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38012010 IES Las Breñas PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL CURSO 2016/2017 1.- DATOS DEL CENTRO. - CÓDIGO: 38012010. - ETAPA: Instituto de Enseñanza Secundaria. - DENOMINACIÓN: IES Las Breñas. - TIPO DE CENTRO: Docente. - NATURALEZA: Público. - TITULAR: Consejería de Educación y Universidades. - E-mail: [email protected] - PÁGINA WEB: www.ieslasbreñas - DIRECCIÓN: C/ San José, 212, San José, Breña Baja, Isla de La Palma, S/C de Tenerife, España. - TELÉFONO: 922433016 FAX: 922435010 ÁMBITO ORGANIZATIVO 1.- HORARIO GENERAL DEL IES LAS BREÑAS. HORARIO GENERAL DEL CENTRO A C T I V I D A D E S HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA Horario de apertura y cierre del centro (turnos): 07:45 h. 14:10 h. Por la mañana 08:00 h. 14:00 h. Horario de transporte, en su caso. 07:00 h. 14:00 h. Horario de Biblioteca (lunes a viernes) 10:45 h. 11:15 h.

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38012010 IES Las Breñas

PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL CURSO 2016/2017

1.- DATOS DEL CENTRO.

- CÓDIGO: 38012010.

- ETAPA: Instituto de Enseñanza Secundaria.

- DENOMINACIÓN: IES Las Breñas.

- TIPO DE CENTRO: Docente.

- NATURALEZA: Público.

- TITULAR: Consejería de Educación y Universidades.

- E-mail: [email protected]

- PÁGINA WEB: www.ieslasbreñas

- DIRECCIÓN: C/ San José, 212, San José, Breña Baja, Isla de La Palma, S/C de Tenerife, España.

- TELÉFONO: 922433016 FAX: 922435010

ÁMBITO ORGANIZATIVO

1.- HORARIO GENERAL DEL IES LAS BREÑAS.

HORARIO GENERAL DEL CENTRO

A C T I V I D A D E S HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA

Horario de apertura y cierre del centro (turnos): 07:45 h. 14:10 h.

Por la mañana08:00 h. 14:00 h.

Horario de transporte, en su caso. 07:00 h. 14:00 h.

Horario de Biblioteca (lunes a viernes) 10:45 h. 11:15 h.

38012010 IES Las Breñas

A C T I V I D A D E S LUNES MARTES MIÉRC. JUEVES VIERNES

Días y horario de actividades extraescolares de

tarde

14:00 a

20:00 h.

14:00 a

20:00 h.

14:00 a

20:00 h

14:00 a

20:00 h.

Horario diario de atención al público de la

Secretaría por el personal administrativo

10:00 a13:00 h.

10:00

a 13:00 h.

10:00

a 13:00 h.

10:00

a 13:00 h.

10:00

a 13:00

Horario de atención a las familias por la dirección

del centro (equipo directivo)

09:50 a

10:45 h.

(Secretario)

08:00 a

08:55 h.

(Jefe

Estudios)

13:05 a

14:00 h.

(Director)

09:50 a

10:45 h.(Vicedirectora)

13:05 a

14:00

(Director)

Horario de atención del ORIENTADOR en el

centro a las familias.

12:10 a

13:05 h.

08:55 a

10:50 h.

Días y fechas de atención a las familias en horario

de tarde:

El 20 de octubre, el 22 de diciembre, el 23 de

marzo y el 26 de junio estará a disposición de las

madres, padres o tutores legales todo el profesorado

del centro. El resto de las fechas solo estará

disponible el profesorado tutor. El horario será en

todas las ocasiones el mismo: de 17:00 a 19:00 h.

20 de octubre de 2016, 7 y 28 de noviembre de

2016, 22 de diciembre de 2016, 16 de enero de

2017, 13 de febrero de 2017, 6 y 23 de marzo de

2017, 3 y 24 de abril de 2017, 22 de mayo de 2017

y 26 de junio de 2017.

38012010 IES Las Breñas

La distribución diaria de las horas lectivas se ajustará al siguiente esquema:

El horario de atención a las familias por parte de profesorado tutor en horario de mañana para el curso 2016/2017 será el siguiente:

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2.- CALENDARIO ESCOLAR.

Durante el curso escolar 2016/2017 tendrán la consideración de días no lectivos los

siguientes:

- 12 de octubre: Fiesta Nacional.

- 1 de noviembre: Todos los Santos.

- 5, 6 y 8 de diciembre: Día de la Constitución e Inmaculada Concepción, Día del

Enseñante y del Estudiante, respectivamente. ( lunes, martes y jueves)

- Navidad: del 23 de diciembre de 2016 al 8 de enero de 2017, ambos inclusive.

(Se retoman las clases el lunes 9 de enero).

- Carnaval: 27 y 28 de febrero de 2017 (Días de libre disposición).

- Semana Santa: del 8 al 16 de abril de 2017, ambos inclusive. (Vuelta a clase el lunes

17 de abril).

- 1 de mayo: Día del Trabajo.

- 2 de mayo: Día de libre disposición del centro.

- 3 de mayo: Día de la Cruz (Festivo local).

- 29 de mayo: Día de libre disposición del centro.

- 30 de mayo: Día de Canarias.

- 26 de julio: Festivo local (la Secretaría del centro permanecerá cerrada).

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CALENDARIO DE EVALUACIONES

EVALUACIONES FECHAS OBSERVACIONES

Evaluación inicial / sin nota

20 OCTUBRE

Sin entrega de notas. Reunión Familias 17:00 h. 1º, 2º y 3º ESO 18:00 h. 4º ESO, Bach. y Ciclos, FPB

1ª Evaluación 22 DICIEMBRE Entrega de notas: HORARIO ANTERIOR.

2ª Evaluación 23 MARZO Entrega de notas: HORARIO ANTERIOR.

3ª Evaluación 26 JUNIO Entrega de Notas (el horario se informará en los días previos)

En el caso de 2º de Bachillerato la entrega de notas de la 3ª Evaluación será el 26 de mayo

3. LAS PROPUESTAS DE MEJORA RECOGIDAS EN EL CURSO ANTERIORCOMO PUNTO DE PARTIDA.

No se plantearon propuestas de mejora en el ámbito organizativo para el curso2016/2017. La organización del IES Las Breñas se encuentra optimizada actualmente.

4.- OFERTA EDUCATIVA DEL IES LAS BREÑAS.

En el IES Las Breñas se imparten las siguientes enseñanzas, estudios y materias:

A) Educación Secundaria Obligatoria (ESO):

Nivel: 1º ESO

Optativas: Francés / Alemán (segundo idioma)

Religión / Valores Éticos

Nivel: 2º ESO

Optativas: Francés / Alemán (segundo idioma)

Religión / Valores Éticos

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* 1er curso de PMAR

Nivel: 3º ESO

Optativas: Francés / Alemán (segundo idioma)

Religión / Valores Éticos

Educación Plástica, Visual y Audiovisual

Música / Tecnología/ Cultura Clásica/ Iniciativa emprendedora y empresarial

*2º curso de PMAR

(*) Por decisión de los equipos educativos.

Nivel: 4º ESO

Optativas: * Francés / Alemán (segundo idioma)

Informática

* Cultura Clásica / Música / Filosofía

B) Bachillerato LOMCE:

Nivel: 1º BACH.

Primer idioma extranjero: Francés o Inglés

MODALIDAD: Ciencias y Tecnología

Materias de Modalidad: Biología y Geología, Física y Química,

Matemáticas I y Dibujo Técnico I

MODALIDAD: Humanidades y Ciencias Sociales

Materias de Modalidad: Latín I, Matemáticas Aplicadas a las CCSS I,

Historia del Mundo Contemporáneo, Economía

y Literatura Universal

Nivel: 2º BACH.

MODALIDAD: Ciencias y Tecnología

Materias de Modalidad: Química, Biología, Física, Matemáticas II,

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Dibujo Técnico II

MODALIDAD: Humanidades y Ciencias Sociales

Materias de Modalidad: Griego II, Latín II, Matemáticas Aplicadas a

las CCSS II, Economía de la Empresa,

Geografía, Historia del Arte

OPTATIVAS Específicas 2º DE BACHILLERATO: *Psicología y Tic

* Francés, Alemán , Ciencias de la Tierra y Medioambientales,

OPTATIVAS de libre configuración: Religión, Acondicionamiento Físico

y Fotografía

C) Formación Profesional Específica (FPE).

Ciclos Formativos de Grado Medio:

a. Familia Profesional: Madera y Mueble ( 1º)

b. Familia Profesional: Peluquería y Estética (1º y 2º)

Ciclo Formativo de FPB:

c. FPB (1er y 2º curso) de Madera y Mueble

Además, para dar respuesta a esta oferta formativa el centro ha desarrollado una serie deplanes y proyectos que aseguren una respuesta educativa de calidad. Entre dichos planescabe realizar especial mención a:

* Plan de Oferta de Enseñanzas.

* Plan de Actividades Complementarias y Extraescolares.

* Plan de Atención a la Diversidad.

* Plan de actuación para dar respuesta a la N.E.E.

* Equipo de Gestión de la Convivencia.

* Red de Escuelas Solidarias.

* Proyecto de Concienciación Medioambiental GLOBE.

* Proyecto de Red de Escuelas Sostenibles.

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5.- CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN ESPACIAL Y TEMPORAL DELAS ACTIVIDADES.

Los criterios que se tienen en cuenta a la hora de organizar las actividades son lossiguientes:

1. Las aulas específicas, los talleres y las zonas deportivas están perfectamentedelimitadas. Por tanto, debido a que están equipadas y en condiciones óptimaspara la docencia no es posible reubicarlas. En consecuencia, se fija el criterio deminimizar la movilidad de los grupos de su aula de referencia.

2. Se garantiza en el horario las reuniones de Coordinación de Tutores,Departamentos, CCP y Equipo Directivo.

3. Se establece un mínimo de dos/tres profesores de guardia por hora.4. En las dos plantas dedicadas a aulario de ESO se distribuyen en una misma

planta los grupos de 1º y 3º y en otra los grupos de 2º y 4º. El objetivo espropiciar al máximo un ambiente adecuado para el ejercicio del derecho alestudio.

5. Los criterios temporales se recogen en el documento Criterios Pedagógicos parala elaboración de los horarios.

6.- PLAN DE ACTUACIÓN DEL EQUIPO DIRECTIVO.

El Equipo Directivo estará compuesto por:

CARGO APELLIDOS/NOMBREESPECIALID

ADCUERPO

Director Castro Fernández, Roberto LCL Secundaria

Vicedirectora Julia Yurena Piñero Perestelo SGN Secundaria

Jefe de Estudios Hernández Sánchez, Alejandro MAT Secundaria

Secretario Miguel Ángel Pérez González MAT Secundaria

La labor del Equipo precisa del apoyo y la colaboración de todos los sectores de lacomunidad educativa: familias, alumnado, profesorado y personal de administración yservicios.

Además de la organización administrativa y pedagógica del centro para dar respuestaeducativa al conjunto del alumnado, el Equipo Directivo afronta cada curso escolar una

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serie de tareas de gestión y docentes relacionadas con la dotación del centro, la gestiónde recursos y la planificación de proyectos.

Por todos estos condicionantes este Plan de actuación es un esbozo de las posiblesacciones a realizar por el equipo, dado que a lo largo del curso 2015/2016 se tendrá quehacer frente a otra serie de tareas que inicialmente no están previstas.

Para ello, llevaremos a cabo la labor directiva de forma colaborativa de manera quepueda participar la mayor cantidad posible de miembros de la comunidad educativa,potenciando la autonomía de gestión y la distribución de tareas.

2.- Objetivos

Los principios básicos sobre los que se desarrollará la gestión del Equipo Directivo delIES Las Breñas serán, de acuerdo con el Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que seregula la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de laComunidad Autónoma de Canarias, los siguientes:

1.- Velar para que las actividades del IES Las Breñas se desarrollen de acuerdo con losprincipios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los fines de laeducación establecidos en las leyes y disposiciones vigentes, por el logro de losobjetivos establecidos en el proyecto educativo del centro, por la calidad de laeducación y por el fomento y promoción de la investigación e innovación educativa.

2.- Garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos al alumnado, al personal docente,a los representantes legales del alumnado y al personal de administración y de serviciosy velar por el cumplimiento de los deberes correspondientes.

3.- Impulsar medidas y actuaciones para lograr la plena igualdad entre hombres ymujeres y fomentar la educación para la prevención de conflictos y para la resoluciónpacífica de los mismos, como medio para mejorar la convivencia y los hábitosciudadanos.

3.- Colaborar en la implementación de medidas para favorecer la equidad educativa, quegaranticen la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminacióndel alumnado, para compensar las desigualdades personales, culturales, económicas ysociales.

4.- Fomentar y favorecer la participación de todos los miembros de la comunidadeducativa en la vida del IES Las Breñas, en su organización y funcionamiento.

5.- Colaborar en los planes de evaluación que se les encomienden en los términos queestablezca la Consejería competente en materia de educación, sin perjuicio de los

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procesos de evaluación interna que el IES Las Breñas defina en sus proyectoseducativos.

6.- Coordinar la colaboración con otros centros docentes públicos de la zona, tanto parala escolarización del alumnado, como para realizar una oferta educativa adecuada a lasnecesidades del entorno.

Para dar respuesta a estos principios básicos el Equipo Directivo establece comoobjetivos prioritarios a desarrollar los siguientes:

a) Velar por el buen funcionamiento del IES Las Breñas, por la coordinación de losprogramas de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo de la práctica docente del aula,sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y demásórganos de coordinación didáctica del centro.

b) Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar yfomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida delcentro docente público.

c) Elaborar y actualizar el proyecto educativo del centro docente público, el proyectode gestión, las normas de organización y funcionamiento y la programación generalanual, teniendo en cuenta las directrices y propuestas formuladas por el ConsejoEscolar y por el Claustro, en el marco de lo establecido por la Consejería competenteen materia de educación.

d) Realizar propuestas sobre las necesidades de recursos humanos del centro docentepúblico, atendiendo a los criterios de especialidad del profesorado y a los principios deeficacia y eficiencia del sistema educativo público, así como de las necesidadesmateriales y de infraestructura del centro docente.

e) Gestionar los recursos humanos y materiales del centro docente público a través deuna adecuada organización y funcionamiento del mismo.

f) Proponer a la comunidad educativa actuaciones que favorezcan las relaciones entrelos distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro docentepúblico y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integraldel alumnado.

g) Impulsar la coordinación, por medio de los órganos de coordinación docente, delseguimiento de las prácticas del alumnado que curse estudios conducentes a títulos degrado y posgrado.

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h) Fomentar la participación del centro docente público en proyectos europeos, deinnovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación yde perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y de uso integrado de lastecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.

i) Colaborar con los responsables de la coordinación de los programas y serviciosestratégicos que disponga la Consejería competente en materia educativa, para suimplantación y desarrollo en el centro docente, y proporcionar los medios y recursosnecesarios para alcanzar los objetivos propuestos.

j) Desarrollar, velar y realizar el seguimiento del Proyecto de Dirección.

k) Impulsar de oficio cuantas acciones se entiendan necesarias para la pronta puesta enmarcha del curso y el funcionamiento diario del centro, asegurando el cumplimientodel calendario escolar.

Individualmente cada uno de los componentes del Equipo y siempre tomando comoreferencia los objetivos básicos antes planteados, tendrá las siguientes competencias:

DIRECCIÓN

a) Ostentar la representación del IES Las Breñas, con la condición de autoridadpública y representar a la Administración educativa en el mismo, haciéndole llegar aésta las propuestas, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del IES Las Breñas hacia la consecucióndel proyecto educativo del mismo, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sinperjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centrodocente.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsarplanes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del IES LasBreñas.

d) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al IES Las Breñas, bajo lasupervisión de la Consejería competente en materia educativa.

e) Organizar el horario, el sistema de trabajo diario y ordinario del personal sometidoal derecho laboral y conceder permisos por asuntos particulares al personalfuncionario no docente y personal laboral destinado en el IES Las Breñas, de

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acuerdo con la normativa vigente.

f) Dirigir la actividad administrativa del IES Las Breñas, incluyendo, en sucondición de funcionario público, las competencias para cotejar y compulsardocumentos administrativos según la normativa vigente, sin perjuicio de lasfunciones de fe pública reconocidas, en este aspecto, a los secretarios y secretarias delos centros.

g) Velar por el mantenimiento de las instalaciones y del mobiliario del IES LasBreñas, coordinando sus actuaciones, con el resto del equipo directivo, acorde con lodispuesto en la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la ComunidadAutónoma de Canarias.

h) Favorecer la convivencia en el IES Las Breñas, garantizar la mediación en laresolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan alalumnado, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de lascompetencias atribuidas al Consejo Escolar. A tal fin, se promoverá la agilización delos procedimientos para la resolución de los conflictos en el centro.

i) Resolver las reclamaciones que contra las calificaciones finales y decisiones depromoción o titulación puedan presentar, en su caso, el alumnado o susrepresentantes legales en el IES Las Breñas, mediante el procedimiento queestablezca la Consejería competente en materia educativa.

j) Impulsar la colaboración con las familias promoviendo la firma de loscompromisos educativos pedagógicos y de convivencia, así como, con institucionesy con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y fomenten unclima escolar, que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuacionespropicien una formación integral en competencias y valores del alumnado.

k) Impulsar los procesos de evaluación interna del IES Las Breñas, colaborar en lasevaluaciones externas y en la evaluación del profesorado y promover planes demejora de la calidad del centro docente, así como proyectos de innovación einvestigación educativa.

l) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y delClaustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbitode sus competencias.

m) Proponer al órgano de la Consejería competente en materia educativa, el

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nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información alClaustro del profesorado y al Consejo Escolar del IES Las Breñas.

n) Colaborar con los distintos órganos de la Consejería competente en materia deeducación en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos y en actividadesdiversas de carácter centralizado, que precisen de la participación del personaladscrito al IES Las Breñas, así como formar parte de los órganos consultivos que seestablezcan al efecto y proporcionar la información y documentación que le searequerida por la Consejería competente en materia de educación.

o) Elaborar y proponer el calendario general de actividades docentes y no docentes,incluyendo las actividades complementarias y extraescolares, así como los horariosdel profesorado y del alumnado, de acuerdo con la planificación de las enseñanzas,con el proyecto educativo y en el marco de las disposiciones vigentes.

p) Promover convenios de colaboración con otras instituciones, organismos o centrosde trabajo, de acuerdo al procedimiento que establezca la Consejería competente enmateria educativa.

q) Proponer al órgano competente de la Administración educativa, la utilización delas instalaciones y de las dependencias del IES Las Breñas, por entidades o personasajenas a la comunidad educativa, previa información al Consejo Escolar.

r) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

s) Cualquier otra competencia que le sea encomendada por la Administracióneducativa o por los correspondientes Reglamentos y disposiciones vigentes.

VICEDIRECCIÓN

a) Sustituir al director en caso de ausencia, enfermedad o vacante y de suspensión ocese hasta su sustitución por el procedimiento legalmente establecido.

b) Coordinar la realización de actividades complementarias y extraescolares, segúnlas directrices aprobadas por el Consejo Escolar del IES Las Breñas, y desempeñarlas funciones de jefe de departamento de actividades complementarias yextraescolares.

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c) Organizar, conjuntamente con la jefatura de estudios, los actos académicos.

d) Coordinar e impulsar la participación de todos los miembros de la comunidadescolar en las actividades del IES Las Breñas.

e) Planificar, administrar, dinamizar y coordinar la utilización de la biblioteca y susrecursos didácticos.

f) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro delámbito de sus competencias o por la Consejería competente en materia educativa,dentro de su ámbito de competencias, o por los correspondientes Reglamentosorgánicos y disposiciones vigentes.

JEFATURA DE ESTUDIOS

a) Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la persona titular de ladirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, lasprogramaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.

b) Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación docente y de loscompetentes en materia de orientación académica y profesional y de los de accióntutorial, que se establezcan reglamentariamente.

c) Colaborar en la coordinación de las actividades de perfeccionamiento delprofesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y losproyectos que se realicen en el centro.

d) Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la dirección, la jefatura delpersonal docente en todo lo relativo al régimen académico.

e) Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, loshorarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criteriospedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual y con lanormativa que regule la organización y funcionamiento de los centros, así comovelar por su estricto cumplimiento.

f) Controlar el cumplimiento de la jornada de trabajo del profesorado dejando

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siempre constancia documental de la asistencia diaria, mediante el procedimientoque establezca la dirección del centro y según las instrucciones que dicte el órganoresponsable de la gestión de personal docente de la Consejería competente enmateria educativa.

g) Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de usocomún para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo conlo establecido en el proyecto educativo, en el proyecto de gestión y en laprogramación general anual.

h) Organizar los actos académicos y sustituir al director o directora en los supuestosprevistos.

i) Coordinar los procesos de evaluación.

j) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de ladirección o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbitode competencias, o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposicionesvigentes.

SECRETARÍA

a) Ordenar el régimen administrativo y económico del IES Las Breñas, deconformidad con las instrucciones de la dirección y lo establecido en el proyecto degestión del centro, elaborar el anteproyecto de presupuesto, llevar la contabilidad yrendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

b) Ejercer, de conformidad con las instrucciones del director y bajo su autoridad, lasupervisión y control del personal de administración y servicios adscrito al IES LasBreñas y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas establecidas.

c) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno, levantar acta delas sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del director.

d) Custodiar las actas, libros, archivos del IES Las Breñas y los documentosoficiales de evaluación, así como expedir, con el visto bueno del director, lascertificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas. Asimismo,

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cotejar y compulsar documentos administrativos, conforme a la normativa vigente.

e) Tener acceso al registro de centralización electrónica de los expedientesacadémicos del alumnado y custodiar, conservar y actualizar los expedientes,garantizando la coincidencia entre los datos contenidos en el expediente del alumnoo alumna en el centro, en soporte documental o informático, y los datos queconforman el expediente centralizado, conforme con el nivel de protección yseguridad establecido en la normativa vigente.

f) Dar a conocer y difundir a toda la comunidad educativa cuanta información sobrenormativa, disposiciones legales o asuntos de interés general o profesional se recibaen el IES Las Breñas.

g) Tomar parte en el proceso de elaboración del proyecto educativo del IES LasBreñas, de la programación general anual y de las normas de organización yfuncionamiento.

h) Realizar el inventario general del IES Las Breñas y mantenerlo actualizado yvelar por el buen uso y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar, encolaboración con los jefes o jefas de departamento, y de acuerdo con lasindicaciones del director.

i) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director o por laConsejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de competencias,o por los correspondientes Reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Actividades prioritarias

En función de los objetivos anteriormente reseñados, las actividades prioritarias arealizar por cada uno de los componentes del equipo directivo durante el curso escolar2014/2015 serán las siguientes:

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DIRECCIÓN

· Elaboración y seguimiento del Pan de trabajo de la CCP.

· Coordinación para continuar la actualización de los documentos institucionales del IES Las Breñas.

· Coordinación y dinamización de los órganos colegiados (Consejo Escolar, Claustro, CCP.)

· Seguimiento implantación nuevas enseñanzas.

· Desarrollo Plan de Mejora.

VICEDIRECCIÓN

· Organización de la Biblioteca Escolar.

· Coordinación de los proyectos educativos.

· Coordinación del Programa de actividades complementarias y extraescolares.

JEFATURA DE ESTUDIOS

· Coordinación, evaluación y seguimiento de las cuestiones académicas y pedagógicas.

· Elaboración de horarios.

· Coordinación de las sesiones de evaluación.

. Plan de Oferta de Enseñanzas.

· Control absentismo del alumnado y profesorado.

· Seguimiento implantación nuevas enseñanzas.

· Colaboración en el desarrollo del Plan de Mejora.

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SECRETARÍA

· Gestión administrativa.

· Jefatura personal administración y servicios.

· Gestión económica.

· Participación órganos colegiados.

· Colaboración en el desarrollo del Plan de Mejora.

3.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE PARTICIPACIÓN

El IES Las Breñas contará con los siguientes órganos de participación en el control ygestión:

a) Consejo Escolar, como órgano de participación en el control y gestión.

b) El Claustro de Profesores, como órgano de carácter pedagógico y académico.

Composición:

6. Consejo Escolar: estará compuesto por un total de 21 miembros, distribuidos dela siguiente forma:

-Miembros natos: Director (Presidente), Jefe de Estudios y Secretario.

-Miembros electos: Profesorado (7), Alumnado (5), Padres/Madres (4)Personal de Administración y Servicios (1) y Representante Municipal(2).

Durante el primer trimestre del curso escolar 2014/2015 se desarrollará elproceso electoral para la renovación parcial del Consejo Escolar del IES Las Breñas.

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7. Claustro: estará compuesto por un total de 48 profesores/as.

8. Objetivos del Plan de Actuación de los órganos colegiados:

CONSEJO ESCOLAR CLAUSTRO

- Potenciar la participación en ydesde el Consejo Escolar.

- Desarrollar y dinamizar lascomisiones que se creen en su seno(Económica).

- Dinamizar y coordinar los distintosproyectos necesarios para la marcha delcentro:

* Proyecto PresupuestoEconómico.

* Adquisición de bienes, servicios,

recursos, etc.

* PE y NOF.

* PGA.

* Plan ActividadesComplementarias

y Extraescolares.

* Memoria Final.

* Proyectos de Mejora.

* Programas de Ayudas yServicios.

- Favorecer una relación fluida yparticipativa entre los órganos y entrelos sectores de la comunidad educativa.

- Potenciar el funcionamiento ylas relaciones en el seno de esteórgano.

- Promover un Claustroparticipativo y autónomo que realicepropuestas.

- Elaborar, desarrollar ydinamizar los distintos proyectosque hacen realidad la prácticaeducativa:

* Programaciones didácticas.

* PAT.

* Plan Atención Diversidad.

* Plan de Oferta de Enseñanzas.

* Atención al alumnado conn.e.e.

* Actividades Complementariasy

Extraescolares.

* Plan Actuacióndepartamentos.

* PGA y Memoria final.

* Evaluación del alumnado.

38012010 IES Las Breñas

- Potenciar y apoyar proyectos deinnovación y mejora de la ofertaeducativa del centro.

- Potenciar intercambios con otrasinstituciones en iniciativas culturales,deportivas, recreativas y culturales.

- Realizar el seguimiento de lasactividades administrativas y docentesdel centro.

- Prestar especial interés a laevaluación del rendimiento escolar delalumnado del centro y establecer lasmedidas necesarias.

- Participar en las propuestas derivadasdel proceso de evaluación del centro.

*Proyectos de Mejora.

- Generar y apoyar proyectos deinnovación y experimentación paramejorar la oferta educativa y laactualización didáctica.

- Favorecer propuestas paramejorar las relaciones del institutoen el entorno.

- Promover iniciativas quefavorezcan la participación yrelación con los demás sectores dela comunidad educativa.

- Participar en las propuestasderivadas del proceso de evaluacióndel centro.

Periodicidad de las reuniones

Para el cumplimiento y el desarrollo de los objetivos y actividadesinicialmente previstas, ambos órganos colegiados celebrarán sesiones de carácterordinario y extraordinario de acuerdo con la planificación siguiente:

CONSEJO ESCOLAR

ORDINARIAS EXTRAORDINARIAS

-Tres reuniones con caráctertrimestral, que preferentementecoincidirán con:

1ª Sesión ----- Inicio de curso:

* PGA.

* Días libre disposición.

- Cuantas reuniones precise la dinámica del centro y ligadas fundamentalmente a:

* Proyectos y Planes.

* Disciplina y Convivencia.

* Proyecto presupuesto.

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* Elección Jueces Instructores.

2ª Sesión ----- Inicio 2º Trimestre:

* Justificación económica.

* Seguimiento PGA.

3ª Sesión ------ Final de curso:

* Memoria Final.

* Justificación Económica.

En cualquier caso, se garantizauna reunión ordinaria del ConsejoEscolar del IES Las Breñas cada 2meses.

* Uso de instalaciones.

* Peticiones de Ayudas.

* Actividades no programadas.

CLAUSTRO

ORDINARIAS EXTRAORDINARIAS

-Tres reuniones con caráctertrimestral, que preferentementecoincidirán con:

1ª Sesión ----- Inicio de curso:

* Horarios y agrupamientos.

* PGA.

2ª Sesión ----- 2º Trimestre:

* Seguimiento PGA.

* Plan de Oferta de Enseñanzas.

3ª Sesión ------ Final de curso:

* Memoria Final.

* Planificación del siguientecurso.

- Cuantas reuniones precise ladinámica del centro y ligadasfundamentalmente a:

* Proyectos y Planes.

* Disciplina y Convivencia.

* Actividades no programadas.

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PLAN DE ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DEL PAS

Las labores y cometidos a desarrollar por el Personal de Administración y Servicios(PAS) en el IES Las Breñas se ajustarán al siguiente plan:

Composición:

CATEGORÍALABORAL

NºVÍNCULOADMINISTRATIVO

JORNADA

AuxiliarAdministrativo

02 Personal Laboral C.E.

1 completa y otratrabajadora queapoya los viernesy durante la 2ºquincena dejulio.

Subalterno 02 Personal Laboral C.E. Completa

Auxiliar Educativa 0

Mantenimiento 02 Subcontrato (Lumican SA)Completa ( dosdía a la semanacada trabajador)

Limpiadora 12 Subcontrato (UTE-Educación) Media Jornada

Horarios de trabajo:

CATEGORÍALABORAL

HORARIOCATEGORÍALABORAL

HORARIO

AuxiliarAdministrativo

De 0730 a 1430 Mantenimiento De 0730 a 1500 (*)

Subalterno De 0730 a 1430 Limpiadoras De 1430 a 1830

Auxiliar Educativa De 0800 a 1400

(*) Cuatro días a la semana.

Tareas prioritarias:

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CATEGORÍALABORAL

TAREAS PRIORITARIAS

AuxiliarAdministrativo

· Registro de entrada/salida de correspondencia y otros sistemasde comunicación.

· Transcripción de estadillos, fichas, impresos, escritos ydocumentos en los distintos soportes que utiliza el centro.

· Catalogación y clasificación de documentos y materialbibliográfico.

· Manejo de ficheros, archivos, informes, etc. de alumnado,profesorado y otro personal adscrito al centro.

· Apoyo a la gestión administrativa del equipo directivo.

Subalterno

· Vigilancia y cuidado de las instalaciones y enseres del centro.

· Control de las puertas de acceso y de entrada y del personalajeno que accede al centro.

· Atender, informar y orientar a las personas ajenas o miembrosde la comunidad educativa que acceden al centro.

· Custodia de las llaves, mandos a distancia, etc. del Centro.

· Apertura y cierre de puertas y accesos dentro de la jornada detrabajo.

· Realización de traslados de material, mobiliario y enseresdentro de las dependencias del centro.

· Apoyo a la gestión de tareas del equipo directivo relacionadascon su función.

Cuidadora · Asistencia al alumnado con discapacidad en la realización de lastareas de su vida diaria, que no pueda realizar de forma autónoma.

· Recepción y acompañamiento del alumnado desde el medio detransporte al centro a la hora de su llegada y salida.

· Transportar y ayudar a transitar en el interior del centro a aquelalumnado con discapacidad.

· Acompañar en salidas, actividades físico-deportivas, gestiones,juegos y tiempo libre, organizadas por el centro.

· Control de esfínteres y apoyo a las necesidades fisiológicas del

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alumnado con discapacidad.

· Apoyar en el aseo personal y en el vestuario del alumnado condiscapacidad.

· Velar por la seguridad personal del alumnado a su cargo,evitando situaciones de riesgo.

· Informar a los responsables del centro de cualquier incidenciaobservada o problemática que afecte al alumnado a su cargo.

· Acompañar al alumnado a su cargo a los Centros de Salud/Hospital en caso de enfermedad, accidente, etc.

· Colaborar con el profesorado y demás personal del centro en laformación del alumnado, realizando las tareas auxiliares ycomplementarias de interés.

Mantenimiento

· Realización de trabajos elementales de mantenimiento,conservación y reparación de los bienes inmuebles del centro.

· Regado de jardines y plantas del centro.

· Retirada y traslado de residuos resultantes de su trabajo.

· Apoyo a la gestión de tareas del equipo directivo relacionadascon su función.

Limpiadora

· Limpieza de las instalaciones, mobiliario, enseres ydependencias del centro.

· Recogida y almacenamiento de los residuos y basurasoriginados por el uso de las instalaciones.

Seguimiento y coordinación:

El seguimiento y coordinación de las tareas y funciones a desarrollar por elpersonal de administración y servicios se llevaran a cabo por el Secretario del centroatendiendo a los horarios, tareas y dedicación de cada una de las categoríaslaborales.

También procederá a efectuar mensualmente la certificación con el VºBº delDirector, las jornadas trabajadas y el grado de cumplimiento de las tareas yactividades encomendadas.

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7. SERVICIO DE TRANSPORTE: RUTAS Y PARADAS OFERTADAS.

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RUTA 3 PARADA

LA RATONA

LA MONTAÑA

EL LLANITO

BOTAZO ALTO

(LP019CO0306)

LAJA DEL BARRANCO

CRUZ DE BARRANCO DEAMARGAVINOS

MIRANDA

TALLER LAS LEDAS

CUATRO CAMINOS

LAS LEDAS

IGLESIA SAN PEDRO

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RUTA 4 PARADA

BOTAZO ALTO(LP018CO0306)

BOTAZO ALTO

LA CUESTA-ESTRELLA/MAROPARQUE

RECTA BOTAZO

ESCUELA BOTAZO

LA GRAJA

CRUCE HOSPITAL

LA CONCEPCION

BUENAVISTA

EL PORVENIR

GASOLINERA SAN PEDRO

URB. LA GRAMA

RUTA 5 PARADA

EL PORVENIR

(LP017CO0306)

GASOLINERA S. PEDRO

IGLESIA SAN PEDRO

CAMPO DE FÚTBOL

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ÁMBITO PEDAGÓGICO

1.- PROPUESTAS DE MEJORA.

De acuerdo con la Resolución N.º 111 de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que sedictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicos nouniversitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2016/2017, se establecen lassiguientes propuestas de mejora, destinadas a lograr los siguientes objetivos:

OBJETIVOS ACTUACIONESPARA LAMEJORA

RESPONSABLES TEMPORALIZACIÓN

EVALUACIÓN DELPROCESO: CONCRECIÓN DEACTUACIONES

Indicadore

s deevaluacióndel procesode mejora

Quiénevalúa laactuación,cuándo seevalúa,cómo seevalúa

Atender a ladiversidad delalumnadosegún susnecesidades,mejorando losaprendizajesinstrumentalesbásicos delectura,escritura, enlos primerosniveleseducativos,con accionespreventivas derefuerzo paraalcanzar lascompetenciasen un contextoinclusivo.

DESARROLLO DEL PLANLECTOR DEL

CURSO2016/2017

Jefatura deestudios.

Departamentosde coordinación

didáctica.

Subcomisión dela CCP creada a

los efectos.

1 HORAALTERNASEMANAL

DESDENOVIEMBRE DE 2016

HASTAMAYO DE

2017

1.- Grado deconsecución ydecumplimientodel objetivo.

2.- Adecuaciónde los recursos.

3.-Mejora delas tasa deéxito.

4.- Satisfaccióndel alumnado ydelprofesorado.

En funciónde losindicadoresexpuestos,la CCP, elClaustro delProfesoradoy elConsejoEscolar ,durante el2º y el 3ºtrimestre.

Potenciar eluso de las TIC

Fomentar lalectura en

Jefatura de -1.- Grado deconsecución yde

En funciónde los

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y de losespaciosvirtuales deaprendizaje,desde unenfoqueintegrador deestasherramientas,metodologías,recursos ycontenidoseducativos.

formato digitala través delProyecto dedinamización dela Biblioteca:“Bibliobreñas”.

Generalizacióndel uso de laPlataformaEVAGD

estudios.

Departamentosde coordinación

didáctica.

Subcomisión dela CCP creada a

los efectos.

cumplimientodel objetivo.

2.- Adecuaciónde los recursos.

3.-Mejora delas tasa deéxito.

4.- Satisfaccióndel alumnado ydelprofesorado.

indicadoresexpuestos,la CCP, elClaustro delProfesoradoy elConsejoEscolar ,durante el2º y el 3ºtrimestre.

2.- CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS HORARIOS.

El día 6 de septiembre de 2016 el Claustro de Profesores del IES Las Breñas aprueba lossiguientes criterios para la elaboración de los horarios:

a) Agrupar las tutorías por niveles aleatoriamente, con la excepción de segundo de ESOdonde se colocarán las tutorías de forma escalonada, ya que en este nivel se desarrolla elhabitual taller de prevención de drogas.

b) Alternar cada materia en diferentes tramos horarios durante la mañana de cada día, yevitar que las materias de dos horas se desarrollen en días consecutivas, dejando almenos un día por medio.

c) Habilitar un bloque de dos horas consecutivas para impartir la materia optativa deBachillerato de Acondicionamiento Físico. Recordar que ello afectaría a las materiasoptativas de Técnicas de laboratorio y Literatura Universal.

d) Las preferencias horarias del profesorado no obstaculizarán los criterios pedagógicosaprobados por el claustro del profesorado.

e) Los horarios individuales del profesorado se elaborarán distribuyendo las horaslectivas de lunes a viernes, ambos inclusive, y procurando evitar la concentración dehoras complementarias y la existencia de periodos de inactividad.

f) Por otra parte, los horarios de todo el personal docente, con la especificación de lashoras lectivas y complementarias, se consignarán en la aplicación informática PINCEL,quedando una copia firmada por los interesados en la secretaría del centro. Además, segarantizará la existencia del profesorado de guardia necesario para el normal desarrollo

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de todas las actividades del centro, incluidos los recreos. En este sentido, en todos losperiodos lectivos, estará presente en el centro educativo, al menos, un miembro delequipo directivo. Por último, la jefatura de estudios tendrá en cuenta, al elaborar loshorarios, las posibles reducciones de horario lectivo que se establezcan en instruccionesdictadas al efecto, siempre que se tenga conocimiento de estas circunstancias conantelación.

3.- CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA EL AGRUPAMIENTO DELALUMNADO CONTEMPLANDO SU DIVERSIDAD.

El alumnado se agrupará por niveles atendiendo a:

a)Edad cronológica, procurando que en un mismo grupo conviva alumnado nacido a lo largo del año.

b) Equilibrio de sexos.

c) Heterogeneidad.

d) Escolarización de gemelos en grupos diferentes.

e) Perfil del profesorado y perfil del grupo.

f) Ratio: todos los grupos tendrán un número semejante de alumnado.

g) Equilibrio de alumnado repetidor en cada grupo.

h)l alumnado con NEAE se incorporará a los grupos de manera equilibrada. Portanto, se distribuirán de manera homogénea entre los grupos del mismo nivel.

i) Además, el agrupamiento del alumnado respetará escrupulosamente el principio de nodiscriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otracondición o circunstancia personal o social.

j) El alumnado que permanezca un año más en un curso será también distribuidohomogéneamente en la medida de lo posible.

k) La fusión o la separación con carácter permanente de grupos de alumnado quemodifique la plantilla de funcionamiento del centro deberá tener la autorización de laAdministración educativa.

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l) La jefatura de estudios organizará al alumnado matriculado en cada uno de los cursosen función de los criterios pedagógicos aprobados y de las ratios establecidas para lasdistintas enseñanzas.

4.- ORIENTACIONES PARA CONCRETAR EL TRATAMIENTOTRANSVERSAL DE LA EDUCACIÓN EN VALORES EN LAS ÁREAS,MATERIAS O MÓDULOS. Las programaciones didácticas elaboradas por los Departamentos del IES Las Breñasdeberán tener en cuenta lo establecido a este respecto en los Decretos curriculares y,además, el hechos de que la actividad educativa se desarrollará atendiendo a lossiguientes principios extraídos de nuestro Proyecto Educativo:

a) Formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos,destrezas, competencias y valores de los alumnos en todos los ámbitos de la vidapersonal, familiar, social y profesional.

b) Formar profesionales altamente cualificados, capaces de dar respuesta a lasnecesidades cambiantes del entorno socio-laboral actual.

c) Potenciar capacidades de iniciativa y autonomía en el alumnado.

d) La participación y colaboración de los padres y tutores para contribuir a la mejorconsecución de los objetivos educativos.

e) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo dediscriminación y el respeto a todas las culturas.

f) El desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.

g) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático.

h) La autonomía pedagógica del centro dentro de los límites establecidos por las leyes,así como la actividad investigadora de los profesores a partir de la práctica docente.

i) Atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional.

j) La metodología activa, creativa y democrática que asegure la participación delalumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje.

k) La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.

l) La relación con el entorno social, cultural y económico de la zona.

2. La Educación para la Paz:

Es una de las señas de identidad de nuestro Proyecto Educativo de Centro. Seríaconveniente incidir desde esta perspectiva de Educación para la Paz: en qué modo, conqué metodología, qué materiales son los más adecuados. Sería importante que elprofesorado reflexionara sobre las siguientes cuestiones: a) Fomentar actitudes solidarias.

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b) Crear actividades complementarias y/o extraescolares, donde se implique unaEducación para la Paz en el contexto del centro.

c) Analizar objetivos, contenidos y currículo donde se recogen estos planteamientos.

d) Reflexionar sobre el papel del profesor y de la incidencia de su intervención para ellogro de una auténtica Educación para la Paz. Su coherencia entre lo que se hace ycomo se hace, la forma de educar y la forma de vivir, sus comportamientos y susactitudes. Un modelo de profesor que coincida con el de profesor investigador queatienda a las siguientes dimensiones:

- En el plano del aprendizaje: coordinador y multiplicador de las experiencias.

- En el plano de la organización didáctica: potenciador de la autogestión del grupo y delas técnicas y relaciones grupales.

- En el plano de los comportamientos educativos, debe estar inspirado en las siguientescualidades:

Autenticidad, competencia para afrontar situaciones conflictivas, aceptación de susalumnos/as, independientemente de su aspecto físico, condición social y del tipo decomportamiento que manifiesten, comprensión del mundo de los jóvenes, confianzapara establecer una buena relación interpersonal, estimulo, cooperación, elcomportamiento del profesor debe estar guiado por modelos de trabajo cooperativos.

3. Educación Para la Salud.

a) Velar por la salud y a la higiene con especial atención a las condiciones quefavorezcan un centro saludable. (prohibición de fumar y beber bebidas alcohólicas,limpieza del centro en general y aseos en especial, control de la normativa que se exigepara la cafetería, etc.)

b) Considerar que el desarrollo de la autoestima y de la autonomía personal sonfundamentales para la promoción de una buena salud.

c) Dar importancia a la estética del entorno físico del centro, así como al efectopsicológico directo que tiene sobre profesores, personal no docente, alumnos.

d) Considerar la promoción de la salud en el centro como algo muy importante paratodas las personas que en él conviven.

e) Reconocer el papel ejemplarizante de los profesores.

f) Reconocer que el apoyo y la cooperación de los padres es esencial para una escuelapromotora de salud.

5.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PREVISTOS PARA ORGANIZAR LAATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO Y REALIZAR LASADAPTACIONES CURRICULARES ADECUADAS PARA EL ALUMNADOCON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO.

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El Plan de atención a la diversidad, como parte del Proyecto Educativo, recoge elconjunto de actuaciones, los criterios generales para la elaboración de las adaptacionesdel currículo, las medidas organizativas, preventivas y de intervención que un centrodiseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar la respuesta más ajustada a lasnecesidades educativas, generales y particulares de todo el alumnado. En él se debenconcretar el análisis y la realidad actual del centro, la determinación de los objetivos aconseguir en relación con la diversidad, las medidas que se llevarán a cabo y el empleode los recursos, tanto humanos como materiales y didácticos, de que dispone el centro,así como el procedimiento de seguimiento, evaluación y revisión de dicho plan.

El plan de atención a la diversidad recogerá, entre otros aspectos, los procedimientos,

protocolos y plazos necesarios para llevar a cabo la detección, identificación y

respuesta educativa para los escolares con NEAE, en aquellos ámbitos no regulados por

la normativa, señalando un apartado destinado a este alumnado, y que contemplará al

menos los siguientes subapartados:

a) Principios y metas del plan de atención a la diversidad.

b) Criterios y procedimientos para la detección temprana e identificación.

c) Planificación de la realización de los informes psicopedagógicos y su actualización.

d) Elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de las AC y de las ACUS.

e) Criterios y procedimientos, si procede, para llevar a cabo las medidas excepcionales.

f) Propuestas y consideraciones metodológicas, materiales curriculares y recursos

didácticos para el alumnado con NEAE dentro y fuera del aula ordinaria.

g) Procedimiento para la determinación de la competencia/referente curricular y

consideraciones para la evaluación del alumnado con NEAE.

h) Criterios de actuación del profesorado especialista de apoyo a las NEAE y criterios

de agrupamiento del alumnado para recibir el apoyo o refuerzo.

i) Concreción de las funciones y responsabilidades de los distintos profesionales que

intervienen con el alumnado de NEAE.

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j) Planificación y desarrollo de la coordinación entre profesionales que atienden a los

escolares con NEAE.

k) Actuación del voluntariado en el centro.

l) Plan de acogida al alumnado de incorporación tardía al sistema educativo.

m) Actuaciones para mejorar la convivencia con el alumnado de NEAE con problemas

de conducta desde la acción tutorial.

n) Colaboración con las familias e instancias externas al centro escolar.

o) Dinamización, difusión y evaluación del plan.

p) Plan de formación para el profesorado y las familias sobre atención a este alumnado.

La elaboración de este apartado destinado al alumnado NEAE y del resto del plan será

responsabilidad del equipo directivo, impulsando y propiciando la reflexión del

conjunto del profesorado y con el asesoramiento del orientador u orientadora del

centro.

La evaluación de este apartado y del resto del plan de atención a la diversidad formará

parte de la memoria anual del centro educativo, en la que se recogerá la valoración de

los objetivos programados, los avances y dificultades, y las propuestas para el curso

siguiente.

El Plan de atención a la diversidad del IES Las Breñas será elaborado, revisado,actualizado y evaluado por el Departamento de Orientación del centro que, para ello,deberá tener en cuenta la normativa que de aplicación. Dicho plan forma parte de estaPGA y se encontrará en el Anexo correspondiente a las programaciones de losdepartamentos (Departamento de Orientación).

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6.- MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA COORDINACIÓN ENTRE CURSOS, CICLOS Y ETAPAS.

La coordinación es necesaria para garantizar la coherencia de los procesos de enseñanzay aprendizaje entre las etapas educativas que se imparten en el IES Las Breñas y entrelos centros que configuran nuestro distrito educativo.

Durante el curso escolar 2016/2017 la coordinación interna del se realizará a través delos siguientes órganos:

a) Reuniones de Coordinación entre tutores con el Departamento de Orientación, conperiodicidad semanal. b) Reuniones de los Departamentos Didácticos, semanalmente.c) Comisión de Coordinación Pedagógica. Semanalmente, los martes de 11:15 a 12:10h.d) El Claustro del profesorado: se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempreque lo convoque la dirección del centro, por propia iniciativa o a solicitud de, al menos,un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión aprincipio de curso y otra al final del mismo.

Además, durante este curso se celebrarán 3 reuniones de Coordinación entre los centros

de Educación Primaria adscritos y este IES. En dichas reuniones participarán el Jefe de

Estudios del IES Las Breñas, el Orientador y el profesorado que imparta las materias de

Lengua Castellana y Literatura, Inglés y Matemáticas en 1º de ESO, conjuntamente con

lo tutores o tutoras y/o los maestros y maestras que impartan esas mismas materias en 6º

de Primaria en los centros adscritos al IES. El calendario de reuniones será el siguiente:

- 24 de noviembre de 2016.

- 16 de enero de 2017.

- 15 de mayo de 2017.

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7.- LAS DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE METODOLOGÍA

DIDÁCTICA PARA CADA CURSO, CICLO O ETAPA.

Además de tener en cuenta los Decretos curriculares correspondientes y actualmente en

vigor, los Departamentos didácticos del IES Las Breñas han contemplar los siguientes

orientaciones.

El proceso de enseñanza-aprendizaje que se desarrolle en el IES Las Breñas debe partir

de una planificación rigurosa de lo que se pretende conseguir, teniendo claro cuáles son

los objetivos o metas, qué recursos son necesarios, qué métodos didácticos son los más

adecuados y cómo se evalúa el aprendizaje y se retroalimenta el proceso. Los métodos

didácticos han de elegirse en función de lo que se sabe que es óptimo para alcanzar las

metas propuestas y en función de los condicionantes en los que tiene lugar la enseñanza.

La naturaleza de la materia, las condiciones socioculturales, la disponibilidad de

recursos y las características de los alumnos y alumnas condicionan el proceso de

enseñanza-aprendizaje, por lo que será necesario que el método seguido por el profesor

se ajuste a estos condicionantes con el fin de propiciar un aprendizaje competencial en

el alumnado. Los métodos deben partir de la perspectiva del docente como orientador,

promotor y facilitador del desarrollo competencial en el alumnado; además, deben

enfocarse a la realización de tareas o situaciones-problema, planteadas con un objetivo

concreto, que el alumnado debe resolver haciendo un uso adecuado de los distintos tipos

de conocimientos, destrezas, actitudes y valores; asimismo, deben tener en cuenta la

atención a la diversidad y el respeto por los distintos ritmos y estilos de aprendizaje

mediante prácticas de trabajo individual y cooperativo. En el actual proceso de inclusión

de las competencias como elemento esencial del currículo, es preciso señalar que

cualquiera de las metodologías seleccionadas por los docentes para favorecer el

desarrollo competencial de los alumnos y alumnas debe ajustarse al nivel competencial

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inicial de estos. Además, es necesario secuenciar la enseñanza de tal modo que se parta

de aprendizajes más simples para avanzar gradualmente hacia otros más complejos. Uno

de los elementos clave en la enseñanza por competencias es despertar y mantener la

motivación hacia el aprendizaje en el alumnado, lo que implica un nuevo planteamiento

del papel del alumno, activo y autónomo, consciente de ser el responsable de su

aprendizaje. Los métodos docentes deberán favorecer la motivación por aprender en los

alumnos y alumnas y, a tal fin, los profesores han de ser capaces de generar en ellos la

curiosidad y la necesidad por adquirir los conocimientos, las destrezas y las actitudes y

valores presentes en las competencias. Asimismo, con el propósito de mantener la

motivación por aprender es necesario que los profesores procuren todo tipo de ayudas

para que los estudiantes comprendan lo que aprenden, sepan para qué lo aprenden y

sean capaces de usar lo aprendido en distintos contextos dentro y fuera del aula. Para

potenciar la motivación por el aprendizaje de competencias se requieren, además,

metodologías activas y contextualizadas. Aquellas que faciliten la participación e

implicación del alumnado y la adquisición y uso de conocimientos en situaciones reales,

serán las que generen aprendizajes más transferibles y duraderos. Las metodologías

activas han de apoyarse en estructuras de aprendizaje cooperativo, de forma que, a

través de la resolución conjunta de las tareas, los miembros del grupo conozcan las

estrategias utilizadas por sus compañeros y puedan aplicarlas a situaciones similares.

Para un proceso de enseñanza-aprendizaje competencial las estrategias interactivas son

las más adecuadas, al permitir compartir y construir el conocimiento y dinamizar la

sesión de clase mediante el intercambio verbal y colectivo de ideas. Las metodologías

que contextualizan el aprendizaje y permiten el aprendizaje por proyectos, los centros

de interés, el estudio de casos o el aprendizaje basado en problemas favorecen la

participación activa, la experimentación y un aprendizaje funcional que va a facilitar el

desarrollo de las competencias, así como la motivación de los alumnos y alumnas al

contribuir decisivamente a la transferibilidad de los aprendizajes. El trabajo por

proyectos, especialmente relevante para el aprendizaje por competencias, se basa en la

propuesta de un plan de acción con el que se busca conseguir un determinado resultado

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práctico. Esta metodología pretende ayudar al alumnado a organizar su pensamiento

favoreciendo en ellos la reflexión, la crítica, la elaboración de hipótesis y la tarea

investigadora a través de un proceso en el que cada uno asume la responsabilidad de su

aprendizaje, aplicando sus conocimientos y habilidades a proyectos reales. Se favorece,

por tanto, un aprendizaje orientado a la acción en el que se integran varias áreas o

materias: los estudiantes ponen en juego un conjunto amplio de conocimientos,

habilidades o destrezas y actitudes personales, es decir, los elementos que integran las

distintas competencias. Asimismo, resulta recomendable el uso del portfolio, que aporta

información extensa sobre el aprendizaje del alumnado, refuerza la evaluación continua

y permite compartir resultados de aprendizaje. El portfolio es una herramienta

motivadora para el alumnado que potencia su autonomía y desarrolla su pensamiento

crítico y reflexivo. La selección y uso de materiales y recursos didácticos constituye un

aspecto esencial de la metodología. El profesorado debe implicarse en la elaboración y

diseño de diferentes tipos de materiales, adaptados a los distintos niveles y a los

diferentes estilos y ritmos de aprendizaje de los alumnos y alumnas, con el objeto de

atender a la diversidad en el aula y personalizar los procesos de construcción de los

aprendizajes. Se debe potenciar el uso de una variedad de materiales y recursos,

considerando especialmente la integración de las Tecnologías de la Información y la

Comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten el acceso a

recursos virtuales. Finalmente, es necesaria una adecuada coordinación entre los

docentes sobre las estrategias metodológicas y didácticas que se utilicen. Los equipos

educativos deben plantearse una reflexión común y compartida sobre la eficacia de las

diferentes propuestas metodológicas con criterios comunes y consensuados. Esta

coordinación y la existencia de estrategias conexionadas permiten abordar con rigor el

tratamiento integrado de las competencias y progresar hacia una construcción

colaborativa del conocimiento.

En Educación Secundaria Obligatoria, en Bachillerato y en CFGM existe gran

diversidad de materias y opciones. No todas las enseñanzas son iguales y cada materia

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tiene sus peculiaridades metodológicas. No obstante, podemos establecer los siguientes

principios metodológicos comunes:

a) Partir del nivel de desarrollo del alumno, tanto por el momento psicoevolutivo que

está viviendo como por su capacidad de aprender, considerando sus gustos e intereses.

b) Favorecer la construcción de aprendizajes significativos y funcionales. Con esto

entendemos una enseñanza en la que los nuevos aprendizajes modifiquen los esquemas

de conocimientos previos que el alumno posee y que lo nuevo que se aprende sea

funcional para alumno, porque lo puede aplicar a su vida cotidiana.

c) Dotar al alumno de estrategias que le permitan aprender por sí mismo.

d) Fomentar la metodología activa, favoreciendo la actividad interna del alumno y la

relación con sus compañeros, lo que supone fomentar equipos de trabajo en los que el

aprendizaje puede ser resultado de una confrontación de distintos puntos de vista y de

un trabajo cooperativo con distribución de roles y responsabilidades.

e) Se incluirá en todas las materias la utilización de las nuevas tecnologías.

f) Se fomentará el desarrollo de valores: igualdad, solidaridad, no violencia, tolerancia,

respeto…

Los diferentes departamentos, en sus programaciones didácticas, serán los encargados

de establecer la metodología de cada materia para cada nivel educativo, partiendo de los

anteriores principios y atendiendo a:

- El desarrollo de las competencias básicas que se contempla en su currículo y demás

elementos curriculares: objetivos, contenidos, criterios de evaluación.

- Las orientaciones metodológicas incluidas en el currículo de su materia.

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8.- CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE MATERIALES Y RECURSOS

DIDÁCTICOS, INCLUIDOS LOS LIBROS DE TEXTO.

La selección o adquisición de materiales y recursos didácticos parte de un/a profesor/a odel Jefe de Departamento y debe responder a:

1.- Una necesidad establecida en la programación didáctica,

2.- Una necesidad detectada por un Equipo Educativo de un grupo o delprofesorado de NEAE.

3.- Propuestas establecidas en el Proyecto Educativo del Centro y recogidas en laProgramación General Anual del Centro (PGA).

4.- Los libros de texto se seleccionarán teniendo en cuenta, en primer lugar, lanormativa que regula el uso gratuito de los mismos en la enseñanza básica y, ensegundo lugar, su validez para en máximo tiempo posible.

Las propuestas serán aprobadas por el Jefe/a de Departamento tras comprobar sujustificación en los casos establecidos por el departamento, y en el marco definido por elConsejo Escolar, y en caso contrario, lo incluirá en el orden del día de las reuniones dedepartamento para su estudio y aprobación si procede, siempre con el VºBº delSecretario.

Por otro lado, como norma general el profesorado debe implicarse en la elaboración ydiseño de diferentes tipos de materiales, adaptados a los distintos niveles y a losdiferentes estilos y ritmos de aprendizaje de los alumnos y alumnas, con el objeto deatender a la diversidad en el aula y personalizar los procesos de construcción de losaprendizajes. Se debe potenciar el uso de una variedad de materiales y recursos,considerando especialmente la integración de las Tecnologías de la Información y laComunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten el acceso arecursos virtuales. Finalmente, es necesaria una adecuada coordinación entre losdocentes sobre las estrategias metodológicas y didácticas que se utilicen. Los equiposeducativos deben plantearse una reflexión común y compartida sobre la eficacia de lasdiferentes propuestas metodológicas con criterios comunes y consensuados. Estacoordinación y la existencia de estrategias conexionadas permiten abordar con rigor eltratamiento integrado de las competencias y progresar hacia una construccióncolaborativa del conocimiento.

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10.- LAS DECISIONES SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN QUECOMPRENDERÁN LOS PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR LAPROGRESIÓN EN EL APRENDIZAJE DEL ALUMNADO, DETERMINANDO,EN LA ENSEÑANZA OBLIGATORIA, AQUELLOS ASPECTOS DE LOSCRITERIOS DE EVALUACIÓN IMPRESCINDIBLES PARA VALORAR ELGRADO DE DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS. LOSCRITERIOS DE PROMOCIÓN DE CICLO Y CURSO RESPECTIVAMENTE Y LOSCRITERIOS DE TITULACIÓN.

Como marco general, se debe tener en cuenta el Decreto 83/2016, de 4 de julio, por elque se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachilleratoen la Comunidad Autónoma de Canarias.Además, se prestará especial atención a lo que se establece en la ORDEN de 3 deseptiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnadoque cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y seestablecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en laComunidad Autónoma de Canarias; en concreto, en la ESO:

Proceso de evaluaciónLa evaluación y calificación de cada asignatura será realizada por el profesor o por laprofesora correspondiente.

El equipo docente constituido por el profesorado de un determinado grupo, ycoordinado por su tutor o tutora, velará por que la evaluación del alumnado a lo largodel curso sea continua, formativa, integradora y diferenciada. Asimismo, habrá degarantizar la evaluación conjunta de las asignaturas y las competencias. Adoptará,además, el resto de las decisiones resultantes del proceso de evaluación quecorrespondan a dicho equipo.

En el sentido expuesto en el apartado anterior, se habrá de asegurar la coherencianecesaria entre la calificación obtenida en las materias y ámbitos, y la calificación delgrado de desarrollo y adquisición de las competencias, producto ambas de un mismoproceso de la enseñanza y el aprendizaje. Para que exista coherencia entre ambosaspectos, las situaciones de aprendizaje deben partir de los criterios de evaluación decada materia o ámbito ya que están vinculados a las distintas competencias. De estamanera, los instrumentos de evaluación deben recoger información sobre la adquisiciónde los aprendizajes descritos en los criterios y sobre el grado de desarrollo de lascompetencias a las que contribuyen.

Los equipos docentes consensuarán en las sesiones de evaluación del alumnado lacalificación de las competencias. Para ello, habrán de tener en cuenta el grado dedesarrollo y adquisición alcanzado en cada una de las competencias por parte delalumnado, que tendrán que observar y evaluar a partir del proceso de aprendizajecompetencial desarrollado en las asignaturas durante el curso.

El equipo directivo del centro garantizará que la evaluación de las asignaturas y lascompetencias, en el proceso de evaluación del alumnado, sea conjunta.

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En el proceso de evaluación, cuando el progreso de un alumno o una alumna en unamateria o ámbito, o competencia determinada no sea el adecuado, el profesorado o elequipo docente, en su caso, con la colaboración del departamento de orientación,establecerá las medidas de apoyo y orientación que consideren pertinentes para reforzarlos procesos de aprendizaje y de enseñanza. En las sesiones de coordinación de losequipos docentes se establecerán estas medidas y se hará el seguimiento de las mismas.Estas se adoptarán en cualquier momento del curso y estarán dirigidas a propiciar laadquisición de los aprendizajes para continuar el proceso educativo. Su concrecióndeberá figurar en la programación del respectivo departamento de coordinacióndidáctica.

En este sentido, el profesorado o el equipo docente atenderá al desarrollo personal yescolar del alumnado a lo largo de toda la etapa, con especial atención a la transicióndesde la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria.

Sesiones de evaluación

Las sesiones de evaluación son las reuniones que realiza el equipo docente del grupo,coordinado por el tutor o la tutora, para valorar los aprendizajes del alumnado,establecidos en los criterios de evaluación, y el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias; y para evaluar la pertinencia y validez de los procesos docentes, con elobjetivo de adaptarlos a las necesidades de aprendizaje del alumnado.El currículo establecido por el Decreto 83/2016, de 4 de julio, en el que se concreta elcurrículo básico del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, así como laconcreción del currículo recogida en el proyecto educativo del centro y en la presentePGA y en otros documentos organizativos o pedagógicos, serán el referente para lacoordinación del desarrollo de las sesiones de evaluación de los grupos.

El profesorado tutor de cada grupo tendrá la responsabilidad de coordinar los procesosde aprendizaje y de enseñanza, las sesiones de evaluación y la orientación personal,académica y profesional del alumnado, con el apoyo del departamento de orientacióndel centro. Asimismo, deberá transmitir a las madres, los padres del alumnado o a laspersonas que lo representan legalmente, la información sobre el proceso educativo desus hijos e hijas, prestando especial atención a los momentos de tránsito entre cursos,ciclo o etapa educativa.

En el mes de octubre, una vez conformados los grupos y asignadas las tutorías, sellevará a cabo una sesión de evaluación inicial. En ella el tutor o la tutora informará alequipo docente de la composición del grupo, de las asignaturas que cursará elalumnado y de sus características específicas, así como de las medidas educativas deatención a la diversidad propuestas o de las ya adoptadas, recogidas en los informespersonales y en los documentos oficiales de evaluación, así como de las materiaspendientes, los cursos repetidos en las diferentes etapas, las adaptaciones curriculares yotras características o circunstancias personales que puedan redundar en la mejora desu proceso educativo.

Además, se realizarán, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, una portrimestre, teniendo en cuenta que el periodo de aprendizaje que hay que considerar es,en el caso de la primera evaluación, un trimestre; en el de la segunda, un semestre; y en

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el de la tercera, el curso completo. Por tanto, esta última sesión de evaluaciónconstituirá la evaluación final ordinaria y en ella se tomarán las decisiones para lapromoción o la realización de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoriadel alumnado que cumpla los requisitos establecidos.

Asimismo, los acuerdos adoptados en cada sesión de evaluación deberán recogerse enun acta, que será el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación, y en la que sereflejará, si procede, la decisión respecto a la superación de asignaturas de cursosanteriores o de aquellas que hayan sido objeto de adaptación curricular.

Igualmente, en cada sesión de evaluación el tutor o la tutora del grupo coordinará con elequipo docente y con el asesoramiento del departamento de orientación del centro lasmedidas de apoyo educativo o de otro tipo, que habrán de aplicarse al alumnado quehaya presentado dificultades en el aprendizaje, favoreciendo las de carácter inclusivo, yque recogerá en el acta de la sesión de evaluación, mencionada en el apartado anterior.

Para aquel alumnado que no hubiera superado todas las materias o los ámbitos en laevaluación final ordinaria, tendrá lugar una sesión de evaluación tras la realización delas pruebas extraordinarias, en la que se tomarán las decisiones para la promoción o larealización de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria del alumnadoque cumpla los requisitos.

En el proyecto educativo del centro se arbitrarán las medidas para favorecer la presenciadel alumnado en las sesiones de evaluación y las condiciones en las que dichaparticipación deberá llevarse a cabo.

Al finalizar cada uno de los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria, el equipodocente emitirá el Consejo orientador que contemplará las opciones académicas oprofesionales más ajustadas a las capacidades e intereses de cada alumno o alumna. Enel caso del último curso se formalizará antes de los plazos de solicitud de preinscripciónque se establezcan, para facilitar el acceso a otros estudios. El tutor o la tutoracomunicará a las familias este Consejo orientador que será confidencial, no tendrácarácter vinculante y quedará recogido en el expediente académico.

Resultados de la evaluación

En la Educación Secundaria Obligatoria los resultados de la evaluación se expresaránmediante una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez,que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien(BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias:

Insuficiente: 1, 2, 3 o 4.

Suficiente: 5.

Bien: 6.

Notable: 7 u 8.

Sobresaliente: 9 o 10.

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Cuando el alumnado de esta etapa no se presente a las pruebas extraordinarias de lasmaterias no superadas, se consignará «No Presentado» (NP). Se considerará evaluaciónnegativa cuando obtenga una calificación de Insuficiente o No Presentado.

Los resultados de la evaluación sobre el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias se consignarán en los siguientes términos: «Poco adecuado»,«Adecuado», «Muy adecuado» y «Excelente». Se considerará que el alumnado haadquirido el grado de desarrollo competencial correspondiente a su curso cuando entodas las competencias obtenga una valoración de «Adecuado», «Muy adecuado» o«Excelente». Los equipos docentes consensuarán en las sesiones de evaluación laaplicación de estos términos en función del grado de desarrollo y adquisición de cadauna de las competencias por parte del alumno o la alumna.

Promoción

Según se establece el artículo 30 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, al finalizarcada uno de los cursos y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipodocente, con el asesoramiento del departamento de orientación, tomará, de formacolegiada, las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado, teniendoen cuenta el logro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición delas competencias.

Las decisiones sobre promoción del alumnado tendrán en consideración tanto lasmaterias superadas como las no superadas del propio curso y de los cursos anteriores. Aestos efectos, las materias o los ámbitos, en el caso del Programa de Mejora delAprendizaje y del Rendimiento, con la misma denominación en los diferentes cursos dela Educación Secundaria Obligatoria, se considerarán materias o ámbitos distintos.

El alumnado promocionará de curso cuando haya superado todas las materias cursadas otenga evaluación negativa en dos materias como máximo, siempre que estas dos no secorrespondan simultáneamente con Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas.

El alumnado repetirá curso cuando tenga evaluación negativa en tres o más materias, obien en Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas de forma simultánea.

De manera excepcional, una vez realizadas las pruebas extraordinarias, el alumnadopodrá promocionar con evaluación negativa en tres materias cuando se den estascondiciones de forma conjunta:

a) La no coincidencia, de forma simultánea, de las materias de Lengua Castellana yLiteratura y Matemáticas, dentro de las tres materias no superadas.

b) La consideración del equipo docente de que las materias no superadas no impiden alalumnado continuar con éxito el curso siguiente; que tiene expectativas favorables derecuperación y que la promoción beneficiará su evolución personal y académica,tomándose en cuenta como criterio fundamental el grado de desarrollo y adquisición delas competencias y teniendo en cuenta la actitud del alumnado hacia el aprendizaje.

c) La aplicación de las medidas propuestas por el Consejo orientador, en el curso al quese promociona, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la ORDEN de 3 deseptiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado

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que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y seestablecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en laComunidad Autónoma de Canarias.

Asimismo, con carácter excepcional, podrá autorizarse la promoción del alumnado conevaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura, yMatemáticas de forma simultánea, cuando el equipo docente considere que el alumno ola alumna pueda seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables derecuperación, y que la promoción beneficiará su evolución académica, tomándose encuenta como criterio fundamental el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias, y siempre que se aplique al alumnado las medidas de atención educativapropuestas en el Consejo orientador al que se refiere la letra c) del apartado anterior.

Si no existiese unanimidad en el equipo docente, la toma de decisiones requerirá elacuerdo favorable de la mitad más uno del profesorado que haya impartido clase alalumno o la alumna y que esté presente en la sesión.

El alumnado que promocione sin haber superado todas las materias o ámbitos deberámatricularse, además del curso al que promociona, de todos los ámbitos y las materiasno superados, y seguirá las medidas de refuerzo y recuperación de los aprendizajes noadquiridos que establezca el equipo docente y que desarrollarán los departamentos decoordinación didáctica, dentro de sus programaciones, según se determina en lanormativa al efecto. El alumnado deberá además superar las evaluaciones de dichasmedidas. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción previstosen la Orden antes citada.

La repetición será una medida de carácter excepcional. Antes de adoptar esta medida searbitrarán medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades deaprendizaje del alumnado. El profesorado tutor, en colaboración con los demásprofesores y profesoras del equipo docente del alumnado, deberá acreditar la adopción ypuesta en práctica de dichas medidas, y el equipo directivo velará por que estas se hayancumplido.

Cuando el alumnado no promocione, deberá permanecer un año más en el mismo cursoy seguirá un plan específico de medidas con orientaciones metodológicas, destinado arecuperar los aprendizajes no adquiridos con el fin de favorecer el desarrollo y laadquisición de las competencias. Este plan será propuesto y desarrollado por el nuevoequipo docente, con la colaboración del departamento de orientación, a partir de losinformes personales emitidos en el curso anterior, de las directrices que al efectoestablezcan los departamentos de coordinación didáctica y de las medidas de atención ala diversidad que desarrolle el centro. Se realizará un seguimiento de este plan en lasreuniones del equipo docente.

El alumnado podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximodentro de la etapa. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez el cuarto curso sino ha repetido en los cursos anteriores de la etapa. Cuando la segunda repetición en laetapa deba producirse en tercer o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimenordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años deedad, cumplidos en el año en que finalice el curso.

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Evaluación y calificación de materias y ámbitos no superadas de cursos anteriores

La evaluación de las materias o ámbitos no superados del curso o de los cursosanteriores se realizará en la sesión de evaluación final ordinaria o extraordinaria,dejando constancia de las calificaciones en un acta adicional.

Quienes promocionen sin haber superado todas las materias o ámbitos se atendrán a loestablecido en el artículo 7.8 de la mencionada Orden.

Cuando el alumnado haya promocionado con materias con calificación negativa, suevaluación corresponderá al profesor o a la profesora de la materia respectiva del cursoactual, de acuerdo con los criterios establecidos por el departamento de coordinacióndidáctica para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos. En este sentido, setendrá en cuenta lo siguiente:

- La valoración positiva de la materia correspondiente al curso actual con la mismadenominación en las sesiones de evaluación ordinaria y extraordinaria implicará lasuperación de la materia del curso o cursos anteriores, sin menoscabo de lo establecidoen el artículo 5.6 de la susodicha Orden.

- La valoración negativa de la materia o el ámbito correspondiente al curso actual noimpedirá que el profesorado considere que se ha superado la materia o materias delcurso o cursos anteriores. En este caso la calificará positiva o negativamente, y utilizarála expresión «Pendiente» (PTE) a partir de la primera calificación negativa obtenidapor el alumno o la alumna en la materia o ámbito.

- En el caso de materias que el alumnado haya dejado de cursar, corresponderá ladeterminación de su superación al departamento de coordinación didácticacorrespondiente, de acuerdo con las medidas de recuperación que establezca al efecto.Si una de las materias no superadas es una materia específica de tercer curso que dejade cursar en cuarto, como consecuencia de la elección de las materias específicas deeste nivel, el alumnado la sustituirá por la no cursada en tercero con la mismadenominación, siempre que se oferte en ambos cursos.

- Si se trata de materias que ha dejado de cursar como consecuencia de suincorporación a un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, y estánintegradas en alguno de los ámbitos, la evaluación positiva del ámbito correspondientese considerará equivalente a la superación de la materia o las materias que teníapendientes. Asimismo, si ha dejado de cursar la materia de Segunda Lengua Extranjerala evaluación positiva del ámbito de Lenguas Extranjeras se considerará equivalente ala superación de la materia que tenía pendiente.

- La superación de Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas o deMatemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas de tercer o cuarto curso supondrála superación de Matemáticas de primer o segundo curso. Asimismo, la superación deMatemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas o de Matemáticas Orientadas alas Enseñanzas Aplicadas de cuarto curso supondrá la superación de la materia quehaya cursado en tercero, independientemente de su denominación.

Nota media y Matrícula de Honor de la etapa

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Tal y como establece el artículo 11.4 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, la notamedia de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas encada una de las materias y los ámbitos, redondeada a la centésima más próxima y, encaso de equidistancia, a la superior.

En este sentido, cuando un alumno o una alumna repite curso, las calificaciones que setendrán en cuenta para el cálculo de la nota media serán las correspondientes a lasmaterias cursadas en ese segundo año de permanencia, quedando sin valor lascalificaciones del primer año que cursó el nivel repetido, excepto en caso de superaciónde materias pendientes del curso o de los cursos anteriores que deberá quedar reflejadaen un acta diferenciada.

La situación de «No Presentado» (NP) equivaldrá a la calificación numérica mínimaestablecida para la etapa, salvo que exista una calificación numérica obtenida para lamisma materia en la evaluación final ordinaria, en cuyo caso se tendrá en cuenta dichacalificación.

El cálculo de la nota media del alumnado con altas capacidades intelectuales al que se lehaya flexibilizado la duración de los cursos durante la etapa se realizará sobre lascalificaciones obtenidas en dichos cursos.

Se podrá conceder «Matrícula de Honor» al alumnado que haya demostrado unrendimiento académico excelente y cuya calificación global de los cuatro cursos de laEducación Secundaria Obligatoria sea 9 o superior. La «Matrícula de Honor» se podráconceder a un número máximo de alumnos y alumnas igual o inferior al 5 por 100 deltotal del alumnado del centro de cuarto curso. La calificación de «Matrícula de Honor»,que se consignará mediante una diligencia específica en el expediente académico y en elhistorial académico del alumno o de la alumna, surtirá los efectos que determine lanormativa vigente.

Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria

Al finalizar el cuarto curso, el alumnado realizará una evaluación individualizada por laopción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato o de enseñanzasaplicadas para la iniciación a la Formación Profesional, en la que se comprobará ellogro de los objetivos de la etapa y el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias, en los términos que se establecen en el artículo 21 del Real Decreto1105/2014, de 26 de diciembre.

Podrá presentarse a esta evaluación aquel alumnado que haya obtenido bien evaluaciónpositiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos materias, siempreque no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas. Lasmaterias con la misma denominación en diferentes cursos de Educación SecundariaObligatoria se considerarán como materias distintas.

Podrá acceder a los estudios de Bachillerato el alumnado que esté en posesión del títulode Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y haya superado la evaluación finalde Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas académicas, según lorecogido en el artículo 32.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en

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la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 8/2013, de Mejora de la CalidadEducativa.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Conforme a lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1105/2014, de 26 dediciembre, podrá titular el alumnado que, al finalizar la Educación SecundariaObligatoria, cumpla los siguientes requisitos:

a) Que haya obtenido evaluación positiva en todas las materias o negativa en unmáximo de dos materias, siempre que no sean simultáneamente Lengua Castellana yLiteratura, y Matemáticas.

b) Que haya superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria con unacalificación igual o superior a 5 sobre 10.

c) Que haya obtenido una calificación final de esta etapa igual o superior a 5 puntossobre 10. Esta calificación final se deducirá de la siguiente ponderación:

- Con un peso del 70%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada unade las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria.

- Con un peso del 30%, la nota obtenida en la evaluación final de EducaciónSecundaria Obligatoria. En caso de que el alumno o la alumna haya superado laevaluación por las dos opciones de la evaluación final, a que se refiere el artículo 10.1de la Orden antes indicada, para la calificación final se tomará la nota más alta de lasque alcance, teniendo en cuenta la obtenida en ambas opciones.

En el título deberá constar la opción u opciones por las que se realizó la evaluaciónindividualizada final, así como la calificación final de Educación SecundariaObligatoria. Se hará constar en el título, por diligencia o anexo al mismo, la nuevacalificación final de Educación Secundaria Obligatoria cuando el alumno o la alumnase hubiera presentado de nuevo a esta evaluación por la misma opción para elevar sucalificación final. También se hará constar, por diligencia o anexo, la superación por elalumno o la alumna de esta evaluación final por una opción diferente a la que ya consteen el título, en cuyo caso la calificación final de Educación Secundaria Obligatoria serála más alta de las que se obtengan teniendo en cuenta los resultados de ambas opciones.

El alumnado que se encuentre en posesión de un título Profesional Básico podrá obtenerel título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera de las dosopciones mediante la superación de la evaluación final de Educación SecundariaObligatoria en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que comomínimo se deban cursar en la opción que escoja el alumno o la alumna. La calificaciónfinal de Educación Secundaria Obligatoria será únicamente la nota obtenida en laevaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.

En caso de que se obtenga el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoriapor la superación de la prueba para personas mayores de dieciocho años, la calificaciónfinal de Educación Secundaria Obligatoria será la obtenida en dicha prueba.

Certificado oficial para el alumnado que no ha obtenido la titulación

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Para el alumnado que no ha obtenido la titulación, se expedirá un certificado oficial queserá cumplimentado y emitido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23.3 del RealDecreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el centro docente en el último curso escolarde conformidad con el modelo del Anexo 6º de la citada Orden.

Para la correcta cumplimentación del certificado habrá de tenerse en cuenta lo siguiente:

a) Todas las páginas del certificado irán numeradas con indicación del número depágina y del total de páginas del documento.

b) Las calificaciones que se reflejen en las materias y ámbitos que correspondan, seránlas que figuren en los documentos de evaluación del alumnado, y se consignarán deacuerdo con lo establecido en la Disposición adicional sexta, apartado 2, del RealDecreto 1105/2014, de 26 de diciembre. En el caso de materias o ámbitos nosuperados, se hará constar la calificación más alta obtenida.

El IES Las Breñas hará entrega del certificado oficial tras la celebración de la pruebaextraordinaria. Una copia del certificado se incluirá en el expediente académico delalumnado, dejando constancia de su recepción por la persona interesada, tanto en dichoexpediente como en el historial académico de Educación Secundaria Obligatoria.

Este certificado servirá también para el alumnado que se vaya a incorporar a un ciclo deFormación Profesional Básica, de conformidad con lo contemplado en el artículo 41 dela mencionada Orden.

La Consejería competente en materia de educación establecerá el marco por el que seregulen las medidas de atención personalizadas dirigidas a aquel alumnado que,habiéndose presentado a la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, no lahaya superado.

Exenciones y convalidaciones

Para el régimen de convalidaciones y exenciones de materias de ESO, se estará a lo quese regule normativamente a nivel estatal.

Atención a la diversidad

Evaluación y promoción del alumnado que cursa un Programa de mejora delaprendizaje y del rendimiento

La evaluación del alumnado que curse un Programa de mejora del aprendizaje y delrendimiento será continua y tendrá como referente fundamental las competencias y losobjetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, así como los criterios de evaluación ylos estándares de aprendizaje evaluables para cada ámbito y materia. Cuando elprogreso del alumno o de la alumna no responda a los objetivos previstos en elprograma, se adoptarán las medidas educativas oportunas para su recuperación.

La evaluación será realizada por el conjunto del profesorado que imparte enseñanzas alalumnado del programa, y coordinada por la tutora o el tutor del grupo de referencia.

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El alumnado que obtenga evaluación negativa en cualquiera de las materias o ámbitoscursados en el programa podrá presentarse a las correspondientes pruebasextraordinarias en las condiciones que se establezcan al efecto.

El alumnado promocionará del primer al segundo año del programa,independientemente de las materias o ámbitos no superados y se realizará unseguimiento de su progreso durante este primer año.

A los efectos de promoción el ámbito de Lenguas Extranjeras tendrá consideración demateria; y los ámbitos de la misma denominación, Lingüístico y Social, y Científico yMatemático, de ámbitos diferentes.

Al finalizar el segundo año del programa, el equipo docente determinará la promocióndel alumnado al cuarto curso de la etapa, siempre que cumpla con alguno de lossiguientes requisitos:

a) La superación de todas las materias y ámbitos cursados.

b) La superación de todos los ámbitos y la evaluación negativa en dos materias comomáximo.

c) La superación de todas las materias y evaluación negativa solo en un ámbito.

De manera excepcional, una vez realizadas las pruebas extraordinarias, el equipodocente podrá adoptar la decisión de la promoción del alumnado bien con los ámbitossuperados y tres materias no superadas o bien con un ámbito y una materia nosuperados, siempre que:

- No impidan al alumnado cursar el cuarto curso de la etapa por la vía ordinaria yobtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

- Se apliquen en el curso al que promociona las medidas propuestas por el Consejoorientador, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la presente Orden.

En caso de que no cumpla con los criterios de promoción en el segundo año delprograma, podrá permanecer un año más en tercer curso de la etapa por la vía ordinaria,siempre que no se haya incorporado al programa desde tercero, o incorporarse a cuartocurso en caso de que haya agotado las repeticiones permitidas en la etapa.

De manera excepcional, el alumnado podrá permanecer un curso más en el segundo añode un Programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento, con el V.º B.º de laDirección General competente, teniendo en cuenta los límites de edad establecidos paracursar la etapa y siempre que no se haya incorporado desde el tercer curso.

Características generales de la evaluación del alumnado con necesidades específicas deapoyo educativo

La evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) alque se refiere el artículo 7.1 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, por el que seestablece la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la

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Comunidad Autónoma de Canarias, se desarrollará según lo dispuesto en la Ordencitada y en la normativa específica.

El equipo docente podrá adaptar los instrumentos de evaluación establecidos concarácter general para la evaluación de este alumnado, teniendo en cuenta las dificultadesderivadas de su necesidad específica. Dicha evaluación se regirá por el principio deinclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y lapermanencia en el sistema educativo.

Tal como se recoge en el artículo 28.3 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, por el quese establece la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato enla Comunidad Autónoma de Canarias, la calificación de las materias objeto deadaptación curricular podrá hacer referencia a su progreso en relación con lo establecidoen la adaptación curricular. En este caso la calificación positiva, en los términos que serecogen en el artículo 6.1 de la Orden referenciada, no significa la superación de lamateria o materias correspondientes al nivel en que el alumnado se encuentraescolarizado, sino a la superación de los criterios de evaluación previstos en la propiaadaptación curricular. En los documentos oficiales de evaluación, así como en lainformación documental que se facilite a los padres, las madres del alumnado o a laspersonas que los representan legalmente, se hará referencia a esta circunstancia.

En el caso de que el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo seincorpore a una medida de atención a la diversidad en la que deba cursar el currículopropio de la medida propuesta, la calificación obtenida hará referencia a los criterios deevaluación recogidos en dichas programaciones, no a su nivel de referencia curricular.La Dirección General competente en materia de ordenación educativa podrá dictarinstrucciones concretas al respecto.

La evaluación y calificación del alumnado con altas capacidades intelectuales serealizarán en los términos descritos en el artículo 6 de la citada Orden. En losdocumentos oficiales de evaluación, así como en la información que se facilite a lasmadres, los padres o a las personas que los representan legalmente se dejará constanciade las medidas adoptadas.

Respecto a la permanencia, promoción y titulación en las distintas etapas educativas seactuará según lo previsto en la susodicha Orden. Si al finalizar la Educación SecundariaObligatoria, el alumnado con NEAE cumple las condiciones previstas en la Orden,podrá realizar la evaluación individualizada por la que se obtiene el título de Graduadoen Educación Secundaria Obligatoria, según lo previsto en el artículo 10 de la Orden.

Para la evaluación de las competencias del alumnado con adaptación curricular pordesfase en su referente se hará constar, junto con su valoración, el curso más alto en elque haya logrado un nivel de logro de «Adecuado». En el caso de que una o varias delas competencias se encuentren en un grado de desarrollo correspondiente al curso en elque está escolarizado, se podrán utilizar en la valoración los calificadores de«Adecuado», «Muy Adecuado» o «Excelente», según corresponda.

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Evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales.

Con el fin de facilitar al alumnado de necesidades educativas especiales el máximodesarrollo posible de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa, laConsejería competente en materia de educación establecerá los procedimientosoportunos para la realización de adaptaciones que se aparten significativamente de loscriterios de evaluación del currículo, o que eliminen algunos elementos prescriptivos delcurrículo de determinadas materias.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización delas evaluaciones, incluida la evaluación final de la etapa, se adapten a las característicasdel alumnado con necesidades educativas especiales. Estas adaptaciones, en ningúncaso, se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

La evaluación continua y la promoción del alumnado con adaptación curricularsignificativa se realizarán tomando como referente los criterios de evaluación fijados endichas adaptaciones. En cualquier caso este alumnado deberá superar la evaluación finalpara poder obtener el título correspondiente.

En los documentos oficiales de evaluación, así como en la información documental quese facilite a las madres, los padres del alumnado o a las personas que lo representanlegalmente, figurará la información respecto a las materias adaptadas que tiene elalumno o la alumna, haciendo mención al nivel de referencia curricular. Cuando loscriterios de evaluación de la adaptación se correspondan con algún curso de EducaciónPrimaria, la calificación positiva no podrá considerarse como la superación de lamateria.

En algunos casos, derivados de la propia discapacidad sensorial o motora, se podráneliminar uno o varios de los elementos del currículo, siempre que no afecten a laconsecución de los objetivos generales de la etapa. En estos casos se realizará unaadaptación por exención parcial, en la que se excluirán dichos elementos de laevaluación, y si el referente curricular del resto de la materia adaptada fuera la de sugrupo de edad, su valoración positiva supondrá la superación de esta.

La escolarización de este alumnado en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoriaen centros ordinarios podrá prolongarse un año más, siempre que ello favorezca laobtención del título al que hace referencia el artículo 11 y sin menoscabo de lo dispuestoen el artículo 7.11 de la Orden.

La Consejería competente en materia de educación establecerá las condiciones deaccesibilidad y diseño universal y los recursos de apoyo que favorezcan el acceso alcurrículo del alumnado con necesidades educativas especiales y adaptará losinstrumentos y, en su caso, los tiempos y apoyos para asegurar una correcta evaluaciónde este alumnado.

Pruebas extraordinarias

Características de las pruebas extraordinarias

Las pruebas extraordinarias tienen por objeto ofrecer al alumnado la posibilidad deobtener calificación positiva en aquellas asignaturas no superadas en el proceso de

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evaluación continua, tanto en las que se correspondan con el curso escolar que finalizacomo en las pendientes de cursos anteriores.

Compete a los diferentes departamentos de coordinación didáctica la definición de lascaracterísticas y la tipología de las pruebas, en consonancia con los modelos deevaluación y calificación seguidos durante el curso. Con esa finalidad se incluirán en lasprogramaciones los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables,implícitos en su redacción, así como los criterios específicos de calificación de laspruebas extraordinarias, aspectos que deberán estar a disposición del alumnado y susfamilias. La corrección de las pruebas tendrá que realizarla el profesorado que hayaimpartido docencia al alumnado y, en su defecto, asumirá la corrección el departamentocorrespondiente.

Conforme a lo establecido en el artículo 8 de la referenciada Orden, cuando el alumnadodeba presentarse a la prueba extraordinaria con materias pendientes de cursos anteriores,se actuará de la siguiente manera:

a) Si se trata de materias con la misma denominación, solo deberá presentarse a laprueba correspondiente al último nivel cursado. Si se trata de materias integradas en losámbitos de un Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, el alumnado solodeberá presentarse a la prueba del ámbito del último nivel cursado.

b) Si se trata de materias que ha dejado de cursar, se presentará a la pruebaextraordinaria que el departamento de coordinación didáctica correspondiente propongapara el último nivel cursado y no superado.

El alumnado que en la sesión de evaluación final ordinaria obtenga calificación negativaen una o más materias deberá seguir las orientaciones establecidas en los planes derefuerzo y recuperación de los aprendizajes no adquiridos, establecidos por losdepartamentos de coordinación didáctica correspondientes, encaminadas a facilitar lasuperación de las pruebas extraordinarias.

Para el alumnado que está cursando cuarto curso de ESO, estas orientaciones deberándirigirse a aumentar las posibilidades de obtención del título tras la realización de laspruebas extraordinarias y de la evaluación individualizada de final de etapa.

El tutor o la tutora recopilará esta información y la transmitirá al alumnado y a lasfamilias, con el asesoramiento del departamento de orientación.

Calificación de las pruebas extraordinarias

La calificación de las pruebas extraordinarias atenderá a lo dispuesto en el artículo 6 dela Orden y quedará reflejada en un acta diferenciada.

En el caso de materias o ámbitos pendientes del curso o cursos anteriores, lacalificación de las pruebas extraordinarias se ajustará a lo establecido en los artículos 6y 8 de la Orden, y se plasmará en un acta adicional.

Cuando la calificación obtenida en la prueba extraordinaria sea inferior a la alcanzadaen la sesión de evaluación ordinaria, será esta última la que figure en el actacorrespondiente.

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Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias, debe figurar en lasactas correspondientes como «No Presentado» (NP).

Calendario de realización de las pruebas extraordinarias

Las pruebas extraordinarias se realizarán en las fechas que determine la Consejeríacompetente en materia de educación.

EL PROCESO DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y TITULACIÓN ENBACHILLERATO

El proceso de evaluación

La evaluación y calificación de cada asignatura serán realizadas por el profesor o por laprofesora correspondiente.

El equipo docente constituido por el profesorado de un determinado grupo, ycoordinado por su tutor o tutora, velará por que la evaluación del alumnado a lo largodel curso sea continua, formativa y diferenciada. Asimismo, habrá de garantizar laevaluación conjunta de las asignaturas y las competencias, tal y como se establece en elartículo 3 de la Orden de referencia. Adoptará, además, el resto de las decisionesresultantes del proceso de evaluación que correspondan a dicho equipo, en el marco delo establecido en la presente Orden y demás disposiciones de desarrollo.

En el sentido expuesto en el apartado anterior, se habrá de garantizar la coherencianecesaria entre la calificación obtenida en las materias, y la calificación del grado dedesarrollo y adquisición de las competencias que se establecen en el artículo 22 de laOrden, producto ambas de un mismo proceso competencial de la enseñanza y elaprendizaje.

Los equipos docentes consensuarán en las sesiones de evaluación del alumnado lacalificación de las competencias, conforme a lo regulado en el artículo 22.3 de la citadaOrden. Para ello, habrán de tener en cuenta el grado de desarrollo y adquisiciónalcanzado en cada una de las competencias por parte del alumnado, que tendrán queobservar y evaluar a partir del proceso de aprendizaje competencial desarrollado en lasmaterias durante el curso. Los centros docentes tomarán las decisiones necesarias paraconsensuar la aplicación de estos términos.

En todo caso, se tomarán como referencia para la evaluación y calificación de lascompetencias, las orientaciones para la descripción del grado de desarrollo yadquisición de las competencias, tal y como se establece en el artículo 3.2 la Orden.

El equipo directivo del centro garantizará que la evaluación de las asignaturas y lascompetencias, en el proceso de evaluación del alumnado, sea conjunta.

En este proceso, cuando el progreso de un alumno o una alumna en una materia ocompetencia determinada no sea el adecuado, el profesorado o el equipo docente, en sucaso, con la colaboración del departamento de orientación, establecerán las medidas deapoyo y orientación que consideren pertinentes para reconducir los procesos deaprendizaje y de enseñanza, favoreciendo la inclusión del alumnado. En las sesiones de

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coordinación de los equipos docentes se establecerán estas medidas y se hará elseguimiento de las mismas. Estas se adoptarán en cualquier momento del curso yestarán dirigidas a propiciar la adquisición de los aprendizajes para continuar el procesoeducativo. Su concreción deberá figurar en la programación del respectivodepartamento de coordinación didáctica.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización delas evaluaciones, incluida la evaluación final de la etapa, se adapten a las característicasdel alumnado con necesidades educativas especiales. Estas adaptaciones, en ningúncaso, se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

El profesorado o el equipo docente atenderá al desarrollo personal, académico yprofesional del alumnado a lo largo de toda la etapa, con especial atención a latransición desde la Educación Secundaria Obligatoria y con la colaboración delDepartamento de Orientación.

Sesiones de evaluaciónLas sesiones de evaluación son las reuniones que realiza el equipo docente del grupo,coordinado por el tutor o la tutora, para valorar el aprendizaje del alumnado, establecidoen los criterios de evaluación, y el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias; y para evaluar la pertinencia y validez de los procesos docentes, con elobjetivo de adaptarlos a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

El currículo establecido por el Decreto 83/2016, de 4 de julio, en el que se concreta elcurrículo básico del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, así como laconcreción del currículo recogida en el proyecto educativo del centro y en la presentePGA y en otros documentos organizativos o pedagógicos, serán el referente para lacoordinación del desarrollo de las sesiones de evaluación de los grupos.

El profesorado tutor de cada grupo tendrá la responsabilidad de coordinar los procesosde aprendizaje y de enseñanza, las sesiones de evaluación y la orientación personal,académica y profesional del alumnado, con el apoyo del departamento de orientacióndel centro. Asimismo, deberá transmitir al alumnado o, en su caso, a las madres, lospadres del alumnado o a las personas que lo representan legalmente, la informaciónsobre el proceso educativo, prestando especial atención a los momentos de tránsito entrecursos, ciclo o etapa educativa.

En el mes de octubre, una vez conformados los grupos y asignadas las tutorías, sellevará a cabo una sesión de evaluación inicial. En ella el tutor o la tutora informará alequipo docente de la composición del grupo, de las asignaturas que cursará el alumnadoy de sus características específicas, así como de las medidas educativas de atención a ladiversidad propuestas o de las ya adoptadas, recogidas en los informes personales y enlos documentos oficiales de evaluación; así como de las materias pendientes del cursoanterior, los cursos repetidos y cuanta información se considere relevante para elproceso educativo.

Además, se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación a lo largo del curso, unapor trimestre, teniendo en cuenta que el periodo de aprendizaje que hay que considerares, en el caso de la primera evaluación, un trimestre; en el de la segunda, un semestre; y

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en el de la tercera, el curso completo. Por tanto, esta última sesión de evaluaciónconstituirá la evaluación final ordinaria y en ella se tomarán las decisiones depromoción o para la realización de la evaluación final del alumnado que cumpla losrequisitos establecidos en los artículos 23 y 28 de la mencionada Orden.

Asimismo, los acuerdos adoptados en cada sesión de evaluación deberán recogerse enun acta, que será el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación, y en la que sereflejará, si procede, la decisión respecto a la superación de asignaturas de cursosanteriores.

Igualmente, en cada sesión de evaluación el tutor o la tutora del grupo coordinará con elequipo docente y con el asesoramiento del departamento de orientación del centro lasmedidas de apoyo educativo o de otro tipo, que habrán de aplicarse al alumnado quehaya presentado dificultades en el aprendizaje, favoreciendo las de carácter inclusivo, yque recogerá en el acta de la sesión de evaluación, mencionada en el apartado anterior.

Para aquel alumnado que no hubiera superado todas las materias en la evaluación finalordinaria, tendrá lugar una sesión de evaluación tras la realización de las pruebasextraordinarias para la adopción de las decisiones de promoción o para la realización dela evaluación final de la etapa, siempre que cumpla los requisitos establecidos en losartículos 23 y 28 de la Orden que se viene citando.

En el proyecto educativo del centro se arbitrarán las medidas para favorecer la presenciadel alumnado en las sesiones de evaluación y las condiciones en las que dichaparticipación deberá llevarse a cabo.

Resultados de la evaluación

En Bachillerato, los resultados de la evaluación de las materias se expresarán mediantecalificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas lascalificaciones inferiores a cinco.

Cuando el alumnado de esta etapa no se presente a las pruebas extraordinarias de lasmaterias no superadas, se consignará «No Presentado» (NP).

Los resultados de la evaluación sobre el grado de desarrollo y adquisición de lascompetencias se consignarán en los siguientes términos: «Poco adecuado»,«Adecuado», «Muy adecuado» y «Excelente». Se considerará que el alumnado haadquirido el grado de desarrollo competencial correspondiente a su curso cuando entodas las competencias obtenga una valoración de «Adecuado», «Muy adecuado» o«Excelente». Tal y como se establece en el artículo 3.2 de la presente Orden, los equiposdocentes consensuarán en las sesiones de evaluación la aplicación de estos términos enfunción del grado de desarrollo y adquisición de cada una de las competencias por partedel alumno o la alumna.

Promoción

El alumnado promocionará de primero a segundo de Bachillerato cuando haya superadolas materias cursadas o tenga evaluación negativa en dos materias, como máximo.

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Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias deberánmatricularse de las materias pendientes del curso anterior. Teniendo en cuenta loestablecido en el artículo 9.3 del Decreto 315/2015, de 28 de agosto, en el caso de quealguna de estas materias tenga carácter opcional (troncales de opción o específicas)dentro del mismo itinerario y con la misma carga horaria, el alumnado podrá modificarsu elección y sustituirla por otra del mismo carácter.

El IES Las Breñas organizará las consiguientes actividades de refuerzo y recuperación,y la evaluación de las materias pendientes.

Sin superar el plazo máximo establecido para cursar Bachillerato en el artículo 34.4 delDecreto 315/2015, de 28 de agosto, el alumnado podrá repetir cada uno de los cursos deesta etapa una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrá repetir uno delos cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente.

En aplicación de lo establecido en el artículo 39.1 del Decreto 315/2015, de 28 deagosto, por el que se establece la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria ydel Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias, para favorecer el acceso alcurrículo del alumnado con NEE, el IES Las Breñas podrá solicitar a la DirecciónGeneral competente, la fragmentación en bloques de las materias de esta etapaeducativa.

Repetición de segundo curso de Bachillerato

El alumnado que al término del segundo curso tuviera evaluación negativa en algunasmaterias podrá matricularse de ellas, sin necesidad de cursar de nuevo las materiassuperadas, u optar por repetir el curso completo, tal y como se establece en el artículo32.3 del Real Decreto 1105/2015, de 26 de diciembre. En este caso, el alumnado podrámodificar su elección de las materias de opción de la misma naturaleza -troncales deopción, específicas o, en su caso, de libre configuración- dentro del mismo itinerario ycon la misma carga horaria y teniendo en cuenta la continuidad entre materias enBachillerato, regulada en el artículo 25 de la citada Orden.

La dirección del IES Las Breñas podrá autorizar que el alumnado que opte pormatricularse solamente de las materias no superadas de segundo de Bachillerato, puedaasistir a otras materias, siempre y cuando su asistencia a clase sea regular y no se supereel número máximo de alumnos y alumnas por grupo.

Continuidad entre materias de Bachillerato

La superación de las materias de segundo curso que se indican en el en el Anexo 3º delDecreto 315/2015, de 28 de agosto, estará condicionada a la superación de lascorrespondientes materias de primer curso indicadas en dicho anexo por implicarcontinuidad.

No obstante, dentro de un itinerario de los establecidos en el Anexo 3º del Decreto315/2015, de 28 de agosto, el alumnado podrá matricularse de una materia troncal deopción o específica de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia deprimer curso, según se determine por la Dirección General competente. Para ello antesdel periodo de matrícula, el departamento de coordinación didáctica correspondiente

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deberá acreditar, por los procedimientos que se determinen, que reúne las condicionesnecesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo.

En caso contrario, deberá cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideraciónde materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar las condicionesen las que ha promocionado a segundo.

Evaluación y calificación de las materias no superadas del curso anterior.

La evaluación de las materias pendientes de primero se efectuará a lo largo del curso enlos términos que determinen los departamentos de coordinación didáctica dentro delmarco establecido por la comisión de coordinación pedagógica, u órgano decoordinación docente equivalente, garantizándose al alumnado la posibilidad de realizaruna prueba final general y objetiva antes de las sesiones de las evaluaciones finalesordinaria y extraordinaria.

La calificación de las materias del segundo curso a las que el Anexo 3º del Decreto315/2015, de 28 de agosto, otorga carácter de continuidad con alguna de las materias deprimero pendientes, estará condicionada a la superación de esta última, salvo lodeterminado en el artículo 25.2 de la citada Orden.

En caso contrario, las materias de segundo no podrán ser calificadas y constarán en losdocumentos oficiales de evaluación como «Pendiente» (PTE).

La calificación de las materias pendientes tendrá lugar en una sesión de evaluaciónanterior a la sesión de evaluación final ordinaria del segundo curso, quedandoconstancia de las calificaciones en el acta de la evaluación final ordinaria de segundo.En la evaluación extraordinaria se aplicará idéntico procedimiento.

El alumnado que, habiendo cursado el segundo curso de la modalidad de Artes, tengapendientes de superar algunas materias, podrá matricularse en otro centro más cercano asu domicilio de las materias troncales, específicas o de libre configuración que tengan lamisma denominación y naturaleza, siempre que se impartan en el mismo. Este centroemitirá su Historial académico y realizará la propuesta de expedición del título deBachiller.

Cambios de modalidad e itinerarios

Cuando un alumno o una alumna decide cambiar de modalidad o, en su caso, deitinerario al cursar segundo de Bachillerato, deberá comunicarlo en el momento deformalizar la matrícula en la secretaría del centro, observándose los siguientes criterios:

a) El alumnado podrá cambiar de modalidad, cursando uno de los itinerarios de lanueva modalidad elegida, recogidos en el Anexo 2º del Decreto 315/2015, de 28 deagosto.

b) El alumnado podrá cambiar de itinerario dentro de la misma modalidad.

c) Para lo establecido en los apartados a) y b) anteriores, el alumnado deberámatricularse de las materias troncales generales, troncales de opción, así como de lasespecíficas o, en su caso, de libre configuración no superadas o no cursadas en los dos

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cursos, necesarias para completar el nuevo itinerario, según lo dispuesto en el Decreto315/2015, de 28 de agosto.

d) Si el alumno o la alumna promociona sin materias pendientes: deberá cursar lamateria troncal general y dos de opción propias del nuevo itinerario de cada uno de loscursos de Bachillerato, excepto aquellas que hubiera superado en el curso primero de lamodalidad o itinerario que abandona, si fueran coincidentes; y si el cambio es deitinerario dentro de una misma modalidad no tendrá que cursar las troncales de opcióndel primer curso, salvo que sean materias de continuidad. Las materias específicas delprimer curso superadas no han de volver a cursarse, salvo que sean de continuidad.

e) Si el alumno o la alumna promociona con la materia troncal general propia delitinerario que abandona pendiente, la sustituirá por la del nuevo itinerario.

f) Si el alumno o la alumna promociona al segundo curso con una o dos materiastroncales de opción pendientes que no forman parte del nuevo itinerario, las sustituirápor otras del nuevo itinerario.

g) Si el alumno o la alumna promociona al segundo curso con una o dos materiasespecíficas pendientes que no forman parte del nuevo itinerario, las sustituirá por otrasdel nuevo itinerario.

h) Cualquier materia troncal o específica del itinerario que abandona podrá sustituir a lamateria de libre configuración del segundo curso.

Si como resultado de los cambios de modalidad o itinerario el alumno o la alumnadebiera cursar más de dos materias de primer curso, estas no se tendrán en cuenta aefectos de repetición.

En caso de que el cambio de modalidad o itinerario se realice cuando el alumno o laalumna ya haya cursado segundo, deberá matricularse de las materias reseñadas en elapartado 1 del artículo 27 de la citada Orden.

Los cambios de modalidad o itinerario solo podrán ser autorizados cuando en el centrose imparta la modalidad o itinerario solicitados. En caso contrario, el alumnado deberásolicitar el cambio de modalidad o itinerario en otro centro.

Si en el proceso de cambio de modalidad o itinerario se produjera incompatibilidadhoraria para cursar las materias de primero, los correspondientes departamentos decoordinación didáctica asumirán las tareas de apoyo y aplicarán los planes derecuperación establecidos para el alumnado con materias pendientes.

El alumnado que cambie de itinerario deberá cursar las materias específicas del nuevoitinerario, si no se han superado previamente.

Evaluación final de Bachillerato

Al finalizar el segundo curso de Bachillerato, el alumnado realizará una evaluaciónindividualizada en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el gradode desarrollo y adquisición de las competencias, en los términos que se establecen en el

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artículo 31 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y en la normativa que sedesarrolle al efecto.

Podrá presentarse a esta evaluación el alumnado que haya obtenido evaluación positivaen todas las materias de uno de los itinerarios de las modalidades contempladas en elAnexo 3º del Decreto 315/2015, de 28 de agosto.

En el caso del alumnado que desee obtener el título de Bachiller por más de unamodalidad, podrá solicitar que se le evalúe de las materias troncales generales y deopción que elija dentro del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a lasmodalidades escogidas.

El alumnado con discapacidad auditiva, visual o motora que curse el Bachillerato conexención parcial en algunas de las materias que lo componen y que hubiera obtenidocalificación positiva, tanto en estas como en las restantes materias, podrá realizar laprueba de evaluación final de Bachillerato.

Tal y como se recoge en el artículo 34.4 del citado Real Decreto 1105/2014, de 26 dediciembre, el alumnado con evaluación positiva en todas las materias de Bachillerato,sin haber superado la evaluación final de esta etapa, tendrá derecho a obtener uncertificado, conforme al Anexo 6º de la referenciada Orden.

Nota media y Matrícula de Honor de la etapa

La nota media de cada etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricasobtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y, encaso de equidistancia, a la superior. La situación de «No Presentado» (NP) equivaldrá ala calificación numérica mínima establecida para la etapa, salvo que exista unacalificación numérica obtenida para la misma materia en prueba ordinaria, en cuyo casose tendrá en cuenta dicha calificación.

En el caso de que el alumnado haya optado por cambio de modalidad o itinerario, lasmaterias no superadas de la modalidad o itinerario que se abandona no computarán aefectos del cálculo de la nota media.

En los casos de exención o convalidación de materias o estudios extranjeros, larealización del cálculo de la nota media se hará conforme a la normativa específica delos correspondientes estudios.

Se podrá conceder «Matrícula de Honor» al alumnado que haya superado todas lasmaterias del Bachillerato y cuya calificación global de los dos cursos sea 9 o superior.La «Matrícula de Honor» se podrá conceder a un número máximo de alumnos yalumnas igual o inferior al 5 por 100 del total del alumnado de segundo curso deBachillerato del centro. Este deberá establecer el procedimiento para otorgar estaconcesión al alumnado que tenga la calificación de 9 o superior, y supere el porcentajeestablecido.

Excepcionalmente, en los centros que tengan matriculado un número inferior a 20alumnos o alumnas, se podrá conceder una «Matrícula de Honor».

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La calificación de «Matrícula de Honor», que se consignará mediante una diligenciaespecífica en el expediente académico y en el historial académico del alumno o de laalumna, surtirá los efectos que determine la normativa vigente.

Titulación.

Conforme al artículo 34.1 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, para obtenerel título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato,así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10. Lacalificación final de esta etapa de deducirá de la siguiente ponderación:

a) Con un peso del 60%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cadauna de las materias cursadas en Bachillerato.

b) Con un peso del 40%, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.

Exenciones y convalidaciones

Para el régimen de convalidaciones y exenciones de materias de Bachillerato, se estará alo que se regule normativamente a nivel estatal.

Pruebas extraordinarias

Características de las pruebas extraordinarias

Las pruebas extraordinarias tienen por objeto ofrecer al alumnado la posibilidad deobtener calificación positiva en aquellas materias no superadas en la evaluaciónordinaria, incluidas las materias que pudiera tener pendientes del primer curso.

El alumnado que en la sesión de evaluación final ordinaria obtenga calificación negativaen una o más materias deberá seguir las orientaciones establecidas en los planes derefuerzo y recuperación de los correspondientes departamentos de coordinacióndidáctica, encaminados a facilitar la superación de las pruebas extraordinarias. El tutor ola tutora recopilará esta información y la transmitirá al alumnado y a las familias oresponsables legales, con el asesoramiento del departamento de orientación.

Las pruebas tendrán un carácter general y objetivo y estarán basadas en los criterios deevaluación y estándares de aprendizaje evaluables, implícitos en su redacción yestablecidos para cada una de las materias, correspondiendo a los diferentesdepartamentos de coordinación didáctica la definición de las características y latipología de dichas pruebas. La corrección de estas deberá realizarla el profesorado quehaya impartido docencia al alumnado y, en su defecto, asumirá la corrección eldepartamento de coordinación didáctica correspondiente.

Calificación de las pruebas extraordinarias

La calificación de las pruebas extraordinarias atenderá a lo dispuesto en el artículo 22 dela susodicha Orden y quedará reflejada en un acta diferenciada.

En el caso de materias pendientes del curso anterior, la calificación de las pruebasextraordinarias se ajustará a lo establecido en los artículos 22, 25 y 26 de la Orden,quedando constancia en el acta de la evaluación extraordinaria.

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Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias, figurará en las actascorrespondientes «No Presentado» (NP).

Los departamentos de coordinación didáctica establecerán los criterios específicos decalificación de las pruebas extraordinarias de cada una de las materias, que deberánestar a disposición del alumnado y sus familias.

Calendario de realización de las pruebas extraordinarias

Las pruebas extraordinarias se realizarán en las fechas que determine la Consejeríacompetente en materia de educación.

INASISTENCIA

Cuando la inasistencia reiterada a clase del alumnado impida la aplicación de laevaluación continua, se emplearán sistemas de evaluación alternativos, sujetos a loscriterios y los procedimientos regulados en la citada Orden, que garanticen el rigor y latransparencia en la toma de decisiones sobre la evaluación. Serán aprobados por la CCPy prestarán especial atención a las características del propio alumnado y a las causas olos motivos que han generado esta inasistencia. Los criterios para la aplicación de laevaluación continua y los porcentajes de faltas que se acuerden para la utilización de loscitados sistemas de evaluación alternativos se contemplarán la PGA del centro, y, portanto, deberá garantizarse su presencia en las programaciones didácticas. Para lajustificación de la inasistencia del alumnado se estará a lo dispuesto en la normativaregulada al efecto.

11.- LOS CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y TAREASQUE HABRÁN DE ESTAR DISPONIBLES EN CASO DE AUSENCIA DELPROFESORADO.

El IES Las Breñas elaborará un plan de atención al alumnado en caso de ausencia de profesorado, del que

formará parte el personal docente disponible en cada sesión sin horas de docencia directa y que no esté

realizando otras funciones docentes asignadas por la dirección del centro. Se excluyen al orientador y al

profesorado de Pedagogía Terapéutica (PT) cuando tengan horario lectivo. Se dará prioridad al alumnado

que esté cursando Educación Secundaria Obligatoria. Se evitará, en lo posible, el reparto del alumnado.

Corresponde a los los departamentos de coordinación didáctica, haciendo uso de su autonomía

pedagógica, proponer actividades que realizará el alumnado en los casos de ausencia de profesorado.

Dadas las etapas educativas a las que se dirige, estas actividades deberán favorecer la adquisición de las

competencias básicas.

De manera más concreta, los departamentos didácticos y el profesorado del IES Las Breñas deberán tener

en cuenta los siguientes criterios:

Cuando la ausencia de un profesor o profesora es prevista con antelación por parte del docente implicado,

éste dejará preparadas una serie de actividades o tareas para el grupo o grupos a los que vaya a afectar y

se las entregará a alguno de los profesores de guardia que desempeñen esa función en las horas de

ausencia.

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En cambio, si la ausencia de un docente se produce de manera imprevista, los profesores de guardiaemplearán los materiales que los distintos departamentos didácticos han elaborado y que debidamenteclasificados deben encontrase en la sala de profesores. Se trata de garantizar la formación del alumnado yel material preparado debe poder ser realizado por los alumnos sin problemas ni suponer esfuerzo extrapara el profesor de guardia.

Cuando no haya suficiente profesorado de guardia, las mismas se cubrirán atendiendo al siguiente cuadro:

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes

1ª hora Jesús Fco. Pérez Jesús Mateos

Roberto Castro Pérez

2ª hora Juan Emilio De Paz

Roberto Castro Pérez

Juan Emilio De Paz Juan Emilio De Paz

Gustavo Pérez

Felipe Díaz

Inma Hurtado

Jesús Fco. Pérez

Elisabet Sánchez

Gustavo Pérez

Sonia Pérez

Juan Emilio De Paz

Juan Emilio De Paz

Jesús Mateos

Sarellis Rodríguez

Eduardo Pérez

3ª hora Elena Egea Pilar Hernández

Jesús Pérez Morera

Sarellis Rodríguez

Miguel Ángel Sánchez

Ana Gómez

Jesús Fco. Pérez

Mariví Martín

Carlos Bravo

Juan García

Fernando Peña

Miguel Martín

Juan Medina

Esther Candelaria

Isabel Perdomo

4ª hora Conchi San Juan

Sonia Pérez

Mariví Martín

Conchi San Juan

Juan Medina

Juan Emilio De Paz

Elena Egea

Felipe Díaz

Carlos Bravo

Francisco Rodríguez

Juan Medina

Delia Brito

Ana Gómez

Sarellis Rodríguez

5ª hora Franciso Rodríguez

Marga Rodríguez

Esther Candelaria

Juan García

Fernando Peña

Francisco Govantes

Beatriz González

Isabel Rodríguez

Lourdes Arvelo

Miguel Martín

Elena Egea

Miguel Álvarez

Ángeles Lorenzo

Inma Brito

Delia Brito

Beatriz González

Ana Gómez

Sarellis Rodríguez

Jesús Mateos

Marga Rodríguez

Ángeles Lorenzo

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12.- LAS ACCIONES ESTABLECIDAS PARA EL DESARROLLO DE LOS PLANES YPROGRAMAS DE CONTENIDO EDUCATIVO.

Las acciones que se contemplan en el IES Las Breñas para el desarrollo de los planes yprogramas son:a) Facilitar la información y los canales de acceso a ella. b) Agilización, en la medida de lo posible, de los trámites burocráticos. c) Favorecer un clima que motive la implicación tanto del profesorado como delalumnado.d) Flexibilización, en la medida de lo posible, de los horarios para atender lasnecesidades derivadas de la coordinación de los diferentes programas y proyectos delcentro.e) Disponibilidad de los recursos materiales e infraestructuras necesarias para eldesarrollo de los distintos proyectos y programas.f) Coordinación dentro de la comunidad educativa, a través de sus distintos órganos,para la optimización de los recursos necesarios en el desarrollo de los proyectos. El IES Las Breñas participa en los siguientes programas y proyectos durante el cursoescolar 2016/2017:

1.- Proyecto GLOBE/CLIMA.

2.- Proyecto EVAGD.

3.- Red de Escuelas Sostenibles.

4.- Red Canaria de Escuelas Solidarias.

5.- Proyecto de dinamización de la Biblioteca del centro: “Bibliobreñas”.

6.- Plan de Acción Tutorial.

7.- Plan Lector.

13.- LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

Las programaciones didácticas de los distintos departamentos de coordinación didácticadel IES Las Breñas figuran como anexo a este documento y se encuentran disponiblesen formato digital en la Secretaría del centro y publicadas en la página webwww.ieslasbreñas.

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14.- EL PLAN ANUAL DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS YEXTRAESCOLARES.

El plan anual de actividades complementarias y extraescolares del IES Las Breñasfigura como anexo a este documento y se encuentra disponible en formato digital en laSecretaría del centro y publicadas en la página web www.ieslasbreñas.

15.- PLAN DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓNPEDAGÓGICA.

Durante el curso 2016/2017 la Comisión de Coordinación Pedagógica del IES LasBreñas abordará las siguientes temáticas:PRIMER TRIMESTRE1.- Trabajo por subcomisiones:a) Subcomisión Plan de Mejora (Plan Lector)b) Subcomisión Plan de Formación.c) Subcomisión de Convivencia.2.- Calendario y líneas de trabajo de las reuniones de coordinación con los centros deEducación Primaria adscritos al IES Las Breñas.SEGUNDO TRIMESTRE1.- Trabajo por subcomisiones:a) Subcomisión Plan de Mejora (Plan Lector)b) Subcomisión Plan de Formación.c) Subcomisión de Convivencia .1.- Revisión y actualización de la normativa específica sobre evaluación, instrumentosde evaluación y propuesta de mejora para desarrollar convenientemente las sesiones deevaluación en el centro.TERCER TRIMESTRE1.- Evaluación de proyectos, programas y actividades.Además de estas grandes líneas de trabajo, durante el curso 2016/2017 se tratará en laCCP cualquier otro asunto de interés según sea necesario en cada tramo temporal delcurso académico.

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ÁMBITO PROFESIONAL

1.- PROGRAMA ANUAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO.

Análisis y diagnóstico de la situación del centro:

La situación creada tras la implantación definitiva de la nueva Ley Educativa LOMCE

hace conveniente la actualización de las Programaciones Didácticas de acuerdo a dicha

ley.

Necesidades formativas detectadas:

Creemos conveniente la necesidad de formación para el profesorado, para poder

conectar las programaciones didácticas de los diferentes departamentos con las

respectivas programaciones de aula del profesorado.

OBJETIVOS DEL PLAN DE FORMACIÓN

- Favorecer el trabajo entre iguales de los docentes, propiciando la reflexión sobre su

práctica docente y el intercambio de experiencias que surgen en el aula para la mejora

de la planificación de las programaciones y situaciones de aprendizaje.

- Que el profesorado sea capaz de programar reflejando los diferentes aspectos que debe

contemplar una programación didáctica y que esta, a su vez, conecte de una manera

ágil y efectiva con las programaciones de aula.

- Ajustar el diseño de cada una de las programaciones didácticas para laconsolidación del enfoque competencial y los nuevos currículos LOMCE.

- Conocer las nuevas funcionalidades de la plataforma PROIDEAC con la finalidad de

poder incluir las programaciones didácticas de los docentes en la misma.

Indicadores de los objetivos esperados:

- La correcta asimilación de los contenidos del plan que se constatará en que las futuras

programaciones entregadas por los departamentos recogerán por lo menos los aspectos

básicos que debe contener cualquier programación didáctica.

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- El profesorado ajusta el diseño de sus programaciones para la consolidación del

enfoque competencial y los nuevos currículos.

ITINERARIOS DEL PLAN DE FORMACIÓN

ITINERARIO 1

Título: Elaboración de programaciones didácticas y su conexión con las

programaciones de aula.

Temáticas: Programaciones didácticas.

Objetivos: Elaboración efectiva de programaciones didácticas.

Contenidos formativos: Diferentes aspectos de la programación didáctica

( metodología, atención a la diversidad, evaluación LOMCE,...)

Secuencias y actividades (temporalización): Se preven 5 sesiones de 3 horas de

duración cada una de las cuales 4 serán de trabajo presencial en el centro ( una de ellas

a cargo de un ponente externo ) y 1 de ellas no presencial de trabajo individual o en

pequeño grupo (en total 15 horas)

FASE PRESENCIAL + FASE NO

PRESENCIAL

12 horas presenciales (4 sesiones de 3 horas) + 3 horas (25% de la fase

presencial)

Dentro de las 12 horas se incluye ponencia

3 h (25% de la fase presencial)

MEDIDAS ORGANIZATIVAS INTERNAS PARA FAVORECER EL

DESARROLLO DEL PLAN DE FORMACIÓN:

Se pondrá a disposición de los intervinientes en el plan la Sala de Profesores y el AulaMedusa del Centro en horario de tarde.

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SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN:

A parte del seguimiento de la asistencia de los intervinientes y la elaboración de lasconsiguientes actas elaboradas en las distintas sesiones presenciales se requerirá que elprofesorado incluya en Proideac las diferentes programaciones.

2.- LOS CRITERIOS PARA EVALUAR Y, EN SU CASO, REVISAR LOS PROCESOSDE ENSEÑANZA Y LA PRÁCTICA DOCENTE DEL PROFESORADO.

La evaluación de la práctica docente se realiza con el objetivo de desarrollar un trabajo educativo de calidad y detectar aquellos aspectos que no funcionan de forma adecuada para modificarlos.

Los criterios para evaluar los procesos de enseñanza y la práctica docente son:

1. Resultados académicos del alumnado.

2. Clima del aula.

3. Metodología y recursos aplicados.

4. Desarrollo de la programación: cumplimiento de objetivos, adquisición de competencias, impartición de contenidos.

5. Nivel de trabajo en equipo y coordinación docente.

6. Grado de implicación en la práctica docente.

ÁMBITO SOCIAL

1.- LAS ACCIONES PROGRAMADAS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTOESCOLAR, EL DESARROLLO DEL PLAN DE CONVIVENCIA Y LA PREVENCIÓNDEL ABSENTISMO Y ABANDONO ESCOLAR.

Nuestro centro cuenta con medidas que facilitan el desarrollo de estas acciones.

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1. Medidas extraordinarias de Atención a la Diversidad (profesorado especialista deapoyo a las NEAE, Programa de Refuerzo Educativo y Programa de Mejora delAprendizaje y el Rendimiento en 2º y 3º de ESO.

2. Bajo nivel de absentismo escolar y escasa conflictividad entre su alumnado.

A nivel curricular hay alumnado bueno y alumnado con algunas dificultades en las áreasinstrumentales básicas y con desmotivación por el estudio.

Mejora del rendimiento escolar

Desde el Plan de Acción Tutorial, desde las medidas de atención a la diversidad,concretamente el Programa de Refuerzo Educativo en sustitución de la 2ª lenguaextranjera, así como desde el aula de apoyo a las NEAE se priorizará el desarrollo dehábitos y técnicas de estudio del alumnado que, por presentar dificultades en el procesode enseñanza aprendizaje, está en dichas medidas de atención a la diversidad.

Del mismo modo, en la planificación de la Acción Tutorial, está prevista una seriesesiones relacionada con los hábitos y técnicas de estudio en ESO.

También se informa a las familias sobre cómo pueden ayudar a sus hijos e hijas en lamejora de su rendimiento académico a través de reuniones informativas que mantienecon ellas el Equipo Directivo, el Equipo de Gestión de la Convivencia, el Orientador ylos tutores.

Desarrollo del Plan de Convivencia

Es el Equipo de Gestión de la Convivencia quien elabora y desarrolla el Plan de Convivenciaen consonancia con el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivenciaen el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Se llevarán a cabo sesiones de tutoría que invitan a la reflexión sobre la convivencia en elcentro, a la resolución pacífica de conflictos, a los derechos y deberes del alumnado, delprofesorado y de los padres y madres y/o tutores legales del alumnado, habilidades sociales,prevención del maltrato y del acoso escolar, etc. Todas ellas encaminadas a mejorar lasrelaciones sociales de nuestro alumnado dentro y fuera del centro así como a mejorar laconvivencia en el mismo.

Además, se informará a las familias sobre sus derechos y deberes, según el nuevo Decreto.

Se pretende, además, con el desarrollo del Plan de Convivencia de nuestro centro, mejorar elrendimiento académico de parte de nuestro alumnado puesto que entendemos que ambosfactores están relacionados.

Prevención del absentismo

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Dentro de la prevención del absentismo escolar, se llevarán a cabo medidas tales como:

- Control de faltas y retrasos de 1ª hora:

1. El horario de permanencia del alumnado en el Centro es de 8:00 a 14:00 horas, debiendopermanecer en este horario, salvo casos justificados.

2. Todo el profesorado que tenga clase a 1ª hora, rellena el parte de faltas para poder comunicara las familias la ausencia de los alumnos/as vía sms.

- Absentismo escolar (DECRETO 114/2011, de 11 de mayo):

Se establecen tres niveles de absentismo: moderado, inasistencia hasta un 15% de las sesionesde clase; grave, entre el 15% y el 50%; y muy grave, más del 50%. Si se detecta que unalumno/a en edad de escolarización obligatoria se encuentra sin escolarizar o con un grado deabsentismo igual o superior al 15% de las sesiones de clase, el centro pondrá el hecho enconocimiento de las autoridades educativas y de las entidades locales con el fin de erradicar delabsentismo escolar. Para ello, los primeros días de mes, el profesorado pasará las faltascorrespondientes a sus alumnos/as, especificando si las mismas están justificadas o no.Posteriormente, se pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales municipales, a través de lajefatura de estudios, aquel alumnado que tenga un grado de absentismo igual o superior al 15%.

Se considera que el alumnado pierde el derecho a la evaluación continua cuando faltainjustificadamente a clase. Se mandarán a los padres los apercibimientos por escrito. Una vezrecibido el tercer apercibimiento, el alumno/a ha perdido el derecho a la evaluación continua yse debe llevar a cabo el sistema extraordinario de evaluación, previamente establecido por cadadepartamento didáctico.

Prevención del abandono escolar

Por último, entendemos que para prevenir el abandono escolar de nuestro alumnado, contamoscon medidas de atención a la diversidad tales como el programa de FPB y el PMAR en 2º y 3ºde ESO. Además, desde el Plan de Orientación Académica y Profesional, se informa alalumnado con mayores dificultades para conseguir la titulación en la ESO, de otras salidasacadémicas tales como los Programas de FPB, en todas sus modalidades, según los casos, y delas convocatorias de las pruebas de acceso a los CFGM.

2.- LAS ACCIONES PROGRAMADAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN,COLABORACIÓN Y FORMACIÓN ENTRE TODOS LOS SECTORES DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA.

El IES Las Breñas debe formar parte del entorno social y cultural en el que seencuentra.

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Participación de la comunidad educativa.

• Los distintos sectores de la comunidad educativa participarán en el gobierno de loscentros docentes a través del Consejo Escolar.

• El profesorado participará, además, en la toma de decisiones pedagógicas quecorrespondan al Claustro, a los órganos de coordinación y a los equipos docentes.

• Los padres y madres podrán igualmente participar en el funcionamiento de los centrosa través de las asociaciones que legalmente se constituyan, y de acuerdo con lanormativa de aplicación. Además, se fomentara la participación de los padres, madresy/o tutores legales a través del consejo escolar, las reuniones de padres y madresgenerales por tutoría e individuales de seguimiento del alumnado, reuniones para laentrega de notas, así como su participación en las actividades complementarias delcentro (celebraciones de días específicos y jornadas culturales).

• El alumnado participará, además, en el funcionamiento de los centros a través de losdelegados y delegadas de grupo, que constituirán la junta de delegados y delegadas, y delas asociaciones de alumnado del centro legalmente constituidas.

• Se fomentará la participación del alumnado en las actividades complementarias yextraescolares.

3.- LAS ACCIONES PROGRAMADAS PARA LA APERTURA DEL CENTRO ALENTORNO SOCIAL Y CULTURAL.

El centro establecerá una relación fluida y estrecha con el entorno, en la que prevalecerá lacolaboración y la cooperación. Participando, a iniciativa del propio centro o a propuesta de lasinstituciones u organizaciones del entorno, en aquellas acciones que fomenten la formación y laintegración social de nuestro alumnado en su entorno social y cultural.

Durante el curso escolar 2016/2017 el IES Las Breñas organizará visitas a los centros deEducación Primaria de la zona de influencia del centro durante el mes de enero y febrero de2017. El objetivo será el de dar a conocer tanto al alumnado como a sus familias la oferta deenseñanzas, los programas y proyectos, las instalaciones y las actividades más emblemáticas denuestro centro.

Igualmente, el IES Las Breñas facilitará la visita del alumnado de 6º de Primaria a nuestrasinstalaciones a lo largo del mes de mayo de 2017 con el fin de que vayan conociendo el centro,sus características, el profesorado, etc., para que su incorporación al instituto el próximo cursosea contemplada como un cambio de etapa lógico y normal.

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Por último, el IES Las Breñas organizará el emblemático acto de entrega de orlas al alumnadoque finaliza sus estudios en el centro en el mes de mayo o junio en instalaciones municipales, enesta ocasión, de Breña Baja, continuando con la alternancia Breña Alta/Breña Baja para, así,haciendo honor al nombre de nuestro centro (Las Breñas) implicarnos en la vida social de losdos municipios a los que nos debemos.

4.- LA PREVISIÓN DE CONVENIOS Y ACUERDOS DE COLABORACIÓN CONOTRAS INSTITUCIONES.

Un curso más, tal y como viene siendo habitual, el IES Las Breñas y el IlustrísimoAyuntamiento de Breña Baja suscriben y mantienen el convenio en virtud del cual lacorporación municipal hace uso de las instalaciones del pabellón cubierto del centropara la realización de actividades deportivas en horario de tarde y los fines de semana.

5.- CONCRECIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA PROGRAMACIÓNGENERAL ANUAL.

La evaluación de la PGA ES un proceso permanente de reflexión que nos permitiráconocer el grado de consecución de los objetivos planteados y adecuarlos a lasnecesidades que se detecten en cualquier momento. La evaluación es una herramientaque nos permite conocer si se producen los cambios necesarios en los procesos de laorganización y definir los puntos fuertes y las áreas de mejora. La evaluación debe ser compartida por todos los que intervienen en el procesoeducativo en el ámbito de sus actuaciones, favoreciendo así, la autonomía de los gruposde trabajo y consiguiendo la implicación de toda la comunidad escolar en el proyecto. Para realizar esta evaluación será necesario analizar los distintos agentes queintervienen en nuestro centro y los resultados obtenidos, mediante formularios,encuestas, informes de los órganos colegiados y de coordinación docente, análisis dedatos, documentos del centro, etc. Se realiza seguimiento a la PGA a través del CE, Claustro y CCP durante el curso. Alfinalizar el curso, las conclusiones son introducidas por cada Departamento en sumemoria final, la cual, a su vez, será incorporada a una Memoria anual del centro y quecomprenderá, entre otras cuestiones, el grado de consecución de los objetivos fijados enla PGA y los resultados obtenidos en la actividad docente. Se establecerán los procedimientos para la evaluación en relación a la evaluación de lapráctica docente, realizada por los Departamentos Didácticos y a la evaluación de losplanes de trabajo con el análisis realizado en los diferentes órganos, bien sea a través decuestionarios o de otros métodos. Se recogerán en la Memoria Anual.

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ENSEÑANZAS, ESTUDIOS, GRUPOS, MÓDULOS Y/O MATERIASCOFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE ELCURSO ESCOLAR 2016/2017 EN EL IES LAS BREÑAS.

CFFPB Madera, Mueble y Corcho - productos textiles (LOMCE)

Grupo: 1º

MÓDULOS COFINANCIADOS:

1.- TUTORÍA.2.- CIENCIAS APLICADAS I.3.- COMUNICACIÓN Y SOCIEDAD I.4.- MATERIALES Y PRODUCTOS TEXTILES.5.- OPERACIONES BÁSICAS DE MECANIZADO DE MADERA YDERIVADOS.6.- TAPIZADO DE MUEBLES.7.- FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO I.

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CFFPB Madera, Mueble y Comunicación y Corcho - Carpintería Mueble(LOMCE)

Grupo: 2º

MÓDULOS COFINANCIADOS:

1.- TUTORÍA.2.- CIENCIAS APLICADAS II.3.- COMUNICACIÓN Y SOCIEDAD II.4.- ACABADOS BÁSICOS DE MADERA.5.- ATENCIÓN AL CLIENTE.5.- INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE CARPINTERÍA Y MUEBLE.

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CFGM Imagen Personal – Peluquería y Cosmética Capilar (LOE)

Grupo: 1º

MÓDULOS COFINANCIADOS:

1.- ANÁLISIS CAPILAR.2.- COSMÉTICA PARA PELUQUERÍA.3.- ESTÉTICA DE MANOS Y PIES.4.- FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL.5.- IMAGEN CORPORAL Y HÁBITOS SALUDABLES.6.- PEINADOS Y RECOGIDOS.7.- TÉCNICAS DE CORTE DEL CABELLO.

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Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación. FSE 2014-2020 - Nuevositinerarios ESO

GRUPOS Y MATERIAS COFINANCIADOS:

1.- 3º ESO A y 3º ESO B: MATEMÁTICAS ORIENTADAS A LAS ENSEÑANZAS ACADÉMICAS (SAA).

2.- 3º ESO A: MATEMÁTICAS ORIENTADAS A LAS ENSEÑANZAS APLICADAS (MMZ).

3.- 4º ESO A y 4º ESO B: MATEMÁTICAS ORIENTADAS A LAS ENSEÑANZASACADÉMICAS (SAA).

4.- 4º ESO C: MATEMÁTICAS ORIENTADAS A LAS ENSEÑANZAS APLICADAS (MMZ).

5.- 4º ESO A y 4º ESO B: BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (BIG).

6.- 4º ESO A y 4º ESO B: FÍSICA Y QUÍMICA.

7.- 4º ESO B: ECONOMÍA (ECO).

8.- 4º ESO B: LATÍN (LAT).

9.- 4º ESO C: CIENCIAS APLICADAS A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL (CPF).

10.- 4º ESO C: INICIACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA Y EMPRESARIAL (IVY).

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NORMATIVA DE REFERENCIA

1) LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº106, de 4 de mayo)

2) DECRETO 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de loscentros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº143, de 22 de julio).

3) DECRETO 315/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la ordenación de la EducaciónSecundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º169, de 31 de agosto).

4) DECRETO 83/2016, de 4 de julio, por el que se establece el currículo de la EducaciónSecundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 136,de 15 de julio)

5) DECRETO 89/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de laEducación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 156, de 13 de agosto).

6) DECRETO 82/1994, de 13 de mayo, por el que se regulan la creación, organización yfuncionamiento de los Centros del Profesorado (BOC nº 65, de 27 de mayo).

7) DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbitoeducativo de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 108, de 2 de junio).

8) Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre lascompetencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, laeducación secundaria obligatoria y el bachillerato (BOE nº 25, de 29 de enero).

9) ORDEN de 21 de abril de 2015, por la que se regula la evaluación y la promoción delalumnado que cursa la etapa de la Educación Primaria (BOC nº 85, de 6 de mayo).

10) ORDEN de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción delalumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y seestablecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la ComunidadAutónoma de Canarias. (BOC nº 177, de 13 de septiembre).

11) ORDEN de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención al alumnado connecesidades específicas de apoyo educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº250, de 22 de diciembre).

12) ORDEN de 15 de enero de 2001, por la que se regulan las actividades extraescolares ycomplementarias en los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma deCanarias (BOC nº 11, de 24 de enero).

13) ORDEN de 19 de enero de 2001, por la que se dictan instrucciones sobre las medidas deseguridad a aplicar por el profesorado o acompañantes en las actividades extraescolares,

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escolares y/o complementarias, que realicen los Centros docentes públicos no universitarios dela Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 11, de 24 de enero).

14) ORDEN de 24 de abril de 2009, por la que se establecen las bases del procedimiento deobtención de plazas y la concesión de subvenciones para comedores escolares en los centrospúblicos docentes no universitarios de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura yDeportes (BOC nº 84, de 5 de mayo).

15) ORDEN nº 283/2016, de 10 de agosto de 2016, de la Excma. Sra. Consejera de Educación yUniversidades por la que se establece el horario de las distintas áreas correspondientes a laEducación Primaria en Canarias.

16) ORDEN nº 331/2016, de 9 de septiembre de 2016, de la Excma. Sra. Consejera deEducación y Universidades de corrección de errores de la Orden por la que se establece elhorario de las distintas áreas correspondientes a la Educación Primaria en Canarias.

17) RESOLUCIÓN n.º 111 de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que sedictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicosno universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2016-2017.

18) RESOLUCIÓN nº 127 que modifica la Resolución núm. 111 de la Viceconsejería deEducación y Universidades por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamientodirigidas a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma deCanarias para el curso 2016-2017.

19) RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2016, de la Dirección General de Ordenación, Innovacióny ORIENTACIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA PGA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN

Promoción Educativa, por la que se dictan instrucciones para la solicitud de las medidas deatención a la diversidad, a desarrollar durante el curso 2016-2017 en centros escolares queimparten Enseñanza Básica en la Comunidad Autónoma de Canarias.

20) RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2011, de la Dirección General de Ordenación,Innovación y Promoción Educativa., por la que se dictan instrucciones sobre los procedimientosy los plazos para la atención educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyoeducativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 40, de 24de febrero).

21) RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2012, de la Dirección General de Ordenación,Innovación y Promoción Educativa, por la que se dictan instrucciones complementarias a laOrden de 1 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y funcionamiento delos equipos de orientación educativa y psicopedagógica de zona y específicos de la comunidadautónoma de canarias y la Orden de 13 de diciembre de 2010, por la que se regula la atención alalumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la comunidad autónoma decanarias.

22) RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2016, de la Dirección General de Ordenación, Innovación yPromoción Educativa., por la que se establece el calendario, el modelo de solicitud, las

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instrucciones complementarias del procedimiento de admisión del alumnado comensal y loscriterios de concesión de las subvenciones, y por la que se autoriza la oferta de plazas decomensales en los centros docentes públicos no universitarios para el curso escolar 2016-2017(BOC nº 73, de 18 de abril).

23) RESOLUCIÓN nº 182 de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que sedictan instrucciones para el curso 2015-2016, sobre control y tratamiento de la información,referidas al absentismo del alumnado en los centros educativos dependientes de la Consejería deEducación, Universidades y Sostenibilidad.

24) Resolución de 29 de abril de 2016, de la Dirección General de Ordenación, Innovación yPromoción Educativa, por la que se aprueba la instrucción del procedimiento para la adquisicióny préstamo de libros y materiales didácticos para el curso escolar 2016-2017 (BOC nº 89, de 10de mayo).

25) Resolución de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa porla que se modifica la Resolución de 29 de abril de 2016 de la Dirección General de Ordenación,Innovación y Promoción Educativa por la que se aprueba la instrucción del procedimiento parala adquisición y préstamo de libros y materiales didácticos para el curso escolar 2016-2017.

26) Otras normas específicas según la tipología del centro.

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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR POR LA QUE SE APRUEBA LA PROGRAMACIÓNGENERAL ANUAL CORRESPONDIENTE AL CURSO 2016/2017, DEL IES LASBREÑAS

En Breña Baja, el día 31 de octubre de 2016, D. José Roberto Castro Fernández, director delcentro educativo IES Las Breñas

Siendo preceptiva la elaboración y aprobación de la programación general anual (PGA) delcentro para el presente curso escolar, 2016-2017, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Por imperativo legal, los centros educativos elaborarán al principio de cada curso unaprogramación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización yfuncionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planesde actuación acordados y aprobados, tal como establece el artículo 125 de la Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción actual (LOE).

Segundo. Para ello, será necesario contar con la participación de los distintos sectores de lacomunidad educativa al tratarse de un principio inspirador del sistema educativo españolexpresamente recogido en el artículo 1 j) de la LOE. Dicho texto legal, dedica el Título V,capítulos III y IV, a los órganos colegiados de gobierno, coordinación docente y dirección delos centros públicos, reconociendo al Claustro de profesores la competencia para aprobar lorelacionado con la planificación y organización docente, la concreción curricular y los aspectoseducativos de los proyectos y programación general anual. Al Consejo Escolar le faculta paraemitir informes o propuestas, y a la Dirección del centro, le reserva la competencia paraaprobar el citado documento institucional.

En consecuencia, dentro de la autonomía organizativa, pedagógica y de gestión, cada centropúblico, adoptará las medidas oportunas para garantizar dicha participación.

GOBIERNO DE CANARIASCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES

____________________________

Inscrita en el libro de Resoluciones del Centro:

IES LAS BREÑAS

con Nº: 20

Fecha de inscripción: 31/10/2016

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 132 de la LOE, en su redacción actual, establece la competencia deldirector para “m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de lascompetencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organizacióndocente”.

En este sentido, el artículo 129 de citado texto legal, confiere al Claustro de profesores, lacompetencia para b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectoseducativos de los proyectos y de la programación general anual.

Le corresponde al Consejo Escolar, según el artículo 127, letra b) “evaluar la programacióngeneral anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, enrelación con la planificación y organización docente”, así como la de elaborar propuestas einformes sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así comosobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma, letra k).

Segundo.- La Ley 6/2014, Canaria de Educación no Universitaria, dispone en el artículo 61.1que “los centros educativos serán gestionados democráticamente con la participación de todala comunidad escolar”.

Tercero.- El artículo 42 del Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba elReglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la ComunidadAutónoma de Canarias establece la estructura, el contenido y el procedimiento participativo deelaboración de la programación general anual.

Cuarto.- La Resolución núm.º 111 de la Viceconsejería de Educación y Universidades por laque se dictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentespúblicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso 2016-2017,establece que cada centro educativo deberá establecer propuestas de mejora, que seráninformadas al consejo escolar para su evaluación, y que se harán explícitas en la programacióngeneral anual en la que, además de los objetivos fijados en el Resuelvo Segundo de lamencionada Resolución, se incluirán las propuestas organizativas y pedagógicas necesarias paramejorar los aprendizajes del alumnado.

En razón de lo anterior, esta Dirección en el ejercicio de sus competencias

RESUELVE

Primero: Aprobar la Programación General Anual (PGA) para el presente curso 2016/2017,previa la aprobación de los aspectos educativos por parte del Claustro de profesores y laparticipación del Consejo Escolar del centro.

Segundo: Garantizar el depósito de un ejemplar de la Programación General Anual (PGA) enlas dependencias de la Secretaría del centro, a disposición de los miembros de la comunidadeducativa, así como una copia de dicho documento en el sitio Web del centro.

En Breña Baja, a 31 de octubre de 2016.

EL DIRECTOR

Fdo.: José Roberto Castro Fernández