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Proyecto Educativo IESO Montaña Palentina 1 PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO IESO MONTAÑA PALENTINA CERVERA DE PISUERGA Curso 2019/2020

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Proyecto Educativo IESO Montaña Palentina

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PROYECTO EDUCATIVO

DEL CENTRO

IESO MONTAÑA PALENTINA CERVERA DE PISUERGA

Curso 2019/2020

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Este Proyecto Educativo se rige por lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y por el artículo 11 del Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.

Así mismo incluye lo recogido en la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

Ha sido elaborado por el equipo directivo, informado el Consejo Escolar y aprobado por la Dirección del Centro. Incluye también la propuesta curricular aprobada por el Claustro, en sesión ordinaria del día 24 de octubre de 2019.

ÍNDICE: 1.- Análisis de las características del entorno escolar. 2.- Propuesta organizativa del Centro. Normas de organización y funcionamiento. 3.- La propuesta curricular y el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas en las diferentes materias. (pag. 9) 4.- Plan de Acción Tutorial y Plan de Orientación Académica y Profesional. (pag. 68) 5.- Plan de Atención a la Diversidad. (pag. 81) 6.- Mecanismos de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa. 7.- Compromisos con las familias y con los propios alumnos para facilitar el progreso educativo. (pag. 101) 8.- Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones, públicas y privadas, para la mejor consecución de los fines establecidos. (pag. 104) 9.- Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente. Programaciones didácticas. (pag.105) 10.-Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género. (pag.106) 11.- Proyecto educativo bilingüe. Anexo I (pag.108) 12.- Reglamento de Régimen Interior. Anexo II (pag 134) 13.- Plan de Convivencia. Anexo III (pag. 204) 14.- Revisión y difusión de este Proyecto. (pag 221)

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1.- Análisis de las características del entorno esc olar. La zona de escolarización de este Instituto se encuentra enclavada en la comarca natural e histórica de la Montaña Palentina, en un ámbito totalmente rural, cerca de la Cordillera Cantábrica en el borde montañoso y más septentrional de la provincia de Palencia y de la región de Castilla y León .

El principal núcleo habitado es la localidad de Cervera de Pisuerga, a 116 km de su capital, Palencia, con una altitud media superior a los 1000 metros de altura sobre el nivel del mar y una extensión próxima a los 325 Km.², donde viven cerca de dos mil seiscientas personas repartidas en 24 núcleos de población.

El elevado número de pueblos que pertenecen a este municipio, incluidos en la

zona de escolarización de nuestro Instituto hace necesario el Transporte escolar, que es utilizado por el 32% del alumnado.

El número total de alumnos matriculados en el centro en este curso es de 76.

Población, superficie y densidad por municipios Palencia. Unidades: número de personas, superficie en Km2 y densidad en personas / km2

Población Superficie Densidad

34840 Cervera de Pisuerga 2.359 323,21 7,29

Total

Ambos sexos

34840-Cervera de Pisuerga 2.359

Varones

34840-Cervera de Pisuerga 1.185

Mujeres

34840-Cervera de Pisuerga 1.174

La tendencia general de la comarca desde finales del siglo XX ha sido la de una continua emigración de las personas más jóvenes, que ha producido un fenómeno de despoblación.

Hay una Residencia de la Tercera Edad donde poder acoger al elevado número de personas mayores.

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La actividad económica de la zona se centra en el sector servicios y en especial en el turismo. A ello contribuye que el término municipal se encuentra dentro del Parque Natural de las Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, zona protegida. Los visitantes del mismo tienen a su disposición la Casa del Parque, un Centro de Interpretación en el pueblo.

Además, Cervera de Pisuerga, como cabeza de partido judicial, dispone de

Juzgados, y de otros servicios: Biblioteca Municipal con acceso a internet, Casa de Cultura, Centro de salud, Centro Juvenil (Octógono) varias instalaciones deportivas: piscina descubierta, frontón, pistas de tenis y de pádel, campo de fútbol, pabellón polideportivo cubierto, bolera, petanca, y la Caja de Ahorros Caja España dispone también de un salón de actos.

En cuanto a la población inmigrante, en el instituto contamos con la asistencia de varios alumnos de diferentes nacionalidades, principalmente pakistaníes y marroquíes que representan entorno al 8% del total del alumnado. También contamos con alumnos de etnia gitana. Hay una total integración de todos los alumnos. La mayoría de los adultos de la zona manifiesta poseer, al menos, estudios primarios. Sin embargo, el número de personas que ha cursado estudios secundarios, es reducido y más aún el de personas con estudios universitarios. Del análisis de las características del entorno escolar, se deducen las necesidades educativas que han de satisfacerse, y por ello se llevan a cabo las siguientes actuaciones: -Jornadas de Puertas abiertas en el segundo trimestre para acoger a los alumnos de 6º de Primaria y a sus familias. -Actividades de acogida para integrar a los alumnos de distintas localidades de la montaña palentina. -Plan de Atención a la diversidad. -Plan de lectura. - Plan de convivencia. -Diversas actividades complementarias y extraescolares.

2. Propuesta organizativa del centro. Normas de organización y funcionamiento. Las normas de organización y funcionamiento están basadas en los siguientes principios:

- Coherencia de la estructura organizativa del Centro con los planteamientos educativos establecidos en el PEC y con el Proyecto de Dirección.

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- Adaptación de las medidas de atención a la diversidad establecidas por la Administración Educativa a las características del alumnado.

ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO

ÓRGANOS COLEGIADOS Consejo Escolar.

El Claustro ÓRGANOS UNIPERSONALES El Director El Jefe Estudios. El Secretario

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

La Comisión de Coordinación Pedagógica Los Departamentos Didácticos La Junta de Profesores de Grupo El Departamento de Orientación

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares Tutores

LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS Y DE LOS ALUMNOS

AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) El/La Delegado/a de Grupo La Junta de Delegados

En lo referente a la Oferta Educativa y los criterios pedagógicos para l a

agrupación de alumnos , de acuerdo con las características del Centro y del alumnado, se han establecido los siguientes criterios: La cantidad de grupos por curso es variable cada año, en función del número de alumnos, que no supera en ningún caso las ratios obligatorias, incluyendo a los alumnos ACNEES matriculados en el centro. Los grupos serán heterogéneos en cuanto a capacidades intelectuales, sexo, raza o confesión religiosa. Se considera como criterio básico la atención a la diversidad y por tanto los agrupamientos que permitan la mejor utilización de los recursos materiales humanos de que dispone el Centro. Las propuestas elaboradas por los Equipos Docentes a final de curso serán tenidas en cuenta para la formación de grupos en los distintos niveles educativos. Los alumnos/as que permanezcan un año más en el mismo curso, si los hubiera, no se concentrarán en un mismo grupo, sino que serán distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel. El mismo criterio se aplicará para la escolarización de los alumnos/as con necesidades educativas específicas.

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Se tendrá en cuenta la prioridad en el orden de las optativas elegidas por el alumnado siempre que se cumpla con la normativa vigente establecida por la Consejería de Educación. Este curso contamos con 76 alumnos, divididos de la siguiente manera: 1º ESO: 22 alumnos. 12 alumnos pertenecen a la secc ión bilingüe y 10 a la no bilingüe. 2º ESO: 26 alumnos. 5 alumnos pertenecen a la secci ón bilingüe y 21 a la no bilingüe. 3º ESO: 15 alumnos. 5 alumnos pertenecen a la secci ón bilingüe y 10 a la no bilingüe 4º ESO: 13 alumnos. 8 alumnos pertenecen a la secci ón bilingüe y 5 a la no bilingüe Las materias que se imparten dentro de la sección bilingüe son:

• Matemáticas y Biología y Geología en 1º de ESO • Matemáticas y Educación Física en 2º de ESO • Biología y Geología y Educación Física en 3º de ESO • TIC y Educación Física en 4º de ESO.

Este año contamos con un grupo por curso, no obstante, al contar con recursos suficientes y atendiendo a motivos pedagógicos hemos procedido al desdoble de los siguientes cursos y materias: El currículo de todos los cursos de E.S.O sigue lo marcado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa y en la Orden EDU 362/2015 de 4 de mayo que establece el currículo en Castilla y León.

A continuación figuran unas tablas donde se indican las materias de cada curso y las horas semanales de cada una de ellas en los distintos cursos:

Materias de 1º ESO Lengua Castellana y Literatura( 4 h) Inglés ( 4 h) Matemáticas ( 4 h) Biología y Geología ( 3 h) Geografía e Historia ( 3h ) Tecnología (3 h) Educación Plástica ( 3 h)

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Educación Física ( 2 h) Tutoría ( 1 h) Francés (2 h) Conocimiento del

Lenguaje (2 h) Conocimiento de las Matemáticas (2 h)

Religión (1 h) Valores Éticos (1 h) Materias de 2º ESO Lengua Castellana y Literatura ( 4 h) Cultura Clásica ( 3 h) Matemáticas ( 4 h) Física y Química ( 3 h) Inglés ( 3 h) Música ( 3 h) Educación Física ( 2 h) Geografía e Historia ( 3 h) Tutoría ( 1 h) Francés (2 h) Conocimiento del

lenguaje (2 h) Conocimiento de las Matemáticas (2h)

Religión católica (2 h Valores Éticos (2 h) Materias de 3º ESO Lengua Castellana y Literatura ( 4 h) Biología y Geología (2 h) Matemáticas Académicas o Aplicadas ( 4 h) Física y Química ( 2 h) Inglés ( 3 h) Educación Física ( 2 h) Geografía e Historia ( 3 h) Tutoría ( 1 h) Francés(2 h) Taller de

Plástica (2h) Iniciación Actividad Emprendedora y Empresarial (2h)

Educación Plástica ( 3h )

Tecnología ( 3h ) Música ( 3h )

Religión (1 h) Valores Éticos (1h) Materias de 4º ESO

Enseñanza s Académicas: Lengua Castellana y Literatura( 4 h)

Lengua Castellana y Literatura (4 h)

Matemáticas Académicas ( 4 h) Matemáticas Académicas ( 4 h) Biología y Geología (4 h) Latín ( 4 h) Física y Química ( 4 h) Economía ( 4 h ) Inglés ( 3 h) Inglés ( 3 h) Educación Física ( 2 h) Educación Física ( 2 h)

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Geografía e Historia ( 3 h ) Geografía e Historia ( 3 h ) Tutoría ( 1 h) Tutoría ( 1 h) Cultura Científica ( 2 h ) ó

Educación Plástica(2 h) ó Tecnología Información ( 2 h)

Música ( 2 h) ó Cultura Clásica (2 h) ó Tecnología Información ( 2 h)

Francés (2h) Tecnología (2h) | Religión católica (1 h)

Valores Éticos ( 1 h)

Enseñanzas Aplicadas Lengua Castellana y Literatura( 4 h) Matemáticas Aplicadas ( 4 h) Tecnología( 4 h) Ciencias Aplicadas/Inic. Activ. emprendedora ( 4 h)

Inglés ( 3 h) Educación Física ( 2 h) Geografía e Historia ( 3 h ) Tutoría ( 1 h) Educación Plástica ( 2 h ) ó

Música (2 h) ó Tecnología información ( 2 h)

Francés (2h) Tecnología (2h) Religión católica (1 h)

Valores éticos. ( 1 h)

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3.- La propuesta curricular y el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas en las diferentes materias.

PROPUESTA CURRICULAR

(Art. 17 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo)

INDICE DE CONTENIDOS

1.- Contextualización

2.- Las competencias claves

3.- Adecuación y concreción de los objetivos de la educación secundaria obligatoria de

acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo y su relación con las competencias

clave.

4.- Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables

correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los

establecidos en los anexos I.B, I.C y I.D de esta Orden

5.- Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos

6.- Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios

del curso

7.- Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular

8.- Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta

las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales

9.- Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en el artículo 36 de

la Orden.

10.- Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de

los alumnos con materias pendientes de otros cursos.

11.- Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6

del RD 1105/2014, de 26 de diciembre.

12.- Programaciones didácticas de materia y curso.

13.- Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.

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1. CONTEXTUALIZACIÓN

Base Legal. Autonomía pedagógica

Esta Propuesta Curricular se fundamenta en la siguiente legislación:

▪Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mej ora de la Calidad Educativa , que modifica el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

▪Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre , por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.

▪ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo , por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.

▪DECRETO 23/2014, de 12 de junio , por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.

▪ORDEN ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. • Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 5/2016, de 9 de diciembre.

La Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) reactualiza los conceptos referidos al currículo. Así, define el currículo como "la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. El currículo estará integrado por los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa; las competencias, o capacidades para activar y aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, para lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos; los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias; la metodología didáctica, que comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes; los estándares y resultados de aprendizaje evaluables; y los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y

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módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado”.

Así mismo, el Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, establece en el CAPÍTULO III, dedicado a la Autonomía y planificación de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, lo siguiente:

Artículo 10. Aspectos generales de la autonomía de los centros

1. Todos los centros están facultados para tomar decisiones sobre la planificación de los elementos constituyentes del proceso educativo relacionado, entre otros, con los ámbitos pedagógico y organizativo, orientados a la mejora y calidad de la propuesta educativa del centro y de los resultados escolares.

Artículo 13. Métodos pedagógicos y didácticos propios

1. Los centros docentes, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, podrán diseñar e implantar métodos pedagógicos y estrategias didácticas propios, en función de la programación de la oferta educativa establecida por la Administración educativa y dentro de regulación y límites que ésta determine.

Artículo 18. Documentos de planificación

1. En los centros públicos los documentos de planificación pedagógica deberán ser

elaborados por el claustro de profesores, bajo la coordinación del equipo directivo. Su aprobación corresponde al director y, en su caso, al claustro de profesores previa consulta al consejo escolar.

2. Los documentos de planificación organizativa de los centros públicos serán elaborados y aprobados por el equipo directivo con la participación del claustro de profesores, en los términos que determine la dirección del centro, e informados por el consejo escolar.

3. En el caso de los centros públicos deberá existir coherencia y vinculación del proyecto educativo con el proyecto de dirección en las metas, objetivos generales y temporalidad.

Por su parte, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato dictamina lo siguiente:

Artículo 7. Autonomía de los centros docentes

1. Las Administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y

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organizativa de los centros, favorecerán el trabajo en equipo del profesorado y estimularán la actividad investigadora a partir de su práctica docente.

2. Los centros docentes desarrollarán y complementarán, en su caso, el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por las Administraciones educativas, adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa con el fin de atender a todo el alumnado. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.

3. Los centros promoverán, asimismo, compromisos con las familias y con los propios alumnos y alumnas en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo.

Por último, la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo

y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León regula los aspectos necesarios para que los centros puedan desarrollar su autonomía pedagógica y organizativa.

En este marco legislativo esta Orden incorpora los contenidos sobre el currículo, la

implantación, evaluación y el desarrollo de la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria. Documentos Institucionales del centro

Si el Proyecto Educativo supone el documento marco que regula toda la vida del centro (puesto que en él se determinan las finalidades, principios, valores y metas que se desean alcanzar), no por ello podemos obviar otros documentos que, a su vez, pertenecen a él, pero que tienen entidad propia para regular distintos aspectos de la vida del Instituto. Nos referimos a los siguientes:

- Reglamento de Régimen Interior

- Plan de Convivencia

- Plan de Atención a la Diversidad

- Plan de Acción Tutorial

- Plan de Orientación Académica y Profesional

- Plan de Lectura.

- Proyecto Educativo Bilingüe.

Sin duda, todos estos documentos han de ser también un referente a la hora de elaborar la propuesta curricular que más se ajuste a nuestras necesidades y contexto.

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Definición de la Propuesta Curricular

Como se ha dicho anteriormente, la Propuesta Curricular, al igual que los antiguos proyectos curriculares, han de recoger los distintos elementos del currículo, adecuándoles a la realidad del centro, y siempre en coherencia con el resto de los documentos institucionales que se acaban de mencionar.

Siguiendo los ámbitos de concreción, derivados siempre de la autonomía pedagógica, si

el primer nivel le corresponde a las Administraciones educativas, el segundo y el tercero les corresponden a los centros educativos a través del Proyecto Educativo de Centro y la Propuesta Curricular, así como las programaciones didácticas, respectivamente.

De esta manera, la ORDEN EDU/362/2015, en su Artículo 17, define del siguiente modo

la Propuesta Curricular:

1. El equipo directivo del centro, de acuerdo con las directrices propuestas por la Comisión de Coordinación Pedagógica, establecerá las actuaciones precisas para que el claustro de profesores, a partir del currículo establecido en esta orden, concrete la propuesta curricular del centro. Ésta formará parte del proyecto educativo e incluirá, al menos, los siguientes elementos:

a) Adecuación y concreción de los objetivos de la educación secundaria obligatoria de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo.

b) Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los establecidos en los Anexos I.B, I.C y I.D de esta orden.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos.

d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de curso.

e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.

f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales.

g) Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en el artículo 36 de esta orden.

h) Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los alumnos con materias pendientes de otros cursos.

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i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

j) Programaciones didácticas de materia y curso.

k) Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.

Por tanto, a lo largo de los siguientes apartados, se tratará de ir dando respuesta a cada uno de los puntos que han de integrar este documento.

No obstante, tal vez el aspecto más importante, a la hora de realizar nuestra Propuesta Curricular, sea el de garantizar unos elementos comunes, un hilo conductor, que garantice la coherencia, a su vez, entre las distintas programaciones didácticas, de tal modo que en todos y cada uno de los departamentos exista una base común para afrontar la elaboración de dichas programaciones.

Estos elementos serán esencialmente los referidos a adoptar criterios comunes en cuanto a fines y principios, consideración común sobre las competencias, criterios de calificación y evaluación objetiva, planteamientos metodológicos y didácticos, medidas de atención a la diversidad… Todos ellos deberán ser fruto del consenso del profesorado coordinado a través de la Comisión de Coordinación Pedagógica. 2.- LAS COMPETENCIAS CLAVES

Las competencias están definidas como un elemento más del currículo, de tal forma que

todas y cada una de las acciones de la práctica educativa conducen a la consecución de las mismas.

Para comprenderlas y poder trabajarlas contamos con base legal suficiente que nos

orienta en el tratamiento que debemos darlas.

Fundamentalmente, a parte de la LOE y la LOMCE, nos basaremos en lo dispuesto en el Real Decreto de currículo básico y en la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

Recogemos algunos párrafos que ilustran lo que queremos resaltar de ellas:

“En línea con la 2006/962/EC, Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, este real decreto se basa en la potenciación del aprendizaje por competencias, integradas en los elementos curriculares para propiciar una renovación en la práctica docente y en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y evaluación, que han de suponer un importante cambio en las

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tareas que han de resolver los alumnos y planteamientos metodológicos innovadores. La competencia supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz. Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales que, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales.

Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias, y la vinculación de éste con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.

El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la

motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el concepto se aprende de forma conjunta al procedimiento de aprender dicho concepto. Se adopta la denominación de las competencias clave de finidas por la Unión Europea. Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo».

Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas.

A efectos del presente Real Decreto, las competencias del currículo serán las siguientes:

1.º Comunicación lingüística.

2.º Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología. 3.º Competencia digital.

4.º Aprender a aprender.

5.º Competencias sociales y cívicas.

6.º Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. 7.º Conciencia y expresiones culturales.

Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo.

Se potenciará el desarrollo de las competencias de Comunicación lingüística y Competencia matemática.

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La Orden ECD/65/2015 establece lo siguiente:

“Así pues, el conocimiento competencial integra un conocimiento de base conceptual: conceptos, principios, teorías, datos y hechos (conocimiento declarativo-saber decir); un conocimiento relativo a las destrezas, referidas tanto a la acción física observable como a la acción mental (conocimiento procedimental-saber hacer); y un tercer componente que tiene una gran influencia social y cultural, y que implica un conjunto de actitudes y valores (saber ser).

Por otra parte, el aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el conocimiento de base conceptual («conocimiento») no se aprende al margen de su uso, del «saber hacer»; tampoco se adquiere un conocimiento procedimental («destrezas») en ausencia de un conocimiento de base conceptual que permite dar sentido a la acción que se lleva a cabo.

Artículo 5. Las competencias clave en el currículo

4. La selección de los contenidos y las metodologías debe asegurar el desarrollo de las competencias clave a lo largo de la vida académica.

5. Los criterios de evaluación deben servir de referencia para valorar lo que el alumnado sabe y sabe hacer en cada área o materia. Estos criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables. Para valorar el desarrollo competencial del alumnado, serán estos estándares de aprendizaje evaluables, como elementos de mayor concreción, observables y medibles, los que, al ponerse en relación con las competencias clave, permitirán graduar el rendimiento o desempeño alcanzado en cada una de ellas.

6. El conjunto de estándares de aprendizaje evaluables de un área o materia

determinada dará lugar a su perfil de área o materia. Dado que los estándares de aprendizaje evaluables se ponen en relación con las competencias, este perfil permitirá identificar aquellas competencias que se desarrollan a través de esa área o materia.

7. Todas las áreas y materias deben contribuir al desarrollo competencial. El conjunto de estándares de aprendizaje evaluables de las diferentes áreas o materias que se relacionan con una misma competencia da lugar al perfil de esa competencia (perfil de competencia). La elaboración de este perfil facilitará la evaluación competencial del alumnado.” EVALUACIÓN POR COMPETENCIAS

Artículo 7. La evaluación de las competencias clave

1. Tanto en la evaluación continua en los diferentes cursos como en las evaluaciones finales en las diferentes etapas educativas, deberá tenerse en cuenta el grado de dominio

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de las competencias correspondientes a la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, a través de procedimientos de evaluación e instrumentos de obtención de datos que ofrezcan validez y fiabilidad en la identificación de los aprendizajes adquiridos. Por ello, para poder evaluar las competencias es necesario elegir, siempre que sea posible, estrategias e instrumentos para evaluar al alumnado de acuerdo con sus desempeños en la resolución de problemas que simulen contextos reales, movilizando sus conocimientos, destrezas, valores y actitudes.

2. Han de establecerse las relaciones de los estándares de aprendizaje evaluables

con las competencias a las que contribuyen, para lograr la evaluación de los niveles de desempeño competenciales alcanzados por el alumnado.

3. La evaluación del grado de adquisición de las competencias debe estar integrada con la evaluación de los contenidos, en la medida en que ser competente supone movilizar los conocimientos, destrezas, actitudes y valores para dar respuesta a las situaciones planteadas, dotar de funcionalidad a los aprendizajes y aplicar lo que se aprende desde un planteamiento integrador.

4. Los niveles de desempeño de las competencias se podrán medir a través de indicadores de logro, tales como rúbricas o escalas de evaluación. Estos indicadores de logro deben incluir rangos dirigidos a la evaluación de desempeños, que tengan en cuenta el principio de atención a la diversidad.

5. El profesorado establecerá las medidas que sean necesarias para garantizar que la

evaluación del grado de dominio de las competencias del alumnado con discapacidad se realice de acuerdo con los principios de no discriminación y accesibilidad y diseño universal.

6. El profesorado debe utilizar procedimientos de evaluación variados para facilitar la

evaluación del alumnado como parte integral del proceso de enseñanza y aprendizaje, y como una herramienta esencial para mejorar la calidad de la educación.

Así mismo, es necesario incorporar estrategias que permitan la participación del

alumnado en la evaluación de sus logros, como la autoevaluación, la evaluación entre iguales o la coevaluación. Estos modelos de evaluación favorecen el aprendizaje desde la reflexión y valoración del alumnado sobre sus propias dificultades y fortalezas, sobre la participación de los compañeros en las actividades de tipo colaborativo y desde la colaboración con el profesorado en la regulación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

En todo caso, los distintos procedimientos de evaluación utilizables, como la observación

sistemática del trabajo de los alumnos, las pruebas orales y escritas, el portfolio, los protocolos de registro, o los trabajos de clase, permitirán la integración de todas las competencias en un marco de evaluación coherente.

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3.- ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN

SECUNDARIA OBLIGATORIA DE ACUERDO CON LO ESTABLECID O EN EL

PROYECTO EDUCATIVO Y SU RELACIÓN CON LAS COMPETENCI AS CLAVE

“De este acuerdo con del artículo 22 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el artículo 10.1 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, la finalidad de la educación secundaria obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y trabajo; prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos. En la Educación Secundaria Obligatoria se prestará especial atención a la orientación

educativa y profesional del alumnado.

La Educación Secundaria Obligatoria se organiza de acuerdo con los principios de

educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Las medidas de atención a la diversidad en esta etapa estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al logro de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y la adquisición de las competencias correspondientes y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y competencias y la titulación correspondiente.”

Además, los principios y valores constituyen la identidad de un centro y sus grandes líneas de pensamiento y acción. Nuestro proyecto educativo parte de unos principios consensuados por la comunidad educativa que nos impulsan a actuar en una determinada dirección. Estos principios son los siguientes:

1.- Las actitudes democráticas como el diálogo, el respeto, la solidaridad, la crítica constructiva en las relaciones personales y en la toma de decisiones, serán el marco que presida todas nuestras actuaciones.

2.- La concepción de la vida como aprendizaje permanente, aplicable tanto al alumnado como al profesorado del centro.

3.- La cultura del esfuerzo y la responsabilidad compartidos por toda la comunidad educativa y el respeto y reconocimiento personal y público del trabajo bien hecho.

4.- La participación de toda la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento del centro. El equipo directivo tomará la iniciativa y contará con la colaboración de toda la comunidad educativa.

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5.- La planificación el seguimiento y la evaluación constante de los procesos y de los resultados como método para mejorar la práctica docente, el rendimiento académico del alumnado y su educación en valores, así como el funcionamiento general del centro.

6.- La equidad que garantice:

▪El desarrollo integral del alumnado del centro ▪La igualdad de oportunidades ▪La inclusión educativa y la no discriminación

7.- El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades para todos los miembros de la comunidad educativa y el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

8.- La educación para la prevención de conflictos y la resolución de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal y social.

9.- La colaboración con personas, organismos e instituciones externas que puedan servir para mejorar la calidad del centro.

10.- La orientación académica, personal, profesional y vocacional del alumnado como medio necesario para lograr una formación personalizada que propicie una educación integral en capacidades, competencias, conocimientos, habilidades, destrezas y valores.

11.- La autonomía necesaria para establecer y adecuar nuestras actuaciones organizativas y curriculares tanto al marco normativo como al contexto y a las señas de identidad del centro.

12.- Consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y la corresponsabilidad de las familias en su tarea.

13.- El fomento de la investigación, la formación continua y la innovación educativa como medio necesario y eficaz para desarrollar las competencias profesionales del profesorado y profundizar en ellas.

Los fines que están establecidos en el Proyecto Educativo también orientan sobre cuál ha de ser nuestra práctica pedagógica en el aula, por lo que hemos de recordarlos aquí:

1.- Conseguir llegar a ser un referente académico y profesional fomentando el esfuerzo y la concepción de la vida como aprendizaje permanente y valorando el trabajo bien hecho.

2.- Consolidar las actitudes democráticas que son una seña de identidad de nuestro

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centro: respeto a las personas, ideas y opiniones; tolerancia; aceptación de la diferencia; solidaridad; defensa de la igualdad, convivencia pacífica… 3.- Impulsar la cohesión, colaboración y participación en la vida del centro de todas las personas implicadas en los distintos niveles educativos, según los medios previstos en el apartado correspondiente.

4.- Elaborar y disponer de un método verdaderamente efectivo de evaluación de todos los procesos que se desarrollan en el centro con el fin de conocer y consolidar lo que funciona (nuestros puntos fuertes), así como detectar las áreas de mejora para subsanarlas.

5.- Aceptar la diversidad como una realidad, en tanto que el centro lo constituyen personas con distintas aspiraciones, expectativas y capacidades, y considerarla como un signo de calidad educativa al atender las diferentes necesidades del alumnado según sus características; mediante la integración, una enseñanza que desarrolle al completo su personalidad y capacidades y una orientación académica y profesional individualizada.

6.- Adecuar la metodología didáctica a la realidad actual del aula, potenciando y desarrollando las estrategias metodológicas (participativas, de trabajo colaborativo, interdisciplinares, uso normalizado de las TIC como herramienta educativa) que se desarrollarán y concretarán en uno de los apartados de este proyecto educativo.

7.- Fomentar e impulsar la puesta en marcha de proyectos de innovación educativa, como el Proyecto educativo bilingüe.

8.- Otorgar relevancia en las programaciones didácticas de los departamentos a los temas transversales del currículo diseñando actividades de aula, interdisciplinares y de centro que fomenten la participación, reflexión y sensibilización del alumnado sobre esos temas, con el fin de contribuir a su formación integral y a la adquisición de las competencias básicas.

Adecuación de los objetivos generales de las etapas educativas que se imparten en el centro al contexto socioeconómico y cultural del centro y las características del alumnado.

Como ya se ha indicado anteriormente, las características del entorno, son las correspondientes a la zona rural donde se encuentra el centro. Los objetivos generales de la ESO, marcados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en su artículo 23 y por el Real Decreto 1105/2014 de 26 de diciembre en su artículo 11, se adecúan a este contexto socioeconómico y cultural manteniendo su base.

Los objetivos de la educación secundaria obligatoria marcados por la Ley Orgánica 2/2006 contribuirán a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:

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a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.

c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres.

d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.

g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.

i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.

j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.

l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

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4.- CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARE S DE APRENDIZAJE

EVALUABLES CORRESPONDIENTES A CADA MATERIA Y CURSO,

DESARROLLANDO Y COMPLEMENTANDO LOS ESTABLECIDOS EN LOS ANEXOS

I.B, I.C Y I.D DE ESTA ORDEN

Este apartado se desarrolla íntegramente en todas y cada una de las programaciones

didácticas de los departamentos. 5.- DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS PE DAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS.

Los principios metodológicos que habrán de orientar la práctica educativa deben estar incorporados en las programaciones didácticas de todas las etapas y niveles que se imparten en el centro y han de guardar coherencia con los principios y objetivos generales establecidos en el Proyecto Educativo. Por esta razón partiremos de ellos, como se ha hecho en los anteriores apartados, a la hora de concretarlos en la presente Propuesta Curricular.

Además, han de tenerse en cuenta las orientaciones metodológicas que se recogen en la legislación vigente, LOE y LOMCE, y sobre todo en el Real Decreto de currículo básico, así como en la Orden que regula el Currículo de la Comunidad de Castilla y León.

Comenzaremos haciendo referencia al ANEXO I.A de la ORDEN EDU/362/2015 en cuanto a las orientaciones que en él se hacen: Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben proporcionar al alumno un conocimiento sólido de los contenidos, al mismo tiempo que propiciar el desarrollo de hábitos intelectuales propios del pensamiento abstracto, tales como la observación, el análisis, la interpretación, la investigación, la capacidad creativa, la comprensión y expresión y el sentido crítico, y la capacidad para resolver problemas y aplicar los conocimientos adquiridos en diversidad de contextos, dentro y fuera del aula, que garanticen la adquisición de las competencias y la efectividad de los aprendizajes. La metodología, por tanto, ha de estar orientada a potenciar el aprendizaje por competencias por lo que será activa y participativa, potenciando la autonomía de los alumnos en la toma de decisiones, el aprender por sí mismos y el trabajo colaborativo, la búsqueda selectiva de información y, finalmente, la aplicación de lo aprendido a nuevas situaciones. Todo ello teniendo en cuenta, además, las posibilidades que ofrecen las tecnologías de la información y comunicación. En esta línea, el trabajo por proyectos es especialmente relevante. Las metodologías activas han de apoyarse en estructuras de aprendizaje cooperativo, de forma que, a través de la resolución conjunta de las tareas, los miembros del grupo conozcan las estrategias utilizadas por sus compañeros y puedan aplicarlas a situaciones

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similares, facilitando los procesos de generalización y de transferencia de los aprendizajes.

El rol del docente es fundamental a la hora de presentar los contenidos con una estructuración clara en sus relaciones, de diseñar secuencias de aprendizaje integradas que planteen la interrelación entre distintos contenidos de una materia o de diferentes materias, de planificar tareas y actividades que estimulen el interés y el hábito de la expresión oral y la comunicación. En el desarrollo de las actividades el profesor encontrará inevitablemente diversidad en el aula por lo que le será necesario adaptar el proceso de enseñanza aprendizaje a los distintos ritmos de aprendizaje de los alumnos en función de las necesidades educativas, especiales, altas capacidades intelectuales, integración tardía o dificultades específicas de aprendizaje.

Así pues, partiendo de las premisas anteriores para nuestra Propuesta Curricular se establecen los siguientes

PRINCIPIOS METODOLÓGICOS

1.- Metodología integradora que favorezca la atenci ón a la diversidad del alumnado: ▪ Adaptando el currículo para aquellos alumnos que lo necesiten.

▪ Proponiendo actividades en las que puedan participar la mayoría o la totalidad del alumnado.

▪ Favoreciendo la participación en la toma de decisiones y la comunicación entre el alumnado.

▪ Demostrando interés por las particularidades de aquellos alumnos que presenten especiales características personales o socioculturales.

2.- Hacer de la convivencia una metodología de aula

Puesto que aprender a convivir y aprender a ser ciudadano es la base de toda acción educativa, debemos integrar este principio en nuestra práctica docente. Para ello:

▪ Se fomentará el modelo asertivo de comunicación, tanto en la relación profesor-alumno como entre el alumnado.

▪ Se fomentarán las relaciones de respeto mutuo entre los profesores y el alumnado, y entre sí.

▪ Se favorecerá un clima afectivo positivo que dé confianza y seguridad al alumno para expresar sus pensamientos, emociones y sentimientos.

▪Se proyectarán modelos positivos por parte del profesorado en cuanto a diálogo, comunicación y relación, de modo que se favorezca el aprendizaje por parte de los alumnos de comportamientos cívicos y sociales (aprendizaje por modelado).

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3.- Metodología participativa

Donde el alumno sea protagonista de su proceso educativo, es decir, hacer partícipe al alumno de su proceso de enseñanza-aprendizaje. Para ello es necesario un ambiente óptimo de relación y comunicación profesor-alumno que propicie:

▪ La información al alumnado de los objetivos que se pretenden alcanzar y los contenidos de aprendizaje que se van a impartir.

▪ Se informe de su evolución y se le anime a mejorar, contrastando con él los aspectos más débiles o aquellos en los que debe recuperar o, por el contrario, destacando los puntos fuertes de modo que desarrolle al máximo sus capacidades y potencialidades.

▪ Realizar preguntas sobre las dudas que puedan surgir en el aprendizaje de los contenidos.

▪ El diálogo con el alumno sobre las decisiones que le afecten en su proceso

Los principios anteriores los concretamos en una serie de CRITERIOS DIDÁCTICOS que pueden ser llevados a cabo por todo el profesorado y ser aplicados en todos los niveles y etapas educativas del centro:

●Favorecer aprendizajes significativos

Para que un aprendizaje tenga verdadero significado para el alumno y pueda ser integrado en su estructura cognitiva es necesario:

☞ Partir de los conocimientos previos. Para ello se realizará una detección de conocimientos previos que tiene el alumno, tanto al inicio de curso (evaluación inicial) como al inicio de cada unidad didáctica.

☞ Presentar los contenidos de forma significativa, es decir, ordenada y estructurada. Se podrán utilizar esquemas y/o mapas conceptuales al inicio del temario, al principio de cada unidad didáctica o al final como resumen de lo trabajado.

Se efectuarán repasos de los contenidos dados. También, se combinará la exposición y explicación del profesor sobre los contenidos con la realización de ejercicios prácticos, diálogos, pregunta

☞ Se realizará la apropiada selección de actividades generadoras de ricas experiencias, y se diseñarán distintos tipos de actividades de modo que respondan a las distintas características del alumnado en particular y del grupo-clase en general:

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- Actividades y ejercicios de repaso

- Actividades y ejercicios de profundización.

- Actividades y ejercicios de ampliación.

- Actividades individuales.

- Actividades grupales.

Estas actividades o experiencias de aula responderán a los siguientes criterios:

a) Interrelación entre varios cursos y áreas curriculares, para facilitar el trabajo colaborativo de profesores y alumnos.

b) Relación con la realidad del entorno, para alcanzar funcionalidad, motivación y significatividad. c) Comprensividad en cuanto a los conocimientos, procedimientos y actitudes que planteen, para favorecer la adquisición de competencias integradas. Relación con los principios generales del currículo, para que estos se logren mediante los aprendizajes pertinentes

d) Gran variedad de actividades que incidan en la misma área que se trabaja.

Abordar el conocimiento y las destrezas de forma integradora, requiere de actividades múltiples y multimodales, de manera que se alcancen habilidades diversificadas y se logre seguridad suficiente en la realización de tareas concretas. ☞ Se garantizará la utilización de distintos materiales, recursos, así como de la disposición del aula para la realización de las actividades previstas. ☞ Se favorecerá la motivación del alumnado hacia el aprendizaje, para lo cual es necesario:

- Reforzar los logros que el alumno vaya adquiriendo.

- Reforzar la autoestima. Siempre hay algo positivo que el alumno sepa o pueda hacer. - Ayudarle a tener un autoconcepto ajustado de sí mismo, ayudándole a superarse y alcanzar nuevas metas.

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● Desarrollo de una metodología activa y constructiv a

Entendemos por metodología activa aquella que promueve la actividad intelectual del alumno, de modo que favorezca la construcción de sus propios aprendizajes y conocimientos.

En definitiva, es aquella que desarrolla la competencia básica de Aprender

a aprender, es decir, el desarrollo de las estrategias intelectuales básicas para crecer en el conocimiento. Para ello, no siempre se darán los contenidos de forma acabada, de modo que el alumno no tenga más que memorizarlos. Por el contrario, se promoverá:

▪ La búsqueda de la información y la organización de la misma.

▪ La indagación en determinados contenidos. ▪ Ejercicios de análisis y síntesis, como la elaboración de esquemas y mapas conceptuales.

▪ La ampliación de los contenidos.

▪ La opinión y la crítica. ▪ El contraste de información y opinión.

Esto nos lleva a concebir los aprendizajes como algo vivo, de modo que el uso y el

ejercicio de la memoria se haga desde una perspectiva comprensiva.

En todas las materias, ámbitos y módulos se trabajará la memorización de los contenidos previa asimilación de los mismos y su integración en los contenidos que el alumno ya tiene adquiridos.

● Metodología que favorezca el trabajo y el esfuerzo del alumno

Para ello es necesario entender el aprendizaje como un proceso y, como tal, tiene un recorrido que empieza al inicio de cada curso. Por tanto, el aprendizaje no puede ser entendido como una memorización en días previos al examen, pues ello contradice los criterios metodológicos anteriores.

Para lograrlo, el profesorado promoverá en su aula el trabajo diario con:

▪ La realización de actividades y ejercicios que el alumno ha de realizar personalmente en su casa, con el fin de que vaya alcanzando gradualmente un aprendizaje cada vez más autónomo que habrá de culminar en los cursos superiores, tanto de Bachillerato como de los Ciclos Formativos de Formación Profesional.

▪ Realización de actividades de aula.

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▪ Corrección de los ejercicios y actividades en clase con los alumnos.

▪ Valoración y evaluación continua de las actividades realizadas y los aprendizajes que el alumno vaya adquiriendo.

● Metodología que favorezca la cooperación entre el alumnado

En el aula se garantizará la realización de actividades que integren a todos los alumnos. Para ello, siempre que el desarrollo de las distintas unidades didácticas lo permita, se realizarán actividades grupales:

▪ Ejercicios de aula en pequeños grupos.

▪ Trabajos en equipo de ampliación, profundización y búsqueda de información.

▪ Debates, mesas redondas y exposición de opiniones contrastadas por equipos. ▪ Con el fin de procurar la implicación de todos los alumnos en su grupo se tenderá a realizar trabajos cooperativos, donde el resultado final del grupo se deba al esfuerzo de todos y cada uno de los componentes.

▪ Preparación de salidas, excursiones y actividades extraescolares.

● Metodología Interdisciplinar

Con el fin de dar un enfoque globalizado a los aprendizajes que realiza el alumno, siempre que sea posible, se tenderá a la metodología de proyectos, organizando los contenidos de las distintas materias en torno a una unidad didáctica común o proyecto didáctico. Ello conllevaría la coordinación del profesorado para la determinación de objetivos que se pretenden conseguir, los contenidos a trabajar así como el uso de recursos y materiales que se van a emplear.

● Utilización de diferentes recursos didácticos en e l aula

Con el fin de dar respuesta a los criterios metodológicos descritos anteriormente es necesario concebir el aula como una realidad flexible, tanto en su disposición, uso y utilización:

▪ Movilidad del mobiliario para trabajos grupales.

▪ Uso de distintas aulas para agrupamientos flexibles.

▪ Recursos materiales y didácticos variados: manipulativos, audiovisuales, gráficos, impresos, nuevas tecnologías…

● Priorización de la comunicación verbal en general y la expresión oral en particular en todas las áreas, materias, ámbitos o módulos que son impartidos en el centro .

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6.- CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, AS Í COMO PARA LA ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO.

A) CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO

El criterio básico será el respeto a la diversidad, formando grupos que den cabida a diferentes alumnos con diferentes ritmos de aprendizaje, intereses, capacidades, estilos cognitivos, etc.

Hay que tener en cuenta que en nuestro centro sólo existe un grupo por nivel debido

al escaso número de alumnos.

Artículo 25. Medidas generales u ordinarias de atención a la diversidad

1. Los centros docentes deben establecer diferentes medidas generales u

ordinarias de atención a la diversidad para su alumnado, que podrán ser utilizadas en cualquier momento de la etapa.

2. Las medidas generales u ordinarias inciden especialmente en la organización del

centro y metodología didáctica y de evaluación, no modificando el resto de elementos del currículo, estando, por tanto, referidas a las diferentes estrategias organizativas y metodológicas que permitan la adecuación de los diferentes elementos del currículo a todo el alumnado para finalizar con éxito la etapa.

3. Entre las medidas generales u ordinarias de atención a la diversidad se

encuentran:

a) La acción tutorial.

b) Actuaciones preventivas y de detección de dificultades de aprendizaje dirigidas a todo el alumnado. c) Agrupamientos flexibles, los grupos de refuerzo o apoyo en las materias instrumentales y los desdoblamientos de grupos. d) Adaptaciones curriculares que afecten únicamente a la metodología didáctica.

e) Los planes de acogida, entendidos como el conjunto de actuaciones diseñadas y planificadas que deben llevar a cabo los centros docentes en los momentos iniciales de incorporación del alumnado a la etapa. f) Las actuaciones de prevención y control del absentismo escolar. g) La elección de las materias y opciones.

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h) La integración de materias en ámbitos de conocimiento en el primer curso de la etapa con el fin de facilitar el tránsito del alumnado entre la educación primaria y la educación secundaria.

i) Medidas de atención personalizada dirigidas a aquel alumnado que, habiéndose presentado a la evaluación final de etapa, no la haya superado.

j) Personalización del aprendizaje a través de las tecnologías de la información y la comunicación. k) Planificación de tiempos y horarios de materias y/o grupos.

l) Aplicación de medidas de refuerzo y acompañamiento fuera del horario

lectivo.

Artículo 26. Medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad

1. Los alumnos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo pueden

requerir en algún momento de su escolaridad diferentes medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad, las cuales se deben aplicar progresiva y gradualmente, siempre y cuando no se pueda ofrecer una atención personalizada con las medidas generales u ordinarias. 2. Las medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad pueden modificar los elementos curriculares y organizativos, siempre que con ello se favorezca el desarrollo personal del alumnado y le permita alcanzar con el máximo éxito su progresión de aprendizaje. 3. Las medidas especializadas de atención a la diversidad son aquellas que pueden implicar, entre otras, la modificación significativa de los elementos del currículo para su adecuación a las necesidades de los alumnos, la intervención educativa impartida por profesores especialistas y personal complementario, o la escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria.

4. Entre las medidas especializadas de atención a la diversidad se encuentran:

a) Apoyo fuera del aula por maestros especialistas de pedagogía terapéutica o

audición y lenguaje, personal complementario u otro personal.

b) Adaptaciones de accesibilidad al currículo para el alumnado con necesidades educativas especiales, así como los recursos de apoyo que les permitan acceder al currículo.

c) Adaptaciones curriculares significativas de los elementos del currículo dirigidas

al alumnado con necesidades educativas especiales. Se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias; la evaluación continua y la promoción tomarán como referencia los elementos fijados en ellas.

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d) Modalidad de escolarización del alumno con discapacidad que le garantice una

respuesta más ajustada a las necesidades educativas que presente. e) Atención educativa al alumnado por situaciones personales de hospitalización o

de convalecencia domiciliaria.

f) Programas de mejora del aprendizaje y rendimiento que permitan al alumnado

progresar y superar sus dificultades de aprendizaje para lograr obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

g) Atención educativa específica para el alumnado que se incorpore tardíamente al

sistema educativo y presente graves carencias en lengua castellana.

5. Las medidas extraordinarias de atención a la diversidad son aquellas que inciden principalmente en la flexibilización temporal para el desarrollo curricular de cara a posibilitar la mejor consecución de los objetivos educativos y desarrollo de las competencias.

6. Entre otras, las medidas extraordinarias de atención a la diversidad se pueden considerar:

a) Aceleración y ampliación parcial del currículo que permita al alumnado con altas capacidades la evaluación con referencia a los elementos del currículo del curso superior al que está escolarizado.

b) Flexibilización del período de permanencia en la etapa para el alumnado con

altas capacidades intelectuales en los términos que determine la normativa vigente.

c) Escolarización en el curso inferior al que le corresponde por edad, para

aquellos alumnos que se escolaricen tardíamente en el sistema educativo y presenten un desfase curricular de dos o más cursos. En el caso de superar dicho desfase, se incorporará al curso correspondiente a su edad.

d) Prolongación de la escolaridad en la etapa de un año más para el alumnado

con necesidades educativas especiales siempre que con ella se favorezca la integración socioeducativa de este alumnado y le permita la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Artículo 27. Medidas de refuerzo educativo

1. Estarán dirigidas al alumnado que presente problemas o dificultades de

aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo y que no haya desarrollado convenientemente los hábitos de trabajo y estudio, al alumnado que promocione con materias pendientes y a aquellos otros que presenten alguna otra circunstancia que, a juicio del tutor, el departamento de orientación y el jefe de estudios, justifiquen convenientemente su inclusión en estas medidas.

2. Los centros educativos organizarán las medidas de refuerzo tanto individuales

como colectivas, según los casos. Entre otras medidas los centros podrán optar por

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organizar refuerzos individuales en el grupo ordinario, refuerzos colectivos mediante agrupamientos flexibles de carácter temporal o desdoblamientos de grupo para mejorar la atención a alumnos.

3. Los departamentos de coordinación didáctica prestarán especial atención a

los alumnos que promocionen con materias pendientes de cursos anteriores, valorando de forma preferente el esfuerzo manifestado por el alumno, o hayan recibido evaluación negativa en materias que sean responsabilidad del departamento.

4. Todas las medidas de refuerzo aparecerán recogidas, en su caso, en la

programación didáctica del departamento correspondiente

Por tanto, nuestros criterios se basan en los siguientes principios:

▪Principio de heterogeneidad. En todos los grupos existirán alumnos de cualquier característica personal, física, cognitiva, académica o social.

▪Principio de Atención a la Diversidad. Se tendrá en cuenta el equilibrio entre los grupos de un mismo nivel, de tal forma que el alumnado de una misma característica no se concentre en un solo grupo. Por ejemplo, el alumnado repetidor se repartirá proporcionalmente entre los grupos de nivel, así como el alumnado de población inmigrante con necesidad de compensación educativa o el alumnado que presenta necesidades educativas especiales.

a. Se tendrán muy en cuenta las informaciones aportadas por el profesorado

del curso anterior, y especialmente de los tutores de los centros de Primaria, así como los informes finales de Etapa, en cuanto a la conveniencia de que algunos alumnos permanezcan juntos o separados ya que esta circunstancia influye determinantemente en el rendimiento académico de los alumnos.

B) CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS DEL ALUMNADO

De acuerdo con las características del Centro y del alumnado, se han establecido los siguientes criterios de confección de horarios: Los grupos serán heterogéneos en cuanto a capacidades intelectuales, sexo, raza o confesión religiosa. Se considera como criterio básico la atención a la diversidad y por tanto los agrupamientos que permitan la mejor utilización de los recursos materiales y humanos de que dispone el Centro. Las propuestas elaboradas por los Equipos Docentes a final de curso serán tenidas en cuenta para la formación de grupos en los distintos niveles educativos.

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Los alumnos/as que permanezcan un año más en el mismo curso, si los hubiera, no se concentrarán en un mismo grupo, sino que serán distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel. El mismo criterio se aplicará para la escolarización de los alumnos/as con necesidades educativas específicas. Se tendrá en cuenta la prioridad en el orden de las optativas elegidas por el alumnado siempre que se cumpla con la normativa vigente establecida por la Consejería de Educación. 7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN DE MATERIALES DE DESARRO LLO CURRICULAR

El recurso es un medio que el profesorado debe saber utilizar, nunca un fin en sí mismo, y su implementación no libera al profesor de su intervención directa en el aula, sino más bien al contrario, exige su actuación directa para no desenfocar los propósitos que deben alcanzarse. No todos los recursos sirven para todo y es imprescindible dominar las características de cada uno para poderlos aplicar de forma selectiva, en función de las competencias y los objetivos educativos que se pretenden conseguir, de los contenidos que hay que trabajar y de las actividades propuestas, a cuyo desarrollo deben contribuir eficazmente. Es decir, la selección debe responder a criterios que tengan en cuenta el contexto educativo, las características de los alumnos con los que se trabaja y, sobre todo, que estén al servicio de las intenciones educativas que se pretenden respondiendo siempre a los criterios metodológicos que se han plasmado en esta Propuesta Curricular.

Además, la utilización de los recursos didácticos constituye una de las claves para que la

atención a la diversidad y la inclusión se conviertan en una realidad.

Por tanto, la utilización de materiales y recursos sólo tiene sentido en tanto en cuanto constituyen un medio para alcanzar los objetivos didácticos programados. Con su uso pretendemos:

▪ Facilitar la adquisición de aprendizajes significativos de los contenidos propuestos en la Programación Didáctica.

▪ Facilitar la consecución de las competencias básicas.

▪ El uso de materiales en el aula nunca pueden suponer una carga para el profesor, sino todo lo contrario, facilitar su tarea.

▪ Sólo se utilizarán cuando sean útiles y funcionales, cuando contribuyan al desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Según Piaget, los materiales han de ser seleccionados teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- Los objetivos, capacidades o competencias que se esperan alcanzar en el proceso

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de aprendizaje.

- El estadio evolutivo en el que se halla el sujeto.

- La estructura cognitiva desarrollada; la que se presenta como punto de partida de

un nuevo conocimiento.

- Grado de ejecución de acuerdo con las operaciones mentales que desarrolla.

Así mismo, el material didáctico debe reunir condiciones o cualidades básicas, tales, como:

▪ Que sean pertinentes y aplicables a la unidad de trabajo que se va a desarrollar, es decir, que sean un vehículo para el aprendizaje de contenidos.

▪ Que el docente los domine, conozca su uso y sepa realmente para qué sirven.

▪ Que el profesor los haya seleccionado previamente, haya previsto su incorporación en cada uno de los momentos o fases del proceso formativo: al inicio de la unidad como elemento motivador, en el transcurso de la misma como apoyo al aprendizaje de determinados contenidos, al final de la Unidad como evaluación y recopilación. ▪ El uso de materiales y recursos ha de ser fluido y en ningún caso debe constituir un problema para el profesor y, mucho menos, aparecer como algo forzado a la programación planteada.

▪ Es preferible no usar un recurso que utilizarlo mal o por entretener a los alumnos. En estos casos vale más una explicación-exposición de contenidos de forma estructurada que la utilización errónea de un recurso o un material.

▪ Que no sean discriminatorios. ▪ Debe ser claro: Es decir, que lo que se busca esté preferentemente diferenciado en el material.

▪ Debe ser Adecuado: Al tipo de trabajo que se va a realizar o sea, especifico para el Trabajo escolar propuesto.

▪ Debe ser Variado: Que permita presentar múltiples facetas del mensaje, orientando al desarrollo de habilidades intelectuales diversas.

▪ Que permitan el uso comunitario de los mismos.

▪ Que eviten el derroche y la degradación del medio ambiente. ▪ Que incluyan las normas de seguridad que exige su manejo e información de sus

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características, etc. ▪ La cercanía del recurso, es decir, que sea conocido y accesible para el alumno. Es decir, ser de fácil aprehensión y manejo, que no requiera de un gran entrenamiento para su utilización.

▪ Apariencia del recurso. Debe tener un aspecto agradable para el alumno, por ejemplo añadir al texto un dibujo que le haga ver rápidamente el tema del que trata y así crear un estímulo atractivo para el alumno.

Siguiendo con la dinámica que venimos desarrollando en este documento, en este

apartado también tendremos en cuenta lo dispuesto en la ORDEN EDU/362/2015. Así, el Artículo 19. Dedicado a Materiales y recursos de desarrollo curricular, dice lo siguiente:

1. Los materiales y recursos necesarios para el desarrollo curricular de cada

una de las materias será múltiple, incorporando a los de carácter tradicional otros innovadores que integren diferentes soportes instrumentales, con objeto de fomentar en el alumnado la búsqueda crítica de fuentes de diversa naturaleza y procedencia y desarrolle la capacidad de aprender por sí mismo.

2. Los centros docentes tendrán autonomía para elegir los materiales y

recursos de desarrollo curricular, siempre que se atengan a lo que establece la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y al currículo establecido en esta orden. La consejería competente en materia de educación podrá establecer el tiempo mínimo de permanencia, con carácter general, de los libros de texto una vez sean adoptados.

3. Corresponde a la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de esta orden, establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas.

4. En el marco del diseño de una intervención educativa contextualizada, las

decisiones sobre la selección de materiales y recursos de desarrollo curricular corresponden a los departamentos de coordinación didáctica correspondientes de acuerdo con los criterios establecidos. Para llevar a cabo dicha selección, además de su calidad objetiva, se tendrán en cuenta todos los elementos curriculares que inciden en ella. El profesorado, además de lo anterior, elaborará sus propios recursos de desarrollo curricular.

Por tanto, los criterios básicos que adoptamos en nuestra Propuesta Curricular se

concretan en los siguientes:

☞ Rigor y actualización científica de los materiales en los planos disciplinar, psico-socio-pedagógico y didáctico.

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☞ Adecuación de los contenidos a los objetivos pretendidos y al nivel formativo al que van dirigidos.

☞ Especificidad de los materiales para solucionar los problemas del proceso de enseñanza-aprendizaje.

☞ Vinculación con otros temas o áreas de conocimiento.

☞ Flexibilidad de los materiales para favorecer el trabajo en equipo y su utilización en otros niveles de manera interdisciplinar.

☞ Legibilidad de los textos (redacción cuidada, presencia de resúmenes y cuadros, frecuencia de gráficos, mapas, etc.).

Respecto al uso del material educativo en el aula tiene que ver con el hecho de definir las condiciones y las situaciones de aprendizaje en las cuales van a usar los materiales:

1º. Debe ser seleccionado y preparado con anterioridad y en función de los requerimientos del contenido de la clase o de las necesidades que impone el ritmo del trabajo escolar. No debe ser usado por el solo hecho de tenerlo a la mano.

2º. Debe generar trabajo en los alumnos, solo así podrán desarrollar la clase en constante actividad y, por consiguiente, aprender con mayor eficacia.

3º. Debe favorecer la actividad y el desenvolvimiento de la capacidad creadora y crítica tanto del profeso como del alumno.

4º. Debe ser utilizado en el momento oportuno. Es decir, en el momento más propicio de la clase o de la unidad didáctica en que realmente se le necesita. Es decir, no presentar el material educativo fuera del momento.

5º. Debe ser operativo, es decir, interesante para el trabajo de los alumnos.

6º. Debe exhibirse el material educativo solo si se le va a usar, de lo contrario serviría para distraer y obstaculizar la atención y el proceso de razonamiento del alumno. Hay que recordar que el material es un medio y no es un fin.

Con respecto a los libros de texto, recogemos los criterios que tienen mayor consenso en

la literatura pedagógica publicada al respecto (Sevillano, Parcerisa, Zabala, Méndez Garrido, entre otros).

Los materiales impresos deben reunir los siguientes requisitos:

1. Objetivos. Deben presentarse con claridad y variedad para transmitir informaciones, motivar a los alumnos, facilitar los aprendizajes, potenciar la comprensión de los procesos, suscitar actitudes, evaluar conocimientos, desarrollar la expresión y

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creatividad, despertar el interés por un trabajo de investigación, provocar debates, etc.

2. Contenidos. Han de ser actualizados, científicamente completos, equilibrados en sus partes, interesantes, simples y amplios. Debe utilizarse un lenguaje claro y progresivo en nuevos conceptos. Se deben evitar los párrafos largos.

3. Estilo. No debe ser rebuscado y debe tender a la claridad y a la sencillez, lo que no está reñido con el rigor científico. Es importante dotarle de un aire de comunicación personal y de un enfoque informal, evitando la frialdad de los textos tradicionales. 4. Estructura. Se debe caracterizar por una ordenada división y subdivisión de los contenidos, destacándose los títulos, las ideas claves, los términos más importantes, utilizándose la letra negrita y cuidándose el tamaño de las letras, el uso del color, etc. Se debe comenzar con frases introductoras que ofrezcan visiones de conjunto. Cada apartado debe contener ideas simples con información suficiente y se pueden incluir referencias bibliográficas y selección de textos. Creemos útil ofrecer un resumen final.

5. Ilustraciones. Constituyen una parte importante, cuya finalidad es suministrar información, aclarar contenidos, hacer atractivo el texto, desarrollar la formación estética, etc. Su extensión debe estar en función de la capacidad y nivel de los alumnos y en cuanto a su disposición o emplazamiento es muy importante contar con el centro de interés visual. El color, debe estar en función de la información que aporta y, por último, destaca su realismo, para que conecte con los lectores.

6. Actividades. Su planificación debe estar en relación con el desarrollo de los contenidos. Algunos autores señalan la importancia de que los ejercicios vayan marcados gráficamente en función del tipo de actividad a desarrollar. Por otro lado, se considera un elemento crucial la variedad en el tipo de actividades, combinando las de carácter individual con las grupales.

7. Adecuación al alumno que aprende. Es importante tener presente las características de los alumnos a quienes van dirigidos, sus posibilidades, limitaciones y sus problemas de aprendizaje. Esta adecuación se puede observar en la claridad, la precisión de conceptos, la rigurosidad y riqueza del lenguaje, el grado de dificultad, las técnicas de trabajo intelectual que requieren, etc.

8. Materiales adicionales. Se pueden utilizar materiales complementarios como los audiovisuales (audiocasettes, vídeos...). 9. Impresión del texto . Debe ser atractiva, sugerente y clara.

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8.- CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN DE LOS APREND IZAJES DEL ALUMNADO, TENIENDO EN CUENTA LAS ADAPTACIONES REALI ZADAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

Continuando con el mismo planteamiento que venimos haciendo en los anteriores

apartados, en primer lugar haremos referencia a lo dispuesto en la legislación y, a continuación, concretaremos los criterios para nuestro centro.

Así, comenzaremos analizando el CAPÍTULO IV de la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de

mayo sobre evaluación, promoción y titulación la cual, en la Sección 1.ª–Evaluaciones, promoción y titulación, establece lo siguiente: Artículo 32. Evaluación de los aprendizajes

3. Sin perjuicio de que la evaluación deba contemplar la totalidad de los estándares de aprendizaje de cada materia, el equipo docente tendrá en especial consideración aquellos estándares que se consideren básicos en cada curso y en cada una de las materias para la toma de decisiones sobre la promoción, en especial la excepcional, así como para la incorporación al grupo ordinario de cuarto curso del alumnado que haya cursado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento.

4. Las calificaciones de las distintas materias serán decididas por el profesor

correspondiente, el cual tendrá presente, entre otra información, la evaluación inicial, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que hubieran sido aplicadas. El resto de las decisiones resultantes del proceso de evaluación serán adoptadas por consenso del equipo docente. Si ello no fuera posible, se adoptarán por mayoría de dos tercios de los profesores que imparten clase al alumno.

5. Las pruebas de evaluación que se desarrollen en las diferentes materias

incluirán pruebas orales, las cuales tendrán su reflejo, según la materia, en su calificación. Esta consideración deberá incluirse en las programaciones didácticas.

Artículo 33. Evaluación inicial

1. Al comienzo de cada curso de la educación secundaria obligatoria, los equipos

docentes realizarán una evaluación inicial del alumnado en todos los cursos, que será presidida por el tutor de cada grupo de alumnos y que contará con el apoyo, en su caso, del departamento de orientación.

2. La evaluación inicial tendrá como finalidad adoptar las decisiones que

correspondan en relación con las características y conocimientos del alumnado y que deberán ser recogidas en el acta de la sesión.

3. En el primer curso de educación secundaria obligatoria, con carácter general, la

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evaluación inicial se realizará en los primeros quince días desde el comienzo del curso y tendrá por finalidad en el marco de la adopción de decisiones a las que se refiere el apartado 2, detectar la necesidad de incorporación al refuerzo de las materias instrumentales.

4. Esta evaluación inicial no sólo se referirá a aspectos curriculares de cada materia,

sino que incluirá los informes individuales preexistentes que revistan interés para la vida escolar, y los datos obtenidos por los propios tutores y profesores sobre la situación desde la que el alumno inicia los nuevos aprendizajes. En el caso del primer curso incluirá, además, los datos correspondientes a la escolarización y al informe de evaluación final de la etapa de educación primaria.

Artículo 34. Evaluación del proceso de enseñanza

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.4 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre, el profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente. A estos efectos se tendrán en cuenta los indicadores de logro establecidos en las programaciones didácticas a los que se refiere el artículo 18.5 de esta orden.

2. El plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente

se incorporará al proyecto educativo e incluirá los momentos en los que ha de realizarse la evaluación y los instrumentos para realizarla.

Pues bien, teniendo en cuenta lo anteriormente legislado, en nuestra Propuesta curricular adoptamos los siguientes planteamientos y criterios sobre lo que entendemos que ha de ser la evaluación del alumnado.

• Evaluación Inicial

Con independencia de la celebración de las sesiones de evaluación que se establezcan en todos los grupos de los distintos niveles y etapas educativas, el profesorado realizará una evaluación inicial al comienzo de curso con objeto de conocer aspectos tales como:

▪ Nivel de competencia curricular en su materia. ▪ Conocimientos previos adquiridos.

▪ Estrategias de aprendizaje que utilizan los alumnos. ▪ Desarrollo verbal: comprensión y expresión escrita.

▪ Detección de posibles dificultades de aprendizaje.

Además, en los cursos de la Etapa Secundaria, fundamentalmente en 1º y 2º de ESO la evaluación inicial, servirá para determinar y conocer:

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▪ Las relaciones de aula.

▪ Estado general de la convivencia del grupo.

▪ Detección de problemas de conducta en el aula.

▪ Hábitos de estudio adquiridos.

▪ Comportamientos y actitudes.

Como fin último de la evaluación se pretende la adopción de medidas de intervención educativa a desarrollar, tales como apoyos, adaptaciones de currículo o medidas organizativas.

Serán los departamentos quienes determinen los procedimientos e instrumentos a

utilizar:

▪ Pruebas escritas por nivel.

▪ Ejercicios de aula.

▪ Revisión de los cuadernos y trabajos de los alumnos.

▪ Observación en el aula…

En todo caso, especialmente en 1º de ESO, durante el mes de septiembre hasta la celebración de la sesión de evaluación inicial, el profesorado se dedicará a la recogida de información sobre el alumnado de su grupo: conocimientos previos adquiridos, habilidades, estrategias y procedimientos; en definitiva, determinar la competencia curricular real.

La evaluación inicial culmina en las sesiones de evaluación que tendrán lugar a principios del mes de octubre para todos los cursos de ESO.

La preparación y organización de estas sesiones será llevada a cabo por Jefatura de

Estudios en coordinación con los tutores y el departamento de orientación.

• Evaluación Continua formativa

Se trata de la evaluación que es llevada a cabo a lo largo del curso. El carácter formativo de esta evaluación viene determinado por la continuidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje, ya que sirve de revisión y retroalimentación del mismo, tanto para el profesorado como para los alumnos:

- Por parte del profesorado: implica la revisión de la práctica docente y la adecuación de la programación a la realidad del aula. Igualmente, supone la adopción de medidas y ajustes pedagógicos.

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- Por parte de los alumnos: Supone una autoevaluación del aprendizaje en la materia: Toma de conciencia de los aprendizajes realizados y los errores cometidos, las lagunas de aprendizaje y los contenidos no asimilados.

- Del mismo modo implica hacer una revisión de las actitudes ante el trabajo y el aprendizaje, hábitos y conductas en el aula y en casa.

- Profesor y alumnos juntos: Se trata de hacer una revisión conjunta en cuanto a la evolución en la materia: Corregir con el alumno los fallos, repasar contenidos no aprendidos, comunicarle los progresos, o, por el contrario, hacerle ver aquellos aspectos en los que necesita reforzar.

En cualquier caso, este tipo de evaluación ha de ser coherente con los principios y criterios metodológicos establecidos en el Proyecto Educativo, especialmente, con la metodología participativa a través de la cual se busca la implicación del alumno en su proceso formativo.

Procedimiento para la realización de la evaluación continua

Para la correcta realización de esta evaluación es necesario que cada departamento, en su programación didáctica, fije entre sus criterios de evaluación y de calificación el trabajo diario del alumno y pondere éste con respecto a otro tipo de valoraciones como son los exámenes, controles…

No obstante, al término de cada trimestre se realizará una evaluación del progreso del

alumno, de la cual se dará información a las familias, tal y como recoge la legislación vigente.

Previa a las fechas de estas evaluaciones, el tutor trabajará, en la hora de tutoría, la

autoevaluación con el alumnado de su grupo, cuyos resultados se trasladarán a la sesión correspondiente.

En dichas sesiones las juntas de evaluación tomarán las decisiones que estimen

oportunas para hacer los ajustes que se necesiten, a fin de mejorar el proceso de aprendizaje del grupo.

• Evaluación Final

Este tipo de evaluación se realiza al final y coincide con la terminación del curso. Se trata de valorar el progreso del alumnado de forma global, la trayectoria del curso, el nivel de adquisición de contenidos, los objetivos alcanzados, el grado de madurez y autonomía. En definitiva, es el momento de la valoración de la adquisición de las competencias básicas.

Procedimiento para la realización de la evaluación final

Se establecerán las sesiones de evaluación correspondientes en el mes de junio, una

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vez finalizado el periodo lectivo.

Las juntas de evaluación valorarán, de forma colegiada, los aspectos globales del alumnado y tomarán las decisiones oportunas de promoción y titulación, así como las orientaciones para la elaboración del Consejo Orientador de los alumnos.

La valoración de los aprendizajes y el grado de adquisición de los objetivos de cada materia será responsabilidad del profesor que la hubiera impartido; no obstante, todo el profesorado aportará la información que estime conveniente respecto de la adquisición de las competencias básicas y el grado de consecución de los objetivos. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y DE CALIFICACIÓN

Los criterios de evaluación, junto con los estándares, quedan recogidos en el Real Decreto 1105/2014 de 26 de diciembre de currículo a nivel de Estado y en la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo de nuestra Comunidad Autónoma, siendo responsabilidad de cada departamento didáctico concretarlos en las programaciones.

En la concreción de dichos criterios se tendrán muy en cuenta el trabajo del alumno, la

actitud demostrada en el aula, el esfuerzo y el estudio, quedando éstos ponderados también en el cómputo total.

Estos criterios serán dados a conocer a los alumnos a principio de cada curso escolar.

Los criterios de evaluación serán comunes para todos los cursos de un mismo nivel, a excepción de los casos en los que haya que adaptar el currículo, de acuerdo con las medidas de atención a la diversidad adoptadas.

Como consecuencia de los criterios de evaluación se derivan los de calificación, que

también serán recogidos en las programaciones. Como criterio general para todos los departamentos se establece que un porcentaje de la

calificación del alumno se refiera al esfuerzo y al trabajo diario, de modo que el alumno asuma el deber del estudio como una parte más de la valoración de su proceso de aprendizaje

En el caso de Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, a quienes se les haya

elaborado una adaptación curricular significativa por tener un nivel de competencia curricular con un desfase de 2 o más cursos académicos, el procedimiento de evaluación siguiendo la legislación vigente, se concreta en lo siguiente: - Será evaluado de acuerdo con los objetivos específicos programados en su

adaptación curricular. - Los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje serán el referente para la

evaluación de las competencias y habrán de hacer referencia al nivel de contenidos

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programado, en ningún caso, a los referentes al curso de escolarización.

- Se utilizarán diferentes instrumentos de evaluación que permitan la valoración de los

aprendizajes. - Se elaborará un informe personalizado de progreso trimestralmente por la profesora de

apoyo que también será enviado a las familias donde se recoja el resumen de la evaluación continua. En él se hará constar que dicha valoración corresponde a la adaptación curricular del alumno, no a los contenidos del curso de referencia.

- Se registrará en las actas correspondientes que el alumno tiene elaborada adaptación

curricular significativa. - Cuando un alumno haya superado las adaptaciones curriculares propuestas para un

curso académico promocionara al siguiente. A partir del curso 2017-2018 se tomarán como referencia las siguientes rúbricas de evaluación acordadas y consensuadas por el Claustro después de un curso de Formación del Profesorado sobre evaluación por competencias (CFIE):

1- Rúbrica para evaluar el cuaderno personal del alumno.

2. Rúbrica de valoración de la expresión oral para cada curso. Las 2 están basadas en las propuestas del grupo actitudes.

RÚBRICA PARA LA VALORACIÓN DEL CUADERNO DE TRABAJO PERSONAL

FORMATO Y PRESENTACIÓN( 40 puntos)

Faltas de ortografía

No existen faltas de ortografía en todo el trabajo. 10

Hay alguna falta de ortografía, pero no es lo habitual. 7

Hay muchas faltas de ortografía. 0

Márgenes

Los márgenes se respetan en todo momento. 5

Los márgenes se respetan a menudo, aunque también hay bastantes olvidos. 2

No se respetan los márgenes (es generalizado) 0

Limpieza

La mayoría de las hojas están cuidadas y limpias (sin borrones, sin arrugar, etc.) 5

La mayoría de las hojas están cuidadas (con fallos pero están tachados discretamente) 4

Las hojas no están cuidadas ni limpias (borrones y tachaduras o arrugadas habituales). 1

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El documento no está cuidado ni limpio (borrones y tachaduras y arrugadas habituales). 0

Títulos

los títulos del tema son llamativos (aunque no ostentosos). 5

Los títulos del tema son demasiado ostentosos o a veces se olvidan. 1

No hay títulos en el documento (de manera generalizada). 0

Letra

La letra es muy buena (de manera generalizada). 15

La letra es esmerada (aunque no sea buena, se ve interés y esfuerzo). 12

La letra a veces es esmerada y a veces descuidada (hecha con prisas). 7

La letra es descuidada de manera generalizada (no se aprecia interés en hacerla bien). 0

ACTIVIDADES (60 puntos)

Trabajo personal

Muy completo: Todas las actividades obligatorias están hechas (y también las optativas). 40

Completo: Todas las actividades obligatorias están hechas. 35

Incompleto: Falta alguna actividad puntual marcada como obligatoria (no es habitual). 30

Incompleto: Faltan muchas actividades marcadas como obligatorias (es habitual). 0

Correcciones (se pueden elegir dos)

Todas las actividades están corregidas. 10

Todas las correcciones son correctas. 10

Hay alguna actividad puntual sin corregir (pero no es lo normal). 7

Hay alguna corrección que no es correcta (pero no es lo normal). 7

Hay muchas actividades sin corregir (es habitual). 3

Hay muchas correcciones que no son correctas (es habitual). 3

No hay ninguna actividad corregida. 0

Ninguna corrección es correcta. 0

PUNTUACIÓN TOTAL

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OBJETIVIDAD DE LA EVALUACIÓN.

1. El reglamento de régimen interior de los centros arbitrará normas que garanticen y posibiliten la comunicación los alumnos y sus padres, madres o tutores legales con el tutor y el profesorado de las distintas materias.

2. Los centros, al comienzo del curso escolar y mediante el procedimiento que establezcan, deberán hacer públicos los criterios generales que se vayan a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y los criterios de promoción.

3. El profesorado de las distintas materias, al comienzo del curso escolar, dará a conocer al alumnado los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables del curso respectivo para su materia, los conocimientos y aprendizajes básicos necesarios para que alcance una evaluación positiva al final de cada curso, así como los procedimientos de evaluación del aprendizaje y los criterios de calificación que vayan a aplicarse, todo ello de acuerdo con la programación didáctica de cada departamento de coordinación didáctica. La información además versará sobre el grado de adquisición de las competencias.

4. Los centros comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a comienzos de cada curso escolar, las horas que los tutores del centro tienen reservadas en su horario para atenderles. Asimismo, el tutor del grupo les facilitará las entrevistas que deseen solicitar con el profesor de una materia determinada.

5. El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades de los alumnos, así como sobre la adquisición de las competencias”.

9.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL ALUMNADO EN EL MARCO DE LO

ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 36 DE LA ORDEN EDU 362/2015 DE 4 DE MAYO.

Artículo 36. Promoción

1. En lo referente a la promoción en la educación secundaria obligatoria, se

aplicará lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 22 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

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2. En el marco de lo establecido en el apartado 22.2 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre, en lo relativo a la decisión de promoción excepcional, el equipo docente, para la consideración de los aspectos relacionados con las expectativas de recuperación de las materias pendientes, tendrá en cuenta criterios previamente establecidos por el centro que se incluirán en la propuesta curricular. Entre dichos criterios figurará la consideración a los estándares de aprendizaje evaluables considerados básicos referidos en el artículo 32.3 de la presente orden.

3. Artículo 37. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y certificaciones

1. Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se

aplicará lo regulado en el artículo 31 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y el artículo 23 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

2. De conformidad con el artículo 23.3 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de

diciembre, los alumnos que cursen la etapa y no obtengan el título al que se refiere el apartado 1 recibirán una certificación con carácter oficial y validez en toda España de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de esta orden.

3. De acuerdo con el artículo 23.4 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, tras cursar el primer ciclo de educación secundaria obligatoria, así como una vez cursado segundo curso cuando un alumno se vaya a incorporar de forma excepcional a un ciclo de formación profesional básica, se le entregará un certificado de estudios cursados, con el contenido indicado en los párrafos a) a d) del artículo 23.3 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y un informe sobre el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias.

4. En todo caso se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2016, de 9 de diciembre.

Artículo 22 del Real Decreto

1. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes. La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna. 2. Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con

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evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:

a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas,

b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias

con evaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica

c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo

el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas. La materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial.

3. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo.

4. El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

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5. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones

curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.

6. Esta medida deberá ir acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Los centros organizarán este plan de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

7. Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos

y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador podrá incluir una recomendación a los padres, madres o tutores legales y en su caso al alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica. El consejo orientador se incluirá en el expediente del alumno o de la alumna.

A lo anteriormente dispuesto en la legislación nosotros, como centro, establecemos los siguientes criterios:

• Criterios para la promoción en 1º, 2º y 3º de E.S. O.

Tanto en convocatoria ordinaria (junio) como extraordinaria (septiembre), promocionarán aquellos alumnos que tengan pendientes un máximo de dos materias. Además, de acuerdo con la legislación vigente, promocionarán aquellos alumnos que estén repitiendo el curso actual y aquellos que hayan repetido dos veces a lo largo de la etapa. Como norma general, no se concederá la promoción a aquellos alumnos que tengan tres materias pendientes. Si, de forma excepcional, algún profesor del equipo docente propusiera la promoción de un alumno con tres materias pendientes, sólo lo podrá hacer en la reunión de evaluación de la convocatoria extraordinaria de septiembre, y se tendrá en cuenta lo siguiente:

1º.- De acuerdo con lo previsto en el Artículo 22 del Real Decreto, no promocionarán aquellos alumnos que tengan pendientes, simultáneamente, Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, o bien tres materias.

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2º.- Para la propuesta de promoción excepcional, el profesor que haga la propuesta

deberá argumentar, en la reunión de la Junta de Evaluación, sobre los motivos excepcionales por los que considera se debe proponer al alumno para la promoción. Estos motivos deberán referirse a una circunstancia personal o familiar grave que haya podido influir negativamente en su rendimiento académico.

3º.- El alumno no debe haber promocionado en cursos anteriores como consecuencia de una excepcionalidad semejante.

4º.- Para que la promoción excepcional se lleve a efecto deberá ser aprobada por consenso o por mayoría de dos tercios de los profesores presentes que imparten clase al alumno. En caso contrario, no promocionará.

5º.- Si algún profesor hubiera planteado la excepcionalidad, se adjuntará al acta de

evaluación un documento, firmado por todos los profesores presentes que imparten docencia al alumno, en el que se reflejarán las causas excepcionales por las que se ha propuesto la promoción, las conclusiones, la decisión adoptada y si ésta ha sido por consenso o por votación, indicando en este caso los resultados de la misma.

• Criterios para la propuesta de titulación en 4º de E.S.O.

Con fecha 21 de diciembre de 2016 el Congreso de los Diputados acordó convalidar el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 298, de 10 de diciembre de 2016.

Mediante dicha norma, se estableció una ampliación del plazo inicialmente previsto en la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la implantación de las evaluaciones finales de etapa, de manera que, hasta la entrada en vigor de la normativa resultant e del Pacto de Estado social y político por la educac ión , estas pruebas tengan carácter muestral y finalidad diagnóstica y no tengan efecto alguno para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, y su organización y desarrollo no afecte al funcionamiento ordinario de las Administraciones educativas y los centros docentes.

Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención del título de Graduad o en Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2016, de 9 de diciembre .

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Criterios de titulación:

1. Los alumnos y alumnas que hayan obtenido una evaluación, bien positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos, siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. A estos efectos.

- Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de ESO se

considerarán como materias distintas.

- Sin perjuicio de lo anterior, para obtener el título será preciso que el equipo docente considere que el alumno o alumna ha alcanzado los objetivos de la etapa y ha adquirido las competencias correspondientes.

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10.- CRITERIOS GENERALES PARA LA ATENCIÓN DE LAS AC TIVIDADES DE EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS CON MATERI AS PENDIENTES DE OTROS CURSOS

En el Artículo 28.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación se señala que «con el fin de facilitar a los alumnos y alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa, las Administraciones educativas regularán las condiciones para que los centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias en las condiciones que determinen».

Cada departamento didáctico establecerá, al principio de curso, el procedimiento y los

criterios para recuperar y evaluar a aquellos alumnos que tengan materias pendientes de superar de cursos anteriores. Estos criterios deberán constar en las programaciones didácticas y de ellos se deberá informar a los alumnos desde el principio del curso.

Como criterios generales se contemplan los siguientes:

Es obligación de los departamentos y del profesorado facilitar al alumnado la recuperación de materias pendientes de otros cursos, para lo cual establecerán:

• Los contenidos exigidos mínimos • El procedimiento para la recuperación • La fecha o fechas en las que se realizarán los exámenes o se entregarán los trabajos. • Los criterios de evaluación y de calificación.

Esta información se facilitará de forma clara a los alumnos y a sus familias desde el principio de cada curso por los tutores.

11.- ORIENTACIONES PARA INCORPORAR LOS ELEMENTOS TR ANSVERSALES

La transversalidad en el currículo se incorporó con la LOGSE continuando en las sucesivas leyes educativas. La transversalidad es entendida como la necesidad de que ciertos contenidos de carácter curricular sean trabajados en todas y cada una de las áreas del currículo por todo el profesorado y, por tanto, en todos los niveles educativos de la etapa.

La LOMCE recoge de nuevo este planteamiento y en el Artículo 6 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de Diciembre, define y aclara qué se entiende por contenidos transversales:

Artículo 6. Elementos transversales

1. En Educación Secundaria Obligatoria, sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias de cada etapa, la comprensión lectora, la

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expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias.

2. Las Administraciones educativas fomentarán el desarrollo de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género o contra personas con discapacidad y los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.

Las Administraciones educativas fomentarán el aprendizaje de la prevención y

resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, así como de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos, el respeto a los hombre y mujeres por igual, a las personas con discapacidad y el rechazo a la violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia.

La programación docente debe comprender en todo caso la prevención de la

violencia de género, de la violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho histórico.

Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que

supongan discriminación.

Los currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato incorporarán

elementos curriculares relacionados con el desarrollo sostenible y el medio ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, el abuso y maltrato a las personas con discapacidad, las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la protección ante emergencias y catástrofes.

3. Los currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor, a la adquisición de competencias para la creación y desarrollo de los diversos modelos de empresas y al fomento de la igualdad de oportunidades y del respeto al emprendedor y al empresario, así como a la ética empresarial. Las Administraciones educativas fomentarán las medidas para que el alumnado participe en actividades que le permita afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico.

4. Las Administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento juvenil. A estos efectos, dichas Administraciones promoverán la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar, en

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los términos y condiciones que, siguiendo las recomendaciones de los organismos competentes, garanticen un desarrollo adecuado para favorecer una vida activa, saludable y autónoma. El diseño, coordinación y supervisión de las medidas que a estos efectos se adopten en el centro educativo serán asumidos por el profesorado con cualificación o especialización adecuada en estos ámbitos.

5. En el ámbito de la educación y la seguridad vial, las Administraciones educativas incorporarán elementos curriculares y promoverán acciones para la mejora de la convivencia y la prevención de los accidentes de tráfico, con el fin de que el alumnado conozca sus derechos y deberes como usuario de las vías, en calidad de peatón, viajero y conductor de bicicletas o vehículos a motor, respete las normas y señales, y se favorezca la convivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la empatía con actuaciones adecuadas tendentes a evitar los accidentes de tráfico y sus secuelas.

El tratamiento de la transversalidad se da en dos direcciones:

a) Por un lado, en cuanto al trabajo que debe realizarse con contenidos que tiene que ver con las competencias lingüística, digital, cívica y la iniciativa y espíritu emprendedor. b) Por otro lado, todo lo relacionado con la educación en valores que, a su vez, desarrolla la competencia cívica y ciudadana.

La educación en valores, se trabajará:

a) A través de los contenidos en las distintas materias, dado que algunos de ellos forman parte de los contenidos propios de algunas asignaturas. Por ejemplo, la educación medioambiental, educación sexual, educación para la salud, dentro de las materias de Ciencias Naturales y también en Valores Éticos. Pero también la educación cívica y social constituye uno de los contenidos claves de las materias de Ciencias Sociales, sin menoscabo del resto de las asignaturas, ya que el desarrollo de la competencia del mismo nombre es responsabilidad de todos.

b) La segunda línea de trabajo la constituye el desarrollo del Plan de Acción Tutorial

(PAT), en el que se integran contenidos relacionadas con la convivencia, la resolución de conflictos, las habilidades sociales, el desarrollo personal y emocional, para lo cual se programan actividades en colaboración con otras entidades con el fin de trabajar la prevención de consumo de sustancias no saludables, la prevención de drogadicción, la prevención de conductas violentas, la participación social, el uso responsable de las TIC, la educación vial...

En cualquier caso, todos los temas de educación en valores están integrados en el

PAT ( Plan de Acción Tutorial). De ellos destacamos:

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- Sensibilización para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género. El centro cuenta con un coordinador para la igualdad, quien colabora directamente en el desarrollo de este tema en el PAT.

- El centro se implica en campañas o celebración de "Días de” (fechas señaladas en la resolución de 29 de mayo de 2006 como recordatorio de hechos relevantes) con el fin de concienciar y sensibilizar a los alumnos sobre temas de problemática social. La utilización de estas fechas permite que los alumnos reciban información a través de los medios de comunicación y se complementa con la realización de actividades, incluidas en las programaciones de los departamentos y en la programación general anual:

Educación moral y cívica. Educación para la paz - 17 octubre, día internacional de erradicación de la pobreza - 3 de diciembre, día internacional de las personas con discapacidad - 10 de diciembre, día de los derechos humanos - 21 de marzo, día internacional contra el racismo

Educación para la igualdad de oportunidades. Educación moral y cívica. Educación para la paz - Día 25 de noviembre, Aniversario del Estatuto de Castilla y León. - Día 6 de diciembre, día de la Constitución - Día 30 de enero, día escolar de la no violencia y la paz

Fomento de igualdad de hombres y mujeres - 8 de marzo, día Internacional de los derechos de la mujer - 25 de noviembre, día Internacional de lucha contra la violencia de género.

Conocimiento y valoración del patrimonio

- Día 23 de abril, día de la Comunidad de Castilla y León - Día 23 de abril, día del Libro

Educación para la salud y educación sexual - 16 de octubre, día mundial de la alimentación - 1 de diciembre, día mundial de la lucha contra el SIDA. - 7 de abril, día mundial de la salud - 31 de mayo, día mundial sin tabaco. - 26 de junio, día Internacional contra uso y tráfico de droga.

Educación medioambiental - Día 23 de Marzo, día del árbol - Día 5 de Junio, día del Medioambiente

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12.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS DE MATERIA Y CURSO

Al inicio de cada curso académico los departamentos didácticos deben tener

elaboradas sus correspondientes programaciones didácticas, tras haber sido revisadas y, si es preciso, actualizadas.

Al respecto, tendremos en cuenta lo dispuesto en la ORDEN EDU/362/2015, de 4

de mayo:

Artículo 18. Programaciones didácticas

1. La programación didáctica es el instrumento específico de planificación,

desarrollo y evaluación de cada una de las materias y en ella se concretarán los distintos elementos del currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso.

2. Anualmente, al inicio del curso escolar y de acuerdo con la propuesta

curricular, la Comisión de Coordinación Pedagógica establecerá los criterios para la elaboración y evaluación de las programaciones didácticas.

3. El jefe de cada departamento de coordinación didáctica coordinará la

elaboración de las programaciones didácticas correspondientes, que correrá a cargo del profesorado del mismo, y serán aprobadas por el claustro de profesores del centro en el marco de la propuesta curricular.

4. Las programaciones didácticas deberán contener, al menos, los siguientes elementos:

a) Secuencia y temporalización de los contenidos.

b) Estándares de aprendizaje evaluables que se consideran básicos.

c) Decisiones metodológicas y didácticas.

d) Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero.

e) Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia.

f) Medidas que promuevan el hábito de la lectura.

g) Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y

criterios de calificación.

h) Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores.

i) Medidas de atención a la diversidad.

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j) Materiales y recursos de desarrollo curricular.

k) Programa de actividades extraescolares y complementarias.

l) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica y sus indicadores de logro.

5. Para evaluar las programaciones didácticas se incluirán, entre otros, los indicadores

de logro referidos a:

a) Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.

b) Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.

c) Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y de centro.

Por tanto, a hora de elaborar las programaciones didácticas, se deberá tener en

cuenta que: ▪ En ellas deben aparecer con rigor y claridad, al menos, los apartados anteriores. ▪ Los departamentos deben analizar, al menos una vez al mes, el desarrollo de las programaciones. ▪ Cada departamento debe informar al principio del curso a los alumnos acerca de: objetivos generales y específicos por curso y etapa educativa; contenidos; metodología; medidas y criterios para la recuperación de materias pendientes de cursos anteriores; procedimientos y criterios para atender las revisiones y las reclamaciones de las calificaciones, estándares de aprendizaje evaluables que se consideran básicos y perfil de las competencias que corresponden a cada uno de ellos. Es obligatorio que cada profesor, al comenzar el curso, informe a sus alumnos sobre estos aspectos.

13.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN ANUAL DE LA PROPUESTA CURRICULAR

Este apartado corresponde a la evaluación de la práctica docente y, como tal, se realizara utilizando distintos medios e instrumentos.

Artículo 18. 6. de la ORDEN, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria en la Comunidad de Castilla y León.

Para evaluar las programaciones didácticas se incluirán, entre otros, los indicadores de

logro referidos a:

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a) Resultados de la evaluación del curso en cada una de las áreas.

b) Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.

c) Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y de centro.

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico

de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la

implantación, evaluación y desarrollo de la ESO en Castilla y León.

Artículo 20 y 30. Evaluaciones

Los profesores evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en las programaciones didácticas.

Por tanto, el profesorado, además de evaluar los aprendizajes de los alumnos, evaluará los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con la consecución de los objetivos educativos del currículo. Cada programación didáctica incorporará, tanto los criterios de evaluación de dicha programación como los de la evaluación de la práctica docente del profesorado.

Los objetivos que pretendemos al evaluar la práctica docente son, entre otros, los

siguientes:

• Ajustar la práctica docente a las peculiaridades del grupo y a cada alumno.

• Comparar la planificación curricular con el desarrollo de la misma.

• Detectar las dificultades y los problemas.

• Favorecer la reflexión individual y colectiva.

• Mejorar las redes de comunicación y coordinación interna.

Cada departamento deberá incluir en su programación, entre otros, los siguientes aspectos:

• Los conocimientos y aprendizajes mínimos para superar una materia.

• Los procedimientos de evaluación del aprendizaje y los criterios de calificación.

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• Las actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores.

• Las medidas de atención a la diversidad para los alumnos que las requieran: refuerzo educativo, adaptaciones curriculares, etc., en coordinación con el Departamento de Orientación.

La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente se realizará de

acuerdo con las siguientes directrices: 1.- Se realizarán tres evaluaciones ordinarias a lo largo del curso, más la evaluación inicial y la extraordinaria de septiembre.

2.- En la evaluación inicial de la ESO se analizará la situación de los alumnos en el aula, las condiciones del aula y sus recursos materiales, la convivencia dentro del grupo, la actitud del grupo de alumnos, los conocimientos previos de los alumnos, la metodología empleada por los profesores, el nivel de competencia curricular de los alumnos, etc.

3.- En cada evaluación los departamentos didácticos analizarán y valorarán los resultados obtenidos por los alumnos, teniendo en cuenta los resultados de las materias del mismo nivel y los resultados de las materias del grupo. En las reuniones de departamento se prestará atención a la adecuación al proceso de enseñanza de la metodología empleada, los contenidos mínimos, la temporalización y los criterios de evaluación y calificación. Se tratará en lo posible de mejorar el rendimiento de los alumnos analizando la disparidad de resultados entre grupos de un mismo nivel o entre las distintas materias de un mismo grupo.

4.- Después de la primera evaluación los profesores podrán evaluar la enseñanza diaria en el aula teniendo en cuenta la opinión de los alumnos.

5.- Los tutores podrán tratar en las sesiones de pre-evaluación y de post-evaluación aquellas materias en las que los alumnos de su tutoría hayan tenido más dificultades.

6.- En las reuniones de la CCP los departamentos expondrán los resultados más significativos del análisis realizado según el punto 3.

7.- Al término de la evaluación final cada profesor rellenará el cuestionario adjunto y los resultados se deberán incluir en la memoria final de los departamentos. A partir de estos resultados se deberán modificar aquellos aspectos de la práctica docente que hayan sido detectados como poco adecuados a las características de los alumnos y al contexto socioeconómico y cultural del centro, incorporándolo a las programaciones didácticas el curso siguiente:

Indicadores de evaluación:

-Las actividades han sido variadas y organizadas en grado de dificultad.

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-Hemos aprovechado los recursos y /os proyectos del centro.

-La agrupación de los alumnos ha favorecido el trabajo colaborativo.

-Han necesitado de actividades de refuerzo por la dificultad de los contenidos . -Se ha necesitado más tiempo para trabajar la unidad por dificultades externas al aula o por la dificultad de los contenidos.

-Les ha servido para conectar sus aprendizajes previos y han construido otros nuevos.

-Se han previsto actividades, respetando los distintos ritmos de aprendizaje, con actividades tanto de refuerzo como de ampliación.

-Los resultados de los controles, pruebas orales, ejercicios en papel o en pizarra indican que se han conseguido los objetivos previstos.

- Diario de clase.

-Recogida de información del trabajo y actividad.

-Posibles dificultades en la puesta en marcha de las actividades previstas.

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MODELO DE CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA DOCENTE

CURSO:................................................ materia: .......................................

Profesor: ........................................... Evaluación Final

Valora entre el 1 y el 5 (1= mínimo y 5= Máximo) los siguientes indicadores:

INDICADORES VALORACIÓN

OBSERVACIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA

Motivación inicial de los alumnos:

1 Presento y propongo un plan de trabajo, explicando su finalidad, antes de cada unidad.

2 Planteo situaciones introductorias previas al tema que se va a tratar (trabajos, diálogos

Motivación a lo largo de todo el proceso

3 Mantengo el interés del alumnado partiendo de sus experiencias, con un lenguaje claro y adaptado...

4 Comunico la finalidad de los aprendizajes, su importancia, funcionalidad, aplicación

5 Doy información de los progresos conseguidos así como de las dificultades encontradas

Presentación de los contenidos

6 Relaciono los contenidos y actividades con los intereses y conocimientos previos de mis alumnos.

7 Estructuro y organizo los contenidos dando una visión general de cada tema ( mapas conceptuales, esquemas, qué tienen que aprender, qué es importante, ...)

8 Facilito la adquisición de nuevos contenidos a través de los pasos necesarios, intercalando preguntas aclaratorias, sintetizando, ejemplificando, ... Actividades en el aula

9 Planteo actividades que aseguran la adquisición de los objetivos didácticos previstos y las habilidades y técnicas instrumentales básicas.

10 Propongo a mis alumnos actividades variadas (de diagnóstico, de introducción, de motivación, de desarrollo, de síntesis, de consolidación, de recuperación, de ampliación y de evaluación).

11 En las actividades que propongo existe equilibrio entre las actividades individuales y trabajos en grupo.

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Recursos y organización del aula

12 Distribuyo el tiempo adecuadamente: (breve tiempo de

exposición y el resto del mismo para las actividades que los alumnos realizan en la clase).

13 Adopto distintos agrupamientos en función del momento, de la

tarea a realizar, de los recursos a utilizar... etc, controlando siempre que el adecuado clima de trabajo.

14 Utilizo recursos didácticos variados (audiovisuales, informáticos,

técnicas de aprender a aprender..), tanto para la presentación de los contenidos como para la práctica de los alumnos, favoreciendo el uso autónomo por parte de los mismos.

Instrucciones, aclaraciones y orientaciones a las tareas de los

alumnos: 15 Compruebo, de diferentes modos, que los alumnos han

comprendido la tarea que tienen que realizar: haciendo preguntas, haciendo que verbalicen el proceso.

Facilito estrategias de aprendizaje: cómo solicitar ayuda,

16 cómo buscar fuentes de información, pasos para resolver cuestiones, problemas, doy ánimos y me aseguro la participación de todos….

17 Controlo frecuentemente el trabajo de los alumnos: explicaciones

adicionales

Clima del aula 18 Las relaciones que establezco con mis alumnos dentro del aula y las

que éstos establecen entre sí son correctas, fluidas y desde unas perspectivas no discriminatorias.

19 Favorezco la elaboración de normas de convivencia con la

aportación de todos y reacciono de forma ecuánime ante situaciones conflictivas.

20 Fomento el respeto y la colaboración entre los alumnos y acepto sus

sugerencias y aportaciones, tanto para la organización de las clases como para las actividades de aprendizaje.

21 Proporciono situaciones que facilitan a los alumnos el desarrollo de

la afectividad como parte de su Educación Integral.

Seguimiento/ control del proceso de enseñanza-aprendizaje: 22 Reviso y corrijo frecuentemente los contenidos, actividades

propuestas -dentro y fuera del aula, adecuación de los tiempos, agrupamientos y materiales utilizados.

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23 Proporciono información al alumno sobre la ejecución de las tareas

y cómo puede mejorarlas y, favorezco procesos de autoevaluación y coevaluación.

24 En caso de objetivos insuficientemente alcanzados propongo

nuevas actividades que faciliten su adquisición. 25 En caso de objetivos suficientemente alcanzados, en corto espacio

de tiempo, propongo nuevas actividades que faciliten un mayor grado de adquisición.

Diversidad 26 Tengo en cuenta el nivel de habilidades de los alumnos, sus ritmos

de aprendizajes, las posibilidades de atención, etc, y en función de ellos, adapto los distintos momentos del proceso de enseñanza- aprendizaje ( motivación, contenidos, actividades, …)

27 Me coordino con otros profesionales (profesores de apoyo,

Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Departamentos de Orientación), para modificar y/o adaptar contenidos, actividades, m ritmos y posibilidades de aprendizaje.

28 Tengo en cuenta el procedimiento general, que concreto en mi

programación de aula, para la evaluación de los aprendizajes de acuerdo con el Proyecto Curricular

29 Aplico criterios de evaluación y criterios de calificación

(ponderación del valor de trabajos, de las pruebas, tareas de clase...) en cada una de las unidades de acuerdo con la programación del área.

Evaluación

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30 Realizo una evaluación inicial a principio de curso, para ajustar la programación, en la que tengo en cuenta el informe Final del tutor anterior, el de otros profesores, el del Dpto. de Oritación.

31 Contemplo otros momentos de evaluación inicial: a comienzos de un tema, de Unidad Didáctica, de nuevos bloques de contenido...

32 Utilizo suficiente criterios de evaluación que atiendan de manera equilibrada la evaluación de los diferentes contenidos

33

Utilizo sistemáticamente procedimientos e instrumentos variados de recogida de información (registro de observaciones, carpeta del alumno, ficha de seguimiento, diario de clase, tablón de anuncio, …)

34 Corrijo y explico –habitual y sistemáticamente- los trabajos y actividades de los alumnos y, doy pautas para la mejora de sus aprendizajes.

35 Uso estrategias y procedimientos de autoevaluación y coevaluación en grupo que favorezcan la participación de los alumnos en la evaluación.

36 Utilizo diferentes técnicas de evaluación en función de la diversidad de alumnos/as, de las diferentes áreas, de los temas, de los contenidos…

37

Utilizo diferentes medios para informar a padres, profesores y alumnos (sesiones de evaluación, boletín de información, reuniones colectivas, entrevistas individuales, asambleas de clase…) de los resultados de la evaluación.

8. Por último, en el seno de la CCP, se evaluará la Propuesta Curricular de

Etapa, para lo cual se utilizara el siguiente cuestionario:

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EVALUACIÓN DEL DESARROLLO DE LA PROPUESTA CURRICULAR DE LA ETAPA

INDICADORES OBSERVACIONES DIFICULTADES SURGIDAS

PROPUESTAS DE MEJORA

La adecuación de los objetivos a las necesidades y características de los alumnos

La selección, distribución y secuencia de los objetivos y contenidos por curso

La idoneidad de la metodología y de los materiales curriculares Empleados

La validez de los criterios de evaluación y promoción Establecidos

Las actividades de orientación educativa y profesional

La adecuación de la oferta de materias optativas a las necesidades educativas de los Alumnos

La efectividad de los programas de diversificación curricular

La pertinencia de las medidas de adaptación curricular adoptadas para los alumnos con NEE

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4.- Plan de acción tutorial y Plan de Orientación Académica y Profesional.

REFERENTES NORMATIVOS DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL: ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 21. Plan de acción tutorial. 1. Al inicio del curso escolar se elaborará el plan de acción tutorial que será incorporado en el proyecto educativo del centro. Su elaboración será responsabilidad del equipo directivo bajo las directrices realizadas por la comisión de coordinación pedagógica y el asesoramiento del orientador. 2. El plan de acción tutorial será el documento donde se planifique y se organice la acción tutorial de los diferentes cursos de la etapa y deberá constar, como mínimo, de los siguientes apartados: a) Directrices de la comisión de coordinación pedagógica. b) Miembros del equipo directivo, del departamento de orientación y tutores de cada curso, reflejando la forma, espacios y tiempos, en que serán atendidos de forma efectiva los alumnos y los padres, madres o tutores legales. c) Organización de espacios y tiempos donde se realizarán las reuniones de coordinación de tutores, departamento de orientación, departamento de actividades complementarias y extraescolares y jefes de estudio. d) Planificación y organización de la hora lectiva de la tutoría con el grupo. e) Mecanismos de evaluación de la acción tutorial. f) Evaluación de la planificación y ejecución del plan. Así mismo, y según la mencionada Orden, hay que tener en cuenta para la elaboración del presente Plan de Acción Tutorial los artículos 52, 32.11, 32,13, 39.4 y 39.5: Artículo 52. Tutores. 1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor, designado por el director, a propuesta del jefe de estudios, que desempeñará sus funciones conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.

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2. La tutoría recaerá en el profesor de cualquier especialidad que imparta docencia a todo el grupo. No obstante, se procurará priorizar a aquellos profesores que impartan mayor número de horas lectivas en él. 3. El tutor mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con las familias. Para ello establecerá a lo largo del curso escolar reuniones con el conjunto de padres, madres o tutores legales del alumnado del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y al menos, una individual con la familia de cada alumno. Las entrevistas con los padres, madres o tutores legales del alumnado se realizarán de forma que se posibilite la asistencia de los mismos. 4. Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, con el apoyo, en su caso del departamento de orientación. Artículo 39.4. Los centros comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a comienzos de cada curso escolar, las horas que los tutores del centro tienen reservadas en su horario para atenderles. Asimismo, el tutor del grupo les facilitará las entrevistas que deseen solicitar con el profesor de una materia determinada. Artículo 39.5. El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno, así como, sobre la adquisición de las competencias. Artículo 32.11. Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria en septiembre, un alumno mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o varios cursos, el tutor especificará en un programa individualizado las medidas educativas propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los estándares de aprendizaje evaluables de dichas materias. El jefe de estudios entregará dicho programa al tutor del curso siguiente. Artículo 32.13. Los centros podrán determinar los mecanismos para la participación del alumnado en el proceso de evaluación. PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL DEL I.E.S.O. MONTAÑA PALENT INA

a) Directrices de la comisión de coordinación pedagógica: Se solicitan propuestas a los distintos Jefes de Departamento para la elaboración del presente Plan de Acción Tutorial.

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Las principales aportaciones se incorporan al presente Plan de Acción Tutorial dada su relevancia:

- Creación de la figura del Tutor de pendientes: la información sobre cómo

recuperar materias pendientes de cursos anteriores se facilitará de forma clara a los alumnos y a sus familias desde el principio de curso. Para coordinar este proceso tendremos la figura del Tutor de pendientes, que contará con una hora lectiva semanal en su horario individual. Su finalidad y función es la de poner en relación a los Jefes de Departamento que diseñan y elaboran las actividades y pruebas para que los alumnos recuperen las materias pendientes de años anteriores con las familias. El Tutor de pendientes recogerá en un documento la información facilitada por los Jefes de Departamento que en todo caso debe contener:

1. Procedimiento de recuperación de la materia pendiente: examen y/o trabajo y contenido del mismo. En el caso de evaluación continua, dejar constancia de este hecho. 2. Fecha de realización del examen y/o de entrega de actividades al Dpto. correspondiente.

En la primera CCP del curso se entregará esta información por escrito al tutor de pendientes, que la trasladará a la familia de cada alumno.

- Una de las reuniones del tutor con el conjunto de padres que establece la norma será la de

comienzo de curso. El resto, serán a iniciativa del tutor, que podrá coordinarlas o no con las sesiones de evaluación trimestrales.

- La reunión individual que debe mantenerse, al menos, con la familia de cada alumno será a

iniciativa del tutor si, transcurrido el primer trimestre, los padres no se hubieran puesto en contacto con el Centro.

- Cuando resulte necesario ponerse en contacto con los padres de un alumno, será el tutor el

primer responsable de establecer esta comunicación.

- Si el tutor lo solicita, cuando se planteen entrevistas de temática distinta al habitual seguimiento del proceso de enseñanza, la orientadora podrá acudir con él a las entrevistas con los padres.

- De la misma manera, la orientadora podrá solicitar la presencia del tutor en las entrevistas

con los padres y/o alumnos.

- Para facilitar las entrevistas con un profesor del Equipo Educativo, el tutor informará, tras haber preguntado al profesor de la materia correspondiente, el día y la hora de la entrevista solicitada.

- Se mantendrá una comunicación fluida entre los profesores y el tutor, de manera que la

información llegue de forma rápida y eficaz, para informar a las familias en caso de ser necesario.

- Los delegados serán informados a comienzo de curso del plan de evacuación del centro.

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b) Miembros del equipo directivo, del departamento de orientación y tutores de cada curso, reflejando la forma, espacios y tiempos, en que serán atendidos de forma efectiva los alumnos y los padres, madres o tutores legales.

Los padres serán recibidos en los siguientes espacios: Tutores: en la sala destinada al efecto en la primera planta. Pueden también utilizar el Dpto. de Orientación. Jefa del Dpto. de Orientación: en el despacho de jefatura de estudios. Directora y Secretario: en sus respectivos despachos. Miembros del Equipo Directivo del IESO Montaña Palentina: Directora: Elvira Ramos Vielba Jefa de Estudios: Isabel Benítez Frías Secretario: Eduardo Mayordomo de la Fuente. La atención a padres por parte de los miembros del Equipo Directivo será previa cita telefónica.

Tutores de cada curso: � 1º E.S.O.: Yolanda Ruiz San Millán � 2º E.S.O: Tomás Isla Ortega � 3º E.S.O: Olga Mª Fernández Nava � 4º E.S.O: Laura Juan Antón

c) Organización de espacios y tiempos donde se realizarán las reuniones de coordinación de tutores, departamento de orientación, departamento de actividades complementarias y extraescolares y jefes de estudio. Las reuniones de tutores se realizan con periodicidad semanal, y a ellas acuden todos los tutores. Se desarrolla los martes a 3ª hora (10’20-11’10). d) Planificación y organización de la hora lectiva de la tutoría con el grupo. Cada grupo de alumnos tienen una hora lectiva semanal. En este Plan de Acción Tutorial se reflejan los enunciados de las actividades programadas teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

• El primer día los alumnos son recibidos por su tutor correspondiente, que en la primera hora lectiva les explica el horario, funcionamiento del centro y aclara cualquier duda que se presente.

• Los tutores, dentro de su autonomía, podrán aplicar las actividades de este plan con la

extensión temporal que más adecuada les parezca, así como modificar, ampliar, proponer todo tipo de actividades con los alumnos de su grupo de tutoría, primando siempre el objetivo de fomentar el buen clima entre sus alumnos y la rápida solución de los posibles conflictos, anticipándose a ellos en lo posible. Esto significa que las actividades propuestas en este plan y/o en las reuniones de tutores son siempre

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secundarias al objetivo principal: que los alumnos perciban al tutor como la persona a la que pueden acudir en caso de tener un problema. Por esta razón, las actividades de este plan no son un fin en si mismas, y no se plantean para ser aplicadas mecánicamente, pues pierden todo su valor.

• En todos los cursos existirán las siguientes actividades comunes, adaptadas a cada

grupo:

- Elección del delegado y subdelegado. - Explicación del delegado y subdelegado a su grupo, a principio del curso, de la

información que han recibido sobre el plan de evacuación. - Preparación de las sesiones de evaluación, a las que podrán asistir el delegado y

subdelegado. Previamente, se trabajará este aspecto en las reuniones de tutores. - Los temas transversales se trabajarán también desde la tutoría, además de formar parte

de las programaciones didácticas.

• En 1º de E.S.O. se incidirá en la acogida e integración de los alumnos en la vida del

Instituto, así como en la prevención de dificultades de aprendizaje a través de la enseñanza explícita de estrategias y hábitos de estudio.

• En 2º de E.S.O., se retomarán las anteriores actividades y se incidirá en la convivencia

y buen clima escolar.

• En 3º de E.S.O. se desarrollará, durante un mínimo de tres sesiones, el plan del educación afectivo-sexual en las horas de tutoría, impartido por la orientadora.

• En 4º de E.S.O. se incidirá, sobre todo en el tercer trimestre, en la orientación

académica y profesional.

• Cada tutor tendrá un libro con actividades y recursos, y las actividades se trabajarán previamente a su aplicación en las reuniones de tutores para aclarar cualquier duda metodológica, en caso de que el tutor lo considere necesario. El libro es: “Programa de Acción Tutorial”. Actividades y recursos. Editorial ICCE.

• Los alumnos de primer ciclo tendrán una carpeta que el tutor recogerá al final de cada

tutoría, en la que irán guardando las actividades que realicen. El objetivo es que no las pierdan y se puedan retomar.

• El objetivo de las reuniones de tutores será poner en común y en conocimiento de

orientador y jefa de estudios el funcionamiento de cada grupo en general y de cada alumno en particular. Se hablará de la evolución de todos ellos.

La planificación de la hora lectiva, para cada uno de los cursos, es la siguiente: Propuesta de actividades para 1º de E.S.O. - Presentación

- "Cambio de etapa y nuevo curso": Quiénes somos y qué queremos

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- La Educación Secundaria Obligatoria: Estructura de la etapa

-Así funcionamos. Normas de funcionamiento

- A organizarse tocan. La elección del delegado

- Cómo llegar a ser un gran campeón. Actitudes básicas ante el estudio

- La lectura, ¿placer o aburrimiento? Leer bien para comprender mejor

- ¿Todos los niños y niñas son felices? 20 de noviembre: Día Universal del Niño/a

- Un alto en el camino. Preevaluación

- Cómo lo has pasado en las vacaciones de Navidad. Planificamos el segundo trimestre

- Estrategias y estilos de aprendizaje

- Saber ser y saber estar

- Saber convivir

- El agua, un recurso que se agota. 22 de Marzo: Día Mundial del Agua

-Ciudadanos del mundo. 21 de marzo: Día internacional para la eliminación de la

discriminación racial

- Cómo mejorar el clima de convivencia y estudio en el aula

- La motivación: clave del éxito

- La sociedad pantalla

- Saber vivir, saber apreciar y saber disfrutar

- Las exigencias de la libertad

- No te lo juegues a cara o cruz. Elegimos materias para 2°

- Juega seguro. Videojuegos, ¿qué criterios debes seguir para elegir un videojuego?

- Vacaciones sí, pero…

Propuesta de actividades para 2º de E.S.O.:

- En pista de despegue

- Al otro lado del espejo. Reflexiones sobre la Autoestima

- Una técnica que te ayuda a aprender: EL ESQUEMA

- Obesidad infantil: Por una alimentación sana y equilibrada

- Aprende a participar. Elección del Delegado de clase

- Día internacional para la prevención de la explotación del medio ambiente

- Lee para vivir. Animación a la lectura

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- Evaluamos nuestro trabajo (Preevaluación)

- La disciplina, herramienta de la voluntad

- Un millón de amigos

- Vive y deja vivir. El acoso escolar

- Cómo controlar nuestras emociones y sentimientos

- Ciudadanos libres y responsables. Para una sociedad democrática

- Saber comportarse (Habilidades sociales)

- ¿Todavía estoy a tiempo? Segunda evaluación

- ¡Ánimo! Aún es posible. Tercer trimestre

- En la sociedad de la imagen

- Idolos sin pedestal

- La importancia de elegir bien

- Opciones académicas al finalizar 2°

- ¿Matar el tiempo...? Ocio y tiempo libre

- Evaluación de la Tutoría y... ¡Bienvenidas vacaciones!

Propuesta de actividades para 3º de E.S.O.:

- Presentación

- Mayores, pero no tanto ¿Es necesaria la acción tutorial en 3°?

- Convivir... ¡Qué difícil me lo pones!

- Cómo lograr un buen rendimiento académico

- El examen de mis exámenes

- ¡A las urnas! Elección de Delegado-a de curso

- Brindando por la Paz. Día Internacional de la Paz.

- Negociación y solución de conflictos

- Preevaluación

- Me pongo las pilas. Planificación del 2° trimestre

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- La familia es la familia

- Día escolar de la no violencia y la paz

- La adolescencia

- La sexualidad responsable

- Una vida saludable

- ¿Estoy a tiempo? Segunda evaluación

- 23 de abril: Día internacional del libro

- "No quemes tu vida"

- No te pases. Ahórrate un mal trago

- Información académica: Formación Profesional Inicial, Ciclos Formativos y Bachillerato.

-Saber más para decidir mejor. Alternativas al terminar 3°

- Hay que decidir

- Evaluación general del curso y de la tutoría

Propuesta de actividades para 4º de E.S.O.:

- Tutoría: ¿por qué?... ¿para qué?

- 4° Un curso muy importante

- Otro mundo es posible. Educación para la solidaridad

- 25 de noviembre: Día internacional contra la violencia hacia la mujer. La igualdad se

construye educando

- Participando en la vida del Centro. Elección del Delegado/a de Curso

- La sociedad red

- ¡Fuera nervios! Control de la ansiedad y el estrés ante los exámenes

- Primera evaluación. Las claves del éxito personal

- Nacidos para triunfar

- Educación vial

- La droga. La capacidad de decir “no”.

- ¡Por fin, ya soy mayor! Yo controlo. La adolescencia

- ¡Hoy me toca a mí! Día internacional de la mujer

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- Tiranía de la belleza

- ¡No puedo fallar! Segunda evaluación

- En la recta final. Aprende a manejar tus emociones

- Libertad de expresión (Día Mundial de la libertad de prensa, 3 de Mayo)

- El futuro está en tus manos-1. Opciones académicas al finalizar 4°

- El futuro está en tus manos-2. Enseñanzas Profesionales de Grado Medio

- El futuro está en tus manos-3. Bachillerato

- Elige bien tu camino

- Final de trayecto. Evaluación de la ESO.

e) Mecanismos de evaluación de la acción tutorial: La acción tutorial se evaluará de manera continua y a través de una memoria final, elaborada por los tutores, en la que se recogerá la valoración de los alumnos de la hora lectiva semanal, así como del apoyo que reciban desde Orientación y Jefatura de estudios. Esta valoración cualitativa se incluirá en la memoria del Dpto de Orientación. En esta memoria final los tutores y orientadora reflejarán el número de entrevistas realizadas a lo largo del curso, así como su temática principal: seguimiento del proceso de enseñanza y aprendizaje, problemas de convivencia, o cualquier otro asunto que haya podido sobresalir. Así mismo, reflejarán las principales dificultades detectadas. La evaluación continua se realiza en las propias reuniones de tutores, adecuando el contenido de las mismas a los problemas y situaciones planteadas en el día a día. f) Evaluación de la planificación y ejecución del Plan. Para evaluar la planificación se tendrán en cuenta: -Las aportaciones realizadas por los miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica. - Su adecuación a la realidad del IESO Montaña Palentina. Para evaluar la ejecución del Plan se tendrá en cuenta lo reflejado en el punto e): mecanismos de evaluación de la acción tutorial, así como el grado de aprovechamiento de las reuniones semanales de coordinación de tutores con Orientadora y Jefa de Estudios.

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PLAN DE ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL REFERENTES NORMATIVOS: ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 22. Plan de orientación académica y profesional.

1. La orientación educativa y profesional se constituye como un conjunto de actuaciones cuya finalidad es mejorar la calidad, individualización y personalización de los procesos de enseñanza y aprendizaje del alumnado, e incluirá actividades de información y formación encaminadas a que pueda realizar la toma de decisiones oportuna ajustada a sus características personales. 2. Al inicio del curso escolar se elaborará el plan de orientación académica y profesional que será incorporado en el proyecto educativo del centro. Su elaboración será responsabilidad del equipo directivo con el asesoramiento y participación del orientador. 3. El plan de orientación académica y profesional será el documento donde se planifique y se organice la orientación académica y profesional en los diferentes cursos de la etapa, estará interrelacionada con todos los documentos de planificación del centro, especialmente con el plan de acción tutorial y deberá constar como mínimo, de los siguientes apartados: a) Objetivos del plan. b) Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación primaria de la zona y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica. c) Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación secundaria postobligatoria. d) Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de acogida y orientación para el alumnado que se incorpora a primer curso de la educación secundaria obligatoria. e) Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de la orientación académica y profesional con el alumnado del centro que incluirá en todo caso, en tercer o cuarto curso, la visita a centros de trabajo y ciclos formativos. f) Mecanismos de evaluación de la orientación académica y profesional. 4. Al finalizar el curso académico se elaborará una memoria final del plan, en la que se recogerán las informaciones obtenidas de los procesos de evaluación del mismo, incorporando las propuestas de mejora de la orientación académica y profesional para el curso siguiente.

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5. Si el centro educativo impartiese más de una etapa educativa, se elaborará un único plan de orientación académica y profesional, en el que se señalen las diferencias de cada una de las etapas. PLAN DE ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL DEL I.E.S.O. MONTAÑA PALENTINA. a) Objetivos del Plan:

La orientación no es un hecho puntual sino un proceso continuo que debe llevarse a cabo a través de toda la etapa de la ESO, pero con mayor insistencia en el segundo ciclo.

Este proceso implica la toma de decisiones por parte del alumno/a y, debe conducir al alumnado al aprendizaje de los mecanismos y estrategias necesarios para la toma de decisiones respecto a su itinerario académico y profesional.

Para ello los objetivos para un óptimo desarrollo de la orientación deben estar centrados en:

- El conocimiento de uno mismo: de las propias capacidades e intereses.

- El conocimiento del sistema Educativo, del mundo laboral y de los procesos de inserción a la vida activa y adulta.

- Estrategias que cada individuo adopta en el proceso de toma de decisiones.

b) Mecanismos de coordinación con los centros de primaria y equipos de orientación de la

zona. La coordinación con los centros de primaria se establecerá, como hasta ahora, en dos fechas: la jornada de puertas abiertas (en periodo de solicitud de centro escolar) y la entrevista entre la orientadora, tutora y Jefa de estudios del colegio. La cercanía física del principal centro de primaria del que proceden nuestros alumnos permite que las relaciones sean muy fluidas. Esto significa que, aunque existan dos fechas señaladas, siempre estamos en contacto en caso de ser necesario, y de forma inmediata.

c) Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación secundaria

postobligatoria. El Instituto al que acuden nuestros alumnos mayoritariamente es el IES Santa María la Real, de Aguilar de Campoo. Al igual que en el caso anterior, la coordinación existe permanentemente, y

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además, se concreta en la visita que cada curso se organiza a Aguilar, dentro del programa de difusión de la FP., en el que los alumnos, además, visitan el centro en su conjunto.

d) Planificación de las actuaciones de acogida para el alumnado que se incorpora a primer curso de ESO:

Estas actuaciones consisten, entre otras, en la visita que realizan al Instituto. Dentro de esta actividad, se incluye la presentación que Directora, Jefa de Estudios y Orientadora realizan a alumnos y padres de 6º de Primaria sobre la estructura y objetivos de la E.S.O. Además, el primer día de clase, los alumnos son recibidos por el tutor durante la primera hora, y acudirán Directora y Jefa de Estudios.

e) Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de la orientación académica y profesional con el alumnado del centro que incluirá en todo caso, en tercer o cuarto curso, la visita a centros de trabajo y ciclos formativos.

Actuaciones:

- Utilización del Programa Orienta On Line en 3º y 4º de ESO. Se puede usar todo el año,

insistir en las tutorías del 3º trimestre. - Investigación sobre distintos estudios universitarios y de FP, para su exposición en grupo

dentro de la hora de tutoría, en 4º de ESO. Tercer trimestre.

- Visita al IES Santa Mª la Real y explicación de los ciclos formativos. Fecha organizada desde la Dirección Provincial.

- Organización de, al menos, una visita a centros de trabajo. 2º - 3º trimestre.

- Charla sobre orientación académica a padres, madres y alumnos de 4º de E.S.O., en mayo-

junio, por parte de la orientadora, como se viene haciendo hasta ahora.

Actividades de orientación que forman parte del Plan de Acción Tutorial: - En 1º y 2º de ESO, se llevarán a cabo actividades de conocimiento del Sistema Educativo, en 2º una toma de decisiones respecto a las optativas del curso siguiente. - Información sobre los criterios de promoción y titulación establecidos por el Centro. - En 3º y 4º de ESO, se desarrollarán actividades sobre el conocimiento del Sistema Educativo, conocimiento sobre los procesos de inserción a la vida activa, y actividades de conocimiento de sí mismo. Se realizarán las visitas propuestas por la Dirección Provincial a Aguilar de Campoo y por la Cámara de Comercio de Palencia a empresas de la zona. - Al final de cada uno de estos dos cursos el alumno/a realizará una toma de decisiones, principalmente en 4º de ESO.

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- Charla de orientación dirigida a alumnos de 2º y 3º para informar sobre la optatividad del curso siguiente, impartidas en la hora de tutoría de estos niveles por la Jefa de Estudios y la Orientadora.

f) Mecanismos de evaluación de la orientación académica y profesional. La evaluación ideal de la adecuada orientación académica y profesional consistiría en el conocimiento del grado de satisfacción personal con los estudios posteriores elegidos, así como del grado de inserción laboral de nuestros alumnos (si se pretende evaluar la adecuada orientación profesional). Obtener estos indicadores es objetivamente muy difícil, debido a la dispersión geográfica y personal del alumnado. No obstante, un indicador válido y objetivo para evaluar la adecuada orientación académica será la aplicación de un cuestionario con preguntas de elección múltiple en las que se refleje el conocimiento que cada alumno, de 4º de E.S.O., tenga respecto a las opciones académicas posteriores.

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5.- Plan de Atención a la Diversidad. Elaborado según ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Así mismo, se ha tenido en cuenta la LEY 2/2013, de 15 de mayo, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

A. Justificación del plan en relación con las características del alumnado, del centro docente y su contexto así como con los objetivos, principios y finalidad de la etapa.

B. Determinación de objetivos.

C. Criterios y procedimientos para la detección e intervención en las necesidades educativas del alumnado.

D. Descripción de las medidas generales u ordinarias, extraordinarias y especializadas de atención e intervención educativa que se desarrollan en el centro para atender al alumnado escolarizado, los procedimientos previstos para su implantación y desarrollo, así como la temporalización de las actuaciones previstas en dicho curso.

E. Todos aquellos programas específicos que se implementen en el centro para la atención a la diversidad del alumnado, así como los dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad.

F. La organización de los recursos humanos, materiales y de los espacios del centro para dar respuesta al alumnado.

G. Funciones y responsabilidades de los distintos profesionales en relación con las medidas diseñadas.

H. Colaboración con las familias.

I. Coordinación con otros organismos, entidades e instituciones.

J. Mecanismo de evaluación inicial, seguimiento y evaluación final-anual de cada una de las medidas ordinarias, especializadas y extraordinarias que se desarrollen.

K. Mecanismos de seguimiento y evaluación del plan, especificando tiempos, instrumentos, procedimientos y responsables.

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La atención a la diversidad tiene por finalidad garantizar la mejor respuesta educativa a las necesidades y diferencias, ofreciendo oportunidades reales de aprendizaje a todo el alumnado en contextos educativos ordinarios, dentro de un entorno inclusivo, a través de actuaciones y medidas educativas. Los principios generales de actuación para la atención a la diversidad son:

• La consideración y el respeto a la diferencia y la aceptación de todas las personas como parte de la diversidad y la condición humana.

• El respeto a la evolución y desarrollo de las facultades del alumnado con capacidades diversas.

• La personalización e individualización de la enseñanza con un enfoque inclusivo, dando respuesta a las necesidades educativas del alumnado en contextos educativos ordinarios, ya sean de tipo personal, intelectual, social, emocional o de cualquier otra índole, que permitan el máximo desarrollo personal y académico.

• La equidad y excelencia como garantes de la calidad educativa e igualdad de oportunidades, ya que esta solo se consigue en la medida en que todo el alumnado aprende el máximo posible y desarrolla todas sus potencialidades.

• La detección e identificación de las necesidades educativas del alumnado que permitan adoptar las medidas educativas más adecuadas para facilitar el desarrollo integral del alumno e impulsar situaciones de éxito en situación escolar que contribuyan a promover altos índices de éxito académico en contextos educativos ordinarios.

• La igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en la etapa.

• La utilización y potenciación de las tecnologías de la información y la comunicación como herramientas facilitadoras para la personalización de la enseñanza y mejora de la atención a la diversidad del alumnado.

• Accesibilidad universal y diseño para todos.

• Máximo aprovechamiento de los recursos para lograr la mayor racionalidad y optimización de los mismos.

• Sensibilización de toda la comunidad educativa en relación con la educación inclusiva como proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo para atender a todo el alumnado.

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A- Justificación del plan en relación con las carac terísticas del alumnado, del centro docente y su contexto así como con los o bjetivos, principios y finalidad de la etapa .

Entendemos por atención a la diversidad el conjunto de propuestas curriculares y organizativas que intentan dar respuesta a las necesidades educativas de todos los alumnos del Centro. La atención a la diversidad tiene un doble carácter:

- Preventivo de las dificultades. - Atención a las mismas.

Todos los profesores son responsables de atender a la diversidad de capacidades de los alumnos de su grupo, ya que la individualización de la enseñanza es uno de los principios que subyace a esta propuesta. En relación con las características del centro y de nuestros alumnos, es necesario describir algunos aspectos relacionados con la atención a la diversidad: El Instituto Montaña Palentina de Cervera de Pisuerga escolariza alumnos procedentes del C.P. Modesto Lafuente de Cervera de Pisuerga y del C.P. Carlos Ruiz, de San Salvador de Cantamuda. Todos los alumnos con necesidades educativas específicas constan en la aplicación ATDI. Las medidas consideradas según la orden EDU/1152/2010 como medidas específicas de atención educativa, así como las medidas especializadas y extraordinarias que la Orden 362/2015 detalla, son una parte de las medidas de atención educativa puestas en marcha por nuestro Instituto, ya que las medidas ordinarias, dirigidas a individualizar el proceso de enseñanza y aprendizaje a todos los alumnos, son una realidad cotidiana en un centro pequeño como el nuestro, con capacidad para establecer relaciones profesor – alumno muy cercanas.

A. Determinación de objetivos.

Adquirir, por parte de todos, una actitud de respeto por la diversidad de opiniones, motivaciones e intereses. Facilitar al alumnado con necesidades educativas específicas una respuesta adecuada y de calidad que le permita alcanzar el mayor grado de desarrollo personal y social. Planificar propuestas educativas diversificadas de organización, procedimientos, metodología y evaluación adaptadas a las necesidades de cada alumno. Coordinar el desarrollo de actividades encaminadas a la inserción y promoción del alumnado con características especiales. Establecer cauces de colaboración entre los diversos profesores que intervienen con los alumnos de necesidades educativas específicas. Centrarnos en las ayudas que los alumnos van a necesitar para progresar en su aprendizaje. En todo caso, la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se fundamentará en una serie de principios de actuación que pretenden el mayor grado de normalización, inclusión, integración, compensación, calidad y equidad en su proceso educativo, en sus interacciones personales y sociales, en el aula y en el centro, con el objeto

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de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo.

B. Criterios y procedimientos para la detección e i ntervención en las necesidades educativas del alumnado.

Las necesidades específicas de apoyo educativo van a tener como respuesta medidas de atención educativa ordinarias o específicas. En cualquier caso, todo el centro está implicado en dar respuesta a estas necesidades específicas, y los momentos de detección de las mismas son los siguientes:

• Incorporación de los alumnos de Primaria a 1º de E.S.O.: la coordinación entre etapas es el primer momento en el que se detectan, a través del oportuno intercambio de información entre profesionales, las necesidades de nuestros futuros alumnos. Esta coordinación se realiza en dos momentos: junio y septiembre, con el tutor de 6º del Colegio Público Modesto Lafuente y con el E.O.E.P. de Aguilar de Campoo.

• Presencia en la evaluación inicial de 1º de E.S.O., para recoger información y planificar las posibles evaluaciones psicopedagógicas que habrá que realizar en el primer trimestre.

• Presencia en la evaluación inicial del resto de los niveles de E.S.O., aportando la información disponible existente en el Departamento de Orientación.

• Reuniones semanales de tutores: en ellas se analiza el proceso de enseñanza y aprendizaje, y ya que están presentes todos los tutores, jefatura de estudios y departamento de orientación, es un momento propicio para valorar las posibles necesidades específicas de apoyo educativo.

La valoración de las necesidades específicas de apoyo educativo se realizarán según la Orden EDU/1152/2010: Identificación, evaluación y seguimiento de las necesidades específicas de apoyo educativo. C. Descripción de las medidas generales u ordinaria s, extraordinarias y

especializadas de atención e intervención educativa que se desarrollan en el centro para atender al alumnado escolarizado, lo s procedimientos previstos para su implantación y desarrollo, así co mo la temporalización de las actuaciones previstas en dicho curso.

- Medidas generales u ordinarias: son las que inciden especialmente en la

organización del centro y metodología didáctica y de evaluación, no modificando el resto de elementos del currículo, estando, por tanto, referidas a las diferentes estrategias organizativas y metodológicas que permitan la adecuación de los

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diferentes elementos del currículo a todo el alumnado para finalizar con éxito la etapa.

a) La acción tutorial: Se adjunta el Plan de Acción Tutorial en el que figuran procedimientos y temporalización de actuaciones previstas. Los puntos principales del plan de acción tutorial de nuestro centro son los siguientes:

• Directrices de la comisión de coordinación pedagógica: Se solicitan propuestas a los distintos Jefes de Departamento para la elaboración del presente Plan de Acción Tutorial. 1. Procedimiento de recuperación de la materia pendiente: examen y/o trabajo y contenido del mismo. En el caso de evaluación continua, dejar constancia de este hecho. 2. Fecha de realización del examen y/o de entrega de actividades al Dpto. correspondiente.

- Una de las reuniones del tutor con el conjunto de padres que establece la norma será la de comienzo de curso. El resto, serán a iniciativa del tutor, que podrá coordinarlas o no con las sesiones de evaluación trimestrales.

- La reunión individual que debe mantenerse, al menos, con la familia de cada

alumno será a iniciativa del tutor si, transcurrido el primer trimestre, los padres no se hubieran puesto en contacto con el Centro.

- Cuando resulte necesario ponerse en contacto con los padres de un alumno, será el

tutor el primer responsable de establecer esta comunicación.

- Si el tutor lo solicita, cuando se planteen entrevistas de temática distinta al habitual seguimiento del proceso de enseñanza, la orientadora podrá acudir con él a las entrevistas con los padres.

- De la misma manera, la orientadora podrá solicitar la presencia del tutor en las

entrevistas con los padres y/o alumnos.

- Para facilitar las entrevistas con un profesor del Equipo Educativo, el tutor informará, tras haber preguntado al profesor de la materia correspondiente, el día y la hora de la entrevista solicitada.

- Se mantendrá una comunicación fluida entre los profesores y el tutor, de manera

que la información llegue de forma rápida y eficaz, para informar a las familias en caso de ser necesario.

- Los delegados serán informados a comienzo de curso del plan de evacuación del

centro.

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• Miembros del equipo directivo, del departamento de orientación y tutores de cada curso, reflejando la forma, espacios y tiempos, en que serán atendidos de forma efectiva los alumnos y los padres, madres o tutores legales.

Los padres serán recibidos en los siguientes espacios: Tutores: en la sala destinada al efecto en la primera planta. Jefa del Dpto. de Orientación: en el departamento, situado también en la primera planta. Miembros del Equipo Directivo: en los despachos correspondientes. Miembros del Equipo Directivo: Directora: Elvira Ramos Vielba Secretario: Eduardo Mayordomo de la Fuente Jefa de Estudios: Isabel Benítez Frías. La atención a padres por parte de los miembros del Equipo Directivo y de los tutores será previa cita telefónica.

• Organización de espacios y tiempos donde se realizarán las reuniones de coordinación de tutores, departamento de orientación, departamento de actividades complementarias y extraescolares y jefa de estudios.

Las reuniones de tutores se realizan con periodicidad semanal, y a ellas acuden todos los tutores. Se desarrolla los martes a 3ª hora (10’20-11’10).

• Planificación y organización de la hora lectiva de la tutoría con el grupo. Cada grupo de alumnos tienen una hora lectiva semanal para desarrollar actividades de tutoría. En este Plan de Acción Tutorial se reflejan los enunciados de las actividades programadas teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

• El primer día los alumnos son recibidos por su tutor correspondiente, que en la

primera hora lectiva les explica el horario, funcionamiento del centro y aclara

cualquier duda que se presente.

• Los tutores, dentro de su autonomía, podrán aplicar las actividades de este plan

con la extensión temporal que más adecuada les parezca, así como modificar,

ampliar, proponer todo tipo de actividades con los alumnos de su grupo de

tutoría, primando siempre el objetivo de fomentar el buen clima entre sus

alumnos y la rápida solución de los posibles conflictos, anticipándose a ellos en lo

posible. Esto significa que las actividades propuestas en este plan y/o en las

reuniones de tutores son siempre secundarias al objetivo principal: que los

alumnos perciban al tutor como la persona a la que pueden acudir en caso de

tener un problema. Por esta razón, las actividades de este plan no son un fin en si

mismas, y no se plantean para ser aplicadas mecánicamente, pues pierden todo

su valor.

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• En todos los cursos existirán las siguientes actividades comunes, adaptadas a

cada grupo:

- Elección del delegado y subdelegado. - Explicación del delegado y subdelegado a su grupo, a principio del curso, de la

información que han recibido sobre el plan de evacuación. - Preparación de las sesiones de evaluación, a las que podrán asistir el delegado y

subdelegado. Previamente, se trabajará este aspecto en las reuniones de tutores. - Los temas transversales se trabajarán también desde la tutoría, además de formar

parte de las programaciones didácticas.

• En 1º de E.S.O. se incidirá en la acogida e integración de los alumnos en la vida del Instituto, así como en la prevención de dificultades de aprendizaje a través de la enseñanza explícita de estrategias y hábitos de estudio.

• En 2º de E.S.O., se retomarán las anteriores actividades y se incidirá en la

convivencia y buen clima escolar.

• En 3º de E.S.O. se desarrollará, durante un mínimo de tres sesiones, el plan del educación afectivo-sexual en las horas de tutoría, impartido por la orientadora.

• En 4º de E.S.O. se incidirá, sobre todo en el tercer trimestre, en la orientación

académica y profesional.

• Cada tutor tendrá un libro con actividades y recursos, y las actividades se trabajarán previamente a su aplicación en las reuniones de tutores para aclarar cualquier duda metodológica, en caso de que el tutor lo considere necesario. El libro es: “Programa de Acción Tutorial”. Actividades y recursos. Editorial ICCE.

• Los alumnos de primero y segundo podrán tener una carpeta que el tutor

recogerá al final de cada tutoría, en la que irán guardando las actividades que realicen. El objetivo es que no las pierdan y se puedan retomar.

• El objetivo de las reuniones de tutores será poner en común y en conocimiento

de orientador y jefa de estudios el funcionamiento de cada grupo en general y de cada alumno en particular. Se hablará de la evolución de todos ellos.

La planificación de la hora lectiva, para cada uno de los cursos, se puede consultar en el Plan de Acción Tutorial del Centro.

• Mecanismos de evaluación de la acción tutorial: La acción tutorial se evaluará de manera continua y a través de una memoria final, elaborada por los tutores, en la que se recogerá la valoración de los alumnos de la hora lectiva semanal, así como del apoyo que reciban desde Orientación y Jefatura de estudios. Esta valoración cualitativa se incluirá en la memoria del Dpto de Orientación.

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En esta memoria final los tutores y orientadora reflejarán el número de entrevistas realizadas a lo largo del curso, así como su temática principal: seguimiento del proceso de enseñanza y aprendizaje, problemas de convivencia, o cualquier otro asunto que haya podido sobresalir. Así mismo, reflejarán las principales dificultades detectadas. La evaluación continua se realiza en las propias reuniones de tutores, adecuando el contenido de las mismas a los problemas y situaciones planteadas en el día a día.

• Evaluación de la planificación y ejecución del Plan. Para evaluar la planificación se tendrán en cuenta: - Las aportaciones realizadas por los miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica. - Su adecuación a la realidad del IESO Montaña Palentina. Para evaluar la ejecución del Plan se tendrá en cuenta lo reflejado en el punto e): mecanismos de evaluación de la acción tutorial, así como el grado de aprovechamiento de las reuniones semanales de coordinación de tutores con Orientadora y Jefa de Estudios.

b) Actuaciones preventivas y de detección de dificultades de aprendizaje dirigidas a todo el alumnado.

Estas medidas se consideran preventivas, y se ejecutan ANTES de la aparición de las dificultades de aprendizaje:

- Asesoramiento a la C.C.P. por parte del Dpto. de Orientación: distribución de información escrita a todos los jefes de Dpto, en el mes de septiembre, de las características de los alumnos con necesidades educativas específicas, orientaciones sobre legislación y asesoramiento sobre elaboración de documentos.

- Planificación de la evaluación inicial, en las reuniones semanales de tutores. Esta evaluación inicial se convierte en uno de los principales momentos en los que se detectan las dificultades de aprendizaje de TODOS los alumnos. Se informa a las familias posteriormente, por parte del tutor, de las materias en las que el alumno tiene que reforzar algún tipo de contenido.

- Análisis de los informes individualizados de primaria. - Detección por parte del Dpto. de Orientación de alumnos que cursarán

conocimiento del lenguaje o de las matemáticas tras el análisis de los mencionados informes.

c) Agrupamientos flexibles, los grupos de refuerzo o apoyo en las materias instrumentales y los desdoblamientos de grupos.

Los refuerzos que pueden considerarse medidas generales u ordinarias de atención a la diversidad en nuestro centro son fundamentalmente las materias optativas de conocimiento del lenguaje y conocimiento de las matemáticas en primero y segundo. La descripción de los

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agrupamientos en los grupos de apoyo se detalla en el punto relativo a medidas especializadas de atención a la diversidad.

d) Adaptaciones curriculares que afecten únicamente a la metodología didáctica. Las adaptaciones curriculares que afectan únicamente a la metodología didáctica son las también conocidas como adaptaciones curriculares no significativas y no afectan a objetivos, contenidos o estándares de aprendizaje. Estas adaptaciones a nivel general forman parte de la programación de aula de cada profesor. En relación a metodología específica para trabajar con alumnos con discapacidades sensoriales (Braille o lenguaje de signos en casos de discapacidad visual o auditiva) no tenemos alumnos en esta situación. Cada profesor, dentro de las medidas generales de atención a la diversidad, es consciente de la necesidad de utilizar diversos métodos de enseñanza, así como diseño variado de actividades adaptado a las necesidades de los alumnos: actividades individuales, de pequeño o gran grupo, trabajos colaborativos, actividades escritas y orales, utilización de las pizarras digitales y de las TIC…

e) Los planes de acogida, entendidos como el conjunto de actuaciones diseñadas y planificadas que deben llevar a cabo los centros docentes en los momentos iniciales de incorporación del alumnado a la etapa.

Se realiza un resumen de los puntos principales del Plan de Acogida del IESO Montaña Palentina: - Objetivos generales del Plan de Acogida:

• Posibilitar una transición fluida entre la etapa de Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.

• Potenciar la coordinación entre los equipos educativos de ambas etapas.

• Facilitar un mayor conocimiento de los alumnos de primaria antes de su

incorporación al Instituto.

• Permitir la construcción ajustada de expectativas hacia la nueva etapa por parte de los alumnos y de sus padres.

• Disminuir la ansiedad que todo cambio conlleva.

• Presentar a los padres de los nuevos alumnos el Instituto como un lugar de

aprendizaje del que también ellos forman parte.

• Adoptar de manera rápida y ajustada las medidas oportunas de atención a la diversidad.

• Mejorar los sistemas de evaluación de la competencia curricular.

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Todos los años nos coordinamos con los colegios de primaria adscritos al Centro y con sus equipos de orientación, para recabar la información que ayude a planificar 1º de E.S.O. Para ello, la orientadora del Instituto mantiene las reuniones precisas, entre las que figuran las preceptivas con el EOEP de Aguilar de Campoo. Es este el Equipo el que transmite información sobre el C.P. Modesto Lafuente de Cervera y el C.P. Carlos Ruiz de San Salvador de Cantamuda. Las reuniones anteriores se desarrollan tanto en junio como en septiembre, y son convocadas por la Administración. La información que se nos proporciona gira fundamentalmente en torno a los Alumnos con Necesidades Educativas Específicas. Coordinación directa con el tutor/a de 6º de Educación Primaria de Cervera: se desarrolla una reunión para traspasar información oral sobre los alumnos antes de que termine el curso, normalmente en el mes de junio, en el Colegio de Primaria. Asistimos el tutor/a de 6º, la Jefa de Estudios del colegio y la orientadora del Instituto. Asimismo, se realiza una jornada de puertas abiertas a finales del mes de mayo para informar a los alumnos y padres sobre los aspectos básicos de la etapa que van a cursar. La finalidad de esta jornada es dar a conocer a los futuros integrantes de la comunidad educativa tanto las enseñanzas como las instalaciones del Centro. Todos los padres de alumnos de 6º son invitados a participar en esta jornada. Su asistencia ha venido siendo todos estos años prácticamente total: sus hijos vienen por la mañana acompañados de su tutor/a, y los padres por la tarde. Es un día que resulta interesante y constructivo para todos. El ambiente distendido permite aclarar todas las dudas que aparecen, y el recorrido por las instalaciones del Centro permite que los padres sepan dónde y cómo van a estudiar sus hijos. Los informes individualizados que remiten al Instituto los colegios de Primaria son analizados antes del comienzo de las clases en septiembre, en las reuniones de tutores y en las reuniones del Dpto. de Orientación. En las reuniones de tutores de septiembre se tratan, dentro del Plan de Acción Tutorial, todos los aspectos en él recogidos sobre la adecuada integración de los alumnos en el Centro: actividades de conocimiento del Instituto, de sus compañeros, de la nueva etapa y de la convivencia y normas del Instituto. Asimismo, en estas reuniones la orientadora informa sobre los nuevos alumnos, siempre en lo relativo a aquellos aspectos que puedan tener incidencia en el proceso educativo. Esta información es la que procede tanto de los Equipos de Orientación como de los tutores de 6º. Durante las primeras semanas se desarrolla una reunión de inicio de curso con todos los padres de alumnos, en la que cada tutor ya toma un primer contacto con los padres de los alumnos de su grupo. Finalmente, en la evaluación inicial que se realiza en nuestro Centro en todos los cursos de E.S.O., se pone especial interés en transmitir a todo el Equipo Educativo la información sobre los alumnos de 1º.

f) Las actuaciones de prevención y control del absentismo escolar. Nuestro Instituto controla las faltas de asistencia a través de la introducción de todas las ausencias de los alumnos en el programa IES Fácil. Dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes el tutor presenta en Jefatura de Estudios un informe con el número de faltas

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totales de cada alumno, justificadas o no. Así mismo, envía una carta a los padres de los alumnos que tienen tres faltas sin justificar durante un mes. A principio de curso la Jefa de Estudios informa en las reuniones de padres y tutores sobre el programa de control del absentismo escolar. Se insiste en la necesidad de justificar todas las faltas de asistencia.

g) La elección de las materias y opciones. La optatividad es una de las medidas generales y lógicas de atender a la diversidad de intereses del alumnado. Tal como figura en el Plan de Orientación Académica y Profesional, los alumnos reciben información a través del Dpto. de Orientación y de Jefatura de estudios en todos los cursos de la etapa respecto a la optatividad posterior.

h) La integración de materias en ámbitos de conocimiento en el primer curso de la etapa con el fin de facilitar el tránsito del alumnado entre la educación primaria y la educación secundaria.

En nuestro centro esta medida no se ha contemplado ya que el tránsito entre etapas (de primaria a secundaria) es satisfactorio.

i) Medidas de atención personalizada dirigidas a aquel alumnado que, habiéndose presentado a la evaluación final de etapa, no la haya superado.

Según la temporalización de la legislación vigente en este momento la evaluación final está paralizada.

j) Personalización del aprendizaje a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Cada departamento utiliza las tecnologías de la comunicación de manera adaptada a las enseñanzas que imparte. Esto supone la presentación y entrega de trabajos a través de correo electrónico en determinadas materias, el uso de la pizarra digital de manera generalizada por parte del profesorado, la realización de actividades en el ordenador, etc.

k) Planificación de tiempos y horarios de materias y/o grupos. La diversidad de intereses se tiene en cuenta a la hora de planificar los horarios en todos los aspectos necesarios, especialmente en la organización de la optatividad y la elaboración de los horarios de apoyos y refuerzos.

l) Aplicación de medidas de refuerzo y acompañamiento fuera del horario lectivo. Esta medida no se realiza en nuestro centro.

- Medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad: Los alumnos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo pueden requerir en algún momento de su escolaridad diferentes medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad, las cuales se deben aplicar progresiva y gradualmente, siempre y cuando no se pueda ofrecer una atención personalizada

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con las medidas generales u ordinarias. Las medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad pueden modificar los elementos curriculares y organizativos, siempre que con ello se favorezca el desarrollo personal del alumnado y le permita alcanzar con el máximo éxito su progresión de aprendizaje. Las medidas especializadas de atención a la diversidad son aquellas que pueden implicar, entre otras, la modificación significativa de los elementos del currículo para su adecuación a las necesidades de los alumnos, la intervención educativa impartida por profesores especialistas y personal complementario, o la escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria. Entre las medidas especializadas de atención a la diversidad se encuentran:

� Apoyo dentro del aula por maestros especialistas de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje, personal complementario u otro personal. Excepcionalmente, se podrá realizar el apoyo fuera del aula en sesiones de intervención especializada con un alumno o grupo de alumnos siempre que dicha intervención no pueda realizarse en el aula y esté convenientemente justificada. En nuestro centro el apoyo se realiza en aula específica, y funciona bien, existiendo una coordinación adecuada entre profesionales. Esto no supone para los alumnos que reciben apoyo ningún tipo de problema.

� Adaptaciones de accesibilidad al currículo para el alumnado con necesidades educativas especiales, así como los recursos de apoyo que les permitan acceder al currículo. No tenemos alumnos que requieran adaptaciones de acceso al currículo del tipo sistemas aumentativos/alternativos de comunicación. Tampoco alumnos con discapacidad motora que requieran supresión de barreras arquitectónicas, pero en caso de resultar necesario, el Centro dispone de rampas y ascensor, con lo que el acceso está garantizado.

� Adaptaciones curriculares significativas de los elementos del currículo

dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales. Se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias; la evaluación continua y la promoción tomarán como referencia los elementos fijados en ellas. Las adaptaciones curriculares significativas (ACIs), se realizan con los alumnos con necesidades educativas especiales, es decir, son alumnos con un dictamen de escolarización. En todo caso, la orientadora realiza una explicación en la primera CCP para que todos los Jefes de Dpto. conozcan el procedimiento de elaboración de la ACI, los referentes legales y los efectos académicos de la misma (promoción y titulación). La elaboración de la ACI de cada materia es responsabilidad del profesor que la imparte y cuenta para ello con el asesoramiento de la orientadora. Así mismo, una copia queda en el Dpto. de Orientación. El seguimiento es trimestral y se realiza por escrito por parte de cada profesor.

� Modalidad de escolarización del alumno con discapacidad que le

garantice una respuesta más ajustada a las necesidades educativas que

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presente. En nuestro centro la escolarización de estos alumnos es ordinaria. Ha existido un caso de escolarización combinada hace años, con el aula de Educación Especial de Aguilar de Campoo, y esta posibilidad, en caso de resultar necesario, existe. Pero ahora mismo no es el caso.

� Atención educativa al alumnado por situaciones personales de

hospitalización o de convalecencia domiciliaria. No tenemos alumnos en esta situación.

� Programas de mejora del aprendizaje y rendimiento que permitan al

alumnado progresar y superar sus dificultades de aprendizaje para lograr obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El presente curso impartimos el segundo año del PMAR, con 7 alumnos.

� Atención educativa específica para el alumnado que se incorpore

tardíamente al sistema educativo y presente graves carencias en lengua castellana. No tenemos alumnos en esta situación.

Las medidas extraordinarias de atención a la diversidad son aquellas que inciden principalmente en la flexibilización temporal para el desarrollo curricular de cara a posibilitar la mejor consecución de los objetivos educativos y desarrollo de las competencias. Entre otras, las medidas extraordinarias de atención a la diversidad se pueden considerar:

a) Aceleración y ampliación parcial del currículo que permita al alumnado con altas capacidades la evaluación con referencia a los elementos del currículo del curso superior al que está escolarizado.

b) Flexibilización del período de permanencia en la etapa para el

alumnado con altas capacidades intelectuales en los términos que determine la normativa vigente.

c) Escolarización en el curso inferior al que le corresponde por

edad, para aquellos alumnos que se escolaricen tardíamente en el sistema educativo y presenten un desfase curricular de dos o más cursos. En el caso de superar dicho desfase, se incorporará al curso correspondiente a su edad.

d) Prolongación de la escolaridad en la etapa de un año más para

el alumnado con necesidades educativas especiales siempre que con ella se favorezca la integración socioeducativa de este alumnado y le permita la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

En nuestro centro no tenemos ningún alumno que requiera la aplicación de las medidas anteriores, que sin duda se podrían poner en práctica de resultar necesario para atender adecuadamente a la diversidad.

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D. Todos aquellos programas específicos que se implementen en el centro para la atención a la diversidad del alumnado, así como los dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad.

Los Programas que se aplican y desarrollan en el Instituto Montaña Palentina relacionados con la Atención a la Diversidad son: Plan de Acción Tutorial: sus principales puntos ya están descritos en este Plan de Atención a la Diversidad.

Plan de Orientación Académica y Profesional: Forma parte del Plan de Actividades del Dpto. de Orientación, y en él se incide especialmente en la diversidad de aptitudes, motivaciones e intereses a la hora de tomar decisiones académicas y profesionales. Plan de Acogida al alumnado procedente de Educación Primaria: El objetivo de todas las actuaciones es la adecuada integración de los alumnos procedentes de 6º de Primaria en la dinámica del Instituto. Plan de Absentismo escolar: el Equipo Directivo explica a padres y claustro a comienzo de curso el Plan de Absentismo de la Dirección Provincial de Palencia, lo que repercute en la inexistencia de alumnos absentistas, ya que la mayoría de las faltas de asistencia se justifican adecuadamente. Actuaciones con los alumnos que presentan Necesidades Educativas Especiales: El Plan de Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje está en el Dpto. de Orientación, y en él se detallan las actuaciones concretas y las horas de apoyo de los ACNEES.

E. La organización de los recursos humanos, materiales y de los espacios del centro para dar respuesta al alumnado.

Los recursos humanos del centro (personal docente y no docente) se organizan según la legislación vigente en lo relativo a horarios y funciones. Esta organización forma parte de la distinta documentación y proyectos de centro: DOC, PGA, PEC… y persigue la adecuada atención a todo el alumnado. Los recursos materiales están en permanente actualización y revisión, y los espacios son adecuados para dar respuesta a la diversidad del alumnado.

F. Funciones y responsabilidades de los distintos profesionales en relación con las medidas diseñadas.

Todo el profesorado es responsable de atender adecuadamente a la diversidad del alumnado, ya que forma parte inherente del proceso de enseñanza.

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En todo caso, y respecto a la diferenciación entre medidas generales u ordinarias de atención a la diversidad y medidas especializadas y extraordinarias, se debe realizar la siguiente consideración: Las medidas generales u ordinarias inciden especialmente en la organización del centro y metodología didáctica y de evaluación, no modificando el resto de elementos del currículo, estando, por tanto, referidas a las diferentes estrategias organizativas y metodológicas que permitan la adecuación de los diferentes elementos del currículo a todo el alumnado para finalizar con éxito la etapa. Por lo tanto, para cada una de ellas podrían describirse los siguientes responsables:

� Acción tutorial: tutores, Dpto de Orientación y Jefatura de estudios. Las funciones de cada uno de ellos figuran en el Plan de Acción Tutorial.

� Actuaciones preventivas y de detección de dificultades de aprendizaje: se detectan en la evaluación inicial y son responsabilidad de cada profesor.

� Agrupamientos flexibles: no se realizan en nuestro centro al tener un reducido número de alumnos.

� Adaptaciones metodológicas. Todo profesor adapta la metodología, organización y actividades al alumnado.

� Planes de acogida: equipo directivo y Dpto. de Orientación.

� Prevención y control del absentismo: tutores y Jefatura de Estudios.

� Elección de materias y opciones: la difusión de la información es responsabilidad del Dpto. de Orientación.

� Integración de materias en ámbitos de conocimiento en primero: no se produce en nuestro centro.

� Personalización del aprendizaje a través de las TIC: cada profesor.

� Planificación de tiempos y horarios de materias y/o grupos: jefatura de estudios. Las medidas especializadas y extraordinarias se dirigen a los alumnos que presentan necesidades específicas de apoyo educativo. Estos alumnos pueden requerir en algún momento de su escolaridad estas medidas, las cuales se deben aplicar progresiva y gradualmente, siempre y cuando no se pueda ofrecer una atención personalizada con las medidas generales u ordinarias. Las medidas especializadas y extraordinarias de atención a la diversidad pueden modificar los elementos curriculares y organizativos, siempre que con ello se favorezca el desarrollo personal del alumnado y le permita alcanzar con el máximo éxito su progresión de aprendizaje. Las medidas especializadas de atención a la diversidad son aquellas que pueden implicar,

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entre otras, la modificación significativa de los elementos del currículo para su adecuación a las necesidades de los alumnos, la intervención educativa impartida por profesores especialistas y personal complementario, o la escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria. Entre las medidas especializadas de atención a la diversidad se encuentran: Apoyo por maestros especialistas de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje, personal complementario u otro personal. La legislación vigente (Orden EDU 362/2015) plantea la conveniencia de que este apoyo se realice dentro del aula, y solo fuera de la misma excepcionalmente. Ya se ha mencionado en este plan de atención a la diversidad que en nuestro centro se ha venido desarrollando el apoyo fuera del aula. Adaptaciones de accesibilidad al currículo para el alumnado con necesidades educativas especiales, así como los recursos de apoyo que les permitan acceder al currículo. Adaptaciones curriculares significativas de los elementos del currículo dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales. Se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias; la evaluación continua y la promoción tomarán como referencia los elementos fijados en ellas. La elaboración y aplicación de las ACIs son responsabilidad del profesorado que imparte cada una de las materias, con el asesoramiento de la orientadora, que proporciona información escrita de cada alumno. Medidas extraordinarias: son aquellas que inciden principalmente en la flexibilización temporal para el desarrollo curricular de cara a posibilitar la mejor consecución de los objetivos educativos y desarrollo de las competencias.

G. Colaboración con las familias.

La colaboración con las familias es fundamental de cara a proporcionar una adecuada respuesta educativa a todos los alumnos. Esta colaboración se lleva a cabo en los siguientes niveles:

� Equipo Directivo: en la reunión del inicio de curso Directora y Jefa de Estudios se ponen a disposición de las familias para colaborar en la tarea compartida con los padres: conseguir los objetivos educativos de la etapa..

� Tutores: todos tienen hora de atención a padres, y se comunican con las familias cuando resulta necesario. Además, siguiendo el Plan de Acción Tutorial, todos los tutores han de mantener al menos una entrevista con cada familia durante el curso escolar.

� Profesores no tutores: los profesores que imparten clase a un alumno también

deben también informar al tutor de los factores que pueden estar incidiendo negativamente en el proceso de aprendizaje de su materia, para que el tutor, al intercambiar información con las familias, pueda aportar todos los datos pertinentes.

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H. Coordinación con otros organismos, entidades e instituciones.

Las instituciones con las que existe colaboración y que pueden estar relacionadas con la diversidad de aptitudes, motivaciones e intereses del alumnado son:

• Unidad de Programas Educativos de la Dirección Provincial de Educación de Palencia.

• C.P. Modesto Lafuente, de Cervera de Pisuerga..

• I.E.S. Santa Mª la Real de Aguilar de Campoo: la relación con este Instituto

resulta fundamental, ya que en él continúan estudios gran parte de nuestros alumnos en las etapas postobligatorias.

• Equipo de Orientación Educativa de Aguilar.

Otras instituciones no educativas con las que se mantiene colaboración son:

• CEAS de Cervera de Pisuerga.

• Cruz Roja de Cervera de Pisuerga.

• Guarcia Civil y Seprona.

I. Mecanismos de evaluación inicial, seguimiento y evaluación final-anual de cada una de las medidas ordinarias, especializadas y extraordinarias que se desarrollen.

Las medidas de atención a la diversidad serán objeto de evaluación continua en los órganos de coordinación docente y en las reuniones de tutores semanales. Para ello, trimestralmente en la Comisión de Coordinación Pedagógica se tratará, como se viene haciendo hasta ahora, la revisión del proceso de enseñanza y aprendizaje, en el que la orientadora proporciona información escrita sobre esta evolución en los alumnos que reciben apoyo. Así mismo, el proceso de revisión de las programaciones didácticas es el momento de analizar estas medidas de atención a la diversidad.

J. Mecanismos de seguimiento y evaluación del plan, especificando tiempos, instrumentos, procedimientos y responsables.

El Plan de Atención a la Diversidad será objeto de evaluación en cada una de las medidas ordinarias, especializadas y extraordinarias que se desarrollen. Para ello, será cada una de las actuaciones la que demuestre su eficacia y puntos de mejora, siendo cada uno de los responsables de su ejecución los responsables de su evaluación. En todo caso, el Dpto. de Orientación elabora una memoria final en la que se evalúa el desarrollo

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de la Acción Tutorial por parte de tutores y alumnos, así como el Plan de Orientación Académica y Profesional. El claustro de fin de curso será el momento de evaluar globalmente el plan de atención a la diversidad.

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6.- Mecanismos de participación en el centro de los distintos sectores de la comunidad educativa. ALUMNOS

El número de alumnos matriculados hace que puedan recibir un trato individualizado, donde los profesores y en especial el tutor, estén al tanto de la evolución académica del alumno, su comportamiento, problemas existentes, tanto escolares, como familiares, para poder atajarlos y conseguir así un mayor rendimiento y evitar el fracaso escolar. Además, la oferta de asignaturas optativas y la adscripción de cada alumno a la elegida en primer lugar, será uno de los objetivos a desarrollar.

Para mejorar el rendimiento académico, se potenciarán los apoyos y refuerzos para aquellos alumnos con necesidades educativas, debidas, tanto a posibles deficiencias, como a otras causas (retrasos escolares, alumnos inmigrantes que desconocen el idioma, situaciones familiares desfavorables, etc.), por ello, se potenciarán, tanto la acogida para alumnos extranjeros como el Plan de Atención a la Diversidad.

Tampoco hay que olvidar a aquellos alumnos, que tienen unos resultados

buenos o aceptables y que no presentan problemas de comportamiento, fomentado su trabajo e incorporándoles nuevos retos y metas a conseguir, para que no decaiga su interés y mejoren aún más sus resultados.

Se desarrollará el Plan de Convivencia para favorecer las buenas relaciones entre los alumnos y entre todos los miembros de la comunidad educativa.

Los alumnos también estarán representados en la Junta de Delegados. Al

principio de cada curso se creará una junta de delegados formada por los representantes delegados de cada grupo así como de los representantes de alumnos en el Consejo Escolar y cuya periodicidad de reunión será de al menos una vez al trimestre. Esta Junta puede enviar sus opiniones y demandas al Consejo Escolar mediante sus representantes.

FAMILIAS

La relación familia-centro es fundamental para el buen desarrollo de la actividad escolar, por ello, se trabajará para que se mantenga una relación fluida, basada en el diálogo y en el entendimiento de que nos necesitamos mutuamente en beneficio del alumno. Se intentará facilitar atención a las familias fuera de los horarios fijados para ello, cuando sea necesario. Se recogerá la opinión de las familias en todos aquellos temas donde puedan participar, mediante la asociación de madres y padres (AMPA), con la que se colabora regularmente, y los representantes en el Consejo Escolar.

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Según el artículo 56.3 de la ORDEN EDU 362/2015 de 4 de mayo, el centro incorpora mecanismos de participación de las familias incluyendo las siguientes actuaciones:

a) Procedimiento de acogida al alumnado y a sus familias: Jornada de Puertas abiertas, reunión inicial de curso, reuniones con tutores y siempre que sea necesario.

b) Seguimiento del proceso de enseñanza- aprendizaje del alumnado: reuniones con el tutor, con la orientadora o con los profesores.

c) El refuerzo de los vínculos entre el centro y las familias, de modo que se facilite la continuidad de las acciones formativas.

PROFESORES Se mantendrá una relación fluida con todo el profesorado, haciéndole partícipe de las decisiones que haya que adoptar y recogiendo y valorando sus sugerencias. Para ello, tanto en las Comisiones de Coordinación Pedagógica, en los Claustros y en los Consejos Escolares, mediante los representantes del sector de profesores, se tratarán todos aquellos temas que les competen.

En especial se fomentará el Plan de Acción Tutorial, donde además de los temas habituales se trabajará el Plan de Convivencia.

Se dinamizarán y apoyarán las experiencias pedagógicas y proyectos

educativos que puedan incidir en una mayor eficacia de la tarea educativa, así como la participación del profesorado en actividades de formación, cursos de actualización, etc.

Según el artículo 52.3 de la ORDEN EDU 362/2015 de 4 de mayo, el tutor mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con las familias. Para ello establecerá a lo largo del curso escolar reuniones con el conjunto de padres, madres o tutores legales del alumnado del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales, y al menos, una individual con la familia de cada alumno. PERSONAL NO DOCENTE

Se facilitará, en la medida de lo posible, que puedan realizar su trabajo, en beneficio de la comunidad organizando y programando con tiempo las tareas y fomentando el debido respeto por su labor. Hay que destacar que la colaboración de todos los sectores es muy importante para el buen funcionamiento el centro. Todos ellos tienen sus representantes en el Consejo Escolar, donde se tratan los temas más importantes del desarrollo educativo.

A todos los sectores se les anima a participar en la vida del centro y a involucrarse en las actividades.

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7.- Compromisos con las familias y con los propios alumnos para facilitar el progreso educativo.

Tanto las familias como los alumnos deberán estar informados de todo aquello que sea de su interés para el progreso educativo.

Los padres y los alumnos reciben toda esta información recogida en los

documentos del Centro, para que puedan implicarse en la vida del Instituto, especialmente a los que acceden a él por primera vez.

Reciben los boletines e informes de evaluación, las faltas de asistencia,

comunicaciones de los tutores o de los cargos directivos, informaciones relativas a actividades extraescolares, etc.

Además cada tutor tiene una hora semanal de atención a las familias, donde

tras recopilar información del resto del equipo pedagógico, pueden responder a las cuestiones de los padres sobre la evolución escolar del alumno. Es conveniente que las familias se comprometan a asistir al menos una vez a las sesiones de tutoría que se convoquen. Si en el primer trimestre no ha habido contacto por parte de la familia, será a iniciativa del tutor quién concertará una entrevista.

En el Decreto 23/2014 de 12 de junio se refiere: Artículo 8. Los compromisos educativos . 1. La participación en el proceso de admisión en un centro requiere y supone el

conocimiento y compromiso de aceptación por parte de los solicitantes del proyecto educativo, del reglamento de régimen interior y, en su caso, del compromiso pedagógico o carácter propio de los centros solicitados.

2. En aplicación de su proyecto educativo, cada centro debe formular un

documento de compromisos educativos con las familias del alumnado para garantizar la cooperación entre la acción educativa de la familia y la del centro docente.

3. El documento de compromisos educativos debe expresar aquéllos que

adquieren el centro docente y la familia del alumno en relación con el proyecto educativo del centro y con la finalidad del adecuado desarrollo del proceso educativo integral del alumnado y el logro de los objetivos académicos establecidos.

En la ORDEN 362/2015 de 4 de mayo se refiere: Artículo 57: Compromisos familia-centro : 1.- Los compromisos establecidos en el documento al que se refiere el artículo 8

del Decreto 23/2014 de 12 de junio, se deben referir, al menos a la aceptación de los principios educativos del centro, al respeto a las convicciones ideológicas y morales de la familia en el marco de los principios y valores educativos

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establecidos en la normativa, al seguimiento de la evolución del alumnado, a la adopción de medidas correctoras en materia de convivencia y a la comunicación entre el centro y la familia. Los compromisos educativos son elaborados por el equipo directivo del centro, aprobados por el claustro de profesores y evaluados por el consejo escolar.

En el Proyecto de Dirección se recoge como uno de los objetivos la elaboración

del documento de compromiso entre las familias y el centro. Se ha elaborado e incluido en el sobre de matrícula del curso 2019-2020 el

siguiente documento:

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COMPROMISOS EDUCATIVOS

La legislación en la que se basa es el Decreto 23/2014, de 12 de junio y el Decreto

51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los

alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso

educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros

educativos de Castilla y León.

A los padres, madres o tutores legales, como primeros responsables de la

educación de sus hijos les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la

ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se

lleve a cabo de forma adecuada.

COMPROMISOS DEL I.E.S.O. MONTAÑA PALENTINA

El I.E.S.O. Montaña Palentina se compromete a conseguir que el proceso

educativo del alumnado se desarrolle en las mejores condiciones posibles para

alcanzar los objetivos establecidos.

COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS

Los padres, madres o tutores legales de los alumnos se comprometen a:

a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos, estimularles hacia

el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y,

en su caso, de su conducta.

b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos su

asistencia regular a clase así como a su progreso escolar.

c) Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen el centro escolar,

las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del

respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa.

Madre: Padre:

Fdo:………………………………… Fdo:……………………………

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8.-Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las relaciones previstas con otras instituciones, públicas y privadas, para la mejor consecución de los fines establecidos.

Se mantendrán todas las coordinaciones llevadas a cabo hasta el momento, cumpliendo uno de los objetivos, mejorar la imagen del centro en la localidad y en su entorno, intentando dar prestigio y calidad a nuestros servicios, para ello se seguirá colaborando con entidades públicas y privadas de la zona, así como con asociaciones y colectivos, tales como los servicios de Sanidad, CEAS, Guardia Civil, Ejército, Asociaciones de la zona, Casa del Parque, Residencia de la tercera edad, entre otros, para diferentes visitas/encuentros o la impartición de charlas relacionadas con temas de actualidad e interés para la comunidad educativa.

Tenemos presente que es necesario coordinar la oferta educativa del centro y la orientación de los alumnos con la oferta general de la zona donde nos encontramos, en tres aspectos: - Promover la coordinación con los colegios de primaria de los que proceden los alumnos y con sus servicios de orientación y apoyo para recabar la información que pueda ayudar a planificar el primer curso. Para ello el Departamento de Orientación mantiene las reuniones precisas con los colegios y los EOEPS de Aguilar. - Dar a conocer a los alumnos que se incorporan por primera vez para cursar 1º de E.S.O la oferta educativa del Instituto y sus instalaciones. En primavera se celebra la Jornada de Puertas Abiertas para que los alumnos de 6º de primaria conozcan el Centro y su funcionamiento. Por otro lado, todos los padres de estos alumnos son invitados a participar en una reunión informativa, en la que se les explica la estructura de la E.S.O., las materias que corresponden al primer curso y el horario de los alumnos y por último se les invita a recorrer las dependencias del Instituto. Además, al comienzo del curso escolar estos alumnos son atendidos por sus tutores, jefa de estudios, directora y orientadora. Consideramos fundamental que en años sucesivos se sigan realizando estas reuniones, por lo que esperamos contar con la colaboración de los colegios de primaria de la zona como así ha sido hasta el momento. - Informar a nuestros alumnos sobre los servicios educativos que ofrece el Instituto “Sta. María la Real” de Aguilar de Campoo. Se mantienen también relaciones fluidas y gratas con el Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, fundamentalmente para la financiación o realización de determinadas actividades extraescolares que se detallan en la memoria correspondiente. Lo mismo podemos decir de otras entidades o instituciones tales como la Diputación Provincial, CEAS, Casa del Parque, y el Centro de Especialidades Médicas.

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9.- Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

En las memorias de final de curso, cada departamento didáctico realiza su evaluación final del proceso de enseñanza y de la práctica docente, ayudándonos de los cuestionarios incluidos en la propuesta curricular.

Esta evaluación se traslada a la CCP, donde se valora el grado de cumplimiento de las programaciones didácticas, medidas de refuerzo realizadas, medidas de recuperación de pendientes, inclusión de temas transversales, se evalúa la adecuación de los objetivos, estándares de aprendizaje evaluables, contenidos, los criterios de evaluación y promoción, la metodología y demás cuestiones relacionadas con el proceso de enseñanza realizado a lo largo del curso. Al menos una vez al trimestre estas cuestiones también se valoran en las reuniones de los departamentos didácticos y en las sesiones de la CCP.

Para ello, se ha de tener en cuenta que:

1. El profesorado, además de evaluar los aprendizajes de los alumnos, evaluará los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en relación con la consecución de los objetivos educativos y competencias del currículo. 2. Los resultados de la evaluación se incluirán en la memoria anual del centro. A partir de estos resultados se deberán modificar aquellos aspectos de la práctica docente que hayan sido detectados como poco adecuados a las características de los alumnos y al contexto socioeconómico y cultural del centro. 3. La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente deberá incluir, al menos, los siguientes elementos:

a) La organización y aprovechamiento de los recursos del centro. b) El carácter de las relaciones entre los distintos sectores de la comunidad

educativa en favor de una adecuada convivencia. c) La coordinación entre los órganos y las personas responsables en el centro

de la planificación y desarrollo de la práctica docente: equipo directivo, claustro de profesores, departamentos y tutores.

d) La aplicación de los criterios de evaluación del aprendizaje. e) Las medidas de refuerzo y apoyo empleadas. f) Las actividades de orientación educativa y profesional. g) La idoneidad de la metodología, así como de los materiales curriculares y

didácticos empleados. h) La adecuación de la oferta de materias optativas a las necesidades

educativas de los alumnos.

i) La regularidad y calidad de la relación con los padres o representantes legales.

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4. Los resultados de la evaluación del aprendizaje de los alumnos y del proceso de enseñanza servirán para modificar aquellos aspectos de la práctica docente que se han detectado como poco adecuados a las características de los alumnos y al contexto del centro.

Se evaluará este proceso mediante los indicadores de logro incluidos en cada programación didáctica.

10.- Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de violencia de género. • Eliminar estereotipos o ideas preconcebidas sobre las características que deben tener las niñas y los niños, los chicos y las chicas, las mujeres y los hombres. • Cultivar el derecho a ser diferente, por lo que es necesario educar valorando las diferencias individuales y las cualidades personales. • Promover el diálogo entre las personas presidido por el respeto y tolerancia constituyendo una garantía para la prevención de la violencia. • Educar para la democracia. No se puede hablar de democracia mientras haya desigualdades sobre la mitad del género humano. • Promover la información necesaria y sensibilizar a la comunidad educativa en general, para llevar a cabo actividades de Educación para la Salud, Educación del Consumidor y Usuario, Educación Ambiental, Coeducación e Igualdad de Oportunidades. • Participación en los Consejos Escolares. Se adoptarán las medidas precisas para asegurar que los Consejos Escolares a través del representante de igualdad, impulsen la adopción de medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Principios de actuación: • Visibilidad: Se trata de hacer visibles las diferencias entre chicos y chicas y facilitar con ello el reconocimiento de las desigualdades y discriminaciones que aquellas pueden producir y producen. Pero también visibilizar a las mujeres a través de: su contribución al desarrollo de las sociedades, valorando el trabajo que tradicionalmente han realizado y sensibilizándose con la pervivencia de papeles sociales discriminatorios en función del sexo.

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• Transversalidad: Los principios de igualdad entre hombres y mujeres deben estar presentes en el conjunto de acciones emprendidas por el centro educativo y desde todas las áreas y materias. Este enfoque transversal supone la inclusión de la perspectiva de género en la elaboración, desarrollo y seguimiento de todas las actuaciones que afecten, directa o indirectamente, a la comunidad educativa. • Inclusión: Las medidas y actuaciones educativas se dirigen al conjunto de la comunidad, porque educar en igualdad entre hombres y mujeres requiere una intervención global, tanto sobre unos como sobre otras, para corregir así los desajustes producidos por cambios desiguales en los papeles tradicionales, conciliar intereses y crear relaciones de género más igualitarias.

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11.-Proyecto educativo bilingüe. El Proyecto Educativo Bilingüe comienza a desarrollarse el curso escolar 2016-2017 en 1º de ESO para continuar dando forma a su implantación a lo largo de los cursos escolares hasta el 2019-2020, cuando ya se desarrolla en todos los cursos.

ANEXO I

PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA SECCIÓN BILINGÜE –

2019-2020

1. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 109

2. MATERIAS QUE SE IMPARTIRÁN EN LENGUA INGLESA ............................................................. 110

3. OBJETIVOS GENERALES DE LA SECCIÓN BILINGÜE .................................................................... 110

3.1 Objetivos de Inglés .................................................................................................................. 111

3.2 Objetivos de Biología y Geología ............................................................................................. 112

3.3 Objetivos de Matemáticas....................................................................................................... 112

3.4 Objetivos de Educación Física ................................................................................................. 112

3.5 Objetivos de Tecnologías de la Información y la Comunicación. ............................................ 112

4. Secuenciación de contenidos .................................................................................................... 113

4.1 Secuenciación en Inglés ........................................................................................................... 113

4.2 Secuenciación en Biología. ...................................................................................................... 113

4.3 Secuenciación en Matemáticas ............................................................................................... 114

4.4 Secuenciación en Educación Física. ......................................................................................... 117

4.5 Secuenciación en Tecnologías de la Información y la Comunicación. .................................... 117

5. METODOLOGÍA ............................................................................................................................. 119

5.1 Aspectos genéricos .................................................................................................................. 119

5.2 Aspectos específicos de cada asignatura ................................................................................ 121

5.2.1 Biología ............................................................................................................................. 121

5.2.2 Matemáticas ..................................................................................................................... 121

5.2.3 Educación Física ................................................................................................................ 122

5.2.4 Tecnologías de la Información y la Comunicación ........................................................... 123

5.3 Metodología AICLE .................................................................................................................. 123

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109

5.4 Atención a la diversidad .......................................................................................................... 124

6. CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES POR

ASIGNATURAS ................................................................................................................................... 125

6.1 Criterios de calificación ........................................................................................................... 126

6.1.1 Inglés ................................................................................................................................. 126

6.1.2. Biología ............................................................................................................................ 127

6.1.3. Matemáticas .................................................................................................................... 129

6.1.4. Educación Física ............................................................................................................... 130

6.1.5. Tecnologías de la Información y la Comunicación .......................................................... 131

1. INTRODUCCIÓN El proyecto de Sección Bilingüe en el IESO Montaña Palentina para el curso 2019-2020 cuenta con

las materias de Biología y Geología y Matemáticas en 1º ESO, Matemáticas y Educación Física en

2º ESO, Biología y Geología y Educación Física en 3º ESO y Tecnologías de la Información y la

Comunicación y Educación Física en 4ºESO. Este programa pretende dar continuidad al

desarrollado por los alumnos provenientes del CEIP Modesto Lafuente de Cervera de Pisuerga.

Además de ampliar el currículo con el refuerzo del ámbito lingüístico, y de fortalecer el sistema

educativo con la mejora en el aprendizaje de otras lenguas, pretendemos con este proyecto

contribuir a paliar la escasez de recursos que tiene el alumnado de las zonas rurales frente a los de

las zonas urbanas, debido a que su acceso a las distintas formas de cultura les queda más alejado.

ALUMNOS TOTALES EN EL CENTRO: 76 1º ESO

ALUMNOS SECCIÓN BILINGÜE: 12 alumnos

ALUMNOS SECCIÓN NO BILINGÜE: 10

alumnos

MATERIAS SECCIÓN BILINGÜE

MATEMÁTICAS: 4 HORAS SEMANALES

BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA: 3 HORAS SEMANALES

2º ESO

ALUMNOS SECCIÓN BILINGÜE: 5 alumnos

ALUMNOS SECCIÓN NO BILINGÜE: 21

alumnos

MATERIAS SECCIÓN BILINGÜE

MATEMÁTICAS: 4 HORAS SEMANALES

EDUCACIÓN FÍSICA: 2 HORAS SEMANALES

3º ESO

ALUMNOS SECCIÓN BILINGÜE: 5 alumnos

ALUMNOS SECCIÓN NO BILINGÜE: 11

alumnos

MATERIAS SECCIÓN BILINGÜE

BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA: 2 HORAS SEMANALES

EDUCACIÓN FÍSICA: 2 HORAS SEMANALES

4º ESO

ALUMNOS SECCIÓN BILINGÜE: 8 alumnos

MATERIAS SECCIÓN BILINGÜE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA

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110

ALUMNOS SECCIÓN NO BILINGÜE: 5 alumnos COMUNICACIÓN: 2 HORAS SEMANALES

EDUCACIÓN FÍSICA: 2 HORAS SEMANALES

Los apartados comunes tanto a la sección bilingüe como no bilingüe relativos al área de inglés, se

encuentran recogidos en la Programación Didáctica del Departamento de Inglés. Lo mismo ocurre

con lo relativo a las programaciones didácticas de los Departamentos que imparten la sección

bilingüe. En este anexo se añade lo específico que hace referencia a la sección bilingüe tanto del

área de Inglés como de las áreas bilingües, Matemáticas, Biología y Geología, Educación Física y

Tecnologías de la Información y la Comunicación.

2. MATERIAS QUE SE IMPARTIRÁN EN LENGUA INGLESA

Las áreas o materias que se impartirán en lengua inglesa, tanto lingüísticas como no lingüísticas, en Educación Secundaria, así como el profesorado que lo imparte serán los siguientes:

ASIGNATURA PROFESOR

Inglés

Laura Juan Antón

Coordinadora del proyecto

Mª Victoria Arias Aller

(Profesora de inglés)

Biología y Geología

(Se imparte en 1º ESO y 3ºESO) Yolanda Ruiz San Millán

Matemáticas

(Se imparte en 1º y 2º ESO) Ana Isabel Escudero Asensio

Educación Física

(Se imparte en 2º, 3º y 4º ESO) Elena Escudero Pelayo

Tecnologías de la Información y la

Comunicación

(Se imparte en 4º ESO)

Ana Isabel Escudero Asensio

Destacar que NO contamos con el apoyo de un profesor auxiliar nativo como recurso para el Centro.

3. OBJETIVOS GENERALES DE LA SECCIÓN BILINGÜE

El Proyecto Bilingüe pretende que los alumnos consigan, a lo largo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, los siguientes objetivos generales: 1. Educar a la persona en un mundo globalizado en el que el uso de los idiomas es una herramienta esencial en la comunicación cotidiana. 2. Desarrollar un espíritu de tolerancia y de apertura hacia otras lenguas y culturas. 3. Desarrollar la capacidad de análisis crítico a través de las vivencias personales y el conocimiento personal de otras realidades. 4. Desarrollar las habilidades de autonomía personal que permiten romper las barreras de comunicación más allá de las barreras lingüísticas, avanzando hacia una sociedad plurilingüe y cooperativa.

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111

5. Fomentar la creación de lazos personales e institucionales que colaboren en el desarrollo personal e intelectual del individuo. 6. Capacitar a los alumnos para una vida profesional en la que los idiomas no sean una barrera sino una oportunidad laboral y personal, ampliando tanto su formación como movilidad profesional. 7. Mejorar el proceso de adquisición en lengua inglesa mediante el desarrollo de la capacidad de concentración y escucha para la comprensión de mensajes orales y de expresar distintos tipos de mensajes. 8. Favorecer el desarrollo de la competencia comunicativa a través de la utilización del inglés como medio de aprendizaje de los contenidos de las materias involucradas. 9. Fomentar actitudes de tolerancia y respeto además de reforzar el espíritu de ciudadanía. 10. Mejorar el conocimiento de la lengua inglesa y de su cultura para facilitar la comunicación y la interacción entre ciudadanos que tienen distintas lenguas maternas con el fin de fomentar la movilidad en un mundo globalizado, la comprensión mutua y la colaboración, y vencer los prejuicios y la discriminación.

3.1 Objetivos de Inglés

� Escuchar y comprender información general y específica de textos orales en situaciones

comunicativas variadas, adoptando una actitud respetuosa y de cooperación.

� Expresarse e interactuar oralmente en situaciones habituales de comunicación de forma

eficaz, adecuada y con cierto nivel de autonomía, dentro y fuera del aula.

� Leer y comprender de forma autonomía textos diversos de un nivel adecuado a las

capacidades e intereses del alumnado con el fin de extraer información general y

específica, y utilizar la lectura como fuente de placer y de enriquecimiento personal.

� Escribir textos sencillos con finalidades diversas sobre distintos temas utilizando recursos

adecuados de cohesión y coherencia.

� Utilizar con corrección los componentes fonéticos, léxicos, estructurales y funcionales

básicos de la lengua extranjera en contextos diversos de comunicación.

� Desarrollar la autonomía en el aprendizaje, reflexionar sobre los propios procesos de

aprendizaje y el funcionamiento de la lengua, y transferir a la lengua extranjera

conocimientos y estrategias de comunicación adquiridas en otras lenguas.

� Utilizar estrategias de aprendizaje y todos los recursos didácticos a su alcance, incluídas las

tecnologías de la información y la comunicación, para obtener, seleccionar y presentar

información oralmente y por escrito de forma autónoma.

� Apreciar la lengua extranjera como instrumento de acceso a la información y como

herramienta de aprendizaje de contenidos diversos.

� Valorar la lengua extranjera y las lenguas en general, como medio de comunicación y

entendimiento entre personas de procedencias, lenguas y culturas diversas evitando

cualquier tipo de discriminación.

� Adquirir seguridad y autoconfianza en la capacidad de aprendizaje y uso de la lengua

extranjera, esforzándose en incorporar mejoras que lleven al éxito en la consecución de las

tareas planteadas.

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112

3.2 Objetivos de Biología y Geología

� Analizar el mundo natural desde la metodología de la ciencia y utilizar las Tecnologías de la Información y de la Comunicación para la búsqueda de información, la presentación de sus observaciones y la elaboración de sus conclusiones, utilizando en algunos casos, la lengua inglesa como instrumento para llevarlo a cabo.

� Incidir en la importancia de la lengua inglesa en el mundo de la ciencia, como principal vehículo de comunicación entre los miembros de la comunidad científica (publicaciones científicas).

� Desarrollar alguna de las fases del método científico, para proporcionar métodos de trabajo en equipo, lo que permitirá desarrollar habilidades experimentales y servirá de motivación para el estudio.

� Resaltar el papel de la ciencia como una disciplina en permanente construcción y revisión, con implicaciones con la tecnología y con la sociedad.

� Desarrollar conocimientos de enseñanzas transversales como son el futuro del planeta, el desarrollo sostenible o la educación para la salud, y transmitir a los alumnos la necesidad de una reflexión crítica sobre estos temas.

3.3 Objetivos de Matemáticas

� Mejorar la competencia en el idioma de los alumnos.

� Conocer lo específico del mundo anglosajón en el ámbito científico.

� Tener acceso a más recursos para aprender mediante el dominio del idioma. Todos los que

están en inglés: libros, páginas webs,…

� Conocer y usar el vocabulario específico de las matemáticas en inglés.

� Iniciarse en el acceso a recursos escritos, audiovisuales de matemáticas en inglés.

� Trabajar la competencia lingüística desde la asignatura.

3.4 Objetivos de Educación Física

� Desarrollar las destrezas comunicativas del alumnado, para fomentar su autonomía y creatividad.

� Desarrollar actitudes de respeto, tolerancia y solidaridad, utilizando el inglés como idioma de comunicación mediante actividades que promuevan el diálogo y el trabajo en grupo.

� Apreciar el valor de la lengua extranjera como medio de comunicación en una sociedad multicultural y como elemento favorecedor de las relaciones sociales e interpersonales.

� Trabajar en equipo, aplicando los principios del aprendizaje colaborativo

3.5 Objetivos de Tecnologías de la Información y l a Comunicación.

� Mejorar la competencia en el idioma de los alumnos.

� Trabajar la competencia lingüística desde la asignatura.

� Conocer y utilizar vocabulario específico del ámbito de las TIC.

� Trabajar con documentos escritos y audiovisuales en inglés.

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113

� Trabajar en equipo, aplicando los principios del aprendizaje colaborativo.

� Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, de forma

segura y con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos.

� Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones

artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

4. Secuenciación de contenidos

4.1 Secuenciación en Inglés La secuenciación de contenidos de Inglés aparece reflejada en la Programación Didáctica del

Departamento. La materia de Inglés se coordinará con las materias bilingües para anticipar posibles

problemas de tipo léxico relacionadas con los contenidos.

4.2 Secuenciación en Biología.

1º ESO

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Prácticas de laboratorio,

para observar diferentes

muestras de seres vivos

pertenecientes a los 5

reinos.

Selección de información

relacionada con

experimentos científicos

sencillos, relacionados con

la presión atmosférica y/o

las propiedades del agua

Selección de información

relacionada con el

Universo, a partir de la

utilización de diversas

fuentes para la realización

de exposiciones orales

usando soportes

informáticos

Uso de claves dicotómicas

para clasificar y determinar

minerales, plantas y

animales.

Práctica en la clase delante

de sus compañeros.

Uso de claves dicotómicas en

el laboratorio para

identificar minerales y rocas

3º ESO

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Prácticas de laboratorio,

para observar diferentes

muestras de tejidos y análisis

de alimentos

Disección en el laboratorio

de órganos (riñón, corazón,

pulmones, etc).

Elaboración de perfil

topográfico y preparación de

presentaciones sobre los

temas de geología.

Confección de un cuaderno

de laboratorio, donde los

Confección de un cuaderno

Exposiciones orales en inglés

delante de sus compañeros,

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114

alumnos, reflejen en inglés el

material utilizado, el

procedimiento que han

seguido y las conclusiones

obtenidas.

de laboratorio, donde los

alumnos, reflejen en inglés el

material utilizado, el

procedimiento que han

seguido y las conclusiones

obtenidas.

utilizando las presentaciones

elaboradas con anterioridad.

4.3 Secuenciación en Matemáticas

• 1º ESO

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Natural numbers

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con números

naturales.

Entender una explicación

matemática sencilla que

implique números naturales

Decimal metric system

Conocer las unidades de

medida y magnitudes en

inglés

Leer y resolver un problema

que implique el sistema

métrico decimal expresado

en inglés

Lines and angles

Conocer el vocabulario

básico de la geometría

bidimensional en inglés:

tipos de líneas y sus

relaciones, tipos de ángulos,

vértices...

Powers and roots

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con potencias y

raíces.

Expresar algunas

propiedades de las potencias

en inglés

Fractions

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con fracciones.

Entender una explicación

matemática sencilla que

implique fracciones

Geometric shapes

Conocer el vocabulario

básico de la geometría

bidimensional en inglés:

triángulos (y sus tipos),

cuadriláteros (y tipos), y

principales tipos de

polígonos.

Divisibility

Conocer las reglas de

divisibilidad expresadas en

inglés.

Working out fractions

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con fracciones.

Leer y resolver un problema

con fracciones expresado en

inglés

Perimeters and areas

Ser capaz de resolver

problemas de áreas y

volúmenes expresados en

inglés

Integers

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con números

enteros.

Proportionality

Conocer el vocabulario

matemático básico del tema

en inglés: regla de tres y

porcentajes.

Graphs

Ser capaz de representar un

gráfico/función a partir de

un enunciado en inglés

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115

• 2º E.S.O.

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Natural numbers

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con números

naturales.

Entender la prioridad de las

operaciones y las

expresiones con paréntesis

que impliquen números

naturales

Algebra

Leer y resolver un problema

“tipo” del tema expresado

en inglés.

Three-dimensional

geometric forms

Conocer el vocabulario

básico de la geometría

tridimensional en inglés:

poliedros (y sus tipos), y

sólidos de revolución (y

tipos).

Intergers

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con números

enteros.

Entender una explicación

matemática sencilla que

implique números enteros.

Leer y resolver un problema

con números enteros

expresado en inglés.

Equations

Adquirir destreza operando

con polinomios.

Aprender a analizar, resolver

y aplicar las ecuaciones.

Leer y resolver un problema

“tipo” del tema expresado

en inglés

Measuring volume

Leer y resolver un problema

“tipo” de cálculo de

volúmenes expresado en

inglés.

Entender una explicación

matemática sencilla que

implique números enteros

Leer y resolver un problema

con números enteros

expresado en inglés

Leer y resolver problemas de

proporcionalidad en inglés.

Comprender la forma

condicional “If + present

+future” en dichos

problemas.

Decimal numbers

Ser capaz de leer

expresiones matemáticas

básicas con números

decimales.

Entender una explicación

matemática sencilla que

implique números decimales

Leer y resolver un problema

con números decimales

expresados en inglés

Algebra

Leer y resolver un problema

“tipo” del tema expresado

en inglés

Statistics and probability

Conocer el vocabulario

básico de la estadística en

inglés.

Ser capaz de resolver

problemas de estadística

enunciados en inglés.

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116

Decimal numbers and

fractions

Ser capaz de expresar las

partes de una unidad en

forma de números

decimales.

Ser capaz de expresar las

partes de una unidad en

forma de fracciones.

Saber relacionar ambos tipos

de expresiones y expresarlos

en inglés.

Equational systems

Aprender a analizar, resolver

y aplicar los sistemas de

ecuaciones.

Leer y resolver un problema

“tipo” del tema expresado

en inglés.

Functions

Conocer la idea de función y

saber expresarlas en un

diagrama cartesiano.

Leer y resolver un problema

“tipo” de funciones lineales

expresado en inglés.

Activities that use fractions

Ser capaz de sumar y restar

fracciones reduciendo a

común denominador.

Ser capaz de multiplicar y

dividir fracciones.

Saber reconocer problemas

reales que se resuelven

haciendo uso de las

operaciones con fracciones

mencionadas anteriormente.

Leer y resolver problemas

con fracciones expresados

en inglés.

Pythagora's teorem

Saber reconocer triángulos

rectángulos en problemas

geométricos y aplicar el

teorema de Pitágoras.

Leer y resolver un problema

“tipo” del tema expresado

en inglés.

Statistics

Conocer el vocabulario

básico de la estadística en

inglés.

Ser capaz de resolver

problemas de estadística

enunciados en inglés.

Proportionality and

percentages

Conocer el vocabulario

matemático básico del tema

en inglés: proporcionalidad y

porcentajes.

Leer y resolver problemas de

proporcionalidad en inglés.

Continuar trabajando la

utilización de la forma

condicional “If + present

+future” en dichos

problemas.

Proportion and ratios

Ser capaz de expresar

proporciones, escalas y

ratios expresadas en inglés.

Chance and probability

Conocer el vocabulario

básico de la probabilidad en

inglés.

Ser capaz de resolver

problemas de probabilidad

enunciados en inglés.

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117

4.4 Secuenciación en Educación Física.

2º ESO

3º ESO

4º ESO

4.5 Secuenciación en Tecnologías de la Información y la Comunicación.

4º ESO

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Warm up Physical fitness Badminton

Basketball Foam sabre Clown

Skipe rope Challengues Cooperatives Orienteering

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Warm up Acrosport in group Individual Sports

Physical fitness Traditional Sports Training

Team Sport

Body language and

Relaxation techniques

Natural Activities

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Warm up Coordinated activities in group Inclusion of exercise in their daily life

Physical fitness Body expresion Healthy habits

Team Sport New Sports Natural Activities

PRIMER TRIMESTRE SEGUNDO TRIMESTRE TERCER TRIMESTRE

Office software.

Aplicaciones informáticas de

escritorio.

Tipos y componentes

básicos:

Procesador de textos:

Creation an edition of

multimedia content.

Dispositivos y programas de

adquisición de elementos

multimedia: imagen, audio y

vídeo.

Internet. Social networks.

Internet: definición, protocolos de

comunicación, servicios de

internet.

Direcciones IP, servidores y

dominios.

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118

utilidades y elementos de

diseño y presentación de la

información.

Hojas de cálculo: cálculo y

obtención de resultados

textuales, numéricos y

gráficos.

Bases de datos: organización

de la información, consulta y

generación de informes.

Elaboración de

presentaciones:

utilidades y elementos de

diseño y presentación de la

información.

Programas de edición de

elementos multimedia:

imagen, audio y vídeo.

Uso de elementos

multimedia en la

maquetación de

presentaciones.

Aplicaciones para

dispositivos móviles.

Herramientas de desarrollo y

utilidades básicas.

Acceso y participación en servicios

web y plataformas desde diversos

dispositivos electrónicos.

Redes sociales: evolución,

características y tipos.

Canales de distribución de

contenidos multimedia. Publicación

y accesibilidad de los contenidos.

Hardware and software.

Networks.

Ordenadores, sistemas

operativos y redes

1. Tipos y características

2. Requerimientos del

sistema

3. Otros programas y

aplicaciones

4. Software de comunicación

Computer security.

Definición de seguridad

informática activa y pasiva.

Seguridad activa: uso de

contraseñas seguras,

encriptación de datos y uso

de software de seguridad.

Seguridad pasiva:

dispositivos físicos de

protección, elaboración de

copias de seguridad y

particiones del disco duro.

Riesgos en el uso de equipos

informáticos. Tipos de

malware.

Software de protección de

equipos informáticos.

Antimalware.

Seguridad en internet.

Amenazas y consecuencias

en el equipo y los datos.

Seguridad de los usuarios:

suplantación de identidad,

ciberacoso,…

Conexión de forma segura a

redes WIFI.

Entornos virtuales:

definición, interacción,

hábitos de uso.

Publishing and disseminating

content.

Organización e integración

hipertextual de la información.

Página web.

Blog.

Wiki.

Estándares de publicación.

Accesibilidad de la información.

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119

5. METODOLOGÍA

5.1 Aspectos genéricos

Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben proporcionar al alumno un conocimiento sólido de

los contenidos, al mismo tiempo que propiciar el desarrollo de hábitos intelectuales propios del

pensamiento abstracto, tales como la observación, el análisis, la interpretación, la investigación, la

capacidad creativa, la comprensión y expresión y el sentido crítico, y la capacidad para resolver

problemas y aplicar los conocimientos adquiridos en diversidad de contextos, dentro y fuera del

aula, que garanticen la adquisición de las competencias y la efectividad de los aprendizajes. La

metodología, por tanto, ha de estar orientada a potenciar el aprendizaje por competencias por lo

que será activa y participativa, potenciando la autonomía de los alumnos en la toma de decisiones,

el aprender por sí mismos y el trabajo colaborativo, la búsqueda selectiva de información y,

finalmente, la aplicación de lo aprendido a nuevas situaciones. Todo ello teniendo en cuenta,

además, las posibilidades que ofrecen las tecnologías de la información y comunicación. En esta

línea, el trabajo por proyectos es especialmente relevante. Las metodologías activas han de

apoyarse en estructuras de aprendizaje cooperativo, de forma que, a través de la resolución

conjunta de las tareas, los miembros del grupo conozcan las estrategias utilizadas por sus

compañeros y puedan aplicarlas a situaciones similares, facilitando los procesos de generalización y

de transferencia de los aprendizajes. El rol del docente es fundamental a la hora de presentar los

contenidos con una estructuración clara en sus relaciones, de diseñar secuencias de aprendizaje

integradas que planteen la interrelación entre distintos contenidos de una materia o de diferentes

materias, de planificar tareas y actividades que estimulen el interés y el hábito de la expresión oral

y la comunicación. En el desarrollo de las actividades el profesor encontrará inevitablemente

diversidad en el aula por lo que le será necesario adaptar el proceso de enseñanza aprendizaje a los

distintos ritmos de aprendizaje de los alumnos en función de las necesidades educativas,

especiales, altas capacidades intelectuales, integración tardía o dificultades específicas de

aprendizaje.

Seguridad en la interacción

en entornos virtuales. Uso

correcto de nombres de

usuario, datos personales.

Tipos de contraseñas,

contraseñas seguras.

Ley de la Propiedad

Intelectual. Intercambio y

publicación de contenido

legal.

Materiales sujetos a

derechos de autor y

materiales de libre

distribución alojados en la

web.

Identidad digital.

Suplantación de la identidad

en la red, delitos y fraudes.

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120

El proceso de enseñanza-aprendizaje cumplirá los siguientes requisitos: • Partir del nivel de desarrollo del alumnado y de sus aprendizajes previos. • Asegurar la construcción de aprendizajes significativos a través de la movilización de sus conocimientos previos y de la memorización comprensiva. • Posibilitar que los alumnos realicen aprendizajes significativos por sí solos. • Favorecer situaciones en las que los alumnos deben actualizar sus conocimientos. • Proporcionar situaciones de aprendizaje que tienen sentido para los alumnos, con el fin de que resulten motivadoras. La orientación metodológica de las diferentes áreas que intervienen en este Proyecto vendrá marcada por el enfoque comunicativo, en el que la comunicación oral de todos los alumnos, así como su participación, serán la base de la acción educativa. Aunque cada departamento utilizará los criterios metodológicos específicos que considere más adecuados a su área, las características principales que regirán la metodología de este proyecto de enseñanza bilingüe serán: • Metodología activa. Atendiendo a dos aspectos íntimamente relacionados: la integración activa de los alumnos en la dinámica general del aula y en la adquisición y configuración de los aprendizajes, y la participación en el diseño y desarrollo del proceso de enseñanza / aprendizaje. • Metodología abierta. Propiciando el uso de gran variedad de recursos en función de los diferentes contenidos y de la atención a la diversidad. Se buscará la implicación del alumno en el reconocimiento de su propio proceso de aprendizaje. • Metodología globalizadora. Promoviendo una coordinación eficaz entre las materias que desarrollan el proyecto en cada nivel para abordar de forma conjunta las necesidades de lenguaje comunicativo en inglés y las dificultades que se deriven del desarrollo práctico del proyecto bilingüe. • Metodología del aprendizaje. El planteamiento general de la metodología aplicada en clase debe tener presente que el proceso de aprendizaje escolar forma parte integral del proceso de maduración y adquisición de autonomía de la persona. Para ello es necesario fomentar hábitos de trabajo; de observación, análisis, reflexión y relación; de aprender a pensar; y de estudio. El aprendizaje en este proyecto bilingüe contemplará como dificultad añadida la utilización de la lengua inglesa y abordará su tratamiento en cuanto a metodología como a evaluación. En este sentido se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

o La utilización de un lenguaje sencillo, claro y estructurado en la presentación de los

contenidos. Claridad. Soporte acústico y visual.

o La gradación de las actividades, apareciendo en último lugar las que requieren un

mayor grado de habilidad y autonomía.

o El énfasis en los procedimientos y técnicas de aprendizaje, que incluyan una

reflexión sobre los contenidos objeto de estudio y una revisión final.

o La atención a los diferentes ritmos de aprendizaje, así como sus distintos intereses

y motivaciones.

o Refuerzo positivo, reconocimiento del esfuerzo y trabajo del alumno.

o Uso de materiales auténticos, centrados en problemas de la humanidad y

relacionados con sus vidas.

o A partir de lo expuesto, crear situaciones comunicativas.

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Proyecto Educativo IESO Montaña Palentina

121

o Enfoque intercultural. Permite al alumno caer en la cuenta de otras realidades

culturales con diferentes valores y creencias.

5.2 Aspectos específicos de cada asignatura

5.2.1 Biología

De cada 3 temas se impartirán 2 en español y uno en inglés (30%).

Cada sesión se inicia con preguntas en inglés, (que requieran respuestas cortas) de repaso del día anterior. Después se elabora un diccionario de términos científicos en inglés y su traducción al español, referido al texto que vamos a abordar de inmediato.

o Respecto a los temas en español:

Al ser el libro de texto en inglés, se leerá en este idioma (utilizando CD del libro) y se harán preguntas sencillas en inglés, para mantener así la atención del alumno. Además, se le proporcionarán una serie de preguntas en español, que deberá contestar también en español, en su cuaderno de casa. Se les informa de que las preguntas del examen se extraerán de ese cuestionario en español (para motivar al alumno/a en su tarea de casa).

o Respecto a los temas en inglés, se impartirá por completo en inglés:

Se seguirá el libro de texto en inglés. Tras cada lectura se harán preguntas en inglés. Y se les proporcionará un cuestionario en inglés para que lo trabajen en casa. Dicho cuestionario contendrá las posibles preguntas del examen. A la vez, se le aporta al alumno una serie de materiales en inglés de carácter complementario a partir de textos ingleses, manuales e información proveniente de Internet u obtenidos de textos de otras editoriales españolas publicados en inglés. Con ellos se desarrollarán algunos contenidos extra de cada tema que puedan tener una cierta relevancia a criterio de la profesora. Las actividades a realizar estarán graduadas en dificultad a lo largo del curso, según el progreso que el alumno vaya realizando en lengua inglesa. A principio de curso serán actividades sencillas (cuestiones de respuesta cerrada, unir columnas, rellenar huecos, elaboración de listas de palabras clave…) para a final de curso, durante la evaluación final pasar a complementarse con cuestiones de mayor complejidad; respuesta abierta, definiciones, etc. siempre en función de la mejoría por parte del alumnado en el conocimiento de la lengua inglesa. Todo esto supone que el profesor de la asignatura deberá estar en contacto permanente con el Departamento de Inglés (mediante una hora complementaria a la semana) quién le ayudará en la elaboración y adecuación de los materiales. Las prácticas en el laboratorio, se realizarán en inglés y los alumnos (en grupos de 2), deberán elaborar un informe en inglés que recoja los resultados obtenidos y las conclusiones y exponerlo oralmente.

5.2.2 Matemáticas

La asignatura de matemáticas bilingüe pretende ser una ayuda en el desarrollo de la competencia básica en Comunicación lingüística en inglés. No tanto en contenidos teóricos, sino como vehículo para la práctica del inglés en un entorno distinto al de las clases de inglés habituales. Siempre sin

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olvidar de que se trata de la asignatura de Matemáticas, lo que supone un esfuerzo extra tanto para alumnos como profesores. La asignatura se desarrollará normalmente, pero además:

o En cada tema se tratarán contenidos específicos de matemáticas en inglés, especificados en

el apartado anterior. Se intentará que los contenidos sean asequibles (preferiblemente

vistos ya, para que el desarrollo de la competencia lingüística no dificulte la competencia

matemática).

o En todos los temas se trabajarán problemas de matemáticas enunciados en inglés.

o En clase se intentará, en la medida de lo posible, que los alumnos hablen en inglés,

especialmente en las rutinas de clase.

o Se dedicará al menos el 30% de los periodos lectivos a trabajar en inglés.

Además de las actividades y metodología usuales para el grupo ordinario, se intentará que los alumnos hagan uso de los blogs/recursos de internet puesto a disposición por el departamento y el I.E.S.O. Montaña Palentina. Por ello, se mencionan algunos materiales que se van a utilizar: El cuaderno de trabajo y fotocopias de libros de texto en ingles, incluido el libro Anaya que se usa normalmente en clase. Textos completos en inglés (Programación Sección Bilingüe: I.E.S. Andrés de Vandelvira) para 1º y 2º de ESO Trabajamos de distinta forma con estas web según los contenidos que tienen: http://www.mathsisfun.com/. Buen diccionario. Muchos juegos interesantes online. Explicación de temas para nivel inicial de Secundaria. http://www.wtamu.edu/academic/anns/mps/math/mathlab. Clases de nivel Secundaria, Bachillerato y superior. Explicaciones, ejercicios y cantidad de videos con explicaciones en inglés. http://www.vitutor.com/index.html. Apuntes y ejercicios de Secundaria y Bachillerato muy elaborada. Muchos temas y ejercicios en inglés. http://seccioneuropeamatesribera.blogspot.com/. Blog de matemáticas bilingüe con muchos recursos. https://mathantics.com/ Muchos videos con clases en inglés organizados por temas. http://www.videomathtutor.com/ Muchos videos con clases en inglés para Secundaria. http://www.mathwords.com/ Buen diccionario de matemáticas en inglés. http://www.youtube.com/user/yourteachermathhelp#p Muchos vídeos cortos que se pueden encontrar poniendo un tema en el buscador. http://www.khanacademy.org/. Muchos vídeos de todos los temas.

5.2.3 Educación Física

El Repertorio metodológico será variado, combinando distintas opciones que permitan distintas situaciones de enseñanza-aprendizaje:

o Asignación de tareas o Técnicas de aprendizaje cooperativo o Descubrimiento guiado o Enseñanza mediante la búsqueda o Utilización de la retroalimentación informativa

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Durante las sesiones se utilizará la repetición de frases breves ya que facilita la comprensión y memorización del vocabulario y expresiones que se trabajan (sobre todo en la parte más organizativa de la sesión). Entraremos al aula y realizaremos todos los días la misma rutina, que tendrá la siguiente estructura: saludo de bienvenida, revisar material deportivo (camiseta y ropa deportiva), explicación de la sesión de forma breve y concreta, rueda de dudas y preguntas, parte práctica y despedida. Durante las explicaciones, tanto de tipo organizativo como de la parte más teórica de la materia, nos apoyaremos en instrumentos y materiales de tipo visual (palabras escritas en la pizarra, fotografías, dibujos...) y gestual para ayudar a la máxima comprensión posible. Por otro lado, en cada unidad didáctica se les facilitará una hoja de lectura en inglés con preguntas asociada a la misma para favorecer su lectura y comprensión del tema.

5.2.4 Tecnologías de la Información y la Comunic ación

La asignatura de Tecnologías de la Información y la Comunicación bilingüe pretende ser una ayuda en el desarrollo de la competencia básica en Comunicación lingüística en inglés. No tanto en contenidos teóricos, sino como vehículo para la práctica del inglés en un entorno distinto al de las clases de inglés habituales.

o En cada tema se tratará vocabulario específico de la materia en inglés.

o En todos los temas se trabajará con textos y manuales en inglés.

o En clase se intentará, en la medida de lo posible, que los alumnos hablen en inglés.

o Se trabajará principalmente en inglés utilizando el español siempre que sea necesario para

realizar aclaraciones.

o Se utilizará como base el libro Information and Comunication Technologies (Ed.

Donostiarra) y se proporcionará a los alumnos enlaces a webs y blogs para trabajar algunos

de los temas.

5.3 Metodología AICLE

Esta metodología está enfocada a la adquisición y aprendizaje integrando el contenido y la lengua. Se potenciará el enfoque comunicativo donde la fluidez estará por encima de la exactitud. Según la profesora Do Coyle en un artículo de 1999, una lección bien planteada debería combinar:

o Contenido. Adquisición de contenidos posibilitando al alumno crear su propio conocimiento y comprensión y desarrollo de habilidades.

o Comunicación. El lenguaje debe ser accesible a los alumnos

o Cognición. Aprender a pensar. Posibilitar al alumno crear su propia interpretación del contenido.

o Cultura . Transmitir la cultura, no sólo como funciona una lengua.

Así mismo se potenciarán las conexiones entre la vida y los intereses de los alumnos, desarrollando así la motivación. El alumno será el centro del proceso de aprendizaje y será capaz de construir su propio aprendizaje a través de la reflexión, la autoevaluación, recogiendo todo este proceso por medio del portfolio , que

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motiva a los alumnos y les hace reflexionar sobre estrategias y su propio desarrollo de aprendizaje; también proporciona un historial de sus habilidades lingüísticas y culturales. Crearemos alumnos independientes. El aprendizaje será cooperativo, por medio de tareas y proyectos, uso de webquest … . La utilización de las TICS será esencial en esta metodología.

5.4 Atención a la diversidad

Se realizarán actividades de refuerzo y de ampliación, para dar respuesta educativa a la diversidad del alumnado, planificando siempre actividades multidisciplinares y se contará con la ayuda del profesor de inglés. Lo que va a determinar la selección de actividades a proponer a los alumnos será la progresión lingüística de los mismos. Tendremos en cuenta como fundamental:

o El diagnóstico y tratamiento precoz.

o Las medidas de adaptación de los alumnos al centro buscando su integración social así

como el desarrollo de las destrezas básicas.

o Elaborar una organización de apoyos que permita responder a las necesidades educativas

que estos alumnos manifiestan.

o Realizar las adaptaciones curriculares necesarias que permitan adaptar la programación

curricular, al ritmo de aprendizaje de estos alumnos, a sus capacidades y a su proceso

madurativo, con objeto de que puedan conseguir los objetivos mínimos fijados.

Consideramos adaptaciones curriculares cuantos cambios se produzcan en el currículo con el fin de atender a las diferencias individuales de nuestros alumnos. El equipo o el profesor, al establecer cada adaptación, deberá determinar con antelación tanto la estrategia a seguir como las características del alumno que puedan ayudar o entorpecer la estrategia: en qué agrupamientos trabaja mejor, qué tiempo permanece concentrado, a qué refuerzos es receptivo, qué autoconcepto tiene, etc. Para los alumnos de reciente incorporación al centro constituye una dificultad añadida y una enorme novedad el utilizar la lengua inglesa en las áreas indicadas en el proyecto. Algunos de estos alumnos son inmigrantes. Estos alumnos suelen manifestar un retraso en su competencia curricular de dos años o más. Para estos alumnos se establecerán las medidas oportunas que les permita incorporarse al proceso de enseñanza-aprendizaje de la lengua inglesa con toda naturalidad. Fijaremos un cuerpo de contenidos esenciales que deben ser aprendidos por todos para alcanzar los objetivos previstos. A partir de ahí, consideraremos otra serie de contenidos que podrán ser trabajados o no en función de las peculiaridades y necesidades de cada alumno.

� Actividades.

Las actividades se organizarán por categorías en función de su distinta finalidad. Por un lado, contemplaremos actividades de refuerzo, de consolidación de aquellos aprendizajes que consideramos básicos; para ello, el nivel de dificultad de las tareas propuestas estará en consonancia con la asequibilidad media que caracteriza a la información esencial. Por otro lado, diseñaremos otro

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tipo de actividades más diversificadas que impliquen bien una complejidad mayor, bien una ampliación de la perspectiva del tema trabajado.

� Metodologías diversas.

El mejor método de enseñanza para alumnos con unas determinadas características puede no serlo para alumnos con características diferentes y a la inversa. Es decir, los métodos no son mejores o peores en términos absolutos, sino en función de que el tipo de ayuda que ofrecen responda a las necesidades que en cada momento demandan los alumnos. Las adaptaciones en la metodología didáctica son un recurso que se puede introducir en la forma de enfocar o presentar determinados contenidos o actividades, como consecuencia de diversas circunstancias:

o Los distintos grados de conocimientos previos detectados en los alumnos.

o La existencia de diferentes grados de autonomía y responsabilidad entre los

alumnos.

o La identificación de dificultades en procesos anteriores con determinados alumnos.

Estas modificaciones no deberían producirse sólo como respuesta a la identificación de dificultades, sino como prevención de las mismas.

� Material didáctico complementario.

La utilización de materiales didácticos complementarios permite ajustar el proceso de enseñanza- aprendizaje a las diferencias individuales de los alumnos. De forma general, este tipo de material persigue cuatro objetivos:

o Consolidar contenidos cuya adquisición por parte de los alumnos supone una

mayor dificultad.

o Ampliar y profundizar en temas de especial relevancia para el desarrollo de la

materia.

o Practicar habilidades instrumentales ligadas a los contenidos de cada materia.

o Enriquecer el conocimiento de aquellos temas o aspectos sobre los que los

alumnos muestran curiosidad e interés.

Para los alumnos con dificultades se realizarán refuerzos educativos y se realizarán las adaptaciones curriculares necesarias para ayudar al alumno en su progreso educativo. Para ello se contará con el apoyo del profesorado en lengua inglesa. Se podrán realizar exámenes en castellano con los alumnos que presenten mayor dificultad.

6. CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES POR ASIGNATURAS

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6.1 Criterios de calificación

6.1.1 Inglés

La calificación final de cada trimestre se elaborará teniendo en cuenta: � La observación diaria de una actitud activa y participativa individual y en grupo, que

conlleva el disponer de su propio material en todas las clases y un comportamiento de respeto hacia los demás.

� La calificación de las pruebas objetivas orales y escritas. Con respecto a estas últimas, si se descubre a un alumno copiando, se le retirará el examen, no se corregirá esa prueba y se calificará con un 0.

� La presentación organizada y completa del Workbook, del cuaderno personal de notas (notebook) y de las actividades requeridas tanto dentro como fuera del aula: proyectos, redacciones y tareas diversas realizadas diariamente.

� Uso de la lengua inglesa en el aula.

La nota se calculará siguiendo los siguientes porcentajes: � 60% de la nota se obtiene de las pruebas objetivas escritas (exámenes y tests con carácter

acumulativo).

� 10% se obtiene de una prueba objetiva sobre el libro de lectura o “reader”. (En el tercer trimestre no hay lectura “reader” y el porcentaje de este apartado se sumará al de las pruebas objetivas, valiendo estas un 70%.)

� 20% se valorará el trabajo diario del alumno en clase y en casa, así como el

comportamiento, actitud, interés, la adecuada presentación del cuaderno de clase, redacciones, ejercicios, asistencia o cualquier otro trabajo que se pueda exigir al alumno.

� 10% pruebas orales

En lo que respecta a los alumnos de la Sección Bilingüe, se les aplicarán los mismos criterios de calificación que para el resto del alumnado, enfatizando el uso fluido de la lengua. En cuanto a los mínimos exigibles, el alumno habrá de obtener una calificación de 5 en total, sumando todos los porcentajes, para aprobar la asignatura. La recuperación de algún trimestre del año que el alumno está cursando, al tratarse de una evaluación continua, se realizará mediante pruebas de evaluación globalizadas, es decir, con acumulación de contenidos de unidades y evaluaciones anteriores, a fin de recuperar los contenidos pendientes de superación. Si el alumno no supera el área de inglés en junio, tendrá opción a realizar una prueba en septiembre, del 1 al 7, según consta en la ORDEN. EDU/362/2015 de 4 de mayo, en su artículo 32, apartado 8. En la prueba de septiembre, se evaluará las siguientes destrezas: grammar and vocabulary, reading, writing and listening/speaking, de manera equitativa. Al alumnado que no supere la materia en junio se le recomendará la realización de tareas durante el verano, sin embargo, no se tendrán en cuenta a la hora de calificar la prueba de septiembre. Para poder superar la materia, se exigiriá una calificación igual o superior a 5 en el examen.

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Recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores. Con el planteamiento que se presenta, el alumno con la asignatura pendiente tiene la oportunidad de repasar y ampliar los contenidos de una forma constante, con material suficiente tanto en su libro de texto como en el libro de ejercicios que lo acompaña. De todas formas, cada profesor se encargará de sus propios alumnos con el área pendiente supervisándoles su trabajo y con aquellas medidas que se crean pertinentes según las circunstancias. Los alumnos con el área de inglés pendiente de cursos anteriores recuperarán dicha área sólo si consiguen calificación positiva en las primera evaluación del presente curso. Será el profesor del presente curso quien realizará estas pruebas. Si, pese a disponer de estas oportunidades, el alumno no supera la materia, deberá presentarse obligatoriamente a un examen que englobe todos los contenidos del curso suspenso durante el mes de mayo. Los alumnos que no superen la materia podrán presentarse a una prueba extraordinaria en el mes de septiembre. Para poder superar la materia, se exigirá una calificación final al menos de 5.

6.1.2. Biología

Los conocimientos y aprendizajes necesarios para alcanzar una evaluación positiva son, en general los mismos que para los grupos no bilingües pero con la salvedad, de que deberán ser capaces de lograr esos aprendizajes, habilidades y destrezas (competencias básicas) más propios del área de Biología y geología, empleando la lengua inglesa como medio de comunicación. Por lo tanto vamos a tener en consideración los siguientes aspectos:

� La evaluación del área de Biología y geología se realizará en función de los conocimientos adquiridos de la materia.

� No se evalúa el conocimiento de la lengua inglesa. El objetivo de esta asignatura es la enseñanza de Biología y geología en inglés, no de evaluar el proceso de aprendizaje de la lengua inglesa, de la que se ocupa el Departamento de Inglés, aunque se valorará positivamente un uso adecuado y correcto de la lengua inglesa.

En cuanto a las pruebas objetivas escritas, de cada 3 temas uno (el impartido en inglés) se evaluará en inglés: se exigirán respuestas cortas, en las que el alumno deba producir frases sencillas en inglés, o bien tipo test. Los otros 2 temas se evaluarán en español. La nota final de cada evaluación se obtendrá según los siguientes criterios: 1º ESO

� La comprensión de los conceptos fundamentales de cada unidad didáctica representa el 70% de la nota final. Teniendo en cuenta los criterios de evaluación de cada unidad didáctica, se realizan pruebas escritas al final de cada una de ellas.

� El esfuerzo personal, evaluable con el cuaderno de clase, representa el 10% de la nota final. Se valorará si el cuaderno está completo, así como el orden y claridad en la elaboración de esquemas y resúmenes de los contenidos, respeto de los plazos de entrega y faltas de ortografía.

� El desarrollo de prácticas de laboratorio o experiencias científicas, trabajos de investigación, lecturas de divulgación, exposiciones orales, etc. supondrá un 10% de la nota final.

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� Comportamiento: 10%. Se valorará, la actitud de colaboración y trabajo en clase. Para ello la profesora anotará en forma de positivos o negativos dichas conductas.

3ºESO � La comprensión de los conceptos fundamentales de cada unidad didáctica representa

el 80% de la nota final. Teniendo en cuenta los criterios de evaluación de cada unidad didáctica, se realizan pruebas escritas al final de cada una de ellas.

� El esfuerzo personal, evaluable con el cuaderno de clase, representa el 10% de la nota final. Se valorará si el cuaderno está completo, así como el orden y claridad en la elaboración de esquemas y resúmenes de los contenidos, respeto de los plazos de entrega y faltas de ortografía.

� El desarrollo de prácticas de laboratorio o experiencias científicas, trabajos de investigación, lecturas de divulgación, exposiciones orales, etc. supondrá un 10% de la nota final.

Entendiéndose que para superar la materia tiene que alcanzar una calificación mínima de un cinco sobre diez en total y como mínimo tres sobre diez, en cada uno de los apartados anteriores. Se realizarán tres pruebas escritas de recuperación: una por cada evaluación al finalizar la evaluación correspondiente. La calificación final será la media de las tres evaluaciones, siempre que estas estén calificadas con una nota de cuatro o superior. SEPTIEMBRE Los alumnos que no superen la materia en el mes de junio dispondrán de una nueva oportunidad para superarla en el mes de septiembre. A dichos alumnos se les entregará con las notas de junio un cuadernillo de actividades (el 30% serán en inglés), que deberán completar durante el verano. Dicho cuadernillo deberán entregarlo en septiembre, el día que se les convoque para la prueba extraordinaria que se compondrá de cuestiones extraídas de dicho cuadernillo (el 30% serán en inglés). La calificación que los alumnos obtengan como resultado del proceso de evaluación se basará en los siguientes criterios: La valoración del cuadernillo de actividades supondrá el 40% de la calificación para lo que se valorará:

� La realización de todas las tareas encomendadas

� La correcta realización de los ejercicios

� El orden, la limpieza y la presentación

La prueba escrita, el 60% de la calificación. Entendiéndose que para superar la materia tiene que alcanzar una calificación mínima de un tres en cada uno de los apartados anteriores y el resultado de la media de ambos apartados (cuadernillo y examen) debe ser de un cinco. La realización de las pruebas escritas ordinarias y extraordinarias se atendrán a las siguientes normas:

• A aquellos alumnos que se les sorprenda copiando por cualquier método, se les suspenderá automáticamente dicha prueba.

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• Los alumnos que se presenten a la prueba con más de 5 minutos de retraso no podrán realizar ésta.

• En el caso de no presentarse a un examen, este solamente se realizará si el alumno presenta justificante médico.

6.1.3. Matemáticas

Los criterios de calificación deben estar en consonancia con los criterios y los procedimientos de evaluación y deberán ser conocidos por los alumnos al incio del curso escolar. Criterios de calificación de 1º y 2º E.S.O. Bilingüe: Las pruebas de carácter objetivo

80%

El cuaderno de clase, la observación directa del profesor y las preguntas orales

20%

Las pruebas de carácter objetivo se elaboran de tal manera que los alumnos que alcancen los estándares de aprendizaje evaluables básicos, obtengan una calificación igual o superior a 5. Se tendrán en cuenta los siguientes criterios de calificación:

• Cuaderno - Trabajo diario de clase. Deben figurar todas las actividades realizadas. - Las actividades de casa deben estar todas terminadas. - Todas las actividades, de casa y clase, deben de ser corregidas por el alumno en su

cuaderno.

• Controles escritos - Se valorará la presentación y la claridad. - La explicación del proceso seguido en cada pregunta se valorará más que el resultado. - Se realizarán al menos 2 controles por evaluación, pudiendo añadirse un control al final

del trimestre, según la valoración del profesor, con toda la materia impartida durante la evaluación, con un peso máximo de la tercera parte de la nota de controles escritos.

- Es obligatorio realizar todos los controles de cada evaluación, en caso contrario la calificación de ese control será de cero.

- Si el alumno falta no se le repetirá la prueba, salvo que traiga un justificante oficial. - También suspenderá la evaluación quien, sin permiso del profesor, utilice calculadora

durante un examen o control. - El alumno que copie o moleste a los compañeros durante la realización de una prueba

escrita perderá el derecho a realizar dicha prueba, obteniendo en ésta una calificación de cero.

- Las pruebas escritas se realizarán cuando el profesor lo considere necesario, con o sin conocimiento del alumno.

Se establecerán pruebas de recuperación, después de realizada la evaluación o al final del curso, para aquellos alumnos que no hayan superado una evaluación. El alumno realizará una prueba basada en los contenidos tratados durante la evaluación. La calificación que se considerará en dicha evaluación será la media aritmética de la nota obtenida en el examen de recuperación y un cinco. Para la calificación final del curso se considerarán los siguientes apartados:

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• Los alumnos que hayan aprobado todas las evaluaciones o bloques de contenidos tendrán aprobada la asignatura. La nota final del curso será la nota media de las tres evaluaciones • Los que hayan obtenido calificación negativa en una de las tres evaluaciones, tendrán derecho a realizar la recuperación de esa evaluación y si la calificación es negativa en dos o tres evaluaciones a realizar una prueba final de toda la asignatura • La calificación de la recuperación de las evaluaciones, o examen final dará lugar a una calificación que determinará si el alumno aprueba o no la asignatura en junio. • Los alumnos que hayan suspendido alguna evaluación o bloque de contenidos y no se presenten a la recuperación o al examen final tendrán suspensa la materia en junio. • En septiembre se realizará un examen de toda la materia dada durante el curso a los alumnos que hayan suspendido la asignatura en junio. En el examen de septiembre solo se tendrá en cuenta la nota obtenida en el examen, por lo que el 100 % de la nota será mediante una prueba de carácter objetivo. Nota que deberá ser mayor o igual que 5 para superar la signatura. • Importante: en la evaluación extraordinaria, puesto que se trata de un examen de mínimos, no se incluirán preguntas en inglés. • Es condición necesaria para aprobar la asignatura, tanto en junio como en septiembre, no tener suspensa la de cursos anteriores.

Evaluación de los alumnos con la asignatura pendiente Los alumnos de E.S.O con las Matemáticas pendientes del curso anterior podrán recuperar la asignatura de acuerdo con los siguientes criterios:

• La asignatura se dividirá en dos partes, que se evaluarán mediante la realización de dos pruebas parciales escritas (exámenes) que se harán en enero y mayo, cuyos contenidos se adecuarán a la materia impartida durante el curso anterior. Los alumnos que en la prueba de enero obtengan una nota superior a 4, en mayo se examinarán del resto de los contenidos del curso. Quienes no superen el 4 en la primera prueba parcial, deberán examinarse en mayo de todos los contenidos del curso anterior.

• Para superar la asignatura se exigirá una nota mínima de 4 en cada una de las partes y que la nota media de ambas sea igual o superior a 5.

• Los alumnos que no superen la asignatura en la convocatoria ordinaria de junio tendrán la oportunidad de presentarse a la convocatoria extraordinaria de septiembre.

• Un alumno que no recupere la asignatura pendiente en ningún caso podrá aprobar la correspondiente asignatura del curso en el cual está matriculado.

6.1.4. Educación Física

Los instrumentos de evaluación y calificación a utilizar, son:

� Realización de test de condición física tras su entrenamiento durante dos meses.

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� Montajes finales grupales: Estarán vinculadas principalmente a los montajes finales que se realizarán en algunas de las unidades didácticas. Se trata de elaborar un trabajo en grupo al final de la unidad didáctica que recoja todos los aspectos tratados en la misma.

� Grabaciones en video que se utilizarán en algunos de los montajes como evaluación formativa

� Reflexiones escritas individuales. Las cuales se solicitan a los alumnos para conocer sus sensaciones, impresiones, aprendizajes, reflexiones, comentarios.

� Heteroevaluación

� Coevaluaciones intergrupales e intragrupales

� Autoevaluaciones individuales y grupales

� Reflexiones finales al principio y final de las sesiones. En la gran mayoría de las sesiones, los alumnos se reunirán con el profesor para comentar lo acontecido en la sesión.

� Trabajos: para valorar los contenidos conceptuales y procedimentales. Se tendrá en cuenta la presentación, caligrafía, ortografía y sintaxis. Incluimos el diario de trabajo y el trabajo de TICs.

La calificación será:

* 70% los contenidos prácticos

*20% los contenidos conceptuales y diario

*10% la actitud.

Prueba extraordinaria de septiembre Los alumnos que no obtengan una calificación positiva en la evaluación final, tendrán la opción de recuperarla en la convocatoria de septiembre de la siguiente forma: – Con la realización de una prueba teórico práctica sobre aspectos trabajados durante el curso. No obstante, en junio se dará al alumno o alumna suspenso un plan de trabajo personalizado de cara a conseguir el éxito en la recuperación de septiembre.

6.1.5. Tecnologías de la Información y la Comunicac ión

La calificación final de cada trimestre se elaborará teniendo en cuenta: CRITERIO Descripción Porcentaje

Pruebas objetivas presenciales Exámenes escritos o

informáticos. Este criterio

estará sometido a flexibilidad y

necesidades concretas. Cuando

haya varias pruebas, se

realizará la media aritmética.

20%

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Trabajos, proyectos y tareas Proyectos, prácticas realizadas

en el aula de informática,

exposición oral y presentación

de informes. Expresión oral y

escrita.

60%

(En caso de no realizar pruebas

objetivas, el porcentaje

asignado a este apartado será

del 80%)

Observación directa Actitud y comportamiento

diario, presentación del

material escolar diario, plazos

de entrega, corrección en los

procedimientos, en las

respuestas e iniciativa y

responsabilidad.

Comportamiento...

20%

- Será condición necesaria pero no suficiente para aprobar la asignatura la presentación de las memorias y/o trabajos. - Si algún alumno fuese sorprendido copiando durante una prueba escrita, la calificación en dicha prueba será la mínima (cero). La calificación final de junio: Para aprobar el curso en junio será suficiente que la media aritmética de las notas de las tres evaluaciones sea como mínimo de cinco puntos. Ahora bien, para tener en cuenta dicho criterio, es condición necesaria no tener una calificación inferior a los cuatro puntos en ninguna de las evaluaciones. En caso contrario, el alumno o alumna deberá presentarse a la recuperación de junio. En el caso de que algún alumno no pudiese presentarse a las evaluaciones por causas justificadas, pasaría directamente a ser evaluado en las pruebas de junio de recuperaciones. No obstante, el Departamento podrá considerar casos especiales. RECUPERACIÓN: Se realizarán recuperaciones de cada evaluación, para superar la evaluación suspensa el alumno tendrá que realizar las prácticas y/o trabajos que se le indique y entregarlos antes de la fecha fijada por el profesor. Los alumnos que tengan alguna evaluación con una nota inferior a 4 y aquellos cuya media aritmética de las notas de las tres evaluaciones se inferior a 5, para recuperar la asignatura tendrán que entregar las prácticas y/o trabajos que se les indique en la fecha que se fije y la calificación de junio corresponderá a la evaluación de dichas prácticas y trabajos. SEPTIEMBRE Los alumnos que no superen la materia en el mes de junio dispondrán de una nueva oportunidad para superarla en el mes de septiembre. Dichos alumnos tendrán que entregar las prácticas y trabajos que se les indique en la fecha que se fije en septiembre, la calificación de septiembre corresponderá a la evaluación de dichas prácticas y trabajos.

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12.- Reglamento de Régimen Interior 13.- Plan de Convivencia.

Tanto el Reglamento de Régimen Interior, como el Plan de Convivencia, atienden a lo dispuesto en el DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de castilla y León y al DECRETO 23/2014 de 12 de junio que modifica algunos puntos del DECRETO 51/2007.

Ambos favorecen un adecuado clima de trabajo y respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa.

Se adjuntan a este proyecto educativo de centro después de ser elaborado por el Equipo Directivo y aprobados por la Dirección del Centro, teniendo en cuenta propuestas del Claustro y Consejo Escolar, como Anexo II y Anexo III respectivamente.

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A N E X O I I .

REGLAMENTO

DE

RÉGIMEN INTERIOR

I.E.S.O. MONTAÑA PALENTINA

CURSO 2019-2020

CERVERA DE PISUERGA

(PALENCIA)

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135

ÍNDICE

PREÁMBULO

FUNDAMENTO LEGISLATIVO

TÍTULO PRIMERO. DE LOS PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERA LES

Artículo 1. Principios y fines TÍTULO SEGUNDO. ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO

CAPÍTULO I: ÓRGANOS COLEGIADOS Artículo 2. Consejo Escolar Artículo 3. El Claustro CAPÍTULO II: ÓRGANOS UNIPERSONALES Artículo 4. El Equipo Directivo Artículo 5. El Director Artículo 6. El Jefe Estudios. Coordinador de Convivencia Artículo 7. El Secretario

TÍTULO TERCERO. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Artículo 9. La Comisión de Coordinación Pedagógica Artículo 10. Los Departamentos Didácticos Artículo 11. La Junta de Profesores de Grupo Artículo 12. El Departamento de Orientación

Artículo 13. El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares Artículo 14. El Profesor Tutor Artículo 15. Otros Órganos de Coordinación Pedagógica Artículo 16. El Profesor de Guardia

TÍTULO CUARTO. LA PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS Artículo 17. Cauces de participación Artículo 18. El Delegado de Grupo Artículo 19. La Junta de Delegados Artículo 20. Asociaciones de Alumnos

TÍTULO QUINTO. EL PROCESO EDUCATIVO CAPÍTULO I. AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Artículo 21. El Proyecto Educativo de Centro Artículo 22. Programación General Anual CAPÍTULO II. LA ACTIVIDAD DOCENTE Artículo 23. El Profesor y la Actividad Docente Artículo 24. La Actividad Docente en el Aula Artículo 25. La Actividad Docente fuera del Aula CAPÍTULO III. LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES Artículo 26. Las Actividades Complementarias y Extraescolares

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TÍTULO SEXTO. RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO Artículo 27. Dotación del centro Artículo 28. El Centro. Material general y específico Artículo 29. El Aula de Grupo Artículo 30. La Biblioteca Artículo 31. Aulas de Informática

TÍTULO SÉPTIMO. LA RESIDENCIA Artículo 32. Marco legal y Funcionamiento Artículo 33. Personal Laboral Artículo 34. Ausencias, vacaciones, permisos y licencias del Personal Laboral Artículo 35. Funciones del Personal Laboral Artículo 36. Faltas y Sanciones NORMAS DE USO DEL COMEDOR ESCOLAR.

TÍTULO OCTAVO. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD ESCOLAR CAPÍTULO I. LOS PROFESORES Artículo 37-38. Los profesores Artículo 39. Derechos de los profesores Artículo 40. Deberes de los profesores Artículo 41-45. Ausencias del profesorado CAPÍTULO II. LOS PADRES DE ALUMNOS Artículo 46. Participación de las familias en el proceso educativo Artículo 47. Los Derechos de los Padres de Alumnos. Artículo 48. Los Deberes de los Padres de Alumnos CAPÍTULO III. DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Artículo 49-51. Personal de Administración y servicios. Derechos y funciones CAPÍTULO IV. LOS ALUMNOS Artículo 52. Principios generales Artículo 53-57. Derechos de los alumnos Artículo 58-62. Deberes de los alumnos

TÍTULO NOVENO. NORMAS DE CONVIVENCIA CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 63-68. Disposiciones generales CAPÍTULO II. ACTUACIONES INMEDIATAS Artículo 69. Actuaciones inmediatas Artículo 70. Competencia. Procedimientos de actuación. Sistema de registro CAPÍTULO III. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

Artículo 71. Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro Artículo 72. Medidas de corrección Artículo 73. Competencia Artículo 74. Régimen de prescripción CAPÍTULO IV. MEDIACIÓN Y PROCESOS DE ACUERDO REEDUCATIVO Artículo 75. Disposiciones comunes. La mediación escolar Artículo 76. Definición y objetivos Artículo 77. Aspectos básicos para su puesta en práctica

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Artículo 78. Finalización de la mediación. Procesos de acuerdo reeducativo Artículo 79. Definición y objetivos Artículo 80. Aspectos básicos Artículo 81. Desarrollo y seguimiento

CAPÍTULO V. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA

CONVIVENCIA DEL CENTRO

Artículo 82. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro Artículo 83. Sanciones Artículo 84. Incoación del expediente sancionador Artículo 85. Medidas cautelares Artículo 86. Instrucción Artículo 87. Resolución TÍTULO NOVENO. CAPÍTULO VI: PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN EN S UPUESTOS DE POSIBLE ACOSO ESCOLAR. CAPÍTULO VII: PROTOCOLO DE ACTUACIONES EN CASO DE A GRESIONES AL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE .

REVISIÓN Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTER IOR COLABORACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COM UNIDAD EDUCATIVA

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PREÁMBULO

El Instituto de Enseñanza Secundaria Obligatoria de Cervera de Pisuerga (Palencia) fue creado por el REAL DECRETO 1243/1998, de 12 de junio y publicado en el BOE del 7 de julio de 1998 que también hace referencia a la Residencia de Estudiantes.

Es, por tanto, en el curso 1998/99 cuando inicia su andadura el nuevo centro. Su puesta en funcionamiento lleva consigo la necesidad de elaborar y aprobar un Reglamento de Régimen Interior con el fin de regular las actuaciones de todos los miembros de la comunidad educativa. Un Reglamento que contemple la estructura organizativa del centro, un marco que determine los derechos y deberes y que garantice las actividades en un clima de tolerancia y respeto mutuos entre todas las personas implicadas en la educación.

El Reglamento de Régimen Interior del I.E.S.O. Montaña Palentina se crea a partir de la siguiente legislación y de los siguientes documentos consultados:

Leyes Orgánicas: - Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (L.O.D.E.). - Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). - Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) Decretos: - Real Decreto 83/1996 de 26 de enero, de Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. - Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. - Decreto 23/2014 de 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. Órdenes: - Orden de 29 de junio de 1994 de Instrucciones por las que se regulan la Organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria. - Orden Ministerial de 29 de febrero de 1996 por la que se modifican las Órdenes de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y colegios de Educación Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria. - Orden EDU/1921/2007 de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros escolares de castilla y León. _ Orden EDU /362/2015, de 4 de mayo, que establece el currículo y regula la implantación, evaluación y desarrollo de la ESO en Castilla y León. .

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TÍTULO PRIMERO: DE LOS PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES Artículo 1. PRINCIPIOS Y FINES De acuerdo con el art. 27 de la Constitución y los artículos 1 y 2 de la LOE. 1.1. Los principios del I.E.S.O Montaña Palentina son: Principios

1.1.1. La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. (Artículo 1, b, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) 1.1.2. La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación. (Artículo 1, c, LOE)

1.1.3. La flexibilidad para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado. (art. 1, e, LOE)

1.1.4. La orientación educativa y profesional de los estudiantes. (art. 1, f, LOE) 1.1.5. La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y

funcionamiento de los centros docentes. (art. 1, j, LOE) 1.1.6. La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de

los mismos. (art. 1, k, LOE) 1.1.7. El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la

igualdad efectiva entre hombres y mujeres. (art. 1, l, LOE) 1.1.8. La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la

educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea. (art. 1, m, LOE) 1.1.9. La igualdad de oportunidades en el mundo rural. (art. 82, 1, LOE)

1.2. Los fines del I.E.S.O Montaña Palentina son: Fines

1.2.1. El pleno desarrollo de la personalidad del alumno. (art. 2, a, LOE) 1.2.2. La educación en la responsabilidad individual y esfuerzo personal. (art. 2, d,

LOE) 1.2.3. La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de

conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos. (art. 2, h, LOE) 1.2.4. La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la

igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad. (art. 2, b, LOE)

1.2.5. La educación en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. (art. 2, c, LOE) Formar para la convivencia, prevenir las conductas problemáticas e intervenir ante los conflictos

1.2.6. La educación que logre un hábito de lectura en el alumnado, potenciando su capacidad de comprensión lectora y desarrollando habilidades de lectura, escritura y expresión oral.

1.2.7. La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. (art. 2, i, LOE) 1.2.8. La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.

(art. 2, g, LOE)

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1.2.9. La preparación para participar activamente en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable. (art. 2, k, LOE)

1.2.10. La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos. (art. 2, e, LOE)

1.2.11. La atención específica al alumnado con necesidades educativas por su integración tardía en el sistema educativo español. (art. 79, LOE) Participación TÍTULO SEGUNDO: ÓRGANOS DE GOBIERNO. CAPÍTULO I: Órganos Colegiados Artículo 2. EL CONSEJO ESCOLAR El Consejo Escolar es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. Componentes 2.1. El Consejo Escolar, cuya composición queda regulada en la Ley Orgánica de Educación 2/2006 artículo 126 y por el real Decreto 83/1996, Capítulo II, artículo 7, está integrado por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, cinco profesores elegidos por el Claustro, dos padres (uno de los cuales será designado por la asociación de padres y madres más representativa del centro), tres alumnos, un representante del Personal de Administración y Servicios, elegidos entre y por ellos, un Concejal o representante del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, y el Secretario del Centro con voz, pero sin voto, que actuará como Secretario del Consejo. Una persona que fomente la igualdad entre sexos asociaciones 2.2. Los representantes de padres, alumnos, profesores y personal no docente serán elegidos durante el primer trimestre del curso académico y su mandato se renovará por mitades cada dos años. El proceso de elección está recogido en el R.D. 83/1996. Sustitución de los miembros del Consejo

2.2.1. Cuando se produzca baja en alguno de los miembros del Consejo Escolar se procederá a ser sustituido por el miembro más votado. Situaciones en que se producirá una

2.2.2. En el sector del profesorado se producirá una vacante en las siguientes circunstancias:

a) Traslado de Centro b) Baja médica indefinida de todo un curso. c) Comisiones de servicio d) Licencia por estudios e) Renuncia motivada aceptada por el Consejo Escolar. f) Baja en el Centro 2.2.3. En los sectores de padres y de alumnos, se producirá una vacante en las

siguientes circunstancias: a) Baja en el Centro b) Renuncia motivada aceptada por el Consejo Escolar.

Competencias o tareas 2.3. Corresponde al Consejo Escolar lo recogido en el artículo 19 del Decreto 51/2007 de 17 de mayo, modificado por el Decreto 23/2014 de 12 de junio, quedando en los siguientes términos:

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a) Evaluar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el reglamento de régimen interior y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia, especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia.

b) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.

c) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la violencia de género. Temporalidad y convocatoria de las reuniones 2.4 El Consejo Escolar del Centro se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo convoque su Presidente, o lo solicite al menos un tercio de sus miembros. Su convocatoria corresponde al Director, el cual enviará el orden del día y la documentación necesaria a los consejeros con una antelación mínima. Posibilidad de reuniones previas o posteriores al Consejo de los colectivos 2.5. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple, salvo en determinados casos donde se tomarán por mayoría absoluta (aprobación del presupuesto).Derecho de informar a la comunidad educativa 2.6. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a informar los acuerdos del Consejo Escolar. Comisiones del Consejo Escolar 2.7. Dentro del Consejo Escolar existirán de forma preceptiva la Comisión de Convivencia y la Comisión Económica.

2.7.1. Comisión de convivencia. Será presidida por la Directora y formará parte de ella la Jefa de Estudios, y dos profesores, dos padres y dos alumnos del Consejo escolar. Tendrá como función básica resolver y mediar en los conflictos planteados y canalizar las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes, y garantizar la aplicación correcta del Decreto 51/2007 de 17 de mayo teniendo en cuenta las modificaciones del Decreto 23/2014 de 12 de junio. Tendrá carácter informativo y consultivo. Si el Coordinador de Convivencia no pertenece el consejo, acudirá a las reuniones de esta comisión con voz pero sin voto. La comisión informará al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las actuaciones realizadas y hará propuestas que considere oportunas para la mejora de la convivencia del centro. La Comisión se reunirá una vez al trimestre y siempre que sea necesario para analizar y valorar la convivencia en el Centro, así como proponer actuaciones concretas. De cada reunión, levantará acta el Coordinador de convivencia, que actuará como secretario.

2.7.2. Comisión económica. Será presidida por la Directora y formará parte de ella el Secretario, que levantará acta, un profesor y un padre del Consejo Escolar. La Comisión se reunirá una vez al trimestre y siempre que sea necesario para analizar aspectos económicos del Centro. Informará al Consejo Escolar de sus actuaciones y propuestas.

Artículo 3.- EL CLAUSTRO Es el órgano propio de participación de los profesores en el Instituto y es el responsable de los aspectos docentes del Instituto. Componentes

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3.1. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el Instituto. Concias o tareas 3.2. Son competencias del Claustro:

a) Formular propuestas dirigidas al equipo directivo y al Consejo Escolar para la elaboración de la Programación General Anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la Programación General Anual.

c) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

d) Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la LOMCE.

e) Conocer las candidaturas a la Dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

f) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Analizar y evaluar los aspectos docentes del proyecto Educativo y la Programación General Anual.

i) Participar en la planificación de la formación del profesorado del Instituto j) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el

calendario de exámenes o de pruebas extraordinarias. k) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del Instituto a

través de los resultados de las evaluaciones y cuantos otros medios se consideren adecuados. l) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia del centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración del Plan de Convivencia, que anualmente aprueba el Director.

m) Informar de las normas de organización y funcionamiento del centro.

n) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar porque éstas se atengan a la normativa vigente.

ñ) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

3.3. El Claustro de Profesores se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Asimismo, podrán incluirse determinados puntos en el “Orden del Día” a solicitud de un tercio, al menos, de sus integrantes. Será preceptiva una sesión del Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. Asistencia obligatoria para el profesorado 3.4. La asistencia al Claustro de Profesores es obligatoria para todos sus miembros. Convocatoria 3.5. La convocatoria del Claustro de profesores corresponderá al Director del Centro, que deberá acordarla con cuarenta y ocho horas de antelación. Se acompañará orden del día. Excepcionalmente, y con carácter de urgencia, se podrán convocar reuniones con veinticuatro horas de antelación. En estos casos el Orden del Día será de punto único. Criterios de votación y porcentaje para los acuerdos

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3.5. Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple y decidirá los empates el voto de calidad del Presidente. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del Órgano Colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. Condiciones mínimas para la celebración de un Claustro 3.6. El “Quórum” necesario para comenzar la reunión será de la mitad más uno de los miembros del Claustro. De no haber Quórum se repetirá la convocatoria veinticuatro horas después comenzando la reunión aun sin el número de profesores antes exigidos. Una vez iniciado el Claustro éste terminará cuando se agoten los puntos del Orden del Día, siendo todas las decisiones válidas aunque estén presentes menos de la mitad de los profesores.

CAPÍTULO II: Órganos Unipersonales

Artículo 4. EL EQUIPO DIRECTIVO Definición 4.1. Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo. Trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones. El mandato de los mismos será de 4 años. 4.2. El Equipo Directivo tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el buen funcionamiento del Instituto. b) Estudiar y presentar al Claustro y Consejo Escolar las propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del Centro. c) Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del Centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento. d) Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia en el Centro. e) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro en el ámbito de sus respectivas competencias. f) Establecer los criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto. g) Elaborar la propuesta de proyecto educativo del Centro, la programación general anual y la memoria final de curso. h) Aquellas otras funciones que delegue en él el Consejo Escolar, en el ámbito de su competencia. i) Fomentar la convivencia escolar, e impulsar cuantas actividades estén previstas en el Plan de Convivencia del centro.e algún miembro delctivo

Artículo 5. EL DIRECTOR Elección del Director y porcentajes para dicha elección 5.1 La selección de director queda modificada por la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de

diciembre, para la mejora de la calidad educativa, mediante el apartado 82 que modifica el artículo 133 de la Ley Orgánica de Educación 2/2006.

La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro. Competencias del Director 5.2. Son competencias del Director:

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a) Ostentar la representación del Instituto y representar oficialmente a la Administración educativa en el Instituto, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. c) Dirigir y coordinar todas las actividades del Instituto, de acuerdo con las

disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno.

d) Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del Centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Dirección Provincial que se establezcan al efecto.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Instituto y controlar la asistencia al trabajo. Aplicar el régimen disciplinario de todo el personal adscrito al Instituto, así como realizar la propuesta, cuando corresponda, de incoación de expedientes.

f) Mantener las relaciones administrativas con la Dirección Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.

g) Gestionar los medios materiales del Instituto. h) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Instituto y ordenar los

pagos. i) Visar las certificaciones y documentos oficiales del Instituto. j) Designar y proponer el cese de los restantes miembros del Equipo Directivo,

así como designar y cesar a los jefes de departamento y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento Orgánico de los Institutos.

k) Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los acuerdos de los órganos colegiados. l) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad

escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios.

m) Elaborar, con el resto del Equipo Directivo, la propuesta del Proyecto Educativo del Centro y aprobarlo y de la Programación General Anual del Instituto, que será aprobada por el Equipo Directivo, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar del mismo y con las propuestas formuladas por el Claustro y, asimismo, velar por su correcta aplicación.

n) Convocar y presidir los actos académicos, el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de Coordinación Pedagógica del Instituto.

o) Elevar al Director Provincial la Memoria Anual sobre las actividades y situación general del Instituto.

p) Promover las relaciones con los Centros de trabajo que afecten a la formación de los alumnos y su inserción profesional, y firmar los convenios de colaboración, una vez informados por el Consejo Escolar, entre el Instituto y los mencionados Centros.

q) Facilitar la información sobre la vida del Instituto a los distintos sectores de la comunidad escolar.

r) Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del Instituto y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo. s) Favorecer la convivencia del centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que corresponden a los alumnos y alumnas, sin perjuicio de las atribuidas al consejo escolar en el artículo 19 de este decreto y aprobar el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se contemplen en el reglamento de régimen interior.

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t) Imponer medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, que podrá delegar en el Jefe de Estudios, en el tutor docente del alumno o en la comisión de convivencia, en su caso. u) Garantizar el ejercicio de mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos. v) Incoar expedientes sancionadores e imponer las sanciones que corresponden. x) Velar el cumplimiento de las medidas sancionadoras en sus justos términos.

y) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Artículo 6. EL JEFE DE ESTUDIOS Elección del Jefe de Estudios 6.1. El Jefe de Estudios es designado por el Director. Competencias del Jefe de Estudios 6.2. Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad. c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y

complementarias de profesores y alumnos, en relación con el Proyecto Educativo del Instituto y la programación General Anual y, además, velar por su ejecución.

d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General Anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

e) Coordinar las actividades de los Jefes de Departamento. f) Coordinar y dirigir la acción de los Tutores, con la colaboración, en su caso, del

Departamento de Orientación y de acuerdo con el Plan de Orientación académica y profesional y del Plan de Acción Tutorial.

g) Coordinar con el responsable de formación las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el Instituto.

h) Organizar los actos académicos. i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,

especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización y apoyando el trabajo de la Junta de Delegados.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo.

k) Favorecer la convivencia en el Instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en este Reglamento de Régimen Interior y los criterios fijados por el Consejo Escolar.

l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro de su ámbito de competencia.

m) Asistir a las sesiones de Evaluación. n) Coordinar y dirigir las actuaciones del Coordinador de Convivencia, de los tutores

y de los profesores, establecidas en el Plan de Convivencia.

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o) Imponer y garantizar, por delegación del director, las medidas de corrección y el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a cabo en el centro.

6.3. Coordinador de Convivencia. Tendrá las siguientes funciones:

a) Coordinar, en colaboración con el jefe de estudios, el desarrollo del plan de convivencia del centro y participar en su seguimiento y evaluación. b) Participar en al elaboración y aplicación del plan de acción tutorial en coordinación con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica o con el departamento de orientación del centro, en lo referente al desarrollo de la competencia social del alumnado y la prevención y resolución de conflictos entre iguales. c) Participar en las actuaciones de mediación, como modelo para la resolución de conflictos en el centro escolar, en colaboración con el jefe de estudios y el tutor. d) Participar en al comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo individual o colectivo y promover la cooperación educativa entre el profesorado y las familias. e) Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación entre iguales. f) Aquellas otras que aparezcan en el plan de convivencia del centro o que le sean encomendadas por el equipo directivo del centro encaminadas a favorecer la convivencia escolar. g) Participar en las reuniones trimestrales de la Junta de Delegados y de la Comisión de Convivencia.

Artículo 7. EL SECRETARIO Elección del Secretario 7.1. El Secretario es designado por el Director. Competencias del Secretario 7.2. Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del Instituto, de conformidad con las directrices del Director.

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.

c) Custodiar los libros y archivos del Instituto. d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e) Realizar el inventario general del Instituto y mantenerlo actualizado. f) Custodiar y coordinar la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y

del resto del material didáctico g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de

administración y servicios adscrito al Instituto. h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Instituto. i) Ordenar el régimen económico del Instituto, de conformidad con las instrucciones

del Director y realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. j) Velar por el mantenimiento material del Instituto en todos sus aspectos, de acuerdo

con las indicaciones del Director. k) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la

programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo. l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de

competencia.

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TÍTULO TERCERO: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE a) Departamento de Orientación y Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares. b) Departamentos Didácticos: Artes Plásticas, Educación Física y Deportiva, Física y Química, Geografía e Historia, Inglés, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Música, Ciencias Naturales, Francés y Tecnología. c) Comisión de Coordinación Pedagógica. d) Tutores y Juntas de Profesores de Grupo. Artículo 9. LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Componentes de la C.C.P. 9.1. En el I.E.S.O. Montaña Palentina existirá una Comisión de Coordinación Pedagógica, que estará integrada, por el Director, que será su Presidente, el Jefe de Estudios y los Jefes de Departamento. Actuará como Secretario el Jefe de Departamento de menor edad. Éste convocará las sesiones en nombre de la Directora y levantará Acta de ellas. Funciones de la C.C.P. 9.2. La Comisión de Coordinación Pedagógica tendrá las siguientes competencias:

a) Asegurar su coherencia de las programaciones didácticas con el Proyecto Educativo del Instituto.

b) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones didácticas de los Departamentos, del Plan de Orientación Académica y Profesional y del Plan de Acción tutorial.

c) Proponer al Claustro de Profesores el plan para evaluar los aspectos docentes del Proyecto Educativo y la Programación General Anual, la evolución del rendimiento escolar del Instituto y el proceso de enseñanza.

d) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del Instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los Órganos de Gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

e) La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas, antes del comienzo de la elaboración de dichas programaciones.

f) Durante el mes de septiembre y antes del inicio de las actividades lectivas, la Comisión de Coordinación Pedagógica propondrá al Claustro de Profesores, de acuerdo con la Jefatura de Estudios, la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación de los alumnos, así como el calendario de los exámenes o de pruebas extraordinarias, para su aprobación. Temporalidad 9.3. La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá como mínimo una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias. El orden del día de dichas reuniones será conocido por todos sus miembros al menos cuarenta y ocho horas antes de la celebración de tales sesiones.

Artículo 10. LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

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10.1. Los Departamentos Didácticos son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tengan asignados, y las actividades que se les encomienden, dentro del ámbito de sus competencias. Componentes de los departamentos didácticos 10.2. A cada Departamento Didáctico pertenecerán los profesores de la especialidad que impartan las enseñanzas propias de las áreas, materias asignadas al Departamento. Estarán adscritos a un Departamento los profesores que, aun perteneciendo a otro, impartan algún área o materia del primero. Aquellos profesores que posean más de una especialidad pertenecerán al Departamento al que corresponda la plaza que ocupan, por concurso de traslado o por cualquier otro procedimiento, con independencia de que, en su caso, pudieran estar adscritos a otros Departamentos en los términos arriba indicados. 10.3. Cuando en un Departamento se integren profesores de más de una de las especialidades establecidas, la programación e impartición de las áreas o materias corresponderá a los profesores respectivos. 10.4. Cuando en un Centro se impartan materias que no están asignadas a un Departamento, o pueden ser impartidas por profesores de distintos Departamentos y la prioridad de su atribución no esté establecida por la normativa vigente, el Director, a propuesta de la Comisión de Coordinación Pedagógica, adscribirá dichas enseñanzas a uno de dichos Departamentos. Este Departamento será el responsable de resolver todas las cuestiones pertinentes a la materia asignada, tal como establece el artículo siguiente de este Reglamento Funciones de los Departamentos Didácticos. 10.5.Son competencias de los Departamentos Didácticos:

a) Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del proyecto Educativo del Instituto y la Programación General Anual.

b) Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la Programación Didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas o materias integrados en el Departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica. La Programación Didáctica incluirá, los aspectos señalados en el artículo 9 de la Orden EDU/1046/2007, de 12 de Junio.

c) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

d) Mantener actualizada la metodología didáctica. e) Colaborar con el Departamento de Orientación bajo la dirección del Jefe de

Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación.

f) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el Departamento correspondiente.

g) Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los alumnos formulen al Departamento y dictar los informes pertinentes.

h) Elaborar, al final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.

i) Proponer materias optativas dependientes del Departamento, que serán impartidas por los profesores del mismo.

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Elección del Jefe de Departamento 10.6. En todos los Departamentos habrá un Jefe de Departamento designado por el Director oído el Departamento. Funciones del Jefe de Departamento 10.7. Son competencias del Jefe del Departamento Didáctico:

a) Coordinar la elaboración de la programación didáctica de las áreas o materias que se integran en el Departamento y la memoria final de curso, así como redactar ambas.

b) Dirigir y coordinar las actividades académicas del Departamento. c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del Departamento y las que, con

carácter extraordinario, fuera preciso celebrar. d) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a la programación,

con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación. e) Velar por el cumplimiento de la Programación Didáctica del Departamento y la

correcta aplicación de los criterios de evaluación. f) Resolver reclamaciones de final de curso que afecten a su Departamento, de

acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes. g) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el

equipamiento específico asignado al Departamento, y velar por su mantenimiento. h) Promover la evaluación de la práctica docente de su Departamento y de los

distintos proyectos y actividades del mismo. i) Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las actividades del

Instituto, promuevan los Órganos de Gobierno del mismo o la Administración Educativa. Temporalidad de las reuniones 10.8. Los Departamentos celebrarán reuniones semanales que serán de obligada asistencia para todos sus miembros. Al menos una vez al mes, las reuniones de los Departamentos tendrán por objeto evaluar el desarrollo de la programación didáctica y establecer las medidas correctoras que esa evaluación aconseje. Lo tratado en estas reuniones será recogido en las actas correspondientes redactadas por el Jefe del Departamento. Los Jefes de los Departamento Unipersonales evaluarán el desarrollo de la programación didáctica y establecerán las modificaciones oportunas, todo lo cual será recogido en un informe mensual. 10.9. Para hacer posible el cumplimiento de estas tareas y facilitar las reuniones periódicas entre los componentes de un mismo Departamento, los Jefes de Estudio, al confeccionar los horarios, reservarán una hora complementaria a la semana en la que los miembros de un mismo Departamento queden libres de otras actividades. Esta hora figurará en los respectivos horarios individuales. 10.10. Al final del curso, los Departamentos recogerán en una memoria la evaluación del desarrollo de la programación didáctica y los resultados obtenidos. La memoria redactada por el Jefe de Departamento será entregada al Director antes del 30 de junio, y será tenida en cuenta en la elaboración y, en su caso, en la revisión de la programación del curso siguiente. Artículo 11. LA JUNTA DE PROFESORES DE GRUPO Componentes 11.1. Las Juntas de Profesores estarán formados por los profesores de cada grupo de alumnos presididos por el Tutor del Grupo. Funciones 11.2. Las Juntas de Profesores se encargarán de la Evaluación del grupo, incluida la evaluación inicial, y cuando se reúnan para ello se constituirán en Junta de Evaluación. Su

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actuación será de forma colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del proceso. En cualquier caso, las Juntas de Profesores deberán realizar, al menos, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso. En ellas analizarán especialmente los casos de alumnos con dificultades de aprendizaje o de actitud negativa y procurarán los medios para su solución. En ellas también procurarán la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje. 11.3. Los miembros de las Juntas de Profesores comunicarán al Tutor cuantas incidencias pudieran surgir entre los alumnos y profesores de dicho grupo, así como aquellas que se estime oportuno comunicar a los padres. 11.4. Las Juntas de Profesores contarán con el asesoramiento del Departamento de Orientación. 11.5. Las Juntas de Profesores informarán a Jefatura de Estudios de las incidencias relevantes que ocurran y de las decisiones que tomen. 11.6. Las reuniones de las Juntas de Profesores las convocará Jefatura de Estudios oído el Tutor y se procurará que sea en un horario en el que puedan asistir todos los miembros.

El profesorado de los centros sostenidos con fondos públicos, en el ejercicio de las funciones de gobierno, docentes, educativas y disciplinarias que tenga atribuidas, tendrá la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.

En el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos constatados por el profesorado y miembros del equipo directivo de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad “iuris tantum” o salvo prueba en contrario, cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan ser señaladas o aportadas. La dirección del centro docente comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal y a la Dirección Provincial de Educación correspondiente, cualquier incidencia relativa a la convivencia escolar que pudiera ser constitutiva de delito o falta, sin perjuicio de que se adopten las medidas cautelares oportunas

Artículo 12. EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN 12.1. El Departamento de Orientación es el espacio institucional en el que se articulan las funciones de orientación y tutorías así como también las de una oferta curricular adaptada. Componentes 12.2. El Departamento de Orientación estará constituido por un especialista en Psicología o Pedagogía, un profesor especialista en el ámbito científico-técnico, un profesor especialista en el ámbito social y lingüístico y un profesor especialista en Pedagogía Terapéutica y el profesorado del programa de compensatoria e inmersión lingüística. Funciones 12.3. Son funciones del Departamento de Orientación:

a) Formular propuestas al Equipo Directivo y al Claustro relativas a la elaboración o modificación del Proyecto Educativo del Instituto y la Programación General Anual.

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b) Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial, y elevarlas a la Comisión de Coordinación Pedagógica para su discusión.

c) Contribuir al desarrollo de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en los que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

d) Contribuir al desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

e) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales, y elevarla a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para su discusión.

f) Colaborar con los Profesores del Instituto, bajo la dirección del Jefe de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de diversificación. g) Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa prevista en el artículo 13 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Enseñanza Secundaria Obligatoria.

h) Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados, de acuerdo con las normas que se dicten al efecto y con lo previsto en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio y los artículos 5 y 6 del Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre.

i) Participar en la elaboración del Consejo Orientador que, sobre el futuro académico y profesional del alumno, ha de formularse según lo establecido en el artículo 15.2 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio al término de la Educación Secundaria Obligatoria.

j) Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

k) Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el Departamento correspondiente.

l) Elaborar el plan de actividades del Departamento y, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.

Competencias del Jefe del Departamento de Orientación 12.4. Son competencias del Jefe del Departamento de Orientación:

a) Redactar el plan de actividades del Departamento y la memoria final de curso. b) Dirigir y coordinar las actividades del Departamento y las que, con carácter

extraordinario, fuera preciso celebrar. c) Convocar y presidir las reuniones ordinarias del Departamento y las que, con

carácter extraordinario, fuera preciso celebrar. d) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades

del Departamento. e) Coordinar la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el

equipamiento específico asignado al Departamento y velar por su mantenimiento. f) Promover la evaluación de la práctica docente de su Departamento y de los

distintos proyectos y actividades del mismo. g) Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las actividades del

Instituto, promuevan los Órganos de Gobierno del mismo o la Administración Educativa.

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h) Velar por el cumplimiento del plan de actividades del Departamento i) Asistir a las sesiones de evaluación.

Artículo 13. EL DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEM ENTARIAS Y EXTRAESCOLARES 13.1. El Departamento de se encargará de promover, organizar y facilitar las actividades complementarias y extraescolares. Componentes 13.2. El Departamento estará compuesto por: 13.2.1. El Jefe de Departamento, será un profesor designado por el Equipo Directivo. 13.2.2. Profesor encargado del servicio de la Biblioteca. Funciones del Jefe de Departamento 13.3. El Jefe del Departamento de actividades Complementarias y Extraescolares tendrá las siguientes funciones:

a) Elaborar el programa anual de las Actividades Complementarias y Extraescolares en el que se recogerán las propuestas de los Departamentos, de los Profesores, de los Alumnos, de los Padres.

b) Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del Departamento.

c) Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el Claustro, los Departamentos, la Junta de Delegados de Alumnos, la Asociación de Padres y de Alumnos.

d) Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen con los alumnos.

e) Distribuir los recursos económicos destinados por el Consejo Escolar a las Actividades Complementarias y Extraescolares.

f) Organizar la utilización de la Biblioteca del Instituto. g) Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades

realizadas que se incluirá en la memoria de la Dirección.

Artículo 14. EL PROFESOR TUTOR Elección 14.1. Habrá un Tutor por cada grupo de alumnos. Éste será designado por el Director del Centro, a propuesta del Equipo Directivo, entre el profesorado que imparta clase a la totalidad del grupo. Funciones 14.2. El profesor tutor ejercerá las siguientes funciones:

a) Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en colaboración con el departamento de orientación del Instituto.

b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo. c) Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación de su

grupo.

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d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del Instituto.

e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

f) Colaborar con el departamento de orientación del Instituto, en los términos que establezca la jefatura de estudios.

g) Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el equipo directivo en los problemas que se planteen.

h) Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos del grupo de todo aquello que les concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con el rendimiento académico.

i) Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de los alumnos. j) Recibir a los padres en la hora consignada al efecto en el horario individual de

cada Profesor, previa cita. k) Velar por el control de asistencia del alumnado y comunicarlo oportunamente a

los padres. Las faltas no justificadas de asistencia de los alumnos deberán ser comunicadas a los padres a la mayor brevedad.

l) Convocar al comienzo del curso, en colaboración con la Jefatura de Estudios y el Departamento de Orientación, a todos los padres del grupo de alumnos, para informarles del horario del alumnado, del Profesorado de cada asignatura, de las faltas y sus justificaciones, de las horas de Tutoría, etc. En posteriores ocasiones, realizar las reuniones que se consideren necesarias. 14.3. El Jefe de Estudios coordinará el trabajo de los tutores, manteniendo las reuniones periódicas necesarias. Dichas reuniones se celebrarán en una hora que el profesor tenga reservada en su horario individual. 14.4. El horario del profesor-tutor incluirá una hora lectiva semanal para la atención del alumnado dentro del horario del mismo y dos horas complementarias semanales para la recepción de padres, reuniones con el Jefe de Estudios y colaboración con el Departamento de Orientación. Estas horas de tutoría se consignarán en los horarios individuales y serán comunicadas a padres y alumnos, al comenzar el curso académico. 14.5. Desde el comienzo de curso se explicará a los alumnos, en las primeras sesiones de Tutoría, la diferencia entre faltas leves y graves. Para ello se utilizará el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, que regula los derechos y deberes de los alumnos, modificado por el Decreto 23/2014, de 12 de junio. Artículo 15. OTROS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Encargado del servicio de Biblioteca 15.1. Profesor encargado del Servicio de Biblioteca. Esta tarea será encomendada por el Director a un profesor que quedará incluido en el Departamento de Actividades Extraescolares, y actuará en estrecha colaboración con el Jefe de Departamento. Encargado de los medios informáticos y medios audiovisuales 15.2. Profesor encargado de los medios informáticos y medios audiovisuales, Será nombrado por el Director.

Artículo 16.- EL PROFESOR DE GUARDIA

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16.1. Durante todo el horario escolar habrá un Profesor de Guardia al que corresponde velar por el buen funcionamiento y el orden en el Centro. Durante el tiempo que dure su guardia se hará cargo de todas las incidencias. Cuando estas sean graves las comunicará inmediatamente al Directivo que esté presente en el Centro. Funciones del Profesor de Guardia 16.2. Funciones del Profesor de Guardia: a) El profesor de guardia debe mirar el parte de guardia por si hay alguna ausencia anotada. b) El profesor ausente, siempre que sea posible, debe dejar tarea para los alumnos y lo anotará en el parte de guardia. c) El profesor de guardia será responsable de los grupos de alumnos que se encuentren sin profesor por cualquier circunstancia, orientará sus actividades, les informará de la tarea que tienen que realizar, pasará lista anotando las faltas de asistencia del alumnado y velará por el orden y buen funcionamiento del instituto. (art. 101 ORDEN de 29 de junio de 1994). Si el profesor de guardia lo considera necesario, podrá utilizar otras dependencias del instituto que estén libres (Gimnasio, Biblioteca, etc.) d) En el caso de alguna ausencia, el profesor de guardia se responsabiliza del aula, informando a los alumnos de la tarea que tienen que realizar y pasando lista anotando las faltas de asistencia del alumnado. e) Anotar en el parte correspondiente las ausencias de profesores y cualquier otra incidencia. f) Poner en conocimiento de la Jefatura de Estudios o del directivo que esté presente en el Centro las incidencias que durante la guardia pudieran ocurrir y que afecten al funcionamiento del Centro. g) En caso de accidente de alumnos, cumplimentar los documentos del Seguro Escolar y facilitar al alumno la asistencia médica oportuna, comunicando a sus padres la incidencia para que se hagan cargo de su hijo a la mayor brevedad posible. h) Las horas de guardia comienzan cuando suena el timbre de salida de la clase anterior, por lo que durante los 5 minutos que hay entre una clase y otra, el profesor de guardia debe vigilar los pasillos. Funciones de los profesores de guardia de recreo 16.3. Funciones de los profesores de guardia de recreo: a) Tienen que recorrer los tres pasillos del Centro verificando que no hay ningún alumno en el aula. b) Cuidar a los alumnos y cerciorarse de que ningún alumno de 1º y 2º de ESO sale fuera del vallado ya que deben respetar el régimen cerrado del Centro. c) Controlar que los alumnos de 3º y 4º de ESO no salgan del Centro sin la autorización de sus padres. En el Consejo Escolar del 4 de septiembre de 2009 se aprobó la modificación del régimen cerrado del Instituto para que los alumnos de 3º y 4º de ESO puedan salir durante los recreos siempre que tengan la autorización de sus padres. c) Vigilar y animar para que todos los alumnos entren cuando toca el timbre. TÍTULO CUARTO. LA PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS

Artículo 17.- CAUCES DE PARTICIPACIÓN

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El cauce de participación de los alumnos lo constituyen los Delegados de Grupo, los Delegados de Curso, los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar y las Asociaciones de alumnos reconocidas.

Artículo 18. EL DELEGADO DEL GRUPO Elección 18.1. Cada grupo de estudiantes elegirá, por sufragio directo y secreto, durante los treinta primeros días del curso escolar, un delegado de grupo, que formará parte de la Junta de delegados. Se elegirá también un subdelegado, que sustituirá al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyará en sus funciones. Candidatos 18.2. Podrán presentarse como candidatos todos los alumnos/as del grupo. En el caso de no haber candidatos, serán susceptibles de ser votados todos los integrantes del mismo. Convocatoria de las elecciones 18.3. Las elecciones de delegados serán organizadas y convocadas por el Jefe de Estudios. Moción de censura a Delegados y Subdelegados 18.4. Los delegados y subdelegados podrán ser revocados, previo informe razonado dirigido al tutor, por la mayoría absoluta de los alumnos del grupo que los eligieron. En este caso, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones, en un plazo de 15 días y de acuerdo con lo establecido en el punto anterior. Si el delegado causara baja, le sustituirá el subdelegado. Sanciones al Delegado 18.5. Los delegados no podrán ser sancionados por el ejercicio de las funciones que les encomienda el presente Reglamento. Derechos de los miembros de la Junta de Delegados 18.6. Los miembros de la Junta de Delegados, en ejercicio de sus funciones, tendrán derecho a conocer y a consultar las actas de las sesiones del Consejo Escolar, y cualquier otra documentación administrativa del Instituto, salvo aquélla cuya difusión pudiera afectar al derecho a la intimidad de las personas. Funciones 18.7. Son funciones de los delegados de grupo: a) Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados y participar en sus deliberaciones. b) Exponer a los órganos de gobierno y de coordinación didácticas las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representa. c) Fomentar la convivencia entre los alumnos de su grupo. d) Colaborar con el profesor tutor y con la Junta de profesores del grupo en los temas que afecten al funcionamiento de éste. e) Colaborar con los profesores y con los órganos de gobierno del Instituto para el buen funcionamiento del mismo. f) Cuidar de la adecuada utilización del material y de las instalaciones del Instituto. Artículo 19. LA JUNTA DE DELEGADOS Definición 19.1. Existirá una Junta de Delegados integrada por los delegados de los distintos grupos y por los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar. Convocatoria y constitución de la primera reunión 19.2. En la primera reunión, que convocará el director del centro, deberá elegirse un Presidente y un secretario, quien dirigirá las actividades de dicha Junta durante el curso académico e informará de ellas al Jefe de Estudios.

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Juntas de Delegados 19.3. La Junta de Delegados podrá reunirse en pleno o, cuando la naturaleza de los problemas lo haga más conveniente, en comisiones, y en todo caso, la hará antes y/o después de cada una de las reuniones que celebre el Consejo Escolar y cuando lo convoque su Presidente, o el director del centro, o lo solicite al menos un tercio de sus miembros. Reuniones entre los delegados y los representantes de los alumnos 19.4. Reuniones entre los delegados y los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar.

19.4.1. El jefe de Estudios facilitará a la Junta de Delegados un espacio adecuado para que pueda celebrar sus reuniones y los medios materiales necesarios para su correcto funcionamiento.

19.4.2. Dichas reuniones se celebrarán en horario no lectivo, procurando no interrumpir las actividades académicas y con el conocimiento del Jefe de Estudios. Funciones de la Junta de Delegados 19.5. La Junta de Delegados tendrá las siguientes funciones: a) Elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración del proyecto educativo del instituto y la programación general anual. b) Informar a los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar de los problemas de cada grupo o curso. c) Recibir información de los representantes de los alumnos en dicho Consejo sobre los temas tratados en el mismo, y de las confederaciones, federaciones estudiantiles y organizaciones juveniles legalmente constituidas. d) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste. e) Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior, dentro del ámbito de su competencia. f) Informar a los estudiantes de las actividades de dicha Junta. g) Formular propuestas de criterios para la elaboración de los horarios de actividades docentes y extraescolares, h) Debatir los asuntos que vaya a tratar el Consejo Escolar en el ámbito de su competencia y elevar propuestas de resolución a sus representantes en el mismo. Delegados debe ser oída 19.6. Cuando lo solicite, la Junta de Delegados -en pleno o en comisión- deberá ser oída por los órganos de gobierno del Instituto, en los asuntos que, por su naturaleza requieran su audiencia y, especialmente, en lo que se refiere a:

a) Celebración de pruebas y exámenes b) Establecimiento y desarrollo de actividades culturales, recreativas y deportivas en

el Instituto. c) Presentación de reclamaciones en los casos de abandono o incumplimiento de las

tareas educativas por parte del Instituto. d) Alegaciones y reclamaciones sobre la objetividad y eficacia en la valoración del

rendimiento académico de los alumnos. e) Propuesta de sanciones a los alumnos por la comisión de faltas que lleven

aparejada la incoación de expediente. f) Otras actuaciones y decisiones que afecten de modo específico de los alumnos.

Artículo 20. ASOCIACIONES DE ALUMNOS 20.1. En el Instituto podrá existir asociaciones de alumnos, reguladas en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio. Funciones 20.2. Las asociaciones de alumnos legalmente constituidas en el Instituto podrán:

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a) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. b) Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del instituto que consideren oportuno. c) Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad. d) Recibir información del consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas. e) Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de éste. f) Elaborar propuestas de modificación del Reglamento de Régimen Interior. g) Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. h) Conocer los resultados académicos globales y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar. i) Recibir un ejemplar del proyecto educativo, de los proyectos curriculares de etapa y de sus modificaciones. j) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el Centro. k) Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa. l) Utilizar las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar. TÍTULO QUINTO: El PROCESO EDUCATIVO

CAPITULO 1.- AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Artículo 21.- EL PROYECTO EDUCATIVO DEL INSTITUTO ( P.E.C) P.E.C. 21.1. El P.E.C, partiendo del análisis del alumnado y su entorno, fija los valores, objetivos y prioridades del I.E.S.O Montaña Palentina. Recoge la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia y reglamento de régimen interior, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales. Es elaborado por el Equipo Directivo con las aportaciones del Claustro y Consejo Escolar y aprobado por la Dirección del centro una vez informado el Consejo Escolar. Su contenido está recogido en el artículo 121 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación y en el artículo 11 del Decreto 23/2014 de 12 de junio. Además incluirá lo recogido en la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo. Incluye la Propuesta Curricular aprobada por el Claustro. Modificaciones de Artículo 22. - LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL (P.G.A .) Debe contener la propuesta organizativa y curricular, como concreción del proyecto educativo y la propuesta curricular. Será elaborada y aprobada por el equipo directivo en función de su proyecto educativo, teniendo en cuenta propuestas y deliberaciones del Claustro y el Consejo Escolar en los aspectos de su competencia. La PGA del centro obliga a todo el personal del mismo y vincula a la comunidad educativa. Se regirá por lo establecido en el artículo 125 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo y por el artículo 14 del Decreto 23/2014 de 12 de junio. También incluirá lo recogido en la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo.

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CAPITULO II. LA ACTIVIDAD DOCENTE Artículo 23.- EL PROFESOR Y LA ACTIVIDAD DOCENTE. Definición de la actividad docente Los encargados de la actividad docente serán los profesores del centro que componen el Claustro. Su trabajo y se atendrá a lo establecido en las programaciones de cada área o materia elaborada por el Departamento Didáctico correspondiente. Para la elaboración de estas programaciones se seguirá lo dispuesto en el en el artículo 18 de la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo. Artículo 24.- LA ACTIVIDAD DOCENTE EN EL AULA La relevancia del profesor 24.1. El profesor será el que dirigirá el trabajo y aprendizaje de los alumnos, correspondiéndole la dirección de las actividades, el orden de la clase y la disposición de los alumnos, siempre orientando su labor a conseguir un mayor rendimiento y una formación completa del alumnado. Informar a los alumnos sobre la programación didáctica 24.2. Al comienzo del curso el profesor dará a conocer a los alumnos la información relativa a la programación didáctica de su área o materia. En esta información incluirá los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y calificación y los mínimos exigibles para obtener una valoración positiva. Temporalidad 24.3. La secuenciación y desarrollo de las actividades de cada área o materia deberá atenerse a los criterios establecidos por los Departamentos Didácticos. Condiciones mínimas para la actividad docente 24.4. La actividad docente en el aula requiere para el desarrollo y aprovechamiento académico de los alumnos: · Respetar y atender al profesor cuando imparte la materia. · Respetar el material del aula, que incluye el material escolar y personal de todos los alumnos, las mesas, las sillas, la pizarra, etc., así como las puertas, cristales y paredes del aula. · Permitir la atención de los demás compañeros, lo cual exige el debido silencio. · Permanecer en el aula, aun en ausencia del profesor, respetando las indicaciones del profesor de guardia.

Artículo 25. LA ACTIVIDAD DOCENTE FUERA DEL AULA Definición de actividades complementarias 25.1. Se considerarán actividades escolares complementarias aquellas organizadas por los centros docentes, de acuerdo con su Proyecto Educativo y la PGA, que tengan lugar durante el horario escolar o que estén incluidas en una programación didáctica. Condiciones 25.2. Las directrices generales para la realización de las Actividades Complementarias son: · Todas las actividades tendrán que tener, al menos, un responsable. Éste será un profesor y será el encargado de realizar los objetivos pedagógicos a los que va encaminada la actividad. · Las actividades complementarias fuera del Centro no constituirán un gasto para los profesores responsables. El Centro pondrá los medios para garantizarlo. Competencia de la organización

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25.3. La organización corresponderá a los Departamentos Didácticos y en colaboración con el Departamento de Extraescolares. Determinación de las fechas 25.4. El Jefe de Estudios estudiará con el responsable de la actividad y con el Jefe de Departamento de Actividades Extraescolares la fecha y el horario de la misma por si ésta coincide con otras actividades o con pruebas de evaluación, procurando la optimización de las actividades. Hay que justificar la falta de asistencia 25.5 Consideradas como un complemento necesario para la formación del alumno/a, éste deberá justificar su ausencia ese día. CAPÍTULO III: LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES Artículo 26. LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES Funciones del Jefe de Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares 26.1. El Jefe de Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares se encargará de promoverlas, organizarlas y facilitarlas en colaboración con los diferentes sectores educativos implicados. Además será el encargado de elaborar la programación anual de estas actividades que debe aprobar el Consejo Escolar. 26.2. Estas actividades tendrán un carácter voluntario para alumnos y profesores. Para que una actividad pueda llevarse a cabo deberá participar, al menos, un 75% de los alumnos; el Equipo Directivo podrá rebajar ese porcentaje en los casos que determine. Sufragio de los gastos 26.3. En caso de que surja la necesidad de realizar una actividad que no haya sido programada al principio de curso y no aparezca en la P.G.A. deberá ser comunicada a Jefatura de Estudios con suficiente antelación con el fin de ser sometida a la aprobación del Equipo Directivo y debidamente comunicada a la Dirección Provincial de Educación, al menos con 15 días de antelación. 26.4. Aunque la actividad se realice fuera del recinto del Instituto seguirá vigente la normativa en materia de convivencia del centro. Ésta se deberá respetar escrupulosamente, más aún por estar en contacto con personas que no pertenecen a la comunidad escolar y por estar los miembros de la actividad representando al Centro. Exclusión de alumnos 26.5. Un alumno puede ser privado de la participación en alguna actividad siempre y cuando sea sancionado con esta medida de corrección por cometer alguna falta contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el Centro. En tal sentido la Jefa de Estudios indicará al profesor responsable qué alumnos están en esta situación. Permanencia en el centro de los alumnos que no van 26.6. Los alumnos que no asistan a una actividad complementaria y extraescolar realizada durante la jornada lectiva, deberán asistir a clase, con su horario habitual. 26.7. El número de profesores acompañantes en cada actividad será de un profesor por cada veinte alumnos o fracción. Si hubiera algún otro profesor/a interesado en participar y no tuviera ninguna hora lectiva de docencia directa ni guardia, podrá sumarse a la actividad. De ello deberá tener conocimiento y ser aprobado por la Jefatura de Estudios.

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Autorización y aportación económica 26.8. Al hacer la matrícula, los padres podrán entregar una autorización para que sus hijos puedan participar en las actividades complementarias y extraescolares que organicen los distintos departamentos didácticos a lo largo de todo el curso. Esas autorizaciones serán custodiadas por el Jefe del Departamento de Extraescolares, quien informará sobre ellas a los profesores y al Equipo directivo. 26.9. El profesor que organice una actividad extraescolar, en la medida de lo posible lo hará en colaboración con otros Departamentos Didácticos, y deberá enviar una carta a los padres informando sobre qué actividad se va a llevar a cabo, los departamentos y profesores responsables, los objetivos previstos, el horario de salida y de llegada, el precio etc. Si la hora de regreso no coincide con el transporte escolar, se avisará a los padres para que vengan a recoger a sus hijos. Además, el profesor responsable realizará una memoria o valoración de la actividad realizada en relación con los objetivos previstos. 26.10. Una copia de la carta informativa y la lista de los alumnos participantes en la actividad serán entregadas al Jefe del Departamento de Extraescolares y al Jefe de Estudios. 26.11. Los profesores responsables de la actividad recogerán el importe de la misma y se lo entregarán al Secretario para pagar las facturas. Igualmente presentarán al Secretario la factura correspondiente a las entradas a museos, exposiciones, etc. para que el Centro se haga cargo de la mitad de su coste, siempre que económicamente pueda permitírselo. 26.12. Normas de viajes y excursiones:

1. Se seguirán fielmente las normas confeccionadas para la actividad en todo momento y, en especial, la puntualidad a las horas de salida y regreso.

2. Se respetarán y cuidarán las instalaciones visitadas durante la actividad. Cualquier desperfecto ocasionado será abonado por los causantes.

3. No se podrá fumar en el interior de los autobuses y se guardará la máxima limpieza en los mismos.

4. Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en los viajes y excursiones. 5. Cualquier acto de indisciplina, desobediencia o desacato ocurrido en el transcurso

de estos viajes estará sujeto a las correcciones contempladas por la normativa.

26.13. Dietas: 1. El Instituto resarcirá los gastos de los profesores acompañantes a una actividad

complementaria o extraescolar con cantidades y criterios aprobados por el Consejo Escolar. 2. Los gastos imprevistos y necesarios que se ocasionen en la realización de una

actividad se abonarán al regreso, previa presentación de los correspondientes justificantes. Jornada Cultural 26.14. En la Programación General Anual se podrá informar al Consejo Escolar la propuesta para celebrar “Jornadas culturales”, que combinará las clases con otras actividades culturales: talleres, visitas, conferencias, asistencia a representaciones, competiciones, etc. tendentes a completar la formación de los alumnos. Condiciones del viaje de fin de estudios 26.13. El centro subvencionará con un 50% de su coste las entradas a centros, museos, monumentos y entradas de interés cultural, siempre que económicamente se pueda permitir este gasto. Como norma general no se subvencionarán los costes de los viajes.

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26.14. Los alumnos que participen en una actividad extraescolar deberán abonar el coste establecido al menos dos días antes de su realización. En caso de que la actividad no pudiera llevarse a cabo se devolverá el importe íntegro abonado por el alumno. La no asistencia de un alumno a una actividad a la que estuviese apuntado no supondrá la devolución de su importe, salvo en casos de fuerza mayor. 26.15. Los alumnos que no participen en una actividad extraescolar gratuita y dentro del horario lectivo, de forma injustificada, serán sancionados sin participar en la siguiente actividad extraescolar que no sea de las mismas características. Teniendo en cuenta el artículo 40 del Decreto 51/2007, esta medida correctora prescribirá en el plazo de un mes desde su imposición. 26.15 Viaje de fin de estudios.

El viaje de fin de estudios será realizado únicamente por los alumnos de 4º curso de E.S.O. Deberá tener carácter fundamentalmente cultural y para su ejecución se tendrán en cuenta criterios económicos asumibles por la mayoría de alumnos. Deberá participar preferentemente al menos el 75% de los alumnos, excluidos aquellos que estén sancionados por el Equipo Directivo sin la participación en las actividades extraescolares. El programa especificará, temporalizadas, todas las actividades que se realizarán durante los días del viaje, incluido el tiempo libre. Todas las actividades deberán realizarse en grupo. Dicho programa será conocido previamente por los padres de los alumnos, quienes darán su conformidad por escrito.

Se mantendrá una reunión entre los alumnos, padres y el instituto para dar a conocer los detalles del viaje.

Los alumnos que no participen en este viaje tienen el deber de acudir a las clases, que serán de profundización y refuerzo.

El dinero obtenido por los alumnos para financiar el viaje de estudios (rifas, lotería, venta de artículos etc.) es propiedad del grupo, por lo que ningún alumno/a puede considerarlo suyo. Si alguno, por los motivos que fuesen, no participa finalmente en el viaje, deberá entregar el dinero obtenido al grupo. Las aportaciones individuales que hagan los alumnos serán devueltas en el caso de no ir al viaje.

Los profesores interesados en participar en el viaje de fin de estudios lo pondrán en conocimiento de la Jefatura de Estudios. La realización del viaje queda supeditada a la voluntariedad de que haya profesores acompañantes y suplentes y al buen comportamiento del grupo. TÍTULO SEXTO: RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO Dotación de recursos materiales

Artículo 27. DOTACIÓN DEL CENTRO

De acuerdo con lo que establece la legislación vigente, los centros estarán dotados de los recursos educativos, humanos y materiales necesarios para garantizar una enseñanza de calidad. Por lo tanto, el Instituto deberá estar dotado de aulas, seminarios, biblioteca, laboratorios, instalaciones deportivas, aulas de medios audiovisuales, salas de visitas, salón

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de actos y cuantos medios se consideren necesarios para conseguir sus propios fines y objetivos.

Artículo 28. EL CENTRO: MATERIAL GENERAL Y ESPECÍFICO El cuidado del edificio del Instituto y su recinto, como patrimonio común, es responsabilidad de los miembros de la Comunidad Educativa. Por lo tanto: Inventario confeccionado por el Secretario 28.1. Deberá existir en la Secretaría del Centro, un Inventario de todas las pertenencias y material del mismo, confeccionado por el Secretario del Instituto. Dicho inventario estará a disposición del Consejo Escolar y Claustro de Profesores. Material didáctico por departamentos 28.2. El material didáctico específico se distribuirá entre los diferentes Departamentos, que se encargarán de utilizarlo y de conservarlo, procurando el máximo rendimiento a través de su uso por los alumnos y profesores, según determinen las normas que establezcan. Actuación ante un desperfecto 28.3. Cualquier desperfecto, daño y/o desaparición causados en el material o instalaciones del Centro, producido por negligencias culpables o de forma intencionada por los alumnos será motivo de la sanción correspondiente, exigiéndose las reparaciones necesarias al responsable o responsables, después de escuchar a los alumnos. Solicitud y permiso de materiales 28.4. Para el uso de cualquier material del Centro, los alumnos deberán solicitar el correspondiente permiso a los Jefes de Departamento o al Jefe de Estudios. En caso de tratarse del uso de algún aula, el permiso deberá ser otorgado por el Director del Centro. Permiso para el material deportivo y lúdico 28.5. Para el uso y disfrute lúdico del material y de las pistas deportivas, los alumnos deberán solicitar el permiso correspondiente a los profesores de Educación Física, y en su defecto al Jefe de Estudios, teniendo siempre en cuenta la preferencia absoluta en el uso de este material de los alumnos que realicen actividades lectivas. Retención del Libro Escolar hasta resolver el incidente 28.6. Hasta que los alumnos no devuelvan los libros del servicio de préstamos de la biblioteca o los materiales de los departamentos del Centro o los materiales deportivos que obren en su poder o, si son responsables de algún desperfecto, no efectúen las reparaciones del material no podrán recoger el Historial Académico o certificaciones de estudios. Procedimiento ante el 28.7. Reprografía:

a) Las máquinas y material de reprografía serán manejados por los conserjes. b) Las copias para uso privado deberán ser abonadas por los interesados. c) El horario de servicio se fijará al principio de curso. Como norma general, el

alumnado realizará encargos o recogidas de fotocopias durante los recreos, al principio. d) Los alumnos no entrarán al recinto de reprografía. f) El precio de las copias será fijado por el Equipo Directivo y se hará público.

Teléfono, fax 28.8. El uso fundamental del teléfono y fax es emitir y recibir llamadas relacionadas con asuntos académicos y administrativos del Centro. Sólo en casos de necesidad o urgencia podrán ser utilizados para otro tipo de llamadas, que se realizarán desde el teléfono habilitado al efecto. Cale 28.9. Gimnasio. Normas:

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a) Es responsabilidad del Departamento de Educación Física su uso durante las clases y el control de su estado. b) El préstamo de material a alumnos u otras personas deberá ser autorizado por la Dirección, quien dispondrá las normas para llevarlo a cabo. 28.10. Determinados espacios son de uso preferente de un departamento. Otros miembros de la comunidad educativa podrán usarlo, si existen necesidades educativas justificadas. Es el caso de: Espacio Departamento Aula de Música Música Taller de Tecnología Tecnología Gimnasio y pistas deportivas Educación Física Laboratorio Ciencias Experimentales Física y Química/Biología y Geología Aula de Dibujo Dibujo Aulas de Informática Tecnología, Informática y Matemáticas Artículo 29. EL AULA DE GRUPO Definición 29.1. A cada curso se le asignará un aula de la que será responsable colectivamente. Todos los alumnos deberán velar en particular por la conservación del material existente en dicha aula, pudiéndose hacerles responsables de la falta de aseo o desperfectos encontrados en la misma. Cuidado de todo el centro 29.3. El especial cuidado que cada clase debe tener con su lugar habitual de estudio no exime a ésta del cuidado de las otras aulas que utilicen (gimnasio, taller, biblioteca, laboratorios y restantes dependencias). Artículo 30. LA BIBLIOTECA Definición 32.1. La Biblioteca del Instituto es un lugar de estudio, lectura y trabajo. No se podrá dar otro uso distinto al mencionado, salvo que se use para actos académicos. Apertura 30.2. La Biblioteca permanecerá abierta sólo cuando esté presente un profesor. Se procurará que permanezca abierta durante el máximo número de recreos. Profesores designados y sus funciones 32.3. Los alumnos que utilicen la biblioteca deben guardar silencio y respetar el estudio de los demás compañeros. En este sentido recordar que queda terminantemente prohibido beber y comer en la Biblioteca. Fondo de la biblioteca 30.4. El fondo de libros que contiene la Biblioteca se distribuye en dos grupos:

A) Libros de consulta dentro de la sala. Quedará al arbitrio del profesor el permitir sacar de la sala para ser fotocopiados este tipo de libros.

B) Libros, DVD, videos y revistas destinados al préstamo domiciliario. A través del programa Abies y con el carné del alumno Carné de la biblioteca 30.5. Los carnés usados por los alumnos para el préstamo domiciliario serán los carnés de Biblioteca. La máxima duración del préstamo es de 15 días, pudiendo ser renovable por un nuevo período siempre y cuando el libro no esté muy solicitado. Préstamo para los profesores

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30.6. Los profesores deberán registrarse en el programa Abies cuando realicen algún préstamo. Si el libro va a permanecer durante mucho tiempo en su poder, deberán comunicárselo al Responsable de la Biblioteca. Uso de los alumnos de los sistema informáticos 30.7. Los sistemas informáticos de la Biblioteca se podrán utilizar por el alumnado con permiso del profesor de guardia de la biblioteca. Requisado el Libro Escolar hasta la devolución del material 30.8. En el supuesto de que, al finalizar el curso, algún alumno esté en posesión de libros de la Biblioteca, la entrega de notas quedará condicionada a la devolución de tales libros. Sanción por mal comportamiento 30.9. Cuando un alumno devuelva un libro deteriorado, se hará cargo de los costes de su renovación. En caso de pérdida tendrá la obligación de abonar el coste de su reposición. Ante las dudas acudir al responsable de la biblioteca 30.10. El responsable de la Biblioteca, previa consulta al Equipo Directivo, podrá dictar normas de biblioteca complementarias a las recogidas en los puntos anteriores. Artículo 31. LAS AULAS DE INFORMÁTICA Definición 31.1. Las aulas de informática son aquellas donde están instalados un número variable de ordenadores para su utilización docente. Son lugares de estudio y trabajo y está expresamente prohibido cualquier uso distinto. 31.2. Debido al alto valor del material que las conforman y a la fragilidad de éste, las normas de convivencia han de respetarse estrictamente. Además el uso de los ordenadores exige el respeto de las siguientes normas: · No se debe cambiar la configuración del sistema de los ordenadores, sin permiso del profesor responsable. · No se deben introducir disquetes ni USB ni CDrom sin la autorización del profesor responsable. La infracción en este caso puede ser considerada como "grave", ya que la posible introducción de un virus hace que se pueda perder toda la información del ordenador afectado. · La caja de los interruptores, y en general la instalación eléctrica, no deben ser tocadas por ningún alumno. TÍTULO SÉPTIMO. LA RESIDENCIA Artículo 32. MARCO LEGAL Y FUNCIONAMIENTO ORDEN 2 de julio 1997, se dispone la puesta en funcionamiento de la Residencia (dependiendo del IES de Aguilar de Campóo) para el curso 1997/1998. ORDEN 13 de octubre 1999, se crea el CRIE de Cervera de Pisuerga. ORDEN 8 de julio 1998, se dispone la puesta en funcionamiento del IES de Cervera para el curso 1998/1999. La Residencia pasa a depender del nuevo instituto que se crea en Cervera mediante el Real Decreto 1243/1998 de 12 de junio.

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REAL DECRETO 83/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, Artículo 64: Régimen de funcionamiento de las Residencias. ORDEN 29 de junio 1994. Organización y funcionamiento de los I.E.S con Residencia: Capítulo VII. Desde la puesta en funcionamiento del IES de Cervera en el curso 1998/1999, la Residencia queda adscrita al IES y la Directora del IES lo es también de la Residencia. En la actualidad la Residencia no acoge a ningún estudiante, estando las instalaciones cedidas al CRIE de Cervera. Las instalaciones de la Residencia dan servicio a: - IES - CRIE - CENTROS Y ENTIDADES SOLICITANTES DE SU USO - COMEDOR ESCOLAR IES y CRIE En las instalaciones de la Residencia se desarrollan parte de las actividades del CRIE, siendo utilizadas estas instalaciones en su mayoría por el CRIE pero algunas son compartidas con el IES como el caso del Laboratorio de Idiomas u ocasionalmente la Sala de Usos Múltiples o Sala de Juegos. Así mismo el CRIE también utiliza el Gimnasio del IES. Para el uso de las instalaciones usadas por ambos, el Director del CRIE y la Directora del IES y Residencia al principio de curso o en el momento concreto que se necesiten, se pondrán de acuerdo en la compatibilidad de horario de uso. Así mismo hacen uso de las instalaciones y servicios de la Residencia los centros y entidades que lo soliciten a la Dirección del IES, en períodos no usados por el CRIE y ajustándose al horario del personal laboral adscrito al IES y que desarrolla sus tareas en la Residencia. La relación entre la Dirección del CRIE y la de la Residencia debe ser cordial y flexible, intentando por ambas partes solucionar cualquier problema que pueda surgir. El mantenimiento de las instalaciones de la Residencia compete al IES y éste se hará cargo del coste de los desperfectos o mejoras que se necesiten, sin perjuicio de las responsabilidades exigibles a los autores de los desperfectos. La cesión de las instalaciones de la Residencia compete a la Directora del IES y se ajustará a lo recogido en la ORDEN de 20 de julio de 1995, que regula la utilización por parte de los Ayuntamientos y otras Entidades de las instalaciones de los Institutos de Educación Secundaria. COMEDOR ESCOLAR El Comedor Escolar da servicio a:

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Alumnos y profesores del CRIE Alumnos y profesores del CEIP “Modesto Lafuente” de Cervera Alumnos y profesores del IES “Montaña Palentina” de Cervera El Horario de Comedor se ajusta al siguiente: Desayuno CRIE: 8:45/9:30 Comida: CRIE: 13:30 a 15´30 (variable) Primaria: 14:45 a 15:15 Secundaria: 14´15 a 14´45 Cena CRIE: 20:45 a 21:30 Para atender la cantidad suficiente de comida para cada menú, los usuarios informarán con suficiente antelación a la Gobernanta de la Residencia del número de menús diarios. El CRIE facilitará a la Gobernanta el número de menús para cada encuentro, al comienzo del curso escolar. En caso de que en una situación determinada en que los responsables del CRIE consideren que ese menú concreto es escaso, se complementará con alimentos que puedan ser consumidos sin preparación previa y que se encuentren en el almacén. El Colegio de Primaria facilitará a la Gobernanta en número de menús semanales en cuanto el Colegio tenga esa información. Los usuarios del IES, facilitarán esa información el día anterior ó de manera excepcional a primera hora del mismo día del uso del comedor. Tanto los usuarios del comedor como el personal no podrán sacar comida del comedor. Artículo 33. PERSONAL LABORAL Según la ORDEN 29 de junio 1994, que rige la organización y funcionamiento de los IES y en el Cap. VII, los Institutos con Residencia, el horario del personal de servicios destinado en residencia se adaptará a las necesidades de las mismas. Según el R.D 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, en el apartado 64, punto 4, será el Secretario del instituto, en su calidad de Jefe de Personal Laboral, el que ejercerá también sus funciones en la Residencia. La Residencia permanecerá abierta de 8´00 a 23´00 horas y será atendida por el siguiente personal laboral: 1 personal subalterno ordenanza 1 personal subalterno vigilante 1 gobernanta 2 cocineros 1 ayudante de cocina 3 trabajadoras del personal de servicios 1 trabajador de mantenimiento

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Todo el personal laboral tiene derecho a un período de descanso de 30 minutos que se computará como tiempo efectivo de trabajo, garantizándose en todo momento la presencia de al menos el 50% de la plantilla de cada servicio; el personal se organizará por turnos con el fin de que las dependencias y servicios queden adecuadamente atendidos. El horario en el que disfruten de este descanso quedará reflejado al lado de su firma diaria de entrada y salida del puesto de trabajo. Se tendrá derecho al disfrute gratuito del servicio de comedor si el personal que presta servicios en instalaciones o dependencias del servicio de cocina y comedor le coincide con el horario de trabajo en la hora de la comida. El tiempo para la comida será de 30 minutos y no se considera tiempo efectivo de trabajo, por lo tanto dará lugar a la prolongación de la jornada en 30 minutos. Tanto la interrupción como la prolongación de la jornada figurarán para su ejercicio en los calendarios laborales. El Secretario, y cuando sea necesario también la Directora, tendrá encuentros semanales con la Gobernanta de la Residencia para informarse del desarrollo y cumplimiento de las funciones de todo el personal así como para ser informado de cualquier incidente, duda o necesidad. De la misma forma, habrá una relación fluida del personal con el/la Director/a del CRIE ya que el CRIE es una de las partes en las que revierte directamente el buen funcionamiento de los servicios. Artículo 34. AUSENCIAS, VACACIONES, PERMISOS Y LICE NCIAS DEL PERSONAL LABORAL El personal laboral tendrá derecho a las vacaciones, permisos y licencias que vengan reflejados en la legislación laboral vigente. No obstante se hacen las aclaraciones siguientes: Para las ausencias, se solicitará el permiso con antelación suficiente salvo casos sobrevenidos y se aportará la justificación correspondiente el primer día de reincorporación al trabajo. La entrega de la solicitud de permiso y la posterior justificación se hará al Secretario del Centro. El puesto de trabajo sólo se podrá abandonar con justificación y con permiso del Secretario o de la Directora. Se tendrá derecho a 22 días laborables. Cuando se produzca el cierre o inactividad de un centro de trabajo, el personal laboral vendrá obligado a disfrutar sus vacaciones coincidiendo con dicho cierre o inactividad y se le garantizará el derecho al disfrute de 25 días laborables. La vacación anual estará condicionada a las necesidades del servicio, podrá disfrutarse en un máximo de 4 períodos a lo largo del año natural, siempre que cada período tenga una duración mínima de 7 días naturales consecutivos. Así mismo, para la autorización del disfrute del período vacacional solicitado se garantizará, en todo caso, el normal funcionamiento de los servicios. Artículo 35. FUNCIONES DEL PERSONAL LABORAL

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Amparándonos en el Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007 y en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, se recogen las funciones de este personal. GOBERNANTA:

• Organización y control de las funciones encomendadas al personal de servicios y al personal de cocina.

• Colaborará con su jefe inmediato, el Secretario o la Directora, en las tareas asignadas a éstos.

• Colaborará en la programación de tareas del personal de servicios. • Vigilancia de la conservación del mobiliario, lencería, enseres, menaje, así como el buen uso

y la economía de los materiales y utensilios a su cargo, procediendo al recuento e inventario. • Se responsabilizará de la buena marcha del servicio de comedor, distribución de comidas,

regímenes, servicios especiales, montajes, limpieza y retirada del servicio. • Control y conocimiento estadístico del número de servicios diarios y aportando el número de

menús de todos los usuarios mensualmente a la Secretaría del centro. • Control y supervisión de la limpieza diaria de habitaciones y aseos, pasillos, rincones,

escaleras, ventanas, despachos, aulas utilizadas asiduamente, hall, conserjería, comedor, laboratorio de idiomas, escaleras de comunicación entre el edificio del IES y la Residencia, escaleras de bajada al sótano.

• Cualquier otra actividad que le encomiende oportunamente el Secretario, o la Directora. MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se realizarán reuniones semanales, con el Secretario, y cuando sea necesario también con la Directora.

• Se facilitará al/la directora/a del CRIE la programación de tareas del Personal de Servicios para el control de este servicio y podrá hacer las observaciones y sugerencias oportunas. COCINEROS

• Preparación de alimentos y distribución, adoptando las medidas de higiene necesarias. • Realizar los partes de consumo de los alimentos en función de las previsiones.

MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se entregarán los partes de consumo de los alimentos a la Gobernanta y en ellos se reflejarán aspectos como, si el ajuste de la previsión de comida ha sido el acertado. A partir de ahí se harán los cambios necesarios. AYUDANTE DE COCINA

• Ayudar a los cocineros en sus funciones.

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• Sustituir al cocinero ocasionalmente en la preparación de comidas sencillas, con sujeción a las instrucciones facilitadas por éste.

• Limpieza y mantenimiento de las dependencias y los utensilios propios de cocina, tales como: placas, hornos, cámaras, extractores, sartenes … . MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se realizará una supervisión directa por parte de los cocineros, del trabajo realizado. • Se realizarán reuniones semanales, conforme conste en horario, con el Secretario, con el fin

de supervisar las tareas realizadas. PERSONAL DE SERVICIOS

• Mantenimiento de la limpieza y buen orden del centro de trabajo, sus instalaciones y enseres.

• Realización de las funciones propias de lavandería, lencería (lavado, planchado, cosido), manejo y atención de la maquinaria:

o Lavado, planchado y cosido del material utilizado en la Residencia por parte del CRIE y de cualquier otra asociación autorizada por la Dirección Provincial que haga uso de las instalaciones.

• Realización de las labores propias de limpieza de habitaciones y zonas comunes, garantizando unos mínimos exigibles:

o Limpieza diaria de habitaciones y aseos de los alumnos y profesores del CRIE. o Limpieza diaria de pasillos, escaleras, hall, conserjería, despachos, sala de profesores del

CRIE, aseos comunes, zonas comunes utilizadas diariamente, laboratorio de idiomas (incluido sillas y cajoneras de alumnos).

o Limpieza de ventanas que no implique subirse en alto. o Limpieza de escaleras y rincones que comunican los edificios de la Residencia con el IES,

incluidas escaleras de acceso al sótano. • Realización de labores propias del Comedor-Oficio: o Limpieza diaria del comedor, una vez que todos los usuarios lo hayan abandonado, incluidas

sillas, limpieza de mesas, suelo y rincones. • Cumplir con el horario asignado para cada tarea en la programación.

MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se hará una supervisión diaria por parte de la Gobernanta de las tareas realizadas, mediante la cumplimentación del parte de tareas que estará firmado por el personal de servicios y por la Gobernanta cada día, y que será entregado a final de cada semana al Secretario del centro para su supervisión. ORDENANZA

• Vigilancia, guardia y custodia del centro, atendiendo el servicio telefónico con carácter no exclusivo.

• Informar y orientar a los visitantes.

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• Hacer recados oficiales dentro y fuera del centro, ensobrar, empaquetar, franquear, depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia.

• Manejar máquinas reproductoras y auxiliares. • Colaborar con el resto del personal laboral en las labores de porteo dentro del recinto del

centro. • Custodiar la hoja de firmas del personal laboral donde éste anota la hora de entrada y de

salida junto con su firma y entregar al Secretario semanalmente. MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se realizarán reuniones semanales con el Secretario del Centro. VIGILANTE

• Vigilancia, guardia y custodia del centro. • Informar y orientar a los visitantes.

MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Se realizarán reuniones semanales con el Secretario del Centro. OFICIAL DE MANTENIMIENTO

• Explotación y mantenimiento de las instalaciones del Centro y exteriores y zona de jardines. • Pequeñas reparaciones. • Control del funcionamiento de las calderas y de la calefacción y su mantenimiento. • Tomar nota e informar al Secretario, ó a la Directora de cuantas anomalías e incidencias se

observen en el centro. MECANISMOS DE SUPERVISIÓN DE SUS FUNCIONES:

• Al comienzo de cada semana se presentará ante el Secretario del centro para informarse de las tareas necesarias y presentará un parte del trabajo realizado la semana anterior. Artículo 36. FALTAS Y SANCIONES FALTAS LEVES

• La incorrección con el público y con compañeros o subordinados. • El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus tareas. • La no comunicación con la debida antelación de la falta al trabajo por causa justificada, a no

ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo. • La falta de asistencia al trabajo sin causa justificada, de uno o dos días al mes.

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• Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada de tres a cinco días en un mes. • El descuido en la conservación de los locales, material y documentos de los servicios. • El incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.

FALTAS GRAVES

• La falta de disciplina en el trabajo o del respeto debido a los superiores, compañeros o subordinados.

• El incumplimiento de las órdenes e instrucciones de los superiores o de las obligaciones concretas.

• Las desconsideraciones con el público en el ejercicio del trabajo. • El incumplimiento o abandono de las normas y medidas establecidas en materia de

seguridad e higiene en el trabajo. • La falta de asistencia al trabajo sin causa justificada, durante tres días al mes. • Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada durante más de cinco días al mes y

menso de diez. • El abandono del trabajo sin causa justificada. • La simulación de enfermedad o accidente. • La connivencia en las faltas de otros trabajadores en relación con sus deberes de

puntualidad, asistencia y permanencia en el trabajo. • La negligencia que puede causar graves daños en la conservación de los locales, material o

documentos de los servicios. • El ejercicio de actividades profesionales, públicas o privadas, sin haber solicitado

autorización de compatibilidad. • La reiteración o reincidencia en la comisión de faltas leves, dentro de un mismo trimestre,

cuando hayan mediado sanciones por las mismas. • La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo. • El abuso de autoridad por parte de los superiores en el desempeño de sus funciones. • La utilización indebida de medios o materiales de su puesto de trabajo. • La tolerancia de los superiores respecto de la comisión de faltas graves o muy graves de sus

subordinados. FALTAS MUY GRAVES

• El fraude, la deslealtad y el abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como cualquier conducta de delito doloso, cometido en relación con el desarrollo de sus funciones.

• La manifiesta insubordinación individual o colectiva. • El falseamiento voluntario de datos e informaciones del servicio. • La falta de asistencia al trabajo no justificada durante más de tres días al mes. • La falta de puntualidad no justificada, durante diez o más días al mes, o durante más de

veinte día al trimestre. • El ejercicio de actividades públicas o privadas, cuando hubiesen sido declarada

incompatibles con el desempeño del empleo público. • La reincidencia o reiteración en falta grave, aunque sea de distinta naturaleza dentro de un

período de seis meses, cuando hayan mediado sanciones.

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• La reiteración del incumplimiento o abandono de las normas establecidas en materia de seguridad e higiene en el trabajo, cuando de las mismas puedan derivarse riesgos para la salud.

• La utilización o difusión indebida de datos o asuntos de los que se tenga conocimiento por razón de trabajo.

• La utilización tanto de material como de personal para la realización de trabajos ajenos a la relación contractual del trabajador.

• El acoso sexual • El acoso moral o laboral.

SANCIONES Por faltas leves:

• Apercibimiento por escrito. • Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.

Por faltas graves:

• Suspensión de empleo y sueldo de más de un mes a tres meses. • Suspensión del derecho a concurrir a procesos de promoción interna por un período de uno a

dos años. Por faltas muy graves:

• Suspensión de empleo y sueldo de más de un mes a tres meses. • Inhabilitación para el ascenso por un período de dos a seis años. • Traslado forzoso sin derecho a indemnización. • Despido.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR ESCOLAR

1. OBJETIVOS GENERALES

El comedor escolar es un servicio educativo que ofrece el Instituto y como tal debe marcarse unos objetivos: • Promover y desarrollar hábitos alimentarios saludables. • Garantizar una dieta que favorezca la salud. • Promover hábitos higiénicos saludables • Desarrollar el compañerismo, el respeto y la tolerancia. • Conseguir un entorno físico y social saludable.

2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

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Los usuarios tendrán derecho a: • Recibir una alimentación en condiciones saludables de higiene. • Recibir una alimentación especial en el caso de los alumnos que así

lo requieran. • Recibir una alimentación equilibrada desde la perspectiva dietético-

nutricional de acuerdo con las pautas nutricionales fijadas por la Administración.

• Recibir la debida atención del personal responsable del comedor escolar.

• Recibir información trimestral del plan de comidas. Los usuarios tendrán las siguientes obligaciones: • Respetar los horarios establecidos para las comidas. • Cumplir las normas higiénicas. • Cuidar del material del comedor escolar. • Respetar las normas de funcionamiento establecidas por el centro

para el servicio de comedor. • Abonar, en su caso, la tarifa por menú establecido anualmente por la

Administración.

3. CONDUCTAS SANCIONABLES • Rechazar de forma injustificada alguno de los platos del menú y

excederse con otro. • Tirar la comida o el agua al suelo, a los compañeros o manipular la

comida de forma inadecuada. • Hacer mal uso de los utensilios de comida, con o sin deterioro de los

mismos. • Pedir las cosas de manera inadecuada, dando voces y sin educación. • Faltar al respeto y/o contestar mal tanto a otros compañeros como al

personal responsable del comedor. • No hacer caso a las indicaciones de las personas responsables del

comedor. • No colaborar en las tareas de recogida de su mesa de forma

ordenada. • No respetar el horario del comedor tanto a la entrada como a la

salida. • No respetar el adecuado reparto de las raciones entre todos los

usuarios cuando se presentan en bandejas o fuentes colectivas.

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4. ACTUACIONES DEL CENTRO CUANDO NO SE OBSERVEN LAS CONDUCTAS ADECUADAS. La dirección del Instituto juzgará la gravedad de las conductas sancionables, de las que informará por escrito la persona responsable del comedor. La dirección del Instituto, tras valorar la gravedad de las conductas sancionables, impondrá alguna de las siguientes medidas: • Amonestación verbal al usuario por parte del Equipo Directivo del

Instituto. • Comunicación escrita o telefónica a las familias. • Abonar el importe de los utensilios de comida deteriorados por el uso

inadecuado de los mismos. • Quedarse sin recreo de uno a cinco días. • Realizar tareas en beneficio de la comunidad educativa de uno a

cinco días. • Privación del uso del comedor de uno a cinco días. • Privación del uso del comedor durante un mes. • Cualquier medida de corrección recogida en el Decreto 51/2007 de 17

de mayo que regula los derechos y deberes de los alumnos y establece las normas de convivencia y disciplina en los Centros educativos de Castilla y León.

TÍTULO OCTAVO. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD E SCOLAR.

CAPÍTULO I: Los profesores

Artículo 37. Como parte integrante de la comunidad educativa, el profesorado participará en el quehacer cotidiano de la vida del instituto, fomentando un ambiente formativo acorde con los fines del Centro.

Artículo 38. El profesorado se atendrá a los derechos y deberes recogidos y

dictaminados por la legislación vigente. Cabe, no obstante, reseñar los siguientes derechos y deberes.

DERECHOS DEL PROFESORADO.

Artículo 39. Los profesores tienen derecho:

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a) Al normal ejercicio de su actividad docente. b) A la debida consideración y respeto por parte de los alumnos y demás componentes

de la comunidad educativa. c) A la libertad de cátedra. d) A participar activamente, de manera directa o a través de sus representantes, en la

gestión del Centro por medio de los órganos contemplados en el presente Reglamento.

e) A establecer colectivamente los objetivos didácticos y las directrices educativas del Centro, así como a participar en la elaboración de las Programaciones de sus respectivos Departamentos.

f) A formar parte del Claustro, incluso los profesores sustitutos mientras permanezcan asignados al Centro, y participar, con voz y voto, en todas las decisiones de este órgano colegiado.

g) A convocar a los padres o tutores individualmente (o de modo colectivo previa comunicación a la Dirección o Jefatura de Estudios), para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos.

h) A ser informados por el Equipo Directivo de las normas generales para el desarrollo del curso: de las que surgen del Consejo Escolar o de instancias superiores, de cualquier acuerdo que les afecte o sobre cualquier incidente referido a su trabajo en el Centro.

i) A ser oídos, a título individual y a petición propia, por el Consejo Escolar, en los temas que con ellos se relacionen. A tal fin, deberá presentar, con una antelación mínima de 24 horas, solicitud razonada de asistencia ante el Director, quien, una vez reunido el Consejo, solicitará de éste su autorización para oír al profesor.

j) A asistir, con derecho a voz, a las reuniones de la Comisión de Coordinación Pedagógica.

k) A acceder a cuanta información que, de naturaleza legislativa o pedagógica, exista en el Centro.

l) A ejercer las funciones disciplinarias necesarias para el normal desarrollo de las actividades académicas y extraescolares, dentro de los límites marcados en este Reglamento y en las demás normas de rango superior. El profesorado tendrá la condición de autoridad pública y gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico. Gozará también de presunción de veracidad en los términos recogidos en el artículo 6 de la Ley 3/2014 de 16 de abril de autoridad del profesorado.

DEBERES DEL PROFESORADO.

Artículo 40. Los profesores han de tener en cuenta los siguientes deberes. a) Respetar a todos los demás miembros de la Comunidad Educativa. b) Observar la debida puntualidad en las entradas y salidas de clase y en cualquier otra

actividad recogida en su horario (tutoría de padres, Biblioteca, guardias, sesiones de evaluación, claustros, etc.).

c) Consignar en las consolas o el “IES FÁCIL” toda ausencia o falta de puntualidad observada en los alumnos, con el fin de que el tutor pueda tener debidamente actualizada la información sobre el alumnado de su tutoría.

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d) Colaborar con Jefatura de Estudios para mantener el buen funcionamiento de la actividad docente y velar por el orden en el instituto.

e) Informar a los alumnos, al comienzo del curso, de las directrices de la programación, de los objetivos, contenidos mínimos exigibles y criterios de evaluación y calificación del área o materia que imparten.

f) Facilitar a los alumnos la revisión de sus exámenes y pruebas escritas de evaluación, explicándoles los fallos que en el proceso de aprendizaje hayan podido tener, justificando la calificación otorgada y, en su caso, aconsejándoles las oportunas tareas y estrategias de recuperación.

g) Tratar de resolver los problemas que puedan surgir en el desarrollo de las actividades de enseñanza / aprendizaje, para favorecer la marcha del curso.

h) Cumplir con las resoluciones aprobadas por los órganos de dirección y coordinación docente, así como con lo establecido en el Proyecto Educativo del Centro y en este Reglamento de Régimen Interior.

i) Participar en las reuniones de los órganos legal o reglamentariamente establecidos. j) Cumplir los deberes relacionados con las funciones de profesor de guardia, tutor o

Biblioteca, reflejados en el apartado correspondiente. k) Justificar en tiempo y forma las ausencias al trabajo.

AUSENCIAS DEL PROFESORADO.

Artículo 41. Cualquier ausencia o retraso que se produzca se notificará con la mayor brevedad posible a la Jefatura de Estudios. El día de incorporación al Instituto se entregará el justificante en Jefatura de Estudios para adjuntarlo al comunicado de ausencia.

Artículo 42. En caso de que la falta no sea justificada, la Dirección informará al Servicio de Inspección en el plazo de tres días, a los efectos oportunos, dando cuenta por escrito al profesor.

Artículo 43. Los partes médicos de baja deberán presentarse en la Dirección Provincial o en el Instituto al Jefe de Estudios lo más pronto posible para poder gestionar la sustitución si procede.

Artículo 44. En caso de ausencia prevista de antemano por participación en Actividades Complementarias y Extraescolares o por asistencia a cursos o por cualquier otro motivo justificado deben dejarse tareas para los alumnos.

Artículo 45. Los permisos por asuntos propios han de solicitarse a la Dirección Provincial a través de la Dirección del Centro. CAPÍTULO II: Los padres de alumnos LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUC ATIVO

Artículo 46. Implicación y compromiso de las familias. A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que su proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada.

Artículo 47. Derechos de los padres o tutores legales. Recepción de alumnos

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1. Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los derechos reconocidos en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación. 2. La administración educativa garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos en el apartado anterior y garantizará el derecho de los padres o tutores legales a:

a) Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos y estar informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través de la información y aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones que puedan formular, así como del conocimiento o intervención en las actuaciones de mediación o procesos de acuerdo reeducativo. b) Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal, académica y profesional de sus hijos o pupilos, sin perjuicio de la participación señalada en el párrafo anterior, y a solicitar, ante el consejo escolar del centro, la revisión de las resoluciones adoptadas por su director frente a conductas de sus hijos o pupilos que perjudiquen gravemente la convivencia. c) Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, a través de su participación en el consejo escolar y en la comisión de convivencia, y mediante los cauces asociativos que tienen legalmente reconocidos. d) Quedar garantizada por parte del centro educativo la correcta recepción de sus hijos o pupilos al comienzo del curso escolar por parte del Equipo Directivo, la orientadora del centro y los profesores que impartan clase en el grupo al que el alumno pertenece. Las mismas actuaciones se llevarán a cabo con los alumnos que se incorporen nuevos al centro, junto con una visita guiada del tutor por las instalaciones del instituto a fin de que los nuevos alumnos se familiaricen con ellas. Estos alumnos y sus padres han visitado previamente el centro cuando cursaban 6º curso de Primaria durante la jornada de puertas abiertas. Los diferentes impresos de matrícula están a disposición en diversos idiomas para los alumnos extranjeros, estos alumnos cuentan además con al ayuda del Equipo Directivo, la orientadora y la profesora de Educación Compensatoria para cualquier duda que les pueda surgir en el momento de realizar los trámites de matricula.

Artículo 48. Deberes de los padres o tutores legales. 1. Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio. 2. La administración educativa velará por el cumplimiento de los deberes indicados en el apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios informadores de este Decreto, velará por el cumplimiento de los siguientes deberes de los padres o tutores legales:

a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos o pupilos, estimularles hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.

b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos o pupilos su asistencia regular a clase así como su progreso escolar. c) Respetar y hacer respetar a sus hijos o pupilos las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. CAPÍTULO III: Personal de administración y servicios

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Artículo 49. Derechos y Funciones.

El P.A.S. está integrado por las personas sujetas por una relación laboral o funcionarial que prestan servicios de apoyo o auxiliares en el Instituto; en todo caso se excluyen los docentes. Sus funciones, derechos y deberes son establecidos por la legislación vigente: Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público y según el Convenio Colectivo del Personal Laboral de Castilla y León. DERECHOS:

- Participar en la organización y funcionamiento del centro educativo. - Al respeto, reconocimiento y colaboración de todos los miembros de la comunidad

educativa, en el cumplimiento de sus funciones. - A participar a través de sus representantes en el Consejo Escolar en las sugerencias

oportunas. -

FUNCIONES: Las funciones del personal laboral que realiza su actividad en la Residencia, quedan recogidas en el artículo 35 de este Reglamento. Para el personal laboral o funcionario no docente sus funciones son las siguientes:

ORDENANZA:

• Vigilancia, guardia y custodia del centro, atendiendo el servicio telefónico con carácter no exclusivo.

• Informar y orientar a los visitantes. • Hacer recados oficiales dentro y fuera del centro, ensobrar, empaquetar, franquear,

depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia. • Manejar máquinas reproductoras y auxiliares. • Colaborar con el resto del personal laboral en las labores de porteo dentro del recinto del

centro. • Custodiar la hoja de firmas del personal laboral donde éste anota la hora de entrada y de

salida junto con su firma y entregar al Secretario semanalmente. JEFE DE SECRETARÍA:

• Tareas administrativas (grabación de datos, mantenimiento de correo electrónico, archivo y gestión de documentación y expedientes de alumnos, gestión documentación de becas, registro de documentos, envío de correspondencia, confección de hojas de clase con fotos de alumnos …) .

• Realizar trámites de gestión económica sencillos. • Realizar tareas relacionadas con el manejo del IES 2000: matriculación, preparación de

certificaciones, listados, historiales, …. • Control del material de oficina, depositado en la Secretaría y gestión para el uso de

profesores y alumnos. • Cualquier otra dentro de lo razonable encomendada por cualquier miembro del Equipo

Directivo.

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Artículo 50. El P.A.S. participa en la toma de decisiones, gestión y planificación de las actividades del Instituto a través de su representación en el Consejo Escolar. Artículo 51. El P.A.S. tendrá libertad de reunión en el Instituto para tratar de asuntos de carácter laboral o profesional en las mismas condiciones que establece la ley para otros colectivos integrantes de la Comunidad Educativa. CAPÍTULO IV: Los alumnos Derechos y deberes de los alumnos y participación y compromisos de las familias en el proceso educativo Artículo 52. Principios generales. 1. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones, en su forma de ejercicio, que las derivadas de su edad, desarrollo madurativo y del nivel que estén cursando. 2. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos. 3. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos que se establecen en el presente Decreto. 4. El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implica el deber correlativo de conocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. 5. Las actuaciones correctoras referidas a las faltas injustificadas de asistencia a clase y de puntualidad. Asimismo, pueden determinar que, las decisiones colectivas que adopte el alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, en relación con su asistencia a clase no tengan la consideración de conductas perturbadoras de la convivencia ni sean objeto de corrección cuando éstas hayan sido resultado de una decisión colectiva en el marco del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito de acuerdo con la forma que establezcan las normas de organización y funcionamiento del centro. En ese caso, el director del centro comprobará si la inasistencia a clase de los alumnos por decisión colectiva se ajusta a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y adoptará las medidas necesarias para que esta situación no repercuta en el rendimiento académico de los alumnos y garantizará el derecho de aquéllos que no deseen secundar las decisiones sobre la asistencia a clase a permanecer en el centro debidamente atendidos. Artículo 53. Derecho a una formación integral. 1. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. 2. Este derecho implica: a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia. b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.

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c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan integrarse personal, laboral y socialmente. d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico. e) La formación ética y moral. f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. Para ello, la Administración educativa prestará a los centros los recursos necesarios y promoverá la colaboración con otras administraciones o instituciones. Artículo 54. Derecho a ser respetado. 1. Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales. 2. Este derecho implica: a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral. b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas, religiosas o morales. c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de actuación. d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades académicas y fomente el respeto mutuo. a) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación que hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente. Artículo 55.Derecho a ser evaluado objetivamente. 1. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. 2. Este derecho implica: a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza. b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones, respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se establezca. Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus padres o tutores legales. Artículo 56. Derecho a participar en la vida del centro. 1. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente. 2. Este derecho implica: a) La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos, y de representación en el centro, a través de sus delegados y de sus representantes en el consejo escolar. b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la

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comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones. c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa en general. Articulo 57. Derecho a protección social. 1. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente y en el marco de las disponibilidades presupuestarias. 2. Este derecho implica: a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo. b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando. Artículo 58. Deber de estudiar. 1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad. 2. Este deber implica: a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades académicas programadas. b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices. Artículo 59. Deber de respetar a los demás. 1. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás. 2. Este deber implica: a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos establecidos en este Decreto. b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social. c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a sus pertenencias. Artículo 60. Deber de participar en las actividades del centro. 1. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la vida del centro. 2. Este deber supone: a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las actividades lectivas y complementarias, así como en las entidades y órganos de representación propia de los alumnos.

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b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de ellos. Artículo 61. Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro. 1. Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto. 2. Este deber implica: a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, establecidas en el Reglamento de régimen interior. b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para favorecer el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el centro. c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los materiales didácticos. Artículo 62. Deber de ciudadanía. Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente. Así mismo, todos los alumnos participantes en el programa de reutilización de libros de texto RELEO tienen la obligación de velar por el buen uso, conservación y mantenimiento de los libros de texto y materiales curriculares del banco de libros del Centro. De lo contrario se harán cargo de su coste económico o no podrán participar de nuevo en dicho programa. Respecto a los libros adquiridos con ayudas solicitadas a este efecto, se devolverán al Centro al final del curso académico con el fin de formar parte del banco de libros, por tanto también deberá velarse por su buen uso y conservación, de lo contrario se les privará de aprovecharse de estas ayudas en convocatorias sucesivas. TÍTULO NOVENO: NORMAS DE CONVIVENCIA La disciplina escolar CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 63. Calificación de las conductas que perturban la convivencia y actuaciones correctoras.

1. Las conductas del alumnado que perturban la convivencia en el centro podrán ser calificadas como:

a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, que serán consideradas como leves.

b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que podrán serán consideradas como graves o muy graves.

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2. Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadoras de la convivencia, de las que se informará al consejo escolar, recogidas en el apartado anterior podrán ser:

a) Actuaciones inmediatas, aplicables en primera instancia directamente por el profesorado presente, en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta su consideración de autoridad pública, a todas las conductas que perturban la convivencia en el centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de este decreto, con el objetivo principal del cese de la conducta, pudiendo ser seguidas de medidas posteriores.

b) Medidas posteriores: una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y teniendo en cuenta la calificación posterior de la conducta de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. Se podrán adoptar las siguientes medidas posteriores:

1.º Medidas de corrección, a las que se refiere el artículo 38 de este decreto.

Las medidas de corrección se podrán llevar a cabo en el caso de conductas calificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro, y consideradas como faltas leves.

Las medidas de corrección que se adopten serán inmediatamente ejecutivas.

2.º Procedimientos de acuerdo abreviado.

Los procedimientos de acuerdo abreviado tienen como finalidad agilizar las actuaciones posteriores de las conductas perturbadoras para la convivencia, reforzando su carácter educativo mediante la ejecutividad inmediata.

Se podrán llevar a cabo con cualquier conducta perturbadora ya sea su calificación como contraria a la convivencia en el centro, y considerada como falta leve, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, y considerada como falta grave o muy grave, y se concretarán en la apertura de procesos de mediación, procesos de acuerdo reeducativo y la aceptación inmediata de sanciones.

El acogimiento a estos procedimientos es voluntario y necesita del acuerdo de las partes en conflicto para su inicio, pudiendo ofrecerse y acogerse a ellos todo el alumnado del centro.

El reglamento de régimen interior del centro precisará y ajustará a las características del centro y su alumnado el desarrollo de los procedimientos de acuerdo abreviado.

3.º Apertura de procedimiento sancionador. En el caso de conductas calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, y consideradas como faltas graves o muy graves que no se hayan acogido a un procedimiento de acuerdo abreviado, se procederá a la apertura de procedimiento sancionador, de conformidad con lo establecido en el capítulo V del título III del Decreto 23/2014 de 12 de junio. En la apertura del procedimiento sancionador se tendrá en consideración las circunstancias que han impedido la adopción de un procedimiento de acuerdo abreviado Artículo 64. Criterios para la aplicación de las actuaciones correctoras.

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a) Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadoras tendrán un carácter educativo y recuperador, debiendo contribuir a la mejora del proceso educativo del alumnado, a garantizar el respeto a los derechos y a la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Las actuaciones correctoras deberán ser proporcionadas a las características de la conducta perturbadora del alumnado y tendrán en cuenta su nivel académico y edad, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan haber incidido en la aparición de dicha conducta.

c) Las conductas incluidas en el artículo 48 f) del Decreto 51 sobre convivencia, con la consideración de muy graves, llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro. Durante las etapas de escolarización obligatoria, la expulsión definitiva supondrá el cambio de centro. Las situaciones en que las medidas correctoras se puedan aplicar directamente por el profesorado serán las que correspondan a conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, que son consideradas leves. Artículo 65. Ámbito de las conductas a corregir. 1. La facultad de llevar a cabo actuaciones correctoras sobre las conductas perturbadoras de la convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del recinto escolar en horario lectivo, durante la realización de actividades complementarias o extraescolares o en los servicios de comedor y transporte escolar. 2. También podrán llevarse a cabo actuaciones correctoras en relación con aquellas conductas de los alumnos que, aunque se realicen fuera del recinto escolar, estén directa o indirectamente relacionadas con la vida escolar y afecten a algún miembro de la comunidad educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran ser sancionadas por otros órganos o administraciones, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 66. Gradación de las medidas correctoras y de las sanciones. 1. A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad: a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y la reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral. b) La falta de intencionalidad. c) El carácter ocasional de la conducta. d) El supuesto previsto en el artículo 78.4. e) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta. 2. A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad: a) La premeditación. b) La reiteración. c) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.

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d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno. e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios. 3. En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas podrán compensarse. 4. Cuando la reiteración se refiera a la conducta especificada en el artículo 71.1.c, las medidas a llevar a cabo sobre dicha conducta deberán contemplar la existencia, en su caso, de programas específicos de actuación sobre las mismas. Artículo 67. Responsabilidad por daños. 1. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación, en los términos previstos en la legislación vigente. 2. Los alumnos que sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído, de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de la corrección a que hubiera lugar. 3. Los padres o tutores legales del alumno serán responsables civiles en los términos previstos en las leyes. Artículo 68. Coordinación interinstitucional. 1. De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de las actuaciones correctoras, los centros podrán recabar los informes que se estimen necesarios acerca de las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno a los padres o tutores legales o, en su caso, a las instituciones públicas competentes. 2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el alumno siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en el centro, éste dará traslado, previa comunicación a los padres o tutores legales en el caso de menores de edad, a las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de otro tipo, de la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales del alumno que puedan ser determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas. 3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclame la implicación directa de los padres o tutores legales del alumno y éstos la rechacen de forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las instituciones públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno y el cumplimiento de los deberes de los padres. CAPÍTULO II Actuaciones inmediatas Artículo 69. Actuaciones inmediatas.

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1. Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar las medidas posteriores previstas en el artículo 65.2.b). 2. Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la convivencia en el centro, el profesor llevará a cabo una o varias de las siguientes actuaciones: a) Amonestación pública o privada. b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas. c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor, quedando garantizado, en todos los casos, el control del alumno y la comunicación posterior, en caso de ser necesario, al jefe de estudios. - Utilización del aula de convivencia: Excepcionalmente, un profesor podrá enviar a un alumno al aula de convivencia cuando presente reiteradamente conductas contrarias a las normas de convivencia y las actuaciones inmediatas no surtan efecto. Los alumnos que vayan al aula de convivencia deberán llevar el trabajo que deben realizar, trabajo que les dará el profesor que les ha sancionado. El alumno estará acompañado de los siguientes profesores, en orden de disponiblidad.

1. Profesor responsable en ese momento de atención al aula de convivencia. 2. Si no fuera posible, por el profesor de guardia. 3. Si lo anterior tampoco fuera posible, por el coordinador de convivencia.

El profesor que sanciona a un alumno con el aula de convivencia notificará la incidencia por escrito a la jefa de estudios, que hará llegar la información a los padres y al tutor. Habrá un registro en el que conste el profesor que envía al alumno, la tarea encomendada, el profesor que le atiende en el Aula de Convivencia. También se reflejará su comportamiento y si ha realizado la tarea y cualquier otra observación pertinente.

d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro. Artículo 70. Competencia. Procedimientos de actuación. Sistema de registro 1. Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por cualquier profesor del centro, dado su carácter directo e inmediato a la conducta perturbadora. 2. El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno, que será quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de informar a la familia del alumno. Asimismo, dará traslado al jefe de estudios, en su caso, tanto de las actuaciones que se especifican en el artículo 69.2.c) como de aquellas situaciones en las que las características de la conducta perturbadora, su evolución, una vez llevada a cabo la actuación inmediata, y la posible calificación posterior, lo hagan necesario.

- El parte de incidencias que hemos venido utilizando durante los últimos años se sustituye por la notificación de la incidencia. Este documento se obtiene a través del IES Fácil. El profesor redacta e imprime la notificación de la incidencia y se la entrega a la jefa de estudios. Jefatura hace llegar una copia al tutor y otra a los padres del alumno.

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Si las medidas inmediatas no son efectivas, el profesor realizará una notificación de la incidencia a través del IES fácil donde dejará constancia escrita de los hechos ocurridos y las medidas previas adoptadas por él. Dicha notificación deberá ser entregada posteriormente en Jefatura de Estudios; la Jefa de estudios hablará con el alumno y en su caso con el profesor y decidirá qué sanciones posteriores se adoptarán, las cuales también quedarán reflejadas en la misma notificación y de las cuales se informará al alumno. Una copia de esa notificación será enviada a la familia del alumno y otra se le facilitará al tutor. Cuando se considere oportuno se informará de manera telefónica e inmediata a la familia. La notificación original se quedará en Jefatura de Estudios. Se observará si el número de notificaciones de incidencias que tiene el alumno corresponden en su mayoría a un mismo profesor o a profesores diferentes, en relación con las medidas de sanción. Antes de tramitar una notificación de incidencias el profesor deberá haber llevado a cabo alguna de las actuaciones inmediatas previstas en el Decreto 51/2007 de 17 de mayo, o en el artículo 69.2 de este Reglamento de Régimen Interior. En el caso de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia se podrá poner un parte de incidencias directamente. La orientadora del centro y el coordinador de convivencia hablarán con los alumnos que tengan un cierto número de notificaciones de incidencias, que se repitan o de mayor gravedad. El número de alumnos y las incidencias producidas, así como las decisiones y sanciones adoptadas quedarán registradas en la aplicación informática de gestión de convivencia. Esta aplicación se actualizará cada vez que se tenga que reflejar una incidencia. CAPÍTULO III Conductas que perturban la convivencia en el Centro. Artículo 71. Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro ó leves. 1. Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro ó leves, las siguientes: a) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos. b) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas. c) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada. Tres retrasos injustificados equivalen a una falta. Con tres faltas injustificadas al mes el tutor envía una carta a la familia para informar de este hecho. Con 18 faltas injustificadas en un mes el alumno entraría en el Programa de Absentismo. d) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares. e) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos. f) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada. g) La utilización inadecuada de aparatos electrónicos y de telefonía.

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h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta según el artículo 82 de este Reglamento. Artículo 72. Medidas de corrección. 1. Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro son las siguientes: a) Amonestación escrita. b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días lectivos. El alumno deberá presentarse en el centro durante un período de entre 15 y 30 minutos para entregar y recoger las actividades encomendadas a realizar durante ese tiempo de modificación de horario lectivo. La no presentación de dichas actividades resultaría un agravante. La no comparecencia sin justificación en el centro durante el período establecido para el alumno implicaría falta de asistencia injustificada. c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos. d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15 días lectivos. e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de 15 días. f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos. g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del alumno en el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden. 2. Para la aplicación de estas medidas de corrección, salvo la prevista en el apartado 1. a), será preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o tutores legales en caso de ser menor de edad. Así mismo se comunicará formalmente su adopción. Artículo 73. Competencia. La competencia para la aplicación de las medidas previstas en el artículo 72 corresponde al director del centro, teniendo en cuenta la posibilidad de delegación prevista en el artículo 5.2.t) de este Reglamento. Artículo 74. Régimen de prescripción. Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro prescribirán en el plazo de 30 días, contado a partir de la fecha de su comisión. Asimismo las medidas correctoras impuestas por estas conductas, prescribirán en el plazo de 30 días desde su imposición. CAPÍTULO IV La mediación y los procesos de acuerdo abreviado Artículo 75. Disposiciones comunes. 1. Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y procesos de acuerdo abreviado de conformidad con lo dispuesto en este capítulo. 2. Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

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a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas perturbadoras calificadas como contrarias a las normas de convivencia y calificadas como falta leve, podrán tener carácter exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultánea o posterior a ellas. b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y consideradas como falta grave o muy grave y se haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa, mediante un escrito dirigido al director, de que el alumno o alumnos implicados y los padres o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas así como su disposición a cumplir los acuerdos que se alcancen. Igualmente se interrumpirán los plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las hubiere. Sección 1.ª– La mediación escolar Artículo 76. Definición y objetivos. 1. La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre dos o más personas, contando para ello con la ayuda de una tercera persona denominada mediador. 2. El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes en conflicto, regulando el proceso de comunicación en la búsqueda de una solución satisfactoria para todas ellas. Artículo 77. Aspectos básicos para su puesta en práctica. Además de las disposiciones comunes establecidas en el artículo 75, para el desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente: a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y acogerse a ella todos los alumnos del centro que lo deseen. b) La mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño causado. Asimismo, requiere de una estricta observancia de confidencialidad por todas las partes implicadas. c) Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa que lo desee, siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su desempeño. d) El mediador será designado por el centro, cuando sea éste quien haga la propuesta de iniciar la mediación y por el alumno o alumnos, cuando ellos sean los proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la aceptación de las partes afectadas. Artículo 78. Finalización de la mediación. 1. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución. 2. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los acuerdos alcanzados, la persona mediadora lo comunicará por escrito al director del centro quien dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente sancionador. 3. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho al director para que actúe en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia ó falta leve, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro ó falta grave o muy grave, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el artículo 87 de este Reglamento.

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4. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la responsabilidad. 5. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, en su caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contados desde su inicio. Los periodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo. Sección 2.ª– Los procesos de acuerdo reeducativo Artículo 79. Definición y objetivos. 1. El proceso de acuerdo reeducativo es una medida dirigida a gestionar y solucionar los conflictos surgidos por la conducta o conductas perturbadoras de un alumno, llevada a cabo mediante un acuerdo formal y escrito, entre el centro, el alumno y sus padres o tutores legales, en el caso de alumnos menores de edad, por el que todos ellos adoptan libremente unos compromisos de actuación y las consecuencias que se derivarán de su desarrollo. 2. Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas del alumno que perturben la convivencia en el centro y, en especial, aquellas que por su reiteración dificulten su proceso educativo o el de sus compañeros. Artículo 80. Aspectos básicos. 1. Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa de los profesores y estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible para su correcta realización la implicación de los padres o tutores legales, si se trata de menores de edad. 2. Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario. Los alumnos y los padres o tutores legales, en su caso, ejercitarán la opción de aceptar o no la propuesta realizada por el centro para iniciar el proceso. De todo ello se dejará constancia escrita en el centro. 3. Se iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la madre y el padre o de los tutores legales y de un profesor que coordinará el proceso y será designado por el director del centro. 4. En el caso de que se acepte el inicio de un proceso de acuerdo reeducativo como consecuencia de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro se estará a lo dispuesto en el artículo 75.2.b). Si no se aceptara se aplicarán las medidas posteriores que correspondan, sin perjuicio, en su caso, de proceder conforme al artículo 68.3 de este Reglamento. 5. El documento en el que consten los acuerdos reeducativos debe incluir, al menos: a) La conducta que se espera de cada una de los implicados. b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no de los acuerdos pactados. Artículo 81. Desarrollo y seguimiento. 1. Se constituirán comisiones de observancia para dar por concluido el proceso de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones que lo requieran. Dichas comisiones estarán formadas, al menos, por la madre y el padre del alumno o, en su caso, sus tutores legales, el profesor coordinador del acuerdo reeducativo, el tutor del alumno, en caso de ser distinto del anterior, y el director del centro o persona en quien delegue. 2. Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un procedimiento sancionador el director del centro dará traslado al instructor para que proceda al archivo del expediente disciplinario.

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3. En caso de que la comisión de observancia determinase el incumplimiento de lo estipulado en el acuerdo reeducativo, el director actuará en consecuencia, según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el cómputo de plazos y la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el artículo 85 de este Reglamento. Así mismo, podrá actuar conforme a lo dispuesto el artículo 68.3 de este Reglamento. 4. Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días lectivos. Este periodo comenzará a contabilizarse desde la fecha de la primera reunión presencial de las partes intervinientes en el acuerdo. CAPÍTULO V Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro, faltas graves o muy graves Artículo 82. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro. Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y, por ello, calificadas como faltas graves o muy graves, las siguientes: a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo. b) Conductas que atenten contra la dignidad personal: Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial, xenófoba, religiosa o de creencias, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas. Serán consideradas muy graves. c) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico. d) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. e) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro. f) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro. Artículo 83. Sanciones. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de las faltas previstas en el artículo 82 son las siguientes: a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos. b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos. c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar.

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d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho. e) Expulsión temporal o definitiva del centro. Artículo 84. Incoación del expediente sancionador. 1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro graves o muy graves, sólo podrán ser sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento. 2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo del director del centro, a iniciativa propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo no superior a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos. 3. La incoación de los procedimientos sancionadores se formalizará con el siguiente contenido: a) Hechos que motivan el expediente, fecha en la que tuvieron lugar, conducta gravemente perjudicial para la convivencia cometida y disposiciones vulneradas. b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables. c) Nombramiento de un instructor y, en su caso, cuando la complejidad del expediente así lo requiera, de un secretario. Tanto el nombramiento del instructor como el del secretario recaerá en el personal docente del centro, estando ambos sometidos al régimen de abstención y recusación establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El acuerdo de incoación contendrá una expresa referencia al régimen de recusación. d) En su caso, la posibilidad de acogerse a los procesos para la resolución de conflictos establecidos en el capítulo IV de este título. 4. La incoación del procedimiento se comunicará al instructor y, si lo hubiere, al secretario, y simultáneamente se notificará al alumno y a sus padres o tutores legales, cuando este sea menor de edad. Asimismo, se comunicará, en su caso, a quién haya propuesto su incoación y al inspector de educación del centro, a quién se mantendrá informado de su tramitación. Artículo 85. Medidas cautelares. 1. Por propia iniciativa o a propuesta del instructor, el director del centro podrá adoptar motivadamente las medidas cautelares de carácter provisional que sean necesarias para garantizar el normal desarrollo de la actividad del centro y asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer. Las medidas cautelares podrán consistir en el cambio temporal de grupo, o en la suspensión temporal de la asistencia a determinadas clases, actividades complementarias o extraescolares. 2. El periodo máximo de duración de estas medidas será de 5 días lectivos. El tiempo que haya permanecido el alumno sujeto a la medida cautelar se descontará, en su caso, de la sanción a cumplir. 3. Las medidas cautelares adoptadas serán notificadas al alumno, y, si éste es menor de edad, a sus padres o tutores legales. El director podrá revocar, en cualquier momento, estas medidas. Artículo 86. Instrucción. 1. El instructor, desde el momento en que se le notifique su nombramiento, llevará a cabo las actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las responsabilidades, formulando, en el plazo de tres días lectivos, un pliego de cargos que contendrá los siguientes extremos:

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a) Determinación de los hechos que se imputan al alumno de forma clara y concreta. b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables. c) Sanciones aplicables. 2. El pliego de cargos se notificará al alumno y a sus padres o representantes legales si aquél fuere menor, concediéndole un plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estime oportuno y proponer la práctica de las pruebas que a la defensa de sus derechos o intereses convenga. Si el instructor acordara la apertura de periodo probatorio, éste tendrá una duración no superior a dos días. 3. Concluida la instrucción del expediente el instructor redactará en el plazo de dos días lectivos la propuesta de resolución bien proponiendo la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad sobre los hechos bien apreciando su existencia, en cuyo caso, la propuesta de resolución contendrá los siguientes extremos: a) Hechos que se consideren probados y pruebas que lo han acreditado. b) Calificación de la conducta o conductas perturbadoras en el marco del presente Decreto. c) Alumno o alumnos que se consideren presuntamente responsables. d) Sanción aplicable de entre las previstas en el artículo 85 y valoración de la responsabilidad del alumno, con especificación, si procede, de las circunstancias la agraven o atenúen. e) Especificación de la competencia del director para resolver. 4. El instructor, acompañado del profesor-tutor, dará audiencia al alumno, y si es menor, también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y ponerles de manifiesto el expediente, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes. 5. Recibidas por el instructor las alegaciones y documentos o transcurrido el plazo de audiencia, elevará todo el expediente al órgano competente para adoptar su resolución final. Artículo 87. Resolución. 1. Corresponde al director del centro, en el plazo máximo de dos días lectivos desde la recepción del expediente, la resolución del procedimiento sancionador. 2. La resolución debe contener los hechos imputados al alumno, la falta que tales hechos constituyen y disposición que la tipifica, la sanción que se impone y los recursos que cabe interponer contra ella. 3. La resolución se notificará al alumno y, en su caso, a sus padres o representantes legales y al miembro de la comunidad educativa que instó la iniciación del expediente, en un plazo máximo de veinte días lectivos desde la fecha de inicio del procedimiento. 4. Esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.f) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, será comunicada al claustro y al consejo escolar del centro quien, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas, en el plazo máximo de cinco días lectivos. Si el instructor del expediente forma parte del consejo escolar del centro deberá abstenerse de intervenir. 5. Contra la resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección Provincial de Educación correspondiente en los términos previstos en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. TÍTULO NOVENO: NORMAS DE CONVIVENCIA. CAPÍTULO VI: PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN EN S UPUESTOS DE POSIBLE ACOSO ESCOLAR.

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Artículo 88: Definición y objetivos . La Orden EDU/1071/2017 establece el Protocolo específico de actuación en supuestos de posible acoso en centros docentes, éxito vinculado en gran medida a la existencia de medidas previas de sensibilización, prevención e implicación de todos y cada uno de los sectores de la comunidad educativa. Artículo 89: Fases del procedimiento de aplicación. PRIMERA FASE: CONOCER, IDENTIFICAR, PARAR LA SITUAC IÓN. ASPECTOS A TENER EN CUENTA: • Conocida la situación, se actuará de forma inmediata con el objetivo de identificar y parar el posible acoso. Las actuaciones incluidas en esta primera fase se llevarán a cabo en un plazo máximo de 48 horas. • En aquellos casos con características específicas (violencia de género, ciberacoso) o violencia grave, que el centro vea limitada su posibilidad de intervención o se consideren necesarias otras, se pondrá en conocimiento de las instituciones y organismos competentes (Servicios Sociales, Fiscalía de Menores o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad). • De todas las actuaciones que se lleven a cabo quedará constancia documental en el centro. • En esta primera fase, es fundamental estudiar los casos para definir el conflicto y determinar si se trata de un caso de acoso escolar o si se trata de otras situaciones de conflicto en el entorno escolar y poder actuar en consecuencia. Asimismo, conviene que los centros tengan en cuenta tanto el contenido del artículo 1903 del Código Civil en relación con su responsabilidad en los actos del alumnado menor de edad, así como lo señalado por la Fiscalía General del Estado en su Instrucción 10/2005, de 6 de octubre, que indica la puesta en conocimiento de los organismos de protección de menores, de los cuerpos y fuerzas de seguridad y de la Fiscalía de toda situación que afecte a los derechos de los menores y que el centro no sea capaz de afrontar con sus propios medios y recursos. • Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el protocolo se entenderán referidas también a su correspondiente femenino. 1. Conocimiento de la situación y comunicación inicial. 1.1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación que pueda ser constitutiva de acoso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del director del centro o, en su ausencia, de algún miembro del equipo directivo, que dejará constancia documental de la comunicación. 1.2. En aquellos casos en los que se tenga conocimiento de la situación por otras instancias (Dirección Provincial de Educación, Fiscalía de Menores, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, etc.), o personas externas al centro, se seguirá el procedimiento establecido en este protocolo, estableciendo la coordinación que se considere oportuna de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo. 1.3. Asimismo, en los casos, con especial atención a los de posible ciberacoso, cuyas características, hagan necesaria la comunicación a instancias externas al centro se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo en lo relativo a la coordinación interinstitucional. 1.4. En los casos de posible violencia de género, el director comunicará tal circunstancia a los servicios sociales más próximos al domicilio de la víctima para que, sin perjuicio de desarrollar este protocolo, se active el específico para dichas situaciones, desarrollándose ambos de forma coordinada.

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1.5. Específicamente respecto a los centros de titularidad privada, cuando la posible situación de acoso sea comunicada al centro por los padres del alumno, será puesta de inmediato en conocimiento de la Dirección Provincial de Educación, recibiendo copia de esta actuación la familia. Al mismo tiempo, se establecerá, de acuerdo con esta, un cauce de comunicación directa y permanente presencial o virtual que estará abierto hasta la resolución del caso. Asimismo, la familia puede optar por comunicar directamente la situación de acoso a la Administración educativa, en cuyo caso ésta, de forma inmediata, comunicará al centro los hechos, requerirá informe sobre dicha situación y de las posibles actuaciones llevadas a cabo, instando al centro a la urgente comunicación con la familia, anteponiendo, a cualquier otra consideración, la seguridad del alumno. 1.6. En los supuestos señalados anteriormente, el centro incluirá de manera inmediata a su conocimiento en la aplicación CONV la posible situación de acoso. 2. Actuaciones inmediatas al conocimiento de la situación. 2.1. Tras recibir esta comunicación, el director del centro o, en su ausencia, algún miembro del equipo directivo de acuerdo con los principios de protección, rapidez, eficacia, confidencialidad y globalidad, adoptará las siguientes medidas con carácter urgente: a) Medidas dirigidas al alumnado víctima: protección y acompañamiento, anteponiendo su integridad personal y seguridad sobre cualquier otra consideración. b) Medidas dirigidas al alumnado agresor: identificación y control inmediato de los presuntos agresores y aplicación, en su caso, de las medidas previstas en el reglamento de régimen interior del centro de acuerdo con lo establecido en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo. Los hechos de especial gravedad y riesgo para la presunta víctima, especialmente, en el exterior del centro, se pondrán en conocimiento de las instituciones y organismos que puedan garantizar su protección y seguridad. De igual forma, en relación con posible ciberacoso o violencia de género, además de lo establecido en el apartado 1.3 de este protocolo, se llevarán a cabo las medidas de control necesarias en el ámbito escolar. 2.2. El director del centro convocará, en un plazo máximo de 24 horas, una reunión con el objetivo de llevar cabo una primera valoración de la situación y de las medidas adoptadas. A esta reunión asistirán el profesor/es-tutor/es del alumnado afectado, el orientador del centro, el coordinador de convivencia, así como otro profesorado que pudiera estar relacionado con la situación. A efectos de su consideración como acoso escolar, en el análisis y valoración de la situación se tendrá en cuenta la presencia de los siguientes aspectos en la relación víctima-agresor: a) Intencionalidad: La agresión producida no constituye un hecho aislado, se dirige a una persona concreta con la intención de convertirla en víctima. Aunque la víctima no provoca la situación, existe intención expresa de hacer daño por parte del agresor o agresores. b) Repetición: La agresión es constante y prolongada en el tiempo, con repetición y combinación de conductas de agresión física, verbal o psicológica, directa o indirecta, de manera que en la víctima, además de sufrir de forma continuada, se genera la expectativa de continuidad en el maltrato y de ser blanco de futuros ataques. Además el contexto social en el que se desarrolla suele ser estable, el grupo de iguales o el centro educativo, disminuyendo las posibilidades de salir de él. c) Desequilibrio de poder: En la agresión se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social, que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales. La indefensión de la víctima, la asimetría entre las partes, con el

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establecimiento de un esquema de abuso de poder desequilibrado entre víctima y agresor o agresores. d) Indefensión y personalización: El objetivo de la agresión suele ser un solo alumno, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión. La víctima vive el acoso como una experiencia extremadamente dura, para cuya superación no dispone de los recursos necesarios. 2.3. De confirmarse la existencia de un caso de acoso, además de llevar a cabo lo previsto en el artículo 48 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, para las conductas calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, en el transcurso de la reunión se constituirá una "Comisión específica de acoso escolar", formada por el director del centro, el orientador, el coordinador de convivencia, y un profesor relacionado con el alumnado afectado. La comisión será la encargada del desarrollo y seguimiento de la aplicación de las siguiente fases de este protocolo y estará coordinada por el director del centro, que podrá delegar dicha coordinación en el profesor coordinador de convivencia. 2.4. De la reunión anterior se levantará acta que incluirá, como mínimo, la relación de asistentes a la misma, la información recogida y las conclusiones derivadas, así como las actuaciones acordadas y, en su caso, la constitución de la "Comisión específica de acoso escolar". 2.5. El director del centro dará traslado inmediato del acta y de toda la información relevante sobre la situación a la Inspección educativa. Asimismo, garantizando la confidencialidad de la comunicación y, en su caso, el carácter provisional de las conclusiones y medidas inmediatas adoptadas, informará a la familia o responsables legales del alumnado implicado. 2.6. Confirmada la existencia de acoso escolar se continuará con la segunda fase de este protocolo y se procederá a la actualización de la situación en la aplicación informática para la gestión de la convivencia escolar (CONV). Dicha anotación podrá ser modificada posteriormente según la evolución del caso. 2.7. En caso de no confirmarse la situación de acoso escolar se procederá de acuerdo con lo establecido en la tercera fase. SEGUNDA FASE: ACTUACIONES SI SE CONFIRMA QUE EXISTE UNA SITUACIÓN DE ACOSO. ASPECTOS A TENER EN CUENTA: • Atendida la situación inicial y confirmada la existencia de acoso, el objetivo es evitar que se repitan las conductas que lo han provocado, en primer lugar, apoyando a la víctima, poniendo a su disposición recursos personales que reduzcan la probabilidad futura de nuevas situaciones de acoso, en segundo lugar, reeducando al agresor o agresores, mediante actuaciones dirigidas a modificar su comportamiento, y, en tercer lugar, con el resto del alumnado y, en especial, con los compañeros que han actuado como espectadores, para que adopten una postura proactiva contra el acoso, en general, y de apoyo a la víctima en particular. • Otras actuaciones que se incluyen en esta fase son las que se llevarán a cabo con el resto de miembros de la comunidad educativa, en particular con el profesorado y las familias, con especial atención a las familias del alumnado implicado. • Con carácter general, las actuaciones que se lleven a cabo en esta fase deberán garantizar la protección del alumnado, preservando su intimidad y la de sus familias. Asimismo, es muy importante seguir observando en la intervención los principios de protección, rapidez, eficacia, confidencialidad y globalidad.

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• El plazo para llevar a cabo las actuaciones de esta fase será el mínimo necesario para garantizar su adecuado diseño e implementación o, en su caso, el ajuste a la normativa en vigor incoación de expedientes disciplinarios . 1. Adopción de medidas de protección y comunicación. 1.1. El director del centro, a propuesta de la "Comisión específica de acoso escolar", ratificará y completará las medidas urgentes de que se han adoptado en la fase anterior, pudiendo incorporar otras nuevas con los diferentes implicados, entre las que caben: a) Medidas dirigidas al alumnado acosado: Pautas de autoprotección y seguimiento y coordinación, en su caso, de las medidas de protección, con especial atención, en su caso, a las medidas externas. b) Medidas dirigidas al alumnado acosador: Medidas de control con la finalidad de impedir nuevas agresiones, con especial atención a determinados momentos del horario o espacios físicos del centro de control más difícil, aplicación de medidas previstas en el reglamento de régimen interior del centro. Así como lo dispuesto en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo para las conductas calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, teniendo en cuenta la repercusión de dicha aplicación en la víctima. c) Medidas dirigidas al grupo de compañeros: apoyo personal, con especial atención a la ayuda entre el alumnado y, en su caso, con la participación del alumnado ayudante del centro. 1.2. Se implementará la aplicación informática "Sociescuela" para la detección del acoso escolar al grupo-clase del alumnado implicado. 1.3. En los casos de ciberacoso, se adoptarán o, en su caso, se reforzarán las medidas necesarias para el uso adecuado de los medios digitales en el ámbito escolar, a tal fin, se podrá en conocimiento de las instituciones u organismos que puedan colaborar en dicho control. 1.4. Se evaluará la posibilidad de cambio de grupo, o incluso el traslado de centro, tanto para el agresor, en el marco de lo establecido en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, como para la víctima, teniendo en cuenta que dicho cambio, de producirse, no elimina la necesidad de intervenir en otros aspectos que reducirán los riesgos de problemas similares en las nuevas situaciones de aula o centro. 1.5. En aquellos casos en los que se confirme la existencia de una situación de violencia de género, una vez llevadas a cabo las actuaciones incluidas en el punto 2.º de la fase de primeras actuaciones, se reforzará la coordinación de los ámbitos educativo y social. Asimismo, en caso de no haberlo hecho, se pondrá en conocimiento de la Fiscalía de Menores. 2. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado implicado. 2.1. La ratificación de las medidas adoptadas en la fase anterior o la adopción de otras nuevas se comunicará en reuniones presenciales con las familias o responsables legales del alumnado implicado (como acosado o como acosador), respectivamente, recabando su colaboración e implicación. 2.2. Asimismo, en aquellos casos que se considere oportuno, se informará a la familia del alumno acosado de la posibilidad de solicitar asistencia jurídica contra el alumnado acosador. 2.3. El contenido de esta reunión quedará registrado por escrito, especificando los asistentes a la misma y su contenido y acuerdos. 3. Comunicación a otros órganos del centro y otro profesorado. El director del centro, con estricta atención a la confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales del alumno

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acosado, informará de la aplicación del protocolo a la Comisión de convivencia y, si lo considera oportuno, al profesorado del centro. 4. Recogida de información: documentación del caso e informe. 4.1. La "Comisión específica de acoso escolar" de forma coordinada con las actuaciones vinculadas con el procedimiento disciplinario que se lleve a cabo, iniciará la recogida de información mediante la realización de entrevistas en las que participarán el alumnado implicado en la situación como víctima o como agresor, sus familias, el alumnado posible observador de los hechos, los comunicadores de la situación, el profesorado del alumnado implicado y otros profesores o personas que, por su relación con el alumnado afectado, puedan aportar información relevante para la intervención en el caso, con especial atención a los delegados del grupo del alumnado implicado. En la realización de las entrevistas participarán, al menos, el coordinador de la comisión específica y uno de sus miembros, De todas las entrevistas se levantará el acta correspondiente. 4.2. Además de la realización de entrevistas, la "Comisión específica de acoso escolar", llevará a cabo otras actuaciones con el fin de documentar adecuadamente el caso, entre otras: Recopilación de documentos existentes sobre el alumnado implicado en la situación como acosado o como acosador. Observación sistemática de la existencia de indicadores de posible acoso en diferentes espacios y actividades del centro y aplicación de cuestionarios y otras herramientas. 4.3. Con la información recogida, la "Comisión específica de acoso escolar" realizará un informe que servirá para la toma de las decisiones de intervención y será la base del plan de actuación que incluirá diferentes medidas dirigidas a todos los implicados. 4.4. Entre las medidas dirigidas al alumnado acosador se podrán incluir actuaciones correctoras que, en su caso, podrán ser contempladas en la instrucción del procedimiento disciplinario. A estos efectos se tendrá en cuenta la valoración inicial, las posibilidades de actuación inmediata que ofrecen los procedimientos de acuerdo abreviado establecidos en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo y la repercusión de dicha aplicación en el alumno acosado. 4.5. El director del centro, garantizando la adecuada confidencialidad y protección de datos de carácter personal, informará a la comisión de convivencia del centro del contenido del informe levantando el acta correspondiente. 5. Comunicación a la Inspección educativa. El director del centro sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, mantendrá puntualmente informado a la Inspección educativa, remitiéndole el informe realizado y la previsión de actuaciones y de comunicación y coordinación con otras instituciones y organismos. 6. Coordinación y seguimiento con otras instituciones y organismos. En aquellos casos de características específicas ciberacoso, violencia de género, especial gravedad con actuaciones coordinadas con otras instituciones y organismos, se llevarán a cabo las reuniones de seguimiento necesarias, cuya finalidad será el intercambio de información y de previsiones de actuación y de las que, en todo caso, se levantará el correspondiente acta. 7. Plan de actuación: Medidas y actuaciones a definir. La "Comisión específica de acoso escolar", oída preceptivamente la Comisión de convivencia del centro, elaborará un Plan de actuación que incluirá un conjunto de medidas de aplicación individual al alumnado implicado y de carácter colectivo (aula y centro). Se podrán considerar las siguientes medidas: a) Con el alumno acosado.

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1. Actuaciones de protección directa o indirecta. 2. Tutoría y programas de entrenamiento personalizado dirigido a mejorar su competencia personal y social, proporcionándole estrategias de autoprotección y favoreciendo su integración en el grupo. 3. Realización de tareas conjuntas, previamente planificadas con el resto de miembros del aula, ensayando nuevos comportamientos para afrontar la realidad con mayores probabilidades de éxito. b) Con el alumnado acosador. 1. Aplicación de las actuaciones correctoras que sean precisas, iniciando un proceso reeducativo de carácter integral, cuya principal finalidad será reforzar el respeto a sus compañeros, proporcionándoles elementos de reflexión y competencia personal que faciliten la adecuada integración en el grupo-clase, evitando, con ello, nuevas situaciones de acoso. 2. Las prácticas restaurativas son el modelo sobre el que se articulará la reeducación del alumnado acosador, como paradigma del manejo del conflicto como oportunidad de aprendizaje, de reconocimiento de la responsabilidad de los agresores y de reparación de las víctimas en un marco colectivo de participación, apoyo y protección. En la adopción de medidas se tendrá en cuenta tanto la seguridad del alumno acosado, como la responsabilidad del alumno acosador ante el alumno acosado. 3. La importancia de la implicación de la familia o responsables legales. 4. Para los casos de conducta violenta continuada del alumno agresor, se tendrá en cuenta la existencia de circunstancias familiares vinculadas a ello, en cuyo caso, se comunicará la situación a los organismos y entidades que proceda. c) Con el grupo de compañeros. Las actuaciones con el grupo de compañeros más próximos al alumno y con todo el alumnado del centro tomarán como referencias: 1. La "tolerancia cero" ante cualquier tipo de agresiones en el centro escolar, en general, y, con mayor motivo, contra el acoso escolar, por sus especiales características. 2. La necesidad de colaboración y de implicación de todo el alumnado en la lucha contra el acoso, reforzando el buen trato entre iguales y la disposición de buena competencia interpersonal. 3. La importancia de la sensibilización y la formación del alumnado como formas tempranas de prevención precoz. 4. El refuerzo de la intervención del alumnado ayudante y de otras formas de ayuda entre iguales como estrategias de actuación. d) Con las familias o responsables legales del alumnado implicado. Además de mantenerlas informadas, recibirán en el centro el asesoramiento y orientación necesaria, incluyendo los posible apoyos externos existentes en cada caso. Teniendo en cuenta que la confidencialidad y la protección de datos son claves en el proceso, no es recomendable realizar reuniones generales para tratar situaciones individuales. e) Con el profesorado y con toda la comunidad educativa. 1. Revisión de la convivencia en el centro y diseño de actuaciones relacionadas con la sensibilización y la formación, para abordar el acoso en sus diferentes modalidades, dirigidas a toda la comunidad educativa. 2. Se valorará la posibilidad de implementar diferentes actuaciones dirigidas a mejorar los mecanismos de denuncia de las posibles situaciones de acoso, la formación del profesorado y alumnado en todo lo relacionado con el manejo de conflictos, la ayuda entre iguales y la promoción del buen trato. 8. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado implicado.

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Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, el aula y el centro educativo, especificando el calendario de aplicación y los mecanismos de seguimiento de las mismas. 9. Información al Consejo Escolar del centro. El Consejo Escolar del centro será informado de las medidas y actuaciones que se lleven a cabo en relación con el caso, así como de la evolución del mismo. 10. Comunicación y seguimiento del caso por parte de la inspección educativa. La Inspección educativa realizará un seguimiento del desarrollo de las diferentes fases del protocolo llevadas a cabo y de la documentación del mismo, con la finalidad de garantizar el correcto desarrollo del proceso educativo y los derechos y deberes del alumnado implicado. 11. Finalización de actuaciones. Una vez desarrollado el Plan de actuación se dará por concluido el expediente con la elaboración por la "Comisión específica de acoso" de un informe final del que se dará traslado a la Comisión de convivencia del centro y a la Inspección educativa, actualizando, si fuera preciso, la información recogida en la aplicación CONV. TERCERA FASE: ACTUACIONES SI NO SE CONFIRMA LA SITU ACIÓN DE ACOSO. ASPECTOS A TENER EN CUENTA: • El plazo para llevar a cabo las actuaciones de esta fase será el mínimo necesario para garantizar su adecuado diseño e implementación aprovechando la sensibilidad que supone la aparición de un posible caso de acoso y teniendo en cuenta la repercusión y trascendencia en el alumnado del centro y el posible impacto positivo de estas actuaciones preventivas. Comunicación Informe de conclusiones. El director del centro pondrá los hechos y actuaciones realizadas en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado presuntamente implicado por la situación como víctima o agresor. En la comunicación se motivará la conclusión de que no existe acoso, se especificará la consideración que merecen los hechos y se continuará, en su caso, con lo establecido en el procedimiento de actuación en situaciones de conflicto que afectan a la convivencia escolar del centro, adoptándose las medidas que procedan, en el marco de lo establecido en el Decreto 51/2007 y en la Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León. Implementación de medidas educativas. Aunque no se confirmen la existencia de acoso escolar, es una buena oportunidad para que el centro lleve a cabo las actuaciones de carácter preventivo, dirigidas a la sensibilización, concienciación, mentalización y formación en la lucha contra el acoso escolar, y cualesquiera otras que contribuyan a mejorar el éxito del proceso educativo del alumnado. TÍTULO NOVENO: NORMAS DE CONVIVENCIA CAPÍTULO VI: PROTOCOLO DE ACTUACIONES EN CASO DE AG RESIONES AL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DE LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

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Artículo 90: Definición y objetivos: La ORDEN EDU/1070/2017, de 1 de diciembre establece el "Protocolo de actuación en agresiones al personal docente y no docente de los centros sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 91: Fases del procedimiento de aplicación:

A. ACTUACIONES INMEDIATAS ANTE UNA SITUACIÓN DE AGR ESIÓN. A.1. Contener la agresión. A.1.1. Ante cualquier posible agresión a un miembro del personal docente o no docente procede mantener la calma y tratar de contener la situación. En la medida que las circunstancias lo permitan, se advertirá al agresor de lo inadecuado de su comportamiento y de las consecuencias que su proceder le puede acarrear. A.1.2. En caso de necesidad, se responderá exclusivamente mediante el empleo de medios de legítima defensa y se solicitará ayuda. El auxilio y presencia de otros profesores u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener o acabar con la situación de violencia, además de que puedan actuar como testigos de los hechos si ello fuera preciso. A.1.3. En el caso de que la situación de violencia persista o se hubiera producido una agresión de suficiente entidad, pedirá ayuda inmediata a la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil. A.2. Comunicar los hechos al director del centro. A.2.1. Cualquier miembro del personal docente o no docente que sufra o tenga conocimiento de una situación de agresión tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director del centro, o en caso de ausencia, de otro miembro del equipo directivo, con la mayor rapidez posible. A.2.2. En caso de que la agresión suponga la existencia de posibles lesiones, la víctima, acompañado por algún miembro del equipo directivo del centro, solicitará la atención médica que precise, pidiendo el correspondiente informe de la misma. A.2.3. El director del centro pondrá inmediatamente los hechos en conocimiento de la Inspección educativa, que dará traslado inmediato al titular de la Dirección Provincial de Educación para su conocimiento y con el fin de que adopte las medidas que considere oportunas. A.3. Denunciar los hechos ante el órgano competente. La persona agredida podrá formular denuncia, comunicando esta circunstancia al director del centro. B. ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO. El director del centro, cuando tenga conocimiento de una situación de agresión contra un miembro del personal docente o no docente del centro, en primer lugar valorará el hecho y la gravedad que conlleva y, a continuación, seguirá los siguientes pasos: B.1. Elaborar un informe sobre los hechos. Tras la comunicación inicial de los hechos, recabará la información necesaria sobre lo ocurrido y realizará un informe de situación en el que incluirá la previsión de actuación inmediata.

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B.2. Aplicar el Reglamento de Régimen Interior del centro. En función de la gravedad de los hechos, procederá a la adopción de las medidas disciplinarias que procedan de acuerdo con lo establecido en su Reglamento de Régimen Interior y con el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León. B.3. Informar de la situación y actuaciones. B.3.1. Comunicará a la comisión de convivencia del centro los hechos, recabando su colaboración en las diferentes actuaciones que se lleven a cabo. B.3.2. Asimismo, remitirá el informe de situación a la Inspección educativa, incluyendo, en su caso, el parte de lesiones o incapacidad laboral del profesional agredido. B.3.3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado, comunicará o, en su caso, ampliara la información sobre los hechos al Ministerio Fiscal. B.4. Registro informático en la aplicación informática CONV. La agresión se incorporará al contador específico de la aplicación informática para la gestión de la convivencia escolar (CONV). B.5. Otras actuaciones a tener en cuenta por parte del equipo directivo. Se llevarán a cabo las actuaciones que garanticen la seguridad de la persona agredida en el recinto escolar, así como el normal desempeño de su actividad profesional. Dichas actuaciones se podrán hacer extensivas, con carácter preventivo, al resto del personal docente o no del centro. C. ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA. C.1. Comunicación inicial con el agredido. Asesoramiento y apoyo. C.1.1. El inspector del centro en el momento que tenga conocimiento de que se ha producido una agresión, en función de la gravedad de los hechos, se personará en el centro o se pondrá en contacto con la persona agredida por los medios que considere oportunos. C.1.2. En el contacto inicial, además del asesoramiento y apoyo que, en relación con la situación, sea necesario, informará a la persona agredida sobre la posibilidad de solicitar asistencia jurídica y el procedimiento para dicha solicitud. Asimismo informará, en su caso, de la posibilidad de disponer de apoyo psicológico en relación con los hechos y del procedimiento de solicitud. C.2. Informe a la Dirección Provincial de Educación. C.2.1. El inspector del centro elaborará un informe sobre los hechos y el estado de situación para su traslado al titular de la Dirección Provincial de Educación junto a su propuesta de actuación. A este informe se adjuntará, en su caso, el informe o parte de lesiones de los servicios médicos del que asimismo se dará traslado al inspector médico de la Dirección Provincial de Educación. C.2.2. Cuando la persona agredida solicite asistencia jurídica se facilitará la anterior documentación. C.3. Supervisión de datos incorporados en la aplicación CONV: El inspector del centro supervisará la correcta cumplimentación del contador correspondiente de la aplicación informática para la gestión de la convivencia CONV.

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D. ACTUACIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓ N. El titular de la Dirección Provincial de Educación, nada más tener conocimiento de los hechos, realizará las siguientes actuaciones: D.1. Se pondrá en contacto con el centro con el fin de conocer el estado de la situación, poniendo a disposición de la persona agredida y del resto del profesorado las medidas de apoyo y mediación que estime oportunas. D.2. Recibirá el informe de la Inspección de Educación y canalizará la información pertinente a los servicios y órganos competentes. D.3. Podrá modificar, de oficio o a petición del interesado, las condiciones laborales o la adscripción temporal a otro centro de trabajo o cualesquiera otras que se consideren. D.4. En su caso, comunicará los hechos y actuaciones más relevantes a la Consejería de Educación, a través de la Inspección central de Educación. .- Cigarros electrónicos. Artículo 92: Se prohíbe la utilización de cigarros electrónicos en los centros escolares , según recogen las recomendaciones de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, y las Instrucciones de inicio de curso 2018-19. REVISIÓN Y DIFUSIÓN DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTER NO Actualización de este Reglamento: En el inicio de cada curso escolar, se dejará constancia en el acta de la primera reunión del Consejo Escolar de los cambios producidos en su contenido, por revisión del mismo y se reflejará la motivación de dichos cambios. Este Reglamento está a disposición de todos los miembros que conforman la comunidad educativa: en la página web del Centro, e impreso en la sala de profesores y en secretaría. La información relativa a la convivencia en el centro y a las conductas contrarias a esta convivencia se hace llegar a los alumnos a través del Plan de Acción Tutorial en las clases de tutoría. A los padres a través de la reunión de comienzo de curso y por los representantes en el Consejo Escolar y al conjunto de profesores en el primer Claustro del curso. También se le comunica a las administraciones educativas, por medio de los informes correspondientes. Al finalizar el curso se hace un análisis y un informe final con propuestas de modificación en el Claustro de Profesores y en Consejo Escolar. La Junta de Delegados también podrá proponer medidas que consideren convenientes para mejorar la convivencia. El RRI lo elabora el equipo directivo tomando en consideración las propuestas de Claustro de Profesores y del Consejo escolar.

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A N E X O I I I .

PLAN DE CONVIVENCIA

I.E.S.O. Montaña Palentina Cervera de Pisuerga

Palencia

Curso 2019/2020

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ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN 2.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA 3.- EL CENTRO DOCENTE Y SU ENTORNO 3.1.– Las características del centro en cuanto a ubicación, alumnado, equipo

docente, espacios, etc. 3.2.– La situación actual de la convivencia en el centro. 3.3.– Las respuestas del centro en estas situaciones. Implicación del profesorado,

alumnado y familias. 3.4.– Experiencias y trabajos previos realizados en relación, directa o indirecta, con la

convivencia en el centro. 4.- DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO 5 – NORMAS DE CONVIVENCIA 6.- CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA

CONVIVENCIA Y TIPO DE CORRECCIÓN. 7.-.CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES

CORRECTORAS 8.- Objetivos a conseguir y actitudes que pretende favorecer el desarrollo del Plan 9.- Actividades previstas para la consecución de los objetivos 9.1.– Persona o personas responsables de las mismas. 9.2.– Metodología y procesos de desarrollo de las actividades. 10.- MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL

PLAN

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1.- INTRODUCCIÓN La convivencia escolar adecuada es un requisito para un proceso educativo de calidad,

siendo igualmente su resultado. Convivencia y aprendizaje son dos aspectos estrechamente ligados entre sí, que se condicionan mutuamente y que requieren que el respeto de derechos ajenos y el cumplimiento de obligaciones propias se constituyan en finalidad y en un verdadero reto de la educación actual en su compromiso para conseguir una sociedad mejor.

La existencia de conflictos en el ámbito escolar provoca una especial preocupación en la comunidad educativa y en la sociedad en general, y exige una respuesta adecuada por parte de los poderes públicos. Esta preocupación viene a reafirmar la profunda convicción de que la educación en un sistema democrático debe inculcar a los alumnos que el desarrollo de los derechos propios debe ir acompañado ineludiblemente del cumplimiento de los deberes hacia los demás.

Principios básicos de este Plan de Convivencia: a) La importancia de la acción preventiva como mejor garantía para la mejora de la

convivencia escolar. b) La responsabilidad de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa

para conseguir un clima escolar adecuado. c) El necesario refuerzo de la autoridad del profesor para un correcto desarrollo del

proceso educativo. d) La necesidad de una colaboración e implicación de los padres o tutores legales del

alumno en la función tutorial del profesor. e) La relevancia de los órganos colegiados y de los equipos directivos de los centros en

el impulso de la convivencia y en el tratamiento de los conflictos. 2.- JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, configura la convivencia

escolar como un principio y como un fin del sistema educativo, al recoger, como elementos que lo inspiran, la prevención del conflicto y su resolución pacífica. En este sentido modifica y precisa, entre otras, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, en lo que respecta a los derechos y deberes del alumnado, regula los órganos de gobierno, coordinación y dirección de los centros educativos y sus competencias en el marco del régimen disciplinario, asumiendo las medidas de sensibilización e intervención, en el ámbito educativo, que se regularon por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, en cuanto al respeto a los derechos y libertades fundamentales y a la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, estableciendo que los consejos escolares cuenten entre sus competencias con la posibilidad de proponer medidas que favorezcan esta igualdad. En dicha Ley también se recoge la voluntad de potenciar la resolución pacífica de conflictos que en otros ámbitos del derecho y de la convivencia social se han desarrollado de forma efectiva mediante los procesos de mediación.

En este marco legal, existe un Decreto que establece la regulación propia de la Comunidad de Castilla y León en esta materia: el DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León.

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Posteriormente ha sido modificado por el DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el

que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.

Sobre la base de los derechos y deberes que se reconocen a los alumnos, se afirma la responsabilidad que corresponde a toda la comunidad educativa en la mejora de la convivencia escolar, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuando en su preámbulo señala que es preciso tener en cuenta que la responsabilidad del alumno en el éxito escolar no debe recaer exclusivamente sobre él mismo, individualmente considerado, sino sobre sus familias, profesorado, centros docentes, administración educativa y, en definitiva, sobre la sociedad en su conjunto, responsable última del funcionamiento y la calidad del sistema educativo.

Así, un eje fundamental de esta norma es la necesidad de implicación de las familias en

el proceso educativo, que aparece recogida a lo largo de todo el texto, y que se concreta no solo en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones, sino en su participación en medidas novedosas de corrección de conductas perturbadoras de la convivencia. Al lado de la mediación escolar, que se contempla como medida de corrección voluntaria para la solución de conflictos entre partes, se regulan los procesos de acuerdo reeducativo, donde los padres o tutores legales toman un protagonismo fundamental.

Además, estos dos tipos de medidas no sólo pueden utilizarse como reacción ante una conducta perturbadora, sino como estrategia para prevenir conflictos, reflejando de esta forma otro de los principios que informan este Decreto, el de prevención.

Se concretan las funciones que la normativa vigente atribuye a los órganos de gobierno

de los centros, y se establecen las que corresponden a tutores docentes, profesorado, y a una figura que asume un protagonismo específico, el coordinador de convivencia.

Asimismo se recogen dos instrumentos básicos para la convivencia: el plan de

convivencia y el reglamento de régimen interior del centro. El refuerzo de la autoridad de los profesores constituye otro de los ejes de esta norma,

plasmado en herramientas disciplinarias que estos pueden y deben utilizar en el mismo momento en el que tiene lugar una conducta perturbadora de la convivencia. Estas herramientas son las actuaciones correctoras inmediatas, que no prejuzgan ni la calificación de la conducta ni las medidas posteriores que se puedan adoptar, siendo el objetivo perseguido el cese inmediato de aquella.

Por último, y para aquellas conductas que perjudican gravemente la convivencia escolar,

se configura un régimen de infracciones y sanciones y un procedimiento sancionador claro y estructurado, que facilita su comprensión por toda la comunidad educativa y agiliza su desarrollo.

3.- EL CENTRO DOCENTE 3.1.– Las características del centro en cuanto a ubicación, alumnado, equipo

docente, espacios, etc.

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La zona de escolarización de este Instituto se encuentra enclavada en la comarca

natural e histórica de la Montaña Palentina, en un ámbito totalmente rural. Según los datos del último censo de población, en la zona de escolarización viven algo más de 3.000 personas de derecho, lo que de hecho equivale a unas 2.500 personas. El principal núcleo habitado es la localidad de Cervera de Pisuerga, en la que se encuentran las instalaciones del Centro.

La tendencia general de la comarca desde mediados del siglo XX ha sido la de una continua emigración, que ha producido un intenso y profundo fenómeno de despoblación. El proceso se vio acelerado durante la segunda mitad de la década de los 80 y principios de los 90 con el cierre de prácticamente todas las explotaciones mineras de la cuenca palentina y con la entrada en la Unión Europea, que supuso un duro golpe para la agricultura y, sobre todo, para la ganadería tradicionales, sin que esta actividad se haya recuperado todavía.

Por lo tanto, nos encontramos ante una población escasa, envejecida, con pocas expectativas económicas a todos los plazos y con una tendencia a la emigración de las personas más jóvenes.

Las actividades principales de la Comarca de Cervera de Pisuerga son el turismo, la

ganadería, la agricultura y los servicios. El nivel de paro es bajo, mientras que aparece un grupo importante de jubilados y

prejubilados, estos últimos de las minas. La mayor parte de los empleos del sector agrícola y de los servicios, en especial del

turismo, están poco o nada cualificados. La mayoría de los adultos de la zona manifiesta poseer, al menos, estudios

primarios, Sin embargo, el número de personas que ha cursado estudios secundarios, bien Bachillerato o FP no es muy elevado y pocas personas cuentan con estudios universitarios.

Dadas las características de esta zona rural, las dotaciones sociales son mejorables

en general, y se encuentran desigualmente distribuidas. Los municipios pequeños disponen de pocas actividades culturales.

Cervera de Pisuerga, como cabeza de partido judicial, dispone de un centro cívico con Biblioteca, sala de estudio y salón de actos, de un consultorio médico, una piscina descubierta, un campo de fútbol, y un pabellón polideportivo cubierto. Castrejón de la Peña dispone de un centro integrado con Biblioteca y salón de Actos.

En la zona de escolarización existe un porcentaje cada vez mayor de inmigrantes

pakistaníes, marroquíes, rumanos, paraguayos, etc. 3.2.- La situación actual de la convivencia en el centro. En general la convivencia es buena, al tratarse de un centro pequeño, de zona rural,

donde los alumnos se conocen desde su infancia, y también sus familias; aun así, a veces nos encontramos con situaciones de conductas inadecuadas entre los alumnos.

Es muy importante la prevención y la intervención inmediata para cortar estos comportamientos de raíz.

Los grupos son muy reducidos, lo que facilita la aplicación de técnicas de gestión del aula basadas en la observación de las reacciones de los alumnos ante el aprendizaje. El profesor puede modificar su técnica con un conocimiento más preciso de sus alumnos lo

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que facilita el seguimiento individualizado. La disciplina y la sensación de orden se mantienen, incluso en el recreo por la

realización de guardias de patio por parte de dos profesores. El clima escolar persigue un ambiente favorable para la convivencia: los alumnos y

padres perciben al profesorado con cercanía; los tutores dedican tiempo a tratar los conflictos durante la hora de tutoría y en otros períodos, incluso durante horas no obligatorias del profesor.

Se ha conseguido que los tutores sean el referente de cada grupo-clase, de forma que los alumnos, en general, tratan los conflictos y la marcha del curso con ellos. Uno de los momentos en los que esto se realiza es en las preparaciones de cada evaluación.

Igualmente la Orientadora y Coordinadora de convivencia, así como el Equipo Directivo, colaboran activamente en la prevención y resolución de conflictos, fomentando un buen clima de convivencia entre los distintos sectores de la comunidad educativa.

3.3.– Las respuestas del centro en estas situaciones. Implicación del profesorado,

alumnado y familias. El reglamento de régimen interior (RRI) en lo relativo a la convivencia escolar, como

parte del proyecto educativo, establece las normas de convivencia, que incluyen tanto los mecanismos favorecedores del ejercicio de los derechos y deberes del alumnado, como las medidas preventivas y la concreción de las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro, así como las medidas de corrección, todo ello en el marco de lo dispuesto en el decreto vigente.

Es fundamental la autorregulación de cada profesor en su aula, implicándose en la toma de decisiones, velando por el cumplimiento de las normas, y resolviendo los problemas surgidos en su aula, no traspasándolos en la medida de lo posible, a jefatura de estudios, sino corrigiéndose en el mismo momento y lugar en el que se producen.

Por parte de los alumnos, su labor es muy importante, aislando a los compañeros que causan problemas de disciplina, comunicándolo a sus profesores, y colaborando en su pronta detección y solución.

Por parte de la familia es aconsejable abordar el tema de la convivencia con los hijos y manifestar disponibilidad para pedir ayuda y escuchar el problema, siendo lo más conveniente el contacto inmediato con el centro escolar a través del tutor.

A los padres o tutores legales, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que el proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada, asistiendo a clase y participando en las actividades programadas.

En el centro se intenta hacer partícipe a las familias del desarrollo de actividades como Jornadas Culturales, charlas, deportes, actividades extraescolares, etc. En este punto, sobre todo contamos con la colaboración de la Asociación de padres y madres de los alumnos (AMPA) y con los representantes de los padres en el Consejo Escolar.

3.4.– Experiencias y trabajos previos realizados en relación, directa o indirecta, con la

convivencia en el centro. El punto fundamental para prevenir dificultades en la convivencia escolar, se realiza

mediante el trabajo sistemático del tema desde las tutorías dentro del Plan de Acción Tutorial (PAT). En este sentido es conveniente que todo el profesorado siga una misma

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línea de trabajo previamente trabajada en colaboración con el departamento de Orientación, adaptando las actividades de acuerdo con la edad de los alumnos, e intentando que sean actividades gratas de realizar, donde los alumnos se involucren sinceramente.

El Plan de Acción Tutorial es elaborado por el Departamento de Orientación y

consensuado con los tutores. Este plan recoge todos los años, a comienzo de curso, actividades relacionadas con este tema que se proporcionan a los tutores en las reuniones semanales con la orientadora: normas de convivencia en el instituto, conocimiento del reglamento de régimen interior, derechos y deberes de los alumnos, etc.

Una de estas actividades sería, la realización de campañas escolares de información y sensibilización con participación activa del alumnado en su preparación.

Otro aspecto a tener en cuenta es la diferencia existente entre alumnos de distinto origen, raza, etnias, inmigrantes, etc, lo que a veces provoca conflictos entre los alumnos, por ello, una herramienta básica es el plan de acogida desarrollado por el centro en cursos anteriores, es minimizar estos posibles conflictos. Por todo ello, es de gran utilidad el Plan de atención a la diversidad elaborado por el Instituto.

Con respecto al trabajo psicopedagógico con el alumno causante de problemas, el programa tendría que abordar aspectos relacionados con la empatía, la habilidades sociales, el control de la agresividad y del comportamiento, así como el fomento de valores interpersonales.

La realización de Jornadas culturales: la relación con la mejora de la convivencia es indirecta pero evidente: los alumnos se relacionan en contextos menos estructurados, aprenden a convivir y a compartir experiencias.

Actividades complementarias y extraescolares: las distintas actividades impulsadas

por los departamentos didácticos en colaboración con el Departamento de Extraescolares tienen también relación con la convivencia, ya que ésta se mejora cuando los alumnos tienen sensación de aprender y disfrutar del tiempo unos con otros y con los profesores.

4. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO Recogidos en el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y

deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León.

Derechos de los alumnos Artículo 5.– Derecho a una formación integral. 1. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al

pleno desarrollo de su personalidad. 2. Este derecho implica: a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los

principios democráticos de convivencia. b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las relaciones

interpersonales. c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan

integrarse personal, laboral y socialmente. d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico. e) La formación ética y moral.

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f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. Para ello, la Administración educativa prestará a los centros los recursos necesarios y promoverá la colaboración con otras administraciones o instituciones.

Artículo 6.– Derecho a ser respetado. 1. Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y

dignidad personales. 2. Este derecho implica: a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral. b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas, religiosas o

morales. c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e higiene, a

través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de actuación. d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades

académicas y fomente el respeto mutuo. e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las comunicaciones

necesarias para la Administración educativa y la obligación que hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente.

Artículo 7.– Derecho a ser evaluado objetivamente. 1. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad. 2. Este derecho implica: a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la

evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza. b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones, respecto

de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se establezca.

Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus padres o tutores legales.

Artículo 8.– Derecho a participar en la vida del centro. 1. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su

funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente. 2. Este derecho implica: a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de los

derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos, y de representación en el centro, a través de sus delegados y de sus representantes en el consejo escolar.

b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las instituciones.

c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa en general.

Artículo 9.– Derecho a protección social. 1. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo dispuesto en

la legislación vigente y en el marco de las disponibilidades presupuestarias. 2. Este derecho implica: a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o desventajas

de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la

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permanencia en el sistema educativo. b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una adversidad

familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.

Deberes de los alumnos Artículo 10.– Deber de estudiar. 1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo

rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad. 2. Este deber implica: a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades

académicas programadas. b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus

funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices. Artículo 11.– Deber de respetar a los demás. 1. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás. 2. Este deber implica: a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos

establecidos en este Decreto. b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a sus pertenencias.

Artículo 12.– Deber de participar en las actividades del centro. 1. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la

vida del centro. 2. Este deber supone: a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las

actividades lectivas y complementarias, así como en las entidades y órganos de representación propia de los alumnos.

b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de ellos.

Artículo 13.– Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro. 1. Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de

colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.

2. Este deber implica: a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, establecidas

en el Reglamento de régimen interior. b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para favorecer

el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el centro. c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los

materiales didácticos. Artículo 14.– Deber de ciudadanía. Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de

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nuestra sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente. 5. NORMAS DE CONVIVENCIA Los centros, en el marco de su autonomía, podrán elaborar sus propias normas de

convivencia y conducta, partiendo de la consideración del aprendizaje y la convivencia como elementos estructurales del proceso educativo. Todos los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a convivir en un buen clima escolar y el deber de facilitarlo con sus actitudes y conducta. A todos los efectos, las normas de convivencia y conducta forman parte del reglamento de régimen interior.

Las normas de convivencia y conducta del centro serán de obligado cumplimiento, y se concretan en: • El respeto entre profesores. • El respeto de alumnos hacia el profesor. • El respeto del profesor hacia los alumnos. • El respeto entre alumnos

a) Algunas conductas que impiden la buena convivencia entre los miembros de la

comunidad educativa son: • Respecto a las normas del centro:

Llegar tarde. Salir en los 5 minutos entre clases con cualquier excusa. Interrumpir al profesor sin levantar la mano. Hacer ruidos (con la mano en la mesa, con el boli, con los pies en el suelo…), con

el objetivo de molestar al profesor. Hacer comentarios en voz alta sobre la explicación del profesor. Gritar en clase o en el pasillo. Desafiar al profesor.

• Respecto a las tareas: No traer el material (libros, cuaderno…). No trabajar en clase. Ironizar sobre la tarea propuesta por el profesor. Ostentación de la pasividad ante la tarea.

• Respecto al profesor: Hablar al mismo tiempo que él. Levantarse sin permiso. Recoger antes de que suene el timbre.

• Respecto a los compañeros: Pelearse, robar e insultar, de forma insidiosa (con un comienzo poco claro, con “robos”

de objetos tipo bolígrafos, con insultos en el límite de la ofensa…). Reírse de algún compañero. Imitar con objeto de burlarse. Aislar socialmente a alguien en clase, hacerle el vacío… 6.- CALIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA

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CONVIVENCIA Y TIPO DE CORRECCIÓN. Para el establecimiento de las medidas correctoras se tendrá en cuenta la situación y

condiciones personales del alumnado. Las conductas del alumnado que perturban la convivencia en el centro podrán ser

calificadas como: a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, que serán consideradas

como leves. b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que podrán

serán consideradas como graves o muy graves. Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadoras de la convivencia, de las

que se informará al consejo escolar, recogidas en el apartado anterior podrán ser: a) Actuaciones inmediatas, aplicables en primera instancia directamente por el

profesorado presente, en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta su consideración de autoridad pública, a todas las conductas que perturban la convivencia en el centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del decreto 23/20014, de 12 de junio, con el objetivo principal del cese de la conducta, pudiendo ser seguidas de medidas posteriores.

b) Medidas posteriores: una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y teniendo en cuenta la calificación posterior de la conducta de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. Se podrán adoptar las siguientes medidas posteriores:

1º- Las medidas de corrección se podrán llevar a cabo en el caso de conductas

calificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro, y consideradas como faltas leves.

Las medidas de corrección que se adopten serán inmediatamente ejecutivas. 2.º Procedimientos de acuerdo abreviado. Los procedimientos de acuerdo abreviado tienen como finalidad agilizar las actuaciones

posteriores de las conductas perturbadoras para la convivencia, reforzando su carácter educativo mediante la ejecutividad inmediata.

Se podrán llevar a cabo con cualquier conducta perturbadora ya sea su calificación como contraria a la convivencia en el centro, y considerada como falta leve, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, y considerada como falta grave o muy grave, y se concretarán en la apertura de procesos de mediación, procesos de acuerdo reeducativo y la aceptación inmediata de sanciones.

El acogimiento a estos procedimientos es voluntario y necesita del acuerdo de las partes en conflicto para su inicio, pudiendo ofrecerse y acogerse a ellos todo el alumnado del centro.

El reglamento de régimen interior del centro precisará y ajustará a las características del centro y su alumnado el desarrollo de los procedimientos de acuerdo abreviado.

3.º Apertura de procedimiento sancionador. En el caso de conductas calificadas como gravemente perjudiciales para la

convivencia en el centro, y consideradas como faltas graves o muy graves que no se hayan acogido a un procedimiento de acuerdo abreviado, se procederá a la apertura de procedimiento sancionador, de conformidad con lo establecido en el capítulo V del título III de este decreto.

En la apertura del procedimiento sancionador se tendrá en consideración las circunstancias que han impedido la adopción de un procedimiento de acuerdo abreviado».

7.--. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES

CORRECTORAS:

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a) Las actuaciones correctoras de las conductas perturbadoras tendrán un carácter

educativo y recuperador, debiendo contribuir a la mejora del proceso educativo del alumnado, a garantizar el respeto a los derechos y a la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Las actuaciones correctoras deberán ser proporcionadas a las características de la conducta perturbadora del alumnado y tendrán en cuenta su nivel académico y edad, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan haber incidido en la aparición de dicha conducta.

c) Las conductas incluidas en el artículo 48 f), con la consideración de muy graves,

llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro. Durante las etapas de escolarización obligatoria, la expulsión definitiva supondrá el cambio de centro».

8.- Objetivos a conseguir y actitudes que pretende favorecer el desarrollo del Plan. La convivencia es objetivo formativo en sí mismo y no ha de entenderse solamente en el

sentido de que sea un simple medio con vistas al aprovechamiento y progreso en los demás niveles de formación e instrucción. Como tal ha de ser tratada en el Proyecto Educativo de Centro, en el que se han de hacer explícitos los rasgos y características del modelo de convivencia, de relaciones y de trabajo que se aplica en el Centro Educativo, tanto en lo relativo a la convivencia interna dentro de cada sector (profesorado, equipo directivo, personal no docente, alumnado y familias), como de los diferentes sectores entre si.

Aunque haya una buena gestión global de la convivencia, los problemas aparecerán, porque son propios del cualquier sistema de relaciones humanas, pero la prevención contribuye a reducirlos. El abordarlos y resolverlos con serenidad, con razonamiento, con implicación cooperante de los afectados, conduce a su transformación en oportunidades para madurar y crecer.

Se debe fomentar la adquisición de capacidades y habilidades sociales, un clima de relaciones positivo y las estrategias necesarias para tratar los conflictos cuando se vislumbre su inicio, mediante sesiones de tutoría y dinámica grupal. Deberán disponerse tiempos escolares abiertos al diálogo, la expresión, la comunicación y el debate, con estructuras de clase más flexibles.

Asimismo, se debe tener en cuenta cuestiones referidas a la disciplina, el orden, el silencio, el respeto a la norma y aún los hábitos de limpieza y cuidado de materiales porque su condición de medios los hace imprescindibles para una convivencia en que se garanticen los derechos de todos y el bienestar colectivo. Algo parecido habría que decir en relación con el uso respetuoso del lenguaje y las normas de corrección en el trato.

Nuestra sociedad en general y los centros educativos de forma más concreta están adquiriendo cada vez una mayor diversidad cultural. Los Proyectos Educativos y las programaciones de aula han de ser elaborados desde una perspectiva multicultural, prestando especial atención a las diversas realidades culturales con las que deben convivir diariamente. De esta forma estaremos contribuyendo desde el sistema educativo a que los estudiantes valoren la diversidad cultural y aprendan a convivir en ella.

Por todo ello, el plan de convivencia pretende prevenir la mala convivencia que en casos puntuales se puede desarrollar en el aula, manteniendo el dialogo y la tolerancia como las armas con las que se dispone, no sólo en las aulas, sino en la sociedad en general,

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erradicando otro tipo de comportamientos agresivos y violentos. Objetivos a conseguir y actitudes que pretende favorecer el desarrollo del Plan:

1. Crear una sensibilidad especial en todos los miembros de la comunidad Educativa a través del convencimiento de que la mejora de la convivencia depende de todos y cada uno de nosotros.

2. Prevenir los conflictos antes de que aparezcan a través, principalmente, del uso del

diálogo profesor – alumnos y alumnos entre sí. Para ello será necesario enseñar a los alumnos de forma explícita estrategias de negociación y resolución de conflictos.

3. Tratar de solucionar los conflictos en el lugar en el que se producen, normalmente el

contexto de aula, modificando estrategias y técnicas de gestión democrática de la disciplina y las normas por parte de cada profesor.

4. Tratar de llegar a un consenso en los distintos momentos de reuniones docentes

(evaluaciones, reuniones de equipo educativo, reuniones de tutores y comisión de coordinación pedagógica fundamentalmente) sobre las conductas concretas que son motivo de un parte disciplinario.

5. Reducir la utilización sistemática del parte disciplinario como herramienta de gestión

de la disciplina, para prevenir su posible ineficacia ante determinados alumnos.

6. Mejorar el clima de aula y las relaciones profesor-alumnos a través de revisiones periódicas, por parte de cada profesor con su grupo-clase, de la marcha del curso. Esta revisión puede consistir en dedicar una sesión o parte de ella a dialogar con los alumnos sobre los aspectos que más les interesan de la materia, los que menos, lo que cambiarían, o cualquier otra cuestión. El objetivo principal es que los alumnos se sientan escuchados y partícipes, sin delegar en absoluto en ellos el control de la clase, pero teniendo en cuenta su opinión.

7. Relacionado con el objetivo anterior, auto-convencernos, como profesores, de que

siempre tenemos algo que aprender de los alumnos, y para eso lo mejor es preguntarles y estar atentos a sus reacciones ante cada una de nuestras propuestas educativas.

8. Aprender a utilizar el sentido del humor para mejorar las relaciones con los alumnos y

entre nosotros.

9. Asumir que existen distintos puntos de vista, y enseñar a los alumnos que no siempre tienen razón. Nosotros tampoco. Lo más probable es que cada uno tenga “parte de razón”.

10. Favorecer la participación de los alumnos en la vida del Centro.

11. Elaborar con ellos las normas de convivencia en cada materia, tomando como referente las normas del centro, pero concretando para cada asignatura: desde el uso del material, la revisión de las tareas y cuadernos o el turno de palabra. Dedicar parte o una de las primeras sesiones de clase a clarificar las normas que van a regirla, dándoles voz también a ellos, permitirá luego hacer referencia a acuerdos comunes si se incumplen.

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9.- Actividades previstas para la consecución de los objetivos - Colaboración con el Ministerio del Interior en el Plan Director para la convivencia y

mejora de la seguridad en los centros educativos y sus entornos con charlas sobre: o Riesgos de Internet. o Drogas y alcohol. o Violencia sobre la mujer.

- Colaboración con la Diputación Provincial para diversas charlas y para actividades del deporte escolar.

- Colaboración con la Cruz Roja para diferentes Talleres sobre primeros auxilios, reciclaje y conservación del entorno, etc.

- Colaboración con Asociaciones de Jubilados, Amas de Casa, para diversos concursos literarios, charlas etc.

- Jornadas culturales. - Tecnofórum - Viajes culturales, excursiones, rutas por la montaña, etc. - Actividades de tutoría, dinámicas de grupos, actividades

complementarias, etc. 9.1.– Personas responsables de las mismas. Todos los profesores deben conocer las normas de funcionamiento, que se explican en

uno de los primeros claustros del curso, y que son suficientemente concretas en lo relativo a: entradas y salidas del Centro, ambiente correcto en los pasillos en los cinco minutos entre clases, puntualidad de alumnos y profesores, faltas de alumnos, guardias, guardias de recreo y uso del parte disciplinario.

Todos los alumnos deben conocerlas también, y son los tutores los encargados de

explicárselas al comienzo del curso. Con los padres, se realiza una reunión inicial en la que deberá incidirse sobre lo que

pueden hacer ellos desde casa para contribuir a la mejora de la convivencia en el Instituto. El profesor. Es en el aula donde al final la interacción entre alumnado y profesorado

definirá el ambiente social que se manifieste en el recinto escolar. En este sentido han de tenerse en cuenta los siguientes referentes y valores educativos: la organización social del aula desde la perspectiva de la participación y no de la pasividad del alumnado; -el trabajo de éste, sea individual o grupal; el empleo de estrategias metodológicas que fomenten la motivación, y la relación profesor/alumno basada en la afectividad y comunicación y no en el autoritarismo, teniendo presente que el clima del aula condiciona el clima del centro.

Dentro del grupo de profesores, hay que hacer una mención destacada a la importancia del tutor y el coordinador de convivencia, como orientadores y participantes en actuaciones de mediación y para la consecución de un clima escolar adecuado.

El alumnado. La falta de motivación en un sector del alumnado con respecto a los

objetivos formativos del sistema escolar aparece como determinante de situaciones conflictivas. Aunque el problema depende de múltiples factores familiares, sociales y

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políticos, el sistema escolar, operando sobre todo en el interior del aula, y a través de los resortes del trato personal y de una diversificada acción didáctica, puede conseguir mucho en este campo.

Los alumnos aprenden, en gran medida, gracias a las interrelaciones entre ellos. Es básica la dinámica del grupo clase para el aprendizaje de todos sus miembros.

La convivencia tiene que fundamentarse en la aceptación de la diversidad; esta es la que hace que la convivencia sea posible, rica, interesante y provechosa para todos. Desde los centros se ha de promover un buen aprendizaje en armonía, para que en el ámbito social los alumnos, futuros adultos, se comporten correctamente y aprovechen las grandes posibilidades de la diversidad humana.

El centro educativo ha de ser un instrumento imprescindible para evitar uno de los grandes peligros del presente y del futuro: la exclusión social.

La obligatoriedad, junto con otros aspectos relacionados con ella, comportan en estos momentos una realidad incuestionable: la presencia en las aulas de ESO de algún sector del alumnado que, a veces, no encaja con las actuales propuestas educativas de los centros.

El orientador. Con los alumnos directamente y con las familias mediante sesiones de

trabajo sobre los temas que afectan a la convivencia que no deberían ser sólo individuales (en las que el tema habitual es el hijo), sino también colectivas (en los que los temas sean más variables y alcancen a cuestiones relacionadas con la problemática general de la convivencia y las relaciones entre sectores dentro del centro, así como a temas de salud, perspectivas de futuro para los alumnos, etc.).

El equipo directivo. Y en concreto el jefe de estudios, que fomenta el diálogo y la

convivencia entre los padres y todos los sectores educativos. En colaboración con él trabajará el coordinador de convivencia (este curso 2018-19 la jefa de estudios y orientadora es también coordinadora de convivencia) en el desarrollo de las actividades previstas para la consecución de los objetivos de este plan. Existe una aplicación informática de gestión de convivencia, la cual se mantiene actualizada con los datos relativos a número de alumnos que presentan alteraciones de comportamiento, tipos de comportamiento, tipo de correcciones y sanciones.

El equipo directivo ha de asumir el compromiso de estimular y garantizar las actitudes que promuevan la convivencia evitando así otras actitudes de inhibición que se producen a veces entre el profesorado.

Las familias. Es preciso tratar de implicar y potenciar más la participación de padres y

madres de forma organizada en la elaboración de los reglamentos normativos y en la resolución satisfactoria de situaciones conflictivas. A unas familias plenamente implicadas en las tareas de planificación y gobierno de los centros se les haría normal una mayor operatividad en la resolución de situaciones conflictivas y en general en las situaciones de orden interno y convivencia.

Cuando se realice la Jornada de puertas abiertas, los padres y alumnos son informados sobre la normativa de convivencia vigente en el centro, de cara a fomentar el mutuo conocimiento y aceptación de normas de convivencia compartidas y o consensuadas en el centro escolar y en el ámbito familiar.

Acorde con la jornada de acogida-puertas abiertas y el R.R.I queda garantizado por parte del centro educativo la correcta recepción de alumnos al comienzo del curso escolar por parte del Equipo Directivo, la orientadora del centro y los profesores que impartan clase en el grupo al que el alumno pertenece. Las mismas actuaciones se llevarán a cabo con los alumnos que se incorporen nuevos al centro, junto con una visita guiada del tutor por las

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instalaciones del instituto a fin de que los nuevos alumnos se familiaricen con ellas. Estos alumnos y sus padres han visitado previamente el centro cuando cursaban 6º curso de Primaria. Así mismo, en el Plan de Acogida de nuevos alumnos, se recoge el hecho de que los diferentes impresos de matrícula están a disposición en diversos idiomas para los alumnos extranjeros, estos alumnos cuentan además con al ayuda del Equipo Directivo, la orientadora y la profesora de Educación Compensatoria para cualquier duda que les pueda surgir en el momento de realizar los trámites de matrícula.

La participación de las familias y sus organizaciones en el centro, contribuye a crear un mejor clima de entendimiento, por lo que deberán de estimularse acciones en este sentido y crear espacios donde pueda reflexionarse sobre normas de convivencia, valor de la escuela, etc.

Comisión de Convivencia. En el seno del Consejo Escolar existe dicha comisión,

integrada por el director, el jefe de estudios, dos profesores, dos padres y dos alumnos y el coordinador de convivencia que si no pertenece al Consejo Escolar asistirá a reuniones con voz pero sin voto. Esta comisión dentro del seno del consejo escolar emitirá un informe final de convivencia a la Dirección Provincial de Educación y adjuntará una copia de este informe a la memoria final de curso.

Además de velar, en orden a la convivencia por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de todos los miembros que componen la comunidad educativa, tendría que llevar a cabo también de una forma prioritaria una labor preventiva con la finalidad de evitar hechos y actitudes contrarios a la convivencia en el centro. Dicha labor preventiva se puede concretar en aspectos tales como: revisión anual del RRI, plan de acción tutorial sobre la convivencia con supuestos prácticos, colaboración familiar, control de asistencia, atención a la diversidad, etc.

9.2.– Metodología y procesos de desarrollo de las actividades. Se destaca la importancia del ejercicio de la tutoría individual y de grupo, dentro de la

función docente, dirigida a todos y cada uno de los alumnos y, principalmente, para atender al alumnado que requiere medidas de atención especial. Es preciso que el centro establezca criterios de adjudicación de tutorías teniendo en cuenta las necesidades de este alumnado. Para mejorar esta atención tutorial se recomienda que se organicen cursos de formación que faciliten estrategias para llevar a cabo esta labor.

Potenciar el papel de la tutoría en tres aspectos: en primer lugar, confiriendo mayor relieve a su “papel mediadora”; en segundo lugar, otorgando al tutor una cierta capacidad ejecutiva en relación con las situaciones que afectan a la convivencia; por último, posibilitando una mayor dedicación horaria a la función tutorial. El tutor como "mediador de conflictos" debe intervenir en la solución educativa de los problemas de convivencia mediante el análisis de la situación entre las partes, antes de acudir a la estricta aplicación del régimen disciplinario. No siempre es útil acudir directamente al Director o Jefe de Estudios.

Se ve la importancia de una buena coordinación en el ámbito de acción tutorial: • Entre los tutores del mismo nivel. • Entre orientadora y tutores (se hace mención a la importancia de mantener una

reunión semanal entre orientador y tutores para analizar la situación y planificar acciones conjuntas, estas reuniones se hacen en el centro de forma sistemática, dando muy buenos resultados en la coordinación de los diferentes temas tratados.).

En la labor de evaluación, el equipo de profesores de un grupo hará el seguimiento de la adquisición de hábitos sociales, de interiorización de normas, de habilidades de comunicación y cooperación, de los avances de la convivencia en el grupo, de la

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contribución de cada alumno al mismo, de los problemas que hayan surgido y del modo como se han resuelto...

Durante las sesiones de tutoría se deberán desarrollar actividades sobre mecanismos y estrategias de resolución de conflictos, con casos y ejemplos prácticos.

También deben realizarse actividades de educación emocional, como: identificación de emociones y estrategias para su gestión, desarrollo del autoconocimiento, identificación de los síntomas de estrés y su incidencia, educación de las habilidades sociales, desarrollo de habilidades para la convivencia, etc.

Debe enriquecerse la acción tutorial en la dimensión de la atención a las familias de los alumnos. Ello exige la previsión de tiempos suficientes y adecuados que faciliten la asistencia de padres y madres, la realización de reuniones periódicas con éstos para garantizar el conocimiento del alumnado e intercambiar información entre la familia y los educadores sobre su proceso educativo.

Con los alumnos, la metodología deberá ser participativa para que interioricen las normas como propias y no impuestas, para conseguir el objetivo de mejorar la convivencia, no sólo sancionar conductas.

La reunión inicial con los padres, y las posibles que se realicen a lo largo del curso para

tratar estos temas, deberán incidir en las soluciones y subrayar el objetivo común de familias e Instituto en lo que se refiere a la educación de sus hijos en todos los ámbitos, no sólo la transmisión de conocimientos.

Cada profesor, al inicio de curso, debe no sólo programar la materia, si no reflexionar

sobre la dinámica de cada grupo. Contará para ello con la información que se le proporciona desde el Dpto. de Orientación en lo relativo a alumnos con necesidades específicas, alumnos que vienen con informe de primaria y que resulta importante que conozcan, alumnos repetidores, y por supuesto la evaluación inicial, que cada profesor irá desarrollando y que debería incluir información para uso personal del profesor no sólo del nivel de competencia curricular: también de las características que le parezcan relevantes de cada alumno, como su forma de reaccionar ante las instrucciones del profesor, integración en el grupo – clase, estilo de aprendizaje, etc.

En los casos de conflicto, la orientadora habla con los alumnos de forma periódica,

tratando de analizar las causas de su comportamiento y proporcionándoles estrategias de control de su impulsividad. Al mismo tiempo, se ofrece información y recursos a los Equipos Educativos antes y cuando el conflicto se ha producido. Se habla (cuando acuden) con los padres, y se trabaja coordinadamente con Jefatura de Estudios en la búsqueda de las mejores estrategias para cada caso individual. Se apoya al tutor en cuanto a entrevistas conjuntas con determinados padres si es necesario. Hay que reconocer que, cuando un alumno ha sido objeto de varios expedientes que concluyen en expulsiones por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, es muy difícil conseguir, por medio del diálogo, un cambio de actitud.

10- MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.:

• Claustros. • Comisiones de coordinación pedagógica. • Reuniones de tutores y departamento de orientación.

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Se realizará por medio de la recogida de propuestas de forma individual de cada profesor en los Claustros, a nivel de Departamentos a través de la Comisión de Coordinación Pedagógica o a través de las conclusiones sacadas por los tutores en las reuniones que mantienen junto con Jefatura de estudios y orientación. También se tendrán en cuenta las opiniones y sugerencias de los padres a través de su representación en el Consejo Escolar y los informes que el Consejo Escolar y la Comisión de Convivencia realizan sobre la convivencia en el centro.

Este Plan de Convivencia ha sido aprobado por la Dirección del Centro.

14.- Revisión y difusión de este Proyecto La revisión de este Proyecto se hará anualmente, al finalizar el curso tomando en consideración las propuestas realizadas por el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar, y será aprobado por la Dirección del Centro. El Proyecto educativo está vinculado con el Proyecto de Dirección en las metas, objetivos generales y temporalidad. Vías de difusión de este Proyecto Educativo:

• Información sobre él en reunión inicial de curso con los padres y en el Consejo Escolar.

• Página web del Centro. • Una copia escrita en la Sala de Profesores a disposición de todo el profesorado. • Una copia escrita en Secretaría, a disposición de padres y alumnos.

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DILIGENCIA

Este Proyecto Educativo de Centro fue aprobado por la Dirección del centro el día 24 de octubre de 2019, de lo cual como Directora doy fe.

En Cervera de Pisuerga a 24 de octubre de 2018

LA DIRECTORA

Fdo.: Elvira M. Ramos Vielba