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ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
OBJETO: SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE REALICE LA CONSULTORIA PARAESTABLECER EL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO IPv6 EN LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, INCLUYENDO CAPACITACIÓN.
AGOSTO DE 2015
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TABLA DE CONTENIDO
1. DEFINICIONES 5
2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LACONTRATACIÓN 9
3. OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES 16
3.1. OBJETO 16
3.2. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 16
3.3. OBJETIVO GENERAL 16
3.4. ALCANCE DEL OBJETO 16
3.5. RELACIÓN ESTRATÉGICA DEL OBJETO CONTRACTUAL CON LA PLANEACIÓNINSTITUCIONAL 16
3.6. FICHA TIC 17
3.8. CLASIFICACIÓN UNSCPC 18
3.9. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS 18
3.9.1. ACTIVIDADES A DESARROLLAR: 18
3.9.2. PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO: 21
4. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDOFUNDAMENTOS JURÍDICOS 23
5. ANÁLISIS DEL SECTOR - ASPECTOS GENERALES - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATOY SU JUSTIFICACIÓN 24
5.1. ASPECTOS GENERALES 24
5.1.1. REGULATORIO 24
5.1.2. ANÁLISIS DEL SECTOR 25
5.1.2.1. ASPECTOS GENERALES 25
5.1.2.2. CAPACIDAD FINANCIERA 26
5.1.2.3. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 31
5.1.2.4. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR 32
5.1.2.5. TÉCNICO 34
5.1.2.6. ESTUDIO DE LA OFERTA 37
5.1.2.7. ESTUDIO DE LA DEMANDA 37
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5.1.2.8. CÁLCULO DEL PRESUPUESTO PARA EL PROCESO 44
5.1.2.9. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 45
5.1.2.10.SOPORTE PRESUPUESTALY PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 45
6. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE 45
6.1. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS 45
6.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA 45
6.1.1.1. OFERTA DEBIDAMENTE FIRMADA 47
6.1.1.2. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL. O PROMESADE SOCIEDAD FUTURA 47
6.1.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O DOCUMENTO LEGALIDÓNEO 48
6.1.1.4. CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP),ACORDE CON LO ESTABLECIDO POR LA PARTE 2, TÍTULO I, SECCIÓN 1, SUBSECCIÓN 5 DELDECRETO 1082 DE 2015 49
6.1.1.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 49
6.1.1.6. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA SOBRE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL Y PARAFISCALES 50
6.1.1.7. VERIFICACIÓN RESPONSABLES FISCALES Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS 50
6.1.1.8. CERTIFICACIONES PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD Y DE MIPYME.51
6.1.2. CONDICIONES DE EXPERIENCIA 51
6.1.2.1. Contratos terminados: 51
6.1.2.2. Contratos en ejecución: 52
6.1.2.3. Justificación del requerimiento de experiencia 53
6.1.4. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 55
6.1.5. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS ....55
6.1.5.1. Capacidad Jurídica 56
6.2. ASPECTOS EVALUABLES 58
6.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 58
6.3. PROPUESTA ECONÓMICA 60
6.4. FACTORES DE DESEMPATE 61
6.5. DECLARATORIA DE DESIERTA 61
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PROCURADURÍAGENERAL DE W NACIÓN
7. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO 61
8. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN62
8.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: 63
9. INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN SE ENCUENTRA COBIJADO PORACUERDO COMERCIAL 63
10. OTROS ASPECTOS 64
10.1. PLAZO ESTIMADO 64
10.2. LUGAR DE EJECUCIÓN 64
10.3. FORMA DE PAGO 65
10.4. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 65
10.5. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD 66
10.6. SUBCONTRATACIÓN 66
10.7. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 66
10.8. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE 66
ANEXO N° 1.FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA 68
ANEXO No. 2 FORMATO DE EXPERIENCIA RELACIONADA 69
ANEXO No. 3 PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE
PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS CERTIFICADO DE
ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL A DICIEMBRE
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACtON
En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, modificado por el artículo
87 de la Ley 1474 de 2011, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.1, los
siguientes son los estudios y documentos previos que sirven de soporte para la elaboración del proyecto
del pliego de condiciones, el pliego de condiciones definitivo y el contrato del proceso que tiene por objeto
la SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE REALICE LA CONSULTORIA PARA ESTABLECER EL PLANDE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO IPv6 EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN,INCLUYENDO CAPACITACIÓN.
1. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que
a continuación se indica. Los términos definidos son aplicados en singular y en plural de acuerdo
como lo requiera el contexto en el cual son considerados. Otros términos utilizados con
mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082
de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su
significado natural y obvio.
Definiciones y acrónimos
Acto
administrativo de
adjudicación
Contratista
Contrato
DARPA1
Data center2
Dispositivos
activos de red3
Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca de
adjudicar o declarar desierto un proceso de selección. Para las licitaciones públicas
se expedirá una Resolución, para las demás modalidades de selección dicha
voluntad se expresará en el acta correspondiente, salvo en la contratación directa,
en la que se proferirá el acto administrativo de justificación o el correspondiente
documento de estudios previos. ... Fuente: Manual de Contratación PGN.
Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o
conjunta que suscribe un contrato estatal. Fuente: Manual de Contratación PGN.
Acuerdo de voluntades creador o generador de obligaciones para las partes.
Cuando una de las partes es una persona de derecho público, estaremos frente a
un contrato estatal; si las partes son todas personas jurídicas de derecho público
tendremos un contrato interadministrativo. Fuente: Manual de Contratación PGN.
La Agencia de Proyectos de Investigación Avanzados de Defensa, más conocida
por su acrónimo DARPA, proveniente de su nombre original en inglés Defense
Advanced Research Projects Agency, es una agencia del Departamento de
Defensa de Estados Unidos responsable del desarrollo de nuevas tecnologías para
uso militar. Fue creada en 1958 como consecuencia tecnológica de la llamada
Guerra Fría, y del que surgieron, década después, los fundamentos de ARPANET,
red que dio origen a Internet.
La agencia, denominada en su origen simplemente como ARPA, cambió su
denominación en 1972, conociéndose en lo sucesivo como DARPA por sus siglas
en inglés. DARPA fue responsable de dar fondos para desarrollar muchas
tecnologías que han tenido un gran impacto en el mundo, satélites, robots,
incluyendo redes de ordenadores, (empezando con ARPANET, que después se
desarrolló como Internet), así como NLS, el cual fue tanto un sistema de hipertexto
como un precursor de la interfaz gráfica de usuario contemporánea.
Se denomina centro de procesamiento de datos (CPD) a aquella ubicación donde
se concentran los recursos necesarios para el procesamiento de la información de
una organización. También se conoce como centro de cómputo en
Hispanoamérica, o centro de cálculo en España o centro de datos por su
equivalente en inglés data center.
Dichos recursos consisten esencialmente en unas dependencias debidamente
acondicionadas, computadoras y redes de comunicaciones.
Los componentes activos son aquellos equipos que son capaces de excitar los
circuitos o de realizar ganancias o control del mismo, por ejemplo Switch, Router,
1 http://es.wikipedia.org/wiki/Defense Advanced Research Proiects Aqencv (junio 1 de 2015,14:49)
2 http://es.wikipedia.org/wiki/Centro de procesamiento de datos (junio 1 de 2015, 14:00)
' http.//electronicacompleta.com/lecciones/el-diodo/ (junio 1 de 2015,14:10)
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Definiciones y acrónimos
Dispositivos de
seguridad
Direccionamiento
Privado4
Direccionamiento
Público5
Educación para el
Trabajo y el
Desarrollo
Humano6
IANA7
IETF®8
IPv49
Access Point, estos equipos se encargan de distribuir en forma activa la
información a través de la red.
Son equipos diseñados específicamente para proteger redes de cómputo de los
ataques generados por piratas informáticos, entre ellos firewall, WAF, IPS, IDS.
Existen ciertas direcciones en cada clase de dirección IP que no están asignadas
y que se denominan direcciones privadas. Las direcciones privadas pueden ser
utilizadas por los hosts que usan traducción de dirección de red (NAT) para
conectarse a una red pública o por los hosts que no se conectan a Internet. En una
misma red no pueden existir dos direcciones iguales, pero sí se pueden repetir en
dos redes privadas que no tengan conexión entre sí o que se conecten mediante
el protocolo NAT
Estas direcciones son asignadas por InterNIC, asegurando que no existan
direcciones iguales asignadas a distintas máquinas. Se asignan haciendo uso de
identificadores de red de clases o bloques CIDR. Mediante este sistema se
asegura que se puedan programar rutas a través de Internet para comunicar los
distintos equipos conectados a la red.
Tras una asignación de bloques IP a una organización, esta asignación queda
registrada en los routers que forman parte de Internet mediante los parámetros de
identificador de red y mascara de subred que definen las rutas en la red.
En el caso de usar direcciones ya asignadas a otra organización en una red que
forma parte de Internet, los paquetes no serán entregados correctamente a las
direcciones ilegales creadas en la red. Esto es debido a que ya existen rutas hacia
los routers de la organización que tienen asignadas dichas direcciones, evitando
la entrega a las nuevas direcciones duplicadas.
La educación para el trabajo y el desarrollo humano hace parte del servicio público
educativo y responde a los fines de la educación consagrados en el articulo 5o de
la Ley 115 de 1994. Se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir
conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales y conduce a la
obtención de certificados de aptitud ocupacional.
Comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se
fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza
en un proyecto educativo institucional y que estructura en currículos flexibles sin
sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal.
Agencia Internacional de Asignación de Números de Internet. Es la entidad que
supervisa la asignación global de direcciones IP, sistemas autónomos, servidores
raíz de nombres de dominio DNS y otros recursos relativos a los protocolos deInternet.
Internet Engineering Task Forcé o IETF por sus siglas en inglés, es una gran
comunidad internacional abierta de diseñadores, operadores, vendedores e
investigadores de redes, interesados en la evolución de la arquitectura y del buen
funcionamiento de intemet.
La misión de IETF es hacer que intemet trabaje mejor produciendo alta calidad y
documentos de relevancia técnica que influyan en la forma en que la gente diseña,
usa y administra intemet.
Internet Protocol versión 4 o versión 4 del protocolo de internet, Es la
tecnología que permite que los equipos puedan conectarse a una red como
Internet, cualquiera sea el dispositivo (PC, notebook, smartphone, tablet, etc.)
Cada uno de ellos en el instante que se conecta a internet, obtiene un código para
poder enviar y recibir datos con otras conexiones, este código es llamado dirección
y cada dirección debe ser única para el correcto funcionamiento de la red. Por el
4 https://es.wikipedia.orq/wiki/Direcci%C3%B3n IP Gunio 19 de 2015 16:20)
5 http://www.tormentainformatica.com/internet/direcciones-ip-publicas-v-privadas (junio 19 de 2015 16.20)6 http://www.mineducacion.qov.co/1621/w3-article-234968.html (agosto 3 de 2015 15:42)7 http://es.wikipedia.org/wiki/lnternet Assiqned Numbers Authoritv (junio 1 de 2015,14:18)8 https://www.ietf.org/about/ (junio 1 de 2015,15:40)
9 http://www.informatica-hoy.com.ar/aprender-informatica/IPv4-IPv6.php (junio 1 de 2015,14:30)
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA KACION
Definiciones y acrónimos
IPv610
IPv6 Ready11
ISP12
LACNIC13
Manual GEL
MINTIC14
Metodología15
Oferta
crecimiento enorme que ha tenido Internet que desbordó lo esperado cuando se
diseñó IPv4, ya hace varios años se vio que este tipo de direccionamiento quedaría
escaso en poco tiempo pues solo soporta hasta 232 direcciones diferentes.
Internet Protocol versión 6 o versión 6 del protocolo de internet, es la
tecnología que se ha desarrollado para reemplazar al protocolo de internet versión
4, la capacidad que permite este nuevo estándar es de 2128 direcciones de red
diferentes y adicionalmente incluye nuevas características de seguridad,
transporte de información, eficiencia de los equipos de red, etc.
Término empleado para referirse a la compatibilidad de equipos, tecnologías,
sistemas y servicios informáticos en general, de funcionar adecuadamente con el
protocolo estándar de comunicaciones IPv6.
El programa IPv6 Ready es un programa de pruebas que establece el
cumplimiento e interoperabilidad del protocolo IPvé destinado a aumentar laconfianza del usuario, demostrando que dicho protocolo está disponible y listo para
ser utilizado en el producto sometido a las pruebas.
La misión del Comité IPv6 Ready comprende: definir las especificaciones de
prueba para establecer el cumplimiento e interoperabilidad de IPv6, facilitar el
acceso a las herramientas de auto-prueba y entregar el logotipo de IPv6 Ready.
Los objetivos y beneficios del programa del IPv6 Ready clave son:
• Verificar la implementación del protocolo y validar la interoperabilidad de
los productos de IPv6.
• Proporcionar acceso a herramientas gratuitas de auto-prueba.
Proporcionar los laboratorios de pruebas IPv6 Ready Logo en todo el mundo
dedicada a proporcionar asistencia o servicios de pruebas.
Proveedor de servicios de internet, es una empresa que brinda conexión a Internet
a sus clientes y servicios adicionales, como cuentas de correo electrónico,
tecnología para crear un sitio web propio, conexiones entre oficinas, etc.
LACNIC, el Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe, es
una organización no gubernamental internacional establecida en Uruguay en el
año 2002. Es responsable de la asignación y administración de los recursos de
numeración de Internet (IPv4, IPv6), Números Autónomos y Resolución Inversa,
entre otros recursos para la región de América Latina y el Caribe. Es uno de los 5
Registros Regionales de Internet en el mundo.
Manual para la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea en las
entidades del orden nacional de la República de Colombia.
Es la abreviatura referida al Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, según la Ley 1341 o Ley de TIC, es la entidad que se encarga
de diseñar, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del
sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Dentro de sus funciones está incrementar y facilitar el acceso de todos los
habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y a sus beneficios.
La metodología hace referencia al camino o al conjunto de procedimientos
racionales utilizados para alcanzar el objetivo o la gama de objetivos que rige
una investigación científica, una exposición doctrinal o tareas que requieran
habilidades, conocimientos o cuidados específicos. Con frecuencia puede definirse
la metodología como el estudio o elección de un método pertinente o
adecuadamente aplicable a determinado objeto.
Es la propuesta presentada a nombre de la Procuraduría General de la Nación por
los interesados en ser el Contratista del Proceso de Contratación objeto del
10 http://es.wikipedia.org/wiki/IPv6 (¡unió 1 de 2015,14:32)
11 https://www.ipv6ready.orq/ (junio 1 de 2015,14:33)
12 http://es.wikipedia.org/wiki/Proveedor de servicios de Internet (junio 1 de 2015,14:35)
13 http://www.lacnic.net/web/lacnic/acerca-lacnic (junio 1 de 2015,15:05)
14 http://www.mintic.qov.co/portal/604/w3-propertvvalue-540.html (junio 1 de 2015,14:15)
15 https://es.wikipedia.org/w¡ki/Metodoloq%C3%ADa - (Agosto 10 de 2015. 03:25 p.m.
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Definiciones y acrónimos
PGN
Pliego de
Condiciones
Primer Orden de
Elegibilidad
Programa de
capacitación
Proponente
Puerto16
Servicios de red
Software17
TCP/IP18
presente Pliego de Condiciones. Fuente: Colombia Compra Eficiente - Pliego de
Condiciones tipo - Julio 27 de 2015, 07:56 a.m.
Procuraduría General de la Nación.
Es el acto administrativo que contiene los requisitos objetivos de participación en
un proceso de contratación cuando implica convocatoria pública, en el que se
definen, entre otros aspectos, las reglas de verificación de la capacidad de los
oferentes y de evaluación de las ofertas, las causales de rechazo de los
ofrecimientos, el cronograma del proceso, los mecanismos de comunicación con
la administración, las condiciones del contrato a celebrar, etc. Fuente: Manual de
Contratación PGN.
Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje
más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de
Condiciones. Fuente: Pliego de condiciones tipo para contratos de obra pública -
Colombia Compra Eficiente - Julio 27 de 2015 - 08:27 a.m-
El programa de capacitación es el instrumento que sirve para explicitar los
propósitos formales e informales de la capacitación y las condiciones
administrativas en las que se desarrollará. El programa debe responder a las
demandas organizacionales y las necesidades de los trabajadores.- (Diseño De
Capacitación Basada En Competencias Laborales - Fletcher, Shirley
(9683809537)
Autor: Fletcher, Shirley- Ano de Edición: 2000 - Consulta del 10 de agosto de 2015
-03:09 p.m.
Es toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o
conjunta (unión temporal, consorcio y promesa de sociedad) que aspira celebrar
contratos con la PGN y presenta para ello, de manera formal, una oferta. Fuente:
Manual de Contratación PGN.
En la informática, un puerto es una forma genérica de denominar a una interfaz a
través de la cual los diferentes tipos de datos se pueden enviar y recibir. Dicha
interfaz puede ser de tipo físico, o puede ser a nivel de software (por ejemplo, los
puertos que permiten la transmisión de datos entre diferentes ordenadores).
Se establecen cuando se conecta dos o más equipos de una red para compartir
información y recursos. También estos servicios ayudan a la red local a funcionar
sin problemas y eficientemente.
Se conoce como software al equipamiento lógico o soporte lógico de un sistema
informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios
que hacen posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los
componentes físicos que son llamados hardware.
En primer lugar vamos a empezar definiendo lo que es un protocolo, un protocolo
no es más que un conjunto de reglas establecidas entre dos dispositivos para
permitir la comunicación entre ambos, en concreto los protocolos TCP/IP es un
protocolo DARPA que permite la transmisión confiable de paquetes de datos
mediante redes.
Este protocolo fue desarrollado por el departamento de defensa de los Estados
Unidos, ejecutándolo por primera vez en 1972 en el ARPANET una red de área
extensa del departamento de defensa.
En concreto, TCP/IP es un conjunto de protocolos, la sigla TCP/IP significa
"Protocolo de control de transmisión/Protocolo de Internet" y se pronuncia "T-C-P-
I-P". Proviene de los nombres de dos protocolos importantes del conjunto de
protocolos, es decir, del protocolo TCP y del protocolo IP, en concreto, TCP se
encarga de contabilizar las transmisión de datos entre computadores y registrar si
hay o no errores, mientas que IP realiza la transferencia de datos, todos juntos
llegan a ser más de 100 protocolos diferentes definidos en este conjunto.
16 http://es.wikipedia.org/wiki/Puerto (inform%C3%A1tica) (¡unió 1 de 2015,15:35)
17 http://es.wikipedia.org/wiki/Software (junio 1 de 2015,14:45)
18 http://uhu.es/antonio.barragan/content/protocolo-tcpip (¡unió 1 de 2015,14:55)
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PROCURADURÍAGENERALDEUU
Definiciones y acrónirnos
TIC19
Topología de la
seguridad
Perimetral
TRM20
Troubleshooting21
UIT22
Se considera la base del Internet ya que representa todas las reglas de
comunicación para ello y se basa en la idea de brindar una dirección IP a cada
equipo de la red para poder enrutar paquetes de datos.
Es utilizado para enlazar computadoras que utilizan diferentes sistemas
operativos, incluyendo PC, mini computadoras, Mac's y servidores de redes de
área local y área extensa ya que no dependen del sistema operativo ni del
computador, sino que cualquiera puede desarrollar productos que se ajusten a las
especificaciones de TCP/IP.
Tecnologías de la información y la comunicación que agrupan los elementos
(hardware, software, firmware) y las técnicas utilizadas en el tratamiento y la
transmisión de información, principalmente de informática, internet y
telecomunicaciones.
En este contexto es el diseño de la seguridad que incluye especificaciones de
hardware, software y configuraciones, de acuerdo a las políticas de la entidad,
teniendo en cuenta que el perímetro es el límite entre la parte controlada del
ambiente de procesamiento de datos y otros entornos no controlados.
La TRM es un indicador económico que revela el nivel diario de la tasa de cambio
oficial en el mercado spot de divisas colombiano. Corresponde al promedio
aritmético de las tasas promedio ponderadas de compra y venta de divisas de las
operaciones ¡nterbancarias y de transferencias, desarrolladas por los
intermediarios del mercado cambiario que se encuentran autorizados en el
Estatuto Cambiario.
Localización y corrección de fallas.
Unión Internacional de Telecomunicaciones es el organismo especializado de las
Naciones Unidas para las tecnologías de la información y la comunicación,
recomienda la gestión del espectro radioeléctrico y administra las órbitas de satélite
a escala mundial, elabora normas técnicas que garantizan la interconexión
continua de las redes y las tecnologías, y busca mejorar el acceso a las TIC de las
comunidades insuficientemente atendidas de todo el mundo.
2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA
CONTRATACIÓN
Un protocolo no es más que un conjunto de reglas establecidas entre dos dispositivos para
permitir la comunicación entre ambos, el conjunto de los protocolos TCP/IP permite la transmisión
confiable de paquetes de datos mediante redes. La sigla TCP/IP significa "Protocolo de control
de transmisión/Protocolo de Internet", en concreto, TCP se encarga de contabilizar las
transmisión de datos entre computadores y registrar si hay o no errores, mientas que IP realiza
la transferencia de datos, todos juntos llegan a ser más de 100 protocolos diferentes definidos en
este conjunto.
El protocolo TCP/IP garantiza que los datos transmitidos serán entregados en su destino sin
errores y en el mismo orden en que se trasfirieron, proporciona también un mecanismo para
distinguir distintas aplicaciones dentro de una misma máquina, a través del concepto de puerto.
A fin de identificar un emisor y un receptor, el protocolo establece un número o nomenclatura, la
cual es única en todo el mundo y cada dispositivo, ya sea un PC, celular, Tablet, teléfono IP,
cámara web, etc., cuenta con una dirección IP que le distingue.
19 http://es.wikipedia.org/wiki/Tecnoloq%C3%ADas de la informaci%C3%B3n y la comunicaci%C3%B3n (junio 1 de 2015,15:15)
20https://www.superfinanciera.qov.co/¡sp/loader.isf?IServ¡c¡o=Publicaciones&ITipo=publ¡cac¡ones&IFunc¡on=loadContenidoPublicaci
on&id=60819 (consulta realizada el 1 de junio de 2015,14:00)
21 http://www.oxforddictionaries.com/es/traducir/inqles-espanol/troubleshootinq (junio 1 de 2015,14:48)
22 http://wwwitu.int/es/about/Paqes/default.aspx (junio 1 de 2015,15:17)
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El protocolo TCP/IP es considerado la base del Internet ya que representa todas las reglas de
comunicación y se basa en la idea de brindar una dirección IP a cada equipo de la red para poder
enrutar paquetes de datos. Es utilizado para establecer comunicaciones o enlaces entre
computadoras que utilizan diferentes sistemas operativos, incluyendo PC, mini computadoras,
Macs y servidores de redes de área local y área extensa ya que no dependen del sistema
operativo ni del computador, sino que cualquier persona puede desarrollar productos que se
ajusten a las especificaciones de TCP/IP.
Por tanto TCP/IP da soporte a muchas de las aplicaciones más populares de Internet, incluidas
HTTP, SMTP, SSH y FTP. La versión 4 de este protocolo es el denominado IPv4 y constituye la
primera versión de IP que fue implementada de forma extensiva en el mundo. IPv4 fue lanzado
al mercado en 1981 y es el principal protocolo utilizado en el Nivel de Red del Modelo TCP/IP
para Internet; su diseño es orientado a datos, y para comunicación entre redes lo realiza a través
de transmisiones de paquetes (por ejemplo a través de Ethemet) y proporciona una dirección
única (dirección IP), que permite identificar una máquina, un computador, un dispositivo móvil,
etc., utilizando direcciones de 32 bits (4 bytes).
Durante los últimos años el auge de contenidos digitales ha demandado nuevas técnicas para
interconectar todo tipo de dispositivos electrónicos, la industria tecnológica permanentemente
desarrolla nuevos elementos con capacidad de conectarse a la red, lo cual ha ocasionado que
los expertos proyecten el agotamiento de las direcciones IP disponibles lo que conllevaría al
colapso de la red a nivel mundial.
Teniendo en cuenta que Colombia corresponde al Registro de Direcciones de Internet para
América Latina y Caribe (Lacnic), a continuación se puede observar el Reporte de Direcciones
IPv4 publicado por Lacnic a fecha 3 de agosto de 2015, en la siguiente página web
http://www.lacnic.net/web/lacnic/agotamiento-ipv4, en él se verifica de manera gráfica el nivel
crítico de agotamiento de direcciones IPv4.
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0,16
0,15Time
Para observar la estadística del agotamiento de IPv4 en cada una de las cinco regiones en las
cuales está dividido el planeta se puede consultar la siguiente página web
http://portalipv6.lacnic.net/estado-del-agotamiento-de-ipv4-por-region/, lo cual genera la
necesidad de actualizar la versión del protocolo IP utilizado.
Teniendo en cuenta esta realidad, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las
comunicaciones ha adelantado actividades con el fin de promover y divulgar la pronta adopción
del protocolo IP versión 6 (IPv6) en Colombia, iniciando con la expedición de la Circular 002 de
junio de 201123, y la inclusión de las actividades tendientes a su implementación en la estrategia
de Gobierno en Línea.
Actualmente la PGN utiliza el protocolo IPv4 en la configuración de todos sus dispositivos
institucionales; la necesidad de adopción del nuevo IPv6 es, además de una necesidad, una
obligación según los lineamientos de Gobierno en Línea. En su sitio web el Ministerio de
Tecnologías de la Información y las comunicaciones anunció que el 3 de febrero del 2011, la
IANA (Agencia Internacional de Asignación de Números de Internet) entregó el último bloque de
direcciones IP disponibles con formato IPv4, lo cual obliga a todos los países del mundo a hacer
una transición al protocolo IPv6. Adicionalmente el MINTIC menciona que la pronta adopción se
convierte en un asunto de Estado, tal y como lo señala la Resolución 64 de 201224 de la UIT
(Unión Internacional de Telecomunicaciones), de la cual es miembro Colombia desde el 25 de
23 http://www.mintic.qov.co/portal/604/articles-5932 documento.pdf (agosto 3 de 2015, 15:53)
24https://www.qooqle.com/url?q=http://www.itu.int/dms pub/itu-t/opb/res/T-RES-T.64-2012-MSW-
S.docx&sa=U&ei=5hRuVaWpEcaVNuqnqoqE&ved=0CAYQFiAB&client=intemal-uds-
cse&usq=AFQiCNHqf CcewEbo0BS2OHI QuIKQTqq (julio 1 de 2015, 15:42)
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agosto de 1914, que en el marco de la Asamblea Mundial de Normalización de las
Telecomunicaciones (Johannesburgo, 2008) se recomendó: "que la implantación de IPv6 es un
tema de importancia para los Estados Miembros y los Miembros de Sector".
Desde el 2011 el Estado colombiano ha venido trabajando un plan de acción con el fin de reunir
los insumos para la construcción, promoción y divulgación de lineamientos de políticas para la
adopción de IPv6 en Colombia y entre sus actividades están la expedición de la Circular No.0002
del 6 de julio de 2011 para la "Promoción de la adopción del IPv6 en Colombia" que entre sus
apartes dispone:
"Por lo anterior, este Ministerio convoca a las entidades de la Administración Pública, Ramas y
Organismos del Estado y al sector de TIC, para que en sus compras de equipos de TIC (hardware
y software), aplicaciones, plataformas TIC y servicios prestados a través de TIC, se exija que estén
desarrollados e implementados sobre el Protocolo IPv6 con compatibilidad o soporte total IPv4;
demostrable mediante los RFCs concretos del IETF y demás normas que determinan esta
compatibilidad.
(...)
Además, se insta a las entidades de la Administración Pública, Ramas y Organismos del Estado y
al sector TIC, a que incluyan en sus administraciones un "PLAN DE TRANSICIÓN PARA LA
ADOPCIÓN DE IPv6 EN COEXISTENCIA CON IPv4", programado para 3 años a partir de lapublicación de la presente circular; que permita una transición segura y sin traumatismos para la
Entidad, sus beneficiarios, usuarios y para el administrado. Dicho plan deberá contemplar al
menos: diagnóstico, plan de inversión, cronograma de implementación, formación en IPv6 de los
funcionarios del área afín, evaluación de resultados y los aspectos técnicos que permitan la
correcta implementación de mecanismos de transición de IPv4 a IPv6 en sus redes, servicios al
ciudadano prestados a través de TIC, y en general las Plataformas (hardware y software)
Informáticas y de Comunicaciones.
De igual forma el Decreto 2573 de 2014 "Por el cual se establecen los lineamientos generalesde la Estrategia de Gobierno en línea..."en el artículo señala:
"Artículo 2°. Ámbito de aplicación. Serán sujetos obligados de las disposiciones contenidas en elpresente Decreto las entidades que conforman la Administración Pública en los términos del
artículo 39 de la Ley 489 de 1998 y los particulares que cumplen funciones administrativas.
Parágrafo La implementación de la estrategia de Gobierno en Línea en las Ramas Legislativa y
Judicial, en los órganos de control, en los autónomos e independientes y demás organismos del
Estado, se realizará bajo un esquema de coordinación y colaboración armónica en aplicación de
los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución Política.
(...)
6o. Instrumentos. Los instrumentos para la implementación de la estrategia de Gobierno en Líneaserán los siguientes:
Manual de Gobierno en Línea. Define las acciones que corresponde ejecutar a las entidades delorden nacional y territorial respectivamente."
En igual sentido, los manuales de Gobierno en Línea25, incorporan iniciativas para la adopcióndel IPv6.
25https://www.qooqle.com.co/url?sa=t&rct=¡&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=ria&uact=8&ved=0CBwQFiAAahUKEw¡O-ozE1Z7HAhXKph4KHTssAA0&url=http%3A%2F%2Fproqrama.qobiernoenlinea.qov.co%2Fapc-aa-files%2Feb0df10529195223c011ca6762bfe39e%2Fmanual- consulta del 10 de agosto de 2015: 10:00
a.m.3.1.pdf&e¡=ca3IVc79BsrNervYqGq&usq=AFQiCNHpbkv3RpiNdl_KeozX DKvJPRT6SQ
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A continuación, se describen las fases de adopción para IPv6, según el Ministerio de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones:
Fases de la Adopción
Planeación Implementación
SensibilizaciónV 3ferW-*a$WW«p»-H«
jpww*>'*«wftw^^^yiM?*MMWM^M*Mwij*iypEwp>**M^Mñ***^f^*****M***^ nnnpnrnnnnnrnnnnnnnnnnTn—r ~*******+Mwp\ nnnnnnnnnn M*iHHw***fi*HUi n
Acciones concretas para montar o actualizar las
Actividades de promoción y divulgación que buscan
fomentar la importancia de IPv6.
digital (Pvé Colombia fase 2012
Tomado del documento publicado en el enlace: http://adopcionipv6.cintel.org.co/wp-
content/uploads/2012/06/Presentac¡%C3%B3n-Proyecto-Adopci%C3%B3n-de-IPv6-en-Colombia-
Rafael Sandoval.pdf26
Aunque el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha recomendado
que la transición debería completarse para el año 2014, no ha sido posible cumplirlo, pues debe
tenerse en cuenta la publicación del MINTIC en el sitio web
http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-5893.html, según la cual existen puntos claves
sobre la transición a IPv6, por ejemplo, que Internet ha sido implementado con base en IPv4 y el
uso que se le da a la red global abarca todos los campos de la comunicación humana, por tal
motivo no sería posible sustituir de manera inmediata un protocolo por otro, es decir, no es posible
"apagar" la red, ni siquiera por pocos minutos para realizar la transición a IPv6. Tampoco es
suficiente con actualizar parte de los equipos, pues se trata de un proceso que tendría que
involucrar a cualquier organización, sea empresa, administración pública o proveedor de acceso
o contenidos de una forma sincronizada. Precisamente teniendo en cuenta todos estos factores,
la organización encargada de la estandarización a nivel mundial de los protocolos de Internet
(IETF, Internet Engineering Task Forcé), diseñó junto con el propio IPv6, una serie de
mecanismos denominados de transición y coexistencia.
Es importante entonces entender que "No se trata de una migración como erróneamente se indica
en muchas ocasiones, sino que ambos protocolos, IPV4 e IPV6, existirán durante algún tiempo,
es decir se produce una coexistencia"27, en otras palabras, se debe producir una coexistencia
delimitada de los dos protocolos que garantice el mantenimiento de los servicios, hasta que se
utilice de manera definitiva IPv6.
26 http://adopcionipv6.cintel.org.co/wp-content/uploads/2012/06/Presentaci%C3%B3n-Provecto-Adopci%C3%B3n-de-
IPv6-en-Colombia-Rafael Sandoval.pdf- consulta del julio 1 de 2015. 15:56)
27 http://www.mintic.aov.co/portal/604/w3-article-5893.html Oulio 1 de 2015, 16:00)
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PROCURADURÍAGENERALDEUKACIOtJ
Adicionalmente es importante mencionar, que ante el cambio de versión del protocolo IP las
aplicaciones y dispositivos deberán funcionar de la misma forma en que lo vienen haciendo. Este
cambio permite garantizar que se pueda seguir utilizando Internet en el futuro de la misma forma
que se nace actualmente.
El buscador Google presenta las siguientes estadísticas para la implementación del protocolo
IPv6 a nivel mundial, de acuerdo a la evaluación que realiza sobre el tráfico de datos por sus
servidores.28
Aúapñán d# iPvé
Siempre estarnas svaluancfo (a rte¡>c>niMik;a>i ¡je \a cor;e>:Uvidad de ¡Pv» entre lís-uanos se Gí»gi* En este tjráficcs. e¡? muestra eí
e usuarios que acceder- 3 6005!* 3 üavess de PvC?
20X0 20.13
2GI0 2013
>l
Como se puede observar en el gráfico anterior, la medición indica el aumento de los usuarios que
acceden a Google mediante IPv6, el cual ha estado creciendo sostenidamente desde mediados
del año 2010 y en la actualidad corresponde al 6.14%
El gráfico siguiente también es tomado de las estadísticas de Google29 y presenta la adopción del
protocolo IPv6 por diversos países, podemos observar que en Colombia solo se logra una
medición de la implementación del 0.03%, pero aun los usuarios se ven abocados a problemas
de latencia, es decir lentitud en la conexión a los sitios que tienen el protocolo habilitado; como
se puede apreciar, se necesita avanzar más en la transición para lograr una mayor cobertura yuna mejor experiencia al usuario final.
28 http://www.qooale.com/intl/es/ipv6/statistics.htmI#tab=ipv6-adoption. (marzo 2 de 2015, 10:00)
29 http.//www.qooqle.com/intl/es/ipv6/statistics.html#tab=ipv6-adoption, consulta de marzo 2 de 2015, 10:00)
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Áoop<:iúr: de sPvfi Adopción cte iPvS por país
Adopción de lPv6 por país
Colombia
¡Pví> Adoptíon- 0.03%
Latency / impact 30ms / -0.02%
iVfjriü i Aírira i Asi.i j Eiüvpe i Ocíanij ! Hoñb. América i Ceiv,;al Amefie<3! Souih Amanes»
En el gráfico anierío! ü« roueáifíi !a ctepontoütóad !Jí 'a conectividad <fc- iPv6 en iorfi; si mundo.
Uj Regiones, en las ¡xie ¡Pví- esta más ampliamente impi'íínenfadB ¡cuanto más oscuiro es el coló? «erde mayor es la
üiipifcniíírfiadúriiy usuarios que no suelen íAperimeníflr pivibterníii i'elacioiíítdas con !¿i cyüexiori 3 sisías web cíjíí ¡PyS
habiliíatío
H ' 1 <' 11 ' ' 111 ni I 1 np s 1 rr r n 11 r'-neniando probierfta*.
()•->- !■>•- f i ' it 1 i^h 1 t i t _ F 1 I c In
U M-->i i" cih o >■ 1 »i 1 |lnn>- i 1 r' 1"- 1 1 it !►*•«[»• i i ! [ 1 ►-•> s coresicierabies de
1)1 ir'i li 1 ti f 1 -r> I 1 f n < If i r 1 V 1 a! 1*1 r
En resumen es importante realizar la transición a IPv6 porque se han agotado las direcciones
IPv4 públicas, adicionalmente el nuevo protocolo incluye una función de autoconfiguración, lo
cual permite mayor facilidad para el usuario final sin conocimientos técnicos, también es
necesario para facilitar la conexión de dispositivo a dispositivo (extremo a extremo), teniendo en
cuenta que en la actualidad uno de los mecanismos para ahorrar direccionamiento es el traductor
de direcciones, también podremos utilizar sistemas de multidifusión perfeccionados para
aprovechar mejor los servicios de video y audio sobre redes de banda ancha y adicionalmente se
puede implementar el intemet de las cosas, mediante el cual se trata de tener inteligencia en
nuestro entorno, de forma que las máquinas puedan establecer comunicación directamente entre
ellas y mejorar nuestra gestión sobre todo tipo de redes y dispositivos.
Dado que Colombia no cuenta con la suficiente disponibilidad de más dirección IPv4, como parte
de la problemática ya mencionada, que la Entidad requiere de direcciones IP públicas para la
conectividad y operación de sus servicios informáticos en internet y red privada, que la
complejidad y conocimiento de los productos tecnológicos comerciales requiere de expertos para
la implementación de un proceso de transición y coexistencia y que los funcionarios de la oficina
de Sistemas de la Entidad no cuentan con los conocimientos relacionados con el nuevo
protocolo, se hace necesaria la contratación de una consultoría que permita desarrollar el objeto
contractual.
Para iniciar este proceso de transición y coexistencia, la entidad requiere contratar el
entrenamiento relacionado al protocolo IPv6 para los funcionarios que deberán atender el
funcionamiento de los sistemas y servicios informáticos en la entidad y el plan de implementación
de la transición, los detalles de dichos productos se especifican en el capítulo 3.9 del presente
documento.
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Adicionalmente, contratar la realización de un análisis técnico de todos los equipos, servicios
informáticos y sistemas de información que hacen parte de la plataforma tecnológica de la
entidad, a fin de validar su compatibilidad con el protocolo IPv6, de tal manera que se logre
establecer si estos se encuentran aptos para la transición, si requiere algún mecanismo o
dispositivo para lograr el acople entre ambos protocolos (de IPv4 a IPv6) o si definitivamente, se
requiere cambiar el dispositivo, servicio o sistema de información. Cabe mencionar, que el
presente proceso, no incluye la compra de los dispositivos, puesto que al no conocer su cantidad
y especificaciones es imposible cuantificar su costo, configuración y demás aspectos que deban
contemplarse para su puesta en marcha bajo IPv6.
3. OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES
3.1. OBJETO
SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE REALICE LA CONSULTORIA PARA ESTABLECER EL
PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO IPv6 EN LA PROCURADURÍA GENERAL DELA NACIÓN, INCLUYENDO CAPACITACIÓN.
3.2. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
Teniendo en cuenta que se debe realizar un diagnóstico a la plataforma tecnológica de la Entidad
y conforme a éste, desarrollar planes, propuestas metodológicas y diseños de transición, el tipo
de contrato a celebrar es de CONSULTORIA.
3.3. OBJETIVO GENERAL
El contratista deberá realizar un estudio con el fin de recolectar la información necesaria,
analizarla, proponer y diseñar alternativas de solución, determinar las actividades a ejecutar,
identificar los cambios necesarios de hardware y software, diseñar un programa de capacitación
e impartirlo a funcionarios de la PGN para el proceso de transición de IPv4 a IPv6 en la
Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con el Manual Gobierno del Ministerio de
Tecnologías de Información y las Comunicaciones, o las directrices que los sustituyan o
modifiquen.
3.4. ALCANCE DEL OBJETO
Diagnosticar el grado de compatibilidad de la infraestructura de red actual con el
protocolo IPv6.
Diseñar un plan estratégico para la implementación de IPv6 en la entidad.
Desarrollar un programa de entrenamiento para la administración de la infraestructura
en IPv6.
Entrenar en IPv6 al personal de la Oficina de Sistemas que la supervisión del contrato
le indique al contratista.
El contratista deberá desarrollar el objetivo general con el alcance definido para toda la plataforma
de TI de la Procuraduría General de la Nación en Bogotá, debido a que la infraestructura
tecnológica es centralizada.
3.5. RELACIÓN ESTRATÉGICA DEL OBJETO CONTRACTUAL CON LA PLANEACIÓNINSTITUCIONAL.
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Contratar LA CONSULTORIA PARA ESTABLECER EL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL
PROTOCOLO IPv6 EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, INCLUYENDOCAPACITACIÓN, se encuentra enmarcado en el Plan Estratégico Institucional "ProcurandoOrden y Rectitud" 2013-2016 apuntando a la perspectiva, objetivo y criterio de logro mencionados
a continuación:
PERSPECTIVA
Objetivo
Logros
DE APRENDIZAJE, TECNOLOGÍA Y CONOCIMIENTO
[12]
[12.2]
GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN
Y COMUNICACIÓN
Ampliar cobertura
tecnológica
FINANCIERA
[13]
[13.1]
OPTIMIZAR LA
ASIGNACIÓN DE LOS
RECURSOS
PRESUPUÉSTALES
Asignar eficientemente
los recursos de acuerdo
al Plan Estratégico.
El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la
ciudadanía en general en el link:
http://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/info qel archivos/3/01 .%20PLAN%20ESTRAT
EGICO%20PGN%202013%202016%20PROCURANDO%20ORDEN%20Y%20RECTITUD.docx, de la página web de la entidad.
3.6. FICHA TIC
En el Formulario de presentación de proyectos con gasto TIC de la Entidad para la vigencia 2015,
en la Tabla 2 ALCANCE (Vigencia 2015), se incluyó la Actividad TIC denominada "Implementar
soluciones a través de la plataforma tecnológica"
"... Tabla 2. ALCANCE (Vigencia 2015)
ActividadesTIC
Implementar
soluciones a través
de la fi!8tftfofmft
tecnológica
Subactividad
Tin//O
Descripción
(Que se va a hacer? Qué
comprende y qué NO, en qué
cantidad, para cuántos
usuarios, para cuántos sitios o
sedes, con qué capacidad)
Migración IP v4 a IPv6.
Productos/Entregables
(Bienes y/o servicios
cuantifícados que se van
a entregar)
Migración Ipv4 a Ipv6
Fecha de
entrega
estimada
Junio 2015
Está en
el plan de
Gobierno
en línea o
Vive
Digital?
(Si/No)
No
3.7 ADQUISICIONES - FICHA BPIN (Banco de Proyectos de Inversión)
El presente proyecto de SELECCIÓN DEL CONTRATISTA QUE REALICE LA CONSULTORIA
PARA LA ESTABLECER EL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO IPv6 EN LAPROCURADURÍA GENERAL DÉLA NACIÓN, INCLUYENDO CAPACITACIÓN.", se encuentrainscrito en el proyecto de FORTALECIMIENTO PLATAFORMA TECNOLÓGICAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A NIVEL NACIONAL, código BPIN 1154-00013-0000 y la actividad es: I. Implementar soluciones a través de la plataforma tecnológica:
Oficina de Sistemas [email protected]
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA KACION
dentro de esta actividad se contempla: "Para dar cumplimiento a la circular No. 00002, del
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en la cual se obliga a las
Entidades a la adopción del IPv6 en Colombia; la Entidad deberá realizar la respectiva migración,
para los servicios externos, considerando que su versión es la IPv4.".
3.8. CLASIFICACIÓN UNSCPC.
Según el clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas (Versión 14 del UNSPSC)
contenido en la dirección http://www.colombiacompra.gov.co/Clasificacion, el objeto
contractual se enmarca dentro de los siguientes códigos de Clasificador de Bienes y Servicios:
CLASIFICADOR
UNSPSC
F
Servicios
F
Servicios
SEGMENTO
80000000
Servicios de gestión,
servicios profesionales de
empresa y servicios
administrativos
81000000
Servicios basados en
ingeniería, investigación y
tecnología
FAMILIA
80100000
Servicios de
asesoría de
gestión
81110000
Servicios
Informáticos.
CLASE
80101500
Servicios de consultoría de
negocios y administración
corporativa
81111800
Servicios de sistemas y
administración de
componentes de sistemas
PRODUCTO
80101507
Servicios de
asesoramiento sobre
tecnologías de la
información
81111803
Mantenimiento o
soporte de redes de
área local (lan)
3.9. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
3.9.1. ACTIVIDADES A DESARROLLAR:
El contratista deberá desarrollar las siguientes actividades:
FASE I. Capacitación en IPv6:
• Diseñar un programa de capacitación que incluya nivel básico y avanzado para funcionarios
de la Oficina de Sistemas de la entidad para el sostenimiento y administración de la
infraestructura planteada en la consultoría. Este programa deberá incluir objetivo,
contenido, justificación, metodología y evaluación y ser avalado por los supervisores del
contrato.
• Capacitar fuera de la entidad, en instalaciones del contratista, a mínimo veintidós (22)
funcionarios de la Oficina de Sistemas de la PGN divididos en dos grupos organizados en
sesiones de mañana y tarde, conforme a las necesidades establecidas en el programa de
capacitación definido, que incluya al menos los siguientes temas:
• Arquitectura y Protocolo IPv6.
• Mecanismos de transición y Coexistencia IPv4-IPv6.
• Planificación y Estrategias de Transición.
• Servicios, seguridad y solución de problemas en entornos IPv6.
• La capacitación no podrá ser inferior a 40 horas y deberá ser impartida por el profesional
del grupo de trabajo que certifique la capacitación y experiencia laboral en Transición de
IPv4 a IPv6.
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• Para la capacitación dictada debe otorgarse una constancia de asistencia expedida por el
contratista para cada participante, en la cual se mencione como mínimo la siguiente
información: Nombre del curso, nombres y apellidos completos del participante, número
del documento de identificación, fecha de iniciación, duración en horas de la capacitación
y firma de quien expide la constancia.
• El contratista debe contar con la infraestructura de hardware e internet necesaria para el
curso.
• Esta capacitación deberá dictarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la
firma del acta de inicio del contrato.
Entregables:
• Programa de capacitación para al menos veintidós (22) funcionarios de la Oficina de
Sistemas divididos en dos grupos, avalado por la supervisión.
• Listado de asistencia a la capacitación realizada, este documento debe tener lo
siguiente: firma de cada asistente y del contratista, la fecha y la duración de la
capacitación.
• Material de estudio de la capacitación realizada. (La documentación, guías,
presentaciones y prácticas deben estar en medio digital).
• Certificados de capacitación para los funcionarios.
FASE II. Planeación de la transición a IPv6:
• Definir las metodologías que deberán aprobarse por la supervisión, para la
Implementación de la transición a IPv6, las cuales deberán utilizarse en esta misma etapa
del proyecto.
• Recolectar la información necesaria para determinar el grado de compatibilidad de la
infraestructura de TIC actual con IPv6, de acuerdo a la normatividad sobre IPv6 emitida
por el Estado Colombiano, los organismos internacionales para el desarrollo de internet y
la documentación de los fabricantes de la tecnología con que cuenta la PGN.
• Analizar la información recolectada, diagnosticar el estado de la plataforma tecnológica
de la entidad, determinando el grado de compatibilidad de la infraestructura de TIC actual
con IPv6.
• Proponer y diseñar alternativas técnicas de transición a IPv6 y analizar los riesgos de las
mismas.
• Diseñar el plan de direccionamiento tanto público como privado a implementar con IPv6
en la entidad, teniendo en cuenta las necesidades de segmentación de la PGN.
• Recomendar los parámetros a la entidad en la adquisición del bloque de direccionamiento
IPv6.
• Definir los requerimientos necesarios para la implementación completa de IPv6 mediante:
• Una identificación del hardware y software de la entidad que funcionará en IPv6
sin actualizaciones y sin requerir adquisición de recursos tecnológicos
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adicionales para la PGN y que se puedan implementar inmediatamente.
• Una identificación del hardware y software de la entidad que no funcionará en
IPv6.
• Una identificación del hardware y software de la entidad que funcionará en IPv6
después de hacer actualizaciones o cambios sin requerir adquisición de recursos
tecnológicos adicionales para la PGN.
• Proyección de los costos financieros, técnicos y humanos que implica para la
PGN la transición a IPv6 en un plazo promedio de 3 años, tiempo estimado para
que la Procuraduría realice las adquisiciones que se identifiquen en el diagnóstico
de dicha transición, conforme a los planes anuales de adquisiciones de la
entidad.
• En los eventos en que el hardware y software no funcionen en IPv6, el consultor deberá
plantear las alternativas para la solución y definir exactamente las características técnicas
de los elementos, que la entidad deberá adquirir, actualizar o reemplazar para
implementar IPv6.
• Proponer la metodología para definir la matriz de riesgos en el proceso de cambio de
tecnología.
• Proponer las alternativas de topología de seguridad perimetral que resulten del análisis
respectivo y desarrollar el diseño de la mejor alternativa de acuerdo con las Políticas de
Seguridad de la Información de la Entidad, aprobada por la jefatura de la Oficina de
Sistemas de la PGN.
• Elaboración de diagramas topológicos de los servicios de la entidad.
• El proyecto deberá cumplir con lo establecido en la guía técnica para el Proceso de
Arquitectura Empresarial que define el "marco de referencia de Arquitectura Empresarial
para la gestión de tecnologías de la información TI a adoptar en las instituciones del sector
público colombiano" publicado por el Mintic en el siguiente enlace web:
http://www.mintic.aov.co/qestionti/615/w3-propertvvalue-6272.html
Entregables:
• Plan de acción y propuesta metodológica para la ejecución de la fase II del contrato,
incluyendo los formatos para realizar el levantamiento y análisis de la información.
• Propuesta metodológica para la elaboración de la matriz de riesgos.
• Informe del levantamiento de la información recolectada.
• Análisis de la información recolectada.
• Propuestas y diseños de transición a IPv6.
• Plan de direccionamiento público y privado a implementar en la entidad.
• Diligenciamiento de los formatos y documentos para adquisición del bloque de
direccionamiento a LACNIC.
• Informe con la identificación del hardware y software que funcionará en IPv6 sin
requerir costos adicionales para la PGN y que se puedan implementar
inmediatamente.
• Plan de implementación de las actividades de transición y cronograma a ser
desarrollado en una siguiente etapa; este documento debe ser aprobado por la
jefatura de la Oficina de Sistemas.
• Informe con la Identificación del hardware y software que no funcionará en IPv6.
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• Informe con la identificación del hardware y software de la entidad que funcionará en
IPv6 después de hacer actualizaciones o cambios.
• Informe que contenga las definiciones y características técnicas de hardware o
software que la entidad deberá adquirir, actualizar o reemplazar para implementar
IPv6.
• Informe con la proyección de los costos financieros, técnicos y humanos que implica
para la PGN la transición a IPv6.
• Matriz de riesgos a tener en cuenta en el proceso de cambio de tecnología.
• Propuesta de alternativas de topología de seguridad perimetral.
• Diagramas topológicos de los servicios de la entidad.
NOTA: El contratista deberá presentar informes mensuales del avance de la consultoría.
Todos los entregables deberán presentarse a la supervisión del contrato para su revisión
y aprobación, la supervisión del contrato podrá solicitar ajustes, precisiones o aclaración
de lo cual el contratista está obligado a realizar dentro de los cinco (5) días siguientes a la
solicitud que efectúe la supervisión del contrato.
3.9.2. PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO:
• Un profesional, ingeniero de sistemas, y/o electrónico, y/o redes y/o de
telecomunicaciones y/o telemática y/o teleinformática y/o industrial y/o de software, que
lidere el grupo de consultoría, para lo cual deberá certificar mínimo un (1) año de
experiencia en gerencia de proyectos de soluciones de Tecnología, Información y
Comunicaciones. (TICs), el cual debe tener dedicación del 50% en el lugar de ejecución
del contrato.
• Un grupo multidisciplinario de mínimo 3 profesionales, ingenieros de sistemas, y/o
electrónicos, y/o redes y/o de telecomunicaciones y/o telemática y/o teleinformática y/o
industrial y/o de software que en su totalidad debe cumplir con los temas de capacitación
y experiencia que se relacionan a continuación:
Capacitación y experiencia laboral mínimo de un (1) año en los siguientes temas:
• Transición de IPv4 a IPv6.*
• Equipos activos de capa de núcleo, borde y conectividad inalámbrica.
• Seguridad informática.
• Sistemas operativos.
• Desarrollo de software.
• Bases de datos.
• Correo electrónico.
• Telefonía IP.
• Redes de área de almacenamiento SAN.
• Para la capacitación únicamente será válida la certificación Gold, Silver o trainer de
ingeniero del IPv6Forum, o las dos certificaciones como especialista Certiv6 de LACNIC
(Especialista en Ipv6 Certiv6 y especialista en evaluación de software Certiv6).
Las demás capacitaciones se deben acreditar con las constancias expedidas por el
fabricante a través de los respectivos partners y/o por centros de capacitación.
El grupo de trabajo deberá cumplir con las siguientes funciones:
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• Levantar la información necesaria para el cumplimiento de la segunda fase.
• Trabajar con el personal que administra, da soporte y fabricantes involucrados en
la plataforma informática de la entidad.
• Asesorar a la entidad sobre los cambios planteados para la plataforma informática
y para el trámite de la asignación del bloque de direccionamiento IPv6 ante
LACNIC.
• Preparar el plan de capacitación y dictar la capacitación de acuerdo a lo definido
para la fase I del proyecto.
• Preparar los entregables definidos para todo el proyecto.
NOTA: El profesional que acredite el cumplimiento de capacitación debe ser el mismo que
cumpla con la experiencia laboral en cada tema.
No obstante lo anterior, un solo profesional puede demostrar experiencia y certificación
de capacitación en varios temas simultáneamente, siempre y cuando reúna
individualmente la experiencia de mínimo un (1) año exigida para cada uno de los temas.
El grupo multidisciplinario mencionado deberá destinar para la ejecución de la consultoría el
tiempo que sea necesario en cada de las actividades a desarrollar en cada fase (30 días en la
fase I y 60 días en la fase II).
Las certificaciones que comprueben la experiencia y capacitación del personal técnico, en cada
uno de los temas descritos, deberán presentarse dentro de la oferta por el periodo mínimo de un
(1) año para la experiencia laboral, lo que se acreditará mediante máximo dos (2) certificaciones
que contendrán la siguiente información: nombre, dirección y teléfono de quien suscribe la
certificación; descripción de la consultoría o servicio prestado, plazo de duración.
Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del personal el proponente allegará los
siguientes documentos:
• Fotocopia de la tarjeta profesional de los ingenieros colombianos o su equivalente
en el país de origen del profesional. (Sólo se deberá anexar la tarjeta profesional
para los profesionales que la ley les establezca este requisito para ejercer su
profesión).
• Certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios de los ingenieros.
• Hasta dos (2) certificaciones de experiencia en cada tema suscritas por el
contratante o empleador.
Para acreditar este requisito, en el período de verificación de las propuestas, los oferentes podrán
presentar nuevas certificaciones de capacitación y experiencia del personal técnico mínimo
señalado en su propuesta, siempre y cuando cumplan con los requerimientos exigidos por la
Entidad en este numeral y los contratos a los que se refiera cada certificación se encuentren
concluidos antes de la fecha de cierre del proceso.
La Procuraduría se reserva el derecho de verificar la información contenida en las certificaciones
que acrediten la experiencia del personal técnico mínimo.
Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá estar en la disponibilidad de cambiar el
personal a solicitud de la supervisión del contrato, el cual deberá cumplir con todos los requisitos
exigidos para cada miembro del equipo.
Oficina de Sistemas [email protected]
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En caso de que el contratista requiera cambiar el personal durante la ejecución del contrato, debe
solicitarlo por escrito al supervisor quien debe comprobar que el nuevo personal mantenga las
condiciones solicitadas y autorizar el cambio.
El cumplimiento de estos requisitos mínimos se calificará con la denominación "CUMPLE
/ NO CUMPLE", por lo tanto no otorgan puntaje.
4. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDOFUNDAMENTOS JURÍDICOS.
De conformidad con la Ley 80 de 1993, artículo 32, numeral 2, en concordancia con la Ley 1150
de 2007, artículo 2, numeral 3, modificado por el artículo 219 del Decreto 19 de 2012 y el Decreto
1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.3.1 y siguientes, el concurso de méritos es la modalidad prevista
para la selección de consultores.
Teniendo en cuenta que el objeto a contratar consiste en la SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
QUE REALICE LA CONSULTORIA PARA ESTABLECER EL PLAN DE IMPLEMENTACIÓN
DEL PROTOCOLO IPv6 EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, INCLUYENDOCAPACITACIÓN, de acuerdo con lo establecido en la citada normatividad la modalidad deescogencia del contratista, será la selección a través del CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO, con
el fin de que participen todos los interesados que cumplan con los requisitos señalados por la Entidad
en el presente documento y además, de conformidad con el estudio del sector, hasta el momento el
mercado es restringido, dado que el cambio de la plataforma de comunicaciones es reciente.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.2.4.2.2., en los procesos
de licitación pública, selección abreviada y concursos de méritos, cuyo valor sea inferior a CIENTO
VEINTICINCO MIL DÓLARES (US$125.000) DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos (2) años el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo, la convocatoria se podrá limitar a Mipymes y se seguirán las reglas
del citado artículo, en cuanto a número de manifestaciones y plazos para presentarla.
De acuerdo con la información reportada en la página www.colombiacompra.gov.co, el umbral para
convocatorias limitadas a Mypimes (2014-2015) es de $228.842.000,00, según datos suministrados
por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.
Teniendo presente lo anterior y en atención a que el presupuesto de este proceso de concurso
de méritos asciende a la suma de CIENTO CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL
PESOS ($105.850.000,00), incluido IVA, impuestos y demás deducciones a que haya lugar, valor
que se encuentra por debajo del indicado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.4.2.2 y en el
sistema electrónico para la contratación pública SECOP, la convocatoria se podrá limitar a Mipymes.
Para la limitación se seguirán las reglas establecidas en el artículo en mención, en cuanto a su
antigüedad, número de manifestaciones y plazo para presentarla, en consecuencia las personas
interesadas en participar deben cumplir con siguientes requisitos:
a) Acreditar su condición con un certificado expedido por el representante legal y el revisor
fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en la que conste que la Mipyme tiene el
tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley.
b) Allegar el Certificado de Existencia y Representación Legal de la empresa, con el fin de
verificar la antigüedad de la misma.
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Para la selección del contratista, la Entidad aplicará los principios de economía, transparencia y
responsabilidad contenidos en la Ley 1150 de 2007 y los postulados que rigen la función
administrativa.
5. ANÁLISIS DEL SECTOR - ASPECTOS GENERALES - VALOR ESTIMADO DELCONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN
5.1. ASPECTOS GENERALES
5.1.1. REGULATORIO
De manera general el sector de telecomunicaciones se rige por la Ley 1341 de 2009 "Por la cual
se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional de
Espectro y se dictan otras disposiciones". A pesar de lo anterior, el objeto que aquí se desarrollará
no tiene una legislación especial que lo regule, por lo que el mercado se comporta conforme a la
libre competencia.
El artículo 16 del Decreto Ley 262 de 2000, define dentro de las funciones de la Oficina de
Sistemas de la Procuraduría General de la Nación, entre otras las siguientes:"(...) 2. Desarrollar,
directamente o por medio de terceros, el software necesario para los procesos de sistematización
de información. 3. Emitir conceptos técnicos para la adquisición y mantenimiento de hardware y
software relacionados con el procesamiento de información. (...) 11. Administrar las redes de
comunicaciones, servidores y bases de datos dentro de las normas establecidas para garantizar
la eficaz prestación de servicios técnicos y de apoyo (...)".
Como se indicó en el alcance de la necesidad, la IANA (Agencia Internacional de Asignación de
Números de Internet) entregó el último bloque de direcciones disponibles con tecnología IPv4, lo
cual obliga a todos los países del mundo a hacer una transición al protocolo IPv6. También se
menciona que la pronta adopción se convierte en un asunto de Estado, de acuerdo a lo señalado
en la Resolución 64 de la UIT, que en el marco de la Asamblea Mundial de Normalización de las
Telecomunicaciones (Johannesburgo, 2008) recomendó: "c) that IPv4 to IPv6 migration is an
important issue for Member States and Sector Members" (que la implantación de IPv6 es un tema
de importancia para los Estados Miembros y los Miembros de Sector). Atendiendo esta realidad,
el MINTIC expidió la Circular No.0002 del 6 de julio de 2011 y los manuales GEL V3.0 y V3.1^que incorporan iniciativas para la adopción del IPv6.
Dentro de las actividades definidas en el manual se pueden encontrar las siguientes:
Las entidades deben definir un plan de transición para la adopción del IPv6 en coexistencia con
IPv4, desde el año 2013.
Las entidades deben iniciar un plan de transición para la adopción del IPv6 en coexistencia con
IPv4, desde el año 2013.
En materia tributaria, los oferentes deberán verificar las obligaciones de esa índole, derivadas de las
disposiciones normativas que integran el Estatuto Tributario y acatar las que les sean aplicables.
Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, esta consultoría se encuentra gravada
por el impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 16%. En consecuencia en la
propuesta se debe discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el valor total de la oferta
presentada de conformidad con el Anexo de Propuesta Económica adjunto al pliego de condiciones.
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5.1.2. ANÁLISIS DEL SECTOR
5.1.2.1. ASPECTOS GENERALES
Incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son
necesarias para el funcionamiento de la economía. Como ejemplos de ello tenemos el comercio,
los restaurantes, los hoteles, el transporte, los servicios financieros, las comunicaciones, losservicios de educación, los servicios profesionales, el Gobierno, etc.30
Según el documento del MINTIC llamado "Panorama TIC, Comportamiento del sector TIC en
Colombia" publicado en marzo de 201531, Colombia cerró el tercer trimestre de 2014 con un
crecimiento económico anual de 4,2. Por su parte la actividad económica Correo y
Telecomunicaciones tuvo un crecimiento en el mismo período del 3,9, con una participación en
el PIB de 3,13%, adicionalmente se informa que "El cálculo del aporte que hace cada actividades
económicas al crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) se hace teniendo en cuenta el peso
relativo de cada actividad y su tasa de crecimiento para cada período, es decir, el aporte de cada
actividad está determinado por su tamaño y su crecimiento. Lo que indica que para las actividades
donde su proporción con respecto al PIB es muy pequeña, necesitan generar un alto crecimiento
para poder impactar positivamente en PIB y por el contrario las actividades que tienen una
proporción grande con respecto al PIB y cualquier cambio en el crecimiento de la actividad va a
generar fuertes cambios en el PIB."
A continuación se presenta la gráfica que ilustra la anterior afirmación en el documento:
30 http://www banrepcultural.orq/blaavírtual/ayudadetareas/economia/sectores económicos
31 http.//colombiatic.mintic.gov co/602/articles-8917 panoranatic.pdf
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Gráfica 8 - fiankimg actividades económicas que mayor apürtan at crecimiento económico
anual ele Colombia - 3T 2814
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I i^ í > íi' ¡' i \ f i ll 'i S ii tos propsos
Actualmente el sector terciario es uno de los más competitivos a nivel mundial, gracias a la
dramática reducción de los costos de comunicación, el mejoramiento de la velocidad y la fiabilidad
en el transporte y la comunicación de la información.
5.1.2.2. CAPACIDAD FINANCIERA
A continuación se analizan los indicadores de liquidez, endeudamiento y rentabilidad para el
sector con la información financiera con corte a diciembre 31 de 2014, obtenida a través de
consulta de la página web del SIREM (Supersociedades) y del Registro Único Empresarial
Cámaras de Comercio RÚES.
De acuerdo con la información obtenida de la página web de la Superintendencia de sociedades
en relación con el Macro Sector: SERVICIOS, Sector: ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA, y
Actividad: ACTIVIDADES DE INFORMÁTICA, se consolidó la información, que servirá de base
para la determinación de los requisitos financieros habilitantes, teniendo en cuenta la mayor o
menor probabilidad de riesgo para la entidad, así como la relación de dependencia entre el
indicador y la ejecución del contrato.
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En este sentido, encontramos que la Liquidez del sector se ha venido mantenido relativamente
estable, indicando que en promedio esta actividad económica cuenta con 1.54 pesos de activo
por cada peso de pasivo.
Este indicador, nos muestra el grado en el cual los derechos de los acreedores a corto plazo se
encuentran cubiertos por activos que se espera que se conviertan en efectivo en un periodo más
o menos igual al del vencimiento de las obligaciones.
1,57 1,69 1,15 1,61 1,72 1,61 1,54
RAZÓN
2008; 1,57
RAZÓN CORRIENTE;
ENTE. x 6g
2011; 1,61C0RII[Sa%N CORRIENTE;
2013; 1,61 2014;1<54
RAZÓN CORRIENTE;
2010; 1,15
Se evidencia un aumento en el indicador de endeudamiento del 3,33% frente al año anterior.
Cabe señalar que a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el
contratista incumpla sus obligaciones
Razón de
Endeudamiento
2008
49,93%
2009
47,78%
2010
63,48%
2011
56,64%
2012
67,02%
2013
60,67%
2014
64,00%
; J.U10; 63,48%A"'!,': !./.02%
' ■•),64
m ■ i*11 * 'i"1 f 7ry; 2014; 64,00%
!/./£,%
#*•
En cuanto a los indicadores de rentabilidad sobre el activo y patrimonio, estos han presentado
una leve disminución frente al año anterior, la rentabilidad sobre el activo al pasar del 10.16% al
9% y la rentabilidad sobre el patrimonio del 25.82% al 25% no obstante, el sector sigue siendo
productivo.
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GENERAL DE LANACION
El Rendimiento sobre el Activo, muestra la capacidad básica de la entidad para generar utilidades,
o lo que es lo mismo, la utilidad que se obtiene por cada peso de activo total invertido Proporciona
el nivel de eficacia de la gestión, el nivel de rendimiento de las inversiones realizadas
La rentabilidad operacional del patrimonio permite identificar la rentabilidad que le ofrece a los
socios o accionistas el capital que han invertido en la empresa En la medida que el índice de
rentabilidad sobre el patrimonio sea mayor, mayor es la rentabilidad de los accionistas.
En la medida que el índice de rentabilidad sobre el patrimonio sea mayor, mayor es la rentabilidad
de los accionistas; a mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio, lo
que a su vez representa una mejor capacidad organizacional del proponente.
Retorno
Operacional sobre
los Activos
Retorno
Operacional sobre
el Patrimonio
2008
12,65%
2009
15,03%
35,99%
2010
8,27%
23,90%
2011
6,11%
15,61%
2012
6,46%
22,76%
2013
10,16%
25,82%
2014
9,00%
25,00%
Retorno Operacional
sobie el Pattimonio;
■ Retorno üi
Retorno Oggp^íiy^^cj
•sobre los Activos /Oí%i
En el estudio de mercado se identificaron algunos proveedores de bienes y servicios de
tecnología que pueden desarrollar el objeto de la consultoría, los cuales se tienen en cuenta para
el análisis respectivo, tales como:
PROVEEDOR
DAXA COLOMBIA S.A.
ITALTEL
LEVEL 3 COLOMBIA S A.
CINTEL
COMPUREDES
LIQUIDEZ
1,3
0,59
1,21
1,13
1,5
ENDEUDAMIENTO
66%
89%
37%
58%
65%
RAZÓN DE
COBERTURA
DE
INTERESES
-4
-1
270
1
6
RENTABILIDAD
SOBRE EL
PATRIMONIO
-25%
-33%
23%
6%
21%
RENTABILIDAD
SOBRE EL
ACTIVO
-8%
-3%
14%
2%
7%
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BOYRA SA
DESCA COLOMBIA SA.
CPS COLOMBIA SA
IPv6 TECHNOLOGY SAS
- IPv6 COLOMBIA
ORANGE BUSINESS
4,4
0,94
1,48
2,12
1,99
28%
57%
63%
67%
35%
6
1
2
6
-15
7%
4%
15%
98%
-2%
5%
2%
6%
32%
-1%
En relación con la capacidad financiera de los Consorcios y/o Uniones temporales, es preciso
anotar que pese a que la figura de la Unión Temporal permite que los miembros determinen las
actividades que desarrollaran en el marco de la ejecución del contrato y fijen su alcance para
efectos de las sanciones que puedan ser impuestas por la administración, tanto en la Unión
Temporal como en el consorcio, todas las personas jurídicas o naturales que los conformen
RESPONDEN SOLIDARIAMENTE por la ejecución de todas y cada una de las obligaciones
pactadas, por ello, de forma individual deben contar con la fortaleza financiera necesaria
para asumir dicha responsabilidad.
Se destaca que estas figuras no se crearon legalmente para que unieran capacidades sino
esfuerzos de gestión y para que asumieran riesgos en la ejecución de un determinado proyecto.
Sobre el particular la Corte Constitucional, en su sentencia C 414 de 1994, Magistrado Ponente
ANTONIO BARRERA CARBONELL, al revisar la exequibilidad del parágrafo del artículo 7 de
la Ley 80 de 1993, precisó:
"El Estatuto de contratación permite que los consorcios y las uniones temporales puedan contratar
con el Estado, lo cual significa que la ley les reconoce su capacidadjurídica a pesar de que no les
exige como condición de su ejercicio, la de serpersonas morales. El consorcio es una figura propia
del derecho privado, utilizado ordinariamente como un instrumento de cooperación entre
empresas, cuando requieren asumir una tarea económica particularmente importante, que les
permita distribuirse de algún modo los riesgos que pueda implicar la actividad que se
acomete, aunar recursos financieros y tecnológicos, y mejorar la disponibilidad de equipos, según
el caso, pero conservando los consorciados su independencia jurídica.
Se tiene de lo anterior que según la ley, el consorcio es un convenio de asociación, o mejor, un
sistema de mediación que permite a sus miembros organizarse mancomunadamente para la
celebración y ejecución de un contrato con el Estado, sin que por ello pierdan su individualidad
jurídica, pero asumiendo un grado de responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las
obligaciones contractuales.
Lo que se ha expresado para el consorcio puede aplicarse del mismo modo para la "unión
temporal", si se tiene en cuenta el texto del numeral segundo del mismo artículo lo. Sin embargo,
la norma en cita introdujo a la figura una variante que justifica la diferencia con el consorcio y
explica de paso su razón de ser.
La exposición de motivos al proyecto de ley, explica dicha diferencia de la siguiente manera:
"En cuanto a la unión temporal, definida igualmente en el artículo 7o., puede decirse que se trata
de una figura que reúne todas las características genéricas del consorcio, siendo su diferencia
específica la posibilidad de que quienes la integran determinen cuál ha de ser el alcance y
contenido de la participación de cada uno en la ejecución del objeto contratado, de tal manera que,
sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento de la propuesta y del contrato, los
efectos de los actos sancionatorios recaigan exclusivamente sobre la persona que incurrió en la
falta o en el incumplimiento de que se trate. De esta forma se busca facilitar la participación
conjunta de oferentes nacionales y extranjeros o de personas con capacidades económicas
diferentes".
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PROCURADURÍAGENERAL DEUNAC1
De igual forma el Consejo de Estado en pronunciamiento del veintiséis (26) de abril de dos mil
seis (2006), radicación número 73001-23-31-000-1997-04707-02(15188), en cuanto a losConsorcios o Uniones Temporales señalo lo siguiente:
"El decreto 679 de 1994, reglamentario de la ley 80, dispuso, en el artículo 3°, que "de conformidad
con el numeral 5°, literal a), del artículo 24 de la ley 80 de 1993, en los pliegos de condiciones o
términos de referencia podrán establecerse los requisitos objetivos que deban cumplirse para
efectos de la participación de consorcios o de uniones temporales". Esta disposición permite,
entonces, que el operador administrativo SEÑALE en los pliegos de condiciones REQUISITOSOBJETIVOS para la participación de los consorcios... La finalidad del ARTÍCULO 7° DE LA LEY
80 DE 1993 al permitir la asociación de personas para la conformación de consorcios o uniones
temporales no sólo es la de hacer factible la prestación de un servicio, la ejecución de una obra,
etc., brindando cada uno mayor calidad y eficiencia en razón de su especialidad, y evitando así los
mayores costos y efectos negativos que puedan derivarse de la realización aislada y particular de
actividades respecto de las cuales no se es el más apto, como así se anotó en la Gaceta del
Congreso, sino que también la finalidad es la de asegurar a la Administración contratante,
mediante la solidaridad creada en su favor entre los CONSORCIADOS o los UNIDOS
TEMPORALMENTE respecto al cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado..."
"Es así como cada consorciado y cada uno de los unidos temporalmente tiene una capacidad real
individual, que no tiene alcance real de garantía efectiva sobre la solidaridad fijada en la ley a favor
del contratante, precisamente porque en esas formas de asociación si bien se ve HACIA FUERA
la capacidad del consorcio y de la unión temporal, resulta que HACIA ADENTRO del CONSORCIO
y de la UNIÓN TEMPORAL, se aprecia la real capacidad de cada uno de sus miembros, porrazones obvias, siempre inferior a la de la asociación, por consorcio o por unión temporal. La
solidaridad fijada en la ley para los consorciados y para los unidos temporalmente, según el caso,
puede dar lugar al requerimiento administrativo o a la declaración judicial de exigir el cumplimiento
o la indemnización, según el evento, y muy seguramente en la realidad material, la previsión legal
de solidaridad no tendrá la eficacia buscada por el legislador, en la medida que acrezca el número
de participantes, pues si bien a mayor número de participantes es mayor la capacidad del
consorcio o de la unión temporal, también a mayor el número de participantes es menor la
capacidad individual de estos y, por tanto, aunque la ley predica la solidaridad, que es indiscutible,
la realidad de eficacia se torna en improbable en la medida en que la capacidad de cada
consorciado y de cada una de las personas que integran la unión temporal es menor."
Teniendo en cuenta la anterior información y de conformidad con lo establecido en el Artículo
2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se recomienda para medir la capacidad financiera y de
organización para el presente proceso los siguientes indicadores:
INDICADOR
Liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente)
Endeudamiento (Pasivo total/ Activo total)*100
Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de
intereses)*100
Rentabilidad del Activo (utilidad operacional /activo)""! 00
Rentabilidad del Patrimonio (utilidad operacional/patrimonio)*100
REQUERIDO
Mayor o igual a
1
Menor o igual a
70%
Mayor o igual a
1
Mayor o igual a
2%
Mayor o igual a
6%
índice de Liquidez: Dado que el interés de La Procuraduría General de la Nación es quelos Oferentes tengan un índice de liquidez mínimo que les permita cumplir con sus
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obligaciones financieras, tomó el valor promedio del sector, menos la desviación estándar,
fijándolo para el proceso en mayor o igual a 1,0.
• índice de Endeudamiento: Es el resultado de dividir el pasivo total por el activo total. En
este caso para definir un índice máximo de endeudamiento, La Procuraduría General de
la Nación tomó como referencia el porcentaje de endeudamiento de la muestra y la
desviación estándar, quedando establecido el valor máximo de endeudamiento en menor
o igual al 70%.
• Razón de cobertura de intereses: Este indicador es el resultado de la utilidad
operacional dividida por los gastos de intereses.
Si el Oferente tiene gastos de intereses derivados de la deuda la razón mínima de
cobertura de intereses debe ser mayor o igual 1,0 puesto que es importante contar con
Oferentes que puedan solventar sus obligaciones financieras
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez,Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la
asociación deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten
su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como
quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la
cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo
requerido para cada uno de los indicadores.
• Registro Único Tributario - RUT
El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en el que indique a qué
régimen pertenece.
5.1.2.3. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera que obra en el
RUP con corte a diciembre 31 de 2014 respecto de los siguientes indicadores financieros.
Teniendo en cuenta que La Procuraduría General de la Nación debe asegurar que las
proponentes tienen la capacidad para responder a las obligaciones derivadas del presente
proceso determinó los siguientes indicadores como requisitos habilitantes con los cuales se
verificará la capacidad organizacional.
(a) Rentabilidad del Activo
El rendimiento de los activos se verificará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidad
operacional por el activo total.
La Procuraduría General de la Nación, determinó que la rentabilidad del activo debe ser mayor
o igual a 2%, tomando como referencia el límite inferior de quienes presentan una rentabilidad
positiva.
(b) Rentabilidad del Patrimonio
El rendimiento del patrimonio se verificará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la
utilidad operacional por el patrimonio total.
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La Procuraduría General de la Nación, determinó que la rentabilidad del patrimonio debe sermayor o igual a 6%, tomando como referencia el límite inferior de quienes presentan unarentabilidad positiva.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad delActivo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá
cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo
la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta
circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los
integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cadauno de los indicadores.
INDICADOR
Rentabilidad del Activo
(utilidad operacional /activo)*100
Rentabilidad del Patrimonio
(utilidad operacional/patrimonio)*100
REQUERIDO
Mayor o igual a
2%
Mayor o igual a
6%
5.1.2.4. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL SECTOR
El objeto a contratar se encuentra dentro del sector de Telecomunicaciones, en donde acorde con
el clasificador de bienes y servicios de las Naciones Unidas, en su versión 14 los productos incluidosson los siguientes:
• Seguridad de los computadores, redes o internet
• Servicios de administración de la unidad central
• Mantenimiento o soporte de redes de área local (LAN)
• Mantenimiento o soporte de redes de cobertura
• Mantenimiento o soporte de sistemas patentados o autorizados
• Servicio de análisis de bases de datos
• Servicio de análisis de sistemas
• Servicio de instalación de sistemas
• Servicios de codificación de software
• Servicios de soporte técnico o de mesa de ayuda
• Technical support or help desk services
• Servicio de mantenimiento o soporte del hardware del computador
• Servicio de colocación
• Garantía de terceros
• Servicios de garantía de calidad
• Servicios de funcionalidad del sistema
• Sistemas de recuperación de información
• Recuperación de información de las bases de datos
Servicio de recuperación de información de las bases de datos en línea
Servicios de datos
Servicio de procesamiento de datos en línea
Servicios de procesamiento o preparación de datos
Servicios de centros de datos
Servicios de recuperación de desastres
Servicio de conversión de datos
Servicios de internet
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• Proveedores de servicio de internet
• Proveedor de servicio de correo electrónico
• Servicios de diseño de sitios web www
• Proveedores de motores de búsqueda en la web
• Proveedores de servicios de aplicación
• Nombres de los dominio de internet
• Mantenimiento y soporte de software
• Tarifas de soporte o mantenimiento
• Actualizaciones o parches de software
• Mantenimiento de software de servidores
• Mantenimiento y operación de las instalaciones
• Mantenimiento de sistemas de almacenamiento de discos
• Mantenimiento de computadores
• Mantenimiento de servidores
Entre los agentes que componen el sector, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones señala que las empresas por estudiar: "(...) tienen la siguiente cadena de valor:
1. Suministro de contenidos: se encargan de crear y adaptar contenidos a formatos que sean
compatibles, para la disposición final de los dispositivos que irán al usuario; además, desarrollan
aplicaciones que se suministran entre el dispositivo y el hardware de la red, generando eficiencia
y dando paso a nuevos servicios.
2 Adaptación y presentación: es desarrollada por los fabricantes, quienes se encargan de diseñar
y elaborar herramientas como módems, conmutadores, interíaces, dispositivos de transmisión y
recepción de la información (teléfonos, computadores, televisores, etc.), que son indispensables
para el desarrollo de la red de telecomunicaciones.
3. Entrega: la manejan los operadores, quienes son los que mantienen las redes, es decir, la
infraestructura que se requiere para la transmisión de la información y los contenidos.
4. Plataforma y conectividad: intervienen los proveedores de servicios, que son los que proveen
la infraestructura que permite al usuario acceder a una serie de servicios por intervención de los
proveedores, y no necesariamente dependiendo de un operador de red de acceso (soportes
técnicos del servicio).
5. Control de acceso: en esta zona de la cadena de valor, se encuentran la distribución y el usuario
final. El distribuidor es el encargado de la venta de los terminales de servicio. El usuario final es
a quien va dirigido el servicio de empaquetamiento tecnológico, ya sean empresas, hogares o
individuos que adquieren el producto"32
Respecto de los gremios y asociaciones que participan en el sector de las telecomunicaciones,
verificando la información del portal de la Asociación Nacional de Industriales de Colombia - ANDI,
se encontró que el sector de las comunicaciones no se encuentra agremiado en esta asociación,
como lo están por ejemplo los Cafeteros, Cacaoteros, Textileros; no obstante, se podrían incluir
en la Cámara de BPO/ITO/KPO, la cual se creó con el propósito de desarrollar con los
empresarios los sectores económicos de Business Process Outsourcing (BPO), Information
Technology Outsourcing (ITO) y Knowledge Process Outsourcing (KPO).
32 Tomado de la página web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
http //www mmtic.gov co/index php/ acerca del Análisis Estratégico del sector de Telecomunicaciones, (junio 2 de 2015,15:37)
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Por otro lado, acorde con la información obtenida en la página web de la Agencia Nacional del
Espectro www.ane.gov.co33, en el sector de las telecomunicaciones encontramos las siguientes
asociaciones:
• Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones CCIT
• Asociación Colombiana de Usuarios de Internet ACUI.
• Asociación de la Industria Celular de Colombia ASOCEL.
• Asociación Colombiana de Ingenieros ACIEM.
• Asociación Colombiana de Ingenieros de Sistemas ACIS.
• Asociación Colombiana de Medios de Comunicación ASOMEDIOS.
Acorde con la información del DAÑE, el porcentaje de participación del sector de transporte,
almacenamiento y telecomunicaciones en Colombia en el PIB, ha sido en el 2011 del 6.2%, en
el 2012 del 4.1%, en el 2013 del 3.3% y para el año 2014 del 4.2%.34
Dentro de las variables económicas que afectan el sector podemos encontrar la inflación, el
incremento del salario mínimo y la tasa representativa del mercado del dólar frente al peso
colombiano.
5.1.2.5. TÉCNICO
La red global Internet es la forma más dominante de comunicación existente en la actualidad, y todos
los medios de comunicación tanto personales como empresariales, se basan en las reglas
tecnológicas de comunicación de datos que se han hecho estándares para la red, esto permite que
todos los fabricantes de dispositivos de comunicaciones, todos los sistemas operativos, el software
de aplicativos, los accesorios de los equipos de comunicaciones, y en general todo lo que tenga que
ver con la tecnología de telecomunicaciones en el formato IP (Internet Protocol), se ajusten y hablen
un idioma común para lograr la comunicación.
El crecimiento acelerado de la red global de comunicaciones Internet, ha obligado a la actualización
y ampliación de las capacidades de los protocolos que utilizan los dispositivos electrónicos para
enviar y recibir información, debido a que los protocolos que han estado vigentes se agotan y tienen
limitaciones para soportar este colosal incremento.
A continuación se mencionan algunas de las razones por las que se considera importante realizar
la transición a IPv6:35
• "Porque se han agotado las direcciones IPv4
El pasado 3 de Febrero de 2011 se han entregado las últimas direcciones IPv4 del registro central
(IANA). En el caso de Europa (RIPE NCC), éstas se agotarán previsiblemente a final de 2011, y
a continuación, los ISPs agotarán sus propios recursos, también en pocos meses.
• Porque IPv6 ha sido diseñado para ser fácil
Una de las características de IPv6 es que sea transparente para los usuarios y especialmente en
cuanto a la configuración de sus redes y dispositivos, es lo que se denomina "autoconfiguración".
• Porque es necesario recuperar la conectividad extremo a extremo
33 http://www.ane.aov.co/index.php/conozca-la-ane/directorios/directorio-de-asociaciones.html (junio 2 de 2015. 15:38)34 http //www.dane qov.co/files/investiqaciones/boletines/pib/Anexos oferta constantes desestacionalizadas IV 2014 xls35 Tomado del sitio web de Ministerio de Energía Industria y Comercio del Gobierno de España, http://www.ipv6.es/es-ES/transicion/quees/Paainas/10razones.aspx (junio 2 de 2015,15:40)
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA KACIOH
El agotamiento de direcciones IPv4 no es algo nuevo y en los últimos años, una de las medidas
adoptadas ha sido el uso de traductores de direcciones (NAT). Estos traductores de direcciones
implican que no es posible la conexión directa extremo a extremo y como consecuencia, solo
funcionan correctamente las aplicaciones cliente-servidor, y por tanto Internet se ha convertido
en una red mucho más compleja, cara y difícil de gestionar. IPv6 tiene tantas direcciones que no
precisamos utilizar NA T, y podemos recuperar la conectividad extremo a extremo.
• Porque es preciso incrementar la seguridad en Internet
A menudo se asocia NAT a seguridad, lo cual es incorrecto. La mejor seguridad la suministran
los cortafuegos y otros dispositivos especializados, y por ello, desde hace años, los sistemas
operativos los incorporan. IPv6 no es más seguro que IPv4, sin embargo el estándar obliga a
incorporar el protocolo IPsec (seguridad IP), y al no requerir NA T, se puede utilizar IPsec extremo-
a-extremo, lo cual puede utilizarse para incrementar la seguridad en la Red.
• Porque se disponen de un número casi ilimitado de direcciones
Con IPv4 cada usuario recibe una única dirección, que sólo la puede utilizar el encaminador
(router) o NAT. En cambio, con IPv6, cada usuario, incluso los usuarios residenciales, reciben un
conjunto de direcciones mucho más grande que toda la Internet actual, concretamente lo que
denominamos un prefijo /48, es decir, de 48 bits. Ello implica que cada usuario puede segmentar
su red en hasta 65.535 subredes de 64 bits cada una, y por tanto, en cada subred puede disponer
de hasta 264 direcciones.
• Porque las direcciones no son dinámicas
En IPv4, debido a la escasez de direcciones y consecuentemente a la dificultad de su gestión, en
los últimos años, se ha optado por un modelo de direcciones dinámicas (cambiantes), que por
tanto impiden configurar con facilidad servicios en todas las redes. En cambio, en IPv6 esto ya
no es necesario y cada usuario recibe, de forma estática, un prefijo de 48 bits (/48).
• Porque con tantas direcciones, se dificultan los ataques
Hoy en día atacar una red ADSL buscando "agujeros" de seguridad por donde penetrar es
cuestión, habitualmente, de menos de 5 minutos. Sin embargo, las redes IPv6 son tan grandes,
que buscar un agujero de seguridad en una subred IPv6 (/64), llevaría unos cinco mil millones de
años. Como además cada usuario tiene un /48 (65.535 veces /64), si somos precavidos,
prácticamente sería imposible localizarlo.
• Porque se mejora la movilidad IP
Ello no es posible con IPv4, e implica que con IPv6 incrementamos las posibilidades de movernos
y aun así permitir que las aplicaciones nos mantengan conectados sin interrupción, al mismo
tiempo que se pueden desarrollar nuevos servicios, con implicaciones que ayudan a mejorar, por
ejemplo, sistemas de alertas y emergencias, y por tanto ayudan a salvar vidas.
• Porque podemos utilizar sistemas de multidifusión
Los sistemas de multidifusión (multicast) también son posibles con IPv4, pero son mucho más
costosos y complicados de manejar. Con multidifusión IPv6 aprovecharemos mejor la capacidad
de las redes para servicios de valor añadido de video y audio sobre redes de banda ancha.
• Porque con IPv6 creamos la Internet de los Objetos
Dado que tenemos un número casi ilimitado de direcciones, con IPv6 podemos tener miles,
millones, de dispositivos, sensores y todo tipo de objetos conectados. Es lo que a menudo se
denomina la "Internet de las Cosas". Parece ficción, pero no lo es. Se trata de tener inteligencia
en nuestro entorno, de que las máquinas puedan hablar directamente entre ellas, darnos
información más precisa en cada momento, innovar como nunca lo hemos hecho en Internet. Con
IPv6 veremos una explosión de nuevos recursos, aplicaciones y servicios. Además con IPv6
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podemos gestionar todo tipo de redes, por ejemplo redes de energía y consecuentemente
optimizar y racionalizar su uso, y por tanto, también ahorrar energía.
• Porque podemos decir que IPv6 no tiene límites
Asignando a cada posible usuario del planeta su propio /48, es muy difícil que IPv6 se agote en
los próximos 480 años. Además, IPv6 ha sido diseñado de tal forma que aún siendo un protocolo
más simple que IPv4 para su procesado más eficaz en las redes, pero al mismo tiempo más
sofisticado de tal forma que es un protocolo extensible, pensado para crecer cuándo y para lo
que sea necesario."
La modernización de la entidad en los últimos años ha estado basada en la adquisición de tecnología
para administrar toda la información que recopila, produce y divulga; entre ellos podemos mencionar
dispositivos de procesamiento, almacenamiento, telecomunicaciones y seguridad de la información,
que como es lógico, se basa en los estándares mundiales.
Teniendo en cuenta la transición del protocolo IPv4 a IPv6 que ya comenzó a darse a nivel global,
la Procuraduría General de la Nación en aras de mantener las comunicaciones de la Entidad, brindar
el mejor servicio y darle continuidad al mismo; y teniendo en cuenta que todos los equipos
electrónicos son herramientas adquiridas por la Entidad para apoyar la gestión, con el ánimo de
facilitar la comunicación entre los ciudadanos y los funcionarios, facilitar y hacer más eficiente la
misión y lograr los objetivos institucionales, considera preciso iniciar un proceso de contratación para
establecer el plan de implementación del protocolo IPv6 incluyendo capacitación lo que garantiza la
operatividad, actualización y vigencia de la plataforma tecnológica de la Entidad en cuanto a
comunicaciones.
En consideración a que la entidad posee una infraestructura informática compleja que incluye
redes cableadas e inalámbricas con sus correspondientes equipos activos de red, diversos
canales de comunicación, telefonía IP, PCs, servidores físicos y virtualizados, impresoras,
sistemas operativos, aplicativos de apoyo, servicios de correo, sistemas de información web,
bases de datos, equipos y mecanismos de seguridad informática, infraestructura de
almacenamiento, aplicativos misionales, entre otros, todos estos elementos son extremadamente
necesarios para el desarrollo de las funciones de la entidad, y aplicar cambios a una base
tecnológica tan robusta implica conocimientos específicos en cada una de las áreas de operación.
La transición de un protocolo a otro incluye una serie de actividades, entre las que se incluyen las
que forman parte del objeto del proceso de selección, que deben ser ejecutadas de manera
coordinada para evitar interrupciones en los servicios, o que en caso de ser necesarias, que estas
se puedan programar para momentos en los cuales no se vean afectadas las labores de la entidad.
Resulta necesaria la contratación de una empresa especializada para dicho servicio, con las
siguientes ventajas:
Disponibilidad de personal capacitado para realizar las actividades del contrato.
Experiencia en la implantación de cambios tecnológicos de cobertura empresarial.
Oportunidad en la continuidad de la gestión de la infraestructura.
Orientación a la Entidad en la forma de tramitar el bloque de direccionamiento IPv6 ante
la IANA, organismo internacional encargado de la administración del direccionamiento a nivel
mundial.
La consultoría que se busca contratar en el presente proceso, incluye todas las actividades
tendientes a avanzar en la transición de la plataforma tecnológica desde el protocolo IPv4 al IPv6
de acuerdo a lo especificado en la normatividad y las recomendaciones tecnológicas emitidas por
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las organizaciones autorizadas en la materia, según lo mencionado en el aspecto regulatorio del
numeral anterior.
A finales del 2015 cada entidad del orden nacional deberá cumplir con el 5% de la implementacion
del protocolo IPv6, de acuerdo a lo definido en las metas de los componentes transversales del
manual de Gobierno en Línea GEL versión 3.1, portal motivo es imperativo avanzar en este proceso
y realizar el estimado correspondiente, el cual se enmarca dentro de la actividad transversal definida
como "implementar un sistema de gestión de TI", adicionalmente, teniendo en cuenta el nuevo
"marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de tecnologías de la información TI
a adoptar en las instituciones del sector público colombiano" que publicó el Mintic y que busca ser
"el punto de partida para que las instituciones del Estado direccionen la forma como entienden,
planean, adquieren y usan las TI. Siguiendo las buenas prácticas que hacen parte del Marco, las
entidades pueden optimizar la gestión TI para desarrollar con mayor efectividad su estrategia y el
modelo operacional desde una visión integral del Estado.",36 es necesario estructurar el proyecto
aplicando las fases del desarrollo de arquitectura empresarial definidas en el citado documento.
5.1.2.6. ESTUDIO DE LA OFERTA
En el mercado de la tecnología se encuentran múltiples empresas que brindan servicios de
tecnología, ya sean nacionales o internacionales, la consultoría que se pretende contratar tiene
un mercado restringido, ofrecido únicamente por empresas conocedoras del tema, dado que el
cambio de la plataforma de comunicaciones IPv4 a IPv6 es bastante reciente y en Colombia se
comenzó a impulsar a partir de la expedición de la circular 002 de 2011 del MINTIC;
adicionalmente por el hecho de que las empresas y entidades que necesitan contratar esta
transición cuentan con tecnología de múltiples fabricantes, y los proveedores deben contar con
especialistas que conozcan de cada tecnología para intervenirla con éxito y hacer las
recomendaciones más apropiadas.
5.1.2.7. ESTUDIO DE LA DEMANDA
Según el portal IPv6 de LACNIC las organizaciones que están implementando IPv6 o tienen
planes próximos de implementarlo en América Latina y el Caribe37 son las relacionadas en la
siguiente tabla:
Estado de ¡mplementación
Organización País / RegiónYa implementado
Actualmente
implementando
Con planes de
implementacion
Airsat (Graoe S.A.)
ALFANUMERIC S.A
Americana Digital
BT Latinoamérica
Cabletel S.A
Cablemas
Telecomunicaciones SA de
CV
CÉNIT
Argentina
Nicaragua
Brasil
Argentina
Argentina
México
Venezuela
X
X
X
X
X
X
X
36 http://www.mintic.qov.co/marcodereferencia/624/w3-article-7371.htnnl (junio 2 de 2015, 16:00)
37 Información disponible en el recurso web http://portalipv6.lacnic.net/guienes-implementan/ (junio 9 de 2015, 7.56)
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PROCURADURÍAGEHERALDEUNACION
Estado de ¡mplementación
Organización País / Región
Ya implementadoActualmente
¡mplementando
Con planes de
implementación
Cooperativa Telefónica de
Villa Gobernador Gálvez
Limitada (TelVGG)
Comunicaciones IBW Nic
COOPEALFARORUIZ R.L
Empresa de Recursos
Tecnoloqicos E.R.T E.S.P
ETB S.A. ESP
Level3
Gooqle
GTD
ICE - Instituto Costarricense
de Electricidad v
Telecomunicaciones
Infotec
INTERNEXA
IPLAN
Media Commerce
Telecomunicaciones S.A.S
Ministerio de Tecnoloqías
de la Información v las
Comunicaciones
NAP.EC
NET
NipCable do Brasil Telecom
LTDA
NIC Chile
NICMX
Nodosud SA
Operbes. S.A. de C.V.
RENATA
Argentina
Nicaragua
Costa Rica
Colombia
Colombia
América Latina y
Caribe
Global
Chile
Costa Rica
México
Colombia
Argentina
Colombia
Colombia
Ecuador
Brasil
Brasil
Chile
México
Argentina
México
Colombia
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
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X
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X
X
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PROCURADURÍAGENERAL DE U KAClON
Organización
Estado de implementación
País / Región Actualmente Con planes deYa .mplementado imp|ementando implementación
RIU - Red Interconexión
Universitaria
SMITCOMS
Telecentro S.A.
Telecom Arqentina S.A.
Telefonía Celular de
Nicaragua (Telefónica
Nicaragua)
Tiqo Guatemala
Telmex Colombia (Claro
Fijo)
TRICOM
UNE EPM
Telecomunicaciones S.A.
Universidad APEC
Universidad del Atlántico
(UA)
Universidad Centro
Occidental Lisandro
Alvarado (UCLA)
Universidad Nacional
Abierta (UNA)
Universidad Nacional
Autónoma de México
(UNAM)
Universidad Nacional de
Loja
Universidad de Oriente
Universidad Pontificia
Bolivariana Seccional
Medellín
Universidad Pontificia
Bolivariana, Seccional
Bucaramanqa
Argentina
Antillas
Neerlandesas
Argentina
Argentina
Nicaragua
GT
Colombia
República
Dominicana
Colombia
República
Dominicana
Colombia
Venezuela
Venezuela
México
Ecuador
Venezuela
Colombia
Colombia
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
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PROCURADURÍAGENERAL DE U NACIÓN
Estado de implementación
Organización País / Región
Ya implementadoActualmente
implementando
Con planes de
implementación
Universidad Técnica
Federico Santa Maria
(UTFSM)
Universidad Técnica
Particular de Loia
Universidad tecnológica
centroamericana (UNITEC)
VTR Banda Ancha S.A.
Youtube
Chile
Ecuador
Honduras
Chile
Global via Google
Network
X
X
X
X
X
Como se puede observar, este estudio lo requieren entidades estatales y empresas privadas; en
nuestro país ha tomado la delantera el sector de la educación superior, ya que se encuentran
universidades con avances en la materia.
Para analizar la demanda y la oferta del sector se han consultado las condiciones en las cuales se
han adquirido estos servicios por otras entidades públicas, es importante resaltar que este tipo de
contratación es escasa.
Por ejemplo en el portal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones
se indica que a través del convenio 385 con la Corporación Red Nacional Académica de Tecnología
Avanzada - RENATA, "El convenio permitió capacitar a 90 personas que conforman los equipos de
trabajo del área de TI responsables del manejo del protocolo IPv6, en las entidades públicas del
orden nacional; desarrollar el diagnóstico y el plan de intervención para la implementación del
protocolo IPv6 en 40 entidades y sensibilizar a los servidores sobre la importancia, uso y beneficio
de tener implementado el protocolo IPv6 en su institución.". Las entidades mencionadas para
adelantar la capacitación y la sensibilización son las siguientes:
• Agencia del Inspector de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales
• Agencia Presidencial de Cooperación Internacional
• Archivo General de la Nación
• Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
• Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional
• Colciencias
• Coldeportes
• Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
• Contaduría General de la Nación
• Contraloría General de la República
• Departamento Administrativo de la Función Pública
• Departamento Nacional de Planeación
• Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
• Empresa de Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas SAS
• Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo
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• Instituto Caro y Cuervo
• Instituto Colombiano de Antropología e Historia
• Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
• Instituto de Salud
• Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
• Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario
• Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible
• Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
• Ministerio de Cultura
• Ministerio de Educación Nacional
• Ministerio de Hacienda y Crédito Público
• Ministerio de Minas y Energía
• Ministerio de Relaciones Exteriores
• Ministerio de Salud y Protección Social
• Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
• Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
• Ministerio del Trabajo
• Positiva Compañía de Seguros
• Presidencia de la República
• Sociedad de Activos Especiales SAS
• Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
• Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias
• Unidad de Información y Análisis Financiero
• Unidad de Planeación Rural Agropecuaria
HISTÓRICO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
La Entidad no ha celebrado ningún negocio jurídico similar al del objeto de la contratación.
HISTÓRICO DE CONTRATACIONES DE OTRAS ENTIDADES.
Una vez revisada la información que reposa en la página del SECOP con respecto a contrataciones
similares al objeto del presente proceso de selección realizado por otras Entidades, se encontraron
únicamente 4 procesos de contratación:
Contratante
Contratista
Objeto del contrato
Fecha
Tipo de contrato
Valor del contrato
Forma de pago
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES- CINTEL
Contratar los servicios técnicos especializados para evaluar y estructurar la
migración del protocolo IPV4 al protocolo IPV6 conforme a la plataforma
tecnológica de la entidad.
11 de septiembre de 2013
Interadministrativo - Contrato 300 de 2013
$ 55.680.000
a) Primer contado equivalente al setenta (30%) por ciento del valor del
contrato A la entrega y aprobación del Plan Operativo del proyecto y
Documento de evaluación de la plataforma de la red de datos de la SIC,
previa certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor del
contrato,
b) Segundo Contado Equivalente al veinte (30%) por ciento del valor del
contrato Una vez se haya efectuado la transferencia de conocimientos y se
haga la entrega y aprobación del documento del plan de construcción del
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Modalidad de selección
Plazo del Contrato
Garantías exigidas
piloto de subred IPV6, previa certificación de recibo a satisfacción por parte
del Supervisor del contrato,
c) Tercer contado Equivalente al diez (40%) por ciento del valor del contrato
Una vez se haya realizado la entrega de la totalidad de los entregables del
proyecto:
- Plan Operativo ejecución 100%,
- Documento de evaluación y estado de la plataforma de la red de
datos de la SIC.
- Informe de la sensibilización técnica en IPV6.
- Informe del Piloto IPV6 (de acuerdo al anexo 1) con mediciones
de rendimiento.
- Plan sugerido de migración de la red de datos de la OTI a IPV6).
Contratación directa
Setenta (70) días calendario
• Cumplimiento. 20% del valor del contrato.
• Calidad del servicio. 20% del valor del contrato.
• Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
5% del valor del contrato.
Contratante
Contratista
Modalidad de selección
Objeto del contrato
Tipo de contrato
Valor del contrato
Forma de pago
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
TELECOMUNICACIONES
No hay información en el SECOP
Selección abreviada de menor cuantía
Prestar servicios desde el punto de vista técnico y jurídico, encaminados al
logro de los objetivos y el desarrollo de las actividades estratégicas
formuladas en el "Plan de Acción 2012" proyecto "Adopción de IPv6 en
Colombia" de la Dirección de Comunicaciones, contribuyendo a garantizar
el cumplimiento de un sólido proceso de Construcción y Divulgación de
Lineamientos de Política del Sector de Comunicaciones
en Colombia.
Prestación de servicios
$400.000.000
1) Un primer pago, correspondiente al 10% del valor del contrato, al finalizar
el primer mes, contra entrega del primer producto, correspondiente al
documento "Análisis y definición de la propuesta metodológica para la
ejecución de las actividades y plan de trabajo del Proyecto Adopción de
IPv6 en Colombia" y la entrega del respectivo informe mensual del
"Proyecto Adopción del IPv6 en Colombia 2012, informe No.1", previa
aprobación por parte del Supervisor.
2) Un segundo pago, equivalente al 30% del valor del contrato, al finalizar
el segundo mes, contra entrega del segundo y tercer producto,
correspondientes a los documentos "Política para la adopción del IPv6 en
Colombia, actualización y definición", "Propuesta de CONPES y desarrollos
normativos para la adopción de IPv6 en Colombia" y la entrega del
respectivo informe mensual del "Proyecto Adopción del IPv6 en Colombia
2012, informe No.2", previa aprobación por parte del Supervisor.
3) Un tercer pago, equivalente al 30% del valor del contrato, al finalizar el
tercer mes contra entrega del cuarto, quinto y sexto producto,
correspondientes a los documentos "Directrices y perfil de compra para
equipamiento TIC con IPv6", "Directrices en materia de adopción de
estándares y certificaciones abiertas y objetivas para IPv6", "Guía técnica
de transición a IPv6 en coexistencia con IPv4", y la entrega del respectivo
informe mensual del "Proyecto Adopción del IPv6 en Colombia 2012,
informe No.3", previa aprobación por parte del Supervisor.
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PROCURADURÍAGENERALDEUM
Plazo del Contrato
Garantías exigidas
4) Un cuarto y último pago, equivalente al 30% del valor del contrato, al
finalizar el cuarto mes y contra entrega del séptimo, octavo, noveno y
décimo producto, correspondiente al Moodle de formación sobre "diseño
de redes sobre infraestructuras IPv6 Ready" y material de apoyo para la
adopción de IPv6, los documentos "Formulación de proyectos avanzados
basados en infraestructuras IPv6-Ready", "Plan de acción para la adopción
de IPv6 en Colombia 2013-2014, fase de actualización", informe final del
"Proyecto Adopción del IPv6 en Colombia 2012, informe No. 4" y la
actualización final de los productos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto,
octavo y noveno, previa aprobación por parte del Supervisor.
Desde su perfeccionamiento hasta el (31) de diciembre de 2012
Garantía de seriedad por el 10% del presupuesto oficial estimado.
Garantía Única de Cumplimiento (40% del valor del contrato, por el plazo
de ejecución y cuatro (4) meses más).
Calidad del servicio, del decreto 734 de 2012; por un valor del 20% y una
vigencia desde la finalización del plazo del contrato y hasta 6 meses más.
Así mismo el contratista deberá presentar para aprobación de Fondo TIC,
adicional a la Garantía Única de Cumplimiento, en póliza anexa de
responsabilidad civil, que incluya los amparos de responsabilidad civil
patronal y responsabilidad civil por contratistas y subcontratistas. Esta
garantía tendrá un valor asegurado correspondiente a una cuantía de
$500.000.000. y el anexo patronal por un mínimo de $200.000.000 y deberá
permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha de terminación
del contrato. Debe figurar como asegurado el contratista,
Fondo TIC y Ministerio TIC, ello para efectos de la responsabilidad surgida
por la ejecución del contrato derivado de este proceso.
Contratante
Contratista
Objeto del contrato
Fecha
Tipo de contrato
Valor del contrato
Forma de pago
Modalidad de selección
Plazo del Contrato
Garantías exigidas
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
IPV6 TECHNOLOGY S.A.S.
Prestación de servicios profesionales de levantamiento de información,
revisión y caracterización de los activos hardware y software, sistemas,
aplicaciones e infraestructuras de tecnologías de la información y
comunicación, junto con el desarrollo de un proceso de transferencia de
conocimiento para la planeación de la transición a IPv6 de la Unidad de
Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional.
12 de agosto de 2014
Prestación de Servicios - CTO-119-2014 MDN-UGG-DA
$ 162,000,000
cuatro (4) pagos mensuales
Contratación Directa (Ley 1150 de 2007)
4 Meses
• Cumplimiento. 20% del valor del contrato.
• Calidad del servicio. 20% del valor del contrato.
• Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
5% del valor del contrato.
Contratante
Contratista
Objeto del contrato
Fecha
Tipo de contrato
Presupuesto oficial a
contratar
FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES
Por definirse (proceso en trámite)
Contratar el servicio profesional para el análisis, diseño, desarrollo e
implementación del plan de transición del protocolo IPv4 a IPv6, su puesta
en funcionamiento en la red de comunicaciones, así como la operatividad
de los servicios y los aplicativos del MINTIC sobre el nuevo protocolo IPv6
En proceso de contratación
Prestación de Servicios
$ 290,000,000
Oficina de Sistemas [email protected]
Carrera 5 No. 15-80 piso 5 PBX. 5878750 www.procuraduria.gov.co
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Forma de pago
Modalidad de selección
Plazo del Contrato
Garantías exigidas
cuatro (4) pagos mensuales
Selección Abreviada por Menor Cuantía
Hasta el 31 de diciembre de 2015
• Cumplimiento. 20% del valor del contrato.
• Calidad del servicio. 10% del valor del contrato.
• Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.
5% del valor del contrato.
Algunos aspectos que diferencian los contratos suscritos por la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO y el MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
TELECOMUNICACIONES con el que la entidad pretende adelantar son: el alcance de las actividades
a desarrollar, ya que en el proceso de la Superintendencia se incluyen unos informes y entregables,
entre ellos el de un plan piloto, y en cambio no se incluye la implementación de la transición al IPv6,
con respecto al del MINTIC, se puede apreciar que el objeto de este contrato busca el logro del plan
de acción para el proyecto "Adopción del IPv6 en Colombia", el cual se enfoca en la divulgación de
los lineamientos de la política del sector de las comunicaciones en nuestro país.
Adicionalmente las actividades definidas en el proceso de la SIC presentan muchas diferencias entre
las que aquí se pretenden desarrollar, ya que siendo este proceso de transición tan único y diferente
para cada entidad es casi imposible definirlo de manera idéntica para dos entidades, más aun si se
tiene presente que cada una cuenta con diferentes plataformas tecnológicas, es imposible concretar
unas actividades iguales para cada organización. Así las cosas, al no existir indicadores similares en
actividades realizadas por otras entidades del estado no es viable realizar la respectiva comparación.
De otra parte, se observa que los objetos de los proceso adelantados por las entidades se refieren
a prestaciones de servicios, diferente al requerido por la Procuraduría, en razón a que ésta requiere
la realización de un estudio para llevar a cabo la transición del protocolo IPv4 al IPv6 que comprende:
el diagnóstico que identifica las necesidades de la Procuraduría General de la Nación, en el que se
identifica los cambios necesarios de hardware y software, diseñar un plan estratégico para la
implementación de IPv6, definiendo los requerimientos y alternativas y la asesoría técnica para su
implementación, capacitación al personal de la Oficina de Sistemas de la entidad para el
sostenimiento y administración de las infraestructura informática en el nuevo protocolo y evaluando
su implementación, actividades todas que exigen una experticia técnica específica, así como contar
con un equipo idóneo y suficiente de trabajo y con una infraestructura tal que, de acuerdo con lo
establecido en la normativa antes citada, la modalidad de escogencia del contratista, es a través del
Concurso de Méritos abierto.
5.1.2.8. CÁLCULO DEL PRESUPUESTO PARA EL PROCESO
Para determinar el presupuesto del proceso de selección, se invitó a cotizar mediante correo
electrónico de fecha 13 de julio de 2015 a nueve (9) empresas38, que dentro de su objeto social se
encuentra que realizan consultorías y prestan servicios de tecnología informática empresarial, dentro
de los cuales se consideró que podían realizar el objeto de la contratación que requiere la Entidad.
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g-
h.
COMPUREDES
DESCA.
DAXA
CPS COLOMBIA S.A.
ITALTEL
LEVEL 3
CINTEL
BOYRA S.A.
' Este listado de proveedores es informativo se tomó de antiguos contratistas y cotizantes de la Entidad y de consulta en ¡nternet.
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA KACiOf^
i. IPv6 TECHNOLOGY SAS - IPv6 COLOMBIA
De las nueve (9) compañías a las cuales se les solicitó cotización, solo cuatro (4) la enviaron
a. BOYRAS.A
b. IPv6 TECHNOLOGY SAS - IPv6 COLOMBIA:
c. COMPUREDES S.A
d. CINTEL
De las cotizaciones se descartó una de ellas por no encontrarse dentro del rango calculado de la
siguiente manera: Límite inferior que corresponde al promedio menos una desviación estándar y
el límite superior corresponde al promedio más una desviación estándar, para evitar una alta
dispersión los datos para el cálculo.
Se tuvieron en cuenta los valores de las demás cotizaciones, promediando el valor total, el cual
fue desagregado por los cotizantes por cada fase, acorde con los requerimientos técnicos de la
Procuraduría señalados en las solicitudes de cotización.
De conformidad con lo consagrado por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.1, numeral
4, no se publican las variables utilizadas para calcular el valor del contrato. La norma en cita
señala lo siguiente:"(...). La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular
el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso
de méritos (...)"
5.1.2.9. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El presupuesto estimado para la presente contratación es hasta por la suma de CIENTO CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($105.850.000,00).
5.1.2.10. SOPORTE PRESUPUESTALY PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
La necesidad a contratar está prevista en el Plan de Adquisiciones de la Vigencia 2015, de
conformidad con el certificado 2015 - 035 del 20 de marzo de 2015. Así mismo, existe una
disponibilidad presupuestal para atender el compromiso, de acuerdo con el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 32115 del 24 de marzo de 2015, expedido por la Coordinadora
del Grupo de Ejecución Presupuestal.
6. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
6.1. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA ACREDITARLOS
Los requisitos habilitantes que deberán acreditar los proponentes serán: la capacidad jurídica,
financiera, organizacional, condiciones de experiencia y el cumplimiento de los requerimientos
mínimos del proponente y del personal. Estos requisitos serán verificables por los integrantes de
los diferentes comités, analizando si los proponentes CUMPLEN O NO con los requisitos y
especificaciones mínimas exigidas por la Entidad.
En tratándose de requisitos habilitantes, los documentos pueden ser presentados a la Entidad,
hasta el momento previo a la adjudicación, de conformidad con lo establecido en Ley 1150 de
2007, artículo 5, parágrafo 1o.
6.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA.
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De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 6, pueden celebrar contratos
con las entidades estatales las personas consideradas legalmente capaces en las disposiciones
vigentes.
La capacidad jurídica es la facultad de una persona para celebrar contratos con una Entidad
Estatal, es decir (i) obligarse a cumplir el objeto del contrato; (ii) no estar incursa en inhabilidades
o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato.39
Las personas naturales mayores de 18 años son capaces jurídicamente a menos que estén
expresamente inhabilitadas por decisión judicial o administrativa, como la interdicción judicial, o
que estén incursas en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para contratar derivadas
de la Ley.40
La capacidad jurídica de las personas jurídicas está relacionada con: (i) la posibilidad de adelantar
actividades en el marco de su objeto social; (ii) las facultades de su representante legal y la
autorización del órgano social competente cuando esto es necesario de acuerdo con sus
estatutos sociales; y (iii) la ausencia de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones para
contratar derivadas de la ley.41
El objeto social de las personas jurídicas integrantes de un proponente plural debe permitir
adelantar las actividades del Proceso de Contratación, bien por ser parte de su objeto social
principal o ser una actividad conexa a este. Los representantes legales de las personas jurídicas
integrantes del proponente plural deben estar plenamente facultados para comprometer a la
persona jurídica en el cumplimiento de la totalidad del objeto del contrato puesto que la
responsabilidad es solidaria frente a la Procuraduría General de la Nación.42
Si la propuesta la presenta una persona jurídica, su objeto social será verificado con la
información que conste en el RUP y el certificado de existencia y representación o el que haga
sus veces, donde se verificará quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, el
objeto social, dentro del cual se debe hallar el objeto del presente proceso y la duración de la
sociedad.
En el caso de uniones temporales, consorcios o promesa de sociedad futura, sus miembros
deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida la actividad que se
comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente. En todo caso el
consorcio, la unión temporal o la promesa de sociedad futura, deberá en conjunto, acreditar que
sus objetos sociales comprenden el objeto del presente proceso de selección.
La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un año más (artículo 6o
Ley 80 de 1993).
En el evento que del contenido del RUP, del certificado de existencia y representación o el que
haga sus veces se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades
del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos
estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a
39 Manual para determinar verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación M-DVRHPC-04 Colombia CompraEficiente.
40 Manual para determinar verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación M-DVRHPC-04 Colombia CompraEficiente.
41 Manual para determinar verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación M-DVRHPC-04 Colombia CompraEficiente.
42 Manual para determinar verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación M-DVRHPC-04 Colombia CompraEficiente.
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su monto, se deberá igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida
por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.
Respecto de la capacidad jurídica, se verificarán adicionalmente los siguientes aspectos:
6.1.1.1. OFERTA DEBIDAMENTE FIRMADA.
Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la
persona legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro del
plazo y en el sitio fijado.
Debe ser firmada por el proponente, representante legal para personas jurídicas, persona
designada para representarlo en caso de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura
o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder autenticado
donde se especifique las facultades que se confieren al apoderado.
El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la
sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.
Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la
oferta.
En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que
no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para
contratar, establecidas en la Constitución Política o en la Ley.
Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de
ciudadanía de quien suscribe la oferta.
La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del anexo No. 1
carta de presentación, adjunto al pliego de condiciones.
6.1.1.2. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓNTEMPORAL. O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA
Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, en
la carta de presentación se debe indicar el nombre del consorcio, unión temporal o sociedad
futura, además del nombre de los integrantes del mismo. De acuerdo con lo establecido en la Ley
80 de 1993, artículo 7, en el documento de conformación del Consorcio, Unión Temporal o
promesa de sociedad futura se debe:
a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO, UNIÓN TEMPORALO PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA
b. Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio, la unión temporal
o la promesa de sociedad futura.
c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la
unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
d. En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión
de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de
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cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales no podrán ser modificados
sin el consentimiento previo de la Entidad contratante.
e. Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más.
f. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del
Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución deben manifestar para efectos
del pago en relación con la facturación:
• Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes,
caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien factura.
• Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que se debe indicar
en el documento de conformación. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato
que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno
de ellos. En este caso, para efectos de la inscripción en el Registro Único Tributario deberán
tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.
El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión
Temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación
en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.
En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos
establecidos en las disposiciones legales.
g. Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.
6.1.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O DOCUMENTOLEGAL IDÓNEO.
El proponente, persona jurídica debe allegar el certificado de existencia y representación legal,
expedido por la Cámara de Comercio respectiva, dentro de los quince (15) días hábiles anteriores
a la fecha de presentación de la oferta, donde conste quién ejerce la representación legal, las
facultades del mismo, la duración de la sociedad y el objeto social dentro del cual se debe hallarcomprendido el objeto del proceso de selección.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara
de Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación
o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición dentro de los quince (15) díashábiles anteriores al cierre del proceso contractual.
En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea
persona jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado certificado,
cumpliendo además con todos los requisitos señalados con antelación. De igual forma, cada uno
de los miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendido el
objeto de proceso de selección o la actividad que se compromete a desarrollar en el acuerdo de
conformación correspondiente. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto,
acreditar que sus objetos sociales comprenden la totalidad del objeto del proceso de selección.
La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y un año más
(Ley 80 de 1993, artículo 6o).
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Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el
oferente allegará la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios
o el estamento de la sociedad que tenga esa función.
En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio o la entidad
competente se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del
Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos,
y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto,
se deberá igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la
Junta de socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.
Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados tanto
de la Sucursal como de la Casa principal.
6.1.1.4. CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DEPROPONENTES (RUP), ACORDE CON LO ESTABLECIDO POR LA PARTE
2, TÍTULO I, SECCIÓN 1, SUBSECCIÓN 5 DEL DECRETO 1082 DE 2015.
El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentesexpedido por la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince
(15) días hábiles anteriores al cierre de la presente selección.
Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme
para la fecha de adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o
renovación hecha bajo el régimen del Decreto 1082 de 2015 y acorde con lo establecido por
Decreto 019 de 2012.
Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios,
uniones temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de
dicha persona, debe estar inscrito en el RUP.
En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha
prevista para la entrega de la propuesta.
6.1.1.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2., los
proponentes podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las
siguientes garantías:
Contrato de seguro contenido en una póliza
Patrimonio autónomo
- Garantía bancaria
Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en la Sección 3 del
referido Decreto.
Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o
Promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la
oferta, en los siguientes eventos:
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i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para
la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga seainferior a tres (3) meses.
ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
iv)La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado
en el Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato.
La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta
la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo
menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía
deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil
inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar alsiguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.
Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso
de que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha paraefecto de la vigencia de la garantía.
Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren datos
incorrectos en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida
al presente proceso de selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la modificacióndel caso.
6.1.1.6. CERTIFICACIÓN EXPEDIDA SOBRE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DESEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.
Cumplir con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los aportes porconcepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o
el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes
1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimientode esta obligación, por parte del oferente, se acredita, cuando es persona jurídica, mediantecertificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y
cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada. En el evento
que el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en lasleyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación.
Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la
misma requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos parasolicitar aclaraciones.
6.1.1.7. VERIFICACIÓN RESPONSABLES FISCALES Y ANTECEDENTESDISCIPLINARIOS.
La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o
cualquiera de los integrantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se
encuentra (n) reportado (s) en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General
de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de
Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad. En caso que el proponente
o alguno de los integrantes del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, se
Oficina de Sistemas s¡stemas(3>procuraduria.qov.co
Carrera 5 No. 15-80 piso 5 PBX. 5878750 www.procuraduria.gov.co
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encuentre relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con la
Procuraduría General de la Nación.
6.1.1.8. CERTIFICACIONES PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDADY DE MIPYME
Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el
caso de empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados
se encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán
acreditar con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y
con las constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación
en las que conste la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la
condición de mantenerlo por un lapso igual al de la contratación
En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta
condición, debe acreditarla.
La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP.
6.1.2. CONDICIONES DE EXPERIENCIA.
La acreditación de la experiencia se verificará sobre contratos terminados o en ejecución, para lo
cual el proponente debe evidenciar o acreditar hasta tres (3) contratos, celebrados con entidades
públicas o privadas, cuyo objeto sea igual o similar al del presente proceso de selección y cuya
sumatoria corresponda al valor del presupuesto oficial de CIENTO CINCO MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($105.850.000,00) incluido IVA, equivalente a 164,27
salarios mínimos legales mensuales vigentes para el presente año.
Se entienden por procesos similares aquellos que involucren servicios para la transición de
protocolo IPV6 .
Para acreditar lo anterior, se tendrán las siguientes reglas, teniendo en cuenta si el contrato se
encuentra terminado o en ejecución:
6.1.2.1. Contratos terminados:
La verificación de la experiencia se realizará con la información que obra en el Registro Único deProponentes, en el cual se deben evidenciar contratos celebrados, ejecutados y terminados por
el proponente y registrados en uno cualquiera de los siguientes códigos.
CLASIFICADOR
UNSPSC
F
Servicios
F
Servicios
SEGMENTO
80000000
Servicios de gestión, servicios
profesionales de empresa y
servicios administrativos
81000000
Servicios basados en ingeniería,
investigación y tecnología
FAMILIA
80100000
Servicios de asesoría
de gestión
81110000
Servicios Informáticos.
CLASE
80101500
Servicios de consultoría de
negocios y administración
corporativa
81111800
Servicios de sistemas y
administración de componentes de
sistemas
Oficina de Sistemas sistemas(S>procuraduria .qov.co
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PROCURADURÍAGENUAL DE LUNACIÓN
Nota: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en
cualquier otro código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el
requerido por la Entidad en el presente numeral.
Teniendo en cuenta que en el RUP se registra solamente información del contratista, contratante,
valor del contrato ejecutado, porcentaje de participación en el valor ejecutado en caso de
consorcios o uniones temporales y el contrato identificado con el clasificador de bienes y servicios
en el tercer nivel, y que la Entidad requiere verificar otros aspectos relacionados con cada uno de
los contratos que el oferente registra en el RUP con los cuales acreditará a la Entidad el
cumplimiento de la experiencia, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA
PROPONENTE, con la siguiente información:
> Número consecutivo que obra en el RUP del reporte del contrato relacionado paraacreditar experiencia.
> Nombre de la entidad o empresa contratante, Dirección, Teléfono, Ciudad y Contacto porcorreo electrónico
> Número y fecha de suscripción del contrato. La suscripción iniciación de los respectivos
contratos deben ser posteriores al 1 ° de enero de 2011. No se considerarán aquellos que
hayan sido suscritos iniciados con fechas anteriores.
> Objeto del contrato: igual o similar al objeto del proceso contractual.
> Fecha de iniciación
> Fecha de terminación (100% ejecutado)
6.1.2.2. Contratos en ejecución:
Si se trata de contratos en ejecución y teniendo en cuenta que los mismos no se encuentran
inscritos en el RUP, el proponente deberá presentar las certificaciones expedidas por el
contratante, que acredite las condiciones descritas en este numeral, en donde conste lo siguiente:
• Nombre de la entidad o empresa contratante, dirección, teléfono y nombre de la personaque expide la certificación.
• Número y fecha de suscripción del contrato. La suscripción del respectivo contrato debe
ser posterior al 1 ° de enero de 2011. No se considerarán aquellos que hayan sido suscritoscon fechas anteriores.
• Objeto del contrato: igual o similar al objeto del presente proceso contractual.
• Fecha de iniciación: La iniciación del respectivo contrato debe ser posterior al 1 ° de enero
de 2011. No se considerarán aquellos que se hayan iniciado en fechas anteriores.
• Porcentaje de ejecución: Mínimo el 70%.
• Valor de los contratos
• Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal• Cumplimiento
Reglas comunes a contratos terminados o en ejecución
La Entidad acepta que se acredite la experiencia solo con contratos terminados o solo enejecución o con los dos.
En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de losintegrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los
requisitos establecidos en este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se
puede acreditar en conjunto.
Oficina de Sistemas [email protected]
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PROCURADURÍAGENERAL DEUNAC10N
Si las certificaciones de experiencia presentadas por el proponente no precisan el número de
SMMLV, la entidad los calculará, utilizando el valor del salario para la época de la firma del
contrato que se esté certificando, proyectado a valor presente. El valor de los salarios mínimos
mensuales legales vigentes que se tendrán en cuenta, será el valor del salario para la época de
la firma del contrato, actualizado a valor presente.
En los contratos que se encuentren en ejecución suscritos bajo la figura de consorcios o uniones
temporales, deberá indicarse el porcentaje de participación de cada uno de los miembros en dicho
contrato, valor que debe discriminarse en pesos colombianos y será el que se aplique al
proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado en este numeral. Así
mismo, en caso de personas jurídicas, si la constitución del interesado es menor a (3) años, puede
acreditar la experiencia sus accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en
el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2., numeral 2, subnumeral 2.5
En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial,
debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que
le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el
certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que
así lo acredite.
LAS COPIAS DE CONTRATOS, ACTAS DE LIQUIDACIÓN, RELACIÓN DE CONTRATOS,
REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SE ACEPTARÁN COMO DOCUMENTOSACLARATORIOS.
La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes a
través de las certificaciones o de la relación presentada.
En caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en las certificaciones o en los
anexos de relación de experiencia, o si los anexos no se presentan, la Procuraduría podrá
solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido en el
cronograma del proceso para suministrarlas.
En el período de verificación de las propuestas, los oferentes podrán incluir nuevos contratos o
presentar nuevas certificaciones para acreditar este requisito mínimo, siempre y cuando cumplan
con los requerimientos exigidos por la Entidad en este numeral.
6.1.2.3. Justificación del requerimiento de experiencia
Para garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato, se
considera que las condiciones exigidas en cuanto al número de contratos, el alcance de éstos, la
fecha a partir de la cual se acredita la experiencia y la condición de estar terminados o en
ejecución, es adecuada y proporcional al contrato que se pretende suscribir.
Teniendo en cuenta la especialidad del objeto del contrato y que hasta el año 2011 el MINTIC
promocionó la adopción de IPv6 en Colombia con la circular 0002 del 6 de julio de 2011, el tiempo
está acorde a dicho período y el número de certificaciones que se exigen, se considera razonable
y suficiente para demostrar la idoneidad, actualidad y vigencia de los oferentes en la ejecución
de las actividades objeto del contrato que la Procuraduría pretende contratar.
Se aceptan contratos en ejecución, teniendo en cuenta que las entidades y empresas, a partir del
año 2011 iniciaron este tipo de contrataciones, dado el impulso que dio el MINTIC a mediados
de este año, pero todavía no se ha masificado su implementación. De igual forma, por la
importancia del objeto del presente proceso, de realizar la consultoría para establecer el plan de
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implementación del protocolo IPv6 en la Procuraduría General de la Nación, incluyendo
capacitación, se considera viable acreditar experiencia con contratos que puedan estar en
ejecución, para garantizar que exista participación de diversos oferentes.
En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas estipulaciones no limitan la libre
concurrencia y garantizan la idoneidad requerida por la Entidad.
6.1.3. CAPACIDAD FINANCIERA
Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados
a partir de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obra
en el Certificado de Inscripción RUP.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los
integrantes con el lleno de los requisitos exigidos y la Procuraduría General de la Nación verificará
la información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.
La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para
verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto 1082 de2015.
Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:
• índice de Liquidez
• índice de Endeudamiento
• Razón de cobertura de intereses
INDICADOR
Liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente)
Endeudamiento (Pasivo total/Activo total)*100
Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de
intereses)
REQUERIDO
Mayor o igual a
1
Menor o igual a
70%
Mayor o igual a
1
Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva,quedan habilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los índices de Liquidez,
Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la
asociación deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten
su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como
quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la
cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo
requerido para cada uno de los indicadores.
Registro Único Tributario
El proponente debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT actualizado, en el queindique a qué régimen pertenece.
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En caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe presentar este
documento.
6.1.4. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera con corte a
diciembre 31 de 2014 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros.
(a) Rentabilidad del Activo:
El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 2%.
La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus
activos totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar
ganancias.
(b) Rentabilidad del Patrimonio:
El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 6%.
La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de
su patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar
ganancias.
Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del
Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá
cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo
la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta
circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los
integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada
uno de los indicadores.
INDICADOR
Rentabilidad del Activo
(utilidad operacional /activo)*100
Rentabilidad del Patrimonio
(utilidad operacional/patrimonio)*100
REQUERIDO
Mayor o igual a
2%
Mayor o igual a
6%
6.1.5. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS
EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O
SUCURSAL EN EL PAÍS
Cuando se trate de personas extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes, porno tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación, verificará directa y
únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia,
capacidad financiera y de organización de los proponentes.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están
obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar
directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes.
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De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos
de Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en
Colombia se acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los
cuales deben aportarse al Proceso de Contratación.
6.1.5.1. Capacidad Jurídica.
Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la
sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en
Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio,
que indica:
"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de sudomicilio principal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:
1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana
respecto a la claridad y concreción del objeto social;
2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;
3) El lugar escogido como domicilio;
4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los
mismos;
5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la
sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se
entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la
personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y
6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente enColombia."
6.1.5.2. Experiencia
Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben
cumplir los requisitos establecidos en el numeral 6.1.2 del presente documento.
6.1.5.3. Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional
De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de
las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables enel país en el que son emitidos.
El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad,
con sus notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador
y Revisor Fiscal si la persona jurídica está obligado a tenerlo.
Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización,deberá anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD
FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL.
Consularización
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De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos
otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el
respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a
falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios
internacionales sobre el régimen de los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere
este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las
leyes del respectivo país."
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados
ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de
la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostille
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad
con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado
en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La
Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos
públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille,
trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el
título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad
competente en el país de origen.
Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para
determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente
información es relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:
Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que
hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al
castellano y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El
proponente puede presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta
adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los
documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto
presentado para acreditar los requisitos habilitantes.
Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren
legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o
especiales que deben ser otorgados ante Notario Público.
Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que
sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe
presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la
Convención de la Apostilla o legalizados ante cónsul colombiano.
Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus
estados financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos
sociales.
Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en
el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal
para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa
representativa del mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron
expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de
cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
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6.2. ASPECTOS EVALUABLES
De conformidad con la Ley 1150 de 2007, artículo 5, numeral 4: "En los procesos para la selección
de consultores se hará uso de factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos
de la oferta o proyecto. De conformidad con las condiciones que señale el reglamento, se podrán
utilizar criterios de experiencia específica del oferente y del equipo de trabajo, en el campo de
que se trate. En ningún caso se podrá incluir el precio, como factor de escogencia para la
selección de consultores."
De igual forma, el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.3.2, numeral 1, en el concurso de
méritos abierto o con precalificación,"(...) La Entidad Estatal en los pliegos de condiciones debe
indicar la forma como calificará, entre otros, los siguientes criterios: (a) la experiencia del
interesado y del equipo de trabajo; y (b) la formación académica y las publicaciones técnicas ycientíficas del equipo de trabajo (...)".
Conforme a lo anterior, los factores de evaluación son los siguientes:
No.
1
2
3
FACTORES DE EVALUACIÓN
Experiencia acreditada del proponente (a partir de la
experiencia mínima como requisito habilitante)
Experiencia y certificaciones deljDersonal del proponente
Estímulo a la Industria Nacional Colombiana
PUNTAJE TOTAL
PUNTAJE
Máximo 30 puntos
Máximo 60 puntos
Máximo 10 puntos
Máximo 100 PUNTOS
6.2.1. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
En la evaluación de este factor se asignará el puntaje, hasta un máximo de noventa (90) puntos,
teniendo en cuenta que para la Entidad por una parte, la mayor experiencia del proponenteacredita su fortaleza y experticia e incrementa los beneficios en la ejecución del contrato, y por
otra, mayores condiciones de experiencia y del personal del proponente, asegura la calidad en la
ejecución del objeto contractual, para la Procuraduría General de la Nación.
a) Máximo treinta (30) puntos por experiencia acreditada por el proponente a partir de laexperiencia mínima como requisito habilitante: El mayor puntaje se asignará al oferente que
acredite mayor experiencia mediante un máximo de dos (2) contratos celebrados con entidadespúblicas u otros clientes cuyo objeto sea igual al del proceso de selección y cuya fecha deiniciación no podrá ser anterior al 1 de enero de 2011.
EXPERIENCIA ACREDITADA POR EL PROPONENTE
EXPERIENCIA (a partir de la experiencia mínima como requisitoPuntos
habilitante)Máximo 30 puntos
Por cada certificación adicional obtendrá quince (15) puntos
hasta obtener en total máximo treinta (30) puntos.0,15 ó 30 puntos
Nota. Los contratos que se señalen para relacionar experiencia adicional deben cumplir
con los mismos requisitos de aquellos a que hace referencia la experiencia mínima.
b) Máximo sesenta (60) puntos por las certificaciones del personal del contratista a partir delas certificaciones mínimas exigidas como requisito habilitante: El mayor puntaje se asignará al
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oferente que acredite mayor experiencia y capacitación teniendo en cuenta la tabla explicativa
que se presenta a continuación:
EXPERIENCIA Y CERTIFICACIONES DEL PERSONAL DEL
PROPONENTE
Puntaje máximo a obtener por las certificaciones del personal del
contratista
a. EXPERIENCIA (a partir de la experiencia mínima como
requisito habilitante).
Por un año adicional de experiencia certificada en "Transición de IPv4
a IPv6" obtendrá ocho (8) puntos.
Por dos años adicionales de experiencia certificados en "Transición de
IPv4 a IPv6" obtendrá en total diecisiete (17) puntos.
Por cada año adicional de experiencia certificada en cada uno de los
temas indicados en el numeral 3.9.2 personal técnico mínimo
requerido, a excepción del tema "Transición de IPv4 a IPv6", obtendrá
dos puntos (2) hasta obtener en total máximo dieciséis (16) puntos
Solo se tendrá en cuenta una certificación por cada tema.
b. NIVEL ACADÉMICO (a partir de la formación mínima
establecida como requisitos habilitantes).
Por cada certificación adicional de capacitación en cada uno de los
temas indicados en el numeral 3.9.2 personal técnico mínimc
requerido, obtendrá tres (3) puntos hasta obtener en total máxime
veintisiete (27) puntos. Solo se tendrá en cuenta una certificación
por cada tema.
Puntos
Máximo 60 puntos
Máximo 33 puntos
0, 8 ó 17 puntos
0,2,4,6,8,10,12,14 0
16 puntos
Máximo 27 puntos
0,3,6,9,12,15,18,21,
24 ó 27 puntos.
EL PROPONENTE DEBERÁ INDICAR CLARAMENTE DE LOS CONTRATOS INSCRITOS EN
EL RUP Y DE LAS CERTIFICACIONES DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN PRESENTADAS,CUÁLES SON PARA VERIFICAR LA EXPERIENCIA MÍNIMA Y CUÁLES PARA ACREDITARLA ADICIONAL CON EL FIN DE OTORGAR EL RESPECTIVO PUNTAJE. LOS CONTRATOS
RELACIONADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PROPONENTE Y
LAS CERTIFICACIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO NO SE PUEDEN CAMBIAR POR SER
UN REQUISITO OBJETO DE PUNTAJE.
6.2.2. ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo diez (10) puntos y se tendrá
en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto
19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales,
disponiendo que "(...) son los servicios prestados por personas naturales colombianas o
residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación
colombiana (...)" y artículo 2.2.1.2.4.1.3, que indica la existencia de trato internacional así"(...)
La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios
provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos
establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados
con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional
haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con
base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública
de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina
de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite
la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual
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no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores.
Para constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un
Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia
de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar apoyo técnico
del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o de Colombia Compra Eficiente, dentro de suscompetencias legales.
Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser
publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La
vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de su expedición, sin perjuicio de
que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente puede
determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar quelos oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la
normativa en materia de compras y contratación pública para la expedición del certificado".
El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:
Protección a la Industria Nacional
Servicios nacionales
Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano de
bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos
Servicios extranjeros
Puntaje máximo
10
o
6.3. PROPUESTA ECONÓMICA.
Se debe presentar el valor de la propuesta, señalando los precios para cada una de las fases deacuerdo al formato que se encuentra en el Anexo FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA.
• Dentro del valor total de la propuesta se deberá estipular el IVA.
• La Procuraduría General de la Nación solo pagará en pesos colombianos.
La entidad verificará las operaciones aritméticas de cada uno de los componentes de los valores.En caso de presentarse error de esta índole se tendrá en cuenta el valor correcto para efectos de laadjudicación.
El proponente deberá, en el momento de elaborar su propuesta, evitar formular condicioneseconómicas y de contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación delcontrato. Esto de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la Lev 80 de1993.
En materia tributaria, los oferentes deberán verificar las obligaciones de esa índole, derivadas de lasdisposiciones normativas que integran el Estatuto Tributario y acatar las que les sean aplicables.Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, esta consultoría se encuentra gravadapor el impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 16%. En consecuencia en lapropuesta se debe discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el valor total de la oferta
presentada de conformidad con el Anexo de Propuesta Económica adjunto al pliego de condiciones.
NOTA: De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando deconformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resultaartificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor porél ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador, recomendará el rechazo ola continuidad de la oferta explicando sus razones.
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De igual forma, para efecto de la revisión de la oferta económica, la Entidad tendrá en
cuenta lo señalado por el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.3.2 numerales 3 y
4.
6.4. FACTORES DE DESEMPATE
Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta
situación en la puntuación de dos más ofertas de manera que una otra queden ubicadas en el
primer orden de elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:
• Se seleccionará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación del factor
de experiencia específica adicional del proponente.
• Si persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el
factor de experiencia específica adicional para el personal del proponente.
En caso de persistir el empate, la Entidad aplicará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de
2015 artículo 2.2.1.1.2.2.9.
Si continúa el empate éste se dirimirá entre los proponentes que estuvieron en igualdad de
condiciones, mediante sorteo de balota que se efectúe en el momento de la adjudicación.
6.5. DECLARATORIA DE DESIERTA
La Procuraduría General de la Nación declarará desierto el proceso de selección entre otras
causas que impiden la escogencia objetiva, cuando:
(a) No se presenten Ofertas;
(b) Ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de
experiencia previstos en el Pliego de Condiciones;
(c)No se logre llegar a un acuerdo con alguno de los dos proponentes calificados en primero y
segundo orden de elegibilidad, en los términos del artículo 2.2.1.2.1.3.2. del Decreto 1082 de
2015.
7. ANÁLISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO
De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de las
metas y objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se elaboró
la respectiva matriz:
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O I
Descripción
(Qué puede
pasar y, cómo
puede ocurrir)
Consecuencia de
la ocurrencia del
evento
2
i
It
Impacto
despué
sdel
tratamie
nto
a o
3
S> I
.1 líI OI O
Monitoreo y revisión
o
Se-13 O
Interrupción y/o
de las
de la
persona en sitio por
el falta de sus equipos
implementos
del necesarios para el
desempeño de sus
labores
Daño o perdida retraso
de los bienes actividades
del contratista
ro ocurridos en
§ lugar
O ejecución
contrato
Cuidar y vigilar los
implementos y equipos de
trabajo del contratista:
Guardarlos en lugares
seguros y no dejarlos a la
intemperie
5 Sc ™
* I<D O
•O
O(TJ O
^ m
II
Impartir
instrucciones
al grupo de
trabajo sobre
las normas de
seguridad a
tener en
cuenta para
garantizar el
cuidado y
vigilancia de
los equipos
Al inicio
del
contrato
O i
S Cambios
normativa
durante
ejecución
<£ contrato
en Alterar
condiciones
la iniciales y
del ejecución
contrato
las
la
del
Ajustar el contrato a las
nuevas condicionesSi
s _O C/3
(U O
3 2 -o
Revisión
periódica de
nueva
normatividad
aplicable
Mensual
El contratista
no guarda la
integridad y
confidencialida
ddela
ro información
institucional a
O la cual llegue a
tener acceso
directamente o
por medio de
terceros
Filtración de la
información
institucional y/o
confidencial
propiedad de la
PGN
Adoptar todas las medidas
necesarias para impedir la
duplicación, sustracción,
divulgación, alteración,
ocultamiento o utilización
indebida de la información
institucional. Firma del
documento COMPROMISO
DE CONFIDENCIALIDAD E
INTEGRIDAD DE LA
INFORMACIÓN
NOE 2?
® Icu o
o
(0 O Supervisando
todas las
actividades
del contratista
Mensual
No obstante lo anterior, hasta la fecha máxima de presentación de observaciones, los posibles
oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la Entidad, teniendo en
cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de
posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico
del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según
el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so
pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias
previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido
manifestadas por el mismo, en tal plazo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato permiten mantener las
condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta
por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la
ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
8. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DECONTRATACIÓN
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8.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
El oferente debe presentar garantía de seriedad de la oferta, vigente desde la presentación de la
oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe
ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.
8.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO:
Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del
contrato que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones del
contratista, éste debe presentar cualquiera de las garantías que de conformidad con el Decreto
1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2., sean aplicables, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes
a la fecha de la firma del contrato, teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento satisfactorio
del objeto del contrato, con la siguiente cobertura:
AMPARO
Cumplimiento del contrato
Calidad del servicio
Pago de salarios, prestaciones
sociales legales e
Indemnizaciones laborales
PORCENTAJE (%)
SOBRE EL VALOR
TOTAL DEL CONTRATO
30%
20%
10%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato y hasta
la liquidación del contrato. (Tiempo
estimado ocho (8 meses), contados a
partir de la fecha de firma del contrato)
Tiempo de ejecución del contrato y tres
(3) años más, contados a partir de la
fecha de iniciación del contrato
Tiempo de ejecución del contrato y tres
(3) años más, contados a partir de la
fecha de iniciación del contrato
Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que
teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar las obligaciones a cargo del contratista,
la Entidad debe estar cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a
cargo del contratista; el cumplimiento tardío o defectuoso del mismo; el pago del valor de las
multas y de la cláusula penal pecuniaria; el cumplimiento de las obligaciones laborales de la
contratación de personal para la ejecución del contrato y los perjuicios derivados por la deficiente
ejecución de la consultoría.
9. INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN SE ENCUENTRACOBIJADO POR ACUERDO COMERCIAL
De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos comerciales en proceso de
contratación, versión M-MACPC-06 publicado por Colombia Compra Eficiente, el presente
proceso de selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.
ACUERDO
COMERCIAL
Canadá
Chile
Estados Unidos
El Salvador
Guatemala
Honduras
ENTIDAD
ESTATAL
INCLUIDA
SI/NO
SI
SI
SI
Si
Si
NO
PRESUPUESTO DEL
PROCESO DE
CONTRATACIÓNSUPERIOR AL VALOR
DEL ACUERDO
COMERCIAL SI/NO
NO
NO
NO
NO INLUYE VALORES
NO INCLUYE VALORES
N/A
EXCEPCIÓN
APLICABLE AL
PROCESO DE
CONTRATACIÓNSI/NO
SI
SI
SI
SI
SI
N/A
PROCESO DE
CONTRATACIÓN
CUBIERTO POR EL
ACUERDO
COMERCIAL SI/NO
NO
NO
NO
NO
NO
N/A
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PROCURADURÍAGENERAL DEUU
Estados AELC
México
Unión Europea
Comunidad
Andina de
Naciones
SI
NO
SI
SI
NO
N/A
NO
NO
SI
N/A
SI
SI
NO
N/A
NO
NO
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, Artículo 2.2.1.2.4.2.2., en los
procesos de licitación pública, selección abreviada y concursos de méritos, cuyo valor sea inferior
a CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES (US$125.000) DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA, liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos (2) años elMinisterio de Comercio, Industria y Turismo, la convocatoria se podrá limitar a Mipymes y se
seguirán las reglas del citado artículo, en cuanto a número de manifestaciones y plazos para
presentarla.
De acuerdo con la información reportada en la página www.colombiacompra.gov.co, el umbral
para convocatorias limitadas a Mypimes (2014-2015) es de $228.842.000,00, según datos
suministrados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, vigente hasta el 31 de diciembre
de 2015.
Teniendo presente lo anterior y en atención a que el presupuesto de este proceso de concurso
de méritos asciende a la suma de CIENTO CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL
PESOS ($105.850.000,00). incluido IVA, impuestos y demás deducciones a que haya lugar, valor
que se encuentra por debajo del indicado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.4.2.2 y en el
sistema electrónico para la contratación pública SECOP, la convocatoria se podrá limitar a Mipymes.
En virtud de la información anterior y teniendo en cuenta lo señalado en el Anexo 4[1], numeral
14, al proceso de contratación no se le aplican los acuerdos comerciales, teniendo en cuenta que
según el Decreto 1082 de 2015 artículo 2.2.1.2.4.2.2., la presente convocatoria puede limitarse a
Mipymes, en atención a que el presupuesto de este proceso de selección se encuentra dentro
del rango establecido en dicha norma.
10. OTROS ASPECTOS
10.1. PLAZO ESTIMADO
El plazo de ejecución será hasta por noventa (90) días calendario a partir de la firma del acta de
inicio del contrato, sin que sobrepase el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo a la siguiente tabla:
Actividad
Fase I
Fase II
Tiempo total de ejecución
Tiempo estimado (días calendario)
30
60
90
10.2. LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del contrato será en las sedes de la PGN en Bogotá ubicadas en la Carrera
5 No. 15-80, Carrera 5 No. 15-60, Calle 16 No. 4-79 y Carrera 10 No. 16-82.
[1] A4 Anexo 4: Lista de Excepciones a la aplicación de los Acuerdos Comerciales - Manual para el manejo de los Acuerdos
Comerciales en Procesos de Contratación - Colombia Compra Eficiente - Consulta efectuada el 27 de julio de 2015 ; hora: 10:31 a.m.
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10.3. FORMA DE PAGO
La Procuraduría General de la Nación pagará en dos desembolsos, una vez se efectúen las
actividades de cada fase y la supervisión reciba los entregables que comprenden cada una de
ellas, de acuerdo con lo pactado en el contrato, los pagos serán efectuados, previa presentación
de la correspondiente factura en la que se indique en forma clara, el valor que se genera. El
proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles
siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión
realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la
misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. Este documento
debe ir acompañado de la certificación que expida la supervisión del contrato y de la del
cumplimiento con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los aportes
por concepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF)
y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las
Leyes 789 de 2002, artículo 50, 1150 de 2007, artículo 23, 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás
normas concordantes sobre la materia.
Cuando la Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de los términos estipulados
en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la
disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al contratista como intereses de mora el incremento
mensual promedio del índice de Precios al Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1o deenero y el 31 de diciembre del año anterior.
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la radicación de la factura en el
Grupo Cuentas de la Entidad.
En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC.
10.4. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
No se requiere de interventoría externa: En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011,
artículo 83, parágrafo, la Entidad considera que no se requiere de interventoría externa debido a
que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente para realizar el seguimiento técnico,
administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.
La supervisión del contrato de consultoría estará a cargo de funcionarios adscritos a la Oficina de
Sistemas de la Entidad con títulos profesionales en diferentes disciplinas, ingenieros o técnicos
en: sistemas, electrónicos, redes o de telecomunicaciones; quienes tendrán a su cargo las
funciones señaladas en el respectivo contrato y las que se mencionan en la Ley 1474 de 2011 y
en el manual de contratación de la Procuraduría General de la Nación, sin perjuicio de la
responsabilidad que le asiste al Jefe de La Oficina de Sistemas en relación con la supervisión de
la contratación solicitada.
Desde el inicio de la consultoría el(los) supervisor(es) designado(s) por la Procuraduría
verificará(n) la ejecución de las diferentes actividades de acuerdo con su especialidad, para
certificar los informes de ejecución.
El contratista debe acatar las órdenes que le imparta el supervisor. Las mismas deben constar
por escrito, con copia a la Jefe de la Oficina de Sistemas.
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10.5. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier
daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o
de las de sus subcontratistas o dependientes.
10.6. SUBCONTRATACION
En caso que EL CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades
relacionadas con el objeto del presente contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de
ejecución del contrato ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas del mismo.
LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista.
10.7. CONFIDENCIALIDAD SOBRE EL MANEJO DE LA INFORMACIÓN
Dada la naturaleza de las actividades a realizar en desarrollo del objeto contractual, el Contratista
debe garantizar la preservación de la integridad y confidencialidad de la información institucional
a la cual llegare a tener acceso directamente o por intermedio de terceros; en tal virtud, debe
adoptar todas las medidas que sean necesarias para impedir su duplicación, sustracción,
divulgación, alteración, ocultamiento o utilización indebida y suscribirá con la Entidad el
documento "ACTA PARA LA DETERMINACIÓN DEL ALCANCE DEL COMPROMISO DECONFIDENCIALIDAD E INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN" para el inicio del contrato.
10.8. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60
de la Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley
019 de 2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses
siguientes a la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos
casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que
le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la
facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad
con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Los amparos de la garantía única que se constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo
del contratista, que queden pendientes a la fecha de la suscripción del acta de liquidación,
deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción total de las mismas.
10.9. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades,
incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo
26 de la ley 80 de 1993).
Bogotá D.C., Agosto de 2015
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MONIC CHEZ
Elaboraron:
Miguel Francisco Parra Orduz. - Asesor Oficina de Sistemas.
Carlos Alberto Celis Restrepo. - Asesor Oficina de Sistemas.
Luis Fernando Henao Giraldo- Asesor Oficina de Sistemas.
Odilia Barbosa Pinzón (Temas financieros, estudio económico del sector e indicadores) - Asesor de la División Financiera
Revisión Oficina de Sistemas:
Mónica María Villamizar Sánchez- Jefe Oficina de Sistemas.
Anexos:
1.
2.
3.
Formato propuesta Económica.
Formato de experiencia
Personas extranjeras no inscritas en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país. Certificado
de acreditación de la capacidad financiera y capacidad organizacional a diciembre 31 de 2014
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PROCURADURÍAGENERAL DELAU
ANEXO N° 1
FORMATO PROPUESTA ECONÓMICA
ACTIVIDAD
Fasel
Fase»
SUBTOTAt
VAtOR TOTAL
A
B
E=A+B
c
D
F=C+D
G=E+F
Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor
de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u
omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual.
Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta todos los costos,
gastos, impuestos, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos que considere
necesarios para la fijación de la propuesta económica.
La Entidad verificará las operaciones aritméticas de cada uno de los componentes de los valores. En caso de
presentarse error de esta índole se tendrá en cuenta el valor correcto para efectos de la adjudicación.
El proponente deberá, en el momento de elaborar su propuesta, evitar formular condiciones económicas y de
contratación artificialmente bajas, con el propósito de obtener la adjudicación del contrato. Esto de conformidad
con lo establecido en el numeral 6 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993.
De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4., cuando de conformidad con la
información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo requerirá
al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las
explicaciones, el comité asesor evaluador, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando
sus razones.
Los precios determinados en la propuesta económica, deberán permanecer inmodificables durante el plazo
de ejecución del contrato.
Teniendo en cuenta el artículo 420 del Estatuto Tributario, esta consultoría se encuentra gravada por el
impuesto al valor agregado IVA, tarifa que corresponde al 16%. En consecuencia en la propuesta se debe
discriminar la base gravable, la tarifa del impuesto y el valor total de la oferta presentada de conformidad
con el Anexo de Propuesta Económica adjunto al presente estudio.
El impuesto se causa en el momento de la emisión de la factura o del documento equivalente.
Pertenecen al régimen simplificado las personas naturales que no son responsables del Impuesto al Valor
Agregado - IVA por cumplir con todas las condiciones establecidas en el artículo 499 del Estatuto Tributario.
Las personas naturales o jurídicas responsables del Impuesto al Valor Agregado - IVA, conforman el
Régimen Común.
De igual forma, para efecto de la revisión de la oferta económica, la Entidad tendrá en cuenta lo
señalado por el Decreto 1082 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.3.2 numerales 3 y 4.
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PROCURADURÍAGENERAL DE U KACION
ANEXO No. 2 FORMATO DE EXPERIENCIA RELACIONADA
CONTRATOS REGISTRADOS EN EL RUP
N°
1
2
3
4
5
6
Número
consecutivo
que obra en el
RUP del reporte
del contrato
relacionado
para acreditar
experiencia.
Nombre de la
entidad o
empresa
contratante,
Dirección,
Teléfono,
Ciudad y
Contacto por
correo
electrónico
No y fecha
de
suscripción
del contrato
Objeto del
contrato Fecha de
iniciación
Fecha de
terminación
CONTRATOS EN EJECUCIÓN
N°
1
2
3
4
5
Contratante
(entidad o
empresa,
dirección,
teléfono y
nombre de la
persona que
expide la
certificación)
No y fecha
de
suscripción
del contrato
ObjetoFecha de
iniciación
Porcentaje
de
ejecución
(Mínimo
del 70%)
valor
Porcentaje
de
participación
si el contrato
fue
ejecutado en
consorcio o
unión
temporal
Cumplimiento
ACEPTO QUE CON EL DILIGENCIAMIENTO DE ESTE ANEXO AUTORIZO LA VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN EL
CONTENIDA.
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ANEXO N° 3
PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS
CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL A DICIEMBRE 31 DE 2014
OFERENTE:
CUENTA
OFERENTE
INDIVIDUAL
Participante No. 1
Valoren
OFERENTE PLURAL
Participante No. 2
Pesos Colombianos
Participante No 3
INFORMACIÓN FINANCIERA A DICIEMBRE 31 DE
2014
Activo Corriente
Activo Total
Pasivo Corriente
Pasivo Total
Utilidad Operacional
Gastos de intereses
Fecha de corte de los estados financieros
CAPACIDAD FINANCIERA
INDICADOR
índice de Liquidez
índice de Endeudamiento
Razón de Cobertura Intereses
índice del Oferente
Individual
OFERENTE PLURAL
índice del
Participante No. 1
índice del
Participante No. 2
índice del
Participante No. 3
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
INDICADOR índice del Oferente
Individual
OFERENTE PLURAL
índice del Participante
No. 1
índice del
Participante No. 2
índice del
Participante No. 3
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PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN
Rentabilidad sobre activos
Rentabilidad sobre patrimonio
Firma Representante Legal del Oferente
Nombre:
Identificación:
Firma del Auditor y/o Contador
y/o Revisor Fiscal (Según
corresponda)
Nombre:
Identificación:
Tarjeta Profesional:
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