propuesta de modificaciones al reglamento de elecciones (comteco)

10

Click here to load reader

Upload: gamal-serhan-jaldin

Post on 18-May-2015

566 views

Category:

Business


1 download

DESCRIPTION

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE COMTECO LTDA., para garantizar transparencia en la renovación de los Directorios de Administración y Vigilancia, y atender las observaciones planteadas por el Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba

TRANSCRIPT

Page 1: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 1 de 10

REGLAMENTO DE ELECCIONES

CAPÍTULO I GENERALIDADES

ARTÍCULO 1.- OBJETO.- El presente Reglamento tiene por objeto, normar el procedimiento desarrollo, vigilancia y control del proceso electoral para la conformación de los Consejos de Administración y de Vigilancia de COMTECO LTDA. ARTÍCULO 2.- AMBITO DE APLICACIÓN.- El ámbito de aplicación del presente Reglamento contempla todo proceso electoral de miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia de COMTECO LTDA.

CAPITULO II AUTORIDADES ELECTORALES

ARTÍCULO 3.- DEL COMITÉ ELECTORAL.- La responsabilidad del desarrollo y vigilancia del proceso electoral corresponde al Comité Electoral, en la forma y términos que establece el presente Reglamento. ARTÍCULO 4. -– COMPOSICIÓN CONFORMACIÓN.- El Comité Electoral estará compuesto por cinco miembros titulares y dos suplentes. Los mismos que pueden ser socios que reúnan todos los requisitos para ser miembro de los Consejos de Administración o Vigilancia de COMTECO LTDA.. Preferentemente El Comité Electoral estará conformado por los representantes de instituciones representativas del Departamento que siete (7) días antes a la realización de la Asamblea General Ordinaria de Socios hayan manifestado en forma escrita su conformidad. ARTÍCULO 5.- DESIGNACIÓN COMPOSICIÓN.- El Comité Electoral será elegido por simple mayoría de votos por la Asamblea General Ordinaria de Socios estará compuesto por el mismo número de instituciones que hayan acreditado a sus representantes como miembros titulares de acuerdo al artículo anterior.

Page 2: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 2 de 10

ARTÍCULO 6.- PERIÓDO DE FUNCIONES.- El Comité Electoral será elegido y durara en sus funciones desde el momento de su constitución hasta la suscripción del acta final de elecciones que será extendida por ante un Notario de Fe Pública.- ARTÍCULO 7.- INCOMPATIBILIDADES.-. No podrán ser miembros del Comité Electoral. a) Los candidatos a miembros de los Consejos de Administración o Vigilancia. b) Dirigentes de Partidos Políticos. c) Ciudadanos que tengan parentesco consanguíneo entre si hasta el segundo

grado en línea directa y en línea colateral y segundo por afinidad o con los candidatos en los mismos grados.

ARTÍCULO 8.- ELECCIÓN DEL PRESIDENTE.- Los miembros del Comité Electoral elegirán entre sí a un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario y tres Vocales, elegidos por simple mayoría de votos dentro las 24 horas siguientes a su elección, los demás serán Vocales Titulares. ARTICULO 9.- CONSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DE LABORES.- Constituida la Directiva el Comité Electoral ésta inmediatamente instalara sus labores y se constituirá en sesión permanente hasta que finalicen las elecciones y se den los resultados finales. ARTÍCULO 10.- ATRIBUCIONES.- Son atribuciones del Comité Electoral: a) Preparar, dirigir y realizar el proceso eleccionario. b) Reconocer y habilitar a los candidatos a Los Consejos de Administración y

Vigilancia de COMTECO LTDA. que reúnan los requisitos establecidos en los estatutos de la cooperativa y en el presente Reglamento.

c) Inscribir a los candidatos elegidos por la Asamblea General Socios. Requerir

el concurso de socios o funcionarios de COMTECO LTDA. para ser designados jurados electorales.

d) Hacer público la ubicación de las mesas de sufragio con especificación del

recinto y la cantidad de socios habilitados para votar en cada mesa.

Page 3: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 3 de 10

e) Realizar el acto electoral para los miembros de los Consejos de

Administración y Vigilancia de COMTECO LTDA. dentro un plazo no mayor a 21 días de verificada la Asamblea General Ordinaria de Socios que designe al Comité Electoral y a los candidatos. (Modificado por el Art. 14.-).

e) Efectuar en sesión pública e inmediatamente, después concluidas las

elecciones el cómputo final. f) Conocer y resolver las denuncias presentadas dentro el proceso electoral. h) Publicar la Convocatoria a elecciones dentro las 48 horas siguientes a la

fecha de realización de la asamblea General Ordinaria de Socios que designe al Comité Electoral y a los candidatos. (Modificado por el Art. 14.-).

g) Publicar con una anticipación no mayor a 3 días al acto electoral la nómina

completa de los candidatos habilitados para ambos Consejos. h) Elaborar el Acta Final de las Elecciones ante un Notario de Fe Pública. i) Inhabilitar de oficio o a petición de parte a los candidatos por lo establecido

en el Art. 44 de los Estatutos de COMTECO LTDA. y los Arts. 30 y 31 del presente Reglamento.

ARTICULO 11.- QUORUM.- El Comité Electoral funcionará válidamente con 3 la mitad más uno de sus miembros, todas sus determinaciones se adoptaran por simple mayoría de los miembros presentes. En caso de ausencia del Presidente lo reemplazará el Secretario Vicepresidente y en caso de ausencia de este un Vocal el Secretario.

CAPITULO III DE LA NOMINACIÓN INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS

ARTÍCULO 12.- NOMINACIÓN INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS.- La Asamblea General Ordinaria de Socios convocada para el efecto propondrá la nómina de candidatos, 20 para el Consejo de Administración y 20 para el Consejo de Vigilancia. Cualquier socio podrá inscribirse como candidato para el Consejo de Administración o para el Consejo de Vigilancia.

Page 4: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 4 de 10

ARTÍCULO 13.- PROCEDIMIENTO DE NOMINACIÓN HABILITACIÓN DE CANDIDATOS.- El Presidente del Consejo de Administración o la Autoridad que presida la Asamblea otorgará el uso de la palabra a lo socios para que propongan nombres de precandidatos ya sea de manera verbal o por escrito, los mismos que serán puestos en consideración de la asamblea. Los socios propuestos que cuenten con mayor apoyo de la asamblea serán nominados como candidatos hasta cumplir con lo establecido en el artículo 12 del presente. Reglamento El Comité Electoral verificará el cumplimiento de los requisitos de cada candidato y publicará la lista de candidatos habilitados para cada Consejo en un medio de comunicación impreso y en el portal de internet de COMTECO LTDA..

CAPITULO IV DEL PROCESO ELECTORAL

ARTÍCULO 14.- CONVOCATORIA.- El Comité Electoral, o en su defecto el Consejo de Administración publicará la Convocatoria a Elecciones de los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia de COMTECO LTDA., conforme a lo establecido en el inc. i) del artículo 10 y cumpliendo el plazo previsto por el Art. 90 de la Ley 026, Ley del Régimen Electoral. Elecciones que deberán llevarse a cabo dentro los 21 días posteriores a la publicación de la Convocatoria a Elecciones. La Convocatoria será publicada en al menos un diario de circulación nacional. ARTÍCULO 15.- PAPELETAS DE SUFRAGIO.- Las Papeletas de Sufragio para cada Consejo, son el documento público por medio del cual se ejerce el voto será única y contendrán tantos espacios como el número de candidatos habilitados. El diseño y característica de las Papeletas de Sufragio será determinada por el Comité Electoral en coordinación con las autoridades ejecutivas de la cooperativa y de acuerdo a sus posibilidades económicas para la impresión de ese material electoral. Las Papeletas de Sufragio para cada Consejo contendrán: a) El nombre del candidato. b) Fotografía del candidato.

Page 5: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 5 de 10

c) El orden o ubicación por sorteo realizado por el Comité Electoral. ARTÍCULO 16.- MATERIAL ELECTORAL.- COMTECO LTDA. dentro la medida de sus posibilidades entregará al Comité Electoral todo el material electoral necesario para el verificativo de las elecciones, como lapiceros, tinta, hojas, listados de socios, sellos, carteles, sobres, etc. Material que será entregado por el Comité Electoral oportunamente a las mesas lectorales. ARTÍCULO 17.- ACTO ELECTORAL.- El Acto Electoral se verificará bajo la responsabilidad del Comité Electoral el día fijado para el efecto en la Convocatoria y se llevara a cabo desde horas 8:00 a 16:00 durante ocho horas continuas después de instalada la mesa de sufragio correspondiente. ARTÍCULO 18.- LUGAR DE REALIZACIÓN.- El Acto Electoral se realizará preferentemente en lugares públicos de fácil acceso y con capacidad de recibir a los socios de COMTECO LTDA. a falta de estos en las oficinas de COMTECO LTDA. tanto la central como las zonales. ARTICULO 19.- MESAS DE SUFRAGIO.- El Comité Electoral instalará cuantas mesas de sufragio sean necesarias para recibir el voto directo, libre y secreto de los socios de COMTECO LTDA.. El Comité Electoral debe instalar mesas de sufragio en el Cercado, Quillacollo, Punata y Sacaba. Cada mesa de sufragio debe estar acondicionada de tal manera que pueda instalarse el jurado electoral y el socio elector pueda marcar su papeleta con las garantías necesarias para la emisión del voto libre y secreto. ARTÍCULO 20.- INSTALACIÓN DE MESAS DE SUFRAGIO.- Las mesas de sufragio se instalarán a las 8:00 am del día de la elección y en los locales designados para su funcionamiento. Para el efecto, los jurados deberán presentarse con 30 minutos de anticipación y permanecer hasta la clausura del acto electoral. ARTÍCULO 21.- DESIGNACIÓN Y REMUNERACIÓN DE JURADOS.- I. El Comité Electoral designará al menos 3 jurados electorales por cada mesa

de sufragio, la misma que podrá funcionar al menos con 2 jurados. Si por falta de quorum no se instalare la mesa de sufragio el Comité Electoral designará nuevos jurados de entre los presentes en la mesa de sufragio.

II. El Consejo de Administración fijará la dieta para la remuneración de los jurados electorales, que será de conocimiento público.

Page 6: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 6 de 10

ARTÍCULO 22.- PROCEDIMIENTO DE VOTACIÓN.- En cada mesa de sufragio habrá un ánfora para la emisión del voto de los socios habilitados y el número necesario de papeletas de sufragio y material electoral. Las papeletas de sufragio deben estar firmadas en el dorso por dos miembros del Jurado Electoral y se sujetarán al siguiente procedimiento: a) Las Mesas receptoras funcionarán en forma continua hasta horas 16:00 pm

u durante ocho horas continuas. Si aún hubiesen socios en espera de su turno, la mesa funcionará hasta recibir el último voto.

b) El voto será personal, secreto y directo en las Papeletas de Sufragio

habilitadas para el efecto, no estando permitido a ninguna persona natural emitir su voto mediante poder. Las empresas e instituciones públicas y/o privadas podrán emitir su voto por intermedio de sus representantes legales y/o apoderados.

c) Los socios emitirán su voto según el orden de llegada a la mesa. Solo

votarán los socios habilitados. d) El socio deberá identificarse con su carnet de identidad, libreta de servicio

militar u otro documento fehaciente que lleve su fotografía y firma más el poder respectivo en caso de personas jurídicas. (Debiendo presentar además la papeleta de habilitación para la votación que será extendida por COMTECO LTDA.).

e) Antes de introducir la papeleta de voto en el ánfora, el socio o representante

legal firmará el registro de mesa. f) Se instruirá a todos los electores que la forma de elección, es marcando

debajo de los nombres de los candidatos de su preferencia. En la parte superior de la papeleta de voto, habrá una advertencia indicando el número de nombres que se deben marcar en cada elección.

g) Luego de emitir su voto, el socio introducirá el dedo meñique en la tinta

indeleble. h) En el acto electoral intervendrá necesariamente un Notario de Fe Pública.--

Page 7: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 7 de 10

ARTÍCULO 23. - ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO.- Cumplidas las ocho horas continuas de votación, los Jurados Electorales procederán al escrutinio y cómputo de la votación de cada mesa de sufragio y de manera pública. Los resultados se harán constar en un Acta de Escrutinio y Cómputo que será entregada al Comité Electoral bajo la responsabilidad de los Jurados. ARTÍCULO 24. - PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO.- Terminada la votación los Jurados Electorales de la mesa de sufragio procederán a la apertura del ánfora y contarán el número de papeletas, que deberá ser igual al número de votantes. Si hubiese más papeletas qué número de votantes, se eliminarán al azar el número de papeletas sobrantes. Uno de los miembros del Jurado Electoral procederá en acto público a leer en voz alta los votos y otro anotará los resultados, los mismos que serán copiados fielmente en el Acta de Escrutinio y Cómputo que será entregada al Comité Electoral. ARTÍCULO 25.- VOTOS NULOS TIPOS DE VOTO.- Serán nulos los votos en los siguientes casos El socio puede manifestar su voluntad mediante tres tipos de voto: 1:- Si el voto no se emite en la papeleta establecida para el efecto. 2.- Si existiera más de las marcas establecidas para la votación. 3.- Si se hubiesen incorporado nombres de personas no habilitadas por el Comité Electoral. 4.- Las papeletas que lleven palabras o signos que demuestren claramente la voluntad de anular el voto. a) Voto Válido: Es aquel que se realiza por una candidatura, para cada

Consejo. El voto se realiza en el espacio específico destinado para ese fin, marcando las papeletas de sufragio con un signo, marca o señal visible e inequívoca.

b) Voto Blanco: Es el que se realiza dejando sin marcar las opciones

establecidas en las papeletas de sufragio.

Page 8: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 8 de 10

c) Voto Nulo: Es aquel que se realiza a través de marcas, signos o expresiones realizados fuera de los lugares especificados para marcar el voto que deliberadamente anulen las papeletas, o mediante marcas, signos o expresiones que no indiquen con claridad la voluntad de voto. Son nulos los votos también cuando se vote mediante marcas o signos en más de una casilla de voto para un mismo Consejo; o cuando se usen papeletas que estén rotas, incompletas o con alteraciones en su impresión; o que sean distintas a las establecidas por el Comité Electoral.

ARTÍCULO 26.- PRECLUSIÓN.- El escrutinio (conteo voto por voto) y el cómputo de la mesa de sufragio o suma de resultados, los realiza única y definitivamente el Jurado Electoral al momento de elaborar y suscribir el Acta, no pudiéndose revisar ni repetir este acto en ninguna instancia, a no ser que se haga constar en observaciones del Acta que la mesa se encuentra impugnada con observaciones específicas que ocasionen la nulidad del Acta. ARTÍCULO 27.- PROCEDIMIENTO PARA EL CÓMPUTO FINAL.- El Comité Electoral recibidas las Actas de Escrutinio y Cómputo de los Jurados Electorales, procederá en acto público y el mismo día de las elecciones, a realizar el cómputo final que totalizará los resultados de las actas de escrutinio de cada mesa y que se reflejara en un Acta Final que será suscrita por los miembros del Comité Electoral haciendo constar el resultado de las elecciones y el nombre de tos candidatos elegidos en orden de acuerdo al número de votos obtenidos. ARTÍCULO 28.- PROPAGANDA ELECTORAL.- No se permitirá de ninguna forma propaganda electoral en el interior de los locales donde funcionen las mesas de sufragio.

CAPITULO V DE LOS ELECTORES

ARTÍCULO 29.- SOCIOS HABILITADOS PARA VOTAR.- Podrán emitir su voto todos los socios de la cooperativa, excepto quienes se encuentren inhabilitados por el Estatuto de COMTECO LTDA. y el presente Reglamento. En consecuencia podrán emitir su voto los socios: a) Que no tengan una mora mayor a 3 facturas mensuales.

Page 9: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 9 de 10

b) Que hayan obtenido de COMTECO LTDA. el Certificado de Habilitación

acreditando estar al día en sus obligaciones con la cooperativa. c)b) Las Líneas Gemelas y Trillizas no podrán emitir voto, por el principio

cooperativo de un socio un voto.

CAPITULO VI DE LOS CANDIDATOS

ARTÍCULO 30.- CANDIDATOS.- Podrán ser candidatos a los Consejos de Administración y Vigilancia de COMTECO LTDA los socios que reúnan los requisitos exigidos por el Estatuto: a) Ser socio de la cooperativa al menos un año antes a las elecciones con el

100% del Certificado de Aportación pagado. b) Tener formación moral compatible con los principios cooperativistas y estar

identificado con su doctrina. c) No haber sido expulsado del movimiento cooperativo. d) Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles. e) Tener sus obligaciones cubiertas al día. f) No ser dependiente de la cooperativa, contratista ni intermediario de

terceros. g) No ser funcionario, director o dependiente de las empresas proveedoras de

equipos, materiales, servicios o accesorios de telecomunicaciones requeridos por COMTECO LTDA.

h) No estar vinculados entre sí por lazos de parentesco dentro del tercer grado

de consanguinidad ni afinidad. i) No tener pliego de cargo ejecutoriado con el Estado, pendiente de

cumplimiento.

Page 10: Propuesta de modificaciones al Reglamento de Elecciones (COMTECO)

PROYECTO DE MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE ELECCIONES

© 2012 – Gamal Serhan Jaldin Página | 10 de 10

j) No tener sentencia ejecutoriada en materia penal, pendiente de

cumplimiento. k) No ocupar cargos públicos electos, de designación o de libre

nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres (3) meses antes al día de la elección.

l) No haber sido candidato a ningún cargo público dos (2) años antes al día de

la elección. En consecuencia por lo establecido en los incisos b), c) y e) de este artículo y lo determinado en el Artículo 44 de los Estatutos de COMTECO LTDA. serán inhabilitados los candidatos que mantengan juicios pendientes con y/o contra la cooperativa y los candidatos que dirijan programas periodísticos en cualquier medio de comunicación a partir de su nominación inscripción. ARTÍCULO 31.- REELECCIÓN.- Tanto los Directores del Consejo de Administración y como los Directores del Consejo de Vigilancia podrán ser reelectos por una sola vez de manera continua.

CAPITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTÍCULO 31 - DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- El presente Reglamento entrará en vigencia desde el momento de su aprobación por parte del Consejo de Administración de COMTECO LTDA. de conformidad a las facultades otorgadas y establecidas en el Art. 49 de los Estatutos. Aprobado por Resolución del Consejo de Administración RES. C.A. 048/2002 de 26 agosto de 2002 XXX/2012 de xx de xxxxx de 2012, modificación del Art. 14 aprobado por Resolución del Consejo de Administración RES/C.A. 080/2010 de 28 de julio de 2010 y modificación del Art. 19 aprobado por Resolución del Consejo de Administración RES/C.A. 085/2010 de 10 de agosto de 2010.