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PROGRAMA DE PROTECCION A VICTIMAS Y TESTIGOS Guatemala 31 de marzo 2014 Jenny Fonseca Benavides

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PROGRAMA DE PROTECCIONA VICTIMAS Y TESTIGOS

Guatemala31 de marzo 2014

Jenny Fonseca Benavides

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INICIATIVA SOBRE PROTECCIÓN DE TESTIGOS EN AMÉRICA LATINA

Artículo 24Protección de los Testigos

Cada Estado Parte adoptará medidas apropiadas dentro de susposibilidades para proteger de manera eficaz contra eventuales actosde represalia o intimidación a los testigos que participen enactuaciones penales y que presten testimonio sobre delitoscomprendidos en la presente Convención, así como, cuando proceda, asus familiares y demás personas cercanas.

CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCU ENCIA ORGANIZADATRANSNACIONAL

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� Sujetos de protección

� Definiciones

� Principios básicos

� Financiamiento y recursos del Programa de Protección

� Estructura orgánica del Programa de Protección

� Etapas y requisitos del Programa de Protección

� Medidas de protección a testigos

� Cooperación internacional

� Interpretación de la Ley

LEY MODELO DE PROTECCIÓN A TESTIGOSGuías de Santiago, Junio - 2006

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(Asamblea General)

Persona que, individual o colectivamente, haya sufrido daños,inclusive físicos o mentales, sufrimientos emocionales, pérdidafinanciera o menoscabo sustancial de sus derechosfundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones queviolen la legislación penal vigente en los Estados miembros

Persona que posee información importante para las actuacionesjudiciales o el proceso penal. Tiene la obligación de participar enel proceso.

VICTIMA

TESTIGO

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Minimizar el impacto en la estabilidad personal, psicológica y familiar del testigo queparticipa en un proceso penal, a través de una variedad de servicios de apoyo quebuscan asegurar su presencia en el juicio y obtener de éste un testimonio fidedigno

ASISTENCIA

� Implementación de medidas que protejan la identidad, y los datos personales dela victima ( en lo posible).

� Información sobre los procedimientos judiciales y administrativos pertinentes.

� Asistencia para iniciar los tramites procesales

� Medidas Destinadas a la recuperación física,psicológica y social de las victimas.

� Asistencia social, seguridad,

Medidas

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Resguardar la integridad física del testigo, a fin de impedir que, de producirse unaretaliación por su conocimiento de los hechos, no pueda presentarse en cualquierdiligencia ordenada por la autoridad

SEGURIDAD POLICIAL

Medidas

� Rondas Policiales y Patrullaje

� Alejamiento del Lugar de Riesgo

� Asignación de Oficiales y Guardaespaldas

� Resguardo en prisiones

� Dotacion de equipo de emergencia y defensa personal

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MEDIDAS DE PROTECCION ESPECIALPROGRAMAS DE PROTECCION

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Resguardar la integridad del testigo, a fin de impedir que,de producirse una retaliación en su contra que atentecontra su integridad física, por el conocimiento quetenga de los hechos, no pueda presentarse en cualquierdiligencia ordenada por la autoridad

OBJETIVO DE LOS PROGRAMAS DE PROTECCION DE

TESTIGOS

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� El conocimiento que tengan las personas contra las que el evaluado formulacargos de las intervenciones del valorado en el proceso penal.

� La permanencia del evaluado en la zona de mayor riesgo.� El grado de protección o desprotección que presenta el lugar donde reside el

evaluado al momento de rendir su testimonio.� Las actividades del evaluado le exigen desplazamientos constantes fuera del

área donde habita.� El estar siendo asistido o no por parte de algún organismo de seguridad.� Los familiares del evaluado son conocidos por el grupo criminal contra el que

declaró el testigo.� El impacto del delito investigado.� El evaluado es el testigo único en el proceso penal en el que interviene.� La posición que ocupa dentro de la organización criminal la persona o las

personas contra las que declara o interpone denuncia el evaluado.� La peligrosidad, capacidad de agresión y el radio de acción del grupo

delincuencial contra el que declara el valorado� La infiltración del grupo criminal contra el que se declara, dentro de la

instituciones o de los organismos de seguridad del Estado.

VULNERABILIDAD DE LOS TESTIGOS

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MODELOS DE PROGRAMAS DE PROTECCION DE TESTIGOS

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1991. Constitución Nacional

En ejercicio de sus funciones la Fiscalía General de la Nación deberá:“Velar por la protección de las víctimas, los jurados, los testigos y demás

intervinientes en el proceso penal.

COLOMBIA

1992 Decreto 1834: Crea el Programa de Protección a Testigos e intervinientes en el proceso penal, como política de seguridad para la convivencia.

1997 Ley 418: Se consagran instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones

MECANISMOS PARA LA EFICACIA DE LA JUSTICIATÍTULO I

PROTECCIÓN A INTERVINIENTES EN EL PROCESO PENAL

Créase con cargo al Estado y bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de laNación , el "Programa de Protección a Testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso yFuncionarios de la Fiscalía", mediante el cual se les otorgará protección integral y asistenciasocial, lo mismo que a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo deafinidad, primero civil y al cónyuge, compañera o compañero permanente, cuando se encuentrenen riesgo de sufrir agresión o que sus vidas corran peligro por causa o con ocasión de laintervención en un proceso penal. En los casos en que la vida del testigo o denunciante seencuentre en peligro, la Fiscalía protegerá la identidad de los mismos.

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RESOLUCIÓN Nº 0-2700 de noviembre 22 de 1996

Por medio de la cual se reorganiza el PROGRAMA DE P ROTECCIÓN Y ASISTENCIA de la Fiscalía General de la Nación, en materia de tes tigos, víctimas e intervinientes en el

proceso y se establecen políticas sobre el particul ar

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN

NIVELES DE SEGURIDAD EN LOS PROCESOS DE PROTECCIÓN

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Los niveles de seguridad para los protegidos, como resultado de la evaluación de amenaza y riesgo, son los siguientes:

Máximo: Es la especial sujeción del protegido al control absoluto del Programa

Mediano: Es aquel en el que el protegido puede realizar actividades extramurales, pero sometido a la orientación del Programa de Protección.

Supervisado: Cuando el protegido ha sido reubicado.

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Seguridad

Vivienda

Alimentación

Salud integral

Vestuario

Transporte y comunicaciones

Recreación

Reactivación económica y social

Reubicación

PROTECCION

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GUATEMALA

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CONSTITUCIÓN DE GUATEMALA.

� Artículo 2 . Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la.República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de lapersona.

ACUERDO 2-2007, REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCION .

� Articulo 2 . Ámbito de aplicación.Servicio Protección, aplicable a funcionarios y empleados del Organismo Judicial, fuerzasde seguridad civil y del M. P., así como a testigos, peritos, consultores, querellantesadhesivos y personas expuestos a riesgos, por su intervención en procesos penales; yademás, periodistas que lo necesiten por encontrarse en riesgo, debido al cumplimiento desu función informativa

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ARTICULO 26. PLANES SEGURIDAD .

� La Oficina de Protección es la responsable deldiseño, organización yevaluación del servicio de protecciónde los sujetos procesales ypersonas vinculadas a la administración de justicia penal.

� El diseño de los planes de seguridad operativa y su ejecución, enconcordancia con lo requerido por la Oficina de Protección, estará acargo del Ministerio de Gobernación.

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DIRECTOR

ANALISIS FINANZAS APOYO TECNICO

SUB DIRECTOR

ESTRUCTURA PROGRAMA DE PROTECCION

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ESTRUCTURA OPERATIVA DEL PROGRAMA DE PROTECCION

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CAPITAL SEMILLA : Son recursos destinados a originar fuentes deingreso para el grupo familiar; actividades relacionadas con ventadirecta al consumidor y prestación de servicios directos al usuario opara la producción y distribución de productos en menor escala.

PROCESO DE REUBICACION

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MUCHAS GRACIAS