propuesta para reformar y adicionar diversas … · cursa con embarazo normoevolutivo, con 11 citas...

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PROPUESTA PARA REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL, DEL CÓDIGO DE

PROCEDIMIENTOS PENALES Y DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA EL ESTADO DE OAXACA.

PROPUESTA ENVIADA POR EL GOBERNADOR GABINO CUE MONTEAGUDO AL CONGRESO DEL EDO. DE OAXACA A PETICION

DE DIVERSA ONGS Y AGRUPACIONES FEMINISTAS EN SU MAYORIA

En México se siguen registrando altas tasas de muertematerna, que para Oaxaca en 2009 alcanzaron una razónde 98.3 x 100 000 nacidos vivos.

la tasa de cesáreas ha crecido alcanzando el 53.5% en elsector público y el 80% en el privado; cuando la OMSrecomienda un máximo del 15%.

en 2007 las quejas médicas reportadas por la ComisiónEstatal de Arbitraje Médico de Oaxaca (CEAMO),indicaron que la atención ginecoobstétrica ocupa losprimeros lugares en relación con otras especialidades.

Refieren numerosos estudios quedemuestran que las intervenciones enel parto y el nacimiento tienen efectosnegativos desde el punto de vistafisiológico y médico, así como sobre laautoconfianza, autoestima y sexualidadde las mujeres, llevando además alcrecimiento de la tasa de cesáreas y acasos de muerte materna.

Las omisiones ó violaciones aestos derechos constituyen lo quese ha tipificado como

Toda vez que no se respetanestos derechos y no se lleven acabo las prácticas demostradascomo eficaces, se ejerce

¿A QUIENES SE APLICA ESTE DELITO ?¿A QUIENES SE APLICA ESTE DELITO ?

• Médicos/as• Enfermeras/os• Trabajadores/as sociales• Psicólogos/as

DE INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS

EN EL ESTADO

• Camilleros/as• Personal administrativo• Médicos forenses • Peritos legistas, etc.

Penas

Ocho a doce años de prisión y multade setecientos a novecientos díasde salario mínimo.

Seis a nueve años de prisión ymulta de cuatrocientos asetecientos días de salario mínimo.

Tres a seis años de prisión y multade cien a cuatrocientos días desalario mínimo

V.- Esterilizar a una mujer sin haberobtenido su consentimiento informado.

III.- Practicar el parto por vía de cesáreasin justificación alguna, existiendocondiciones para el parto natural, sinobtener el consentimiento informado dela mujer.

I.- No atender o no brindar atenciónoportuna y eficaz sin causa justificada.II.- Alterar el proceso natural del partode bajo riesgo..IV.- Tratar ofensivamente a la mujerdurante el trabajo del parto….

Acción delictiva

Penas

Tres a seis años de prisión y multade cien a cuatrocientos días desalario mínimo

prisión de seis meses a tres años ymulta de cincuenta a cien días desalario mínimo.

prisión de seis meses a tres años ymulta de cincuenta a cien días desalario mínimo.

VI.- Colocar a la mujer el dispositivointrauterino (DIU) sin consentimiento…VII.- Realizar exámenes vaginalesinnecesarios…VIII.- Realizar episiotomía sin causa….

IX.- No respete la libre decisión demovimiento y posición de la mujer ….X.- No permita el contacto piel a pielentre la mamá y el recién nacido….XI.- Niegue el derecho de la mujer aestar acompañada …..

XII.- Restringa la ingesta de líquidos…XIII.- No respete las prácticas culturalesque las mujeres tengan …

Acción delictiva

CASO CLÍNICO24ª segundo embarazo con antecedente de Cesárea tres años antes porDesproporción cefalopélvica. Cursa con embarazo normoevolutivo, con 11 citas decontrol prenatal, hasta la semana 37 en que inicia con dolor abdominal de bajaintensidad, sin más síntomas, 5 días después se incrementa el dolor con salida delíquido por vagina acudiendo a su unidad de primer nivel, es revisada pero por elantecedente quirúrgico la refieren a segundo nivel.

En segundo nivel no encuentran salida de líquido y deciden iniciar conducción detrabajo de parto, luego de 16 hrs se considera fallido y envían a otro segundo nivelpor no contar con personal quirúrgico. Luego de seis horas llega al hospital dereferencia de todo el Estado, que se encuentra con sobrecupo, 3 hrs después esenviada a una unidad privada para resolución por Cesárea.

A su llegada al hospital privado con diagnóstico de oligohidramnios leve se encuentraa la paciente estuporosa, con dolor intenso en abdomen, se visualiza anillo decontracción de Bandl y se realiza registro cardiotocográfico por 10 minencontrándose con datos ominosos en el feto (desaceleraciones variables con másde 2 min de duración con recuperación lenta).

Un equipo quirúrgico completo (Ginecólogo, Neonatólogo y Anestesiólogo) seencuentra terminando una cirugía y valoran el caso ante la sospecha de rupturauterina y la pérdida del bienestar fetal se decide ingresar de manera urgente a salapara realizar Cesárea de emergencia.

Se informa al esposo mientras se realiza procedimiento anestésico de los riesgosque presenta la esposa y el feto (muerte de ambos) y acepta firmar el consentimientobajo información y la nota de información elaborada en ese momento.

El útero se encuentra con ruptura incompleta a nivel de segmento uterino derecho deaproximadamente 11 cm con presencia de gran hematoma que incluye segmento yligamento ancho abarcando retroperitoneo hasta fosa renal derecha. Ameritahisterectomía total con conservación de anexos.

Se encuentra recién nacido con meconio en puré de chícharo flácido que se entregaa Neonatólogo para reanimación Calificándolo con Apgar 0-2-7 y diagnóstico desíndrome de aspiración de meconio, amerita reanimación avanzada y vigilancia enunidad de cuidados intensivos pediátricos.

REFLEXIONES:

¿Cuantos delitos comete el médico en caso de estar aprobada lainiciativa?¿Es correcto realizar un procedimiento sin el consentimientoinformado cuando está en riesgo la vida de la mujer y su hijo?¿Se debe tener el consentimiento obligatoriamente para realizar elprocedimiento?¿Qué pasaría con el médico tratante en caso de estar aprobadaesta iniciativa de ley en la vía penal?¿La medicina defensiva sería la forma de responder a estainiciativa?

¿Qué ha pasado en Veracruz?

TENDENCIA vs RAZON DE MORTALIDAD 2011

Observatorio de mortalidad materna

¿Porqué es necesario crear esta nueva ley?

NOM 007

Código penal

Defensoría de los derechos humanos

CEAMO

Se cuenta con la normativa e instituciones para salvaguardar los derechos elementales. Sólo quedaría pendiente en la ley de salud por medio del derecho sancionador administrativo

Dr. Arturo Molina SosaPresidente de la CEAMO