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REQUISITOS PARA EMPADRONAMIENTO Y LICENCIAS MUNICIPALES 2018 - 2021 De conformidad con lo establecido por el artículo 196 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz, deberán empadronarse ante la Tesorería Municipal todos los propietarios de negociaciones comerciales, industriales, de prestación de servicios, de emisión, y en general de toda actividad económica. Excepto los giros que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, quienes tendrán que obtener además del empadronamiento, la licencia de funcionamiento. Para tal efecto, deberá realizar su trámite ante la Tesorería Municipal y cumplir con los siguientes requisitos: REQUISITOS Cédula fiscal Acta constitutiva y poder notarial para actos de administración Comprobante de domicilio (a nombre del titular) Contrato de arrendamiento Fotografías del establecimiento (1 interior 1 exterior) Credencial de Elector Croquis de la ubicación del establecimiento Solicitud de inscripción al padrón municipal Dictamen de inspección y constancia de Protección Civil. OBSERVACIONES Tramitar ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público Solo para personas morales Recibo de luz, agua, o teléfono Vigente (en caso de existir) En tamaño postal, impresas en papel y pegadas en hoja tamaño carta INE Referencias (entre que calles) En el formato anexo Solicitar a la Dirección de Protección Civil ubicada en carretera Ranchoapan, aplicable a gasolineras, ventas de bebidas alcohólicas, solventes y pinturas, talleres automotrices de todo tipo, crematorios, hoteles, moteles, actividades con desechos Tóxicos, venta de productos flamables, cualquier establecimiento con tanque de gas. REQUISITOS OBSERVACIONES Aplicable a establecimientos con venta de bebidas alcohólicas y gasolineras. Que establece que no se encuentra la negociación a menos de 300 mT. de escuelas, centros deportivos y otros lugares de reunión de niñas, niños y adolescentes, templos e iglesias, así como hospitales y clínicas. Es obligatoria para establecimientos que expendan bebidas que contengan alcohol etílico en una proporción mayor a 2% de su volumen. Los giros aplicables a este trámite son: veterinarias, consultorios médicos, hospitales, clínicas de belleza y spa, farmacias y todos aquellos que realicen el manejo de alimentos. Anuencia con firma de vecinos Constancia del jefe de manzana o agente municipal. Licencia Sanitaria Aviso de apertura ante salubridad REALI SU CE TRÁMITE LA EN TESORERÍA MUNICIPAL

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REQUISITOS PARAEMPADRONAMIENTOY LICENCIAS MUNICIPALES

2018 - 2021

De conformidad con lo establecido por el artículo 196 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz,deberán empadronarse ante la Tesorería Municipal todos los propietarios de negociaciones comerciales, industriales, de prestación de servicios, de emisión,

y en general de toda actividad económica. Excepto los giros que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, quienes tendrán que obtener además delempadronamiento, la licencia de funcionamiento. Para tal efecto, deberá realizar su trámite ante la Tesorería Municipal

y cumplir con los siguientes requisitos:

REQUISITOS

Cédula fiscal

Acta constitutiva y poder notarialpara actos de administración

Comprobante de domicilio(a nombre del titular)

Contrato de arrendamiento

Fotografías del establecimiento(1 interior 1 exterior)

Credencial de Elector

Croquis de la ubicacióndel establecimiento

Solicitud de inscripciónal padrón municipal

Dictamen de inspeccióny constancia de Protección Civil.

OBSERVACIONES

Tramitar ante la Secretaria deHacienda y Crédito Público

Solo para personas morales

Recibo de luz, agua, o teléfono

Vigente (en caso de existir)

En tamaño postal, impresas en papely pegadas en hoja tamaño carta

INE

Referencias (entre que calles)

En el formato anexo

Solicitar a la Dirección deProtección Civil ubicada encarretera Ranchoapan, aplicablea gasolineras, ventas de bebidasalcohólicas, solventes y pinturas,talleres automotrices de todo tipo,crematorios, hoteles, moteles,actividades con desechos Tóxicos,venta de productos flamables,cualquier establecimiento contanque de gas.

REQUISITOS OBSERVACIONES

Aplicable a establecimientos conventa de bebidas alcohólicas ygasolineras.

Que establece que no se encuentrala negociación a menos de 300 mT.de escuelas, centros deportivos yotros lugares de reunión de niñas,niños y adolescentes, templos eiglesias, así como hospitales yclínicas.

Es obligatoria para establecimientosque expendan bebidas que contenganalcohol etílico en una proporciónmayor a 2% de su volumen.

Los giros aplicables a este trámiteson: veterinarias, consultoriosmédicos, hospitales, clínicas debelleza y spa, farmacias y todosaquellos que realicen el manejode alimentos.

Anuencia con firma de vecinos

Constancia del jefe de manzanao agente municipal.

Licencia Sanitaria

Aviso de apertura ante salubridad

REALI SUCETRÁMITE LAEN

TESORERÍA MUNICIPAL