proceso de sinceramiento del padrón de comites apristas del exterior - caex

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DIRECTIVA Nº 007-2011-CEN-PAP-SNOM PROCESO DE SINCERAMIENTO DEL PADRÓN DE COMITES APRISTAS DEL EXTERIOR -CAEX I. OBJETIVOS 1. Dar cumplimiento al Acuerdo del XXIII Congreso Nacional Ordinario del Partido Aprista Peruano (PAP), de sanear los Padrones de Afiliados del Partido. 2. Dotar a Los Comités Apristas del Exterior CAEX de un Padrón de Afiliados CONFIABLE, en la que estén todos los APRISTAS y que permita sobre su base, la elaboración del Padrón Único del Partido. 3. Definir los responsables del proceso de depuración del Padrón de Militantes del Exterior integrante del Padrón Único de Afiliados del PAP. II. DE LA ELABORACION, PUBLICACIÓN Y DEPURACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE AFILIADOS DEL PAP 2.1 DE LOS RESPONSABLES DE LA ELABORACION DEL PADRON CAEX El Partido Aprista Peruano según nuestro propio Ideario es un Partido cuya doctrina fundamenta los principios programáticos del PAP y le confiere las características de un movimiento político, económico y social, de origen y proyecciones peruanas, de vocación latino o indoamericana, que aspira a la integración continental y que responde a nuestra realidad, caracterizada por capitalismo subdesarrollado y dependiente. Así mismo el Artículo 28º del SUB CAPITULO II De los Órganos de Dirección Permanentes, establece que son Órganos de Dirección Permanentes del Partido, entre otros, los Comités Apristas en el Exterior. El Reglamento General de Organización en su Artículo 172º establece que los apristas residentes en el extranjero deben organizarse y constituir los Comités Apristas de cada País, Región Autónoma, Estado, Gobernación, Provincia o Capital. Estos Comités debidamente evaluados por la Dirección Nacional de Relaciones Exteriores e Integración, serán reconocidos por la Dirección Nacional de Organización y Movilización y en el Artículo 173º del mismo, que su organización y funcionamiento se rigen por todas las normas del Partido aplicables a las organizaciones y afiliados apristas. Son responsables de la elaboración del Padrón Inicial (Pre Padrón) de los Comités Apristas del Exterior los Secretarios de Organización de cada organización territorial reconocido por el CAEX Continental o Regional y por la Secretaría Nacional de Organización y Movilización SNOM, según sea el caso. El Padrón CAEX se realizará sobre la base de los inscritos en el PAP y que en su Ficha de Inscripción han definido su militancia en un Organismo Territorial del Exterior; así mismo son parte de este Padrón CAEX los compañeros activistas del organismo territorial, que puedan demostrar más de seis meses de trabajo en dicho organismo y

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Proceso de Sinceramiento del Padrón de Comites Apristas del Exterior - CAEX

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Page 1: Proceso de Sinceramiento del Padrón de Comites Apristas del Exterior - CAEX

DIRECTIVA Nº 007-2011-CEN-PAP-SNOM

PROCESO DE SINCERAMIENTO DEL PADRÓN DE COMITES APRISTAS DEL EXTERIOR -CAEX

I. OBJETIVOS

1. Dar cumplimiento al Acuerdo del XXIII Congreso Nacional Ordinario del Partido Aprista Peruano (PAP), de sanear los Padrones de Afiliados del Partido.

2. Dotar a Los Comités Apristas del Exterior –CAEX de un Padrón de Afiliados CONFIABLE, en la que estén todos los APRISTAS y que permita sobre su base, la elaboración del Padrón Único del Partido.

3. Definir los responsables del proceso de depuración del Padrón de Militantes del Exterior integrante del Padrón Único de Afiliados del PAP.

II. DE LA ELABORACION, PUBLICACIÓN Y DEPURACIÓN DEL PADRÓN ÚNICO DE AFILIADOS DEL PAP

2.1 DE LOS RESPONSABLES DE LA ELABORACION DEL PADRON CAEX

El Partido Aprista Peruano según nuestro propio Ideario es un Partido cuya doctrina fundamenta los principios programáticos del PAP y le confiere las características de un movimiento político, económico y social, de origen y proyecciones peruanas, de vocación latino o indoamericana, que aspira a la integración continental y que responde a nuestra realidad, caracterizada por capitalismo subdesarrollado y dependiente. Así mismo el Artículo 28º del SUB CAPITULO II De los Órganos de Dirección Permanentes, establece que son Órganos de Dirección Permanentes del Partido, entre otros, los Comités Apristas en el Exterior. El Reglamento General de Organización en su Artículo 172º establece que los apristas residentes en el extranjero deben organizarse y constituir los Comités Apristas de cada País, Región Autónoma, Estado, Gobernación, Provincia o Capital. Estos Comités debidamente evaluados por la Dirección Nacional de Relaciones Exteriores e Integración, serán reconocidos por la Dirección Nacional de Organización y Movilización y en el Artículo 173º del mismo, que su organización y funcionamiento se rigen por todas las normas del Partido aplicables a las organizaciones y afiliados apristas. Son responsables de la elaboración del Padrón Inicial (Pre Padrón) de los Comités Apristas del Exterior los Secretarios de Organización de cada organización territorial reconocido por el CAEX Continental o Regional y por la Secretaría Nacional de Organización y Movilización –SNOM, según sea el caso. El Padrón CAEX se realizará sobre la base de los inscritos en el PAP y que en su Ficha de Inscripción han definido su militancia en un Organismo Territorial del Exterior; así mismo son parte de este Padrón CAEX los compañeros activistas del organismo territorial, que puedan demostrar más de seis meses de trabajo en dicho organismo y

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que hayan llenado adecuadamente la Ficha Única del Afiliado en los siguientes treinta días de emitida la presente directiva. Una vez elaborado el Pre-Padrón este será publicado inmediatamente en un lugar visible del local de reuniones y en la página web del Partido Aprista Peruano y de la Comisión Organizadora del Congreso, entregando copia del mismo a la Secretaría Nacional de Organización y Movilización debidamente visado por el Secretario General del CAEX, según las Directivas Nos 001-2010, 002 y 004 del 2011 de la SNOM.

2.2 DE LAS COMISIONES DE REGISTRO Y CALIFICACION – CRCEX El Reglamento General de Organización establece también en su Artículo 15°, que la Comisión Calificadora de Inscripción (COMISION DE REGISTRO Y CALIFICACION), estará presidida por el Secretario de Organización y Movilización de cada jurisdicción partidaria e integrada por el Secretario de Disciplina (Fiscal), y por compañeros de reconocido prestigio ciudadano y/o partidario, elegidos en Asamblea General Extraordinaria. Las Comisiones de Registro y Calificación se instalaran en las jurisdicciones donde los compañeros puedan realizar activismo político y existan Comités Ejecutivos esto es, al término de la distancia, los CAEX Continentales o Regionales informarán a la SNOM de cuáles son los CAEX activos y que desarrollarán el presente proceso de SINCERAMIENTO DE PADRONES. Los CAEX instalarán su CRCEX para convertirse en primera instancia, siendo la SNOM segunda instancia en tanto existan reclamaciones de algún organismo territorial. Las Secretarías de Organización del CAEX realizarán no solo el seguimiento y evaluación de los procesos de la presente Directiva sino también para los casos donde no hay Comités Ejecutivos realizarán en esas jurisdicciones JORNADAS DE INSCRIPCION, por lo menos una cada 60 días.

2.3 DE LOS CASOS EN LOS QUE PROCEDE LA DEPURACIÓN DEL PRE PADRÓN CAEX. La Comisión de Registro y Depuración del CAEX son RESPONSABLES de la depuración de los Pre Padrones, entregados por la SNOM y por el CAEX de su jurisdicción. 2.3.1 CASOS DE EXCLUSIÓN DEL PADRÓN DE AFILIADOS (DEPURACIÓN)

La Oficina Nacional de Padrón de Afiliados solo admitirá la DEPURACIÓN DE AFILIADOS AL PAP, en los siguientes casos:

a. Cuando se tengan pruebas fehacientes de que ha participado en actos de traición contra el Partido del Pueblo y exista SENTENCIA del Organismo Jurisdiccional Competente.

b. Cuando un afiliado ha participado como candidato en alguna lista que compitió contra los candidatos oficiales del Partido en las últimas elecciones Generales y/o Regionales y Municipales.

c. Cuando los Organismos Electorales (ONPE) comuniquen formalmente la desafiliación (RENUNCIA AL PARTIDO) de algún afiliado o militante.

d. Cuando se demuestre que ha sido incluido irregularmente al Pre Padrón de Afiliados a la Organización funcional.

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2.3.2 CASOS DE INCLUSIÓN DE AFILIADOS AL PADRÓN NACIONAL DEL PAP (INCORPORACIÓN)

Cuando un ciudadano demuestre que es parte del Organismo Funcional y del PAP al haberse inscrito en el Partido SOLO PRESENTANDO ORIGINAL Y COPIA de su Cédula de Afiliación, la misma cuya numeración deberá estar entre los rangos de No. 000001 al No. 800000.

La COPIA de la CEDULA deberá ser visada por los responsables de la depuración, previa verificación de la autenticidad y validez de la Cédula presentada; luego se procederá a devolver el original al solicitante.

. III. DE LOS PLAZOS

3.1 DE LOS PLAZOS DE DEPURACION DEL PRE- PADRÓN FUNCIONAL A partir de la publicación de la presente Directiva y hasta el 07 de Julio del presente año, se incorporarán y se retirarán del Pre-Padrón CAEX a todos los compañeros cuyas solicitudes han sido declaradas PROCEDENTES por la Comisión de Registro y Depuración Correspondiente y no sea observado por el Inmediato Superior.

3.2 DE LA PUBLICACION DEL PADRON FUNCIONAL DE AFILIADOS OFICIAL DEL

PARTIDO Bajo responsabilidad los Secretarios de Organización de cada ORGANISMO FUNCIONAL publicarán copia del Pre PADRON, a más tardar el 15 de Junio. Una vez concluido el proceso de depuración y procesamiento informático, la Secretaría Nacional de Organización a través de la Oficina Nacional de Padrón de Afiliados, hará entrega al CAEX el Padrón Oficial incorporado al Padrón Único del Partido, a más tardar el 15 de JULIO del presente año, el mismo que será PUBLICADO inmediatamente recibido, en lugar visible para conocimiento de la militancia en general.

IV. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS

Los aspectos no contemplados por la presente Directiva serán resueltos por la Secretaría Nacional de Organización en el marco de las competencias que le confieren las normas partidarias vigentes a la fecha.

Lima, Casa del Pueblo, 31 de mayo de 2011