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MEMORIA DE CÁLCULO: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
_____________________________________________________________________________________INDUSTRIA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE MOLDURAS DE MADERA 1
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
1. INTRODUCCIÓN
La presencia del riesgo de incendio en los establecimientos industriales
determina la probabilidad de que se desencadenen incendios, generadores de daños y
pérdidas para las personas y los patrimonios, que afectan tanto a ellos como a su
entorno.
2. OBJETIVO
A continuación se pretende evaluar esos riesgos, determinar las condiciones
necesarias para la protección contra incendios de la industria en su conjunto, así como
las instalaciones necesarias para ello. También se pretende poder detectar la existencia
de un incendio con rapidez y poder garantizar una evacuación rápida y segura de las
personas.
3. NORMAS A APLICAR
o Real Decreto 786/2001 de 6 de Julio: “Reglamento de Seguridad contra
incendios en los establecimientos industriales”.
o Real Decreto 1942/1993 de 5 de Noviembre, “Reglamento de instalaciones
de protección contra incendios”, el cual regula las condiciones que deben
cumplir los aparatos, equipos, sistemas, así como su instalación y
mantenimiento, además de la regulación de instaladores y mantenedores.
o La Norma Básica de la Edificación (NBE-CPI/96): “Condiciones de
Protección contra incendios den los Edificios”, aprobada por el Real Decreto
2177/1996 de 4 de Octubre, establece las condiciones que deben reunir los
edificios excluidos los de uso industrial, para proteger a sus ocupantes frente
a los riesgos originados por un incendio y para prevenir daños a terceros.
Leyendo el artículo 3 del Reglamento de Seguridad contra incendios en
establecimientos industriales se llega a la conclusión de que en nuestra fábrica se
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aplicará solamente este reglamento. El mismo hará referencia cuando se aplica la NBE-
CPI y en qué puntos.
Hay que dejar claro que el Reglamento de seguridad contra incendios que se va a
aplicar posee compatibilidad complementaria con la NBE-CPI.
4. CARACTERIZACIÓN DE LA INDUSTRIA EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS
Las condiciones y requisitos que deben satisfacer los establecimientos
industriales en relación con su seguridad contra incendios estarán determinados por:
o Su configuración y ubicación con relación a su entorno
o Su nivel de riesgo intrínseco.
4.1. CONFIGURACIÓN Y UBICACIÓN CON RELACIÓN A SU ENTORNO
Nuestra planta pertenece a establecimientos industriales ubicados en un edificio
del Tipo C. Esto significa que el establecimiento industrial ocupa totalmente un edifico,
o varios, en su caso, que está a una distancia mayor de 3 m del edificio más próximo de
otros establecimientos.
4.2. NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO
Para las industrias de Tipo C se considera “factor de incendios” el espacio del
edificio cerrado por elementos resistentes al fuego durante el tiempo que se establezca
en cada caso.
El nivel de riesgo intrínseco de cada sector de incendio se evaluará calculando
las siguientes expresiones que determina la densidad de carga de fuego, ponderada y
corregida, de dicho sector de incendio.
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4.2.1. PARA ACTIVIDADES DE FABRICACIÓN Y VENTA
RaA
CSqQ
i
iisi
s ···
1∑
= (MJ/m2) o (Mcal/m2)
Donde:
o Qs = Densidad de carga de fuego ponderada y corregida del sector de
incendio, en MJ/m2 ó Mcal/m2.
o Ci = Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por
la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i), que existe en el
sector de incendio (tabla 1.1. del apéndice 1 del Reglamento de seguridad
contra incendios en los establecimientos industriales).
o Ra = Coeficientes adimensional, que corrige el grado de peligrosidad
(por la activación), inherente a la actividad industrial que se desarrolla en
el sector industrial (tabla 1.2 del apéndice 1 del Reglamento de seguridad
contra incendios en los establecimientos industriales).
o A = Superficie construida del sector de incendio, en m2.
o qsi = Densidad de carga de fuego de cada zona con proceso diferente
según los distintos procesos que se realizan en el sector de incendio (i),
en MJ/m2 ó Mcal/m2. Valor que se obtiene de la tabla 1.2 del apéndice 1
del Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales.
o Si = Superficie de cada zona con proceso diferente y densidad de carga
de fuego, qsi diferente, en m2.
4.2.2. PARA ACTIVIDADES DE ALMACENAMIENTO
RaA
shCqQ
i
iiivi
s ····
1∑
= (MJ/m2) o (Mcal/m2)
Donde:
o Qs, Ci, Ra y A tienen la misma significación que en el apartado 4.2.1
anterior.
o qvi = Carga de fuego, aportada por cada m3 de cada zona con diferente
tipo de almacenamiento (i) existente en el sector de incendio, en MJ/m2 ó
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Mcal/m2. Valor que se obtiene de la tabla 1.2 del apéndice 1 del
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales.
o hi = Altura del almacenamiento de cada uno de los combustibles, (i), en
m.
o si = Superficie ocupada en planta por cada zona con diferente tipo de
almacenamiento (i) existente en el sector de incendio en m2.
Evaluada la densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, de un sector de
incendio de la industria, el nivel de riesgo intrínseco del sector de incendio se deduce de
la tabla 1.3. del apéndice 1 del Reglamento de seguridad contra incendios en los
establecimientos industriales.
5. CÁLCULO DEL NIVEL DE RIESGO INTRÍNSECO DE LA FÁBRICA
Para ello se calcula primero la densidad de carga de fuego ponderada y
corregida, Qs.
Considero dos sectores en la Industria:
o Sector 1: Zona de almacenamiento: A1= 1715m2.
o Sector 2: Zona de Fabricación, venta, etc.: A2 = 2285 m2.
Las diferentes dependencias se pueden observar en la siguiente tabla:
Fabricación y venta Almacenamiento
qsi qvi
Sect
or
DEPENDENCIA S
(m2) Ci
(MJ/m2) (Mcal/m2) Ra
(MJ/m2) (Mcal/m2) Ra
Almacén de materia prima 1000 1,6 - - - 4200 1002 A
1 Almacén productos acabados 715 1,3 - - - 800 192 M
Nave de Producción 2000 1,3 600 144 M - - -
Oficinas 285 1 600 144 B - - - 2
Cuarto Compresores 16 1,3 700 168 M - - -
Siendo A = alta, M = media, B = baja.
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El valor de Ra se ha obtenido de la tabla 1.2. del Reglamento de seguridad contra
incendios en los establecimientos industriales.
Alto Medio Bajo
Ra 3,00 1,50 1,00
Los cálculos se resumen en la tabla que a continuación se muestra:
DEPENDENCIA hi (m) qsi·Si·Ci qvi·Ci·hi·si
Almacén de materia prima 4,5 - 30240000
Almacén productos acabados 4,5 - 3346200
Nave de Producción - 1560000 -
Oficinas - 171000 -
Cuarto Compresores - 14560 -
∑ 1745560 33586200
Por tanto la densidad de carga de fuego ponderada y corregida de cada sector es:
)(MJ/m 4,587513·1715
33586200····
211 ===∑
RaA
shCqQ
i
iiivi
s
)(MJ/m 2291,76 3·2285
1745560···
212 ===∑
RaA
CSqQ
i
iisi
s
Una vez conocido el valor de Qs, pasamos a mirar la tabla 1.3 donde se deduce el
nivel de riesgo de cada sector.
Para un valor de Qs1 = 58751,4 (MJ/m2) que está comprendido en el intervalo de
13 600 < Qs (MJ/m2) se deduce un nivel de riesgo Alto 8.
Para un valor de Qs2 = 2291,76 (MJ/m2) que está comprendido en el intervalo de
1 700 < Qs ≤ 3 400 (MJ/m2) se deduce un nivel de riesgo Medio 5.
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5.1. RESUMEN
Sector Configuración del establecimiento
Riesgo Intrínseco del sector de incendio
1 Tipo C Alto 8
2 Tipo C Medio 5
6. MATERIALES CONSTRUCTIVOS
Las exigencias de comportamiento al fuego de los productos de construcción se
definen determinando la clase que deben alcanzar, según la norma UNE 23727.
6.1. PRODUCTOS DE REVESTIMIENTO
Los productos utilizados como revestimiento o acabado superficial deben ser:
o En suelos: Clase M2, o más favorable.
o En paredes y techos: Clase M2, o más favorable.
Cuando productos incluidos en paredes y cerramientos sea de una clase más
desfavorable que la exigida al revestimiento correspondiente, la capa y su revestimiento,
en su conjunto, serán, como mínimo RF-30.
6.2. OTROS PRODUCTOS
Los productos situados en el interior de falsos techos o suelos elevados, los
utilizados para aislamiento térmico y para acondicionamiento acústico, los que
constituyan o revistan conductos de aire acondicionado o de ventilación, los cables
eléctricos, etc., deben ser clase M1, o más favorable.
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6.3. PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
Los productos de construcción pétreos, cerámicos y metálicos, así como los
vidrios, morteros, hormigones o yesos se considerarán de clase M0.
7. ESTABILIDAD AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS PORTANTES
Las exigencias de comportamiento ante el fuego de un elemento constructivo
portante se definen por el tiempo en minutos, durante el que dicho elemento debe
mantener la estabilidad mecánica (o capacidad portante) en el ensayo normalizado
conforme a la norma UNE 23093.
Adopto los valores que se establecen en el Apéndice 2, apartado 4 o más
favorable del Reglamente de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales.
7.1 ESTABILIDAD AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES CON FUNCIÓN PORTANTE
Adopto para los elementos estructurales la solución más desfavorable EF – 90.
7.2. PARA LA ESTRUCTURA PRINCIPAL DE CUBIERTAS LIGERAS EN PLANTAS SOBRE RASANTES
Adopto para la estructura principal de cubierta ligera la solución más
desfavorable EF – 30.
Se adopta esta solución, ya que se cumple en nuestro edificio, tipo C, con
cubierta ligera no prevista para ser utilizada en la evacuación, cuya altura de alero
respecto a la rasante exterior no excede de 15 m, su fallo no ocasiona daños graves a los
edificios o establecimientos próximos, ni compromete otras plantas inferiores o la
sectorización de incendios implantada.
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Se entenderá como ligera aquella cubierta cuya carga permanente no exceda de
100 kg/m2.
7.3. RESISTENCIA AL FUEGO DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS DE CERRAMIENTO
Las exigencias de comportamiento ante al fuego de un elemento constructivo de
cerramiento (o delimitador) se definen por los tiempos durante los que dicho elemento
debe mantener las siguientes condiciones, durante el ensayo normalizado conforme a la
norma UNE 23093:
o Estabilidad mecánica (o capacidad portante).
o Estanqueidad al paso de llamas o gases calientes.
o No emisión de gases inflamables en la cara no expuesta al fuego.
o Aislamiento térmico suficiente para impedir que la cara no expuesta al
fuego supere las temperaturas que establece la citada norma UNE.
La resistencia al fuego (RF) de los elementos constructivos delimitadores de un
sector de incendio de otros, no será inferior a la estabilidad al fuego (EF) exigida para
los elementos constructivos con función portante en dicho sector de incendio, es decir,
EF-90.
Las puertas de paso entre dos sectores de incendio tendrán una resistencia al
fuego, al menos:
o RF ≥ ½ RF elemento que separe ambos sectores de incendio.
o RF ≥ ¼ RF elemento que separe ambos sectores cuando el paso se realice
a través de un vestíbulo previo.
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8. EVACUACIÓN DE LA INDUSTRIA
Espacio exterior seguro: Es el espacio al aire libre que permite que los ocupantes
de un local o edificio puedan llegar, a través de él, a una vía pública o posibilitar el
acceso al edificio a los medios de ayuda exterior.
Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación de los
establecimientos industriales, se determinará la ocupación de los mismos, P, deducida
de la siguiente expresión:
P = 1,10 · p, cuando p < 100
Donde p representa el número de personas que constituyen la plantilla que ocupa
el sector de incendio, de acuerdo con la documentación laboral que legalice el
funcionamiento de la actividad.
Suponiendo que p = 29, por tanto, P = 1,10 · 29 = 31,9 redondeando al entero
inmediatamente superior P = 32.
9. ELEMENTOS DE EVACUACIÓN
La evacuación de los establecimientos industriales que estén ubicados en
edificios tipo C, como es nuestro caso, deben satisfacer las condiciones siguientes:
9.1. ELEMENTOS DE EVACUACIÓN
Origen de evacuación, recorridos de evacuación, altura de evacuación, rampas y
salidas, se definen de acuerdo con el Artículo 7 de la NBE-CPI, Apartado 7.1,
subapartados: 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.1.5 y 7.1.6, respectivamente.
o Origen de evacuación: Para el análisis de la evacuación de un edificio se
considerará como origen de evacuación todo punto ocupable.
o Recorridos de evacuación: La longitud de los recorridos de evacuación por
pasillos, escaleras y rampas, se medirá sobre el eje.
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o Altura de evacuación: Altura de evacuación es la mayor diferencia de cotas
entre cualquier origen de evacuación y la salida del edificio que le corresponda.
o Rampas: Las rampas previstas como recorrido de evacuación se asimilarán a los
pasillos, a efectos de dimensionamiento de su anchura y de determinación de las
condiciones constructivas que le son aplicables. Su pendiente no será mayor
que:
- El 12 % cuando su longitud sea menor que 3 m
- El 10 % cuando su longitud sea menor que 10 m
- El 8 % en el resto de los casos
o Salidas: Las salidas que se consideran son:
- Salida de recinto, que es un puerta o un paso que conducen,
bien directamente, o bien a través de otros recintos, hacia
una salida de planta y, en último término, hacia una del
edificio.
- Salida de planta, el arranque de una escalera abierta que
conduzca a una planta de salida del edificio, siempre que no
tenga un ojo o hueco central con un área mayor de 1,3 m2.
9.2. NÚMERO Y DISPOSICIONES DE SALIDAS
Atendiendo al Artículo 7 de la NBE-CPI, Apartado 7.2, números 1, 2, 3 y 4. Tras
ver los apartados 1 y 2 del mencionado artículo opto por poner más de una salida, donde
estas según el apartado 4 deben cumplir:
o La longitud del recorrido desde todo origen de evacuación hasta alguna salida
será menor que 50 m.
o La longitud del recorrido desde todo origen de evacuación hasta algún punto
desde el que partan al menos dos recorridos alternativos hacia sendas salidas, no
será mayor que 25m. Se considera que dos recorridos son alternativos desde un
punto dado, cuando en dicho punto forman entre sí un ángulo mayor de 45º, o
bien cuando estén separados por elementos constructivos que sean al menos RF-
30 e impidan que ambos recorridos puedan quedar simultáneamente bloqueados
por el humo.
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Atendiendo al punto 4, en toda zona cuya evacuación deba realizarse a través de
puntos de paso obligado, aunque no constituyan un recinto, dichos puntos verificarán
las prescripciones relativas al número, a la disposición y a las dimensiones definidas
para las salidas de recinto.
Además también ha de cumplir lo expuesto en el apartado 6, subapartado 6.3,
número 2, del apéndice 2 del Reglamento de seguridad contra incendios en los
establecimientos industriales.
o Los establecimientos industriales de riesgo intrínseco Alto, como es el
caso, deberán disponer de dos salidas independientes.
o Los de riesgo intrínseco medio, deberán disponer de dos salidas cuando
su número de empleados sea superior a 50 personas.
o Las distancias máximas de los recorridos de evacuación de los sectores
de incendio de los establecimientos industriales no superarán el valor de
25 m para riesgo alto y los 35 m para riesgo medio.
o La pendiente de las rampas que se utilicen como recorrido de evacuación
no serán mayor que el 15 %.
9.3. SEÑALIZACIÓN E ILUMINACIÓN
9.3.1. SEÑALIZACIÓN DE EVACUACIÓN
o Las salidas del edificio estarán señalizadas, cuando su superficie no exceda de
50 m2, sean fácilmente visibles desde todo punto del recinto y los ocupantes
estén familiarizados con el edificio.
o Un número excesivo de señales puede confundir a los ocupantes.
o Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos que deben
seguirse desde todo origen de evacuación hasta un punto desde el que sea
directamente visible la salida o la señal que la indica.
En los puntos de los recorridos de evacuación que deban estar señalizados en los
que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrá las señales
antes citadas, de forma tal que quede claramente indicada la alternativa correcta.
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En dichos recorridos, las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error
en la evacuación, deberán señalizarse con la señal correspondiente definida en la
norma UNE 23033 dispuesta en lugar fácilmente visible y próxima a la puerta.
o Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes a
cada salida realizada.
o El Real Decreto 1403/1986, de 9 de mayo, sobre señalización de seguridad en
centros y locales de trabajo, exige que las señales de evacuación sean simbólicas
en todo caso, mientras que esta norma básica admite tanto las señales simbólicas
como las literales definidas por la norma UNE 23034.
9.3.2. SEÑALIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN
Deben señalizarse los medios de protección contra incendios de utilización
manual, que no sean fácilmente localizables desde algún punto de la zona protegida por
dicho medio, de forma tal que desde dicho punto la señal resulte fácilmente visible.
Las señales serán las definidas en la norma UNE 23033 y su tamaño será el
indicado en la norma UNE 81501, esta norma establece que la superficie de cada señal,
en m2, sea al menos igual al cuadrado de la distancia de observación, en m, dividida por
2000:
2000
2dS ≤
Siendo:
S, la superficie de la señal en m2; d, la distancia de observación, en m.
9.3.3. ILUMINACIÓN
Las señales deben ser visibles, incluso en caso de fallo en el suministro al
alumbrado normal. Para ello, dispondrán de fuentes luminosas incorporadas externa o
internamente a las propias señales, o bien serán auto-luminiscentes, en cuyo caso, sus
características de emisión lumínica deberán cumplir lo establecido en la norma UNE
23035 Parte I.
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10. SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
En base al Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos
industriales, Apéndice 3.
10.1. SISTEMAS AUTOMÁTICOS DE DETECCIÓN DE INCENDIO
En nuestra industria, en base al Reglamento, no es necesario instalarlos.
10.2. SISTEMAS MANUALES DE ALARMA DE INCENDIO
Según el Reglamento en nuestro caso es necesario instalarlos, por tanto se
situará, en todo caso, un pulsador junto a cada salida de evacuación del sector de
incendio.
10.3. SISTEMAS DE COMUNICACIÓN DE ALARMA
En nuestra industria, en base al Reglamento, no es necesario instalarlos.
10.4. EXTINTORES DE INCENDIO
Según el reglamento, se instalarán extintores de incendio portátiles en todos los
sectores de incendio de los establecimientos industriales.
El agente extintor utilizado es seleccionado de acuerdo con la Tabla I-1 del
Apéndice 1 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios, aprobado
por el RD 1942/1993, de 5 de noviembre. Dicha tabla es:
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Clase de fuego (UNE 23010) Agente Extintor
A (Sólidos) B (Líquidos) C (Gases) D (Metales especiales)
Agua pulverizada *** *
Agua a chorro **
Polvo BC (convencional) *** **
Polvo ABC (polivalente) ** ** **
Polvo específico metales **
Espuma física ** **
Anhídrido carbónico * *
Hidrocarburos halogenados * **
*** Muy adecuado ** Adecuado
* Aceptable
o Extintores portátiles en sectores de incendio con carga al fuego aportada por
combustibles clase A:
- Área máxima protegida del sector de incendio: hasta 300 m2 (un extintor
más por cada 200 m2, o fracción, en exceso).
38,12300
03715300
B clase escombustiblalmacen Área - totalÁrea extintores de Número
=−
=
==
Área en exceso: 0,867 · 300 = 260,065 m2. 23,1200
260,065 añade Se ≈==
Por tanto el número de extintores: 13 + 2 = 15, pongo 15 extintores de polvo ABC.
No se permite el uso de agentes extintores
conductores de la electricidad sobre fuegos que se
desarrollan en presencia de aparatos, cuadros, conductores
y otros elementos bajo tensión eléctrica superior a 24 V. La
protección de éstos se realiza con extintores de dióxido de
carbono, o polvo seco BC o ABC.
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El emplazamiento de los extintores portátiles de incendio, permitirá que sean
fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime
mayor probabilidad de iniciarse el incendio y su distribución, será tal que el recorrido
máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio hasta el exterior, no
supere 15 m.
Se colocarán fijados o sobre soportes verticales, de forma que la parte superior
del extintor quede como máximo a 1,70 m del suelo y la parte inferior a 1,20 m como
máximo del suelo.
10.5. SISTEMAS DE BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS (BIE’S)
Se instalan BIE’s ya que se superan 1000 m2 de superficie total construida en
nuestro edificio.
Además de los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones de
protección contra incendios para su disposición y características, se cumplirán las
siguientes condiciones hidráulicas:
Nivel de riesgo intrínseco del establecimiento industrial
Tipo de BIE Simultaneidad Tiempo de autonomía
Alto DN 45 mm 3 90 min.
Medio DN 45 mm 2 60 min.
El caudal unitario será el correspondiente a aplicar a la presión dinámica
disponible en la entrada de la BIE, cuando funcionen simultáneamente el número de
BIE’s indicado, el Factor “K” del conjunto, proporcionado por el fabricante del equipo.
Se deberá comprobar que la presión en la boquilla no sea inferior a 2 bar ni
superior a 5 bar, disponiendo, si fuera necesario, dispositivos reductores de presión.
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10.5.1. RED ESPECÍFICA BIE
Se define como Red Especifica BIE al conjunto de canalizaciones destinadas a
la alimentación exclusiva da una instalación de BIE.
Las tuberías de la red específica BIE serán de acero con o sin soldadura.
No se permitirá la existencia de tomas de agua para ninguna otra utilización.
El sistema de BIE se someterá antes de su puesta en servicio, a una prueba de
estanqueidad y resistencia mecánica, sometiendo a la red a una presión estática igual a
la máxima de servicio y como mínimo a 10 kg/cm2.
La red de tuberías deberá proporcionar, durante una hora, como mínimo, en las
hipótesis de funcionamiento simultáneo de las dos BIE hidráulicamente más
desfavorables, una presión dinámica mínima de 2 bar en el orificio de salida de
cualquier BIE.
Según la Norma NTE Instalaciones 2ª parte en su apartado IPF, “Contra el
fuego”, nos dice que BIE es: Instalación de extinción formada por una conducción
independiente, siempre en carga, realizada según NTE-IFF, “Instalaciones de
Fontanería, Agua fría, capaz de soportar una presión no inferior a 150 m.c.a. y
compuesta de:
o Distribuidor: Desde la toma de la red hasta el pie de la columna, con
llave de paso y válvula de retención. Su diámetro será de 65 mm al
disponerse de 2 equipos en la planta.
o Columna: Desde el distribuidor hasta las derivaciones. Su diámetro será
igual al del distribuidor, 65 mm.
o Derivaciones: Desde la columna hasta los ramales de paso a la salida de
la columna.
o Ramal: Desde la derivación hasta el equipo de manguera. Su diámetro
será de 40 mm.
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o Toma de Alimentación: En la fachada. Permitirá mediante canalización
alimentar la instalación por medio de tanque de bombeo en caso de corte
de suministro en la red general. Dicha canalización será de igual
diámetro que la columna y llevará una llave de paso y una válvula de
retención. El caudal necesario para abastecer la instalación será de 150
l/min. por el número de equipos instalados en la industria.
10.5.2. DISPOSICIONES Y EMPLAZAMIENTOS DE LAS BIE
En cualquier caso será necesario disponer de una presión residual mínima de 2
bar en el orificio de salida de la boquilla o lanza.
El diámetro del orificio se elegirá de modo que, con una presión residual en
lanza de 3,5 bar, proporcione un caudal mínimo de 198 l/min.
La BIE llevará marcado, en lugar accesible para identificación, el número de la
norma UNE a la que se ajusta, su diámetro, longitud de la manguera, nombre del
fabricante así como la correspondiente marca de conformidad a normas. Se considerará
fabricante, a estos efectos, a quien efectué el montaje final de todos los elementos que la
componen.
Las BIE deben ser montadas de tal forma que su centro quede como máximo a
1,50 m sobre el nivel del suelo, siempre que la boquilla y la válvula de apertura manual,
estén situadas a la altura citada.
El número y distribución de las BIE en un sector de incendio, en espacio
diáfano, será tal que la totalidad de la superficie del sector de incendio en que estén
instaladas quede cubierta por una BIE, considerando como radio de acción de ésta, la
longitud de su manguera incrementada en 5 m.
La separación máxima entre cada BIE y su más cercana será de 50 m. La
distancia desde cualquier punto del local protegido hasta la BIE más próxima no deberá
exceder de 25 m.
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Se deberán mantener alrededor de cada BIE una zona libre de obstáculos que
permita el acceso a ella y su maniobra sin dificultad.
11. ABASTECIMIENTO ESPECÍFICO DE AGUA CONTRA INCENDIOS
11.1. CALCULO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA DEL SISTEMA DE BOCA DE INCENDIOS EQUIPADA
La totalidad de la instalación está compuesta por:
o 4 Bocas de Incendio Equipadas.
o Red de conducciones de agua.
o Fuente de abastecimiento de agua.
Red de agua
La red de agua se calcula para obtener una presión en punta entre 3,5 y 5 kg/cm2,
con un caudal mínimo de 4 l/seg. La conducción será de acero galvanizado pintada en
color rojo y vista en todo su recorrido.
Fuente de abastecimiento
La instalación de toma de alimentación se efectúa en la red general de aguas
potables de Lucena, siendo independiente de cualquier otro uso.
Se instalarán a tal efecto una toma de alimentación en la fachada que permita el
abastecimiento de los equipos de extinción de incendios en un eventual corte de
suministro general.
Tubería de agua contra incendios
Para hallar la pérdida de carga en tuberías circulares, se usa la fórmula de Darcy-
Weissbach de Mecánica de Fluidos, que expresada en función del caudal es:
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5
2
··DQLHr β=
Donde:
o Hr = Perdida de carga en la tubería.
o β = Coeficiente de valor 0,0827 · f, siendo “f” un coeficiente de fricción
que depende de la rugosidad absoluta de la tubería (k) y del diámetro de
la misma (D), de la velocidad del agua (v) y de la viscosidad dinámica
del agua (ν) para la temperatura que consideramos de 10ºC. Se calcula a
través del “Diagrama de Moody”, usando los parámetros:
- Rugosidad relativa: k/D
- Número de Reynolds: υDV
D·Re =
o L = Longitud de la tubería.
o Q = Caudal de agua que circula por la tubería.
o D = Diámetro interior de la tubería.
La perdida de carga unitaria será por tanto:
5
2
·DQJ β=
Esta ecuación junto con la de continuidad Q = V · S, caudal igual a velocidad
por sección, nos ayudarán a calcular la presión mínima necesaria en la acometida para
asegurar las condiciones exigidas por el reglamento para las bocas más desfavorables.
MEMORIA DE CÁLCULO: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS .
_____________________________________________________________________________________ 20 INDUSTRIA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE MOLDURAS DE MADERA
11.1.1. ACOMETIDA
La acometida debe abastecer el siguiente caudal:
QT = n · Qi
Donde:
o Qi = Caudal de cada BIE, que al tratarse de bocas de 45 mm su caudal es
de 3,30 l/seg. ó 0,20 m3/min.
o n = número de BIE, que en nuestro caso es de tres
QT = n · Qi = 4 · 3,30 = 13,20 l/s = 0,792 m3/min.
Partiendo de un valor de velocidad para agua de 2 m/s, que es bastante
aceptable cuando se calculan las pérdidas, se obtiene un diámetro de:
Q = V · S; 4·D S ;
2π==
VQS
Despejando: cmmVQD 17,90917,0
2·0132,0·4
··4
====ππ
En pulgadas: 4”
11.1.2. TRAMO ENTRE LA ACOMETIDA Y LA 1ª DERIVACIÓN EN TÉ
Este tramo esta formado por la tubería que va desde el final de la acometida
hasta la primera derivación en té. Su longitud es de 30m aproximadamente.
El caudal que circulará será el mismo que en el tramo anterior, es decir:
Q = 13.2 l/s = 0.792 m3/min.
L = 30 + 2 · 2,5 = 35 m
Hr = J · L = 0,073 · 35 = 2.555 m.c.a.
MEMORIA DE CÁLCULO: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
_____________________________________________________________________________________INDUSTRIA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE MOLDURAS DE MADERA 21
11.1.3. TRAMO ENTRE 1ª PRIMERA DERIVACIÓN EN TÉ Y LA 2ª DERIVACIÓN EN TÉ
Este tramo esta formado por la tubería que va desde la primera derivación en té
hasta la segunda derivación en té, este tramo es el que alimenta a dos BIE. Su longitud
es de 26,7 m y consta de 1 té que se tendrá en cuenta su longitud equivalente.
El caudal que circulará:
QT = n · Qi = 2 · 3,30 = 6,60 l/s = 0,40 m3/min.
cmmVQD 50,6065,0
2·0066,0·4
··4
====ππ
En pulgadas: D ≈ 8,090 cm = 3”
Lo que implica una velocidad de: V = 1,284 m/s
L = 26,7 + 1 · 1,6 = 28,27 m
Hr = J · L = 0,036 · 28,27 = 1.017 m.c.a.
11.1.4. PRESIÓN DE LA ACOMETIDA
Para calcular la presión necesaria en la acometida es necesario obtener la pérdida
de carga total como suma de las pérdidas de carga parciales calculadas anteriormente. El
valor de la perdida de carga total es:
853.3281.0555.2017.1 =++== ∑ iT HrHr m.c.a.
Lo que indica que la pérdida de presión del agua al llegar a la última BIE es de:
2/37786,059,37786853,3·70,999·81,9· cmkgPaHrP T ====∆ γ
MEMORIA DE CÁLCULO: PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS .
_____________________________________________________________________________________ 22 INDUSTRIA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE MOLDURAS DE MADERA
Como el reglamento exige que en la punta de las lanzas exista una presión
mínima de 3,5 kg/cm2, quiere decir que la presión en la acometida deberá ser mayor a:
2/8778,3377786,05,3 cmkgPacometida =+≥
La compañía suministradora será la encargada de proporcionar una presión en la
acometida igual o superior a 3,8778 kg/cm2, para abastecer a la BIE’s.
11.1.5. RESUMEN
Tramo QT
(l/s) L
(m) Diámetro
Hr (m.c.a.)
Acometida 13,2 - 4” 0,281
Acometida – 1ª Derivación en T 13,2 35 4” 2,555
1ª Derivación en T – 2ª derivación en T 6,60 28,7 3” 1,017
∑ 3,853
3” = 80,90 mm 4” = 107,87 mm
12. ALUMBRADO DE EMERGENCIA Y SEÑALIZACIÓN
Las características del alumbrado de emergencia y señalización se definen en el
anejo de iluminación, en su apartado dedicado a este tipo de alumbrado.