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PROCESOGESTIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LAS

INSTITUCIONES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

CÓDIGO CSPD01

PROCEDIMIENTOPROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUDVERSIÓN 3

ELABORÓ: Profesional Dirección de Participación CiudadanaProfesional Oficina Asesora de Planeación

REVISÓ: Director de Participación ciudadanaJefe Oficina Asesora de Planeación

APROBÓ: Delegado para la Protección al Usuario.

FECHA:29/08/2014

FECHA: 01/09/2014

FECHA: 12/09/2014

OBJETIVODesarrollar y liderar estrategias de promoción de la participación ciudadana, protección al usuario y del ejercicio del control social en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, incluidos los regímenes especiales y excepcionales en salud, contribuyendo al fortalecimiento de la participación ciudadana y los grupos de control social en el sector salud, mediante la concertación de espacios de diálogo, divulgación de deberes y derechos, promoción de los mecanismos e instancias de participación ciudadana y capacitación a los usuarios y actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

ALCANCEInicia con la identificación de los mecanismos, espacios de participación ciudadana, organizaciones sociales y usuarios alrededor de la salud, o peticiones de capacitación, continúa con la revisión de necesidades sobre capacitación y espacios de dialogo, definición y comunicación de las agendas, planeación y realización del evento, aplicación de la encuesta de impacto. Termina, para las capacitaciones con la elaboración de la base de datos de asistentes, informe de evento y resultados de la encuesta de medición de impacto; y para los escenarios de dialogo con el acta de cierre del espacio.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Este procedimiento aplica para la gestión de promoción de la participación ciudadana de la Dirección de Participación Ciudadana de la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario en lo que concierne a sus funciones. Así mismo, para las Regionales de la Superintendencia cuando dicha función sea delegada.

DEFINICIONESAlianza o Asociación de Usuarios: Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo o subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.Comité de Ética Hospitalaria: Es una de las formas de participación en las instituciones prestatarias de servicios de salud, sean públicas, mixtas o privadas que tienen por objetivo la protección de los derechos y deberes de los usuarios en materia de decisiones clínicas y propender por la humanización en la atención a los pacientes.Comunicación para la salud: Es una estrategia clave destinada a informar a la población sobre aspectos concernientes a la salud y a mantener cuestiones sanitarias importantes en la agenda pública. El uso de los medios informativos y los multimedia, además de otras innovaciones tecnológicas para difundir información sobre salud entre la población, aumenta la concienciación sobre aspectos específicos de la salud individual y colectiva.Control social en salud: Es el conjunto de prácticas y mecanismos que involucran a la ciudadanía en el ejercicio público mediante el seguimiento a los planes, programas y proyectos institucionales, para garantizar transparencia a la gestión pública y vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente en el sector salud.Empoderamiento de la ciudadanía y organizaciones sociales: Es un proceso que permite cumplir un rol activo y el desarrollo pleno de la ciudadanía en salud.Mecanismos de Participación ciudadana: Son todos aquellos instrumentos tendientes al ejercicio de los deberes y derechos del individuo, para propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud.

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PROCEDIMIENTOPROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUDVERSIÓN 3

Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.Enfoque Generacional: Es el respeto a las identidades generacionales, la igualdad de oportunidades y relaciones equitativas entre generaciones (niñez, adolescencia, juventud, adultez y tercera edad).Participación Comunitaria: Es el derecho que tienen las organizaciones comunitarias para participar en las decisiones de planeación, gestión, evaluación y veeduría en salud.Participación Ciudadana: Es el ejercicio de los deberes y derechos del individuo, para propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud.Participación Social: Proceso de interacción social para intervenir en las decisiones de salud respondiendo a intereses individuales y colectivos para la gestión y dirección de sus procesos en la búsqueda de bienestar humano y desarrollo social. Comprende la participación ciudadana y comunitaria.Servicio de Información y Atención al Usuario (SIAU): Herramienta gerencial para garantizar la calidad en la prestación de servicios que alimenta el cambio en la institución y en las personas.Organización Comunitaria: Agrupación de ciudadanos conformadas de manera colectiva para la búsqueda de intereses comunes, entre las que se pueden mencionar: Asociaciones de Profesionales, Cívicas, sindicales, juveniles, benéficas entre otras.Juntas Administradoras Locales: Promueven en coordinación con las distintas instituciones cívicas y juntas de acción comunal, la activa participación de los ciudadanos en los asuntos locales, distribuir partidas globales con sujeción a los planes de desarrollo del municipio atendiendo a las necesidades básicas insatisfechas de los corregimientos y comunas garantizando la participación ciudadana.Veeduría en salud: Es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias legalmente constituidas, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas políticas judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. (Art. 1 Ley 850 de 2003, por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas).Comités de Participación Comunitaria en Salud: Espacios de concertación entre el estado y la comunidad organizada como actores sociales alrededor de la salud.

Diálogo con la Supersalud es un espacio diseñado por la entidad para conocer de cerca las principales problemáticas, inquietudes y dudas de la ciudadanía frente a la prestación de servicios de salud en las regiones a partir, de las cuales se despliegan las acciones de inspección, vigilancia y control a cada uno de los vigilados en el territorio. Allí el Superintendente Nacional escucha a la ciudadanía e imparte instrucciones de acuerdo con sus competencias para proteger los derechos de los usuarios.Supersalud en las regiones: Es una estrategia que permite descentralizar el ejercicio de las competencias de la entidad y desplegar las actividades de inspección y vigilancia en las regiones visitadas, a efectos de resolver la problemática presentada en los servicios de salud y gestionar cada uno de ellos teniendo en cuenta su competencia, las cuales pueden ser a través de mesas de flujo de recursos, visitas de inspección, capacitación y reuniones con usuarios del sistema, autoridades territoriales y/o entes de control .Seminario: Es una estrategia que se caracteriza por tener un componente académico en el que se abordan temas relacionados con el sistema de salud, en diferentes ciudades del territorio nacional, con el fin de promover la interacción social y capacitación a la ciudadanía en aspectos normativos fundamentales dentro del sistema de seguridad social salud.. .

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Rendición de Cuentas: Es la obligación que tiene un actor de informar y explicar sus acciones a otros, que igualmente tienen el derecho de exigirla, en términos políticos y basados en la organización del Estado, como una expresión de control social. Es un mecanismo de control social que comprende acciones de peticiones de información y de explicaciones, así como, la evaluación de la gestión, y búsqueda de la transparencia en la gestión de la administración pública para lograr la adopción de “Buen Gobierno”.

NORMASREQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTO

Constitución Política de Colombia Preámbulo y artículo 270. Se faculta a la ciudadanía para que intervenga activamente en el control de la gestión pública.

Ley 1751 del 2015. Estatutaria de Salud Garantizar el Derecho fundamental a la Salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección. Ley 1757 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.

El objeto de la presente ley es promover, proteger y garantizar modalidades del derecho a participar en la vida política, administrativa, económica, social y cultural, y así mismo a controlar el poder político.

Ley 1438 de 2011, "Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones"

Se adopta la Estrategia de Atención Primaria en Salud que estará constituida por tres componentes integrados e interdependientes: los servicios de salud, la acción intersectorial/transectorial por la salud y la participación social, comunitaria y ciudadana. La Atención Primaria en Salud es la estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios, sin perjuicio de las competencias legales de cada uno de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Ley 1122 de 2007, por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Artículo 37 numeral 4ª. La entidad deberá, garantizar el cumplimiento de los derechos de los usuarios en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como los deberes por parte de los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud; de igual forma promocionar y desarrollar los mecanismos de participación ciudadana y de protección al usuario del servicio de salud.

Ley 850 de 2003, por medio de la cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas

Para la aplicación de mecanismos de transparencia ante los ciudadanos, la Superintendencia Nacional de Salud promociona e incentiva la creación de veedurías ciudadanas, para que éstas ejerzan

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vigilancia sobre la administración pública de la entidad. Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política.

Los artículos 17, 32 hacen referencia a la participación ciudadana en la administración pública y la democratización de la administración pública.

Ley 100 de 1993. por la cual se crea el sistema de seguridad social integral Artículos 153, 156, 157 y 231. El Sistema General de Seguridad Social en Salud debe estimular la participación de los usuarios en la organización y control de las instituciones, señalándose que será obligatoria la representación de los usuarios en las juntas directivas de las entidades de carácter público.Adicionalmente, establece que los afiliados podrán conformar alianzas o asociaciones de usuarios y que será también un mecanismo de control las veedurías ciudadanas.

Decreto 2462 de 2013, por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud

Artículo 20. Funciones de la Dirección de Participación Ciudadana en relación con la promoción y divulgación de los mecanismos de participación ciudadana del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Circular Externa 047 de 2007. Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud. Modificada por las Circulares 049, 050, 051 y 052 de 2008; 057, 058 de 2009; 059, 060 de 2010 y 008 de 2018

Título VII Capítulo Segundo. Instrucciones a los sujetos vigilados en materia de participación ciudadana.

LEY 1712 de 2014, Transparencia y acceso a la información Transparencia y acceso a la información

LEY ESTATUTARIA 1581 de 2012 Protección de datos personalesDecreto 780 de 2016. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, Parte 10 PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL SGSSS. Titulo 1, Capítulo 1.

Señala que debe estimularse la promoción de los métodos de participación, promoverse las actitudes solidarias, la práctica de la democracia y la cultura de la participación.

Resolución 2063 de 2017: Por la cual se adopta la Política de Participación Social en Salud - PPSS

Aplica a los integrantes del Sistema de Salud, en el marco de sus competencias para fortalecer e implementar los espacios de participación social que se requieren para estimular la participación de la ciudadanía en el cumplimiento de los objetivos de la PPSS en el marco de la normatividad vigente.

POLÍTICAS DE OPERACIÓNPág. 4 de 13

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1. Un evento debe planificarse con mínimo quince (15) días calendario de anterioridad a su realización, salvo cuando se traté de escenarios que por la temática a abordar requieran realización inmediata, en el menor tiempo posible.

2. En los casos en los que en el evento se precise la intervención directa del Señor Superintendente Nacional de Salud, la agenda y, en general, las condiciones del evento serán puestas a su consideración a través de la Dirección de Participación Ciudadana.

3. Los funcionarios o representantes de la entidad siempre deberán usar los distintivos que defina la Delegada para la Protección al Usuario para la realización del evento. 4. Disponibilidad de información actualizada en medios magnéticos o físicos acorde con la técnica a utilizar en los espacios de promoción y en las plantillas aprobadas por la entidad.

Cumplimiento de los lineamientos establecidos por el sistema integrado de gestión en particular la utilización de los formatos vigentes. En los eventos o acompañamiento a capacitaciones liderados por otras Entidades u organizaciones será admisible la lista de asistencia de la entidad convocante.5. Cuando en los espacios de participación ciudadana o seminarios, se recepciona de una PQRD interpuesta por organizaciones de participación social en salud, se articula el seguimiento de

las actuaciones adelantadas por la Dirección de Atención al Usuario de conformidad con las competencias.

DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO ID ACTIVIDAD / TAREA

¿QUÉ?DESCRIPCIÓN

¿CÓMO?ÁREA

RESPONSABLE CARGO ÁREA PARTICIPANTE REGISTRO

1.Identificar los mecanismos,

espacios de participación ciudadana, organizaciones sociales y usuarios alrededor de la salud, sus necesidades en participación social y definición de agenda

Los eventos se determinan de dos (2) maneras, estas son; por solicitud de parte y de oficio.

Solicitud de parte: La Dirección de Participación ciudadana con el apoyo del funcionario del grupo de promoción designado analiza las solicitudes de eventos presentadas, de acuerdo con la agenda de la dependencia.De oficio: La Dirección de Participación ciudadana con el apoyo del funcionario del grupo de promoción designado propone el cronograma anual al Delegado para la Protección al Usuario atendiendo, entre otros aspectos, informe de PQR, lugares no visitados por la Superintendencia Nacional de Salud en el año

Dirección de Participación Ciudadana

Director

Profesional

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calendario inmediatamente anterior, denuncias de líderes sobre presuntas barreras en el acceso a servicios de salud, requerimiento del Superintendente.

Acorde con el presupuesto asignado para el despliegue de actividades de Participación Ciudadana y la planeación previa que se realice con el Delegado Para la Protección al Usuario, la Dirección de Participación Ciudadana determina si la realización del evento será financiada con recursos de funcionamiento o de inversión.

2. Planificar el evento.Cuando los eventos se realicen con recursos de funcionamiento y sea necesario liderar la logística del evento por parte del grupo de promoción, el funcionario a cargo enviará comunicación por correo electrónico a las secretarías de salud departamental y municipal para solicitar apoyo logístico en la consecución del salón y remisión de bases de datos.

En el caso que la convocatoria se realice por el grupo de promoción se deberá remitir correo electrónico en dos ocasiones siendo la última el día previo a la realización del evento.

La convocatoria por medio de llamada telefónica estará a cargo del grupo de promoción, con apoyo del personal técnico y/o secretarial con que cuente la Dirección de Participación Ciudadana cumpliendo la misma intensidad consignada en el párrafo anterior y/o la necesaria para lograr una buena asistencia al evento.

El día anterior al evento se deberá remitir a la coordinación un reporte con el número confirmados, las excusas de los mismos, el

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional

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número de llamadas realizadas con la fecha, hora y número de correos electrónicos enviados.

Para desarrollar eventos - seminarios con recursos de inversión el Grupo Promoción a la Participación Ciudadana deberá:

Proyectar el documento de estudios previos, bajo los lineamientos acorde con la necesidad del Delegado Para la Protección al Usuario, el Director de Participación Ciudadana y el Grupo de Contratación de la Entidad, para adelantar el proceso de contratación acorde con lo establecido en el Procedimiento Asesoría para la Elaboración de Estudios de Mercado, Análisis del Sector y Estudios Previos (PPPD06) y demás procedimientos del Proceso Precontractual.

3 Tramitar solicitud de divulgación del evento.

Se solicita el apoyo de la Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional para divulgar la realización del evento, en la página web, redes sociales de acuerdo con el procedimiento CIPD02.

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional

Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional

Soporte de correo electrónico enviado. Y publicaciones web.

4 Preparar la logística y material didáctico del evento.

Una vez confirmada la dirección donde se llevará a cabo el evento, el profesional de la SNS enviará invitación por correo electrónico a las secretarías de salud departamental y municipal donde se realizará el evento con la información del lugar, fecha, hora y temática.

Según la confirmación del número de asistentes, se define la cantidad de material requerido para ser divulgado en el marco del

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional Dirección de atención al Usuario

Lista de asistencia (ASFT04)

Encuesta de Pág. 7 de 13

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evento. (Si hay disponibilidad de material)

Se preparan los contenidos a presentar en cada evento, el material visual, así como el alistamiento de los formatos dispuestos por la Delegada para la Protección al Usuario, los cuales deberán ser descargados directamente de la intranet, o Página Web de la Entidad con el propósito de realizar control y registro del evento.

Si el evento se realiza en las instalaciones de la SNS: Una vez establecido la fecha del evento se debe enviar solicitud a recursos físicos para reservar el auditorio.

Confirmando la reserva del auditorio se envía comunicación al público de la capacitación, informando las fechas y lugar establecido para llevar a cabo el evento.

Si el evento se realiza en a través de las regionales:

La Dirección de Participación Ciudadana a través de la Coordinación de Promoción a la Participación o la persona que se designe entregará a las regionales las presentaciones dispuestas para capacitaciones.

Los funcionarios por fuera de la sede central suministrarán bases de datos de usuarios, secretarías de salud departamental y municipal con el fin de realizar desde la sede central a través del Grupo de promoción la convocatoria.

El funcionario del grupo promoción encargado deberá realizar la

evento (CSFT02)

Acta Evento (CSFT 06)

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convocatoria como se indica en “planificar el evento"

La persona encargada por fuera de la sede central deberá, una vez finalizada la capacitación, remitir al grupo de promoción en medio magnético los formatos de Registro de usuarios, de encuesta y el Formato Acta de Evento.

4.1 Capacitación a grupos poblacionales priorizados (niños, jóvenes, ACR, Pastoral, víctimas, personas con capacidades diferentes, PPL, entre otros.)

Una vez realizado el acercamiento con instituciones educativas y otras entidades se programa, a solicitud de parte, una reunión presencial con el representante de la entidad, institución, organización, etc. Para presentar y explicar el funcionamiento y dinámica del material a utilizar y el tema que se abordará en las capacitaciones teniendo en cuenta el grupo al que va dirigido.

En tratándose de centros educativos o cualquier otro que lo requiera, después de la visita a la Institución, se remitirá la solicitud de permiso para la realización del evento. Esta visita estará sujeta al calendario de la Institución educativa o entidad competente

Con el objetivo de proteger a los menores u otra población que así lo requiera en el manejo de sus datos, el Formato Registro de usuarios se diligenciará de la siguiente manera: * Nombres de los niños que participen,Dirección y teléfono de la institución educativa y; Firma del monitor del curso, funcionario responsable del grupo o funcionario de la Supersalud.

En el caso de los centros educativos o instituciones responsables de

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional Dirección de atención al Usuario

Lista de asistencia (ASFT04)

Encuesta de evento (CSFT02

Acta Evento (CSFT 06)

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la custodia de los destinatarios de las actividades de participación ciudadana, el recaudo del registro fotográfico, así como su uso y publicación requerirá certificación de la institución, en la que se autorice de manera expresa el uso de las imágenes obtenidas en el marco de la actividad.

4.2 Acompañamiento a capacitaciones de terceros

Este evento podrá ser presencial o virtual (Videoconferencias).

Una vez aceptada la invitación se preparan las presentaciones o material con las temáticas solicitadas por los líderes o la entidad.

Cuando la participación sea virtual (videoconferencias) el formato de registro de usuarios deberá ser diligenciado como se indica en” población específica”

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional Dirección de atención al Usuario

Lista de asistencia (ASFT04)

Encuesta de evento (CSFT02

Acta Evento (CSFT 06)

5. Realizar evento Al inicio del evento, se deberá realizar un registro de los asistentes mediante el Formato disponible en la intranet, o página Web de la entidad que aplica.

Se explica el tipo de evento, se informa sobre el orden del día, se da lugar a la presentación de los funcionarios que lideran el evento.

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional

Registro de Usuarios (CSFT04)

Encuesta de evento (CSFT02

Acta Evento (CSFT 06)

6. Registrar evento En los eventos, el Profesional a cargo registra mediante el Formato Acta de Evento, lo sucedido en el espacio. Dirección de

Participación Ciudadana

Profesional

Acta Evento (CSFT 06)

7. Recibir y radicar PQRD Durante los eventos se recibirán las PQRD que los asistentes presenten en el espacio mediante el Formato Registro de reclamos.

Dirección de Participación

Profesional Registro de reclamo

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Una vez se encuentre el funcionario en las instalaciones de la SNS, se radicarán en el Oficina Correspondencia, así mismo una vez se asignado NURC para cada uno de ellos se relacionarán mediante correo electrónico a la Coordinación de Inspección y Vigilancia de la Dirección de Participación Ciudadana, para el tramite respectivo.

Ciudadana

(CSFT07)

8. Realizar informe de escenarios de dialogo participativo

El profesional realiza acta presentando la descripción del desarrollo del evento

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la realización del evento se deberá proyectar en formato libre de Word el informe preliminar que contenga número de asistentes, lugar, fecha y hora del evento y matriz de compromisos para la revisión y aprobación de la Dirección. Una vez sea aprobado se proyectarán memorandos de requerimientos a las dependencias. Los NURC de traslado deben ser referenciados en el formato libre de Word. Este trámite debe completarse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la aprobación del informe preliminar para ser remitido a través de la Dirección al Despacho del Superintendente.

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional

9. Publicar en la página web: acta de los escenarios de dialogo con el superintendente

Se solicita a la Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional el apoyo para que en formato libre de Word se realiza el acta sea publicada en la página web de la entidad.

Dirección de Participación Ciudadana Profesional

Oficina Asesora de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Institucional

10. Seguimiento y cierre de los escenarios de dialogo con el superintendente

Identificados los compromisos y trasladados a las dependencias competentes, se hará seguimiento periódico al despliegue de las acciones de IVC a que haya lugar, con la finalidad de incluirlas en el informe definitivo de cierre del evento que se presentará al Superintendente.

El informe contendrá la identificación de las acciones desplegadas,

Dirección de Participación Ciudadana

Profesional Dependencias competentes según identificación de compromisos

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con los soportes que remitan las dependencias competentes.

PUNTOS DE CONTROLID NOMBRE DE LA

ACTIVIDAD / TAREA

MÉTODO DE CONTROL FRECUENCIA RESPONSABLE REGISTRO

6. Revisar cronograma El Director de Participación Ciudadana revisará el cronograma de actividades del grupo de promoción.

En la etapa preparatoria del evento.

Dirección de Participación Ciudadana

10 Revisar acta definitiva/ informes preliminares y definitivos/ matriz de compromisos

El Director de Participación Ciudadana revisará el acta de los escenarios de dialogo con el superintendente

Al terminar cada evento programado

Dirección de Participación Ciudadana

ANÁLISIS DE TIEMPOLos eventos de promoción y participación ciudadana se programan para cada vigencia, por lo cual el tipo de evento y la programación de los mismos son definidos por la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario de acuerdo con las directrices del Superintendente Nacional de Salud,

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la realización del evento se deberá proyectar informe que contenga número de asistentes, lugar, fecha y hora del evento y matriz de compromisos para la revisión y aprobación. Una vez sea aprobado se proyectarán memorandos de requerimientos a las dependencias.El informe debe contener la respuesta de todos los NURC de traslado y deben ser referenciados en la versión final del informe preliminar que se remitirá al Despacho del Superintendente. Este trámite debe completarse dentro de los dos (2) días siguientes a la aprobación del informe preliminar.

El informe de cierre de los escenarios de diálogo se realizará con los insumos remitidos por las áreas, en los que se dé cuenta del despliegue de las acciones de IVC necesarias para dar cumplimiento a los compromisos. Una vez realizado, se remitirá al Despacho del SNS para su aprobación.

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INSTITUCIONES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

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SEGURIDAD SOCIAL EN SALUDVERSIÓN 3

DOCUMENTOS DE REFERENCIAN.A.

CONTROL DE CAMBIOSASPECTOS QUE CAMBIARON EN

EL DOCUMENTODETALLES DE LOS CAMBIOS

EFECTUADOSRESPONSABLE DE LA SOLICITUD DEL

CAMBIOFECHA DEL CAMBIO

DD/MM/AAAA VERSIÓN

Adopción del documento Mediante Resolución 4086 de 2014 se adoptó el manual de Procesos y Procedimientos.

Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario

19/12/2014 1

Modificación de documento Mediante Memorando NURC 3-2015-014150, se solicita ajustes de objetivo de procedimiento, alcance, y actividades. Se solicita modificación en el nombre de proceso. Mediante Resolución 1809 de 2015, se prueba el cambio en el nombre del proceso.

Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario

21/07/2015 2

Modificación Mediante memorando NURC 3-2018-017582 del 24 de octubre, se solicita la modificación del Objetivo, Alcance, Ámbito de Aplicación, Definiciones, Normatividad, políticas de Operación. Se elimino la actividad “Realizar estudios para la contratación para la realización de eventos” y se ajustaron todas las actividades; Análisis de Tiempo. Mediante memorando NURC: 3-2018-017741 se aprueba el ajuste documental

Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario

25/10/2018 3

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