamiento de la documentación contable. c) Empresa en el aula. d) Operaciones auxiliares de gestión de tesorería. e) Horas de libre configuración. f) Formación en centros de trabajo.

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CAPÍTULO III

CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Artículo 164. Duración. El Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas tiene una duración de 2000 horas, lo que equivale a cinco trimestres de formación en el centro educativo, más la formación en un centro de trabajo.

Artículo 165. Competencias de cualificación profesional requeridas.

1. Los requerimientos de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son:

a) Administrar y gestionar el aprovisionamiento de existencias. b) Administrar y gestionar la financiación, el presupuesto y la tesorería. c) Administrar y gestionar los recursos humanos. d) Realizar y analizar las operaciones contables y fiscales. e) Realizar y supervisar las operaciones de asesoramiento, negociación, reclamación y venta de productos y

servicios. f) Administrar y gestionar en la Administración pública. g) Informar y asesorar sobre productos y servicios financieros y de seguros. h) Realizar las gestiones de un servicio de auditoría.

Artículo 166. Objetivos generales.

1. Entre los objetivos generales de este ciclo destacan:

a) Analizar y evaluar el funcionamiento global de las empresas, tanto en el ámbito público como privado, a partir de la función específica de cada una de sus áreas de actividad, sus relaciones internas y su dependencia externa.

b) Seleccionar y operar con equipos informáticos o de oficina y con aplicaciones informáticas de gestión para procesar información y elaborar documentación, derivadas de las operaciones habituales en el campo de la administración y gestión empresarial.

c) Interpretar el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la administración y gestión, identificando los derechos y las obligaciones que se derivan de las relaciones en el entorno de trabajo, así como los mecanismos de inserción laboral. Conocer la tendencia y evolución de los sectores productivos y su relación con los recursos naturales y de infraestructura en Andalucía.

Artículo 167. Distribución horaria.

1. Módulos de 1º:

a) Gestión de la documentación jurídica y empresarial. b) Recursos humanos y responsabilidad social. c) Ofimática y proceso de la información. d) Proceso integral de la actividad comercial. e) Comunicación y atención al cliente. f) Inglés. g) Formación y orientación laboral.

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h) Horario reservado para el módulo impartido en inglés.

2. Módulos de 2º: a) Gestión de Recursos Humanos. b) Gestión Financiera. c) Contabilidad y fiscalidad. d) Gestión logística y comercial. e) Simulación empresarial. f) Proyecto de administración y finanzas. g) Formación y orientación laboral. h) Formación en centros de trabajo. i) Horas de libre configuración. Los módulos profesionales del segundo curso se impartirán a lo largo de las primeras 23 semanas. Las restantes semanas se dedicarán a los módulos de formación en centros de trabajo y al proyecto integrado.

CAPÍTULO IV CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE SISTEMAS

MICROINFORMÁTICOS Y REDES

Artículo 168. Duración.

El Ciclo formativo de grado medio de Sistemas Microinformáticos y Redes tiene una duración de 2.000 horas, lo que equivale a cinco trimestres de formación en el centro educativo, más la formación en un centro de trabajo.

Artículo 169. Objetivos generales.

1. Entre los objetivos generales de este ciclo destacan:

a) Organizar los componentes físicos y lógicos que forman un sistema microinformático, interpretando su documentación técnica, para aplicar los medios y métodos adecuados a su instalación, montaje y mantenimiento.

b) Identificar, ensamblar y conectar componentes y periféricos utilizando las herramientas adecuadas, aplicando procedimientos, normas y protocolos de calidad y seguridad, para montar y configurar ordenadores y periféricos.

c) Reconocer y ejecutar los procedimientos de instalación de sistemas operativos y programas de aplicación, aplicando protocolos de calidad, para instalar y configurar sistemas microinformáticos.

d) Ubicar y fijar equipos, líneas, canalizaciones y demás elementos de una red local cableada, inalámbrica o mixta, aplicando procedimientos de montaje y protocolos de calidad y seguridad, para instalar y configurar redes locales.

e) Interconectar equipos informáticos, dispositivos de red local y de conexión con redes de área extensa, ejecutando los procedimientos para instalar y configurar redes locales.

f) Localizar y reparar averías y disfunciones en los componentes físicos y lógicos para mantener sistemas microinformáticos y redes locales.

g) Valorar las actividades de trabajo en un proceso productivo, identificando su aportación al proceso global para conseguir los objetivos de la producción.

Artículo 170. Titulación y efectos académicos de la misma.

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Los alumnos/as que superen las enseñanzas de este ciclo recibirán el título de técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, y tendrán acceso al Bachillerato.

Artículo 171. Distribución horaria y módulos.

1. Módulos de 1º:

a) Montaje y mantenimiento de equipo. b) Redes locales. c) Aplicaciones ofimáticas. d) Sistemas operativos monopuesto. e) Formación y orientación laboral.

2. Módulos de 2º:

a) Servicios en red. b) Seguridad informática. c) Aplicaciones web. d) Sistemas operativos en red. e) Empresa e iniciativa empresarial. f) Libre configuración. g) Formación en centros de trabajo.

Los módulos profesionales del segundo curso se impartirán a lo largo de las primeras veintitrés semanas. Las restantes semanas se dedicarán a los módulos de formación en centros de trabajo y al proyecto integrado.

CAPÍTULO V NORMAS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN EN LOS

CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 172. Normativa reguladora. La evaluación en los ciclos formativos de FP está regulada por la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 173. Normas generales de ordenación de la evaluación. 1. Se estará a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la

evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía

2. Si un alumno/a falta a una prueba escrita, deberá presentar al profesor/a del módulo la justificación correspondiente para que aquélla le sea repetida.

Artículo 174. Participación del alumnado y sus familias. Se estará a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Artículo 175. Convocatorias, renuncias y bajas. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 5 al 9 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 176. Sesiones de evaluación. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 10 al 14 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 177. Calificaciones. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 16 al 18 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 178. Reclamaciones sobre la evaluación. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 19 al 20 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 179. Documentos oficiales de evaluación. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 21 al 25 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 180. Convalidaciones de módulos profesionales.

Se estará a lo dispuesto en los artículos del 26 al 29 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 181. Promoción. Se estará a lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se

regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 182.Titulación, certificación de enseñanzas y acreditación de unidades de

competencia. Se estará a lo dispuesto en los artículos del 30 al 34 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

TÍTULO XX CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE

DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS PARA LA REALIZACIÓN DE SUS FUNCIONES

CAPÍTULO ÚNICO

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Artículo 183. Órganos de coordinación docente

1. Los criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente son los siguientes:

a) Departamentos didácticos.

1º Para la existencia de un departamento deberá existir profesorado de la especialidad correspondiente. 2º Todas las especialidades deben tener su correspondiente departamento, para que puedan realizar todas

las actividades relacionadas con las áreas, materias o módulos pertenecientes a dicha especialidad. En caso de desacuerdo, prevalecerá el criterio de mayor antigüedad de la existencia de un departamento en el centro.

b) Áreas de competencias.

Los departamentos de coordinación didáctica se agruparán en cuatro áreas de competencias, a las que pertenecerán los siguientes departamentos:

1º Área social-lingüística (Lengua y Literatura castellana, Ciencias Sociales, Francés, Inglés, Latín y

Griego, Economía-FOL y Filosofía). 2º Área científico-tecnológica (Matemáticas, Física y Química, Biología, Educación Física y

Tecnología). 3º Área artística (Música y Plástica). El profesorado de Religión católica se integrará en esta área a

efectos de coordinación, con todos los derechos y deberes de cualquier otro miembro del Claustro del profesorado.

4º Área de formación profesional (Informática y Administración).

c) Tutorías.

1º El profesorado que ejerza la tutoría de cada grupo será nombrado por la dirección del centro a

propuesta de la jefatura de estudios. Se procurará que el profesor o profesora tenga destino definitivo en el centro.

2º La asignación de la tutoría de cada grupo recaerá en un profesor o profesora que imparta docencia en

dicho grupo y, a ser posible, en una asignatura común a todos los alumnos y alumnas del grupo. 3º Para que al profesorado de enseñanza secundaria se le puedan asignar tutorías correspondientes a los dos

primeros cursos de la educación secundaria obligatoria deberá garantizarse que la totalidad de los grupos del instituto correspondientes a los restantes cursos y enseñanzas tengan asignados un tutor o tutora.

4º El profesorado que imparta docencia en más de un instituto podrá ser designado tutor de un grupo,

preferentemente en el centro donde imparta más horas. 5º Se procurará evitar asignar tutorías de grupo al profesorado que ejerza la coordinación de planes,

programas o proyectos o la jefatura de departamentos didácticos, salvo expreso deseo de este profesorado o cuando por necesidad organizativa del centro no quede otro remedio, siempre que no exista incompatibilidad con la normativa que rige sus funciones.

6º En el caso de que exista la posibilidad de que dos o más profesores/as pudieran ser candidatos a ser

designados tutores/as de un mismo grupo, se adoptarán como criterios prioritarios, y por este orden, los siguientes:

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1. No desempeñar ya otros cargos de coordinación docente o de planes, programas o proyectos. 2. Impartir mayor número de horas al grupo. 3. Que la circunstancia de que alguno/a de ellos/as desempeñe el cargo de tutor/a facilite la

elaboración de los horarios. 7º La tutoría del alumnado con NEAE escolarizado en grupos ordinarios será ejercida de manera compartida

entre el profesor/a que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista. 8º El orientador/a desempeñará la tutoría del alumnado que curse un PDC. 9º Se podrán crear otras tutorías para el seguimiento del alumnado con materias o ámbitos pendientes. Al

profesorado que asuma este tipo de tutorías, se le podrá sustituir una guardia por una hora de dedicación semanal para la realización de las funciones de esta tutoría.

Artículo 184. Criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente. 1. Los criterios son los siguientes:

a) La reducción de horas será idéntica para todos los departamentos didácticos y para el departamento

de Orientación: tres horas, ya que en todos ellos se realizan las mismas funciones y competencias, excepto para el departamento de Formación, evaluación e innovación educativa, que será de dos horas.

b) Los jefes /as de los departamentos de coordinación didáctica que sean responsables de las funciones

de la coordinación de las áreas de competencias, tendrán una reducción mínima de dos horas. En este centro a las tres horas de reducción por jefe/a de departamento se añadirá una hora más de reducción, ya que la citada coordinación supone un incremento de sus funciones.

c) El departamento de Actividades complementarias y extraescolares se vinculará a un departamento

que previamente tenga reducción horaria, para no superar el cupo de horas que fija la Consejería de Educación.

d) Respecto a las horas de dedicación asignadas a los tutores/as para el ejercicio de sus funciones se

estará a lo dispuesto en la normativa legal vigente.

TÍTULO XXI

CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS Y

PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL ALUMNADO Y DEL HORARIO INDIVIDUAL DEL PROFESORADO

CAPÍTULO I

CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS

Artículo 185. Propuesta de distribución dentro de cada departamento.

1. Los departamentos de coordinación didáctica propondrán a la dirección del instituto la distribución entre el profesorado de las materias, módulos, ámbitos, cursos, grupos y, en su caso, turnos que tengan encomendados, de acuerdo con el horario, la asignación de tutorías y las directrices establecidas por el

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equipo directivo, atendiendo a criterios pedagógicos y respetando, en todo caso, la atribución de docencia que corresponda a cada una de las especialidades del profesorado de conformidad con la normativa vigente.

2. En la elaboración de la propuesta se procurará el acuerdo de todo el profesorado del departamento y, en caso de no haber propuesta, corresponderá a la dirección del instituto la asignación de las enseñanzas, oída la persona titular de la jefatura del departamento.

3. La asignación de enseñanzas se llevará a cabo antes del 8 de septiembre de cada año.

4. En la elaboración de la propuesta se tendrá en cuenta, aparte de lo especificado en los dos párrafos anteriores, lo siguiente:

a) El horario establecido para las diferentes enseñanzas en la normativa que las regula.

b) La designación que la dirección haya realizado del profesorado responsable de las medidas de atención a la diversidad y de las materias optativas autorizadas.

c) Las directrices establecidas por el equipo directivo pueden referirse, entre otras posibilidades, a aspectos técnicos, organizativos y pedagógicos como los siguientes:

1º Materias que no pueden ser elegidas por un mismo profesor/a por impartirse simultáneamente.

2º Materias que no pueden coincidir temporalmente por los espacios o instalaciones que requieren.

3º Materias y/o ámbitos que no pueden ser asumidos por un profesor/a por exigencias de la normativa vigente.

4º Otros condicionantes que pudieran plantearse.

d) Los maestros y maestras con destino en el instituto, adscritos a los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria, impartirán materias de dichos cursos para las que tengan competencia docente, de conformidad con la normativa vigente.

e) Para que al profesorado de enseñanza secundaria se le puedan asignar horas correspondientes a los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria deberá garantizarse que la totalidad del horario del instituto correspondiente a los restantes cursos y enseñanzas asignados al departamento esté cubierto.

f) La dirección del centro designará al profesorado que imparta más de una materia al mismo grupo de alumnos y alumnas, en el caso de que el instituto opte por agrupar en ámbitos las materias de primero y segundo curso de la educación secundaria obligatoria.

CAPÍTULO II CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL CENTRO

Artículo 186. Criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado.

1. Los criterios son, en caso de disponibilidad horaria, los siguientes:

a) Hacer prevalecer el aprendizaje del alumnado.

b) Mayor alternancia posible de días de la semana en las diferentes materias.

c) Impartición, a ser posible, de las materias instrumentales y de las que presenten mayor dificultad para el alumnado en las tres primeras horas de la mañana.

d) Alternancia en la distribución semanal de horas de una misma materia.

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e) Impartición por el mismo profesor/a, previa solicitud del departamento, del área instrumental y de su refuerzo.

f) Profesorado tutor que imparta docencia a la totalidad del grupo o, si ello no fuera factible, a la mayor parte posible del mismo.

g) Desdoble de los grupos de 1º y 2º de ESO en Matemáticas, Lengua y Literatura castellana y/o Inglés, además de los grupos de Compensatoria, en caso de disponibilidad horaria.

h) Alumnado que cursa enseñanzas bilingües y no bilingües:

1º El alumnado que cursa enseñanzas bilingües y no bilingües podrá distribuirse en grupos diferentes. Los motivos para realizar esta distribución son los siguientes:

1. Mejora de la organización de los agrupamientos, ya que se producirían menos

desplazamientos del alumnado durante la jornada escolar. 2. Mejora de la convivencia en las aulas. 3. Agilización del funcionamiento de los equipos docentes. 4. Homogeneidad en el nivel competencial de cada grupo.

2º Cuando sea necesario, el alumnado que cursa enseñanzas bilingües podrá estar

distribuido, en algunos o en todos los cursos, en diferentes grupos, por la necesidad de que éstos sean más homogéneos en relación al número total del alumnado en cada grupo y al de evolución positiva y negativa en el comportamiento y en los resultados académicos.

i) Contigüidad, intentando, en la medida de lo posible, que no haya huecos en los horarios del profesorado.

Artículo 187. Criterios para la elaboración del horario individual del profesorado. 1. Aparte de lo prescrito en el artículo 13 de la Orden de 20 de agosto de 2010, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Con carácter general, el número de guardias será, como máximo, de tres a la semana.

b) Todo el profesorado tendrá en su horario semanal una hora dedicada a la reunión de coordinación con los restantes miembros de su departamento.

c) Todo el profesorado que desempeñe el cargo de jefe/a de departamento, tendrá en su horario semanal una hora dedicada a la reunión de coordinación de las áreas de competencias.

d) Todos los miembros del ETCP tendrán, a su vez, en su horario semanal una hora dedicada a las reuniones de este órgano.

e) Los tutores/as tendrán los miércoles de 17:00 a 18:00 como hora de atención a las familias.

f) En el horario de los tutores/as de un mismo nivel de ESO se establecerá una hora, coincidente entre los mismos, de coordinación con el orientador/a.

g) Asignación de guardias:

1º Para la asignación de guardias de recreo se procurará que haya, al menos, un profesor/a por cada seis grupos o fracción en presencia simultánea.

2º Se procurará no asignar guardias de recreo al profesorado que comparta centros, salvo que sea absolutamente necesario para alcanzar la relación anteriormente descrita.

3º Cada guardia de recreo computará como una hora.

4º Al profesorado mayor de cincuenta y cinco años se le podrá asignar en sus horas de reducción un servicio de guardia, si así fuera necesario para completar el número mínimo de profesorado de guardia contemplado por la normativa vigente.

h) Dada la especificidad de la duración semanal de la carga horaria de los módulos de los Ciclos formativos de FP, la dirección podrá autorizar que algunos de ellos puedan ser

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impartidos por un máximo de dos profesores/as, a propuesta de la jefatura del departamento correspondiente. La calificación de cada evaluación será consensuada entre los mismos.

En el reparto de enseñanzas, los correspondientes departamentos de familia profesional procurarán que el porcentaje de horas impartidas por cada profesor/a a cada curso no sea superior a nueve horas semanales

i) Las reducciones por desempeñar el cargo de jefe/a o coordinador/a de órganos de

coordinación docente será la determinada por la normativa vigente.

j) Se podrá dedicar una fracción del horario regular, tanto lectivo como no lectivo, del

profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas educativos o proyectos de innovación que se desarrollen en el centro a estas funciones, de acuerdo con las disponibilidades de profesorado del instituto y con lo dispuesto en la normativa vigente.

TÍTULO XXII CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR Y

OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 188. Horario lectivo semanal.

1. El horario lectivo semanal para todas las unidades educativas impartidas en el centro será de 30 horas, con la distribución por materias establecida por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

2. La jornada escolar será por la mañana de 8:00 a 14:30 horas, con seis módulos horarios de una hora,

incluyendo un recreo de 11:00 a 11:30 horas. 3. El horario del aula de educación especial, dadas las características particulares del alumnado al que atiende,

podrá flexibilizarse, de modo que la jornada lectiva comience a las 9:00 y termine a las 14:00 horas, si ello es solicitado y debidamente razonado ante la Dirección del centro por la totalidad de las familias del alumnado.

4. El horario lectivo semanal de cada uno de los cursos de los Ciclos de formación profesional inicial, así como

la distribución por módulos, será establecido teniendo en cuenta la duración de cada ciclo y el cómputo total de horas que corresponde a cada uno, según la normativa específica de estas enseñanzas, así como el horario que debe ser dedicado a la formación en centros de trabajo.

5. El alumnado de Bachillerato o de Formación profesional inicial que sólo asista a una parte del horario

lectivo general para el nivel correspondiente por haber superado determinadas materias o módulos o por estar exento de los mismos, podrá salir del centro en las horas lectivas en las que no tenga la obligación de asistir a clase, previa autorización escrita, si es menor de edad, de sus padres, madres o representantes legales. A tales efectos, la jefatura de estudios le entregará un carné en el que figuren las horas lectivas en las que puede salir del centro.

Artículo 189. Ampliación del horario por la tarde.

1. El horario puede ser ampliado por la tarde para contribuir al desarrollo de las medidas de atención a la diversidad y para la realización de actividades complementarias y extraescolares y otros servicios prestados por el centro:

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a) Tutorías con padres y madres, atención al alumnado con asignaturas pendientes, sesiones del Claustro, Consejo Escolar, reuniones de los equipos docentes o de cualquier otro órgano del centro.

b) Actividades extraescolares. c) Actividades del programa Escuelas deportivas. d) PROA. e) Actividades programadas por el CEP de Cádiz. f) Reuniones de asociaciones de vecinos, partidos políticos, organizaciones sindicales, deportivas o

culturales debidamente autorizadas por la dirección. Artículo 190. Revisión o modificación de los horarios. El centro puede revisar y, en su caso, modificar los horarios a lo largo del curso, en función de las necesidades de aprendizaje del alumnado, respetando siempre el número total de horas lectivas fijadas.

TÍTULO XXIII CRITERIOS PARA ELABORAR LA PROGRAMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 191. Finalidad de las actividades complementarias y extraescolares.

1. Las actividades complementarias y extraescolares deben servir para completar y desarrollar los distintos currículos.

2. Se programarán anualmente en el Plan de Centro coordinando las propuestas de los departamentos

didácticos y se procurará que afecten en cada caso a la mayor parte posible del alumnado.

Artículo 192. El departamento de Actividades complementarias y extraescolares. 1. Este departamento utilizará los siguientes recursos para llevar a cabo las actividades planificadas:

a) Ficha de propuesta de actividades extraescolares, que completarán los jefes/as de departamento al inicio del curso.

b) Calendario de actividades programadas por los departamentos. En cualquier caso, las propuestas de

actividades que no hayan sido incluidas en la programación inicial, podrán ser aceptadas o desestimadas por la jefatura de estudios en función del interés de sus objetivos o de la conveniencia de las fechas de realización.

c) Contactos con los representantes de todos los componentes de la comunidad educativa, para escuchar sus

opiniones sobre las tareas realizadas y recabar colaboración en las que posteriormente se efectúen.

d) Además de las actividades puntuales (conferencias, exposiciones, recitales, representaciones teatrales, visitas culturales y actividades similares), el centro realizará actos para conmemorar festividades destacadas como, por ejemplo, el Día del Libro, el Día de Andalucía o el Día de la Constitución.

Artículo 193. Integración del centro en su entorno.

1. Existe en toda la comunidad educativa la decidida voluntad de que el centro se integre en su entorno, y, para ello, se considera procedente ceder algunas dependencias del recinto escolar para su uso, de forma ordenada y controlada, a los vecinos del barrio u otras organizaciones y también para la realización de

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actividades programadas por los diferentes sectores de la comunidad educativa, siempre que ello no interfiera con las actividades propias del centro.

2. Así, el recinto del centro estará a disposición de las asociaciones de vecinos, comunidades u otras

entidades que lo soliciten y se comprometan al cuidado y mantenimiento de todas las instalaciones, y a su reparación o reposición en caso de deterioro o desaparición de algún bien.

Artículo 194. Acuerdos con otras instituciones. Se podrá llegar a acuerdos con instituciones locales o de otro tipo, tales como el Ayuntamiento, Patronatos de deportes, de juventud o similares, para el uso de las instalaciones del centro, siempre que en estos acuerdos figure la garantía citada anteriormente sobre reposición o reparación en caso de producirse desperfectos. Artículo 195. Programación de actividades complementarias y extraescolares de los departamentos didácticos para el curso 2016-17. 1. La programación de actividades complementarias y extraescolares que los distintos departamentos didácticos han realizado para el curso 2015/16 es la siguiente: DEPARTAMENTO: Inglés

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA

Visita a Gibraltar (2º Bachillerato, CFGM, CFGS )

Antes de Navidad

Teatro de inglés ESO)

Segundo trimestre

DEPARTAMENTO: Orientación

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA

Jornadas de convivencia (1º ESO) 6/10/2016

Jornadas de convivencia (2º ESO) 27/10/1016

DEPARTAMENTO: Latín y Griego

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA

Participación del alumnado de 2º de Bachillerato en las Olimpíadas de Lenguas Clásicas.

Según la fecha de convocatoria.

Paseo por la Gadir fenicia y la Gades romana (4º ESO, 1º Bachillerato- Latín I y Patrimonio Cultural de Andalucía- y 2º Bachillerato- Latín II e Hª del Arte)

20 de diciembre

Paseo por la Gadir fenicia y la Gades romana (3º ESO Cultura Clásica)

Febrero-marzo

Visita a Baelo Claudia, Assido Caesarina y representación teatral (3º ESO, 4º ESO, 1º y 2º Bachillerato)

26 de abril

Representación teatral en el centro (2º, 3º, Marzo

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4º de ESO y 1º Bachillerato) Paseo por la Cádiz constitucional (1º Bachillerato- ECDH)

Tercera evaluación

DEPARTAMENTO: Geografía e Historia

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA

Excursión al parque metropolitano Marismas de Los Toruños (1º y 2º de ESO)

Finales de abril o principios de mayo

Andalucía se mueve con Europa ( 1º y 2º de ESO)

Entre enero y febrero.

Visita al yacimiento arqueológico fenicio Gadir (1º Bach.)

Diciembre

Recorrido El Bosque-Benamahoma (3º ESO)

Principios de mayo

Visita al Museo de Las Cortes (4º ESO) Finales de enero-principios de febrero

Recorrido por el Cádiz del siglo XVIII (4º ESO)

Dos salidas a lo largo del año

Salida a la sierra de Cádiz (2º Bachillerato), en colaboración con el dpto. de CCNN.

Noviembre-diciembre

Visita Fundación de Arte Contemporáneo Montenmedio ( Historia del Arte): 2º Bachillerato

Abril

Visita al Museo de las Cortes (2º Bach.)

Noviembre

Visita al Museo de Cádiz (1º y 2º Bach.)

Febrero-marzo

Salida cultural a Sevilla (1º y 2º Bach.)

Finales de abril

Salida en coordinación con los ciclos de FP (2º Bach.)

Por determinar

DEPARTAMENTO: Informática

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA UCA (1º CFGM Sistemas Microinformáticos y Redes y 1º FPB Informática y Comunicaciones)

Febrero

EPICSA (1º CFGM Sistemas Microinformáticos y Redes y 1º FPB Informática y Comunicaciones)

Semana Cultural

Cyber Olimpics (CFGM Sistemas Microinformáticos y Redes, FPB Informática y Comunicaciones 2º de Bachillerato)

Principios de diciembre

Excursión cultural fin de ciclo (2º CFGM Sistemas Microinformáticos y Redes 2º CFGM Administración y Gestión y 2º CFGS Administración y Finanzas)

Segunda semana de marzo

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DEPARTAMENTO: Administración

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA Excursión a Sevilla (CFGM y CFGS) Diciembre Asistencia a un pleno municipal (CFGM)

Noviembre

Asistencia a un juicio (CFGS) Noviembre Excursión a Grazalema (CFGM y CFGS) Marzo Excursión al Campo de Gibraltar (CFGM, CFGS y FPB Servicios Administrativos)

Mayo

Visitas a Cádiz (CFGM y CFGS)

Durante todo el curso

Visita a la Zona Franca de Cádiz (CFGM, CFGS y FPB Servicios Administrativos)

Mayo

DEPARTAMENTO: EPVA

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA Cádiz tiene artes (safari fotográfico) (2º ESO A y B)

Octubre

Visita al Museo de Cádiz (1º ESO A y B) Noviembre-diciembre Visita a las decoraciones navideñas de Cádiz (1º ESO A y B)

Diciembre

Esculturas de arena en la playa (1º ESO A y B y 2º ESO A y B)

Marzo

Concurso de aviones de papel (todos los niveles)

Semana Cultural

Visita a la Escuela de Artes (4º ESO A y B Enero Suelta de cometas en la playa (1º ESO A y B) Abril

DEPARTAMENTO: LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

ACTIVIDAD FECHA APROXIMADA Ruta artística y literaria por Cataluña y Valencia (4º ESO)

Octubre

Concurso de relatos de misterio y terror de Halloween (ESO y FPB)

Primer trimestre

Concurso de redacción de Coca-Cola (2º ESO) Primer y segundo trimestre Buzón de San Valentín (todos los niveles) Antes del 14 de febrero Feria del libro (todos los niveles) Principios de febrero Día del libro (ESO y FPB) 23 de abril Mercadillo solidario de libros usados (todos los niveles)

Semana del 23 de abril

Concurso Mejor lector (todos los niveles) A lo largo del curso. El premio se entregará el 23 de abril.

Asistencia a alguna representación teatral Por determinar Asistencia a algún IES que lleve el nombre de algún escritor o poeta para charla/taller de animación a la lectura

Tercer trimestre

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2. Aparte de las actividades señaladas anteriormente, los departamentos podrán realizar otras que no hayan sido convocadas a día de hoy o que consideren de su interés siempre, que hayan sido previamente autorizadas por la Dirección del centro.

TÍTULO XXIV

COORDINACIÓN DOCENTE CON LOS COLEGIOS ADSCRITOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y ACOGIDA

CAPÍTULO

ÚNICO Artículo 196. Acciones a realizar. 1. La jefatura de estudios, junto con el orientador/a del centro dispondrá las siguientes actuaciones a realizar en este

ámbito: a) Reuniones al final de cada curso y comienzo del curso siguiente con las personas que intervengan en la

coordinación académica de los CEIP adscritos. b) Reuniones con las familias del alumnado de 6º de Primaria en los centros de procedencia de sus hijos/as

durante el segundo trimestre del curso. c) Visitas del alumnado de los centros adscritos y de sus familias durante el segundo trimestre del curso

escolar para conocer este centro, al equipo directivo y al orientador/a, así como sus normas esenciales de funcionamiento.

d) Entrega a los colegios adscritos durante el tercer trimestre del curso de los objetivos y contenidos mínimos

de las áreas de Lengua, Inglés, Matemáticas, Ciencias Sociales y Ciencias Naturales, para que conozcan el nivel mínimo exigido en la evaluación inicial.

e) Intercambio de la prueba final de 6º de Primaria y de la prueba inicial de 1º de ESO y comparación de los

resultados durante el tercer trimestre y primer trimestre del siguiente curso, respectivamente. f) Presentación del equipo directivo y del orientador/a al alumnado de 1º de ESO el primer día de clase y

recordatorio a éste de las normas básicas de convivencia del centro. g) Reunión del equipo directivo, del orientador/a y de los tutores/as de los grupos de 1º de ESO con las

familias del alumnado de este nivel en el mes de octubre para explicarles los aspectos básicos de la organización y funcionamiento del centro y para pedir su colaboración en el control del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas en casa.

TÍTULO XXV PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 197. Carácter de la autoevaluación.

1. El instituto realizará al final de cada trimestre una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrolla, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje.

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2. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del instituto, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro.

Corresponde al departamento de Formación, evaluación e innovación educativa la medición de los indicadores

establecidos. 3. El ETCP realizará un estudio de los avances conseguidos en los aspectos pedagógicos del Plan de Centro y

presentará propuestas de mejora. El Claustro aprobará esa autoevaluación pedagógica y podrá informar los restantes aspectos de la memoria de autoevaluación.

Los restantes aspectos serán autoevaluados por el Consejo Escolar.

4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que deberá contar con el informe favorable del Consejo Escolar, teniendo en cuenta para ello las aportaciones que realice el Claustro del profesorado, y que incluirá:

a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.

b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.

5. Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de Formación, Evaluación e Innovación Educativa y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros.

En este equipo se integrarán también el orientador/a y las personas coordinadoras de los distintos planes, programas y proyectos realizados por el centro y el jefe/a del departamento de Actividades complementarias y extraescolares, si lo hubiere.

6. La autoevaluación, centrada en la mejora de los logros escolares, se realizará atendiendo a los siguientes apartados: a) La utilización del tiempo de planificación de la enseñanza y del desarrollo de los aprendizajes en el

aula:

1º Criterios pedagógicos de asignación de enseñanzas, formación de grupos y elaboración de horarios.

2º Cumplimiento del calendario laboral y escolar, y control de ausencias del personal del centro.

3º Utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula.

b) La concreción del currículo, su adaptación al contexto, y la planificación efectiva de la práctica docente:

1º Establecimiento de secuencias de contenidos por áreas, ámbitos, materias o módulos en cada curso y ciclo para toda la etapa, o por cualquier otro procedimiento de ordenación del currículo (proyectos, tareas…), de acuerdo con los objetivos y

competencias básicas.

2º Desarrollo de estrategias metodológicas propias del área, materia o ámbito para abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje, con especial atención a:

1. Leer, escribir, hablar y escuchar.

2. Aprendizaje de las Matemáticas ligado a situaciones de la vida cotidiana.

3. Desarrollo del conocimiento científico, la expresión artística y la actividad física.

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c) La evaluación de los resultados escolares y la adopción de medidas de mejora adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

1º Criterios de evaluación, promoción

titulación.

2º Evaluación del alumnado que realiza el centro y resultados de pruebas externas.

d) La inclusión escolar y la atención a las necesidades de aprendizaje como respuesta educativa a todo el alumnado y la consecución del éxito escolar para todos/as:

1º Medidas de atención a la diversidad adaptadas a las necesidades específicas del alumnado.

2º Programación adaptada a las necesidades del alumnado.

3º Tutorización del alumnado, relación con las familias y el entorno.

e) Una dirección y coordinación del centro orientada a la eficacia de la organización en la consecución y mejora de los logros escolares de todo el alumnado.

f) La relación interpersonal y los valores de la convivencia dentro de un apropiado clima escolar.

1. El instituto realizará al final de cada trimestre una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrolla, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje.

2. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los

distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado de cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del instituto, de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro.

Corresponde al departamento de Formación, evaluación e innovación educativa la medición de los indicadores

establecidos. 3. El ETCP realizará un estudio de los avances conseguidos en los aspectos pedagógicos del Plan de Centro y

presentará propuestas de mejora. El Claustro aprobará esa autoevaluación pedagógica y podrá informar los restantes aspectos de la Memoria de autoevaluación. Los restantes aspectos serán autoevaluados por el Consejo Escolar.

4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una memoria de autoevaluación que aprobará el Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro del profesorado, y que incluirá:

a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores.

b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro.

5. Para la realización de la Memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo, por la jefatura del departamento de Formación, evaluación e innovación educativa y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros.

En este equipo se integrarán también el orientador/a y las personas coordinadoras de los distintos planes, programas y proyectos realizados por el centro y el jefe/a del departamento de Actividades complementarias y extraescolares.

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6. La autoevaluación, centrada en la mejora de los logros escolares, se realizará atendiendo a los siguientes apartados:

a) La utilización del tiempo de planificación de la enseñanza y del desarrollo de los aprendizajes en el

aula:

1º Criterios pedagógicos de asignación de enseñanzas, formación de grupos y elaboración de horarios.

2º Cumplimiento del calendario laboral y escolar, y control de ausencias del personal del centro.

3º Utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula.

b) La concreción del currículo, su adaptación al contexto, y la planificación efectiva de la práctica docente:

1º Establecimiento de secuencias de contenidos por áreas, ámbitos, materias o módulos en cada curso y ciclo para toda la etapa, o por cualquier otro procedimiento de ordenación del currículo (proyectos, tareas…), de acuerdo con los objetivos y

competencias básicas.

2º Desarrollo de estrategias metodológicas propias del área, materia o ámbito para abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje, con especial atención a:

1. Leer, escribir, hablar y escuchar.

2. Aprendizaje de las Matemáticas ligado a situaciones de la vida cotidiana.

3. Desarrollo del conocimiento científico, la expresión artística y la actividad física.

c) La evaluación de los resultados escolares y la adopción de medidas de mejora adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

1º Criterios de evaluación, promoción y titulación.

2º Evaluación del alumnado que realiza el centro y resultados de pruebas externas.

d) La inclusión escolar y la atención a las necesidades de aprendizaje como respuesta educativa a todo el alumnado y la consecución del éxito escolar para todos/as:

1º Medidas de atención a la diversidad adaptadas a las necesidades específicas del alumnado.

2º Programación adaptada a las necesidades del alumnado.

3º Tutorización del alumnado, relación con las familias y el entorno.

e) Una dirección y coordinación del centro orientada a la eficacia de la organización en la consecución y mejora de los logros escolares de todo el alumnado.

f) La relación interpersonal y los valores de la convivencia dentro de un apropiado clima escolar.

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TÍTULO XXVI

MEDIDAS PARA MEJORAR EL RENDIMIENTO ESCOLAR, MEDIDAS PREVENTIVAS QUE MEJOREN LA CONVIVENCIA Y QUE FOMENTEN LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS DEL PLAN DE MEJORA DEL CURSO 2015-16

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 198. Medidas para mejorar el rendimiento escolar. 1. El profesorado de cada grupo grabará las faltas de asistencia a clase del alumnado en el sistema Séneca con la mayor diligencia posible. 2. El alumnado que ha faltado justificadamente a clase deberá presentar la documentación correspondiente a todo el profesorado a cuyas clases no ha asistido antes de entregársela al tutor/a del grupo. 3. El tutor/a de cada grupo justificará, en su caso, las faltas de asistencia a clase del alumnado en el sistema Séneca antes del día 5 del mes siguiente. 3. El tutor/a de cada grupo enviará un apercibimiento escrito a la familia del alumnado menor de edad que haya alcanzado en un mes el 25% de faltas injustificadas de asistencia a clase en todas/os o en alguna/as materia/as, módulo/os o ámbito/os o que haya faltado injustificadamente a clase durante cinco días lectivos, en el caso de las enseñanzas obligatorias. Si el alumno/a es mayor de edad se le enviará el apercibimiento a él mismo/a. 4. Si un alumno/a vuelve a alcanzar en un mes el 25% de faltas injustificadas de asistencia a clase en todas/os o en alguna/as materia/as, módulo/os o ámbito/os o vuelve a faltar a clase injustificadamente a clase durante cinco días lectivos, en el caso de las enseñanzas obligatorias, la Jefatura de Estudios citará a una reunión a la familia del alumnado, o a éste, si es mayor de edad, para conocer las causas del absentismo y proceder de acuerdo con la normativa vigente. 5. El profesor/a responsable de la asignatura/as, módulo/os o ámbito/os afectados aplicará de forma efectiva lo previsto en la programación del departamento didáctico correspondiente respecto a la forma de evaluar al alumno/a que se encuentre en la situación descrita en el punto anterior, si éste/a se incorporara a clase. 6. El tutor/a y/o el orientador/a se entrevistará con las familias del alumnado en el que se hayan detectado NEAE tras la evaluación inicial para darles a conocer las medidas adoptadas. 7. El tutor/a de cada grupo se entrevistará con las familias del alumnado que tenga más de cuatro asignaturas suspensas tras la primera y segunda evaluación, a fin de intentar mejorar su rendimiento escolar. 8. Todos los departamentos didácticos aumentarán el peso de las actividades de clase y de casa en la calificación de cada evaluación. 9. El profesorado de cada grupo potenciará el trabajo cooperativo o en grupos para evaluar el rendimiento del alumnado. 10. Todo el profesorado propondrá pruebas escritas con menos materia en períodos más cortos (evaluación más continuada) al alumnado, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 11. En las enseñanzas obligatorias, todo profesorado tendrá en cuenta otros aspectos, además del cuaderno de clase y las pruebas escritas, tales como el comportamiento positivo en clase del alumnado, su disposición hacia el aprendizaje, su grado de progreso o su interacción con el resto del grupo. 12. Todo el profesorado tendrá en cuenta los progresos del alumnado para decidir la calificación de cada evaluación, especialmente en las enseñanzas obligatorias.

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13. El departamento de Orientación, en colaboración con los tutores/as de cada grupo, elaborará un programa de técnicas de estudio básicas al comienzo del curso y ayudará al alumnado a planificar su tiempo de ocio, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 14. El departamento de Orientación, en colaboración con los tutores/as de cada grupo implementará programas para la mejora de la autoestima del alumnado, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 15. El profesor/a tutor/a del aula específica y el departamento de Orientación fomentarán la participación del alumnado del aula específica en las diversas actividades del centro. 16. Los tutores/as de los grupos de enseñanzas obligatorias procurarán que su alumnado participe en las actividades Del alumnado del aula específica (taller de jardinería, autonomía individual, etc.). 17. Todo el profesorado procurará no utilizar exclusivamente la lección magistral, sino practicar también, siempre que sea posible, una metodología activa y participativa, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 18. Todo el profesorado procurará realizar un uso interactivo de las TIC en clase con el alumnado, especialmente de La pizarra digital, particularmente en las enseñanzas obligatorias. 19. Todo el profesorado favorecerá el trabajo cooperativo del alumnado, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 20. Todo el profesorado procurará utilizar otros recursos en el aula aparte del libro de texto (carteles, folletos, invitaciones, cómics, recetas, revistas, cartas, publicidad, gráficas, páginas web, periódicos, blogs, etc.), particularmente en las enseñanzas obligatorias. 21. Todo el profesorado procurará desarrollar en el alumnado estrategias de resolución de problemas que estén contextualizados y que respondan a una situación cercana a su realidad, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 22. Todo el profesorado del área científico-tecnológica procurará hacer, siempre que sea posible, un planteamiento interdisciplinar de las Matemáticas. 23. Todo el profesorado contemplará el agrupamiento en clase como una realidad metodológica más, utilizando diferentes tipos del mismo: trabajo individual, por parejas o en pequeños grupos, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 24. Todo el profesorado facilitará al alumnado la realización de tareas integradas, monografías, trabajos en grupo y proyectos interdisciplinares, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 25. Todo el profesorado realizará, en la medida de lo posible, actividades de confrontación de ideas, formulación de acuerdos, contraste de opiniones o argumentación de decisiones con el alumnado, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 26. Todo el profesorado dará iniciativa, siempre que sea posible, al aprendizaje por descubrimiento, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 27. Todo el profesorado procurará usar la biblioteca como banco de recursos, promoviendo la búsqueda y consulta de documentación y la elaboración de informes o trabajos. 28. El profesorado, siempre que sea posible, procurará que el alumnado realice dramatizaciones, complete narraciones o plantee distintos itinerarios argumentales, para la adquisición de la competencia lingüística, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 29. Todo el profesorado procurará no sobrecargar excesivamente al alumnado con ejercicios repetitivos, especialmente en las enseñanzas obligatorias. 30. La profesora de PT se reunirá con los diferentes profesores/as de cada área para asesorarles en la realización de cada adaptación curricular de cada una de sus materias a cada alumno/a con NEAE.

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31. La trabajadora social colaborará en las siguientes cuestiones (ESO): a) Recepción por parte de la jefatura de estudios de un listado del alumnado que esté en riesgo de incurrir en absentismo por su número de faltas injustificadas de asistencia a clase. b) Entrevista con el alumnado citado anteriormente para conocer los motivos reales de estas faltas de asistencia (falta de control parental, exceso de responsabilidades en el hogar, realización de roles que no le corresponden, etc.), a fin de proponer una solución apropiada a la causa del problema. c) Entrevistas con la familia de ese alumnado en la misma línea que con éste. Artículo 199. Medidas preventivas para mejorar la convivencia. 1. El personal de conserjería controlará exhaustivamente las salidas del alumnado durante toda la jornada lectiva y, especialmente, durante el recreo, a fin de evitar que el alumnado menor de edad abandone el centro durante el mismo. 2. La jefatura de estudios y los equipos educativos de 1º y 2ºde ESO confeccionarán al comienzo del curso una lista breve y clara de normas básicas de convivencia en el aula a comienzo del curso, partiendo de las conductas contrarias a las normas de convivencia de comisión más frecuente durante el curso anterior. 3. El tutor/a de cada grupo dará conocimiento de las normas de convivencia consensuadas al alumnado, advirtiéndole que todo el profesorado actuará al unísono. 4. El tutor/a de cada grupo tratará en las sesiones de tutoría las normas de convivencia. 5. El tutor/a de cada grupo se pondrá en contacto con la familia del alumnado que haya acumulado 5 puntos en los partes de incidencias por conductas contrarias a las normas de convivencia. 6. El tutor/a de cada grupo se entrevistará con la familia del alumnado manifiestamente disruptivo para intentar modificar su conducta mediante acuerdos o compromisos de convivencia, si ello fuera necesario o procedente. 7. El tutor/a de cada grupo derivará a la persona encargada de la orientación al alumnado que siga manteniendo una conducta disruptiva tras la entrevista mantenida por éste/a con su familia y posterior entrevista de aquélla con la misma, pudiéndose firmar acuerdos o compromisos de convivencia, si ello fuera necesario o procedente. 8. El equipo docente y/o la persona encargada de la orientación se entrevistará con la familia del alumnado que, a su juicio, pudiera padecer algún tipo de trastorno de la conducta, previa entrevista del tutor/a y/o de la Orientadora con su familia, para recomendar a ésta la necesidad de que reciba atención facultativa. 9. Los equipos docentes de ESO mantendrán reuniones periódicas para consensuar normas de convivencia, pautas de actuación y estrategias de motivación, refuerzo y coordinación con la profesora de PT en relación con las actuaciones a realizar con el alumnado con NEAE. 10. En el plan de formación del profesorado se procurará incluir la realización de actividades de formación para el profesorado sobre el control de las conductas disruptivas en el aula, medidas de atención a la diversidad y elaboración de materiales curriculares. 11. La jefatura de estudios y/o los tutores/as de cada grupo comunicarán a las familias cualquier incidencia significativa respecto al cumplimiento de las normas de convivencia por parte de sus hijos/as. Artículo 200. Medidas para fomentar la participación de las familias. 1. Coincidiendo con la reunión de tutoría grupal con las familias del alumnado de 1º de ESO, se realizará una reunión de convivencia en el centro a la que asistirán el equipo directivo, la persona encargada de la orientación y los tutores/as de 1º de ESO. 2. El centro avisará a las familias de las fechas de las reuniones trimestrales de tutoría grupal mediante un escrito entregado a sus hijos/as, llamada telefónica y/o por medio de la plataforma PASEN (en el Primer Ciclo de la ESO se utilizarán los tres medios de comunicación. 3. Los tutores/as de cada grupo contabilizarán la asistencia de las familias a las reuniones de tutoría grupal o individual.

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4. El centro preparará el programa de tránsito mediante reuniones del equipo directivo y de la Orientadora con las familias del alumnado de 6º de Primaria en los centros adscritos y en este centro, y mediante visitas del alumnado de 6º de Primaria y de sus familias a éste, a fin de darles a conocer la estructura física y organizativa del mismo. 5. El centro enviará encuestas a las familias para conocer los temas de su interés, a fin de elaborar un plan de formación que responda a sus intereses y necesidades 6. El centro organizará trimestralmente, como mínimo, reuniones de padres y madres del alumnado para tratar temas de su interés relacionados con la educación del mismo y con la asistencia de alguna asociación educativa con la que se establezca un convenio de colaboración. 7. El centro invitará a las familias a asistir a diferentes actividades complementarias para presenciar actuaciones de sus hijos/as, conocer los trabajos que realizan, participar en las mismas, etc.