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Promotor

Empresa Provincial de Vivienda Suelo y Equipamiento de Granada, S.A. (VISOGSA) Av. Constitución 29-31, 18014, Granada Inscrita en el Registro Mercantil de Granada, Tomo 778, Libro 0, Folio 154, Sección 8, Hoja GR-1297. CIF A18023705. Es una Sociedad Privada Provincial, con personalidad jurídica y patrimonial, cuyo capital social está totalmente suscrito y desembolsado por la Excma. Diputación Provincial de Granada, propietaria exclusiva del capital.

Entidad Colaboradora

Ayuntamiento de Nevada c/ Pósito nº 1, 18494 Laroles (Nevada)

Proyectista

Arquitectos: Rafael Comino Trujillo Domicilio: Gran Capitán 1, 6º A 18002 Granada

Director de obra

Arquitectos: Rafael Comino Trujillo Arquitecto Técnico: Rubén Lopez Cantero

Empresa Constructora

Construcciones Pedro Pretel SL C/ María Lejarraga, 10, 18014 Granada Escritura de Solar.- VISOGSA es titular del solar sobre el que se ubica el edificio en construcción, en virtud de escritura de Cesión, otorgada ante el Notario de Ugijar, D. Emilio Maria García Alemany, el día 21 de mayo de 2008, con el número 525 de su protocolo, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Ugijar, tomo 810, libro 42, folio 77, finca 3.766, inscripción 1ª.

Acta Terminación Obra.- Otorgada ante el Notario de Granada, Dª María del Pilar Trujillo Pérez, el día 19 de julio de 2011, número 376 de su protocolo. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Ugijar.

Calificación administrativa.- Tiene la Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas en Régimen General, concedida por la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía el día 22 de junio de 2011 , expediente 18-PO-G-00-0010/08. Acogidas al Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio y Real Decreto 801/2005 de 1 de julio

Licencia Primera Ocupación.- Concedida por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de mayo de 2011.

Fase de ejecución: Promoción terminada.

Cargas y servidumbres de la vivienda, instalaciones o accesos.- Libres de cargas y gravámenes salvo la hipoteca y las afecciones fiscales.

Condiciones del contrato:

El contrato será visado por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en Granada.

El comprador no soportará los gastos derivados de la titulación que correspondan legalmente al vendedor.

El comprador tiene derecho a la elección de Notario. El contrato se elevará a escritura pública en el acto de entrega de la vivienda. Se entregará una copia del modelo de contrato que se va a utilizar.

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Otros beneficios.- Estas viviendas cuentan además con los siguientes beneficios:

Bonificación en los derechos de Notaría y Registro de la Propiedad, por la compraventa y subrogación hipotecaria.

Exención del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados Bonificación del 50%, durante tres años desde la Calificación Definitiva de

Viviendas Protegidas, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (contribución urbana).

Deducciones en el IRPF, según el vigente reglamento del impuesto.

Destino y limitaciones a la facultad de disponer:

Domicilio habitual y permanente del titular, que debe ocuparla en el plazo de seis meses.

No se pueden transmitir ni ceder entre vivos durante diez años. No se pueden descalificar voluntariamente durante 30 años. Derechos de tanteo y retracto a favor de EPSA durante diez años. Derechos de tanteo y retracto legal a favor de la Junta de Andalucía o del

Ayuntamiento o Entidad Pública que sean designados por aquella en los términos previstos en el artículo 12 de la Ley 13/2.005, de 11 de noviembre, del Parlamento de Andalucía

En segundas o posteriores transmisiones, estarán sujetas con carácter previo al régimen de comunicaciones previsto en el artículo 12 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre.

Descripción de las redes y protección contra incendios.- Norma Básica de la edificación NBE-CPI/96 sobre las condiciones de protección contra incendios en los edificios, así como el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre del Ministerio de Industria y Energía y las normas de Procedimiento y Desarrollo previstas en la Orden de 16 de abril de 1998.

Descripción general del edificio.-

El edificio se proyecta según el programa de necesidades y tipología, señalado por el promotor, consistente en la construcción sobre el solar sin dividir de un grupo de tres edificios semiparalelos que se adaptan a la ladera. El primer bloque, de una sola planta de altura alberga tres viviendas , dos de tres dormitorios y una de uno solo , y en sus bajos , cortando la ladera pero con acceso desde la calle a rasante, siete cocheras con trastero y con acceso independiente cada una de ellas, el segundo bloque, de dos plantas de altura distribuye 6 viviendas , de ellas dos dúplex con dos dormitorios y cuatro de tres dormitorios en una sola planta, el tercer bloque tiene dos plantas y 6 viviendas adosadas con acceso independiente de dos plantas y tres dormitorios cada una de ellas. Todas las viviendas se completan con cocina y servicios incluyendo lavadero alguna de ellas. En cuanto a la distribución interior, ha sido tratada según el programa de necesidades requerido para este tipo de viviendas en concreto, buscando en todo momento una solución coherente de distribución , de acuerdo con las necesidades, funcionamiento de la edificación, aspecto formal del edificio en su conjunto, procurando una óptima iluminación y ventilación de todas las dependencias Entrega de cantidades a cuenta.- VISOGSA por ser promotor público, de conformidad con el Art. 32 de la Orden de 10 de noviembre de 2008, (BOJA 26 noviembre), de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, está exenta de tener que solicitar la autorización necesaria para percibir de la parte compradora cantidades a cuenta del total que se haya de satisfacer por la vivienda.

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Gastos de la transmisión.- La compraventa está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en la actualidad al tipo del 10% de la base imponible. Los gastos de Notaría, inscripción en el Registro de la Propiedad de la escritura de compraventa serán de cuenta de la parte compradora. Requisitos de los/as solicitantes.-

Los/as solicitantes deberán ser personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Ser mayores de edad o menores emancipados/as.

2. Ser andaluza o andaluz.

3. Tener unos ingresos familiares anuales corregidos en el ejercicio de 2014 que no excedan de 3,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), en los términos establecidos en el artículo 29 del Decreto 395/2008, de 24 de junio de aprobación del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.

4. Tener unos ingresos superiores a una vez el IPREM

5. Ningún miembro de la unidad familiar podrá ser titular del pleno dominio de otra vivienda, protegida o libre, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio. (Art. 4 Ley 13/2005 de 11 de Noviembre de 2005).

6. Estar inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida.

La cuantía del IPREM, para el ejercicio de 2014 es de 7.455,14.-€

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PRECIO DE VENTA

NÚMERO NÚMERO TOTAL TRASTERO CUOTA PRECIO I.V.A. Hipoteca

VIV. DORMIT. CONST. CONSTR. ÚTIL Nº CONS ÚTIL Nº CONS ÚTIL COPR. VENTA

2 3 92,15 92,15 78,85 5,76% 78.440,71 7.844,07 62.752,003 3 92,45 92,45 78,90 5,78% 78.496,16 7.849,62 62.796,004 3 92,15 92,15 78,90 5,76% 78.496,16 7.849,62 62.796,005 3 91,85 91,85 78,85 5,75% 78.440,71 7.844,07 62.752,007 3 97,75 97,75 82,85 6,11% 82.876,51 8.287,65 66.301,008 2 120,95 84,70 70,00 3 6,55 5,5 3 29,70 25,25 7,56% 88.920,29 8.892,03 71.136,009 2 120,95 84,70 70,00 5 6,55 5,5 5 29,70 25,15 7,56% 88.920,29 8.892,03 71.136,0011 3 133,60 97,75 81,00 2 6,55 5,5 2 29,30 24,60 8,35% 100.852,59 10.085,26 80.682,0012 3 133,30 97,40 80,75 6 6,55 5,5 6 29,35 24,65 8,33% 100.608,62 10.060,86 80.486,0013 3 121,30 97,90 83,00 1 4,30 3,65 1 19,10 16,00 7,58% 96.117,37 9.611,74 76.893,0014 1 84,50 48,25 40,80 4 6,55 5,5 4 29,70 25,25 5,28% 56.538,95 5.653,90 45.231,00

SUPERFICIES

VIVIENDA GARAJE

15 VIVIENDAS PROTEGIDAS EN VENTA, EN REGIMEN GENERAL EN LAROLES-NEVADA

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Resumen de la memoria de calidades

CIMENTACIÓN Hormigón armado, según normativa sismo resistente. ESTRUCTURA Hormigón armado, según normativa sismo resistente. CUBIERTA Cubierta plana acabado en launa

FACHADA Capuchina de cítara de ladrillo perforado con revestimiento exterior de mortero de cemento con pintura pétrea, cámara de aire, aislamiento térmico-acústico a base de poliuretano proyectado y tabicón interior.

DIVISIONES Tabicón de 7 cm ladrillo hueco doble en divisiones interiores. En separación de viviendas doble tabicón de ladrillo hueco doble.

SOLADOS En viviendas solería de semigrés 44x44. En locales húmedos solado de baldosas de cerámica vidriada. Escaleras de semigrés en huella y tabica

REVESTIMIENTOS En cuartos húmedos, alicatado con azulejo cerámico. En vivienda pintura plástica lisa En techos de cocina y baños, pintura .plástica

CARPINTERIÍA EXTERIOR Madera de pino con postigos y acristalamiento 4/6/4. Puerta de entrada en madera

PROTECCIONES Barandillas y rejas de hierro, con acabado de pintura al esmalte.

CARPINTERIA INTERIOR Puertas normalizadas contrachapadas de pino barnizadas.

FONTANERIA

Redes de abastecimiento en tubería de cobre y redes de desagües de PVC. Aparatos sanitarios, color blanco. Grifería monomando. Calefacción eléctrica con radiadores de aceite y agua caliente sanitaria individual mediante acumulador eléctrico y captadores solares individuales

ELECTRICIDAD Electricidad según Reglamento de Baja Tensión, con grado elevado de electrificación.

INSTALACIONES VARIAS Toma de televisión y toma de teléfono según ICT

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Préstamo hipotecario:

Entidad financiera: CAJA GRANADA Importe: 1.124.972,15 € Notario: JOSE EDUARDO GARRIDO MORA

Fecha y protocolo: 21 DE OCTUBRE DE 2009, nº de Protocolo: 1870. Registro de la Propiedad: UGIJAR.

Plazo de amortización: 25 años, a partir de la subrogación del comprador. Pagadero mediante 300 cuotas, constantes de amortización de capital e interés.

Reembolso anticipado:

La amortización parcial anticipada habrá de coincidir con el vencimiento de una de las cuotas, y no supondrá reducción del plazo de amortización. Si se obtienen ayudas financieras no se podrá realizar amortización parcial o total, antes de los cinco primeros años de amortización, sin antes reintegrar las ayudas incrementadas con los intereses legales. Para el cálculo de las cuotas posteriores se tendrá en cuenta la disminución de capital. En cualquier momento se podrá hacer la cancelación total. Caja Granada se reserva la facultad de no admitir reembolsos anticipados parciales si el importe es inferior a 1.500,00.-€

Tipo de interés: 1,962% nominal, 1,98% efectivo.

Revisión del tipo de interés

Cada 12 meses, tomando como referencia el Euribor a 12 meses, publicado por el Banco de España en el B.O:E. al mes anterior al de la fecha de revisión más un diferencial de 0,65%.

Comisiones De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, no se aplicará comisión alguna.

Subrogación La subrogación hará efecto con fecha de la escritura de compraventa y subrogación. La subrogación en el préstamo al promotor, que habrá de ser aceptada por Caja Granada..

Intereses de mora

Los pagos no efectuados en la fecha de su vencimiento, sean de capital o intereses, incurrirán automáticamente en mora, sin necesidad de previo aviso o requerimiento al deudor, devengando desde dicha fecha intereses moratorios, al tipo de interés del 20%, sobre los importes vencidos y no pagados.

Conservación de garantía

El comprador se obliga a conservar la vivienda y mantenerla en buen estado para que no disminuya su valor. Deberá contratar un seguro de daños, por el tiempo de duración del préstamo y el importe mínimo será el valor de tasación.

Resolución del préstamo

La entidad financiera podrá exigir la devolución del capital con los intereses y gastos, y en consecuencia dar por concluido el préstamo, en caso de incumplimiento por el comprador de las obligaciones asumidas, o en caso de que sea declarado en suspensión de pagos, concurso de acreedores o quiebra.

Otras La conveniencia de concertar un seguro de amortización del préstamo para el caso de fallecimiento o invalidez absoluta con cualquier entidad aseguradora legalmente capacitada.

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