procedimiento para la fijación y revisión del canon

11
PROCEDIMIENTO PARA LA FIJACIÓN Y REVISIÓN DEL CANON BACHILLER: ORIANA MICLOS C.I: 22.322.844 LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS B A L A N Z A

Upload: orianamiclos

Post on 27-Jul-2016

225 views

Category:

Documents


6 download

DESCRIPTION

ley para la regularización y control de los arrendamientos inmobiliarios

TRANSCRIPT

Page 1: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

PROCEDIMIENTO PARA LA

FIJACIÓN Y REVISIÓN DEL

CANON

BACHILLER:ORIANA MICLOSC.I: 22.322.844

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

BALANZA

Page 2: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

¿Sabias qué?

Para la fijación de los cánones de arrendamiento se

necesita acuerdo entre las partes y por escrito.

Art.76. Presentada la solicitud escrita para la

fijación del canon de arrendamiento, la Dirección Nacional de Inquilinato la

admitirá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes si

cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 70° de la presente

Ley; si la solicitud presentare defectos u

omisiones se notificará al interesado para que las

mismas sean subsanadas o corregidas dentro de los

quince (15) días calendarios siguientes contados a partir

de su notificación. Si los defectos u omisiones fueren subsanadas, se le dará curso

a la solicitud. La decisión que niegue la admisión de la

solicitud, deberá ser motivada y contra ella se

podrá interponer el recurso contencioso administrativo correspondiente, dentro de

los sesenta (60) días calendario siguientes a la

notificación del acto administrativo denegatorio.

De la SolicitudArt.

75

Page 3: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

Artículo 77:•El organismo al cual está dirigido.• La identificación del interesado, y en su caso, de la persona que actúe como su representante con expresión de los nombres y apellidos, domicilio, nacionalidad, estado civil, profesión y número de la cédula de identidad o pasaporte. • La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes. •Los hechos, razones y pedimentos correspondientes, expresando con toda claridad la materia objeto de la solicitud.•Referencia a los anexos que lo acompañan, si tal es el caso. •Cualesquiera otras circunstancias que exijan las normas legales o reglamentarias. •La firma de los interesados.

Contenido de la solicitud

Llevo mi casa en hombros, camino sin una pata, y voy dejando mi huella con un hilito de plata. ¿Quién soy?

Artículo 78. Se notificará a los interesados, que se le dará inicio a la fijación del canon correspondiente, la Dirección Nacional de Inquilinato en un lapso de veinte (20) días calendarios a la notificación.

Este lapso podrá extenderse hasta por veinte (20) días calendarios más, cuando razones de importancia así lo impongan; dichos lapsos se entenderán concluidos en la fecha en que se determine el justo valor del canon.

Notificación

Page 4: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

Revisión de los cánonesCuando hubieren

transcurrido dos (2) años después de cada fijación

del canon de arrendamiento máximo mensual, efectuada y

notificada a los interesados por el órgano

administrativo o jurisdiccional competente.

Cuando se cambie, total

o parcialmente,

el uso o destino para el cual fue

arrendado el inmueble.

Cuando el arrendador y/o arrendadora haya

ejecutado en el inmueble, dentro del plazo indicado en el

numeral 1 del presente artículo, mejoras cuyo

costo excedan del veinte por ciento (20%) del valor del inmueble.

Art. 79

Page 5: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

Cuando la relación arrendaticia haya

tenido una duración hasta de un (1) año

o menos, se prorrogará por un lapso máximo de

(6) meses.

Cuando la relación arrendaticia haya tenido una duración mayor de un (1) año y menor de

cinco (5) años, se prorrogará por un lapso

máximo de dos (2) años.

Cuando la relación arrendaticia haya tenido una duración de cinco (5) años o más, pero

menor de diez (10) años, se prorrogará por un

lapso máximo de cuatro (4) años.

Cuando la relación arrendaticia haya tenido

una duración de diez (10) años o más, se

prorrogará, por un lapso máximo de cinco (5)

años.

1 2 3 4

Art.80

Buñuelos caseros tradicionalesIngredientes1 1/2 taza harina leudante1/2 taza azúcar1/2 taza leche2huevos

1 cda aceite1 cdita esenciaAceite para freír

Preparación:•Batir los huevos con batidor de alambre hasta que estén espumosos.•Agregar el azúcar, la leche, el aceite, la esencia y seguir batiendo.•Añadir la harina y mezclar bien•Freír porciones de 1/2 cdita en abundante aceite caliente.•Cuando los buñuelos estén dorados retirarlos y colocarlos sobre papel blanco absorbente. Después pasarlos por azúcar molida.

Receta

Page 6: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

Indemnización

LA Es:

Que debe cancelar el arrendador si por causa

injustificada impide el goce de la prorroga legal.

Art.

81

Page 7: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

Durante el lapso de la prórroga legal el arrendatario estará obligado a pagar los

cánones de arrendamiento y otras obligaciones legales y contractuales

correspondientes sólo al tiempo que de manera convencional y efectiva haya

hecho uso de la misma; la relación arrendaticia se considerará a tiempo

determinado, a todos los efectos legales y jurídicos, y permanecerán vigentes las mismas condiciones y estipulaciones

convenidas por las partes en el único o en el último contrato celebrado.

ARRTICULo

82

Pago

Durante

La

prorroga

A reír..!!!

Page 8: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

IMPORTANTE

La prórroga legal establecida en el artículo 70° de la presente Ley, operará de pleno derecho para el arrendatario y/o arrendataria, cuando el arrendador y/o arrendadora le notifique con al menos treinta (30) días antes del vencimiento del único o último contrato su deseo de extinguir la relación arrendaticia, esta notificación se deberá hacer por medio de documento público o de telegrama entregado en la dirección indicada, o en su defecto, en la del inmueble arrendado, o también por medio de documento privado con constancia de recibido. Vencida la prórroga legal el arrendador y/o arrendadora podrá exigir del arrendatario el cumplimiento de su obligación de entrega del inmueble.

ART. 83

Page 9: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

LEY PARA LA REGULACION Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS

No tendrá derecho a gozar del beneficio de la

prórroga legal Si el arrendatario estuviere

incurso en el incumplimiento de sus

obligaciones contractuales o legales.

Cuando estuviere en curso la prórroga legal, no se

admitirán demandas por cumplimiento de contrato de arrendamiento por el vencimiento del término.

No obstante, sí se admitirán aquellas que sean propuestas por el

incumplimiento de otras obligaciones legales o

contractuales.

ART. 85

Art. 84

Page 10: Procedimiento para la fijación y revisión del canon

Hay dos señoras vendiendo mangos,

una le dice a la otra dame un

mango para tener la misma cantidad que tu, la otra le contesta mejor

dame un mango a mi para tener el

doble que tu. ¿Cuántos mangos tiene cada una?

A pensar…!!!

Page 11: Procedimiento para la fijación y revisión del canon