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Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020 Eje 12 – URBANO: Estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado (EDUSI)
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Manual de Procedimientos
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INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO
Tipo de documento: Manual
Nombre del documento: Manual de Procedimientos EDUSI Albacete
Versión: 03
Fecha de redacción: 20 de junio 2017
Equipo redactor: Oficina Técnica de Gestión EDUSI-Albacete
(Ayuntamiento de Albacete)
Fichero: (nombre y formato): EDUSIab_Manual de Procedimientos_V03.pdf
MODIFICACIONES DEL DOCUMENTO
Versión Fechas
Tipo de modificación Aprobación por Redacción Aprobación
02 26/05/2017 Correcciones solicitadas por OIG.
Varios apartados
03 20/06/2017 Correcciones solicitadas por OIG.
Apartado 2.2.1 B III y IV OIG
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INDICE
Listado de acrónimos y abreviaturas ........................................................................ 5
Definiciones ........................................................................................................... 6
1. DISPOSICIONES GENERALES ................................................................... 10
1.1 Información presentada por: ........................................................... 10
1.1.1 Entidad DUSI (Organismo Intermedio Ligero) ...................................... 10
1.1.2 Datos de la persona de contacto ......................................................... 10
1.1.3 Programa Operativo de Crecimiento Sostenible .................................... 10
1.2 Fecha de referencia .......................................................................... 12
1.3 Estructura de la Entidad DUSI .......................................................... 12
1.3.1 Unidad de Gestión ............................................................................. 13
1.3.2 Unidades Ejecutoras (beneficiarios) .................................................... 13
2. FUNCIONES QUE SON DELEGADAS POR LA AUTORIDAD DE GESTIÓN..... 15
2.1. Principales Funciones que desempeñará la Entidad DUSI ............... 15
2.2. Organización y funcionamiento de la Entidad DUSI ........................ 15
2.2.1. Organigrama y especificación de funciones ......................................... 15
2.2.2. Participación de Asistencia Técnica externa ........................................ 23
2.2.3. Descripción de los procedimientos destinados a garantizar medidas
antifraude eficaces y proporcionadas ............................................................. 24
2.3. Definición de los procedimientos .................................................... 34
2.3.1. Procedimiento para la modificación del Manual de Procedimientos ........ 34
2.3.2. Procedimientos de evaluación, selección y aprobación de operaciones .. 36
2.3.3. Procedimientos de entrega al beneficiario de un documento con las
condiciones de la ayuda (DECA) para cada operación ..................................... 39
2.3.4. Procedimientos para garantizar un sistema de archivado y una pista de
auditoría adecuados ..................................................................................... 40
2.3.5. Descripción del procedimiento de recepción, análisis y resolución de las
reclamaciones ............................................................................................. 45
2.3.6. Remisión de copias electrónicas auténticas a la AG/OIG ...................... 47
3. APROBACIÓN POR LA ENTIDAD DUSI ...................................................... 48
4. INFORMACIÓN PARA INCORPORAR TRAS LA EVALUACIÓN POR EL OIG . 49
5. MARCO NORMATIVO ................................................................................ 50
ANEXOS ........................................................................................................ 51
Anexo 1. Acuerdo de compromiso en materia de asunción de funciones para la
gestión FEDER del Ayuntamiento de Albacete........................................ 52
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Anexo 2. Autoevaluación de riesgo de fraude. ..................................................... 63
Anexo 3. Política de lucha contra el fraude. ........................................................ 77
Anexo 4. Declaración tipo de ausencia de conflicto de intereses. .......................... 81
Anexo 5. Solicitud tipo de financiación y propuesta de operación. ......................... 84
Anexo 6. Categorías de Intervención. ................................................................. 91
Anexo 7. Categorías de actuación. ..................................................................... 93
Anexo 8. Indicadores de productividad. .............................................................. 97
Anexo 9. Lista de Comprobación S1. ................................................................ 100
Anexo 10. Modelo para elaborar el "Documento que Establece las Condiciones de
la Ayuda (DECA)".............................................................................. 105
Anexo 11. Modelo de "Declaración de conformidad con las condiciones del DECA" . 112
Anexo 12. Modelo de "Notificación de validación de la operación por parte
del OIG". ......................................................................................... 114
Anexo 13. Modelo de "Acta de reuniones". ......................................................... 116
Anexo 14. Criterios para la Selección y Priorización de las Operaciones (CSPO). ..... 118
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LISTADO DE ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS
UE Unión Europea.
CE Comisión Europea.
AGE Administración General del Estado.
IGAE Intervención General de la Administración del Estado.
BOE Boletín Oficial del Estado.
AG Autoridad de Gestión.
AC Autoridad de Certificación.
AA Autoridad de Auditoría.
OI Organismo Intermedio.
OIG Organismo Intermedio de Gestión.
OIL Organismo Intermedio Ligero.
OSF Organismo con Senda Financiera.
UG Unidad de Gestión.
UUEE Unidades Ejecutoras (beneficiarios).
FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
PO Programa Operativo.
EP Eje Prioritario.
OT Objetivo Temático.
PI Prioridad de Inversión.
OE Objetivo Específico.
CI Categoría/Campo de Intervención.
LA Línea de Actuación.
POCS Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.
EP12 Eje Prioritario 12 del POCS: Eje Urbano.
EDUSI Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado.
CSPO Criterios para la Selección y Priorización de Operaciones.
DECA Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda.
OLAF Oficina europea de lucha contra el fraude.
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DEFINICIONES
Autoridad de Gestión (AG)
Es la autoridad u organismo público -o un organismo privado- nacional, regional o local
que, para cada programa operativo (PO), el Estado miembro designa para ser
responsable de la gestión y control de dicho PO.
La Autoridad de Gestión para todos los PPOO en el marco del FEDER (19 Regionales y
3 Plurirregionales) es la Subdirección General de Gestión del FEDER, perteneciente a la
Dirección General de Fondos Comunitarios (DGFC), de la Secretaría de Estado de
Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Autoridad de Certificación (AC)
Es la autoridad u organismo público nacional, regional o local que, para cada programa
operativo (PO), el Estado miembro designa para ser responsable de certificar las
declaraciones de gastos y las solicitudes de pago antes de su envío a la Comisión.
La Autoridad de Certificación para el FEDER es la Subdirección General de Certificación
y Pagos, dependiente de la Dirección General de Fondos Comunitarios (DGFC), de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
Autoridad de Auditoría (AA)
Es la autoridad u organismo público nacional, regional o local, funcionalmente
independiente de la Autoridad de Gestión y de la Autoridad de Certificación que, para
cada programa operativo (PO), el Estado miembro designa para garantizar que se
audite el correcto funcionamiento del sistema de gestión y control de dicho PO.
La Autoridad de Auditoría para el FEDER es la Intervención General de la
Administración del Estado (IGAE), adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Organismo Intermedio (OI)
Es todo organismo público o privado que actúe bajo la responsabilidad de una
Autoridad de Gestión o de Certificación, o que desempeñe funciones en nombre de tal
autoridad en relación con las operaciones de ejecución por parte de los beneficiarios.
El OI deberá proporcionar garantías de su solvencia y su competencia en el ámbito de
que se trate, al igual que de su capacidad administrativa y de gestión financiera. Se
considerará que existen estas garantías mediante la evaluación positiva por la AG del
documento de descripción de sus funciones y procedimientos.
Organismo Intermedio de Gestión (OIG)
Es el organismo intermedio asignado a la Entidad DUSI por la Autoridad de Gestión.
Para el Ayuntamiento de Albacete es la "Subdirección General de Cooperación
Territorial Europea y Desarrollo Urbano", dependiente de la Dirección General de
Fondos Comunitarios.
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Organismo Intermedio Ligero (OIL)
Es la unidad o departamento definida por la Entidad DUSI encargada de llevar a cabo
la selección de las operaciones (Unidad de Gestión).
Organismo con Senda Financiera (OSF)
Es aquel Organismo al que se asigna para la gestión de los Fondos una senda
financiera y un plan de cumplimiento de valores objetivo de indicadores de
productividad.
Tendrá a su vez su correspondiente participación en el Marco de Rendimiento del
Programa Operativo.
Entidad DUSI
Entidad beneficiaria de la convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo
Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa
operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020 (Orden HAP/2427/2015, de 13
de noviembre, publicada en el BOE nº 275, de 17-nov-2015).
Unidad de Gestión (UG)
Unidad o departamento definida por la Entidad DUSI que ejercerá las funciones de
"Organismo Intermedio Ligero" (OIL).
Será la encargada de seleccionar las operaciones, sin perjuicio de que la Autoridad de
Gestión, a través del Organismo Intermedio de Gestión, efectúe una comprobación
final de su admisibilidad, previa a su aprobación definitiva.
Beneficiarios / Unidades Ejecutoras (UUEE)
Unidad, departamento, servicio, organismo o entidad de carácter público municipal
responsable de iniciar, o de iniciar y ejecutar, las operaciones y de realizar el gasto,
para luego recibir la ayuda procedente de los Fondos europeos.
Programa Operativo (PO)
Documento presentado por un Estado miembro y aprobado por la Comisión Europea,
en el que se recoge una estrategia para alcanzar un crecimiento inteligente, sostenible
e integrador, con el fin de contribuir a lograr la cohesión económica, social y territorial
en la Unión Europea.
Un PO se compone de Ejes prioritarios.
Eje Prioritario (EP)
Cada una de las prioridades de un PO.
Como principio general, los ejes prioritarios abarcan un Objetivo Temático, un Fondo y
una categorización de región.
Objetivo Temático (OT)
Cada uno de los objetivos que los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos
(Fondos EIE) apoyan, a fin de contribuir a la estrategia de la Unión para un
crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
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Prioridad de Inversión (PI)
A fin de dar respuesta a las necesidades específicas del FEDER, y con arreglo a la
estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, por
cada Objetivo Temático se establecen medidas específicas del FEDER como
«Prioridades de Inversión», las cuales fijan objetivos detallados, que no son
mutuamente excluyentes, a los que debe contribuir el FEDER.
En dichas prioridades han de basarse la definición de los Objetivos Específicos de los
programas, los cuales deben tener en cuenta las necesidades y las características del
ámbito del Programa Operativo.
Objetivo Específico (OE)
Es el resultado al que contribuye una Prioridad de Inversión en un contexto nacional o
regional particular, mediante acciones o medidas emprendidas dentro de dicha
prioridad.
Categoría (o Campo) de Intervención (CI)
Se denomina así al ámbito de intervención correspondiente al contenido de un Eje
Prioritario.
Línea de Actuación (LA)
Se entiende por Línea de Actuación una medida que instrumenta una política de
interés público encuadrada en un Objetivo Específico, gestionada por una única
entidad (Beneficiario u organismo con plan financiero asignado) y caracterizada por
unos objetivos concretos y unos procedimientos de gestión y esquemas de financiación
homogéneos.
En el marco de cada Línea de Actuación, las operaciones serán seleccionadas conforme
a unos criterios homogéneos recogidos en el documento de Criterios para la Selección
y Priorización de Operaciones (CSPO).
Operación
Todo proyecto, contrato, acción o grupo de proyectos seleccionados por la Autoridad
de Gestión del programa de que se trate, o bajo su responsabilidad (a través de un
Organismo Intermedio), que contribuyan a alcanzar los objetivos de una o varias
prioridades.
Organismo que Certifica
El organismo que certifica coincide con la figura del beneficiario (corresponde con la
Unidad Ejecutora).
Solicitud de anticipo
Es la petición de dinero a cuenta presentada por los beneficiarios, a justificar mediante
las futuras certificaciones de reembolso.
Solicitud de pago
Es la petición de pago, o la declaración de gastos, presentada por la Autoridad de
Certificación a la Comisión.
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Consiste en un documento generado por el sistema informatizado a partir de la
información sobre las operaciones introducidas en el mismo por los Organismos
Intermedios y la Autoridad de Gestión.
Las solicitudes de pago incluirán, con respecto a cada prioridad, el importe total del
gasto subvencionable en que hayan incurrido los beneficiarios y abonado al ejecutar
las operaciones, y se realizarán según modelo recogido en el Anexo VI del Reglamento
de Ejecución (UE) nº 1011/2014.
Para la elaboración de las solicitudes de pago, la AG y/o el OI correspondiente
habrán facilitado la oportuna información, cargándola en la aplicación informática
FONDOS 2020, diseñada para la gestión del FEDER en España.
Transacción
Se define como el pago, o agregado de pagos más pequeños (por ejemplo, la
intersección entre factura/gasto y el pago), que permite elaborar una solicitud de
reembolso a la Comisión, manteniendo los requisitos mínimos de la pista de auditoría.
En el caso de una factura abonada mediante varios pagos, 'transacción' será cada uno
de los pagos.
En el caso de un pago que englobe varias facturas, 'transacción' será cada una de las
facturas.
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1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Información presentada por:
1.1.1. Entidad DUSI (Organismo Intermedio Ligero)
• Denominación:
Ayuntamiento de Albacete.
• Naturaleza jurídica:
Entidad Local.
• Dirección postal:
Plaza de la Catedral s/n, 02071 Albacete.
• Dirección de correo electrónico corporativo:
• Teléfono:
967 59 61 00
1.1.2. Datos de la persona de contacto
• Nombre y apellidos:
Esteban Mario Berlanga Ruiz.
• Cargo:
Coordinador Oficina Técnica de Gestión EDUSI-Albacete.
• Dirección postal:
C/Cruz, 68-Bajo, 02001 Albacete.
• Dirección de correo electrónico:
• Teléfono:
967 19 10 47 (Ext. 34)
1.1.3. Programa Operativo de Crecimiento Sostenible
• Título:
Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020 PO.
• CCI:
2014ES16RFOP002
• Ejes prioritarios en los que interviene:
EP12: Eje URBANO.
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• Objetivos Temáticos en los que interviene:
o OT2: Mejorar el acceso, el uso y la calidad de las tecnologías de la información
y de la comunicación.
o OT4: Favorecer el paso a una economía de bajo nivel de emisión de carbono en
todos los sectores.
o OT6: Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los
recursos.
o OT9: Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier
discriminación.
• Prioridades de Inversión en las que interviene:
o PI-2.3: 2c. El refuerzo de las aplicaciones de las tecnologías de la información y
de la comunicación para la administración electrónica, el aprendizaje
electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad
electrónica.
o PI-4.5: 4e. El fomento de estrategias de reducción del carbono para todo tipo
de territorio, especialmente las zonas urbanas, incluido el fomento de la
movilidad urbana multimodal sostenible y las medidas de adaptación con efecto
de mitigación.
o PI-6.3: 6c. La conservación, la protección, el fomento y el desarrollo del
patrimonio natural y cultural.
o PI-6.5: 6e. Acciones para mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades,
rehabilitar y descontaminar viejas zonas industriales (incluidas zonas de
reconversión), reducir la contaminación atmosférica y promover medidas de
reducción del ruido.
o PI-9.2: 9b. La prestación de apoyo a la regeneración física, económica y social
de las comunidades de las zonas urbanas y rurales desfavorecidas.
• Objetivos Específicos en los que interviene:
o OE-2.3.3: Promover las TIC en Estrategias de desarrollo urbano integrado a
través de actuaciones en Administración electrónica local y Smart Cities.
o OE-4.5.1: Fomento de la movilidad urbana sostenible: transporte urbano limpio,
transporte colectivo, conexión urbana-rural, mejoras en la red viaria, transporte
ciclista, peatonal, movilidad eléctrica y desarrollo de sistemas de suministro de
energías limpias.
o OE-4.5.3: Mejora de la eficiencia energética y aumento de energía renovable en
las áreas urbanas.
o OE-6.3.4: Promover la protección, fomento y desarrollo del patrimonio cultural
y natural de las áreas urbanas, en particular las de interés turístico.
o OE-6.5.2: Acciones integradas de revitalización de ciudades, de mejora del
entorno urbano y su medio ambiente.
o OE-9.8.2: Regeneración física, económica y social del entorno urbano en áreas
urbanas desfavorecidas a través de Estrategias urbanas integradas.
• Fondos gestionados por el Organismo Intermedio:
Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
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1.2. Fecha de referencia
La información facilitada en el documento describe la situación a fecha de 10 de febrero de
2017.
1.3. Estructura de la Entidad DUSI
Se procede a continuación a describir los aspectos relativos a la organización interna,
asignación de funciones y coordinación de las mismas, que permitan cumplir con todas las
obligaciones como Organismo Intermedio Ligero.
Con el fin de poder desarrollar correctamente las funciones asumidas ante la Autoridad de
Gestión, así como las restantes que se derivan de las bases y convocatoria de la ayuda FEDER,
se ha dispuesto una estructura organizativa que permita garantizar un correcto desempeño de
las mismas.
Para ello, en primer lugar, se ha definido una “Unidad de Gestión” (UG), que será la unidad o
departamento que ejercerá las funciones de “Organismo Intermedio Ligero” (OIL) y las demás
que procedan de acuerdo con las bases y la convocatoria de la ayuda FEDER.
Esta unidad se encuentra claramente separada de las restantes unidades, departamentos, áreas
y servicios de la Entidad DUSI, así como de los organismos o entes públicos municipales,
responsables de iniciar, o de iniciar y ejecutar, las operaciones (Unidades Ejecutoras).
Diagrama 1. Separación de funciones en el proceso de selección de operaciones.
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1.3.1. Unidad de Gestión (UG).
La Unidad de Gestión de la Entidad DUSI será la encargada de seleccionar las operaciones, sin
perjuicio de que la Autoridad de Gestión, a través del Organismo Intermedio de Gestión,
efectúe una comprobación final de su admisibilidad, previa a su aprobación [art. 7.5
Reglamento (UE) 1301/2013].
A su vez, la Unidad de Gestión deberá entregar a la Unidad Ejecutora de la operación
seleccionada, el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) por cada una de
las operaciones que se inicien dentro del periodo de programación.
Tras efectuar la selección de una determinada operación, es función de la UG dar de alta la
misma en GALATEA2020 (la plataforma informática habilitada para ello por el Organismo
Intermedio de Gestión).
La Unidad de Gestión también deberá garantizar la transmisión a los beneficiarios de las
operaciones de cuantas instrucciones se reciban de la Autoridad de Gestión, del Organismo
Intermedio de Gestión, de la Autoridad de Certificación, de la Autoridad de Auditoría, o
cualquier otra autoridad, en la medida en que les afecten.
Respecto a su organización interna, esta unidad está conformada por:
• Una OFICINA TÉCNICA DE GESTIÓN (Equipo EDUSI), encargada del análisis y
valoración de las propuestas de operaciones planteadas por las diferentes Unidades
Ejecutoras. El resultado del mismo se recogerá en el correspondiente informe técnico
emitido al efecto.
Dicha oficina será la responsable de las labores de coordinación con las diferentes
Unidades Ejecutoras, con el Responsable de Comunicación y con el Grupo de Trabajo
Antifraude, así como de la supervisión de los procedimientos recogidos en el presente
manual en relación a las diferentes fases del proceso para llevar a cabo la selección de
las operaciones.
Asimismo, corresponde a esta Oficina Técnica la coordinación con la entidad que realice
las labores de Asistencia Técnica externa, en el desarrollo de las funciones en las que
dicha asistencia participe (según se recoge en el apartado 2.2.2 de este manual).
• Y una COMISIÓN DE GESTIÓN que, en base al informe técnico emitido por la Oficina
Técnica, procederá a la selección de las operaciones propuestas, con el objeto de que
puedan ser ratificadas por la Junta de Gobierno Local (o, en su caso, por el Pleno
Municipal).
1.3.2. Unidades Ejecutoras (beneficiarios).
Son los entes, unidades, departamentos, servicios u organismos de carácter público municipal
responsables de iniciar, o de iniciar y ejecutar, las operaciones, y de realizar el gasto, para
luego recibir la ayuda procedente de los Fondos europeos.
Corresponde a las mismas realizar las diferentes propuestas de operaciones. Para ello, deberán
hacer llegar a la Unidad de Gestión sus "expresiones de interés" según el modo y forma
determinado en el apartado 2.3.2 de este Manual de Procedimientos.
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Estarán integradas por los Servicios Técnicos y Organismos Autónomos municipales implicados
en las diferentes áreas contempladas por Objetivo Temático en la Estrategia para el Desarrollo
Urbano Sostenible e Integrado de Albacete.
Por lo que respecta a estas unidades, se garantiza que en su condición de "beneficiarias" tienen
la capacidad administrativa, financiera y operativa necesarias para cumplir las condiciones
establecidas en el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a la hora de
llevar a cabo las operaciones seleccionadas.
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2. FUNCIONES QUE SON DELEGADAS POR LA AUTORIDAD DE GESTIÓN
2.1. Principales Funciones que desempeñará la Entidad DUSI
Según se recoge en el "Acuerdo de compromiso en materia de asunción de funciones para la
gestión FEDER del Ayuntamiento de Albacete", de fecha 23 de diciembre de 2016, éste se
compromete a asumir como Organismo Intermedio Ligero las siguientes funciones ante la
Autoridad de Gestión del FEDER (Ver Anexo 1):
• Elaboración del Manual de Procedimientos para su remisión al Organismo Intermedio
de Gestión.
• Selección y puesta en marcha de las operaciones.
• Cumplimiento de la normativa de aplicación.
• Aplicación de medidas antifraude.
• Contribución al Comité de Seguimiento del Programa Operativo.
• Contribución a la evaluación del Programa Operativo.
• Disponibilidad de la documentación de cara a una pista de auditoría.
• Contribución a los informes de ejecución anual y final.
• Suministro de información al sistema informático FONDOS2020.
• Remisión de copias electrónicas auténticas.
• Sistema de contabilización separada.
• Subvencionabilidad del gasto.
• Comunicación de los incumplimientos predecibles.
• Aplicabilidad de la normativa comunitaria al Organismo Intermedio Ligero.
• Seguimiento de las directrices dadas por la Dirección General de Fondos
Comunitarios.
2.2. Organización y funcionamiento de la Entidad DUSI
2.2.1. Organigrama y especificaciones de las funciones (incluido el plan
para la dotación de los recursos humanos apropiados con las
competencias necesarias).
A. UNIDADES EJECUTORAS
• Proponen las Operaciones.
• Reciben de la Unidad de Gestión el Documento que Establece las Condiciones de la
Ayuda (DECA).
• Ejecutan la operación aprobada.
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Diagrama 2. Unidades Ejecutoras.
Según lo indicado en el Apartado 1.3 de este manual, el Ayuntamiento de Albacete ha definido
una “Unidad de Gestión” (UG) encargada de ejercer las funciones de “Organismo Intermedio
Ligero” (OIL), y las demás que procedan de acuerdo con las bases y la convocatoria de la
ayuda FEDER, claramente separada de las restantes unidades, departamentos, áreas y servicios
de la Entidad DUSI, así como de los organismos autónomos o entes públicos municipales,
responsables de iniciar, o de iniciar y ejecutar, las operaciones (Unidades Ejecutoras).
Así, serán las Unidades Ejecutoras las que propondrán y expresarán sus intereses en las
diferentes operaciones, para que puedan ser analizadas por la Unidad de Gestión, como paso
previo a su selección, en función de las áreas contempladas, por Objetivo Temático, en la
Estrategia para el Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado de Albacete. Dichas áreas son:
Smart City y Administración electrónica, Movilidad, Eficiencia Energética, Turismo, Cultura,
Medio Ambiente, Asuntos Sociales, Empleo y Promoción Económica, y Urbanismo y vivienda.
Al frente de cada área estarán los respectivos Jefes de Servicio o Gerentes de los organismos
autónomos, o personal en quien deleguen, que serán los responsables de la supervisión del
diseño y contenido de los proyectos, así como de la dirección, seguimiento y control en la
ejecución de los mismos.
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B. UNIDAD DE GESTIÓN
• Ejerce las funciones de Organismo Intermedio Ligero (OIL).
• Selecciona las Operaciones.
• Elabora y entrega el Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) a las
UUEE.
• Da de Alta las operaciones en la plataforma Fondos2020, una vez validadas.
Diagrama 3. Estructura orgánica de la Unidad de Gestión.
La Unidad de Gestión de la Entidad DUSI estará formada por una Oficina Técnica de Gestión
(Equipo EDUSI) que estará encargada de las labores administrativas y técnicas, y la Comisión
de Gestión, encargada de la labor decisoria.
I. OFICINA TÉCNICA DE GESTIÓN (Equipo EDUSI)
Dentro de la estructura diseñada para la implementación de la estrategia DUSI, el
Ayuntamiento de Albacete tiene prevista la creación de una Oficina Técnica de Gestión
encargada de coordinar su desarrollo, seguimiento y grado de ejecución, formada por personal
de la empresa pública municipal URVIAL-Sociedad de Gestión Urbanística SLU.
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Sus funciones serán:
• Realización del análisis técnico de las propuestas recibidas.
• Elaboración del Informe Técnico para la Comisión de Gestión con el resultado del
análisis anterior.
URVIAL-Sociedad de Gestión Urbanística SLU es la empresa con capital 100% municipal que el
Ayuntamiento de Albacete utiliza como ente instrumental, y a través de encomiendas de
gestión, para desarrollar servicios y ejecutar obras (mediante el modelo de gestión directa por
parte de la administración local).
Como Oficina Técnica de Gestión -Equipo EDUSI- se ha encomendado esta tarea al personal de
URVIAL, por ser una empresa municipal que dispone de la experiencia y medios técnicos y
humanos para el desarrollo de estas funciones.
El Pleno Municipal en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2015 aprobó la condición de
URVIAL, Sociedad de Gestión Urbanística, S.L.U., como medio propio, instrumental y servicio
técnico del Ayuntamiento de Albacete, de sus Organismos Autónomos y Consorcios adscritos,
de manera que sus relaciones con estos poderes adjudicadores son de carácter instrumental y
no contractual.
El artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto
refundido de la Ley de contratos del Sector Público, expresa que las encomiendas de gestión se
harán a empresas siempre y cuando sean medio propio e instrumental de la administración, y
ésta pueda ejercer un control análogo al que pueden ejercer sobre sus propios servicios, y
siempre que el capital de la empresa sea de titularidad pública; tal es el caso de URVIAL,
Sociedad de Gestión Urbanística, S.L.U.
En base a todo lo anterior, el Consejo de Administración de URVIAL aprobó en sesión del 20 de
diciembre de 2016, en su punto primero, dedicar parte de la jornada de trabajo habitual del
personal de URVIAL a la implementación y coordinación de la estrategia de desarrollo urbano
sostenible e integrado, en la proporción que a continuación se detalla:
- Directora-Gerente: 10% (gestión administrativa)
- Arquitecto Técnico: 45% (coordinador de la oficina técnica)
- Economista: 30% (gestión administrativa)
- Ingeniero de Caminos: 10% (Sección Técnica)
- Arquitecto: 10% (Sección Técnica)
- Arquitecto Técnico: 25% (Sección Técnica)
- Letrada: 5% (gestión administrativa)
- Arquitecto Técnico: 30% (área Información y Publicidad)
- Administrativo Contable: 5% (gestión administrativa)
- Auxiliar Administrativa: 5% (gestión administrativa)
Dicho personal de la empresa municipal URVIAL SLU que interviene en la gestión de la EDUSI-
Albacete, no interviene en la ejecución de las operaciones integrantes de la misma, asegurando
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una separación de funciones entre la unidad en la que se encuadran (Unidad de Gestión) y las
diferentes Unidades Ejecutoras.
Y en su punto segundo, nombrar a:
- Esteban Mario Berlanga Ruiz como Coordinador de la Oficina Técnica.
- Juan Carlos Martínez Argandoña como responsable de Comunicación y Participación.
Este organigrama de constitución de la Oficina Técnica EDUSI, fue ratificado por la Junta de
Gobierno Local con fecha 22 de febrero de 2017.
Al frente de esta Oficina Técnica de Gestión figura un coordinador del propio
Equipo EDUSI, el cual realizará la función de coordinación con las diferentes
Unidades Ejecutoras, con el Responsable de Comunicación y con el Grupo de
Trabajo Antifraude, además de coordinar las relaciones con la Comisión de Gestión y con el
Organismo Intermedio de Gestión.
La dedicación parcial del Coordinador será del 45% y con el apoyo del personal administrativo
preciso, coordinará la implementación de estrategia en sus diferentes áreas a través de las
operaciones seleccionadas por cada Línea de Actuación.
La Oficina Técnica de Gestión contará con una Sección Técnica de
Gestión de Proyectos y Obras, la cual estará constituida por un ingeniero
de caminos, un arquitecto y un arquitecto técnico o ingeniero de
edificación con dedicación a tiempo parcial del 10%, para el ingeniero de Caminos y el
arquitecto, y del 25% para el arquitecto técnico.
Estará en contacto con las áreas correspondientes de los Servicios Técnicos y Organismos
Autónomos municipales implicados en las actuaciones a llevar a cabo: Smart City y
Administración electrónica, Movilidad, Eficiencia Energética, Turismo, Cultura, Medio Ambiente,
Asuntos Sociales, Empleo y Promoción Económica, y Urbanismo y vivienda.
Al frente de cada área estarán los respectivos Jefes de Servicio y Gerentes de los organismos
autónomos, o personal en quien deleguen, que serán los responsables de la supervisión del
diseño y contenido de los proyectos, así como de la dirección, seguimiento y control en la
ejecución de los mismos.
Para la gestión administrativa se contará con un economista con dedicación
del 30%, y un administrativo y un auxiliar administrativo con una dedicación
del 5%, además de una letrada como asistencia jurídica a la Oficina Técnica
de Gestión con una dedicación también del 5%, así como del 10% de la Directora-Gerente.
Para la puesta en marcha tanto de las medidas correspondientes a
información y publicidad como las de participación ciudadana, se contará
con un técnico responsable de esta área, a tiempo parcial (25%).
Dichas medidas pretenden dar, por un lado, una mayor notoriedad y transparencia a la
estrategia DUSI y a la cofinanciación de la Unión Europea (ofreciendo una imagen homogénea
de las intervenciones) y, por otro, impulsar el proceso participativo a lo largo del desarrollo e
implementación de la estrategia.
Coordinación
SECCIÓN TÉCNICA (Gestión de
proyectos y obras)
Apoyo Técnico, Económico y
Administrativo
SECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN
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Como integrante de la Entidad DUSI, pero fuera de la Unidad de
Gestión, el Gabinete de Prensa Municipal estará en relación con la
Sección de Comunicación y Participación, como apoyo e impulso de las
funciones que le son propias.
II. INFORME TÉCNICO
Tras la elaboración del informe por parte de la Oficina Técnica de Gestión con el resultado del
análisis técnico de las propuestas presentadas por las diferentes Unidades Ejecutoras, se
informará del mismo a los grupos políticos municipales y a los concejales no adscritos, así como
a aquellas entidades, asociaciones o personas que puedan haber propuesto, canalizado o
apoyado, alguna de las operaciones recogidas en dicho informe.
III. COMISIÓN DE GESTIÓN
Dicha comisión será la encargada formalmente de la selección de las operaciones propuestas
por las Unidades Ejecutoras, previo análisis de su idoneidad por la Oficina Técnica de Gestión.
Dado que los concejales del equipo de gobierno son los responsables últimos de la selección de
operaciones, que finalmente el Ayuntamiento ratificará mediante acuerdo adoptado en Junta de
Gobierno Local o en su caso Pleno Municipal, es a través de esta Comisión donde podrán
estudiar detalladamente todas las operaciones propuestas y adquirir toda la información
necesaria para seleccionar una u otra operación.
Al frente de esta Comisión de Gestión estará el Director de la EDUSI-
Albacete que, con el apoyo del personal administrativo preciso del
ayuntamiento, impulsará la ejecución de todas las operaciones
seleccionadas en cada una de las Líneas de Actuación que configuran la EDUSI, una vez que
hayan sido aprobadas por la propia Comisión de Gestión y ratificadas por la Junta de Gobierno
Local.
Al frente de la Secretaría de la Comisión de Gestión estará el Secretario del
Ayuntamiento, o persona en quien delegue, que convocará y levantará las actas
correspondientes a las reuniones de dicha comisión.
Esta comisión estará integrada por los concejales del equipo de gobierno que
están al frente de las diferentes concejalías del Ayuntamiento de Albacete. A
saber:
• Concejalía de Hacienda y Personal.
• Concejalía de Obras Públicas y Eficiencia Energética.
• Concejalía de Cultura, Festejos y Relaciones Institucionales.
• Concejalía de Educación y Mujer.
• Concejalía de Asuntos Sociales.
• Concejalía de Urbanismo y Vivienda.
• Concejalía de Seguridad, Movilidad y Deporte.
• Concejalía de Barrios y Pedanías.
GABINETE DE PRENSA Municipal
Presidente (Director EDUSI)
Secretario
CONCEJALES
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• Concejalía de Empleo.
• Concejalía de Medio Ambiente y Promoción Económica.
A la hora de llevar a cabo la selección de operaciones, el Concejal responsable de la Unidad
Ejecutora de la operación propuesta, se inhibirá en el momento de realizar dicha selección, con
el fin de asegurar la ausencia de conflicto de intereses.
IV. POLITICA DE REEMPLAZO EN CASO DE AUSENCIAS PROLONGADAS
Para garantizar la apropiada asignación de recursos humanos dentro de la Unidad de Gestión,
en el caso de ausencias prolongadas por motivos de salud, excedencias, etc., el reemplazo del
personal ausente se realizará de la siguiente manera:
a) Oficina Técnica de Gestión.
El personal de la empresa municipal de URVIAL Sociedad de Gestión Urbanística S.L.U. que
tiene encomendada la gestión de EDUSI Albacete, será sustituido en caso de ausencia
prolongada por otro/a trabajador/a con, al menos, la misma categoría profesional.
b) Comisión de Gestión.
Se diferenciará tres tipos de sustituciones:
• Personal funcionariado: corresponde al cargo de Secretario General del Ayuntamiento de
Albacete, el cual será sustituido por el Oficial Mayor del Ayuntamiento de Albacete, que
asumirá sus funciones.
• Presidente (Director de EDUSI): mediante nombramiento directo a través de Resolución
de Alcaldía de la persona que lo sustituya.
• Concejales del equipo de gobierno: al ser miembros de la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Albacete, su reemplazo se realizará siguiendo el procedimiento propio
de sustitución de los concejales que componen la citada Junta.
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C. ÓRGANO DE RATIFICACIÓN
• Ratifica las operaciones seleccionadas.
Diagrama 4. Órgano de ratificación.
El órgano de ratificación será la Junta de Gobierno Local, el cual seguirá el procedimiento
administrativo propio que el Ayuntamiento de Albacete tiene regulado para su funcionamiento.
Al frente de la Secretaria estará el Secretario General del Ayuntamiento, o
persona en quien delegue, que convocará y levantará las actas
correspondientes de la JGL.
Los Servicios de Intervención y de Fiscalización del Ayuntamiento de
Albacete elevarán los informes correspondientes a la JGL cuando sean
preceptivos para la ratificación de las operaciones.
El Servicio de Contratación, al igual que los Servicios de Intervención y
Fiscalización, emitirán los informes correspondientes cuando el expediente
que se traslade a la JGL así lo requiera.
Las Comisiones Informativas, integradas por miembros de la Corporación
y por aquellos que recoge el Reglamento de Participación Ciudadana, son
órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio,
informe o consulta, y preparación de los asuntos que hayan de ser
sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, así
como el seguimiento de la gestión del Alcalde o Alcaldesa, y de los/las
Concejales/as que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las
competencias de control que corresponden al Pleno.
SECRETARÍA Municipal
INTERVENCIÓN Y FISCALIZACIÓN
CONTRATACIÓN
COMISIONES INFORMATIVAS
u ÓRGANOS DE LOS
ORGANISMOS
AUTÓNOMOS
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Todos los Grupos Políticos y concejales/as no adscritos/as, integrantes de la Corporación
tendrán derecho a participar en dichos órganos, mediante la presencia de Concejales/las
pertenecientes a los mismos. Así pues, cada Comisión estará integrada de forma que su
composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos
municipales y concejales no adscritos, en su caso, representados en la Corporación.
Los dictámenes de las Comisiones Informativas no son vinculantes, aunque sí preceptivos como
previos a las decisiones que adopte el Ayuntamiento en Pleno, o la Junta de Gobierno Local.
Es el órgano propio del Ayuntamiento de Albacete encargado de la
ratificación de las operaciones previamente seleccionadas por la Comisión
de Gestión.
2.2.2. Participación de Asistencia Técnica externa.
Dentro de los gastos de Gestión Horizontal para llevar a cabo la implementación de la Estrategia
DUSI, se contempla la contratación de un servicio de Asistencia Técnica externa mediante la
modalidad de 'procedimiento abierto'.
Entre sus funciones estarán, por un lado, las de asesoramiento y apoyo a la Unidad de Gestión
(UG) y, por otro, a las diferentes Unidades Ejecutoras (UUEE), garantizándose la independencia
entre dichas funciones en todo el proceso de desarrollo y ejecución de la estrategia.
Esta 'separación de funciones' se podrá llevar a cabo de dos formas:
• Mediante la contratación de dos servicios de Asistencia Técnica externa diferentes (uno
para la UG y otro para las UUEE).
• En caso de contratar un único servicio de Asistencia Técnica externa, éste se realizará
por lotes independientes (uno para la UG y otro para las UUEE), y mediante personal
diferente con funciones también distintas.
Dicha asistencia, en ningún caso ejercerá las funciones delegadas por la Autoridad de
Gestión relativas a la selección de operaciones, sino que se limitará a un control de la
gestión administrativa y financiera, y al seguimiento y evaluación tanto de los procesos
contemplados en este manual, como de las medidas de difusión, comunicación y participación.
Así pues, teniendo en cuenta lo anterior, las tareas y actividades a desarrollar bajo el concepto
de 'asistencia técnica' se agrupan en los siguientes ámbitos de trabajo:
a) Asistencia Técnica de la Unidad de Gestión (UG)
• Actualización del Manual de Procedimientos, en caso de modificación del mismo,
con las indicaciones de la AG/OIG.
• Asegurar la factibilidad y elegibilidad de las operaciones seleccionadas,
garantizando su respeto a las normas comunitarias, nacionales y regionales (en
su caso) aplicables, así como la correcta justificación y certificación ante la
Autoridad de Gestión y/o el Organismo Intermedio de Gestión.
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
o, en su caso, PLENO MUNICIPAL
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• Monitorización de todas las operaciones y control de la trazabilidad del gasto.
• Asistencia en los procedimientos entre el Organismo Intermedio Ligero (OIL) y la
Autoridad de Gestión (AG).
• Control de la disponibilidad de la documentación de cara a la Pista de Auditoría,
en cuanto a la identificación, acceso y gestión de la documentación generada.
• Elaboración de los Informes de Ejecución Anual y Final.
• Presencia en las actividades de auditoría, con objeto de solventar las dudas que
puedan surgir durante su realización.
• Valoración del estado de cumplimiento de los indicadores de resultado y
productividad.
• Elaboración de informe de control anual de la aplicación de las medidas contra el
fraude recogidas tanto en el Anexo 1 (herramienta de evaluación de riesgo de
fraude) de la Guía de la Comisión Europea (EGESIF 14-0021-00, de 16 de junio
de 2014) de "Evaluación de riesgo de fraude y medidas efectivas y
proporcionadas contra el fraude", como en las publicaciones que se detallan en
el Apartado 4.3.2.
• Control de las evaluaciones antifraude efectuadas y, en su caso, de las medidas
adoptadas, mediante informe de control anual.
• Asesoramiento del representante nombrado por la Entidad DUSI para el Grupo
de Trabajo Urbano del Comité de Seguimiento del Programa Operativo, así como
en las instrucciones remitidas por el OIG para contribuir a la evaluación del
Programa Operativo.
• Seguimiento de las medidas de información y publicidad.
b) Asistencia Técnica de las Unidades Ejecutoras (UUEE)
• Verificación y asesoramiento en el cumplimiento de las disposiciones
contempladas en el Manual de Procedimientos que sean de aplicación a la
Unidades Ejecutoras (UUEE).
• Control de la disponibilidad de la documentación de cara a la Pista de Auditoría,
en cuanto a la identificación, acceso y gestión de la documentación generada.
• Presencia en las actividades de auditoría, con objeto de solventar las dudas que
puedan surgir durante su realización.
• Verificaciones del grado de ejecución de las operaciones.
2.2.3. Descripción de los procedimientos destinados a garantizar
medidas antifraude eficaces y proporcionadas.
La política antifraude en la gestión de los Fondos FEDER se inspira en las Directrices sobre los
Fondos Estructurales y de Inversión Europeos 2014-2020 dadas por la Comisión Europea; en
especial, en los informes emitidos sobre la materia y, sobre todo, en la Guía de la Comisión
Europea para el periodo de programación 2014-2020, sobre "Evaluación del riesgo de fraude y
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medidas antifraude eficaces y proporcionadas" (EGESIF_14-0021-00 de 16/06/2014), que el
Organismo Intermedio de Gestión ha adoptado como referencia fundamental de trabajo en esta
materia.
La Comisión recomienda que las diferentes autoridades de gestión de los Fondos FEDER
“adopten un planteamiento proactivo, estructurado y específico para gestionar el riesgo de
fraude”.
En este sentido, el esquema de aplicación de las medidas antifraude que se prevé para el
Ayuntamiento de Albacete debe adecuarse a lo indicado en la mencionada guía. Es decir, los
aspectos para los que deberán definirse medidas serán: prevención, detección, notificación,
corrección y persecución del fraude.
Entendiendo la 'prevención' como una herramienta básica en la lucha contra el fraude, la
Comisión Europea considera necesario:
• La constitución de un "Grupo de trabajo antifraude", integrado por personal de
distintos departamentos de la Entidad DUSI, con diferentes responsabilidades,
debidamente 'cualificados' e informados de la tipología de los distintos mecanismos de
fraude.
• La realización de una "Autoevaluación previa" por parte del grupo de trabajo
antifraude.
• La aplicación de una "Política de lucha contra el fraude" que transmita la determinación
de abordar y combatir las actividades fraudulentas.
A continuación, pasamos a detallar todos estos aspectos.
A. UNIDAD DE AUTOEVALUACIÓN DE RIESGO DE FRAUDE
Para la aplicación de esta autoevaluación se prevé la constitución de un grupo de trabajo
antifraude en el Ayuntamiento de Albacete, integrado por personas de la organización,
adecuadamente informadas de la tipología de los mecanismos de fraude.
Dicho equipo incluirá personal de distintos departamentos, con diferentes responsabilidades:
• La selección de las operaciones (Unidad de Gestión).
• Procedimientos de contratación (Servicio de Contratación).
• Comprobaciones relativas a la verificación documental y sobre el terreno (Oficina
Técnica de Gestión).
• La autorización de los pagos (Servicio de Presupuestos y Contabilidad, Intervención
General y Tesorería).
Considerando que la Asistencia Técnica externa ejercerá funciones de control y seguimiento
sobre las evaluaciones de riesgo de fraude a efectuar por el este grupo de trabajo, se tendrá en
cuenta su participación en el proceso de evaluación como asesor u observador.
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B. EJERCICIO INICIAL DE EVALUACIÓN DE RIESGO DE FRAUDE
Con el fin de diseñar medidas proporcionadas y eficaces contra el fraude es necesario la
realización de la Autoevaluación por parte de la Entidad DUSI en lo referente a su riesgo de
sufrir actuaciones fraudulentas.
Para ello, se ha utilizado la herramienta diseñada sobre formato Excel incluida en la referida
guía de la Comisión Europea, en su Anexo 1, la cual contiene una metodología para evaluar y
cuantificar un riesgo de fraude bruto, su valor neto tras considerar los controles existentes, y su
valor objetivo tras tener en cuenta los controles previstos a aplicar en el organismo, en las
siguientes fases de trabajo:
• Selección de solicitantes (receptores de ayudas, adjudicatarios de contratos, etc.).
• Ejecución del programa (riesgos de la contratación pública en relación con los contratos
adjudicados a los beneficiarios y gestionados por éstos).
Los resultados de dicha autoevaluación, en relación con los riesgos considerados en los dos
apartados anteriores, se recogen en el Anexo 2 de este manual.
Una vez realizado el ejercicio inicial de autoevaluación, deberá remitirse al Organismo
Intermedio de Gestión para su revisión.
Este ejercicio se deberá repetir con carácter anual.
Respecto a los "controles existentes" en el organismo que reducen el "valor bruto" de los
riesgos identificados, se han incluido los siguientes (no contemplados en la herramienta Excel):
Riesgo IR2: Incumplimiento de un procedimiento competitivo obligatorio
Contratación de un único proveedor sin justificación:
IC 2.15 Utilización del procedimiento negociado sin publicidad en lugar de contratos
menores (en cuanto a la invitación de tres ofertas).
IC 2.16 Utilización de procedimiento abierto de forma general por normativa interna.
Prórroga irregular del contrato:
IC 2.25 Se insta de oficio al beneficiario a que solicite las prorrogas antes del vencimiento
del contrato original.
Omisión del procedimiento de licitación:
IC 2.34 Seis meses antes de la finalización del contrato, se informa de oficio al
beneficiario del requerimiento de inicio de una nueva licitación.
De igual forma, respecto a los "controles previstos" en el organismo para reducir el "valor neto"
de los riesgos identificados, se han incluido los siguientes (no contemplados en la herramienta
Excel):
Riesgo SR2: Declaraciones falsas de los solicitantes
• Controlar en el registro de licitadores del Estado que no consta ninguna
prohibición de contratar del adjudicatario (Servicio de Contratación).
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• Utilización del conocimiento previo del beneficiario para adoptar decisiones
fundadas con respecto a la veracidad de las declaraciones y de la información
facilitada (Comité de evaluación).
Riesgo IR1: Conflicto de interés no declarado, o pago de sobornos o
comisiones
Conflicto de interés no declarado:
• Política de conflicto de intereses, con declaración y registro anuales de autoridades
y empleados públicos (Unidad de Gestión).
Sobornos y comisiones:
• La Asistencia Técnica externa tendrá entre sus funciones la comprobación
aleatoria de las ofertas ganadoras, a los efectos de detectar cualquier indicio de
irregularidad.
Riesgo IR2: Incumplimiento de un procedimiento competitivo obligatorio
División de un contrato en varios:
• Comprobación de los contratos menores adjudicados a un mismo proveedor
(Servicio de Contratación).
Riesgo IR3: Manipulación del procedimiento de concurso competitivo
• Información a los beneficiarios del cauce a seguir para notificar las sospechas de
comportamiento fraudulento detectadas (Unidad de Gestión).
Riesgo IR4: Prácticas colusorias en las ofertas
• El responsable del contrato controlará las empresas subcontratistas, con el fin de
contrastar con el Servicio de Contratación su participación o no en la fase de
licitación (Unidades Ejecutoras).
• No se dará información acerca del número de ofertas presentadas antes de la
finalización del plazo asignado en el pliego (Servicio de Contratación).
Riesgo IR7: Falta de entrega o de sustitución de productos
• Emisión por parte de terceros independientes de certificado de los trabajos
realizados (Unidades Ejecutoras).
Con ello, teniendo en cuenta la metodología de la herramienta de autoevaluación, se obtienen
unos "valores objetivo" de 1 a 3 para los riesgos identificados (valores 'aceptables' en términos
de la OLAF).
C. POLÍTICA DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE
Según lo indicado en el punto segundo de la Resolución de 12 de diciembre de la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se resuelve definitivamente la primera
convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado
(EDUSI) que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER de Crecimiento
Sostenible 2014-2020, efectuada por Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, al
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Ayuntamiento de Albacete se le otorga la condición de entidad beneficiaria, habiendo sido
designado como Organismo Intermedio Ligero del FEDER para llevar a cabo la selección de
operaciones a cofinanciar.
El Ayuntamiento de Albacete, a través de la declaración pública elaborada en materia de lucha
contra el fraude, quiere transmitir su determinación de abordar y combatir el fraude a través de
los siguientes elementos:
• Desarrollando una cultura contra el fraude.
• Asignando responsabilidades en la lucha contra el fraude (grupo de trabajo).
• Informando sobre los mecanismos de notificación ante la sospecha de casos de fraude.
• Impulsando la cooperación entre los diferentes actores.
El objetivo de dicha política es, por un lado, manifestar y difundir al máximo la voluntad de
lucha contra el fraude; y, por otro, promover en el seno de las unidades de trabajo una
conciencia colectiva consciente de los daños que provoca el fraude dentro de las instituciones.
Las acciones relacionadas con dichos elementos se publicarán en la web del Organismo
Intermedio Ligero, en el apartado relativo a la gestión de la ayuda FEDER para la
implementación de la Estrategia DUSI.
La concienciación con respecto a la cultura contra el fraude, y el deber de ayudar a la Unidad
de Gestión a identificar los casos sospechosos de fraude, se incluirán en el orden del día de las
reuniones oficiales que se mantengan.
El Anexo 3 recoge la declaración política de lucha contra el fraude.
No obstante lo anterior, el Ayuntamiento de Albacete, en su calidad de Organismo Intermedio
Ligero de los Programas Operativos del FEDER 2014-2020, también suscribe la Declaración
Institucional ya efectuada por la Dirección General de Fondos Comunitarios en materia de
antifraude, que manifiesta:
“DECLARACIÓN INSTITUCIONAL”
Uno de los principales objetivos de cara a dicho período es reforzar, dentro del ámbito de sus competencias,
la política antifraude en el desarrollo de sus funciones. Por ello, la AG quiere manifestar su compromiso con
los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los
más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida
por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de
sus formas. Todos los miembros de su equipo directivo asumen y comparten este compromiso.
Por otro lado, los empleados públicos que integran la AG tienen, entre otros deberes, “velar por los
intereses generales, con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y
actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad,
imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad,
accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad
entre mujeres y hombres” (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo
52).
El objetivo de esta política es promover dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad
fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos
para la gestión de estos supuestos. Así, entre otras medidas, la AG dispone de un procedimiento para
declarar las situaciones de conflicto de intereses.
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Las funciones de la Autoridad de Gestión son asumidas por la Subdirección General de Gestión del FEDER,
que cuenta a estos efectos con un equipo de evaluación de riesgos, para la revisión y actualización periódica
de la política antifraude, así como el seguimiento de los resultados. También cuenta con la colaboración de
los diferentes responsables y gestores de procesos para asegurar que existe un adecuado sistema de control
interno dentro de sus respectivas áreas de responsabilidad y garantizar, en su caso, la debida diligencia en
la implementación de medidas correctoras.
A partir de las verificaciones y los controles realizados en las fases previas por la AG, la Autoridad de
Certificación dispone también, por su parte, de un sistema que registra y almacena la información precisa de
cada operación para garantizar la fiabilidad y regularidad en relación con el gasto.
La AG ha puesto en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude, basadas en la
experiencia obtenida en períodos anteriores y en la reciente evaluación del riesgo de fraude realizada al
efecto. Adicionalmente, cuenta con procedimientos para denunciar aquellas irregularidades o sospechas de
fraude que pudieran detectarse, bien a través de los canales internos de notificación bien directamente a la
Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF). Todos los informes se tratarán en la más estricta
confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia.
En definitiva, la AG tiene una política de tolerancia cero frente al fraude y la corrupción y ha establecido un
sistema de control robusto, diseñado especialmente para prevenir y detectar, en la medida de lo posible, los
actos de fraude y corregir su impacto, en caso de producirse.
Esta política y todos los procedimientos y estrategias pertinentes cuentan con el apoyo del Servicio Nacional
de Coordinación Antifraude, creado por Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre (BOE de 26), con el
que revisa y actualiza esta política de forma continua.”
D. MEDIDAS Y COMPROMISOS EN LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE
La actuación en el ámbito antifraude debe estructurarse en torno a cinco ámbitos básicos, con
el fin de reducir su aparición:
I. PREVENCIÓN
Teniendo en cuenta la dificultad de probar el comportamiento fraudulento y de reparar los
daños causados a la reputación de las instituciones, normalmente es preferible prevenir la
actividad fraudulenta a tener que actuar cuando ésta ya se ha producido.
En general, los métodos de prevención consisten en reducir las posibilidades de cometer fraude
mediante:
• La implantación de sistemas de control interno, junto con una evaluación del riesgo
proactiva y estructurada, como respuesta proporcionada a los riesgos identificados en la
evaluación.
• Las actividades de formación y concienciación.
• Desarrollo de una «cultura ética».
• La solicitud de declaraciones de ausencia de conflicto de intereses.
• El especial seguimiento en la tramitación de la operación.
• La realización de verificaciones exhaustivas documentales y sobre el terreno.
A) Medidas de Formación
El Ayuntamiento de Albacete se compromete a participar en aquellas jornadas formativas en
esta materia que puedan ser convocadas por la Red de Iniciativas Urbanas (RIU).
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B) Código ético de los empleados públicos
De acuerdo con el Código de Conducta que se incluye en el Estatuto Básico del Empleado
Público (Capítulo VI del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), los empleados
públicos pertenecientes a las Unidades Ejecutoras y a la Unidad de Gestión cumplirán con los
deberes y principios éticos y de conducta que en él se relacionan (Art. 52, 53 y 54).
• Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.
Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los
intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y
deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad,
imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad,
accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad
entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los
principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.
Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen
disciplinario de los empleados públicos.
• Principios éticos.
1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento
jurídico.
2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará
en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de
cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o
cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus
servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.
4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda
actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico,
género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra
condición o circunstancia personal o social.
5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad
privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.
6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones
patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de
intereses con las obligaciones de su puesto público.
7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte
de personas físicas o entidades privadas.
8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del
interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.
9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en
ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su
entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.
10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán
dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.
11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de
conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en
el ejercicio de los servicios públicos.
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12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y
mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que
puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del
interés público.
• Principios de conducta.
1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y
cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una
infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en
conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y
facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho
propio o de personas allegadas. Tendrán, así mismo, el deber de velar por su conservación.
6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos
habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus
posteriores responsables.
8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.
9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que
consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén
destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para
centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para
mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
II. DETECCIÓN
Las personas involucradas en la gestión de Fondos FEDER tienen una función que desempeñar
en la detección de actividades potencialmente fraudulentas y en la actuación correspondiente.
Para ello debe cultivarse una mentalidad 'adecuada' basada en el fomento de un escepticismo
'saludable', junto con una concienciación constante de lo que puede constituir una señal de
advertencia acerca de una posible existencia de fraude ('bandera roja').
Las "banderas rojas" son indicadores de 'alerta' de que puede estar teniendo lugar una
actividad fraudulenta, en la que se requiere una reacción inmediata para comprobar si es
necesario alguna reacción. Se trata de un elemento, o una serie de elementos, de carácter
atípico o que difieren de la actividad normal, y constituyen una señal de que algo se sale de lo
habitual y, por tanto, debe examinarse con más detenimiento.
En especial, se prestará especial atención a la siguiente tipología de prácticas
potencialmente fraudulentas:
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A) Pliegos rectores del procedimiento amañados a favor de un licitador:
o Presentación de una única oferta o número anormalmente bajo de proposiciones
optando a la licitación.
o Extraordinaria similitud entre los pliegos rectores del procedimiento y los productos o
servicios del contratista ganador.
o Quejas de otros licitadores.
o Pliegos con prescripciones más restrictivas o más generales que las aprobadas en
procedimientos previos similares.
o Pliegos con cláusulas inusuales o poco razonables.
o El poder adjudicador define un producto de una marca concreta en lugar de un producto
genérico.
B) Las licitaciones colusorias:
o La oferta ganadora es demasiado alta en comparación con los costes previstos, con las
listas de precios públicas, con obras o servicios similares o promedios de la industria, o
con precios de referencia del mercado.
o Todos los licitadores ofertan precios altos de forma continuada.
o Los precios de las ofertas bajan bruscamente cuando nuevos licitadores participan en el
procedimiento.
o Los adjudicatarios se reparten/turnan por región, tipo de trabajo, o tipo de obra;
o El adjudicatario subcontrata a los licitadores perdedores.
o Patrones de ofertas inusuales (por ejemplo, las ofertas tienen porcentajes exactos de
rebaja, la oferta ganadora está justo debajo del umbral de precios aceptables, se oferta
exactamente al presupuesto del contrato, los precios de las ofertas son demasiado altos,
demasiado próximos, muy distintos, números redondos, incompletos, etc.).
C) El conflicto de intereses:
o Favoritismo inexplicable o inusual de un contratista o vendedor en particular.
o Aceptación continua de altos precios y trabajo de baja calidad, etc.
o El empleado encargado de contratación no presenta declaración de conflicto de interés o
lo hace de forma incompleta.
o El empleado encargado de contratación declina ascenso a una posición en la que deja de
tener que ver con adquisiciones.
o El empleado encargado de contratación parece hacer negocios propios por su lado.
o Socialización entre un empleado encargado de contratación y un proveedor de servicios o
productos.
o Aumento inexplicable o súbito de la riqueza o nivel de vida del empleado encargado de
contratación.
D) La manipulación de las ofertas presentadas:
o Quejas de los licitadores.
o Falta de control e inadecuados procedimientos de licitación.
o Indicios de cambios en las ofertas después de la recepción.
o Ofertas excluidas por errores.
o Licitador capacitado descartado por razones dudosas.
o El procedimiento no se declara desierto y vuelve a convocarse, pese a que se recibieron
menos ofertas que el número mínimo requerido.
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E) El fraccionamiento del gasto:
o Se aprecian dos o más adquisiciones con similar objeto efectuadas a idéntico
adjudicatario por debajo de los límites admitidos para la utilización de procedimientos de
adjudicación directa o de los umbrales de publicidad o que exigirían procedimientos con
mayores garantías de concurrencia.
o Separación injustificada de las compras; por ejemplo: contratos separados para mano de
obra y materiales, estando ambos por debajo de los umbrales de licitación abierta.
o Compras secuenciales justo por debajo de umbrales de obligación de publicidad de las
licitaciones.
F) La falsificación de documentos.
G) La doble financiación.
Es necesario recalcar que la existencia de una bandera roja no implica necesariamente la
existencia de fraude, pero sí indica que una determinada área de actividad necesita atención
extra para descartar o confirmar un fraude potencial.
Es decir, ante la existencia de dichas señales de alarma, pistas o indicios de posible fraude, la
situación deberá verificarse y supervisarse con la diligencia debida.
III. NOTIFICACIÓN
Se debería informar a la Unidad de Gestión, a la mayor brevedad posible, de los casos o
sospechas de fraude detectados en relación a los eventos mencionados en el apartado anterior.
Dichas irregularidades podrán ser comunicadas a la Unidad de Gestión por todo el personal que
tenga conocimiento de las mismas, la cual, a su vez, la pondrá en conocimiento del grupo de
trabajo antifraude constituido en la Entidad DUSI.
Cualquier notificación se tratará con la más estricta confidencialidad, debiéndose proteger al
personal que notifique cualquier irregularidad o sospecha de fraude, con el fin de evitar
represalias.
Además de lo anterior, cualquier persona puede informar a la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF) de sospechas de fraude o corrupción que afecten a los intereses financieros
de la Unión Europea. La norma general es que cuanto más pronta y concreta sea la
información, mejor, debiéndose facilitar cualquier documento disponible de apoyo a la
información.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
• Por carta a:
Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), Investigaciones y
Operaciones
B-1049 Bruselas, Bélgica
• Por correo electrónico a:
• Por medio de las líneas de teléfono gratuito:
http://ec.europa.eu/anti-fraud
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IV. CORRECCIÓN.
En esta fase del ciclo antifraude, se llevará a cabo una revisión exhaustiva, y con espíritu crítico,
del sistema de control interno relacionado con el caso que pueda haberla expuesto a un fraude
potencial o demostrado.
Tras la revisión, se deberán diseñar medidas proporcionadas y eficaces para corregir las
irregularidades que hayan sido detectadas.
V. PERSECUCIÓN.
La Unidad de Gestión se compromete a informar al Organismo Intermedio de Gestión de las
irregularidades y sospechas de fraude detectadas, la cual valorará si es preciso abrir una
investigación, y si procede emprender la recuperación de los importes indebidamente percibidos
y la acción penal.
Debe garantizarse la absoluta cooperación con las autoridades responsables de la investigación
y del cumplimiento de la ley y con las autoridades judiciales, especialmente en lo que respecta
a la conservación de los archivos en un lugar seguro, y a las garantías de su transferencia en
caso de cambios en el personal.
VI. CONFLICTO DE INTERESES
Un conflicto de intereses surge cuando una persona puede tener la oportunidad de anteponer
sus intereses privados a sus deberes profesionales. Es decir, existe conflicto de intereses
cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se ve comprometido por razones
familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier otro
motivo de comunidad de intereses con el beneficiario.
En ese sentido, se deberá exigir a todas y cada una de las personas que participen en un
procedimiento de contratación pública, que cumplimenten una declaración de ausencia de
conflicto de intereses (según modelo recogido en el Anexo 4 de este manual).
2.3. Definición de los procedimientos.
2.3.1. Procedimiento para la modificación del Manual de
Procedimientos.
En caso de modificaciones y circunstancias que obliguen a la Entidad DUSI a revisar su Manual
de Procedimientos, dicha modificación se elevará a la Junta de Gobierno Local para su
aprobación.
El Organismo Intermedio de Gestión comunicará a la Entidad DUSI su conformidad con la
versión revisada del manual, y lo remitirá a la Autoridad de Gestión.
También deberán comunicarse a la Autoridad de Gestión (por cauce del OIG) los cambios
ocurridos a la mayor brevedad, y declarar si suponen o no algún impedimento para desempeñar
eficazmente las funciones que tienen asignadas según se recoge en el "Acuerdo de compromiso
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en materia de asunción de funciones para la gestión FEDER del Ayuntamiento de Albacete", de
fecha 23 de diciembre de 2016.
En caso de que no supongan impedimento, deberá acompañar a su declaración la actualización
de dicho manual.
El Organismo Intermedio de Gestión comunicará a la Entidad DUSI su pronunciamiento
respecto a si corresponde o no la suscripción de un nuevo Acuerdo de Atribución de Funciones,
o una adenda al existente, o basta con que la Autoridad de Gestión diligencie en el existente los
cambios ocurridos.
En caso de que supongan impedimento temporal para el desempeño de funciones, la Entidad
DUSI deberá acompañar a su declaración una comunicación con el plazo que considera
necesario para la reasunción de funciones, periodo durante el cual no podrá remitir solicitudes
de reembolso a la Autoridad de Gestión.
En su debido momento, comunicará a la Autoridad de Gestión la actualización de su descripción
de funciones y procedimientos, que se recogerá en el historial de designaciones del Organismo
Intermedio de Gestión.
Los documentos, comunicaciones y procedimientos quedarán registrados en la plataforma
FONDOS2020.
Si el OIG declarara que las modificaciones acaecidas suponen un obstáculo insalvable para
desempeñar lo establecido en el Acuerdo de Atribución de Funciones, se estará a lo previsto en
dicho Acuerdo respecto a la revocación del mismo.
La AG informará a la AC y a la AA de los cambios ocurridos y de la resolución adoptada por la
AG.
Diagrama 5. Procedimiento para la modificación del manual.
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2.3.2. Procedimientos de evaluación, selección y aprobación de
operaciones.
Según se recoge en la Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las
bases y la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano
Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de
crecimiento sostenible 2014-2020 (publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 275, de 17 de
noviembre de 2015), así como en la Resolución de 12 de diciembre de 2016, de la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria (BOE
del 14 de diciembre), las entidades beneficiarias de la misma, o Entidades DUSI, son las
encargadas de llevar a cabo la selección de las operaciones concretas a integrar dentro de las
distintas Líneas de Actuación de sus estrategias, actuando de esta manera como Organismo
Intermedio Ligero (OIL).
La selección de operaciones estará regida por los principios de igualdad entre beneficiarios,
eficiencia, eficacia y sostenibilidad de las operaciones, transparencia de los criterios de
selección, capacidad de los beneficiarios para implementarlos, y alineamiento estratégico con
otras operaciones e instrumentos.
Además, las operaciones deberán:
• Contribuir a la estrategia.
• Contribuir al programa operativo.
• Abordar los problemas de una forma integrada y mostrar vínculos claros con otras
intervenciones o proyectos coexistentes.
• Sus gestores deberán demostrar experiencia y capacidad.
• En el diseño de la estrategia deberá haberse involucrado a la población y los agentes
locales.
Este apartado del manual trata de documentar los aspectos y procesos necesarios para
desarrollar correctamente dicha función.
A. CONVOCATORIA DE EXPRESIONES DE INTERÉS
Paso 1: Se realizará una labor de divulgación de dicha convocatoria entre las diferentes
Unidades Ejecutoras (beneficiarios) de la Entidad DUSI.
Para ello, se mantendrán reuniones con los correspondientes concejales y jefes de las
áreas, departamentos o servicios implicados en la implementación de la EDUSI-
Albacete.
Dichas reuniones deben servir para clarificar los siguientes aspectos:
• Contenido de las diferentes Líneas de Actuación, ya que es necesario que las
operaciones que se propongan tenga ‘encaje’ en las mismas.
• Criterios para la Selección y Priorización de Operaciones: generales, básicos
(por Objetivo Específico) y específicos de cada Línea de Actuación.
• Explicación del modelo de "Solicitud de financiación y propuesta de operación"
que tendrán que rellenar las Unidades Ejecutoras para hacer llegar sus
expresiones de interés a la Unidad de Gestión.
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• Actuaciones que será necesario realizar con carácter previo a la selección de
operaciones, por estar así recogidas en el contenido de las Líneas de Actuación.
• Necesidad de indicar el coste estimado de cada operación.
• En todas las LLAA se llevará a cabo una priorización (con el fin de seleccionar
aquellas operaciones que tengan una mejor relación coste/impacto en el
indicador, coste/ahorro, y coste/beneficio para la ciudadanía).
• Es necesario que la operación que se proponga contribuya al cumplimiento
de los indicadores de productividad (no todas las operaciones tendrán el
mismo impacto).
• Se deberá tener en cuenta el hecho de, en este periodo de programación, el
50% del montante asignado para las operaciones debe corresponder a
operaciones consideradas por el Organismo Intermedio de Gestión como
"buenas prácticas".
• La participación ciudadana y de los agentes locales también deberá estar
presente a la hora de realizar la propuesta de operación, indicándose el grado
de consenso sobre la misma.
• Marco de Rendimiento: en diciembre de 2018, el 15% del importe de la
ayuda FEDER asignada deberá estar contratado.
• Techo de gasto contemplado en la EDUSI por Línea de Actuación.
Paso 2: El modelo de solicitud de financiación y el procedimiento para realizar dichas
expresiones de interés, así como las condiciones que deberán satisfacer las
operaciones a seleccionar y los criterios detallados de selección, se publicarán en la
página web de la Entidad DUSI.
Ver Anexo 5: Solicitud tipo de financiación y propuesta de operación.
Paso 3: Las Unidades Ejecutoras (UUEE) deberán rellenar el modelo de "Solicitud de
financiación y propuesta de operación".
El objetivo de dicha plantilla es facilitar, por un lado, la labor a las UUEE a la hora de
iniciar el proceso de selección, y por otro, homogeneizar las propuestas de
operaciones.
A tal fin, se mantendrán reuniones informativas con las diferentes unidades,
departamentos, servicios y/o áreas municipales implicadas, al objeto de clarificar la
manera de rellenar la plantilla.
B. SOLICITUD DE FINANCIACIÓN POR PARTE DE LAS UUEE PARA
UNA DETERMINADA OPERACIÓN
Paso 1: La Unidad Ejecutora correspondiente hace llegar su propuesta de operación mediante
una "Solicitud de financiación" presentada a la Unidad de Gestión (a través del modelo
debidamente cumplimentado).
Se contempla la posibilidad de que la operación esté iniciada antes de solicitar la
financiación. Sin embargo, no podrá seleccionarse la operación si estuviera ya acabada
en el momento de presentación de la solicitud por parte de la Unidad Ejecutora.
Se registrarán todas las expresiones de interés recibidas.
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En el caso de una operación iniciada antes de presentar la solicitud de financiación a la
Unidad de Gestión, ésta se cerciorará de que se ha cumplido con la normativa aplicable
a la operación.
Paso 2: La Unidad de Gestión analizará la "Solicitud de financiación" a través de su Oficina
Técnica.
En el marco de cada Línea de Actuación, las operaciones serán seleccionadas conforme
a los criterios homogéneos recogidos en los Criterios para la Selección y Priorización de
Operaciones (CSPO), y bajo los principios generales de transparencia, concurrencia y
no discriminación (Ver Anexo nº 14).
Para ello, utilizará la "Lista de Comprobación S1" (ver Anexo 9). Dicha lista sirve, por
un lado, de guía para hacer todas las comprobaciones debidas y, por otro, como
certificación de que cada aspecto ha sido validado por un gestor competente de forma
previa a la selección de la operación.
Además, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos para su análisis:
• Encaje de la propuesta dentro de la Línea de Actuación en la que se encuadra.
• Cumplimiento de los Criterios para la Selección y Priorización de Operaciones.
• Impacto en los indicadores de productividad a los que dicha operación
contribuya.
• Posible calificación como "buena práctica".
• Grado de participación.
• Peso en el Marco de Rendimiento.
• Grado de mantenimiento.
Si la Unidad de Gestión así lo considera, autorizará la operación (aprobación inicial),
quedando ésta "seleccionada inicialmente".
La Unidad de Gestión comunicará la decisión tomada sobre la aceptación o rechazo de
las diferentes solicitudes a las correspondientes UUEE solicitantes.
En caso de ser rechazada, se notificarán los motivos de su no selección.
Paso 3: La Unidad de Gestión elabora y entrega el Documento que Establece las Condiciones
de la Ayuda (DECA) a la Unidad Ejecutora.
La notificación del DECA a la Unidad Ejecutora es el acto que formaliza la selección
inicial de la operación por parte de la Unidad de Gestión.
Ver Anexo 10: Modelo para elaborar el "Documento que Establece las Condiciones
de la Ayuda (DECA)".
Paso 4: La Unidad Ejecutora notificará a la Unidad de Gestión la aceptación del DECA mediante
una declaración expresa de conformidad con las condiciones que en él se describen.
Ver Anexo 11: Modelo de "Declaración de conformidad con las condiciones del
DECA".
C. APROBACIÓN FORMAL DE LA SELECCIÓN DE LA OPERACIÓN
Paso 1: La Unidad de Gestión da de alta la operación en la plataforma informática
GLATEA2020.
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En ese momento, deberán quedar registrados los siguientes datos:
• Fecha y usuario que realiza las comprobaciones.
• Valores a que responde cada ítem.
• Observaciones.
• Anexo de documento correspondiente a cada comprobación.
Paso 2: Se activará una funcionalidad en la plataforma FONDOS2020 que producirá un
documento de aprobación por parte del representante de la Entidad DUSI habilitado
para ello, en el que se hará constar el cumplimiento de los requisitos y garantías
señalados por la normativa.
El documento será firmado electrónicamente por el representante de la Entidad DUSI.
Paso 3: El Organismo Intermedio de Gestión evalúa a través de una comprobación final, tanto
la admisibilidad de la operación, como el DECA.
Paso 4: Si el resultado de dicha evaluación no es satisfactorio, el OIG notificará a la Entidad
DUSI dicha circunstancia, al objeto de que el Organismo Intermedio Ligero (Unidad de
Gestión) realice las modificaciones que correspondan.
Paso 5: Una vez validada por el OIG tanto la operación como el DECA (aprobación definitiva),
se indicará en GALATEA2020 la fecha de revisión por parte del OIG.
Los datos relativos a la operación se incluirán en la información que, periódicamente,
envía el OIG a la Comisión Europea.
En este momento, la operación está lista para ser gestionada en GALATEA2020.
Paso 6: La Unidad de Gestión notificará a la Unidad Ejecutora la validación de la operación por
parte del OIG.
Ver Anexo 12: Modelo de "Notificación de validación de la operación por parte del
OIG".
2.3.3. Procedimientos de entrega al beneficiario de un documento con
las condiciones de la ayuda (DECA) para cada operación.
Debe garantizarse que se entrega al Beneficiario un documento que establezca las condiciones
de la ayuda para cada operación (art. 125.3 del RDC).
A. CONTENIDO DEL DECA
Dicho documento debe incluir información sobre las particularidades y las obligaciones que
conlleva el hecho de contar con ayuda FEDER para una determinada operación. En particular,
sobre:
• Norma aplicable sobre los gastos subvencionables.
• Contribución a la Prioridad de Inversión en la que se enmarca la operación.
• Categoría de Intervención en la que se enmarca la operación.
• Indicadores de Productividad que se prevén lograr con la ejecución de la operación.
• Capacidad administrativa, financiera y operativa del beneficiario.
• Aplicación de medidas antifraude teniendo en cuenta los riesgos detectados.
• Ausencia de conflicto de intereses.
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• Notificación de sospechas de comportamiento fraudulento detectadas.
• Aspectos a tener en cuenta en la contratación pública.
• Disponibilidad de todos los documentos relativos a la operación necesarios para
contar con una pista de auditoría apropiada.
• Intercambio electrónico de datos.
• Sistema de contabilidad.
• Medidas de información y comunicación.
• Inclusión en la lista de operaciones de la Autoridad de Gestión.
• Condiciones específicas de subvencionalidad.
B. PROCEDIMIENTO DE ENTREGA Y CONFORMIDAD
Paso 1: Una vez que la operación ha sido seleccionada en base a las expresiones de interés, la
Unidad de Gestión elabora y entrega el Documento que Establece las Condiciones de la
Ayuda (DECA) a la Unidad Ejecutora.
La notificación del DECA a la Unidad Ejecutora es el acto que formaliza la selección
inicial de la operación por parte de la Unidad de Gestión.
Ver Anexo 10: Modelo para elaborar el "Documento que Establece las Condiciones
de la Ayuda (DECA)".
Paso 2: La Unidad Ejecutora notificará a la Unidad de Gestión la aceptación del DECA mediante
una declaración expresa de conformidad con las condiciones que en él se describen.
Ver Anexo 11: Modelo de "Declaración de conformidad con las condiciones del
DECA".
2.3.4. Procedimientos para garantizar un sistema de archivado y una
pista de auditoría adecuados.
La Entidad DUSI garantizará que se dispone de toda la documentación necesaria para contar
con una pista de auditoría apropiada en relación con el ejercicio de sus funciones como
Organismo Intermedio Ligero, incluidas las referidas a medidas antifraude. Así, deberán quedar
registrados en la aplicación informática del Organismo Intermedio de Gestión y de la Autoridad
de Gestión, tanto los diferentes organismos que custodian, como los lugares de archivo de la
documentación.
La Entidad DUSI se asegurará del cumplimiento de las reglas de certificación de la conformidad
con el documento original de los documentos conservados en soportes de datos generalmente
aceptados, tal como se establece en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013,
garantizando que las versiones conservadas cumplen los requisitos legales nacionales y son
fiables a efectos de auditoría.
Se garantizará que todos los documentos justificativos relacionados con el ejercicio de las
funciones como Organismo Intermedio Ligero, se podrán poner a disposición del Organismo
Intermedio de Gestión, de las autoridades del Programa Operativo, de la Comisión Europea y
del Tribunal de Cuentas Europeo, si así lo solicitan, de acuerdo con lo establecido en el artículo
140 del Reglamento (UE) 1303/2013 y según las instrucciones recibidas del OIG y de la
Autoridad de Gestión.
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El archivo de los documentos se hará, fundamentalmente, en los Servicios de Contratación,
Intervención y Tesorería.
En el Servicio de Contratación se archivarán todos los expedientes con la documentación
completa y diferenciada de los contratos referentes a las operaciones financiadas.
En el Servicio de Tesorería e Intervención se archivarán junto con el documento contable de
aprobación del gasto y de la realización del pago, las facturas, las resoluciones del pago e,
incluso, una fotocopia del contrato, en su caso.
A. VERIFICACIONES
La pista de auditoría se realizará a través de un procedimiento de verificaciones administrativas
y verificaciones sobre el terreno, al objeto de verificar que se ha llevado a cabo la entrega de
los productos o la prestación de servicios objeto de cofinanciación, que se ha pagado realmente
el gasto declarado por los Beneficiarios, y que dicho gasto cumple la legislación aplicable, las
condiciones del Programa Operativo y las condiciones para el apoyo a la operación.
I. VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
Consisten en controles documentales que tienen como referente fundamental la propia
declaración de gasto por parte de los Beneficiarios y la correspondiente documentación
justificativa del mismo.
Tienen carácter previo a la certificación de gasto y su objetivo es la realización de un control
exhaustivo de todas las operaciones, con el fin de garantizar la regularidad del 100% del gasto
declarado por los Beneficiarios, comprobando la realidad de los pagos, su adecuación a las
condiciones de aprobación de la ayuda, y el estricto cumplimiento de los requisitos establecidos
en la normativa regional, nacional y europea.
Se verificarán todas las solicitudes de reembolso de los Beneficiarios.
La función de desarrollar este tipo de verificaciones administrativas recaerá en la Asistencia
Técnica externa, la cual proporcionará a la Oficina Técnica de Gestión la correspondiente acta
de auditoría.
Los puntos de control de la auditoria administrativa serán los siguientes, pudiéndose incorporar
en la auditoria otros puntos de control que no se contemplen en el presente documento,
siempre que, a juicio de los auditores o de la Oficina Técnica de Gestión, se considere
recomendable revisar:
• Se comprobará que el Beneficiario cumple los objetivos iniciales de los
proyectos/operaciones de los que es responsable, basándose en los indicadores
correspondientes.
• Solicitud al Beneficiario de facturas, componentes de pago efectivo, informes de
ejecución correspondientes, o bien justificación suficiente para acreditar el uso de costes
simplificados (u otros documentos con valor contable probatorio equivalente que
soportan los gastos a certificar).
• Se comprobará si los gastos a certificar cumplen las normas de subvencionabilidad, y en
particular:
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o Si los gastos corresponden a la operación. o Si se han realizado gastos fuera del período elegible. o Si se cofinancian amortizaciones y si el método de imputación es de acuerdo a
la norma que en su momento establezca la Dirección General de Fondos Comunitarios (DGFC), que será el órgano competente en esa materia.
o Si se cofinancian gastos generales, y si el método de imputación es de acuerdo a la norma que en su momento establezca la DGFC.
o Si se cofinancian gastos mediante la modalidad de costes simplificados conforme a la norma que en su momento establezca la DGFC.
o Si se cofinancian aportaciones en especie, y si el método de imputación es de acuerdo a la norma que en su momento establezca la DGFC.
o La no elegibilidad del IVA, excepto cuando no se pueda recuperar en el sistema fiscal nacional.
o La validez de la ubicación geográfica conforme al Programa Operativo. o El cumplimiento de la normativa en relación con:
▪ Los bienes de equipo de segunda mano y la adquisición de bienes inmuebles.
▪ Los gastos financieros, legales o de otra naturaleza. ▪ Los Fondos de Capital Riesgo y Fondos de Garantía. ▪ Los gastos de leasing.
▪ Los gastos de gestión y ejecución. ▪ Otros gastos (personal, subcontrataciones).
II. VERIFICACIONES SOBRE EL TERRENO
Tienen por objeto la comprobación de diversos aspectos de relieve, tanto en un plano
estrictamente técnico, como físico.
La verificación sobre el terreno alude a las actuaciones de control efectuadas "in situ" de
determinadas operaciones, pudiendo utilizar para ello un método de muestreo proporcional al
importe del apoyo público dado a la operación y al nivel de riesgo identificado por dichas
verificaciones y por las auditorías de la autoridad de auditoría en relación con el sistema de
gestión y control en su conjunto.
La responsabilidad recaerá en la Oficina Técnica de Gestión, cuyos técnicos recogerán por cada
operación los aspectos siguientes en cada control:
• Levantado de acta o informe debidamente suscrito sobre la visita de comprobación física
realizada para constatar la existencia de los bienes objeto de la ayuda y que los mismos
se correspondan con los aprobados.
• Cumplimiento en materia de comunicación con la normativa de información y publicidad
establecidas en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Capítulo II, Artículo 115 y siguientes; y en su Anexo XII "Información y Comunicación
sobre el apoyo procedente de los Fondos").
• Cumplimiento con las normas de accesibilidad para las personas con algún grado de
discapacidad.
Por lo que respecta al método de muestreo para la realización de las verificaciones "in situ",
éste se basará en los siguientes criterios:
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• Operaciones cuyo importe global de la certificación sea superior al 25% del importe
subvencionable.
• Operaciones que se finalizan con la certificación presentada.
B. DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA
UNA PISTA DE AUDITORÍA APROPIADA
La Entidad DUSI garantizará que se dispone de todos los documentos sobre el gasto y las
auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada.
Para ello, se deberán tener presentes las siguientes consideraciones:
I. INTERCAMBIO ELECTRÓNICO DE DATOS
La comunicación entre la Unidad de Gestión (UG) y las Unidades Ejecutoras (UUEE) se realizará
a través de la oportuna documentación firmada electrónicamente por los responsables
designados para ello, a través de un sistema de intercambio de datos accesible. La información
relativa a los responsables de la UG y las UUEE será: Nombre, Cargo, TF y e-mail.
Así, los documentos relativos a la "Solicitud de financiación y propuesta de operación" enviados
por las UUEE a la UG, como la Lista de comprobación S1 y el Documento que Establece las
Condiciones de la Ayuda (DECA) remitidos por la UG a las UUEE, además de la "Declaración de
conformidad con las condiciones del DECA" por parte de las UUEE se deberán firmar y notificar
electrónicamente, con el fin de asegurar la pista de auditoría.
II. SISTEMA DE CONTABILIDAD
La contabilidad separada se llevará mediante la asignación de códigos contables para la
clasificación funcional por programa dentro de la contabilidad presupuestaria del Ayuntamiento
de Albacete.
III. SISTEMA PARA EL REGISTRO Y ALMACENAMIENTO DE DATOS
El sistema de registro y almacenamiento se derivará del propio procedimiento administrativo
establecido en la contabilidad presupuestaria del Ayuntamiento de Albacete para todos sus
gastos y pagos a través del número de operación contable.
Como resultado, toda la documentación para el seguimiento, registro, gestión financiera,
evaluación, verificación y auditoria se archivará en el Servicio de Tesorería e Intervención
(facturas, aprobación de los gastos y de los pagos según el procedimiento administrativo de la
contabilidad pública, fotocopias de los contratos, etc.).
Todo ello complementado por la documentación que estará archivada en el Servicio de
Contratación, relativa al procedimiento público de licitación y adjudicación de los contratos,
según la Ley de Contratos del Sector Público.
Además, cada departamento responsable de la operación (Beneficiario) deberá tener un
expediente independiente por cada operación cofinanciada, donde se recoja la documentación
generada, y en el que se incluirán tanto los documentos administrativos como los contables,
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técnicos y financieros relacionados con la misma desde el momento de arranque de la
operación hasta su finalización.
IV. DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
Deberá asegurarse la disponibilidad de los siguientes documentos relativos a las operaciones
propuestas y seleccionadas, los cuales estarán custodiados en la unidad o servicio municipal
correspondiente:
• Las especificaciones, memorias y/o informes técnicos justificativos: UUEE.
• Las solicitudes de financiación y las propuestas de operaciones: UG.
• La Lista de comprobación S1: UG.
• Los documentos relativos a la aprobación de la concesión de la ayuda: UG.
• Entrega del Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA): UG.
• La declaración de conformidad con las condiciones del DECA: UG.
• La notificación de validación de la operación por parte del Organismo Intermedio de
Gestión: UG.
• Los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT) y los Pliegos de Cláusulas Administrativas
Particulares (PCAP) que sirvieron de base al procedimiento de adjudicación: Servicio de
Contratación.
• Los documentos relativos a los procedimientos de contratación pública que justifiquen
la adjudicación (actas de apertura, ofertas de todos los licitadores además de la del
adjudicatario, etc.): Servicio de Contratación.
• El plan de financiación: UG.
• Los documentos relativos al gasto: Servicio de Tesorería e Intervención.
• Los informes de situación: UG.
• Los informes sobre las verificaciones y auditorías llevadas a cabo: UG.
• Los informes sobre el estado de consecución de los indicadores de productividad
asociados a la operación elaborados por los servicios municipales beneficiarios: UG.
• En el caso de costes simplificados, método y plan de verificación utilizado: UG.
• Las actas de reuniones, en su caso: UG y/o UUEE.
V. CUSTODIA DE DOCUMENTOS
Deben conservarse todos los documentos relativos al gasto y a las auditorías efectuadas para
contar con una pista de auditoría apropiada.
Los documentos se conservarán o bien en forma de originales o de copias compulsadas de
originales, o bien en soportes de datos comúnmente aceptados, en especial versiones
electrónicas de documentos originales, o documentos existentes únicamente en versión
electrónica.
Se deberá especificar por parte de la Unidad de Gestión la información que los distintos
beneficiarios deben conservar y comunicar. Así, si el gasto subvencionable es < 1 M€, el plazo
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será de 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las
que estén incluidos los gastos de la operación. Para el resto de operaciones, dicho plazo será de
2 años.
2.3.5. Descripción del procedimiento de recepción, análisis y resolución
de las reclamaciones.
A. INTRODUCCIÓN
La participación del ciudadano es fundamental para una buena gestión municipal, la cual puede
manifestarse por distintas vías. Entre ellas, se encuentra el sistema de sugerencias y
reclamaciones.
Entendemos por reclamación aquellas manifestaciones relativas a expectativas insatisfechas o a
disconformidades con la actuación municipal.
El “Procedimiento de Sugerencias y Reclamaciones” aprobado por Resolución de la Alcaldía nº
4056/2005 (con entrada en vigor a partir del 1 de junio de 2005), pretende la normalización de
un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones de aquéllas dirigidas por los ciudadanos al
Ayuntamiento de Albacete y sus organismos autónomos, a través de una aplicación informática
como herramienta principal para el tratamiento y gestión de las mismas.
Dicho procedimiento establece un sistema de tramitación de las sugerencias y reclamaciones
que cualquier ciudadano, residente o no en el municipio, dirigidas a cualquier instancia
municipal. Los canales de entrada serán diversos, y podrán dirigirse a cualquier empleado
municipal, en especial en aquéllas oficinas abiertas al público en general.
Las reclamaciones a las que afecta este procedimiento no tienen en ningún caso la calificación
de recurso administrativo, ni su interposición paralizará los plazos establecidos para ello en la
normativa vigente.
B. OBJETIVO
El objetivo principal es la garantía del derecho ciudadano a efectuar sugerencias y
reclamaciones ante el Ayuntamiento de Albacete y sus organismos autónomos de acuerdo con
los principios generales de la Administración, y los valores de participación y transparencia
declarados por dicha Corporación.
C. RESPONSABILIDADES
El Servicio de Recursos Internos, Calidad y Modernización del Ayuntamiento de Albacete es el
responsable de la organización, estructura, mantenimiento, seguimiento y mejora del Sistema
de Sugerencias y Reclamaciones.
Así mismo, los Servicios y organismos autónomos, bajo la dirección inmediata de las Concejalías
de las que dependen, son los responsables de resolver las sugerencias y reclamaciones, así
como de hacer su seguimiento y efectuar las evaluaciones de funcionamiento.
El departamento de Informática es el responsable técnico de la aplicación informática, que es la
herramienta para la gestión del Sistema.
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D. CANALES DE ENTRADA
- Correo Electrónico.
- Formulario electrónico de la Web municipal.
- Impreso normalizado a disposición de los ciudadanos en los puntos de entrada y en todos los servicios municipales y organismos autónomos.
- Fax.
- Llamadas telefónicas a cualquier empleado en el ejercicio de sus funciones.
- Escritos no normalizados, siempre que no entren por el Registro Municipal.
E. FASES
I. FASE DE TRAMITACIÓN
Consiste en la recepción de la sugerencia o reclamación, su introducción en la aplicación
informática, el estudio de la acción a acometer y del tipo de respuesta que corresponde dar al
ciudadano, así como la comunicación de la respuesta al mismo.
II. FASE DE SEGUIMIENTO
Consiste en el análisis de la información resultante del sistema, la evaluación de su
funcionamiento y la distribución, así como de las conclusiones que se obtengan de dicho
análisis y la propuesta o puesta en marcha de acciones destinadas a la mejora en el
funcionamiento del sistema, de la organización municipal y de la satisfacción del ciudadano.
F. ACTIVIDADES
I. ACTIVIDADES DEL SERVICIO DE CALIDAD EN LA TRAMITACIÓN
a) Recibir la sugerencia o reclamación.
b) Comprobar que cuenta con todos los datos necesarios para su tramitación.
c) Estudiar el contenido a fin de determinar a qué Concejalía y Servicio corresponde la responsabilidad de dar respuesta al ciudadano y decretar su remisión al mismo.
d) Dar de alta la reclamación en la aplicación informática.
e) Remisión de copia a la concejalía responsable de la contestación.
II. ACTIVIDADES DE LA CONCEJALÍA Y SERVICIO RESPONSABLE
a) Estudiar el contenido de la reclamación remitida.
b) Confeccionar la contestación en un plazo de diez días.
c) Comunicar al ciudadano la respuesta por el canal de contestación elegido por aquél.
d) Acometer las acciones que correspondan derivadas de la decisión que se haya adoptado para satisfacer la demanda del ciudadano.
e) Si se prevé que en el plazo de 10 días no podrá dar respuesta al ciudadano, elaborará una carta de demora que comunicará al ciudadano por el canal de comunicación elegido por aquél, indicando los motivos del retraso.
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2.3.6. Remisión de copias electrónicas auténticas a la Autoridad de
Gestión / Organismo Intermedio de Gestión.
El sistema de referencia para canalizar toda la información con la Autoridad de Gestión (AG) y
el correspondiente Organismo Intermedio de Gestión (OIG) será a través de la plataforma
informática GALATEA2020, que es la aplicación común para la gestión del FEDER que remite la
información a la aplicación FONDOS2020.
GALATEA2020 permite la autenticación desde los portales de las Entidades Locales.
Así, la remisión de los documentos demandados por las distintas autoridades del FEDER (AG y/o
OIG), se realizará en forma de copias electrónicas auténticas a través de la Oficina de Registro
Virtual para Entidades (ORVE), integrada en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
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3. APROBACIÓN POR LA ENTIDAD DUSI
• Nombre y apellidos:
Manuel Serrano López.
• Cargo:
Excmo. Sr. Alcalde en funciones.
• Fecha:
30 de junio de 2017.
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4. INFORMACIÓN PARA INCORPORAR TRAS LA EVALUACIÓN POR EL ORGANISMO INTERMEDIO DE GESTIÓN
Funciones y procedimientos evaluados
favorablemente
Fecha de la evaluación favorable:
Acuerdo de delegación de funciones: Anexo 1
“Acuerdo de compromiso en materia de asunción
de funciones para la gestión FEDER del
Ayuntamiento de Albacete”
Fecha de la firma:
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5. MARCO NORMATIVO
RDC Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, por el que -entre otras- se establecen Disposiciones Comunes
relativas al FEDER.
RDE Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, sobre el FEDER y sobre Disposiciones Específicas relativas al objetivo
de inversión en crecimiento y empleo.
RD Reglamento Delegado (UE) nº 480/2014 de la Comisión, de 3 de marzo de 2014, que
complementa el Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
RE Reglamento de Ejecución (UE) nº 1011/2014 de la Comisión, de 22 de septiembre de
2014, por el que se establecen -entre otras- Normas Detalladas para la aplicación del
Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
RE Reglamento de ejecución (UE) No 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014 por el
que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) no 1303/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de
transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de
información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las
medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro
y el almacenamiento de datos.
POCS Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020. Número de la decisión
de la CE: C (2015)5220. Fecha de la decisión de la CE: 22 de julio de 2015.
NGS Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre (BOE nº 315 de 30-dic-2016), por la que se
aprueban las Normas sobre los Gastos Subvencionables de los programas operativos del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020.
LGS Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276 de 18 de
noviembre de 2003).
LCSP Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE nº 261 de 31 de
octubre de 2007).
ERF Guía de la Comisión Europea sobre Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas efectivas
y proporcionadas contra el fraude (EGESIF_14-0021-00, de 16 de junio de 2014).
NIIF Nota Informativa sobre Indicadores de Fraude para el FEDER, el FSE y el FC (COCOF
09/0003/00 de 18 de febrero de 2009).
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ANEXOS
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ANEXO 1
Acuerdo de compromiso en materia de asunción de
funciones para la gestión FEDER del Ayuntamiento de
Albacete.
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MINISTERIO
DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE ESTADO DE
PRESUPUESTOS Y GASTOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
FONDOS COMUNITARIOS
ACUERDO DE COMPROMISO
EN MATERIA DE ASUNCIÓN DE FUNCIONES PARA LA GESTIÓN FEDER
DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
EL PRESENTE ACUERDO DE COMPROMISO se suscribe por el Ayuntamiento de
Albacete,
Considerando lo siguiente:
(1) Que el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1301/2013, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional,
establece que los "organismos subregionales o locales responsables de la aplicación
de estrategias urbanas sostenibles («autoridades urbanas») serán los encargados de
las tareas relacionadas, por lo menos, con la selección de las operaciones", de
conformidad con el artículo 123 del Reglamento (UE) no 1303/2013.
En línea con este artículo, el apartado undécimo.3 de la Orden HAP/2427/2015, de 13
de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la
selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán
cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-
2020, establece que
“Las entidades beneficiarias de las operaciones a cofinanciar en el marco de las
Estrategias DUSI serán Organismos Intermedios únicamente a los efectos de la
selección de operaciones"
(2) Que de conformidad con el artículo 123, apartado 6, del Reglamento (UE) Nº
1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, el Estado miembro podrá designar
uno o varios organismos intermedios que realicen determinadas tareas de la autoridad
de gestión o la autoridad de certificación, bajo la responsabilidad de éstas.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
Que en el mismo punto normativo se establece que los acuerdos pertinentes entre la
autoridad de gestión o la autoridad de certificación y los organismos intermedios se
registrarán formalmente por escrito.
Que en cumplimiento del artículo 124 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, del
Parlamento Europeo y del Consejo, y de lo establecido en el artículo 10, punto 2, letra
c) del Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, modificado por el Real Decreto
802/2014, de 19 de septiembre, la Subdirección General de Gestión del FEDER,
perteneciente a la Dirección General de Fondos Comunitarios, ha sido designada
Autoridad de Gestión de los programas operativos previstos en el apartado 1.6 del
Acuerdo de Asociación de España 2014-2020, cofinanciados por el FEDER, entre los
que se cuenta el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020
(en adelante “el Programa Operativo”).
(3) Que en virtud del punto primero de la resolución DEFINITIVA de 12 de diciembre
de 2016, por la que se conceden ayudas de la primera convocatoria de selección de
estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI) que serán
cofinanciadas a través del el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER
2014-2020, el Ayuntamiento de Albacete tiene la condición de entidad beneficiaria,
habiéndole correspondido la S.G. de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo
Urbano como Organismo Intermedio de Gestión (OIG en lo sucesivo), y que ha sido
designado como Organismo Intermedio ligero del FEDER para la selección de
operaciones por el punto segundo de dicha resolución.
Por todo lo anterior, el Ayuntamiento de Albacete (en lo sucesivo, Entidad Local DUSI)
se compromete a asumir como Organismo Intermedio las siguientes funciones ante la
Autoridad de Gestión del FEDER:
Organización interna
1. La Entidad Local DUSI elaborará un Manual de Procedimientos o documento
equivalente en el que se describan y documenten adecuadamente los procesos y
procedimientos, así como los aspectos de su organización interna, asignación de
funciones y coordinación de las mismas, que le permitan cumplir con todas sus
obligaciones como Organismo Intermedio ligero.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
En particular, el Manual identificará una unidad o departamento de la Entidad Local
DUSI que ejercerá las funciones propias del Organismo Intermedio ligero y que
deberá estar claramente separada de las unidades, departamentos u otras
entidades públicas responsables de iniciar o de iniciar y ejecutar las operaciones
(en adelante, unidades ejecutoras).
2. La Entidad Local DUSI remitirá dicho Manual de Procedimientos al OIG
correspondiente, a través de los mecanismos que este establezca, en el momento
de su elaboración y en cuanto se produzcan modificaciones en el mismo.
El OIG comunicará a la Entidad Local DUSI su conformidad con el Manual de
procedimientos o su versión revisada y lo remitirá a la Autoridad de Gestión.
Selección y puesta en marcha de operaciones
1. La Entidad Local DUSI seleccionará las operaciones para su financiación
garantizando que se cumplen los requisitos del artículo 125.3 del Reglamento (UE)
1303/2013, que es acorde con los criterios relevantes1 y con los Criterios y
Procedimientos de Selección de Operaciones aprobados por el Comité de
Seguimiento del Programa Operativo.
A efectos de la selección de operaciones, la Entidad Local DUSI se asegurará de
que se entrega a las unidades ejecutoras, y en su caso a los beneficiarios, un
documento que como mínimo:
a. establezca las condiciones de la ayuda para cada operación,
b. indique los requisitos específicos relativos a los productos o servicios que han
de obtenerse con ella,
c. incorpore el plan financiero,
d. incluya el calendario de ejecución,
e. indique, en su caso, el método que debe aplicarse para determinar los costes
de la operación y las condiciones para el pago de la ayuda,
1 El Acuerdo de Asociación, la Declaración Ambiental Estratégica, la correspondiente Memoria ambiental y el resto de normativa aplicable.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
f. establezca las condiciones detalladas para el intercambio electrónico de datos.
Así mismo, antes de tomar la decisión por la que se selecciona la operación, la
Entidad Local DUSI se cerciorará de que la unidad ejecutora tiene la capacidad
administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones enumeradas con
anterioridad.
La Entidad Local DUSI proporcionará a las unidades ejecutoras las orientaciones
adecuadas para la ejecución y puesta en marcha de los procedimientos necesarios
para el buen uso de los Fondos, incluyendo lo referente a la aplicación de medidas
antifraude eficaces y proporcionadas.
La Entidad Local DUSI transmitirá a las unidades ejecutoras cuantas instrucciones
se reciban de la Autoridad de Gestión, directamente o a través del OIG, en la
medida en que les afecten, adaptando en su caso dichas instrucciones a las
características de dichas unidades.
La Entidad Local DUSI establecerá los mecanismos tanto preventivos como de
supervisión que aseguren que las funciones recogidas en los puntos anteriores de
este artículo se realizan adecuadamente.
Al amparo de lo establecido en el art. 7.5 del Reglamento (UE) nº 1301/2013, la
Autoridad de Gestión, a través del OI de Gestión, efectuará una comprobación final
de la admisibilidad de las operaciones antes de su aprobación.
2. Sin perjuicio del beneficiario de la operación en los términos del artículo 2 del
Reglamento (UE) 1303/2013, la Entidad Local DUSI ostentará la condición de
entidad beneficiaria de la ayuda FEDER asignada en la convocatoria para la
Selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán
cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de Crecimiento Sostenible
2014-2020, lo que implica que ésta asume frente a su respectivo Organismo
Intermedio de Gestión, la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal
condición, en los términos que constan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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ASUNCIÓN DE FUNCIONES PARA LA GESTIÓN EDUSI - URVIAL (AYUNTAMIENTO DEALBACETE) - Cod.129403 - 22/12/2016
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
Cumplimiento de la normativa de aplicación
La Entidad Local DUSI garantizará, durante todo el período de ejecución del Programa
Operativo, que las operaciones seleccionadas respetan las normas comunitarias,
nacionales y regionales (en su caso) aplicables.2
Aplicación de medidas antifraude
1. La Entidad Local DUSI aplicará un sistema de autoevaluación del riesgo de fraude
del que informará al OIG y que estará en la línea de lo establecido en el
documento de Descripción de Funciones y Procedimientos del OIG.
El OIG comunicará a la Entidad Local DUSI su conformidad con el sistema de
autoevaluación del riesgo de fraude y remitirá la información correspondiente a la
Autoridad de Gestión.
2. La Entidad Local DUSI deberá informar regularmente al OIG de las evaluaciones
efectuadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.
La Entidad Local DUSI aceptará la extensión y aplicación a su ámbito de las
autoevaluaciones que realice la Autoridad de Gestión o el OIG en materia de
evaluación del riesgo de fraude y de prevención, detección, corrección y
persecución del mismo, e incorporará a su operativa las actuaciones que procedan
en función del nivel de riesgo que se asigne a sus operaciones.
La Entidad Local DUSI asegurará, durante todo el período de ejecución del
Programa Operativo, la correspondiente aplicación de medidas antifraude eficaces
y proporcionadas.
Contribución al Comité de Seguimiento del Programa Operativo
La Entidad Local DUSI contribuirá al seguimiento del Programa Operativo, nombrando
un representante para el Grupo de Trabajo Urbano del Comité de Seguimiento del
Programa Operativo.
2 De conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
Contribución a la evaluación del Programa Operativo
La Entidad Local DUSI contribuirá a la evaluación del Programa Operativo para
permitir al OIG cumplir con las exigencias del artículo 114 del Reglamento (UE)
1303/2013, de acuerdo con las instrucciones que el OIG le remita.
Disponibilidad de la documentación de cara a pista de auditoría
1. La Entidad Local DUSI garantizará que se dispone de toda la documentación
necesaria para contar con una pista de auditoría apropiada en relación con el
ejercicio de sus funciones como Organismo Intermedio ligero, incluidas las
referidas a medidas antifraude. Deberán quedar registrados en la aplicación
informática del OIG y de la Autoridad de Gestión, los organismos que custodian y
los lugares de archivo de la documentación.
2. La Entidad Local DUSI se asegurará del cumplimiento de las reglas de certificación
de la conformidad con el documento original de los documentos conservados en
soportes de datos generalmente aceptados, tal como se establece en el artículo
140 del Reglamento (UE) 1303/2013, garantizando que las versiones conservadas
cumplen los requisitos legales nacionales y son fiables a efectos de auditoría.
3. La Entidad Local DUSI establecerá procedimientos que garanticen que todos los
documentos justificativos relacionados con el ejercicio de sus funciones, se pongan
a disposición del OIG, de las autoridades del Programa Operativo, de la Comisión
Europea y del Tribunal de Cuentas Europeo, si así lo solicitan, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013 y según las
instrucciones recibidas del OIG y de la Autoridad de Gestión.
Contribución a los informes de ejecución anual y final
La Entidad Local DUSI contribuirá a la elaboración de los Informes de ejecución Anual
y Final a través del OIG3, de acuerdo a los formatos y plazos que éste establezca.
3De conformidad con el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
Suministro de información al sistema informático Fondos 2020
1. La Entidad Local DUSI remitirá a través de Fondos 2020 toda la información que le
sea solicitada por la Autoridad de Gestión, directamente o a través del OIG, en los
formatos que aquélla determine.
2. La Entidad Local DUSI asegurará el envío de la información a través de una
conexión segura con Fondos 2020.
3. Los datos suministrados por la Entidad Local DUSI al sistema Fondos 2020 en los
que se requiera una firma electrónica de la persona autorizada se realizará a
través del sistema de firma electrónica que para tal fin ha establecido la Autoridad
de Gestión.
Remisión de copias electrónicas auténticas
La Entidad Local DUSI remitirá, a demanda de las distintas Autoridades del FEDER o
del OIG, documentos en forma de copias electrónicas auténticas a través del Sistema
de Interconexión de Registros o del medio alternativo que acuerde con el OIG.
Sistema de contabilización separada
La Entidad Local DUSI contará con un sistema de contabilidad separada para todas
las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o bien
contará con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente
dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la
contabilidad nacional y comunitaria. Todo ello, sin perjuicio de las normas de
contabilidad nacional.
Asimismo, se asegurará de que las unidades ejecutoras que cuenten con un sistema
de contabilidad independiente y, en su caso, los beneficiarios, cuentan con un sistema
equivalente de contabilidad separada o de codificación contable diferenciada.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
Subvencionabilidad del gasto
La Entidad Local DUSI respetará, a la hora de seleccionar y ejecutar las operaciones
objeto de cofinanciación, las normas sobre subvencionabilidad del gasto que se
establezcan por el Ministerio de Hacienda y Función Pública aplicables al Programa
Operativo en cumplimiento del artículo 65.1 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013.
Comunicación de los incumplimientos predecibles
La Entidad Local DUSI comunicará al OIG, tan pronto como sea posible, cualquier
hecho o circunstancia que le pueda impedir desarrollar de manera adecuada todas o
algunas de las obligaciones contempladas en el presente Acuerdo.
Aplicabilidad de la normativa comunitaria al Organismo Intermedio
Todas aquellas disposiciones de los Reglamentos (UE) 1301/2013 y 1303/2013, así
como de los Reglamentos de Ejecución y Delegados que los desarrollan, que sean
relativas a las funciones que ante la Autoridad de Gestión han sido asumidas por la
Entidad Local DUSI por medio del presente Acuerdo, se aplicarán a ésta última.
Seguimiento de las directrices dadas por la Dirección General de Fondos
Comunitarios
Con objeto de garantizar el buen uso de los fondos comunitarios, la Entidad Local
DUSI tendrá en cuenta en todo momento las instrucciones emitidas por la Autoridad de
Gestión contenidas en el documento “Directrices a los Organismos Intermedios para la
gestión y el control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER 2014-2020 en
España” y que se refieran a las funciones asumidas, así como las demás instrucciones
que le sean remitidas por la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación y la
Dirección General de Fondos Comunitarios y el resto de las Unidades que la
componen, a lo largo del proceso de ejecución del Programa Operativo.
Asimismo, y con idéntico objetivo, la Entidad Local DUSI podrá formular a la Autoridad
de Gestión, bien directamente o, preferentemente, a través del OIG, las consultas,
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
comunicaciones o solicitudes de aclaración que sean necesarias para el correcto
desempeño de las funciones asumidas mediante el presente Acuerdo.
Suspensión de las funciones
Las funciones recogidas en el presente Acuerdo de Compromiso quedarán
suspendidas por los siguientes motivos:
- No contar con un Manual de Procedimientos validado por el OIG.
- No disponer de una evaluación de riesgos validada por el OIG.
- Por resolución firme del Director General de Fondos Comunitarios, tras
audiencia al interesado, motivada por incumplimiento parcial o total de las
funciones asumidas.
En todos los casos, se firmará por ambas partes un acuerdo en el que se determinará
tanto la fecha del cese de las funciones asumidas, como el plazo durante el cual se
tiene la obligación de conservar la documentación justificativa relativa a los gastos
subvencionados.
Revocación del presente compromiso
El presente Acuerdo de Compromiso dejará de tener efectos por los siguientes
motivos:
- Por mutuo acuerdo.
- Por renuncia de la Entidad Local DUSI a la ayuda asignada, comunicando por
escrito al OIG la fecha del final del ejercicio de las funciones comprometidas
con al menos seis meses de antelación.
- Por resolución firme del Director General de Fondos Comunitarios, tras
audiencia al interesado, motivada por incumplimiento parcial o total de las
funciones asumidas.
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D G DE FONDOS
COMUNITARIOS
En todos los casos, se firmará por ambas partes un acuerdo en el que se determinará
tanto la fecha del cese de las funciones asumidas, como el plazo durante el cual se
tiene la obligación de conservar la documentación justificativa relativa a los gastos
subvencionados.
Efectos y duración del presente Acuerdo de Compromiso
El presente Acuerdo estará vigente desde su firma hasta el cierre del Programa
Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020, y con efectos retroactivos desde el 1
de enero de 2014, en los términos en que esta retroactividad se aplica a dicho
programa operativo según el Reglamento (UE) Nº 1303/2013.
En Albacete, a 21 de diciembre de 2016
Por el Ayuntamiento de Albacete
EL ALCALDE DE ALBACETE
Fdo: Francisco Javier Cuenca García
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ANEXO 2
Resultado de la autoevaluación antifraude.
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1. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN A RIESGOS DE FRAUDE
ESPECÍFICOS - SELECCIÓN DE LOS SOLICITANTES POR LAS
AUTORIDADES DE GESTIÓN
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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2. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN A RIESGOS DE FRAUDE
ESPECÍFICOS - EJECUCIÓN DEL PROGRAMA Y VERIFICACIÓN DE
LAS ACTIVIDADES
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ce
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bro
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un
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itador
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n c
on
flic
to d
e i
nte
rés n
o d
ecla
rad
o,
o
- se h
an p
agado s
ob
orn
os o
co
mis
ion
es.
1)
Los b
enefic
iarios p
ueden o
torg
ar
subcontr
ato
s a
terc
ero
s e
n los q
ue u
n m
iem
bro
de s
u
pers
onal tiene a
lgún inte
rés,
económ
ico o
de o
tro t
ipo.
De form
a s
imila
r, las o
rganiz
acio
nes
pueden n
o d
ecla
rar
ple
nam
ente
todos los c
onfli
cto
s d
e inte
rés c
uando s
e p
resenta
n a
una
licitació
n.
2)
Terc
ero
s q
ue o
pta
n a
contr
ato
s p
ueden o
frecer
soborn
os o
com
isio
nes a
los
benefic
iarios p
ara
influ
ir s
obre
la a
dju
dic
ació
n d
e c
ontr
ato
s.
Benefic
iarios y
terc
ero
sE
xte
rno
S
IR2
Incu
mp
lim
ien
to d
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pro
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dim
ien
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lig
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iario incum
ple
un p
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iento
com
petitivo
oblig
ato
rio c
on e
l fin
de favo
recer
a u
n d
ete
rmin
ado s
olic
itante
a la h
ora
de c
onseguir o
de c
onserv
ar
un c
ontr
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ravé
s
de:
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isió
n d
e u
n c
on
tra
to e
n v
ari
os,
o
- la
contr
ata
ció
n c
on u
n ú
nic
o p
rove
ed
or
sin
justific
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n,
o
- la
om
isió
n d
el
pro
ce
dim
ien
to d
e c
oncurs
o,
o
- la
pró
rro
ga
irr
eg
ula
r del contr
ato
.
1)
Los b
enefic
iarios p
ueden d
ivid
ir u
n c
ontr
ato
en d
os o
más p
edid
os o
contr
ato
s,
a fin
de n
o
tener
que a
plic
ar
el pro
cedim
iento
de c
oncurs
o c
om
petitivo
o d
e s
osla
yar
la r
evi
sió
n p
or
part
e d
e
una insta
ncia
superior.
2)
Pueden fals
ear
los m
otivo
s p
ara
contr
ata
r con u
n ú
nic
o p
rove
edor
defin
iendo u
nas e
specifi
cacio
nes d
em
asia
do r
estr
ictiva
s.
3)
Pueden c
onceder
los c
ontr
ato
s a
terc
ero
s q
ue d
eseen favo
recer
sin
pasar
por
el pro
cedim
iento
oblig
ato
rio d
e c
oncurs
o.
4)
Pueden
pro
rrogar
los v
encim
iento
s o
rigin
ale
s d
el contr
ato
media
nte
una m
odifi
cació
n o
clá
usula
adic
ional,
evi
tando c
on e
llo t
ener
que c
onvo
car
nueva
mente
un c
oncurs
o.
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iarios y
terc
ero
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pro
ce
dim
ien
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co
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co
mp
eti
tivo
Un m
iem
bro
del pers
onal del O
IL favo
rece a
un lic
itador
en u
n
pro
cedim
iento
com
petitivo
media
nte
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sp
ecif
ica
cio
ne
s a
ma
ña
da
s,
o
- la
fil
tra
ció
n d
e l
os d
ato
s d
e l
as o
fert
as,
o
- la
ma
nip
ula
ció
n d
e las o
fert
as.
1)
Los b
enefic
iarios p
ueden c
rear
convo
cato
rias d
e o
fert
as o
pro
puesta
s «
a la m
edid
a» m
edia
nte
unas e
specifi
cacio
nes q
ue s
e a
justa
n e
xclu
siv
am
ente
a las c
ara
cte
rísticas d
e u
n d
ete
rmin
ado
licitador,
o q
ue ú
nic
am
ente
un lic
itador
puede c
um
plir
. U
nas e
specifi
cacio
nes d
em
asia
do
restr
ictiva
s p
ueden s
erv
ir p
ara
exclu
ir a
otr
os o
fert
ante
s c
ualif
icados.
2)
El pers
onal de u
n
benefic
iario e
ncarg
ado d
e d
efin
ir e
l pro
yecto
o d
e e
valu
ar
las o
fert
as p
uede filt
rar
info
rmació
n
confid
encia
l, c
om
o p
resupuesto
s e
stim
ados,
solu
cio
nes p
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as d
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com
pete
ncia
, con e
l fin
de q
ue e
l lic
itador
al que d
esea favo
recer
pueda p
repara
r una o
fert
a
superior
en e
l aspecto
técnic
o o
económ
ico.
3)
Los b
enefic
iarios p
ueden m
anip
ula
r la
s o
fert
as
recib
idas p
ara
conseguir q
ue r
esulte s
ele
ccio
nado s
u c
ontr
atista
pre
ferido.
Benefic
iarios y
terc
ero
sE
xte
rno
S
IR4
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cti
ca
s c
olu
so
ria
s e
n l
as o
fert
as
Para
conseguir u
n c
ontr
ato
, lo
s o
fert
ante
s p
ueden m
anip
ula
r
el pro
cedim
iento
com
petitivo
org
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or
un b
enefic
iario
media
nte
acu
erd
os c
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so
rio
s c
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ante
s o
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sim
ula
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fert
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tes,
es d
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- pre
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cid
ad
co
n o
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s
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nte
s,
en p
art
icula
r con e
mpre
sas inte
rrela
cio
nadas,
o
- in
troducie
ndo p
rove
ed
ore
s f
an
tasm
a.
1)
Terc
ero
s d
e u
na z
ona,
regió
n o
secto
r dete
rmin
ados p
ueden c
onspirar
para
burlar
la
com
pete
ncia
y a
um
enta
r lo
s p
recio
s s
irvi
éndose d
e d
ivers
os a
rtifi
cio
s d
e t
ipo c
olu
sorio,
com
o la
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senta
ció
n d
e o
fert
as c
om
ple
menta
rias,
la r
ota
ció
n d
e las o
fert
as y
el re
part
o d
el m
erc
ado.
2)
Pueden t
am
bié
n c
rear
pro
veedore
s «
fanta
sm
as» p
ara
que p
resente
n o
fert
as c
om
ple
menta
rias e
n
régim
en d
e c
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sió
n,
al obje
to d
e infla
r lo
s p
recio
s,
o s
imple
mente
de g
enera
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ras d
e
pro
veedore
s inexis
tente
s.
Por
otr
a p
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e,
un e
mple
ado d
el benefic
iario p
uede a
uto
rizar
pagos a
un
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ficticio
para
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pia
rse indebid
am
ente
de fondos.
Terc
ero
sE
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s i
nco
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iento
com
petitivo
de
jan
do
de
esp
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ica
r d
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rmin
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oste
s e
n s
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a
Terc
ero
s p
ueden o
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n a
ctu
aliz
ada,
com
ple
ta y
exacta
sobre
los c
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pre
cio
s e
n s
us o
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as,
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s,
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- em
itie
ndo f
actu
ras f
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as,
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as o
du
pli
ca
da
s.
1)
Un t
erc
ero
con m
últip
les ó
rdenes d
e t
rabajo
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ilare
s p
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arg
ar
los m
ism
os c
oste
s d
e
pers
onal, h
onora
rios u
otr
os g
asto
s a
varios c
ontr
ato
s.
2)
Puede t
am
bié
n p
resenta
r a s
abie
ndas
factu
ras fals
as,
infla
das o
duplic
adas,
actu
ando e
n s
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Los c
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ple
n las c
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iones d
el contr
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s c
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os d
e c
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rio
r, e
s d
ecir,
en
los c
asos e
n q
ue:
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an s
usti
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o los p
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s,
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s p
roducto
s n
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xis
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, o las a
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o s
e h
an
realiz
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e c
onfo
rmid
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on e
l acuerd
o d
e s
ubve
nció
n
1)
Terc
ero
s p
ueden s
ustitu
ir los p
roducto
s e
specifi
cados e
n e
l contr
ato
por
otr
os d
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plir
de a
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el contr
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plid
o.
Los b
enefic
iarios p
ueden s
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2)
No
se e
ntr
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n a
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e los p
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s o
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el contr
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n.
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iarios y
terc
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cia
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xis
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te intr
oducie
ndo c
ondic
iones
más favo
rable
s p
ara
un t
erc
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, hasta
el punto
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lidar
la
decis
ión d
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La m
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cació
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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1
2
Ref. del
riesgo
Denominación
del riesgo Descripción del riesgo
¿A quién afecta
este riesgo?
¿Es el riesgo interno
(dentro del OIL),
externo, o resultado
de una colusión? 2
IR2 Incumplimiento
de un
procedimiento
competitivo
obligatorio
El beneficiario incumple un procedimiento competitivo obligatorio con
el fin de favorecer a un determinado solicitante a la hora de conseguir
o de conservar un contrato a través de:
- la división de un contrato en varios, o
- la contratación con un único proveedor sin justificación, o
- la omisión del procedimiento de concurso, o
- la prórroga irregular del contrato.
Beneficiarios y
terceros
Externo
4
Impacto
del riesgo
(BRUTO)
Probabilida
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(BRUTA)
Puntuació
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riesgo
(BRUTA) Ref. del control Descripción del control
¿Se documenta el
funcionamiento
de este control?
¿Se comprueba
regularmente este
control?
¿Qué grado
de
confianza
merece la
eficacia de
este
control?
Efecto
combinado
de los
controles
sobre el
IMPACTO del
riesgo,
teniendo en
cuenta los
niveles de
confianza
Efecto
combinado de
los controles
sobre la
PROBABILIDAD
del riesgo,
teniendo en
cuenta los
niveles de
confianza
Impacto del
riesgo
(NETO)
Probabilidad
del riesgo
(NETA)
Puntuación
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del riesgo
(NETA)
IC 2.1 Antes de que los beneficiarios inicien la ejecución de los programas, el OIL revisa
una lista de aquellos contratos propuestos cuyo importe se sitúa ligeramente
por debajo de las cuantías establecidas
No Sí Medio
IC 2.2 El OIL requiere que las adjudicaciones de contratos por el beneficiario se revisen
por una segunda instancia distinta del comité de evaluación (por ejemplo,
personal de nivel directivo de la empresa beneficiaria), verificando en cada caso que
se han respetado los procedimientos de contratación. El OIL revisa el
funcionamiento de estos controles en una muestra de beneficiarios.
No No Bajo
IC 2.3 Existen pruebas de que un departamento de auditoría interna del beneficiario
revisa regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de
contratación.
No No Bajo
IC 2.X Incluir la descripción de los controles adicionales...
IC 2.11 El OIL requiere la aprobación previa de todas las adjudicaciones de contrato a un
mismo proveedor, a través de una segunda instancia distinta del departamento
de compras (por ejemplo, personal de nivel directivo de la empresa beneficiaria) El
OIL revisa el funcionamiento de estos controles en una muestra de beneficiarios.
Sí Sí Alto
IC 2.12 Las adjudicaciones a un mismo proveedor deberán ser autorizadas previamente
por el OIL.
No No Bajo
IC 2.13 El OIL revisa periódicamente una muestra de contratos con el fin de garantizar que
las especificaciones técnicas no son demasiado restrictivas respecto a los
servicios requeridos para el programa.
Sí Sí Alto
IC 2.14 Existen pruebas de que un departamento de auditoría interna del beneficiario
revisa regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de
contratación.
Sí Sí Alto
IC 2.15 Utilización del procedimiento negociado sin publicidad en lugar de contratos
menores (en cuanto a la invitación de tres ofertas).
Sí Sí Alto
IC 2.16 Utilización de procedimiento abierto de forma general por normativa interna. Sí Sí Alto
IC 2.21 El OIL requiere que las adjudicaciones de contratos por el beneficiario se revisen
por una segunda instancia distinta del comité de evaluación (por ejemplo,
personal de nivel directivo de la empresa beneficiaria), verificando en cada caso que
se han respetado los procedimientos de contratación. El OIL revisa el
funcionamiento de estos controles en una muestra de beneficiarios.
Sí Sí Alto
IC 2.22 El OIL lleva a cabo una revisión periódica de una muestra de contratos para
garantizar que se han observado los procedimientos de contratación aplicables.
Sí Sí Alto
IC 2.23 El OIL requiere que los beneficiarios dispongan de políticas relativas a los conflictos
de interés, exijan las declaraciones y lleven los registros correspondientes, y
verifica su funcionamiento en una muestra de beneficiarios. El OIL revisa el
funcionamiento de estos controles en una muestra de beneficiarios.
No No Bajo
IC 2.24 Existen pruebas de que un departamento de auditoría interna del beneficiario
revisa regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de
contratación.
Sí Sí Alto
IC 2.25 Se insta al beneficiario a que solicite las prorrogas antes del vencimiento del
contrato original.
Sí Sí Alto
IC 2.31 El OIL obliga a los beneficiarios a disponer de una segunda instancia, distinta
del departamento de compras, responsable de aprobar las modificaciones del
contrato. El OIL revisa el funcionamiento de estos controles en una muestra de
beneficiarios.
Sí Sí Alto
IC 2.32 Las modificaciones del contrato que prorrogan el acuerdo original más allá de un
plazo máximo predefinido deberán contar con la previa autorización del OIL.
Sí Sí Alto
IC 2.33 Existen pruebas de que un departamento de auditoría interna del beneficiario
revisa regularmente el funcionamiento de los controles internos en materia de
contratación.
Sí Sí Alto
IC 2.34 6 meses antes de la finalización del contrato se informa al beneficiario del
requerimiento de inicio de una nueva licitación.
Sí Sí Alto
Impacto
del riesgo
(NETO)
Probabilida
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(NETA)
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riesgo
(NETA)
Persona
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NETO del
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Efecto
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los controles
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Impacto del
riesgo
(OBJETIVO)
Probabilidad
del riesgo
(OBJETIVO)
Puntuación
total del
riesgo
(OBJETIVO)
Servicio de Contratación
-1 1 2 2-12 3 6 División de un contrato en variosComprobación de los contratos menores adjudicados a un mismo proveedor. Inmediato
RIESGO NETO
Nuevo control previsto Plazo de aplicación
DESCRIPCIÓN DEL RIESGO
RIESGO BRUTO CONTROLES EXISTENTES
RIESGO NETO PLAN DE ACCIÓN
3
RIESGO OBJETIVO
3 6División de un contrato en varios
Contratación de un único proveedor sin justificación
4 12
Prórroga irregular del contrato
Omisión del procedimiento de licitación
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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ANEXO 3
Política de lucha contra el fraude.
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Política de lucha contra el fraude del Ayuntamiento de Albacete - AYUNTAMIENTODE ALBACETE - Cod.160945 - 10/02/2017
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POLÍTICA DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE
1. Introducción
Con fecha 14 de diciembre de 2016, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» nº
301 la Resolución de 12 de diciembre de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos, por la que se resuelve definitivamente la primera convocatoria para la
selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (EDUSI) que
serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible
2014-2020, efectuada por Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre.
Según lo indicado en el punto segundo de dicha resolución, la EDUSI-Albacete se
relaciona con la calificación de SELECCIONADA, por un importe de ayuda FEDER de
15.000.000 €, otorgando al Ayuntamiento de Albacete la condición de entidad
beneficiaria, habiendo sido designado como Organismo Intermedio Ligero del FEDER
para llevar a cabo la selección de operaciones a cofinanciar.
En virtud de lo anterior, el Ayuntamiento de Albacete se compromete a mantener un
alto nivel de calidad jurídica, ética y moral, y a adoptar los principios de integridad,
imparcialidad y honestidad; y es su intención demostrar su oposición al fraude y a la
corrupción en el ejercicio de sus funciones. Se espera que todos los miembros del
personal asuman también este compromiso.
El objetivo de esta política es promover una cultura que ejerza un efecto disuasorio
para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y
detección, y desarrollando unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude
y de los delitos relacionados con el mismo, que permitan garantizar que tales casos se
abordan de forma adecuada y en el momento preciso.
El término «fraude» se utiliza para describir una gran variedad de comportamientos
faltos de ética, como el robo, la corrupción, el desfalco, el soborno, la falsificación, la
representación errónea, la colusión, el blanqueo de capitales y la ocultación de hechos.
Con frecuencia implica el uso del engaño con el fin de conseguir ganancias personales
para una persona vinculada a un organismo público o para un tercero, o bien pérdidas
para otra persona (la ‘intención’ es el elemento fundamental que diferencia al fraude
de la irregularidad).
El fraude no solo implica posibles consecuencias financieras, sino que además
perjudica la reputación del organismo responsable de la gestión eficaz y eficiente de
los fondos. Esto tiene especial importancia para los organismos públicos responsables
de la gestión de los Fondos de la Unión Europea.
El término «corrupción» lleva implícito un abuso de poder para obtener ganancias
personales.
Por último, se dice que existe un «conflicto de intereses» cuando el ejercicio imparcial
y objetivo de las funciones de una persona se ve comprometido por motivos
relacionados con su familia, su vida sentimental, sus afinidades políticas o nacionales,
sus intereses económicos o cualquier otro tipo de interés compartido con, por ejemplo,
un solicitante de Fondos de la UE.
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2. Responsabilidades
2.1. En el Ayuntamiento de Albacete, la responsabilidad de gestionar el riesgo de
fraude y de corrupción se delegará en un grupo de trabajo multidisciplinar
formado por personas integrantes de las diferentes unidades,
departamentos, servicios o áreas municipales implicadas en la gestión de
estos fondos FEDER, en particular en lo referente a las siguientes fases del
proceso:
La selección de las operaciones (Unidad de Gestión).
Procedimientos de contratación (Servicio de Contratación).
Comprobaciones relativas a la verificación documental y sobre el
terreno (Oficina Técnica de Gestión).
La autorización de los pagos (Servicio de Presupuestos y Contabilidad,
Intervención General y Tesorería).
2.2. Dicho equipo tendrá la responsabilidad de:
Llevar a cabo las evaluaciones anuales sobre el riesgo de fraude.
Establecer una política de lucha contra el fraude efectiva y un plan de
respuesta contra el fraude.
Asegurarse de que el personal implicado es consciente de todos los
asuntos relacionados con el fraude, y de que recibe la información al
respecto.
Asegurarse de que el Ayuntamiento de Albacete remite
inmediatamente las investigaciones a los organismos competentes
cuando se producen casos de fraude.
2.3. Será también responsabilidad de este equipo antifraude la gestión cotidiana
de los riesgos de fraude y de los planes de acción, según establezca la
evaluación del riesgo de fraude, y especialmente:
Asegurarse de que existe un sistema de control interno eficaz dentro
del ámbito de su responsabilidad.
Prevenir y detectar el fraude.
Asegurarse de que se lleva a cabo la diligencia debida, y de que se
toman medidas cautelares en caso de sospecha de fraude.
Adoptar medidas correctoras, si procede.
2.4. Las autoridades de certificación tienen un sistema de registro y
almacenamiento de información fidedigna de cada operación.
3. Notificación del fraude.
El Ayuntamiento de Albacete establecerá los procedimientos para notificar los casos de
fraude, tanto dentro del propio organismo, como a la Oficina Europea de Lucha contra
el Fraude (OLAF).
Cualquier notificación se tratará con la más estricta confidencialidad, debiéndose
proteger al personal que notifique cualquier irregularidad o sospecha de fraude, con el
fin de evitar represalias.
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4. Medidas contra el fraude
El Ayuntamiento de Albacete pondrá en marcha medidas proporcionadas de lucha
contra el fraude basadas en las evaluaciones del riesgo de fraude a realizar.
Además, garantizará que el personal es consciente de los riesgos de fraude y recibe la
información al respecto.
En el caso de detección de actividades fraudulentas, se diseñarán medidas
proporcionadas y eficaces para corregir las irregularidades que hayan sido detectadas.
Asimismo, realizará investigaciones a fondo y con prontitud de todos los casos de
sospecha de fraude y de fraude real que se puedan producir a lo largo del periodo de
programación, con el propósito de mejorar el sistema interno de gestión y control si es
necesario.
En este sentido, se transmitirá el caso a la autoridad competente del Estado, la cual
valorará si es preciso abrir una investigación, y si procede emprender la recuperación
de los importes indebidamente percibidos y la acción penal.
5. Conclusiones
El fraude puede manifestarse de muchas formas. Por ello, el Ayuntamiento de Albacete
quiere adoptar una política de tolerancia cero con el fraude y la corrupción, creando un
sistema de control que permita prevenir y detectar, dentro de lo posible, cualquier
actuación fraudulenta y, en su caso, subsanar sus consecuencias.
Esta política, y todos los procedimientos y estrategias pertinentes, están respaldados
por la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano, y
por la Dirección General de Fondos Comunitarios (Organismo Intermedio de Gestión, y
Autoridad de Gestión, respectivamente, de los Fondos FEDER para España), que los
revisará y actualizará a lo largo del periodo de programación.
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ANEXO 4
Declaración tipo de ausencia de conflicto de intereses.
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Declaración tipo de ausencia de conflicto de intereses
Denominación de contrato: nombre del contrato a adjudicar
Expediente nº: número de expediente de contratación
Yo, nombre y apellidos y cargo de la persona , perteneciente a nombre de la unidad,
departamento, servicio o área municipal donde pertenece el firmante, habiendo sido designado
miembro de la comisión de apertura / del comité de evaluación /mesa de contratación
habiéndoseme otorgado la responsabilidad de evaluar (exclusión) y fijar los criterios (selección)
/ habiendo sido designado para supervisar las operaciones autorizado para enmendar parte del
contrato público citado anteriormente, declaro que conozco el artículo 57 del Reglamento
Financiero, que reza como sigue:
“1. Los agentes financieros y demás personas implicadas en la ejecución y gestión del
presupuesto, incluidos los actos preparatorios al respecto, la auditoría o el control del
presupuesto no adoptarán ninguna medida que pueda acarrear un conflicto entre sus propios
intereses y los de la Unión.
De presentarse tal caso, el agente de que se trate se abstendrá de actuar y elevará la cuestión
al ordenador delegado que, a su vez, confirmará por escrito la existencia de un conflicto de
intereses. El agente de que se trate también informará a su superior jerárquico. En caso de que
se constate la existencia de un conflicto de intereses, el agente de que se trate pondrá fin a
todas las actividades relacionadas. El ordenador delegado adoptará personalmente cualquier
otra medida complementaria que corresponda.
2. A los efectos del apartado 1, existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones de los agentes financieros y demás personas a que se refiere el
apartado 1 se vea comprometido por razones familiares5, afectivas, de afinidad política o
nacional, de interés económico6 o por cualquier otro motivo de interés común con el
beneficiario7.”
Insértense normas nacionales........... que rezan como sigue: ........ (si procede / según
proceda).
Declaro por el presente documento que, a mi leal saber, no tengo conflicto de intereses con
respecto a los operadores que han presentado la solicitud para participar en este procedimiento
de contratación pública/presentado una oferta en esta licitación pública, bien como individuos
bien como miembros de un consorcio, o con respecto a los subcontratistas propuestos.
5 Relación familiar de XX grado, matrimonio o pareja de hecho.
6 Relación contractual o consultoría remunerada o no remunerada, aplicable en la actualidad.
7 Incluido el trabajo voluntario, miembro de una junta o consejo directivo
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A mi leal saber y entender, no existen hechos o circunstancias, pasados o presentes, o que
puedan surgir en un futuro previsible, que pudieran poner en cuestión mi independencia a ojos
de cualquiera de las partes.
Confirmo que si descubro o si se constata en el transcurso del proceso de selección / fijación de
criterios / evaluación [apertura] / ejecución del contrato o enmienda del mismo que tal conflicto
existe o ha surgido, lo declararé inmediatamente a la junta / comité, y si se hallare un conflicto
de intereses, dejaré de tomar parte en el proceso de evaluación y en todas las actividades
relacionadas.
También confirmo que trataré como confidenciales todos los asuntos que se me confíen. No
revelaré ninguna información confidencial que me sea comunicada o que haya descubierto. No
haré uso improcedente de la información que se me proporcione. Concretamente, acepto tratar
en confianza y con discreción cualquier información o documentos que me sean revelados o
que yo descubra o prepare en el transcurso o como resultado de la evaluación, y acepto que
solo serán utilizados con los fines de dicha evaluación y que no serán revelados a ninguna
tercera parte. También acepto que no retendré copias de ninguna información escrita que se
me proporcione.
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ANEXO 5
Solicitud tipo de financiación y propuesta de operación.
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SOLICITUD DE FINANCIACIÓN Y PROPUESTA DE OPERACIÓN
1. Programa Operativo (PO) FEDER
1.1 Título:
Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020 PO
1.2 CCI:
2014ES16RFOP002
1.3 Eje prioritario:
12 Eje Urbano
2. Estrategia DUSI
2.1 Nombre:
EDUSI Albacete
2.2 Entidad DUSI:
Ayuntamiento de Albacete
2.3 Convocatoria de ayudas FEDER:
Orden HAP/2427/2015 de 13 de noviembre (BOE nº 275 de 17/11/15)
3. Organismo Intermedio de Gestión (OIG)
3.1 Nombre:
Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano
4. Organismo Intermedio Ligero (OIL)
4.1 Nombre:
Ayuntamiento de Albacete
5. Financiación
5.1 Organismo con Senda Financiera (OSF):
Ayuntamiento de Albacete
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5.2 Norma Aplicable sobre los gastos subvencionables:
Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre (BOE nº 315 de 30-dic-2016), por la que se
aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del
FEDER para el período 2014-2020.
6. Unidad Ejecutora (UUEE)
6.1 Concejalía:
Nombre de la CONCEJALÍA de la cual depende la unidad, departamento, servicio, área
municipal u organismo autónomo que formula la operación seleccionada.
6.2 Unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo:
Nombre de la unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo
que formula la operación seleccionada.
6.3 Capacidad administrativa de la Unidad Ejecutora:
Describir la estructura orgánica y funcional, con el fin de asegurar su capacidad
administrativa, financiera y operativa suficiente para garantizar tanto el control como la
buena gestión de la operación a realizar, a través de la asignación de recursos
humanos apropiados (con las capacidades técnicas necesarias a los distintos niveles y
para las distintas funciones a desempeñar en el control y gestión de dicha operación).
7. Expresión de interés
7.1 Justificación:
Breve descripción de los motivos que justifican la solicitud de ayuda financiera para la
operación que se propone.
8. Operación propuesta
8.1 OBJETIVO TEMÁTICO (OT):
En el que se enmarca la operación según Capitulo 5 Plan de Implementación de la
Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de Albacete.
8.2 Prioridad de Inversión (PI):
En el que se enmarca la operación, conforme al Programa Operativo FEDER de
Crecimiento Sostenible 2014-2020 y según se detalla en el Anexo 6 de este manual.
8.3 OBJETIVO ESPECÍFICO (OE):
En el que se enmarca la operación según Capitulo 5 Plan de Implementación de la
Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de Albacete.
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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8.4 Categoría de Intervención (CI):
En el que se enmarca la operación, conforme al Programa Operativo FEDER de
Crecimiento Sostenible 2014-2020 y según se detalla en el Anexo 6 de este manual.
8.5 LÍNEA DE ACTUACIÓN (LA).
8.5.1 Nombre:
En el que se enmarca la operación (según el Capitulo 5 - Plan de
Implementación, de la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de
Albacete).
8.5.2 Código de la LA:
En el que se enmarca la operación (según el Capitulo 5 - Plan de
Implementación, de la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de
Albacete).
8.6 Categoría de actuación (según UE):
En el que se enmarca la operación, según el Programa Operativo FEDER de
Crecimiento Sostenible 2014-2020 y según se detalla en el Anexo 7 de este manual.
8.7 Nombre de la Operación:
Nombre o título que identifique la operación.
8.8 Descripción de la Operación:
Explicar de forma detallada la operación propuesta.
8.9 Localización:
Código postal de la operación u otro indicador apropiado para su localización.
8.10 Fecha de inicio:
Si la operación ha comenzado antes de presentarse la solicitud de financiación, debe
haberse cumplido con la normativa aplicable a dicha operación.
8.11 Plazo de ejecución o desarrollo:
En meses.
8.12 Fecha estimada de conclusión:
Fecha prevista para la conclusión material o la realización completa de la operación.
La solicitud de financiación debe efectuarse antes de la conclusión material de la
operación.
8.13 Importe del coste total subvencionable solicitado:
En euros.
8.14 Importe de la ayuda FEDER:
80 % del importe del apartado 8.13, expresado en euros.
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8.15 Senda financiera:
Se realizará una tabla con la senda financiera de la operación, calculada sobre el plazo
total de ejecución previsto en meses.
8.16 Criterios de selección:
Incluir aquí los criterios de selección que cumple la operación.
Para ello, se tendrá en cuenta la relación de criterios generales, básicos y específicos
contemplados en el Anexo 14 del Manual de Procedimientos.
8.17 Operaciones objeto de un procedimiento de recuperación:
Debe garantizarse que la operación no incluye actividades que eran parte de una
operación que ha sido, o hubiera debido ser, objeto de un procedimiento de
recuperación conforme al artículo 71 del RDC, a raíz de la relocalización de una
actividad productiva fuera de la zona del Programa Operativo.
8.18 Operaciones generadoras de ingresos:
Indicar si la operación es susceptible de generar ingresos netos una vez finalizada,
según lo establecido en el artículo 61 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y artículos 15 al 19 del
Reglamento Delegado (UE) Nº 480/2014 del Comisión de 3 de marzo de 2014.
9. Indicadores
9.1 Contribución a la Prioridad de Inversión:
La operación seleccionada garantiza su contribución al logro de los objetivos y
resultados específicos de la Prioridad de Inversión a la que corresponde.
9.2 Indicadores de Productividad:
Código y Nombre de los Indicadores de Productividad que se prevén lograr con la
ejecución de la operación, según el Anexo 8 de este manual.
9.3 Unidad de medida:
Según las unidades de medida indicadas en el Anexo 8 de este manual.
9.4 Valor estimado 2023:
Según los valores estimados que se detallan en el Anexo 8 de este manual.
9.5 Nivel de logro estimado con la operación:
Valor estimado a lograr tras la finalización de la operación.
10. Aspectos evaluables de la operación propuesta
10.1 Nivel de impacto en el Indicador de Resultado:
Bajo, Medio o Alto.
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10.2 Nivel de impacto en los Indicadores de Productividad:
Bajo, Medio o Alto.
10.3 Nivel de impacto en la consecución del Marco de Rendimiento:
Bajo, Medio o Alto.
El Eje-12 Urbano tiene asignada una reserva de eficacia (6% ó 7% según la región)
cuya aplicación está condicionada al cumplimiento del hito intermedio de que el 15 %
del gasto total del Eje-12 se halle contratado a 31 de diciembre de 2018.
10.4 Propuesta participada con:
Indicar si ha sido recogida también por los diferentes partidos políticos con
representación municipal, agentes locales, representantes de la sociedad civil y/o la
ciudadanía en general.
10.5 Grado de participación o consenso de la iniciativa propuesta:
Bajo, Medio o Alto.
En función del mayor número de los actores del proceso participativo mencionados en
el apartado anterior, que ha recogido o apoyado dicha iniciativa).
11. Requisitos para ser considerada BUENA PRÁCTICA
11.1 Problema o debilidad a cuya resolución contribuye la operación (RP):
Describir a qué problemática responde el proyecto solicitado, y cómo su puesta en
marcha favorece el desarrollo del territorio y/o del público objetivo.
11.2 Elementos innovadores que incorpora (EI):
Habrá que destacar el carácter innovador de la actuación, que puede estar vinculado a
las metodologías, tecnologías o procesos, a los servicios facilitados y las distintas
herramientas empleadas para ponerla en marcha.
También se considerará la innovación respecto al territorio o ámbito de ejecución, y al
público objetivo.
11.3 Grado de cobertura sobre la población a la que se dirige (CP):
Nº y porcentaje de la población afectada.
Debe mencionarse el alcance, no sólo sobre los beneficiarios, sino también sobre la
población en general del área urbana funcional.
11.4 Grado de adecuación de los resultados que se esperan obtener a los
objetivos iniciales previstos (AR):
Bajo, Medio o Alto.
Se han de destacar los principales objetivos, haciendo hincapié en qué tipo de
resultados se atribuirán a la operación: impacto en términos físicos, cuantitativos y
cualitativos.
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11.5 Consideración de los Principios Horizontales que contempla (PH):
Indicar aquí cómo se van a aplicar en la actuación que se propone los principios de
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, no discriminación, así como los
de responsabilidad social y sostenibilidad ambiental.
11.6 Otras políticas o instrumentos de intervención pública con las que tiene
sinergias (SP):
Se tendrá en cuenta si la actuación reforzará la actuación de otros Fondos (tanto
regionales, como nacionales, como europeos) y si contribuirá a potenciar los efectos
positivos de dichas políticas o instrumentos.
11.7 Difusión de la operación (MC):
Indicar aquí cómo se va difundir y comunicar la operación y la financiación del Fondo
Europeo de Desarrollo Regional entre los beneficiarios/as, beneficiarios/as potenciales
y el público en general.
12. Medidas antifraude
12.1 Control de una doble financiación:
Indicar si la unidad ejecutora ha obtenido otras ayudas para la misma operación, su
procedencia e importe.
Indicar, en caso favorable, si la suma del importe de las ayudas supera el importe de la
operación.
O bien, indicar, en caso desfavorable, si se compromete a declarar en el futuro otras
ayudas para verificar su compatibilidad.
12.2 Conflicto de intereses:
Indicar si, para esta operación, las personas pertenecientes a la unidad ejecutora
pueden incurrir en conflicto de intereses a la hora de participar en el procedimiento de
contratación pública, en cuanto a la valoración técnica de las ofertas.
En este sentido, se exigirá a todas y cada una de las personas que participen en dicho
procedimiento, que cumplimenten una declaración de ausencia de conflicto de
intereses.
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ANEXO 6
Categorías de Intervención según POCS.
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POCS 2.A.4 2.A.5
Cat. Región:
TRANSICIÓN
OT - 2 PI - 2.3 OE - 2.3.3 CE078 2.a P romoción S mart City Albacete.
CI078
2.b
CE079
CI078A
CE080
CI079
CE081
CI080
OT - 4 PI - 4.5 OE - 4.5.1 CE043 4.1.a
CI046
4.1.b
CE044
CI047
CE090 Carriles para bicicletas y caminos peatonales. 4.1.c
CI088
OE - 4.5.3 CE010 Energías renovables: solar . 4.2.c
CI012
CE011 Energía renovable: biomasa.
CI013
CE012
CI014
CE013 4.2.b
CI015
CE014 4.2.a
CI016
OT-6 PI - 6.3 OE - 6.3.4 CE092 6.1.b
CI090
CE094 6.1.a
CI092
PI - 6.5 OE - 6.5.2 CE083 Medidas de calidad del aire . 6.2.b
CI082
CE089 6.2.a
CI087
Total OT6 =
OT-9 PI - 9.2 OE 9.8.2 CE054 Infraestructura en materia de vivienda .
CI056
CE055 9.a
CI057
9.b
CE101
CI099
Financiación cruzada en el marco del FEDER (apoyo a medidas
del tipo FSE necesarias para la ejecución satisfactoria de la parte
del FEDER de la operación y relacionadas directamente con ella).
LÍNEAS DE ACTUACIÓN (LLAA)
Infraestructura y fomento de transporte urbano limpio
(incluidos equipos y material rodante).
Integración/conexión de asentamientos
dispersos con el casco urbano.
6e. Acciones para mejorar el
entorno urbano, revitalizar
las ciudades, rehabilitar y
descontaminar viejas zonas
industriales (incluidas
zonas de reconversión),
reducir la
contaminación atmosférica y
promover medidas de
reducción del ruido.
Regeneración f í sica, económica y social
de areas degradadas en barrios
desfavorecidos.
9.c
M ejora de la ef iciencia energética de
edif icios gestionados por el Ayto.
Aumentar la producción de energí as
renovables en edif icios públicos.
Sistemas de transporte inteligente (incluyendo la introducción de
la gestión de la demanda, los sistemas de telepeaje y los
sistemas informáticos de información y control).
Promover la
inclusión social
y luchar contra
la pobreza y
cualquier
discriminación .
9b. La prestación de apoyo a
la regeneración física,
económica y social de las
comunidades de las zonas
urbanas y rurales
desfavorecidas.
Regeneración f í sica,
económica y social del
entorno urbano en
áreas urbanas
desfavorecidas a través
de E strategias urbanas
integradas.
Otra inf raestructura social que contribuya al desarrollo
regional y local.
Diseño y puesta en marcha de P lan de
apoyo e integración de colectivos
desfavorecidos ( toda la ciudad) .
Control de la contaminación atmosférica
y acústica.Acciones integradas de
revitalización de
ciudades, de mejora del
entorno urbano y su
medio ambiente. Rehabilitación de zonas industriales y terrenos
contaminados (englobando la rehabilitación física integrada de
suelos urbanos).
Rehabilitación de espacios de
titu laridad pública para uso colectivo y
mejora medioambiental del entorno
Diseño y puesta en marcha de P lan de
dinamización del tejido productivo y
comercial en barrios más
desfavorecidos (zona S URE y
URBANIT AS ) .
EDUSI-Albacete
Protección, desarrollo y promoción de activos del turismo
público.
Conservación y promoción del
patrimonio natural de interés turí stico.Conservar y
proteger el
medio ambiente
y promover la
eficiencia de los
recursos.
6c. La conservación, la
protección, el fomento y el
desarrollo del patrimonio
natural y cultural.
P romover la protección,
fomento y desarrollo
del patrim. cultural y
natural de las áreas
urbanas, en particular
las de interés turí stico.
Protección, desarrollo y promoción de activos de la cultura y
el patrimonio públicos.
Revitalización de edif icios municipales
de interés turí stico, h istórico y cultural.
M ejora de ef iciencia energética en
alumbrado público.
Renovación del parque inmobiliario existente con objeto de
la eficiencia energética, proyectos de demostración y medidas de
apoyo.
M ejora de la ef iciencia
energética y aumento
de energí a renovable
en las áreas urbanas.
Otras energías renovables (incluida
hidroeléctrica, geotérmica y marina) e integración de
energías renovables (incluido el almacenamiento, la
conversión de electricidad en gas y las infraestructuras
de hidrogeno renovable).
Renovación de las inf raestructuras públicas con objeto de la
eficiencia energética, proyectos de demostración y medidas de
apoyo.
M ejora urbana en viales y suelo
dotacional de espacios libres para
favorecer el uso no motorizado del
espacio urbano.
Favorecer el
paso a una
economía de
bajo nivel de
emisión de car-
bono en todos
los sectores .
4e. El fomento de
estrategias de reducción del
carbono para todo tipo de
territorio,
especialmente las zonas
urbanas, incluido el fomento
de la movilidad urbana
multimodal
sostenible y las medidas de
adaptación con efecto de
mitigación.
Fomento de la
movilidad urbana
sostenible: transporte
urbano limpio,
transporte colectivo,
conexión urbana-rural,
mejoras en la red
viaria, transporte
ciclista, peatonal,
movilidad eléctrica y
desarrollo de sistemas
de suministro de
energí as limpias.
Fomentar el uso/inf raestructuras del
transporte limpio.
Fomento del uso de la Administración
electrónica en procedimientos
municipales.
Acceso a información del sector público.
(incluyendo datos culturales abiertos en línea,
bibliotecas digitales, contenidos electrónicos y turismo
electrónico).
Servicios y aplicaciones de inclusión
digital, accesibilidad digital, aprendizaje y educación
electrónicas y alfabetización digital.
Soluciones de las TIC para responder al
desafío del envejecimiento activo y saludable y servicios
y aplicaciones de salud electrónica (incluyendo la
ciberasistencia y la vida cotidiana asistida por el entorno).
Servicios y aplicaciones de administración pública
electrónica (incluyendo la contratación pública electrónica,
medidas TIC de apoyo a la reforma de la administración pública,
ciberseguridad, medidas de confianza y privacidad, justicia
electrónica y democracia electrónica).
Mejorar el
acceso, el uso y
la calidad de las
tecnologías de la
in-formación y de
la comunicación.
2c. El refuerzo de las
aplicaciones de las
tecnologías de la
información y de la
comunicación para la
administración electrónica,
el aprendizaje electrónico, la
inclusión
electrónica, la cultura
electrónica y la sanidad
electrónica.
P romover las T IC en
E strategias de
desarrollo urbano
integrado a través de
actuacio-nes en
Administración
electrónica local y
S mart Cities.
nº DenominaciónRef. denominación
2.A.9
OBJETIVO
TEMÁTICO
PRIORIDADES DE
INVERSIÓN OBJETIVO
ESPECÍFICO
CAMPOS DE INTERVENCIÓN (POCS)
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ANEXO 7
Categorías de actuación.
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OT2 TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC)
2.a Smart City.
Proyectos tecnológicos de introducción de las TIC en los diferentes servicios públicos
municipales. En particular los relacionados con la movilidad, el agua, la energía, el
medio ambiente, las instalaciones deportivas y los servicios sociales.
Señalización informativa.
Gestión tráfico y transporte público TIC.
Indicadores meteorológicos y ambientales TIC.
Proyectos destinados a mejorar el nivel de servicios turísticos. Por ejemplo, mediante
aplicaciones móviles relacionadas con servicios prestados por el municipio.
Con carácter transversal: reducción brecha digital (especialmente la de género).
Con carácter transversal: favorecer el acceso a los servicios públicos de colectivos con
dificultades. (Personas de edad avanzada, discapacitados, mujeres, etc.).
Con carácter transversal: mejorar la alfabetización digital para que el acceso a los
servicios públicos mediante las TIC se realice en condiciones de igualdad. Teniendo
en cuenta la perspectiva de género en la utilización y en los contenidos de las TIC.
Otros.
Fomento del "Open Government” mediante la publicación electrónica de todos sus
datos.
Gestión on-line de servicios públicos.
Digitalización de procedimientos y registros.
Dotación TIC a dependencias y edificios desde los que se prestan servicios públicos
urbanos.
Servicios turísticos TIC.
Patrimonio cultural TIC.
Participación ciudadana.
Otros.
OT4 ECONOMÍA BAJA EN EMISIONES DE CO2 (EBC)
MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE (MUS)
Mejoras de la red viaria articuladas en torno al transporte urbano limpio.
Actuaciones en transporte que fomenten la multimodalidad y la accesibilidad.
Creación de itinerarios peatonales preferentes (como los proyectos de camino
escolar).
Accesibilidad: adopción de pavimentos peatonales adecuados para personas con
movilidad reducida (en particular, los que se desplazan en silla de ruedas o con sillas
de niños/as).
Accesibilidad: construcción de elementos de movilidad vertical que apoyen a los
desplazamientos peatonales, en bicicleta y al transporte público.
Carriles bici.
Plataformas de alquiler de bicicleta pública.
Bolsas de aparca bicis.
Movilidad eléctrica.
Sistemas de suministro de energías limpias.
Puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Aumento del parque móvil eléctrico.
Vehículos de transporte público innovadores con combustibles alternativos: eléctricos,
híbridos, de Hidrógeno, biocarburantes, etc.
4.1.c Integración/conexión del entorno rururbano. Portales de gestión de tráfico e información del mismo en tiempo real y otras
aplicaciones TIC que favorezcan la movilidad urbana sostenible.
Sistemas de aparcamiento inteligente.
Zonas de tráfico restringido.
Sistemas de gestión de tráfico (por ejemplo: mediante gestión semafórica en
intersecciones).
Fomento del transporte público. Proyectos de transporte público que optimicen rutas,
horarios y frecuencias de paso, teniendo en cuenta las distintas necesidades de
mujeres y hombres.
Adaptación de vías existentes para la incorporación de carriles BUS y carriles BUS-
VAO reversibles en función del tráfico.
Planes de transporte a polígonos.
Conexión urbana-rural.
Vías verdes (antiguas vías pecuarias).
LINEAS DE ACTUACIÓN ACTUACIONES CONTEMPLADAS POR LA UNIÓN EUROPEA (UE)
2.b Administración electrónica.
Despliegue de plataformas de gestión y redes para la Smart City (redes de sensores,
redes de actuadores y/o redes de comunicaciones). Cuando estas plataformas estén
ligadas a eficiencia energética estarán basadas en estudios energéticos y cuando
estén ligadas al transporte colectivo, a estudios de movilidad urbana sostenible.
4.1.a Favorecer el uso no motorizado del espacio
urbano.
4.1.b Fomento del uso/infraestructuras del
transporte limpio.
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EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (EE+EERR). Con actuaciones ligadas a auditorías o certificados energéticos previos.
4.2.a Eficiencia energética de edificios públicos. Rehabilitación integral energética de edificios municipales, con actuaciones sobre la
envolvente térmica, las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente
sanitaria, y la iluminación, entre otras.
Proyectos demostración de edificios de consumo nulo o casi nulo.
4.2.b Eficiencia energética en alumbrado público. Puesta en marcha de un plan de mejora energética del alumbrado exterior municipal,
mediante la instalación de luminarias de bajo consumo, por ejemplo tipo LED, o de
sistemas de regulación del flujo luminoso.
Actuaciones en infraestructuras públicas, en particular en el ámbito de la energía solar
térmica, incluyendo su aplicación en redes de calefacción y refrigeración urbanas.
Uso de la biomasa, biogás, y otras energías renovables definidas en el artículo 2 de la
Directiva 2009/28/CE, para usos térmicos o para generación eléctrica en autoconsumo
en las infraestructuras y servicios públicos.
Sellado de vertederos y aprovechamiento de lodos de las depuradoras para producción
de biogás.
Aplicaciones de energía aerotermia y geotermia, incluida la geotermia profunda en las
infraestructuras y servicios públicos.
Instalaciones renovables, en particular eólicas, de pequeña potencia en edificios
públicos para autoconsumo eléctrico.
Recuperación lodos depuradoras para biogás.
Redes de calefacción de distrito (cogeneración).
OT6 PATRIMONIO Y MEDIOAMBIENTE
PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL
Programas de rehabilitación del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural en
cascos urbanos.
Desarrollo y promoción de activos culturales urbanos, en particular orientados al
desarrollo del turismo.
Ordenación del uso público del patrimonio histórico, artístico y cultural.
Mejorar y promover el estado de conservación del patrimonio cultural, histórico-artístico
de la ciudad.
Rehabilitación de centros históricos y otras áreas urbanas dotadas de patrimonio
cultural.
Puesta en valor de activos culturales.
Inversiones en las infraestructuras turísticas y culturales a pequeña escala.
Medidas de conservación, protección y mejora del patrimonio natural (dentro del área
urbana funcional).
Protección y puesta en valor de activos naturales.
Rehabilitación patrimonio natural con alto valor turístico.
Zonas verdes/ riberas de ríos.
MEDIO AMBIENTE URBANO. Todas las actuaciones deberán ser coherentes con la planificación urbana general y de usos de suelo de la ciudad.
Rehabilitación de áreas urbanas degradadas.
Rehabilitación de centros urbanos degradados de interés turístico.
Recuperación de suelos abandonados de titularidad pública, para usos públicos
amables con el medioambiente.
Rehabilitación integrada de suelos urbanos de titularidad pública para su reconversión
en zonas verdes de uso colectivo. Estas actuaciones se englobarán en el Campo CI
089: Rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados, al no existir
ningún otro que refleje exactamente esta tipología de intervenciones.
Recuperación del espacios públicos urbanos y mejora del entorno y medio ambiente
urbano en todas sus vertientes en operaciones integradas. Estas actuaciones se
englobarán en el Campo CI 089: Rehabilitación de zonas industriales y terrenos
contaminados, al no existir ningún otro que refleje exactamente esta tipología de
intervenciones.
Recuperación de suelos para zonas verdes de uso público en espacios residenciales
inacabados como consecuencia de la crisis de la construcción.
Huertos urbanos. Estas actuaciones se englobarán en el Campo CI 089:
Rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados, al no existir ningún
otro que refleje exactamente esta tipología de intervenciones.
Rehabilitación y puesta en valor de zonas verdes y del patrimonio natural de las
ciudades, en particular las de interés turístico.
Diseño y puesta en marcha de planes de mejora de calidad del aire urbano, con
implantación de estaciones de medida de los indicadores de calidad del aire en la
ciudad.
Diseño y puesta en marcha de planes de reducción del ruido urbano,con implantación
de estaciones de medida y actuaciones de aislamiento acústico en áreas urbanas
cercanas a fuentes de ruido como aeropuertos o vías de ferrocarril.
Indicadores meteorológicos y ambientales TIC.
6.1.b Patrimonio natural de interés turístico.
6.2.a Mejora medioambiental del entorno urbano.
6.2.b Contaminación atmosférica y acústica.
6.1.a Patrimonio de interés turístico, histórico y
cultural.
4.2.c Energías renovables en edificios públicos.
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OT9 INCLUSIÓN SOCIAL (IS)
Acciones integradas que rehabiliten las infraestructuras sociales y culturales, en
especial en los barrios donde habitan colectivos desfavorecidos.
Habilitación de espacios abandonados a colectivos que impulsen iniciativas
comunitarias y servicios sociales.
Cursos de formación y jornadas de sensibilización.
Iniciativas sociales como banco del tiempo.
Actividades de promoción y dinamización de iniciativas culturales y artísticas.
Fomento de la diversidad cultural y el diálogo intercultural.
Habilitación de centros de día para mayores y personas dependientes.
Habilitación de centros de atención social para discapacitados y personas con
problemas de adicciones.
Habilitación de oficinas de información y orientación a grupos desfavorecidos (como la
población gitana, personas discapacitadas, mujeres, teniendo en cuenta la perspectiva
de género).
Acciones integradas que rehabiliten el tejido productivo y el comercio local, en especial
en los barrios donde habitan colectivos desfavorecidos.
Apoyo a la creación de nuevas iniciativas empresariales.
Cursos de formación y jornadas de sensibilización.
Rehabilitación de mercados y comercios de barrio.
Habilitación de centros de formación, en particular de formación tecnica encaminada a
los empleos "verdes" (gestión de residuos, agricultura ecológica, energías renovables,
etc).
Habilitación de centros de inserción laboral para discapacitados y personas con
problemas de adicciones.
Habilitación de viveros de empresas.
Habilitación de centros de orientación a emprendedores que tengan en cuenta la
capacidad emprendedora de las mujeres, etc.
Fomento de la innovación urbana.
Acciones integradas que rehabiliten los espacios públicos, en especial en los barrios
donde habitan colectivos desfavorecidos.
Revitalización del espacio público de las comunidades urbanas desfavorecidas, a través
de la infraestructura para realizar actividades deportivas o culturales, etc. en plazas y
otros lugares públicos.
Proyectos de compra y/o rehabilitación integral de viviendas en barrios desfavorecidos.
En el caso de programas de realojo en viviendas normalizadas, estas medidas
permitirán que el proceso se produzca en las mejores condiciones, en una dinámica
de desegregación.
9.a Integración de colectivos desfavorecidos.
9.b Dinamización del tejido productivo y comercial.
9.c Regeneración física, económica y social de
areas degradadas en barrios desfavorecidos.
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ANEXO 8
Indicadores de productividad.
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dotación valor
financiera 2023
€ Ref. denominación Ud med s/E DUS
I
CE078 2.a P romoción S mart City Albacete. 1.800.000 E016 usuarios 10.000
CI078
2.b 720.000 E024 usuarios 250
CE079
CI078A
CE080
CI079
CE081
CI080
CE043 4.1.a 1.710.000 EU01 nº 1
CI046
Debido a la revisión del PMUS existente que se está llevando a
cabo con el f in de poder acometer operaciones relativas a este
tipo de movilidad, una vez terminada, se contabilizará como un
nuevo PMUS.
C034 T.eqCO2 / año 1.500
4.1.b 270.000 E052 Número de P untos de recarga de vehí culos eléctricos. nº 4
CE044
CI047
CE090 Carriles para bicicletas y caminos peatonales. 4.1.c 360.000 C034 T.eqCO2 / año 84
CI088
E008 Longitud de pistas para bicicletas y senderos (kms) . km 5
CE010 Energías renovables: solar . 4.2.c 720.000 C034 T.eqCO2 / año 28
CI012
CE011 Energía renovable: biomasa.
CI013
CE012
CI014
CE013 4.2.b 900.000 C034 T.eqCO2 / año 311
CI015
ktep / año 0,1
CE014 4.2.a 900.000 C032 kW h / año 1,5 M ill
CI016
C034 T.eqCO2 / año 77
C034 = LA 4.1.a + LA 4.1.c + LA 4.2.a + LA 4.2.b + LA 4.2.c = 2.000 T.eqCO 2/año
E001 Reducción del consumo de energí a f inal en
inf raestructuras públicas o E mpresas (ahorro teórico
anual) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Renovación del parque inmobiliario existente con
objeto de la eficiencia energética, proyectos de
demostración y medidas de apoyo.
M ejora de la ef iciencia energética de
edif icios gestionados por el Ayto.
E f iciencia energética: Descenso del consumo anual de
energí a primaria en los edif icios públicos
municipales . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de
Región - Transición.
Reducción anual estimada de gases efecto invernadero
(GE I) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Otras energías renovables (incluida
hidroeléctrica, geotérmica y marina) e integración de
energías renovables (incluido el almacenamiento, la
conversión de electricidad en gas y las infraestructuras
de hidrogeno renovable).
Renovación de las inf raestructuras públicas con
objeto de la eficiencia energética, proyectos de
demostración y medidas de apoyo.
M ejora de ef iciencia energética en
alumbrado público.
Reducción anual estimada de gases efecto invernadero
(GE I) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Sistemas de transporte inteligente (incluyendo la
introducción de la gestión de la demanda, los sistemas
de telepeaje y los sistemas informáticos de información
y control).
Integración/conexión de asentamientos
dispersos con el casco urbano.
Reducción anual estimada de gases efecto invernadero
(GE I) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Aumentar la producción de energí as
renovables en edif icios públicos.
Reducción anual estimada de gases efecto invernadero
(GE I) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Servicios y aplicaciones de inclusión
digital, accesibilidad digital, aprendizaje y educación
electrónicas y alfabetización digital.
Soluciones de las TIC para responder al
desafío del envejecimiento activo y saludable y servicios
y aplicaciones de salud electrónica (incluyendo la
ciberasistencia y la vida cotidiana asistida por el
entorno).
Infraestructura y fomento de transporte urbano
limpio (incluidos equipos y material rodante).
M ejora urbana en viales y suelo
dotacional de espacios libres para
favorecer el uso no motorizado del
espacio urbano.
Número de P lanes de movilidad urbana sostenible de
los que surgen actuaciones cof inanciadas con el
FE DE R de estrategias urbanas integradas.
Reducción anual estimada de gases efecto invernadero
(GE I) . Se ha tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región -
Transición.
Fomentar el uso/inf raestructuras del
transporte limpio.
Servicios y aplicaciones de administración pública
electrónica (incluyendo la contratación pública
electrónica, medidas TIC de apoyo a la reforma de la
administración pública, ciberseguridad, medidas de
confianza y privacidad, justicia electrónica y democracia
electrónica).
Número de usuarios reales (no potenciales) que están
cubiertos por un determinado servicio público
electrónico de S mart Cities. Se ha considerado un número
estimado de usuarios "reales", no potenciales teniendo en
cuenta los posibles servicios a desarrollar.
Fomento del uso de la Administración
electrónica en procedimientos
municipales.
Número de usuarios internos que tienen acceso o
cubiertos por las aplicaciones/servicios de
Administración electrónica. El ajuste se ha efectuado
teniendo en cuenta el personal del ayuntamiento con
posibilidades de acceso a este tipo de aplicaciones o servicios.
Acceso a información del sector público.
(incluyendo datos culturales abiertos en línea,
bibliotecas digitales, contenidos electrónicos y turismo
electrónico).
2.A.9
CAMPOS DE INTERVENCIÓN (POCS)LÍNEAS DE ACTUACIÓN (LLAA) INDICADORES DE PRODUCTIVIDAD
nº DenominaciónRef. denominación
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dotación valor
financiera 2023
€ Ref. denominación Ud med s/E DUS
I
CE092 6.1.b 360.000 C009 visitas / año 2.000
CI090
CE094 6.1.a 1.395.000 E064 m2 1.300
CI092
CE083 Medidas de calidad del aire . 6.2.b 630.000 C022 Ha 0,25
CI082
CE089 6.2.a 2.115.000 C022 Ha 0,75
CI087
C22 = LA 6.2.a + LA 6.2.b = 1 Ha
CE054 Infraestructura en materia de vivienda . C040 V iviendas rehabilitadas en zonas urbanas . Se ha
ajustado este valor al número de viviendas de titularidad
municipal que podrían ser objeto de rehabilitación, a tenor de la
asignación concedida.
nº 5
CI056 E059 nº 5.000
CE055 9.a 2.610.000 E059
CI057
9.b 2.610.000
CE101 E059 = 5.000 (sólo se contabiliza una vez)
CI099
TOTAL = 18.000.000
Financiación cruzada en el marco del FEDER (apoyo a
medidas del tipo FSE necesarias para la ejecución
satisfactoria de la parte del FEDER de la operación y
relacionadas directamente con ella).
2.A.9
CAMPOS DE INTERVENCIÓN (POCS)LÍNEAS DE ACTUACIÓN (LLAA) INDICADORES DE PRODUCTIVIDAD
nº DenominaciónRef. denominación
Otra inf raestructura social que contribuya al
desarrollo regional y local.
Diseño y puesta en marcha de P lan de
apoyo e integración de colectivos
desfavorecidos ( toda la ciudad) .
P ersonas benef iciadas por operaciones de
regeneracion f isica, economica y social del entorno
urbano, incluidas en P royectos pertenecientes a
E strategias Urbanas integradas. Se ha ajustado este valor
al número de personas que conforman los barrios de actuación
de La Milagrosa, La Estrella, Fátima y Franciscanos.
nº 5.000
Diseño y puesta en marcha de P lan de
dinamización del tejido productivo y
comercial en barrios más
desfavorecidos (zona S URE y
URBANIT AS ) .
Control de la contaminación atmosférica
y acústica.
S uperf icie total de suelo rehabilitado (abandonado, no
necesariamente contaminado) . Se ha ajustado este valor
al número de solares de titularidad municipal que podrían ser
objeto de rehabilitación, a tenor de la asignación concedida.
Rehabilitación de zonas industriales y terrenos
contaminados (englobando la rehabilitación física
integrada de suelos urbanos).
Rehabilitación de espacios de
titu laridad pública para uso colectivo y
mejora medioambiental del entorno
urbano.
S uperf icie total de suelo rehabilitado (abandonado, no
necesariamente contaminado) . Se ha ajustado este valor al
número de solares de titularidad municipal que podrían ser
objeto de rehabilitación, a tenor de la asignación concedida.
9.c Regeneración f í sica, económica y social
de areas degradadas en barrios
desfavorecidos.
900.000
P ersonas benef iciadas por operaciones de
regeneracion f isica, economica y social del entorno
urbano, incluidas en P royectos pertenecientes a
E strategias Urbanas integradas. Incluye
inf raestructura de vivienda . Se ha ajustado este valor al
número de personas que conforman los barrios de actuación de
La Milagrosa, La Estrella, Fátima y Franciscanos.
Protección, desarrollo y promoción de activos del
turismo público.
Conservación y promoción del
patrimonio natural de interés turí stico.
Aumento del número de visitas previstas (sólo el
incremento) a lugares pertenecientes al patrimonio
cultural y natural y atracciones subvencionados . Se ha
tenido en cuenta la ratio por Categoría de Región - Transición.
Protección, desarrollo y promoción de activos de la
cultura y el patrimonio públicos.
Revitalización de edif icios municipales
de interés turí stico, h istórico y cultural.
S uperf icie de edif icios o lugares pertenecientes al
patrimonio cultural, de uso principal no turí stico,
rehabilitados o mejorados. Se ha ajustado este valor al
número de edif icios de titularidad municipal que podrían ser
objeto de rehabilitación o mejora, a tenor de la asignación
concedida.
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ANEXO 9
Lista de Comprobación S1.
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LISTA DE COMPROBACIÓN S1
1. Comprobaciones relativas al cumplimiento de los Criterios y
Procedimientos de Selección de Operaciones y la Norma nacional de
subvencionabilidad
1.1 ¿Existe un documento de CPSO aprobado por el Comité de Seguimiento del PO
correspondiente, que ha sido aplicado al proceso de selección en cuestión y que
garantiza el cumplimiento de
• los principios generales de promoción de la igualdad entre mujeres y
hombres, de no discriminación, de accesibilidad para personas con
discapacidad?
• los principios generales sobre asociación y gobernanza multinivel:
transparencia, concurrencia, igualdad de trato, …?
• los principios generales sobre promoción de la sostenibilidad del desarrollo?
• la operación contribuye al logro de los objetivos y resultados específicos de la
prioridad de inversión en que se enmarca?:
SI □ NO □
1.2 ¿Se considera que la operación cumple con los CPSO?
SI □ NO □
1.3 ¿La operación cumple con las Normas nacionales de subvencionabilidad?
SI □ NO □
1.4 En su caso, ¿se cumple la normativa relativa a ayudas de Estado?
SI □ NO □
1.5 En su caso, ¿se cumplen los principios de la Ley general de Subvenciones?
SI □ NO □
2. Comprobaciones relativas a la inclusión de la operación en FEDER y en
categorías de intervención
2.1 ¿Puede garantizarse que la operación entra en el ámbito del FEDER y puede atribuirse
a una categoría de intervención?
SI □ NO □ 2.2 ¿Se han determinado las categorías de intervención a que pertenece la operación?
SI □ NO □
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3. Comprobaciones relativas a la entrega del DECA al beneficiario
3.1 ¿Existen garantías de que se va a facilitar al beneficiario un documento que establezca
las condiciones de la ayuda para la operación, en especial los requisitos específicos
relativos a los productos o servicios que deban obtenerse con ella, el plan financiero y
el calendario de ejecución (artículo 125 (3) del RDC), así como lo especificado en el
artículo 67.6 del RDC y en el artículo 10.1 del Reglamento de Ejecución (UE) Nº
1011/2014?
SI □ NO □
4. Comprobaciones relativas a la capacidad del beneficiario de la operación
4.1 ¿Existen suficientes garantías de que el beneficiario tiene capacidad administrativa,
financiera y operativa para cumplir las condiciones contempladas en el documento que
establece las condiciones de la ayuda para la operación?
SI □ NO □
4.2 ¿Se ha comunicado al beneficiario la cofinanciación europea y que la aceptación de la
ayuda implica la aceptación de su inclusión en una lista pública de operaciones, de
conformidad con el artículo 115.2 y las responsabilidades señaladas en el Anexo XII del
RDC?
SI □ NO □
4.3 ¿Se ha comunicado al beneficiario que debe cumplir la normativa nacional y
comunitaria aplicable?
SI □ NO □
4.4 ¿Se ha informado a los beneficiarios de su obligación de llevar un sistema de
contabilidad aparte, o asignar un código contable adecuado a todas las transacciones
relacionadas con la operación?
SI □ NO □
4.5 ¿Existe una declaración expresa del beneficiario confirmando los extremos anteriores?
SI □ NO □
5. Comprobaciones relativas a la solicitud de financiación de la operación
5.1 ¿Ha presentado el beneficiario a la AG la solicitud de financiación conforme al PO en
cuestión, antes de la conclusión material de la misma? (artículo 65 (6) del RDC).
SI □ NO □
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5.2 Si la operación ha comenzado antes de presentarse una solicitud de financiación,
¿existe certeza de que se ha cumplido con la normativa aplicable a dicha operación?
SI □ NO □
6. Comprobaciones relativas a la existencia de relocalización de una
actividad productiva fuera de la zona del PO
6.1 ¿Puede garantizarse que la operación no incluye actividades que eran parte de una
operación que ha sido o hubiera debido ser objeto de un procedimiento de
recuperación conforme al artículo 71 del RDC, a raíz de la relocalización de una
actividad productiva fuera de la zona del programa?
SI □ NO □
7. Comprobaciones especificas adicionales para el caso de operaciones
seleccionadas mediante convocatorias de ayudas
7.1 ¿La convocatoria ha sido publicada o se anuncia adecuadamente, para que alcance a
todos los beneficiarios potenciales?
SI □ NO □
7.2 ¿De acuerdo con las condiciones y objetivos del PO, la convocatoria contiene una
descripción clara del procedimiento de selección utilizado y de los derechos y
obligaciones de los beneficiarios?
SI □ NO □
7.3 ¿Se ha indicado en la convocatoria la documentación y qué información debe aportarse
en cada momento?
SI □ NO □
7.4 Respecto a la documentación que debe aportarse en cada momento, ¿se ha evaluado
la idoneidad de dichos documentos para cumplir la pista de auditoría?
SI □ NO □
7.5 ¿Han quedado registradas en el sistema de información correspondiente todas las
solicitudes recibidas?
SI □ NO □ 7.6 ¿Queda asegurado que todas las solicitudes se evalúan de acuerdo con el criterio
aplicable?
SI □ NO □
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7.7 ¿Queda garantizado que dentro del procedimiento de selección se ha comunicado a
todos los solicitantes el resultado de la selección, tanto de las operaciones
seleccionadas como de las rechazadas?
SI □ NO □
8. Comprobaciones especificas adicionales para el caso de instrumentos
financieros
8.1 ¿Consta el acuerdo de delegación de funciones de la AG al OI para el ejercicio de las
funciones establecidas en el artículo 123 del RDC?
SI □ NO □
8.2 ¿El acuerdo de financiación está formalizado entre el representante debidamente
autorizado del instrumento financiero y el Estado miembro o la AG/OI?
SI □ NO □
8.3 ¿Se prevé en el acuerdo de financiación los medios para efectuar el correcto
seguimiento de la gestión del IF?
SI □ NO □
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ANEXO 10
Modelo para elaborar el "Documento que Establece las
Condiciones de la Ayuda (DECA)".
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DOCUMENTO QUE ESTABLECE LAS CONDICIONES DE LA AYUDA
(DECA)
1. Programa Operativo (PO) FEDER
1.1 Título:
Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020 PO
1.2 CCI:
2014ES16RFOP002
1.3 Eje prioritario:
12 Eje Urbano
2. Estrategia DUSI
2.1 Nombre:
EDUSI Albacete
2.2 Entidad DUSI:
Ayuntamiento de Albacete
2.3 Convocatoria de ayudas FEDER:
Orden HAP/2427/2015 de 13 de noviembre (BOE nº 275 de 17/11/15)
3. Organismo Intermedio de Gestión (OIG)
3.1 Nombre:
Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano
4. Organismo Intermedio Ligero (OIL)
4.1 Nombre:
Ayuntamiento de Albacete
5. Financiación
5.1 Organismo con Senda Financiera (OSF):
Ayuntamiento de Albacete
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5.2 Norma Aplicable sobre los gastos subvencionables:
Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre (BOE nº 315 de 30-dic-2016), por la que se
aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del
FEDER para el período 2014-2020.
6. Unidad Ejecutora (UUEE)
6.1 Concejalía:
Nombre de la CONCEJALÍA de la cual depende la unidad, departamento, servicio, área
municipal u organismo autónomo que formula la operación seleccionada.
6.2 Unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo:
Nombre de la unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo
que formula la operación seleccionada.
7. Operación Seleccionada
7.1 OBJETIVO TEMÁTICO (OT):
En el que se enmarca la operación según Capitulo 5 Plan de Implementación de la
Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de Albacete.
7.2 Prioridad de Inversión (PI):
En el que se enmarca la operación, conforme al Programa Operativo FEDER de
Crecimiento Sostenible 2014-2020 y según se detalla en el Anexo 6 de este manual.
7.3 OBJETIVO ESPECÍFICO (OE):
En el que se enmarca la operación según Capitulo 5 Plan de Implementación de la
Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de Albacete.
7.4 Categoría de Intervención (CI):
En el que se enmarca la operación, conforme al Programa Operativo FEDER de
Crecimiento Sostenible 2014-2020 y según se detalla en el Anexo 6 de este manual.
7.5 LÍNEA DE ACTUACIÓN (LA).
7.5.1 Nombre:
En el que se enmarca la operación según Capitulo 5 Plan de Implementación de
la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de Albacete.
7.5.2 Código de la LA:
En el que se enmarca la operación (según el Capitulo 5 - Plan de
Implementación, de la Estrategia de Desarrollo Sostenible e Integrado de
Albacete).
7.6 NOMBRE DE LA OPERACIÓN:
Nombre o título que identifique la operación.
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7.7 Resumen de la Operación:
Breve descripción de la operación seleccionada.
7.8 Localización:
Código postal de la operación u otro indicador apropiado para su localización.
7.9 Fecha de inicio:
Fecha de inicio indicada en la solicitud de financiación y propuesta de operación
presentada.
7.10 Plazo de ejecución o desarrollo:
En meses.
7.11 Fecha estimada de conclusión:
Fecha de conclusión indicada en la solicitud de financiación y propuesta de operación
presentada.
7.12 Importe del coste total subvencionable solicitado:
En euros.
7.13 Importe de la ayuda FEDER:
80 % del importe del apartado 7.12, expresado en euros.
7.14 Senda Financiera:
Tabla con la senda financiera de la operación por meses, calculada sobre el plazo total
de ejecución previsto.
7.15 Operaciones objeto de un procedimiento de recuperación:
Debe garantizarse que la operación no incluye actividades que eran parte de una
operación que ha sido, o hubiera debido ser, objeto de un procedimiento de
recuperación conforme al artículo 71 del RDC, a raíz de la relocalización de una
actividad productiva fuera de la zona del Programa Operativo.
8. Indicadores
8.1 Contribución a la Prioridad de Inversión:
La operación seleccionada garantizará su contribución al logro de los objetivos y
resultados específicos de la Prioridad de Inversión a la que corresponde.
8.2 Indicadores de Productividad:
Código y Nombre de los Indicadores de Productividad que se prevén lograr con la
ejecución de la operación indicados en la solicitud de financiación y propuesta de
operación presentada, según el Anexo 8 de este manual.
8.3 Unidad de medida:
Según las unidades de medida indicadas en el Anexo 8 de este manual.
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8.4 Valor estimado 2023:
Según los valores estimados que se detallan en el Anexo 8 de este manual.
8.5 Nivel de logro estimado con la operación:
Junto con la justificación de gastos para las solicitudes de reembolso, se deberá
proporcionar un informe sobre el nivel de logro de los Indicadores de Productividad
estimados.
9. Estructura de la Unidad Ejecutora
9.1 Capacidad para cumplir las condiciones del DECA:
La unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo responsable
de iniciar (o de iniciar y ejecutar) la operación, dispondrá de capacidad administrativa,
financiera y operativa suficiente para garantizar tanto el control como la buena gestión
de la operación a realizar, a través de la asignación de los recursos humanos
apropiados (con las capacidades técnicas necesarias a los distintos niveles y para las
distintas funciones a desempeñar en el control y gestión de dicha operación).
9.2 Documentación generada:
La unidad, departamento, servicio, área municipal u organismo autónomo responsable
de iniciar (o de iniciar y ejecutar) la operación, deberá tener un expediente
independiente por cada operación cofinanciada, donde se recoja la documentación
generada, y en el que se incluirán tanto los documentos administrativos como los
contables, técnicos y financieros relacionados con la misma, desde el momento de
arranque de la operación hasta su finalización.
10. Medidas antifraude
10.1 Aplicación de medidas y compromisos en la lucha contra el fraude:
Indicar la aplicación de medidas antifraude con el fin de reducir su aparición,
estructuradas en torno a los siguientes ámbitos básicos: prevención, detección,
notificación, corrección y persecución.
10.2 Conflicto de intereses:
Se deberá exigir a todas y cada una de las personas que participen en un
procedimiento de contratación pública, que cumplimenten una declaración de ausencia
de conflicto de intereses (según modelo recogido en el Anexo 4 de este manual).
11. Pista de Auditoría
11.1 Verificaciones administrativas y sobre el terreno:
La pista de auditoría se realizará a través de un procedimiento de verificaciones
administrativas y verificaciones sobre el terreno, al objeto de verificar que se ha
llevado a cabo la entrega de los productos (o la prestación de servicios objeto de
cofinanciación), que se ha pagado realmente el gasto declarado por los Beneficiarios, y
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que dicho gasto cumple la legislación aplicable, las condiciones del Programa Operativo
y las condiciones para el apoyo a la operación.
11.2 Disponibilidad de la documentación:
Se debe garantizar, por parte de la Unidad Ejecutora, la disponibilidad de todos los
documentos sobre el gasto y las auditorías necesarios para contar con una pista de
auditoría apropiada; en particular en lo referente a:
• Intercambio electrónico de datos.
• Sistema de contabilidad.
• Sistema para el registro y almacenamiento de datos.
• Disponibilidad de la documentación.
• Custodia de documentos.
12. Medidas de Información y Comunicación
12.1 Aspectos generales:
En todas las medidas de información y comunicación, se deberá reconocer el apoyo de
los Fondos EIE a la operación, mostrando para ello el emblema de la Unión Europea y
la referencia al FEDER.
En los documentos que sustenten la contratación (pliegos, anuncios, etc.) debe figurar
de manera clara y concisa la participación financiera de la Unión Europea y el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional.
La empresa adjudicataria para llevar a cabo la operación estará obligada a cumplir las
obligaciones de información y publicidad establecidas en el anexo XII, sección 2.2. del
Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre
de 2013, y, especialmente, las siguientes:
• En los documentos de trabajo, así como en los informes y en cualquier tipo de
soporte que se utilice en las actuaciones necesarias para el objeto del contrato,
aparecerá de forma visible y destacada el emblema de la UE, haciendo referencia
expresa a la Unión Europea y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
• En toda difusión pública o referencia a las actuaciones previstas en el contrato,
cualquiera que sea el medio elegido (folletos, carteles, etc.), se deberán incluir
de modo destacado los siguientes elementos: emblema de la Unión Europea de
conformidad con las normas gráficas establecidas, así como la referencia a la
Unión Europea y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, incluyendo el lema
“Una manera de hacer Europa”.
12.2 Durante la realización de la operación:
Se indicarán las medidas de información y comunicación a realizar por el beneficiario
de acuerdo con lo establecido en el anexo XII, sección 2.2. del Reglamento (UE)
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
Igualmente se cumplirá con lo establecido en el Capítulo II del Reglamento de
Ejecución (UE) nº 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014.
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12.3 Tras la conclusión de la operación:
Se indicarán las medidas de información y comunicación a realizar por el beneficiario
de acuerdo con lo establecido en el anexo XII, sección 2.2. del Reglamento (UE)
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
Igualmente se cumplirá con lo establecido en el Capítulo II del Reglamento de
Ejecución (UE) nº 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014.
13. Otros
13.1 Inclusión en la lista de operaciones:
La aceptación de la ayuda supone permitir la inclusión de la operación y sus datos en
la lista de operaciones por PO que la Autoridad de Gestión mantendrá para su consulta
a través de la web.
14. Condiciones específicas
Se indicarán en este apartado las condiciones a cumplir en los casos siguientes:
• Costes simplificados del tipo de tanto alzado.
• Ingresos netos descontados de la operación.
• Subvenciones o ayudas reembolsables.
• Ayudas del Estado.
• Costes indirectos subvencionables.
• Subvencionalidad de terrenos y bienes inmuebles.
• Si la operación es un instrumento financiero.
• Excepción respecto a la ubicación de la operación.
• Si la operación forma parte de un Gran Proyecto.
• Si la operación forma parte de una Inversión Territorial Integrada (ITI).
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ANEXO 11
Modelo de "Declaración de conformidad con las
condiciones del DECA"
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DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD DE LAS CONDICIONES DEL DECA
El/La nombre de la unidad, departamento, organismo autónomo, servicio o área municipal
beneficiaria de la ayuda, en su función de Unidad Ejecutora responsable del inicio y ejecución
de la operación para la cual se ha solicitado financiación conforme al PO de Crecimiento
Sostenible FEDER 2014-2020, declara la conformidad con las condiciones expresadas en el
documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA) notificado el fecha y
correspondiente a la operación:
▪ Objetivo Temático (OT): nombre Objetivo Temático en el que se enmarca la
Operación.
▪ Objetivo Específico (OE): nombre Objetivo Específico en el que se enmarca la
Operación.
▪ Línea de Actuación (LA): código y nombre Línea de Actuación en el que se
enmarca la Operación.
▪ Nombre de la Operación: nombre de la Operación.
▪ Código de la Operación: código de la Operación.
▪ Resumen de la Operación: resumen de la Operación.
Así mismo, para llevar a cabo la actualización de la previsión o planificación de la ejecución de
dicha operación, se realizarán informes semestrales en los que se incluirá, en su caso, la
justificación de las desviaciones que existan, así como las propuestas de corrección de las
tendencias, con el fin de asegurar el cumplimiento de los valores correspondientes a los
indicadores de resultado y productividad estimados, a cuyo avance contribuye esta operación.
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ANEXO 12
Modelo de "Notificación de validación de la operación por
parte del OIG".
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NOTIFICACIÓN DE VALIDACIÓN DE LA OPERACIÓN
Como Unidad Ejecutora responsable del inicio y ejecución de la operación para la cual ha
solicitado financiación conforme al PO de Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020 de la
operación:
▪ Objetivo Temático (OT): nombre Objetivo Temático en el que se enmarca la
Operación.
▪ Objetivo Específico (OE): nombre Objetivo Específico en el que se enmarca la
Operación.
▪ Línea de Actuación (LA): código y nombre Línea de Actuación en el que se
enmarca la Operación.
▪ Nombre de la Operación: nombre de la Operación.
▪ Código de la Operación: código de la Operación.
▪ Resumen de la Operación: resumen de la Operación.
Se informa que,
La operación ha sido validada por la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y
Desarrollo Urbano como Organismo Intermedio de Gestión el fecha
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ANEXO 13
Modelo de "Acta de reuniones".
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Acta de reunión objeto de la reunión, celebrada el día indicar fecha
(día mes y año)
1. Asistentes
- nombre de las personas asistentes
2. Información de la Reunión
En el local habilitado al efecto en Situación, siendo las hora horas del día fecha (día mes y
años), se reúnen los miembros señalados en el apartado 1, bajo la coordinación de nombre y
apellidos.
Los objetivos y temas a tratar son:
Breve descripción del objetivo de la reunión y de los temas a tratar.
3. Temas Tratados
3.1 Tema Asunto 1.
Desarrollo del tema tratado.
3.2 Tema Asunto 2.
Desarrollo del tema tratado.
4. Ruegos y preguntas
- Desarrollo de los ruegos y preguntas
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Coordinador, levanta la sesión a las hora horas del día
indicado, redactándose la presente Acta, de cuyo contenido, doy fe.
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ANEXO 14
Criterios para la Selección y Priorización de las
Operaciones (CSPO).
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La EDUSI-Albacete define diversas líneas de actuación, todas ellas enmarcadas dentro de los
Objetivos Específicos (OE) contenidos, a su vez, en los Objetivos Temáticos (OT) del Eje-12
Urbano del Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.
Se entiende por Línea de Actuación (LA), aquella medida que instrumenta una política de
interés público enfocada a unos resultados concretos.
Cada una de estas líneas llevará aparejada una o varias operaciones que serán seleccionadas
de acuerdo a unos criterios y procedimientos generales (relacionados a continuación) y otros
específicos (teniendo en cuenta la Línea de Actuación en la que se encuadran).
Estos criterios de selección de operaciones servirán para valorar la adecuación de las diferentes
actuaciones que se propongan para la implementación de las estrategias de desarrollo urbano
sostenible e integrado aprobadas, con el fin de que puedan ser cofinanciadas por el FEDER, y
deberán ser aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo.
Los CSPO deberán ser coherentes con el contenido del Programa Operativo de Crecimiento
Sostenible y, en particular, con la descripción, objetivos y resultados del Objetivo Específico en
el que se enmarca cada Línea de Actuación.
En ese sentido, los criterios generales que se aplicarán a todas las Líneas de Actuación y sus
operaciones futuras deberán respetar los principios generales definidos en los artículos 7 y 8 del
Reglamento (UE) Nº 1303/2013 (no discriminación, igualdad de género y desarrollo sostenible)
y cumplir la legislación de la Unión y nacional (artículo 6 del citado reglamento).
Se incluyen, además, los criterios básicos aplicables al conjunto del PO de Crecimiento
Sostenible, así como las disposiciones que sean de aplicación por cada Prioridad de Inversión,
tal y como vienen recogidas en el texto del PO, en los Apartados 2.A.6.2 correspondientes a los
“Principios rectores para la selección de operaciones”.
Por lo que respecta a la priorización de las operaciones, se tendrán en cuenta para ello los
criterios específicos contemplados en la EDUSI-Albacete por cada Línea de Actuación.
En la selección de operaciones de asistencia técnica se tendrán en cuenta los principios de
libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no
discriminación e igualdad de trato entre los candidatos.
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A. CRITERIOS GENERALES PARA LA SELECCIÓN DE OPERACIONES
Se deberán tener en cuenta los siguientes principios horizontales y objetivos transversales:
1. PRINCIPIOS HORIZONTALES
1.1. Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
Los criterios de selección de operaciones establecerán medidas que contribuyan a que los
Fondos alcancen, en lo posible, por igual a mujeres y a hombres. En particular:
a. Se promoverá que en la gestión de los proyectos cofinanciados se tengan en cuenta las
brechas de género existentes, así como los objetivos de igualdad e indicadores
previstos.
b. Se potenciará el uso de cláusulas sociales en convenios, convocatorias de subvenciones
y contrataciones públicas que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente,
promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
c. Se promocionará la igualdad entre hombres y mujeres, especialmente mediante una
participación equilibrada.
Además, la estrategia de comunicación velará por la observancia y aplicación del principio de
igualdad mediante la adopción de un enfoque de género, y promoverá, además, la
diversificación de los medios y canales de información y publicidad para garantizar su
accesibilidad, la recogida de datos desagregados y el uso de lenguaje e imágenes no sexistas.
En todo caso, debido al enfoque social de la estrategia DUSI, no pueden obviar-se las
siguientes actuaciones en igualdad de género:
• Reducción de la brecha digital, incluida la brecha de género digital en el OE.2.3.3
relativo a la Administración electrónica.
• Centros de atención social e inserción laboral, incluidos los dirigidos a las mujeres,
contemplados en el OE.9.8.2 (regeneración económica y social de barrios
desfavorecidos).
• Oficinas de información y orientación, con particular atención a mujeres y colectivos,
dentro del OE.9.8.2 mencionado.
1.2. No discriminación
En este sentido, las operaciones procurarán:
a. Garantizar la prestación de servicios básicos a toda la población, enfocados de forma
particular hacia los colectivos más desfavorecidos, especialmente en el caso de
servicios sociales, educación, sanidad, vivienda y sociedad de la información.
b. Priorizar la integración de los grupos vulnerables y con menores ingresos,
especialmente la de las personas con responsabilidades familiares y las familias
monoparentales, así como la integración de las personas paradas de larga duración y
personas trabajadoras de mayor edad.
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c. Promover la integración de las personas más desfavorecidas y excluidas, tales como
minorías étnicas, inmigrantes y personas con algún grado de discapacidad.
d. Mejorar la atención de niños, niñas y personas mayores, y promover la existencia de
servicios de calidad que lleguen a toda la ciudadanía.
Por todo ello, en la selección de operaciones deberán priorizarse aquellas que incorporen
criterios basados en la participación de personas vulnerables, como las personas paradas de
larga duración, personas mayores, discapacitadas o grupos excluidos, tales como las minorías
étnicas.
Se intentará promover, en la medida de lo posible, la presencia de la mujer en los ámbitos en
los que actualmente su participación es minoritaria.
Además de fomentar la economía social y las empresas sociales, se apoyarán proyectos de
regeneración urbana con un fuerte componente de accesibilidad de las personas mayores y de
aquéllas con algún grado de discapacidad, y también proyectos de carácter social con
incentivación de la participación femenina.
1.3. Desarrollo sostenible
El principio horizontal de desarrollo sostenible implica la puesta en marcha de medidas
relacionadas con la protección del medioambiente.
Por todo ello, en la selección de operaciones deberán priorizarse aquellas que cumplan:
1. Reducción de las emisiones de CO2.
2. Aumento del ahorro energético.
3. La consideración de los principios de precaución y acción preventiva y cautelar que
minimice los efectos negativos sobre el medio ambiente.
4. La minimización del consumo de recursos naturales (energía, agua, etc.).
5. La actuación de acuerdo al mejor conocimiento científico posible y a las mejores
prácticas ambientales.
6. La contribución a la mitigación y adaptación frente al cambio climático.
En ese sentido, las líneas de actuación propuestas por Objetivo Temático persiguen:
• Favorecer una economía con bajos niveles de emisión de CO2, mediante:
- La peatonalización del centro urbano.
- El fomento del uso del transporte limpio, así como de sus infraestructuras.
- La integración/conexión de los asentamientos dispersos con el casco urbano (a
través de caminos principales).
• Alcanzar una mayor eficiencia en el uso de los recursos, mediante:
- La mejora de la eficiencia energética en edificios públicos gestionados por el
Ayuntamiento.
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- La mejora de la eficiencia energética del alumbrado público exterior de la
ciudad y pedanías.
- El aumento de la producción de energías renovables en edificios públicos.
• Protección de la biodiversidad y los ecosistemas, mediante:
- Conservación y promoción del patrimonio natural de interés turístico.
• Acciones integradas de mejora del entorno urbano, mediante:
- Revitalización de edificios municipales de interés turístico, histórico y cultural.
- Recuperación de solares municipales para uso colectivo.
- Control de la contaminación atmosférica y acústica.
- Actuaciones integradas de mejora urbana del entorno y medio ambiente en
zonas degradadas.
2. OBJETIVOS TRANSVERSALES
2.1. Accesibilidad
Se entiende por accesibilidad el acceso de las personas con algún grado de discapacidad, en las
mismas condiciones que el resto de la población, al entorno físico, al transporte, a las
tecnologías y sistemas de la información y las comunicaciones (TIC), además de otras
instalaciones y servicios.
La eliminación de barreras debe contemplar múltiples medidas en distintos ámbitos de la vida
cotidiana, como, por ejemplo:
- Transporte urbano: abordando mejoras en la implantación de autobuses con
plataforma baja y en la creación de taxis accesibles.
- Empleo: facilitando la inserción laboral de las personas con algún grado de
discapacidad, al considerarlas un colectivo prioritario de actuación, por tratarse de
personas con especiales dificultades de integración en el mercado de trabajo; y
mejorando su empleabilidad e integración laboral, con especial atención a las mujeres.
- Educación: fomentando la incorporación de la accesibilidad y el “diseño para to-dos” en
los planes de estudios educativos y de formación profesional pertinentes, y
promoviendo la educación inclusiva en todas las etapas.
- I+D+i: contribuyendo al desarrollo de una nueva economía de la discapacidad,
identificando oportunidades de mercado con escaso o nulo desarrollo, y fomentando la
conexión y colaboración entre agentes públicos y privados.
- Sanidad: reforzando los servicios e instalaciones accesibles y no discriminatorias,
trascendiendo la perspectiva asistencial de las situaciones de dependencia y
procurando un enfoque multidimensional de la inclusión social y la lucha contra la
pobreza.
- Deporte, cultura y ocio: desarrollando sus actividades, siempre que sea posible, de
acuerdo con el principio de accesibilidad universal en las instalaciones y con los medios
ordinarios puestos al servicio de la ciudadanía.
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- Gobernanza: garantizando la participación de las entidades más representativas de las
personas con algún grado de discapacidad y sus familias en la fase de ejecución de las
medidas afines.
Respecto a los objetivos temáticos recogidos en la estrategia, todos tienen en cuenta la
importancia de la accesibilidad:
- OT2: resaltando la importancia de favorecer el empleo de la tecnología para las
personas con especiales dificultades.
- OT4: facilitando la movilidad por el centro urbano y el uso de transporte limpio.
- OT6: con la revitalización de edificios municipales de interés cultural, la recuperación
de solares municipales para uso colectivo y la mejora de zonas urbanas
degradadas.
- OT9: dando importancia a la lucha contra la discriminación por discapacidad.
2.2. Cambio demográfico
Es uno de los mayores desafíos a los que se enfrenta Europa –y España–.
Este cambio estructural demográfico conlleva la existencia de un mayor porcentaje de personas
en el grupo de población >65 años, que producirá una mayor presión sobre el sistema de
pensiones y determinados servicios públicos, así como el aumento de la demanda de
prestaciones de protección social, especialmente en los servicios de atención sanitaria y en los
relativos a situaciones de dependencia.
Esta mayor longevidad plantea uno de los retos más importantes con los que se enfrenta la
sociedad moderna: la necesidad de recuperar el papel social de los mayores. Para ello, se
deberán disponer mecanismos y adoptar medidas que permitan:
- Aprovechar el conocimiento basado en la experiencia.
- Aprovechar la memoria de los comportamientos sostenibles de los mayores.
- Abrir oportunidades de empleo ajustadas a sus particularidades.
- Asegurar su inclusión social, favoreciendo los comportamientos activos de transición
hacia la vejez y su participación en la vida social.
- Desarrollar las redes de servicios sociales de proximidad ligados a la dependencia para
mitigar su aislamiento y mejorar su calidad de vida.
Entre las necesidades de las personas de mayor edad que tienen que ver con los objetivos
específicos de la estrategia DUSI se pueden destacar las siguientes:
- Aumento del grado de movilidad en el exterior de la vivienda, en calles y espacios
públicos.
- Mejora de la accesibilidad y habitabilidad de las viviendas destinadas a personas
mayores.
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- Puesta en marcha de programas preventivos que fomenten la vivencia y el desarrollo
de la independencia personal, evitando la aparición de procesos de soledad en las
personas mayores.
- Programas de formación a familiares que tengan personas mayores a su cargo:
cuidados sanitarios, manejo de situaciones de estrés.
- Servicio de acompañamiento y de paseo para las personas mayores.
- Actividades deportivas y de ocio específicas para personas mayores.
Este desafío, deberá recogerse en mayor medida en los siguientes objetivos temáticos
integrantes de dicha estrategia:
- OT2: teniendo en cuenta la necesidad de favorecer el empleo de la tecnología a
personas con especiales dificultades, como son las personas de edad avanzada.
- OT4: reduciendo los niveles de pobreza energética en viviendas sociales.
- OT9: dando importancia a la lucha contra la discriminación por razones de edad.
Otro de los problemas importantes relacionados con el cambio demográfico es el de la elevada
tasa de desempleo juvenil. Por lo que esta estrategia DUSI debe ayudar a la integración
sostenible en el mercado de trabajo de los jóvenes, con especial atención a los jóvenes en
riesgo de exclusión social.
A la vez, entre sus objetivos estratégicos se encuentra el aumentar la concienciación y
valoración del espíritu emprendedor mediante acciones dirigidas a los más jóvenes. Todo ello,
dentro del OT9.
2.3. Mitigación y adaptación al cambio climático
En este sentido, las líneas de actuación propuestas en el OT4 irán encaminadas a reducir los
gases de efecto invernadero, mejorar la eficiencia energética e incrementar la producción de
energías renovables.
B. CRITERIOS BÁSICOS QUE DEBEN SATISFACER LAS
OPERACIONES PARA SER SELECCIONADAS (POR OBJETIVO
ESPECÍFICO)
OE 2.3.3 Promover las TIC en Estrategias de desarrollo urbano integrado a
través de actuaciones en Administración electrónica local y Smart
Cities.
• Desarrollo e implantación de políticas de apertura y reutilización de datos públicos
que ayuden a la generación de nuevos servicios o el enriquecimiento de los ya
existentes.
• Dotación de infraestructuras y elementos tecnológicos necesarios para construir o
mejorar servicios públicos de valor para el ciudadano y el visitante.
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En todo caso los criterios básicos a utilizarse para priorizar operaciones serán:
1.- Porcentaje de cofinanciación de la iniciativa por la entidad local
2.- Madurez en la implantación del concepto de ciudad inteligente. El grado de
implantación y madurez de los elementos que se consideran necesarios para el
desarrollo sostenible de la ciudad.
3.- Solidez de la descripción técnica: viabilidad técnica, económica y temporal de la
iniciativa propuesta que esté presente un nivel bajo de riesgos tanto tecnológicos
como organizativos y de gestión.
4.- Alineamiento con los objetivos del Plan Nacional de Ciudades Inteligentes. Impacto y
sostenibilidad de la iniciativa.
5.- Propuesta organizativa de la entidad local para el desarrollo de la iniciativa: grado de
implicación de los diferentes departamentos de la entidad local cuyo concurso sea
necesario para el desarrollo y el éxito de la iniciativa.
6.- Propuesta de apoyo al sector público, sector privado y la sociedad civil al desarrollo
de la iniciativa: interés de la sociedad civil, del sector privado, así como de otros
organismos del sector público diferentes a las entidades locales solicitantes en la
iniciativa presentada.
7.- La dotación de equipamiento de las dependencias municipales y plataformas,
incluidas las plataformas para la gestión de Smart Cities, estarán supeditados a su
necesidad para la puesta en marcha de aplicaciones municipales y proyectos incluidos
en las estrategias de desarrollo urbano. La simple dotación de equipamiento no será
financiable.
8.- Las plataformas de gestión de Smart Cities que estén ligadas a eficiencia energética o
al ámbito del transporte colectivo, estarán basadas en estudios energéticos o a
estudios de movilidad urbana sostenible, respectivamente, que podrán estar incluidos
en la propia estrategia de desarrollo urbano sostenible o en documentos de
planificación separados.
9.- Los proyectos de digitalización de patrimonio cultural enfocados al turismo deberán
enmarcarse en actuaciones de dinamización turística enmarcadas en las estrategias
de desarrollo urbano integrado.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R023M: Porcentaje del número de trámites y gestiones a través de Internet de
empresas y ciudadanos sobre el total de trámites y gestiones en ciudades que
cuentan con estrategias de desarrollo urbano integrado seleccionadas. Número
%.
R025B: Nº de ciudades de más de 20.000 habitantes transformadas en Smart Cities. Nº
ciudades.
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OE 4.5.1 Fomento de la movilidad urbana sostenible: transporte urbano limpio,
transporte colectivo, conexión urbana-rural, mejoras en la red viaria,
transporte ciclista, peatonal, movilidad eléctrica y desarrollo de
sistemas de suministro de energías limpias.
- En el caso de que la operación esté enfocada a la promoción del vehículo propulsado con
energías alternativas a través de la implantación de infraestructuras de recarga en vía
pública, aparcamientos públicos y para flotas municipales (siempre que estas actuaciones
estén incluidas en un Plan de movilidad Urbana o Plan Director de movilidad), los criterios
básicos que deben satisfacer las operaciones para ser seleccionadas son:
• Sólo serán elegibles las inversiones asociadas a la instalación y puesta en marcha de
puntos de suministro de combustibles alternativos o de recarga de vehículos
eléctricos que estén situados en vía pública, aparcamientos públicos o para flotas
municipales y estén incluidas en un PMUS o Plan Director de Movilidad. Se
consideran vehículos alternativos todos aquellos incluidos en la Estrategia de
Impulso del Vehículo con Combustibles Alternativos: biocarburantes, gas natural,
GLP, electricidad e hidrógeno.
- En el caso Implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) o planes
directores de movilidad, los criterios básicos que deben satisfacer las operaciones para ser
seleccionadas son:
• Sólo serán elegibles las actuaciones incluidas en un PMUS o Plan Director de
Movilidad que justifiquen un ahorro energético mínimo respecto a la situación de
partida (mínimo: 5%) y que supongan un cambio modal real desde el vehículo
privado a modos más eficientes, pudiéndose establecer una relación de causa-efecto.
• Los proyectos financiados, formarán parte de un Plan de Movilidad Urbana
Sostenible (PMUS) dentro de la estrategia de desarrollo urbano integrada. Este plan
de movilidad tendrá en cuenta la propuesta de la Comisión sobre planes de
movilidad urbana sostenible aprobada en 2013, y establecerá una serie de medidas
interrelacionadas diseñadas para satisfacer las necesidades de movilidad presentes y
futuras para las personas y los negocios.
- La financiación priorizará las actuaciones que mejoren el acceso a los servicios públicos
básicos en toda el área urbana.
- Incrementar el número de viajes en transporte público urbano en las ciudades reduciendo
los viajes particulares en modo motorizado.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R045C: Número de viajes en transporte público urbano en ciudades que cuentan con
estrategias de desarrollo urbano seleccionadas. Número de viajes/año.
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OE 4.5.3 Mejora de la eficiencia energética y aumento de energía renovable en
las áreas urbanas.
- En el caso de programas de ayudas para el impulso de las energías renovables en
entidades locales, el criterio básico que deben satisfacer las operaciones seleccionadas
es el de estar incluidas en una o varias de las siguientes tipologías:
• Usos térmicos:
- Solar. PM: 14 kW.
- Geotermia. PM: 15 kW.
- Biomasa. PM: 40 kW.
- CDR y CSR. P: 30-40 kW.
- Uso de energía aerotérmica/ hidrotérmica mediante bombas de calor. PM: 30
kW.
- Redes de distribución de fluidos térmicos, instalaciones de producción de frío,
equipos de depuración de gases, siempre y cuando estén asociados al uso
térmico de la biomasa, biogás o CDR/CSR. PM: 40 kW.
• Usos eléctricos:
- Solar PV para autoconsumo (aislada y conectada a red). PM: 5 kWe.
- Eólica para autoconsumo (aislada y conectada a red). P: 5-100 kWe.
• Usos térmicos y/o eléctricos:
- Instalaciones para transformación y/o uso térmico o autoconsumo (aisladas o
conectadas a red) del biogás, incluyendo las instalaciones necesarias para la
aplicación en el sector transporte e inyección en redes. PM: 40 kW.
Se prevé que exista un rango mínimo y máximo de inversión elegible para cada tipología
de proyecto.
PM se refiere a la potencia mínima de la instalación.
- En el caso de rehabilitación de viviendas, los criterios básicos que deberán satisfacer
las operaciones son las siguientes:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio
en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2
año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su
calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación
o una combinación de varias (mayor intensidad de ayuda, si la actuación es integrada). Si la
mejora de la eficiencia energética mejora la calificación energética del edificio en dos letras o
más letras, o se alcanza la calificación A o B, se incrementará la intensidad de la ayuda. La
utilización de la certificación energética de edificios como herramienta para establecer las
intensidades de ayuda que corresponderán a cada proyecto permite priorizar los proyectos
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que utilizan energías renovables, ya que la calificación energética de estos proyectos será
mejor.
- En el caso de rehabilitación energética de Edificios Existentes (Edificios Públicos),
las actuaciones deberán encuadrarse en una o más de las tipologías siguientes:
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio
en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2
año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su
calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación
o una combinación de varias (mayor intensidad de ayuda, si la actuación es integrada). Si la
mejora de la eficiencia energética mejora la calificación energética del edificio en dos letras o
más letras, o se alcanza la calificación A ó B, se incrementará la intensidad de la ayuda. La
utilización de la certificación energética de edificios como herramienta para establecer las
intensidades de ayuda que corresponderán a cada proyecto permite priorizar los proyectos
que utilizan energías renovables, ya que la calificación energética de estos proyectos será
mejor.
- En el caso de que la operación sea para la renovación de las instalaciones de
alumbrado exterior municipal, los criterios básicos que deben satisfacer todas las
operaciones son las siguientes:
1. El alcance de la reforma del alumbrado puede ser total o parcial respecto a las
instalaciones existentes y al ámbito territorial del municipio (o municipios).
2. Obtener un ahorro de energía mínimo del 30% sobre la instalación reformada objeto
del préstamo.
3. Regular los niveles de iluminación según diferentes horarios nocturnos y tipos de vías.
4. La clasificación energética de las nuevas instalaciones debe ser A o B.
- En el caso de que la operación sea la Implantación de sistemas inteligentes (entorno
Smart), los criterios básicos que deben satisfacer todas las operaciones son las siguientes:
1. Las actuaciones deberán contribuir al desarrollo de un nuevo modelo energético para
el municipio, mejorando los actuales servicios para los ciudadanos, permitiendo
obtener y gestionar información detallada sobre consumos y materializando
actuaciones que permitan reducir el consumo de energía térmica y/o eléctrica.
2. Las actuaciones deberán cumplir con unos límites inferiores y superiores de inversión
elegible.
3. Se deberá realizar una auditoría energética previa.
Con carácter orientativo y no limitativo, serán actuaciones elegibles las siguientes:
• Automatización de redes existentes de alumbrado exterior, semáforos y otras líneas
de señalización, comunicación o vigilancia de los ciudadanos o del tráfico urbano.
• Gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía de las
instalaciones consumidoras en edificios y dependencias municipales.
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• Redes de distribución para gestionar la generación distribuida localizada en entornos
urbanos.
• Integración de infraestructuras para mejorar la eficiencia energética y la
sostenibilidad de la ciudad.
- En el caso de renovación de las instalaciones de alumbrado, iluminación y
señalización exterior, los criterios básicos que deben satisfacer todas las operaciones
son las siguientes:
1. Las actuaciones elegibles serán aquellas que tienen como denominador común la
reducción de la potencia lumínica de las instalaciones de alumbrado, iluminación y
señalización existentes, mediante la sustitución de los actuales equipos por luminarias
de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y/o por equipos
electrónicos de regulación y control, y que permitan:
• Reducir el consumo de energía eléctrica de la instalación reformada.
• Regular los niveles de iluminación según diferentes horarios nocturnos y
tipos de vías, ajustándose a las necesidades de los ciudadanos.
2. Las actuaciones deberán cumplir con unos límites inferiores y superiores de inversión
elegible.
3. Se deberá realizar una auditoría energética previa, donde se deberá justificar la
naturaleza y el alcance de la reforma a acometer.
- La promoción de la eficiencia energética deberá hacerse siempre a través de
proyectos que partan de la realización de una auditoria/estudio/análisis energético que
permita estructurar el proyecto apuntando soluciones integradas en eficiencia energética,
incluido la utilización y producción de energía renovable para autoconsumo.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R045D: Consumo de energía final por la edificación, infraestructuras y servicios públicos
en áreas urbanas que cuentan con estrategias de desarrollo urbano integrado
seleccionadas. Ktep/año.
OE 6.3.4 Promover la protección, fomento y desarrollo del patrimonio cultural y
natural de las áreas urbanas, en particular las de interés turístico.
• Las actuaciones en rehabilitación del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural,
se realizarán en consonancia con planes supralocales o regionales de ordenación del
patrimonio, desarrollo territorial y turismo.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R063L: Número de visitas atraídas por las ciudades que cuentan con estrategias de
desarrollo urbano integrado seleccionadas. Nº visitas /año.
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OE 6.5.2 Acciones integradas de revitalización de ciudades, de mejora del
entorno urbano y su medio ambiente.
• En el marco de actuaciones de rehabilitación urbana, podrán financiarse actuaciones
en agua y residuos siempre y cuando estas actuaciones sean accesorias e
pertinentes para llevar a cabo la rehabilitación.
• En el caso de que exista un plan de rehabilitación urbana, las actuaciones tendrán
que estar en línea con dicho plan. La simple dotación de equipamiento no será
financiable.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R065P: Superficie de suelo urbano rehabilitada en ciudades que cuentan con estrategias
de desarrollo urbano integrado seleccionadas. Ha.
OE 9.8.2 Regeneración física, económica y social del entorno urbano en áreas
urbanas desfavorecidas a través de Estrategias urbanas integradas.
• En lo que se refiere a los criterios de selección relativos a proyectos de compra y/o
rehabilitación integral de viviendas en barrios desfavorecidos, de acuerdo con el
apartado a) del artículo 125.3 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, los criterios de
selección de operaciones asegurarán la contribución de las mismas al logro de los
objetivos y resultados específicos, serán transparentes y no discriminatorios y
tendrán en cuenta los principios expuestos en los artículos 7 y 8 relativos a la
promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación y desarrollo
sostenible.
• Con carácter general, todas las operaciones seleccionadas cumplirán con lo
establecido en los artículos 65 a 71 del citado Reglamento (sobre subvencionabilidad
del gasto y durabilidad), así como con las normas nacionales o comunitarias que se
elaboren en la materia.
• La adquisición de las viviendas será realizada por una entidad de carácter público,
mediante concurso público y se cuidará especialmente el cumplimiento de las reglas
de publicidad y concurrencia.
• Las viviendas adquiridas con la cofinanciación del FEDER deberán destinarse al
objeto para el que sean adquiridas durante un plazo no inferior a 20 años. Este plazo
podrá reducirse a 5 años, siempre y cuando la ayuda FEDER destinada
originariamente para la compra sea reasignada a adquirir nuevas viviendas para el
mismo objeto.
• Teniendo en cuenta que será el Comité de Seguimiento del Programa (artículo 110
Reglamento (UE) nº 1303/2013) el que examine y apruebe la metodología y los
criterios de selección de las operaciones, se indica que las acciones que serán
cofinanciadas en esta Prioridad de Inversión se concretarán en un plan de acción
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local (estrategias más amplias de apoyo a la inserción económica de los grupos e
individuos objeto, que pueden estar financiadas a través del FSE).
• Estas acciones tendrán que ser justificadas por un diagnóstico socio-económico, que
podrá formar parte de la estrategia integrada, de los grupos objeto y por un
diagnóstico de las infraestructuras existentes y necesarias.
• Las actuaciones de apoyo a empresas, a viveros de empresas y a comercios se
financiarán siempre y cuando contribuyan al objetivo de cohesión social.
• Atender en especial al colectivo de personas mayores, atendiendo a las necesidades
de las mujeres mayores, y a las mujeres que están en riesgo de exclusión.
Indicadores de resultado a los que estas operaciones deben dar respuesta:
R098A: Porcentaje de personas con acceso a los servicios sociales de ámbito local
ofertados, en ciudades que cuentan con estrategias de desarrollo urbano
integrado seleccionadas (%).
C. CRITERIOS ESPECÍFICOS A UTILIZAR PARA PRIORIZAR LAS
OPERACIONES (POR LÍNEA DE ACTUACIÓN)
En todas las líneas de actuación se llevará a cabo una priorización de las operaciones
propuestas, con el fin de seleccionar aquéllas que tengan una mejor relación:
• Coste/impacto en el indicador.
• Coste/ahorro.
• Coste/beneficio para los ciudadanos.
Además de lo anterior, las distintas operaciones propuestas por las Unidades Ejecutoras serán
seleccionadas por la Unidad de Gestión de acuerdo a unos criterios específicos teniendo en
cuenta la Línea de Actuación (LA) en la que se encuadran. Son los siguientes:
LA 2.a - Promoción de Smart City Albacete.
Presupuesto:
1.800.000 €
Descripción:
Esta línea de actuación tiene un triple enfoque:
- Desplegar plataformas de gestión y redes para la Smart City: redes de sensores, redes
de actuadores y/o redes de comunicaciones, incluidas las redes Wifi en espacios públicos
(podrá proporcionar/mejorar acceso a los servicios ofrecidos al ciudadano).
- Desarrollar proyectos tecnológicos de introducción de las TIC en los diferentes servicios
públicos municipales, en particular los relacionados con la movilidad, el agua, la energía, el
medio ambiente, las instalaciones deportivas y los servicios sociales, aprovechando y
generando sinergias con otras líneas de actuación (por ejemplo: monitorización de consumos
energéticos).
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- Desarrollar una estrategia global que fomente el “Open Government” mediante la
publicación electrónica de todos sus datos.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad.
▪ Las plataformas de gestión de Smart Cities que estén ligadas a eficiencia energética o al ámbito del transporte colectivo, estarán basadas en los datos de los que ya se dispone, y los que los completarán con los estudios energéticos/auditorías que se está realizando (diciembre 2015).
▪ La dotación de equipamiento de las dependencias municipales y plataformas, incluidas las plataformas para la gestión de Smart Cities, estarán supeditados a su necesidad para la puesta en marcha de aplicaciones municipales y operaciones incluidas en las estrategias de desarrollo urbano.
▪ Se valorarán todas las operaciones que integren a la vez, de manera transversal, dos objetivos temáticos de la EDUSI-Albacete.
▪ Las actuaciones deberán emplear tecnología para la reducción de la brecha digital, incluida la brecha digital de género, a través de:
- Mecanismos para favorecer el acceso a los servicios públicos de colectivos con dificultades, como personas de avanzada edad, personas con algún grado de discapacidad, mujeres, etc.
- Mejorar la alfabetización digital para que el acceso a los servicios públicos mediante las TIC se realice en condiciones de igualdad, teniendo en cuenta la perspectiva de género en la utilización y en los contenidos de las TIC.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E016 Número de usuarios reales (no potenciales) que están cubiertos por un
determinado servicio público electrónico de Smart Cities (usuarios).
LA 2.b - Fomento del uso de la Administración electrónica en procedimientos
municipales.
Presupuesto:
720.000 €
Descripción:
Esta línea de actuación pretende favorecer la mejora de los servicios públicos urbanos
del Municipio a través de TIC de las dependencias y edificios en que se prestan, siempre que
estén vinculados con dichos servicios. Para ello, se prevé la digitalización de procedimientos
y registros.
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Por otro lado, se pretende evolucionar los servicios públicos de la ciudad para que sean
personalizables, proactivos, accesibles desde diferentes plataformas, adaptados a las
necesidades de los usuarios y fáciles de utilizar.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (elevar el número de usuarios que tienen acceso o están cubiertos por aplicaciones/servicios de Administración electrónica).
▪ Las operaciones elegidas deberán implementar y desarrollar la carpeta ciudadana electrónica con el fin de aprovechar operaciones sinérgicas.
▪ Se priorizarán las actuaciones que puedan llegar a un mayor número de usuarios y que estén basadas en la facilitación online de servicios públicos.
▪ Las actuaciones deberán emplear tecnología para la reducción de la brecha digital, incluida la brecha digital de género, a través de:
- Mecanismos para favorecer el acceso a los servicios públicos de colectivos con dificultades, como personas de avanzada edad, personas con algún grado de discapacidad, mujeres, etc.
- Mejorar la alfabetización digital para que el acceso a los servicios públicos mediante las TIC se realice en condiciones de igualdad, teniendo en cuenta la perspectiva de género en la utilización y en los contenidos de las TIC.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E024 Número de usuarios internos que tienen acceso o cubiertos por las
aplicaciones/servicios de Administración electrónica (usuarios).
LA 4.1.a - Mejora urbana en viales y suelo dotacional de espacios libres para
favorecer el uso no motorizado del espacio urbano.
Presupuesto:
1.710.000 €
Descripción:
El Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Albacete prevé la intervención urbanística en
el Suelo Urbano Consolidado de la ciudad.
No se trata meramente de redefinir urbanísticamente ciertos viales de la zona más
céntrica, eliminando o reduciendo el espacio de la calzada en la sección tipo, sino de
transformar el tejido urbano para recuperar espacio y dotarlo -en términos del Plan- de un
carácter continuo y amable. Se trata de reconvertir ciertos espacios urbanos para crear
espacios estanciales y de paso principalmente para el peatón, en detrimento de los espacios
urbanos reservados para la circulación rodada, para reducir el impacto ambiental a los
residentes y usuarios de las vías y de dichos espacios.
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La línea de actuación tiene un carácter holístico, esto es, el rediseño del espacio urbano
no afecta exclusivamente a la zona centro, sino que se pretende transformar el suelo de la
red viaria y el suelo dotacional de espacios libres (según la terminología del PGOU) para que
exista una malla continua entre los distintos barrios y centro, poniendo en relación las redes
de espacios libres y de centros escolares, universitarios y deportivos.
Así, dentro de esta línea de actuación se tendrá en cuenta la importancia de la figura del
barrio, de manera que “las actuaciones en calles y plazas de recuperación espacial deben
formar parte de una estructura que sirva al barrio y también que lo conecte con la red de la
ciudad”.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Número de planes de movilidad urbana sostenible de los que surgen actuaciones cofinanciadas con el FEDER de estrategias urbanas integradas).
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
EU01 Número de Planes de movilidad urbana sostenible de los que surgen actuaciones
cofinanciadas con el FEDER de estrategias urbanas integradas. (Número).
C034 Reducción anual estimada de gases efecto invernadero (GEI) (Toneladas
equivalentes de CO2/año).
LA 4.1.b - Fomentar el uso/infraestructuras de transporte limpio.
Presupuesto:
270.000 €
Descripción:
Se trata de fomentar el uso de vehículos de transporte colectivo movidos con energías
limpias.
Necesariamente, en línea con lo anterior, deberá promoverse la implantación de puntos
de recarga de vehículos eléctricos y bolsas de aparca bicis.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad.
• Las operaciones (puntos de recarga y aparca bicis) se apoyarán en criterios de movilidad establecidos en el PMUS.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E052 Número de Puntos de recarga de vehículos eléctricos.
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LA 4.1.c - Integración y conexión de asentamientos dispersos/desagregados
con el casco urbano.
Presupuesto:
360.000 €
Descripción:
Esta línea de actuación tiene dos fases. La primera de ella conlleva las actuaciones
preliminares de estudio y análisis de las necesidades y posibilidades de integrar y conectar
los caminos existentes en la urbanización rururbana dispersa (en torno al casco urbano) y los
asentamientos desagregados de la periferia, con la malla de vías verdes y caminos
existentes.
El objetivo es priorizar vías y caminos, en tanto que son un sistema de carriles bici-
sendas peatonales para que no sólo estructuren el paisaje de la urbanización rururbana
dispersa, sino que constituyan un sistema de vías no motorizadas conectado al casco urbano.
Por otro lado, se comenzará a mejorar las sendas peatonales-carriles bici considerados
prioritarios tras el análisis anterior.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Reducción anual estimada de gases de efecto invernadero).
• Las operaciones estarán basadas en un Plan Especial u otro instrumento urbanístico similar que defina estos elementos.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E008 Longitud de pistas para bicicletas y senderos (kms).
C034 Reducción anual estimada de gases efecto invernadero (GEI) (Toneladas
equivalentes de CO2/año).
LA 4.2.a - Mejora de la eficiencia energética de edificios públicos gestionados
por el Ayuntamiento.
Presupuesto:
900.000 €
Descripción:
Las operaciones dentro de esta línea se centrarán especialmente en rehabilitación
energética de los colegios y otros edificios municipales de uso no educativo, como por
ejemplo el propio Ayuntamiento o la Casa de la Cultura, que son también susceptibles de
someterse a operaciones de mejora de eficiencia.
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La eficiencia/ahorro se conseguirá mediante la adecuación o sustitución de las
instalaciones de climatización actual por otras de mayor eficiencia y menor consumo, pero
también con otras actuaciones como la sustitución de la iluminación actual por otro tipo LED.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Reducción anual estimada de gases de efecto invernadero).
• Las operaciones se apoyarán en el Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas ESIMeC (Economic Strategies and Innovation in Medium-sized Cities) del Programa URBACT II.
• Se basarán en los resultados y medidas de ahorro propuestas en la auditoría energética realizada al efecto.
• Se tomará como base la clasificación energética inicial y se deben de buscar mejoras significativas (de por lo menos una letra de calificación energética), de acuerdo con el RD 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, mediante la utilización de alguno de los programas informáticos reconocidos. Se priorizarán las renovaciones integrales.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C032 Eficiencia energética: Descenso del consumo anual de energía primaria en los
edificios públicos municipales (kWh/año).
C034 Reducción anual estimada de gases efecto invernadero (GEI) (Toneladas
equivalentes de CO2/año).
LA 4.2.b - Mejora de la eficiencia energética del alumbrado público exterior de
la ciudad y pedanías.
Presupuesto:
900.000 €
Descripción:
En base a los resultados obtenidos del diagnóstico del estudio y auditoría energética del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) se mejorará la eficiencia
mediante cambio de luminarias de tipo vapor de sodio o mercurio a otras tipo LED. Con ello,
se reducirá el consumo de los 11.840.000 kilovatios en el año 2014, el cual supuso un gasto
de 1.871.000 euros.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Reducción anual estimada de gases de efecto invernadero).
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▪ Las operaciones seleccionadas serán las que nos proporcionen mejor relación de coste-beneficio y obtengan un retorno más rápido de la inversión efectuada.
▪ Las operaciones se apoyarán en el Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas ESIMeC (Economic Strategies and Innovation in Medium-sized Cities) del Programa URBACT II.
▪ Se basarán en los resultados y medidas de ahorro propuestas en la auditoría energética realizada al efecto.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C034 Reducción anual estimada de gases efecto invernadero (GEI) (Toneladas
equivalentes de CO2/año).
E001 Reducción del consumo de energía final en infraestructuras públicas o Empresas
(ahorro teórico anual). (ktep/año).
LA 4.2.c - Aumentar la producción de energías renovables en edificios
públicos.
Presupuesto:
720.000 €
Descripción:
Como su propio nombre indica, las operaciones de esta línea de actuación van enfocadas
al aumento de la producción de energías renovables (solar térmica y/o fotovoltaica, eólicas
de pequeña potencia, biomasa, etc.) en edificios públicos, priorizando las intervenciones en
edificios que presentan mayor consumo y mayor posibilidad de acoger los sistemas de
energías renovables (como, por ejemplo, las instalaciones deportivas del Instituto Municipal
de Deportes o aquellos colegios que no cuentan con estos sistemas de producción de
energía).
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Reducción anual estimada de gases de efecto invernadero).
• Las operaciones se apoyarán en el Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas ESIMeC (Economic Strategies and Innovation in Medium-sized Cities) del Programa URBACT II.
• Se basarán en los resultados y medidas de ahorro propuestas en la auditoría energética realizada al efecto.
• Se deberá tomar como base la clasificación energética inicial y se deben de buscar mejoras significativas (de por lo menos una letra de calificación energética), de acuerdo con el RD 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, mediante
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la utilización de alguno de los programas informáticos reconocidos. Se priorizarán las renovaciones integrales.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C034 Reducción anual estimada de gases efecto invernadero (GEI) (Toneladas
equivalentes de CO2/año).
LA 6.1.a - Revitalización de edificios municipales de interés turístico, histórico
y cultural.
Presupuesto:
1.395.000 €
Descripción:
Existen en la actualidad diversos edificios singulares e históricos como, por ejemplo, la
antigua Comisaría de la Calle Simón Abril, que pueden y deben ser objeto de conservación,
pero también de revitalización para su servicio en favor del uso ciudadano y puesta en valor
como activo turístico. Por ello, una primera actuación será la elaboración de un Catálogo de
edificios a proteger en la ciudad. En base al mismo, se podrá identificar los edificios
susceptibles de ser revitalizados y su prioridad.
Por otro lado, el edificio del Recinto Ferial -edificio integrado en el casco urbano y
protegido por su singularidad- es un símbolo de la ciudad cuyo uso hoy día está casi
reducido al de albergar la Feria y fiestas municipales durante sólo 10 días al año (del 7 al 17
de septiembre). Como señala el Plan estratégico de turismo 2010-2014 de Castilla-La
Mancha, la Feria de Albacete es parte de la programación cultural de la región,
constituyendo uno de los principales motivos de visita a la misma.
Las actuaciones de revitalización deben pasar por el estudio de las posibilidades de uso
adicional del propio edificio sin que de éste deba desprenderse la pérdida de singularidad y
carácter propio turístico que le otorga la celebración de la Feria. Del mismo modo, dado lo
singular del edificio, la revitalización de los ejidos y entorno urbano inmediato es necesaria
por formar parte -edificio y entorno- de una misma unidad de interés turístico, histórico y
cultural.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Superficie de edificios o lugares pertenecientes al patrimonio cultural, de uso principal no turístico, rehabilitados o mejorados).
• Las operaciones se realizarán en consonancia con planes supramunicipales o regionales de ordenación del patrimonio, desarrollo territorial y turismo.
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Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E064 Superficie de edificios o lugares pertenecientes al patrimonio cultural, de uso
principal no turístico, rehabilitados o mejorados. (Metros cuadrados).
LA 6.1.b Conservación y promoción del patrimonio natural de interés
turístico.
Presupuesto:
360.000 €
Descripción:
Esta línea abarca operaciones destinadas a la protección, fomento y desarrollo del
patrimonio natural de Albacete, principalmente en el entorno de la malla de sendas
peatonales-ciclistas que se extienden por el municipio en el entorno del casco urbano.
En primer lugar, se prevé una catalogación de los bienes naturales del municipio, como
paso previo a la concreción de la intervención en base a las prioridades establecidas con la
catalogación.
En el casco urbano nacen sendas peatonales-ciclistas que “acercan” el espacio rural al
urbano. Estas sendas tienen sentido radial desde el casco y se abren hasta el Río Júcar (a 15
km del casco), la Laguna de Acequión -que contiene un yacimiento arqueológico- (a 13 km
del casco), espacios adquiridos por el Ayuntamiento en torno al Canal de María Cristina para
la inundación en caso de avenidas, zona verde junto al Paraje de El Palo (a 2 km del casco),
Parque Periurbano de La Pulgosa, etc. Algunas de estas sendas forman parte de la Ruta de
Don Quijote, catalogada de interés cultural. El Plan estratégico de turismo 2010-2014 de
Castilla-La Mancha remarca la apuesta que supone esta Ruta por universalizar la región a
través del Quijote, como elemento vertebrador de las iniciativas del Plan.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Aumento del número de visitas previstas a lugares pertenecientes al patrimonio cultural y natural y atracciones subvencionados).
• Las operaciones se realizarán en consonancia con planes supramunicipales o regionales de ordenación del patrimonio, desarrollo territorial y turismo.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C009 Aumento del número de visitas previstas (sólo el incremento) a lugares
pertenecientes al patrimonio cultural y natural y atracciones subvencionados
(visitas/año).
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LA 6.2.a - Rehabilitación de espacios de titularidad pública para uso colectivo
y mejora medioambiental del entorno urbano.
Presupuesto:
2.115.000 €
Descripción:
La crisis del sector inmobiliario ha tenido como consecuencia que muchos espacios
transformados en suelo urbano han quedado sin uso alguno.
Es necesario recuperar estos espacios de titularidad municipal ubicados tanto en la
ciudad como en las urbanizaciones dispersas/desagregadas del casco (localizadas en la
periferia) mediante su transformación y puesta en valor para fomentar su uso público.
Las operaciones a desarrollar dentro de esta línea de actuación no pasan necesariamente
por el incremento de las zonas ajardinadas, sino que irán enfocadas a la mejora integral del
entorno y medio urbano de estas zonas (ampliación y mejora de espacios para uso
ciudadano, arbolado, etc.)
Con esta línea de actuación, se prevén operaciones para la conversión en zonas verdes
ajardinadas en combinación con otros usos colectivos en espacios degradados en espacios
urbanos y, en su caso, periurbanos (como, por ejemplo, los teóricos suelos de zona verde de
Romica que se encuentran hoy día sin uso). En general, en espacios degradados que no
sean propiamente solares, se prevén operaciones integrales de rehabilitación (arbolado en
caso de déficit en la zona, zonas invadidas por aparcamientos desordenados, plazas
inexistentes que han ido quedando ubicadas de forma dispersa en la ciudad y que, de ser
mejoradas, contribuirán -por su carácter difuminado- a la mejora en conjunto del entorno y
medio ambiente de la ciudad.
Esta línea de actuación requerirá, como paso previo a la selección de operaciones, el
diseño de un plan que concrete las áreas de intervención.
Criterios para la selección de operaciones:
• Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Superficie total de suelo rehabilitado).
• Las operaciones financiadas serán las que cumplan mayor sostenibilidad, eficiencia, igualdad entre beneficiarios y sean complementarias con otros objetivos estratégicos.
• La intervención de mejora estará basada en criterios técnicos del personal municipal.
• Ponderación de concurso de ideas, así como de procesos participativos de agentes implicados.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C022 Superficie total de suelo rehabilitado (abandonado, no necesariamente
contaminado) (Hectáreas).
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LA 6.2.b Control de la contaminación atmosférica y acústica.
Presupuesto:
630.000 €
Descripción:
Mediante esta línea de actuación se prevé el diseño y la puesta en marcha de sendos
planes de mejora de la calidad del aire urbano y de la reducción del ruido urbano. Estos
planes tendrán como resultado la previsión de inversiones como, por ejemplo, la
implantación de estaciones de medida y, en el caso de la contaminación acústica, la
actuación en materia de aislamiento acústico frente al ferrocarril y otras infraestructuras en
las que sea necesario en base al Mapa de Ruido de la ciudad.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Superficie total de suelo rehabilitado).
▪ Las operaciones financiadas serán las que cumplan con los criterios establecidos en la Mesa del Ruido en coordinación con sus actuaciones planificadas.
▪ Contaminación atmosférica: el criterio de selección serán todas las medidas encaminadas a la complementación de nuevos equipos de control, estudio y seguimiento de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
C022 Superficie total de suelo rehabilitado (abandonado, no necesariamente
contaminado) (Hectáreas).
LA 9.a - Diseño y puesta en marcha de Plan de apoyo e integración en barrios
desfavorecidos.
Presupuesto:
2.610.000 €
Descripción:
Se trata de fomentar la integración social e igualdad de oportunidades con las medidas
que quedarán concretizadas en el Plan a diseñar y desarrollar. En cuanto al ámbito
entendido como barrios desfavorecidos, se hacen las siguientes consideraciones:
El Proyecto Urbanitas para la regeneración Urbana de los barrios de “La Milagrosa” y “La
Estrella” del Ayuntamiento de Albacete con cargo al FEDER dentro de la iniciativa urbana Eje
5 Desarrollo Sostenible Local y Urbano, ha permitido a estos barrios avanzar en su
integración social, económica y medioambiental. No obstante, los datos de 2014 recogen
todavía un elevado número de registros IVO-Información, Valoración y Orientación atendidos
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por trabajadores sociales (50 registros por cada 100 habitantes) que obligan a seguir
trabajando por la integración de estas zonas.
Por otro lado, la red de ciudades europeas SURE (Socio-economic methods for Urban
REhabilitation in deprived urban areas) del Programa URBACT II en que participó Albacete,
ha adelantado en 2013 la necesidad de actuar en pro de la integración de los colectivos más
desfavorecidos de los barrios de Fátima y Franciscanos. Estos dos barrios constituyen el 70%
de la población de la Zona B y su estructura urbana (densidad poblacional, composición
social, etc.) es relativamente similar a la Zona D (barrios de ensanche de San Pablo y El
Pilar). Es por ello por lo que los registros IVO de 2014 son muy similares en las dos zonas
mencionadas (8 y 9 registros por cada 100 habitantes respectivamente para las zonas C y D)
y, en conclusión, teniendo en cuenta la realidad de los datos, el Plan de apoyo e integración
contemplado en esta línea de actuación no puede limitarse al ámbito estricto del estudio
SURE sino que debe abarcar la totalidad de las zonas C y D, también de ensanche,
recogiendo así barrios del entorno de la zona SURE que aun teniendo menor población y
extensión que Fátima y Franciscanos presentan problemas similares.
Por su estrecha ligazón con la LA 9.b, los planes diseñados aprovecharán las sinergias
entre ellos y se coordinarán para que ambos planes sean lo más integrados posible.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social del entorno urbano, incluyendo infraestructura de vivienda).
▪ Será el Servicio de Acción Social del Ayuntamiento quien diseñe el Plan en base a la experiencia y resultados del “Plan para la integración social del municipio de Albacete (INTEGRA) 2012-2014”, prorrogado hasta 2016.
▪ Se podrán tener en cuenta resultados y propuestas del Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas SURE (Socio-economic methods for Urban REhabilitation in deprived urban areas) del Programa URBACT II y/o propuestas que puedan derivarse de los datos más actualizados de que dispongan los servicios municipales y las organizaciones no gubernamentales, asociaciones caritativas y otros agentes que colaboren en los asuntos sociales.
▪ Establecen preferencias sobre operaciones que especifican objetivos de igualdad entre mujeres y hombres.
▪ Prioricen aquellas actuaciones que fomentan la participación equilibrada de mujeres y hombres, ya sea como destinatarias o como gestoras.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E059 Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social
del entorno urbano, incluidas en Proyectos pertenecientes a Estrategias Urbanas
integradas. (Numero). Incluye infraestructura de vivienda.
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LA 9.b - Diseño y puesta en marcha de Plan de dinamización del tejido
productivo y comercial en barrios desfavorecidos.
Presupuesto:
2.610.000 €
Descripción:
Por análogas consideraciones a las referidas en la LA 9.a, se diseñará un Plan
concentrado en dinamizar y desarrollar específicamente el tejido económico: acciones a favor
del empleo, de la actividad empresarial y, en particular, de las PYMEs y de las
microempresas, mediante actuaciones tales como centros de formación profesional, viveros
de empresas, orientación a emprendedores, etc.
Por su estrecha ligazón con la LA 9.a, los planes diseñados aprovecharán las sinergias
entre ellos, y se coordinarán para que ambos sean integrados, dado que los dos planes van
en la línea de la integración social.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social del entorno urbano, incluyendo infraestructura de vivienda).
▪ El plan se hará en base a resultados y experiencia conseguidos a lo largo de estos últimos años en el diseño y ejecución de planes municipales de empleo (Plan Municipal de Dinamización del Comercio de Albacete, Plan Municipal de Competitividad Empresarial y de Creación de Empleo, …).
▪ Las operaciones podrán apoyarse en el Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas ESIMeC (Economic Strategies and Innovation in Medium-sized Cities) del Programa URBACT II.
▪ Las operaciones podrán apoyarse en el Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas SURE (Socio-economic methods for Urban REhabilitation in deprived urban areas) del Programa URBACT II.
▪ Establecen preferencias sobre operaciones que especifican objetivos de igualdad entre mujeres y hombres.
▪ Prioricen aquellas actuaciones que fomentan la participación equilibrada de mujeres y hombres, ya sea como destinatarias o como gestoras.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E059 Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social
del entorno urbano, incluidas en Proyectos pertenecientes a Estrategias Urbanas
integradas. (Numero). Incluye infraestructura de vivienda.
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Manual de Procedimientos EDUSI Albacete V03 - AYUNTAMIENTO DE ALBACETE -Cod.271857 - 30/06/2017
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LA 9.c - Regeneración física, económica y social de áreas degradadas en
barrios desfavorecidos.
Presupuesto:
900.000 €
Descripción:
Con esta línea de actuación se pretende, por un lado:
• Respecto a la zona URBANITAS (barrios de La Estrella y La Milagrosa), la conclusión de la Modificación Puntual nº 40 del PGOU, que prevé la remisión de los barrios a sendos ámbitos de Reforma Interior, y la continuación de actuaciones de realojo de familias cuyas viviendas se verán afectadas por la modificación y otras operaciones de regeneración ya comenzadas.
• Respecto a la zona SURE, la definición de programas y/o instrumentos urbanísticos necesarios para avanzar, tanto a corto como a medio y largo plazo, en la regeneración integral de la zona de estudio SURE (barrios de Fátima y Franciscanos). Así como en las líneas de actuación L.9.a y L.9.b se justifica cómo la propia realidad de los hechos necesita de la extensión de la zona SURE para los planes que contemplan cada una de las líneas, en esta línea de actuación LA 9.c se prevé limitarse a los barrios de Fátima y Franciscanos y su entorno más inmediato, relegando a una segunda fase posterior el resto de barrios cuya intervención en el punto de vista físico parece, desde un punto de vista ponderado, menos prioritario que la zona SURE.
Por otro lado, y en base a lo anterior:
• Continuar con las medidas de regeneración llevadas a cabo en URBANITAS. Estas actuaciones incluyen la revitalización del espacio público de estas comunidades urbanas desfavorecidas (a través de la infraestructura necesaria para realizar actividades deportivas o culturales, etc. en plazas y otros lugares públicos), la compra/rehabilitación de viviendas, la habilitación de espacios abandonados a colectivos que impulsen iniciativas comunitarias, y otras actuaciones de índole similar que favorezcan la apertura de este tejido al resto de la ciudad. En cualquier caso, una de las operaciones prioritarias dentro de esta actuación es la adquisición de vivienda para realojos.
• Comienzo de las actuaciones de regeneración que puedan derivarse en el corto-medio plazo en la zona SURE en los campos de actuación mencionados en el punto anterior.
Criterios para la selección de operaciones:
▪ Las operaciones deberán contribuir al objetivo de productividad (Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social del entorno urbano, incluyendo infraestructura de vivienda).
▪ Se basarán en resultados y propuestas del Local Action Plan de Albacete derivado de la red de ciudades europeas SURE (Socio-economic methods for Urban REhabilitation in deprived urban areas) del Programa URBACT II.
FIRMADO POR:
EL E
XCM
O. S
R. A
LCAL
DE E
N FU
NCIO
NES
FECH
A: 3
0/06
/201
7
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▪ La adquisición de las viviendas sociales será realizada por una entidad de carácter público, mediante concurso público y se cuidará especialmente el cumplimiento de las reglas de publicidad y concurrencia.
▪ Las viviendas adquiridas con la cofinanciación del FEDER deberán destinarse al objeto para el que sean adquiridas durante un plazo no inferior a 20 años. Este plazo podrá reducirse a 5 años, siempre y cuando la ayuda FEDER destinada originariamente para la compra sea reasignada a adquirir nuevas viviendas para el mismo objeto.
▪ Los principios rectores a aplicar para la selección de operaciones deberán tener en cuenta las características de las viviendas y el perfil socioeconómico de las familias beneficiarias.
▪ Estas acciones tendrán que ser justificadas por un diagnóstico socio-económico, de los grupos objeto y por un diagnóstico de las infraestructuras existentes y necesarias.
▪ Estas actuaciones contribuirán a los principios horizontales, fortaleciéndolos mediante actuaciones sobre los colectivos desfavorecidos.
▪ Establecen preferencias sobre operaciones que especifican objetivos de igualdad entre mujeres y hombres.
▪ Prioricen aquellas actuaciones que fomentan la participación equilibrada de mujeres y hombres, ya sea como destinatarias o como gestoras.
Indicadores de productividad a los que estas operaciones deben dar
respuesta:
E059 Personas beneficiadas por operaciones de regeneración física, económica y social
del entorno urbano, incluidas en Proyectos pertenecientes a Estrategias Urbanas
integradas. (Numero). Incluye infraestructura de vivienda.
C040 Viviendas rehabilitadas en zonas urbanas (Viviendas).
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Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020 Eje 12 – URBANO: Estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado (EDUSI)
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa