procedimiento estandar para el ingreso de contratista (revisado).doc

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Procedimiento de Operación Estándar 1. Finalidad Establecer los lineamientos de Protección de Planta que deben cumplir las Empresas Contratistas para ingresar a las instalaciones de Johnson & Johnson con la finalidad de preservar, controlar el ambiente de trabajo, prevenir y evitar pérdidas. 2. Alcance Las normas consignados en este procedimiento, aplica a todos los contratistas que desarrollen actividades, de cualquier índole, dentro de las instalaciones de Johnson & Johnson de Venezuela S.A. 3. Definiciones 3.1 Contratante: Johnson & Johnson de Venezuela. 3.2 Contratista: Persona natural o jurídica que haya sido contratada para efectuar un trabajo. 3.3 Contrato: Documento que legaliza una actividad contractual. 3.4 Instalaciones: Sitio o lugar de trabajo. 3.5 Seguridad Industrial, Higiene y medio ambiente (SHSA): Actividades orientadas a la prevención de accidentes, cuidado de la salud y del medio ambiente. 3.6 EPP: Equipos de Protección Personal. 3.7 Protección de Planta: Organización con funciones de control y prevención de perdidas, así como control de emergencias. 4. Responsabilidades y Autoridades Función Responsabilidades y Autoridades Coordinador de Protección de Planta Supervisar que se cumplan los controles establecidos. Asegurar que todo el personal bajo su cargo este entrenado en este procedimiento, para lograr hacer cumplir el mismo por los contratistas. Coordinador de Proyectos, de mantenimiento, de Seguridad Industrial y de compras Coordinar con las Empresas contratistas lo establecido en el presente procedimiento. Asegurarse que la empresa contratista desplegó la información al personal contratista, el mismo puede verificarse a través el registro de entrenamiento. Empresa contratista y Cumplir y hacer cumplir este

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Page 1: PROCEDIMIENTO ESTANDAR PARA EL INGRESO DE CONTRATISTA (REVISADO).doc

Procedimiento de Operación Estándar

1. FinalidadEstablecer los lineamientos de Protección de Planta que deben cumplir las Empresas Contratistas para ingresar a las instalaciones de Johnson & Johnson con la finalidad de preservar, controlar el ambiente de trabajo, prevenir y evitar pérdidas.

2. AlcanceLas normas consignados en este procedimiento, aplica a todos los contratistas que desarrollen actividades, de cualquier índole, dentro de las instalaciones de Johnson & Johnson de Venezuela S.A.

3. Definiciones3.1 Contratante: Johnson & Johnson de Venezuela.3.2 Contratista: Persona natural o jurídica que haya sido contratada para efectuar un

trabajo.3.3 Contrato: Documento que legaliza una actividad contractual.3.4 Instalaciones: Sitio o lugar de trabajo.3.5 Seguridad Industrial, Higiene y medio ambiente (SHSA): Actividades orientadas a la

prevención de accidentes, cuidado de la salud y del medio ambiente.3.6 EPP: Equipos de Protección Personal.3.7 Protección de Planta: Organización con funciones de control y prevención de perdidas,

así como control de emergencias.

4. Responsabilidades y AutoridadesFunción Responsabilidades y AutoridadesCoordinador de Protección de Planta

Supervisar que se cumplan los controles establecidos.

Asegurar que todo el personal bajo su cargo este entrenado en este procedimiento, para lograr hacer cumplir el mismo por los contratistas.

Coordinador de Proyectos, de mantenimiento, de Seguridad Industrial y de compras

Coordinar con las Empresas contratistas lo establecido en el presente procedimiento.

Asegurarse que la empresa contratista desplegó la información al personal contratista, el mismo puede verificarse a través el registro de entrenamiento.

Empresa contratista y trabajadores

Cumplir y hacer cumplir este procedimiento

5. Procedimiento5.1 Flujograma del Proceso

N/A

5.2. Requisitos para el ingreso5.2.1. Para el ingreso de Empresas Contratistas, los responsables elaborarán el formato

autorización de ingreso de Contratista (ver Formato XXX).5.2.2 Esta autorización de ingreso de Contratista, es ejecutada por el Departamento

encargado de la obra o labores, al momento de haber sido aprobado por todos las

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Organizaciones involucradas (ingeniería, compras, seguridad industrial, entre otros), los recaudos exigidos a las empresas contratistas.

5.2.3 Esta autorización de ingreso de Contratista debe ser remitida al Dpto. de Protección de Planta con un mínimo de 24 horas antes de iniciar los trabajos contratados.

5.2.4. Esta orden debe venir acompañada de los siguientes documentos: - Hoja membreteada (logo) de la empresa contratista, donde identifiquen los

nombres, apellidos y Nro. de cedula de identidad de los trabajadores autorizados a ingresar a las instalaciones.

- Fotocopia de la cedula de identidad vigente de los trabajadores autorizados a ingresar a las instalaciones.

- El Contratista debe relacionar por escrito los equipos y herramientas a utilizar, notificando marcas, seriales, colores y demás datos característicos.

5.2.5. De requerirse el ingreso de vehículos automotores a las instalaciones, el Contratista debe entregar en una carpeta de color marrón e identificada con el nombre de la Empresa los siguientes recaudos:

- Fotocopia del titulo de propiedad de la unidad. - Fotocopia de la licencia de conducir y certificado medico del conductor.- De no ser el vehículo propiedad del conductor, autorización por parte del

propietario de la unidad.- Se le indicará al conductor que la velocidad permitida en Planta es de 10 Kh.

5.2.6. El ingreso formal a las instalaciones se realiza en el momento que el servicio medico, Seguridad Industrial y Protección de Planta, realicen sus actividades preventivas, de control e inducción. Al estar firmada la orden de ingreso por el representante de la Contratista y los anteriores departamentos, el ingreso queda autorizado.

5.2.7 Los procesos de inducción se deberán realizar con un lapso de 48 Hrs. de anterioridad al ingreso del personal Contratista.

5.2.8. Para el ingreso del personal Contratista, el personal de Inspectores de Protección de Planta, llenaran los formatos de control para contratistas (control de ingreso Contratista, hoja de vida, control de bienes, entre otros de control y prevención). Formatos Anexos. El Inspector de Protección de Planta, verificara antes del ingreso del personal Contratista, que todo el proceso antes descrito se cumpla.

5.2.9. Todo ingreso o modificación del personal autorizado por la contratista, lo deberá realizar por escrito con 24 horas de antelación. Estos trabajadores realizaran el mismo proceso para su ingreso.

5.2.10. En casos de contratistas autorizados a laborar en el horario nocturno, fines de semana, días feriados, el responsable de la ejecución del trabajo y el Supervisor de la obra o trabajo, indicara por escrito el personal autorizado para el ingreso a las instalaciones.

5.2.11. Los trabajadores de la Empresa Contratista, deben contar con sus carnets de identificación de su empresa y portaran en todo momento su uniforme de trabajo. Este uniforme (franela, camisa, otro), debe de estar identificado con el nombre y logo de la Empresa Contratista y debe estar limpio y en buen estado. 5.2.12. Al momento de su ingreso y salida se realizara una inspección minuciosa de maletines, cajones, vehicular y corporal.

5.2.13. El Inspector de Protección de Planta apoyara la gestión del Dpto. de Seguridad Industrial, reportando de forma escrita cualquier violación de las normas internas (confirmando el uso del calzado de seguridad, equipos de Protección personal, desplazamientos por áreas permitidas, entre otros).

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5.2. 14. El Inspector de Protección de Planta, confirmara que el personal Contratista, recibieron la inducción y llenaron la notificación de riesgos, de ser negativo le recordara al Dpto. de Seguridad Industrial.

5.2.15. El Inspector de Protección de Planta prohibirá el ingreso de trabajadores contratistas, si no cuentan con sus equipos de protección personal y para la realización del trabajo, que estén en estado de ebriedad o signos de haber consumido alguna sustancia prohibida, enfermos, menores de edad, vestidos inadecuadamente para su ingreso, entre otras que pongan en riesgos la vida de los trabajadores y por ende las instalaciones.

5.2.16. El Inspector de Protección de Planta Verificará que todo el personal de la contratista durante la ejecución del trabajo, porte sus zapatos de seguridad, uniformes, equipos protección personal, entre otros.

6. Registros

Nombre del registro

Archivo

Acceso Protección Recuperación Retención Mínima

Disposición

Autorización de ingreso de Contratistas

Protección de planta

Protección de planta

N.A. N.A.Definir Definir

Control de ingreso y egreso

Protección de planta

Protección de planta

N.A. N.A. Definir Definir

Hoja de vida Protección de planta

Protección de planta

N.A. N.A. Definir Definir

7. Observaciones Adicionales7.1. El personal Contratista debe acatar las normas internas para visitantes.7.2. Todo el personal supervisorio de la empresa contratista deberá en conocimiento y

capacidad de aplicar todo lo pautado en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, su Reglamento, otras disposiciones legales y normas sobre la materia.

7.3. El personal de la empresa contratista esta en la obligación de acatar todas las leyes, reglamentos, normas legales y contractuales, en materia de Seguridad y Protección, así como las normas y procedimientos de seguridad y protección interna de la empresa.

7.4. Todo el personal de la empresa contratista que vaya intervenir en el trabajo dentro de las instalaciones de Johnson & Johnson, debe estar registrado en el Seguro Social Obligatorio y presentar el documento (14-01 y 14-02) al departamento responsable de la supervisión de la obra, con copia al Dpto. de Seguridad Industrial.

7.5. De ser necesario se exigirá la presencia de un especialista en el área de Protección Integral.

7.6.Los contratistas asumen la responsabilidad de someter a sus trabajadores a exámenes médicos previa a la contratación, terminación de servicios y periódicamente de acuerdo al riesgo del trabajo a que estén expuestos, y presentaran al Departamento contratante y al Departamento S.H.S.A. las certificaciones escritas correspondientes.

7.7. Los contratistas presentarán al departamento responsable de la obra un cronograma de los trabajos que impliquen riesgos especiales como es el caso de trabajos de altura, en

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caliente, espacios confinados, áreas restringidas, de alta tensión, otros, y esta lo entregara al departamento de Seguridad Industrial antes de empezar los trabajos.

7.8. El representante de la Empresa Contratista a sí como sus trabajadores, debe firmar la notificación de riesgos en el trabajo.

7.9. Es responsabilidad de Departamento de Seguridad Industrial, así como el Dpto. Contratante, efectuar una revisión a las maquinas, equipos y herramientas a utilizar por el contratista antes de iniciar el trabajo y rechazar los que no reúnan los requisitos mínimos de seguridad.

7.10 El departamento de Protección de Planta y Seguridad Industrial en su recorrido programado o cuando considere necesario realizara inspecciones de prevención en el sitio de la custodia de las herramientas, equipos, maquinarias, implementas de seguridad, entre otros. Esta inspección se realizara conjuntamente con el supervisor y/o responsable de la obra. De igual forma, se realizaran auditorias por parte de la Empresa, con la finalidad de verificar el fiel cumplimiento de las normativas laborales e internas de Protección Integral.

7.11. Las recomendaciones que resulten de las inspecciones efectuadas deben ser acatadas inmediatamente por el contratista.

7.12. El contratista es el responsable de notificar a los organismos nacionales competentes (IPSASEL, IVSS y Ministerio del Trabajo) y a los departamentos de Seguridad Industrial y Protección de Planta de cualquier accidente tanto material como humano, perdida de equipos, otros, que sucediera dentro de las instalaciones de la empresa. Posteriormente y en un lapso de 24 horas debe remitir fotocopias de las declaraciones de accidentes firmadas y selladas por las Instituciones en competencia, al Dpto. de Seguridad Industrial.

7.13. El personal de la contratista solo permanecerá en el área donde este realizando la obra. Si es necesario trasladarse hasta otra área deberá solicitar la autorización del supervisor responsable del área e informar a Protección de Planta. Harán uso solamente de los comedores a la hora indicada por Protección de Planta.

7.14. La contratista proveerá a todo su personal de los equipos de protección personal requeridos, según el riesgo y familiarizarlo con su uso. Todos los equipos de protección personal requeridos para realización de una tarea deberán ser los idóneos para el riesgo y que cumplan con las leyes, reglamentos y normativas Venezolanas vigentes.

7.15. El personal contratista no ingresara a las instalaciones, hasta tanto cuente con sus uniformes de trabajo correctamente identificados con el nombre de la Empresa Contratista; los mismos deben estar en condiciones de limpieza aceptables desde el punto de vista de Buenas Practicas de Manufactura si el trabajo a realizar es en las áreas de Manufactura.

7.16. Es responsabilidad de la empresa contratista dotar y exigir el uso adecuado de los equipos de protección personal a todo su personal.

7.17. El departamento de Seguridad Industrial asesora al contratista sobre las instalaciones y equipos a usar para determinado trabajo, la forma de utilización y conservación de los mismos. El Dpto. de Protección de Planta, asesorara a los Supervisores de las Empresas Contratistas sobre la seguridad física de los trabajadores, equipos y herramientas.

7.18. El contratista proporcionara entrenamiento a su personal en materia de Primeros auxilios, Prevención de Incendios, control de emergencias, Prevención de Accidentes, Orden y Limpieza, Equipos de Protección Personal, entre otros, y mantendrá un registro de los entrenamientos, así como de sus notificaciones de riesgos a su personal.

7.19. El contratista velara por que el área de trabajo sea la adecuada y permanezcan en optimas condiciones de Seguridad, Orden y Limpieza. De igual forma, debe asegurarse de que todas las herramientas a utilizar en la obra, como martillos, destornilladores, palas, equipos de soldaduras, equipos de oxicorte, taladros, esmeriles y demás implementos estén en buen estado.

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7.20. S.H.S.A. y Protección de Planta en representación de la Gerencia de Operaciones y de Recursos Humanos exigirá a las contratistas el cumplimiento de las condiciones de seguridad, sin embargo esto no significa de ningún modo que asuma alguna responsabilidad ni obligación por accidentes que puedan ocurrir en el desarrollo del trabajo.

7.21.La Gerencia de Ingeniería, Mantenimiento o el departamento que actúe como responsable de la obra, servirá de enlace entre la contratista y Johnson & Johnson, para el cumplimiento de lo establecido en estas normativas.

7.22. Johnson & Johnson, no se hace responsable de perdidas de equipos, herramientas, insumos, otras que no se encuentren listados al ingresar a las instalaciones o por que quedaron de forma insegura.

7.23.Esta prohibido el ingreso de menores de edad como planilla de trabajadores contratados.

7.24. Está prohibido fumar dentro de las instalaciones.7.25.Johnson & Johnson de Venezuela, se reserva el derecho de admisión de aquellas

personas que por causas justificadas les esté restringido el acceso a las instalaciones

8. Referencias ExternasSegún la Norma Covenin 1.566, las Contratistas para realizar sus labores serán objeto de:

Control y evaluación de equipos de seguridad y protección.

Requisitos mínimos a exigir.

Reuniones con el encargado de seguridad de la planta.

Seguimiento en la ejecución de la obra.

Otros.